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Comunicaciones oficiales

De la Junta de Coordinación Política

Palacio Legislativo de San Lázaro.- Ciudad de México, a 4 de febrero de 2022.

Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna

Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, numeral 1, inciso c, y en el marco de lo dispuesto por el artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito solicitar a usted proceda a realizar los movimientos en comisiones ordinarias solicitadas por el coordinador del Grupo Parlamentario de Morena.

• Que la diputada Martha Alicia Arreola Martínez cause baja como secretaria de la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

• Que la diputada Martha Alicia Arreola Martínez cause alta como integrante en la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

• Que la diputada Laura Imelda Pérez Segura cause baja como integrante de la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

• Que la diputada Laura Imelda Pérez Segura cause alta como secretaria en la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Lo anterior, para los efectos legales a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Respetuosamente

Atentamente

Diputado Rubén Moreira Valdez (rúbrica)

Presidente


Palacio Legislativo de San Lázaro Ciudad de México, 4 de febrero de 2022.

Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna

Presidente de la Mesa Directiva

H. Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, numeral 1, inciso c; y en el marco de los dispuesto por el artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso, General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito solicitar a usted se procedan a realizar los movimientos en comisiones ordinarias solicitadas por el Coordinador del Grupo Parlamentario de Morena.

• Que el diputado Jesús Roberto Briano Borunga cause baja como integrante de la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad.

• Que el diputado Jesús Roberto Briano Borunga cause alta como integrante de la Comisión de Deporte.

• Que el diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas cause baja como integrante de la Comisión de Infraestructura.

• Que el diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas cause alta como integrante de la Comisión de Deporte.

• Que la diputada Nelly Minerva Carrasco Godínez cause baja como integrante de la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento.

• Que la diputada Nelly Minerva Carrasco Godínez cause alta como integrante de la Comisión de Deporte.

• Que la diputada Flor Ivone Morales Miranda cause baja como integrante de la Comisión de Economía Social y Fomento del Cooperativismo.

• Que la diputada Flor Ivone Morales Miranda cause alta como integrante de la Comisión de Movilidad.

Lo anterior, para los efectos legales a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente

Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica)

De los diputados Jorge Arturo Espadas Galván, Jorge Álvarez Máynez y Paloma Sánchez Ramos, por las que solicitan el retiro de iniciativas

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de febrero de 2022.

Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Por este conducto y de conformidad con lo establecido por el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, atentamente solicito tenga a bien girar sus amables instrucciones, a efecto de retirar las siguientes iniciativas, las cuales fueron turnadas el pasado periodo ordinario de sesiones, mismas que a continuación se detallan:

109. 25 de noviembre (07) Que reforma y adiciona los artículos 12 del Código Penal Federal y 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, suscrita por la diputada Kathia María Bolio Pinelo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (turno a comisión).

98. 24 de noviembre (08) Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y del Código Civil Federal, suscrita por la diputada Kathia María Bolio Pinelo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (turno a comisión).

Lo anterior, con la atenta súplica de que sean retiradas y actualizados los registros parlamentarios.

Sin otro particular, quedo de usted, para cualquier comentario al respecto.

Atentamente

Diputado Jorge Arturo Espadas Galván (rúbrica)

Vicecoordinador de Proceso Legislativo del Grupo Parlamentario del PAN


Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de febrero de 2022.

Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Por medio del presente y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 77, numeral 2, y el artículo 79, numeral 2, fracción VII, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitarle gire sus apreciables instrucciones para que sea retirado el siguiente asunto:

Iniciativa de ley publicada en la Gaceta Parlamentaria el 19 de enero de 2022, con rubro:

• Que reforma y adiciona diversas disposiciones de Ley Federal del Trabajo, en materia de derecho al descanso y disfrute del tiempo libre en el trabajo, suscrita por diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Diputado Jorge Álvarez Máynez (rúbrica)

Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano


Palacio Legislativo, a 8 de febrero de 2022

Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Por medio de la presente me permito solicitar a usted, con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, gire sus amables instrucciones a quien corresponda, a efecto de que sea retirada la siguiente iniciativa:

Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, en materia de promoción y fomento al turismo.

La cual fue presentada el pasado 15 de diciembre del 2021 y turnada a la Comisión de Turismo.

Sin otro particular, le mando un cordial saludo, no sin antes agradecer la atención que se sirva dar a la presente.

Atentamente

Diputada Paloma Sánchez Ramos (rúbrica)

De la Cámara de Senadores, con la cual devuelve para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de medicina tradicional y complementaria

Ciudad de México, a 2 de febrero de 2022.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presente

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Salud; y de Estudios Legislativos, Segunda, por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de medicina tradicional complementaria, con el número CD-LXIV-III-2P-386, remitida el 22 de abril de 2021.

En consecuencia, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito devolver a ustedes el expediente respectivo.

Atentamente

Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica)

Secretaria

De la Cámara de Senadores, con la cual devuelve para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 51 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos

Ciudad de México, a 2 de febrero de 2022.

Secretarios de la Mesa Directiva

Cámara de Diputados

Presente

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Cultura, y de Estudios Legislativos, por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 51 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, con número CD-LXIV-III-2P-370, remitida el 13 de abril de 2021.

En consecuencia, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito devolver a ustedes el expediente respectivo.

Atentamente

Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica)

Secretaria

De la Cámara de Senadores, con la cual devuelve para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal

Ciudad de México, a 2 de febrero de 2022.

Secretarios de la Mesa Directiva

Cámara de Diputados

Presente

Me permito comunicar ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación; y de Estudios Legislativos, Primera, por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se expedía la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, remitida el 29 de abril de 2015.

En consecuencia, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito devolver a ustedes el expediente respectivo.

Atentamente

Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica)

Secretaria

De la Cámara de Senadores, con la cual devuelve para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XIX al artículo 37 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

Ciudad de México, a 2 de febrero de 2022.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de diputados

Presente

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Estudios Legislativos, Primera, por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se adicionaba una fracción XIX al artículo 37 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, remitida el 29 de septiembre de 2014.

En consecuencia, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito devolver a ustedes el expediente respectivo.

Atentamente

Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica)

Secretaria

De la Cámara de Senadores, con la cual devuelve para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 6 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa

Ciudad de México, a 2 de febrero de 2022.

Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Juventud y Deporte, y de Estudios Legislativos, Primera, por el que se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 6 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa con número CD-LXIII-II-1P-130, remitida el 20 de diciembre de 2016. Exp. 4394 LXIII.

En consecuencia, para los efectos de lo dispuesto por la fracción d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito devolver a ustedes el expediente respectivo.

Atentamente

Senadora Verónica Noemí Camino Farjat (rúbrica)

Secretaria

De la Consejería Jurídica de Oaxaca, con la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, sobre las herramientas digitales para garantizar los derechos a la educación y la salud

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de febrero de 2022.

Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna

Presidente de la Mesa Directiva

Presente

Por medio del presente, le hago de su conocimiento el envío de un documento que me fue remitido, sobre respuesta de punto de acuerdo y acuse de recibo, el cual me permito mencionar a continuación:

• Oficio número DGPL 65-II-1-265, enviado por la licenciada Maricarmen Cejudo Gallardo, directora general de Supervisión y Desarrollo Institucional de la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado de Oaxaca.

Sin más por el momento, aprovecho para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Diputada Marcela Guerra Castillo (rúbrica)

Vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados


Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, enero 20 de 2022.

Diputada Marcela Guerra Castillo

Vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Palacio Legislativo de San Lázaro

Distinguida Diputada:

Por instrucciones del maestro José Octavio Tinajero Zenil, consejero jurídico del Gobierno del estado , con fundamento en lo dispuesto por los artículos 98 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 49, párrafo primero, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, se da respuesta al oficio DGPL 65-II-1-265 , mediante el cual se comunica al titular del Poder Ejecutivo del estado, punto de acuerdo.

Sobre el particular, se adjunta lo siguiente:

• Oficio número IEEPO/DSJ/059/2022 y anexos , signados por el encargado de la Dirección de Servicios Jurídicos del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca.

Por lo que se solicita se tenga al titular del Poder Ejecutivo del Estado, cumpliendo con lo exhortado en el diverso de cuenta.

Sin otro particular, le reitero mi más alta y distinguida consideración.

Atentamente

Licenciada Maricarmen Cejudo Gallardo (rúbrica)

Directora General de Supervisión y Desarrollo Institucional de la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado

De la Secretaría de Bienestar, con la cual remite el cuarto informe trimestral de los informes que contienen la planeación de los recursos del FAIS

Ciudad de México, a 31 de enero de 2022.

Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna

Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados

Presente

Le saludo cordialmente, al tiempo y en cumplimiento con lo establecido en el artículo 75 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, me permito enviarle en archivo anexo los informes que contienen la planeación de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS), correspondientes al cuarto trimestre de 2021.

Dichos informes corresponden a cada uno de los componentes del FAIS: Fondo para la Infraestructura Social Estatal (FISE) y Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF), mismos que son reportados a la Secretaría de Bienestar, en la Matriz de Inversión para el Desarrollo Social (MIDS) por las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México; y posteriormente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el Sistema de Recursos Federales Transferidos (SRFT).

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.

Atentamente

Cecilia Fernández Garelli (rúbrica)

Directora General

Del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, con la que remite el informe de labores correspondiente a 2021

Ciudad de México a 27 de enero de 2022.

Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna

Presidente de la Mesa Directiva

Cámara de Diputados

Presente

Muy estimado diputado Presidente:

En atención y cumplimiento al esquema de escrutinio y rendición de cuentas previsto por el artículo sexto, apartado A, fracción octava de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como lo estipulado en los; artículos 41, fracción X, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y 24 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 39, fracción VIII, de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, en los que se instruye al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) a rendir un informe anual al Senado de la República, me dirijo a usted, en representación de las y los integrantes del Pleno del INAI, para hacerle llegar un ejemplar, el cual comprende el periodo del mes de octubre 2020 a septiembre 2021 (en los términos de la normatividad vigente); en el que se da cuenta del estado que guarda la transparencia y el ejercicio de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales en nuestro país, así como las acciones implementadas por este Instituto para su fortalecimiento.

Finalmente, no pasa desapercibido mencionar que, si bien se atiende al mandato constitucional que impone el deber a este Organismo Constitucional Autónomo de rendir cuentas a través de un informe anual bajo las formalidades previstas para tal efecto, las y los Comisionados de este Instituto consideramos de particular interés socializar este mecanismo que transparenta su gestión con la Cámara de Diputados.

Sin otro particular, hago propicia la oportunidad para hacerle llegar un cordial y respetuoso saludo.

Atentamente

Blanca Lilia Ibarra Cadena (rúbrica)

Comisionada Presidenta

De la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con la cual remite acuerdo aprobado por el Consejo de Coordinación para la Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral donde se solicita al Congreso de la Unión que modifique el artículo quinto transitorio del decreto del 1 de mayo de 2019, a fin de prorrogar el plazo de inicio de funciones de las instituciones laborales locales en las entidades federativas de la tercera etapa al 3 de octubre de 2022

Ciudad de México, a 8 de febrero de 2022.

Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna

Presidente de la Mesa Directiva

H. Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en el artículo Décimo Séptimo transitorio, párrafos cuarto, fracciones I y II, y quinto del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva; y los diversos 6 y 10, fracciones I, II, III y XIII de los Lineamientos para la operación del Consejo de Coordinación para la Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral, me permito comunicarle que el pasado 18 de enero de 2022, en su Primera Sesión Ordinaria 2022, el Consejo de Coordinación para la Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral aprobó por unanimidad el Acuerdo 02-18/01/2022, mediante el cual se solicita respetuosamente al Congreso de la Unión:

"... realizar la modificación al plazo legal de inicio de actividades de los Centros de Conciliación Locales y los Tribunales Laborales del Poder Judicial de las Entidades Federativas establecido en el artículo Quinto Transitorio del Decreto de Reforma Laboral publicado el 1° de mayo de 2019, señalando como nuevo plazo el 3 de octubre de 2022, con el objetivo de que las Entidades Federativas cuenten con las condiciones materiales y financieras necesarias para la adecuación, equipamiento, habilitación e inicio de funciones de las nuevas instituciones laborales locales que comprenden la Tercera Etapa, simultáneamente con las instituciones laborales federales que corresponden a la misma conforme a la Estrategia Nacional de Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral."

Adjunto copia del acuerdo de referencia, agradeciendo de antemano el trámite que le dispense y reiterándome a la orden para cualquier aclaración sobre el particular.

Atentamente

Luisa María Alcalde Luján

Secretaria del Trabajo y Presidenta del Consejo de Coordinación
para la Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral



Minutas

Con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan los artículos 12 y 17 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios

Ciudad de México, a 2 de febrero de 2022.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presente

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 12 y 17 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.

Atentamente

Senadora María Celeste Sánchez Sugía (rúbrica)

Secretaria


PROYECTO DE DECRETO CS-LXV-I-2P-01

POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 12 Y 17 DE LA LEY ORGÁNICA DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS

Artículo Único. Se reforman los artículos 12, fracción III; y 17, párrafo primero y se adicionan los párrafos segundo y tercero recorriendo el actual segundo de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, para quedar como sigue:

Artículo 12. Para ser magistrado se deben reunir los siguientes requisitos:

I. y II. ...

III. Comprobar una práctica profesional mínima de cinco años en materia agraria; y

IV. ...

Artículo 17. Los magistrados rendirán su protesta ante la Cámara de Senadores o la Comisión Permanente, durarán en su encargo seis años; Al cabo del cual, en el caso de los magistrados numerarios del Tribunal Superior Agrario, podrán ser ratificados en una sola ocasión por un periodo de nueve años improrrogable.

Los magistrados de Tribunales Unitarios Agrarios y Supernumerarios, una vez concluido el tiempo de su encargo, podrán ser ratificados en una sola ocasión por un periodo de nueve años improrrogable o bien ser propuestos como Magistrados del Tribunal Superior Agrario, por un periodo de nueve años improrrogable. En ningún caso el cargo de magistrado agrario excederá de quince años.

Para las designaciones a que se refiere el presente artículo, el titular del Ejecutivo Federal acompañará una justificación de la idoneidad de las propuestas, para lo hará constar la trayectoria profesional y académica de la persona propuesta, a efecto de que sea valorada dentro del procedimiento de ratificación por parte del Senado. Para ello, conforme a la normatividad de ese Órgano Legislativo, se desahogaran las comparecencias correspondientes, en que se garantizará la publicidad y transparencia de su desarrollo.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- Ciudad de México, a 2 de febrero de 2022.

Senadora Olga Sánchez Cordero Dávila (rúbrica)

Presidenta

Senadora María Celeste Sánchez Sugía (rúbrica)

Secretaria

Con proyecto de decreto, por el que se adiciona la fracción XXI al artículo 3 de la Ley de Aguas Nacionales

Ciudad de México, a 2 de febrero de 2022.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presente

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XXI al artículo 3 de la Ley de Aguas Nacionales, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.

Atentamente

Senadora María Celeste Sánchez Sugía (rúbrica)

Secretaria


PROYECTO DE DECRETO CS-LXV-I-2P-02

POR EL QUE SE ADICIONA LA FRACCIÓN XXI AL ARTÍCULO 3 DE LA LEY DE AGUAS NACIONALES.

Artículo Único. Se adiciona una fracción XXI al artículo 3, recorriendo en su orden las subsecuentes, de la Ley de Aguas Nacionales, para quedar como sigue:

Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. a XX. ...

XXI. “Desalinización”: Quitar la sal del agua del mar o de las aguas salobres, mediante métodos físicos o químicos, para hacerlas potables o útiles para otros fines;

XXII. a LXVII. ...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 2 de febrero de 2022.

Senadora Olga Sánchez Cordero Dávila (rúbrica)

Presidenta

Senadora María Celeste Sánchez Sugía (rúbrica)

Secretaria

Con proyecto de decreto, por el que se reforma el artículo 17 de la Ley de Aguas Nacionales

Ciudad de México, a 2 de febrero de 2022.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presente

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 17 de la Ley de Aguas Nacionales, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.

Atentamente

Senadora María Celeste Sánchez Sugía (rúbrica)

Secretaria


PROYECTO DE DECRETO CS-LXV-I-2P-03

POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 17 DE LA LEY DE AGUAS NACIONALES.

Artículo Único. Se reforma el artículo 17 de la Ley de Aguas Nacionales, para quedar como sigue:

Artículo 27. Es libre la explotación, uso y aprovechamiento de las aguas nacionales superficiales por medios manuales para uso doméstico conforme a la fracción LVI del artículo 3 de esta Ley, siempre que no se desvíen de su cauce ni se produzca una alteración en su calidad o una disminución significativa en su caudal, en los términos de la reglamentación aplicable.

No se requerirá concesión para la extracción de aguas marinas interiores y del mar territorial, para su explotación, uso o aprovechamiento, salvo aquellas que tengan como fin la desalinización, las cuales serán objeto de concesión.

La desalinización de las aguas marinas interiores y del mar territorial, para uso o aprovechamiento agrícola y doméstico, quedan libres de concesión.

La desalinización de las aguas marinas interiores y del mar territorial para explotación, uso o aprovechamiento en actividades industriales, requerirán de concesión.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Comisión Nacional del Agua, son las responsables de la supervisión y monitoreo de la operación del proceso de desalinización, así como del manejo y disposición de las aguas residuales, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables en materia ambiental y conforme a las normas oficiales mexicanas en materia de aguas residuales.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 2 de febrero de 2022.

Senadora Olga Sánchez Cordero Dávila (rúbrica)

Presidenta

Senadora María Celeste Sánchez Sugía (rúbrica)

Secretaria

Con proyecto de decreto, por el que se adiciona el artículo 5 Bis de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores

Ciudad de México, a 2 de febrero de 2022.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presente

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 5 Bis de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.

Atentamente

Senadora María Celeste Sánchez Sugía (rúbrica)

Secretaria


PROYECTO DE DECRETO CS-LXV-I-2P-04

POR EL QUE SE ADICIONA EL ARTÍCULO 5 BIS A LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES.

Artículo Único. Se adiciona el artículo 5 Bis a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para quedar como sigue:

Artículo 5o. Bis. Las personas adultas mayores de sesenta y ocho años tienen derecho a recibir por parte del Estado una pensión no contributiva de conformidad con el párrafo décimo quinto del artículo 4o. Constitucional. En el caso de las personas indígenas y afrodescendientes esta prestación se otorgará a partir de los sesenta y cinco años de edad.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las acciones que, en cumplimiento a lo dispuesto en este decreto, se sujetarán a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para dichos fines en el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio y a las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

El monto de los recursos asignados, en el Presupuesto de Egresos de la Federación y en el presupuesto de las entidades federativas del ejercicio fiscal que corresponda, para el programa de apoyo económico de la pensión no contributiva, no podrá ser disminuido, en términos reales, respecto del que se haya asignado en el ejercicio fiscal inmediato anterior.

Tercero. El monto de la pensión no contributiva a que se refiere el presente decreto, se actualizará considerando el Padrón de Personas Derechohabientes a cargo de la Secretaría de Bienestar.

Salón de sesiones de honorable Cámara de Senadores.- Ciudad de México, a 2 de febrero de 2022.

Senadora Olga Sánchez Cordero Dávila (rúbrica)

Presidenta

Senadora María Celeste Sánchez Sugía (rúbrica)

Secretaria

Con proyecto de decreto, por el que se reforman diversas disposiciones de las Leyes del Seguro Social, y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Ciudad de México, a 2 de febrero de 2022.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presente

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.

Atentamente

Senadora María Celeste Sánchez Sugía (rúbrica)

Secretaria


PROYECTO DE DECRETO CS-LXV-I-2P-05

POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL Y DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.

Artículo Primero. Se adiciona una fracción XXXVII recorriéndose la actual para pasar a ser fracción XXXVIII del artículo 251 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 251. ...

I. a XXXV. ...

XXXVI. Prestar servicios a quienes no sean sus derechohabientes, a título oneroso, a efecto de utilizar de manera eficiente su capacidad instalada y coadyuvar al financiamiento de su operación y mantenimiento, siempre que ello no represente menoscabo en la calidad y calidez del servicio que debe prestar a sus derechohabientes;

XXXVII. Promover la incorporación, use y aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones en la prestación de los servicios y el otorgamiento de seguros y prestaciones a su cargo, en beneficio de su población derechohabiente y beneficiaria, y

XXXVIII. Las demás que le otorguen esta Ley, sus reglamentos y cualesquiera otra disposición aplicable.

Artículo Segundo. Se adiciona una fracción XI recorriéndose la actual para pasar a ser fracción XII del artículo 208 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:

Artículo 208. ...

I. a IX. ...

X. Realizar toda clase de actos jurídicos y celebrar los contratos que requieran los seguros, prestaciones y servicios previstos en esta Ley;

XI. Promover la incorporación, uso y aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones en la prestación de los servicios y el otorgamiento de seguros y prestaciones a su cargo, en beneficio de su población derechohabiente, y

XII. Las demás funciones que le confieran esta Ley y sus reglamentos.

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las acciones que, en cumplimiento a lo dispuesto en este decreto y en razón de su competencia, corresponda ejecutar a los institutos de seguridad social referidos, se sujetarán a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para dichos fines en el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio fiscal y a las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, por lo que no se autorizaran recursos adicionales para tales efectos, para el presente ejercicio fiscal ni subsecuentes.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- Ciudad de México, a 2 de febrero de 2022.

Senadora Olga Sánchez Cordero Dávila (rúbrica)

Presidenta

Senadora María Celeste Sánchez Sugía (rúbrica)

Secretaria