Gaceta Parlamentaria, año XII, número 2829, lunes 24 de agosto de 2009

Intervenciones En la página de Crónica Parlamentaria (http://cronica.diputados.gob.mx) se pueden consultar las intervenciones de los diputados en el Pleno, que permiten saber lo dicho en tribuna por los legisladores; están organizadas por grupo parlamentario e incluyen el tema a que se refirió cada uno de ellos. En el enlace Intervenciones


Comunicaciones Oficios Informes Actas Convocatorias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Comunicaciones
DE LA SECRETARÍA GENERAL, A LOS DIPUTADOS PROPIETARIOS ELECTOS A LA LXI LEGISLATURA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, A RECIBIR LA CREDENCIAL DE IDENTIFICACIÓN Y ACCESO AL SALÓN DE SESIONES DEL PALACIO LEGISLATIVO DE SAN LÁZARO PARA LA SESIÓN CONSTITUTIVA

Convocatoria a diputados propietarios electos a integrar la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a recibir la credencial de identificación y acceso al salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, para la sesión constitutiva

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 14, numeral 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la

Secretaría General

Convoca

A los diputados federales propietarios electos a integrar la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a recibir la credencial de identificación y acceso al salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, para la sesión constitutiva y a realizar los registros parlamentarios legales, conforme al siguiente calendario:

1. La credencial será entregada a los diputados federales propietarios electos en el salón de Protocolo, Edificio C del Palacio Legislativo de San Lázaro, sito en avenida Congreso de la Unión 66, colonia El Parque, Delegación Venustiano Carranza, código postal 15969, México, DF.

2. A diputados federales electos por el principio de mayoría relativa:

a) Jueves 20 y viernes 21 de agosto de 2009:

A los diputados del Partido de la Revolución Democrática, Partido Verde Ecologista de México y Partido del Trabajo, en un horario de las 10:00 a las 16:00 hrs.

b) Lunes 24 y martes 25 de agosto de 2009:

A los diputados del Partido Revolucionario Institucional, en un horario de las 10:00 a las 21:00 hrs.

c) Miércoles 26, jueves 27 y viernes 28 de agosto de 2009:

A los diputados del Partido Acción Nacional, en un horario de las 16:00 a las 21:00 hrs.

3. A diputados federales electos por el principio de representación proporcional:

Con independencia del partido al que pertenezcan, los diputados electos por este principio serán atendidos por circunscripción plurinominal y en orden alfabético, en las siguientes fechas y horarios:

a) Miércoles 26 de agosto de 2009:

Turno matutino:
     1ª Circunscripción 10:00 a 15:00 hrs.

Turno vespertino:
     2ª Circunscripción 16:00 a 21:00 hrs.
 

b) Jueves 27 de agosto de 2009:

Turno matutino:
     3ª Circunscripción 10:00 a 15:00 hrs.

Turno vespertino:
     4ª Circunscripción 16:00 a 21:00 hrs.
 

c) Viernes 28 de agosto de 2009:

Turno matutino:
     5ª Circunscripción 10:00 a 15:00 hrs.

4. Las credenciales de identificación y acceso serán elaboradas según las copias certificadas de las Constancias de Mayoría y Validez que acrediten a los diputados federales electos por el principio de mayoría relativa y de las copias certificadas de las Constancias de Asignación Proporcional, expedidas en los términos de la ley en la materia; así como de las notificaciones de las sentencias inatacables del órgano jurisdiccional electoral sobre los comicios de diputados.

5. Para el trámite y entrega de credencial de identificación y acceso, el diputado propietario electo deberá identificarse con su Credencial de Elector, Cédula Profesional o Pasaporte. Adicionalmente, para la integración del expediente personal se solicita traer, en caso de contar con ella, la siguiente documentación:

a) Cédula de Registro Federal de Contribuyentes (RFC);

b) Cédula Única de Registro de Población (CURP);

c) Acta de Nacimiento (Original y copia simple);

d) Acta de Nacimiento de beneficiarios de gastos médicos mayores (Copia simple);

e) Comprobante de domicilio (Copia simple);

f) Constancia del nivel máximo de estudios;

g) Cédula profesional, en caso de disponer (Copia simple);

h) Currículum Vitae (datos generales, nivel escolar, experiencia académica, profesional, política);

i) Cuestionario de datos personales requisitado (se recomienda llenar el formato en línea en la página electrónica de la Cámara de Diputados o enviarlo con anticipación a la fecha del trámite correspondiente).

Para mayor información sobre el día y hora que les corresponda tramitar su credencial, los diputados federales propietarios electos podrán consultar directamente a los representantes de sus partidos políticos, en la página electrónica de la Cámara de Diputados o comunicarse a la Secretaría de Servicios Parlamentarios, al teléfono 56-28-13-73 o al 56-28-13-00, extensión 1373.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 17 días del mes de agosto de 2009.

Atentamente
Doctor Guillermo Haro Bélchez (rúbrica)
Secretario General
 
 






Oficios
DE LA COMISIÓN PERMANENTE, CON EL QUE ENVÍA ACUERDO DEL CONGRESO DE CHIHUAHUA

México, DF, a 19 de agosto de 2009.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se recibió acuerdo del Congreso de Chihuahua por el que se solicita que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2010 se destinen recursos para la construcción del centro recreativo, deportivo y cultural de San Juanito, municipio de Bocayna.

La Presidencia dispuso que dicho acuerdo se turnara a la Cámara de Diputados, el cual se anexa.

Atentamente
Senador José González Morfín (rúbrica)
Vicepresidente
 
 

Chihuahua, Chihuahua, a 20 de julio de 2009.

Diputado César Duarte Jáquez
Presidente de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presente

Para su conocimiento y efectos conducentes, le remito copia del acuerdo número 443/09 II PO, así como del dictamen que le dio origen, por medio del cual esta Sexagésima Segunda Legislatura del Congreso del estado exhorta respetuosamente a esa honorable Cámara a realizar la provisión correspondiente en el proyecto de Presupuesto de Egresos para 2010, a fin de estar en posibilidades de que se construya el centro recreativo, deportivo y cultural en San Juanito, municipio de Bocoyna, Chihuahua.

Sin otro particular de momento, le reitero la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
 

Diputada Silvia Susana Muriel Acosta (rúbrica)
Presidenta de la Diputación Permanente del Congreso del Estado

La Diputación Permanente de la Sexagésima Segunda Legislatura del honorable Congreso de Chihuahua reunida en su segundo periodo de sesiones, dentro del segundo año de ejercicio constitucional

Acuerda

Primero. La Sexagésima Segunda Legislatura del honorable Congreso del estado exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo, al presidente municipal de Bocoyna y al honorable Congreso de la Unión a realizar la provisión correspondiente en el Proyecto de Presupuesto de Egresos para 2010, a fin de estar en posibilidades de que se construya el centro recreativo, deportivo y cultural en San Juanito, municipio de Bocoyna, Chihuahua.

Segundo. Remítase copia del presente acuerdo, así como de la iniciativa que le dio origen, a las autoridades señaladas en el párrafo primero, para su conocimiento y efectos conducentes.

Dado en la sala Morelos del Poder Legislativo, en Chihuahua, Chihuahua, a veinte de julio de dos mil nueve.

Diputada Silvia Susana Muriel Acosta (rúbrica)
Presidenta

Diputado José Luis Cisneros Carlos (rúbrica)
Secretario

(Turnado a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Agosto 19 de 2009.)
 
 
 

DE LA COMISIÓN PERMANENTE, CON EL QUE ENVÍA RESPUESTA DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA A PUNTO DE ACUERDO

México, DF, a 19 de agosto de 2009.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Me permito comunicar a ustedes que se recibió oficio de la Secretaría de Economía, en respuesta al acuerdo de la Cámara de Diputados relativo a al combate de la piratería.

La Presidencia dispuso que se les hiciera llegar dicha documentación.

Atentamente
Senador José González Morfín (rúbrica)
Vicepresidente
 
 

México, DF, a 10 de agosto de 2009.

Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión
Presentes

En respuesta al oficio número DGPL 60-II-2-2333, signado por los diputados César Duarte Jáquez y Santiago Gustavo Pedro Cortés, Presidente y Secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 100.2009.DGE.1282, suscrito por Humberto Ballesteros Cruz, director general de Enlace de la Secretaría de Economía, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo al combate de la piratería.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
Licenciado Gonzalo Altamirano Dimas (rúbrica)
Titular de la Unidad
 
 

México, DF, a 7 de agosto de 2009.

Contador Público Manuel Minjares Jiménez
Subsecretario de Enlace Legislativo
Secretaría de Gobernación
Presente

Se hace referencia al oficio SEL/300/1342/09, del 17 de marzo del año en curso, mediante el cual se comunica al titular de esta secretaría el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el pasado 12 de marzo, en el que se le exhorta a la Comisión Intersecretarial para la Protección, Vigilancia y Salvaguarda de los Derechos de Propiedad Intelectual a coordinarse con las instancias nacionales e internacionales para actualizar la información que contribuya a combatir eficazmente el fenómeno de la piratería.

Asimismo, se exhorta al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) a diseñar y realizar campañas pedagógicas tendientes a fomentar una cultura de respeto a los derechos de propiedad intelectual.

Al respecto, me permito hacer de su conocimiento lo siguiente:

El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con base en el artículo 6o. de la Ley de la Propiedad Industrial, es la autoridad administrativa en materia de propiedad industrial con carácter de organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

No obstante que los puntos primero y segundo del acuerdo al que se da respuesta se dirige a la Comisión Intersecretarial para la Protección, Vigilancia y Salvaguarda de los Derechos de Propiedad Intelectual " a coordinarse con las instancias nacionales e internacionales para actualizar la información que contribuya a combatir eficazmente el fenómeno de la piratería", en ejercicio de sus facultades, realiza investigaciones de presuntas infracciones administrativas; ordena y practica visitas de inspección; requiere información y datos; ordena y ejecuta medidas provisionales para prevenir o hacer cesar la violación a los derechos de propiedad industrial; oye en su defensa a los presuntos infractores, e impone las sanciones administrativas correspondientes en materia de propiedad industrial.

Adicionalmente, la Ley Federal del Derecho de Autor en sus artículos 234 y 235 otorga facultades al IMPI para sancionar las infracciones en materia de comercio, adoptar medidas precautorias, realizar investigaciones, practicar visitas de inspección, requerir información y datos, así como para emitir resoluciones de suspensión de libre circulación de mercancías de procedencia extranjera en frontera, en términos de lo dispuesto por la Ley Aduanera.

Con base en lo anterior y con relación al tema de la "piratería" en nuestro país, se comenta que, para su combate, existen varias autoridades que tienen facultades para la realización de diversas acciones, entre ellas se encuentra encabezando el grupo la Procuraduría General de la República, en relación con los delitos; la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en cuestiones de salud; la Policía Federal Preventiva, para la flagrancia de delitos y apoyo a las autoridades; la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para el cobro de multas; la Administración General de Aduanas, tocante a la retención de mercancía ilegal en fronteras; y el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, para el caso de infracciones administrativas en materia de propiedad industrial así como en materia de comercio.

De las acciones que ha realizado el IMPI, en el periodo comprendido del año 2000 a abril de 2009, se tienen entre otras, las siguientes:

Por parte de la Procuraduría General de la República

Plan Usurpación

Del 1 de enero al 15 de mayo de 2009

    Mil 13 inmuebles cateados;
    Mil 362 operativos en vía pública;
53 millones 104 mil 978 artículos asegurados;

152 laboratorios desmantelados;
209 personas detenidas;
    3 inmuebles asegurados;
    6 locales asegurados;
  18 averiguaciones previas consignadas;
  27 personas consignadas;
    6 autos de formal prisión; y
    1 sentencia condenatoria.

Por otra parte, se han desarrollado actividades a nivel nacional en las que se destaca el acuerdo nacional contra la piratería, firmado el 15 de junio de 2006, en el que se estableció como compromiso por parte del sector público desarrollar tareas de inteligencia que permitan acabar con la delincuencia organizada, que nutre los ilícitos en materia de propiedad intelectual, asumiendo como línea de acción, el establecimiento de esquemas de coordinación con gobiernos estatales y municipales, así como con gobiernos extranjeros y organismos internacionales para lograr una eficiente y eficaz prevención e investigación de las conductas relacionadas con la piratería.

Desde entonces, las autoridades involucradas de alguna manera en el combate a la falsificación y la piratería han realizado diversos esfuerzos conjuntos con el ánimo de acotar este problema y de dar seguimiento al referido acuerdo.

Asimismo, con el objetivo de ampliar e intensificar las acciones en la lucha contra la piratería, se creó la Subdirección Divisional de Marcas Notorias Investigación, Control y Procesamiento de Documentos, que forma parte a su vez de la Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual y está conformada por un grupo de especialistas cuyas funciones se encuentran encaminadas a realizar trabajos de investigación para detectar mercancía falsificada, elaborar informes estadísticos con los resultados obtenidos de dichas investigaciones, coordinar a las autoridades involucradas en la protección de derechos en materia de propiedad intelectual mediante la administración de convenios, elaborar proyectos de investigación y comparativos económicos a nivel nacional e internacional, realizar visitas de inspección de oficio, entre otros.

Cabe mencionar, que el IMPI se coordina con las autoridades cuya tarea también sea el combate a la piratería, a efecto de realizar concientización pública y campañas publicitarias. Asimismo, el objetivo que se persigue es dar cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo para la Seguridad y Prosperidad de América del Norte, derivado de las obligaciones contraídas dentro del Capítulo XVII del Tratado de Libre Comercio de América del Norte.

Dentro de las acciones concretas que se han logrado coordinar entre las autoridades involucradas se encuentran

El lanzamiento de la convocatoria para concurso de medios digitales El cambio empieza con una idea y puede ser la tuya, donde el IMPI será una las instituciones encargadas de llevar a cabo el mismo en colaboración con esta dependencia a través del Programa de Promoción de la Industria de Medios Interactivos; el Instituto Nacional del Derecho de Autor; la Business Software Alliance; el Consorcio Mexicano de Software; el Instituto Politécnico Nacional; la Universidad Autónoma Metropolitana; y la Universidad Nacional Autónoma de México.

Capacitación al personal de diferentes aduanas. Durante 2008 se capacitaron 525 verificadores de aduanas en 14 entrenamientos, y este año ya llevamos 2 entrenamientos con un total de 70 capacitados.

Se desarrolló el sitio electrónico en internet http//pirateria.pgr.gob.mx, de manera conjunta entre la Procuraduría General de Justicia, el IMPI y la Dirección General de Aduanas.

Se realizó un empate entre la clasificación internacional de productos y servicios para el registro de marcas y las fracciones arancelarias, de manera conjunta entre el IMPI y la Dirección General de Aduanas.

Se identificaron los productos sensibles, así como las aduanas por las cuales ingresa este tipo de mercancías.

El 29 de marzo de 2007 se llevó a cabo la firma del primer acuerdo estatal con el estado de México y el 29 de mayo se firmó el primer acuerdo municipal con el municipio de Toluca. Dichos acuerdos fueron signados por los gobiernos estatal y municipal, el Consejo Consultivo Económico del Estado de México, la Procuraduría General de la República, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y representantes del sector productivo. Actualmente se está en pláticas con Morelos.

Desde marzo del año en curso, se inició un programa denominado Observadores del IMPI en Aduanas, para que inspectores del IMPI colaboren con los verificadores aduanales durante el despacho de las mercancías, para verificar mercancía que se sospeche infringe algún derecho de propiedad intelectual y de esa manera agilizar la toma de acciones por parte de los titulares afectados.

El acuerdo sobre los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (ADPIC), celebrado por el presidente de la República y aprobado por el Senado de la República, constituye ley suprema de toda la unión, por tanto los jueces deben ajustarse a sus disposiciones, tal y como lo señala el artículo 133 constitucional.

Conforme a este contexto, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, como autoridad administrativa en la materia, está obligado a cumplir y aplicar las disposiciones establecidas en el ADPIC dentro del territorio nacional.

Sin embargo, las cuestiones diplomáticas y de vigilancia hacia el exterior, sobre su cumplimiento y observancia por parte de los miembros de la Organización Mundial del Comercio, rebasa la competencia de este instituto; toda vez que la conducción de la política exterior corresponde a la Secretaría de Relaciones Exteriores (artículo 28 de de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal).

Asimismo el IMPI está facultado para difundir, asesorar y dar servicio al público en materia de propiedad industrial, como lo señala la fracción XI y la de promoción de la materia señalada en la fracción XII del citado artículo, en concordancia con el tercer punto de acuerdo, en el que "se exhorta al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, al Instituto Nacional de Derecho de Autor y a la Secretaría de Educación Pública a diseñar y realizar campañas pedagógicas tendientes a fomentar una cultura de respeto a los derechos de propiedad intelectual, en los centros educativos de nivel básico, y ponerlas para consideración de las autoridades de las instituciones educativas del nivel medio superior y superior para que en su caso las apliquen".

Finalmente, el IMPI cuenta con un área especializada, la Dirección Divisional de Promoción y Servicios de Información Tecnológica, la promoción, difusión y estudio del sistema de propiedad industrial, a través de cursos, seminarios, talleres, ferias y exposiciones tecnológicas que promuevan la actividad creativa y el conocimiento de la propiedad industrial; promover en el sector empresarial, industrial, académico, los acervos de información tecnológica con que cuenta el instituto, así como difundir los resultados del avance tecnológico nacional e internacional; y el diseñar estrategias de comunicación institucional que propicien la participación y la concertación de acciones con los sectores social y privado, que fortalezcan la difusión del sistema de propiedad industrial y la protección y defensa de los derechos de propiedad industrial, entre otras.

Cabe hacer mención de algunas campañas relacionadas con el fomento de una cultura de propiedad intelectual realizadas por el IMPI:

Se han realizado, en diversos estados de la República Mexicana, encuestas encaminadas a la visión que se tiene de la piratería.

Del 17 de septiembre al 30 de noviembre de 2007 se lanzó el primer concurso de dibujo infantil denominado Por el respeto a las ideas: los niños contra la piratería, habiéndose recibido un total de mil 414 dibujos.

Del 19 de septiembre al 7 de diciembre de 2008 se lanzó el segundo concurso de dibujo infantil denominado Por el respeto a las ideas: los niños contra la piratería, en colaboración con representantes de la industria, con una recepción de 2 mil 282.

Trípticos con el slogan "México dice no a la piratería", con información acerca de las consecuencias y problemática de la piratería.

Del 1 de diciembre al 18 de febrero de 2009 estuvieron abiertas las inscripciones al Curso general de propiedad intelectual a distancia, que se está llevando a cabo del 10 de marzo al 15 de abril. Dicho curso es administrado y dirigido de manera conjunta por el IMPI y la academia de la OMPI, recibiendo a 3 mil 658.

El IMPI no forma parte de los integrantes de la Comisión Intersecretarial para la Protección, Vigilancia, y Salvaguarda de los Derechos de Propiedad Intelectual; integra el Comité Nacional contra la violación a los derechos de propiedad intelectual; sin embargo, éste no fue instalado por la comisión. No obstante, en ejercicio de sus funciones ejecuta diversas tareas de cooperación y coordinación con otras dependencias, entidades federativas, e instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, para promover, fomentar, difundir, proteger y defender los derechos de propiedad industrial.

Se considera valiosa la participación de la Secretaría de Educación Pública en lo que hace al diseño de campañas pedagógicas tendentes a fomentar una cultura de respeto a los derechos de propiedad intelectual en los centros educativos de nivel básico y ponerlas para consideración de las autoridades de las instituciones educativas del nivel medio superior para que, en su caso, las apliquen.

Lo anterior, dado que este organismo no cuenta con los elementos pedagógicos que permitan su elaboración; sin embargo, en medida de sus posibilidades, ha implantado actividades para crear conciencia entre la sociedad en su conjunto, como se ha detallado en el presente informe.

Por lo anterior, con fundamento en la fracción XI del artículo 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, le solicito atentamente haga del conocimiento de la Cámara de Diputados la información contenida en el presente, en la forma que usted estime conveniente.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente
Humberto Ballesteros Cruz (rúbrica)
Director General de Enlace
 
 





Informes
DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, SEGUNDO SEMESTRAL DE ACTIVIDADES DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO, CORRESPONDIENTE AL PERIODO 1 DE MARZO-10 DE AGOSTO DE 2009

Introducción

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 45, numeral 6, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos por el que se establecen los lineamientos sobre el contenido y la forma que deben observar las comisiones para la presentación de sus informes semestrales y el levantamiento de las actas de sus reuniones, del 10 de octubre de 2005, en el sentido de que las comisiones tienen, entre otras, la tarea de rendir un informe semestral de sus actividades a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, la Comisión de Hacienda y Crédito Público presenta el informe de actividades correspondiente al segundo semestre del tercer año de labores de la LX Legislatura.

El documento refleja la dinámica que caracteriza los trabajos de la comisión, principalmente en la materia hacendaria y financiera, donde se manifiesta la valiosa participación de todos los miembros, quienes han aportado sus conocimientos y experiencia para dictaminar, atender y resolver las iniciativas, minutas, propuestas y proposiciones que les han sido turnadas, contribuyendo a la creación y reforma de la legislación en las materias mencionadas, con el propósito de adecuarlas a la realidad económica y social del país.

En la comisión se refleja la pluralidad que existe al interior de la honorable Cámara de Diputados, siendo la distribución de los integrantes, por grupo parlamentario, de la manera siguiente: Diputados Charbel Jorge Estefan Chidiac (PRI), presidente; Carlos Alberto García González (PAN), Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (PAN), Ricardo Rodríguez Jiménez (PAN), Hugo Eduardo Martínez Padilla (PRD), José Antonio Saavedra Coronel (PRD), Antonio Soto Sánchez (PRD), Horacio Emigdio Garza Garza (PRI), Ismael Ordaz Jiménez (PRI), Carlos Alberto Puente Salas (PVEM), Juan Ignacio Samperio Montaño (sustituido por Robinson Uscanga Cruz, de Convergencia), Joaquín Humberto Vela González (PT), Manuel Cárdenas Fonseca (Nueva Alianza), Aída Marina Arvizu Rivas (Alternativa), secretarios; José Alejandro Aguilar López (sustituido por María Guadalupe Salazar Anaya, del PAN), Ramón Ceja Romero (PAN), José Martín López Cisneros (PAN), Lorenzo Daniel Ludlow Kuri (PAN), Luis Xavier Maawad Robert (PAN), José de la Torre Sánchez (PAN), María del Consuelo Argüelles Arellano (PAN), Mario Alberto Salazar Madera (PAN), Dolores María del Carmen Parra Jiménez (PAN), Jorge Alejandro Salum del Palacio (PAN), Samuel Aguilar Solís (PRI), José Rosas Aispuro Torres (PRI), Mariano González Zarur (PRI), Javier Guerrero García (PRI), José Murat (PRI), Octavio Martínez Vargas (sustituido por Antonio Flores Martínez, del PRD), Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (PRD), Francisco Javier Calzada Vázquez (PRD), Juan Nicasio Guerra Ochoa (PRD), Valentina Valia Batres Guadarrama (PRD), Pablo Trejo Pérez (PRD).

Cabe mencionar que el 12 de marzo de 2009, el diputado José Alejandro Aguilar López fue sustituido por la diputada María Guadalupe Salazar Anaya, del PAN. Asimismo, el 30 de abril de 2009 el diputado Juan Ignacio Samperio Montaño fue sustituido por el diputado Robinson Uscanga Cruz, de Convergencia. Por su parte, el mismo 30 de abril de 2009 el diputado Octavio Martínez Vargas, del PRD, fue sustituido por el diputado Antonio Flores Martínez.

I. Avance en el cumplimiento del programa anual de trabajo

En el marco del programa de trabajo de la comisión para el tercer año de ejercicio en la LX Legislatura (anexo 1),* los tres grupos de trabajo creados en periodos anteriores para abordar los distintos temas, que son materia de la comisión y que fueron integrados a partir del interés que cada miembro manifestó, continuaron su tarea aportando la experiencia de cada uno de sus miembros, tal como se muestra a continuación:

Fiscal

(Coordinado por el PAN)

Diputados: Ricardo Rodríguez Jiménez, Manuel Cárdenas Fonseca, Pablo Trejo Pérez, Juan Guerra Ochoa, Ismael Ordaz Jiménez, Carlos Alberto García González, Dolores Parra Jiménez, Daniel Ludlow Kuri, Carlos Puente Salas.

Financiero (Coordinado por el PRD)

Diputados: José A. Saavedra Coronel, Manuel Cárdenas Fonseca, Emilio Flores Domínguez, Martín López Cisneros, Carlos Puente Salas.

Federalismo (Coordinado por el PRI)

Diputados: José Rosas Aispuro, Javier Guerrero, Humberto Dávila Esquivel, Tonatiuh Bravo Padilla, Alejandro Aguilar López, Carlos Puente Salas.

Materia financiera

En esta materia, la comisión atendió reformas a la Ley del Mercado de Valores para dar mayor transparencia a las operaciones con derivados financieros, a fin de que el público inversionista pueda hacer la correcta valoración del riesgo de los productos que adquiera.

Asimismo, se realizaron importantes reformas en beneficio de los usuarios de servicios financieros, actualizando el funcionamiento de las pólizas de seguros, a fin de que la prescripción de los seguros de vida pasara de dos a cinco años. Por otra parte, se amplió el marco jurídico de las actividades financieras y crediticias a través de la Ley de Instituciones de Crédito para brindar más opciones a los usuarios de los servicios bancarios e incentivar la competitividad entre los agentes que participan en el crédito, por lo que se adicionó la figura del crédito simple como un préstamo que se utiliza sólo para un proyecto.

También se hicieron esfuerzos importantes para fomentar una mayor transparencia en la información que deben dar las instituciones financieras a los usuarios de servicios financieros, así como el fortalecimiento de las atribuciones de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condisef), en beneficio de los usuarios. En el mismo sentido, se reformaron disposiciones de las instituciones de crédito respecto a la operación de la figura de comisionistas, estableciendo límites razonables para que no se utilice indiscriminadamente y sin control, a fin de garantizar una sana gestión de las operaciones bancarias a través de esta figura.

Por otra parte, se otorgaron facultades a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para llevar a cabo la inspección y vigilancia de los centros cambiarios y transmisores de dinero, para tener un adecuado control y una supervisión más eficaz de las actividades auxiliares del crédito, sobre todo los que se mantienen al margen de la ley en diversas operaciones y que ponen en desventaja al mercado formal.

En otro sentido, la Comisión de Hacienda y Crédito Público, reconociendo la necesidad de fortalecer la operación de la financiera rural para obtener recursos adicionales que permitan ampliar el financiamiento al sector rural con mejores condiciones, estableció en la Ley Orgánica de la Financiera Rural, que dicho organismo celebre operaciones que le permitan captar de manera directa o indirecta recursos de los Fideicomisos Instituidos con Relación a la Agricultura (FIRA).

Entre los funcionarios que participaron en las discusiones de estos temas se contó con la presencia del licenciado Guillermo Zamarripa, de la Unidad de Banca y Ahorro de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; el licenciado Guillermo Babatz Torres, presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; y el licenciado Manuel Aguilera Verduzco, presidente de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, cuyas intervenciones fueron valiosas para las reformas a la legislación financiera.

Federalismo fiscal

Por lo que corresponde a la materia hacendaria, esta comisión se ha preocupado por el mejoramiento del marco de la coordinación fiscal para fortalecer las finanzas públicas y consolidar los esfuerzos de recaudación de estados y municipios, redistribuyendo atribuciones y facultades tributarias y de gasto entre los gobiernos federal, estatales y municipales, para lo cual se recibió a diversos servidores públicos del ámbito estatal y municipal en las reuniones de trabajo de la comisión, así como propuestas de los diputados miembros de ésta.

Como resultado de los trabajos, se aprobó un decreto para atender el problema de la inequidad y la centralización en la cobertura en educación media superior en el país, por lo que el Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM) del Ramo 33, "Aportaciones Federales a las Entidades Federativas", será utilizado en parte para la inversión en infraestructura educativa en el nivel medio superior a partir de 2010, para hacer frente a las necesidades educativas de la pirámide poblacional.

Por otro lado, la Comisión de Hacienda llevó a cabo importantes debates en torno a diversas iniciativas que proponían la entrada en vigor anticipada de la abrogación de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o uso de Vehículos (federal), para transferir dicha potestad tributaria a los gobiernos de las entidades federativas. En ese sentido, la comisión permanente de funcionarios fiscales señaló que ante la falta de un mecanismo resarcitorio de esta fuente de ingresos para las entidades federativas y municipios, resulta necesario mantener el impuesto en los términos vigentes.

Por esta razón, la obligación de pago del impuesto sobre tenencia permanece vigente y la misma deberá ser cumplida en los plazos que para tal efecto fija la ley.

En las discusiones de carácter federalista estuvieron presentes el doctor José Antonio González Anaya, jefe de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas; el doctor José Antonio Meade Kuribreña, subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; el licenciado Tuffic Miguel Ortega, de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas, así como diversos representantes de la comisión permanente de funcionarios fiscales.

Materia fiscal

En este aspecto, se aprobaron modificaciones al Código Fiscal de la Federación para disminuir la carga de trabajo de los órganos jurisdiccionales federales ante la exigibilidad de créditos fiscales y el inicio del procedimiento administrativo de ejecución, en virtud de que la interposición de los recursos de revocación sería más atractiva y benéfica para los contribuyentes, dado que no tendrían que garantizar el interés fiscal mientras durara el procedimiento administrativo, ofreciendo cualquier prueba que no hayan aportado cuando se ejercieron las facultades de comprobación y además se resolvería el fondo de los asuntos con independencia de los vicios de forma.

Con la misma finalidad de ampliar la seguridad jurídica del contribuyente, se establecieron obligaciones en materia de transparencia e información pública que debe cumplir la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, además de cumplir con requisitos legales en la materia mediante una dirección electrónica para publicar las funciones en defensa de los contribuyentes.

Asimismo, se aprobaron cambios a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa para implantar estrategias de gestión que permitan hacer más eficiente su actividad jurisdiccional, aprovechando los recursos tecnológicos que hagan más eficiente la tramitación de juicios, mediante la implantación de sistemas modernos y confiables que permitan a la sociedad de forma fácil y rápida acceder a la impartición de justicia, así como el uso de otros sistemas generalizados como Internet.

Por otra parte, se reformaron disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta para dar continuidad a las medidas de simplificación tributaria y estableciendo la previsión social como gasto estrictamente indispensable de las empresas sujeto a requisitos, modalidades y límites para su deducción, aplicables a los fondos de previsión social a que se refiere la Ley General de Sociedades Cooperativas.

En otro aspecto, se reformó la Ley Federal de Derechos para establecer un derecho por el uso, goce o aprovechamiento del gas asociado a los yacimientos de carbón mineral, ya sea para autoconsumo o entrega a Pemex con una tasa de 50 por ciento a la diferencia entre el valor anual del gas asociado a los yacimientos de carbón mineral extraído en el año y las deducciones permitidas en la ley.

Entre los participantes en las discusiones de carácter fiscal, estuvieron el licenciado Mikel Arriola Peñaloza, asesor del secretario de Hacienda y Crédito Público; el doctor Javier Llaynez Potisek, procurador fiscal de la Federación; el licenciado Jesús Rojas Ibáñez, administrador general jurídico del SAT; el licenciado Francisco Cuevas Godínez, presidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, así como diversos sectores de la actividad económica, interesados en la materia.

Otros temas

Por otro lado, la comisión emitió la nueva Ley General de Turismo, que establece facultades y obligaciones para cada orden de gobierno, con la finalidad de hacer de esta actividad un detonante económico y social, en un ambiente de respeto y uso racional de los recursos naturales, históricos y culturales.

Asimismo, se aprobaron reformas a la Ley del Seguro Social para ayudar a los trabajadores a hacer frente a la coyuntura económica adversa, permitiendo al trabajador desempleado hacer uso de un monto mayor de sus recursos acumulados en su cuenta individual, ampliando este derecho a los trabajadores de menores ingresos, para que en el corto plazo se permita a los desempleados mantener su nivel de consumo.

En las reuniones de esta materia estuvieron presentes también el doctor Alejandro Werner Wainfeld, subsecretario de Hacienda; el licenciado Víctor Manuel Borras Sitien, director del Infonavit; y el licenciado Pedro Ordorica, vicepresidente jurídico de la Consar.

I.1. Actividades de la comisión

Durante el segundo semestre del tercer año de ejercicio de la LX Legislatura se celebraron 13 reuniones plenarias de trabajo con distintos sectores interesados en la materia hacendaria y financiera, entre los que destacan los representantes de los sectores productivos del país y de organizaciones de profesionales.

A su vez, del 1 de marzo al 10 de agosto de 2009 fueron turnados a esta comisión 191 asuntos, de los cuales corresponden 86 iniciativas, así como 2 minutas del Senado de la República de carácter financiero, además de 13 puntos de acuerdo y 90 documentos de distintas dependencias oficiales (anexos 2 y 3).*

De las 88 minutas e iniciativas recibidas, se dictaminaron 11 iniciativas, así como 8 minutas, habiendo cubierto 22 por ciento del total de iniciativas y minutas turnadas a la comisión este semestre.

Debe destacarse que con relación a los puntos de acuerdo, el 22 de julio de 2009 la comisión devolvió 120 puntos de acuerdo a la Mesa Directiva, que se encontraban pendientes de dictamen o resolución para efectos de su archivo, custodia y ulterior trámite o archivo definitivo. Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al trámite de las iniciativas con proyecto de ley o decreto, así como a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día y las turnadas a las comisiones durante la LX Legislatura, publicado en la Gaceta Parlamentaria del 7 de mayo de 2009.

En el mismo sentido, se devolvieron 40 puntos de acuerdo turnados en comisiones unidas, donde el referido turno lo encabeza la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con el propósito de que también sean conservados por la Secretaría General para efectos de su archivo, custodia y ulterior trámite o archivo definitivo.

Por su parte, las comisiones que encabezan el turno en los 24 puntos de acuerdo restantes llevarán a cabo el trámite correspondiente para devolverlos a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Así, en el transcurso de su encargo, la Comisión de Hacienda ha recibido un total de 571 iniciativas y minutas, habiendo dictaminado 184 de éstas (anexo 4).*


 

Cabe subrayar que en el semestre que se informa, la comisión aprobó 19 dictámenes (ver capítulo III), los que a su vez fueron aprobados por el Pleno de esta Cámara de Diputados. Es decir, el trabajo de la comisión se refleja en un promedio de 3 dictámenes por mes en el periodo.

II. Reuniones de trabajo de la comisión

En el semestre que se informa, la comisión celebró 13 reuniones plenarias de trabajo, a las cuales asistió un promedio de 22 diputados miembros por reunión (anexo 5).*

II.1. Asuntos tratados en cada reunión (anexo 6)*

1. Marzo 4 de 2009. Presentación y comentarios a varios dictámenes sobre minutas del Senado de la República.

2. Marzo 11 de 2009. Presentación de las iniciativas sobre el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos, turnadas a la comisión, su impacto presupuestal y efecto en las finanzas estatales y municipales.

3. Marzo 18 de 2009. Presentación del dictamen con proyecto de decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en materia de alcoholes.

4. Marzo 25 de 2009. Presentación del procurador fiscal de la Federación, Javier Laynez Potisek, y del presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Guillermo Babatz Torres, sobre la situación jurídica de Banamex, con relación al punto de acuerdo presentado por el diputado Manuel Cárdenas Fonseca, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

5. Abril 1 de 2009. Presentación del dictamen de las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Educación Pública y Servicios Educativos con proyecto de decreto que reforma el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de financiamiento a la educación media superior.

6. Abril 15 de 2009. En Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Seguridad Social. Presentación del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social.

7. Abril 15 de 2009. En comisiones unidas. Presentación del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y de la Ley del Seguro Social.

8. Abril 15 de 2009. Presentación del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, en materia de centros cambiarios.

9. Abril 21 de 2009. Presentación del dictamen con proyecto de decreto que reforma la Ley Orgánica de la Financiera Rural, del diputado César Duarte Jáquez.

10. Abril 21 de 2009. En Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Vivienda. Votación del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, y comentarios por servidores públicos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

11. Abril 23 de 2009. Presentación del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, en materia de gas asociado a los yacimientos de carbón mineral.

12. Abril 27 de 2009. Dictamen de las Comisiones Unidas de Economía, de Hacienda y Crédito Público, y de Gobernación con proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Sistema Nacional para la Competitividad.

13. Abril 30 de 2009. Presentación del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes de Instituciones de Crédito, Orgánica de Nacional Financiera, Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada; Orgánica del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros; Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal; Orgánica de la Financiera Rural, y General de Títulos y Operaciones de Crédito.

III. Dictámenes, opiniones, informes y publicaciones generados

III.1. Decreto que adiciona la fracción VI Bis al artículo 104 de la Ley del Mercado de Valores

Minuta de la Cámara de Senadores, de fecha 5 de diciembre de 2008. Aprobado en el Pleno con 279 votos en pro y 1 abstención el 31 de marzo de 2009 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de mayo de 2009.

Esta reforma a la Ley del Mercado de Valores considera la complejidad de algunos de los derivados financieros creados, cada vez más riesgosos y más difíciles de regular, lo que puede provocar que las ventajas que ofrecen se transformen en desventajas para la totalidad del sistema, máxime cuando son empleados como medios para obtener ganancias rápidas en periodos de elevada volatilidad. En este sentido, es relevante el problema de información asimétrica que surge cuando las emisoras no informan oportunamente a sus clientes sobre el verdadero riesgo de los productos que ofertan, así como la calidad de sus carteras de inversión.

Con la reforma se da mayor transparencia a las operaciones con derivados financieros, para que el público inversionista pueda hacer la correcta valoración del riesgo de los productos que adquieran; ello sin perjuicio de que su falta de rendición, en los términos propuestos, conllevaría las sanciones establecidas para el supuesto de falta de entrega de información relevante estableciendo en la Ley del Mercado de Valores, que los reportes sobre las posiciones que mantengan las emisoras en instrumentos financieros derivados, dentro de los cuales se incluya, entre otros elementos que determine la comisión, los subyacentes, los valores nocionales o de referencia y las condiciones de pago de dichas posiciones al momento de la revelación de la información, así como las posibles contingencias que las citadas posiciones representen en la situación financiera de la emisora.

III.2. Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Servicio de Administración Tributaria.

Minuta de la Cámara de Senadores, de fecha 9 de diciembre de 2008. Aprobado en el Pleno con 312 votos en pro y 1 abstención, el 31 de marzo de 2009 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de mayo de 2009. La exigibilidad de los créditos fiscales y el inicio del procedimiento administrativo de ejecución, son cuestiones que los obligados tienen que hacerse cargo de manera inmediata, pues los adeudos tributarios son actualizados en todo momento y la acumulación de recargos son a cargo del contribuyente.

Con esta reforma se disminuirá la carga de trabajo de los órganos jurisdiccionales federales, en virtud de que la interposición de los recursos de revocación sería más atractiva y benéfica para los contribuyentes, dado que no tendrían que garantizar el interés fiscal mientras durara el procedimiento administrativo, podrían ofrecer cualquier prueba que no hayan aportado cuando se ejercieron las facultades de comprobación y además se resolvería el fondo de los asuntos con independencia de los vicios de forma.

Se permitirá al recurrente aportar las pruebas que por cualquier motivo no hubiere podido ofrecer ante la autoridad emisora de la resolución impugnada, siempre y cuando no se haya resuelto el recurso de revocación.

Asimismo, el contribuyente encuentra en el recurso de revocación, el medio de defensa idóneo para controvertir los actos de la autoridad fiscal, que le permita con toda libertad ofrecer la totalidad de las pruebas que existan a su favor.

En el caso de que cuando el recurrente anuncie que exhibirá pruebas adicionales a las ya presentadas, tendrá un plazo de dos meses contados a partir de la fecha en que haya efectuado el anuncio correspondiente para presentarlas, con lo cual se beneficia al contribuyente, porque le permite solicitar la apertura del periodo probatorio para aportar las pruebas que por cualquier motivo no hubiere podido ofrecer en la etapa de fiscalización o del procedimiento, siempre y cuando no se haya resuelto el recurso de revocación.

Asimismo, se establece que, cuando la autoridad conozca del recurso, pueda acordar la exhibición de cualquier documento que tenga relación con éstos, así como ordenar la práctica de cualquier diligencia, toda vez que con ello se beneficiará al contribuyente, al permitir que la propia autoridad resolutoria acuerde la exhibición de cualquier documento que le ayude a conocer mejor los hechos controvertidos, para resolver conforme a derecho proceda el recurso de revocación.

Además, se estable que los funcionarios del Servicio de Administración Tributaria, que resuelven los recursos de revocación, no puedan ser sancionados por daño económico o patrimonial al Estado, con motivo de la resolución de los recursos de revocación.

Se considera que no es correcto que los criterios o premisas interpretativas de la ley, que utilizan o manejan los funcionarios fiscales para la emisión de la resolución del recurso de revocación, sean juzgados con los mismos parámetros de responsabilidad que los actos que efectivamente causan un daño económico al Estado, por el ejercicio indebido de recursos públicos. Es decir, no puede juzgarse con el mismo nivel de responsabilidad económica, al funcionario que simplemente, en ejercicio de sus atribuciones y aplicando al caso concreto la ley, decide revocar o modificar el crédito o créditos fiscales controvertidos en los recursos de revocación, ya que como es de explorado derecho, tratándose de la interpretación y aplicación de las normas puede haber criterios diversos.

III.3. Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Instituciones de Crédito, y Orgánica de Nacional Financiera

Minuta de la Cámara de Senadores, de fecha 12 de diciembre de 2007. Aprobado en el Pleno con 309 votos en pro y 1 abstención, el 31 de marzo de 2009 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el miércoles 6 de mayo de 2009. Con esta reforma se establecen instrumentos de evaluación que permita cuantificar el beneficio privado y social de los apoyos proporcionados por las instituciones de la banca de desarrollo y fideicomisos de fomento, de manera que permitan jerarquizar la aplicación de los recursos y de los servicios que otorgan dichas entidades en función del desarrollo económico y social del país.

Se establece que en los contratos que se suscriban con motivo del financiamiento, asistencia y apoyo de Nacional Financiera, es importante que el acreditado conozca que gracias a las acciones de fomento del Estado, tiene acceso al crédito que recibe de la entidad financiera.

Se precisa un sistema de indicadores que permita evaluar el impacto que el uso de los recursos públicos confiados a la banca de desarrollo tenga en beneficio de su población objetivo; así resulta conveniente que la evaluación de la contribución de la banca de desarrollo al bienestar social y privado, lo realicen dos instituciones académicas de prestigio, que aporten el debido rigor analítico y objetividad sobre el desempeño de la banca de desarrollo, lo que permitirá desarrollar programas que atiendan debidamente el sector que le fue encomendado.

III.4. Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes sobre el Contrato de Seguro, y de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

Minuta de la Cámara de Senadores, de fecha 3 de septiembre de 2007. Aprobado en el Pleno con 302 votos en pro, 3 en contra y 1 abstención, el 31 de marzo de 2009 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de mayo de 2009. Con esta reforma se actualiza el funcionamiento de las pólizas de seguros de vida en el sistema financiero, al ampliar a cinco años la prescripción de las pólizas de seguros de vida, el cual era de dos años desde la promulgación de la ley en 1935, con lo cual se homologa con el plazo que se exige en materia fiscal para conservar documentación contable.

Se elimina el convenio del sistema de información sobre asegurados y beneficiarios de seguros de vida entre la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros y la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, que surgió por el elevado número de seguros de vida que no eran cobrados por los beneficiarios, que en gran medida fue porque la mayoría no se enteró de que contaba con ese beneficio.

En efecto, se estima que al establecerse en ley que, mediante reglas de carácter general que emitirá la Condusef, se implantará el procedimiento que permita saber a las personas si son beneficiarias de alguna póliza, se otorga seguridad jurídica a los beneficiarios de las pólizas correspondientes.

III.5. Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.

Minuta de la Cámara de Senadores, de fecha 24 de abril de 2008. Aprobado en el Pleno con 275 votos en pro y 2 abstenciones, el 14 de abril de 2009 y turnado al Ejecutivo Federal para los efectos constitucionales. Con la reforma se establecen las obligaciones que en materia de transparencia e información pública debe cumplir la Procuraría de Defensa del Contribuyente, además de cumplir con las obligaciones legales en dicha materia mediante una dirección electrónica para publicar las principales funciones que haya realizado en defensa de los contribuyentes.

Se establece que el Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publique al menos semestralmente en el Diario Oficial de la Federación, los datos estadísticos más relevantes sobre las principales actividades de la procuraduría, toda vez que coadyuva de manera importante, a fortalecer el ámbito de la transparencia, y sin duda, representa un avance para atender la complejidad de algunas leyes en materia fiscal.

Se precisa que los seis consejeros independientes sean designados directamente por el titular del Ejecutivo federal, sin intervención del Senado de la República, toda vez que la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente es un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, que de conformidad con el artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, forma parte de la administración pública paraestatal y, en consecuencia, su organización y funcionamiento están determinadas, además de su propia ley orgánica, por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley Federal de Entidades Paraestatales.

Asimismo, se precisa que la experiencia de los consejeros debe ser únicamente en materia tributaria, eliminando las frases fiscal y contable, ya que de acuerdo a la competencia de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, en su doble carácter de defensor del contribuyente y de ombudsman fiscal, la materia tributaria comprende no solo los aspectos fiscales y contables previstos en la ley vigente, sino también se extiende a procedimientos administrativos en ámbitos para fiscales como son organismos fiscales autónomos y actos administrativos que deriven en créditos de autoridades de la administración pública federal.

III.6. Decreto que expide la Ley General de Turismo y reforma la fracción VI y deroga la VII del artículo 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

Presentado por integrantes de la Comisión de Turismo el 17 de febrero de 2009. Aprobado en el Pleno con 339 votos en pro, 2 en contra y 8 abstenciones, el miércoles 15 de abril de 2009. Aprobado en la Cámara de Senadores, con 74 votos en pro y 23 en contra, el jueves 23 de abril de 2009 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de junio de 2009.

El decreto presenta un nuevo ordenamiento en materia de turismo que establece facultades y obligaciones de cada orden de gobierno, con la finalidad de lograr que esta actividad sea un detonante de desarrollo económico y social, con un ambiente de respeto y uso racional de los recursos naturales, históricos y culturales.

La ley establece las bases de coordinación y distribuye las obligaciones y las facultades de los tres órdenes de gobierno en la materia, bajo los principios de legalidad, sustentabilidad y competitividad, lo que hace más eficiente tanto la prestación de servicios, como los procedimientos administrativos en la materia.

Con el decreto, las entidades federativas tendrán facultades y obligaciones en materia de turismo para que en uso de sus facultades procedan a emitir la legislación que corresponde en cada jurisdicción de acuerdo a sus características y necesidades. Asimismo los gobiernos municipales en uso de sus facultades y obligaciones participaran activamente como detonantes de esta actividad, y recibirán sus beneficios directamente.

Con la creación de esta nueva ley se establece que toda planeación de la actividad sea con base en un desarrollo turístico sustentable, ya que esto responde de manera eficiente a las necesidades de los turistas y de las regiones anfitrionas, a la vez que protege y mejora las oportunidades del futuro.

Por ello, se incorpora la actividad a cadenas productivas, un ordenamiento turístico del territorio y el desarrollo de zonas de desarrollo turístico sustentable, para lograr una visión de largo plazo para el sector, promoviendo el desarrollo del turismo, con respeto al ambiente y los recursos naturales, históricos y sociales.

El objetivo de esta ley es promover la integración social a través de dotar a la sociedad de facilidades económicas que la Secretaría de Turismo y otras dependencias y entidades de administración pública, sectores y organizaciones sociales y privadas, otorgan mediante programas que fomenten el turismo nacional y motiven la inversión nacional y extranjera, estableciendo con ello, los lineamientos para que el turismo sea entendido como una actividad económica que esté al alcance de todas las personas, a través de la generación de empleos y riqueza, y como elemento de desarrollo social y cultural de la población.

La ley define los derechos y obligaciones al que deberán sujetarse los prestadores de servicios y turistas, brindando, certeza a los actos mercantiles generados por una prestación turística.

Con relación al Fondo Nacional de Turismo en el desarrollo de la actividad turística, la designación del director general se realizará por el Ejecutivo federal, y así mantener la presencia del fondo en las actividades prioritarias del gobierno federal; contribuirá a la planeación, programación, fomento y desarrollo de la actividad turística y de los recursos turísticos, así como para la promoción del financiamiento de las inversiones privadas y sociales; estará sectorizado, para todos los efectos legales, en el ámbito de la secretaría.

Asimismo, el Fonatur creará y consolidará desarrollos turísticos, en los que habrán de considerarse los diseños urbanos y arquitectónicos del lugar, preservando el equilibrio ecológico y garantizando la comercialización de los servicios turísticos, en relación con el desarrollo económico y social de la región; promoverá, la creación de nuevos desarrollos turísticos en aquellos lugares que por sus características naturales y culturales representa un potencial turístico. Podrá adquirir, fraccionar, vender, arrendar, administrar y, en general, realizar cualquier tipo de enajenación de bienes muebles e inmuebles así como prestar y contratar servicios que contribuyan al fomento sustentable de la actividad turística;

En relación a las operaciones de carácter financiero como son el otorgamiento de créditos, la operación con valores derivados de su cartera, descontar títulos de crédito, entre otras, implicará la necesidad de que en el comité técnico, órgano de gobierno del fondo, participe como miembro el Banco de México, que desde la constitución de este fideicomiso ha participado activamente en las decisiones del Fondo para la creación y consolidación de centros turísticos, por lo tanto el fondo como fideicomiso de fomento económico del gobierno federal, realiza actividades que requieren el conocimiento y experiencia de instituciones como el Banco de México para el cumplimiento de planes y programas sexenales, implicando el ejercicio de operaciones de carácter financiero en sectores involucrados en el desarrollo de inversiones turísticas.

En consecuencia, la ley establece que el fondo tendrá un comité técnico, que estará integrado por 7 miembros, 1 por la Secretaría de Turismo; 2 por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 1 por la Secretaría de Desarrollo Social; 1 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; 1 Secretaría de Comunicaciones y Transportes; y 1 por el Banco de México.

III.7. Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, y Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Presentada por el Ejecutivo federal el 26 de marzo de 2009. Aprobado en el Pleno con 312 votos en pro y 3 abstenciones, el 15 de abril de 2009. Aprobado en la Cámara de Senadores con 83 votos en pro y 7 abstenciones, el 28 de abril de 2009 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2009.

Ante la demanda social actual de un sistema de procuración e impartición de justicia que brinde servicios judiciales de calidad, de manera pronta y expedita, se deben establecer estrategias de gestión modernas que permitan hacer más eficiente la actividad jurisdiccional en su conjunto, en beneficio de las labores sustantivas de dichas instituciones.

Por otro lado, se advierte que en los últimos años los juicios promovidos ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa se han incrementado en forma considerable, lo que ha generado un importante rezago en el trámite y substanciación de éstos, como lo demuestra el informe de actividades de 2008, rendido por el presidente de dicho tribunal, en el que se señaló que el pleno de la sala superior examinó 987 asuntos –60 por ciento más que el año anterior– y resolvió 731, es decir 46 por ciento más que el año pasado.

No obstante, el crecimiento de la estructura jurisdiccional del tribunal no ha sido proporcional con la ampliación de su competencia, pues las 41 salas regionales del país dieron ingreso a 136 mil 328 demandas nuevas que, sumadas al inventario inicial, ascendieron a 254 mil 124 asuntos.

Durante 1998, al tribunal ingresaron 40 mil nuevas demandas y contaba con 30 salas regionales. En 2008 ingresaron 136 mil nuevas demandas a las 41 salas regionales que hoy tiene el tribunal. De esta manera, durante los últimos 10 años el número de nuevas demandas se incrementó en 240 por ciento, mientras que la estructura jurisdiccional aumentó tan sólo un 37 por ciento.

Asimismo, los cambios en la demanda de los servicios judiciales y las exigencias respecto de su cumplimiento obligan a establecer estrategias de gestión que permitan hacer más eficiente la actividad jurisdiccional, por lo que en ese sentido resulta viable aprovechar los avances tecnológicos disponibles que hagan más eficiente la tramitación de juicios, mediante la implementación de sistemas modernos y confiables que permitan a la sociedad de forma fácil y rápida acceder a la impartición de justicia, así como el uso de otros sistemas ya generalizados como Internet.

La posibilidad de que los particulares puedan impugnar los actos y resoluciones administrativas de carácter individual o general que les perjudiquen, a través de dispositivos electrónicos y sistemas computacionales, por una parte, permite aprovechar dichas tecnologías para una mejor impartición de justicia, tanto desde una perspectiva interna, facilitando el control, consulta, manejo, almacenamiento y análisis, necesarios para la toma de decisiones, la gestión y la resolución de los asuntos; y por otra parte, también permitiría mejorar los servicios que se presenten a las partes que pretendan se les administre justicia mediante un acceso más simplificado al juicio contencioso administrativo.

Por tanto, la reforma consiste en establecer como instrumentos jurídicos procesales la aplicación de mensajes de datos, la firma electrónica avanzada y la conservación por medios electrónicos de la información generada, comunicada y archivada a través de medios ópticos y de cualquier otra tecnología equivalente, que haga posible la conversión de papel a medios virtuales, para una administración de justicia más ágil, pronta y expedita, sirviéndose para ello de herramientas generalizadas entre la sociedad tales como correo electrónico o Internet; o bien, otros específicamente diseñados para tal efecto formatos contenidos en medios informáticos, sistemas de cómputo confiables que pongan especial énfasis en la seguridad del resguardo de la información plasmada en los actos procesales, la publicación de acuerdos judiciales en páginas de Internet, la firma electrónica avanzada y soportes electrónicos para el archivo y manejo de expedientes.

La implantación de un sistema de justicia en línea por parte del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en los términos descritos, sería un mecanismo determinante para la consolidación de ese tribunal como una instancia que garantice seguridad jurídica y una eficaz impartición de justicia.

Además, esta reforma sería el mecanismo parteaguas para que la tramitación de otros juicios se substancien a través de medios electrónicos, con objeto de que los beneficios que tiene esta reforma se reflejen en todo el ámbito judicial de nuestro país.

III.8. Decreto que adiciona el artículo 65 Bis a la Ley de Instituciones de Crédito

Presentado por el diputado Luis Xavier Maawad Robert, del PAN, de fecha 11 de diciembre de 2008. Aprobado en el Pleno con 251 votos en pro el 16 de abril de 2009 y turnado a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales. La reforma tiene como finalidad ampliar el marco jurídico de las actividades financieras y crediticias y se facilite el desarrollo de las actividades económicas al brindar más opciones a los usuarios de los servicios bancarios e incentivando la competitividad entre todos los agentes económicos que participan en el crédito.

Es precisamente, con base en estas necesidades, que las pequeñas y medianas empresas requieren que los principales tipos de crédito que se pueden obtener con las instituciones de crédito y, en especial, los dirigidos a la producción, como lo son los créditos de habilitación o avío y los créditos refaccionarios.

Se considera que la figura del crédito simple, el cual es considerado como un tipo de préstamo que únicamente se puede utilizar para un proyecto, mediante un contrato que se termina cuando se paga en su totalidad el crédito, cuyo monto se puede destinar a sólo una de las necesidades de la empresa, como es la compra de activos fijos, como apoyo capital de trabajo o para la reestructuración de pasivos.

Con los contratos de crédito simple no pierden ninguna de sus características previstas por la propia Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, sólo pretende en beneficio de los usuarios de los créditos empresariales o destinados a la producción se ajuste la figura de crédito simple con las bases que prevé el artículo 66 de la Ley de Instituciones de Crédito y que, al igual que los créditos de refacción y habilitación o avío, puedan los créditos simples establecer garantías reales sobre bienes muebles o inmuebles, además de los que constituyen la garantía propia de estos créditos; los bienes sobre los cuales se constituya la prenda, en su caso, podrán quedar en poder del deudor; podrá usar y disponer de la prenda que quede en su poder, conforme a lo que se pacte en el contrato.

Con esta reforma se establece que los contratos de crédito simple, que celebren las instituciones de crédito, se ajustarán a lo dispuesto por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, además de que podrán establecer garantías reales sobre bienes muebles o inmuebles, los bienes sobre los cuales se constituya la prenda, en su caso, podrán quedar en poder del deudor y el deudor podrá usar y disponer de la prenda que quede en su poder, conforme a lo que se pacte en el contrato.

III.9. Decreto que reforma el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal

Presentado por los diputados Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla y Javier González Garza, del PRD; Emilio Gamboa Patrón, del PRI; Aída Marina Arvizu y María del Carmen Salvatori, de Convergencia; Ricardo Cantú y Rubén Aguilar Jiménez, del PT, el 10 de marzo de 2009. Aprobado en el Pleno con 343 votos en pro el 21 de abril de 2009. Aprobado en la Cámara de Senadores con 75 votos en pro el 30 de abril de 2009 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de junio de 2009.

Los indicadores educativos en México reflejan que de cada 100 alumnos que entran a nivel primaria sólo egresan de nivel superior alrededor de 12. Es decir, dada la insuficiencia y poca eficiencia en el uso de los recursos invertidos en educación, 88 de cada 100 alumnos que ingresan a primaria se quedan en el camino sea por deserción, reprobación y no matriculación, y no logran culminar estudios de nivel superior. En particular, de los mencionados 100 alumnos solo se gradúan 25 del nivel medio superior según estadísticas del sistema educativo mexicano.

Asimismo, los datos de 2006 de la Secretaría de Educación Pública y del Consejo de Especialistas de la Educación muestran que la cobertura en educación media superior alcanzó 3.7 millones de estudiantes, incluidas las modalidades propedéutica, bivalente y terminal, de los cuales el 82.8 por ciento de la matrícula es atendida por la educación pública.

La población escolar de este nivel educativo equivale a 58.6 por ciento del grupo de edad entre 15 y 17 años; sin embargo, únicamente 58 por ciento de los inscritos logran concluir estudios, y aproximadamente el 25 por ciento del primer ingreso se pierde en la transición del primero al segundo grado. Al respecto, es importante mencionar que la UNESCO recomienda tasas de cobertura de entre 40 y 50 por ciento de educación superior, como mínimo, para alcanzar el desarrollo sostenido. Sin embargo, con las actuales tasas de cobertura y una deserción por arriba del 50 por ciento en la educación media superior, difícilmente se alcanzaría esa meta.

Por otra parte, persiste el problema de la inequidad y la centralización en la cobertura en educación media superior en el país, pues mientras que la cobertura en este nivel educativo es de 88.5 por ciento en el Distrito Federal, en Michoacán es de tan sólo 37.1 por ciento. Estas desigualdades no permiten la consolidación del sistema educativo.

En ese sentido, las entidades federativas estarán en mejores condiciones que la federación para atender el mandato constitucional con un mayor conocimiento de las necesidades particulares de cada región, por lo que se justifica que con la reforma se recurra a un fondo perteneciente al Ramo 33, "Aportaciones Federales a las Entidades Federativas", como lo es el Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM).

El FAM es un fondo que contiene recursos para las aportaciones federales que se destinarán al otorgamiento de desayunos escolares, apoyos alimentarios y de asistencia social a la población en condiciones de pobreza extrema, apoyos a la población en desamparo. Además, dichos recursos se utilizan para la construcción, equipamiento y rehabilitación de infraestructura física de los niveles de educación básica y superior. En esos términos, los recursos totales del FAM consistentemente han crecido por encima de la inflación, permitiendo la expansión de la inversión a rubros como la infraestructura del nivel medio superior.

No obstante que la Cámara de Diputados ha aprobado recursos crecientes a la educación media superior, sobre todo a partir de 2007, la participación de este nivel educativo como porcentaje del total gastado en educación es considerablemente baja, alrededor de 12 por ciento, por lo que la agenda pendiente en inversión en este nivel educativo está marcada por la necesidad de incrementar los recursos que se le destinan. En 2009 el Presupuesto federal para media superior alcanzó 0.41 por ciento del producto interno bruto (PIB) comparado con 2.17 por ciento que recibirá la educación básica y 0.69 en educación superior y posgrado.

Debe tomarse en cuenta que incluir a la educación media superior como objetivo en el FAM tiene un carácter descentralizador por la composición y los fines del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación.

La inversión en infraestructura educativa en el nivel medio superior se deberá realizar a partir del 2010 para hacer frente a las necesidades educativas que la pirámide poblacional, y los indicadores educativos muestran, para lo cual se incluye un artículo transitorio en el decreto para que el mismo entre en vigor el 1 de septiembre de 2009 y se pueda incluir recursos para la educación media superior a través del FAM en el proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, cuyo límite de entrega a esta Cámara de Diputados es el 8 de septiembre.

III.10. Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Presentado por el Ejecutivo federal el 27 de marzo de 2009. Aprobado en el Pleno con 339 votos en pro y 2 abstenciones el 21 de abril de 2009. Aprobado en la Cámara de Senadores con 87 votos en pro el 30 de abril de 2009 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de junio de 2009.

Con el decreto se da continuidad a las medidas de simplificación tributaria, por lo que se reforma el artículo 32 del Código Fiscal de la Federación para establecer que las declaraciones complementarias sustituyen a la declaración presentada anteriormente, por lo que deben contener todos los demás datos requeridos en la declaración original y no solamente la información que se modifica.

Por otra parte, el propio contribuyente deberá acreditar la existencia material de la operación de exportación cuando exista requerimiento de las autoridades fiscales y con ello combatir la práctica fiscal indebida consistente en aplicar, para los efectos del impuesto al valor agregado, la tasa del cero por ciento a mercancías que fueron enajenadas y no exportadas. Así pues, se modificó el artículo 59 del Código Fiscal de la Federación, con la finalidad de que las presunciones contempladas en dicho artículo también sean aplicables para la comprobación de la realización de los actos o actividades por los que se deba pagar contribuciones y, por ende, la actualización de las hipótesis para la aplicación de las tasas establecidas en las disposiciones fiscales, así como establecer supuestos en los que se presuma que los bienes que el contribuyente declare haber exportado fueron enajenados en territorio nacional, independientemente de que cuente con el pedimento de exportación.

En relación con la previsión social, se debe destacar que el penúltimo párrafo del artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta señala que la exención aplicable a los ingresos por previsión social se limita a una cantidad equivalente a un salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, elevado al año cuando la suma de los ingresos por la prestación de servicios personales subordinados y el monto de la exención exceda de siete veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente; de esta manera, los ingresos que perciben los trabajadores por dicho concepto fuera de dicho límite dan lugar al pago del impuesto sobre la renta.

Por otra parte, la previsión social como gasto estrictamente indispensable de las empresas se sujeta a requisitos, modalidades y límites para su deducción, en los términos del artículo 31, fracción XII, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, por lo que de una interpretación y aplicación correcta de las disposiciones fiscales que regulan la previsión social se deriva que las mismas son aplicables a los fondos de previsión social a que se refiere la Ley General de Sociedades Cooperativas.

Ahora bien, se ha advertido que los recursos de los fondos de previsión social son entregados en efectivo a los socios cooperativistas, sin que se acredite que éstos se destinan y utilizan en los conceptos que en ellos se incluyen, siendo que la previsión social no tiene un destino indefinido.

Al respecto, es necesario aclarar las disposiciones fiscales relacionadas con la previsión social ya que se han venido aplicando en forma inadecuada al no considerarse los límites, requisitos y condiciones establecidos en la Ley del Impuesto sobre la Renta para la deducción del gasto de la sociedad cooperativa y la exención del ingreso de los socios, así como en prever un tratamiento específico para el fondo de previsión social constituido, en términos de la Ley General de Sociedades Cooperativas, por dichas sociedades.

En ese sentido, los fondos de previsión social que se constituyen por ministerio de ley comparten la misma naturaleza de la previsión social definida y regulada en la Ley del Impuesto sobre la Renta y en que, no obstante que los socios cooperativistas no son trabajadores, por disposición expresa de la ley, los ingresos percibidos por los socios cooperativistas, incluidas las prestaciones, son asimilados a ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, por lo que los gastos de previsión social de dichas sociedades se sujeta a los requisitos y condiciones de deducción previstos por la Ley del Impuesto sobre la Renta y a los socios cooperativistas aplican los límites establecidos en dicho ordenamiento respecto de la exención del ingreso que reciben por concepto de previsión social. Por lo anterior, se prevé en el quinto párrafo del artículo 8o. de la Ley del Impuesto sobre la Renta que en ningún caso se considerará previsión social a las erogaciones efectuadas a favor de personas que no tengan el carácter de trabajadores o, en su caso, de socios o miembros de sociedades cooperativas; no obstante, se elimina la referencia a las personas morales, en virtud de que tales erogaciones tampoco se consideran previsión social cuando se realicen por personas físicas.

Asimismo, se adicionó la fracción XXIII al artículo 31 de la Ley del Impuesto sobre la Renta para establecer los requisitos necesarios para deducir los gastos que conforme a la Ley General de Sociedades Cooperativas se generen como parte del fondo de previsión social a que se refiere el artículo 58 de dicho ordenamiento y se otorguen a los socios cooperativistas.

Asimismo, en relación con las reformas en materia de previsión social, se adiciona un segundo párrafo a la fracción VI del artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y se reforma la fracción VIII, así como el penúltimo y último párrafo del mismo, para prever que la previsión social a que se refiere la fracción VI es la establecida en el artículo 8o., quinto párrafo, de la ley; precisar que los ingresos exentos son los provenientes de cajas de ahorro de trabajadores y de fondos de ahorros establecidos por las empresas para sus trabajadores, siempre que reúnan los requisitos de deducibilidad establecidos en el Título II o, en su caso, en el Título IV de la citada ley; y que en concordancia con reformas anteriores se estima necesario eliminar la referencia al término "subordinados", tratándose de los servicios personales, con la finalidad de no limitarlo y contemplar todos aquéllos servicios que de facto ya en la actualidad se proporcionan por los miembros o socios de las distintas sociedades.

Por otra parte, aclara en el artículo 109, fracción XXII, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que únicamente se encuentran exentos los ingresos percibidos en concepto de alimentos por los adoptantes, adoptados, cónyuges, concubinos, padres, hijos, hermanos y parientes colaterales en su carácter de acreedores alimentarios, en términos del Libro Primero, Título Sexto, Capítulo II, del Código Civil Federal y sus correlativos de los códigos civiles de las entidades federativas.

En otro sentido, con objeto de otorgar certeza jurídica a los contribuyentes, se precisa en el segundo y tercer párrafos del artículo 107 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el alcance del término erogación contenido en dicho precepto, así como aclarar que la autoridad fiscal tiene facultad para determinar presuntivamente los ingresos omitidos en términos del citado artículo cuando no se haya presentado declaración.

Adicionalmente, se prevé en el artículo 165, fracción I, de la Ley del Impuesto sobre la Renta que los intereses que perciban los socios respecto de sus aportaciones dentro de una sociedad de responsabilidad limitada durante el inicio de operaciones, cuando así se estipule en el contrato social deben considerarse como dividendos o utilidades.

III.11. Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social.

Presentado por el Ejecutivo federal el 10 de febrero de 2009. Aprobado en el Pleno con 368 votos en pro y 3 abstenciones, el 21 de abril de 2009. Aprobado en la Cámara de Senadores con 75 votos en pro, 10 en contra y 1 abstención, el 30 de abril de 2009 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de mayo de 2009.

Derivado de que el desempleo tiene diversas causas, la experiencia internacional indica que si simplemente se provee un ingreso al trabajador financiado en su totalidad con recursos públicos, se introducen incentivos contraproducentes en el mercado laboral que en el mediano y largo plazo tienden a incrementar el nivel de desempleo y perjudicar al conjunto de los trabajadores.

El sistema de ahorro para el retiro ya contempla un mecanismo de ayuda para enfrentar un periodo de desempleo, sin embargo la protección que ofrece es limitada porque los parámetros que se establecieron originalmente fueron conservadores para evitar cualquier vulnerabilidad al patrimonio del trabajador en los inicios del sistema. Como resultado, únicamente los trabajadores que han estado afiliados al Seguro Social por cinco años o más al ejercer el derecho al retiro parcial de los recursos de su cuenta individual, en caso de desempleo han podido obtener cantidades adecuadas para superar esa contingencia.

La disposición establece que el trabajador sólo puede retirar lo que sea menor entre 75 días de su salario promedio de las últimas doscientas cincuenta semanas y el 10 por ciento de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, siendo este último monto el que resulta aplicable en prácticamente todos los casos y ha dado por resultado que el retiro promedio sea de sólo 3 mil 856 pesos.

En este sentido, la reforma consiste en permitirle al trabajador desempleado hacer uso de un monto mayor de los recursos que se encuentran acumulados en su cuenta individual, ampliando el derecho a trabajadores de menores ingresos, toda vez que en el corto plazo, le permite a los trabajadores que enfrenten periodos de desempleo mantener su nivel de consumo, dando un impulso a la demanda.

A mediano plazo, se incrementan los incentivos a participar en el sector formal creando un beneficio tangible de su cuenta individual ligado a su salario base de cotización, lo que también desincentiva la subdeclaración del sueldo de los trabajadores al hacer que éstos sean los más interesados en que su patrón pague sus cuotas del seguro social con el sueldo real que perciben, pues de esto dependerá el monto de su retiro por desempleo.

La reforma permitirá que los trabajadores que tengan 3 años o más sin llegar a cinco con su cuenta individual y doce bimestres cotizados retiren de su cuenta individual 30 días de su salario, planteamiento que incrementa notablemente el monto del retiro comparado con las disposiciones hoy vigentes, toda vez que bajo los mismo supuestos actualmente no alcanzan a retirar una cantidad similar a la propuesta en la iniciativa, sino hasta después de aportar continuamente durante más de siete años.

En el caso de los trabajadores que tengan 5 años o más con su cuenta individual, podrán retirar, por lo menos, los mismos 30 días de su salario, pero sin que les sea aplicable un monto mínimo de bimestres cotizados.

Con ello, cualquier trabajador que cumpla con 3 años de antigüedad a partir de su afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social, ya sea que hubiere cotizado continuamente o no durante todo el plazo, podrá ejercer el derecho al retiro del importe equivalente a treinta días de su salario por desempleo, con sólo acreditar doce bimestres cotizados, generándose por consecuencia un beneficio para 1.8 millones de trabajadores. Cabe reiterar que para los 28 millones de trabajadores con más de 5 años con su cuenta, cuyo monto promedio del retiro de desempleo actual es de 3 mil 204 pesos, el monto del retiro promedio propuesto sube a 5 mil 700 pesos, un aumento de 78 por ciento.

En lo que se refiere a los trabajadores cuya cuenta individual tenga una antigüedad de cinco o más años, es importante destacar que para efectos del cálculo para obtener el importe que puede retirar entre 90 días de su salario base de cotización, y el 11.5 por ciento del saldo de su cuenta individual se utilizará como base las últimas 250 semanas de cotización o las que tuviere, con lo que se subsana cualquier criterio de interpretación y se otorga certeza jurídica tanto a los trabajadores como a los responsables del cálculo de la cantidad a retirar.

Por otra parte, la disposición que realizan los trabajadores de recursos de su cuenta individual por cualquiera de los supuestos previstos en la Ley del Seguro Social, les significa que se disminuyan sus semanas de cotización conforme a lo hoy dispuesto por el artículo 198 de la Ley del Seguro Social. Al respecto, se acotan los supuestos en que se disminuyen las semanas de cotización a los trabajadores, únicamente al del retiro por desempleo. De esta forma, la disposición de recursos por ayuda de gastos de matrimonio prevista en el artículo 165 de la Ley del Seguro Social, ya no dará lugar a que se disminuyan las semanas de cotización de los trabajadores, lo que constituye un claro beneficio para los trabajadores que ejerzan este derecho.

Asimismo, a los trabajadores que desde el primero de julio de 1997 hasta la entrada en vigor de este Decreto, les hubieran sido disminuidas sus semanas de cotización por haber recibido la ayuda de gastos de matrimonio, les serán reintegradas, lo cual beneficiará directamente a los más de 550 mil trabajadores que han ejercido este derecho. Además, cuando los trabajadores se empleen de nuevo, podrán reintegrar los recursos que hubieren recibido, para que las semanas de cotización que les hubieren sido disminuidas les sean reintegradas. En ese sentido, se reformó el artículo 198 de la Ley del Seguro Social y se adiciona un artículo sexto transitorio.

Por otro lado, se adicionó un artículo quinto transitorio a la Ley del Seguro Social para que el aumento en el monto del retiro por desempleo se haga extensivo a los trabajadores que ya han perdido su empleo y hubieren ejercido el retiro por desempleo a partir del último trimestre de 2008 en que disminuyó el producto interno bruto en México, por lo que dichos trabajadores podrán solicitar que se les entregue la diferencia entre los recursos que ya hubieren retirado y la nueva cantidad que prevea el artículo 191, fracción II, en los términos de la reforma.

Por su parte, la cuota social que el gobierno federal deposita en las cuentas individuales será más progresiva, incrementándose el monto que reciben los trabajadores con ingresos de al menos diez salarios mínimos y no se modifica el monto que reciben los trabajadores que tienen ingresos hasta de quince salarios mínimos, eliminándose para aquellos con ingresos mayores a este límite. Por lo tanto, se incrementaría la tasa de reemplazo de dichos trabajadores, con lo que para un trabajador que percibe un salario mínimo se incrementará en 22.9 por ciento; en un trabajador que percibe tres salarios mínimos se incrementará 18.3 por ciento y en un trabajador que percibe cinco salarios mínimos se incrementará un 17.4 por ciento.

Con objeto de incrementar la aportación del gobierno federal por concepto de cuota social, el gobierno federal fortalecerá su aportación a la seguridad social, incrementándose a los más de 14 mil millones de pesos que aportó en 2008, una aportación adicional de aproximadamente 630 millones de pesos que se refiere a recursos adicionales que aportará el gobierno federal por encima del incremento que observarán los trabajadores de menores ingresos que provienen de la redistribución de recursos de la cuota social que hasta hoy se otorga.

En otro aspecto, se aclara la fuente de financiamiento de las asignaciones familiares, las ayudas asistenciales y la ayuda de gastos de matrimonio, previstas en los artículos 139 y 165 de la Ley del Seguro Social, a efecto de que se contenga expresamente la previsión de que dicha fuente de financiamiento será la cuota social para los trabajadores que reciban ésta, y las aportaciones patronales y del Estado a la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez para los trabajadores que no reciban cuota social en sus cuentas individuales.

III.12. Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Financiera Rural

Presentado por el diputado César Duarte Jáquez, del PRI, el 5 de marzo de 2009. Aprobado en el Pleno con 291 votos en pro el 23 de abril de 2009. Aprobado en la Cámara de Senadores con 73 votos en pro 8 en contra y 3 abstenciones el jueves 30 de abril de 2009 y devuelto a la Cámara de Diputados, para los efectos de lo dispuesto en el artículo 72, inciso e), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En virtud de que ambas Cámaras del Congreso de la Unión aprobaron en el mismo sentido las modificaciones de la Ley Orgánica de la Financiera Rural, por acuerdo votado en el Pleno el 30 de abril de 2009, se remitió al Ejecutivo federal para los efectos del inciso a) del artículo 72 constitucional y, en consecuencia, continúe su proceso legislativo correspondiente. Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 2009.

Se establece en la Ley Orgánica de la Financiera Rural que dicho organismo celebre operaciones que permitan captar de manera directa o indirecta recursos únicamente en el caso de la banca de desarrollo o fondos de fomento y prioritariamente de los Fideicomisos Instituidos con Relación a la Agricultura (FIRA), constituidos en el Banco de México, y que con excepción de lo anterior, la financiera no podrá celebrar operaciones que permitan captar de manera directa o indirecta recursos del público o de cualquier otro intermediario financiero.

Lo anterior contribuirá a fortalecer la operación de la financiera rural y permitirá obtener recursos adicionales para que ésta pueda ampliar el financiamiento que proporciona al sector rural, lo que a su vez permitirá que dicho sector obtenga mejores condiciones en los servicios financieros que requiere.

Asimismo, la financiera rural contará con instrumentos de captación de recursos, con ello se minimizaría la probabilidad de que por la demanda de recursos del medio rural, se pudieran generar presiones de inyección de recursos fiscales para el gobierno federal, así como diversificar la obtención de recursos para la financiera rural.

La reforma considera que la financiera pueda aceptar préstamos o créditos de los organismos financieros internacionales, lo cual le permitirá obtener financiamiento en mejores condiciones, dadas las características de los créditos o préstamos que ofrecen dichos organismos; con lo que se ampliarían las opciones de financiamiento que podrá recibir la financiera.

Además, las operaciones de financiamiento que celebre la financiera rural no deberán exceder del cien por ciento de su patrimonio. Esta restricción permitiría a la financiera rural operar con bases sólidas al conocer sus límites de endeudamiento, así como mantener su vocación principal de otorgamiento de créditos, sin generarle costos adicionales de administración mayores que los beneficios derivados de los recursos que efectivamente reciba la financiera.

Se elimina la prioridad de adquirir el financiamiento de los FIRA, constituidos en el Banco de México, ya que consignar tal prioridad en la ley podría generar diversas interpretaciones en el sentido de que la financiera deba contratar financiamiento en primer lugar o en la mayoría de los casos con FIRA, independientemente de las condiciones del crédito o préstamo, lo que puede afectar la eficiencia en la celebración de estas operaciones.

Se establece que la financiera rural cuente con el aval del gobierno federal para contratar financiamientos en las mejores condiciones posibles ofrecidas tanto por la banca nacional e internacional privada como por los organismos internacionales, tales como el Banco Mundial o el Banco Interamericano de Desarrollo, lo cual, a su vez, se reflejaría en mejores condiciones de financiamiento para los clientes de la financiera rural, pues de no contarse con este aval, el costo del fondeo para la institución se encarecería sustancialmente.

III.13. Decreto por el que se adiciona el artículo 68 Bis 2 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros

Presentado por los diputados Juan Nicasio Guerra Ochoa y Pablo Trejo Pérez, del PRD. Se le dispensaron todos los trámites y se puso a discusión y votación de inmediato en el Pleno, aprobándose con 272 votos en pro 7 en contra y 4 abstenciones el 23 de abril de 2009. Turnado a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

El decreto corresponde al esfuerzo para regular aspectos que permitan fomentar una mayor transparencia en la información que deben dar las instituciones financieras a los usuarios de los servicios financieros, así como el fortalecimiento de las atribuciones de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros (Condusef) en beneficio de los usuarios.

La Cámara de Senadores en el periodo de sesiones anterior aprobó el proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan, y derogan diversas disposiciones de las Leyes de Instituciones de Crédito, para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, y de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros; y la Cámara de Diputados, por su parte, aprobó dicho proyecto con algunas modificaciones, particularmente en lo que respecta al carácter de título ejecutivo con relación a los dictámenes que puede emitir la Condusef a los usuarios en un procedimiento conciliatorio en caso de que les asista la razón, por lo que se devolvió a la Cámara de origen, la cual a su vez regresó la minuta correspondiente sin haber aceptado los cambios a esta Cámara de Diputados.

Al respecto, la propuesta de la Cámara de Senadores para reformar no puede ser modificada por esta cámara revisora, al considerar que dicho artículo ya fue modificado por la cámara de origen y en una ocasión por la cámara revisora, de conformidad con el artículo 72, inciso e), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que para que el proyecto pueda entrar en vigor, se vuelve a incluir el carácter de título ejecutivo en los dictámenes que puede emitir la Condusef conforme al artículo 68 Bis de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, mediante la adición de un artículo 68 Bis 2, el cual busca mejorar la posición de los usuarios de servicios financieros frente a las entidades financieras.

Cabe señalar que esta disposición tiene su antecedente en el artículo 114 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en la cual establece un mecanismo idéntico de protección para los consumidores de bienes y servicios que ampara la Procuraduría Federal del Consumidor y mejora también la posición de la Condusef frente a las entidades financieras y le proporcionan una herramienta muy valiosa para defender efectivamente los derechos legítimos de los usuarios cuando les asista la razón.

III.14. Decreto por el que se reforma el artículo 46 Bis 1 de la Ley de Instituciones de Crédito

Presentado por los diputados Dolores María del Carmen Parra Jiménez y Carlos Alberto García González, del PAN, el 23 de abril de 2009.

Se le dispensaron todos los trámites y se puso a discusión y votación de inmediato en el Pleno, aprobándose con 272 votos en pro, 7 en contra y 4 abstenciones el 23 de abril de 2009.

Aprobado en la Cámara de Senadores con 79 votos en pro y 1 abstención el 28 de abril de 2009 y publicado el 25 de junio de 2009 en el Diario Oficial de la Federación.

La reforma que se describe se realizó en el mismo sentido del decreto anterior, para posibilitar la conclusión del trámite legislativo correspondiente al proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan, y derogan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, y la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

Como antecedente, la Cámara de Diputados aprobó dicho proyecto con modificaciones al artículo 46 Bis 1 de la Ley de Instituciones de Crédito por lo que se devolvió a la cámara de origen, la cual a su vez regresó la minuta correspondiente sin haber aceptado los cambios a dicho artículo 46 Bis 1 a esta Cámara de Diputados, sin que ésta minuta pueda a su vez ser modificada nuevamente, en virtud de las normas Constitucionales que rigen el proceso parlamentario.

En virtud de lo anterior, el proyecto en cuestión sólo podría ser aprobado o rechazado por la Cámara de Diputados sin modificación alguna al texto del proyecto, no obstante la divergencia en criterios entre ambas Cámaras respecto de la reforma al artículo 46 Bis 1 de la Ley de Instituciones de Crédito, por el establecimiento de mayores controles a la figura de los comisionistas prevista en dicho precepto legal.

En ese sentido, la reforma al artículo 46 Bis 1 de la Ley de Instituciones de Crédito cubre las preocupaciones tanto de la Cámara de Senadores como de la Cámara de Diputados de que la figura de la operación a través de comisionistas no sea utilizada indiscriminadamente y sin controles.

Por ello, la reforma al artículo 46 Bis 1 contiene límites individuales para operaciones de depósito, a efecto de que a través de los corresponsales no se lleven a cabo operaciones por cuantías demasiado altas que es conveniente que se lleven a cabo a través de las sucursales bancarias directamente. En ese sentido, los límites individuales por operaciones de depósito a través de corresponsales serán de mil 500 unidades de inversión para retiros en efectivo y pago de cheques, así como de 4 mil unidades de inversión para depósitos en efectivo.

Por otra parte, se establecen límites agregados razonables por institución de crédito, lo cual permitirá que no se inhiba la competencia entre instituciones de crédito. Este límite establece un parámetro razonable de 65 por ciento de las operaciones de las instituciones en los primeros 18 meses de operación, y de 50 por ciento de las operaciones en lo subsiguiente.

Adicionalmente, y a fin de garantizar una sana gestión de las operaciones bancarias a través de comisionistas, en todo caso las instituciones que pretendan realizarlas quedarán sujetas a la autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, por lo cual el control de posibles problemas con la instrumentación de la operación de los bancos a través de comisionistas se supervisaría por esta autoridad financiera.

Por otra parte, quedarán exceptuadas de los limites individuales y agregados las operaciones que se realicen a través de un tercero comisionista, sea una entidad de la administración pública federal, estatal o municipal. De esta forma se abre la oportunidad para aprovechar la infraestructura gubernamental para lograr la expansión de los servicios bancarios a una mayor parte de la población. Esta excepción permitirá que se puedan llevar a cabo economías de escala a través de las cuales se reduzca el costo de los servicios financieros a la población en general.

Adicionalmente se establece como excepción a los límites individuales y agregados por comisionistas las operaciones relacionadas con la fracción XXVI Bis del artículo 46 de la Ley de Instituciones de Crédito, esto es, las operaciones relacionadas con la emisión y puesta en circulación de cualquier medio de pago que determine el Banco de México. Esta excepción tiene como finalidad que se fomente el uso de medios de pago a través de nuevas tecnologías, tales como las operaciones bancarias a través de teléfonos celulares.

En este sentido, la norma fomenta la disminución de costos para los usuarios de la banca a través del fomento de medios novedosos para celebrar operaciones, con la correlativa disminución de costos que implica el uso de nuevas tecnologías, redundando en beneficio de los usuarios de la banca y fomentará que el servicio sea más económico y eficaz.

III.15. Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes de Instituciones de Crédito, para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, y de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros

Minuta presentada por la Cámara de Senadores el 5 de diciembre de 2008. Aprobado en el Pleno el 9 de diciembre de 2008. Devuelto a la Cámara de Senadores el 9 de diciembre de 2008 para los efectos de lo dispuesto en el artículo 72, inciso e), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Aprobado en la Cámara de Senadores el 11 de diciembre de 2008 con 92 votos en pro y devuelto a la Cámara de Diputados en términos del artículo 72, fracción E, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Aprobado en el Pleno con 293 votos en pro y 11 abstenciones el 30 de abril de 2009 y publicado el 25 de junio de 2009 en el Diario Oficial de la Federación.

Con la reforma se revierte el problema de la cartera vencida en los créditos otorgados por las tarjetas de crédito y evitar el perjuicio en la economía de los tarjetahabientes y se fortalecen las normas en materia de transparencia y protección de los usuarios de los servicios financieros en los siguientes temas: revelación de información, tarjetas de crédito, buenas prácticas y costos de transacción.

Con el decreto se homologa la información y se vuelve accesible a los clientes de instituciones financieras, además de que los estados de cuenta informarán de los elementos más importantes de la operación y de esta forma el usuario conocerá los riesgos en caso de pagos retrasados, así como de efectuar sólo pagos mínimos, distinguiendo las comisiones e impacto de éstas.

Se incorporó una carátula a los contratos de adhesión de operaciones de crédito, los cuales contengan elementos claves, que permitan al usuario comparar los servicios ofrecidos por diversas instituciones, las cuales tendrán que informar a los cuentahabientes sobre el plazo para finiquitar el adeudo si sólo se cubriera el pago mínimo, así como establecer que las instituciones sólo apliquen tasa de interés sobre saldos promedios diarios insolutos.

Tendrán la obligación de sólo otorgar créditos a las personas que tengan capacidad de pago, y para elevarlos se tomará en cuenta a clientes cumplidos y su consentimiento. Se evita que las entidades financieras no establezcan pagos mínimos demasiado bajos, para evitar problemas de cartera vencida o endeudamiento excesivo; además, se sanciona el otorgamiento de créditos a menores de edad y prohibir la entrega de tarjetas de crédito preaprobadas, sin que éstas hayan sido solicitadas.

La institución estará obligada a que en caso de ofrecer un seguro por el uso de una tarjeta de crédito, se deberá incluir en el formato de solicitud el costo del seguro, y la contratación de éste deberá ser opcional.

La institución deberá informar con 30 días de anticipación sobre el aumento de la tasa de interés.

Asimismo, la Condusef emitirá la regulación en el ámbito de su competencia para la defensa de los usuarios de servicios financieros, y supervisar a las entidades para que cumplan con lo dispuesto en las leyes aplicables.

Además, se establecen programas en materia de cultura financiera, implementando programas educativos en la materia; lo anterior a efecto de que los usuarios de servicios financieros cuenten con elementos para tomar decisiones respecto de sus operaciones, así como de los servicios que ofrecen las instituciones financieras.

Sin embargo, con la devolución que realizó la cámara de origen el 11 de diciembre de 2008, resolvió solicitar a la Cámara de Diputados que, en caso de que ésta última insistiere en las correcciones a la minuta original, se expidiera el decreto sólo con los artículos aprobados por ambas cámaras y se reservaran los adicionados o reformados para su examen y votación en las sesiones subsiguientes.

Toda vez que resulta sumamente positivo para el país y, en particular, para los usuarios de servicios financieros, lograr la actualización del régimen legal, de manera que permita una defensa más efectiva de sus derechos, se aprobó la expedición del decreto sólo con los artículos aprobados por ambas cámaras, en el entendido de que se reserva el 46 Bis 1, fracción VI, de la Ley de Instituciones de Crédito, para su examen y votación en las sesiones subsiguientes.

III.16. Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos

Presentado por el diputado Javier Guerrero García el 21 de abril de 2009. Aprobado en el Pleno con 320 votos en pro y 8 abstenciones el 30 de abril de 2009. Aprobado en la Cámara de Senadores con 70 votos en pro y 2 abstenciones el 30 de abril de 2009 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de junio de 2009.

Esta reforma tiene como objeto establecer en la Ley Federal de Derechos que por la expedición del permiso o autorización para la recuperación y aprovechamiento del gas grisú, se cobre mediante la aplicación de una cuota que refleje el costo que implica para el Estado proporcionar dicho servicio, en tanto que la retribución al Estado por el uso o aprovechamiento de dicho mineral, se establece un derecho aplicando una tasa fija sobre la diferencia que resulte entre el valor anual del gas asociado a los yacimientos de carbón mineral extraído en el año y las deducciones permitidas en este régimen, tales como las inversiones para su recuperación y aprovechamiento, sin considerar las relativas a la exploración, así como los costos y gastos relacionados con el mismo; en este sentido, se establecen distintos porcentajes de deducción en función de la naturaleza de la inversión, permitiéndose, según sea el caso, el ajuste de los montos deducibles conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Están obligados a pagar el derecho por el uso, goce o aprovechamiento del gas asociado a los yacimientos de carbón mineral, los concesionarios mineros que conforme a la Ley Minera recuperen y aprovechen el gas, ya sea para autoconsumo o entrega a Petróleos Mexicanos, aplicando la tasa de 50 por ciento a la diferencia que resulte entre el valor anual del gas asociado a los yacimientos de carbón mineral extraído en el año y las deducciones permitidas en este artículo, mediante declaración anual que se presentará a más tardar el último día hábil del mes de marzo del siguiente año correspondiente al ejercicio de que se trate.

Cabe señalar que este derecho sería complementario al derecho sobre minería que actualmente se paga en términos de lo previsto por la Ley Federal de Derechos, gravamen que va de 5.08 pesos a 111.27 pesos por hectárea concesionada y año de vigencia, con lo cual la carga fiscal global se incrementa en beneficio del Estado, en correspondencia con el aprovechamiento del gas asociado que efectúan los mineros.

Lo anterior, considerando un tratamiento similar o equivalente en materia de deducciones, dadas las diferencias de los casos, entre las que establece la legislación vigente en materia de explotación del gas natural que realiza Pemex Exploración y Producción, y las actividades correspondientes a la explotación del gas asociado a los yacimientos de carbón mineral materia.

Asimismo, con el objetivo de que no exista confusión en la determinación del valor del gas asociado a los yacimientos de carbón mineral, se precisa que el volumen de gas extraído debe expresase en las unidades energéticas contenidas en dicho volumen de gas extraído, acorde con lo que establece la Norma Oficial Mexicana de Calidad del Gas Natural (NOM-001-SECRE-2003) y que la medición del gas se determinará con las normas oficiales mexicanas que se emitan para tales efectos. Asimismo, se adiciona artículo transitorio con la finalidad de prever que en tanto se expiden las normas oficiales mexicanas para la mencionada medición del gas, se utilizarán las disposiciones contenidas en los reportes de medición de gas emitidos por la Asociación Americana de Gas (AGA) denominados AGA-3, AGA-5, AGA-7, AGA-8, AGA-12 y AGA-NX-19, o los que los sustituyan. Por lo anterior se reforma el párrafo décimo cuarto del artículo 267. Se establece la obligación a los concesionarios de llevar los registros contables que permitan identificar por separado el valor del gas extraído, los gastos, costos y montos de las inversiones deducibles, relativos a la recuperación y aprovechamiento del gas asociado a los yacimientos de carbón minera, a efecto de garantizar el debido cumplimiento de estas disposiciones y evitar conductas que lesionen al fisco federal.

III.17. Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y del Código Penal Federal

Presentado por el Ejecutivo federal el 26 de marzo de 2009. Aprobado en la Cámara de Diputados con 263 votos en pro, 27 en contra y 21 abstenciones el 30 de abril de 2009. Aprobado en la Cámara de Senadores con 75 votos en pro y 2 abstenciones el 30 de abril de 2009 y publicado el 28 de mayo de 2009 en el Diario Oficial de la Federación.

Con la reforma se reduce el plazo para la formalización de los contratos de obra pública y servicios relacionados con la misma, de treinta días naturales a quince días naturales, modificación que se refleja en el primer párrafo del artículo 47 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Asimismo, es conveniente incrementar el porcentaje que se establece como límite de la suma de los montos de los contratos que pueden celebrarse mediante invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa, porcentaje que está referido al presupuesto autorizado a las dependencias y entidades en cada ejercicio fiscal para realizar obras públicas, adquirir y arrendar bienes y contratar la prestación de servicios. De esta manera, se propone pasar del veinte por ciento al treinta por ciento de dicho presupuesto. Lo anterior, permitirá que las dependencias y entidades tengan la posibilidad de celebrar mediante dichos procedimientos de contratación, un mayor número de contratos cuyo importe no exceda los montos máximos que cada año establece el Presupuesto de Egresos de la Federación, lo cual contribuirá llevar a cabo las contrataciones de manera más expedita y, por tanto, a ejercer ágilmente los recursos públicos destinados a ese fin.

Considerando que 2009 ha sido para la economía nacional un año especialmente difícil, ya que en el mismo se empezó a manifestar la crisis económica en el país, se un régimen transitorio que tiene como propósito establecer medidas extraordinarias que permitan enfrentar dicha crisis económica e incentivar el empleo en el presente ejercicio fiscal. En este sentido, en el artículo decimocuarto transitorio se exceptúan de la licitación pública las contrataciones para la construcción, mantenimiento o reparación de obras públicas, en las que se acredite el empleo intensivo de mano de obra que represente al menos un cincuenta por ciento del costo total de cada proyecto.

Igualmente, el artículo decimoquinto transitorio incrementa el porcentaje previsto en la reforma al artículo 43 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, del treinta al treinta y cinco por ciento, para determinar la suma de los montos de los contratos que pueden celebrarse a través de invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa.

En los artículos 6 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 7 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, con el propósito de agilizar las contrataciones de servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones que realicen las entidades paraestatales, se establece un plazo para que las dependencias coordinadoras de sector den respuesta a la consulta que las entidades les formulen sobre la existencia de trabajos similares a los que se pretenden contratar, e incluso se dispone que a falta de respuesta se entenderá que no existen tales trabajos, así como la obligación de las entidades de remitir a su coordinadora de sector una descripción sucinta del objeto de los contratos que en las materias señaladas celebren, así como de sus productos, con lo cual ya se propiciaría la necesaria comunicación entre dichas dependencias y entidades para aprovechar los servicios que cada una lleguen a contratar.

Con el propósito de impulsar con mayor vigor el empleo de los recursos humanos del país y la adquisición o arrendamiento de bienes producidos en territorio nacional, así como contribuir a incentivar la economía nacional en estos tiempos de crisis que vive la nación, en concordancia con uno de los objetivos que persigue la reforma, se establece en el artículo 8 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la obligación de las dependencias y entidades para diseñar y ejecutar programas de desarrollo de proveedores de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales, a efecto de generar cadenas de proveeduría respecto de bienes y servicios que liciten regularmente.

Asimismo, con el fin de apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas nacionales, se establece en el segundo párrafo del artículo 13 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que las dependencias y entidades otorgarán a las mismas, en igualdad de circunstancias, del diez al cincuenta por ciento de anticipo, tratándose de la adquisición de bienes cuyo proceso de fabricación sea superior a sesenta días.

Para proteger la estabilidad económica de las micro, pequeñas y medianas empresas, en las licitaciones públicas en las que se utilice la modalidad de ofertas subsecuentes de descuento, se dispone en el último párrafo del artículo 28 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público que dicha modalidad no se aplicará cuando participen tales empresas de manera individual, en virtud de la naturaleza de tal modalidad, conforme a la cual se busca la adquisición de bienes o servicios al precio más bajo, razón por la que, a contrario sensu, sólo podrían participar en esa modalidad realizando proposiciones conjuntas.

Respecto a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se incluye en el artículo 30 que en las licitaciones públicas, las dependencias y entidades debe requerir que las obras o servicios a contratar, utilicen por lo menos treinta por ciento de mano de obra nacional.

También se ha considerado conveniente fomentar las actividades productivas de los discapacitados y el empleo de este sector de la población por parte de las empresas, por lo cual se incluye en los artículos 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 38 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, un segundo párrafo en el que se disponga que en las contrataciones donde se utilice la evaluación de puntos y porcentajes, se deberán otorgar puntos a personas con discapacidad o a las empresas que cuenten con trabajadores con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, misma que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Por otro lado, con objeto de que no se confunda con un acto confiscatorio o que vulnera los derechos de los particulares, la posibilidad de que las dependencias y entidades inicien la ejecución de obras públicas cuando tengan los derechos suficientes que les permitan disponer de los inmuebles donde se realizarán las mismas, lo cual implicaría no esperar a que se concluyan los trámites para obtener la propiedad de los inmuebles vía expropiación u obtener los derechos de vía, se deja claro que pueden ejecutarse las obras a partir de que se obtengan los derechos otorgados por quien pueda disponer legalmente de los inmuebles.

Con el objeto de que los comités de adquisiciones, arrendamientos y servicios y los de obras públicas de las dependencias y entidades resuelvan sin dilaciones los asuntos que se someten a su consideración, se incluye dentro de las bases para la integración y funcionamiento de los comités, la obligación de que el número total de sus miembros deba ser impar, evitándose con ello casos de empate que entorpecerían la resolución de los asuntos.

Respecto a los casos de excepción para contar, previamente a la realización de obras públicas, con los estudios, proyectos y demás elementos necesarios previstos en el cuarto párrafo del artículo 24 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se incluye la mención de las obras que deben realizarse derivadas de caso fortuito o fuerza mayor, ya que implica la atención inmediata de una eventualidad, que no permitiría contar con el tiempo suficiente para obtener los elementos señalados antes de la contratación.

En cuanto al artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, dentro de los criterios para determinar las mejores condiciones de contratación para el Estado, se incluyen los relativos al crecimiento económico y generación de empleo, con lo cual se introduciría el concepto de rentabilidad social como un elemento esencial para la adjudicación de los contratos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios. Con ello, se orienta el poder de compra del Estado hacia la obtención de beneficios a favor de la sociedad en general, sin limitarse a utilizar dicho poder sólo para obtener condiciones de contratación favorables para las dependencias y entidades que contratan.

La introducción de este concepto, junto con el establecimiento del incremento gradual del porcentaje de contenido nacional (hasta el sesenta y cinco por ciento en tres años) privilegiaría el fortalecimiento de la cadena productiva del país.

Por otra parte, se regulan las adquisiciones de madera y muebles y suministros de oficina fabricados con madera, así como la adquisición de papel para uso de oficina, introduciendo el concepto de aprovechamiento forestal. Asimismo, se deja al reglamento de la ley mencionada la determinación de aquellos suministros de oficina fabricados de madera que estarían sujetos a dicho precepto legal, a efecto de analizar técnicamente aquellos suministros en los que deba garantizarse el origen y manejo sustentable de aprovechamientos forestales.

En el caso de la adquisición de papel, se precisa que el cloro del cual deben de estar libres los procesos de reciclado o blanqueado, es el cloro elemental, que es extremadamente nocivo para el medio ambiente. Asimismo, se introduce el concepto de aprovechamiento forestal.

Lo anterior parte de la experiencia que se ha tenido en las compras de los bienes referidos, a partir de la reforma al artículo 27 de la mencionada ley, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de septiembre de 2007, en la que se introdujeron los requisitos para la adquisición de madera, muebles de madera y papel, en las cuales se ha observado una gran complejidad para el cumplimiento de dichos requisitos, motivado por una parte por la falta de tecnologías para el tratamiento del papel y por la otra por la carencia de la infraestructura institucional y el andamiaje jurídico administrativo para certificar el manejo sustentable de los bosques, lo cual hizo necesario la emisión de disposiciones administrativas por parte del Ejecutivo federal para cumplir limitadamente con la disposición legal mencionada.

En relación a la modalidad de ofertas subsecuentes de descuento que puede ser utilizada en las licitaciones públicas, se establecen los casos en que puede utilizarse la modalidad, acotándola a la adquisición de bienes o servicios, a que la descripción y características técnicas de éstos pueda ser objetivamente definida y a que la evaluación de las proposiciones pueda realizarse inmediatamente después del acto de presentación y apertura de proposiciones, además de sujetar el uso de la propia modalidad a los lineamientos que expida la Secretaría de la Función Pública y a que las convocantes no sólo justifiquen su uso, sino también constaten que existe competitividad suficiente en el mercado. Adicionalmente, se incorpora la prohibición de aplicar la modalidad en cuestión, cuando participen de manera individual micros, pequeñas y medianas empresas.

Por otro lado, se establece la posibilidad de reducir los montos de las garantías de cumplimiento de los contratos respectivos, conforme a los lineamientos que emita la Secretaría de la Función Pública, a aquéllos proveedores y contratistas cuyo historial de cumplimiento ha sido positivo, con lo cual por una parte, se incentiva un mayor cumplimiento de los contratos celebrados con las dependencias y entidades y, por la otra, se disminuyen las cargas económicas para los proveedores y contratistas, permitiéndoles mayor solvencia económica. Para la adecuada aplicación de lo anterior, se establece un plazo no mayor a seis meses, para que la Secretaría de la Función Pública emita los lineamientos correspondientes.

Respecto a la reforma en materia penal para sancionar de manera más eficaz a aquéllos servidores públicos que se apartan de la legalidad en el ejercicio de sus funciones, se incrementa la penalidad del delito actualmente previsto en el artículo 217 del Código Penal Federal, para que de esta manera, a quien cometiera el ilícito tipificado en el mencionado artículo, se le sancione con una pena que va de seis meses a doce años de prisión, de cien a trescientos días multa y destitución e inhabilitación de seis meses a doce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

III.18. Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito

Presentado por el diputado David Figueroa Ortega, del PAN, el 7 de febrero de 2008. Aprobado en el Pleno con 294 votos en pro y 12 abstenciones, el 30 de abril de 2009 y turnado a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

El decreto otorga facultades a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para llevar a cabo la inspección y vigilancia de los centros cambiarios y transmisores de dinero, en lugar del Servicio de Administración Tributaria, con la finalidad de tener un organismo que permitan un adecuado control y una supervisión más eficaz de las actividades auxiliares del crédito, sobre todo los que se mantienen al margen de la ley en diversas operaciones y que ponen en desventaja al mercado formal, asimismo la comisión podrá supervisar a las sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas en especial al cumplimento de las normas para prevenir y detectar operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Las actividades sólo podrán llevarse a cabo por las personas que se registren ante la comisión; el registro no tiene caducidad, pero podrá ser cancelado en caso de incumplimiento con la normatividad; el registro será público a través de la página electrónica en Internet de la comisión y las sociedades registradas deberán mantener a la vista del público, en los locales donde celebren operaciones, copia del mencionado registro.

En relación con las sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas, la supervisión que realice la comisión se llevará a cabo tomando como base el registro con el que cuenta la Condusef respecto de dichas sociedades.

Sobre las operaciones de transmisión de fondos se establece que las sociedades anónimas, organizadas de conformidad con la Ley General de Sociedades Mercantiles, que cuenten con un registro vigente como "transmisor de dinero" ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) podrán recibir en el territorio nacional derechos o recursos en moneda nacional o divisas.

Referente a las operaciones de compra o venta de divisas, las sociedades anónimas que se encuentren registradas como "centros cambiarios" ante la CNBV podrán realizar, en forma habitual y profesional, operaciones de compra y venta de billetes, piezas acuñadas, metales comunes, cheques de viajero, así como documentos a la vista denominados y pagaderos en moneda extranjera, a cargo de entidades financieras.

Se establece la obligación de que los centros cambiarios y los transmisores de dinero cuenten con sistemas de registro y de emisión de reportes adecuados. El decreto prohíbe la utilización de cualquier propaganda o realización de actividad alguna en territorio nacional respecto de la compra, venta, cambio o transferencia de divisas de manera habitual y profesional, que se efectúe por personas o sociedades que no cuenten con la autorización correspondiente, por lo que quien cuente con mencionada autorización deberán mantener a la vista del público, en los locales donde celebren operaciones, copia del oficio de autorización que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público les haya otorgado o del registro ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Y en su publicidad deberán incluir la fecha y número del oficio que contenga la autorización otorgada.

Se adiciona la obligación de registrarse como centro cambiario o transmisor de dinero ante la CNBV y la faculta para cancelar el citado registro, en los casos en que incumplan con los requerimientos establecidos en la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, así como en el supuesto de que se disuelvan, liquiden o sean declarados en quiebra. Asimismo podrá ordenar que suspendan o cancelen los contratos que tengan celebrados, cuando presuma que éstos se encuentren violando lo dispuesto en la ley.

El artículo 95 Bis establece las obligaciones que deberán cumplir los centros cambiarios en materia de prevención, detección de actos, omisiones u operaciones que pudieran favorecer, prestar ayuda, auxilio o cooperación de cualquier especie para la comisión de los delitos previstos en los artículos 139 o 148 Bis del Código Penal Federal o que pudieran ubicarse en los supuestos del 400 Bis del mismo código.

Se establecen sanciones para todas aquellas personas físicas o morales que se ostenten o realicen operaciones como centro cambiario o transmisor de dinero, sin la autorización correspondiente, las cuales pueden incluir la suspensión inmediata de operaciones, la clausura del establecimiento e inclusive la imposición de sanciones penales.

Establece que los centros cambiarios como de los transmisores de dinero podrán participar en asociaciones gremiales en las que podrán emitir normas relativas a los requisitos de ingreso, exclusión y separación de sus agremiados, así como las referentes a los procesos para la adopción y verificación del cumplimiento de las normas.

III.19. Decreto que expide la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes General de Sociedades Cooperativas, de Ahorro y Crédito Popular, de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y de Instituciones de Crédito

Minuta de la Cámara de Senadores, de fecha 21 de abril de 2009. Aprobado en el Pleno con 300 votos en pro, 8 en contra y 6 abstenciones el 30 de abril de 2009 y turnado al Ejecutivo federal para los efectos constitucionales.

El decreto crea un marco jurídico que regula de manera exclusiva a las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, y reconoce de forma adecuada su naturaleza social, evitando que sean consideradas como intermediarios financieros con fines de lucro y así favorecer el cumplimiento de su finalidad solidaria y distributiva de la riqueza con criterios de equidad y ayuda mutua, esfuerzo que se ha visto con la emisión de la Ley para regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, como son sociedades sin fines de lucro; constituidas y organizadas conforme a la Ley General de Sociedades Cooperativas; que formen parte del sistema financiero mexicano con el carácter de integrantes del sector social sin ánimo especulativo y que no sean intermediarios financieros con fines de lucro. Las operaciones que realicen deberán ser conformes a la naturaleza de las cooperativas.

Su principal objetivo es regular, promover y facilitar las actividades y operaciones de captación de recursos, mediante préstamos, créditos u otras operaciones que realicen las sociedades cooperativas. y deberán registrarse en un plazo no mayor a 180 días naturales.

Las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo con activos inferiores a 2.5 millones de unidades de inversión (UDI), no requerirán de autorización para operar y tendrán una regulación mínima que consistirá en la presentación de balances semestrales o trimestrales y las sociedades con activos superiores a 2.5 millones de UDI deberán solicitar su autorización ante la CNBV para realizar o continuar operando, las disposiciones que emita, estarán definidas en función de las actividades, operaciones, productos y monto de activos de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, y primero las hará del conocimiento del sector cooperativo de ahorro y préstamo, y este a su vez le dará sus comentarios respecto de los anteproyectos.

Se establece un Fondo de Protección, a través de un fideicomiso (de carácter privado), constituido en un banco de desarrollo, quien será el fiduciario y dicho fondo realizará la supervisión auxiliar, a través de un Comité de Supervisión Auxiliar, y la administración del seguro de depósitos del fondo de protección a través del Comité de Protección al Ahorro Cooperativo.

En relación con régimen delitos, sanciones y notificaciones, el dictamen establece que la CNBV podrá amonestar e incluso abstenerse de sancionar, si se dieran actos u omisiones no graves.

Por lo que respecta a la Ley General de Sociedades Cooperativas, se establecen las disposiciones relativas a la organización, constitución, funcionamiento y derechos de sus socios de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, así como de sus organismos cooperativos de integración (confederación y federaciones).

Sólo las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo podrán realizar operaciones de ahorro y préstamo. Y las federaciones y confederación no tendrán las funciones de supervisión auxiliar y administración del fondo de protección que les confería la Ley de Ahorro y Crédito Popular.

Las federaciones fungirán como organismos cooperativos de integración y serán constituidas con un mínimo de 5 y un máximo de 50, las que elegirán libremente a sus dirigentes; no se requerirá de la autorización de la CNBV para constituirse; establecerán sus propias normas de funcionamiento en sus bases constitutivas y sus reglamentos; será respetado el derecho de libre asociación.

El decreto establece la existencia de una sola confederación, que agrupará a todas las federaciones y será órgano de consulta y colaboración del Estado para el diseño, difusión y ejecución de las políticas, programas e instrumentos para el fomento y desarrollo de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo y sus organismos. Las cuales serán instituciones de interés público, con personalidad jurídica y patrimonio propios y adoptarán jurídicamente la naturaleza cooperativa sin fines lucrativos.

Se reconoce a la Ley de Ahorro y Crédito Popular como de interés social que regulará a las sociedades financieras populares y sus federaciones, así como a las sociedades financieras comunitarias y los organismos de integración financiera rural.

Con la reforma se actualiza el marco regulatorio referente a las facultades de la CNBV, para la regulación, supervisión, autorización y sanción de las sociedades financieras populares y sus federaciones, así como a las sociedades financieras comunitarias y organismos de integración financiera rural. Con ello se simplifican los procedimientos y modifican plazos para la autorización de las operaciones de las sociedades.

Las sociedades financieras populares podrán integrarse libremente en organismos autorregulatorios de las sociedades financieras populares, las cuales se encargarán de Implantar estándares de conducta y operación entre sus agremiados, y contribuir al sano desarrollo de las sociedades financieras populares.

El dictamen establece las bases para la organización financiera del sector rural al reconocer dos nuevas figuras asociativas las sociedades financieras comunitarias, y los organismos de integración financiera rural.

Se amplía el mandato legal de la CNBV, a fin de que cuente con las facultades específicas para autorizar, regular, supervisar y sancionar a las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo integrantes del sector social,

Asimismo, se establece que el sistema financiero mexicano tiene dos grandes sectores, el que corresponde a las entidades financieras constituidas con base en las leyes mercantiles y financieras, correspondientes al sector público y privado, y el que corresponde a las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, como sociedades constituidas conforme a la Ley General de Sociedades Cooperativas e integrantes del sector social de la economía

El decreto autoriza a las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo de captar y colocar recursos entre sus socios y permite a las asociaciones y sociedades, así como los grupos de personas físicas, captar recursos exclusivamente de sus asociados, socios o integrantes, respectivamente, colocarlos entre éstos, siempre que sus activos no sean superiores a 350 mil UDI.

IV. Aplicación de los recursos económicos y humanos asignados por la Cámara

La comisión recibe recursos financieros para apoyar su operación de conformidad con el presupuesto anual autorizado a la Cámara. La dotación mensual es de 33 mil 260 pesos, que son aprobados por la Junta de Coordinación Política, quien establece anualmente su monto. De febrero de 2009 a agosto de 2009, el presupuesto asignado a la comisión fue por 232 mil 820 pesos. Estos recursos se han destinado a la realización de eventos de carácter legislativo como foros y seminarios; la contratación de asesorías por obra y tiempo determinado; cursos y seminarios de actualización o capacitación de los legisladores; a los gastos de operación relativos a contratación de personal de apoyo a los encuentros (expositores especialistas, técnicos, entre otros); impresión de memorias del acto; boletos de avión, hospedaje y alimentación de ponentes; gastos menores y pasajes, hasta por un monto menor al 20 por ciento asignado para el acto, y al pago de productos de difusión en medios de comunicación.

Por otro lado, se tiene el fondo fijo, el cual representa una cantidad específica asignada a la Comisión por 8 mil 735 pesos. Se entrega mensualmente y está sujeto a comprobación. Este monto lo determina la Junta de Coordinación Política o, en su caso, el Comité de Administración y se repone mensualmente.

El fondo fijo se aplica en la compra de papelería y materiales; cubrir pasajes al personal en encargo oficial de trabajo, hasta el 20 por ciento del fondo; el pago de alimentos al personal por requerimientos extraordinarios de sus servicios, hasta el 70 por ciento del fondo asignado; gastos menores, sin comprobar, sin rebasar el 10 por ciento de la asignación del fondo; y, pagar servicios de estacionamiento, reparaciones y lubricantes de vehículos propiedad de la Cámara de Diputados.

Además, como una contribución para facilitar y apoyar el desarrollo de la tarea legislativa, la Comisión recibe un apoyo mensual en vales para alimentos por 5 mil 50 pesos, cuyo monto autoriza la Junta de Coordinación Política.

En materia de recursos humanos, la comisión cuenta con el siguiente personal: 1 secretario técnico; 2 asesores A; 1 asistente parlamentario; 2 secretarias; 1 chofer; y 2 auxiliares administrativos. A su vez, los secretarios de comisiones ordinarias tienen el apoyo de 1 asesor B.

Atentamente
Diputado Charbel Jorge Estefan Chidiac
Presidente
 
 


DE LA COMISIÓN DE REFORMA AGRARIA, DE ACTIVIDADES CORRESPONDIENTE AL SEMESTRE MARZO-AGOSTO DE 2009

I. Presentación

La Comisión de Reforma Agraria de la Cámara de Diputados de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, conforme a lo establecido en el artículo 45, numeral 6, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, hace público su sexto informe semestral de actividades correspondiente al periodo marzo-agosto de 2009.

Las actividades realizadas durante este periodo están consideradas en el programa y calendario de trabajo aprobados por el pleno de la comisión. Contempla, además, el desahogo de los asuntos turnados por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, la gestión de los asuntos agrarios y la evaluación así como el seguimiento de las acciones del Ejecutivo.

El programa anual de actividades aprobado por la comisión establece objetivos concretos, procurando que sean susceptibles de evaluación y modificación, siempre considerando la opinión de sus integrantes.

Además de establecer y mantener una estrecha comunicación con las autoridades agrarias, que colaboren a dar una pronta respuesta a los planteamientos y conflictos que son presentados al seno de la comisión.

Es de destacar que durante el periodo que se informa, se trabajó intensamente en el proceso de elaboración de dictámenes de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Agraria que reforma la del 26 de febrero de 1992, para la actualización del marco jurídico agrario, a fin de obtener un dictamen acorde a las necesidades, demandas y aspiraciones de la sociedad rural.

Todas nuestras actividades han tenido como norma la construcción de consensos y acuerdos en el Pleno de la comisión.

II. Trabajo de la comisión

A. Reuniones de mesa directiva

Con el objetivo de analizar los asuntos propios de la comisión, en la que se tomaron acuerdos y decisiones, se llevaron a cabo reuniones de trabajo con los diputados integrantes de ésta.

Una de las tareas fundamentales de las reuniones de la mesa directiva, durante este periodo, fue el análisis de los proyectos de dictamen de las minutas e iniciativas pendientes, los cuales fueron discutidos y analizados, expresando opiniones y puntos de vista sobre las reformas propuestas para consensuar ante el pleno de la comisión la discusión sobre cada uno de los dictámenes pendientes, así como la revisión e integración de las propuestas emitidas al proyecto de dictamen de la nueva ley agraria.

B. Reuniones ordinarias y de trabajo

Se realizaron cuatro reuniones ordinarias, en las que se analizaron, entre otros temas, el dictamen de la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades correspondientes, a que detengan el atropello que están sufriendo ejidatarios de San Lucas Xoloc, municipio de Tecámac, estado de México, presentada por el diputado Ricardo Franco Cazarez del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; considerando en dicha reunión integrar una subcomisión investigadora para que se trasladara al lugar de los hechos, entrevistándose con los afectados y con las autoridades involucradas para posteriormente presentar un informe de los hechos.

Se dictaminaron prioritariamente las minutas que van mas acordes con el proyecto de Ley Agraria, entre ellas, la minuta con proyecto de decreto que reforma los artículos 164 y 181 y adiciona uno 181 Bis de la Ley Agraria. Presentada por el senador Francisco Herrera León del Partido Revolucionario Institucional, aprobando por votación unánime las modificaciones propuestas.

Asimismo, la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley Agraria. Se adiciona un párrafo tercero al artículo 4, se reforman los artículos 8, 106, 135, 146, 164; se reforma el párrafo cuarto del artículo 170, se adiciona un párrafo cuarto al artículo 110; se adiciona una fracción X y una fracción XI al artículo 136, recorriéndose los subsecuentes en orden natural; se adiciona un séptimo párrafo al artículo 173, recorriéndose en su orden natural los subsecuentes, se adiciona un segundo párrafo al articulo 189, de la Ley Agraria. Presentada por los senadores Arely Madrid Tovilla y Carlos Rojas Gutiérrez del Partido Revolucionario Institucional; proponiendo en esta minuta, concentrar la mayor capacidad del Estado nacional, para reivindicar, por un lado, los legítimos derechos de libre autodeterminación, así como, reivindicar la autonomía de los pueblos y comunidades indígenas, para establecer un régimen de responsabilidades a nivel de los tres órdenes de gobierno para que definan y apliquen políticas, programas y recursos públicos destinados a remontar los rezagos centenarios de los indígenas y a brindarles todo el respaldo institucional, político y económico que requiere su desarrollo.

Por otra parte, el 29 de julio de 2009, la Comisión de Reforma Agraria celebró reunión de trabajo, en la que se analizó la problemática existente de los bienes comunales de la zona Lacandona, contando con la asistencia de diversos funcionarios del sector agrario, entre ellos: licenciado Maribel Méndez de Lara, en representación del secretario de la Reforma Agraria, doctor Ernesto Enkerlin, titular de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, biólogo David Gutiérrez Carbonel, director general de Operación Regional de la Conanp, licenciado Cesáreo Hernández, delegado de la Secretaría de la Reforma Agraria, licenciado Ricardo Pérez Gallardo, director de lo Consultivo del Registro Agrario Nacional, licenciado Francisco Arrubarrena García, director general de Conciliación, Arbitraje y Servicios Periciales de la Procuraduría Agraria, entre otros; así como con representantes de los bienes comunales zona Lacandona: David González Sansores Chanquin, José Luis Juárez Ruiz y Pedro Díaz Solís.

Desde su creación, en 1972, los bienes comunales de la Selva Lacandona, han sido afectados por una serie compleja de problemas que le han redundado en pérdidas de importantes áreas de su territorio, y en la actualidad, siguen siendo afectados por múltiples invasiones, de los que se derivan problemas agrarios, de asentamientos humanos irregulares, destrucción de la riqueza natural: biodiversidad, agua, minerales, macizos selváticos, medio ambiente, etc.; perjudicándose con ello también, en gran medida, la reserva de la biosfera de Montes Azules.

Con lo anterior, se busca de manera conjunta, con la participación de las autoridades legislativas federales (diputados y senadores) y ejecutivos, Secretaría de Reforma Agraria, Semarnat, Profepa, Conanp, y del gobierno del estado, analizar, concertar acciones y recursos para atender esta compleja problemática, fundamentalmente en sus vertientes agrarias, medio ambiental y social. Para ello, todavía en esta Legislatura se acordó la realización de actividades de trabajo en conjunto con el gobierno de Chiapas y autoridades municipales, en las próximas semanas.

D. Reunión de grupo de trabajo Ley Agraria

Durante el periodo que comprende marzo-agosto de 2009, en la Comisión de Reforma Agraria, se continúo con la tarea fundamental de realizar los trabajos orientados a dictaminar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Agraria que reforma la del 26 de febrero de 1992, elaborada por la comisión y presentada por los diputados: Ramón Ceja Romero, Ramón Salas López, Leticia Díaz de León Torres, Lizbeth Evelia Medina Rodríguez, José Ignacio Rubio Chávez.

Como se informó con anterioridad, en las actividades de recepción y análisis de observaciones y propuestas de las organizaciones campesinas (sociales y privadas) y de las instituciones gubernamentales; se recibió un documento por parte de la Confederación Nacional Campesina (CNC), cantidad de propuestas incluidas, se manejó como una "propuesta alterna" de la CNC.

Al efecto, se constituyó un grupo de trabajo técnico con representantes de la comisión, de la Secretaría de la Reforma Agraria, de la Confederación Nacional Campesina, del Partido de la Revolución Democrática y el Partido Acción Nacional.

Este grupo se dedicó de tiempo completo a concensuar las diferencias entre la iniciativa y el documento mencionado. Una vez concluido, se le presentó a los diputados los resultados del trabajo; consensuado casi totalmente, excepto 12 puntos "encorchetados" que habrían de discutir y definir los diputados.

III. Trabajo legislativo

Durante este periodo, las mesas directivas de la Cámara de Diputados y de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, turnaron a la Comisión de Reforma Agraria, una minuta y cuatro iniciativas. Se dictaminaron 5 proposiciones con punto de acuerdo, detallando a continuación el estado que guardan:

• Asuntos turnados a la comisión:

Minutas: 1
Estado: Pendiente

Iniciativas: 4
Estado: Pendientes

• Asuntos dictaminados en la comisión Proposiciones con punto de acuerdo: 5

Turno
Aprobadas: 2
Desechadas: 3

Trabajo legislativo

A. Minutas

1. Proyecto de decreto, que reforma el artículo 64 de la Ley Agraria.

Turnada: Miércoles 15 de abril de 2009.

Contenido: Establecer que el núcleo de población ejidal podrá aportar tierras de la zona de urbanización con destino especifico al municipio o entidad correspondiente con la intervención de la Procuraduría Agraria, la cual generará derechos de propiedad a favor de la entidad de que se trate, siempre y cuando sean destinadas a servicios públicos; en caso de que no se utilicen para el servicio publico, procederá juicio de reversión a favor del núcleo ejidal.

Trámite: Estado Actual: Pendiente

Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el senador Guillermo Padres Elías (PAN) el 13 de marzo de 2007.
2. Dictamen de primera lectura presentado el 2 de abril de 2009.
3. Dictamen a discusión presentado el 14 de abril de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos, 2 en contra y 1 abstención.
4. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados el 15 de abril de 2009, se turnó a la Comisión de Reforma Agraria.

B. Iniciativas

1. Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Agraria.

Proponente: Rivero Acosta Miguel (PRI).
Fecha de presentación: Miércoles 18 de marzo de 2009.
Turno: Comisión de Reforma Agraria.

Contenido: Crear la comisión para la regulación del mercado de tierras y promoción de los derechos de ejidatarios y comuneros, como un órgano desconcentrado de la Secretaría de la Reforma Agraria, el cual gozará de autonomía técnica, operativa, de gestión y de decisión. Asimismo, establecer sus facultades y atribuciones.

Estado que guarda: Pendiente.
Publicación en Gaceta: jueves 5 de marzo de 2009.

2. Proyecto de decreto que reforma el artículo 17 de la Ley Agraria. Proponente: Mayra Gisela Peñuelas Acuña (PRI)
Fecha de presentación: Miércoles 15 de abril de 2009.
Turno: Comisión de Reforma Agraria.

Contenido: Establecer que para la sucesión de los derechos inherentes a la calidad de ejidatario, se deberá considerar en primer término a la esposa o concubina y a falta de cualquiera de estas, el ejidatario podrá formular una lista de sucesión. Asimismo, incluir un nuevo supuesto en virtud del cual se podrán adjudicar los derechos antes mencionados a la esposa o concubina.

Estado que guarda: Pendiente.
Publicación en Gaceta: Miércoles 18 de marzo de 2009.

3. Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Agraria. Proponente: Leticia Díaz de León. (PAN)
Fecha de presentación: Miércoles 3 de junio de 2009.
Turno: Comisión de Reforma Agraria.

Contenido: Crear la figura del Padrón Nacional de Catastro Rural para adicionar como autoridades competentes en materia catastral de las entidades federativas, al Tribunal Superior Agrario y los Tribunales Unitarios en Materia Agraria. Indicar que el padrón podrá ser consultado vía electrónica en el portal del Registro Agrario Nacional. Complementar que todas las resoluciones judiciales o administrativas que reconozcan, creen, modifiquen o extingan derechos ejidales o comunales deberán enviarse al Registro Agrario Nacional en un plazo no mayor de 20 días hábiles a partir de la fecha en que se dicten, a efecto de que se integre al Padrón Nacional de Catastro Rural. Constituir las actividades del Padrón Nacional de Información Catastral, así como su integración correspondiente.

Estado que guarda: Pendiente.
Publicación en Gaceta: Viernes 5 de junio de 2009.

4. Proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley Agraria. Proponente: César Duarte Jáquez (PRI).
Fecha de presentación: Miércoles 15 de julio de 2009.
Turno: Comisión de Reforma Agraria.

Contenido: Reconocer la personalidad jurídica de los ejidos y comunidades, dictar medidas de protección para su propiedad sobre la tierra, tanto para el asentamiento humano como para actividades productivas. Determinar los procedimientos que faciliten la organización y expansión de la actividad económica de ejidos y comunidades. Impedir la concentración de tierras, a través del aseguramiento de los derechos individuales de los miembros del núcleo. Establecer medidas para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la selvicultura y de las demás actividades económicas en el medio rural. Establecer instancias de jurisdicción voluntaria para el avenimiento de diferencias suscitadas por la tenencia o el aprovechamiento agrario. Definir las atribuciones de la Secretaría de Reforma Agraria. Asentar la potestad jurisdiccional de los Tribunales Agrarios. Prever que la personalidad jurídica de los núcleos agrarios, deberá ser admitida por las instituciones financieras y bancarias para propósitos crediticios. Reconocer la capacidad de los núcleos para constituir en garantía crediticia el usufructo de su tierra. Facultar a los núcleos agrarios para que por medio de la asamblea expida su propio reglamento. Definir los derechos de los titulares de derechos agrarios, los mecanismos y derechos sucesorios y se aclara la figura de los posesionarios y avecindados. Determinar las funciones de la asamblea general ordinaria, extraordinaria y permanente. Establecer como instancia de jurisdicción voluntaria al Consejo de Avenencia y Arbitraje, entre otras.

Estado que guarda: Pendiente.

C. Proposiciones con punto de acuerdo

1. Por el que se exhorta a la Secretaría de la Reforma Agraria a atender el conflicto agrario que presentan los municipios de Chenalhó y Chalchihuitán en Chiapas.

Proponente: Víctor Ortiz del Carpio (PRI).
Publicación en la Gaceta Parlamentaria: Martes 15 de abril de 2008.
Fecha de presentación: Miércoles 30 de abril de 2008
Turno: Comisión de Reforma Agraria.

Contenido: Solucionar el conflicto agrario que existe entre los municipios de Chenalhó y Chalchihuitán, en Chiapas, solicitando el apoyo directo de la Secretaría de la Reforma Agraria.

Estado que guarda: Aprobada.
Publicación del dictamen en la Gaceta Parlamentaria: Martes 28 de abril de 2009.

2. Por el que se exhorta a la Secretaría de la Reforma Agraria a tomar las medidas necesarias para garantizar la protección de los derechos agrarios. Proponente: Jesús Sergio Alcántara Núñez (PRI).
Publicación en la Gaceta Parlamentaria: Martes 29 de abril de 2008.
Fecha de presentación: Miércoles de abril de 2008.
Turno: Comisión de Reforma Agraria.

Contenido: Solicita a la Secretaría de la Reforma Agraria y a sus órganos desconcentrados; Registro Agrario Nacional, Procuraduría Agraria y Fifonafe, informen detalladamente a esta soberanía de las acciones que han implantado para defender los intereses y los derechos de los sujetos agrarios del país.

Estado que guarda: Desechada.
Con fecha martes 28 de abril de 2009.

3. Por el que se solicita al titular de la Secretaría de la Reforma Agraria un informe pormenorizado respecto a las denuncias de corrupción en esa dependencia federal. Proponente: Alejandro Martínez Hernández (PRD).
Publicación en la Gaceta Parlamentaria: Viernes 12-Septiembre-2008.
Fecha de presentación: Jueves 30 de julio de 2008.
Turno: Comisión de Reforma Agraria.

Contenido: Se solicita un informe pormenorizado al secretario de la Reforma Agraria, en relación a las medidas que se han adoptado al interior de su dependencia para prevenir los actos de corrupción, así como que de manera puntual presente a esta soberanía un informe acerca de la relación de trabajo que ha sostenido la dependencia a su cargo con las empresas Agropraxis y Agronexos.

Estado que guarda: Desechada.
Con fecha martes 28 de abril de 2009.

4. Por el que se exhorta a los tribunales agrarios a resolver con base a la legalidad y dar solución al conflicto de dotación de tierras al poblado San José Bodenquí, del municipio de San Miguel Chapa de Mota, en Jilotepec, estado de México. Proponente: Octavio Martínez Vargas (PRD).
Publicación en la Gaceta Parlamentaria: Viernes 12-Septiembre-2008.
Fecha de presentación: Miércoles 20 de agosto de 2008.
Turno: Comisión de Reforma Agraria.

Contenido: Se exhorta a los tribunales agrarios, para que actúen con legalidad y se resuelva el conflicto de dotación de tierras al poblado San José Bodenquí, del municipio de San Miguel Chapa de Mota, en Jilotepec, estado de México.

Estado que guarda: Desechada.
Con fecha martes 28 de abril de 2009.

5. Por el que se exhorta a la Secretaría de la Reforma Agraria a llevar a cabo acciones para dar solución a los conflictos agrarios que se registran en varios ejidos de Chiapas. Proponente: Fernel Arturo Gálvez Rodríguez (PRD).
Publicación en la Gaceta Parlamentaria: Jueves 23 de octubre de 2008.
Fecha de presentación: Jueves 11 de diciembre de 2008.
Turno: Comisión de Reforma Agraria.

Contenido: La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de la Reforma Agraria a llevar a cabo, en al ámbito de colaboración entre poderes, las acciones convenientes para dar debida solución a los conflictos agrarios que se registran en los ejidos de Toquian Chiquito, La Patria, Alianza para la producción, y El Zapote, en Chiapas.

Estado que guarda: Aprobada.
Con fecha martes 28 de abril de 2009.
Publicación del dictamen en la Gaceta Parlamentaria: Martes 28 de abril de 2009.

IV. Trabajo de gestión

Esta parte de la actividad de la comisión es relevante porque a través de ello, se genera un gran acercamiento con los campesinos, ejidatarios y ciudadanos en general, que buscan apoyo, asesoría, orientación e intervención del Poder Legislativo federal; en la mayoría de los casos cuando consideran que no han recibido el trato oportuno por parte de las autoridades competentes, o porque la resolución de un juicio no fue apegada a derecho, o de alguna manera se ven afectados en sus derechos o pretensiones.

En el periodo que se informa se recibieron y atendieron asuntos de gestión conforme al siguiente resumen:

Gestiones recibidas: 74
Gestiones concluidas: 30
En trámite: 38
En estudio: 6
Se atendieron asuntos de diferentes entidades federativas de la República, presentando diferentes problemáticas tales como: ampliación de ejido, compra de tierras, audiencias, asesorías, proyectos productivos, expropiaciones, conflictos agrarios, cambio de designación de sucesores en el Registro Agrario Nacional, invasiones o despojos, títulos de propiedad, dominios plenos, perforación de pozos; asuntos que involucran a diversas dependencias del sector agrario, que fueron atendidos y o se ha dado el seguimiento de los avances de las gestiones a través de comunicados con las dependencias involucradas.

Los asuntos o conflictos atendidos, se encuentran en 20 entidades federativas del país, a saber: Baja California, Chiapas, Chihuahua, Distrito Federal, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala y Veracruz.

Diputado Ramón Ceja Romero (rúbrica)
Presidente
 


DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO DE LA INDUSTRIA AZUCARERA, DE ACTIVIDADES CORRESPONDIENTE AL PERIODO MARZO-AGOSTO DE 2009

De conformidad con los artículos 39, numeral 1, y 45, numeral 6, inciso B, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión Especial de vigilancia y seguimiento de la industria azucarera de la Cámara de Diputados de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, presenta el siguiente informe de actividades, correspondiente al lapso marzo-agosto de 2009.

1. El 24 de marzo de 2009, en la ciudad de México Distrito Federal, en el salón antiguo de protocolo del edificio A del Palacio Legislativo de San Lázaro, se reunieron los integrantes de la Comisión Especial de vigilancia y seguimiento de la industria azucarera Agustín Mollinedo Hernández (PAN); Osiel Castro de la Rosa (PAN); David Lara Compeán (PAN); Juan Darío Lemarroy Martínez (PRD); Celso David Pulido Santiago (PRD) y Anuario Luis Herrera Solís (PT), y atendieron los asuntos siguientes:

a) El diputado presidente, Agustín Mollinedo Hernández, declaró formalmente instalada la Comisión Especial de vigilancia y seguimiento de la industria azucarera.

b) El presidente, Agustín Mollinedo Hernández, agradeció la asistencia de las siguientes personas: ingeniero Carlos Blackaller, presidente nacional de Pequeños Propietarios Rurales (CNPR); la ingeniera Rocío de las Mercedes Nieves Bermúdez, directora general del Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar; el licenciado Hugo Sánchez Hernández, representante del subsecretario de Agricultura, ingeniero Francisco López Tostado; el ingeniero Rubén García Treviño, representante de la Asociación Nacional de Empresas Azucareras; el licenciado Moisés López, secretario particular del ingeniero Jorge Lanz de la Isla, director general del Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero (FEESA); el licenciado Constantino Rivera Corona, director corporativo y jurídico del FEESA; el diputado federal Gerardo Buganza Salmerón, del estado de Veracruz y también presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores; y el diputado Salvador Barajas del Toro, diputado federal del Grupo Parlamentario del PRI, de Jalisco.

c) El presidente, Agustín Mollinedo Hernández, solicitó al representante del ingeniero López Tostado una audiencia con el titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), ingeniero Alberto Cárdenas Jiménez, para que atienda a todos los integrantes de la comisión.

d) Se acordó solicitar información al FEESA y al Fideicomiso Comercializador, ambos pertenecientes a la Sagarpa.

e) La representante de la Sagarpa, ingeniera Rocío de las Mercedes Nieves Bermúdez, directora general del Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, entregó al diputado presidente de la comisión el informe solicitado al titular de la Sagarpa.

f). El diputado Salvador Barajas del Toro pidió que se solicite a la Sagarpa información sobre el avance de la liberación de los recursos para el programa cañero del ejercicio 2009, así como el porqué del cambio de la estrategia de liberación y que impacto han tenido los recursos que se han venido presupuestando en el programa cañero desde el ejercicio 2007.

g) El diputado Gerardo Buganza Salmerón pidió que esta comisión pudiera tener una revisión cada ocho días y solicitó a los funcionarios de la Sagarpa, que le transmitan al secretario la urgente necesidad de intervenir al Grupo Santos por los adeudos que tiene con sus abastecedores de caña. Y debido a que el Fideicomiso Comercializador estaba por fenecer en febrero de este año y que sigue en operación, le preguntó a los funcionarios de la Sagarpa ¿qué va a suceder?, ¿o cómo va a quedar integrado?

h) Se comentaron las diversas causas que están afectando al sector azucarero.

2. El 26 de marzo de 2009 en la ciudad de México Distrito Federal, en la oficina del diputado presidente, Agustín Mollinedo Hernández, situada en el Palacio Legislativo de San Lázaro, se reunieron los integrantes de la mesa directiva de la Comisión Especial de vigilancia y seguimiento de la industria azucarera Agustín Mollinedo Hernández, presidente; Celso David Pulido Santiago, Osiel Castro de la Rosa y Daniel Pérez Valdez, secretarios, y acordaron lo siguiente: a) La Comisión de Vigilancia y Seguimiento de la Industria Azucarera de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita al Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Alberto Cárdenas Jiménez, una audiencia y/o en su caso su comparecencia ante esta comisión, para que el gobierno federal a través de esa secretaría a su digno cargo realice la inmediata intervención a la administración del Grupo Santos, con la finalidad de dar solución a las justas demandas de los miles de productores de caña que se ven afectados por la falta de pago de su materia prima de parte de ese grupo industrial. 3. El 3 de abril de 2009, en la Ciudad de México, Distrito Federal, en la oficina de la presidencia de este órgano legislativo, situada en el Palacio Legislativo de San Lázaro, se reunieron los integrantes de la mesa directiva de la Comisión Especial de vigilancia y seguimiento de la industria azucarera Agustín Mollinedo Hernández, presidente; Celso David Pulido Santiago, Osiel Castro de la Rosa y Daniel Pérez Valdez, secretarios, y aprobaron el siguiente acuerdo: a) La Comisión Especial de vigilancia y seguimiento de la industria azucarera de la Cámara de Diputados solicitaría al secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Alberto Cárdenas Jiménez, durante la reunión que llevaría a cabo el martes 13 de abril del presente año, la información relativa a los siguientes puntos:

• Avance en la implantación de las reglas de operación del programa relativo a la competitividad de la caña de azúcar incluido en el anexo 8, "Ramas Productivas ‘Caña de Azúcar’ del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2009.

• Asunto relativo al efecto del impuesto especial sobre producción y servicios en cuanto a productores y comercializadores de alcohol de caña.

• Determinación del precio de liquidación de la tonelada métrica de caña de azúcar para la zafra 2008/2009.

• Procedimiento para determinar dicho precio.

4. El 22 de abril de 2009 en la Ciudad de México, Distrito Federal, en la sala de juntas de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados, se reunieron los integrantes de la Comisión Especial de vigilancia y seguimiento de la industria azucarera Agustín Mollinedo Hernández, Osiel Castro de la Rosa y David Lara Compeán con representantes del gobierno federal y representantes de la industria alcoholera y ethanolera en sesión de trabajo para tratar los asuntos que a continuación se exponen: a) El presidente, Agustín Mollinedo Hernández, dio una cordial bienvenida a los siguientes invitados: Jesús Ortega, de Grupo PIASA, miembro de la Cámara Nacional de las Industrias Azucarera y Alcoholera (CNIAA); Maximiliano Camiro, director jurídico de la CNIAA; Melchor Monterroza Hernández, Armando Monterroza y David Monterroza Méndez, representantes de Destiladora del Valle; Alfredo Bladinieres Correa, secretario de la Asociación Nacional de Productores de la Industria Ethanolera, AC; Manuel González Gutiérrez, director jurídico de la Destiladora del Papaloapan; Eliel García, representante de la Destiladora de Alcoholes y Mieles; René Martínez Cumming, director general de la CNIAA; Sergio Rodríguez Méndez, director de Planeación y Desarrollo de la CNIAA; Francisco Valdivia y José Luis Trejo, representantes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; Alejandro Urquiza, representante del Servicio de Administración Tributaria y Roberto Torreblanca Huerta, secretario técnico de la Comisión Especial de vigilancia y seguimiento de la industria azucarera.

b) Los integrantes de la Comisión, los representantes del gobierno federal y de la industria alcoholera y ethanolera, hicieron un análisis de la iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, y su efecto y consecuencias en la industria alcoholera y ethanolera del país en el aspecto laboral, en la competencia desleal y en la competitividad.

c) Los integrantes de la Comisión aprobaron presentar un punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, a través del Servicio de Administración Tributaria, realice las auditorias pertinentes a todas las empresas productoras y comercializadoras de mieles incristalizables y alcohol, con la finalidad de verificar el debido cumplimiento de todas sus obligaciones fiscales; y de manera importante el impuesto especial sobre producción y servicios.

5. El 27 de mayo de 2009, en la Ciudad de México Distrito Federal, en la sala de juntas de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados, se reunieron los integrantes de la Comisión Especial de vigilancia y seguimiento de la industria azucarera con representantes del Fideicomiso Comercializador de la Sagarpa y del Comité Ejecutivo de la Sección 23 del Sindicato Azucarero del Ingenio el Potrero, y trataron los asuntos siguientes: a) El director general del Fideicomiso Comercializador de la Sagarpa, Moisés González Kladiano, expuso un informe de las actividades del organismo a su cargo correspondiente al ejercicio 2009 y respondió a todas las preguntas que le plantearon los integrantes de la comisión.

b). El señor Modesto Trujillo, representante del Comité Ejecutivo de la Sección 23 del Sindicato Azucarero del Ingenio el Potrero, expuso la problemática que desde hace varios años han venido viviendo como clase trabajadora con la administración del Ingenio El Potrero y los funcionarios del FEESA, en relación con los resultados fiscales de ese fideicomiso y los correspondientes pagos del PTU, que han tenido que recurrir a la contratación de despachos fiscales independientes, e incluso de demandar en los tribunales fiscales y ante la autoridad hacendaria la revisión de las declaraciones anuales de esta unidad industrial por estar inconformes con los resultados presentados.

c) Fue notoria la ausencia de los funcionarios de FEESA y de Proasa, dependientes de la Sagarpa, no obstante que también se les invitó.

6. El 24 de junio de 2009 en la Ciudad de México, Distrito Federal, en la sala de juntas de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados se reunieron los integrantes de la Comisión Especial de vigilancia y seguimiento de la industria azucarera con los siguientes invitados: ingeniero Francisco López Tostado, subsecretario de la Sagarpa; licenciado Jorge Lanz de la Isla, director general del FEESA; contador público David Estrella Gómez, director general de Proasa; ingeniero José Francisco Herrera Ortiz, coordinador de la Industria Azucarera del Gobierno del Estado de Veracruz; ciudadano Modesto Trujillo Herrera, secretario general del Sindicato de la Sección 23 del Ingenio El Potrero; ciudadano Gonzalo Agosto Reyes, presidente de la Unión Local de Cañeros CNPR del Ingenio San Gabriel; licenciado José Américo Saviñón, secretario de Conflictos y Conciliación de la Unión Nacional de Cañeros CNPR, y con el señor Clemente Pacheco Mora, secretario general del Sindicato Independiente del Ingenio San Cristóbal, y en sesión de trabajo se trataron los asuntos que a continuación se citan: a) El director general del FEESA, licenciado Jorge Lanz de la Isla, expuso los antecedentes e informó del decreto expropiatorio, de la situación jurídica actual, de los principales resultados operativos de las zafras de 2006 a 2009, de los proyectos de mejoramiento de las plantas industriales y respondió a cada una de las preguntas de los diputados integrantes de la Comisión.

b) Los integrantes de la comisión y los funcionarios del FEESA y de Proasa de la Sagarpa atendieron las peticiones de los representantes sindicales y cañeros del ingenio San Gabriel perteneciente al Grupo Santos, al Comité Ejecutivo del Sindicato Independiente del Ingenio San Cristóbal y al Comité Ejecutivo de la Sección 23 del Sindicato Azucarero del Ingenio El Potrero.

7. Durante los meses de julio y agosto de 2009 se recabaron firmas de los diputados integrantes, se reordenaron actas de sesiones, oficios, recursos materiales y se recogió la información y la documentación necesaria para hacer la entrega a las correspondientes autoridades de la Cámara de Diputados.

Para sus correspondientes efectos firma el diputado Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Especial de vigilancia y seguimiento de la industria azucarera:

Diputado Agustín Mollinedo Hernández (rúbrica)
Presidente
 
 


DE LA COMISIÓN ESPECIAL SOBRE NO DISCRIMINACIÓN, NUEVOS SUJETOS Y NUEVOS DERECHOS, DE ACTIVIDADES CORRESPONDIENTE AL PERIODO DE MARZO A AGOSTO DE 2009

I. Introducción

Fundamento legal

El artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos establece que las comisiones son órganos constituidos por el pleno que, mediante la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales.

Con fundamento en el numeral 6, inciso b), del artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las comisiones tenemos la obligación de rendir un informe semestral de actividades a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, esta comisión presenta el correspondiente al periodo comprendido del 16 de septiembre de 2008 al 15 de marzo 2009, del tercer año de ejercicio de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados.

Los trabajos de la comisión se realizan atendiendo lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1, 42 y 44 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de llevar a cabo las tareas de estudio, análisis, revisión y atención de los asuntos vinculados con la problemática de la discriminación y la violación de los derechos humanos a nivel nacional, a través de las facultades legislativas, políticas y de gestión.

En el informe se enuncian las actividades desarrolladas por la comisión de marzo a agosto de 2009.

II. Integración de la comisión

Mediante acuerdo de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados del día 18 de diciembre de 2006, aprobado en la misma fecha por el pleno, se creó la Comisión Especial sobre no discriminación, nuevos sujetos y nuevos derechos. Actualmente la comisión se integra con los siguientes diputados:

Delio Hernández Valadés (PSD), presidente; María Esther Jiménez Ramos (PAN), Guillermina López Balbuena (PRI), secretarias; Israel Beltrán Montes (PRI), Carlos Augusto Bracho González (PAN), Diego Cobo Terrazas (PVEM), Yolanda Mercedes Garmendia Hernández (PAN), Enrique Rodríguez Uresti (PAN), José de Jesús Solano Muñoz(PAN), Claudia Cruz Santiago (PRD), Alma Lilia Luna Munguía (PRD), Daisy Selene Hernández Gaytán (PRD) y David Sánchez Camacho (PRD).

III. Instalación

El 15 de marzo de 2007 quedó legalmente instalada la comisión. Con ello los integrantes asumieron la encomienda parlamentaria de desempeñar su trabajo de manera responsable, conjunta y en un marco de respeto y tolerancia de las diferencias, con objeto de atender la problemática nacional de la discriminación y la violación a los derechos humanos, mediante la construcción de acuerdos del Legislativo para el mejoramiento de este sector.

IV. Reuniones

En el periodo que se informa se celebraron las siguientes reuniones:

Reunión ordinaria del 2 de abril de 2009

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.
4. Conferencia de prensa para exhortar a las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos para que dictaminen la iniciativa de ley por la que se busca impulsar el derecho de las personas transexuales y transgénero.
5. Propuesta de impulsar reuniones con comisiones de derechos humanos y con los Congresos de las entidades federativas, donde no existan leyes para prevenir y eliminar la discriminación, a fin de promover su discusión, aprobación y promulgación.
6. Foro en Tlaxcala, propuesto por la diputada María Esther Jiménez Ramos.
7. Asuntos generales.
La diputada María Esther Jiménez Ramos pasó lista. Estuvieron presentes los diputados Delio Hernández Valadés, Carlos Augusto Bracho González, David Sánchez Camacho, Alma Lilia Luna Munguía, Claudia Cruz Santiago, Daisy Selene Hernández Gaytán y María Esther Jiménez Ramos, por lo que se contó con quórum.

Los puntos 2 y 3 del orden del día se aprobaron por unanimidad.

El cuarto punto del orden del día fue aprobado.

Se sometió a consideración la propuesta ampliada, primero del trabajo con los Congresos de las entidades federativas donde no existan leyes; y segundo, el exhorto tanto a Congresos como a los Ejecutivos de los estados para impulsar estas leyes. Con la aportación de la diputada Claudia Lilia Cruz Santiago, haciendo mención que se rijan a los tratados internacionales en esta materia. Se aprobó por unanimidad.

En el sexto punto del orden del día se aprobó el foro en Tlaxcala, y quedó como responsable de dicho evento la organizadora, diputada María Esther Jiménez Ramos.

En el último punto de asuntos generales se aprobó la fecha y la hora de la siguiente reunión plenaria, del jueves 16 de abril, a las 10:00 horas.

Reunión ordinaria del 16 de abril 2009

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.
4. Avances del proceso legislativo para la aprobación de la ley por la que se busca impulsar el derecho de personas transexuales y transgénero a cambiar su identidad jurídica para adecuarla a su realidad.
5. Los avances para impulsar reuniones con comisiones de derechos humanos y con los Congresos de las entidades federativas donde no existan leyes para prevenir y eliminar la discriminación, a fin de promover su discusión, aprobación y promulgación.
6. Los avances en la realización del foro en Tlaxcala, propuesto por la diputada María Esther Jiménez Ramos.
7. Asuntos generales.
Aspectos destacados:

La diputada María Esther Jiménez Ramos pasó lista; estuvieron presentes los diputados Delio Hernández Valadés, Carlos Augusto Bracho González, David Sánchez Camacho, Alma Lilia Luna Munguía, Yolanda Mercedes Garmendia Hernández, Daisy Selene Hernández Gaytán y María Esther Jiménez Ramos, por lo se contó con quórum.

Los puntos 2 y 3 del orden del día se aprobaron por unanimidad.

El presidente mencionó que este punto ha sido uno de los objetivos principales en los tres años que tiene trabajando la comisión. Comentó que el diputado David Sánchez Camacho remitió esta iniciativa ante la LX Legislatura. Explicó que la comisión emitió en tiempo y forma un punto de vista (opinión) positivo a favor de que estos grupos sean reconocidos. Y añadió que fundamentalmente la decisión está en las Comisiones Unidas de Justicia, y de Derechos Humanos, a las cuales también las convocaron y exhortaron para que sometan a discusión, dictaminen y, en su caso, aprueben en sentido positivo esta ley.

Se sometió a votación una propuesta de hacer llamamiento a las Comisiones de Derechos Humanos, y de Justicia, y se aprobó por unanimidad.

Se sometió a aprobación la propuesta de los estados por visitar, y que obviamente por la cuestión de que ya no va a haber más reuniones, el que se dé a conocer en forma escrita a los compañeros diputados la agenda y el procedimiento para incorporarse a estos trabajos. La propuesta fue aprobada por unanimidad.

El quinto punto del orden del día se aprobó por unanimidad.

Por último se puso a consideración y se sometió a aprobación la propuesta del diputado Delio Hernández Valadés de mantener la comisión especial en sesión permanente hasta nuevo aviso. Se aprobó la propuesta por unanimidad y se decretó en receso la comisión especial.

V. Trabajo legislativo

Asuntos turnados

La comisión, en el semestre que comprende este informe no recibió iniciativa alguna para su análisis y opinión.

VI. Actividades realizadas por la comisión

Foro en la Cámara de Diputados, México, DF, del 24 y el 25 de junio de 2009, organizado por los diputados María Esther Jiménez Ramos (secretaria de esta comisión especial), y Ector Jaime Ramírez Barba (presidente de la Comisión de Salud)

Comité Organizador

Consejo Directivo: diputados Ector Jaime Ramírez Barba y María Esther Jiménez Ramos.
Coordinación del foro: doctor Miguel Ángel Vázquez Guerrero (coordinador general), ingeniero Rafael Ramos Fuentes (coordinador ejecutivo).

Asesores técnicos: doctor Álvaro Jiménez Osornio, doctor Ricardo López Méndez.
Relaciones Públicas: licenciado Ricardo Ramos Méndez.
Dirección electrónica: www.forosaludmentalninasyninos.com.mx

Objetivo del foro

Que especialistas en salud mental infantil y directivos que la administran presenten información relevante que coadyuve a desarrollar acciones de prevención y tratamiento de esta problemática; asimismo, que aporten elementos para elaborar una iniciativa de ley que beneficie a este sector tan importante de la población, como son las niñas y los niños de México.

Comunidad de participantes

Profesionistas, académicos, investigadores y trabajadores que laboren en el ámbito nacional en instituciones del sector salud y educativo, públicas y privadas en las especialidades de psiquiatría, psicología, medicina, pedagogía, trabajo social, sociología y maestros de educación básica, así como pasantes de estas profesiones y representantes de asociaciones, instituciones y organizaciones civiles relacionadas.

Expositores invitados

Doctor Phillip Lammy, representante de la Organización Mundial de la Salud Mental.

Doctor Julio Sotelo Morales, comisionado de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad.

Maestro José Fernando González Sánchez, subsecretario de Educación Básica de la Secretaría de Educación.

Maestra Elba Esther Gordillo, presidenta del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación.

Licenciada María Elena Medina Mora, directora general del Instituto Nacional de Psiquiatría Ramón de la Fuente.

Ingeniera Perla Bustamante Corona, directora general del Consejo Nacional para prevenir la Discriminación.

Licenciada Cecilia Landerreche de Gómez Morín, directora del Sistema Nacional DIF.

Doctor Héctor Felipe Fix Fierro, director del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

Doctor Álvaro Jiménez Osornio, asesor e investigador en psicología clínica.

Doctor Carlos Daniel Campillo Serrano, director de Servicios de Atención Psiquiátrica de la Secretaría de Salud.

Doctora Dora María Pérez Ordaz, directora general del Hospital Psiquiátrico Infantil Juan N. Navarro.

Doctor Jorge Escotto Morett, presidente de la Asociación de Paidospsiquiatría y Profesiones Afines, AC.

Doctor Ricardo López Méndez, ex jefe de Enseñanza del Hospital Psiquiátrico Infantil Juan N. Navarro.

Doctora Hilda Patricia Cervera Silva, presidenta de la Asociación Mexicana de Psiquiatría Infantil, AC.

Metodología

La información contenida en las conclusiones y recomendaciones de cada exposición, en la mesa de trabajo respectiva se analizará, se consensuará y será leída en cada sesión plenaria, para posteriormente, al ser integrada y analizada por el Consejo Técnico del foro se generen dentro del marco psiquiátrico y psicológico, las acciones por implantar para desarrollar la salud mental de la niñez.

VII. Entrega-recepción de la comisión

Con fundamento en los artículos primero, segundo, quinto, inciso a), y sexto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos por el que se establecen las bases del Programa General de Entrega y Recepción por conclusión de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados, relativo a los bienes, expedientes, archivos y bases de datos legislativos, me permito comunicarle que el ciudadano Carlo Emir Castro Díaz, secretario técnico de la Comisión Especial sobre no discriminación, nuevos sujetos y nuevos derechos, ha sido designado para entregar, en representación de esta área, conforme al calendario de entrega que me fue previamente comunicado.

Con base en lo anterior, y de conformidad con el artículo 45, párrafo sexto, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la comisión hace entrega del quinto informe de actividades, correspondiente al periodo comprendido del 16 de marzo al 19 de agosto 2009.

México, DF, a 19 de agosto 2009.

Atentamente
Diputado Delio Hernández Valadés (rúbrica)
Presidente
 
 




Actas
DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO METROPOLITANO, REFERENTE A LA NOVENA REUNIÓN PLENARIA, QUE SE LLEVÓ A CABO EL JUEVES 23 DE ABRIL DE 2009

En el salón E del edificio G del Palacio Legislativo de San Lázaro en esta Ciudad de México, siendo las once horas con quince minutos del jueves veintitrés de abril de dos mil nueve, los integrantes de la Comisión de Desarrollo Metropolitano se reunieron para celebrar la novena reunión ordinaria, conforme a la convocatoria previamente difundida, según lo dispuesto en los artículos 39 y 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para el desahogo del siguiente orden del día:

1. Lista de asistencia

Diputados: Obdulio Ávila Mayo, presidente; Alejandro Sánchez Domínguez, Juan Manuel Villanueva Arjona, Lorena Martínez Rodríguez, Alejandro Olivares Monterrubio, Ana Elisa Pérez Bolaños, secretarios; Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Carlos Augusto Bracho González, Óscar Gustavo Cárdenas Monroy, Higinio Chávez García, Jorge Luis de la Garza Treviño, Juan Hugo de la Rosa García, Jaime Espejel Lazcano, Jorge Godoy Cárdenas, Elda Gómez Lugo, José Gildardo Guerrero Torres, Elia Hernández Núñez, Christian Martín Lujano Nicolás, Lucía Susana Mendoza Morales, Gustavo Parra Noriega, Raciel Pérez Cruz, Martín Ramos Castellanos, Juan Manuel San Martín Hernández, Carlos René Sánchez Gil, Martín Zepeda Hernández.

2. Declaración de quórum

En virtud de que se contó con el quórum reglamentario, el diputado Obdulio Ávila Mayo, presidente de la comisión, dio por iniciada la reunión.

3. Lectura y, en su caso, aprobación de las actas de la séptima y octava reuniones ordinarias

El diputado Obdulio Ávila Mayo sometió a consideración la dispensa de la lectura de las actas, ya que con antelación había sido circulada a los integrantes: aprobada por unanimidad.

Asimismo, puso a consideración del pleno las actas de la séptima y octava reuniones ordinarias; no habiendo quien hiciera uso de la palabra, se votó y fue aprobado por unanimidad.

4. Propuesta, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen de la iniciativa de ley siguiente:

a) Con proyecto de decreto para la creación del Instituto Nacional de Planeación Metropolitana, presentada por el diputado Jorge Luis Hinojosa Moreno.

El diputado Obdulio Ávila Mayo solicitó la dispensa de lectura de la iniciativa en sentido negativo, ya que con anterioridad había sido circulada a los integrantes, lo cual fue aprobado por unanimidad.

Por tanto, sólo dio lectura a los argumentos que se formularon en la iniciativa:

"El iniciador propone crear el Instituto Nacional de Planeación Metropolitana, organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social del Ejecutivo federal, que tendría por objeto prestar apoyo técnico y emitir recomendaciones a las autoridades de nivel federal, de las entidades federativas y los municipios del país, relativas a la planeación del desarrollo metropolitano.

"El promovente justifica la creación de ese organismo público en las presunciones de que no se ha logrado consolidar una efectiva planeación del desarrollo metropolitano o que la aplicación de ésta ha sido hasta ahora inadecuada, ya sea porque no da cuenta de los diversos aspectos relativos al fenómeno metropolitano, carece de una visión de orden estratégico y de largo plazo o bien, carece, adolece de improvisación y continuidad. La exposición de motivos no ofrece, sin embargo, evidencia ni dato alguno para sustentar este diagnóstico.

"Conviene destacar, con relación al impacto presupuestario que, aún cuando el proyecto de ley se prevé el origen de las provisiones que deberán corresponder a la formación del patrimonio del organismo presupuesto, no se establece con precisión si la creación de éste implicaría la transferencia de recursos financieros, materiales y humanos de la actual Secretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, lo que en su caso podría implicar que se incurriera en duplicidad de funciones dentro de la administración pública federal.

"No puede omitirse señalar que en la motivación de la iniciativa no se presenta algún parámetro que permitiera estimar la mejora en la eficacia y eficiencia que podría conseguirse en el funcionamiento del ramo correspondiente.

"Por otro lado, la homologación de la planeación metropolitana no debe ser desde este punto de vista una política pública inducida de manera centralizada, sino el resultado de la experiencia de colaboración, coordinación, mecanismos e instrumentos administrativos de financiamiento público entre autoridades municipales y ejecutivos estatales y entre entidades federativas, lo cual puede esperarse en la medida en que se establezca como base un reconocimiento compartido del ámbito de planeación metropolitana en la legislación local.

"De manera que la pertinencia, o no, de crear un organismo de la administración pública federal encargado de prestar a la federación, las entidades federativas y los municipios, el apoyo técnico que se sea requerido en materia de planeación metropolitana y de promover la homologación de criterios para la elaboración de tal planeación, puede ser evaluada a partir de la disyuntiva entre la centralización o la descentralización pública de una función, que de acuerdo al marco jurídico vigente y en los hechos, es desempeñar de manera concurrente entre la federación, las entidades federativas y los municipios, cuando se trate de una zona metropolitana en territorio de dos o más entidades federativas o bien, a cargo de cada entidad federativa cuando está contenida dentro de su respectivo territorio."

Posteriormente, el diputado Obdulio Ávila Mayo dio lectura al resolutivo único de la iniciativa: "Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que expide la ley que crea el Instituto Nacional de Planeación Metropolitana, presentada por el diputado Jorge Luis Hinojosa Moreno ante el Pleno el 23 de febrero de 2006. Túrnese el expediente como asunto completamente concluido y notifíquese en el Diario de los Debates".

Después sometió a consideración del pleno la discusión del proyecto de resolución parlamentaria. No habiendo quien hiciera uso de la palabra, se votó y fue aprobada por unanimidad.

5. Propuesta, discusión, en su caso, y aprobación del proyecto de opinión de las iniciativas de ley siguientes:

a) Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Juan Manuel San Martín Hernández.

El diputado Obdulio Ávila Mayo solicitó la dispensa de lectura del proyecto de opinión de la iniciativa, ya que con anterioridad había sido circulada a los integrantes, la cual fue aprobada por unanimidad.

El presidente comentó que la comisión no era, en este caso, dictaminadora de la iniciativa, por tanto dijo que la opinión se enviaría a la Comisión de Puntos Constitucionales, quien sería la encargada de dictaminarla.

Posteriormente sometió a consideración del pleno la discusión del proyecto de opinión de la iniciativa. No habiendo quien hiciera uso de la palabra, se votó y fue aprobada por unanimidad.

b) Con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 26, 115 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Carlos Augusto Bracho González y suscrita por los integrantes de la Comisión de Desarrollo Metropolitano.

c) Con proyecto de decreto que reforma las fracciones I y VI del artículo 115, VII del artículo 116 y el inciso g) del artículo 122, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Luis Gustavo Parra Noriega, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

d) Con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo a la fracción XXIX-C del artículo 73 y que reforma por modificación el tercer párrafo y adiciona un quinto párrafo al artículo 115, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Francisco Javier Plascencia Alonso y suscrita por el diputado Carlos René Sánchez Gil, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

El diputado Obdulio Ávila comentó que se formuló la opinión de la Comisión de Desarrollo Metropolitano en un solo documento, respecto de las tres iniciativas anteriores, la cual también será enviada a la Comisión de Puntos Constitucionales por ser la comisión dictaminadora.

Después solicitó la dispensa de lectura del proyecto de opinión de la iniciativa antes mencionada, ya que con anterioridad había sido circulada a los integrantes, la cual fue aprobada por unanimidad.

El presidente sometió a consideración del pleno la discusión del proyecto de opinión de la iniciativa. No habiendo quien hiciera uso de la palabra, se votó y fue aprobada por unanimidad.

6. Propuestas para el Fondo Metropolitano 2010

El presidente dio el uso de la voz al diputado Juan Manuel Villanueva Arjona, quien comentó lo siguiente:

"En virtud de que por ley el 8 de septiembre de 2008, la Secretaría de Hacienda entregará a la Cámara de Diputados el anteproyecto de Presupuesto para el ejercicio de 2010 y que será ya una cuestión que le corresponderá atender a la Comisión de Desarrollo Metropolitano de la LXI Legislatura, no se puede dejar a un lado la responsabilidad que tienen como legisladores". Asimismo planteó que se enviará a la Secretaría de Hacienda una propuesta de la distribución de los recursos para el Fondo Metropolitano en el anteproyecto de presupuesto. Mencionó que básicamente la propuesta es que se tome en cuenta lo que existe actualmente, que comprende lo que se ha ido expandiendo de las zonas metropolitanas, el punto de acuerdo que se aprobó para que se incluyeran las ciudades del sur-sureste, básicamente para una cuestión de equidad y equilibrio, ya que hay ciudades que no están consideradas, pero el nivel poblacional es mayor que algunas ciudades que si reciben fondos. Asimismo, señaló que es importante que esas ciudades pudieran ser consideradas dentro de la propuesta de la Secretaría de Hacienda, partiendo en dos rangos de comparación: el primero de las ciudades con una población mayor a 600 mil habitantes y segundo las ciudades que ya están consideradas actualmente, incluyendo las del sur-sureste.

Explicó que con los criterios antes mencionados serían aproximadamente seis ciudades más de las 14 que se consideran hoy en el Fondo Metropolitano, que serían Aguascalientes, Tijuana, Mexicali, La Laguna, Saltillo, Juárez, valle de México, León, Acapulco, Guadalajara, Morelia, Cuernavaca, Monterrey, Oaxaca, Puebla, Cancún, San Luis Potosí, Villahermosa, Reynosa, Jalapa, Orizaba y Mérida.

Posteriormente se dio el uso de la voz al diputado Carlos René Sánchez Gil, quien expresó que era viable la propuesta del diputado Villanueva Arjona, sin embargo solicitó que en la propuesta que se envíe a la Secretaría de Hacienda se incluyan las zonas metropolitanas de Puerto Vallarta-Bahía de Banderas y de Ocotlán, ya que éstas ya habían sido consideradas en los dictámenes del Presupuesto de 2007-2008.

Posteriormente, intervino el diputado Martín Ramos Castellanos, quien mencionó que respecto a la propuesta del diputado Juan Manuel Villanueva era necesario dejar encaminada alguna propuesta en el tema presupuestal de 2010.

Asimismo propuso que se hiciera un documento firmado por toda la comisión dirigido a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que contenga la propuesta en prioridad de mantener las que ya están e incluir algunas ciudades que se consideren de nueva creación dentro del Fondo Metropolitano, porque dijo que seguramente la propuesta de Hacienda van a contener las que se contemplaron en el Presupuesto de Egresos de 2009.

Propuso también que se realizara una sesión posterior en donde se formule el documento, se apruebe y se realice la entrega formal e incluso dijo que sería conveniente tener una reunión con funcionarios de la Secretaría de Hacienda.

Posteriormente la diputada Elia Hernández Núñez expresó que le parecía interesante la propuesta del diputado Villanueva Arjona, ya que señaló que era sumamente importante el trabajo que había realizado la comisión en la presente legislatura en la que se logró dar un avance importante en el tema de transparencia, de rendición de cuentas y de inclusión en muchos sentidos.

La diputado Elia Núñez comentó que estaba de acuerdo con la propuesta de dejar un documento con conocimiento, y muy encauzado para que se tomen en cuenta y se garanticen los recursos a las ciudades que ya se les hayan otorgado.

Posteriormente el diputado Carlos Augusto Bracho González se sumó a la propuesta del diputado Villanueva Arjona y comentó que habría que privilegiar a las zonas metropolitanas que ya habían recibido recursos, puesto que muchas zonas metropolitanas ya tenían considerados proyectos a futuro.

Asimismo recordó a los diputados que la propuesta original de la comisión para el ejercicio de 2008 era de alrededor de 7 mil 760 millones de pesos y que al final quedó en 5 mil 985 millones de pesos, así como también se habían propuesto 29 zonas metropolitanas y al final quedaron 16, por lo que señaló que era importante no dejar fuera a las 13 zonas metropolitanas faltantes.

El diputado Obdulio Ávila Mayo expresó que era viable la propuesta del diputado Juan Manuel Villanueva Arjona, asimismo que él sería el encargado de realizar el documento que se entregaría a la Secretaría de Hacienda.

El presidente de la comisión sometió ante el pleno la propuesta mencionada y, no habiendo quien hiciera uso de la palabra, se aprobó por unanimidad.

7. Asuntos generales

El diputado Martín Ramos Castellanos comentó que era diputado por Chiapas y presidente de la Comisión Especial Sur-Sureste y, como tal, estaba interesado en que las tres zonas metropolitanas de esa región se vieran beneficiadas con el Fondo Metropolitano.

Por lo anterior, solicitó el respaldo de la Comisión de Desarrollo Metropolitano para que fuera él quien gestionara lo necesario para que esto fuera posible.

El presidente comentó que era viable la propuesta del diputado Ramos Castellanos para que contara con el respaldo de la comisión y que en las tres zonas metropolitanas del sur-sureste que no habían podido constituir sus fideicomisos, él pudiera realizar las gestiones necesarias e informar a esta comisión los avances. Sometió ante el pleno la propuesta mencionada y, no habiendo quien hiciera uso de la palabra, se aprobó por unanimidad.

Por otro lado, expresó que cuando la comisión se constituyó, enfrentaron diversos retos, ya que 68 por ciento de los integrantes eran de la zona metropolitana del valle de México; en consecuencia, dijo que se planteó la necesidad de que la comisión tuviera una visión federalista.

Asimismo les recordó a los integrantes que se había recibido un fondo metropolitano que sólo beneficiaba a la zona metropolitana del valle de México y se recibió un fondo metropolitano sin reglas.

El diputado Ávila Mayo destacó que el Fondo Metropolitano era el único fondo federal que pasó de mil millones de pesos a casi 6 mil millones de pesos, es decir 600 por ciento en tres años de ejercicio legislativo, por lo que no hay un solo fondo federal que haya crecido porcentualmente en estos márgenes durante los tres años de ejercicio de la LX Legislatura.

También comentó que se pasó de tener cobertura de una zona metropolitana a tener cobertura en 16 zonas metropolitanas. Subrayó que se dejaba una Comisión de Desarrollo Metropolitano para la próxima legislatura con miras sobre toda la república, con retos en materia normativa y con retos todavía en materia presupuestal.

Señaló que el tema metropolitano antes de esta legislatura era el "patito feo", sin embargo dijo que actualmente el tema se colocó en la discusión de académicos y se logró que tuviera presencia internacional, académica y en sectores gremiales que antes no concurrían, como ingenieros, abogados, economistas y arquitectos, los cuales asistieron a la comisión para emitir su opinión.

Por otro lado, señaló que se dejó en discusión la iniciativa de reforma constitucional en materia de desarrollo metropolitano a la Comisión de Puntos Constitucionales, por lo que pidió el apoyo de los integrantes para sensibilizar al presidente y los secretarios de la Comisión de Puntos Constitucionales de que era una iniciativa que no solamente aportaría un rediseño al Fondo Metropolitano, sino también una propuesta normativa en el orden jurídico.

No habiendo ningún otro asunto que tratar, se dio por terminada la reunión a las doce horas con cuarenta y cinco minutos del veintitrés de abril de dos mil nueve.

Atentamente
Diputado Obdulio Ávila Mayo (rúbrica)
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE RÉGIMEN, REGLAMENTOS Y PRÁCTICAS PARLAMENTARIAS, CORRESPONDIENTE A LA DECIMOCUARTA SESIÓN ORDINARIA, LLEVADA A CABO EL MIÉRCOLES 18 DE MARZO DE 2009

A las 9:15 horas del miércoles 18 de marzo de 2009, en la sala de juntas de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, el presidente, Jorge Mario Lescieur, solicitó que se diera cuenta al pleno de los asistentes a la sesión.

La diputada María Elena Álvarez enteró al presidente que han registrado su asistencia los diputados Jorge Mario Lescieur Talavera, Jaime Espejel Lazcano, Elías Cárdenas Márquez, Jorge Luis de la Garza Treviño, Rutilio Escandón Cadenas, Jesús Vicente Flores Morfín, Silvano Garay Ulloa, Armando García Méndez, María de los Ángeles Jiménez del Castillo, Xavier Antonio López Adame, Víctor Samuel Palma César, Rocío Partida Guzmán, Ana Elisa Pérez Bolaños, Juan José Rodríguez Prats, y la de la voz, María Elena Álvarez Bernal, lo que hace un total de 16 diputados presentes; por tanto hubo quórum.

También señaló que faltó a la sesión el diputado José Guillermo Velázquez Gutiérrez.

El diputado Jaime Espejel Lazcano leyó el siguiente orden del día:

1. Registro de asistencia y declaración del quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la decimotercera sesión.

4. Análisis, discusión y votación de nueve propuestas de dictamen, que son las siguientes:

a) De la comisión, con proyecto de acuerdo que desecha la minuta proyecto de decreto que adicionan los párrafos cuatro al siete del artículo 133, y adiciona el artículo 136 a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
b) De la comisión, con el que se aprueban las iniciativas con proyecto de decreto por el que se inscribe con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre del "General Salvador Alvarado", presentadas por los diputados Fernando Díaz, en nombre de diputados de diversos grupos parlamentarios, en la sesión del 9 de abril de 2002, y Gilberto Ojeda, en la sesión del 4 de marzo de 2008.

c) De la comisión, a la iniciativa con proyecto de decreto para inscribir en letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados, la leyenda "Junta de Zitácuaro".
d) De la comisión, con proyecto de acuerdo que desecha la iniciativa que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por la diputada Lourdes Quiñones el 20 de marzo de 2007;

e) De la comisión, con proyecto de acuerdo que desecha la iniciativa que reforma el artículo 39, párrafo dos, fracción XXV, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por los diputados Gerardo Antonio Escaroz y Luis Fernando Rodríguez en la sesión del 16 de noviembre de 2006.
f) Propuesta de dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de acuerdo que desecha dos iniciativas que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentadas por el diputado Jorge Triana en la sesión del 7 de febrero de 2006, y Héctor Manuel Ramos en la sesión del 17 de abril de 2007.

g) De la comisión, con proyecto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción XLI al artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Modesto Brito en la sesión del 18 de mayo de 2007.
h)De la comisión, con proyecto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 39, fracción LX, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por la diputada Patricia Castillo en la sesión del 25 de octubre de 2007.

i) De la comisión, con proyecto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 94 Bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Humberto López en la sesión del 17 de abril de 2007.

5. Asuntos generales.
6. Clausura.

Acto seguido, el orden del día se aprobó por unanimidad.

Asimismo, se aprobó el acta de la decimotercera sesión, realizada el martes 24 de febrero de 2009.

El presidente pidió a la secretaría técnica que informara de manera breve de los resolutivos de los dictámenes y las razones de esas resoluciones.

El secretario técnico, José Alberto Gordillo, comentó la propuesta de dictamen con proyecto de acuerdo por el que se desecha la minuta proyecto de decreto por el que se adicionan los párrafos 2 al 7 del artículo 133 y se adiciona el artículo 136 a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en razón de que el Senado de la República ya expidió los lineamientos provisionales que regulan la Gaceta Parlamentaria del Senado que, incluso, fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación. Al no haber diputados que discutan este punto, se sometió a votación y se aprobó el dictamen.

El secretario técnico presentó la propuesta de dictamen por el que se aprueban las iniciativas con proyecto de decreto por el que se inscribe en letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre del "General Salvador Alvarado", en razón a los méritos cívicos, políticos y sociales del prócer. Se aprobó el dictamen con 11 votos.

El secretario técnico expuso el dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto para inscribir en letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados la leyenda "Junta de Zitácuaro". Argumentó que este grupo histórico reúne los merecimientos para ser reconocido en el muro, toda vez que esta primigenia asamblea en los inicios del movimiento independentista, pese a la poca experiencia en formación política y constitucional, dio una muestra de la grandeza y visión de sus integrantes al dejar asentados los elementos básicos del Congreso de la Unión, e incluso resolvió acciones inverosímiles para la época, como lo fueron la abolición de las castas, la inviolabilidad del domicilio, la libertad de prensa y algunos otros derechos que a la postre resultarían consagrados en la Carta Magna. Se aprobó por once votos el dictamen.

El secretario técnico comentó el dictamen con proyecto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por la diputada Lourdes Quiñones. Señaló que se trata de la propuesta de crear la Comisión de Protección Civil en la Cámara de Diputados, y que se propone desecharla en razón de que esa materia le corresponde, conforme a las reglas del artículo 39 de la Ley Orgánica, a la Comisión de Gobernación; que crear otra comisión diluye el poder de la Cámara; que representaría un costo considerable frente a un beneficio magro; y recordó que la Comisión de Protección Civil tuvo lugar en legislaturas anteriores como comisión especial, pero fue suprimida en razón de los argumentos vertidos. El dictamen que desecha la propuesta se aprobó por unanimidad.

En la exposición del dictamen con proyecto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que reforma el artículo 39, párrafo 2, fracción XXV, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por los diputados Gerardo Antonio Escaroz y Luis Fernando Rodríguez, el secretario técnico aseveró que las propuestas pretenden que la Comisión de Pesca cambie su nombre al de Pesca y Acuacultura. Al respecto apunta que este cambio de nombre podría dar lugar a disputa competencial con la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y en cambio el beneficio es magro, por lo que se propone desecharla. Se aprobó el dictamen con que se desecha.

El secretario técnico comentó la propuesta de dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con proyecto de acuerdo por el que se desechan dos iniciativas que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Apuntó que esta iniciativa pretende ampliar el segundo periodo de sesiones con el propósito de abatir el rezago legislativo en ambas Cámaras, pero señaló que ello no garantiza la productividad legislativa en virtud de que durante ese periodo se continuarían presentando iniciativas y no habría ninguna otra medida como el impulso del trabajo en comisiones, que es en donde se hacen las propuestas de resolución. Asimismo, señaló que la iniciativa pretende reformar un artículo que ya está derogado, razones todas por las que se propone que sea desechada.

El presidente propuso que, toda vez que se trata de un asunto en el que podría haber interés del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, se retire de la discusión hasta conocer el punto de vista de ese grupo por conducto de la diputada María Elena Álvarez. Se aprobó por unanimidad la propuesta del presidente en el sentido de retirar de la discusión el dictamen.

El secretario técnico abordó el dictamen con proyecto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción XLI al artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Modesto Brito. Abundó que se trata de la propuesta de crear la Comisión de Asuntos Mineros, y que se propone desecharla en razón de que se trata de un tema competencia de otra comisión, y dado que representa un pobre beneficio a un alto costo. Sin discusión se aprobó el dictamen que la desecha.

El secretario técnico explicó que el dictamen con proyecto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 39, fracción XL, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por la diputada Patricia Castillo se trata de una propuesta para cambiar el nombre de la Comisión de Vivienda por el de Desarrollo Urbano y Vivienda, y que las razones para desecharla son las mismas que ya se han enumerado: costo beneficio y respecto a la delimitación competencial. Se aprobó el dictamen que desecha la iniciativa.

El secretario técnico expuso el dictamen con proyecto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 94 Bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Humberto López. Señaló que la propuesta propone que en la designación de comisiones internacionales intervengan las comisiones ordinarias que tienen relación temática con el motivo del viaje, y que estas comisiones sean integradas con los criterios de proporcionalidad y pluralidad. Comentó que se propone que se deseche en razón de que estos criterios no siempre resultan compatibles; asimismo, porque resulta insostenible pretender la sustitución del pleno como órgano máximo de decisión, por cualquier otro organismo. Sin discusión se aprobó por unanimidad el dictamen por el que se desecha la iniciativa.

El presidente anunció que se agotaron los dictámenes a discusión y que procede ahora abordar los asuntos generales.

El diputado Elías Cárdenas señaló su total acuerdo con desechar las iniciativas que pretenden la creación de comisiones, habida cuenta que ello representa un obstáculo para el trabajo de comisiones que se traduce en falta de quórum, falta de lugares para sesionar, imposibilidad de integración de los órganos, inmovilidad de la cámara, ausencia de toma de decisiones y finalmente congeladora o improductividad legislativa. Propuso, por tanto, ir en sentido opuesto a esta tendencia: reducir el número de comisiones y el número de integrantes de éstas en los ordenamientos vigentes.

La diputada Elena Álvarez expresó su total acuerdo con lo expuesto. Agregó que en la nueva Ley Orgánica de 1999, vigente, ésa fue la propuesta y la intención, pero que lo correcto es integrar las comisiones como reflejo del Ejecutivo y estableciendo subcomisiones temáticas que atiendan las diversas aristas del tema.

El presidente instruyó que se asentara en acta lo manifestado por los diputados, para que con base en ese criterio se puedan resolver los asuntos pendientes de dictamen que pretenden crear o modificar comisiones o comités. Lo anterior quedó como un acuerdo de la comisión, y fue aprobado de forma económica por unanimidad.

En otro tema de asuntos generales, el presidente presentó, para conocimiento y aprobación, el informe semestral de actividades de la comisión correspondiente al primer semestre del tercer año de ejercicio, septiembre de 2008-febrero de 2009, que en cumplimiento a las tareas de la comisión debe presentarse ante la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos. Señaló que se trata de un resumen de las labores realizadas por la comisión antes de su designación como presidente y, por tanto, él solo se sumó a lo expuesto y solicitó su aprobación. Se aprobó por unanimidad el informe semestral de actividades.

El presidente señaló que se encuentra en la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados el dictamen de la comisión, con proyecto de decreto por el que se expide el Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados.

Añadió que este documento fue objeto de algunas observaciones y sugerencias de modificación por parte de diversos grupos parlamentarios y que la Mesa Directiva remitió por vía económica a la comisión, y que se ha elaborado un documento que las recoge para que se presente a nombre de la comisión (se tiene por reproducido como si a la letra se insertase). En razón de ser un documento que no había sido divulgado, propuso que todos los diputados lo consulten con sus respectivos grupos parlamentarios y, de haber consenso, se tome como resolución de la comisión y, en caso contrario, se deje el dictamen tal como está publicado en la Gaceta Parlamentaria. Asimismo, se acordó que de forma económica, una vez consultados los grupos parlamentarios, se facultaba a la Mesa Directiva suscribir una adenda que contenga las modificaciones propuestas por los grupos parlamentarios al proyecto de decreto, y remitir dicha adenda a la brevedad posible a la Mesa Directiva de la Cámara. Fue aprobada por unanimidad la propuesta.

El diputado Jaime Espejel Lazcano, continuando con los asuntos generales, informó que la comisión recibió para su estudio y dictamen las siguientes iniciativas:

a) Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, presentada por las diputada Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez y Martha Angélica Tagle Martínez en la sesión del 17 de febrero de 2009.

b) Con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros en la sesión del 3 de marzo de 2009.

c) Con proyecto de decreto que adiciona los artículos 40 y 90 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por los diputados Mariano González, Ernesto Ruiz y José Luis Gutiérrez, integrantes del Comité de Competitividad, en la sesión del 3 de marzo de 2009.

d) Con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Obdulio Ávila en la sesión del 3 de marzo de 2009.

e) Con proyecto de decreto que reforma el numeral 4 del artículo 7o., el numeral 3 del artículo 39, el numeral 4 del artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y reforma el párrafo primero del artículo 8o. de la Ley de Planeación, presentada por los diputados José Jesús Reyna y Mauricio Ortiz en la sesión del 10 de marzo de 2009.

f) Con proyecto de decreto que reforma el artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 4 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por los diputados Alejandro Landero, Obdulio Ávila, Alberto Vázquez y Carlos Alberto Torres, entre otros.

El presidente clausuró la sesión a las 11:38 horas.

Atentamente

Diputados: Jorge Mario Lescieur Talavera, presidente; Jaime Espejel Lazcano, María Elena Álvarez Bernal, secretarios (rúbricas).
 
 





Convocatorias
DE LA TERCERA COMISIÓN –HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, AGRICULTURA Y FOMENTO, COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS– DE LA COMISIÓN PERMANENTE

A la reunión con el subsecretario de Gobierno de la Secretaría de Gobernación, que se llevará a cabo el martes 25 de agosto, a las 13:00 horas, en la sala de comisiones Miguel Ramos Arizpe del Senado de la República, situada en Donceles 14, primer piso.

Atentamente
Diputado César Duarte Jáquez
Presidente