Gaceta Parlamentaria, año XI, número 2583, martes 2 de septiembre de 2008

Anexo A Orden del día
Anexo I Dictámenes a discusión
Anexo II Dictámenes negativos
Anexo III Iniciativas
Anexo IV Proposiciones


Proyecto de Acta Comunicaciones Proposiciones de acuerdo Oficios Iniciativas Acuerdos Actas Indicadores Convocatorias Invitaciones Avisos
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Proyecto de Acta
DE LA MESA DIRECTIVA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, QUE SE SOMETERÁ A CONSIDERACIÓN DEL PLENO EL MARTES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2008

ACTA DE LA SESIÓN PREPARATORIA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, CELEBRADA EL JUEVES VEINTIOCHO DE AGOSTO DE DOS MIL OCHO, CORRESPONDIENTE AL PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA.

Presidencia de la diputada Ruth Zavaleta Salgado

En el Palacio Legislativo, en la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de 382 diputadas y diputados, a las 12 horas con 34 minutos del jueves 28 de agosto de 2008, la Presidenta declara abierta la sesión.

La Secretaría da lectura al orden del día.

La Secretaría da lectura a tres oficios de la Comisión Permanente del segundo receso del segundo año de ejercicio de la LX Legislatura, con los que informan la reincorporación a sus labores legislativas los diputados: Miguel Ángel Navarro Quintero, Jaime Cervantes Rivera, electos en la primera circunscripción plurinominal y César Flores Maldonado, electo en el noveno distrito de Guerrero. De enterado.

La Secretaría da lectura a ocho oficios de la Comisión Permanente del segundo receso del segundo año de ejercicio de la LX Legislatura, con puntos de acuerdo por los que se les concede licencia por tiempo indefinido a los diputados: Víctor Leopoldo Valencia de los Santos, del cuarto distrito del estado de Chihuahua; David Figueroa Ortega, de la primera circunscripción; Daniel Torres García, Amador Campos Aburto y Carlos Sánchez Barrios, del primer, tercer y séptimo distritos de Guerrero; Faustino Soto Ramos, Jesús Evodio Velázquez Aguirre y Venancio Luis Sánchez Jiménez, de la cuarta y quinta circunscripciones. Se llama a los suplentes.

La Presidenta informa que a las puertas del salón de sesiones se encuentran los ciudadanos: Octavio Fuentes Téllez, Ivette Jacqueline Ramírez Corral, Efraín Peña Damacio, Secundino Catarino Crispín, Octavio Adolfo Klimek Alcaraz, Eva Angelina Sánchez Valdez, Jesús Ricardo Morales Manzo y Josefina Salinas Pérez, diputadas y diputados suplentes electos en: el cuarto distrito del estado de Chihuahua; primera circunscripción; primer, tercer y séptimo distritos de Guerrero; cuarta y quinta circunscripciones, respectivamente, quienes, acompañados de una comisión designada, rinden la protesta de ley y entran en funciones de inmediato.

A las 12 horas con 45 minutos, la Secretaría informa el registro de 415 diputadas y diputados, posteriormente ordena el cierre del sistema electrónico de asistencia.

La Secretaría da lectura al acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, para normar el formato de la sesión de Congreso General para la apertura del primer periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio de la LX Legislatura, para regular la recepción y trámite del informe por escrito que debe presentar el presidente de la republica sobre el estado general que guarda la administración pública del país el 1 de septiembre de 2008. En votación económica, la asamblea lo aprueba. Comuníquese al Senado de la República.

La Secretaría, por indicaciones de la Presidencia, da lectura a los artículos 17 y 18 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y posteriormente al acuerdo de los grupos parlamentarios, por el que se postula a las diputadas y los diputados que habrán de integrar la Mesa Directiva que funcionará durante el periodo del 1 de septiembre de 2008 al 31 de agosto de 2009, correspondiente al tercer año de ejercicio de la LX Legislatura y de conformidad con lo dispuesto en el numeral siete del artículo 17 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se procede a su elección y por mayoría calificada de 398 votos, resultan electos los diputados: César Horacio Duarte Jáquez, como Presidente; Martha Hilda González Calderón, José Luis Espinosa Piña y Ruth Zavaleta Salgado, como primera, segundo y tercera Vicepresidentes; Margarita Arenas Guzmán, María Eugenia Jiménez Valenzuela, María del Carmen Pinete Vargas, José Manuel del Río Virgen, Manuel Portilla Diéguez, Rosa Elia Romero Guzmán, Jacinto Gómez Pasillas y Santiago Gustavo Pedro Cortés, como secretarios. La Presidenta invita a los diputados electos ocupar su lugar en la presidencia.

Puestos todos de pie, la Presidenta toma la protesta del diputado César Horacio Duarte Jáquez, como Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para el tercer año de ejercicio de la LX Legislatura.

Presidencia del diputado César Horacio Duarte Jáquez

Presidencia del diputado César Horacio Duarte Jáquez

El Presidente toma la protesta de los diputados electos como Vicepresidentes y Secretarios de la Mesa Directiva y acto seguido declara:

"La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, se declara legalmente instalada para funcionar durante el primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LX Legislatura." El Presidente dirige un mensaje a la asamblea y comunica que la Mesa Directiva informará la instalación del primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, al presidente de la república, a la Cámara de Senadores, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por escrito a los órganos legislativos de los estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Agotados los asuntos en cartera, el Presidente levanta la sesión a las 13 horas con 40 minutos, citando para la sesión de Congreso General a las 17:00 horas del lunes 1 de septiembre de 2008 y para la sesión de la Cámara de Diputados el martes 2 de septiembre de 2008, a las 11:00 horas.
 
 









Comunicaciones
DE LA COMISIÓN PERMANENTE

México, DF, a 27 de agosto de 2008.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Me permito comunicar a usted que, en sesión celebrada en esta fecha, se recibió acuerdo del Congreso de Oaxaca por el que se adhiere al acuerdo del Congreso del estado de México, a fin de que se respeten los derechos humanos e la integridad de todos los migrantes mexicanos.

La Presidencia dispuso que dicho acuerdo se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente
Diputada Liliana Carbajal Méndez (rúbrica)
Vicepresidenta
 

Secretarios de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión

México, DF.

La Sexagésima Legislatura constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en sesión ordinaria celebrada el día de hoy, tuvo a bien aprobar el siguiente acuerdo:

Único. La Sexagésima Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca se adhiere al punto de acuerdo emitido por el Congreso del estado de México, en el sentido de que

Primero. Se sigan implantando las acciones de vigilancia al respeto de los derechos humanos e la integridad de todos los migrantes mexicanos y transmigrantes que se internan en nuestro país, que vienen y cruzan por nuestro Estado, así como del los bienes y las pertenencias que traen consigo; Segundo. Se somete a la consideración del Ejecutivo federal para que, a través de las instancias correspondientes, redoble su compromiso de atención, orientación y protección digna y eficaz de los derechos humanos de los migrantes mexicanos y centroamericanos que se internan a nuestro país; Tercero. Se somete a la consideración de los Ejecutivos de las entidades de la república y los Congresos locales para que se sumen a las acciones de coordinación, vigilancia y respeto de los derechos e la integridad de todos los migrantes que retornan a su país, y realicen lo conducente; y Cuarto. Se somete a la consideración de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que consideren la ampliación de la franquicia a mil dólares estadounidenses USA por persona. Remítase copia del presente acuerdo de adhesión a la Cámara de Diputados del estado de México, a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al titular del Poder Ejecutivo federal, para los efectos legales procedentes.

Transitorio

Único. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación. Publíquese en el periódico oficial del gobierno del estado. Lo tendrá entendido el gobernador del estado y hará que se publique y se cumpla.

Dado en el salón de sesiones del honorable Congreso del estado. San Raymundo Jalpan, Centro, Oaxaca, a 31 de julio de 2008.

Diputados. Etelberto Gómez Fuentes (rúbrica), presidente; Silvia Estela Zárate González (rúbrica), Wilfredo Fidel Vásquez López (rúbrica), secretarios.

Lo que nos permitimos transcribir a ustedes para su conocimiento y efectos legales consiguientes.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.
"El respeto al derecho ajeno es la paz."

San Raymundo Jalpan, Centro, Oaxaca,
31 de julio de 2008.

Diputada Silvia Estela Zárate González (rúbrica)
Secretaria

Diputado Wilfredo Fidel Vásquez López (rúbrica)
Secretario
 

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

México, DF.

La Sexagésima Legislatura constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en sesión ordinaria celebrada el día de hoy, tuvo a bien aprobar el siguiente acuerdo:

Único. La Sexagésima Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca se adhiere al punto de acuerdo emitido por el Congreso del estado de México, en el sentido de que

Primero. Se sigan implantando las acciones de vigilancia al respeto de los derechos humanos y la integridad de todos los migrantes mexicanos y transmigrantes que se internan en nuestro país, que vienen y cruzan por nuestro Estado, así como de los bienes y las pertenencias que traen consigo; Segundo. Se somete a la consideración del Ejecutivo federal para que, a través de las instancias correspondientes, redoble su compromiso de atención, orientación y protección digna y eficaz de los derechos humanos de los migrantes mexicanos y centroamericanos que se internan a nuestro país; Tercero. Se somete a la consideración de los Ejecutivos de las entidades de la república y los Congresos locales, para que se sumen a las acciones de coordinación, vigilancia y respeto de los derechos y la integridad de todos los migrantes que retornan a su país y realicen lo conducente; y Cuarto. Se somete a la consideración de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que consideren la ampliación de la franquicia a mil dólares estadounidenses por persona. Remítase copia del presente acuerdo de adhesión a la Cámara de Diputados del estado de México, a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al titular del Poder Ejecutivo federal para los efectos legales procedentes.

Transitorio

Único. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación. Publíquese en el periódico oficial del gobierno del estado. Lo tendrá entendido el gobernador del estado y hará que se publique y se cumpla.

Dado en el salón de sesiones del honorable Congreso del estado. San Raymundo Jalpan, Centro, Oaxaca, a 31 de julio de 2008.

Diputados: Etelberto Gómez Fuentes (rúbrica), presidente; Silvia Estela Zárate González (rúbrica), Wilfredo Fidel Vásquez López (rúbrica), secretarios.

Lo que nos permitimos transcribir a ustedes para su conocimiento y efectos legales consiguientes.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.
"El respeto al derecho ajeno es la paz."

San Raymundo Jalpan, Centro, Oaxaca,
31 de julio de 2008.

Diputada Silvia Estela Zárate González (rúbrica)
Secretaria

Diputado Wilfredo Fidel Vásquez López (rúbrica)
Secretario

(Remitido a la Comisión de Haienda y Crédito Püblico. Agosto 27 de 2008.)
 
 

México, DF, a 27 de agosto de 2008.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta en esta fecha, se aprobó dictamen de la Primera Comisión d la Comisión Permanente, con el siguiente punto de acuerdo:

"Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a las legislaturas locales y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para que estudien la posibilidad de legislar sobre estímulos fiscales para aquellas personas que contribuyan a la disminución de los gases contaminantes de los vehículos, a través de la compra de vehículos de modelos recientes.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión emite una respetuosa solicitud al Ejecutivo federal y a la honorable Cámara de Diputados, para que en el Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal de 2009, se considere una partida para implantar en todos los estados de la República, el equipo necesario para la medición de emisión de gases contaminantes a la atmósfera".

Atentamente
Diputada Liliana Carbajal Méndez (rúbrica)
Vicepresidenta

(Remitida a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Agosto 27 de 2008.)
 
 

México, DF, a 27 de agosto de 2008.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, se recibió acuerdo del Congreso de Chihuahua por el que exhorta al Congreso de la Unión a dictaminar con la mayor brevedad las iniciativas y las proposiciones tendentes a inhibir la arbitrariedad de las instituciones bancarias contra los usuarios.

La Presidencia dispuso que dicho acuerdo se turnara a la Cámara de Diputados, el que se anexa.

Atentamente
Diputada Liliana Carbajal Méndez (rúbrica)
Vicepresidenta
 

Chihuahua, Chih., a 12 de junio de 2008.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado
Presidenta de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
México, DF

Para su conocimiento y efectos conducentes, le remito copia del acuerdo número 145/08 II P.O., así como de los documentos que le dieron origen, por medio del cual la Sexagésima Segunda Legislatura del Congreso del estado exhorta respetuosamente al Congreso de la Unión a dictaminar con la mayor brevedad las iniciativas y las proposiciones tendentes a inhibir la arbitrariedad de las instituciones bancarias contra los usuarios.

Sin otro particular de momento, reitero a usted la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.

Diputado Jorge Alberto Gutiérrez Casas (rúbrica)
Presidente del Congreso del Estado
 

La Sexagésima Segunda Legislatura del honorable Congreso del estado de Chihuahua, reunida en su segundo periodo ordinario de sesiones, dentro del primer año de ejercicio constitucional, acuerda

Artículo Primero. Exhortar respetuosamente al Congreso de la Unión a dictaminar con la mayor brevedad las iniciativas y las proposiciones tendentes a inhibir la arbitrariedad de las instituciones bancarias contra los usuarios.

Artículo Segundo. Exhortar respetuosamente a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a emitir coordinadamente una campaña de educación financiera que permita a los usuarios tomar las decisiones con pleno conocimiento y alcance respecto a los servicios que ofrecen las instituciones financieras.

Artículo Tercero. Solicítese a la Condusef y a la CNBV que, en el ámbito de sus respectivas competencias, redoblen esfuerzos a fin de garantizar que las instituciones financieras cumplan correctamente su función.

Artículo Cuarto. Asimismo, exhortar a los municipios del estado a celebrar convenios de colaboración con la Condusef a efecto de que los ayuntamientos puedan ser receptores de las quejas y reclamaciones contra instituciones bancarias.

Artículo Quinto. Hágase del conocimiento el presente acuerdo de las legislaturas estatales del país y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para su conocimiento, apoyo y solidaridad con el contenido.

Artículo Sexto. Remítase copia del presente acuerdo, así como de los documentos que le dieron origen, a las autoridades mencionadas, para los efectos a que haya lugar.

Dado en el salón de sesiones del Poder Legislativo, en la ciudad de Chihuahua, Chih., a los doce días del mes de junio del año dos mil ocho.

Diputado Jorge Alberto Gutiérrez Casas (rúbrica)
Presidente

Diputado Gerardo Alberto Fierro Archuleta (rúbrica)
Secretario

Diputado Jorge Alejandro Espino Balaguer (rúbrica)
Secretario

(Remitido a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. Agosto 27 de 2008.)
 
 

México, DF, a 13 de agosto de 2008.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Comunico a usted que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó el siguiente punto de acuerdo:

Único. Se concede licencia para separarse de sus funciones legislativas por tiempo indefinido, a partir del 1 de septiembre de 2008, a la diputada María Esperanza Morelos Borja. Atentamente
Diputada Liliana Carbajal Méndez (rúbrica)
Vicepresidenta
 
 
 

DE LA CÁMARA DE SENADORES

México, DF, a 27 de agosto de 2008.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Comunico a usted que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó el siguiente punto de acuerdo:

Único. Se concede licencia a la diputada María Sofía Castro Romero para separarse de sus funciones legislativas, por tiempo indefinido, a partir del 27 de agosto de 2008. Atentamente
Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica)
Vicepresidente
 
 

México, DF, a 28 de agosto de 2008.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

En cumplimiento por dispuesto en los artículos 61, párrafo 5, de la Ley Orgánica del Congreso General, y 13 del Reglamento para el Gobierno Interior, me permito comunicar a usted que, en sesión de instalación celebrada el día de hoy, la Cámara de Senadores de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, eligió la Mesa Directiva que conducirá los trabajos durante el periodo del 1 de septiembre de 2008 al 31 de agosto de 2009, correspondiente al tercer año de ejercicio constitucional, que es la siguiente:

Presidente
Senador Gustavo Madero Muñoz.

Vicepresidentes
Senadores: José González Morfín, Francisco Arroyo Vieyra, Yeidckol Polevnsky Gurwitz.

Secretarios
Senadores: Adrián Rivera Pérez, Renán Cleominio Zoreda Novelo, Claudia Sofía Corichi García, Ludivina Menchaca Castellanos.

Atentamente
Senador José González Morfín (rúbrica)
Vicepresidente
 
 

México, DF, a 28 de agosto de 2008.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Me permito comunicar a esta honorable colegisladora que, en sesión celebrada en esta fecha, la Cámara de Senadores se declaró instalada para su primer periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio de la Sexagésima Legislatura.

Atentamente
Senador José González Morfín (rúbrica)
Vicepresidente
 
 

DEL GOBIERNO DE OAXACA

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

México, DF.

La Sexagésima Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en sesión ordinaria celebrada el día de hoy, tuvo a bien aprobar el siguiente

Acuerdo

"Único. La Sexagésima Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, formula atenta y respetuosa solicitud a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, se considere el incremento al subsidio ordinario para la Universidad Autónoma "Benito Juárez" de Oaxaca, por la cantidad de $677 millones 809 mil 256.30 (seiscientos setenta y siete millones, ochocientos nueve mil, doscientos cincuenta y seis pesos, 30/100 MN) conforme al siguiente esquema:

El desarrollo de estos proyectos incidirá en la mejora sustancial del rezago histórico que la universidad tiene en estos rubros.- Transitorio: Único. El presente acuerdo surtirá sus efectos a partir de la fecha de su aprobación. Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. Remítase a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión para sus efectos legales procedentes.- Lo tendrá entendido el gobernador del estado y hará que se publique y se cumpla.- Dado en el salón de sesiones del honorable Congreso del Estado.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oaxaca, 14 de agosto de 2008.- Diputados: José Humberto Cruz Ramos, Presidente.- Rúbrica. Wilfredo Fidel Vásquez López, (rúbrica), Daniel Gurrión Matías, (rúbrica) secretarios.

Lo que nos permitimos transcribir a ustedes, para su conocimiento y efectos legales consiguientes."

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.
"El Respeto al Derecho Ajeno es la Paz"

San Raymundo Jalpan, Centro, Oaxaca,
14 de agosto de 2008.

Diputados: Wilfredo Fidel Vásquez López (rúbrica) presidente; Daniel Gorrión Matías (rúbrica), secretario.
 
 







Proposiciones de acuerdo
DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA, POR EL QUE SE PROPONE LA ADICIÓN DE UN ARTÍCULO 27 BIS A LA NORMA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en el artículo 34, numeral 1, inciso g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y al tenor de las siguientes

Consideraciones

I. Que en términos del artículo 34, numeral 1, inciso g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política tiene entre sus atribuciones asignar los recursos humanos, materiales y financieros de la Cámara de Diputados.

II. Que con fecha 1 de febrero de 2006, se aprobó por el Pleno de este órgano legislativo la Norma de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Cámara de Diputados.

III. Que con fecha 7 de febrero de 2006 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la norma citada en el considerando anterior, con la firma de los coordinadores de los grupos parlamentarios, que posteriormente se público en el Diario Oficial de la Federación de fecha 15 de febrero de 2006 con la firma del Presidente y del Secretario de la Mesa Directiva.

IV. Que la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, en el artículo 114, establece la certificación del buen manejo forestal como un medio para acreditar el adecuado manejo forestal, mejorar la protección de los ecosistemas forestales y facilitar el acceso a mercados nacionales e internacionales preocupados por el futuro de los recursos forestales, y de esta forma coadyuvar a combatir la madera proveniente de la tala clandestina y la sobreexplotación.

V. Que asimismo, el Presidente de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, propuso al Comité de Administración, órgano auxiliar de la Junta de Coordinación Política, que se promovieran las adecuaciones pertinentes a la Norma de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Cámara de Diputados para dar congruencia a dicha norma con la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en materia de las compras de bienes muebles de madera y suministros de la misma en cuanto a los registros y certificaciones de terceros, ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que garanticen el manejo sustentable de los bosques de donde proviene la propia madera.

VI. Que es intención de este órgano legislativo coadyuvar en la mejora y cuidados ambientales, haciendo congruente su legislación con las políticas que a nivel internacional se están generando en este rubro.

En virtud de lo expuesto, se somete a consideración del Pleno el siguiente

Acuerdo

Artículo Único. Se adiciona un artículo 27 Bis a la Norma de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Cámara de Diputados, para quedar como sigue:

Artículo 27 Bis. Tratándose de adquisiciones de madera, muebles y suministros de oficina de este material, deberán requerirse certificados otorgados por terceros, previamente registrados ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que garanticen el manejo sustentable de los bosques de donde proviene la madera de dichas adquisiciones. Para las adquisiciones de papel para uso de oficina, se deberá requerir un mínimo de 50 por ciento de fibras de material reciclado y blanqueado libre de cloro.

En caso de incumplimiento, se estará a lo dispuesto por la presente Norma y demás disposiciones aplicables.

Transitorios

Primero. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Parlamentaria.

Segundo. El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo, México, DF, a 13 de agosto de 2008.

Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica)
Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

Diputado Javier González Garza (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática

Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolución Institucional

Diputado Alejandro Chanona Burguete
Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia

Diputada Gloria Lavara Mejía (rúbrica)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México

Diputado Ricardo Cantú Garza (rúbrica p.a.)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo

Diputada Silvia Luna Rodríguez (rúbrica)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza

Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa Socialdemócrata y Campesina
 
 
 

DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA TRANSPARENCIA Y EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en el artículo 34, numeral 1, inciso a), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y al tenor de las siguientes

Consideraciones

I. Que en términos del artículo 34, numeral 1, inciso a), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política tiene entre sus atribuciones impulsar la formación de acuerdos relacionados con el contenido de las agendas presentadas por los grupos parlamentarios y con el contenido de las propuestas, iniciativas o minutas que requieran su votación en el Pleno, a fin de agilizar el trabajo legislativo.

II. Que se ha sometido a la consideración de la Junta de Coordinación Política el proyecto de Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la Cámara de Diputados, el cual fue motivo de comentarios por los Grupos Parlamentarios de los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México, y Nueva Alianza.

III. Que habiendo sido analizadas por este órgano de gobierno las observaciones formuladas, se consideraron las que resultaron procedentes, por lo que se procedió a integrar el documento definitivo, en los términos del anexo que forma parte de este acuerdo.

En virtud de lo expuesto, se adopta el siguiente

Acuerdo

Único. Se aprueba el Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la Cámara de Diputados, en los términos del documento anexo a que se refiere el considerando III, para ser sometido al Pleno de la Cámara de Diputados.

Palacio Legislativo.- México, DF, a 20 de agosto de 2008.

Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica)
Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

Diputado Javier González Garza (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática

Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional

Diputado Alejandro Chanona Burguete (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia

Diputada Gloria Lavara Mejía (rúbrica p.a.)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México

Diputado Ricardo Cantú Garza (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo

Diputada Silvia Leal Rodríguez (rúbrica)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza

Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa Socialdemócrata y Campesina
 
 

Palacio Legislativo, a 25 de agosto de 2008.

Diputado Héctor Larios Córdova
Presidente de la Junta de Coordinación Política
Presente

Me permito dirigirme a su atención para hacer referencia al Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la Cámara de Diputados que fue aprobado en la sesión de la Junta de Coordinación Política del pasado 20 de agosto.

Sobre el particular, se procedió al análisis del planteamiento formulado por el contralor interno en el sentido de ser considerado como integrante del Comité de Información, concluyéndose ser viable, en atención a que diversas instituciones públicas así lo prevén en sus ordenamientos correspondientes, y no se violenta disposición normativa alguna.

En virtud de lo anterior, el reglamento de referencia propone modificar en el artículo 46, numeral I, inciso b), del proyecto, para considerar al contralor interno como vocal del comité, además de los coordinadores de los grupos parlamentarios, el secretario general y el titular de la unidad de enlace, por lo que con dicha adecuación puede ser remitido a la Mesa Directiva de este órgano legislativo para que se someta al Pleno de la Cámara para su aprobación. Se anexa la versión definitiva.

Le reitero las seguridades de mi más distinguida consideración.

Guillermo Haro Bélchez (rúbrica)
Secretario General
 

Proyecto

Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la Cámara de Diputados

Diputado José Antonio Muñoz Serrano

La Cámara de Diputados, con fundamento en la fracción I del artículo 77 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, decreta:

Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la Cámara de Diputados

Título I
Disposiciones Generales

Capítulo I
Disposiciones Generales

Artículo 1. Del objeto.

1. El presente reglamento establece los órganos, criterios y procedimientos institucionales para garantizar a las personas el acceso a la información pública en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, de conformidad con los principios y plazos que establece la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

2. Es de observancia general para los diputados y los demás servidores públicos que prestan servicios a la Cámara de Diputados.

Artículo 2. De las definiciones.

1. Además de las definiciones contenidas en el artículo 3o. de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, para los efectos de este reglamento se entenderá por

a. Archivos administrativos: los expedientes y documentos activos o en trámite cuya consulta es frecuente, así como los semiactivos que se consultan en forma esporádica y que se resguardan de manera precautoria hasta que se determine su destino final.

b. Cámara: Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

c. Clasificación: el acto por el cual se determina que la información que posee la Cámara de Diputados es reservada o confidencial.

d. Comité: el Comité de Información de la Cámara de Diputados.

e. Expediente: un conjunto ordenado de documentos.

f. Ley: La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

g. Junta de revisión: El órgano responsable de aplicar el reglamento y la ley, así como de resolver los recursos de revisión.

h. Mesa Directiva: la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

i. Reglamento: Reglamento de Acceso a la Información Pública de la Cámara de Diputados.

j. Secretario general: el secretario general de la Cámara de Diputados.

k. Servidor público: toda persona que labore en la Cámara de Diputados que se encuentre en el supuesto contenido en el párrafo primero del artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

l. Sistema de datos personales: todo conjunto organizado de datos personales, cualquiera que fuere su forma o modalidad de su creación, almacenamiento, organización y acceso.

m. Tratamiento de datos personales: es la operación y procedimiento sistemático, electrónico o no, que permita la recolección, grabación, conservación, elaboración, modificación y bloqueo, así como las cesiones de datos personales, que resulten de las comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias.

n. Unidad de enlace: Es la unidad administrativa encargada de recibir y dar trámite a todas las solicitudes de acceso a la información pública y de acceso o rectificación de datos personales.

o. Unidad administrativa: las que, de acuerdo con la normatividad, tengan la información de conformidad con las facultades que les corresponden, incluyendo los órganos de gobierno.

p. Versión pública: es el documento en que ha sido testada o suprimida la información considerada como confidencial.

Artículo 3. De los servidores públicos de enlace.

1. La Mesa Directiva, la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, la Junta de Coordinación Política, el Comité de Administración, la Secretaría General, la Contraloría Interna, la Coordinación de Comunicación Social, el Canal del Congreso y las demás unidades administrativas integrantes de la Cámara de Diputados designarán de entre los servidores públicos que se encuentren adscritos a ellas el que fungirá como el vínculo de esa área y la unidad de enlace para el trámite y desahogo de las solicitudes.

Artículo 4. Disposiciones generales.

1. Quienes produzcan, administren, manejen, archiven o conserven información serán responsables de ella en los términos de la ley y del presente reglamento.

2. Toda información en poder de la Cámara es pública y estará a disposición de las personas, salvo la que se considere como reservada o confidencial en los términos de la ley.

3. La pérdida, destrucción, alteración u ocultamiento de información, y de los medios en que se contenga, será sancionado en los términos de la ley y demás disposiciones aplicables.

Artículo 5. De las versiones públicas.

1. En caso de duda razonable sobre la clasificación de la información pública como reservada, deberá optarse por su publicidad; o bien, cuando esto no sea posible o exista causa legal razonable conforme al interés público, por la elaboración de versiones públicas de los documentos clasificados.

Artículo 6. De la normatividad.

1. El Comité de Información expedirá los lineamientos y recomendaciones, con el fin de asegurar y propiciar el cumplimiento de la ley y del presente reglamento.

Capítulo II
Obligaciones de Transparencia

Artículo 7. Del medio de difusión.

1. La información a que se refiere el artículo 7 de la ley deberá publicarse en la sección de transparencia de la página oficial de Internet de la Cámara, en forma clara, sencilla y veraz, para facilitar el uso y compresión de todas las personas.

2. La Secretaría General, en coordinación con la unidad de enlace, serán las responsables de mantener actualizada la información a que se refiere el artículo 7 de la ley, y lo señalado en el presente reglamento.

Artículo 8. De las unidades responsables.

1. Las unidades administrativas encargadas de publicar la información a que se refiere el artículo 7 de la ley son:

a. La Secretaría General;

b. La Secretaría de Servicios Parlamentarios y las direcciones generales que la integran;

c. La Secretaría de Servicios Administrativos y Financieros y las direcciones generales que la integran.

d. La Contraloría Interna;

e. La Coordinación General de Comunicación Social;

f. El Canal del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y

g. Cualquier otra unidad administrativa establecida para la prestación de servicios de cualquier naturaleza a la Cámara.

Artículo 9.

1. En forma independiente a la información señalada en el artículo 7 de la ley, las unidades administrativas señaladas en el artículo anterior deberán publicar, de acuerdo con su ámbito de responsabilidad, lo siguiente:

a. La Gaceta Parlamentaria;

b. El Diario de los Debates de la Cámara;

c. La bitácora de asistencia de los diputados a las sesiones del Pleno y de las comisiones ordinarias, así como el sentido de su voto en ambas;

d. Los dictámenes e iniciativas o puntos de acuerdo que presenten las comisiones;

e. Agenda legislativa;

f. Los resultados de los estudios o investigaciones de naturaleza económica, política y social que realicen los centros de estudios, exceptuando los que se encarguen con carácter de reservados y sean necesarios para los procesos deliberativos de la Cámara; y

g. Los viajes oficiales que realicen los diputados, demás servidores públicos y los informes correspondientes.

2. La Secretaría General tiene obligación de publicar la información a que se refiere el artículo 7 de la ley, la relacionada con los órganos de la Cámara que a continuación se enlistan: a. Mesa Directiva;

b. Junta de Coordinación Política;

c. Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos;

d. Comisiones y comités de la Cámara.

3. Además de la información señalada en el artículo 7 de la ley, respecto a estos órganos, la Secretaría General publicará: a. Las convocatorias a cada una de las sesiones ordinarias o extraordinarias del Pleno de la Cámara, así como de las comisiones y comités que integren la legislatura;

b. Las actas de sesiones, con la lista de asistencia;

c. Los acuerdos que se adopten y el sentido del voto de los diputados;

d. La información relativa a la asignación, custodia y condiciones de los vehículos, espacios físicos, bienes muebles e inmuebles, y en general de todos los recursos materiales que les provea la Cámara; y

e. La información sobre la aplicación y destino final de los recursos económicos asignados por la Cámara.

4. En el caso de las comisiones y comités de la Cámara, además de lo dispuesto en el párrafo anterior, deberán incluir en el informe previsto en el inciso b) del párrafo sexto del artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos la información relativa a las iniciativas, minutas y puntos de acuerdo recibidos para su estudio y dictamen, así como el estado en que se encuentren.

5. Los grupos parlamentarios, a través de su coordinador, y los diputados independientes, en lo individual, presentarán a la Secretaría General, durante los primeros veinte días de los meses de marzo y septiembre de cada año, en los formatos correspondientes aprobados por la Junta de Coordinación Política, los siguientes informes:

a. Asignación, custodia y condiciones de los vehículos, espacios físicos, bienes muebles e inmuebles y, en general, de todos los recursos materiales que les provea la Cámara; y

b. Asignación y destino final detallado de los recursos económicos proveídos por la Cámara.

6. Los informes deberán contener los datos sobre los seis meses anteriores a su presentación.

7. En el año que finalice la legislatura, los informes finales deberán presentarse los primero diez días del mes de agosto que corresponda.

8. En todos los casos, los informes a que se refiere este artículo se considerarán como información pública, y serán divulgados a través del portal electrónico de la Cámara.

Artículo 10. De la publicidad de la unidad de enlace.

1. Además de la información señalada en el artículo anterior, la unidad de enlace deberá hacer pública la siguiente información:

a. El resultado de los recursos de revisión interpuestos y las versiones públicas de las resoluciones emitidas.

b. En su caso, los amparos que existan en contra de las resoluciones de la Cámara en materia de acceso a la información.

c. Estadísticas sobre las solicitudes de información, que deberán contener el tipo de respuesta y el tema de las solicitudes.

d. El resultado en materia de los programas implantados para la protección de datos personales y organización de archivos.

e. Las versiones estenográficas de cada uno de los actos públicos que convoque.

f. Informe sobre las acciones de promoción de la cultura de transparencia.

Artículo 11. Del área de consulta.

1. La Unidad de Enlace deberá contar con un espacio físico y personal capacitado para atender y orientar a las personas en materia de transparencia, acceso a la información pública y datos personales.

2. En dicho espacio, se deberá contar una copia impresa de la información que sea publicada en la sección de transparencia, así como un equipo de cómputo con acceso a Internet, para que las personas puedan consultar la información que se encuentre publicada en Internet y puedan formular las solicitudes de acceso a la información pública o de acceso o rectificación de datos a través de los sistemas electrónicos que para tal efecto se tengan.

Artículo 12. De la actualización de la información.

1. La información señalada en el artículo 7 de la ley deberá ser actualizada constantemente, de acuerdo con su naturaleza, y establecer en forma visible la fecha de su última actualización.

2. La unidad de enlace deberá mantener un histórico en sus archivos de toda la información que sea publicada en la sección de transparencia de la página oficial de Internet de la Cámara.

3. Toda la información que sea publicada en la sección de transparencia de la página oficial de Internet de la Cámara deberá ser turnada por el responsable de su publicación a la unidad de enlace para su procesamiento.

Artículo 13. De la normatividad específica.

1. El Comité de Información deberá emitir el protocolo de accesibilidad y calidad de la información que sea publicada en la sección de transparencia de la página oficial de Internet de la Cámara, en un plazo no mayor de los treinta días hábiles de su creación.

Capítulo III
De la Clasificación de la Información

Artículo 14. De la información reservada y confidencial.

1. Para los efectos de este reglamento se considerará información reservada y confidencial la señalada en los artículos 13, 14 y 18 de la ley.

Artículo 15. Del plazo de reserva.

1. La información clasificada por los titulares de cada unidad administrativa como reservada tendrá este carácter hasta por un periodo máximo de doce años, o bien, hasta que desaparezcan las causas que dieron origen a su clasificación.

2. En el caso de que subsistan las causales de reserva, una vez que haya transcurrido el plazo señalado, se podrá ampliar por una vez hasta por el mismo término.

Artículo 16. Del inicio de la reserva.

1. Para los efectos del artículo 15 de la ley, el plazo de reserva iniciará a partir de

a. La fecha en que haya sido generado o recibido el documento.

b. En el caso de los expedientes, este plazo lo fijará la fecha de la primera actuación.

Artículo 17. De la desclasificación.

1. La información clasificada como reservada podrá ser desclasificada:

a. A partir del vencimiento del periodo de reserva.

b. Cuando desaparezcan las causas que dieron origen a la clasificación.

c. Cuando así lo determine el comité en los términos del presente reglamento.

d. Cuando así lo determina la Junta de Revisión de conformidad con el artículo 17 de la ley.

e. Cuando sea requerido por un órgano jurisdiccional.

Artículo 18. De la custodia.

1. Los documentos clasificados como reservados o parcialmente reservados serán debidamente custodiados y conservados por los titulares de las unidades administrativas.

2. El servidor público que reciba, procese, genere o administre información deberá incorporar en el margen inferior izquierdo de las hojas de todos los archivos magnéticos e impresos la siguiente leyenda: "Información reservada, artículo ____, fracción ____"; "Información confidencial, artículo ____, fracción ____" o "Información pública", según sea el caso.

Artículo 19. De las versiones públicas.

1. Los titulares de las unidades administrativas, ante una solicitud de información en la que se requiera información clasificada como confidencial, en la medida de lo posible, deberán generar las versiones públicas de los documentos de que se trate.

2. En el pie de página de cada una de las versiones públicas deberá anotar

a. El fundamento de la clasificación.
b. En su caso, el plazo de reserva.
c. El nombre de la unidad administrativa que resguardará el documento.
Artículo 20. De la prueba de daño.

1. Las resoluciones del comité que confirmen la clasificación de información deberán estar fundadas y motivadas. La motivación de la información considerada como reservada o confidencial con fundamento en alguna de las causales previstas en los artículos 13, 14 y 18 de la ley deberá incluir los elementos objetivos a partir de los cuales pueda inferirse que con el acceso a la información existe una alta probabilidad de dañar el interés público.

Artículo 21. De la prueba de interés público.

1. La información clasificada como confidencial en los términos de la ley podrá divulgarse cuando se considere que existen razones de interés público relacionadas con los objetivos de la ley y del presente reglamento y medie una orden judicial para ello.

Capítulo IV
Protección de Datos Personales

Artículo 22. Principios.

1. La Cámara al tratar los sistemas de datos deberá observar los principios de licitud, consentimiento, calidad e información, así como garantizar el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, corrección y oposición.

Artículo 23. De las definiciones específicas:

1. Destinatario: cualquier persona física o moral, pública o privada que recibe datos personales.

2. Encargado: el servidor público responsable para llevar a cabo el tratamiento físico o automatizado de los datos personales.

3. Usuario: servidor público facultado por el responsable que utiliza de manera cotidiana datos personales para el ejercicio de sus atribuciones, por lo que accede a los sistemas de datos personales, sin posibilidad de agregar o modificar su contenido.

Artículo 24. Del consentimiento.

1. El tratamiento de los datos personales requerirá el consentimiento inequívoco y expreso en cada caso de su titular. No será necesario el consentimiento cuando los datos de carácter personal:

a. Se recaben para el ejercicio de las atribuciones legales conferidas a la Cámara.

b. Se refieran a las partes de un contrato o precontrato de una relación de negocios, laboral o administrativa y sean necesarios para su mantenimiento o cumplimiento.

c. Se requiera un tratamiento que resulte necesario para la prevención o para el diagnóstico médico, la prestación de asistencia sanitaria, tratamientos médicos o la gestión de servicios sanitarios, siempre que dicho tratamiento de datos se realice por una persona sujeta al secreto profesional u obligación equivalente.

d. Los datos figuren en fuentes accesibles al público y su tratamiento sea necesario, siempre que no se vulneren los derechos y libertades fundamentales del interesado.

2. El consentimiento a que se refiere este artículo podrá ser revocado cuando exista causa justificada para ello y no se le atribuyan efectos retroactivos.

3. La Cámara no podrá difundir los datos personales contenidos en los sistemas de datos desarrollados en el ejercicio de sus funciones, salvo que exista una orden judicial o que medie el consentimiento expreso, por escrito o por un medio de autentificación similar, de los individuos a que haga referencia la información. Al efecto, la unidad de información correspondiente contará con los formatos necesarios para recabar dicho consentimiento, pudiendo utilizarse, en su caso, medios electrónicos.

Artículo 25. Información previa.

1. Las personas a quienes se soliciten datos personales deberán ser previamente informadas de modo expreso, preciso e inequívoco de lo siguiente:

a. De la existencia de un fichero y tratamiento de datos de carácter personal, de la finalidad de la obtención de éstos y de los destinatarios de la información.

b. Del carácter obligatorio o facultativo de su respuesta a la solicitud.

c. De las consecuencias de la obtención de los datos o de la negativa a su suministro.

d. De la posibilidad de que estos datos sean difundidos, en cuyo caso deberá constar el consentimiento expreso de la persona.

e. De la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, corrección, cancelación y oposición.

f. De la identidad y dirección del responsable del tratamiento.

2. Cuando se utilicen cuestionarios u otros impresos para la obtención de los datos personales, figurarán en los ellos, en forma claramente legible, las advertencias a que se refiere el apartado anterior.

3. No será necesaria la información a que se refieren las fracciones a, c, d y e del numeral 1 de este artículo si el contenido de ella se deduce claramente de la naturaleza de los datos personales que se solicitan o de las circunstancias en que se obtienen.

4. Cuando los datos de carácter personal no hayan sido obtenidos del interesado, éste deberá ser informado de forma expresa, precisa e inequívoca, por el responsable del fichero o su representante, dentro de los tres meses siguientes al momento del registro de los datos, salvo que ya hubiera sido informado con anterioridad del contenido del tratamiento y de la procedencia de los datos, así como de lo previsto en las fracciones a, d, e y f del numeral 1 de este artículo.

Artículo 26. Excepciones al principio de información previa.

1. Lo dispuesto en el artículo anterior no será aplicable cuando expresamente una ley lo prevea, cuando el tratamiento tenga fines históricos, estadísticos o científicos, o cuando la información al titular resulte imposible o exija esfuerzos desproporcionados, a criterio de la autoridad competente en la materia, en consideración al número de titulares, a la antigüedad de los datos y a las posibles medidas compensatorias.

Artículo 27. De la sistematización de los datos personales.

1. El Comité de Información, en un plazo de cincuenta días hábiles, contados a partir de su instauración, deberá emitir los lineamientos generales en materia de datos personales, donde se considerarán los niveles de seguridad que se deberán emplear en la Cámara.

Artículo 28. De la calidad de la información.

1. Los sistemas de datos personales con que cuente la Cámara, así como los de nueva creación, deberán ser registrados ante la unidad de enlace, de conformidad con la normatividad que para tal efecto emita este último.

2. Los datos personales sólo se podrán recolectar y someter para su tratamiento cuando sean adecuados, exactos y pertinentes, y no sean excesivos en relación con el ámbito y las finalidades determinadas, explícitas y legítimas para las que fueron obtenidos.

3. Los datos personales objeto de tratamiento no podrán usarse para finalidades incompatibles con aquellas para las que los datos hubieren sido recolectados. No se considerará incompatible el tratamiento posterior de éstos con fines históricos o estadísticos.

4. Los datos personales deberán ser actualizados, a fin de que respondan con veracidad a la situación actual del titular de éstos.

Artículo 29. De la licitud.

1. La posesión de sistemas de datos personales obedecerá exclusivamente a las atribuciones legales conferidas a la Cámara y deberán obtenerse a través de medios previstos en dichas disposiciones.

Artículo 30. De la calidad.

1. Los datos de carácter personal sólo se podrán recabar para su tratamiento, así como someterlos a dicho tratamiento, cuando sean adecuados, pertinentes, y no excesivos en relación con el ámbito y la finalidad para los que se hayan obtenido.

2. Los datos de carácter personal objeto de tratamiento no podrán usarse para fines incompatibles con aquellos para los que los datos hubieran sido recabados. No se considerará incompatible el tratamiento posterior de éstos con fines históricos, estadísticos o científicos.

3. Los datos de carácter personal serán exactos y puestos al día de forma que respondan con veracidad a la situación actual del interesado.

Artículo 31. De la confidencialidad.

Deberá garantizarse el manejo confidencial de los datos personales, por lo que no podrán divulgarse o transmitirse, salvo por disposición legal, orden judicial o cuando medie el consentimiento de los titulares.

Artículo 32. Seguridad.

1. Deberán adaptarse las medidas de índole técnico y de organización necesaria que garanticen la seguridad de los datos personales y eviten su alteración, pérdida, transmisión y acceso no autorizado. Dichas medidas serán adoptadas en relación con el menor o mayor grado de protección que ameriten los datos.

Artículo 33. Del responsable.

1. En cada unidad administrativa de la Cámara en la que se manejen ficheros que contengan datos personales deberán designar a un responsable de este sistema, quien tendrá la obligación de hacer efectivo el derecho de acceso, rectificación o cancelación del fichero en que consten los datos personales, en los términos del presente reglamento; asimismo, será responsable de mantenerlos actualizados durante su vigencia.

Artículo 34. De la rectificación o cancelación.

1. Serán rectificados o cancelados, en su caso, los datos personales cuyo tratamiento no se sujete a lo dispuesto en el presente reglamento, y en particular cuando tales datos resulten inexactos o incompletos.

2. La cancelación dará lugar al bloqueo de los datos, conservándose únicamente a disposición de la Cámara, para la atención de las posibles responsabilidades nacidas de su tratamiento, durante el plazo de cinco años. Cumplido dicho plazo se deberá proceder a su supresión total.

3. Si los datos rectificados o cancelados hubieran sido comunicados previamente, el responsable del tratamiento tiene la obligación de notificar la rectificación o la cancelación efectuada al servidor público de enlace quien, a su vez, tendrá que comunicarlo a la unidad de enlace.

4. En el caso de que se haya ejercitado el derecho de cancelación y se esté en el supuesto establecido en el numeral anterior, a quien se haya comunicado el fichero de datos personales tendrá la obligación de suprimir de dicho fichero la información.

Artículo 35. De la normatividad específica.

1. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición son derechos independientes, de tal forma que no puede entenderse que el ejercicio de ninguno de ellos sea requisito previo para el ejercicio de otro.

2. El derecho de acceso a datos personales será regulado por el presente reglamento; en el caso de los demás derechos, la unidad de enlace emitirá los lineamientos específicos que regulen el procedimiento, tomando como referencia lo siguiente:

a. Serán rectificados o cancelados, en su caso, los datos de carácter personal cuyo tratamiento no se ajuste a lo dispuesto en el presente reglamento, en particular cuando tales datos resulten inexactos o incompletos, siempre y cuando no resulte imposible o exija esfuerzos desproporcionados, a criterio del comité.

b. La cancelación dará lugar al bloqueo de los datos, conservándose únicamente a disposición de la Cámara, para la atención de las posibles responsabilidades nacidas del tratamiento, durante el plazo de prescripción de éstas, para que una vez que se haya cumplido el mismo se proceda a su supresión.

c. El interesado tendrá el derecho a oponerse al tratamiento de los datos que le conciernan, en el supuesto de que los datos se hubiesen recabado sin su consentimiento, cuando existan motivos fundados para ello y las leyes aplicables no dispongan lo contrario. De actualizarse tal supuesto, el responsable del fichero deberá excluir del tratamiento los datos relativos al interesado.

Artículo 36. De la baja de los datos personales.

1. Los datos personales serán dados de baja cuando hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la cual hubieran sido recabados, previa autorización de la Presidencia de la Mesa Directiva, de la Contraloría Interna y de la Junta de Revisión.

Capítulo V
De los Archivos

Artículo 37. De las obligaciones.

1. La Cámara deberá crear un sistema de archivos que permita localizar con prontitud y seguridad los datos que genere, procese o reciba con motivo del desempeño de su función, en los términos previstos en la ley en la materia.

2. La Cámara deberá preservar los documentos en archivos administrativos organizados y actualizados de conformidad con este capítulo y demás disposiciones aplicables.

3. La Cámara elaborará los instrumentos de control y consulta que permitan la correcta y adecuada organización, descripción, localización y conservación de los documentos, que incluyan al menos las siguientes herramientas archivísticas:

a. El cuadro general de clasificación.
b. El catálogo de disposición documental.
c. Los inventarios documentales.
4. Las series documentales que formen el catálogo de disposición documental deberán señalar los valores administrativos y legales de cada serie, así como su clasificación archivística como reservada o confidencial.

Artículo 38. De los principios.

1. En el manejo de los documentos, la Cámara deberá observar los principios de disponibilidad, eficiencia, localización expedita, integridad y conservación.

Artículo 39. De las facultades del comité.

1. El comité deberá emitir las reglas generales para la generación de datos y archivos, así como para conservación de los mismos.

Artículo 40. De la baja documental.

1. Ningún archivo o documento podrá ser destruido sin reunir los requisitos que establezca el comité en sus lineamientos.

Capítulo VI
De la Junta de Revisión

Artículo 41. Disposiciones generales

1. La junta de revisión estará integrada por el Presidente de la Mesa Directiva, el Presidente de la Junta de Coordinación Política y el secretario general. Tiene como función conocer, sustanciar y resolver los recursos de revisión presentados por los particulares contra las respuestas emitidas por el comité, en los términos de este reglamento. La Junta de Revisión será presidida por el Presidente de la Mesa Directiva.

Artículo 42. De las sesiones.

1. El pleno de la Junta de Revisión podrá sesionar válidamente con la presencia de la mayoría de sus miembros, pudiéndose tomar los acuerdos por mayoría de votos de los asistentes. Las sesiones del pleno de la Junta de Revisión serán públicas, salvo que versen sobre información reservada.

Artículo 43. De las atribuciones.

1. La Junta de Revisión tendrá las siguientes atribuciones:

a. Emitir opiniones y recomendaciones sobre temas relacionados con el segundo párrafo del artículo 6o. de la Constitución, la ley, y el presente reglamento, así como emitir recomendaciones a la Cámara respecto a la información que están obligados a publicar y mantener actualizada en los términos del presente reglamento.

b. Investigar, conocer y resolver los recursos de revisión y reconsideración que se interpongan contra los actos y resoluciones dictados por el comité con relación a las solicitudes de acceso a la información, de acceso o rectificación de datos personales.

c. Evaluar el acatamiento de las normas en materia de transparencia y publicidad de la Cámara.

d. Emitir y vigilar el cumplimiento de las recomendaciones públicas a la Cámara cuando violenten los derechos que este reglamento consagra, así como turnar a la Contraloría Interna de la Cámara las denuncias recibidas por incumplimiento de lo dispuesto en la ley y en el presente reglamento, para el desahogo de los procedimientos correspondientes.

e. Solicitar y evaluar informes a la Cámara respecto del ejercicio del derecho de acceso a la información pública.

f. Recibir para su evaluación el informe anual de la Cámara respecto del ejercicio del derecho de acceso a la información pública.

g. Emitir los lineamientos que contengan los criterios de clasificación de la información y la organización de archivos.

h. Las demás que se deriven del presente reglamento y de otras disposiciones aplicables.

Capítulo VII
Del Comité de Información y de la Unidad de Enlace

Artículo 44. Disposiciones generales.

1. Para cumplir lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de la ley, se constituirán un comité de información y una unidad de enlace; ésta dependerá de la Presidencia de la Mesa Directiva.

Artículo 45. Del Comité de Información.

1. El Comité de Información es el órgano encargado de promover y difundir el ejercicio del derecho de acceso a la información y cumplir las atribuciones conferidas por el artículo 29 de la ley, en lo que le sea aplicable.

2. El comité establecerá los criterios para la clasificación y desclasificación de la información reservada, de conformidad con lo establecido en los artículos 13 y 14 de la ley.

Artículo 46. De su integración y de las sesiones.

1. El Comité de Información de la Cámara tomará sus decisiones por mayoría de votos, y se integrará por

a. Presidente: el diputado que funja como Presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara, quien tendrá el voto de calidad.

b. Vocales: los coordinadores de los grupos parlamentarios que integran la Junta de Coordinación Política, el secretario general, el contralor interno y el titular de la unidad de enlace.

c. Un asesor: el director general de Asuntos Jurídicos, con voz y voto.

d. Un secretario técnico.

2. Los miembros del comité podrán nombrar suplentes que los representen en las sesiones, quienes deberán tener la jerarquía inmediata inferior y asumirán la responsabilidad de su representado. El comité podrá invitar a sus sesiones a otras personas que coadyuven a sus funciones.

3. En caso de ausencia del presidente, lo suplirá en sus funciones su suplente.

4. El comité realizará sesiones ordinarias una vez a la semana.

5. Los miembros del comité podrán solicitar al presidente en cualquier momento la realización de sesiones extraordinarias mediante escrito debidamente fundado y motivado.

6. La convocatoria y el orden del día deberán hacerse llegar a cada uno de los integrantes del comité cuando menos con tres días hábiles de anticipación a la fecha en que se celebrará la sesión ordinaria, y en cualquier momento si se trata de sesión extraordinaria.

7. Las sesiones ordinarias se desarrollarán de acuerdo con el siguiente orden del día:

a. Verificación del quórum;
b. Análisis, discusión y aprobación del orden del día;

c. Lectura del acta de la sesión anterior y de los acuerdos; y
d. Discusión y resolución de los asuntos, y emisión de los acuerdos respectivos.

8. Las sesiones del comité podrán celebrarse sólo con la presencia de la mayoría de sus integrantes.

9. Los acuerdos que tome el comité tendrán carácter público, salvo en los casos en que la naturaleza de la información sea de carácter reservado.

10. Los acuerdos que tome el comité serán válidos por mayoría de los miembros presentes en la sesión y obligatorios para todos sus integrantes. Cuando los acuerdos sean aplicables a otros servidores públicos de la Cámara, deberán ser notificados a la Mesa Directiva y publicados en la Gaceta Parlamentaria.

11. El registro y el seguimiento de los acuerdos estarán a cargo del secretario técnico.

12. En los acuerdos se asentarán las unidades administrativas responsables de su cumplimiento y las fechas programadas para éste.

13. Después de cada sesión del comité, el secretario técnico elaborará el acta correspondiente, en la que se consignarán el orden del día; nombre y cargo de los asistentes; lugar, fecha y hora de la sesión; el resumen del desarrollo de ésta; y los acuerdos tomados, los responsables de su ejecución y los plazos para su cumplimiento. También se elaborará acta cuando una sesión no se realice por falta de quórum.

14. El proyecto de acta de las sesiones será remitido a los integrantes del comité para sus observaciones, a más tardar cinco días hábiles después de la sesión.

15. En un plazo no mayor de tres días hábiles, contados a partir de que reciban el acta, los miembros del comité enviarán al secretario técnico las observaciones a ésta, quien deberá elaborar la versión final, la que será firmada, en la sesión subsecuente, por los miembros del comité que asistieron a la sesión. Una vez firmada el acta, y en caso de que su contenido no se considere información reservada o confidencial, el secretario técnico la publicará en la sección de transparencia de la página electrónica de la Cámara.

Artículo 47. De las funciones.

1. El comité tendrá las siguientes atribuciones y funciones:

a. Coordinar y supervisar las acciones de la Cámara tendentes a proporcionar la información prevista en esta ley;

b. Establecer políticas y lineamientos en materia de acceso a la información;

c. Confirmar, modificar o revocar la clasificación de la información hecha por los titulares de la unidad administrativa;

d. Realizar a través de la unidad de enlace las gestiones necesarias para localizar los documentos administrativos en que conste la información solicitada;

e. Establecer y supervisar la aplicación de los criterios específicos en materia de clasificación y conservación de los documentos administrativos, así como la organización de archivos, de conformidad con los lineamientos expedidos por la Junta de Revisión;

f. Recibir de las unidades administrativas de la Cámara el índice de los expedientes clasificados como reservados que se encuentran bajo su custodia, en los términos del artículo 17 de la ley;

g. Aprobar el índice de los expedientes clasificados como reservados;

h. Elaborar un programa para facilitar la obtención de información de la dependencia o entidad, que deberá ser actualizado periódicamente y que incluya las medidas necesarias para la organización de los archivos;

i. Elaborar y enviar a la Junta de Revisión, de conformidad con los lineamientos que éste expida, los datos necesarios para la elaboración de los informes semestral y anual en los términos señalados en este reglamento; y

j. Las demás señaladas en el reglamento.

Artículo 48. De las funciones de los integrantes.

1. El presidente del comité tendrá las siguientes funciones específicas:

a. Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias; y
b. Presentar a la consideración del comité el orden del día.
2. El secretario técnico tendrá las siguientes funciones: a. Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias del comité;

b. Verificar el quórum legal al inicio de las sesiones;

c. Elaborar las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias y por falta de quórum;

d. Elaborar una relación de los acuerdos tomados por el comité y someterla a la consideración del presidente del comité;

e. Preparar la documentación que será analizada en las sesiones del comité, la cual deberá acompañarse con la convocatoria correspondiente;

f. Presentar a consideración del presidente las convocatorias y los documentos de los asuntos por tratar;

g. Elaborar la programación anual de sesiones del comité y proponerla al presidente;

h. Realizar las demás tareas que le sean encomendadas por el presidente del comité, las que se acuerden en las sesiones del comité, así como las que sean necesarias para el desempeño de sus funciones; e

i. Publicar en la sección de transparencia de la página oficial de Internet de la Cámara de Diputados las actas de las sesiones, asistencia, acuerdos, y sentido del voto de cada uno de sus integrantes. En el caso de que los integrantes del comité decidieran que un acta es reservada, deberá publicar la prueba de daño correspondiente.

3. Los vocales tendrán las siguientes funciones: a. Analizar el orden del día y la documentación que corresponda a los asuntos por tratar.

b. Participar en las sesiones ordinarias y extraordinarias del comité.

c. Notificar al presidente los asuntos que sugieran tratar en las sesiones del comité con un mínimo de cinco días hábiles de anticipación para sesiones ordinarias; y, en el caso de sesiones extraordinarias, con la solicitud de celebración debidamente fundada y motivada.

d. Realizar las demás funciones y actividades que se acuerden en el pleno del comité.

Tendrán además, voz y voto.

Artículo 49. De la publicidad.

1. Las resoluciones y los criterios que expida el comité serán públicos y se darán a conocer en la sección de transparencia de la página oficial de Internet de la Cámara dentro de los diez días hábiles siguientes a que se expidan.

Artículo 50. Del informe.

1. El comité deberá enviar a la Junta de Revisión mediante los sistemas que para tal efecto establezca éste, dentro de los primeros diez días hábiles del mes de enero y julio de cada año, toda la información que posean relativa a:

a. El número y tipo de solicitudes de información presentadas y sus resultados, incluidas aquellas en las que no fue posible localizar la información en los archivos.

b. Los tiempos de respuesta a las diferentes solicitudes.

c. El estado en que se encuentran las denuncias presentadas por la Junta de Revisión ante los órganos internos de control.

d. Las dificultades observadas en el cumplimiento de la ley, de este reglamento y de las demás disposiciones aplicables.

Artículo 51. De la unidad de enlace.

1. La unidad de enlace de la Cámara es el órgano operativo encargado de difundir la información. Fungirá como vínculo entre los solicitantes y la Cámara, al frente de la cual deberá haber un servidor público designado por la Presidencia de la Mesa Directiva y será auxiliado por los servidores públicos necesarios para la consecución de sus funciones.

2. El servidor público que haya sido designado por la Presidencia de la Mesa Directiva durará en su encargo el periodo que dure el presidente que lo haya nombrado.

3. La unidad de enlace de la Cámara tendrá el nivel de coordinación y dependerá estructuralmente de la Mesa Directiva.

Artículo 52. De los requisitos de elegibilidad.

1. Para ser el titular de la unidad de enlace se requiere

a. Ser profesionista titulado.
b. No haber sido condenado por la comisión de un delito grave.

c. Tener cuando menos treinta años de edad el día de su postulación.
d. Tener por lo menos tres años de experiencia comprobada en la materia objeto de este reglamento.

Artículo 53. De las funciones de la unidad de enlace.

1. Además de las ya señaladas en el presente reglamento, la unidad de enlace tendrá las siguientes funciones:

a. Recibir de la Secretaría General la información a que se refiere el artículo 7 de la ley, en los términos del presente reglamento.

b. Recibir, analizar y publicar en su caso en la sección de transparencia de la página oficial de Internet de la Cámara la información que las demás unidades administrativas de la Cámara deban publicar.

c. Informar cada dos semanas por escrito a la Presidencia de la Mesa Directiva sobre el estado que guardan las solicitudes de acceso a la información pública y de acceso o rectificación de datos personales recibidas en la Cámara.

d. Participar en el desarrollo de acciones conducentes a la automatización de archivos y conservación de éstos en medios electrónicos y digitales.

e. Coordinar junto con la Secretaría de Servicios Parlamentarios las acciones inherentes a la materia de archivos que se deberán implantar en la Cámara, de conformidad con los lineamientos que el Comité de Información emita.

f. Proponer a la Presidencia de la Mesa Directiva la celebración o renovación de los convenios que en materia de transparencia, acceso a la información y datos personales deba celebrar la Cámara.

g. Coordinar las acciones que deriven de los convenios a que se hace mención en el inciso anterior.

h. Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información referidas en los artículos 24, 25 y 40 de la ley.

i. Auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes y, en su caso, orientarlos sobre las dependencias, entidades u órganos que pudieran tener la información que solicitan.

j. Realizar los trámites internos necesarios para entregar la información solicitada, además de efectuar las notificaciones a los particulares.

k. Custodiar los expedientes derivados de las solicitudes de acceso a la información pública.

1. Proponer al comité los procedimientos internos que aseguren la mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes de acceso a la información.

m. Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información, sus resultados y costos.

n. Orientar a los servidores públicos de la Cámara en el proceso de clasificación, custodia y transmisión de la información clasificada como reservada o confidencial.

o. Elaborar los informes a que se hace mención en el presente reglamento.

p. Llevar a cabo los cursos de actualización en materia de transparencia y acceso a la información pública que requiera los servidores públicos de la Cámara.

q. Establecer políticas y lineamentos en coordinación con la Secretaría de Servicios Parlamentarios en materia de catalogación, resguardo y almacenamiento de todo tipo de datos, registros y archivos de la Cámara.

r. Proponer los medios para la creación de un acervo documental en materia de acceso a la información.

s. Diseñar y aplicar indicadores para evaluar el desempeño de la Cámara en materia de transparencia y rendición de cuentas.

t. Rendir semestralmente y anualmente a la Junta de Coordinación Política un informe de actividades.

u. Las demás necesarias para garantizar y agilizar el flujo de información entre la Cámara y los particulares.

Título II
De las Solicitudes

Capítulo I
Del Procedimiento

Artículo 54. Disposiciones generales.

1. Cualquier persona o su representante podrá presentar ante la unidad de enlace solicitud de acceso a la información mediante escrito libre o en los formatos que para tal efecto apruebe la unidad de enlace; o por el sistema electrónico de solicitudes creado para tal fin. Dicha solicitud deberá contener sólo los requisitos que establece el artículo 40 de la ley.

En ningún caso la entrega de información estará condicionada a que se motive o justifique su utilización, ni se requerirá demostrar interés alguno.

a. La representación podrá recaer en un tercero autorizado mediante una carta poder firmada ante dos testigos, sin necesidad de ratificación previa de firmas ni formalidad alguna. No se admitirá la representación cuando la solicitud se haga por medio del sistema electrónico de solicitudes. 2. La unidad de enlace deberá turnar la solicitud a la o las unidades administrativas que puedan tener la información, mediante el sistema electrónico de control de gestión interno previsto para esos efectos.

3. La Cámara sólo estará obligada a entregar documentos que se encuentren en sus archivos. En ninguna circunstancia la Cámara estará obligada a crear o producir información con la que no cuente al momento de efectuarse el pedido, excepto en el caso de que exista una obligación legal de producirla, situación en la que no mediará justificación para la denegatoria.

4. La unidad de enlace no estará obligada a dar trámite a solicitudes de acceso ofensivas.

5. El acceso se dará solamente en la forma en que lo permita el documento de que se trate, pero se entregará en su totalidad o parcialmente, a petición del solicitante.

Artículo 55. Del registro de las solicitudes.

1. En los casos en que el solicitante o su representante acudan a unidades administrativas distintas de la unidad de enlace, los servidores públicos correspondientes los orientarán sobre la localización de ésta. El personal de la unidad de enlace apoyará al usuario en la captura de su solicitud en el sistema electrónico de solicitudes, le explicará las ventajas de presentar la solicitud en el módulo electrónico de este sistema y le permitirá el uso de los equipos de cómputo disponibles con acceso a Internet para esos efectos. En caso de que el particular no opte por presentar su solicitud mediante el módulo del sistema electrónico de solicitudes, se aplicará lo dispuesto en el presente artículo.

2. Los servidores públicos de la unidad de enlace deberán utilizar el sistema electrónico de solicitudes para registrar y capturar las solicitudes de acceso a la información pública que se presenten por escrito material, correo electrónico o verbalmente, conforme a lo siguiente:

a. Registrar y capturar la solicitud el mismo día en que se presente, excepto cuando ésta se hubiese presentado en día inhábil, en cuyo caso el registro y la captura se harán el día hábil siguiente. Artículo 56. De la prevención.

1. Si los detalles proporcionados por el solicitante no bastan para localizar los documentos o son erróneos, la unidad de enlace podrá requerir, por una vez y dentro de los cinco días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, que indique otros elementos o corrija los datos proporcionados. Este requerimiento interrumpirá el plazo establecido en el artículo 64 de este reglamento.

2. En el caso de que el solicitante no haya señalado un medio para recibir notificaciones, estás se realizarán en los estrados que se fijen en la unidad de enlace y en la sección de transparencia de la página oficial de Internet de la página electrónica de la Cámara.

Artículo 57. Del trámite de una solicitud.

1. La unidad de enlace deberá turnar la solicitud a la o las unidades administrativas que puedan tener la información mediante el sistema electrónico de control de gestión interno previsto para esos efectos.

2. El servidor público de enlace de la o las unidades administrativas que puedan tener la información requerida tendrá un término de siete días hábiles para proceder a su localización y envío a la unidad de enlace mediante el sistema electrónico de control de gestión interno.

3. El servidor público de enlace de la o las unidades administrativas que puedan tener la información requerida podrán entregar documentos que contengan información clasificada como reservada o confidencial, siempre y cuando los documentos en que conste la información permitan generar las versiones públicas necesarias; en tales casos, deberán señalarse las partes o secciones que fueron testadas, indicando el fundamento legal.

Artículo 58. De la clasificación.

1. En caso de que el titular de la unidad administrativa haya clasificado los documentos como reservados o confidenciales, deberá remitir por medio del sistema electrónico de control de gestión interno, en un plazo de cinco días hábiles, la solicitud, con los documentos y la prueba de daño al comité, que deberá resolver en un plazo de dos días hábiles si:

a. Confirma o modifica la clasificación y niega el acceso a la información; o
b. Revoca la clasificación y concede el acceso a la información.
2. El Comité de Información podrá tener acceso en cualquier momento a los documentos que hayan sido clasificados, a fin de llegar a cualquiera de las conclusiones señaladas en el numeral 1 de este artículo y, de ser procedente, entregarlos a la unidad de enlace.

3. La resolución que emita el comité será notificada al interesado en el plazo señalado en el artículo 61 del presente reglamento. En caso de ser negativa, deberá reunir los requisitos señalados en el artículo 20 de este reglamento e indicar al solicitante el recurso que podrá interponer ante la Junta de Revisión.

Artículo 59. De la inexistencia.

1. En caso de que los documentos no se encuentren en los archivos de la unidad administrativa, ésta deberá remitir al comité, por medio del sistema electrónico de control de gestión interno y dentro del plazo señalado en el artículo 61, la solicitud y el documento donde haga constar las acciones empleadas para la localización de la información.

2. El comité analizará el caso y tomará las medidas pertinentes para localizar en la Cámara el documento solicitado, y resolverá en consecuencia.

3. En caso de no encontrarlo expedirá una resolución que confirme la inexistencia del documento solicitado y notificará al solicitante a través de la unidad de enlace, dentro del plazo establecido en el artículo 61 de este reglamento.

Artículo 60. De la recepción.

1. Una vez que la unidad de enlace haya recibido el documento requerido en la solicitud procederá de la siguiente manera:

a. Verificará la procedencia de su clasificación.
b. Si procede, determinará la forma y el costo de su expedición.
Artículo 61. Del plazo.

1. Con o sin la información solicitada, la Unidad de Enlace deberá de comunicar y notificar la respuesta al interesado en un término no mayor de diez días hábiles, contados desde la presentación de su solicitud, especificando el costo y la modalidad en que será entregada la información.

2. Excepcionalmente, este plazo podrá ampliarse hasta por un periodo igual cuando existan razones que lo motiven, siempre y cuando se le notifiquen al solicitante.

3. La información deberá entregarse dentro de los diez días hábiles siguientes al que la Unidad le haya notificado la disponibilidad de aquella, siempre que el solicitante compruebe haber cubierto el pago correspondiente al medio de reproducción en que le sea entregada la información.

Artículo 62. De las notificaciones.

1. Las notificaciones que se realicen durante el proceso de desahogo de la solicitud, se realizarán en los medios señalados por el solicitante y surtirán efectos al día hábil siguiente.

2. Los plazos se contabilizarán a partir del día hábil siguiente de haber surtido efectos las notificaciones.

Artículo 63. De la caducidad del trámite.

1. En el caso de que el solicitante no atienda la prevención a la que se hace mención en el artículo 56 del reglamento, en un plazo de cinco días hábiles se tendrá por no presentada la solicitud.

2. Después de treinta días hábiles de haberse emitido la respuesta a la solicitud, operará la caducidad del trámite y la notificación del acuerdo correspondiente se efectuará por listas fijadas en los estrados electrónicos de la Unidad de Enlace.

Artículo 64. De la afirmativa ficta.

1. La falta de respuesta a una solicitud de acceso a la información, en el plazo señalado en el artículo 61 del reglamento, se entenderá resuelta en sentido positivo, salvo que los documentos en cuestión sean reservados o confidenciales.

2. En caso de proceder la afirmativa ficta, la Unidad de Enlace estará obligada a proporcionar la información solicitada en un periodo de tiempo no mayor a los 10 días hábiles, cubriendo todos los costos generados por la reproducción del material informativo.

Capítulo II
De las Solicitudes de Acceso o Rectificación de Datos Personales

Artículo 65. Disposiciones generales.

1. La solicitud de acceso o rectificación de datos personales sólo podrá ser formulada directamente por el titular de los mismos o por su representante legal.

2. La identidad del interesado o de su representante legal, así como su personalidad se acreditarán ante la Unidad de Enlace desde la formulación de la solicitud, de haber acudido físicamente ante ésta.

3. Independientemente del medio a través del cual se reciba la solicitud, la identidad del interesado o la identidad y facultades de su representante legal se acreditarán en el momento en que se le notifique la resolución y, en su caso, al entregarse los datos personales o la constancia de rectificación de éstos.

4. La respuesta a la solicitud, así como los datos personales a los que se haya dado acceso y la constancia de rectificación de éstos, solamente serán entregados al titular de los mismos o a su representante legal en la Unidad de Enlace, a fin de que el personal de ésta verifique su identidad y facultades en su caso.

5. Serán documentos oficiales idóneos para acreditar la identidad del titular de los datos personales o de su representante legal los siguientes: credencial para votar, pasaporte vigente, cartilla del servicio militar y cédula profesional.

Artículo 66. Del registro.

1. La Unidad de Enlace, para el registro de las solicitudes de acceso o rectificación de datos personales, deberá observar lo establecido en el artículo 57 del reglamento.

Artículo 67. De las notificaciones.

1. Las notificaciones de prevención y disponibilidad de la información a que se hace mención en éste capítulo deberán enviarse al domicilio o por cualquiera de los medios señalados por el solicitante para tales efectos.

2. En caso de que no se haya señalado domicilio o medio para recibir notificaciones, éstas se efectuarán en los estrados electrónicos de la Unidad de Enlace.

Artículo 68. De las resoluciones.

1. Cuando la Unidad de Enlace tenga la respuesta a la solicitud planteada, se le notificará al solicitante o su representante legal, según corresponda, atendiendo a lo previsto en el artículo 56.1.a y dentro de los plazos señalado en artículo 63 del Reglamento, sin indicar el sentido de ésta, a efecto de que acuda a la Unidad de Enlace.

2. La resolución que recaiga a la solicitud será registrada y capturada por la Unidad de Enlace en el sistema electrónico de solicitudes y notificada personalmente en términos del presente capítulo, observándose lo siguiente:

a. Si la resolución otorga el acceso a los datos personales en la modalidad requerida o bien determina la procedencia de su rectificación, se deberán indicar, en su caso, los costos de reproducción de los datos personales y de emisión de la constancia de rectificación de éstos; si existe la posibilidad de entregarlos en otra modalidad, se deberá registrar el costo de reproducción de acuerdo a la modalidad en que se tengan los datos.

b. La unidad administrativa procederá a efectuar la rectificación de los datos personales hasta que haya quedado fehacientemente acreditada la identidad del solicitante o de su representante legal y las facultades de éste, en su caso, y se haya efectuado el pago de los derechos respectivos cuando corresponda.

c. Si la resolución niega el acceso a los datos personales o la improcedencia de su rectificación, se fundará y motivará dicha resolución, observando en este caso el procedimiento señalado en lo procedente en el capítulo anterior.

d. Si la resolución determina la inexistencia de los datos personales, se deberá registrar ese hecho, así como la fundamentación y la motivación respectivas, observando en este caso el procedimiento señalado en lo procedente en el capítulo anterior.

3. Cuando la resolución otorgue el acceso a los datos personales o determine la procedencia de su rectificación y se generen costos de reproducción o de emisión de constancia de rectificación, la Unidad de Enlace le notificará junto con la respuesta al solicitante los costos respectivos.

4. En la notificación de la respuesta a la solicitud de acceso a los datos personales o de rectificación de éstos, la Unidad de Enlace deberá indicar al solicitante que en caso de estar inconforme con la respuesta recibida, podrá interponer el recurso de revisión ante la Junta de Revisión dentro de los quince días hábiles siguientes a aquel en que haya surtido efectos la notificación de dicha resolución.

Artículo 69. Del plazo.

1. La Cámara tendrá un plazo de quince días hábiles para responder las solicitudes de acceso o rectificación de datos personales.

2. En caso de que la cantidad o complejidad de documentos a revisar sea tal que se deba emplear más tiempo, el plazo podrá ampliarse hasta por cinco días hábiles más, debiendo notificarlo al solicitante, en el lugar o medio señalado para tal efecto, mediante escrito fundado y motivado.

Título III
Del Recurso de Revisión

Capítulo Único
Del Recurso de Revisión y de Reconsideración

Artículo 70. De la procedencia.

1. El recurso de revisión podrá interponerse ante la Junta de Revisión contra las resoluciones del Comité de Información, dentro de los 15 días hábiles siguientes a su emisión, que encuadren dentro de las hipótesis señaladas en los artículos 49 y 50 de la ley.

2. Este recurso se sustanciará conforme a lo que se establece en la ley, este reglamento, y en la normatividad que para tal efecto se emita.

Artículo 71. De las formalidades.

1. Los recursos de revisión podrán presentarse en escrito libre, en los formatos, o por medios electrónicos, o del sistema electrónico que para tal efecto emita la Junta de Revisión, observando en todos los casos, los siguientes requisitos de forma:

a. El nombre del recurrente y del tercero interesado si lo hay, así como el domicilio o medio que señale para recibir notificaciones;

b. La fecha en que se le notificó o tuvo conocimiento del acto reclamado;

c. El acto que se recurre y los puntos petitorios;

d. La copia de la resolución que se impugna y, en su caso, de la notificación correspondiente; y

e. Los demás elementos que considere procedente someter a juicio de la Junta de Revisión.

2. Tanto el formato como el sistema electrónico deberán estar disponibles en la Unidad de Enlace y en la sección de transparencia de la página electrónica de la Cámara.

3. La presentación del recurso de revisión en lo que respecta al procedimiento de acceso a la información, podrá hacerse personalmente o a través de representante en el domicilio de la Junta de Revisión. También, podrá efectuarse por correo certificado o mensajería, con acuse de recibo, por medios electrónicos, o por el sistema electrónico que establezca la Junta de Revisión; en todo caso se entregará, confirmará o remitirá al particular un acuse de recibo en el cual conste de manera fehaciente la fecha de presentación.

4. En los recursos de revisión de solicitudes de acceso a la información la representación podrá hacerse en los términos establecidos por el artículo 54.1.a del presente reglamento. La presentación del recurso por medios electrónicos deberá realizarse directamente por el interesado.

5. En lo que respecta a datos personales la presentación del recurso de revisión deberá hacerse por el titular de los datos personales o su representante legal. La presentación de dicho recurso podrá ser remitida por medios electrónicos, siempre que el particular cuente con la Clave Única de Registro Poblacional.

Artículo 72. Del recurso ante una afirmativa ficta.

1. Los particulares podrán solicitar ante la Junta de Revisión, a través de los medios que establece el artículo 73.1 de este reglamento, su intervención para que verifique la falta de respuesta por parte de la Cámara, a una solicitud de acceso en el plazo establecido por el artículo 63 del presente reglamento.

2. La Junta de Revisión requerirá a la Unidad de Enlace para que en el plazo de cinco días hábiles compruebe que respondió en tiempo y forma al particular. Comprobado este hecho a juicio de la Junta de Revisión, éste procederá a informarlo al particular a través de una resolución que será emitida dentro de los quince días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud para que intervenga y verifique la falta de respuesta. En caso contrario, emitirá una resolución donde conste la instrucción a la Unidad de Enlace para que entregue la información solicitada dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación que para esos efectos se lleve a cabo.

3. En el supuesto de que la Unidad de Enlace no pueda comprobar que respondió en tiempo y forma al particular, y considere que se trata de información reservada o confidencial, deberá remitir a la Junta de Revisión un informe en el que funde y motive la clasificación correspondiente en el plazo señalado en el numeral inmediato anterior.

4. En caso de que el informe sea insuficiente para determinar la clasificación correspondiente, la Junta de Revisión podrá citar a miembros del Comité para que en un plazo de dos días hábiles aporte los elementos que permitan resolver lo conducente, incluida la información reservada o confidencial.

5. La Junta de Revisión valorará la clasificación hecha conforme a los numerales que anteceden y, en su caso, emitirá dentro de los quince días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud para que intervenga y verifique la falta de respuesta, una resolución donde conste la instrucción a la Unidad de Enlace para que le entregue la información solicitada, o bien en la que determine que los documentos en cuestión son reservados o confidenciales, en cuyo caso la resolución instruirá a la Cámara resuelva de manera fundada y motivada la negativa correspondiente. En ambos casos la instrucción deberá acatarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación que para esos efectos se lleve a cabo.

Artículo 73. De la sustanciación del recurso de revisión.

1. Salvo lo previsto en el artículo 76 del presente reglamento, la Junta de Revisión sustanciará el recurso de revisión conforme a los lineamientos siguientes:

a. Interpuesto el recurso, el Presidente lo turnará al ponente integrante de la Junta de Revisión, quien deberá, dentro de los diez días hábiles siguientes a la interposición del recurso, integrar el expediente y presentar un proyecto de resolución al pleno de Junta de Revisión;

b. Durante el procedimiento deberá aplicarse la suplencia de la queja a favor del recurrente y asegurarse de que las partes puedan presentar, de manera escrita, los argumentos que funden y motiven sus pretensiones, así como formular sus alegatos;

c. Mediante solicitud del interesado podrán recibirse por vía electrónica las promociones y escritos;

d. El pleno resolverá, en definitiva, dentro de los diez días hábiles siguientes en que se presentó el proyecto de resolución, y

e. Las resoluciones del Pleno serán públicas y se generará una versión pública del expediente.

2. Cuando haya causa justificada el pleno de la Junta de Revisión podrá ampliar, por una vez y hasta por un periodo igual, los plazos establecidos en los incisos "a" y "e" del numeral anterior.

3. La información reservada o confidencial que, en su caso, sea solicitada por la Junta de Revisión por resultar indispensable para resolver el asunto, deberá ser mantenida con ese carácter y no estará disponible en el expediente.

4. En la sustanciación de los recursos de revisión, la Junta de Revisión, a través del ponente dará trámite, resolverá los recursos y, en su caso, subsanará las deficiencias de derecho que correspondan, sin cambiar los hechos expuestos en aquéllos.

Artículo 74. De las pruebas.

1. Se admitirán toda clase de pruebas, excepto la confesional de las autoridades. No se considerará comprendida en esta prohibición la petición de informes a las unidades administrativas, respecto de hechos que consten en sus expedientes o de documentos agregados a ellos.

2. Las pruebas a las que se refiere este artículo deberán ser ofrecidas al momento de ser presentado el recurso de revisión.

Artículo 75. De las notificaciones.

1. Los particulares que presenten recursos deberán señalar cómo desean que les sea notificada la resolución que corresponda conforme a este capítulo. Dicha notificación podrá ser:

a. Personalmente o a través de un representante, en el domicilio de la Junta de Revisión;

b. Por correo certificado o mensajería, con acuse de recibo, siempre que en este último caso el particular, al presentar el recurso, haya cubierto o cubra el pago del servicio respectivo,

c. Por medios electrónicos, o

d. A través del sistema que establezca la Junta de Revisión en cuyo caso dicho particular deberá indicar que los acepta los mismos como medio para recibir las notificaciones, siempre que se le proporcionen los elementos que le permitan acceder a la misma.

2. Cuando el particular presente el recurso de revisión por medio electrónico o a través del sistema que establezca la Junta de Revisión, se entenderá que acepta que las notificaciones le sean efectuadas por dicho sistema, salvo que señale un medio distinto para efectos de las notificaciones.

3. En caso de que el particular no precise la forma en que se le debe notificar la resolución o no cubra el pago del servicio de mensajería que se menciona en el numeral 1.b del presentes artículo, la notificación se realizará por los estrados electrónicos, independientemente que se haga a través del sistema que establezca la Junta de Revisión.

4. En los casos del numeral 1.a y 1.b de este artículo, la notificación de resoluciones sobre recursos interpuestos en materia de acceso a datos personales o de corrección de éstos, podrá hacerse únicamente al titular de los datos personales o a su representante legal, previa acreditación de su personalidad.

Artículo 76. De la prevención.

1. En caso de que el recurso de revisión no satisfaga alguno de los requisitos a que se refiere el artículo 71.1 del presente Reglamento, y la Junta de Revisión no cuente con elementos para subsanarlos, se prevendrá al recurrente, por una sola ocasión, y a través del medio que haya elegido de conformidad con el artículo que antecede, para que subsane las omisiones dentro de un plazo de cinco días hábiles. Transcurrido el plazo correspondiente sin desahogar la prevención se tendrá por no presentado el recurso.

2. La prevención tendrá el efecto de interrumpir el plazo que tiene la Junta de Revisión para resolver el recurso.

Artículo 77. De la admisión.

1. Cuando el recurso satisfaga todos los requisitos a que se refiere el artículo 73.1 del presente reglamento, la Junta de Revisión decretará su admisión y correrá traslado al Comité de Información para que un plazo de tres días hábiles manifieste lo que a su derecho convenga.

2. El plazo señalado en el numeral anterior, tendrá el efecto de interrumpir el plazo señalado en el artículo 73.1.a del Reglamento.

Artículo 78. De la resolución.

1. Las resoluciones de la Junta de Revisión podrán:

a. Desechar el recurso por improcedente o bien, sobreseerlo.

b. Confirmar la decisión del comité, o

c. Revocar o modificar las decisiones del comité y ordenar a la Cámara que permita al particular el acceso a la información solicitada o a los datos personales; que reclasifique la información o bien, que modifique tales datos.

2. Las resoluciones, deberán ser por escrito, y establecerán los plazos para su cumplimiento y los procedimientos para asegurar su ejecución.

3. Si la Junta de Revisión no resuelve en el plazo establecido en esta ley, la resolución que se recurrió se entenderá confirmada.

4. Cuando la Junta de Revisión determine durante la sustanciación del procedimiento que algún servidor público pudo haber incurrido en responsabilidad, deberá hacerlo del conocimiento de la Contraloría de la Cámara para que inicie, en su caso, el procedimiento de responsabilidad que corresponda.

Artículo 79. Del cumplimiento de las resoluciones.

1. Las resoluciones a que se refiere el artículo 78.1.b del presente Reglamento deberán ser implementadas por la Cámara en un plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a aquel en que se haya notificado la resolución al comité.

2. Si la unidad administrativa se negara a entregar información relacionada con la resolución de un recurso de revisión, lo hiciera de manera parcial, o se negara a cumplir con una resolución o instrucción, la Junta de Revisión podrá:

a. Comunicarlo a la Contraloría para su inmediata intervención;

b. Recurrir al superior jerárquico del titular de la unidad administrativa de que se trate, para su inmediata intervención, o

c. Hacer del conocimiento público dicha circunstancia.

Artículo 80. De la reconsideración.

1. Transcurridos seis meses de que la Junta de Revisión expidió una resolución que confirme la decisión del Comité, el particular afectado podrá solicitar ante la misma Junta de Revisión la reconsideración correspondiente, mediante un escrito que reúna, en lo conducente, los requisitos previstos en el artículo 71.1 del presente Reglamento.

2. La Junta de Revisión deberá determinar si subsisten las causas que dieron origen a su resolución o bien, si procede la reconsideración, en un plazo no mayor al establecido en el artículo 73 del presente reglamento para la resolución del recurso de revisión.

Transitorios

Primero. El presente reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Secretario General, a solicitud de la Presidencia de la Mesa Directiva, tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha de la publicación del presente reglamento en el Diario Oficial de la Federación, para adecuar la estructura del Comité de Información y de la Unidad de Enlace que se encontraban vigentes a la fecha de la publicación del presente reglamento.

Tercero. Los titulares de las unidades administrativas, una vez transcurrido el plazo señalado en el transitorio anterior, tendrán otro plazo igual, para la designación de los servidores públicos de enlace. Dicha designación deberá ser comunicada al titular de la Unidad de Enlace.

Cuarto. Se deroga el Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la Cámara de Diputados publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo de 2003, así como el acuerdo de la Mesa Directiva por el que se establecen los criterios de clasificación, desclasificación y custodia de la información reservada y confidencial,

Quinto. El Presupuesto de Egresos de la Cámara para el año 2008 deberá establecer la previsión presupuestal correspondiente para permitir la integración y funcionamiento adecuado de la Junta de Revisión y demás órganos previstos en este reglamento.

Sexto. La Cámara, en un plazo no mayor de 60 días hábiles, deberá instaurar los sistemas electrónicos a los que se hace mención en el título II del presente reglamento.

Séptimo. Las personas podrán ejercer su derecho de acceso a la información y de acceso o rectificación de datos personales a partir del día siguiente de la publicación del presente Reglamento. En caso de que se presentará un recurso de revisión antes de la entrada en vigor del presente reglamento, este será sustanciado y resuelto por la Junta de Coordinación Política, en los términos señalados en el presente reglamento.

Octavo. En el caso de que se encuentre en trámite alguna solicitud de acceso a la información pública o de acceso o rectificación de datos personales a la fecha de la publicación del presente reglamento, será sustanciada en los términos del reglamento anterior.
 
 







Oficios
DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, CON EL QUE REMITE LOS LINEAMIENTOS PARA LA DONACIÓN DE BIENES, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 27, FRACCIÓN XIV, DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

México, DF, a 21 de agosto de 2008.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado
Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presente

Por este conducto me permito hacer de su conocimiento que mediante oficio número CD/SET/012/2008, Jorge Federico Gil Rodríguez, secretario técnico del Comité de Donaciones del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, envía la publicación de los lineamientos para la donación de bienes.

Por lo anterior, y con fundamento por lo dispuesto en el artículo 27, fracción XIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le acompaño, para su conocimiento, copia del oficio al que me he referido y de su anexo.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente
Cuauhtémoc Cardona Benavides (rúbrica)
Subsecretario
 
 

19 de agosto de 2008.

Licenciado Cuauhtémoc Cardona Benavides
Subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación
Presente

En la decimotercera sesión ordinaria del Comité de Donaciones del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), que se llevó a cabo el 17 de marzo de 2005, se adoptó el acuerdo CD/98/13/05 que a la letra señala que "el Comité de Donaciones del SAE instruyó que se remitan los siguientes comunicados: 1) a la Oficina de Asesores del titular de la SHCP, encargada de atender el tema de las donaciones, y a la Administración General de Aduanas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) , extendiéndoles una atenta invitación a participar como invitados permanentes en el Comité de Donaciones; y 2) a la oficina de asesores del titular de la SHCP, encargada de atender el tema de las donaciones, a la Administración General de Aduanas del SAT y a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, haciendo de su conocimiento los lineamientos que se van aplicar para el otorgamiento de donaciones, elaborados con base en las reformas a la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público".

Cabe mencionar que el 9 de julio de 2008 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes para la Donación de Bienes, y se anexan para pronta referencia.

Por lo anterior, y en cumplimiento del acuerdo del Comité de Donaciones citado en el primer párrafo de este diverso, me permito solicitar a usted sea el amable conducto para hacer del conocimiento del actual Presidente de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, respecto de la publicación de los lineamientos que el órgano colegiado antes mencionado aplicará en materia de donación de bienes bajo la administración de este organismo descentralizado.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Jorge Federico Gil Rodríguez (rúbrica)
Secretario Técnico del Comité de Donaciones
 
 
 

DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, CON EL QUE REMITE EL INFORME SEMESTRAL SOBRE LA SITUACIÓN QUE GUARDAN LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO CORRESPONDIENTE AL PERIODO ENERO-JUNIO DE 2008.

México, DF, a 27 de agosto de 2008.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado
Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión
Presente

Por este conducto me permito hacer de su conocimiento que mediante oficio número D00/100/056/2008, Moisés Schwartz Rosenthal, presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, envía el informe semestral sobre la situación que guardan los sistemas de ahorro para el retiro, correspondiente al periodo enero-junio de 2008.

Por lo anterior, y con fundamento por lo dispuesto en la fracción XIV del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y los artículos 5o., fracción XIII, 8o., fracción VIII, y 12, fracciones III, VIII y XIII, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, le acompaño, para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido y original del citado informe, en forma impresa y medio magnético.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente
Cuauhtémoc Cardona Benavides (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
 
 

México, DF, a 27 de agosto de 2008.

Licenciado Cuauhtémoc Cardona Benavides
Subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación
Presente

De conformidad por lo establecido en el artículo 27, fracción XIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, atentamente le solicito sea usted el conducto para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 5o., fracción XIII, 8o., fracción VIII, y 12, fracciones III, VIII y XIII, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, así como el artículo 175 de su reglamento.

Por lo anterior, anexo al presente, me permito acompañar en original y copia el informe semestral sobre la situación que guardan los sistemas de ahorro para el retiro, correspondiente al período enero-junio de 2008, así como un ejemplar en disco compacto, el cual fue aprobado el 27 de agosto del presente año por la Junta de Gobierno de esta comisión, en su septuagésima tercera sesión ordinaria y que, de no existir inconveniente, deberá entregarse al honorable Congreso de la Unión a la mayor brevedad posible.

Sin más por el momento, reitero a usted la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Moisés Schwartz Rosenthal (rúbrica)
Presidente
 
 








Iniciativas

DEL CONGRESO DE MICHOACÁN, QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 9-A Y 24 DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES, Y EXPIDE LA LEY SOBRE EL REGISTRO NACIONAL DE LÍNEAS TELEFÓNICAS MÓVILES

Morelia, Michoacán, a 21 de agosto de 2008.

Diputada Ruth Zavaleta Salgado
Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión
Presente

Conforme a lo instruido en sesión celebrada en esta fecha, por este conducto se remite minuta número 21, que contiene iniciativa en la cual establece diversas reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y que propone la Ley de Registro Nacional de Líneas Telefónicas Móviles, elaborado por la Comisión de Gobernación, lo anterior para que se turne a la Comisión que corresponda para su estudio, análisis y dictamen.

Se anexa Iniciativa con carácter de dictamen.

Reiteramos la seguridad de nuestro respeto.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
La Mesa Directiva del Congreso de Michoacán de Ocampo

Diputada Gabriela Desireé Molina Aguilar (rúbrica)
Presidenta

Diputada Lourdes Esperanza Torres Vargas (rúbrica)
Primera Secretaria

Diputado Martín Cardona Mendoza (rúbrica)
Segundo Secretario

Diputado Roberto Arriaga Colín (rúbrica)
Tercer Secretario
 

El Congreso de Michoacán de Ocampo decreta:

Número 21

Artículo Primero. Se adiciona una fracción IX Bis al artículo 9-A, y se reforma la fracción IV del artículo 24 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, para quedar como siguen:

Articulo 9-A. ...

I. a VIII. ...

IX Bis. Deberá requerir a los concesionarios de redes de telecomunicaciones el establecimiento de un registro de las líneas telefónicas fijas y móviles con los datos personales de identidad de los usuarios.

Los concesionarios deberán remitir mensualmente la información de la base de datos de identidad de los usuarios a la Comisión Federal de Telecomunicaciones.

X. a XVII. ...

Articulo 24. ... I. a III. ...

IV. Los programas y compromisos de inversión, de cobertura y de calidad de los servicios que se pretenden prestar, así como fijar una base de datos personales de identidad de los usuarios de las líneas telefónicas fijas y móviles;

V a VI. ...

Artículo Segundo. Se propone la Ley sobre el Registro Nacional de Líneas Telefónicas Móviles, como sigue:

Ley sobre el Registro Nacional de Líneas Telefónicas Móviles

Articulo 1. Ámbito de aplicación

La presente ley es reglamentaría de la Ley Federal de Telecomunicaciones que será aplicable a las empresas concesionarias de los servicios públicos móviles y estará a cargo de la Comisión Federal de Telecomunicaciones.

Articulo 2. Definiciones

Para efectos de la presente norma se entenderá como

I. Empresa concesionaria del servicio público móvil o empresa operadora de terminales de telefonía celular aquella que brinda el servicio de telefonía celular o móvil, servicio de comunicaciones personales, servicio móvil de canales múltiples de selección automática con sistema digital y el servicio móvil por satélite.

II. Ley, a la Ley Federal de Telecomunicaciones.

III. Listado de equipos terminales robados, conformado por las bases de datos de equipos terminales, robados o perdidos de cada una de las empresas concesionarias del servicio público móvil.

IV. Cofetel, a la Comisión Federal de Telecomunicaciones.

V. Registro Nacional de Terminales de Telefonía Celular, al registro que incluye a las terminales de telefonía celular y móviles, y que está conformado por los registros privados de usuarios.

VI. Registro Privado de Clientes o Registro Actualizado de Clientes, al registro a cargo de cada empresa concesionaria del servicio público móvil que incluye a todos los equipos terminales móviles a través de los cuales brindan su servicio, aun cuando no hubieran sido comercializados por ella.

VII. Usuario, a toda persona física o jurídica que ha celebrado un contrato de prestación de servicios públicos móviles con alguna de las empresas operadoras de dichos servicios, independientemente de la modalidad de pago contratado.

VIII. Serie, al número de serie de la tarjeta electrónica del sistema de información móvil (SIM), que identifica al número telefónico.

IX. Secretaría, a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Artículo 3. Registro Nacional de Terminales de Telefonía Celular

Cada empresa concesionaria del servicio público móvil deberá contar, de manera obligatoria, con un registro privado de usuarios, independientemente de la modalidad de pago del servicio que contendrá como mínimo

I. Nombre y apellidos completos o razón social del usuario;

II. Número y tipo de documento legal de identificación oficial del usuario, como credencial de elector, cédula profesional o pasaporte;

III. Número telefónico del usuario o formas de localización electrónica;

IV. Marca del equipo terminal móvil;

V. Modelo y serie del equipo terminal móvil; y

VI. Número de tarjeta SIM y su vinculación del número telefónico.

Articulo 4. Registro de datos

En el registro, la empresa concesionaria del servicio público móvil incluirá a todos los registros telefónicos y equipos terminales móviles a través de los cuales brinda su servicio, aun cuando no hubieran sido comercializados por ella.

Los datos que conformarán el registro privado de usuarios de cada empresa serán los consignados al momento de la contratación del servicio o sus modificatorias según el caso. En caso de cambio del equipo terminal, sin conocimiento de la empresa concesionaria del servicio público móvil, el usuario deberá informarle dicho cambio, para lo cual las empresas habilitarán mecanismos eficientes que faciliten a los usuarios el cumplimiento de esta disposición.

Los registros privados de usuarios de cada una de las empresas concesionarias de los servicios públicos móviles, conforman el Registro Nacional de Terminales de Telefonía Celular.

Articulo 5. Listado de tarjetas electrónicas SIM y equipos terminales robados

Las empresas concesionarias del servicio público móvil contarán de manera obligatoria, con un listado que incluya la información de las tarjeta electrónicas SIM, contenidas en los equipos terminales móviles que hubieran sido reportados como robados o perdidos. Dicho listado contendrá como mínimo:

I. Marca del equipo terminal móvil;

II. Modelo del equipo terminal móvil;

III. Serie del equipo terminal móvil y de la tarjeta SIM;

IV. Fecha y hora del reporte del robo o pérdida;

V. Hecho que motiva el reporte de robo o pérdida del usuario;

VI. Nombres y apellidos completos del usuario; y

VII. Número y tipo de documento legal de identificación oficial del usuario.

La empresa concesionaria del servicio público móvil está obligada a cancelar de inmediato los equipos terminales móviles y tarjetas SIM que hayan sido reportados como robados o perdidos, y a mantener la relación de los mismos por un periodo mínimo de tres años, contados a partir de la fecha del reporte.

Artículo 6. Reporte de equipos terminales robados o perdidos

El reporte a la empresa concesionaria del servicio público móvil del robo o pérdida del equipo terminal móvil y tarjeta SIM podrá ser efectuado únicamente por quien detenta la propiedad.

En los reportes realizados por el usuario, la empresa concesionaria del servicio público móvil deberá contrastar la información que le es proporcionada al momento del reporte, informando sobre las características del equipo terminal móvil a ser bloqueado.

Es responsabilidad de la empresa concesionaria la identificación del número de serie y tarjeta SIM del equipo celular reportado como robado o perdido.

Los importadores o distribuidores realizarán el reporte de sus equipos terminales y tarjetas SIM robados o perdidos ante las empresas concesionarias de servicios públicos móviles bajo responsabilidad, debiendo acreditar el origen legal de la adquisición de dichos equipos.

Al finalizar el reporte efectuado por el usuario, la empresa concesionaria del servicio público móvil deberá entregar un código correlativo del reporte realizado, como constancia del mismo.

Artículo 7. Suspensión y bloqueo

La empresa concesionaria del servicio público móvil deberá suspender el servicio y bloquear el equipo terminal y la tarjeta SIM reportado como robado o perdido, de manera inmediata a la realización del reporte. La suspensión del servicio se sujetará a lo establecido en las condiciones de uso aprobada por la Cofetel.

Artículo 8. Prohibición de habilitar o mantener habilitando el servicio

La empresa concesionaria del servicio público móvil, sea a través de sus representantes, agentes revendedores, distribuidores o personas autorizadas, tiene prohibida la prestación del servicio mediante equipos terminales móviles y tarjetas SIM cuyas series se encuentren registradas como robadas o perdidas, en el listado correspondiente, al tomar conocimiento del registro de dichos equipos terminales como resultado del intercambio de información, bajo responsabilidad civil y penal, de conformidad con lo señalado en la ley.

Articulo 9. Reporte de equipos terminales y tarjetas SIM recuperados

La recuperación de tarjetas SIM y equipos terminales móviles previamente registrados como robados o perdidos, deberán ser reportadas por el usuario, los importadores, distribuidores o la empresa concesionaria del servicio público móvil.

Articulo 10. Obligación del intercambio de información

Las empresas concesionarias del servicio público móvil que utilicen la misma tecnología o compatible, realizarán de manera obligatoria, el intercambio de información de los equipos terminales móviles y tarjetas SIM reportados como robados, perdidos o, en su caso, recuperados.

La información mínima a intercambiar de manera obligatoria será la establecida en el artículo 5 de este registro.

Articulo 11. Plazo para el intercambio de información

El intercambio de información a que se refiere el artículo anterior se realizará diariamente, debido las empresas concesionarias del servicio público móvil acordar la forma y oportunidad en que se realizará.

Asimismo, las empresas concesionarias del servicio público móvil deberán adoptar las medidas necesarias, a fin de garantizar que la información intercambiada sea veraz y el intercambio se realice de manera segura.

Artículo 12. Intercambio de información con empresas concesionarias de otros países

Las empresas concesionarias del servicio público móvil procurarán realizar las coordinaciones respectivas con sus similares en otros países, a fin de que les proporcionen información de las Series correspondientes a los equipos terminales móviles reportados como robados o perdidos para evitar que se brinde servicio a través de éstos así como los recuperados.

Artículo 13. Conciliación de la información

Las empresas concesionarias del servicio público móvil conciliarán mensualmente la información intercambiada relativa a los equipos terminales móviles reportados como robados, perdidos o recuperados.

Artículo 14. Información mensual

Cada empresa concesionaria del servicio público móvil deberá informar a la Cofetel por medios electrónicos y físicos la cantidad mensual de equipos terminales móviles vendidos.

La información mensual deberá ser remitida dentro de los primeros quince días del mes siguiente del que se informa.

Artículo 15. Responsabilidad del concesionario

La empresa concesionaria del servicio público móvil será responsable de la información contenida en su registro y listado de equipos terminales, debiendo asegurar su confidencialidad.

Artículo 16. Reclamación

El usuario puede tramitar el procedimiento de reclamación ante la Cofetel, en los siguientes casos:

I. No estuviera de acuerdo con el bloqueo del equipo terminal efectuado por la empresa concesionaria del servicio público móvil, conforme a lo establecido en la presente norma; y

II. La empresa se negara a realizar el bloqueo solicitado.

El usuario podrá promover el recurso de reclamación dentro de los tres meses posteriores a la realización del bloqueo o negativa de activación, y se sustanciará en un solo acto de resolución.

Artículo 17. Infracciones y sanciones

La secretaría sancionará el incumplimiento a lo dispuesto por esta ley, de acuerdo a lo que establece la Ley Federal de Telecomunicaciones.

Artículo 18. Supervisión

La supervisión del cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley estará a cargo de la secretaría de acuerdo a sus competencias.

Transitorios

Artículo Primero. La presente ley entrará en función a los sesenta días contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, dentro de dicho periodo, las empresas concesionarias del servicio público móvil se adecuarán a las disposiciones establecidas en la presente ley.

Artículo Segundo. La Cofetel emitirá las normativas complementarias para el mejor funcionamiento de la presente ley, hasta en tanto entre en función.

Artículo Tercero. Los usuarios que hubieren contratado servicios de telefonía móvil bajo la modalidad de prepago antes de la entrada en función de la presente ley efectuarán la actualización de los datos relativos a los párrafos dos y tres del artículo 4, en un término no mayor a 90 días.

Artículo Cuarto. Los usuarios que cuenten con un teléfono móvil antes de la entrada en función del presente registro contarán con un plazo no mayor a 90 días para registrar sus aparatos telefónicos y tarjetas SIM, en caso contrario, se procederá a suspender y bloquear éste.

Transitorio

Único. Remítase la presente iniciativa de decreto al honorable Congreso de la Unión para que lo turne a la comisión que corresponda para estudio, análisis y dictamen, con fundamento en los artículos 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 36, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo.

El Titular del Poder Ejecutivo dispondrá se apublique y observe.

Dado en el salón de sesiones del Poder Legislativo, en Morelia, Michoacán de Ocampo, a 21 de agosto de 2008.

Diputada Gabriela Desireé Molina Aguilar (rúbrica)
Presidenta

Diputada Lourdes Esperanza Torres Vargas (rúbrica)
Primera Secretaria

Diputado Martín Cardona Mendoza (rúbrica)
Segundo Secretario

Diputado Roberto Arriaga Colín (rúbrica)
Tercer Secretario
 
 


DEL CONGRESO DE SONORA, QUE DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS

Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presente

El Congreso del estado de Sonora, en sesión celebrada el día de hoy, tuvo a bien aprobar el siguiente

Acuerdo número 193

Único. El Congreso del estado de Sonora, en ejercicio del derecho de iniciativa previsto por el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y su correlativo 64, fracción I, de la Constitución Política del Estado de Sonora, resuelve presentar ante la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, iniciativa de decreto para derogar diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, conforme al contenido del siguiente proyecto de:

"Decreto

Artículo Único. Se derogan la fracción IX y el último párrafo del artículo 8o. de la Ley Federal de Derechos, para quedar como sigue:

Artículo 8o.

I. a VIII. ...

IX. Se deroga.

Se deroga.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso del estado de Sonora acuerda remitir al resto de las legislaturas estatales el contenido del presente acuerdo para el efecto de que, de ser el caso, se manifiesten a favor del mismo y presenten su iniciativa respectiva ante el H. Congreso de la Unión."

Lo que comunicamos a usted para su conocimiento.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Hermosillo, Sonora, a 14 de agosto de 2008.

Diputados: Melecio Chavarín Gaxiola (rúbrica), secretario; Reynaldo Millán Cota (rúbrica), secretario.
 
 








Acuerdos
DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES PARA EL DESARROLLO DE LA REUNIÓN A QUE SE CONVOCA AL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA FEDERAL

La Comisión de Seguridad Pública, de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 45, inciso 4 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 53 y 90 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sostendrá en reunión ordinaria de trabajo la participación del ingeniero Genaro García Luna, titular de la Secretaría de Seguridad Pública, por lo que adopta el siguiente acuerdo, al tenor de los siguientes:

Considerandos

Primero. Que atendiendo a las propuestas de los diputados y las diputadas de la Comisión de Seguridad Pública, expresada durante la vigésima segunda reunión ordinaria de trabajo de la comisión, que tuvo lugar el 19 de junio del presente, para analizar los avances en la materia, se acordó programar reuniones de trabajo con el titular de la Secretaría de Seguridad Pública, ingeniero Genaro García Luna, así como con el licenciado Sergio Montaño Fernández, oficial mayor de la secretaría; licenciado José Patricio Patiño Arias, subsecretario del Sistema Penitenciario Federal, y licenciado Rodrigo Esparza Cristerna, comisionado del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social.

Segundo. Que en seguimiento a las propuestas señaladas, a través del titular de la Secretaría de Seguridad Pública se convocó a los funcionarios citados a sostener dos reuniones de trabajo con el Pleno de la Comisión de Seguridad Pública, que tuvieron lugar el jueves 31 de julio del presente, a partir de las 12:00 horas, dentro su vigésima tercera reunión ordinaria de trabajo.

Tercero. Que la reunión de trabajo con el titular de la Secretaría de Seguridad Pública, ingeniero Genaro García Luna, se programó para llevarse a cabo el miércoles 3 de septiembre de 2008, a partir de las 12:00 horas.

Con base en las consideraciones anteriores, la mesa directiva de la Comisión de Seguridad Pública de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados, acuerda desarrollar la reunión de trabajo, conforme a las siguientes:

Bases

Primera. La reunión de trabajo con el ingeniero Genaro García Luna, titular de la Secretaría de Seguridad Pública, se llevará a cabo el miércoles 3 de septiembre de 2008, de las 12:00 a las 14:30 horas.

Segunda. La reunión de trabajo iniciará con una exposición por parte del ingeniero Genaro García Luna, titular de la Secretaría de Seguridad Publica, hasta por 25 minutos.

Tercera. Habrá 3 rondas de intervenciones a cargo de los grupos parlamentarios, durante la cual los diputados y las diputadas intervendrán hasta por 3 minutos, en el siguiente orden:

• Primera ronda de intervenciones:

1. Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
2. Grupo Parlamentario de Partido de la Revolución Democrática.
3. Grupo Parlamentario de Partido Revolucionario Institucional.
4. Grupo Parlamentario de Convergencia.

• Segunda ronda de intervenciones:

Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática
Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional
Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

• Tercera ronda de intervenciones

1. Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática
2. Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
3. Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional
4. Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México

Cuarta. Por cada ronda de intervenciones el titular de la Secretaría de Seguridad Pública dará respuesta hasta por 10 minutos.

Quinta. Por cada espacio de respuestas del ingeniero Genaro García Luna, los diputados que intervinieron en la ronda correspondiente, tendrán derecho a una réplica hasta por 3 minutos, en el mismo orden de intervención.

Sexta. El titular de la Secretaría de Seguridad Pública, ingeniero Genaro García Luna, tendrá una intervención final hasta por 5 minutos.

Séptima. Los grupos parlamentarios, con independencia de las preguntas que formulen durante sus intervenciones al titular de la Secretaría de Seguridad Pública, podrán realizar cuestionamientos adicionales para que el titular, en un término de 15 días, remita contestación a las preguntas. Dichos cuestionamientos deberán ser claros y precisos. Las respuestas serán remitidas a la Presidencia de la Comisión de Seguridad Pública, para que, a su vez, se hagan del conocimiento de los integrantes de ésta.

Octava. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

Palacio Legislativo en San Lázaro, a los 28 días del mes de agosto de 2008.

Por la Mesa Directiva de la Comisión de Seguridad Pública

Diputados: Juan Francisco Rivera Bedoya (rúbrica), presidente; Édgar Armando Olvera Higuera (rúbrica), Gerardo Octavio Vargas Landeros, Armando Barreiro Pérez (rúbrica), Luis Gerardo Serrato Castell (rúbrica), Víctor Hugo García Rodríguez (rúbrica), secretarios.
 
 









Actas
DE LA COMISIÓN DE DEFENSA NACIONAL, SOBRE LA REUNIÓN QUE SOSTUVO CON REPRESENTANTES DEL UNICEF, DE LA SEDENA Y DE LA SEMAR, CON LA PARTICIPACIÓN DE LAS COMISIONES DE MARINA, Y DE EQUIDAD Y GÉNERO, EL MARTES 26 DE AGOSTO 2008

El martes 26 de agosto 2008 se reunieron, en la zona C del edificio G del Palacio Legislativo de San Lázaro, los integrantes de las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, de Marina, y de Equidad y Género con representantes del Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), y de las Secretarías de la Defensa Nacional (Sedena) y de Marina (Semar).

Se encontraban presentes

Por la Comisión de Defensa Nacional

Diputados: Jorge Justiniano González Betancourt (PAN), presidente; Alma Lilia Luna Munguía (PRD), secretaria; Alejandro Landero Gutiérrez (PAN), Marco Antonio Peyrot Solís (PAN), Andrés Carballo Bustamante (PRI), Carlos Rojas Gutiérrez (PRI), Javier González Garza (PRD), David Sánchez Camacho (PRD), y José Alfonso Suárez del Real y Aguilera (PRD). Los diputados José Guillermo Fuentes Ortiz y Pedro Montalvo Gómez presentaron justificante de inasistencia.

Por la Comisión de Equidad y Género

Diputada Maricela Contreras Julián (PRD), presidenta. Por la Comisión de Marina Diputados: José Manuel del Río Virgen (Convergencia), presidente; Marco Antonio Peyrot Solís (PAN), secretario; Leonardo Melesio de Jesús Magallón Arceo (PAN) y Juan Victoria Alva (PAN). La reunión se llevó a cabo con el siguiente orden del día: 1. Palabras de bienvenida, a cargo del diputado Jorge Justiniano González Betancourt, presidente de la Comisión de Defensa Nacional.

2. Exposición de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Justicia Militar, de la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y de la Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México.

3. Intervención, respecto a la iniciativa presentada, de los siguientes invitados:

Ciudadana Ifigenia Martínez, del Consejo Consultivo del Unicef-México.
Ciudadana Angélica de la Peña, ex legisladora y consultora del Unicef-México.
Representantes de la Sedena
Representantes de la Semar.

4. Discusión de la iniciativa.

El resultado de los distintos numerales fue el siguiente:

1. A las 10:53 horas, el diputado Jorge Justiniano González Betancourt inició la reunión, con la bienvenida a los asistentes. Mencionó que el único tema por tratar será la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Justicia Militar, de la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y de la Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México.

El diputado Jorge Justiniano González Betancourt presentó a los invitados y representantes del Unicef-México, de la Sedena y de la Semar.

Posteriormente, mencionó que se hallaban presentes los siguientes diputados: José Manuel del Río Virgen, presidente de la Comisión de Marina; José Alfonso Suárez del Real y Aguilera, de la Comisión de Defensa Nacional, promovente de la iniciativa en estudio; Maricela Contreras Julián, presidenta de la Comisión de Equidad y Género; y Javier González Garza, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (PRD) y miembro de la Comisión de Defensa Nacional.

Hizo del conocimiento de los asistentes que estaban presentes nueve miembros de la Comisión de Defensa Nacional, cuatro de la de Marina y uno de la de Equidad y Género.

El diputado Jorge Justiniano González Betancourt concedió el uso de la palabra al diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera.

2. El diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera. Expuso diversos datos sobre los menores de edad que forman parte de las Fuerzas Armadas.

Explicó el procedimiento judicial, determinado en el Código de Justicia Militar, para cuando un menor de edad comete un delito o falta a la disciplina militar.

Comentó que el procedimiento de justicia militar contraviene la procuración e impartición de justicia para adolescentes, que se determina en el artículo 18 constitucional, con relación a los derechos de los adolescentes.

Por último, explicó las reformas y adiciones que propone en la iniciativa en estudio.

3. El diputado Jorge Justiniano González Betancourt otorgó el uso de la palabra a los invitados para iniciar la discusión y el análisis de la iniciativa. Los comentarios fueron los siguientes:

Ciudadana Ifigenia Martínez. Mencionó que la iniciativa evita la desigualdad, en beneficio de los jóvenes que ingresan en las Fuerzas Armadas.

Comentó que la iniciativa es justa, y que ha sido impulsada por el PRD.

Expuso que se realizan esfuerzos para proteger a quienes no pueden hacerlo por sí mismos. Una de las labores del Unicef es la medición de los derechos de la adolescencia.

Comentó que con medidas legislativas debe reducirse la desigualdad existente entre los adolescentes en México.

Ciudadana Angélica de la Peña Gómez. Comentó que son necesarias adecuaciones del marco jurídico para garantizar la vigencia plena de los tratados internacionales firmados y ratificados por México en materia de protección de los derechos de los niños y de los adolescentes.

Refirió que la especialización que hoy determina la Constitución en el artículo 18 es un asunto que no puede omitirse, ya que tutela los derechos humanos de los adolescentes que incurren en delitos penales.

Discrecionalidad, arbitrariedad y verticalismo es lo que el Código de Justicia Militar aplica, en perjuicio de los adolescentes que forman parte de las Fuerzas Armadas.

Es necesario que la legislación castrense sea armónica con los artículos 1o., 3o., 4o. y 18 constitucionales.

La discrecionalidad y la arbitrariedad en el ámbito educativo de corte militar ameritan que la Ley de Educación Militar se adecue al asunto en estudio.

Por tanto, es necesario adecuar diversos ordenamientos de las leyes secundarias para lograr armonía con la Carta Magna.

Diputada Maricela Contreras Julián. Manifestó que la Comisión de Equidad y Género busca la armonía legislativa, lo cual requiere trabajo transversal.

Expuso que las Comisiones de Equidad y Género, y de Defensa Nacional han trabajado en armonía, con resultados positivos.

Por eso apoya la iniciativa en favor de los adolescentes, tomando en cuenta la defensa de sus derechos.

Diputado Carlos Rojas Gutiérrez. Mencionó que todo lo que disminuya la desigualdad debe ser apoyado.

Comentó que de no haber argumentos sólidos, será necesario apoyar la iniciativa propuesta por el diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera.

Manifestó que es necesario un debate nacional para abordar el tema del abatimiento de la desigualdad social.

Diputado José Manuel del Río Virgen. Comentó que la iniciativa a discusión se abordará en el seno de la Comisión de Marina, y que se invitará para el efecto al secretario del ramo.

Además manifestó que la posición de los integrantes de la Comisión de Marina estaba dividida, en cuanto a los temas que aborda la iniciativa en estudio.

Refirió que no es recomendable alterar el artículo 13 constitucional, porque rompería con la disciplina militar; que no hay marinos menores de 18 años en las filas de la Armada de México y que la incompetencia de los tribunales civiles debilitaría la certidumbre jurídica dentro de la Marina.

Comentó que se convocará a una reunión de trabajo para fijar la posición de la Comisión de Marina en fecha próxima.

Diputado Jorge Justiniano González Betancourt. Concede el uso de la palabra a los representantes de la Semar.

Entre los distintos comentarios se estableció:

Que en la Marina no se tiene a menores de edad entre sus filas.

Que el único personal menor de edad, es el que se encuentra en los planteles de formación.

Que existe un consejo de disciplina, dentro de los planteles de formación, donde los cadetes son amonestados de acuerdo a su falta.

Que la disciplina militar se debilitaría si se aprueba la iniciativa motivo de estudio, lo cual sería en perjuicio del personal de las Fuerzas Armadas.

Que las Fuerzas Armadas toman en cuenta en todo momento los derechos humanos, y a su vez no se garantiza que en los juzgados civiles no se violenten estos últimos en perjuicio de los militares.

Que las Fuerzas Armadas no están al margen de la Constitución.

Que los marinos están regidos por las leyes castrenses y civiles.

Que todas las leyes de corte militar emanan de la Carta Magna.

Que el Código de Justicia Militar, esta dirigido a los militares, y a la disciplina al interior de las Fuerzas Armadas.

Que las leyes de disciplina regulan la conducta de los militares en todos los ámbitos.

Que los derechos de los menores se respetan al interior de las Fuerzas Armadas.

Que las escuelas de formación de la Armada de México cumplen con lo establecido en el artículo 3o. constitucional.

Que si se es menor de 18 años, se da lugar a un contrato firmado por los padres o tutores, consintiendo que los menores están bajo el fuero de guerra.

Diputado Javier González Garza. Hizo mención a que se reconoce el esfuerzo del Ejército Mexicano a favor del país.

Comentó que no se trata de romper con la disciplina militar, pero el contrato que firman padres o tutores con las Fuerzas Armadas, a fin que los jóvenes entre 14 y 18 años se sujeten al fuero de guerra no es correcto.

Refirió que se buscaba avanzar, para adecuar las normas de justicia y proteger los derechos de los adolescentes.

Comentó que no se pueden aprobar leyes discriminatorias, que era necesario armonizar las leyes, por lo que no se deben contraponer las leyes castrenses y civiles.

Por último, manifiestó que lo que esta en contra de la Constitución se debe discutir, tomando en consideración los cambios constitucionales vigentes.

Diputado Jorge Justiniano González Betancourt. Concedió el uso de la palabra a los representantes de la Sedena.

Entre los distintos comentarios se estableció:

Que los miembros de las Fuerzas Armadas deben asumir la disciplina militar para realizar sus actividades en tiempo y forma.

Que el artículo 13 constitucional establece la personalidad jurídica de quien comete un delito siendo militar.

Que en el artículo 18 de la Carta Magna no se contempla al fuero de guerra.

Que la protección a los menores de edad se da con el fuero de guerra.

Que las leyes y reglamentos castrenses, es lo primero que se da a conocer a los cadetes en las Fuerzas Armadas, al ser la base de la disciplina militar.

Que no existe reclusión para cadetes, sino sanciones que fortalecen su carácter militar; pero de ninguna manera el correctivo disciplinario da lugar al maltrato físico o mental.

Que la finalidad de los centros de educación, es formar elementos que van a defender al país.

Que las personas que ingresan a las Fuerzas Armadas tienen que aprobar exámenes psicológicos muy rigurosos, evitando con ello el ingreso de individuos con tendencias criminales.

Que a la fecha no hay menores de edad que hayan sido juzgados por delitos tipificados como graves.

Que la disciplina militar se relaja si existe un trato diferenciado por cuestiones de edad dentro de las Fuerzas Armadas, porque se debilita el espíritu de cuerpo y el compañerismo.

Que los delincuentes militares son diferentes a los delincuentes civiles, y su mezcla no es pertinente, así como tampoco recomendable.

Que juzgar a los militares con base exclusivamente en la edad del individuo, debilitaría la disciplina militar.

4. Hacen uso de la voz los siguientes diputados:

Diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera. Manifestó que las Fuerzas Armadas cumplen y defienden el estado de derecho.

Mencionó que es necesario un análisis profundo del asunto en discusión, ya que el trato que se les da a los adolescentes en las Fuerzas Armadas actualmente, es distinto al que se les daba en 1933.

Comentó que era necesario actualizar las leyes castrenses, para armonizarlas con la Carta Magna, en donde los artículos 4o., 3o. y 18 constitucionales se complementan.

Explicó que no se trata de menoscabar el fuero de guerra y la disciplina militar, la cual es un instrumento de formación pedagógica.

Diputado Marco Antonio Peyrot Solís. Expuso que es fundamental diferenciar lo que es un delito en la justicia militar y en la civil.

Lo anterior, por el hecho de que lo que es, en el ámbito militar un delito penal, en el ámbito civil la misma conducta no es tipificada como tal.

Consideró que la disciplina es fundamental en el ámbito militar, y no así en el ámbito civil.

Diputado David Sánchez Camacho. Comentó que los cadetes son estudiantes, no militares, por lo que no debe aplicárseles el fuero de guerra.

Diputado Jorge Justiniano González Betancourt. Mencionó que no se debe restringir a los menores el acceso a una carrera militar, y además tomar en cuenta que al causar alta en un centro de educación, los estudiantes se convierten en militares.

Asimismo, que la admisión en las Fuerzas Armadas es rigurosamente selectiva, así como también el curso de la carrera militar, por lo que la formación militar va absorbiendo a los militares.

Sostuvo que las Fuerzas Armadas forman a sus miembros de manera estricta, de tal manera que no existen reprobados en el sistema educativo militar.

Diputada Alma Lilia Luna Munguia. Comentó que el tema de la protección de los derechos de los niños y adolescentes es fundamental.

Se refirió a que los mexicanos reconocen a las Fuerzas Armadas como la institución más honorable, la cual se fortalece con la disciplina militar.

Planteó que sería correcto crear un consejo especial dentro de la justicia militar, para que juzgue y de un trato especial a los menores de edad.

Diputado Jorge Justiniano González Betancourt. Expuso que es importante tener en cuenta, que si un militar se encuentra involucrado en un delito, y se le remite a la autoridad civil para ser juzgado, corre el riesgo de no estar en condiciones de cumplir con sus obligaciones militares.

Asimismo, manifestó que es de suma importancia tener en cuenta que la educación militar promueve entre los alumnos la conciencia institucional, los valores y la doctrina militar. Por lo anterior, el estudiante de un plantel de educación militar, preferirá que se le juzgue por un tribunal castrense, ya que de lo contrario, su moral se vería seriamente afectada.

La disciplina militar se basa en la lealtad, obediencia, honor, justicia y moral, Así entonces, por el hecho de ser militares, el fuero de guerra da seguridad jurídica a los miembros de las Fuerzas Armadas, al evitar todo abuso de autoridad.

Por otro lado, comentó que es indiscutible que si llegará a darse el caso en que un militar, como alumno de un plantel militar, estuviera involucrado en un delito, las acciones cometidas por éste último, muy difícilmente serían intencionales, debido a la rigurosa selección de los alumnos que ingresan a los planteles de educación militar.

Por último, afirmó que reconocía las intenciones del diputado Suárez del Real y la propuesta de la diputada Luna Munguía, lo que será tomado en cuenta para el trabajo de la comisión.

Para terminar agradeció a los participantes su asistencia e intervenciones, y dio por terminada la reunión de trabajo a las 13:20 horas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de agosto del 2008
 

Lista de asistencia

Reunión de la Comisión de Defensa Nacional con representantes del Unicef, de la Sedena y de la Semar, con la participación de las Comisiones de Marina, y de Equidad y Género

26 de agosto de 2008

La Comisión de Defensa Nacional

Jorge Justiniano González Betancourt (presidente), rúbrica
Jesús Arredondo Velázquez (secretario)
Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco (secretario)
Alma Lilia Luna Munguía (secretaria), rúbrica
Roberto Badillo Martínez (secretario)
Gerardo Aranda Orozco
Eduardo Sergio de la Torre Jaramillo
Marco Antonio Peyrot Solís, rúbrica
César Flores Maldonado
Javier González Garza, rúbrica
Celso David Pulido Santiago
Raúl Ríos Gamboa
Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez
Diódoro Humberto Carrasco Altamirano
José Guillermo Fuentes Ortiz, justificó
Nelly Asunción Hurtado Pérez
Violeta del Pilar Lagunes Viveros
Alejandro Landero Gutiérrez, rúbrica
David Sánchez Camacho, rúbrica
José Alfonso Suárez del Real y Aguilera, rúbrica
Cuauhtémoc Sandoval Ramírez
Israel Beltrán Montes
Andrés Carballo Bustamante, rúbrica
Pedro Montalvo Gómez, justificó
Carlos Rojas Gutiérrez, rúbrica
Carlos Ernesto Zataráin González
Manuel Portilla Diéguez
Aída Marina Arvizu Rivas

La Comisión de Marina

José Manuel del Río Virgen (presidente), rúbrica
Ángel Rafael Deschamps Falcón (secretario)
Marco Antonio Peyrot Solís (secretario), rúbrica
Maribel Luisa Alva Olvera (secretaria)
José Luis Blanco Pajón (secretario)
Luis Ricardo Aldana Prieto
Efraín Arizmendi Uribe
Gerardo Buganza Salmerón
Félix Castellanos Hernández
Carlos Chaurand Arzate
Higinio Chávez García
Cuitláhuac Condado Escamilla
Claudia Lilia Cruz Santiago
Faustino Javier Estrada González
Adrián Fernández Cabrera
Sergio González García
Mariano González Zarur
Leonardo Melesio de Jesús Magallón Arceo, rúbrica
Arturo Martínez Rocha
Luis Alonso Mejía García
Carlos Ernesto Navarro López
Nabor Ochoa López
Pedro Pulido Pecero
Odilón Romero Gutiérrez
Jorge Toledo Luis
Víctor Manuel Torres Herrera
Juan Victoria Alva, rúbrica
 
 






Convocatorias
DE LA COMISIÓN DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

A la reunión plenaria que se verificará el martes 2 de septiembre, a las 10:30 horas, en el salón E del edificio G, primer piso.

Atentamente
Diputado Benjamín González Roaro
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE SALUD

A la vigésima tercera reunión de mesa directiva, que se realizará el martes 2 de septiembre, a las 14:00 horas, en la sala de juntas del órgano legislativo convocante (edificio F, segundo piso).

Orden del Día

1. Lista de asistencia.
2. Lectura del orden del día.
3. Aprobación del acta de la reunión anterior.
4. Presentación de predictámenes de las subcomisiones, listos para someter a votación en la próxima reunión plenaria.
5. Informe de los asuntos turnados a las subcomisiones.
6. Asuntos generales.
Atentamente
Diputado Ector Jaime Ramírez Barba
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE EQUIDAD Y GÉNERO

A la reunión con la directora del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, doctora Patricia Uribe Zúñiga, que se llevará a cabo el martes 2 de septiembre, a las 17:00 horas, en la zona C del edificio G.

Atentamente
Diputada Maricela Contreras Julián
Presidenta
 
 

DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE LA CUENCA DE BURGOS

A la decimoquinta reunión plenaria, que se llevará a cabo el martes 2 de septiembre, a las 17:00 horas, en el salón E del edificio G.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.
4. Proyectos de iniciativas y puntos de acuerdo derivados de los foros.
5. Asuntos generales.
6. Clausura.
Atentamente
Diputado Miguel Ángel González Salum
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN

A la decimoséptima reunión de mesa directiva, que se llevará a cabo el miércoles 3 de septiembre, a las 9:00 horas, en las oficinas de la convocante.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación de la minuta correspondiente a la decimosexta reunión de mesa directiva.

4. Análisis del proyecto de presupuesto de egresos de 2009 de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y propuesta para el Programa de Fiscalización del Gasto Federalizado.
5. Análisis del anteproyecto de presupuesto de egresos de 2009 de la Unidad de Evaluación y Control.
6. Análisis y discusión a la propuesta de solventación de 88 observaciones realizadas a la ASF, resultado de 10 revisiones de los ejercicios fiscales de 2003 a 2006.
7. Aprobación del documento "Conclusiones y recomendaciones a la Auditoría Superior de la Federación", derivado del análisis sobre el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de 2006.
8. Opinión sobre la propuesta de manual de registro contable para las administraciones públicas municipales, elaborado por la ASF.

9. Asuntos generales:
a) Encuentro de Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación;
b) Comentarios respecto a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, presentada por diputados del Grupo Parlamentario del PRI, a efecto de emitir una opinión como comisión; y
c) Seguimiento de acuerdos de la mesa directiva.

Atentamente
Diputado Antonio Ortega Martínez
Presidente
 
 

DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-COSTA RICA

A la reunión por efectuarse el miércoles 3 de septiembre, a las 9:00 horas, en el basamento A 5, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, situado en el edificio A, planta baja.

Atentamente
Diputada Margarita Arenas Guzmán
Presidenta
 
 

DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO RURAL

A la reunión de mesa directiva que se efectuará el miércoles 3 de septiembre, a las 9:30 horas, en las oficinas de la convocante, situadas en el edificio D, cuarto piso.

Atentamente
Diputado Carlos Ernesto Navarro López
Presidente
 
 

DEL COMITÉ DEL CENTRO DE ESTUDIOS PARA EL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE Y LA SOBERANÍA ALIMENTARIA

A la reunión de mesa directiva que se llevará a cabo el miércoles 3 de septiembre, a las 9:30 horas, en las oficinas del órgano legislativo convocante, situadas en el edificio I, planta baja.

Atentamente
Diputado Alejandro Martínez Hernández
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE REFORMA AGRARIA

A la reunión que se realizará el miércoles 3 de septiembre, a las 10:00 horas, en las oficinas de la comisión (edificio F segundo nivel).

Atentamente
Diputado Ramón Ceja Romero
Presidente
 
 

DEL COMITÉ DEL CENTRO DE ESTUDIOS PARA EL ADELANTO DE LAS MUJERES Y LA EQUIDAD DE GÉNERO

A la reunión de mesa directiva que se llevará a cabo el miércoles 3 de septiembre, a las 10:00 horas, en las instalaciones del convocante (segundo piso del edificio G).

Orden del Día

1. Lista de asistencia.
2. Declaración de quórum.
3. Lectura y aprobación del orden del día.
4. Lectura y aprobación del acta correspondiente a la reunión del miércoles 16 de abril de 2008.
5. Lectura y aprobación del acta correspondiente a la reunión del miércoles 18 de junio de 2008.
6. Lectura y aprobación del acta correspondiente a la reunión del martes 8 de julio de 2008.
7. Lectura y aprobación del acta correspondiente a la reunión del jueves 7 de agosto de 2008.
8. Presentación y, en su caso, aprobación de los convenios de colaboración del CEAMEG.
9. Análisis y, en su caso, aprobación del proyecto de reglamento interior del comité y del centro de estudios.
10. Presentación y, en su caso, aprobación de las convocatorias para ocupar las plazas vacantes del centro de estudios.
11. Presentación y, en su caso, aprobación del anteproyecto del programa anual de trabajo del comité para el periodo agosto de 2008-septiembre de 2009.
12. Asuntos generales.
13. Clausura.
Atentamente
Diputada María Soledad Limas Frescas
Presidenta
 
 

DE LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES

A la decimotercera reunión plenaria, por celebrarse el miércoles 3 de septiembre, a las 11:00 horas, en la sala de juntas del órgano legislativo convocante (edificio D, tercer piso)

Orden del Día

1. Dictamen con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo quinto al artículo 17 y se reforma la fracción I del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de acciones colectivas.
2. Dictamen de opinión de la Comisión de Cultura respecto a diversas iniciativas que reforman y adicionan los artículos 3o., 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de asuntos culturales y derechos de autor.

3. Dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma el título y el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que el nombre oficial del país sea "México".
4. Dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 26, 35, 73, 116, 122 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de referéndum y plebiscito.

5. Dictamen con proyecto de decreto que adiciona las fracciones XXIX-Ñ al artículo 73 y VIII al 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de registros públicos.
6. Dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 75, 115, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de regulación de salarios correspondientes a servidores públicos.

7. Dictamen con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de asuntos indígenas.

Atentamente
Diputado Raymundo Cárdenas Hernández
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN ESPECIAL SUR-SURESTE

A la reunión que se llevará a cabo el miércoles 3 de septiembre, a las 11:00 horas, en el salón de usos múltiples 4 del edificio I.

Atentamente
Diputado Martín Ramos Castellanos
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE EQUIDAD Y GÉNERO

A la segunda reunión de trabajo, en el marco de la Mesa Interinstitucional de Presupuesto hacia la Igualdad de Género, que se llevará a cabo el miércoles 3 de septiembre, a las 12:00 horas, en el salón de usos múltiples 3 del edificio I.

Atentamente
Diputada Maricela Contreras Julián
Presidenta
 
 

DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA

A la reunión con el secretario de Seguridad Pública, ingeniero Genaro García Luna, que se llevará a cabo el miércoles 3 de septiembre, a las 12:00 horas, en el salón Legisladores de la República, situado en el segundo piso del edificio A.

Atentamente
Diputado Juan Francisco Rivera Bedoya
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL

A la reunión ordinaria que se llevará a cabo el miércoles 3 de septiembre, a las 12:00 horas, en el salón de protocolo del edificio A.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y certificación de quórum.
2. Lectura, discusión y aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la reunión anterior celebrada el martes 22 de abril de 2008.
4. Recepción de asuntos turnados por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados entre el 22 de abril y el 2 de septiembre de 2008.
5. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del segundo informe de actividades del segundo año de ejercicio de la LX Legislatura (periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de agosto de 2008).
6. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del programa anual de actividades del tercer año de ejercicio de la LX Legislatura (periodo comprendido de septiembre de 2008 a agosto de 2009).
7. Asuntos generales.
8. Clausura.
Atentamente
Diputado Rafael Ramos Becerril
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA

A la decimocuarta reunión, que se efectuará el miércoles 3 de septiembre, a las 13:00 horas, en el salón E del edificio G.

Atentamente
Diputado César Camacho Quiroz
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS INDÍGENAS

A la undécima reunión plenaria, que se realizará el miércoles 3 de septiembre, a las 15:00 horas, en el salón B del edificio G.

Atentamente
Diputado Marcos Matías Alonso
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DEL DISTRITO FEDERAL

A la reunión de mesa directiva que se realizará el jueves 4 de septiembre, a las 10:00 horas, en la sala de juntas del órgano legislativo convocante (edificio D, cuarto piso).

Orden del Día

1 Lista de asistencia.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Dictámenes para próxima discusión plenaria:

a) Respecto a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al jefe del Gobierno del Distrito Federal a instaurar un sistema completo de gestión integral de los residuos sólidos, presentada por la diputada Norma Patricia Saucedo Moreno, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (turnada a la comisión el 20 de julio de 2005);
b) Respecto a la proposición con punto de acuerdo por el que esta soberanía exhorta al Gobierno del Distrito Federal a instaurar con la mayor brevedad las partidas destinadas al mejoramiento y mantenimiento urbano y seguridad pública en las zonas aledañas a la Cámara de Diputados, establecidas en el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2007, presentada por la diputada Ruth Zavaleta Salgado, del Grupo Parlamentario de Partido de la Revolución Democrática (turnada a la comisión el 17 de enero de 2007);

c) Respecto a la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al jefe del Gobierno del Distrito Federal que coadyuve a que las delegaciones de la entidad suscriban convenios con las autoridades encargadas de fomentar la cultura de la no discriminación en la capital del país, presentada por la diputada María Gabriela González Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (turnada a la comisión el 11 de abril de 2008);
d) Respecto a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal a suspender todas las obras o actividades que pongan en riesgo la preservación del bosque de Tlalpan, presentada por el diputado Antonio Xavier López Adame, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (turnada a la comisión el 4 de marzo de 2008);

e) Respecto a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal a implantar mecanismos de control que eviten que servidores públicos de su adscripción realicen actividades proselitistas y desvíen recursos materiales y humanos con fines electorales, presentada por el diputado David Mendoza Arellano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (turnada a la comisión el 30 de abril de 2008);
f) Respecto a la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal y al jefe delegacional de Cuajimalpa de Morelos que rindan un informe sobre las acciones llevadas a cabo en la barranca La Diferencia, presentada por el diputado Christian Martín Lujano Nicolás, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (turnada a la comisión el 30 de abril de 2008); y

g) Respecto a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal a rendir un informe detallado respecto a los abortos practicados legalmente en la capital del país, presentada por la diputada Violeta del Pilar Lagunes Viveros, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (turnada a la Comisión el 30 de abril de 2008).

4. Presentación del temario propuesto para el diplomado previsto en el programa de trabajo de la comisión correspondiente a 2008.
5. Asuntos generales.

Atentamente
Diputado Gerardo Villanueva Albarrán
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE EQUIDAD Y GÉNERO

A la reunión de mesa directiva que se efectuará el jueves 4 de septiembre, a las 10:00 horas, en las oficinas de la convocante, situadas en el edificio D, segundo piso.

Atentamente
Diputada Maricela Contreras Julián
Presidenta
 
 

DE LA COMISIÓN DE RÉGIMEN, REGLAMENTOS Y PRÁCTICAS PARLAMENTARIAS

A la reunión de mesa directiva que se llevará a cabo el jueves 4 de septiembre, a las 12:00 horas, en la sala de juntas del órgano legislativo convocante, situada en el edificio F, primer piso.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación, en su caso, del orden del día.
3. Asuntos relacionados con la Medalla al Mérito Cívico "Eduardo Neri, Legisladores de 1913".
4. Clausura.
Atentamente
Diputado Carlos Chaurand Arzate
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE EQUIDAD Y GÉNERO

A la reunión plenaria que se realizará el jueves 4 de septiembre, a las 16:00 horas, en la zona C del edificio G.

Atentamente
Diputada Maricela Contreras Julián
Presidenta
 
 

DE LA COMISIÓN DE VIVIENDA

A la vigésima reunión de mesa directiva, que se realizará el martes 9 de septiembre, a las 9:30 horas, en la sala de juntas del órgano legislativo convocante (edificio D, segundo piso).

Orden del Día

1. Pase de lista.
2. Verificación de asistencia y declaración de quórum.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
4. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.

5. Análisis y, en su caso, aprobación de proyectos de dictamen:
a) De la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al director general de la Comisión Nacional de Vivienda a consolidar acciones de promoción a fin de que ésta logre niveles de sustentabilidad;
b) De la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Vivienda; y
c) De la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 71, 78 y 83 de la Ley de Vivienda.

6. Asuntos generales.
7. Clausura.

Atentamente
Diputado Diego Aguilar
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DEL DISTRITO FEDERAL

A la reunión plenaria que se llevará a cabo el martes 9 de septiembre, a las 10:00 horas, en el salón B del edificio G, primer piso.

Orden del Día

1 Lista de asistencia.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Dictámenes para próxima discusión plenaria:

a) Respecto a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al jefe del Gobierno del Distrito Federal a instaurar un sistema completo de gestión integral de los residuos sólidos, presentada por la diputada Norma Patricia Saucedo Moreno, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (turnada a la comisión el 20 de julio de 2005);
b) Respecto a la proposición con punto de acuerdo por el que esta soberanía exhorta al Gobierno del Distrito Federal a instaurar con la mayor brevedad las partidas destinadas al mejoramiento y mantenimiento urbano y seguridad pública en las zonas aledañas a la Cámara de Diputados, establecidas en el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2007, presentada por la diputada Ruth Zavaleta Salgado, del Grupo Parlamentario de Partido de la Revolución Democrática (turnada a la comisión el 17 de enero de 2007);

c) Respecto a la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al jefe del Gobierno del Distrito Federal que coadyuve a que las delegaciones de la entidad suscriban convenios con las autoridades encargadas de fomentar la cultura de la no discriminación en la capital del país, presentada por la diputada María Gabriela González Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (turnada a la comisión el 11 de abril de 2008);
d) Respecto a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal a suspender todas las obras o actividades que pongan en riesgo la preservación del bosque de Tlalpan, presentada por el diputado Antonio Xavier López Adame, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (turnada a la comisión el 4 de marzo de 2008);

e) Respecto a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal a implantar mecanismos de control que eviten que servidores públicos de su adscripción realicen actividades proselitistas y desvíen recursos materiales y humanos con fines electorales, presentada por el diputado David Mendoza Arellano, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (turnada a la comisión el 30 de abril de 2008);
f) Respecto a la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal y al jefe delegacional de Cuajimalpa de Morelos que rindan un informe sobre las acciones llevadas a cabo en la barranca La Diferencia, presentada por el diputado Christian Martín Lujano Nicolás, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (turnada a la comisión el 30 de abril de 2008); y

g) Respecto a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal a rendir un informe detallado respecto a los abortos practicados legalmente en la capital del país, presentada por la diputada Violeta del Pilar Lagunes Viveros, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (turnada a la Comisión el 30 de abril de 2008).

4. Presentación del temario propuesto para el diplomado previsto en el programa de trabajo de la comisión correspondiente a 2008.
5. Asuntos generales.

Atentamente
Diputado Gerardo Villanueva Albarrán
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE VIVIENDA

A la decimonovena reunión ordinaria, que se efectuará el martes 9 de septiembre, a las 12:00 horas, en el salón E del edificio G.

Orden del Día

1. Pase de lista.
2. Verificación de asistencia y declaración de quórum.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
4. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.

5. Análisis y, en su caso, aprobación de dictámenes turnados a la comisión:
a) De la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al director general de la Comisión Nacional de Vivienda a consolidar acciones de promoción a fin de que ésta logre niveles de sustentabilidad;
b) De la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Vivienda; y
c) De la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 71, 78 y 83 de la Ley de Vivienda.

6. Asuntos generales.
7. Clausura.

Atentamente
Diputado Diego Aguilar
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE SALUD

A la vigésima tercera reunión plenaria, que se llevará a cabo el martes 9 de septiembre, a las 16:00 horas, en el salón B del edificio G, mezzannine.

Orden del Día

1. Lista de asistencia.
2. Lectura del orden del día.
3. Aprobación del acta de la sesión anterior.
4. Presentación de proyectos de dictamen de las subcomisiones, listos para ser votados en la próxima reunión plenaria.
5. Informe de los asuntos turnados a las subcomisiones.
6. Asuntos generales.
Atentamente
Diputado Ector Jaime Ramírez Barba
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN

A la duodécima reunión ordinaria, que se realizará el miércoles 10 de septiembre, a las 9:00 horas, en el vestíbulo del edificio E.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y aprobación, en su caso, del acta correspondiente a la undécima reunión plenaria.

4. Presentación del proyecto de presupuesto de egresos correspondiente a 2009 de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), a efectos del artículo 67, fracción VI, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.
5. Presentación del proyecto de presupuesto de egresos correspondiente a 2009 de la Unidad de Evaluación y Control (UEC), a efectos de los artículos 67, fracción IX, y 96, primer párrafo, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación; y 7, fracción II, del Reglamento Interior de la UEC.

6. Análisis y aprobación, en su caso, del acuerdo para solventar 88 observaciones realizadas a la ASF, como resultado de 10 revisiones de los ejercicios fiscales de 2003 a 2006.
7. Aprobación de Conclusiones y recomendaciones a la Auditoría Superior de la Federación, documento derivado del análisis sobre el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de 2006.
8. Comentarios sobre la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, presentada por diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, a efecto de emitir una opinión como comisión.
8. Asuntos generales.

Atentamente
Diputado Antonio Ortega Martínez
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

A la reunión que se llevará a cabo el miércoles 10 de septiembre, a las 10:00 horas, en los salones C y D del edificio G.

Atentamente
Diputado Jorge Estefan Chidiac
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE REFORMA AGRARIA

A la reunión ordinaria que tendrá verificativo el miércoles 10 de septiembre, a las 10:00 horas, en el salón E del edificio G.

Atentamente
Diputado Ramón Ceja Romero
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE RÉGIMEN, REGLAMENTOS Y PRÁCTICAS PARLAMENTARIAS

A la reunión de trabajo que se realizará el miércoles 10 de septiembre, a las 11:00 horas, en la sala de juntas del órgano legislativo convocante, situada en el primer piso del edificio F.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración del quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Asuntos relacionados con la Medalla al Mérito Cívico "Eduardo Neri, Legisladores de 1913".
4. Clausura.
Atentamente
Diputado Carlos Chaurand Arzate
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES

A la reunión con una delegación de diputados de la República Checa que se llevará a cabo el miércoles 10 de septiembre, a las 11:00 horas, en la sala de juntas de la comisión.

Atentamente
Diputado Gerardo Buganza Salmerón
Presidente
 
 

DEL COMITÉ DE COMPETITIVIDAD

A la reunión por realizarse el miércoles 10 de septiembre, a las 12:00 horas, en el salón B del edificio G.

Atentamente
Diputado Mariano González Zarur
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE SALUD

A la reunión de mesa directiva con funcionarios del Instituto Nacional de Medicina Genómica, que se llevará a cabo el miércoles 10 de septiembre, a las 14:00 horas, en el salón F del edificio G.

Atentamente
Diputado Ector Jaime Ramírez Barba
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE TURISMO

A la vigésima quinta reunión de mesa directiva, que tendrá lugar el miércoles 17 de septiembre, a las 11:00 horas, en el salón F del edificio G.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y en su caso, aprobación del acta de la vigésima cuarta reunión de mesa directiva.

4. Aprobación de la presentación de los siguientes temas:
a) Procedimiento de la distribución del impuesto de los cruceros por la Subsecretaría de Ingresos, del Instituto Nacional de Migración y de la Secretaría de Turismo federal.
b) Proyecto del centro de convenciones y exposiciones denominado Mazatlán Internacional Center, por el director general del despacho asesor Dafi, SC, licenciado Martín B. Pacheco Ibarra, propuesto por el diputado Carlos Eduardo Felton González.

5. Presentación de la propuesta de las bases para el concurso de fotografía propuesto por el diputado Francisco Dávila García.
6. Propuesta metodológica para la presentación de los proyectos turísticos de los secretarios de Turismo de las entidades federativas, por la diputada Yolanda Garmendia Hernández.
7. Asuntos generales.

Atentamente
Diputado Octavio Martínez Vargas
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE TURISMO

A la vigésima séptima reunión plenaria, que tendrá lugar el miércoles 17 de septiembre, a las 13:30 horas, en el salón de usos múltiples número 3 del edificio I.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la vigésima sexta reunión plenaria.

4. Aprobación de la presentación de los siguientes temas:
a) Procedimiento de la distribución del impuesto de los cruceros por la Subsecretaría de Ingresos, del Instituto Nacional de Migración y de la Secretaría de Turismo federal.
b) Proyecto del centro de convenciones y exposiciones denominado Mazatlán Internacional Center, por el director general del despacho asesor Dafi, SC, licenciado Martín B. Pacheco Ibarra, propuesto por el diputado Carlos Eduardo Felton González.
5. Asuntos generales.

Atentamente
Diputado Octavio Martínez Vargas
Presidente
 
 





Invitaciones
DE LA COMISIÓN ESPECIAL PARA LA REFORMA DEL ESTADO

Al diplomado Gestión, evaluación y liderazgo para la reforma del Estado, que –con la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, División de Educación Continua y Vinculación, de la Universidad Nacional Autónoma de México– se llevará a cabo hasta el 20 de octubre, los lunes, miércoles y viernes, comprendidos de las 8:00 a las 10:00 horas, en el auditorio norte.

El diplomado está dirigido a legisladores, asesores parlamentarios, estudiantes e investigadores (de ciencia política, administración pública, derecho, sociología, economía, relaciones internacionales o antropología), servidores públicos de los tres ámbitos, académicos y personas relacionadas con la investigación, el servicio público, la organización y el liderazgo político y partidista, la participación ciudadana y el impulso de las pautas para la transformación del Estado mexicano, en cualquiera de sus ámbitos, que deseen ampliar conocimientos y desarrollar habilidades en la gestión del cambio político, en el contexto de la reforma del Estado.

Informes e inscripciones hasta el 23 de mayo de 2008, de las 10:00 a las 15:00 horas, en los teléfonos 5628 1300 y 5420 1760, extensiones 1248 y 5089, 55 3666 5185, 55 3225 1261; en la dirección de correo electrónico conocimientoglobal@yahoo.com; y en el módulo instalado en la plaza principal del Palacio Legislativo de San Lázaro, frente al edificio G.

Cupo limitado.
Se otorgará constancia con valor curricular.

Objetivo general
Evaluar los conceptos fundamentales y las propuestas de los modelos de reforma del Estado en México.

Metodología

Se desarrollarán 6 módulos, con 60 sesiones de trabajo los lunes, miércoles y viernes, de las 8 a las 10 de la mañana, en el auditorio norte del Palacio Legislativo de San Lázaro.

La dinámica de trabajo del diplomado contará de seis módulos de trabajo.

En el diplomado participarán como ponentes investigadores, profesores de educación superior, funcionarios públicos y responsables de organismos no gubernamentales, con la idea de generar una discusión multidisciplinaria sobre los temas descritos y de establecer metodologías que permitan evaluar objetivamente dicho proceso y construir herramientas metodológicas de evaluación y desarrollo de líderes de cambio político.

Evaluación: 80 por ciento de asistencia como mínimo y las evaluaciones aplicadas en cada módulo.

Programa

Módulo IV: La reforma del federalismo

3 de septiembre

• El municipio y el desarrollo socioeconómico
- Doctor Arturo Pontifes Martínez, catedrático de la UIA.
Modulo V. La reforma judicial

5 de septiembre

• La carrera judicial
- Doctor Manuel Corte Tapia, catedrático de la UNAM.
8 de septiembre • La reforma penal
- Doctor Manuel Corte Tapia, catedrático de la UNAM.
10 de septiembre • Los juicios orales
- Doctor Manuel Corte Tapia, catedrático de la UNAM.
12 de septiembre • Autonomía del MP
- Doctor Manuel Corte Tapia, catedrático de la UNAM.
15 de septiembre • Justicia y derechos humanos
- Doctor Juan Antonio Cruz Parcero, catedrático de la UNAM.
17 de septiembre • Justicia y derechos humanos
- Doctora Mireille Roccatti Velásquez, ex presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y catedrática del ITESM.
19 de septiembre • Justicia y derechos humanos
- Doctor Juan Antonio Cruz Parcero, catedrático de la UNAM.
22 de septiembre • Los tribunales constitucionales
- Doctor Rogelio Ramírez Soto, Universidad Complutense de Madrid.
24 de septiembre • El Consejo de la Judicatura
- Doctor Manuel Barquín Álvarez, catedrático de la UNAM.
26 de septiembre • La reforma penal
- Diputado César Camacho Quiroz, presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados.
Coordinador académico: Doctor Martín Vera M.

Informes: 55-3666-5185
Correo electrónico: conocimientoglobal@yahoo.com

Atentamente
Diputado Marco Antonio Bernal Gutiérrez
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

A la Jornada sobre la investigación y desarrollo en computación en México, a cincuenta años de la instalación de la primera computadora en el país, que tendrá lugar el miércoles 3 de septiembre, de las 9:00 a las 16:00 horas, en el salón de protocolo del edificio C.

Atentamente
Diputada Silvia Luna Rodríguez
Presidenta
 
 

DE LA DIPUTADA MARINA ARVIZU RIVAS

Al seminario Análisis de género de los impuestos en México, que se realizará el miércoles 3 septiembre, a las 10:00 horas, en la zona C del edificio G.

Justificación

Como parte de un proyecto pionero en su tipo, que se denomina "Género e impuestos: Para mejorar la generación de ingresos y la protección social de países en desarrollo", en el que participan los siguientes países: Argentina, Ghana, India, Inglaterra, Marruecos, México, Uganda y Sudáfrica, se diseñó una metodología de análisis de género de la incidencia de los impuestos indirectos, así como herramientas para estudiar los impuestos directos.

Dentro del proyecto se realizó un análisis comparativo entre países y al mismo tiempo se llevó a cabo un estudio de caso para cada país. Recientemente se concluyeron los resultados para México, con la coordinación de la maestra Lucía Pérez Fragoso, coordinadora del Área de Presupuestos Públicos de Equidad de Género: Ciudadanía, Trabajo y Familia, AC.

Para el Grupo Parlamentario Alternativa es prioritario agregar nuevos elementos sobre los impuestos al debate actual. La exposición de los resultados de la investigación sobre género e incidencia fiscal, constituye una oportunidad idónea para enriquecer la discusión, razón por la cual hoy decidimos abrir la Cámara de Diputados para la presentación de los resultados del proyecto internacional antes expuesto. Con ello no sólo se aportan elementos importantes al debate, sino que además se refrenda uno de los principales compromisos que hemos suscrito desde los orígenes de nuestro instituto político y que ha estado presente en nuestro actuar cotidiano durante la LX Legislatura.

Objetivo

Enriquecer el debate legislativo de la ley de Ingresos de la Federación con la presentación de los resultados del análisis de género de los impuestos.

Programa

10:00 a 10:05 horas. Bienvenida a cargo de la diputada Marina Arvizu Rivas, coordinadora del Grupo Parlamentario Alternativa.

10:05 a 10:10 horas. Palabras de la diputada Maricela Contreras Julián, presidenta de la Comisión de Equidad y Género.

10:l0 a 10:25 horas. Introducción al tema "género e impuestos", por la doctora Caren Grown, coordinadora General, del proyecto Género e impuestos: Para mejorar la generación de ingresos y la protección social de países en desarrollo.

10:25 a 11:10 horas. Presentación de los resultados del estudio para México, maestra Lucía Pérez Fragoso.

Comentaristas: 11:l0 a 11:20 horas. Doctor José Antonio Meade, subsecretario de Ingresos de la SHCP.
11:20 a 11:30 horas. Diputado Jorge Estefan Chidiac, presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

11:30 a 11:40 horas. Doctor Héctor Juan Villarreal Páez, director del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas.
11:40 a 11:50 horas. Doctor Fausto Hernández Trillo, Centro de Investigación y Docencia Económicas, AC.

11:50 a 12:05 horas. Comentarios y opiniones del público.
12:05 a 12:15 horas. Clausura, por la diputada Elsa Conde Rodríguez, vicecoordinadora del Grupo Parlamentario de Alternativa.

Atentamente
Diputada Marina Arvizu Rivas
 
 

DEL CENTRO DE ESTUDIOS SOCIALES Y DE OPINIÓN PÚBLICA

Al seminario internacional Comunicación para el Poder Legislativo: la opinión pública, los medios y la coyuntura de crisis que, en coordinación con The George Washington University, se llevará a cabo el 4, 5 y 11 de septiembre, de las 10:00 a las 19:00 horas, en los salones 1 y 2 del edificio I (de los centros de estudios).

Objetivo

Proporcionar a diputados federales, personal técnico legislativo y público interesado conocimientos suficientes para evaluar y analizar la opinión pública en los siguientes rubros:

• Su importancia en la vida política nacional.
• Su efecto en los sistemas de pesos y contrapesos del Poder Legislativo.

• Su efecto como factor para la comunicación de partidos y líderes políticos.
• Su efecto en los procesos de información que pueden derivar en crisis de comunicación o en oportunidades de posicionamiento positivo para el legislador.

Programa, expositores y temas

Segunda sesión: Entrenamiento mediático para legisladores

Jueves 4 de septiembre

17:00 a 19:30 horas. Jorge Santiago Barnés (España), GWU: Teoría sobre el manejo de medios para personajes públicos. Viernes 5 de septiembre 10:00 a 18:00 horas. Gloria Ramírez (Colombia), GWU: Prácticas sobre el manejo de medios. Tercera sesión: Manejo de crisis desde el Poder Legislativo

Jueves 11 de septiembre

10:00 a 13:45 horas. José Carreño, UIA: Introducción a la crisis de la comunicación.
13:45 a 15:15 horas. Comida.

15:15 a 17:00 horas. Rafael Reyes Arce, GWU, y Jorge Rojas, UIA: Elaboración de tablero de riesgos.
17:15 a 19:00 horas. Roberto Izurieta, GWU: Manejo de crisis: casos de éxito y recomendaciones prácticas.

Información: Cámara de Diputados. Avenida Congreso de la Unión 66, edificio I, primer piso. Teléfono 50-36-00-00, extensión 55243.

Atentamente
Licenciado Arturo Maldonado Tapia
Encargado de la Dirección General
 
 

DE LA COMISIÓN DE CULTURA

A la exposición Manos elocuentes, que permanecerá del lunes 8 al viernes 12 de septiembre en el vestíbulo principal donde se inaugurará el martes 9, a las 12:00 horas.

Atentamente
Diputado Emilio Ulloa Pérez
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE CITRICULTURA

Al foro Retos y perspectivas para la industria de jugos en México y el mundo, que se llevará a cabo el miércoles 10 de septiembre, a partir de las 9:00 horas, en el auditorio E.

Objetivos

Dar a conocer la importancia de los jugos de fruta desde las perspectivas de salud (nutricional) y de desarrollo agrícola y económico. Asimismo, abordar el aspecto regulatorio en el ámbito internacional.

Patrocinadores

Cámara de Diputados: Comisión Especial de Citricultura
Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria

Universidad Nacional Autónoma de México
Sociedad Mexicana de Salud Pública

Fundación Mídete
Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria

Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias
Congreso Citrícola Mexicano

Agenda

9:00-9:30 horas
Registro de participantes.

9:30-10:00 horas
Inauguración.

10:00-11:15 horas
Mesa 1. "La producción de jugos y el mercado nacional e internacional de fruta".

11:15-11:30 horas
Receso.

11:30-13:00 horas
Mesa 2. "Los jugos como parte de una dieta saludable".

13:00-14:45 horas
Mesa 3. "Regulación en materia de jugos: experiencia internacional y perspectivas de normatividad en México".

Atentamente
Diputado Pedro Montalvo Gómez
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE TURISMO

Al foro Valuación y transparencia en los créditos garantizados, que se realizará el miércoles 10 de septiembre, a las 11:00 horas, en el salón Legisladores de la República, situado en el segundo piso del edificio A.

El foro comprende tres mesas:

Mesa I. La valuación en México: antecedentes y marco jurídico.

Mesa II. Importancia de la cédula profesional de posgrado y certificación.
2.1. Deficiencias de la Ley Federal de Transparencia y Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado.
2.2. Prácticas de la valuación en México.

Mesa III. Propuestas legislativas.

Atentamente
Diputado Octavio Martínez Vargas
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE CULTURA

A la exposición Visión regia, que permanecerá del lunes 22 al viernes 26 de septiembre en el vestíbulo principal, donde se inaugurará el martes 23, a las 12:00 horas.

Atentamente
Diputado Emilio Ulloa Pérez
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE CULTURA

A la Semana Palestina en México, que permanecerá del lunes 22 al viernes 26 de septiembre en el vestíbulo principal, donde se inaugurará el martes 23, a las 13:00 horas.

Atentamente
Diputado Emilio Ulloa Pérez
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS

Al Diplomado de derechos humanos especializado en los derechos de la mujer, que –en colaboración con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y con la participación del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género– se llevará a cabo los martes y miércoles comprendidos del 23 de septiembre al 10 de diciembre, de las 16:00 a las 20:00 horas, en el auditorio norte (edificio A, segundo piso).

Programa de actividades

23 de septiembre. Mensaje de inauguración. Conferencia magistral, por el licenciado Jesús Naimé Libién.

23 y 24 de septiembre. Primer módulo: Evolución histórica, concepto y fundamentación de los derechos humanos.
1 y 2 de octubre. Segundo módulo: Los derechos humanos en el sistema jurídico mexicano.

7 y 8 de octubre. Tercer módulo: La protección no jurisdiccional de los derechos humanos.
14 y 15 de octubre. Cuarto módulo: La protección jurisdiccional de los derechos humanos.

21 y 22 de octubre. Quinto módulo: Protección internacional y regional de los derechos humanos.
28 y 29 de octubre. Sexto módulo: Grupos en situación de vulnerabilidad.

4 y 5 de noviembre. Séptimo módulo: Hombres y mujeres, equidad y nuevos roles de género.
11 y 12 de noviembre. Octavo módulo: Educación con equidad y perspectiva de género.

18 y 19 de noviembre. Noveno módulo: Violencia familiar y derechos humanos; contra la violencia, eduquemos con equidad.
25 y 26 de noviembre. Décimo módulo: Mujeres migrantes y sus derechos humanos.

2 y 3 de diciembre. Undécimo módulo: Discriminación y derechos humanos, mujeres trabajadoras, feminización de la pobreza.
9 de diciembre. Duodécimo módulo: Legislar con perspectiva de género.

10 de diciembre. Presentación de Nuestros derechos, disco compacto elaborado por la CNDH. Clausura.

Claustro de profesores

Licenciado Jesús Naimé Libién, doctor Rigoberto Ortiz Treviño, doctor Armando Hernández Cruz, doctor Rafael Torres Hinojosa, doctor Rogelio Omar Chávez Moreno, doctor Ricardo Ruiz Carbonel, licenciada María José Franco Rodríguez, licenciada Guadalupe Vega Ramírez, licenciada Julia Ley Rojas, maestra Consuelo Olvera Treviño, licenciada María Eugenia Ávila López, Lourdes Pacheco Ladrón de Guevara, licenciado Jorge Elliot Rodríguez, maestra Nuria Gabriela Hernández, maestra María de los Ángeles Corte Ríos.

Requisitos

• Tener licenciatura en derecho o humanidades (copia del título o cédula).
• Presentar copia de credencial de elector.
• Llenar solicitud.
Informes e inscripciones

Oficina de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, avenida Congreso de la Unión 66, colonia El Parque, delegación Venustiano Carranza, México, DF, edificio A, segundo piso, de las 10:00 a las 17:00 horas. Teléfono 5628 1300, extensión 8204. Correo electrónico: diplomadomujer2008@hotmail.com

Atentamente
Diputada Omeheira López Reyna
Presidenta
 
 

DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE ESTUDIOS DE LAS POLÍTICAS PARA LA MIGRACIÓN INTERNA

Al diplomado Construyendo un nuevo federalismo: transformación e integración del desarrollo regional que, en coordinación con la Escuela de Graduados en Administración y Política Pública del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, se llevará a cabo hasta el sábado 24 de enero, en el Palacio Legislativo de San Lázaro.

El diplomado se llevará a cabo en colaboración con la Federación Nacional de Municipios de México, AC; la Asociación de Municipios de México, AC; y la Asociación de Autoridades Locales de México, AC; y está dirigido a legisladores, asesores parlamentarios, estudiantes e investigadores (de ciencias políticas, administración pública, derecho, sociología, economía y antropología), funcionarios públicos, académicos y personas relacionadas con los temas de diseño, gestión y administración de los fenómenos de la migración, el desarrollo urbano, el gobierno metropolitano, el desarrollo regional y el desarrollo social.

Informes

En los teléfonos 5628 1300, extensiones 3856, 3836, 58215, 58216 y 58217; 01 800 718 4291, 04455 3666 5185, 04455 3225 1261; y en las direcciones de correo electrónico conocimientoglobal@yahoo.com y comisionespecial.migracioninterna@congreso.gob.mx, así como en la Comisión Especial de estudios de las políticas para la migración interna, edificio F, planta baja, Palacio Legislativo de San Lázaro.

Se otorgará constancia con valor curricular.

Metodología

Se realizarán cinco módulos con 20 sesiones de trabajo, los viernes de 15:00 a 20:00 horas, y los sábados de 9:00 a 14:00 horas.

Módulo I. Los procesos de urbanización y metropolización
Fechas: 29 y 30 de agosto, y 12 y 13 de septiembre.

Ejes temáticos

Actualidad de la emigración campo-ciudad.
Marginalidad urbana y pobreza.
La formación de regiones metropolitanas.
Módulo II. Mecanismos de integración y de exclusión económica y social. Habitabilidad, servicios públicos, financiamiento para el desarrollo
Fechas: 26 y 27 de septiembre, y 10 y 11 de octubre.

Ejes temáticos

Realidad de la integración campesina e indígena en las ciudades.
Repensar el modelo de ciudades, con perspectiva humana.
Reingeniería de servicios públicos municipales.
Alternativas de financiamiento para los nuevos retos del desarrollo urbano.
Módulo III. Empleo y bienestar en las regiones
Fechas: 24 y 25 de octubre, y 7 y 8 de noviembre.

Ejes temáticos

Flujos migratorios y perspectivas de crecimiento económico.
Economía, política y desarrollo social regional en México.
Capacidad institucional de impulso al desarrollo.
Módulo IV. Emigración e inmigración: remesas y desarrollo local
Fechas: 21 y 22 de noviembre, y 5 y 6 de diciembre.

Ejes temáticos

Geopolítica de la movilidad interna y externa.
Perspectiva del aprovechamiento de las remesas en el desarrollo local.
Finanzas, federalismo y desarrollo.
Módulo V. Políticas para la gobernalidad, la democracia y la coordinación federalista
Fechas: 9, 10, 23 y 24 de enero de 2009.

Ejes temáticos

Delincuencia y conflicto social.
Derechos cívicos, políticos, económicos y sociales.
El papel de los tres niveles de gobierno en un nuevo desarrollo regional.
Atentamente
Diputado Raúl Ríos Gamboa
Presidente