Gaceta Parlamentaria, año IX, número 1983, jueves 6 de abril de 2006

Anexo I:     Iniciativas I

Anexo II:   Iniciativas II

Anexo III:  Proposiciones y excitativas

Anexo IV:  Dictámenes de primera lectura y a discusión

Anexo V:   Votaciones



Orden del Día de la sesión del jueves 6 de abril de 2006

Proyecto de Acta

Comunicaciones Proposiciones de acuerdo Oficios Dictámenes de primera lectura Acuerdos Comunicaciones II Minutas Iniciativas Convocatorias Invitaciones
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Orden del Día
SESIÓN DEL JUEVES 6 DE ABRIL DE 2006

Acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal invita a la ceremonia cívica que, con motivo del 87 aniversario luctuoso del General Emiliano Zapata Salazar, tendrá lugar el 10 de abril, a las 10:00 horas, en la Alameda del Sur, ubicada en Canal de Miramontes y Calzada de las Bombas, delegación Coyoacán.

Protesta de ciudadanos diputados.

Del gobierno del estado de Veracruz.

De la Secretaría de Relaciones Exteriores.

De Ferrocarriles Nacionales de México en Liquidación.

De la Junta de Coordinación Política.

Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política

Por el cual se exhorta a los legisladores de la LIX Legislatura a abstenerse de presentar iniciativas que, por ser exactamente iguales a las leyes de otros países, deriven no solamente en un virtual plagio sino que puedan reflejar la injerencia de gobiernos o fuerzas políticas de extranjeros en el trabajo legislativo de esta Cámara de Diputados. (Votación)

Oficio de la Secretaría de Gobernación

Con el que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados.

Oficios de la Cámara de Senadores

Con el que devuelve la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley General de Salud y reforma la Ley de la Propiedad Industrial, para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Turno a Comisión)

Con el que devuelve la minuta con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Turno a Comisión)

Con el que devuelve la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 31 de la Ley General de Salud, para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Turno a Comisión)

Con el que devuelve la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley General de Cultura Física y Deporte, para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Turno a Comisión)

Iniciativas

De decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre del poeta y ensayista mexicano Octavio Paz, suscrita por los diputados Adriana González Carrillo y Rodrigo Iván Cortés Jiménez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 603 y 660 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Jorge A. Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 27 y 28 de la Ley Federal de Turismo, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, a cargo del diputado Juan Bárcenas González, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, a cargo del diputado Francisco Diego Aguilar, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Uscanga Escobar, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y expide la Ley Federal del Notariado, a cargo del diputado Abdallán Guzmán Cruz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 33, 47 y 75 de la Ley General de Educación, a cargo del diputado Manuel Velasco Coello, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 37, 73, 136 y 160 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Martha Laguette Lardizábal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, a cargo del diputado Abdallán Guzmán Cruz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y el artículo 8 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del diputado Xavier Alvarado Villazón, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 194 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

De decreto, que expide el Código de Justicia Militar, a cargo del diputado Ernesto Alarcón Trujillo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 144 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Juana Cusi Solana, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Pablo Franco Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley sobre la Celebración de Tratados, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Evelia Sandoval Urbán. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley General de Salud y de la Ley del Seguro Social, a cargo del diputado Federico Madrazo Rojas, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, suscrita por los diputados José Antonio de la Vega Asmitia, Pablo Alejo López Núñez y Sergio Penagos García, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, a cargo del diputado José Luis Cabrera Padilla, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 24 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a cargo del diputado Manuel Velasco Coello, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 19 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con objeto de decretar como órgano constitucional autónomo la entidad de fiscalización superior de la Federación, a cargo del diputado Rafael Sánchez Pérez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley Federal de Radio y Televisión, de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Eliana García Laguna, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Francisco Javier Bravo Carbajal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 16 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, y 13 y 25 de la Ley Federal de Radio y Televisión, suscrita por los diputados José Antonio de la Vega Asmitia, Pablo Alejo López Núñez y Sergio Penagos García, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, a cargo de la diputada Irma S. Figueroa Romero, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, a cargo del diputado Jorge Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 9 de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 288 del Código Penal Federal, y 223 del Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo del diputado José Ángel Córdova Villalobos, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada Irma S. Figueroa Romero, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de la diputada Consuelo Muro Urista, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, suscrita por los diputados José Antonio de la Vega Asmitia, Pablo Alejo López Núñez y Sergio Penagos García, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

De Ley General de Turismo, a cargo de la diputada Nancy Cárdenas Sánchez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 136 y 137 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Rogelio Alejandro Flores Mejía, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 63 de la Ley Federal de Radio y Televisión, a cargo de la diputada Marisol Vargas Bárcena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 70 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Norberto Enrique Corella Torres, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que adiciona un artículo 56 Bis y reforma el artículo 164 del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Norma Saucedo Moreno, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 253, 257 y 263 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Norberto Enrique Corella Torres, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma los artículos 34 y quinto transitorio de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a cargo del diputado Julián Angulo Góngora, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con proyecto de decreto que concede autorización al C. Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional el 8 de mayo de 2006, a fin de realizar una visita a la República de Costa Rica para asistir a la ceremonia de transmisión del mando presidencial en ese país.

De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de decreto que reforma el artículo 75 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que adiciona una fracción XIII al artículo 7o. y una fracción XI, pasando la actual a ser fracción XII, al artículo 14 de la Ley General de Educación.

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que reforma el artículo 43 de la Ley General de Educación.

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que adiciona las fracciones XIII y XIV al artículo 75 y una nueva fracción III al artículo 76 de la Ley General de Educación.

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo a la fracción I del artículo 65 de la Ley General de Educación.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Educación Pública y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a homologar las condiciones laborales de los trabajadores del Cecytes y los Centros de Estudios de Bachillerato, utilizando el dinero aprobado por el Congreso y no entregado como bono según se hizo con el recurso de 2005 y resolver con la mayor brevedad el recurso de 2006.

De las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo a fin de exhortar al Poder Ejecutivo federal a establecer por conducto de la Secretaría de Educación Pública un programa de apoyo para estudiantes invidentes y débiles visuales, de los niveles de educación básica, de libros braille y libros grabados fonéticamente.

De las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Cultura, con puntos de acuerdo para exhortar a los titulares del Ejecutivo federal, de la Secretaría de Educación Pública y del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes a considerar la eventual destrucción del entorno del monumento histórico del poblado de San Pedro y cancelar el permiso otorgado hasta que pueda elaborarse un peritaje que valore la integridad de ese monumento y su entorno simbólico.

Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud cumpla la Norma Oficial Mexicana NOM-043-SSA2-2005, de servicios básicos de salud, a cargo del diputado José Ángel Córdova Villalobos, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que esta soberanía constituya una Comisión Especial para la Implementación Interna del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, a cargo de la diputada Martha Laguette Lardizábal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE, condone el pago por obtención de pasaportes y se disminuyan los requisitos a favor de los mexicanos que tengan un compromiso de trabajo en Estados Unidos de América, a cargo del diputado Francisco Luis Monárrez Rincón, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, publique el decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 239 del Cofipe, suscrita por los diputados José Evaristo Corrales Macías y Pablo Alejo López Núñez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, para que a través de la Dirección General de Protección Civil, libere los recursos del Fonden, para resolver los problemas de sequía que enfrentan productores y habitantes en diversos Municipios del estado de Sinaloa, a cargo del diputado Oscar Félix Ochoa, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la ALDF, reponga el procedimiento de selección de los Consejeros del Órgano de Transparencia y Acceso a la Información del Distrito Federal, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Semarnat, realice los estudios necesarios para decretar a la Laguna de Yuriria, Guanajuato, como área natural protegida, a cargo del diputado Miguel Ángel Rangel Ávila, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Grupo de Trabajo de Seguimiento a las Agresiones a Periodistas y Medios de Comunicación de la Cámara de Diputados, investigue los actos de agresiones de las que fueron objeto los reporteros del periódico La Crónica de Hoy, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades con el objeto de que los trabajadores de la Empresa Mexicana de Cananea, SA de CV, reciban el pago que les adeuda la empresa Southern Peru Copper Corp., que actúa como patrón sustituto, y que esta soberanía cree una Comisión Especial que se encargue de coadyuvar junto con las autoridades gubernamentales, la investigación respectiva, a cargo del diputado Abdallán Guzmán Cruz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para que la SEP y la Profeco, eliminen del "Acuerdo que Establece las Bases Mínimas de Información para la Comercialización de los Servicios Educativos que prestan los Particulares" el concepto de cobro por reinscripción, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Dirección del Fifonafe, elabore y presente un diagnóstico objetivo sobre la situación financiera, administrativa y operativa del fideicomiso, así como exhortar a la SRA, dote de recursos financieros fiscales para su adecuado funcionamiento y respete los derechos laborales de sus trabajadores, a cargo del diputado J. Miguel Luna Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la ASF, realice una auditoria al H. Ayuntamiento del Municipio de Uruapan, Michoacán, durante la administración pública municipal 2002-2004, respecto al ejercicio y aplicación de los recursos públicos federales, en sus diferentes ramos y programas, a cargo del diputado Carlos Silva Valdés, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los Gobernadores de los estados, abstenerse en participar activamente en las campañas de los candidatos a Presidente de la República, Senadores y Diputados, a cargo de la diputada María Angélica Ramírez Luna, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, amplié el plazo para el registro de beneficiarios del Fondo de Contingencia para el Apoyo a los ex Braceros del periodo 1942-1946 y un nuevo periodo de empadronamiento, a cargo del diputado Francisco Luis Monárrez Rincón, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, al Instituto Nacional de Antropología e Historia y al GDF, emitan la declaratoria de zona arqueológica de Cuicuilco, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, que previa publicación en el Diario Oficial de la Federación del decreto por el que se reforma la Ley Federal de Radio y Televisión, así como la Ley Federal de Telecomunicaciones, considere las observaciones hechas por la Cofetel, la Comisión Federal de Competencia y el IFE, a cargo del diputado Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al INAH, permita la introducción a las zonas arqueológicas de instrumentos musicales, sahumerios de copal, plumas y todos aquellos objetos ceremoniales, cuya función sea la promoción, práctica y preservación de las tradiciones culturales de México, suscrita por los diputados Leonardo Álvarez Romo y Jacqueline G. Argüelles Guzmán, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SCT, expida permisos provisionales al momento de acudir a tramitar el permiso o alta de unidades, para la prestación de servicio público de autotransporte federal, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que se aplique la tarifa 1F en el municipio de Nuevo Laredo, Tamaulipas, a cargo del diputado José Manuel Abdalá de la Fuente, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se crea una comisión revisora que tenga por objeto conocer el destino que se le dio al fideicomiso creado en 1988, a favor de los trabajadores de las Empresas Mexicana de Cobre, Mexicana de Ácido Sulfúrico, Minerales Metálicos del Norte, Zinc de México y Carbonífera Nueva Rosita, a cargo de la diputada María del Carmen Mendoza Flores, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades municipales de Santa María Huatulco y estatales de Oaxaca, así como a las autoridades federales, para que otorguen los servicios urbanos indispensables a los habitantes del poblado de la Bahía de San Agustín en Huatulco, a cargo del diputado Emiliano Vladimir Ramos Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, deje sin efectos el convenio suscrito entre la Secretaría de Salud y la Industria Tabacalera, a cargo del diputado Fernando Espino Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Economía cancele la Norma Oficial Mexicana NOM-005-SCFI-2005, a cargo de la diputada Lorena Torres Ramos, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE y a las autoridades Consulares Mexicanas en Estados Unidos, lleven a cabo una defensa activa de los Derechos Consulares de los Mexicanos y exigir la reparación que corresponda en los casos de violaciones flagrantes, a cargo del diputado Jorge Martínez Ramos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, con relación a las elecciones federales de 2006 en el Distrito Federal, a cargo del diputado Jorge Legorreta Ordorica, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, a la Sedesol, a la SHCP, a la SEP, a la Secretaría de Salud, a la STPS, al DIF y a la CNDH, inicien una campaña de difusión nacional de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo de la diputada Norma Patricia Rodríguez Guardado, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Agua del estado de México, evite el uso faccioso del suministro de agua al Municipio de Toluca y exhortar al Gobernador de esa entidad, revise el contenido del Código Fiscal de la entidad y elimine las medidas que resulten invasoras de las facultades del Poder Legislativo Federal y se revisen los cobros que se pretenden realizar por bombeo del agua en bloque del sistema Cutzamala, a cargo del diputado Juan Carlos Núñez Armas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Vigilancia de la ASF, instruya a la ASF audite el ejercicio 2005 y lo que va de 2006, de los recursos del Programa denominado Fondo para Atender a la Población Rural afectada por Contingencias Climatológicas, en el estado de Quintana Roo, entre otros, a cargo del diputado Emiliano Vladimir Ramos Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para citar a comparecer al Director de la Conagua, a que explique las acciones operativas y administrativas por las que se establecen los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales, en aguas y bienes nacionales, en el trayecto de la Cuenca Lerma Chapala, a cargo de la diputada Modesta Vázquez Vázquez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las legislaturas locales de las distintas entidades federativas de la República Mexicana, despenalicen la figura de difamación, a cargo del diputado José Antonio Cabello Gil, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IEEM, investigue las irregularidades en el Consejo Municipal Electoral de Ocoyoacac, estado de México, a cargo del diputado Marcos Álvarez Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, remita a esta soberanía los resultados de las investigaciones practicadas relativas a la averiguación previa y de la revisión pormenorizada de la indagatoria que actualmente se realiza al caso Colosio, a cargo del diputado Pedro Ávila Nevárez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCJN, resuelva la acción de inconstitucionalidad interpuesta por el Ejecutivo federal en contra del decreto que expidió la Ley de Desarrollo Rural Sustentable de la Caña de Azúcar, suscrita por los diputados Diego Palmero Andrade, Regina Vásquez Saut, Juan Fernando Perdomo Bueno, Marco Antonio Torres Hernández y Emiliano Vladimir Ramos Hernández, de los grupos parlamentarios de los Partidos: Revolucionario Institucional, Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Convergencia. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, al Instituto Nacional de Antropología e Historia y al GDF, emitan la declaratoria de zona arqueológica de Tlatelolco, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Economía, de la Sagarpa y de la Administración General de Aduanas, expliquen a la Comisión de Agricultura y Ganadería de esta soberanía, las importaciones irregulares de chiles secos del Perú y China, a cargo del diputado Antonio Mejía Haro, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a la SHCP y la CFE, realicen un análisis de las tarifas que aplican al servicio eléctrico domestico en el Municipio de Mexicali, Baja California, a efecto de establecer un mecanismo de subsidio suficiente para ser ejercido el próximo verano, a cargo del diputado Hidalgo Contreras Covarrubias, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Semarnat, remita al Ejecutivo federal el decreto de supresión de la veda de aguas superficiales y el reglamento de control de la explotación, uso o aprovechamiento de doce cuencas de la región hidrológica 28 Río Papaloapan, para su expedición inmediata, suscrita por los diputados Diego Palmero Andrade, Juan Fernando Perdomo Bueno, Marco Antonio Torres Hernández, Regina Vásquez Saut, Miguel Ángel Llera Bello y Emiliano Vladimir Ramos Hernández, de los grupos parlamentarios de los Partidos: Revolucionario Institucional, Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Convergencia. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de la Función Pública, investigue el proceso de enajenación de Mexicana de Aviación, SA de CV, asimismo se solicita a la ASF, conozca y sancione los resultados de dicho proceso de enajenación, a cargo del diputado Carlos Blackaller Ayala, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, incorpore a un médico geriatra en todos los hospitales, clínicas y centros de salud, a cargo de la diputada Norma Patricia Rodríguez Guardado, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal, Gobiernos Estatales y Municipios a incorporar tecnologías de la Información y Comunicación en la gestión administrativa, a cargo de la diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Profepa, de a conocer el procedimiento administrativo abierto por dicha dependencia, en el caso de la contaminación con transgénicos en el estado de Veracruz, a cargo del diputado Pascual Sigala Páez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que los contenidos de la educación preescolar, que se imparten en todo el País, a través de diversas modalidades, se unifiquen para las modalidades Cendi y jardín de niños en un plan y programa de estudios común, a cargo del diputado Moisés Jiménez Sánchez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía se congratula por la creación del nuevo Consejo de Derechos Humanos en sustitución de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, suscrita por los diputados Adriana González Carrillo, Gustavo de Unanue Aguirre y Rodrigo Iván Cortés Jiménez, del grupo parlamentarios del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, instale una misión diplomática permanente en la República de Angola, a cargo del diputado Carlos Silva Valdés, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conagua, libere con carácter extraordinario, los recursos económicos suficientes que permitan la adquisición de camiones de cisterna, destinados al servicio de suministro de agua potable para los habitantes del municipio de Mocorito, Sinaloa, a cargo de la diputada Rosa Hilda Valenzuela Rodelo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a los gobiernos estatales y municipales, tomen medidas para impulsar el estudio y protección del patrimonio cultural, tanto en tierra como subacuático, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Turismo, invite a los turistas nacionales y extranjeros a no contaminar los destinos turísticos en el próximo periodo vacacional, a cargo de la diputada Irma S. Figueroa Romero, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se rechaza enérgicamente la pretensión de los estados de Georgia y Arizona de Estados Unidos de América, de gravar las remesas que envían a sus países de origen inmigrantes de dichas entidades, suscrita por los diputados Adriana González Carrillo, Rodrigo Iván Cortés Jiménez y Gustavo de Unanue Aguirre, del grupo parlamentarios del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades del estado de México, a investigar los homicidios de mujeres en el municipio de Chimalhuacán de esa entidad, suscrita por las diputadas Marcela Lagarde y de los Ríos y Blanca Gámez Gutiérrez, de los grupos parlamentarios de los Partidos de la Revolución Democrática, y Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para que esta soberanía haga un llamado a los partidos políticos para que asuman lo dispuesto en el Cofipe en materia de equidad para el acceso a cargos de elección popular, a cargo de la diputada Beatriz Mojica Morga, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, solicite a la PGR y a la Segob, encuentren una solución jurídica que permita la libertad de los pescadores Miguel Galdino Quirós y Gamaliel Ascencio Maya, a cargo del diputado Abdallán Guzmán Cruz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para exhortar al titular de la Semarnat para que en su calidad de Presidente de la Cibiogem, dé a conocer la postura de la Delegación Mexicana, en la Tercera Reunión de la Conferencia de las Partes del Convenio sobre la Diversidad Biológica, celebrada en Curitiba, Brasil, a cargo del diputado Víctor Suárez Carrera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SCT y a la SHCP, la revisión de las bases de regulación de las tarifas de peaje en las autopistas nacionales, a cargo del diputado Fernando Alberto García Cuevas, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través del INAH, realice la declaratoria de zona de Monumentos Históricos en el Municipio de Lerdo, Durango, a cargo de la diputada María Salomé Elyd Sáenz, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a diversos Gobiernos Estatales, atiendan las recomendaciones emitidas en los veredictos del Tribunal Latinoamericano del Agua del pasado 20 de marzo de 2006, suscrita por los diputados Israel Tentory García y Pascual Sigala Páez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, instruya al Secretario de Relaciones Exteriores, promueva el estricto cumplimiento y debida implementación del Tratado de Cartagena, en materia de bioseguridad, a cargo del diputado Jesús Aguilar Bueno. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Comité Técnico que Administra el Fideicomiso de Apoyo Social para Trabajadores Migrantes Mexicanos para que reabra el padrón de 2003 para los trabajadores ex braceros que laboraron entre 1942 y 1964 en Estados Unidos de América y que no realizaron el trámite de compensación, a cargo del diputado José Manuel Abdalá de la Fuente, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno del estado de Puebla y al Ayuntamiento del Municipio de Atzitzihuacan, Puebla, entreguen los recursos que le correspondan a la Junta Auxiliar de San Juan Tejupa, a cargo del diputado Rogelio Alejandro Flores Mejía, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Mesa Directiva de esta soberanía, investigue las relaciones de trabajo y las condiciones laborales de los trabajadores que cumplen tareas de aseo en esta H. Cámara de Diputados, a cargo del diputado Abdallán Guzmán Cruz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, proceda a la unificación curricular de los niveles de educación de tipo básico, a cargo del diputado Moisés Jiménez Sánchez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la ASF, revise de manera puntual la forma en que se esta instrumentando por parte de la Secretaría de la Función Pública, la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Beatriz Mojica Morga, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la SHCP, la CNBV, la Secretaría de Economía, el Banco de México, la Condusef y la Profeco, investiguen y supervisen a las empresas dedicadas al préstamo de dinero en efectivo y de servicios crediticios a la población en general, a cargo de la diputada Carla Rochín Nieto, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, al INAH y al Gobierno del Estado de México, emitan la declaratoria de zona arqueológica del albarradón o calzada dique de Ecatepec de Morelos, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, al gobierno del estado de México y al municipio de Naucalpan, atiendan la situación del río Hondo y de la población que habita en los márgenes del mismo, a cargo de la diputada Concepción Cruz García, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Gobierno del estado de Nuevo león, suspenda las obras de ampliación del Metro elevado, Metrorrey, para que sea construida de forma subterránea, suscrita por los diputados Norma Patricia Saucedo Moreno, Blanca Judith Díaz Delgado, Jorge Luis Hinojosa Moreno, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de la Función Pública y a la SEP, investiguen y deslinden la posible participación de la Presidenta del Conaculta, en la probable comisión del delito de espionaje telefónico, sancionando a quien resulte responsable, a cargo del diputado Inti Muñoz Santini, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía con fundamento en el segundo párrafo del artículo 97 constitucional, solicita a la SCJN designe a uno de sus integrantes para que averigüe las presuntas violaciones a las garantías individuales perpetradas a 611 personas que participaron en las manifestaciones celebradas en Cancún, Quintana Roo los días 13 de junio y 20 de agosto de 2005, a cargo del diputado Pedro Vázquez González, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGJDF, realice las investigaciones sobre el uso de recursos públicos en la campaña de promoción del Partido de la Revolución Democrática, en la Ciudad de México, a cargo del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, no efectué el cambio de sede anunciado del Hospital Psiquiátrico Infantil, hasta que no se informe a esta soberanía los detalles del proyecto, a cargo del diputado Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para crear un Grupo de Trabajo para revisar y dar seguimiento a la situación actual de los lecheros de Baja California, suscrita por los diputados Ruth T. Hernández Martínez, José Luis Treviño Rodríguez, Mario Ernesto Dávila Aranda, José María de la Vega Lárraga, Reynaldo Valdés Manzo y Gonzalo Alemán Migliolo, de los grupos parlamentarios de los Partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática, y Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT, realice mesas de discusión en torno a las casetas de cobro de las autopistas "México-Puebla" caseta de Chalco y en la autopista "México - Pachuca" caseta de Ecatepec, a cargo del diputado David Ferreira Martínez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la SRE, de la Semarnat y al encargado de la Conagua, presenten un informe sobre las pláticas binacionales, llevadas a cabo entre las autoridades del gobierno norteamericano y mexicano sobre el tema del revestimiento del Canal Todo Americano, a cargo del diputado Norberto Enrique Corella Torres, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la STPS e IMSS, informen sobre el cumplimiento de los preceptos de seguridad e higiene, de las disposiciones contenidas en la Ley Federal del Trabajo y en la Ley del Seguro Social, con relación a los Ingenios Azucareros, así como la realización de inspecciones a los mismos, suscrita por los diputados Diego Palmero Andrade, Emiliano Vladimir Ramos Hernández y Juan Fernando Perdomo Bueno, de los grupos parlamentarios de los Partidos de Acción Nacional, de la Revolución Democrática y de Convergencia. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de la Función Pública a auditar los recursos asignados a la Conade para apoyos a los medallistas paralímpicos y por el incumplimiento para crear el fideicomiso de apoyo a los medallistas paralímpicos, así como la intervención del Consejo Nacional para Prevenir y Eliminar la Discriminación, suscrito por los diputados Laura Elena Martínez Rivera, Rocío Sánchez Pérez, Luis Maldonado Venegas y Jesús González Schmal, de los grupos parlamentarios de los Partidos Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, y de Convergencia. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob a entregar un informe de la aplicación de los recursos asignados para la reconstrucción de los estados afectados por los huracanes en 2005, a cargo del diputado Diego Palmero Andrade, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCJN a nombrar a uno de sus integrantes para investigar los hechos que pueden constituir agravio o violación del derecho a la información del pueblo de México por la transmisión de promocionales sobre los programas sociales del Ejecutivo federal, a cargo de la diputada Clara Marina Brugada Molina, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a instruir a la SCT para que informe sobre el desvío de vuelos en el aeropuerto de la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a cargo del diputado Jesús Aguilar Bueno. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a realizar en coordinación con las Secretarías del Trabajo y Previsión Social, y de Turismo un programa de difusión de la reforma del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Francisco Javier Bravo Carbajal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal, al gobierno del estado de México y a diversos gobiernos municipales a fortalecer el Plan Operativo del Volcán Popocatépetl, a cargo de la diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a efecto de que la Subcomisión de Examen Previo de esta soberanía resuelva la denuncia de juicio político interpuesta contra el gobernador de Puebla para estar en posibilidad de continuar a la substanciación de este procedimiento de orden público, suscrita por los diputados Rogelio Alejandro Flores Mejía, María Angélica Ramírez Luna, Felipe de Jesús Díaz González, Ángel Alonso Díaz-Caneja, Myriam Arabian Couttolenc, Rosa María Avilés Nájera y José Guillermo Aréchiga Santamaría, de los grupos parlamentarios de los Partidos Acción Nacional, y de la Revolución Democrática, y diputado sin partido. (Urgente resolución)

Excitativas

A la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, a solicitud de la diputada Beatriz Mojica Morga, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a solicitud de diputados integrantes de la Comisión de Energía.

A las Comisiones de Energía, de Gobernación, de Seguridad Pública, de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública, a solicitud del diputado Rogelio Rodríguez Javier, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A las Comisiones de Transportes, de Marina, y de Gobernación, a solicitud del diputado Salvador Vega Casillas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

A la Comisión de Gobernación, a solicitud del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

A la Comisión de Gobernación, a solicitud del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

A la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a solicitud del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

A la Comisión de Gobernación, a solicitud del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

A la Comisión de Gobernación, a solicitud del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

A la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a solicitud del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

A la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a solicitud del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

A la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a solicitud del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

A las Comisiones de Justicia y Derechos Humanos, y de Gobernación, a solicitud del diputado Sergio Penagos García, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

A la Comisión de Salud, a solicitud del diputado Fernando Espino Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

A la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a solicitud del diputado Fermín Trujillo Fuentes, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión del Distrito Federal, a solicitud del diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

A la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, a solicitud de la diputada Marbella Casanova Calam, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A la Comisión de Gobernación, a solicitud del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

A las Comisiones de Gobernación, y de Justicia y Derechos Humanos, a solicitud del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

A la Comisión de Puntos Constitucionales, a solicitud del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

A la Comisión de Puntos Constitucionales, a solicitud del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

A la Comisión de Puntos Constitucionales, a solicitud del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

A la Comisión de Comunicaciones, a solicitud del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

A la Comisión de Comunicaciones, a solicitud del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

A la Comisión de Comunicaciones, a solicitud del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

A la Comisión de Recursos Hidráulicos, a solicitud del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

A la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, a solicitud del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

A la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, a solicitud del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

A la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, a solicitud del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, del grupo parlamentario de Convergencia.

A las Comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Atención a Grupos Vulnerables, a solicitud de la diputada Angélica de la Peña Gómez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A la Comisión de Relaciones Exteriores, a solicitud de la diputada Angélica de la Peña Gómez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Agenda política

Comentarios sobre el Día Mundial del Agua, a cargo de la diputada Rosario Herrera Ascencio, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
 
 










Proyecto de Acta
DE LA MESA DIRECTIVA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, QUE SE SOMETERÁ A CONSIDERACIÓN DEL PLENO EL JUEVES 6 DE ABRIL DE 2006

ACTA DE LA SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, CELEBRADA EL MIÉRCOLES CINCO DE ABRIL DE DOS MIL SEIS, CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO DE LA QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA

Presidencia del diputado Francisco Arroyo Vieyra

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de doscientos setenta y nueve diputadas y diputados, a las once horas con cinco minutos del miércoles cinco de abril de dos mil seis, el Presidente declara abierta la sesión.

La Asamblea dispensa la lectura del orden del día en votación económica.

La Asamblea dispensa la lectura del acta de la sesión anterior en votación económica y de la misma forma la aprueba.

Oficio del Congreso del estado de Oaxaca con el que remite la Declaración Oaxaca, en la que el Parlamento Centroamericano ratifica que Benito Juárez sigue siendo Benemérito de las Américas y reafirma la importancia estratégica de la unidad de México, Centroamérica y el Caribe en una causa común para enfrentar los grandes retos de su desarrollo. Remítase a la Comisión de Relaciones Exteriores, para su conocimiento.

Comunicación de la Junta de Coordinación Política con la que propone cambios en la integración de las Mesas Directivas de las Comisiones Especiales para el Seguimiento del Acuerdo Nacional para el Campo, y para el Seguimiento a los Fondos de los Trabajadores Mexicanos Braceros. Se aprueba en votación económica.

Dos comunicaciones de la Junta de Coordinación Política con las que propone cambios en la integración de las Comisiones: Especial de la Cuenca de Burgos; Agricultura y Ganadería, Fomento Cooperativo y Economía Social, y de Transportes, y en el Comité del Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria y en el Grupo de Amistad con República Dominicana. De enterado.

La Junta de Coordinación Política propone acuerdo por el que se solicita al titular del Poder Ejecutivo federal que se revise la legalidad de los convenios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con las entidades federativas, con especial énfasis en lograr que no sean gravadas las mercancías que tienen tasa cero de impuesto al valor agregado y están exentas del mismo, de conformidad con la ley de la materia. En votación económica se aprueba, comuníquese.

Solicitud de la ciudadana Silvia Pinal Hidalgo, respecto al permiso constitucional necesario para que pueda aceptar y usar la condecoración de Encomienda de la Orden de Isabel la Católica por Real Resolución que le confiere el Reino de España. Se turna a la Comisión de Gobernación.

Oficios de la Cámara de Senadores con los que remite minutas con proyectos de decreto:

Que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para que pueda ausentarse del territorio nacional el ocho de mayo de dos mil seis, a fin de realizar una visita a la República de Costa Rica para asistir a la ceremonia de transmisión del mando presidencial en ese país. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores.

Que expide la Ley del Sistema Nacional para la Evaluación de la Educación y del Sistema Educativo, reforma la Ley General de Educación y reforma la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Se turna a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Gobernación.

Que expide la Ley de Protección a Migrantes y sus Familias. Se turna a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera. Se turna a la Comisión de Economía.

Que reforma el artículo doscientos diecisiete de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos ciento tres y ciento siete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

El Presidente designa una comisión que introduce y acompaña a rendir su protesta de ley a los ciudadanos Jassive Patricia Durán Maciel, Juan Manuel González Portugal, Juana Concepción Cusi Solana e Imelda Melgarejo Fukutake, electos como diputados federales suplentes en los distritos segundo y tercero del estado de Nayarit, décimo distrito del Distrito Federal y en la quinta circunscripción plurinominal, respectivamente. Previo a la protesta, la Presidencia ordena el cierre del sistema electrónico de asistencia y la Secretaría a las once horas con diecinueve minutos informa del registro de trescientos treinta y cinco diputadas y diputados.

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma el párrafo primero del artículo primero de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y el párrafo primero del artículo primero de la Ley General de Vida Silvestre. Es de segunda lectura. Sin discusión se aprueba el proyecto de decreto en lo general y en lo particular por trescientos diecisiete votos en pro, ninguno en contra y ninguna abstención. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Es de segunda lectura. A discusión se concede la palabra al diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia, en pro del dictamen. Sin nadie más que solicite la palabra en lo general, el Presidente informa de los artículos del proyecto de decreto que se reservan para la discusión en lo particular. Desde su curul el diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, solicita aclaraciones sobre los artículos que se someterán a votación, y el Presidente atiende la solicitud. La Secretaría recoge la votación en lo general y en lo particular de los artículos no reservados, misma que resulta aprobatoria por trescientos dos votos en pro, ninguno en contra y dos abstenciones.

Para referirse a los artículos treinta y ocho Bis uno y treinta y ocho Bis dos, se le concede la palabra al diputado Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional; y propone modificaciones. Desde su curul la diputada Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, solicita votaciones separadas de las modificaciones presentadas. En sendas votaciones económicas, la Asamblea acepta la modificación al artículo treinta y ocho Bis uno, y desecha la referente al artículo treinta y ocho Bis dos.

Por trescientos nueve votos en pro, ninguno en contra y dos abstenciones, se aprueban en los términos del dictamen el artículo treinta y ocho Bis dos; y el artículo treinta y ocho Bis uno con las modificaciones aceptadas por la Asamblea. El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. Es de segunda lectura. La Secretaría da lectura a fe de erratas enviada por la Comisión dictaminadora, que la Asamblea admite en votación económica.

Sin discusión la Secretaría recoge la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto con la fe de erratas aceptada por la Asamblea, misma que resulta aprobatoria por trescientos catorce votos en pro, ninguno en contra y tres abstenciones. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, con proyecto de decreto que reforma la fracción séptima y deroga la fracción décima del artículo cuarto de la Ley de Asistencia Social. Es de segunda lectura. La diputada María Beatriz Zavala Peniche, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, a nombre de la Comisión fundamenta el dictamen. Sin discusión la Secretaría recoge la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, misma que resulta aprobatoria por trescientos veintitrés votos en pro, ninguno en contra y tres abstenciones.

Presidencia del diputado Álvaro Elías Loredo

Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que reforma los artículos setenta y dos, y setenta y cuatro de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Es de segunda lectura. Sin discusión se aprueba el proyecto de decreto en lo general y en lo particular por trescientos diecisiete votos en pro, ninguno en contra y tres abstenciones. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma el artículo noventa y nueve de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros. Es de segunda lectura. Sin discusión se aprueba el proyecto de decreto en lo general y en lo particular por trescientos veintiséis votos en pro, ninguno en contra y dos abstenciones. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

Presidencia de la diputada María Marcela González Salas y Petricioli

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Radio, Televisión y Cinematografía, con proyecto de decreto que reforma la fracción vigésima séptima del artículo veintisiete de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, reforma el párrafo tercero del artículo tercero de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y expide la Ley que crea la Agencia de Noticias del Estado Mexicano. Es de segunda lectura. Fijan la posición de su respectivo grupo parlamentario, los diputados: Francisco Amadeo Espinosa Ramos, del Partido del Trabajo; y Jesús Porfirio González Schmal, de Convergencia. Sin nadie más que solicite la palabra en lo general, la Presidenta informa de los artículos de la Ley que crea la Agencia de Noticias del Estado Mexicano, que se reservan para la discusión en lo particular y la Secretaría recoge la votación en lo general y en lo particular de los artículos no reservados, misma que resulta aprobatoria por trescientos veintinueve votos en pro, ninguno en contra y dos abstenciones.

Se refiere al primer párrafo del artículo primero reservado, el diputado José Luis Medina Lizalde, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y propone modificaciones que la Asamblea admite en votación económica.

Para referirse a la fracción décima cuarta del artículo quinto, y al primer párrafo del artículo octavo, reservados, se le concede la palabra al diputado Manuel Gómez Morín Martínez del Río, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, y propone modificaciones que la Asamblea acepta en votación económica.

El diputado Carlos Flores Rico, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, habla sobre el primer párrafo del artículo undécimo reservado y propone modificaciones que la Asamblea admite en votación económica.

Para referirse a los artículos undécimo y diecisiete reservados, se le concede la palabra al diputado Francisco Amadeo Espinosa Ramos, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, quien retira su reserva al artículo undécimo y propone modificaciones al artículo diecisiete que la Asamblea desecha en votación económica.

Por trescientos treinta y seis votos en pro, ninguno en contra y una abstención, se aprueban en los términos del dictamen el artículo diecisiete; y los artículos: primero, primer párrafo; quinto, fracción décimo cuarta; octavo, primer párrafo; y undécimo primer párrafo con las modificaciones aceptadas por la Asamblea. La Presidenta declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma la fracción vigésima séptima del artículo veintisiete de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, reforma el párrafo tercero del artículo tercero de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y expide la Ley que crea la Agencia de Noticias del Estado Mexicano. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con proyecto de decreto que reforma los artículos treinta y uno y treinta y ocho de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. Es de segunda lectura. El diputado Emilio Serrano Jiménez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, a nombre de la Comisión fundamenta el dictamen. Interviene en pro del dictamen el diputado Homero Ríos Murrieta, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. Suficientemente discutido la Secretaría recoge la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, misma que resulta aprobatoria por trescientos treinta y cinco votos en pro, ninguno en contra y ninguna abstención. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

Presidencia del diputado Heliodoro Díaz Escárraga

En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura de los dictámenes de la Comisión de Gobernación con proyectos de decreto que conceden permisos a los ciudadanos:

María Eugenia Sánchez Díaz de Rivera para aceptar y usar la condecoración de la Orden de la Palmas Académicas, en grado de Caballero, que le otorga el Gobierno de la República Francesa.

Jorge Carrillo Ramírez, América Enríquez Castillejos y Lázaro Romero Gómez para prestar servicios en las Embajadas de Colombia y del Estado de Israel en México.

Presidencia del diputado Álvaro Elías Loredo

Son aprobados en lo general y en lo particular por trescientos treinta y cinco votos en pro, ninguno en contra y dos abstenciones. Pasan al Senado y al Ejecutivo, según corresponda, para sus efectos constitucionales.

A solicitud de la Junta de Coordinación Política, aprobada en votación económica, se incluyen en el orden del día los siguientes acuerdos de la misma:

Por el que la Cámara de Diputados manifiesta su rechazo a la amenaza vertida por el licenciado Rubén Ayala Chaurand, abogado de la familia Bibriesca Sahagún, contra las diputadas Martha Lucía Mícher Camarena y Sofía Castro Ríos, a quienes se pretendió intimidar por su desempeño en la Comisión de Investigación encargada de revisar la legalidad de los contratos de obra pública, concesiones, contratos de suministro de bienes de consumo o de compraventa de bienes inmuebles de titularidad pública, otorgados por organismos descentralizados o empresas de participación estatal mayoritaria a la empresa Construcciones Prácticas, Sociedad Anónima de Capital Variable, y cualesquiera otras que tuvieren relación con la misma, advirtiéndoles de que al término de su encargo podrán ser acusadas por los delitos de calumnias y difamación. A discusión intervienen en pro de la propuesta, los diputados: Jorge Legorreta Ordorica, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; y Jesús Porfirio González Schmal, del grupo parlamentario de Convergencia. Rectifica hechos el diputado Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. Suficientemente discutido es aprobado en votación económica, comuníquese.

Por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, a través de la Dirección General Adjunta de Precios y Tarifas del Sector Petrolero de la Subsecretaría de Ingresos, establezca un precio tope de las gasolinas de Petróleos Mexicanos Magna y Premium, para el municipio de Othón P. Blanco, en el estado de Quintana Roo. A discusión intervienen en pro de la propuesta, los diputados: Víctor Manuel Alcerreca Sánchez y José Manuel Abdalá de la Fuente, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. Suficientemente discutido es aprobado en votación económica, comuníquese.

Once dictámenes de las Comisiones de: Unidas de Turismo, y de Salud, con punto de acuerdo por el que se aprueba el exhorto a los titulares de las secretarías de Turismo, de Salud y a las entidades federativas, promuevan e inviten a todos los establecimientos donde se expendan o suministren al público, alimentos y bebidas no alcohólicas y alcohólicas a buscar el otorgamiento del distintivo "H".

Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo para exhortar al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, se sujete a los lineamientos establecidos en la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, relativo a solicitudes de liberación de organismos genéticos, y dé a conocer los protocolos de investigación del proyecto maestro de maíz. En pro del dictamen se concede la palabra al diputado Antonio Mejía Haro, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, implemente políticas públicas que conviertan al campo mexicano en una gran fuente generadora de riqueza y mejore los niveles de vida de los campesinos, haciéndolo potencialmente productivo.

Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo por el que solicita a la Cámara cite a comparecer al director general de la Comisión Nacional de las Zonas Áridas, ante la Comisión de Agricultura y Ganadería a fin de que informe la situación que guarda la institución.

Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, adicionar a las reglas de operación del Programa de Estímulos a la Productividad Ganadera un texto en el que se precise que los beneficiarios de dicho programa serán los particulares dedicados a la crianza de ganado bovino.

Agricultura y Ganadería, con punto de acuerdo por el que exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación otorgue a los productores de manzana en el estado de Chihuahua, un apoyo económico para la producción siniestrada durante el dos mil cinco.

Gobernación, con punto de acuerdo por el que se solicita información sobre los avances en el cumplimiento de lo ordenado en el decreto de extinción de la empresa Ferrocarriles Nacionales de México.

Gobernación, con punto de acuerdo relativo al cómodo acceso a los espacios públicos de las personas con discapacidad.

Gobernación, con punto de acuerdo relativo al fomento de la participación ciudadana infantil.

Gobernación, con punto de acuerdo relativo al impulso de la investigación científica y tecnológica.

Atención a Grupos Vulnerables, con punto de acuerdo para exhortar al Poder Ejecutivo federal y a los titulares de los gobiernos estatales a fortalecer y optimizar, a través de sus entidades y dependencias y de acuerdo con sus atribuciones, las acciones de apoyo a las niñas y los niños huérfanos o abandonados del país.

Sin discusión se aprueban en votación económica. Comuníquense.

Siete dictámenes negativos de iniciativas con proyectos de decreto:

De la Comisión de Gobernación, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que reforma los artículos treinta y ochenta, fracción tercera, y adiciona una fracción octava al artículo ochenta y uno de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, presentada en la sesión del ocho de febrero de dos mil cinco.

De la Comisión de Gobernación, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que reforma el artículo cincuenta y seis de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, presentada en la sesión del dos de febrero del presente año.

De la Comisión de Gobernación, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que reforma el artículo cincuenta de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, presentada en la sesión del treinta de noviembre de dos mil cuatro.

De la Comisión de Gobernación, por el que se desechan las iniciativas que reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Expropiación, y de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, presentadas en las sesiones del primero de diciembre de dos mil cinco, dos y veintitrés de febrero del presente año.

De la Comisión de Gobernación, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que reforma las fracciones undécima y doceava, y adiciona la fracción treceava al artículo quinto de la Ley de Seguridad Nacional, presentada en la sesión del cuatro de noviembre de dos mil cinco.

De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa que reforma y adiciona los artículos quinto y noveno de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, presentada en la sesión del veinticinco de octubre de dos mil cinco.

De la Comisión de Desarrollo Social, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa que adiciona un párrafo segundo al artículo segundo de la Ley General de Desarrollo Social, presentada en la sesión del veintidós de noviembre de dos mil cinco.

Se aprueban en votación económica. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.

Presentan iniciativas con proyectos de decreto los diputados:

José Mario Wong Pérez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, que adiciona un segundo párrafo al artículo doscientos sesenta y cinco del Código Federal de Procedimientos Penales. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Raúl Rogelio Chavarría Salas, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo ciento nueve de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

María Ávila Serna, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo veintisiete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El Presidente informa de la recepción de esta iniciativa y la turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Fernando Alberto García Cuevas, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona los artículos quinto y diez de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

La Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión e informa del registro final de trescientos treinta y seis diputadas y diputados. El Presidente levanta la sesión a las quince horas con veintisiete minutos, citando para la que tendrá lugar el jueves seis de abril de dos mil seis a las diez horas.
 
 









Comunicaciones
LA SECRETARÍA DE CULTURA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL INVITA A LA CEREMONIA CÍVICA QUE, CON MOTIVO DEL 87 ANIVERSARIO LUCTUOSO DEL GENERAL EMILIANO ZAPATA SALAZAR, TENDRÁ LUGAR EL 10 DE ABRIL, A LAS 10:00 HORAS, EN LA ALAMEDA DEL SUR, UBICADA EN CANAL DE MIRAMONTES Y CALZADA DE LAS BOMBAS, DELEGACIÓN COYOACÁN

Diputados Secretarios de la Honorable Cámara de Diputados
Presentes

La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal ha programado la ceremonia cívica conmemorativa del 87 aniversario luctuoso del General Emiliano Zapata Salazar, el próximo 10 de abril, a las 10:00 horas, en la Alameda del Sur, ubicada en Canal de Miramontes y Calzada de las Bombas, delegación Coyoacán.

Por lo anterior, me permito solicitar a ustedes los nombres de los diputados de esa honorable Cámara que asistirán a la ceremonia de referencia.

Agradezco las atenciones que se sirvan prestar a la presente y les reitero las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Angelina Barona del Valle
Directora del Museo de la Ciudad de México
 
 
 

DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ

Xalapa, Ver., a 16 de marzo de 2006.

Dip. Heliodoro Díaz Escárraga
Dip. Marcos Morales Torres
Presidente y Secretario de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Presentes

Por instrucciones superiores del maestro Emeterio López Márquez, procurador general de Justicia, y en respuesta a su atento oficio número D.G.P.L.59-II-0-2794, relacionado con el punto de acuerdo de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, referente a la información sobre las investigaciones relacionadas con las agresiones contra periodistas y medios de comunicación, en especial del homicidio de Hugo Barragán Ortiz en el estado de Veracruz, me permito hacer de su conocimiento lo siguiente:

Que esta Procuraduría General de Justicia conciente de las agresiones que se han venido perpetrando en contra de algunos periodistas en el estado, en fecha 23 de noviembre de 2005, mediante acuerdo número 063/2005, se delegan facultades a la Agencia Especial para la Atención de Delitos Electorales para que conozca de las denuncias en las que se encuentren involucrados periodistas y comunicadores, con motivo del ejercicio libre de su profesión, con la finalidad de garantizar una mejor atención y respuesta, permitiendo que la Procuración de Justicia sea pronta, expedita y eficiente.

Por lo que respecta al homicidio de quien en vida respondió al nombre de Hugo Barragán Ortiz, comunico que después de agotadas las diligencias ministeriales respectivas, con fecha 24 de noviembre de 2005, se consignó al Juzgado Primero de Primera Instancia del Distrito Judicial de Cosamaloapan, estado de Veracruz, radicándose para tal efecto la causa penal número 292/2005, en contra de Sergio Quevedo Alonso, encontrándose a la fecha en periodo de instrucción.

Finalmente, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 348 del Código Penal para el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y atendiendo al contenido de la circular número 14/1995 expedida por el procurador general de Justicia, como es sabido el carácter reservado de una investigación impide que cualquier servidor público revele información sobre si se ha iniciado investigación por determinados hechos en contra de persona alguna, no obstante, manifiesto que al ser la procuración de justicia uno de los pilares en que se sustenta el Estado de derecho, la institución del Ministerio Público está comprometida con la sociedad en general, para actuar oportuna y eficazmente para la debida integración de la investigación ministerial correspondiente, así como dar un correcto seguimiento a la secuela procesal, velando ante todo, por la exacta observancia a las leyes y por el respeto a los derechos humanos, mejorando sustantivamente los niveles de eficacia y eficiencia en el ejercicio de las responsabilidades que le competen.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.

Lic. Juan Manuel Vargas Castro (rúbrica)
Director General Jurídico
 
 
 

DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES

Tlatelolco, DF, a 31 de marzo de 2006.

Dip. Marcela González Salas y Petricioli
Presidenta de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
Presente

Por este conducto, me permito remitir a usted copia de la comunicación oficial que la Presidenta de Chile, doctora Michelle Bachelet, envió a nuestra embajada en ese país, mediante el cual manifiesta su agradecimiento al Congreso mexicano por el punto de acuerdo aprobado, en relación con su nuevo cargo como Presidenta de este país.

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Atentamente
Humberto Ballesteros Cruz (rúbrica)
Director General de Coordinación Política
 
 

Santiago de Chile, 1o. de marzo de 2006.

Señor Ricardo Villanueva Hallal
Embajador de México
Presente

Estimado señor embajador,

Junto con saludarle atentamente, deseo acusar recibo de su atenta carta en donde me informa acerca del acuerdo del Congreso mexicano en relación con mi elección como Presidenta de la República de Chile. Un segundo acuerdo valora la presentación de candidaturas de mujeres a la Presidencia relevándola como una conquista de gran importancia.

Deseo agradecer estos acuerdos del Congreso mexicano. Chile y México tienen una tradición de amistad y de cooperación. Las resoluciones indicadas son una demostración de esa tradición, la que esperamos fortalecer y acrecentar.

Muchas gracias por su cortesía y por medio de la presente solicito a usted agradecer al Congreso Mexicano su acuerdo.

Le saluda muy cordialmente,

Michelle Bachelet (rúbrica)
 
 
 

DE FERROCARRILES NACIONALES DE MÉXICO EN LIQUIDACIÓN

México, DF, a 20 de febrero de 2006.

Dip. Marcela González Salas y Petricioli
Presidenta de la Mesa Directiva de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados
Presente

Distinguida diputada González Salas:

En relación con el punto de acuerdo propuesto por el diputado Santiago Cortés Sandoval, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para exhortar al Ejecutivo federal a que instruya a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y, en consecuencia, al liquidador designado en el caso de FNM a que resuelva las demandas interpuestas por sus acreedores, me permito manifestarle lo siguiente:

FNML ha dado puntual atención, siempre apegado a las disposiciones legales, a las demandas entabladas en su contra y juicios que se encuentran en trámite, dando estricto cumplimiento a lo dispuesto por el decreto de liquidación, en atención a la obligación que tiene el liquidador de defender el patrimonio y los intereses del organismo, por lo que se ha atendido todo lo relativo a los juicios que ha habido durante el proceso de liquidación, así como los demás asuntos laborales, en el entendido de que dicha atención no significa ceder a cualquier demanda interpuesta en su contra por un presunto acreedor.

Es importante precisar que no toda persona, física o moral, que haya iniciado un juicio contra FNML, por ese solo hecho se convierta en su acreedor, ya que son los órganos jurisdiccionales quienes, en términos de ley, resolverán si las prestaciones que reclaman son o no procedentes y una vez que tales resoluciones alcancen la calidad de cosa juzgada, entonces y sólo entonces efectivamente serán acreedores del organismo y éste quedará obligado a satisfacer sus pretensiones.

La supuesta protección a los trabajadores y acreedores del organismo que se invoca, establece el decreto de extinción, está enfocada a que no quedarán en estado de indefensión por la simple entrada en vigor del decreto, pero de ninguna manera se traduce en que FNML tenga que hacer pagos indiscriminados a todo el que pretende obtener una ganancia sin acreditarlo previamente. Reitero: atender no significa ceder.

Si existen acreedores o trabajadores que, según se manifiesta, han expresado su desesperación o descontento, ya que sienten que sus derechos han sido vulnerados, precisamente para eso están los tribunales, para resolver tales controversias.

Con relación al señalamiento particular de la empresa denominada Consorcio Constructor, es de comentarse que FNML no tiene registrada demanda alguna que haya interpuesto en su contra una empresa con dicha denominación.

Se hace especial hincapié en que este organismo público atiende los juicios entablados en su contra utilizando los medios de defensa que le otorga la ley a fin de proteger su patrimonio, ya que existe un amplio universo de demandas promovidas contra el organismo que han sido y que son a todas luces improcedentes, resultando necesario que sean los órganos jurisdiccionales los que resuelvan la procedencia o no de las acciones intentadas y, hasta en tanto ello no suceda, el organismo está obligado a continuar dichos procesos judiciales hasta su total solución, y dejando claro que tales actividades no tienen el carácter de dilatorias ni de indebidas.

Bajo ningún concepto existe por parte de FNML una campaña deliberada y encubierta para afectar a empresarios, ni para que el organismo, en su caso, deje de hacer frente a las obligaciones que queden a su cargo una vez que se resuelvan, conforme a derecho, los procesos judiciales relacionados con las demandas interpuestas en su contra por sus presuntos acreedores.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para reiterarle las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.

Atentamente
CP Enrique Rivas Zivy (rúbrica)
Delegado Fiduciario Especial Encargado de la Liquidación de Ferrocarriles Nacionales de México
 
 









Proposiciones de acuerdo
DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA, POR EL CUAL SE EXHORTA A LOS LEGISLADORES DE LA LIX LEGISLATURA A ABSTENERSE DE PRESENTAR INICIATIVAS QUE, POR SER EXACTAMENTE IGUALES A LAS LEYES DE OTROS PAÍSES, DERIVEN NO SOLAMENTE EN UN VIRTUAL PLAGIO SINO QUE PUEDAN REFLEJAR LA INJERENCIA DE GOBIERNOS O FUERZAS POLÍTICAS DE EXTRANJEROS EN EL TRABAJO LEGISLATIVO DE ESTA CÁMARA DE DIPUTADOS

Considerandos

I. Que el 7 de noviembre de 2001 en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela se publicó el decreto con fuerza de Ley de Zonas Costeras.

II. Que el 6 de octubre de 2005 en la Gaceta Parlamentaria se publicó la iniciativa de Ley de Zonas Costeras, a cargo de la diputada Irene Herminia Blanco Becerra, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

III. Que de la comparación puntual de ambos documentos se deriva que, a partir del artículo tercero, la iniciativa presentada por la diputada mencionada en el considerando anterior retoma de manera textual el documento que se publicó en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

IV. La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el inciso a), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo décimo cuarto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos Relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el siguiente

Acuerdo

Único: Se exhorta a los legisladores de la LIX Legislatura a abstenerse de presentar iniciativas que, por ser exactamente iguales a las leyes de otros países, deriven no solamente en un virtual plagio sino que puedan reflejar la injerencia de gobiernos o fuerzas políticas de extranjeros en el trabajo legislativo de esta Cámara de Diputados.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de abril de 2006.

Diputado Pablo Gómez Álvarez (rúbrica)

Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática

Diputado Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional

Diputado José González Morfín
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México

Diputado Alejandro González Yáñez
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo

Diputado Jesús Martínez Álvarez
Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia
 
 









Oficios
DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, CON EL QUE REMITE CONTESTACIÓN A PUNTO DE ACUERDO APROBADO POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS

México, DF a 27 de marzo del 2006.

Dip. Marcela González-Salas y Petriciolli
Presidenta de la Mesa Directiva
LIX Legislatura
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Presente

En atención al oficio número D.G.P.L.59-II-2-2053, de fecha 14 de marzo del presente por medio del cual comunica a esta Secretaría de Gobernación los puntos de acuerdo tomados en la sesión celebrada en esa fecha por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, mismos que a la letra dicen los siguiente:

"Primero.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Gobernación para que, por conducto de su titular, suspenda el otorgamiento de toda autorización de inicio de operaciones de los permisos otorgados para centros de apuestas remotas y salas de sorteos de números hasta en tanto no se dicte la sentencia definitiva en la controversia constitucional número 97/2004. Segundo.-La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Gobernación a que realice una minuciosa investigación respecto de los establecimientos en el territorio nacional, donde se lleven a cabo cruce de apuestas en centros de apuestas remotas y salas de sorteos de números, a fin de identificar aquéllos que no cuentan con los permisos y autorizaciones correspondientes, así como aquellos establecimientos que operan máquinas tragamonedas de azar; en violación flagrante a la Ley Federal de Juegos y Sorteos. Tercero.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Gobernación para que; una vez identificados los establecimientos irregulares, se proceda a su clausura y se presente la denuncia correspondiente ante la Procuraduría General de la República". En razón de lo anterior, me permito comunicar a usted que la Secretaría de Gobernación toma nota de los puntos de acuerdo emitidos por esa soberanía y actuará dentro del marco de la ley conforme a las atribuciones legales que tiene conferidas.

Sin otro particular por el momento, le envío un cordial saludo.

Atentamente
Lic. Arturo Chávez Chávez (rúbrica)
Subsecretario de Gobierno
 
 
 
DE LA CÁMARA DE SENADORES, CON EL QUE DEVUELVE LA MINUTA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA LA LEY GENERAL DE SALUD Y REFORMA LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, PARA LOS EFECTOS DEL INCISO D) DEL ARTÍCULO 72 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

México, DF, a 4 de abril de 2006.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presente

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó acuerdo de las Comisiones Unidas de Salud y Seguridad Social; de Comercio y Fomento Industrial; y de Estudios Legislativos, Segunda, por el que se resuelve devolver a la Cámara de Diputados, para los efectos de lo dispuesto por el inciso d) del artículo 72 constitucional, expediente correspondiente a la minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley General de Salud y reforma la Ley de la Propiedad Industrial, recibido el 6 de diciembre de 2005.

Atentamente
Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente
 
 
 
DE LA CÁMARA DE SENADORES, CON EL QUE DEVUELVE LA MINUTA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD, PARA LOS EFECTOS DEL INCISO D) DEL ARTÍCULO 72 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

México, DF, a 4 de abril de 2006.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó acuerdo de las Comisiones Unidas de Salud y Seguridad Social; y de Estudios Legislativos, por el que se resuelve devolver a la Cámara de Diputados, para los efectos de lo dispuesto por el inciso d) del artículo 72 constitucional, expediente correspondiente a la minuta proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Salud, recibido el 6 de diciembre de 2005.

Atentamente
Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente
 
 
 
DE LA CÁMARA DE SENADORES, CON EL QUE DEVUELVE LA MINUTA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 31 DE LA LEY GENERAL DE SALUD, PARA LOS EFECTOS DEL INCISO D) DEL ARTÍCULO 72 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

México, DF, a 4 de abril de 2006.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha se aprobó acuerdo de las Comisiones Unidas de Salud y Seguridad Social; de Comercio y Fomento Industrial; y de Estudios Legislativos, Segunda, por el que se resuelve devolver a la Cámara de Diputados, para los efectos de lo dispuesto por el inciso d) del artículo 72 constitucional, expediente correspondiente a la minuta proyecto de decreto que reforma el artículo 31 de la Ley General de Salud, recibido el 13 de diciembre de 2005.

Atentamente
Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente
 
 
 
DE LA CÁMARA DE SENADORES, CON EL QUE DEVUELVE LA MINUTA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA LA LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE, PARA LOS EFECTOS DEL INCISO D) DEL ARTÍCULO 72 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

México, DF, a 4 de abril de 2006.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó acuerdo de las Comisiones Unidas de Juventud y Deporte; y de Estudios Legislativos, Primera, por el que se resuelve devolver a la Cámara de Diputados, para los efectos de lo dispuesto por el inciso d) del artículo 72 constitucional, expediente correspondiente a la minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley General de Cultura Física y Deporte, recibido el 13 de septiembre de 2005.

Atentamente
Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente
 
 









Dictámenes
DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE AUTORIZACIÓN AL C. VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PARA AUSENTARSE DEL TERRITORIO NACIONAL EL 8 DE MAYO DE 2006, A FIN DE REALIZAR UNA VISITA A LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PARA ASISTIR A LA CEREMONIA DE TRANSMISIÓN DEL MANDO PRESIDENCIAL EN ESE PAÍS

HONORABLE ASAMBLEA:

Los diputados federales, integrantes de las Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a la Honorables Asamblea el siguiente:

DICTAMEN

Antecedentes

A la Comisión que suscribe, Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el 5 de Abril de 2006 le fue turnada para su estudio y dictamen, la Minuta Proyecto de Decreto por el que se concede autorización al C. Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para que pueda ausentarse del Territorio Nacional el 8 de mayo de 2006, a fin de realizar una visita a la República de Costa Rica para asistir a la Ceremonia de Transmisión del Mando Presidencial en ese País, con base en las siguientes:

CONSIDERACIONES

La Iniciativa de permiso enviada por el Ejecutivo destaca la importancia que tiene Costa Rica como un país que goza de prestigio internacional y que cuenta con una de las democracias más sólidas de América. La primera visita de un mandatario mexicano a Costa Rica fue realizada por el Presidente Gustavo Díaz Ordaz, en 1966. A partir de entonces se han registrado numerosos encuentros presidenciales.

En la década de los ochenta, México participó como mediador en el conflicto centroamericano a través del Grupo Contadora, realizó ventas de petróleo a la región mediante el Acuerdo de San José, e ingresó como socio extra-regional del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE). Estos acontecimientos contribuyeron a incrementar la interacción entre ambos países.

Para los integrantes de las Comisión Dictaminadora es importante señalar que con la creación de la Comisión Mexicana para la Cooperación con Centroamérica en 1990; con el establecimiento del Mecanismo de Tuxtla en 1991; y con la suscripción del Tratado de Libre Comercio con Costa Rica, que entró en vigor en enero de 1995, se dio un nuevo impulso a la relación bilateral y se alentó la llegada a Costa Rica de inversiones mexicanas.

En los últimos años, México ha redoblado sus esfuerzos de acercamiento a Centroamérica, a través de iniciativas como el Plan Puebla Panamá y su ingreso, en calidad de observador, en el Sistema de Integración Centroamericana el 11 de noviembre de 2004.

A la fecha, México y Costa Rica cuentan con diversos mecanismos bilaterales que fortalecen sus vínculos de cooperación en diversas áreas, tal es el caso de la Comisión Binacional entre ambos países, establecida en 1991, la cual ha realizado seis encuentros, el último en San José, del 16 al 18 de julio de 2003; el Comité México-Costa Rica de Cooperación para Combatir el Narcotráfico y la Farmacodependencia, que se ha reunido en seis ocasiones, la última de ellas el 16 de julio de 2002; la Comisión Mixta de Cooperación Técnica y Científica, que ha realizado 12 reuniones, la última el 16 de julio de 2003, en Costa Rica; y la Comisión Mixta de Cooperación Educativa y Cultural, que ha realizado 12 encuentros, el último el 17 de julio de 2003 en Costa Rica.

En los últimos años México se ha convertido en el segundo socio inversionista de Costa Rica. Desde su entrada en vigor el TLC ha mostrado un enorme dinamismo, al pasar de 157.5 millones de dólares en 1995 a 1194.6 millones al cierre de 2004. En este último año el intercambio comercial con la República de Costa Rica representó el 36.3% del total del comercio de México con los países del Istmo. Durante el periodo enero-noviembre de 2005, el intercambio comercial se ubicó en 1122.2 millones de dólares, cifra 5.3% mayor a la registrada en el mismo período del año anterior.

Costa Rica fue el primer país proveedor centroamericano para el mercado mexicano. México, por su parte, se ha convertido en el segundo proveedor externo más importante de Costa Rica.

A la fecha, varias empresas mexicanas realizan inversiones en esta nación Centroamericana por un monto aproximado de 400 millones de dólares, lo que convierte a la República de Costa Rica en un importante destino de las inversiones mexicanas en la región. La inversión mexicana se concentra principalmente en áreas tales como la industria alimentaria, comercio, comunicaciones, servicios financieros y construcción.

De igual manera, ambos países mantienen un diálogo constante en el marco de los mecanismos regionales de cooperación México-Centroamérica como el Mecanismo de Diálogo y Concertación de Tuxtla y el Plan Puebla-Panamá.

Los logros más recientes del Plan Puebla Panamá han sido, entre otros, la firma del reglamento de su funcionamiento y el establecimiento de su Dirección Ejecutiva, ubicada en la ciudad de San Salvador, que tiene como propósito dar seguimiento a los avances de los proyectos que integran las ocho iniciativas y presentar soluciones a cualquier obstáculo para su instrumentación, además de fungir como una plataforma de comunicación al interior del PPP y fuera del mismo, en coordinación con el programa del ICP.

Para los legisladores miembros de esta Comisión, la cooperación Internacional es una de las herramientas básicas por las que la sociedad internacional busca mantener la paz, fortalecer la seguridad y promover el desarrollo y, en el caso de México, la cooperación internacional para el desarrollo ha sido el puntal básico de su política exterior, que incluso ha sido elevado a rango constitucional.

El pasado 5 de febrero de este año se llevaron a cabo elecciones presidenciales en Costa Rica, en las que se eligió como nuevo Presidente al Doctor Oscar Arias para el periodo 2006-2010. La presencia del Presidente Vicente Fox en la Ceremonia de Transmisión del Mando Presidencial que se realizará en la República de Costa Rica, el 8 de mayo próximo, responde a una invitación hecha por el Presidente Electo. El documento del Ejecutivo señala que estos comicios no sólo reafirmaron una de las democracias más antiguas y sólidas de la región, sino que profundizan el avance democrático en toda nuestra América Latina y el Caribe.

La presencia del mandatario mexicano en dicha Ceremonia confirmará el interés de nuestro país en la relación bilateral y, de igual forma, constituye una oportunidad para establecer los primeros contactos políticos al más alto nivel con el nuevo Mandatario y su gobierno, a fin de establecer las prioridades de la agenda de trabajo de ambos países.

La agenda de actividades del Presidente Fox incluye un encuentro privado con el nuevo Presidente de la República, a fin de expresarle la disposición del gobierno mexicano de profundizar las relaciones de amistad y cooperación que unen a México y Costa Rica. Durante este encuentro el mandatario mexicano formulará a su homólogo la propuesta de dar mayor promoción al Tratado de Libre Comercio (TLC) bilateral.

Asimismo el Presidente Fox expresará al nuevo Presidente de Costa Rica el reconocimiento del Gobierno de México por la participación de la República de Costa Rica en el Plan Puebla Panamá (PPP), como responsable de la Iniciativa Mesoamericana de Transporte, iniciativa fundamental para el desarrollo y la competitividad de la región.

Otro de los objetivos del encuentro del Presidente Fox con el Dr. Arias es solicitar el apoyo decidido de Costa Rica en la etapa de ejecución de las ocho iniciativas que integran el PPP, así como invitarlo a continuar trabajando en el fortalecimiento de este importante mecanismo subregional.

Como parte de la implementación del PPP el Presidente Fox buscará que el nuevo Gobierno de la República de Costa Rica mantenga su compromiso con la propuesta de México en materia energética, dirigida a encontrar una solución integral, en beneficio conjunto para México y los países de Centroamérica.

En lo que se refiere al tema migratorio, que es un fenómeno que afecta de igual manera a México y las naciones de Centroamérica, el mandatario mexicano buscará el apoyo del nuevo Mandatario de Costa Rica a los esfuerzos que realizan México y los países de Centroamérica, por presentar una posición unificada con respecto al tema migratorio con los Estados Unidos de América. Se buscará también el fortalecimiento de las posiciones comunes con el nuevo gobierno de esta nación Centroamericana, a fin de reforzar nuestra actuación en foros multilaterales.

La iniciativa enviada por el Ejecutivo al Senado de la República señala la necesidad de reforzar desde ahora los compromisos asumidos con anterioridad entre México y Costa Rica, así como de establecer la agenda de trabajo para el transcurso del presente año.

El Presidente Fox aprovechará la ocasión para formular una invitación al Doctor Oscar Arias a visitar México en el transcurso de 2006.

Los Diputados miembros de esta Comisión consideramos que las relaciones de amistad y cooperación entre México y Costa Rica han trascendido el ámbito gubernamental y se extienden a todos los aspectos de la vida de ambos países, por lo que creemos que la presencia del Presidente Fox en la Ceremonia de Transmisión del Mando Presidencial en Costa Rica constituye una oportunidad para impulsar el nivel de diálogo político, fortalecer las relaciones económicas y comerciales, así como promover la cooperación orientada al desarrollo, y las posiciones comunes en los principales temas de la agenda regional e internacional.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a la consideración de la Honorable Asamblea el siguiente:

DECRETO

ÚNICO.- Se concede autorización al C. Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para que pueda ausentarse del territorio nacional el 8 de mayo de 2006, a fin de realizar una visita a la República de Costa Rica para asistir a la Ceremonia de Transmisión del Mando Presidencial en ese país.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de abril de 2006.

Diputados: Adriana González Carrillo (rúbrica), Presidenta; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre (rúbrica), secretario; Carlos Jiménez Macías, secretario; Arturo Robles Aguilar (rúbrica), secretario; Jorge Martínez Ramos (rúbrica), secretario; Rodrigo Iván Cortés Jiménez, Ángel Juan Alonso Díaz-Caneja (rúbrica), Humberto Cervantes Vega (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñarritu (rúbrica), Sami David David, Homero Díaz Rodríguez (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía (rúbrica), Carlos Flores Rico (rúbrica), Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas, Juan José García Ochoa (rúbrica), Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Alejandro González Yáñez, Benito Chávez Montenegro (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona, Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), Guadalupe Morales Rubio, Sergio Penagos García (rúbrica), Cristina Portillo Ayala, Francisco Saucedo Pérez (rúbrica), Carlos Noel Tiscareño Rodríguez (rúbrica), Marco Antonio Torres Hernández (rúbrica).
 
 
 
DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 75 DE LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

HONORABLE ASAMBLEA:

La Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 70, 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 45 numeral 6 incisos f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60 y 88, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente:

DICTAMEN DE LA MINUTA PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 75 DE LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

ANTECEDENTES

PRIMERO.- En sesión celebrada por la H. Cámara de Senadores, en fecha 24 de noviembre de 2005, el Senador Sadot Sánchez Carreño, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA AL ARTÍCULO 75 DE LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

SEGUNDO.- En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, acordó se turnara dicha Iniciativa a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos, Segunda.

TERCERO.- En sesión celebrada por la H. Cámara de Senadores, en fecha 14 de marzo de 2006, se aprobó en segunda lectura el dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos y Estudios Legislativos, Segunda.

CUARTO.- En sesión celebrada por la Cámara de Diputados, en fecha 16 de marzo de 2006, se dio cuenta con el oficio No. I-3463, de la Cámara de Senadores, con el que remite el expediente con la MINUTA PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 75 DE LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

QUINTO.- En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, mediante oficio No. D.G.P.L. 59-II-4-2195, acordó que se turnara dicha Minuta a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, para su estudio y dictamen.

SEXTO.- Los integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la LIX Legislatura, procedieron al estudio de la Minuta aludida, habiendo efectuado múltiples razonamientos sobre la aplicación de los conceptos contenidos en la misma, los cuales se exponen en las siguientes:

CONSIDERACIONES

Primera.- La Minuta en estudio propone la reforma al artículo 75 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con el objeto de regularizar los bienes inmuebles que fueron utilizados por la Dirección General de Derechos Humanos, área de la Secretaría de Gobernación que evolucionó para crear el organismo autónomo que es la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Segunda.- Para sustentar la reforma propuesta, se exponen en la Minuta de la Colegisladora las siguientes consideraciones:

Los orígenes de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, los encontramos en el mes de febrero del año 1989, cuando se crea la Dirección General de Derechos Humanos, como unidad administrativa adscrita a la Secretaría de Gobernación, cuya finalidad fue la de servir como freno a los abusos de poder cometidos por algunos servidores públicos.

Los recursos necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones, le eran suministrados por la propia Secretaría de Estado de la cual dependía jerárquicamente, en términos de lo dispuesto por el Artículo 15 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación y el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de ese año.

Posteriormente, mediante decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 6 de junio de 1990, se crea la Comisión Nacional de Derechos Humanos, como un organismo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, responsable de proponer y vigilar el cumplimiento de la política nacional en materia de respeto y defensa a los derechos humanos.

Cabe señalar que, a través del decreto a que se hace alusión en el párrafo que antecede, se reformó el Artículo 15 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, que versaba sobre las atribuciones de la Dirección General de Derechos Humanos, y se dispuso que los recursos con que contaba en ese momento la Dirección General de Derechos Humanos, pasaban a formar parte del órgano desconcentrado que nacía por virtud del decreto.

Es a través de la reforma al artículo 102, apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de enero de 1992, que se eleva a rango constitucional a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, bajo la naturaleza jurídica de órgano descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

Con respecto a esto último, mediante el artículo Cuarto Transitorio de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se dispuso que los recursos humanos, materiales y presupuestales con que contaba cuando era órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, pasarían a formar parte de la Comisión Nacional de Derechos Humanos como organismo descentralizado.

Finalmente, mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 13 de septiembre de 1999, se modificó y adicionó el apartado B, al artículo 102 de nuestra Carta Magna, por el que se modifica el nombre de la Comisión Nacional de Derechos Humanos a Comisión Nacional de los Derechos Humanos y se le otorga plena autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propio.

Es importante mencionar, que en la modificación Constitucional antes citada no se alude sobre el destino de los bienes que en un principio formaban parte de la extinta Dirección General de Derechos Humanos y que, posteriormente, formaron parte de los activos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos como órgano desconcentrado y como organismo descentralizado.

En tal sentido, tenemos que, si bien las atribuciones de los órganos encargados de velar por la promoción y defensa de los derechos humanos fueron delegados a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos como un organismo constitucional autónomo, lo cierto es que no se realizó el procedimiento respectivo para destinar los bienes inmuebles en favor de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, tomando en consideración que éstos resultan necesarios para el cumplimiento de sus obligaciones.

Que la propuesta de reforma a la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, es de gran trascendencia en tanto que pretende dar certeza jurídica respecto al acervo patrimonial de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y así dotarla de los elementos necesarios para el cumplimiento de sus fines.

Tercera.- Al valorar Iniciativa, las Comisiones Dictaminadoras de la Colegisladora, reconocen la importancia de la reforma, cuyo principal objetivo es la regularización de los bienes inmuebles que se utilizaron para la Dirección General de Derechos Humanos, institución que evolucionó al organismo constitucional autónomo que hoy es la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Asimismo, comparten la convicción de que los principios normativos que regulen a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, deben estar no sólo orientados a la protección y defensa de los derechos fundamentales, sino a dotar a esta importante institución, de la infraestructura y los medios materiales idóneos para el cumplimiento cabal de sus facultades.

Cuarta.- Esta Comisión de Justicia y Derechos Humanos, se identifica con el objetivo de la reforma, de regularizar los bienes inmuebles que fueron utilizados por la Dirección General de Derechos Humanos, área que evolucionó de una manera dinámica para crear, al fin de un proceso de reformas institucionales, un órgano constitucional autónomo encargado de promover una cultura de respeto a los derechos humanos en nuestro país, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Esta Comisión Dictaminadora, considera que la reforma planteada en la Minuta, es acorde con una política de transparencia, de manera que los bienes, antes asignados a la Dirección General de Derechos, antecedente del organismo descentralizado Comisión Nacional de Nacional de Derechos Humanos, pasen legalmente a formar parte del patrimonio del órgano constitucional autónomo, Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Efectivamente, el artículo CUARTO TRANSITORIO de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, no contempla la actualización consistente en la creación del órgano constitucional autónomo, creado a partir de la adición de un apartado B al artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues sólo se refiere a los recursos humanos, materiales y presupuestales, que pasan, de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, como órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, como organismo descentralizado.

Esta Comisión Dictaminadora, toma en cuenta que con la adición del apartado B al artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se crea el organismo autónomo, pero también se realiza un cambio de denominación, pues de Comisión Nacional de Derechos Humanos, pasa a ser Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por lo cual resulta necesario el cambio de la denominación de la Comisión Nacional, planteado en la reforma al artículo 75, propuesta en la Minuta.

Con la reforma planteada en la Minuta, y a partir de la cual se contemplan tres artículos transitorios, se subsana una omisión en materia de patrimonio, pues desde la reforma constitucional que crea la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, como órgano autónomo, se debió regularizar lo relativo al patrimonio de la misma.

Si bien no han existido problemas, con relación al uso y manejo de los bienes de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, resulta conveniente poner las cosas en orden, para evitar problemas futuros o posibles cuestionamientos respecto a la autonomía de éste organismo y su régimen patrimonial.

A partir de la reforma planteada en la Minuta, se perfeccionaría la situación patrimonial de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, razón por la cual, esta Comisión de Justicia y Derechos Humanos considera procedente la reforma al artículo 75 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Por lo anteriormente expuesto y, después de estudiar detenidamente el contenido de la MINUTA PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 75 DE LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS los Diputados integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, sometemos a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 75 DE LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforma el artículo 75 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para quedar como sigue:

Artículo 75.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos contará con patrimonio propio. El Gobierno Federal deberá proporcionarle los recursos materiales y financieros para su debido funcionamiento.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- El patrimonio del organismo descentralizado denominado "Comisión Nacional de Derechos Humanos" pasa a formar parte del organismo autónomo "Comisión Nacional de los Derechos Humanos".

TERCERO.- Para efectos de la regularización de los bienes inmuebles a que se refiere la presente reforma, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos deberá realizar el procedimiento administrativo correspondiente ante la Secretaría de la Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Bienes Nacionales.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a veintiocho de marzo de dos mil seis.

La Comisión de Justicia y Derechos Humanos

Diputados: Rebeca Godínez y Bravo (rúbrica), Presidenta; Leticia Gutiérrez Corona, Amalín Yabur Elías (rúbrica), Miguel Ángel Llera Bello (rúbrica), Francisco Javier Valdéz de Anda (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez (rubrica), José Luis Mazoy Kuri (rúbrica), secretarios; María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Federico Barbosa Gutiérrez (rúbrica), Mario Carlos Culebro Velasco, José Luis García Mercado (rúbrica), Gema Isabel Martínez López (rúbrica), Martha Laguette Lardizábal (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez, Bernardo Vega Carlos (rúbrica), Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre, Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez (rúbrica), Ernesto Herrera Tovar, Sergio Penagos García (rúbrica), Marisol Vargas Bárcena (rúbrica), Margarita Zavala Gómez del Campo (rúbrica), Francisco Diego Aguilar (rúbrica), Angélica de la Peña Gómez (rúbrica), Eliana García Laguna (rúbrica), Jaime Miguel Moreno Garavilla (rúbrica).
 
 





Acuerdos
DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA, POR EL QUE SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO A ESTABLECER, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE PRECIOS Y TARIFAS DEL SECTOR PETROLERO DE LA SUBSECRETARÍA DE INGRESOS, UN PRECIO TOPE DE LAS GASOLINAS PEMEX MAGNA Y PREMIUM PARA EL MUNICIPIO DE OTHÓN P. BLANCO, EN EL ESTADO DE QUINTANA ROO

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo décimo cuarto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que el diputado Víctor Alcerreca Sánchez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta, misma que se publicó en la Gaceta Parlamentaria del 5 de abril del 2006, por lo que se somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el siguiente

Acuerdo

Único.- Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, a través de la Dirección General Adjunta de Precios y Tarifas del Sector Petrolero de la Subsecretaría de Ingresos, establezca un precio tope de las gasolinas Pemex Magna y Premium, para el municipio de Othón P. Blanco, en el estado de Quintana Roo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de abril de 2006.

Diputado Pablo Gómez Álvarez
Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática

Diputado Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional

Diputado José González Morfín (rúbrica p.a.)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México

Diputado Alejandro González Yáñez
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo

Diputado Jesús Martínez Álvarez
Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia

(Aprobado; comuníquese. Abril 5 de 2006.)
 
 

DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA, POR EL QUE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS MANIFIESTA SU RECHAZO A LA AMENAZA VERTIDA POR EL LICENCIADO RUBÉN AYALA CHAURAND, ABOGADO DE LA FAMILIA BIBRIESCA SAHAGÚN, CONTRA LAS DIPUTADAS MARTHA LUCÍA MÍCHER CAMARENA Y SOFÍA CASTRO RÍOS, A QUIENES PRETENDIÓ INTIMIDAR POR SU DESEMPEÑO EN LA COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN ENCARGADA DE REVISAR LA LEGALIDAD DE LOS CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA, CONCESIONES, CONTRATOS DE SUMINISTRO DE BIENES DE CONSUMO O DE COMPRAVENTA DE BIENES INMUEBLES DE TITULARIDAD PÚBLICA OTORGADOS POR ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS O EMPRESAS DE PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA A LA EMPRESA CONSTRUCCIONES PRÁCTICAS, SA DE CV, Y CUALESQUIERA OTRAS QUE TUVIEREN RELACIÓN CON LA MISMA, ADVIRTIÉNDOLES DE QUE AL TÉRMINO DE SU ENCARGO PODRÁN SER ACUSADAS POR LOS DELITOS DE CALUMNIAS Y DIFAMACIÓN

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo décimo cuarto del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que la Mesa Directiva de la Comisión de Investigación encargada de revisar la legalidad de los contratos de obra pública, concesiones, contratos de suministro de bienes de consumo o de compraventa de bienes inmuebles de titularidad pública otorgados por organismos descentralizados o empresas de participación estatal mayoritaria a la empresa Construcciones Prácticas, SA de CV, y cualesquiera otras que tuvieren relación con la misma, presenta, por lo que se somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente

Acuerdo

Único.- La H. Cámara de Diputados manifiesta su rechazo a la amenaza vertida por el licenciado Rubén Ayala Chaurand, abogado de la familia Bibriesca Sahagún, contra las diputadas Martha Lucía Mícher Camarena y Sofía Castro Ríos, quien se pretendió intimidar por su desempeño en la Comisión de Investigación encargada de revisar la legalidad de los contratos de obra pública, concesiones, contratos de suministro de bienes de consumo o de compraventa de bienes inmuebles de titularidad pública otorgados por organismos descentralizados o empresas de participación estatal mayoritaria a la empresa Construcciones Prácticas, SA de CV, y cualesquiera otras que tuvieren relación con la misma, advirtiéndoles de que al término de su encargo podrán ser acusadas por los delitos de calumnias y difamación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de abril de 2006.

Diputado Pablo Gómez Álvarez (rúbrica)
Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática

Diputado Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional

Diputado José González Morfín (rúbrica p.a.)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México

Diputado Alejandro González Yáñez
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo

Diputado Jesús Martínez Álvarez (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia

(Aprobado; comuníquese. Abril 5 de 2006.)
 
 








Comunicaciones II
DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLITICA

Palacio Legislativo, México, DF, a 4 de abril de 2006.

Diputada Marcela González Salas y Petricioli
Presidenta de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
Presente

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, inciso c), 43, párrafo 3, y 44, párrafo 2, de la Ley Orgánicas del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados de las siguientes integraciones, solicitadas por el diputado Pablo Gómez Álvarez, coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática:

Que el diputado Valentín González Bautista se reincorpore como secretario en la Comisión Especial para el Seguimiento del Acuerdo Nacional para el Campo.

Que el diputado Valentín González Bautista se reincorpore como secretario en la Comisión Especial para el Seguimiento a los Fondos de los Trabajadores Mexicanos Braceros.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Dip. Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica)

(Aprobado en votación económica. Abril 5 de 2006.)
 
 

Palacio Legislativo, México, DF, a 4 de abril de 2006.

Diputada Marcela González Salas y Petricioli
Presidenta de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
Presente

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, inciso c), 43, párrafo 3, y 44, párrafo 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados de la siguiente integración, solicitada por el diputado Pablo Gómez Álvarez, coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que la diputada Yadira Serrano Crespo cause alta como integrante de la Comisión Especial de la Cuenca de Burgos. Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Dip. Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica)

(De enterado. Abril 5 de 2006.)
 
 

Palacio Legislativo, México, DF, a 4 de abril de 2006.

Diputada Marcela González Salas y Petricioli
H. Cámara de Diputados
Presente

Con fundamento en lo dispuesto por lo artículos 34, inciso c), 43, párrafo 3, y 44, párrafo 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados de las siguientes integraciones, solicitadas por el diputado Pablo Gómez Álvarez, coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática:

Que el diputado Valentín González Bautista se reincorpore como integrante en las Comisiones de Agricultura y Ganadería, de Fomento Cooperativo y Economía Social, y de Transportes; en el Comité del Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria, y en el Grupo de Amistad con República Dominicana. Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Dip. Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica)

(De enterado. Abril 5 de 2006.)
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE CULTURA, CON LA QUE REMITE INFORMACIÓN DEL INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN AL AHORRO BANCARIO REFERENTE A PROCESOS DE LICITACIÓN PÚBLICA

México, DF, a 5 de abril de 2006.

Dip. Marcela González Salas y Petricioli
Presidenta de la Mesa Directiva
Presente

Por instrucciones del diputado Filemón Arcos Suárez, Presidente de esta Comisión, hago de su conocimiento que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 65 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, le fue remitido un oficio del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB), con fecha del 28 de marzo de 2006

En consecuencia, le envío el documento original que en su calidad de Presidente de la Comisión de Cultura ha recibido con la finalidad de enterar a la Cámara de Diputados, para que usted instruya los trámites correspondientes.

Sin más por el momento, reciba un afectuoso saludo.

Atentamente
Lic. J. Antonio Alvarado Z. (rúbrica)
Secretario Particular
 
 





Minutas

CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 217 DE LA LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

México, DF, a 4 de abril de 2006.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 217 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Atentamente
Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente
 

MINUTA
PROYECTO DE DECRETO

POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 217 DE LA LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma el artículo 217 de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 217.- La demanda de amparo podrá interponerse en el término de setecientos treinta días, contados a partir de la fecha en la que el núcleo de población respectivo tenga conocimiento efectivo de los actos de afectación realizados por las autoridades agrarias, y procederá cuando el amparo se promueva contra actos que tengan o puedan tener por efecto, privar total o parcialmente, en forma temporal o definitiva, de la propiedad, posesión o disfrute de sus derechos agrarios a un núcleo de población sujeto al régimen ejidal o comunal.

TRANSITORIO

ÚNICO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 4 de abril de 2006.

Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente

Sen. Sara I. Castellanos Cortés (rúbrica)
Secretaria

(Turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. Abril 5 de 2006.)
 
 
 
CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE PROTECCIÓN A MIGRANTES Y SUS FAMILIAS

México, DF, a 4 de abril de 2006.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Protección a Migrantes y sus Familias.

Atentamente
Sen Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente
 

MINUTA
PROYECTO DE DECRETO

POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE PROTECCIÓN A MIGRANTES Y SUS FAMILIAS.

ARTÍCULO UNICO.- Se aprueba la Ley de Protección a Migrantes y sus Familias, para quedar como sigue:

LEY DE PROTECCIÓN A MIGRANTES Y SUS FAMILIAS

CAPITULO I
Del Objeto y Aplicación de la Ley

ARTICULO 1

Las disposiciones de esta ley son de orden público y de observancia general en la República Mexicana, y tendrán por objeto la protección de los derechos fundamentales de los migrantes y sus familias, así como brindarles apoyo integral para su desarrollo con dignidad, en el marco del sistema jurídico nacional y de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares.

ARTICULO 2

Son objetivos específicos de la presente Ley, los siguientes:

I.- Implantar políticas públicas, criterios obligatorios y programas de protección de la dignidad, los derechos fundamentales y demás garantías de los migrantes mexicanos y sus familias, dentro y fuera del país, con independencia de su condición jurídica migratoria de documentados o indocumentados, dando prioridad a la atención y apoyo a los menores, las mujeres y los indígenas;

II.- Implantar políticas públicas, criterios obligatorios y programas de protección de la dignidad, los derechos fundamentales y demás garantías de los migrantes extranjeros en territorio nacional, y sus familias, con independencia de su condición jurídica migratoria de documentados o indocumentados; y

III.- Promover la coordinación interinstitucional entre la Federación, las entidades federativas, el Distrito Federal, los municipios, los órganos de estado y las organizaciones no gubernamentales para la protección de los migrantes, mexicanos y extranjeros, y sus familias.

ARTICULO 3

Para los efectos de la presente Ley, se entenderá por:

I. Migrantes: Las y los mexicanos, así como las y los extranjeros que trasladan su residencia de una entidad federativa a otra, o que salgan o entren al territorio nacional, con el mismo fin, sin importar su situación jurídica migratoria de documentados o indocumentados;

II. Familias: Grupo de personas integrado por un migrante mexicano y su cónyuge o migrante extranjero y su cónyuge, o por un migrante mexicano o extranjero y una persona con la que mantenga un relación que, de conformidad con el derecho aplicable, produzca efectos equivalentes al matrimonio, así como por sus parientes consanguíneos en línea recta sin límite de grado o transversal hasta el segundo grado y otras personas reconocidas como familiares por Tratados Internacionales ratificados por México;

III. Comisión: La Comisión Nacional de Protección a los Migrantes y sus Familias;

IV. Reglamento: El Reglamento de la presente Ley y

V. Estatuto Orgánico: El Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional de Protección a Migrantes y sus Familias.

ARTICULO 4

En lo no previsto por esta Ley, se aplicará en forma supletoria y en lo conducente, las disposiciones de la Ley General de Población.

CAPITULO II
De la Distribución de Competencias

Sección 1
De las Atribuciones de la Secretaría de Gobernación

ARTICULO 5

Para los fines de esta Ley, la Secretaría de Gobernación, en el marco de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establecerá y ejecutará o, en su caso, promoverá ante las dependencias e instituciones competentes o entidades correspondientes, las medidas necesarias para:

I. Brindar protección de los derechos humanos de los migrantes mexicanos y extranjeros, así como apoyo y atención a sus familias, sin importar su condición jurídica migratoria de documentados o indocumentados;

II. Coordinar mecanismos seguros y ordenados para la devolución, deportación o repatriación a territorio nacional de los migrantes mexicanos y sus familias aprehendidos por autoridades migratorias de otros países;

III. Establecer y aplicar medidas, en coordinación con la Secretaría de Seguridad Pública y la Procuraduría General de la República, para prevenir y erradicar el tráfico ilegal de migrantes mexicanos y sus familias;

IV.- Formar parte de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Protección a Migrantes y sus Familias, y

V.- Las demás que le atribuya expresamente la legislación aplicable.

Sección 2
De las Atribuciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores

ARTICULO 6

Para los fines de esta Ley, la Secretaría de Relaciones Exteriores, en el marco de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establecerá y ejecutará o, en su caso, promoverá ante las dependencias e instituciones competentes o entidades correspondientes, las medidas necesarias para:

I. Brindar protección, apoyo y atención de sus derechos humanos a los migrantes mexicanos y a sus familias en el exterior, sin importar su condición jurídica migratoria de documentados o indocumentados

II. Consolidar la defensa de los derechos de los migrantes mexicanos y sus familias a través de la acción permanente de los consulados mexicanos en los países de tránsito y destino, contribuyendo así a mejorar su nivel y calidad de vida.

III. Formar parte de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Protección a Migrantes y sus Familias, y

IV. Las demás que le atribuya expresamente la legislación aplicable.

Sección 3
De las Atribuciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

ARTICULO 7

Para los efectos de la presente Ley, y en apego a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y a la Ley de Planeación corresponde a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, las siguientes atribuciones:

I. Brindar apoyo técnico, asesoría y autorizaciones correspondientes a la Comisión para que ésta pueda dar, a los migrantes mexicanos y sus familias, los servicios de envío y recepción de dinero, de documentos y productos de uso personal y familiar, así como para la creación de fideicomisos, cuyo objetivo sea el rescate financiero de pensiones de ex braceros mexicanos y la generación de empleos en los municipios de mayor expulsión de mano de obra, mediante la realización de inversiones productivas generadoras de empleo y de construcción de infraestructura local;

II. Determinar, en coordinación con la Comisión, aquellos productos de uso personal y familiar, susceptibles de ser introducidos al país por los migrantes mexicanos y sus familias, brindando para ello facilidades en los procedimientos aduanales y tarifas preferenciales de importación;

III. Formar parte de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Protección a Migrantes y sus Familias, y

IV. Las demás que le atribuya expresamente la legislación aplicable.

Sección 4
De las Atribuciones de la Secretaría de Desarrollo Social

ARTÍCULO 8

Para los efectos de la presente Ley, y en apego a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a la Ley de Planeación y a la Ley de Desarrollo Social corresponde a la Secretaría de Desarrollo Social, las siguientes atribuciones:

I. En coordinación con la Comisión, establecer y aplicar programas tendientes al desarrollo de las comunidades mexicanas en el extranjero, mediante acciones de promoción de la cultura y la identidad nacional;

II. En coordinación con la Comisión, establecer y aplicar programas de desarrollo local en las comunidades nacionales de mayor expulsión de mano de obra, mediante el apoyo financiero y tecnológico a proyectos productivos de generación de empleo. Para ello la Comisión promoverá la reciprocidad del financiamiento de dichos programas con los migrantes mexicanos originarios de esas comunidades que se encuentren residiendo fuera del país;

III. Formar parte de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Protección a Migrantes y sus Familias, y

IV. Las demás que le atribuya expresamente la legislación aplicable.

Sección 5
De las Atribuciones de la Secretaría de Educación Pública

ARTÍCULO 9

Para los efectos de la presente Ley, y en apego a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y a la Ley de Planeación corresponde a la Secretaría de Educación Pública, las siguientes atribuciones:

I. En coordinación con la Comisión, establecer y aplicar programas de educación a distancia en beneficio de los migrantes mexicanos y sus familias, en todos los niveles de la educación básica. La Comisión promoverá la reciprocidad del financiamiento de dichos programas con los migrantes mexicanos beneficiados;

II. Formar parte de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Protección a Migrantes y sus Familias, y

III. Las demás que le atribuya expresamente la legislación aplicable.

Sección 6
De las Atribuciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social

ARTÍCULO 10

Para los efectos de la presente Ley, y en apego a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y a la Ley de Planeación corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, las siguientes atribuciones:

I. En coordinación con la Comisión, establecer y aplicar programas de capacitación y certificación laboral en beneficio de los migrantes mexicanos y sus familias, preferentemente en materia agropecuaria. Para ello la Comisión promoverá la reciprocidad financiera de dichos programas con los migrantes mexicanos originarios de las comunidades beneficiadas que residen fuera del país;

II. Formar parte de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Protección a Migrantes y sus Familias, y

III. Las demás que le atribuya expresamente la legislación aplicable.

Sección 7
De las Atribuciones de la Secretaría de Salud

ARTÍCULO 11

Para los efectos de la presente Ley, y en apego a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y a la Ley de Planeación corresponde a la Secretaría de Salud, las siguientes atribuciones:

I. En coordinación con la Comisión, establecer y aplicación programas binacionales de atención médica en beneficio de los migrantes mexicanos y sus familias. La Comisión promoverá la reciprocidad financiera de dichos programas con los migrantes mexicanos beneficiados;

II. Formar parte de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Protección a Migrantes y sus Familiasm, y

III. Las demás que le atribuya expresamente la legislación aplicable.

Sección 8
De las Atribuciones de la Secretaría de Economía

ARTÍCULO 12

Para los efectos de la presente Ley, y en apego a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y a la Ley de Planeación corresponde a la Secretaría de Economía, las siguientes atribuciones:

I. Promover y estimular el comercio exterior del país, dirigido a la distribución y consumo de todo tipo de bienes y servicios nacionales entre las comunidades de mexicanos que residen fuera del país, en coordinación con la Comisión y la Secretaría de Relaciones Exteriores;

II. Formar parte de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Protección a Migrantes y sus Familias, y

III. Las demás que le atribuya expresamente la legislación aplicable.

CAPITULO III
De la Comisión Nacional de Protección a Migrantes y sus Familias

ARTICULO 13

Se crea la Comisión Nacional de Protección a Migrantes y sus Familias, como organismo dependiente del Ejecutivo Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que goza de autonomía técnica, operativa y administrativa, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

El Instituto tendrá por objeto ser la entidad asesora del Ejecutivo Federal y especializada para articular las políticas públicas, los programas y criterios del Gobierno Federal, así como promover e impulsar la protección, la atención y apoyo a los migrantes y sus familias, tanto mexicanos, dentro y fuera del país, como extranjeros dentro del territorio nacional.

ARTÍCULO 14

La Comisión tendrá su domicilio en la Ciudad de México, Distrito Federal, pudiendo establecer delegaciones regionales y estatales, así como las representaciones en el extranjero que sean necesarias para cumplir con su objeto, conforme a sus requerimientos y disponibilidad presupuestal. Se le aplicará la Ley de las Entidades Paraestatales en lo que no se oponga a esta Ley.

ARTÍCULO 15

La Comisión tendrá los siguientes órganos de gobierno:

I. Junta de Gobierno, y
II. Comisionado General.
La Junta de Gobierno, será la máxima autoridad de la Comisión y estará conformada por diecinueve integrantes, quienes serán: a. Un representante de la Secretaría de Gobernación;
b. Un representante de la Secretaría de Relaciones Exteriores;

c. Un representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
d. Un representante de la Secretaría de Desarrollo Social;

e. Un representante de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social;
f. Un representante de la Secretaría de Salud;

g. Un representante de la Secretaría de Educación Pública;
h. Un representante de la Secretaría de Economía;

i. Un representante de la Comisión Nacional de Derechos Humanos;
j. Un representante de la Universidad Nacional Autónoma de México;

k. Un representante del Instituto de la Frontera Norte;

l. Seis representantes de asociaciones de migrantes mexicanos en el extranjero, con personalidad jurídica reconocida; y

m. Dos representantes de organizaciones no gubernamentales, con personalidad jurídica reconocida, cuya labor coincida con el objeto de la Comisión.

Cada miembro propietario contará con un suplente.

Las sesiones serán presididas por quien determine el Presidente de la República de entre los titulares de las dependencias del Ejecutivo Federal, el cual tendrá voto de calidad en caso de empate.

Los representantes propietarios de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán tener el nivel jerárquico de Subsecretario. En el caso de los suplentes, éstos deberán contar con el nivel de Director General o equivalente.

A las sesiones de la Junta de Gobierno se podrá invitar, cuando sea necesario, con voz, pero sin voto, a servidores públicos, científicos o especialistas que por la naturaleza de los asuntos a tratar acuerde la propia Junta de Gobierno.

El Estatuto Orgánico de la Comisión especificará lo contenido en este artículo, así como todo lo relacionado con su vigilancia y control.

ARTÍCULO 16

El Comisionado General será designado por el Presidente de la República, contando con la no objeción de la Cámara de Senadores, debiendo cumplir los siguientes requisitos:

I. Haber nacido en territorio mexicano, de padre o madre mexicanos, en pleno ejercicio de sus derechos ciudadanos;

II. Acreditar los conocimientos y experiencia suficientes sobre el tema de la defensa y protección de los derechos fundamentales de los migrantes, así como en la atención y apoyo a sus familias,

III. Caracterizarse por tener un comportamiento apegado a la moral, sin haber sido nunca declarado culpable por algún delito sobretodo los relacionados con la explotación económica o física de menores y/o mujeres, la trata de personas, el tráfico ilegal de personas o cualquier delito conexo a éstos, y

IV. No encontrarse en alguno de los impedimentos a que se refiere el artículo 21 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

La designación será por un periodo con una duración de cuatro años, pudiendo prorrogarse otro más de manera inmediata.

A. El Comisionado General en su calidad de Secretario Ejecutivo de la Comisión, ejercerá las funciones de su competencia por acuerdo del Presidente de la República y asistirá a las reuniones a que se refiere el artículo 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Asimismo, ejercerá las funciones que le son propias a la Comisión.

El Comisionado General representará legalmente a la Comisión en el cumplimiento de sus atribuciones, adscribirá las unidades administrativas del mismo, administrará sus bienes, expedirá sus manuales, tramitará ante las dependencias competentes el ejercicio del presupuesto aprobado, delegará facultades en el ámbito de su competencia y tendrá las demás atribuciones que le confieran las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias correspondientes.

El Estatuto Orgánico de la Comisión y el Reglamento de la presente Ley, determinarán las bases de la organización, así como las facultades y funciones que corresponda a las unidades administrativas que integren el organismo.

B. El Comisionado General de la Comisión, además de las facultades y obligaciones que le confiere el artículo 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, tendrá las siguientes facultades:

I. Celebrar y otorgar toda clase de actos y documentos respecto del objeto de la Comisión;

II. Ejercer facultades de dominio, administración, pleitos y cobranzas, aún aquellas que requieran cláusula especial. Tratándose de cualesquiera actos de dominio se requerirá la autorización previa de la Junta de Gobierno;

III. Otorgar, sustituir y revocar poderes generales y especiales con las facultades que le competan, incluso las que requieran autorización o cláusula especial;

IV. Designará a la persona o personas que fungirán como apoderados aduanales de la Comisión;

V. Ejercitar y desistirse de acciones judiciales, inclusive en materia de amparo;

VI. Celebrar transacciones en materia judicial y comprometer asuntos en arbitraje;

VII. Proponer al Ejecutivo Federal la instrumentación, seguimiento y evaluación de políticas públicas, programas y criterios obligatorios para promover e impulsar la protección de los derechos fundamentales de los migrantes y la atención y apoyo integral a sus familias. Así como la elaboración de proyectos de leyes, reglamentos, y decretos relacionados con esta materia;

VIII. Ejecutar los acuerdos de la Junta de Gobierno;

IX. Presentar a la Junta de Gobierno, cada seis meses, un informe operativo sobre el ejercicio de las facultades que este artículo le concede, así como un informe financiero de la Comisión.

X. Ejercer el presupuesto de la Comisión, con sujeción a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables;

XI. Suscribir y negociar títulos de crédito, así como tramitar y obtener cartas de crédito, previa autorización de la Junta de Gobierno;

XII. Presidir el Consejo Consultivo de Protección a Migrantes y sus Familias;

XIII. Elaborar y presentar, para aprobación de la Junta de Gobierno, el Estatuto Orgánico de la Comisión, las reglas de operación y reglamentación interna de los programas sustantivos, así como sus modificaciones y expedir los manuales de organización, de procedimientos y de servicios de la Comisión;

XIV. Fijar, conforme a la legislación aplicable, las condiciones generales de trabajo de la Comisión, y

XV.- Las que le confieren los ordenamientos aplicables, y las demás que con fundamento en esta Ley le delegue la Junta de Gobierno.

ARTÍCULO 17

La Comisión ejercerá las siguientes atribuciones:

I. Mantener el Consejo Consultivo de Migración, que realizará estudios e investigaciones académicas y de campo, internacionales, nacionales y regionales, que sirvan como base para analizar la naturaleza, dimensiones, causas, consecuencias y soluciones de la migración de mexicanos dentro y hacia fuera del país, y de migrantes extranjeros hacia México. Asimismo elaborará recomendaciones a la Comisión para el mejor cumplimiento de las políticas y criterios obligatorios de éste. El Estatuto Orgánico de la Comisión especificará la conformación, funcionamiento y patrimonio del Consejo de Migración;

II. Asesorar a dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a los gobiernos de las entidades federativas, del Distrito Federal y de los municipios, así como a la sociedad civil en materia de protección, apoyo y atención a la migración;

III. Coadyuvar con las Secretarías de Gobernación, Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, Desarrollo Social, Educación Pública, Trabajo y Previsión Social, de Salud y de Economía, así como con las instituciones o dependencias competentes, en la atención de los casos de violación de los derechos humanos, laborales, civiles y otras garantías de los migrantes y sus familias;

IV. Coordinarse con las dependencias o entidades de la Federación, entidades federativas, Distrito Federal y municipios, para definir el contenido de las políticas, programas y criterios obligatorios de protección a migrantes, mediante la suscripción de los acuerdos y convenios de colaboración que sean necesarios;

V. Establecer y evaluar periódicamente programas y acciones de ayuda a los migrantes mexicanos y sus familias, promoviendo y otorgando facilidades para la de educación a distancia, la protección a la salud, la seguridad social, el acceso a la vivienda en territorio nacional, el envío y recepción de dinero, envío y recepción de productos de uso personal y familiar, repatriación urgente de personas en estado de vulnerabilidad y de cadáveres, reagrupamiento familiar, apoyo financiero público para el pago de pensiones a aquellos migrantes mexicanos que acrediten tal derecho, y en general todas aquellas que incidan en el desarrollo y mejoramiento de la calidad de vida;

VI. Dar prioridad a aquellos programas y acciones que beneficien a las mujeres, a los menores y a los indígenas migrantes;

VII. Crear, coordinar y evaluar periódicamente los Grupos de Protección a Migrantes y sus Familias, así como los Centros de Atención a Migrantes y sus Familias;

VIII. Coadyuvar con las autoridades correspondientes en la prevención e investigación del tráfico ilegal de personas y la explotación y trata de personas migrantes.

IX. Alentar a los medios de comunicación a hacer hincapié en las imágenes positivas de la migración y la diversidad cultural;

X. Promover la participación y la cooperación de la sociedad civil organizada para efectos de que sean coadyuvantes en la defensa y protección de los derechos de los migrantes;

XI. Promover e implantar programas para que los migrantes mexicanos en el extranjero preserven el apego a sus raíces sociales y culturales, así como a su identidad; procurando en ellos el interés para estrechar sus relaciones con México y sus comunidades de origen;

XII. Coordinarse con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y con los gobiernos de las entidades federativas, del Distrito Federal y de los municipios, para la implantación y ejecución de programas de prevención de la emigración clandestina y sus causas;

XIII. Instrumentar acciones de capacitación y actualización para los servidores públicos de la propia Comisión, que se encarguen de dar atención a los migrantes mexicanos en el exterior;

XIV. Participar e intervenir en foros y mecanismos de cooperación internacional relacionados con los temas de su competencia;

XV. Promover la creación y ejecución de programas binacionales y/o multilaterales, que vinculen la acción de autoridades mexicanas y de otras naciones en materia de protección y ayuda a migrantes y sus familias;

XVI. Crear y coordinar el Programa Estratégico de Protección a Migrantes y sus Familias, con proyección a veinticinco años o más, y

XVII. Las demás que le señale la presente Ley, su Reglamento, el Estatuto Orgánico de la propia Comisión y demás disposiciones legales aplicables.

ARTICULO 18

El patrimonio de la Comisión estará integrado por:

I. Los bienes muebles e inmuebles, así como los derechos y obligaciones que le transmitan la Federación, las Entidades Federativas, el Distrito Federal, los Municipios o cualquier otra entidad pública;

II. Las donaciones, herencias, legados y aportaciones que otorguen particulares o cualquier institución pública o privada, nacional o internacional;

III. Las adquisiciones, créditos, préstamos y cooperaciones técnicas en numerario o en especie, que obtenga de cualquier dependencia o entidad pública, institución privada u organismos nacionales o internacionales, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;

IV. Las acciones, derechos o productos que por cualquiera título adquiera;

V. Los recursos que le sean asignados anualmente conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente, y

VI. Los ingresos que obtenga por:

a. Los subsidios que los Gobiernos Federal, Estatales, el Distrito Federal y los municipios le otorguen o destinen;

b. Los fondos que obtenga para el financiamiento de programas específicos;

c. Los ingresos que obtenga por la prestación de algunos de los servicios que preste y por las actividades que realice;

d. Los recursos que obtenga por la comercialización de sus obras literarias, derechos y demás que correspondan, y

e. Los demás bienes, derechos y aprovechamientos que le fijen las leyes y reglamentos o que provengan de otros fondos o aportaciones conforme a la legislación aplicable.

CAPITULO IV
De la Coordinación Institucional

ARTICULO 19

La Federación, a través de la Comisión, podrá suscribir convenios o acuerdos de coordinación, con el objeto de que los gobiernos del Distrito Federal y/o de los Estados, con la participación, en su caso, de Municipios, en el ámbito territorial de su competencia, asuman las siguientes funciones:

I. Realizar acciones y programas para la atención de la problemática en materia de protección a migrantes mexicanos y extranjeros y sus familias;

II. Desarrollar en las entidades federativas de origen, de tránsito y receptores de migrantes, medidas para su protección;

III. La operación conjunta de los grupos y centros de protección a migrantes que se encuentren en territorio nacional;

IV. Impulsar programas específicos de apoyo en las localidades de alta intensidad migratoria hacía el extranjero;

V. Desarrollar esquemas colectivos que incentiven y protejan el ahorro de los migrantes mexicanos, así como su inversión en programas de generación de empleos, de crecimiento económico, desarrollo social y construcción de infraestructura urbana;

VI. Coadyuvar en la elaboración de estudios sobre la magnitud, características y perspectivas de las distintas modalidades de la migración de mexicanos;

VII. Fortalecer los vínculos sociales y culturales con las comunidades de mexicanos en el extranjero;

VIII. Promover programas educativos, culturales y recreativos para contribuir al desarrollo pleno de los migrantes mexicanos y sus familias en el extranjero;

IX. Promover, diseñar e instrumentar programas de desarrollo regional, social y humano en las zonas de origen de la migración;

X. Garantizar la repatriación segura y ordenada de los migrantes regulares e indocumentados, y promover sistemas de centros de atención para los mismos;

XI. Sistematizar los servicios de información y atención a migrantes;

XII. Programar y operar las tareas de prevención de la migración irregular y/o clandestina;

XIII. Coordinar acciones para la protección de migrantes extranjeros en el país;

XIV. Realizar acciones de cooperación en la inspección, vigilancia, persecución y penalización del tráfico ilegal de indocumentados, y

XV. Establecer y aplicar programas de generación de empleos, construcción de infraestructura urbana, apoyo a la productividad del campo, crecimiento económico y desarrollo social en aquellas localidades donde lo acuerden conjuntamente el Instituto, las autoridades y las asociaciones de migrantes mexicanos en el extranjero.

ARTICULO 20

En la celebración de convenios o acuerdos de coordinación, se tomará en consideración que los gobiernos de las Entidades Federativas, del Distrito Federal y de los Municipios en su caso, cuenten con los medios necesarios, el personal capacitado, los recursos materiales y financieros, así como la estructura institucional específica para el desarrollo de las funciones que soliciten asumir.

Asimismo, los convenios y acuerdos deberán ajustarse, en lo conducente, además de lo previsto en la presente Ley, a las bases previstas en la Ley General de Población, en la Ley de Planeación, y en la ley de Desarrollo Social.

ARTICULO 21

De acuerdo con lo previsto en la presente Ley y en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, las Secretarías de Estado, la Comisión y las demás dependencias del Ejecutivo Federal, se coordinarán para implantar y ejecutar políticas públicas, criterios obligatorios, programas y acciones relativos a la protección de los migrantes y sus familiares.

CAPITULO V
De las Políticas en Materia de Protección a Migrantes

ARTICULO 22

En la planeación y realización de políticas públicas a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, conforme a sus respectivas esferas de competencia, así como en el ejercicio de las atribuciones que las leyes confieren a las autoridades de las Entidades Federativas y los municipios, se observarán los criterios obligatorios de protección a migrantes mexicanos que se encuentren en territorio nacional y en el extranjero, así como a migrantes extranjeros dentro del país.

Sección 1
De los Criterios Obligatorios de la Política de Protección a Migrantes Mexicanos en el Extranjero.

ARTICULO 23

La política pública y las acciones que, en materia de protección a migrantes mexicanos en el extranjero, desarrolle el Ejecutivo Federal, deberán observar los siguientes criterios obligatorios:

I. Velar por el respeto de los derechos fundamentales, prevenir e impedir la explotación laboral y sexual, dentro y fuera del país, de los migrantes mexicanos y de sus familias, así como de los migrantes extranjeros en territorio nacional, especialmente de las mujeres, los menores y los indígenas;

II. Homologar las disposiciones jurídicas y administrativas nacionales con los convenios sobre migración y derechos humanos ratificados por México;

III. Resolver las causas que originan la migración irregular, así como perseguir y penalizar a quienes realizan o colaboran en el tráfico ilegal de personas;

IV. Tomar medidas para fomentar el fortalecimiento de los lazos culturales y familiares entre los migrantes mexicanos y sus comunidades de origen, así como entre las comunidades mexicanas que se establecen fuera del país;

V. Proponer a los Estados de tránsito y destino la celebración de acuerdos o tratados para otorgar a los migrantes mexicanos y sus familias acceso a los servicios básicos de salud, independientemente de su condición migratoria.

VI. Crear alianzas estratégicas en los ámbitos nacional e internacional, con organizaciones de la sociedad civil y del sector privado con el objeto de que sean colaboren en la protección y ayuda de los migrantes dentro y fuera del territorio nacional;

VII. Establecer programas y líneas de acción contra la discriminación y la xenofobia dirigida a los migrantes y sus familias;

VIII. Implantar en los programas educativos y hacer promoción publicitaria de los aspectos positivos de la diversidad y la interacción multicultural;

IX. Brindar asistencia pública a los migrantes y sus familias, especialmente en los rubros alimenticio, sanitario, de seguridad social, educativo y retorno o repatriación de personas en estado de vulnerabilidad, así como de cadáveres;

X. Impulsar y motivar el retorno voluntario de los migrantes mexicanos, estimulando la repatriación voluntaria a destinos no fronterizos;

XI. Promocionar la inversión nacional para proveer a las comunidades de mexicanos en el extranjero, de aquellos productos y servicios que les permitan continuar con lazos culturales, afectivos y familiares desde su lugar de residencia, y

XII. Promocionar la inversión de los migrantes mexicanos en proyectos y programas de generación de empleos, crecimiento económico y desarrollo social en sus comunidades de origen.

Sección 2
De los Criterios Obligatorios de la Política de Protección a Migrantes Extranjeros que se encuentran en Territorio Nacional

ARTICULO 24

La política pública y las acciones que, en materia de protección a migrantes extranjeros en territorio nacional, desarrolle el Ejecutivo Federal, deberán observar los siguientes criterios obligatorios:

I. Establecer mecanismos que aseguren a los migrantes extranjeros el pleno ejercicio de sus derechos fundamentales como son a la vida, la libertad de tránsito, la seguridad y la protección de su intimidad y su patrimonio, entre otros;

II. Desarrollar sistemas que les garanticen el derecho a la igualdad ante los tribunales y todos los demás órganos y autoridades encargados de la administración de justicia, y

III. Promover el respeto a la diversidad y la interacción multicultural.

Sección 3
De los Criterios Obligatorios de la Política de Protección Laboral de los Migrantes Mexicanos

ARTICULO 25

La política pública y las acciones que, en materia de protección laboral de los migrantes mexicanos, dentro y fuera del país, desarrolle el Ejecutivo Federal, deberán observar los siguientes criterios obligatorios:

I. Impulsar, en el marco de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, la aplicación de las normas internacionales del trabajo en beneficio de los migrantes mexicanos y sus familias, y

II. Exigir, en lo posible, el cumplimiento de los convenios y recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo, sobre el trabajo de migrantes, por parte de aquellos países en los que se encuentren prestando sus servicios migrantes mexicanos.

Sección 4
De los Criterios Obligatorios de Política respecto de Migrantes Mujeres, Menores e Indígenas.

ARTICULO 26

La política pública y las acciones que desarrolle el Ejecutivo Federal, dentro y fuera del país, en materia de protección a las migrantes mujeres, menores y/o indígenas, o que sean familiares de los migrantes mexicanos, deberán observar los siguientes criterios obligatorios de protección especial:

I. Exigir, en lo posible, el cumplimiento de los instrumentos jurídicos internacionales en materia de protección laboral y familiar de las mujeres, los menores y los indígenas migrantes;

II. Suscribir instrumentos jurídicos bilaterales y multilaterales de especial protección a las mujeres, los menores y los indígenas, con aquellas naciones en donde residen migrantes mexicanos;

III. Evitar y en su caso, sancionar, dentro del territorio nacional, cualquier violación a los derechos fundamentales de las mujeres, menores e indígenas migrantes;

IV. Promover la equidad de género y la igualdad de oportunidades, y

V. Combatir el trafico ilícito de menores, el trabajo infantil, así como toda forma de explotación o abuso hacia los indígenas.

ARTICULO 27

Se deberá dar prioridad a la protección inmediata, atención especializada y apoyo institucional a aquellos niños que han sido separados de sus familias o que incluso estén en estado de orfandad o indigencia

ARTICULO 28

Serán criterios obligatorios de política en materia de protección a migrantes mexicanos indígenas, los previstos en el artículo segundo de la Constitución, así como la instrumentación de programas que promuevan el respeto a sus derechos como migrantes en sus nuevos lugares de residencia.

Para los efectos del párrafo anterior, el Instituto se coordinará en lo conducente con la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

CAPITULO VI
Del Programa Estratégico de Protección a Migrantes y sus Familias.

ARTICULO 29

Los programas de protección a migrantes y sus familias, como instrumentos para el diseño y ejecución de la política en materia migratoria, deberán ser de dos tipos:

I. Programas sectoriales, institucionales y especiales, de corto y mediano plazo, a desarrollarse durante los periodos constitucionales que correspondan a las autoridades administrativas Federales, Estatales y Municipales, conforme a lo previsto en la Ley de Desarrollo Social y la Ley de Planeación, y

II. Un Programa Estratégico de Protección a Migrantes y sus Familias, coordinado por la Comisión y con proyección a veinticinco años o más, en el que se defina las acciones que, en materia de protección a los migrantes y sus familias, deberá realizar el Estado en su conjunto.

ARTICULO 30

El Programa Estratégico de Protección a Migrantes, deberá contener líneas de acción referentes a, por lo menos, los siguientes aspectos:

I. Prevención y combate de robos, abusos, extorsiones y cualquier tipo de delincuencia organizada en contra de los migrantes y sus familias;

II. Prevención de la migración irregular, brindando información sobre los peligros y riesgos que se enfrentan al ingresar o salir del país de manera clandestina por áreas peligrosas;

III. Fortalecimiento de la protección consular;

IV. Simplificación y ayuda para la repatriación de menores, principalmente de aquellos que se encuentran separados de sus familias;

V. Promoción y facilitación para que los migrantes mexicanos, desde su lugar de estancia o residencia, realicen trámites, aportaciones y pagos para su educación a distancia, así como de la seguridad social mexicana y para la adquisición de viviendas propias de interés social, en beneficio de sus familias residentes en territorio nacional;

VI. Promoción y facilitación para que los migrantes mexicanos, desde su lugar de estancia o residencia, realicen trámites y aportaciones para sus pensiones y jubilaciones;

VII. Reciprocidad con otras naciones para el mutuo reconocimiento de certificados laborales, así como de aquellos títulos técnicos y universitarios, de reconocimiento oficial, que los migrantes mexicanos hubiesen obtenido en México;

VIII. Capacitación y certificación laboral en aquellos oficios que son demandados en otras naciones;

IX. Capacitación y certificación laboral en aquellas comunidades de mayor expulsión de mano de obra para evitar la excesiva migración;

X. Protección, asesoría y representación jurídica de los derechos fundamentales, laborales, penales, mercantiles y demás garantías de los migrantes mexicanos y sus familias;

XI. Apoyo a aquellas familias de migrantes mexicanos que residen en México y que dependen económicamente en gran medida de ellos;

XII. Fortalecimiento de los vínculos culturales, sociales y comerciales entre las comunidades de origen y los migrantes mexicanos residentes en el extranjero;

XIII. Fomento de la inversión económica de los migrantes mexicanos para la creación de fuentes de empleo, crecimiento económico y desarrollo social de sus comunidades de origen;

XIV. Facilitación a los migrantes mexicanos para enviar a sus familias, desde el extranjero, dinero y productos de uso personal y familiar, y

XV. Así como todas las líneas de acción que permitan al Instituto cumplir cabalmente con sus fines y cometidos.

CAPITULO VII
De los Grupos de Protección a Migrantes

ARTICULO 31

La Comisión creará Grupos de Protección a Migrantes, los que tendrán por objeto:

I. Coadyuvar con las autoridades correspondientes para brindar protección y defensa de los derechos fundamentales de los migrantes que se encuentren en territorio nacional, así como de su integridad física y patrimonial, con independencia de su nacionalidad y de su condición jurídica migratoria de documentados o indocumentados;

II. La realización de acciones preventivas para proteger a los migrantes en su integridad física y patrimonial;

III. La realización de acciones de rescate, salvamento y atención médica inmediata a migrantes en situación de riesgo.

IV. Hacer del conocimiento de las autoridades correspondientes los hechos delictivos que se cometan en perjuicio de la persona o bienes de los migrantes y sus familias;

V. Coadyuvar con las autoridades correspondientes para combatir actos delictivos que se detecten en flagrancia;

VI. Informar a los migrantes respecto de los derechos que les asisten y de aquellos apoyos que pueden recibir de la Comisión;

VII. Realizar acciones de concientización sobre los riesgos que enfrentan los migrantes al ingresar o salir del país por regiones peligrosas, y

VIII. Brindar todo tipo de asistencia legal y social a los migrantes, canalizando sus quejas ante las instancias correspondientes.

ARTICULO 32

La Comisión coordinará la operación y funcionamiento de los grupos a que se refiere el artículo anterior, pudiendo participar en ellos elementos de seguridad pública y cualquier representante de los niveles de Gobierno Federal, Estatal y Municipal, así como de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, de los organismos protectores de las entidades federativas y voluntarios de la sociedad civil, en los términos de los acuerdos de coordinación y colaboración que para tal efecto se celebren.

ARTICULO 33

Las situaciones sobre violaciones de derechos humanos que sean del conocimiento de la Comisión o de los grupos a que se refiere el presente capítulo, serán puestas a consideración de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos o del organismo protector de la Entidad Federativa correspondiente, sin perjuicio de la notificación que se haga a la Secretaría de la Función Pública para los efectos de la aplicación del procedimiento de responsabilidad que proceda.

Tratándose de delitos, la Comisión siempre hará del conocimiento de éstos a las autoridades correspondientes para los efectos jurídicos procedentes.

CAPITULO VIII
De los Centros de Atención a Migrantes y sus Familias

ARTICULO 34

La Comisión creará Centros de Atención a Migrantes y sus Familias, en los que brindará albergue, asistencia sanitaria y social, orientación jurídica y apoyo en general a aquellos migrantes que así lo requieran.

Los Centros de Atención, también brindarán capacitación laboral para quienes pretenden realizar una emigración dentro o hacia fuera del país, en diversos oficios certificados por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

ARTICULO 35

La Comisión suscribirá los acuerdos de coordinación o cooperación con las entidades públicas de los Gobiernos Federal, del Distrito Federal, de los Estados y de los Municipios, que se consideren necesarios para el establecimiento y operación de los Centros a que se refiere el artículo anterior, promoviendo además la participación social y privada en su funcionamiento.

ARTICULO 36

Los Centros de Atención a Migrantes y sus Familias, estarán ubicados preferentemente en las localidades de mayor expulsión de mano de obra, así como en aquellas zonas fronterizas de máximo tránsito migratorio. Además podrán ubicarse como instalaciones anexas a los consulados, embajadas y representaciones diplomáticas del país que corresponda, previo acuerdo con la Secretaría de Relaciones Exteriores.

TRANSITORIOS

ARTICULO PRIMERO. La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Su reglamento será elaborado por la Junta de Gobierno de la Comisión dentro de los noventa días posteriores a la toma de posesión de ésta.

ARTICULO SEGUNDO. La Comisión a que se refiere la presente Ley, se deberá constituir el mismo día de entrada en vigor de la presente Ley.

ARTICULO TERCERO. Se derogan todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas, que se opongan a la presente Ley.

ARTÍCULO CUARTO. La Junta de Gobierno de la Comisión y su Director General, deberán tomar posesión de sus cargos el mismo día de entrada en vigor de la presente Ley.

ARTÍCULO QUINTO. El Titular del Ejecutivo Federal deberá crear el Consejo Consultivo Nacional de Protección a Migrantes y sus Familias en un plazo no mayor a sesenta días después de la entrada en vigor de la presente Ley.

ARTÍCULO SEXTO. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público realizará las adecuaciones necesarias para el tratamiento del ramo presupuestal de la Comisión, como entidad no sectorizada, así como para que la Comisión ejerza las funciones que conforme a las leyes y demás ordenamientos corresponden a las dependencias coordinadoras de sector, respecto de las entidades paraestatales que formen parte del subsector denominado Sistema Migración, en los términos de los artículos 48, 49 y 50 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

ARTÍCULO SÉPTIMO. La Junta de Gobierno expedirá el Estatuto Orgánico de la Comisión en un plazo de sesenta días contados a partir de la entrada en vigor de esta Ley, en el cual deberá precisar las decisiones y autorizaciones que le corresponderá a la propia Junta adoptar respecto de las atribuciones que la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, la Ley General de Deuda Pública, la Ley de Desarrollo Social, el Decreto Aprobatorio del Presupuesto de Egresos de la Federación, las correspondientes en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, y todos los demás ordenamientos legales y reglamentarios y de carácter administrativo le confieren a las dependencias coordinadoras de sector respecto de la operación y funcionamiento de la Comisión, así como aquellas que corresponderá ejercer al Director General y a las unidades administrativas del propio organismo público descentralizado.

ARTÍCULO OCTAVO. En tanto que se expide el Estatuto Orgánico, la Junta de Gobierno de la Comisión podrá resolver, en caso de duda, sobre la procedencia de que ella misma o el Director General realice gestiones directamente ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o cualquier otra dependencia que resulte competente para los asuntos de que se trate.

ARTICULO NOVENO La expedición de esta Ley no afecta los derechos laborales adquiridos por los trabajadores de las Instituciones, órganos desconcentrados y Programas mencionados en el artículo transitorio anterior.

ARTÍCULO DÉCIMO. Los trabajadores de la Comisión estarán incorporados al régimen de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 4 de abril de 2006.

Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente

Sen. Sara I. Castellanos Cortés (rúbrica)
Secretaria

(Turnada a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios. Abril 5 de 2006.)
 
 
 
CON PROYECTO DE DECRETO, QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA

México, DF, a 4 de abril de 2006.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera.

Atentamente
Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente
 

MINUTA
PROYECTO DE DECRETO

POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA

Artículo Único: Se reforman los artículos 14, 16-A, 18, 19 y 20, y se adiciona con las fracciones V, VI y VII al artículo 26, pasando la actual fracción V a ser VIII; y con dos fracciones VII y VIII el artículo 38, de la Ley de Inversión Extranjera para quedar como sigue:

Artículo 14.- .....

Toda solicitud de permiso deberá ser resuelta por la Secretaría de Relaciones Exteriores dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha de su presentación ante la unidad administrativa central competente, o dentro de los cuarenta días hábiles siguientes, si se presenta en las delegaciones estatales de dicha dependencia. Concluidos dichos plazos sin que se emita resolución, se entenderá aprobada la solicitud respectiva.

Artículo 16 A.- Toda solicitud de permiso a que se refieren los artículos 15 y 16 de esta Ley deberá ser resuelta por la Secretaría de Relaciones Exteriores dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha de su presentación. Concluido dicho plazo sin que se emita resolución, se entenderá aprobada la solicitud respectiva.

Artículo 18.- ......

Únicamente podrá computarse como inversión neutra, la proveniente de fideicomisos, sociedades de inversión o fondos de inversionistas extranjeros, y ésta, en ningún caso podrá participar en actos de operación o administración de la sociedad.

Artículo 19.- .......

La Secretaría tendrá un plazo máximo de cincuenta y cinco días hábiles para otorgar o negar la autorización solicitada, contado a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud. Concluido dicho plazo sin que se emita resolución, se entenderá aprobada la solicitud respectiva.

Artículo 20.- ......

La Secretaría tendrá un plazo máximo de cuarenta y cinco días hábiles para otorgar o negar la autorización solicitada, contado a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud. Concluido dicho plazo sin que se emita resolución, se entenderá aprobada la solicitud respectiva.

Artículo 26.- .....

I...

II...

III.......

IV. .....

V. Resolver, a través de la Secretaría, sobre la autorización y los términos y condiciones de la participación de la inversión neutra en cualquiera de las actividades señaladas en el artículo 8° de la presente Ley;

VI. Vigilar la estricta observancia de la Ley en el cómputo de la inversión neutra;

VII. Impedir que mediante el uso de simulación se rebasen los límites a la inversión extranjera establecidos en la presente Ley; y

VIII. Las demás que le correspondan conforme al presente ordenamiento.

Artículo38.- ....

I...

II...

III...

IV...

V....

VI....

VII.- En caso de que el inversionista extranjero, valiéndose de simulación, viole los límites establecidos en la presente ley, se impondrá multa equivalente al 20% del total del valor de la tenencia accionaria y se procederá a la cancelación de aquéllas acciones o partes sociales que correspondan al capital registrado como Inversión Neutra.

Para efectos del presente artículo, por salario se entiende el salario mínimo diario general vigente en el Distrito Federal, al momento de determinarse la infracción.

Para la determinación e imposición de las sanciones se deberá oír previamente al interesado y, en el caso de sanciones pecuniarias, tomar en consideración la naturaleza y la gravedad de la infracción, la capacidad económica del infractor, el tiempo transcurrido entre la fecha en que se debió cumplir la obligación y su cumplimiento o regularización, y el valor total de la operación.

Corresponderá a la Secretaría la imposición de las sanciones, excepto por lo que hace a la infracción a la que se refiere la fracción V de este artículo y las demás relacionadas con los Títulos Segundo y Tercero de esta Ley, que serán aplicadas por la Secretaría de Relaciones Exteriores.

La imposición de las sanciones a que se refiere el presente Título, será sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que en su caso corresponda.

TRANSITORIOS

ÚNICO. La presente Ley entrará en vigor a los diez días de su publicación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 4 de abril de 2006.

Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente

Sen. Sara I. Castellanos Cortés (rúbrica)
Secretaria

(Turnada a la Comisión de Economía. Abril 5 de 2006.)
 
 
 
CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DEL SISTEMA NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN Y DEL SISTEMA EDUCATIVO, SE REFORMA LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Y SE REFORMA LA LEY FEDERAL DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES

México, DF, a 30 de marzo de 2006.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Sistema Nacional para la Evaluación de la Educación y del Sistema Educativo, se reforma la Ley General de Educación y se reforma la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

Atentamente
Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente
 

MINUTA
PROYECTO DE DECRETO

POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DEL SISTEMA NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN Y DEL SISTEMA EDUCATIVO, SE REFORMA LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Y SE REFORMA LA LEY FEDERAL DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES.

ARTÍCULO PRIMERO. Se expide la Ley del sistema Nacional para la Evaluación de la Educación y del Sistema Educativo y del Sistema Educativo, en los siguientes términos:

LEY DEL SISTEMA NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN Y DEL SISTEMA EDUCATIVO

CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés social, de observancia general en el territorio nacional y tiene por objeto establecer las bases del Sistema Nacional para la Evaluación de la Educación y del Sistema Educativo.

La Ley se aplicará sin perjuicio de los ordenamientos que establece la Ley General de Educación, la Ley de Coordinación de la Educación Superior, así como cualquier otro ordenamiento en materia de evaluación de la educación.

Artículo 2.- La aplicación de esta Ley corresponde a las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, sin perjuicio de las atribuciones que las demás leyes otorguen a otras autoridades federales y a los organismos públicos de evaluación de la educación.

Artículo 3.- Para los fines de esta Ley se entenderá por:

I.- La Constitución: la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

II.- La Ley: La Ley del Sistema Nacional para la Evaluación de la Educación y del Sistema Educativo;

III.- El Sistema (SNEESE): El Sistema Nacional para la Evaluación de la Educación y del Sistema Educativo;

IV.- El Instituto (INEE): El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación;

V.- La Secretaría: La Secretaría de Educación Pública;

VI.- Autoridades Educativas: Las dependencias y los funcionarios responsables de las dependencias de la administración educativa en los gobiernos federal, estatales y municipales, así como de los organismos descentralizados y del sector paraestatal que prestan servicios educativo;

VII.- Actores educativos: Las instituciones, organizaciones y personas que actúan de manera directa en el Sistema Nacional de Educación: autoridades administrativas, órganos legislativos, organizaciones de instituciones educativas, organizaciones de padres de familia, organizaciones sociales, investigadores educativos e instituciones de investigación;

VIII.- El Congreso: El Congreso de la Unión;

IX.- La Cámara: La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión;

X.- El Senado: La Cámara de Senadores;

XI.- Sistema Educativo: El Sistema Educativo Nacional, en los términos que lo señala el Artículo 10 de la Ley General de Educación, y

XII.- Información del Sistema Educativo Nacional: Cualquier fuente escrita, visual o en forma de base de datos, contenida en cualquier base material de que dispongan las autoridades educativas, las dependencias descentralizadas y del sector paraestatal que presten servicios educativos de cualquier clase, o el Sistema, en materia de educación, política educativa y de evaluación educativa.

CAPÍTULO SEGUNDO
DE LA EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN

Artículo 4.- La evaluación de la educación y del sistema educativo a que se refiere esta Ley, tiene como objetivo generar de manera permanente información suficiente, adecuada, pertinente y confiable sobre la situación de los resultados del proceso educativo, de las condiciones en que se realiza y de las fortalezas y debilidades del Sistema Educativo.

Se reconoce como evaluación el proceso técnico que comprende el conjunto de acciones sistemáticas, continuas e integradas, que se expresan en juicios de valor, como resultado de contrastar las mediciones de los elementos componentes de la calidad y los aspectos del sistema educativo con parámetros normativos pertinentes, previamente definidos.

Se distinguirá la evaluación de personas e instituciones, de la evaluación del sistema nacional y los subsistemas estatales; de las metas y objetivos de la educación; de los planes, programas, métodos y materiales de estudio; de los niveles y modalidades educativas; de los recursos y condiciones para la gestión del aprendizaje; de la idoneidad y eficacia de las estructuras administrativas y de los perfiles profesionales del personal, para facilitar la toma de decisiones en el mejoramiento de la calidad de la educación.

ARTÍCULO 5. La calidad de la educación, como finalidad de la evaluación, comprende al conjunto de propiedades del sistema educativo que permiten definirlo, apreciarlo y compararlo con respecto a otros sistemas educativos, a contextos económicos, sociales y culturales, y a necesidades educativas de personas y grupos sociales.

La calidad de la educación expresará el grado en que se logra la relevancia, eficacia interna y externa, impacto, equidad y eficiencia del Sistema Educativo, conforme a los siguientes elementos deseables:

a) Que los objetivos curriculares sean adecuados para los alumnos, en función de los intereses y las necesidades de la sociedad

b) Que los alumnos de la educación básica accedan al primer grado de cada nivel en la edad apropiada y permanezcan en el sistema, hasta su egreso del último nivel obligatorio, igualmente en la edad estipulada, habiendo alcanzado los objetivos de aprendizaje en una medida satisfactoria.

c) Que los estudiantes concluyan el nivel obligatorio y accedan a los niveles post-obligatorios en proporciones crecientes de cada generación, con niveles de conclusión y de aprendizaje crecientes.

d) Que los conocimientos, actitudes y habilidades adquiridos por los egresados del Sistema Educativo tengan impacto en el desarrollo de la nación y les permita acceder a mejores niveles de calidad de vida.

e) Que el Sistema Educativo alcance una efectiva igualdad de oportunidades, apoyando de manera diferenciada a los alumnos, según sus necesidades.

f) Que los recursos del Sistema Educativo se utilicen y distribuyan de manera óptima, transparente y eficiente.

ARTÍCULO 6. La evaluación de la educación y del Sistema Educativo, en todos los casos, deberá considerar los fines, objetivos, y metas establecidos en la normatividad, planes sectoriales, políticas vigentes, financiamiento del sector y distribución y aplicación de recursos, comparándolos con los resultados alcanzados, respecto de los siguientes aspectos:

I. Los elementos cualitativos de la estructura, el proceso y el resultado de la educación, que derivan del modelo fijado como base del sistema.

II. La integralidad, relevancia, coherencia, y eficacia del sistema dadas por el nivel de cobertura de la demanda, la equidad en la distribución de los servicios y los niveles formativos e instructivos en consonancia con el desarrollo social, político, cultural y económico de la comunidad, por lo que para evaluarse es necesario considerar:

a Los recursos que se destinan a educación;
b La estructura y funcionamiento del sistema educativo;

c La eficacia de la administración educativa;
d El contexto general dentro del que se produce el hecho educativo;

e La formación inicial y permanente del personal docente;
f Las condiciones laborales de los maestros;

g Los recursos, medios y materiales didácticos de que se dispone;
h Los espacios escolares y servicios complementarios de carácter educativo y asistencial con que se cuenta;

i La relación numérica maestro-alumno;
j Los programas, métodos y procedimientos de enseñanza;

k Las actividades extraescolares, y
l La evaluación interna.

Artículo 7.- La evaluación educativa y del sistema educativo a que se refiere esta Ley, deberá sujetarse a los siguientes valores y principios:

I.- Los valores, garantías y derechos educativos establecidos en la Constitución y la Ley;

II.- Fortalecimiento del Sistema Educativo en general y de los planteles, instituciones, dependencias y procesos evaluados;

III.- Mejoramiento de la equidad y elevación permanente de la calidad de la educación, de los servicios educativos, de la administración del sistema y del financiamiento del mismo;

IV.- Eficiencia, eficacia, objetividad, veracidad, certeza, imparcialidad, rigurosidad científica, suficiencia técnica, y visión integral de las evaluaciones;

V.- Verificabilidad, auditabilidad y confiabilidad de los procesos técnicos y los resultados;

VI.- Imparcialidad, objetividad, autonomía e independencia en el análisis e interpretación de los resultados;

VII.- Perfeccionamiento permanente de normas y criterios de evaluación;

VIII.- Consideración de circunstancias externas al Sistema Educativo, a las instituciones y los planteles que afectan a personas, escuelas o subsistemas en los resultados de las evaluaciones;

IX.- Comparatividad de resultados en términos de equidad;
X.- Comparatividad temporal de resultados;

XI.- Publicitación de criterios y resultados de las evaluaciones;
XII.- Solidaridad, colaboración y apoyo a la función evaluativa en los planteles;

XIII.- Pertinencia y oportunidad en la información que permita la toma de decisiones de actores educativos y la sociedad;
XIV.- Vinculación, interlocución y retroalimentación permanentes con actores educativos;

XV.- Respeto a procesos internos de las instituciones;
XVI.- Generación de elementos de estímulo y apoyo;

XVII.- Participación y colaboración nacional e internacional, y
XVIII.- Perfeccionamiento permanente de procesos internos de administración

CAPÍTULO TERCERO
DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN Y DEL SISTEMA EDUCATIVO - SNEESE

Artículo 8.- El Sistema Nacional de Evaluación de la Educación y del Sistema Educativo, en adelante por sus siglas SNEESE, es el conjunto de dependencias, organismos, instituciones y asociaciones del sector público, social y privado, que tienen por objeto definir las líneas y normas generales para el desarrollo de los instrumentos, políticas, servicios y acciones previstos en la presente ley, tendientes a cumplir los objetivos y fines de la evaluación de la educación y del sistema educativo nacional.

Artículo 9.-. El SNEESE es un mecanismo de coordinación que se basa en las actividades de las instancias que lo integren y no tendrá estructura operativa propia

Artículo 10.- Son integrantes del SNEESE los siguientes:

I.- El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación;

II.- La Secretaría de Educación Pública;

III.- Las entidades públicas responsables de la evaluación educativa en las entidades federativas;

IV.- Los organismos especializados en evaluación educativa que sean establecidos por la autoridad federal o las autoridades estatales, y

V.- Las instituciones de investigación educativa que realicen actividades de evaluación, y que por su alcance y consistencia cuenten con la aprobación del Consejo Técnico del INEE, de conformidad con lo establecido en esta Ley y su reglamento.

Artículo 11.-. El SNEESE tendrá los siguientes objetivos:

I. Garantizar que las acciones de evaluación de la educación y el sistema educativo tengan como base los principios y valores establecidos en la presente Ley, a fin de contribuir a elevar la calidad de la educación;

II. Contribuir al fortalecimiento del Sistema Educativo en su conjunto, así como el de las dependencias e instituciones evaluadas, estableciendo mecanismos para que les sea entregada la información procesada y las recomendaciones generadas;

III. Promover la solidaridad, colaboración y apoyo mutuo entre los integrantes del Sistema Educativo;

IV. Garantizar el respeto a los procesos de gestión interna de las dependencias e instituciones evaluadas;

V. Procurar la actualización e innovación permanente de las normas, procesos, instrumentos y modelos de evaluación de la educación;

VI. Garantizar la independencia de las instancias de evaluación, respecto de intereses políticos, privados y personales, ajenos a lo establecidos en esta Ley y otras disposiciones legales;

VII. Garantizar que toda evaluación realizada en el marco del Sistema, no tenga fines punitivos, discriminatorios, de competencia y antagonismo, o de segregación contra personas, dependencias, instituciones o planteles y se refiera sólo a procesos, sistemas o subsistemas educativos, y

VIII. Promover el desarrollo de una cultura de la evaluación, a fin de que sea incorporada plenamente a las diversas dimensiones y etapas del hecho educativo.

CAPÍTULO CUARTO
DEL INSTITUTO NACIONAL DE EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN (INEE)

Artículo 12.-. El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, es un organismo público descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica, de gestión y presupuestaria.

Artículo 13.-. Son funciones, facultades y atribuciones del Instituto:

I. Establecer principios, coordinar instancias y normar la política de evaluación de la educación y del sistema educativo;

II. Evaluar el Sistema Educativo y los servicios que presta en todos los niveles, tipos, modalidades y controles de la educación, a escala nacional, estatal, municipal, de zona escolar y planteles, en función de los fines y objetivos de la educación señalados en la Constitución y en la Ley General de Educación;

III. Evaluar la calidad del Sistema Educativo y su funcionamiento respecto de:

a La idoneidad de las políticas educativas,

b La eficiencia y eficacia de la administración,

c La actuación de las autoridades educativas en el cumplimiento de sus funciones,

d La suficiencia y oportunidad del financiamiento de los servicios,

e La idoneidad, adecuación, estado y suficiencia de la infraestructura, equipamiento y dotación de materiales educativos,

f La idoneidad, formación y suficiencia y asignación de personal docente, y

g La idoneidad y adecuación de los métodos pedagógicos y estrategias didácticas.

IV. Evaluar el desempeño de las autoridades educativas, en el ejercicio de sus funciones y obligaciones para el cumplimiento de las metas y objetivos del Sistema Educativo;

V. Evaluar los niveles, fuentes y modalidades y del financiamiento del Sistema Educativo, en función de las necesidades globales, las políticas educativas acordadas por las autoridades educativas y la distribución de los recursos, autorizada por la Cámara;

VI. Evaluar los resultados educativos de las políticas en la materia y del ejercicio de los recursos;

VII. Evaluar las instituciones educativas autónomas, a petición expresa de ellas y mediante convenio;

VIII. Realizar investigaciones y estudios en materia de evaluación y de calidad educativa;

IX. Analizar, registrar, organizar, actualizar, sistematizar y difundir información relativa a acciones de evaluación del Sistema Educativo sobre diagnósticos, programas, instrumentos, mecanismos y presupuestos;

X. Formular recomendaciones y orientaciones derivadas de las evaluaciones;

Proponer a las autoridades educativas, a partir de los resultados obtenidos de las evaluaciones, políticas educativas generales y específicas, y orientar sobre prioridades, objetivos y metas;

XII. Con base en los resultados, proponer acciones preventivas, correctivas y compensatorias específicas;

XIII. Identificar comportamientos eficaces y eficientes del Sistema Educativo, así como prever ineficiencias o disfuncionalidades en sus resultados y en materia de equidad, así como proponer medidas de ajuste y adecuación de la organización y gestión escolar y administrativa;

XIV. Definir programas, proyectos y prioridades de evaluación;

XV. Establecer principios, criterios metodologías, indicadores y normas para evaluar a la educación y al Sistema Educativo;

XVI. Generar y aplicar metodologías, criterios, indicadores e instrumentos técnicos para evaluar factores asociados a circunstancias y condiciones externas al sector educativo que pudieran influir en sus resultados, y criterios para ponderarlos en función de ellos;

XVII. Apoyar, impulsar y promover proyectos de evaluación educativa y autoevaluación en todos los niveles, instituciones y planteles educativos;

XVIII. En coordinación con la Secretaría, el Instituto Nacional de Geografía e Informática y el Consejo Nacional de Población, establecer principios, criterios y normas de información estadística en materia educativa;

XIX. Generar información confiable y oportuna con el fin de que el Congreso y las autoridades educativas cuenten con elementos objetivos de juicio para definir políticas, asignar recursos y tomar las medidas preventivas, correctivas y compensatorias que resulten pertinentes;

XX. Proponer al Congreso y a las autoridades educativas, a partir de los resultados obtenidos de las evaluaciones, criterios para el financiamiento de la educación en función de las necesidades y detectadas;

XXI. Aportar la información necesaria y pertinente al Congreso de la Unión para que realice las facultades previstas en el Artículo 3º, Fracción VIII y en el Artículo 73, Fracción XXV de la Constitución;

XXII. Actuar como órgano de consulta y asesoría de dependencias, instituciones y organizaciones educativas del sector social y privado que lo requieran;

XXIII. Formar y capacitar personal en el área de la evaluación y mejoramiento educativos;

XXIV. Formular convenios de colaboración con instituciones, dependencias y organizaciones nacionales y extranjeras afines;

XXV. Crear o ampliar centros de evaluación asociados;

XXVI. Otorgar reconocimiento como Centro de Evaluación Educativa a instituciones de investigación educativa que realicen actividades de evaluación;

XXVII. Proponer acciones que impulsen el cumplimiento de tratados, convenciones y acuerdos internacionales signados y ratificados por México en la materia;

XXVIII. Poner a disposición del público la información que acopie y genere. Toda información que produzca o posea el INEE será de carácter público, con las reservas que la norma establezca;

XXIX. Analizar, registrar, organizar, actualizar, evaluar y difundir información del Sistema Educativo, relativa a políticas públicas, diagnósticos, programas, instrumentos, mecanismos y presupuestos, para consulta pública;

XXX. Reunir informes y documentos relevantes de carácter académico y técnico en la materia, y ponerlos a la disposición del público a través de medios electrónicos y bibliotecas físicas y virtuales;

XXXI. Publicar anualmente un informe de la situación el país en materia educativa y de evaluación;

XXXII Editar una publicación periódica para divulgación de disposiciones jurídicas y administrativas, así como información de interés general en materia de evaluación educativa, generadas por el gobierno federal, gobiernos locales, organismos internacionales y nacionales, personas y grupos sociales, independientemente de su publicación en cualquier otro medio;

XXXIII. Realizar eventos para intercambio de experiencias en la materia y en mejoramiento de la educación;

XXXIV. Promover, junto con la Secretaría y otras entidades de la Administración Pública Federal y privadas, acciones destinadas a mejorar la calidad educativa;

XXXV. Expedir su reglamento interno, y

XXXVI. Las demás que le señalen la presente Ley.

CAPÍTULO QUINTO
DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL INEE

Artículo 14.- El Gobierno del INEE será ejercido a través de las siguientes instancias:

a) Consejo General
b) Junta Directiva
c) Director General

d) Consejo Técnico
e) Comité de Administración
f) Contraloría Interna

SECCIÓN PRIMERA
EL CONSEJO GENERAL

Artículo 15.- El Consejo General es el órgano superior de gobierno del INEE, encargado de definir sus políticas de actuación y los proyectos y prioridades, así como de suscribir los informes y recomendaciones pertinentes a los actores educativos para el mejoramiento de la calidad de la educación.

Artículo 16.- El Consejo General del INEE se integra de la siguiente manera:

I.- Consejeros con voz y voto

a) El Director General del INEE, como Presidente;
b) Un representante de la SEP;

c) Un representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público SHCP;
d) Un representante del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática INEGI;

e) Un representante de Consejo Nacional de Población CONAPO;
f) Un representante de Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior ANUIES;

g) Un representante de Federación de Instituciones Mexicanas Particulares de Educación Superior FIMPES;
h) Un representante de Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior CENEVAL;

i) Un representante por cada una de las Secretarías de Educación de las entidades federativas y el Distrito Federal;
j) Un representante por cada uno de los Consejos Estatales y del Distrito Federal de Participación Social en la Educación;

k) Un representante de la Comisión de Educación o equivalente en los congresos locales de cada una de las entidades federativas;
l) Un representante de la Comisión de Educación y Cultura del Senado;

m) Un representante de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara;
n) Un representante del gremio magisterial;

o) Un representante del sector empresarial;
p) Un representante del Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública, y

q) Cinco ciudadanos mexicanos en pleno ejercicio de sus derechos, de reconocido prestigio académico y solvencia profesional en materia educativa o evaluación de la educación, designados por mayoría por cada una de las Cámaras del Congreso. Por el mismo mecanismo serán designados diez ciudadanos suplentes, que en su caso sustituirán a los titulares en orden de prelación

II.- Invitados permanentes con voz, pero sin voto.

a Un representante de la Subsecretaría de Educación Básica, de la de Educación Media, de la de Educación Superior y de la Unidad de Evaluación de Políticas de la Secretaría;

b Un representante de la Subsecretaría de Ingresos y de la de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito público;

c Un representante de la Universidad Pedagógica Nacional, de la Universidad Nacional Autónoma de México y de la Universidad Autónoma Metropolitana;

d Un representante del Centro de Investigaciones y Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional, del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, del Centro de Investigación y Docencia Económicas y del Instituto Nacional de Administración Pública;

e Un representante del Consejo Mexicano de Investigación Educativa, y

f Un representante de las organizaciones sociales e instituciones académicas que manifiesten su interés de participar con este carácter, y sean aprobadas por el Consejo

La pertenencia a este Consejo es de carácter honorario

La integración del Consejo se modificará por mitades cada tres años

En el caso de los consejeros ciudadanos, estos serán electos por mitad cada tres años por los suplentes, en el orden de prelación en que hayan sido electos. Las Cámaras del Congreso de la Unión designarán cada tres años a los consejeros suplentes que completen la lista de veinte, a través de los mecanismos señalados.

Artículo 17.- Son facultades del Consejo General:

I.- Nombrar al Director General del INEE;

II.- Definir los programas, proyectos y prioridades del INEE;

III.- Aprobar recomendaciones, orientaciones y acuerdos de política educativa y de acciones compensatorias y preventivas;

IV.- Aprobar las políticas en materia de evaluación, seguimiento, promoción y orientación del INEE;

V.- Aprobar acciones que impulsen el cumplimiento de los tratados, convenciones y acuerdos internacionales signados y ratificados por México en materia de evaluación de la educación;

VI.- Analizar y aprobar informes periódicos del Director General, con intervención al Comisario y a los Consejos Técnico y Consultivo;

VII.- Aprobar acuerdos, bases de coordinación y convenios de colaboración con autoridades y organismos relacionados con la evaluación de la educación, instituciones académicas y asociaciones;

VIII.- Fijar bases y mecanismos de coordinación, participación y colaboración consultiva con autoridades e instituciones, particulares y grupos sociales;

IX.- Fijar bases y criterios para formular convenios de colaboración con instituciones autónomas;

X.- Fijar criterios y bases para crear o ampliar centros de evaluación asociados;

XI.- Aprobar el reglamento, estructura orgánica, manual de organización, manual de procedimientos y manual de servicios, y

XII.- Las demás que le señalen la presente ley y otros ordenamientos.

El Consejo General deberá reunirse en sesiones ordinarias cada año, y extraordinarias a convocatoria del Presidente cuando éste lo estime pertinente o a solicitud de al menos un tercio de sus miembros con voz y voto.

SECCIÓN SEGUNDA
LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo 18. La Junta Directiva es el órgano colegiado de gobierno del INEE, encargado de vigilar el cumplimiento de las políticas, programas y lineamientos de acción dados por el Consejo General.

Se integra con los siguientes miembros del Consejo General:

I.- El Director General del INEE.

II.- Dos consejeros ciudadanos, de entre los que integran el Consejo General.

III.- Un representante por cada una de las Comisiones de Educación de las Cámaras del Congreso de la Unión.

IV.- Un representante de la Secretaría.

V.- Un representante del Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática.

VI.- Un representante del Consejo nacional de Población.

VII.- Dos representantes de los Congresos locales.

VIII.- Dos representantes de autoridades educativas estatales.

IX.- El representante de los Consejos de Participación Social en la Educación.

El Director General es el Presidente de la Junta Directiva, y cuenta en ella con voto de calidad

Artículo 19. Son Facultades de la Junta Directiva.

I.- Autorizar programas y el proyecto de presupuesto del INEE, así como las modificaciones en su ejercicio;

II.- Aprobar estados financieros y autorizar su publicación, previo informe de los comisarios y dictamen de auditores externos;

III.- Expedir normas para que el Director General pueda disponer de activos fijos del INEE que no correspondan a su objeto;

IV.- Vigilar que las funciones sustantivas del INEE se realicen con estricto apego a los fines, objetivos y metas que establecen la Constitución y la Ley, respetando las garantías individuales y sociales, la normatividad en materia de Acceso a la Información Pública y las demás leyes y reglamentos aplicables;

V.- Vigilar la conducción del INEE y el cumplimiento de obligaciones y facultades;

VI.- Aplicar acuerdos del Consejo Técnico en relación con asuntos de naturaleza académica y técnica, y formular y aprobar recomendaciones, orientaciones y acuerdos de política educativa;

VII.- Promover la creación de comités de apoyo y determinar las bases de funcionamiento;

VIII.- Aprobar propuestas y convenios de colaboración con las instituciones educativas autónomas;

IX.- Aprobar convenios de cooperación con organismos nacionales e internacionales;

X.- Aprobar programas de formación y capacitación de personal en evaluación y mejoramiento educativo;

XI.- Nombrar al Consejo Técnico y al Comité de Administración y aprobar lineamientos para sus actividades;

XII.- Designar, remover y conceder licencias, a propuesta del Director General, a servidores públicos de los dos niveles administrativos inferiores al de aquél, y autorizar remuneraciones;

XIII.- Aprobar los planes de trabajo del INEE y auditar sus actividades;

XIV.- Establecer políticas y prioridades al INEE relativas a productividad, prestación de servicios, investigación y administración general;

XV.- Definir las políticas de comunicación, difusión y enlace;

XVI.- Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual del INEE, someterlo a la aprobación del Consejo General y autorizar modificaciones de su ejercicio;

XVII.- Fijar bases, montos y actualizaciones de cuotas de recuperación por servicios;

XVIII Aprobar normas y bases para cancelar adeudos a favor del INEE y con cargo a terceros, informando a la SHCP vía la Secretaría;

XIX.- Aprobar las políticas, bases y programas para el control y regulación de los convenios, contratos, pedidos o acuerdos con terceros en materia de obras públicas, adquisiciones, arrendamientos y servicios;

XX.- Establecer normas para adquisición, arrendamiento y enajenación de inmuebles, y

XXI.- Las demás que, con el carácter de indelegables, se le atribuyan en los términos de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y otras disposiciones legales aplicables

SECCIÓN TERCERA
EL DIRECTOR GENERAL

Artículo 20. El Director General es el funcionario responsable de la conducción, administración y buena marcha del INEE.

Se elige por voto calificado del total de integrantes del Consejo General, a partir de una terna que proponga el Ejecutivo Federal y durará en su encargo ocho años sin posibilidad de reelección.

Artículo 21. Son facultades del Director General del INEE

I.- Representar legalmente al INEE;

II.- Ejecutar, instrumentar y vigilar el cumplimiento de los acuerdos de la Junta Directiva;

III.- Emitir las recomendaciones, orientaciones y acuerdos que apruebe la Consejo General en materia de política educativa;

IV.- Presidir las sesiones del Consejo General, la Junta Directiva, del Comité de Administración y del Consejo Técnico;

V.- Formular los programas institucionales de corto, mediano y largo plazos;

VI.- Emitir las recomendaciones, orientaciones y acuerdos que apruebe la Junta Directiva;

VII.- Incrementar, mantener y custodiar el acervo documental del INEE;

VIII.- Promover y fortalecer las relaciones del INEE, con organismos públicos, sociales o privados, nacionales e internacionales, en materia de evaluación de la educación;

IX.- Firmar acuerdos, bases de coordinación y convenios de colaboración con autoridades educativas y organismos de evaluación de la educación, así como con instituciones académicas y asociaciones interesadas en la materia, para el cumplimiento de sus fines;

X.- Proponer a la Junta Directiva las políticas generales de promoción, orientación y seguimiento de la evaluación que habrá de seguir el Sistema ante los organismos gubernamentales y no gubernamentales del país y extranjeros;

XI.- Elaborar el anteproyecto de presupuesto de egresos del INEE y el respectivo informe sobre su ejercicio, para su presentación y aprobación por parte de la Junta Directiva, y proponer las modificaciones a su ejercicio

XII.- Proponer el Reglamento Interno del INEE, el Manual de Organización General y los de Procedimientos y de Servicios al Público;

XIII.- Formular el informe anual sobre el desempeño del INEE y someterlo a la aprobación del Consejo General y la Junta Directiva para su aprobación y publicación;

XIV.- Dictar medidas para el mejor desempeño de las funciones del INEE;

XV.- Distribuir y delegar funciones, en los términos del reglamento interno;

XVI.- Nombrar al personal del INEE cuyo nombramiento no sea facultad de la Junta Directiva;

XVII.- Formular los lineamientos generales a los que se sujetarán las actividades del Comité de Administración y proponer a la Junta Directiva los nombramientos de sus funcionarios, y

XVIII.- Las demás que, con el carácter de indelegables, se le atribuyan en los términos de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y otras disposiciones legales aplicables

SECCIÓN CUARTA
EL CONSEJO TÉCNICO

Artículo 22. El Consejo Técnico es la instancia de especialistas del INEE que define y vigila la aplicación de las normas técnicas para la realización de las investigaciones, estudios y evaluaciones

Lo coordina el Director General y funciona en Pleno y en comités.

Se integra por tantos comités como el Consejo General juzgue conveniente, para atender las especialidades y áreas de estudio e investigación

Los miembros de los comités los designa la Junta Directiva, a partir de la convocatoria pública, de acuerdo con los procedimientos de concurso y selección que se establezcan en el Reglamento.

Artículo 23.- Son facultades del Consejo Técnico:

I.- Asesorar a la Junta Directiva y al Director General para el mejor desempeño de sus atribuciones y dictaminar sobre los asuntos que sometan a su consideración;

II.- Desarrollar los programas y proyectos aprobados por el Consejo General;

III.- Asistir al Director General en la aplicación de las políticas de evaluación del INEE;

IV.- Por instrucciones del Consejo General, participar en la elaboración de análisis, informes, publicaciones, asesorías y cursos;

V.- Establecer las bases técnicas de los programas y proyectos aprobados por el Consejo General y la Junta Directiva;

VI.- Determinar los puntos de referencia para comparar resultados y llegar a juicios de valor sobre equidad y calidad educativa;

VII.- Dictaminar sobre los instrumentos que utilice el INEE para ser utilizados operativamente;

VIII.- Evaluar técnica y académicamente el informe anual y los informes especiales, emitidos por la Dirección General;

IX.- Elaborar los proyectos de orientaciones, recomendaciones y opiniones en materia educativa y de evaluación de la educación;

X.- Conocer los programas de trabajo anuales y de mediano plazo que elabore la Dirección General y, en su caso, recomendar su aprobación o proponer ajustes;

XI.- Actuar como órgano de consulta y asesoría de las dependencias, instituciones y organizaciones educativas, del sector social y privado y de los demás integrantes del Sistema que lo requieran, y

XII.- Las demás que, con el carácter de indelegables, se le atribuyan en los términos de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y otras disposiciones legales aplicables

SECCIÓN QUINTA
EL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN

Artículo 24. El Comité de Administración es el órgano colegiado, nombrado por la Junta Directiva, a partir de propuestas del Director General responsable de definir las políticas administrativas del INEE, y supervisar que las actividades administrativas se desarrollen conforme a ellas y con ajuste a los preceptos legales aplicables.

Es presidido por el Director del INEE.

Artículo 25. Son facultades del Comité de Administración:

I.- Aplicar medidas relativas a la organización y funcionamiento del INEE;

II.- Colaborar con el Director en la formulación del presupuesto, sus modificaciones, la distribución de recursos entre departamentos, los programas y los servicios comunes;

III.- Colaborar con el Director General en la formulación del informe anual de actividades y los especiales que se le soliciten;

IV.- Colaborar con el Director General en la formulación de los anteproyectos de reglamentos y los estudios que los sustenten;

V.- Elaborar los estados financieros;

VI.- Realizar las operaciones en materia de adquisiciones, enajenaciones, cambios de edificios, préstamos, arriendos y alquiler de edificios, y enajenación de bienes muebles autorizados por la Junta Directiva;

VII.- Estudiar y orientar las decisiones de la Junta Directiva respecto de la aceptación de las donaciones y legados;

VIII.- Atender acciones judiciales y transacciones;

IX.- Recurrir al arbitraje en caso de litigios que resulten de la ejecución de contratos de investigación, cursados con instituciones y organismos nacionales o extranjeros;

X.- Informar a la Junta Directiva de sus decisiones con relación a las materias de su responsabilidad;

XI.- Recabar aprobación de la Junta Directiva para decisiones relativas a la modificación del presupuesto que impliquen modificaciones presupuestales, y

XII.- Las demás que, con el carácter de indelegables, se le atribuyan en los términos de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y otras disposiciones legales aplicables

SECCIÓN SEXTA
LA CONTRALORÍA INTERNA

Artículo 26. La Contraloría Interna es el órgano colegiado de control interno del INEE, que tiene como facultades las previstas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y demás ordenamientos aplicables.

Se integra de la siguiente manera:

I.- Un comisario público propietario y un suplente, designados por la Auditoria Superior de la Federación, con las facultades que les otorgan la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y demás disposiciones legales aplicables;

II.- Un contralor, designado en los términos del artículo 37 fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

III.- Titulares de las áreas de auditoria, de quejas y de responsabilidades, designados en los mismos términos

El INEE proporcionará al titular del órgano de control interno los recursos humanos y materiales que requiera para la atención de los asuntos a su cargo.

Los servidores públicos del INEE estarán obligados a proporcionar el auxilio que requiera el titular de dicho órgano para el desempeño de sus funciones.

CAPÍTULO SEXTO
DE LA INFORMACIÓN

Artículo 27. Toda persona tendrá derecho a la información sobre el sistema educativo que posea el INEE.

Artículo 28. Toda información relacionada con el Sistema Educativo Nacional es relevante y de utilidad pública.

Artículo 29. El INEE informará a la sociedad, de manera sistemática y permanente, de los resultados de los ejercicios de evaluación educativa, cuidando el derecho de las personas a la privacidad y el de la sociedad a que se le rindan cuentas sobre el uso de los recursos públicos y el funcionamiento de servicios de interés general.

Artículo 30. La información que obtenga el INEE en el ejercicio de sus funciones, será la base de sus juicios sobre la equidad y la calidad educativa, que se harán en los términos de los principios que rigen su actividad.

Artículo 31. La información que solicite el INEE a las autoridades educativas, así como la que posea y genere, se considera materia de obligación de transparencia en los términos establecidos en la Ley

CAPÍTULO SÉPTIMO
DE LAS OBLIGACIONES DE AUTORIDADES Y PARTICULARES

Artículo 32. Las autoridades educativas deberán dar al INEE las facilidades necesarias para realizar el desarrollo de sus actividades y proporcionar la información que les sea solicitada para el cumplimiento de sus objetivos y funciones, y serán responsables por las omisiones o errores en que incurran

El INEE pondrá en conocimiento de las autoridades competentes, en coordinación con el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, los actos u omisiones, para efectos de la aplicación de las sanciones correspondientes.

La autoridad a que se haga la denuncia deberá informar al INEE las medidas o sanciones disciplinarias impuestas.

Artículo 33. El INEE podrá dictar acuerdos de trámite, obligatorios para las autoridades educativas, para que aporten información o documentación.

En caso de incumplimiento, los responsables serán acreedores a las sanciones y responsabilidades señaladas en el artículo 52 de la normatividad en materia de transparencia y acceso a la información pública.

Conforme a los artículos 57, 75 y 76 de la Ley General de Educación, los particulares que se opongan a proporcionar información y/o a la realización de las evaluaciones que realice el INEE, podrán ser sancionados en los términos que la misma establece, a partir del requerimiento que presente el INEE a la Secretaría.

CAPÍTULO OCTAVO
DEL PRESUPUESTO Y PATRIMONIO DEL INEE

Artículo 34. El Gobierno Federal deberá proporcionar los recursos materiales y financieros al Sistema, para su debido funcionamiento. Para ello, el Instituto Nacional de Evaluación de la Educación tendrá la facultad de elaborar el anteproyecto de su presupuesto

Artículo 35. El INEE elaborará el anteproyecto de presupuesto anual de egresos del Ramo presupuestal "Evaluación de la Educación", así como su consolidación, el cual remitirá a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Cámara de Diputados, para su integración en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Artículo 36. El patrimonio del INEE se integra por:

I.- Los bienes muebles e inmuebles que se destinen a su servicio;

II.- La cantidad que se le asigne en el Presupuesto de Egresos de la Federación para su funcionamiento;

III.- Los ingresos que perciba por servicios que preste y por cuotas de recuperación;

IV.- Las donaciones y legados que se otorguen a su favor, y

V.- Los demás bienes, derechos y recursos que adquiera por cualquier otro título legal.

TRANSITORIOS

PRIMERO. La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. Se derogan las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan a la presente Ley.

TERCERO. El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación-INEE, deberá quedar constituido dentro del plazo de 90 días siguientes a la entrada en vigor de la presente Ley, con los recursos que cuente el organismo descentralizado del mismo nombre al momento de su promulgación. El Congreso, a través de la Cámara, deberá proveer los recursos necesarios para su operación autónoma, a partir del Presupuesto de Egresos de la Federación para el próximo año fiscal, 2007.

CUARTO. Los integrantes en funciones de los órganos de dirección del organismo descentralizado INEE, programarán las acciones necesarias para el proceso de entrega-recepción a los próximos integrantes.

QUINTO. El Ejecutivo Federal dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, formulará y presentará a los integrantes del Consejo General la terna para la elección del Director General de INEE. Dicha elección deberá realizarse en la primera sesión del Consejo General que habrá de efectuarse dentro del mismo plazo de 30 días a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.

SEXTO. El Consejo General, en su primera sesión ordinaria, determinará los procedimientos y los plazos máximos de integración de los representantes del sector social y privado. Al mismo tiempo, se declarará constituido el Sistema Nacional de Evaluación de la Educación y del Sistema Educativo-SNEESE.

SEPTIMO. En el plazo de 90 días, siguientes a su primera sesión, el Consejo General expedirá su reglamento interno.

OCTAVO. El reglamento del INEE será expedido por el Consejo General dentro de los 90 días siguientes a su toma de posesión y deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación.

NOVENO. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público realizará las adecuaciones necesarias a la estructura programática y al sistema de información de gasto público, para la constitución de un ramo general específico en esta materia para identificar y dar seguimiento al presupuesto integral de la Administración Pública Federal.

DECIMO. En lo no previsto por esta Ley, se aplicará en forma supletoria la Ley General de Evaluación, Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y sus disposiciones reglamentarias.

ARTÍCULO SEGUNDO. Se reforma la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 12. Corresponde de manera exclusiva a la autoridad educativa federal las atribuciones siguientes:

I. a XI.-......

XI. Realizar la planeación y programación globales del sistema educativo nacional;

XII y XIII.-.........

Articulo 29.- Corresponde al Instituto Nacional de Evaluación de la Educación definir la política nacional en la materia.

El Instituto Nacional de Evaluación de la Educación podrá realizar evaluaciones a cualquier aspecto o sector del sistema educativo, sin perjuicio de que la Secretaría de Educación Pública y las autoridades educativas locales realicen las propias en los ámbitos de sus respectivas competencias.

Dichas evaluaciones serán sistemáticas y permanentes. Sus resultados serán públicos y tomados como base para que los actores educativos competentes, en el ámbito de su competencia, adopten las políticas y medidas que resulten procedentes.

Artículo 30.- Las instituciones educativas establecidas por el Estado, por sus organismos descentralizados y por los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, otorgarán al Instituto Nacional de Evaluación de la Educación y a las autoridades educativas, todas las facilidades y colaboración para la evaluación a que esta sección y se refiere.

Para ello, proporcionarán oportunamente toda la información que se les requiera; tomarán las medidas que permitan la colaboración efectiva de alumnos, maestros, directivos y demás participantes en los procesos educativos; facilitarán que el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y las autoridades educativas, incluida la Secretaría, realicen exámenes para fines estadísticos y de diagnóstico y recaben directamente en las escuelas la información necesaria.

Artículo 31.- El Instituto Nacional de Evaluación de la Educación, dará a conocer a las autoridades educativas, los maestros, alumnos, padres de familia y a la sociedad en general, los resultados de las evaluaciones que realicen, así como la demás información global que permita medir el desarrollo y los avances de la educación en cada entidad federativa, así como las observaciones o recomendaciones que emita.

Artículo 69.- .......

............

Este Consejo conocerá el calendario escolar, las metas educativas y el avance de las actividades escolares, con el objeto de coadyuvar con el maestro a su mejor realización; tomará nota de los resultados de las evaluaciones que el Instituto y las autoridades educativas realicen; propiciará la colaboración de maestros y padres de familia; podrá proponer estímulos y reconocimientos de carácter social a alumnos, maestros, directivos y empleados de la escuela; estimulará, promoverá y apoyará actividades extra escolares que complementen y respalden la formación de los educandos; llevará a cabo las acciones de participación, coordinación y difusión necesarias para la protección civil y la emergencia escolar; alentará el interés familiar y comunitario por el desempeño del educando; podrá opinar en asuntos pedagógicos; contribuirá a reducir las condiciones sociales adversas que influyan en la educación; estará facultado para realizar convocatorias para trabajos específicos de mejoramiento de las instalaciones escolares; respaldará las labores cotidianas de la escuela y, en general, podrá realizar actividades en beneficio de la propia escuela.

......

Artículo 70.- ........

Este Consejo gestionará ante el ayuntamiento y ante la autoridad educativa local el mejoramiento de los servicios educativos, la construcción y ampliación de escuelas públicas y demás proyectos de desarrollo educativo en el municipio; conocerá de los resultados de las evaluaciones que realicen el Instituto Nacional de Evaluación de la Educación y las autoridades educativas; llevará a cabo labores de seguimiento de las actividades de las escuelas públicas de educación básica del propio municipio; estimulará, promoverá y apoyará actividades de intercambio, colaboración y participación interescolar en aspectos culturales, cívicos, deportivos y sociales; establecerá la coordinación de escuelas con autoridades y programas de bienestar comunitario; hará aportaciones relativas a las particularidades del municipio que contribuyan a la formulación de contenidos locales a ser propuestos para los planes y programas de estudio; podrá opinar en asuntos pedagógicos; coadyuvará a nivel municipal en actividades de protección civil y emergencia escolar; promoverá la superación educativa en el ámbito municipal mediante certámenes interescolares; promoverá actividades de orientación, capacitación y difusión dirigidas a padres de familia y tutores, para qué cumplan cabalmente con sus obligaciones en materia educativa; podrá proponer estímulos y reconocimientos de carácter social a alumnos, maestros, directivos y empleados escolares; procurará la obtención de recursos complementarios para el mantenimiento físico y para proveer de equipo básico a cada escuela pública y, en general, podrá realizar actividades para apoyar y fortalecer la educación en el municipio.

Artículo 71.- .......

Este Consejo promoverá y apoyará entidades extraescolares de carácter cultural, cívico, deportivo y de bienestar social; coadyuvará a nivel estatal en actividades de protección civil y emergencia escolar; sistematizará los elementos y aportaciones relativos a las particularidades de la entidad federativa que contribuyan a la formulación de contenidos estatales en los planes y programas de estudio; podrá opinar en asuntos pedagógicos; conocerá las demandas y necesidades que emanen de la participación social en la educación a través de los Consejos Escolares y Municipales, conformando los requerimientos a nivel estatal para gestionar ante las instancias competentes su resolución y apoyo; conocerá los resultados de las evaluaciones que efectúen el Instituto Nacional de Evaluación de la Educación y las autoridades educativas, y colaborará con ellas en actividades de evaluación que realicen, así como en todas aquellas que influyan en el mejoramiento de la calidad y la cobertura de la educación.

Artículo 72.- La Secretaría promoverá el establecimiento y funcionamiento del Consejo Nacional de Participación Social en la Educación, como instancia nacional de consulta, colaboración, apoyo e información, en la que se encuentren representados padres de familia y sus asociaciones, maestros y su organización sindical, autoridades educativas, así como los sectores sociales especialmente interesados en la educación; estará facultado para participar en las instancias de decisión y actividades de consulta del Instituto Nacional de Evaluación de la Educación, y tomará nota de los resultados de las evaluaciones que realicen éste y las autoridades educativas, conocerá el desarrollo y la evolución del sistema educativo nacional, podrá opinar en asuntos pedagógicos, planes y programas de estudio y propondrá políticas para elevar la calidad y la cobertura de la educación.

TRANSITORIOS

Primero. En tanto el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación-INEE inicia sus trabajos, la evaluación del sistema educativo seguirá siendo una atribución de la Secretaría, la cual deberá informar en los términos señalados en la presente ley, de los resultados de las evaluaciones realizadas a algún aspecto del Sistema Educativo Nacional, durante la administración del Ejecutivo Federal que va de los años 1994-2000, así como las realizadas a lo largo de la presente administración.

Segundo. Las autoridades educativas de todos los niveles, informarán a los Consejos de Participación Social sobre sus nuevas atribuciones en el proceso de evaluación del sistema educativo nacional.

En donde no se hayan constituido los Consejos de Participación, las autoridades promoverán su inmediata creación, teniendo como plazo 120 días naturales al día siguiente a la publicación de este decreto.

La Secretaría de Educación Pública establecerá los mecanismos para integrar el registro nacional de los Consejos de Participación Social, mismo que será entregado al Consejo General y a la Junta Directiva del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, dentro de los 30 días siguientes a la integración del mismo.

Tercero. Las siguientes disposiciones entrarán en vigor a partir del siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

ARTÍCULO TERCERO. Se reforma la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, para quedar como sigue:

Artículo 3. ...

Las dependencias de la Administración Pública Federal que tengan como objeto predominante realizar actividades de investigación científica y tecnológica y que sean reconocidas como tales, serán consideradas como Centros Públicos de Investigación, los cuales se regirán por las leyes específicas en materia de ciencia y tecnología y por sus respectivos instrumentos de creación. En lo relativo al control y evaluación del ejercicio de los recursos se aplicará en lo conducente, la presente ley.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Procuraduría Agraria, el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y la Procuraduría Federal del Consumidor, atendiendo a sus objetivos y a la naturaleza de sus funciones, quedan excluidas de la observancia del presente ordenamiento.

TRANSITORIO

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 30 de marzo de 2006.

Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente

Sen. Micaela Aguilar González (rúbrica)
Secretaria

(Turnada a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Gobernación. Abril 5 de 2006.)
 
 





Iniciativas

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 27 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DE LA DIPUTADA MARÍA ÁVILA SERNA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM, RECIBIDA EN LA SESIÓN DEL MIÉRCOLES 5 DE ABRIL DE 2006

María Ávila Serna, diputada de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el artículo71, fracción II, de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos y los correlativos 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurre a solicitar se turne a la Comisión de Puntos Constitucionales la siguiente iniciativa que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

El Estado en cualquier economía del mundo está obligado a garantizar estabilidad y crecimiento económico sustentable, mediante el uso adecuado de instrumentos, fiscales, monetarios y financieros y ambientales.

En este sentido la intervención que el Estado tiene en la economía debe ser con fines compensatorios o correctivos, pero ante la evidente pérdida de actividad económica y el constante deterioro del nivel de vida y del ambiente el Estado también debe ser promotor y vigilante del perfil del desarrollo, sobre todo ante el bajo nivel de crecimiento de la economía y el creciente deterioro social y ambiental de nuestro territorio.

Por lo anterior es necesario robustecer el marco regulatorio de nuestras normas en materia ambiental, debemos retomar y fortalecer la responsabilidad constitucional y patrimonial que el Estado tiene para conducir el desarrollo nacional, mediante la planeación, promoción, coordinación y orientación de la actividad económica tomando en cuenta siempre las externalidades negativas que ésta genera en el ambiente.

El cuidado del ambiente y todo lo que representa para nuestro país desde el punto de vista social, productivo, debe seguir siendo considerado como prioritario y estratégico, sobre todo si queremos alcanzar mejores niveles de desarrollo económico sustentable.

El deterioro productivo y ambiental de nuestro país es evidente, paralelamente a este proceso se observan grandes debilidades productivas como el poco crecimiento de nuestra economía, derivado del débil apoyo gubernamental y el débil fomento a los procesos productivos que protegen el ambiente.

Por ello necesitamos un nuevo esquema jurídico constitucional que priorice y haga explicita la responsabilidad patrimonial del Estado en el cuidado del ambiente con el fin de garantizar un desarrollo sustentable.

Este objetivo sólo puede lograrse mediante la intervención, conducción y promoción directa del Estado y sus instituciones, bajo un esquema de plena coordinación de todas las instituciones vinculadas a la protección del ambiente.

Para alcanzar un escenario óptimo en el área ambiental, es necesario poner en marcha acciones como esta iniciativa, por medio de la cual se obliga constitucionalmente y responsabiliza al Estado por daños y perjuicios causados por sus actos u omisiones en materia ambiental.

Por ser del más alto interés nacional contar con un marco jurídico constitucional robusto que apoye y proteja un esquema de desarrollo sustentable que eleve en consecuencia nuestra calidad de vida, conserve los recursos naturales y fomente el desarrollo económico, propongo la siguiente

Iniciativa, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XX del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mediante el presente

Decreto

Artículo 27.

Párrafos 1 a 10 quedan igual.

Fracciones I a la XIX quedan igual.

XX.- El Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica. Asimismo expedirá la legislación reglamentaria para planear y organizar la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público, con el fin de garantizar un desarrollo sustentable.

Transitorio

Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 4 días del mes de abril de 2006.

Dip. María Ávila Serna (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Abril 5 de 2006.)
 
 










Convocatorias
DE LA SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Al concurso de oposición abierto para ocupar las plazas vacantes de directora general, directora de proyecto, investigador "A" e investigador "B"

H. Cámara de Diputados

Convocatoria

Proceso de selección abierto

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 49 numeral 3 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al Acuerdo Parlamentario que integra el Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género, aprobado el 11 de octubre de 2005, al Acuerdo de la Junta de Coordinación Política de fecha 27 de febrero de 2006 y con base en la solicitud del Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género para proveer el trámite administrativo para la contratación de personal adscrito al Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género; la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, por conducto de la Secretaría de Servicios Parlamentarios y la Dirección General de Recursos Humanos emite la siguiente:

Convocatoria pública y abierta al proceso de selección para ocupar las plazas de:

Directora General, Directora de Proyecto, Investigador "A" e Investigador "B":

Para participar en cualquier plaza, se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos generales:

Ser mexicano o mexicana por nacimiento, y estar en pleno goce de sus derechos;

Haber cumplido veinticinco años de edad al día de la designación, a excepción de la Dirección General y las Direcciones de Área, cuyos titulares deberán contar con treinta años cumplidos al día de la asignación.

No haber sido, durante los últimos cinco años, miembro de la dirigencia nacional, estatal o municipal de un partido político o candidato a ocupar un puesto de elección popular.

No estar inhabilitado legalmente para ocupar cargos en el servicio público.

No haber sido condenado por delito doloso que haya ameritado pena privativa de la libertad.

Nota: Para el caso específico de la Dirección General del Centro Estudios y de las Direcciones de Área: Ser mexicana por nacimiento y estar en pleno goce de sus derechos.

Directora General

Número de Plazas     Una
Tipo de Plaza     Confianza
Adscripción     Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género
Sede     México, DF
Funciones específicas:

Instrumentar el plan de trabajo sobre estudios de derecho comparado entre la legislación internacional, nacional y local, buscando la armonización de la normatividad jurídica en el país, con los instrumentos internacionales suscritos por México en materia de derechos humanos de las mujeres, lo cual le permitirá dirigir las investigaciones sobre la situación de las mujeres en el País desde una perspectiva de género. Asimismo, dirigir el seguimiento y la evaluación de las políticas públicas dirigidas a la atención de los temas de género, así como el monitoreo en la aplicación de presupuestos federales y locales etiquetados a los programas o proyectos destinados a las mujeres durante todo su ciclo de vida, lo que le permitirá diseñar indicadores cuantitativos y cualitativos con perspectiva de género. Proponer, promover y establecer vínculos de colaboración con centros de estudios e instituciones académicas nacionales e internacionales para el intercambio de experiencias con especialistas comprometidos con el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género.

Requisitos y perfil

Académicos:

Acreditar licenciatura (título y cédula profesional) en sociología, antropología social, psicología social, política y gestión social, política y administración pública, relaciones internacionales, derecho o administración.

Acreditar maestría (título y cédula profesional) en sociología, estudios de género, ciencias antropológicas, estudios de la mujer, estudios sociales, derecho.

Título de doctorado en ciencias sociales y administración pública. (deseable).

Laborales: Acreditar un mínimo de ocho años de experiencia laboral en el análisis e investigación en materia de perspectiva de género y adelanto de las mujeres en México y Latinoamérica en los diversos ámbitos del quehacer político, económico y social y en el diseño, instrumentación y evaluación de políticas, programas o proyectos con perspectiva de género.

Contar con una experiencia mínima comprobable de ocho años en la dirección y coordinación de investigaciones y estudios en materia de derechos humanos de las mujeres, perspectiva de género y la transversalidad del marco jurídico nacional.

Tener publicaciones especializadas que versen en las temáticas de derechos humanos, participación de las mujeres en la vida nacional en México, la equidad y la perspectiva de género.

Acreditar un mínimo de ocho años de experiencia académica y participación a nivel posgrado, en congresos, cursos, seminarios.

Acreditar experiencia en el manejo y dominio en la elaboración de indicadores, estadísticas desagregadas y su aplicación al tema de la equidad de género y el avance de las mujeres en México y América Latina.

Técnicos: Diseño y evaluación de políticas públicas en materia de equidad de género, integración de presupuestos con perspectiva de género y programas dirigidos a las mujeres.

Planeación, organización integración y dirección de proyectos de investigación en materia de equidad de género y su aplicación en el ámbito jurídico nacional.

Habilidades: Visión Estratégica
Planeación y organización.
Liderazgo
Negociación.
Orientación a resultados.
Dirección de equipos de trabajo.
Trabajo bajo presión.
Otros conocimientos: Conocimiento del idioma inglés: Comprensión de lectura Directora de Proyecto Número de Plazas:     Tres
Relación Laboral:     Confianza
Adscripción:     Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género
Sede:     México, DF
Funciones específicas para la plaza de Directora de Proyecto (1):

Dirigir la realización de estudios de derecho comparado entre la legislación internacional, federal y estatal, a fin de armonizar la normatividad jurídica en el país, con los instrumentos internacionales suscritos por México en materia de derechos humanos de las mujeres, de manera que la perspectiva de género se incorpore al Marco Constitucional federal y estatal, así como en las legislaciones secundarias y del ámbito municipal. Coadyuvar con el trabajo legislativo en la elaboración de iniciativas de ley, puntos de acuerdo, excitativas, exhortos y dictámenes; buscando la transversalidad de la perspectiva de género, teniendo como marco los instrumentos internacionales relativos a los derechos humanos de las mujeres.

Proporcionar los estudios, informes y estadísticas sobre los asuntos de su competencia para incorporarlos al sistema de información y divulgación del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género; Aportar estudios que contribuyan a la conformación de la agenda legislativa nacional con perspectiva de género

Requisitos y perfil:

Académicos:

Acreditar licenciatura (título y cédula profesional) en derecho.
Acreditar maestría (deseable) en sociología, estudios de género, estudios de la mujer, derecho.
Laborales: Acreditar un mínimo de cinco años de experiencia laboral en el análisis e investigación de la problemática de las mujeres en México y Latinoamérica y su relación con el marco jurídico nacional e internacional, las políticas, programas y proyectos con perspectiva de género y transversalidad.

Acreditar el manejo y dominio en la elaboración de indicadores, estadísticas desagregadas y su aplicación al tema de la equidad de género y el avance de las mujeres en México y América Latina.

Contar con una experiencia mínima comprobable de cinco años en la planeación y desarrollo de investigaciones jurídicas y estudios de la transversalidad del marco jurídico nacional, respecto de los derechos humanos de las mujeres y la incorporación de la perspectiva de género.

Tener publicaciones que versen en las temáticas de marco jurídico nacional, la transversalidad de la equidad de género, los derechos humanos y la participación de las mujeres en la vida nacional en México.

Acreditar un mínimo de cinco años de experiencia académica a nivel licenciatura y participación en congresos, cursos, seminarios.

Habilidades: Liderazgo.
Orientación a resultados.
Dirección de equipos de trabajo.
Determinación de objetivos.
Otros conocimientos: Conocimiento del idioma inglés: Comprensión de lectura Funciones específicas para la plaza de Directora de Proyecto (2):

Dirigir la realización de investigaciones de carácter histórico-estadístico, económico, político, social, desde la perspectiva de género, sobre la condición y posición de las mujeres en México, que contribuya al enriquecimiento del trabajo parlamentario así como a la transversalidad de la perspectiva de género; Asimismo, realizar el seguimiento y análisis de las políticas públicas, la distribución y aplicación de presupuestos federales y locales etiquetados para la promoción de la equidad de género, que permitan a las y los diputados proponer su ratificación, rectificación o reasignación de recursos, a programas en beneficio de las mujeres;

Realización de reuniones académicas multidisciplinarias con instituciones afines, interesadas en el avance de las mujeres y la equidad de género; proporcionar los estudios, informes y estadísticas sobre los asuntos de su competencia para incorporarlos al sistema de información y divulgación del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género; Aportar estudios que contribuyan a la conformación de la agenda legislativa nacional con perspectiva de género;

Requisitos y perfil:

Académicos:

Acreditar licenciatura (título y cédula profesional) en sociología, antropología social, política y gestión social, política y administración pública, economía

Acreditar maestría (deseable) en sociología, estudios de género, estudios de la mujer, ciencias antropológicas, administración pública.

Laborales: Acreditar un mínimo de cinco años de experiencia laboral en el análisis e investigación de la situación de las mujeres en México y Latinoamérica, su condición y posición en los ámbitos económico, político y social desde la aplicación de la transversalidad y la perspectiva de género.

Acreditar el manejo y dominio en la elaboración de indicadores, estadísticas desagregadas y su aplicación al tema de la equidad de género y el avance de las mujeres en México y América Latina.

Contar con una experiencia mínima comprobable de cinco años en la planeación y desarrollo de investigaciones de carácter, económico, político, social y estudios de la transversalidad de la equidad de género, respecto de los derechos humanos de las mujeres y la incorporación de la perspectiva de género en las políticas públicas.

Tener publicaciones que versen en las temáticas de la situación de la mujer en los ámbitos económico, político y social en México y Latinoamérica, así como la transversalidad de la equidad de género en la toma de decisiones en el país.

Acreditar un mínimo de cinco años de experiencia académica a nivel licenciatura y participación en congresos, cursos, seminarios.

Habilidades: Liderazgo.
Orientación a resultados.
Dirección de equipos de trabajo.
Determinación de objetivos.
Otros conocimientos: Conocimiento del idioma inglés: Comprensión de lectura. Funciones específicas para la plaza de Director de Proyecto (3):

Dirigir la instrumentación de un sistema de información que contenga bases de datos sobre la condición social, económica y política de las mujeres, que sirva como insumo a la investigaciones que realizará el Centro proponiendo estudios, variables e indicadores de género que permitan el análisis más detallado de la condición y posición de las mujeres, promoviendo la vinculación interinstitucional entre Congresos Federal y Estatales, para el desarrollo de estudios e investigaciones e intercambio de experiencia legislativas, en materia de transversalidad y equidad de género, coordinando el diseño e implementación de mecanismos de difusión de las actividades y estudios del Centro, así como la función editorial y el uso de sistemas de información para la alimentación de los contenidos de la página Web, así como del boletín del Centro de Estudios.

Requisitos y perfil:

Académicos:

Acreditar licenciatura (título y cédula profesional) en ciencias de la comunicación, administración, relaciones internacionales, informática.

Acreditar Maestría (deseable), ciencias de la comunicación, relaciones internacionales, administración, sistemas de información (o afín).

Laborales: Acreditar un mínimo de cinco años de experiencia laboral en el diseño e implementación de mecanismos de colaboración interinstitucional para el intercambio de información, alimentación de bancos de datos y el acceso a los mismos.

Contar con experiencia mínima de cinco años en la realización de actividades de vinculación interinstitucional y de intercambio con congresos estatales y organismos gubernamentales, de estudios e investigaciones, así como experiencias legislativas en materia de equidad de género.

Contar con experiencia mínima de cinco años en la dirección y coordinación de la instrumentación de sistemas de información y de bancos de datos a través de medios electrónicos e impresos.

Acreditar un mínimo de dos años de experiencia académica a nivel licenciatura y participación en congresos, cursos, seminarios.

Capacidades Técnicas: Diseño de páginas Web.
Manejo de bases de datos y administración de ordenadores.
Habilidades: Liderazgo.
Orientación a resultados.
Dirección de equipos de trabajo.
Determinación de objetivos.
Otros conocimientos: Conocimiento del Idioma Inglés: Comprensión de lectura Investigador "A" Número de Plazas     Seis
Tipo de Plaza     Confianza
Adscripción     Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género
Sede México,     DF
Funciones específicas para las plazas de Investigadores "A" (1):

Realizar estudios de derecho comparado de la legislación federal vigente, identificando los aspectos que tengan que ser suprimidos, modificados o agregados, a fin de armonizar el marco legal con los instrumentos internacionales suscritos por México en materia de derechos humanos de las mujeres.

Apoyar el trabajo legislativo en la elaboración de iniciativas de ley, puntos de acuerdo, excitativas, exhortos y dictámenes; buscando la transversalidad de la perspectiva de género, teniendo como marco los acuerdos y tratados internacionales relativos a los derechos de las mujeres.

Requisitos y perfil:

Académicos:

Acreditar licenciatura (título y cédula profesional) en derecho.
Acreditar maestría (deseable) en estudios de género, estudios de la mujer, estudios sociales, derecho, administración pública.
Laborales: Acreditar un mínimo de tres años de experiencia laboral en el análisis e investigación de la situación de las mujeres en México y Latinoamérica, así como el diseño, instrumentación y evaluación de políticas, programas y proyectos con perspectiva de género.

Contar con una experiencia mínima comprobable de tres años en la elaboración de investigaciones y estudios en materia de derechos humanos de las mujeres, perspectiva de género y la transversalidad del marco jurídico nacional vs. acuerdos internacionales en materia de avance y derechos humanos de las mujeres.

Contar con experiencia en el manejo y dominio de indicadores, estadísticas desagregadas y su aplicación al tema de la equidad de género.

Tener o haber colaborado en publicaciones que versen en las temáticas de derechos humanos de las mujeres en México, derecho comparado del marco jurídico nacional y los tratados nacionales e internacionales en materia de equidad de género, derechos de las mujeres.

Acreditar un mínimo de dos años de experiencia académica a nivel profesional en derecho y participación en congresos, cursos, seminarios.

Técnicos: Manejo de paquetería de cómputo (Excel, Word, Power Point y Access) y paquetería estadística SPSS a nivel intermedio. Habilidades: Orientación a resultados.
Habilidad para trabajar e interactuar con equipos multidisciplinarios.
Capacidad de análisis y síntesis.
Redacción y elaboración de informes.
Otros conocimientos: Acreditar conocimiento del idioma inglés: Comprensión de lectura. Funciones específicas para las plazas de Investigadores "A" (2):

Realizar investigaciones sociales en materia estadística, económica, política, social desde la perspectiva de género sobre la condición y posición de las mujeres en México, desarrollando estudios comparados de carácter internacional, nacional, estatal y municipal con perspectiva de género y enfoque integrador, procesando la información generada para su integración al Subsistema de Informática y Estadística Parlamentaria, así como el acervo hemero-bibliográfico propio del Centro de Estudios.

Requisitos y perfil:

Académicos:

Acreditar licenciatura (título y cédula profesional) en sociología, antropología social, política y gestión social, política y administración pública, relaciones internacionales.

Acreditar maestría (deseable) en sociología, estudios de género, estudios de la mujer, relaciones internacionales, administración pública.

Laborales: Acreditar un mínimo de tres años de experiencia laboral en el análisis e investigación de la situación de las mujeres en México y Latinoamérica, su condición y posición en los ámbitos económico, político y social desde la aplicación de la transversalidad y la perspectiva de género.

Acreditar el manejo y dominio en la elaboración de indicadores, estadísticas desagregadas y su aplicación al tema de la equidad de género y el avance de las mujeres en México y América Latina.

Acreditar un mínimo de tres años de experiencia laboral en el análisis e investigación de la problemática de las mujeres en México y Latinoamérica y en el diseño, instrumentación y evaluación de políticas, programas y proyectos con perspectiva de género.

Contar con una experiencia mínima comprobable de tres años en el desarrollo de investigaciones de carácter, económico, político, social y estudios de la transversalidad de la equidad de género, respecto de los derechos humanos de las mujeres y la inserción de la perspectiva de género en las políticas públicas.

Tener o haber colaborado en publicaciones que versen en las temáticas de la situación de la mujer en los ámbitos económico, político y social en México y Latinoamérica y la incorporación de la transversalidad de la equidad de género en la toma de decisiones en el país.

Acreditar un mínimo de tres años de experiencia académica a nivel licenciatura y participación en congresos, cursos, seminarios.

Técnicos: Manejo de paquetería de cómputo (Excel, Word, Power Point y Access) y paquetería estadística SPSS a nivel intermedio. Habilidades: Orientación a resultados.
Habilidad para trabajar e interactuar con equipos multidisciplinarios.
Capacidad de análisis y síntesis.
Redacción y elaboración de informes.
Otros conocimientos: Conocimiento del idioma inglés: comprensión de lectura. Funciones específicas para las plazas de Investigadores "A" (3):

Desarrollar e instrumentar los sistemas de información que contengan las bases de datos sobre la condición social, económica y política de las mujeres, así como de su condición genérica, que sirva como insumo a las investigaciones que realizará el Centro, desarrollando la función editorial y de actualización del sistema de información de estadísticas desagregadas por género que formarán parte de los contenidos de la página Web y boletín del Centro de Estudios, a través de la cual se darán a conocer las investigaciones, documentos, estadísticas y estudios de equidad de género del Centro, de acuerdo a la normatividad aplicable.

Requisitos y perfil:

Académicos:

Acreditar licenciatura (título y cédula profesional) en ciencias de la comunicación, administración, relaciones internacionales, informática.

Acreditar maestría (deseable), ciencias de la comunicación en relaciones internacionales, administración, sistemas de información.

Laborales: Acreditar un mínimo de dos años de experiencia laboral en el diseño e implementación de mecanismos de colaboración interinstitucional para el intercambio de información, alimentación de bancos de datos y el acceso a los mismos.

Contar con experiencia mínima comprobable de dos años en la realización de actividades de vinculación interinstitucional y de intercambio con congresos estatales y organismos gubernamentales, de estudios e investigaciones, así como experiencias legislativas en materia de la equidad de género.

Contar con experiencia mínima comprobable de dos años en la dirección y coordinación de la instrumentación de sistemas de información y de bancos de datos a través de medios electrónicos e impresos.

Acreditar su participación en congresos, cursos, seminarios.

Técnicos: Manejo de paquetería de cómputo (Excel, Word, Power Point y Access) nivel intermedio. Habilidades: Orientación a resultados.
Habilidad para trabajar e interactuar con equipos multidisciplinarios.
Capacidad de análisis y síntesis.
Redacción y elaboración de informes.
Otros conocimientos: Conocimiento del idioma inglés: Comprensión de lectura. Investigador "B" Número de Plazas     Seis
Tipo de Plaza     Confianza
Adscripción     Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género
Sede     México, DF
Funciones específicas para las plazas de Investigadores "B" (1):

Colaborar en la realización de estudios de derecho comparado de la legislación federal vigente, en materia de derechos humanos de las mujeres, la elaboración de iniciativas de ley, puntos de acuerdo, excitativas y exhortos, mediante el análisis desde la perspectiva de género y la transversalidad del marco jurídico nacional e internacional, apoyando en el análisis jurídico de los instrumentos necesarios para la celebración de convenios y acuerdos de colaboración entre el Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género y aquellos organismos públicos, privados, de investigación y académicos nacionales e internacionales. Coadyuvar en el procesamiento de la información de la especialidad que será integrada al Subsistema de Informática y Estadística Parlamentaria, así como el acervo hemero-bibliográfico propio del Centro Estudios.

Requisitos y perfil:

Académicos:

Acreditar licenciatura (título y cédula profesional) derecho. Laborales: Acreditar un mínimo de año y medio de experiencia laboral en la participación en análisis e investigación de la problemática de las mujeres en México y Latinoamérica y en el diseño, instrumentación y evaluación de políticas, programas y proyectos con perspectiva de género.

Contar con una experiencia mínima comprobable de año y medio en la colaboración en investigaciones y estudios de derecho comparado y la transversalidad del marco jurídico nacional vs. acuerdos internacionales en materia de avance, derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género.

Contar con experiencia en la elaboración de indicadores, estadísticas desagregadas y su aplicación al tema de la equidad de género y el avance de las mujeres.

Acreditar un mínimo de dos años de experiencia académica a nivel medio superior en materias de derecho y participación en congresos, cursos, seminarios.

Técnicos: Manejo de paquetería de cómputo (Excel, Word, Power Point y Access) y paquetería estadística SPSS a nivel avanzado. Habilidades: Orientación a resultados.
Trabajo en equipo
Capacidad de análisis y síntesis.
Habilidad para recabar información.
Redacción y elaboración de informes.
Otros conocimientos: Acreditar conocimiento del idioma inglés: Comprensión de lectura. Funciones específicas para las plazas de Investigadores "B" (2):

Colaborar en la realización de investigaciones sociales en materia estadística, económica, política, social desde la perspectiva de género sobre la condición y posición de las mujeres en México, apoyando en el desarrollo de estudios comparados con perspectiva de género y enfoque integrador de carácter internacional, nacional, estatal y municipal. Colaborando en el procesamiento de la información de la especialidad que será integrada al Subsistema de Informática y Estadística Parlamentaria, así como al acervo hemero-bibliográfico propio del Centro de Estudios.

Investigar y proponer variables e indicadores de género que permitan la conformación de la agenda legislativa nacional con perspectiva de género.

Requisitos y perfil:

Académicos:

Acreditar licenciatura (título y cédula profesional) en sociología, antropología social, política y gestión social, política y administración pública, relaciones internacionales. Laborales: Acreditar un mínimo de año y medio de experiencia laboral de colaborar en el análisis e investigación de la situación de las mujeres en México y Latinoamérica, su condición y posición en los ámbitos económico, político y social desde la aplicación de la transversalidad y la perspectiva de género.

Acreditar el manejo y la elaboración de indicadores, estadísticas desagregadas y su aplicación al tema de la equidad de género y el avance de las mujeres en México y América Latina.

Acreditar un mínimo de año y medio de experiencia laboral en el análisis e investigación de la problemática de las mujeres en México y Latinoamérica y en el diseño, instrumentación y evaluación de políticas, programas y proyectos con perspectiva de género.

Contar con una experiencia mínima comprobable de año y medio en la colaboración y/o desarrollo de investigaciones de carácter, económico, político, social y estudios de la transversalidad de la equidad de género, respecto de los derechos humanos de las mujeres y la inserción de la perspectiva de género en las políticas públicas.

Acreditar un mínimo de dos años de experiencia académica a nivel media superior en materias de sociología, administración y participación en congresos, cursos, seminarios.

Técnicos: Manejo de paquetería de cómputo (Excel, Word, Power Point y Access) y paquetería estadística SPSS a nivel avanzado. Habilidades: Orientación a resultados.
Trabajo en equipo
Capacidad de análisis y síntesis.
Habilidad para recabar información.
Redacción y elaboración de informes.
Otros conocimientos: Acreditar conocimiento del idioma inglés: compresión de lectura. Funciones específicas para las plazas de Investigadores "B" (3):

Colaborar en el desarrollo e instrumentación de los sistemas de información que contengan las bases de datos que sirva como insumo a las investigaciones que realizará el Centro, apoyando en el desarrollo de tecnologías de la Información y la alimentación de los contenidos de la página Web y boletín del Centro de Estudios. Actualizar el sistema de información de estadísticas desagregadas por género, requerida por el Centro.

Proveer a las direcciones e investigadores del Centro, de información, análisis de estadísticas desagregadas por género y herramientas metodológicas que alimenten las investigaciones realizadas por el mismo.

Requisitos y perfil:

Académicos:

Acreditar licenciatura (título y cédula profesional) en ciencias de la comunicación, administración, relaciones internacionales, informática. Laborales: Acreditar un mínimo de año y medio de experiencia laboral en el diseño e implementación de mecanismos de colaboración interinstitucional para el intercambio de información, alimentación de bancos de datos y el acceso a los mismos.

Contar con experiencia mínima comprobable de año y medio en la participación y colaboración en actividades de vinculación interinstitucional y de intercambio con congresos estatales y organismos gubernamentales, de estudios e investigaciones, así como experiencias legislativas en materia de la equidad de género.

Contar con experiencia mínima comprobable de año y medio en la participación de la instrumentación de sistemas de información y de bancos de datos a través de medios electrónicos e impresos.

Acreditar la participación en congresos, cursos, seminarios.

Técnicos: Manejo de paquetería de cómputo (Excel, Word, Power Point y Access) nivel avanzado.
Elaboración de páginas Web y diseño de bancos de datos.
Habilidades: Orientación a resultados.
Habilidad para trabajar e interactuar con equipos multidisciplinarios.
Capacidad de análisis y síntesis.
Redacción y elaboración de informes.
Otros conocimientos: Conocimiento del idioma inglés: Comprensión de lectura. Bases

1. Requisitos de participación

Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos generales, académicos, laborales y técnicos previstos para el puesto y agoten cada una de las etapas que se establecen en la presente Convocatoria. 2. Documentación requerida

Los aspirantes para ser considerados como participantes en el proceso de selección, deberán exhibir al momento de su inscripción la siguiente documentación:

Solicitud de Inscripción, la cual se proporcionará el día que se establezca para el registro de candidatos.

Currículum (dos juegos) debidamente requisitado y firmado en todas y cada una de sus hojas, sin tachaduras o enmendaduras, anexando fotocopias de los documentos correspondientes a las actividades a que dicho currículum haga referencia.

Presentar en original y copia certificada para su cotejo, y copia para la Cámara de Diputados: acta de nacimiento; documento que acredite el nivel académico requerido para el puesto, en este caso: cédula o título profesional de licenciatura y maestría y/o comprobante de estudios o título de doctorado; identificación oficial vigente con fotografía y firma (credencial para votar con fotografía, pasaporte o cédula profesional con antigüedad no mayor a diez años), cartilla liberada (en el caso de varones hasta 40 años).

Para acreditar cursos y/o programas de formación o especialización: presentar original y copia de constancias o diplomas emitidos por las instituciones o dependencias que los avalan.

Para acreditar publicaciones: copia fotostática y referencia editorial (dos copias).

Para acreditar las capacidades técnicas y habilidades requeridas para el puesto: presentar al menos dos cartas de recomendación que las avalen.

Para acreditar la experiencia laboral: presentar cartas que la certifiquen por parte del empleador, contrato, nombramiento o documento que especifique el cargo o puesto ocupado por el interesado y las fechas en que ocupó dicho cargo o puesto. De igual forma, el interesado deberá anexar carta donde se señalen las funciones desempeñadas, así como los nombres de dos directivos, el teléfono y dirección de la institución, dependencia o empresa donde ocupó el cargo (dos copias).

Presentar escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado por delito doloso, así como de no estar inhabilitado para el servicio público y de que la documentación presentada es auténtica (dos copias).

La Cámara de Diputados se reserva el derecho de solicitar, en cualquier momento, la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la evaluación curricular y del cumplimiento de los requisitos, en cualquier etapa del proceso, y de no acreditarse su existencia o autenticidad se descalificará al aspirante.

En caso de no presentar la documentación requerida en original o copia certificada para su cotejo y la fotocopia correspondiente el día señalado en la presente Convocatoria, la Cámara de Diputados está facultada para descalificar a los postulantes que caigan en este supuesto.

3. Etapas del proceso de selección

3.1 Registro de candidatos;
3.2 Revisión, análisis y valoración de solicitudes de inscripción, currículas recibidas y documentación comprobatoria;
3.3 Evaluaciones.
Informes por etapa

La Dirección General de Recursos Humanos, al finalizar cada una de las etapas del proceso de selección, enviarán un informe parcial de resultados a la Secretaría General, para que por su conducto se remitan al Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género, con copia para la Secretaría de Servicios Parlamentarios.

El veredicto para todas y cada una de las etapas del proceso de selección será inapelable.

Los integrantes del Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género podrán asistir personalmente a cada una de las etapas del proceso de selección; los expedientes de los concursantes así como los resultados obtenidos por éstos, estarán a disposición de los miembros del Comité del CEAMEG para ser consultados cuando lo requieran en la Dirección General de Recursos Humanos.

3.1 Registro de candidatos

La entrega de cédulas de inscripción, registro de candidatos y recepción de la documentación establecida en el numeral 2 de la presente convocatoria se llevará a cabo los días 7, 10, 11 y 12 de abril de 2006, en el Centro de Capacitación de la Cámara de Diputados, ubicado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, ubicado en Av. Congreso de la Unión No. 66, Colonia El Parque, Delegación Venustiano Carranza, C.P. 15969, Edificio "F" Planta Baja, en el horario de 10:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 horas.

Las solicitudes y documentos que no sean entregados personalmente por el aspirante, en el plazo, formato y medio señalados no serán recibidas ni tomadas en cuenta para el concurso.

Al concluir la entrega de la cédula de inscripción con currículum y documentación comprobatoria, el interesado recibirá una ficha con el número de folio que lo identificará a lo largo del proceso de selección y el calendario de actividades que indicará las fechas en que se llevarán a cabo las distintas etapas del mismo.

Una vez agotada la etapa de registro de aspirantes, se publicará en el Portal de Internet de la Cámara de Diputados, www.cddhcu.gob.mx, la lista con los números de folio que identifican a cada uno de los aspirantes inscritos en el presente concurso de selección. Dicha publicación podrá ser consultada 24 horas posteriores a la fecha de cierre de recepción de inscripciones.

3.2 Revisión, análisis y valoración de solicitudes de inscripción, currículas recibidas y documentación comprobatoria.

Al concluir la etapa anterior, la Dirección General de Recursos Humanos conjuntamente con la persona que designe el Comité, procederán a revisar y valorar las solicitudes de inscripción con currículum y la documentación comprobatoria entregada por los interesados, para determinar si cumplen o no con lo dispuesto por esta Convocatoria. Al efecto, formularán una matriz integral de resultados de la revisión y valoración de solicitudes de los aspirantes registrados y la someterán a la consideración de la Mesa Directiva del Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género (CEAMEG) y el Secretario de Servicios Parlamentarios.

Una vez agotado el plazo de revisión, análisis y valoración, se publicará la lista que contendrá los números de folio que identifiquen a los aspirantes preseleccionados que continúan en el proceso y que podrán presentarse a la aplicación de las evaluaciones que correspondan.

La lista se publicará en el Portal de Internet de la Cámara de Diputados, www.cddhcu.gob.mx, y en ella se especificarán las fechas, horarios y lugares de aplicación de las evaluaciones mencionadas en el párrafo anterior. De igual forma, las listas estarán disponibles en la Dirección General de Recursos Humanos.

3.3 Evaluaciones

Se aplicarán, según el caso, las siguientes evaluaciones:

Evaluación en materia de cómputo
Evaluación de conocimientos del idioma inglés

Evaluación psicométrica
Evaluación técnica de conocimientos

La aprobación de la evaluación en materia de cómputo con una calificación mínima de 7, constituye el prerrequisito para presentar la evaluación psicométrica, de inglés y de conocimientos técnicos.

La evaluación psicométrica será aplicada a través de la Dirección General de Recursos Humanos, quien de igual forma, instrumentará el procedimiento para practicar las evaluaciones en materia de paquetería de cómputo, en este caso con el auxilio de la Dirección General de Tecnologías de la Información.

La evaluación técnica se realizará a través de un jurado designado por los integrantes del Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género a propuesta de su Mesa Directiva, el que será presidido por el miembro del jurado que designe el Comité del CEAMEG. La secretaría técnica del jurado estará a cargo de la persona que designe el Comité para desempeñar dicha tarea.

El jurado se encargará de definir la metodología de la evaluación técnica, así como de la formulación de los exámenes que correspondan. Las evaluaciones serán escritas y considerarán todos aquellos elementos del conocimiento que permitan obtener a aquellos aspirantes con el mayor dominio de los temas.

Constituye impedimento para formar parte del jurado externo el tener vínculos de parentesco con quienes los proponen y aprueban como integrantes del jurado, así como con los participantes en el proceso de selección.

El jurado entregará un informe de resultados de las evaluaciones técnicas de todos los aspirantes, el cual se integrará a los resultados obtenidos en las demás evaluaciones a efecto de emitir un resultado final.

El resultado final de las evaluaciones se integrará con base en la siguiente ponderación:

Evaluación psicométrica: 20%. (rendimiento de 0 a 10).

Evaluación técnica: 70% (calificaciones de 0 a 10).

Evaluación de otros conocimientos: Cómputo y manejo de paquetería especializada 5% (calificaciones de 0 a 10) y conocimiento del idioma Inglés 5% (calificación de 0 a 10).

Integración del jurado calificador

Estará integrado por:

- 3 reconocidas investigadoras, académicas con formación en Derecho y Ciencias Políticas con especialidad en temas de género. Comunicación de resultados

La Dirección General de Recursos Humanos remitirá el informe final de resultados a la Secretaría General, la cual lo someterá a opinión y autorización de los Órganos de Gobierno correspondientes.

Mecanismos de desempate

Para el caso de empates entre aspirantes, los lugares superiores en el listado serán ocupados por aquellos aspirantes que satisfagan en orden de prelación lo siguiente:

A. Perfil laboral más adecuado para el puesto que corresponda, con base en el rendimiento obtenido en la evaluación psicométrica;
B. Perfil académico más adecuado al puesto que corresponda;
C. Mayor experiencia en cargos similares o superiores;
D. Mayor nivel académico; y
E. Mayor experiencia en cuerpos legislativos.
4. Información adicional

A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los aspirantes formulen con relación a la plaza de su interés y el proceso de selección, se ha implementado un módulo de atención telefónica en el número 56.28.13.00 extensiones 51066 y 51065, el cual estará disponible de 10:00 a 13:00 horas de lunes a viernes.

Los datos personales de los aspirantes y participantes seleccionados son confidenciales, aún después de concluido el proceso.

Palacio Legislativo de San Lázaro, abril de 2006.

Atentamente

Lic. Alfredo del Valle Espinosa
Secretario de Servicios Parlamentarios

Lic. Rodolfo Noble San Román
Secretario de Servicios Administrativos y Financieros

Lic. Enrique Lozano Botello
Director General de Recursos Humanos
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS INDÍGENAS

A su duodécima reunión plenaria, que se llevará a cabo el jueves 6 de abril, a las 9 horas, en las oficinas de la Comisión (edificio D, cuarto piso).

Orden del Día

1. Lista de asistencia y, en su caso, verificación de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la undécima reunión plenaria.
4. Informe de dictámenes elaborados por la Subcomisión Jurídico-Legislativa y aprobación, en su caso.
Atentamente
Dip. Javier Manzano Salazar
Presidente
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE PESCA

A su reunión extraordinaria, que se efectuará el jueves 6 de abril, a las 9 horas, en el salón D del edificio G.

Atentamente
Dip. Francisco Javier Obregón Espinoza
Presidente
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE REFORMA AGRARIA

A su reunión ordinaria, que se realizará el jueves 6 de abril, a las 10 horas, en el salón B del edificio G.

Orden del Día

1. Lista de asistencia.
2. Declaración de quórum.
3. lectura y aprobación del orden del día.
4. Ley Federal Agraria.

5. Iniciativas (presentación).
a) Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 17 de la Ley Agraria. Diputado René Meza Cabrera.
b) Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 17 de la Ley Agraria. Diputado Hidalgo Contreras Covarrubias.
c) Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 59 de la Ley Agraria. Diputada Irma Figueroa Romero.
d) Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 161 de la Ley Agraria. Diputado Fernando Álvarez Monje.
e) Iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 117 y adiciona el artículo 119 de la Ley Agraria. Diputado Gonzalo Guízar Valladares.

6. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Manuel García Corpus
Presidente
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE MARINA

A su reunión mensual de trabajo, que se llevará a cabo el jueves 6 de abril, a las 10:30 horas, en la zona C del edificio G.

Atentamente
Dip. Sebastián Calderón Centeno
Presidente
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO METROPOLITANO

A la reunión de trabajo de su Mesa Directiva, que se llevará a cabo el jueves 6 de abril, a las 11 horas, en la sala de juntas de la Comisión, situada en el edificio F, tercer piso.

Atentamente
Dip. Fernando Fernández García
Presidente
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE VIVIENDA

A su reunión plenaria, que se llevará a cabo el jueves 6 de abril, a las 11 horas, en la sala 6, ubicada en el edificio B, planta baja.

Atentamente
Dip. Roberto Pedraza Martínez
Presidente
 
 
 

DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE PROSPECTIVA PARA LA DEFINICIÓN DEL FUTURO DE MÉXICO

A su reunión plenaria, que se efectuará el jueves 6 de abril, a las 12 horas, en el salón F del edificio G.

Orden del Día

I. Pase de lista de asistencia y verificación de quórum.
II. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
III. Plan de trabajo.
IV. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Jaime del Conde Ugarte
Presidente
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO METROPOLITANO

A su reunión de trabajo, que se efectuará el jueves 6 de abril, a las 13 horas, en el salón Libertadores (edificio H, primer piso).

Atentamente
Dip. Fernando Fernández García
Presidente
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE SALUD

A la cuadragésima reunión de su Mesa Directiva, que se efectuará el martes 18 de abril, a las 16 horas, en la sala de juntas de la Presidencia de la Comisión.

Orden del Día

1. Verificación de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.
4. Lectura y, en su caso, aprobación de los anteproyectos de dictamen de los asuntos turnados a la Comisión de Salud.
5. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. José Ángel Córdova Villalobos
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE FOMENTO COOPERATIVO Y ECONOMÍA SOCIAL

A su vigésima quinta reunión plenaria, que se verificará el miércoles 19 de abril, a las 9 horas, en el salón E del edificio G.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Cooperativas, y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (dictamen a discusión y, en su caso, aprobación).
4. Dictamen de iniciativas que reforman diversas disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular (dictamen a discusión y, en su caso, aprobación).
5. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Francisco Javier Saucedo Pérez
Presidente
 
 









Invitaciones
DE LA COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

A la decimoséptima Ofrenda del Día Mundial de Nuestra Madre Tierra, dentro del marco del Foro Permanente de Consulta Ciudadana, que se llevará a cabo del 17 al 21 de abril, de las 10 a las 14 y de las 16 a las 17 horas, en el auditorio sur, situado en el edificio A, segundo piso.

Atentamente
Dip. Jaime Miguel Moreno Garavilla
Presidente
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE REGLAMENTOS Y PRÁCTICAS PARLAMENTARIAS

Al ciclo de mesas de discusión El Congreso a debate, organizado en coordinación con el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, que se efectuarán el 19 y 26 de abril, y el 3 y 4 de mayo, en el salón Legisladores de la República, a las 11 horas.

Objetivo

Realizar un encuentro entre especialistas y actores políticos en el que se expongan y debatan ideas acerca del presente y futuro del Congreso mexicano.

Participantes

Especialistas en temas político-parlamentarios (politólogos, políticos, periodistas, abogados e historiadores).

Legisladores federales.

Atentamente
Dip. Iván García Solís
Presidente
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE SALUD

Al foro Responsabilidad en la atención médica, que se efectuará el miércoles 26 de abril, de las 9 a las 14 horas, en el auditorio del edificio E.

Atentamente
Dip. José Ángel Córdova Villalobos
Presidente
 
 
 

DE LA COMISIÓN ESPECIAL PARA EL CAMPO

Al Encuentro regional de evaluación del Acuerdo Nacional para el Campo, que se realizará el viernes 12 de mayo, en la ciudad de Mexicali, Baja California.

Atentamente

Dip. Rafael Galindo Jaime

Presidente