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Comunicaciones oficiales

De la Secretaría de Gobernación, con la que envía el informe semestral enero-junio de 2012 sobre el avance y estado que guarda el proceso de liquidación de Ferrocarriles Nacionales de México

México, DF, a 1 de noviembre de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Congreso de la Unión

Presentes

Por este conducto me permito hacer de su conocimiento que mediante oficio número 4.3. 771 /2012, el licenciado Arturo Rivera Magaña, director general de Transporte Ferroviario y Multimodal de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, envía el informe semestral sobre el avance y estado que guarda el proceso de liquidación de Ferrocarriles Nacionales de México, correspondiente al periodo enero-junio de 2012.

Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por la fracción XIV del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, les acompaño para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido, así como el anexo que en el mismo se cita.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Antonio Hernández Legaspi (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la modificación de los artículos transitorios de las NOM-005-SCFI-2011 y NOM-185-SCFI-2012, sobre las especificaciones y la verificación de los dispensarios para el despacho de gasolina y diesel

México, DF, a 31 de octubre de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-8-0161 signado por el diputado Francisco Arroyo Vieyra, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 100.2012.DGE.600 suscrito por la maestra Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández, directora general de Enlace de la Secretaría de Economía, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a la modificación de los artículos transitorios de las NOM-005-SCFI-2011 y NOM-185-SCFI-2012.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Antonio Hernández Legaspi (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace


México, DF, a 29 de octubre de 2012.

Maestro Antonio Hernández Legaspi

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

En atención al oficio SEL/UEL/311/2864/12, del 12 de octubre del año en curso, me permito enviar respuesta al punto de acuerdo aprobado por la honorable Cámara de Diputados por el que exhorta a la Secretaría de Economía, para que modifique los artículos transitorios de las NOM-005-SCFI-2011 y NOM-185-SCFI-2012 con el fin de que se prorrogue su entrada en vigor, cuando menos, por 180 días naturales más, toda vez que los proveedores y técnicos especializados no cuentan con la capacidad e infraestructura de servicio necesaria para desplegar la actualización requerida para el total de gasolineras del país.

Al respecto, la Subsecretaría de Competitividad y Normatividad informa que conforme a la NOM 005, vigente desde 2005, que regula las especificaciones y la verificación de los dispensarios para el despacho de gasolina y diesel, no es obligatorio que éstos cuenten con los instrumentos que transparenten su operación (aditamentos de confiabilidad), y tampoco existe ninguna norma que regule el software (programas informáticos) que envía las instrucciones para su operación. Dicha circunstancia, a pesar de que el artículo 9 del Estatuto Orgánico de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) define que, a través de la Dirección General de Verificación de Combustibles, se realizan verificaciones a Estaciones de Servicio, para constatar el cumplimiento de las leyes y normas en el rubro, ha evitado en el pasado que haya la posibilidad de verificar el historial de operación de los dispensarios, ni el software que controla los dispensarios, y, con ello, proteger de manera más eficaz a los consumidores de gasolina y diesel.

Cabe señalar, empero, que de 2008 a 2010 la Procuraduría en mención in movilizó el 26.02 por ciento de dispensarios de las estaciones verificadas, documentándose una afectación al consumidor por combustible pagado y no entregado de 622 millones de pesos anuales. Es por esto, que desde el 26 de octubre del presente año entró en vigor la modificación a la Norma Oficial Mexicana 005 (NOM005) y la nueva Norma Oficial Mexicana 185 (NOM185), que protegerán el bolsillo de los consumidores garantizándoles a plenitud que a partir de esta fecha recibirán completo el combustible que pagan en las gasolineras.

No omito señalar que los trabajos para la modificación de las normas referidas comenzó en el mes de noviembre de 2010 y en los trabajos participaron además del Comité de Normas de la Secretaría de Economía, diferentes asociaciones de gasolineros e instancias empresariales como la Organización Nacional de Expendedores de Petróleo, AC, y la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco-Servitur). En consecuencia, con la nueva normatividad la Profeco tendrá facultades legales plenas para verificar los 43 mil dispensarios o bombas de combustible que operan en todo el país, y sancionar, multar y clausurar a aquellas gasolineras que no cumplan con lo establecido por las nuevas normas oficiales mexicanas.

Derivado de esta situación los dispensarios o bombas de combustible de las 10 mil gasolineras del país podrán contar con aditamentos y software que impedirá la manipulación en perjuicio de los compradores de gasolina y diesel. Con ello se generará a los consumidores un beneficio de aproximadamente 3 mil 111 millones de pesos durante los 5 años que estará en vigor. Se calcula que el sector gasolinero invertirá en total mil quinientos cuarenta millones de pesos, pero el beneficio para el consumidor de gasolina y diesel será más del doble. Cabe hacer mención que según cifras del Inegi de 2007 a 2010 ha aumentado el número potencial de clientes para las estaciones de gasolina, con los beneficios que ello conlleva para el ramo.

Es importante precisar, por otra parte, que actualmente existen únicamente en operación 46 mil dispensarios en todo el país; y que al día de hoy, a partir de estimaciones más certeras, realizadas en coordinación con Pemex, se considera que sólo 5 mil dispensarios de ellos se deben remplazar y aproximadamente 35 mil dispensarios requieren actualizarse únicamente. Es decir, desde 2006 se realizaron esfuerzos para que los gasolineros incorporaran voluntariamente los aditamentos de confiabilidad que ahora serán obligatorios, destacando el hecho que en estos esfuerzos se ofrecieron incentivos fiscales que les permitían deducir el 100 por ciento de la inversión para remplazar los dispensarios en dos años.

Actualmente, la Secretaría de Economía, a través del Fideicomiso México Emprende, otorgó un fondo de garantía de 50 millones de pesos para apoyar a los empresarios gasolineros en equipamiento, remodelación y renovación de planta y equipo, adquisición de activos fijos y para capital de trabajo. Nacional Financiera, Nafin, por su parte, ya cuenta con la acreditación del Banco Santander como intermediario financiero para aplicar dicho fondo y facilitar el crédito a los empresarios. Este banco ya se encuentra operando y puede atender las solicitudes correspondientes. Adicionalmente, Nafin se encuentra trabajando con algunas otras instituciones bancarias en su acreditación, como lo es Banorte y Unión de Crédito de Gasolineros.

Ahora bien, dentro de los argumentos del exhorto aprobado por la Cámara de Diputados se señala que los proveedores y técnicos especializados no cuentan con la capacidad e infraestructura de servicio necesaria para desplegar la actualización requerida para el total de gasolineras del país. Sobre el punto, es importante apuntar que desde hace varios años en el mercado nacional están disponibles los dispensarios que ya cumplen con la nueva normatividad y pueden ser adquiridos en cualquier momento. Desde junio de 2012 se encuentran, en el sitio de internet de la Secretaría de Economía, los diversos paquetes de esclarecimiento que permiten adecuar los dispensarios instalados; y están disponibles en el mercado desde hace nueve meses. Una muestra de lo anterior es que desde el mes de febrero pasado diversas empresas familiares, Pyme, y grandes grupos, iniciaron ya el remplazo y adecuación de sus dispensarios con paquetes de esclarecimiento en sus gasolineras instaladas en todo el país. No obstante lo anterior, se tiene conocimiento que algunos empresarios gasolineros recibirán la instalación del escalamiento o del dispensario con posterioridad a la entrada en vigor de las normas.

Reconociendo estas dificultades, esta secretaría y la Profeco, implementarán un esquema de reconocimiento para identificar las estaciones de servicio que se encuentren en esta situación. Para la aplicación de dicho esquema será indispensable que las estaciones de servicio estén en los siguientes supuestos: i) que reporten a la Secretaría de Economía, directamente o a través de la organización en la que están agremiados, la fecha en que se contrató el escalamiento o remplazo de su dispensario y ésta sea anterior al 26 de octubre de 2012; ii) que den a conocer la fecha en que su distribuidor hará la instalación; y, iii) que cue’1ten con la documentación que acredite las fechas mencionadas.

De esta forma, tanto la Secretaría de Economía, como la Profeco, podrán garantizar la protección a los consumidores de combustible, sin dejar en estado de indefensión a los empresarios gasolineros.

Por lo anterior, y con fundamento en la fracción II del artículo 2 del Acuerdo por el que se establecen las funciones de las áreas de apoyo al Secretario de Economía para el cumplimiento de diversas atribuciones, le solicito atentamente haga del conocimiento de la Cámara de Diputados la información contenida en el presente, en la forma que usted estime conveniente.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.

Atentamente

Maestra Augusta Valentina Díaz de Rivera

Hernández (rúbrica)

Directora General de Enlace

(Se remite a las Comisiones de Energía y de Hacienda y Crédito Público, para su conocimiento.)

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a la defensa del principio de laicidad de la educación

México, DF, a 1 de noviembre de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-8-0057, signado por el diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número UR 120 UCE/CECU/0418/12, suscrito por el licenciado Gonzalo Altamirano Dimas, titular de la Unidad de Coordinación Ejecutiva de la Secretaría de Educación Pública, así como de su anexo mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a la defensa al principio de laicidad de la educación.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Antonio Hernández Legaspi (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo


México, DF, 29 de octubre de 2012.

Maestro Antonio Hernández Legaspi

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero a su atento oficio número SEL/UEL/311/2681/12, mediante el cual comunica el punto de acuerdo aprobado por la honorable Cámara de Diputados en la sesión del 13 de septiembre de 2012, referente al exhorto a esta Secretaría para que en el ámbito de su competencia y ante la ofensiva de que es objeto la educación pública, garantice su defensa, rechace toda intervención que pretenda vulnerar el principio de laicidad de la educación, así como la pretensión de privatizarla, promoviendo las acciones pertinentes para su fortalecimiento.

Atentamente

Licenciado Gonzalo Altamirano Dimas (rúbrica)

Titular de la Unidad de Coordinación Ejecutiva


México, DF, a 25 de octubre de 2012.

Licenciado Gonzalo Altamirano Dimas

Titular de la Unidad de Coordinación Ejecutiva

Presente

Me refiero a su atento oficio número UR 120 UCE/CECU/0377/12, referencia 0197, mediante el cual remitió a esta Unidad de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas copia simple del oficio número SEL/UEL/311/2681/12, mediante el cual la unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación hace del conocimiento el punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Cámara de diputados en la sesión del 13 de septiembre de 2012, que señala lo siguiente

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Educación Pública a que en el ámbito de su competencia y ante la ofensiva de que es objeto la educación pública, garantice su defensa y rechace toda intervención que pretenda vulnerar el principio de laicidad de la educación, así como toda pretensión de privatizarla, promoviendo las acciones pertinentes para su fortalecimiento.

Segundo . La Cámara de Diputados reconoce que los libros de Texto Gratuitos, constituyen un instrumento fundamental para la equidad y calidad de la educación pública; ésta constituye un derecho y es obligación del Estado garantizar el acceso de todos los mexicanas (sic) y mexicanos a una educación pública, laica y gratuita.

En cuanto al resolutivo primero en el que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública a que en el ámbito de su competencia y ante la ofensiva de que es objeto la educación pública, garantice su defensa y rechace toda intervención que pretenda vulnerar el principio de laicidad de la educación, así como toda pretensión de privatizarla, promoviendo las acciones pertinentes para su fortalecimiento, se comenta lo siguiente:

CPEUM

En primer término el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su parte conducente lo siguiente:

Artículo 3o. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado –federación, estados, Distrito Federal y municipios– impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior la educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica, ésta y la media superior serán obligatorias.

La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.

I. Garantizada por el artículo 24 la libertad de creencias, dicha educación será laica y, por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa;

II . El criterio que orientará a esa educación se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios

Además:

a) a c) . ...

III . ...

IV . Toda la educación que el Estado imparta será gratuita;

De lo citado con anterioridad y en uso del método de interpretación gramatical, el precepto constitucional señala en primera instancia que la educación que imparte el Estado, deberá tener como característica principal la laicidad, es decir; la función social del Estado de impartir educación debe ser independiente de cualquier organización o confesión religiosa.

En este mismo tenor, la fracción IV del artículo en comento alude a la educación gratuita como una característica más que conforma la base de la educación que imparte el Estado.

Ahora bien, es toral en el presente punto de acuerdo señalar el contenido del artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece lo siguiente:

Artículo 24. Todo hombre es libre para profesar la creencia religiosa que más le agrade y para practicar las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley.

El Congreso no puede dictar leyes que establezcan o prohíban religión alguna.

Los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos. Los que extraordinariamente se celebren fuera de éstos se sujetarán a la ley reglamentaria.

De lo anterior, y en uso del método gramatical, podemos denotar que el artículo 24 tiene contenido el principio de libertad religiosa, libertad de creencia y libertad de cultos.

Asimismo, en uso del método de interpretación sistemática el artículo en comento establece una serie de derechos como la libertad de creencias, su manifestación, la asociación con motivos religiosos, la no discriminación por tener alguna creencia especifica, la celebración del culto privado o en templos.

Cabe destacar, que el párrafo segundo expresamente señala que el Poder Legislativo no puede dictar leyes que prohíban o en su caso favorezcan religión alguna, con lo cual es posible constatar el principio de laicidad que debe privar en toda organización estatal.

En este orden de ideas, es necesario señalar el contenido del artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su parte conducente señala expresamente:

Artículo 130. El principio histórico de la separación del Estado y las iglesias orienta las normas contenidas en el presente artículo Las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a la ley.

Corresponde exclusivamente al Congreso de la Unión legislar en materia de culto público y de iglesias y agrupaciones religiosas. La ley reglamentaria respectiva, que será de orden público, desarrollará y concretará las disposiciones siguientes:

a) Las iglesias y las agrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan su correspondiente registro. La ley regulará dichas asociaciones y determinará las condiciones y requisitos para el registro constitutivo de las mismas.

b) Las autoridades no intervendrán en la vida interna de las asociaciones religiosas;

c) Los mexicanos podrán ejercer el ministerio de cualquier culto. Los mexicanos así como los extranjeros deberán, para ello, satisfacer los requisitos que señale la ley;

d) En los términos de la ley reglamentaria, los ministros de cultos no podrán desempeñar cargos públicos Como ciudadanos tendrán derecho a votar, pero no a ser votados. Quienes hubieren dejado de ser ministros de cultos con la anticipación y en la forma que establezca la ley, podrán ser votados,

e) Los ministros no podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna, Tampoco podrán en reunión pública, en actos del culto o de propaganda religiosa, ni en publicaciones de carácter religioso, oponerse a las leyes del país o a sus instituciones, ni agraviar, de cualquier forma los símbolos patrios.

Queda estrictamente prohibida la formación de toda clase de agrupaciones políticas cuyo título tenga alguna palabra o indicación cualquiera que la relacione con alguna confesión religiosa. No podrán celebrarse en los templos reuniones de carácter político.

La simple promesa de decir verdad y de cumplir las obligaciones que se contraen, sujeta al Que la hace, en caso de que faltare a ella, a las penas que con tal motivo establece la ley.

Los ministros de cultos, sus ascendientes, descendientes, hermanos y cónyuges, así como las asociaciones religiosas a que aquellos pertenezcan, serán incapaces para heredar por testamento, de las personas a quienes los propios ministros hayan dirigido o auxiliado espiritualmente y no tengan parentesco dentro del cuarto grado.

Los actos del estado civil de las personas son de la exclusiva competencia de las autoridades administrativas en los términos que establezcan las leyes, y tendrán la fuerza y validez Que las mismas les atribuyan.

Las autoridades federales, de los estados y de los municipios tendrán en esta materia las facultades y responsabilidades que determine la ley.

El artículo 130 establece expresamente la separación del Estado y las iglesias con base en el principio histórico, asimismo las iglesias y agrupaciones religiosas quedan sujetas a las disposiciones jurídicas aplicables a la materia.

De tal suerte se regula la facultad, del Congreso para legislar sobre la materia de culto público, así como de iglesias y agrupaciones religiosas de conformidad con la ley especial cuyo contenido debe obedecer a la personalidad jurídica de las asociaciones previo registro y con las condiciones y requisitos que la Ley de la materia establezca.

De igual forma el artículo en análisis alude a la no intervención de la vida interna de las asociaciones religiosas, el ejercicio de cualquier culto y sus requisitos, la prohibición de los ministros de culto para desempeñar cargos públicos, para asociarse con fines políticos, para heredar testamentaria mente, la taxativa de los actos civiles y su competencia.

Así las cosas, y como es posible observar, la normativa en comento establece diversas hipótesis que son fundamento de las disposiciones de orden público que deberán desarrollar y concretar por mandato constitucional la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

En consecuencia, consideramos importante hacer mención del contenido de las diversas disposiciones a que alude la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, a saber:

Artículo 1o. La presente ley, fundada en el principio histórico de la separación del Estado y las iglesias, así como en la libertad de creencias religiosas, es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de asociaciones, agrupaciones religiosas, iglesias y culto público. Sus normas son de orden público y de observancia general en el territorio nacional.

En este tenor, es factible percibir que la aplicación de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público corresponde al Poder Ejecutivo por conducto de la Secretaría de Gobernación.

De tal suerte que la misma normativa en análisis, regula una serie de infracciones y sanciones en el tenor siguiente:

Artículo 29. Constituyen infracciones a la presente ley, por parte de los sujetos a que la misma se refiere:

I. Asociarse con fines políticos, así como realizar proselitismo o propaganda de cualquier tipo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política algunos;

II. Agraviar a los símbolos patrios o de cualquier modo inducir a su rechazo;

III. Adquirir, poseer o administrar las asociaciones religiosas, por si o por interpósita persona, bienes y derechos que no sean, exclusivamente, los indispensables para su objeto, así como concesiones de la naturaleza que fuesen;

IV. Promover la realización de conductas contrarias a la salud o integridad física de los individuos;

V . Ejercer violencia física o presión moral, mediante agresiones o amenazas, para el logro o realización de sus objetivos;

VI. Ostentarse como asociación religiosa cuando se carezca del registro constitutivo otorgado por la Secretaría de Gobernación;

VII. Destinar los bienes que las asociaciones adquieran por cualquier titulo, a un fin distinto del previsto en la declaratoria de procedencia correspondiente;

VIII . Desviar de tal manera los fines de las asociaciones que éstas pierdan o menoscaben gravemente su naturaleza religiosa;

IX. Convertir un acto religioso en reunión de carácter político:

X. Oponerse a las Leyes del País o a sus instituciones en reuniones públicas;

XI. Realizar actos o permitir aquellos que atenten contra la integridad, salvaguarda y preservación de los bienes que componen el patrimonio cultural del país. y que están en uso de las iglesias, agrupaciones o asociaciones religiosas, así como omitir las acciones que sean necesarias para lograr que dichos bienes sean preservados en su integridad y valor;

XII. Omitir las acciones contempladas en el artículo 12 Bis de la presente ley;

XIII. La comisión de delitos cometidos en ejercicio de su culto o en sus instalaciones; y

XIV. Las demás que se establecen en la presente ley y otros ordenamientos aplicables.

Ley Orgánica de la Administración Pública

Por lo antes señalado y determinada que fue la competencia en cuanto al tema toral del presente asunto, es indispensable señalar que de conformidad con el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, corresponde a la Secretaría de Educación Pública lo siguiente:

Artículo 38 . A la Secretaría de Educación Pública corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I. Organizar, vigilar y desarrollar en las escuelas oficiales, incorporadas o reconocidas;

a) La enseñanza preescolar, primaria, secundaria y normal, urbana, semiurbana y rural.

b) La enseñanza que se imparta en las escuelas, a que se refiere la fracción XII del artículo 123 constitucional.

c) La enseñanza técnica, industrial, comercial y de artes y oficios, incluida la educación que se imparta a los adultos.

d) La enseñanza agrícola, con la cooperación de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;

e) La enseñanza superior y profesional.

f) La enseñanza deportiva y militar, y la cultura física en general;

II. Organizar y desarrollar la educación artística que se imparta en las escuelas e institutos oficiales, incorporados o reconocidos para la enseñanza y difusión de las bellas artes y de las artes populares;

III. Crear y mantener las escuelas oficiales en el Distrito Federal, excluidas las que dependen de otras dependencias;

IV. Crear y mantener, en su caso, escuelas de todas clases que funcionen en la república, dependientes de la federación, exceptuadas las que por la ley estén adscritas a otras dependencias del gobierno federal;

V. Vigilar que se observen y cumplan las disposiciones relacionadas con la educación preescolar, primaria, secundaria, técnica y normal, establecidas en la Constitución y prescribir las normas a que debe ajustarse la incorporación de las escuelas particulares al sistema educativo nacional;

VI. Ejercer la supervisión y vigilancia que proceda en los planteles que impartan educación en la República, conforme a lo prescrito en el artículo 3o. constitucional;

VII. Organizar, administrar y enriquecer sistemáticamente las bibliotecas generales o especializadas que sostenga la propia Secretaría o que formen parte de sus dependencias;

VIII. Promover la creación de institutos de investigación científica y técnica, y el establecimiento de laboratorios, observatorios, planetarios y demás centros que requiera el desarrollo de la educación primaria, secundaria, normal, técnica y superior; orientar, en coordinación con las dependencias competentes del Gobierno Federal y con las entidades públicas y privadas el desarrollo de la investigación científica y tecnológica;

IX. Patrocinar la realización de congresos, asambleas y reuniones, eventos, competencias y concursos de carácter científico, técnico, cultural, educativo y artístico;

X. Fomentar las relaciones de orden cultural con los países extranjeros, con la colaboración de la Secretaría de Relaciones Exteriores;

XI. Mantener al corriente el escalafón del magisterio y el seguro del maestro, y crear un sistema de compensaciones y estímulos para el profesorado; atendiendo a las directrices que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre el sistema general de administración y desarrollo de personal;

XII. Organizar, controlar y mantener al corriente el registro de la propiedad literaria y artística;

XIII. Otorgar becas para que los estudiantes de nacionalidad mexicana puedan realizar investigaciones o completar ciclos de estudios en el extranjero;

XIV. Estimular el desarrollo del teatro en el país y organizar concursos para autores, actores y escenógrafos y en general promover su mejoramiento;

XV. Revalidar estudios y títulos, y conceder autorización para el ejercicio de las capacidades que acrediten;

XVI. Vigilar con auxilio de las asociaciones de profesionistas, el correcto ejercicio de las profesiones;

XVII. Organizar misiones culturales;

XVIII. Formular el catálogo del patrimonio histórico nacional;

XIX. Formular y manejar el catálogo de los monumentos nacionales;

XX. Organizar, sostener y administrar museos históricos, arqueológicos y artísticos, pinacotecas y galerías, a efecto de cuidar la integridad, mantenimiento y conservación de tesoros históricos y artísticos del patrimonio cultural del país;

XXI. Conservar, proteger y mantener los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos que conforman el patrimonio cultural de la nación, atendiendo las disposiciones legales en la materia;

XXII. Organizar exposiciones artísticas, ferias, certámenes, concursos, audiciones, representaciones teatrales y exhibiciones cinematográficas de interés cultural;

XXIII. Determinar y organizar la participación oficial del país en competencias deportivas internacionales, organizar desfiles atléticos y todo género de eventos deportivos, cuando no corresponda hacerlo expresamente a otra dependencia del gobierno federal;

XXIV. Cooperar en las tareas que desempeñe la Confederación Deportiva y mantener la Escuela de Educación Física;

XXV. Formular normas y programas, y ejecutar acciones para promover la educación física, el deporte para todos, el deporte estudiantil y el deporte selectivo; promover y en su caso, organizar la formación y capacitación de instructores, entrenadores, profesores y licenciados en especialidades de cultura física y deporte; fomentar los estudios de posgrado y la investigación de las ciencias del deporte; así como la creación de esquemas de financiamiento al deporte con la participación que corresponda a otras dependencias y entidades de la administración pública federal;

XXVI. (Se deroga).

XXVII. Organizar, promover y supervisar programas de capacitación y adiestramiento en coordinación con las dependencias del gobierno federal, los gobiernos de los estados y de los municipios, las entidades públicas y privadas, así como los fideicomisos creados con tal propósito. A este fin organizará, igualmente, sistemas de orientación vocacional de enseñanza abierta y de acreditación de estudios;

XXVIII. Orientar las actividades artísticas, culturales, recreativas y deportivas que realice el sector público federal;

XXIX. Establecer los criterios educativos y culturales en la producción cinematográfica, de radio y televisión y en la industria editorial;

XXX. Organizar y promover acciones tendientes al pleno desarrollo de la juventud y a su incorporación a las tareas nacionales, estableciendo para ello sistemas de servicio social, centro de estudio, programas de recreación y de atención a los problemas de los jóvenes. Crear y organizar a este fin sistemas de enseñanza especial para niños, adolescentes y jóvenes que lo requieran, y

XXX Bis. Promover la producción cinematográfica, de radio y televisión y de la industria editorial, con apego a lo dispuesto por el artículo 3o. constitucional cuando se trate de cuestiones educativas; dirigir y coordinar la administración de las estaciones radiodifusoras y televisaras pertenecientes al Ejecutivo federal, con exclusión de las que dependan de otras secretarías de Estado; y

XXXI. Los demás que le fijen expresamente las leyes y reglamentos.

Ley General de Educación

En este mismo sentido, y determinada la competencia de la Secretaría de Educación Pública; en cuanto al tema central del punto de acuerdo el artículo 5o. Ley General de Educación, establece lo siguiente:

Artículo 5o. La educación que el Estado imparta será laica y, por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa.

Conforme a lo anterior, es notorio que la Ley General de Educación recoge el principio constitucional del artículo 3o., de tal guisa que el derecho a la educación que imparte el Estado –federación, estados, Distrito Federal y municipios– que impartan educación será laica y por lo tanto se mantiene ajena a cualquier doctrina religiosa.

Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012

Por otra parte, dentro de las políticas públicas de la materia en comento, el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 el cual en el Eje 3, “Igualdad de Oportunidades” y en cuanto al desarrollo integral 3.3, “Transformación Educativa”, refiere lo siguiente:

El Constituyente de 1917 estableció en el artículo tercero de la Carta Magna el derecho de todos los mexicanos a recibir educación por parte del Estado. La educación en México, además de ser gratuita y laica, ha tenido como aspiración preparar a las personas para enfrentar la vida en libertad partiendo del valor cívico de la responsabilidad, y desarrollando a plenitud las facultades humanas.

Programa Sectorial de Educación 2007-2012

En cuanto a las políticas públicas relativas a la educación, el Programa Sectorial de Educación 2007-2012 establece dentro del objetivo 4, relativo a “ofrecer una educación integral que equilibre la formación en valores ciudadanos, el desarrollo de competencias y la adquisición de conocimientos, a través de actividades regulares del aula, la práctica docente y el ambiente institucional, para fortalecer la convivencia democrática e intercultural”, lo siguiente:

Una política pública que en estricto apego al artículo tercero constitucional, promueva una educación laica, gratuita, participativa, orientada a la formación de ciudadanos libres, responsables, creativos y respetuosos de la diversidad cultural. Una educación que promueva ante todo el desarrollo digno de la persona, que pueda desenvolver sus potencialidades, que le permitan reconocer y defender sus derechos, así como cumplir con sus responsabilidades. Para realizar esta prioridad, se implementarán programas de estudio y modelos de gestión que equilibren la adquisición de conocimientos y el desarrollo habilidades en las áreas científica, humanista, de lenguaje y comunicación, cultural, artística y deportiva, con el desarrollo ético, la práctica de la tolerancia y los valores de la democracia.

Jurisprudencia SCJN

Resulta entonces importante por los comentarios anteriores, aludir al criterio jurisprudencial emitido por la Suprema Corte de la Nación que se expresa en los términos siguientes:

Época: Quinta Época

Registro. 314839

Instancia: Primera Sala

Tipo Tesis: Tesis Aislada

Fuente. Semanario Judicial de la Federación

Localización XXVIII

Materia(s): Constitucional

Tesis

Página 1426

[TA]; 5a. Época; 1a Sala; S.J.F; XXVIII; página 1426

Libertad de Enseñanza

El artículo 3o. de la Constitución no impone obligación alguna a los particulares, sino que, respecto a éstos, consagra y reconoce una de las garantías que la naturaleza les otorga como hombres, proclamando, en primer término, la libertad de enseñanza, y añadiendo la taxativa de que será laica la que se imparta en los establecimientos oficiales de educación, lo mismo que la enseñanza primaria; por consiguiente, esta taxativa no entraña una prevención para los particulares, sino para los educadores. Por otra parte, si bien el artículo 31 de la Constitución, impone a los mexicanos la obligación de hacer que sus hijos concurran a las escuelas públicas y privadas, para obtener la educación primaria elemental, también lo es que el mismo precepto tiene en cuenta para los efectos consiguientes, las leyes del lugar, puesto que agrega: que esa concurrencia a las escuelas deberá ser “durante el tiempo que marque la Ley de Instrucción Pública en cada estado” y si esa ley sólo castiga con leve pena administrativa la falta de asistencia a las escuelas, es evidente que la excitativa que se haga para no asistir, no puede constituir el delito de provocación a la desobediencia de una ley, porque no puede haberla, cuando sólo se recomienda acogerse a una franquicia o excepción que la misma ley consigna.

Primera Sala

Amparo penal directo 4453/27 Ballesteros Jesús. 13 de marzo de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Por lo antes expuesto y fundado, se concluye lo siguiente:

1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece de forma taxativa en el artículo 3o. el derecho a recibir educación, misma que garantizada por el artículo 24 será laica y por lo tanto se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa.

2. Por su parte, la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, en atención a los principios que establecen los artículos 3, 24 y 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reitera el principio histórico de la separación del Estado y las iglesias, y acota de forma tajante el principio de derecho ignorantia juris non excusat o ignorantia legis neminem excusat , asimismo reafirma que el Estado mexicano es laico, lo que se traduce en que el Estado es quien ejerce la autoridad sobre toda manifestación religiosa, individual o colectiva, lo anterior a efecto de constreñir a los sujetos obligados a observar la normativa inherente a la materia.

3. Ahora bien, como fue posible observar, la Secretaría de Educación Pública, de conformidad con las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública y la Ley General de Educación en el ámbito y cumplimiento de sus atribuciones, coadyuva a que la educación que el Estado imparta sea laica y, por tanto, se mantenga por completo ajena a cualquier doctrina religiosa.

4. En este sentido, la materialización de las políticas educativas en materia de educación laica se desarrollan en el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2012 y el Programa Sectorial Educativo 2007-2012 conforme a lo expuesto en el cuerpo del presente ocurso.

No es óbice de lo anterior señalar que esta Secretaría de Educación Pública, consciente de la ofensiva que se presume es objeto la educación pública, con base en las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública, la Ley General de Educación y demás ordenamientos legales, estará al pendiente de continuar protegiendo y cumpliendo con los principios que establece el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás relativos con 1a finalidad de que la educación que imparta el Estado –federación, estados, Distrito Federal y municipios– continúe siendo laica y por tanto se mantenga ajena a cualquier doctrina religiosa, en todos y cada uno de las actividades emanadas del ejercicio de sus atribuciones.

Sin más por el momento, envío un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Roberto Martínez Becerril (rúbrica)

Director General Adjunto

(Se remite a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para su conocimiento.)

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo al pago de la liquidación final por el grupo de azucareros Gargonz

México, DF, a 1 de noviembre de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-11-8-0103, signado por el diputado Francisco Arroyo Vieyra, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número 112.2.-787/2012, suscrito por el licenciado Salvador Moreno Cerda, director general adjunto de Enlace con el Congreso de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo al pago de la liquidación final de la zafra 2011-2012, por parte del grupo de azucareros Gargonz, a los productores afectados.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Antonio Hernández Legaspi (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo


México, DF, a 30 de octubre de 2012.

Maestro Antonio Hernández Legaspi

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación

Presente

En atención a su oficio No. SEL/UEL/311/2745/12 del 28 de septiembre de 2012, a través del cual nos remite punto de acuerdo aprobado por el honorable Congreso de la Unión, mediante el cual se exhorta a los titulares de la Sagarpa y del Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, su intervención para que el Grupo Azucarero Gonzas, propietario del ingenio Nuevo San Francisco, pague la liquidación de la zafra 2011-2012, a los productores afectados, me permito hacerle llegar la siguiente documentación:

Sobre el particular adjuntamos a la presente información con las observaciones y comentarios que sobre el tema nos hizo llegar el Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, mediante oficio número AFU/DG/2012/0316 del 25 de octubre de 2012, con el cual se da respuesta a la información requerida.

Sin más por el momento, le envió un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Salvador Moreno Cerda (rúbrica)


México, DF, a 25 de octubre de 2012.

Licenciado mariano Ruiz Funes Macedo

Subsecretario de Agricultura en la Sagarpa

Presente

Hago referencia al oficio número 112.2.-742/2012, de fecha 15 de octubre de 2012, signado por el Licenciado Salvador Moreno Cerda y remitido para su atención a este Comité Nacional mediante el Sistema de Control y Administración de Gestión de la Sagarpa, mismo que contiene el resolutivo contenido en el punto de acuerdo presentado por la diputada del PRD Yazmín de los Ángeles Copete Zapot, mediante el cual se exhorta a los titulares de la Sagarpa y del Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, su intervención para que el Grupo Azucarero Gonzas pague la liquidación de la zafra 2011-2012, a los productores afectados, al respecto me permito comentar lo siguiente:

1. De acuerdo con lo estipulado en la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, así como en el Estatuto Orgánico del Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, el Comité Nacional no tiene facultades coactivas para solicitar al propietario del ingenio Nuevo San Francisco ni al de ningún otro ingenio, que pague la liquidación de la zafra 2011-2012, o cualquier otra deuda que se tenga entre particulares.

2. En el mismo tenor, el Comité Nacional establece el precio de referencia del azúcar que rige anualmente, mismo que se publica en el mes de octubre del primer año de cada zafra, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar; el cual sirve para el pago de la caña de azúcar, acto que se da entre particulares y no representa un precio oficial, como se expone en el punto de acuerdo en estudio

3. En el punto de acuerdo a que se hace referencia, en ningún momento se hace mención ni se incluye constancia de que quien se dice afectado en la controversia planteada haya acudido ante las instancias correspondientes para dirimir este asunto, autoridades que se encuentran claramente establecidas en el artículo 119 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar; en primer lugar el Comité de Producción y Calidad Cañera correspondiente al ingenio como instancia de conciliación o, en su defecto, los tribunales correspondientes que actúen en suplencia de la Junta Permanente, al no existir ésta.

4. Si bien el Comité Nacional no cuenta con facultades coactivas para obligar a los particulares como se establece en el punto uno del presente, y no se demuestra que el agraviado haya acudido ante las autoridades señaladas por el ordenamiento aplicable, suponiendo sin conceder que al comité le corresponde dirimir dicha controversia, en el punto de acuerdo en cuestión no se especifica claramente el conflicto a tratar, es decir, no se menciona cuál es el concepto específico que se les adeuda a los abastecedores de caña, el porcentaje que se adeuda, la cantidad exacta que se adeuda, la fecha exacta con que se debió haber pagado, la cantidad que ya se pagó, o algún dato que permita establecer claramente concepto y/o cantidad del adeudo. De la misma manera, tampoco se exhibe documento alguno que acredite dicho adeudo, o algún otro medio que permita acreditar la falta de pago que se reclama, y mucho menos calcular la cantidad que se dice que se adeuda, por lo cual resulta inviable realizar, por ejemplo, alguna comunicación a dicho ingenio exhortándolo a dicho pago.

Lo que comunico a usted, con fundamento en los artículos 17, fracción I, de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar y 14 del Estatuto Orgánico de este Comité Nacional.

Sin Más por el momento, quedo a sus órdenes.

Atentamente

Ingeniera Rocío de las Mercedes Nieves Bermúdez (rúbrica)

Directora General del Conadesuca

(Se remite a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, para su conocimiento.)

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la que remite los informes trimestrales sobre la ejecución del presupuesto, la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública correspondientes al tercer trimestre de 2012; e información relativa a los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal, el costo total de las emisiones de deuda interna y externa, correspondientes a septiembre de 2012, y a la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas, así como el pago de éstas

México, DF, a 30 de octubre de 2012.

Diputado Jesús Murillo Karam

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión

Presente

Para cumplir lo dispuesto en los artículos 107 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH); 22 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012; y 22, 23 y 24 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, me permito anexar los informes trimestrales sobre la ejecución del presupuesto, la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública correspondientes al tercer trimestre de 2012.

Adicionalmente, en atención de lo dispuesto en el artículo 107 de la LFPRH, se incluye la información relativa a los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal, en los términos de la Ley General de Deuda Pública, y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa, correspondientes a septiembre de 2012.

Asimismo, se informa sobre la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas, así como su pago, desagregada por tipo de fondo, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y por entidad federativa, efectuando en ambos casos la comparación correspondiente a septiembre de 2011.

Para cumplir los artículos 31 y 55 Bis 1 de la Ley de Instituciones de Crédito y 48 de la Ley Orgánica de la Financiera Rural, se adjunta la información mediante la cual se dan a conocer los conceptos que integran la intermediación financiera, así como la relativa a las instituciones de banca de desarrollo y la Financiera Rural.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

José Antonio Meade Kuribreña (rúbrica)

Secretario

Informe I     Informe II     Anexos

De la Cámara de Senadores, con la que remite acuerdo aprobado a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2013 se asignen mayores recursos a programas contra la propagación de plagas y se ponga atención al Programa de Empleo Temporal

México, DF, a 31 de octubre de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presente

Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen el siguiente punto de acuerdo:

Primero. El Senado de la República exhorta respetuosamente al gobierno federal, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a que cumpla con lo establecido en la Ley Federal de Sanidad Vegetal, a efecto de que realicen las acciones necesarias para combatir la plaga conocida como ‘dragón amarillo’. Asimismo, ampliar la vigencia de la Norma Oficial Mexicana NOM-EM-047-FITO-2009, para que sigan vigente las acciones fitosanitarias para mitigar el riesgo de introducción y dispersión del huanglongbing (HLB) de los cítricos en el territorio nacional.

Segundo, El Senado de la República exhorta respetuosamente al gobierno federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, a que se modifiquen las Reglas de Operación del Programa de Empleo Temporal 2012 y sean consideradas para el año 2013, a efecto de que se incluyan a los jornaleros agrícolas que hayan perdido sus cosechas por fenómenos climáticos y/o fitosanitarios.

Tercero. El Senado de la República exhorta respetuosamente a la Cámara de Diputados para que en el decreto de Presupuesto de Egresos 2013 se asignen mayores recursos a programas que combatan la propagación de plagas y que se ponga atención en el presupuesto asignado para el Programa de Empleo Temporal.

Cuarto. El Senado de la República solicita al gobierno federal informe a esta soberanía, a través de las Comisiones de Agricultura y Ganadería y de Desarrollo Rural, de las acciones realizadas para combatir la plaga conocida como dragón amarillo y que se instale una mesa de trabajo con la participación de productores y autoridades.”

Atentamente

Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)

Vicepresidente

De la Cámara de Senadores, con la que remite proposición con punto de acuerdo a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2013 se asigne una partida para crear el fondo para la sociedad de la información y el conocimiento, presentada por Ángel Benjamín Robles Montoya, del Grupo Parlamentario del PRD

México, DF, a 30 de octubre de 2012

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presentes

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Ángel Benjamín Robles Montoya, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó propuesta con punto de acuerdo que exhorta a la Cámara de Diputados para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2013 asigne una partida para la creación del fondo para la sociedad de la información y el conocimiento.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)

Vicepresidente


Senador Ernesto Javier Cordero Arroyo

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores

Honorable Congreso de la Unión

Presente

El que suscribe, Ángel Benjamín Robles Montoya, senador a la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los diversos 8, fracción II, y 276 del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para que en el próximo Presupuesto de Egresos de la Federación de 2013 se asigne una partida para la creación del Fondo para la Sociedad de la Información y el Conocimiento, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Que de acuerdo a los compromisos de la Sociedad de la Información y los Objetivos de Desarrollo del Milenio suscritos y ratificados por el Estado mexicano, a partir de 2015, el gobierno federal y los estatales serán evaluados por su capacidad de contar con conectividad de banda ancha y sus beneficios en al menos el 51 por ciento de su población, toda vez que estos objetivos acrecientan la calidad del proceso enseñanza-aprendizaje a través de aplicaciones educativas desarrolladas en Internet, mejoras en los servicios de salud a través de aplicaciones como el expediente clínico electrónico y la telemedicina, así como acercar el gobierno a la gente a través de procesos y trámites agiles en línea.

Sin embargo, derivado de la costosa oferta de servicios de conectividad y los altos niveles de pobreza existentes, el país enfrenta un enorme rezago en materia de brecha digital que imposibilitaran cumplir con los compromisos pactados con la Sociedad de la Información y los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

De manera enunciativa y para ubicar el tema en el contexto, datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía refiere que tan solo en Oaxaca, de 934 mil viviendas particulares, el 39.6% de ellas cuenta con al menos un teléfono celular (lugar 32 nacional); 20.7% dispone de telefonía fija (lugar 31), 14.4% tiene computadoras (lugar 31) y el 7.8% cuenta con acceso a Internet (lugar 31).Datos ilustrativos, pero que representan un atraso cuantitativo en materia de tecnología.

A partir del año 2002, el Gobierno federal puso en marcha la firma de cinco convenios de colaboración intersecretarial, que son: SEP-SCT; INEA-SCT; Salud-SCT; Sedesol-SCT y Segob-SCT y suscribió la Declaratoria de Conectividad para el Sistema Nacional e-México, así como la constitución del Fideicomiso público E-México, instrumentos legales a cargo de la ejecución, supervisión y operación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

El propósito del Fideicomiso E-México fue precisamente combatir la brecha digital y dotar de infraestructura de banda ancha y aplicaciones sobre Internet de impacto social a toda la población, en plena armonía con los objetivos de la sociedad de la información.

Al cierre del segundo trimestre de 2012, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público señaló que el Fideicomiso E-México tuvo ingresos por 5 mil 39.7 millones de pesos, rendimientos por 167.3 millones de pesos, egresos por 163.1 millones, quedándole una disponibilidad por 8 mil 854 millones de pesos. A pesar del elevado rendimiento y acceso a los recursos, la Auditoría Superior de la Federación, al cierre del ejercicio 2010, consideró que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes incumplió con las disposiciones normativas aplicables al Fideicomiso e-México, al no ejecutar recursos comprometidos en 28 proyectos evaluados y autorizados por el comité técnico.

De acuerdo con dicha auditoría, la carencia de políticas o procedimientos específicos que regulen la planeación, percepción, evaluación, aprobación, ejecución, control y administración financiera de los proyectos apoyados por el Fideicomiso e-México implicó que se negaran la asignación de proyectos, así como un mal manejo de los recursos destinados. De igual forma, el órgano fiscalizador detectó que la titular del Fideicomiso e-México no contaba con facultades legales o autorización del comité técnico para celebrar contratos y convenios de prestación de servicios, con lo cual se actualiza la malversación de los recursos.

Bajo ese panorama, la Auditoría Superior de la Federación ha solicitado al Congreso de la Unión analice la viabilidad de suspender la asignación de recursos presupuestales para el Fideicomiso e-México cuando conserve fondos presupuestales no asignados.

Lo anterior significa que no ha existido capacidad y visión por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del gobierno federal para aplicar los recursos destinados año tras año al Fideicomiso E-México, pues desde su creación 2002, con una aportación inicial de 120 millones de pesos, no ha existido la capacidad por parte de la Sociedad de la Información y el Conocimiento de la SCT para aplicar los recursos del Fideicomiso llegando hoy en día a los más de 8 mil 854 millones de pesos, asimismo, el área técnica de la Sociedad de la Información y el Conocimiento no ha cumplido con el abatimiento de la brecha digital y dotar de infraestructura de banda ancha y aplicaciones sobre Internet y de impacto social a toda la población.

Propuesta

El Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática siempre ha propugnado por permitir el acceso a la información y la posibilidad de estar comunicados con el resto de la sociedad a través de la evolución tecnológica, así como de todas las herramientas técnicas que concreten el desarrollo de nuestro país. De esta forma, consideramos que resulta urgente acrecentar el conocimiento de las fuentes de desarrollo y permitir el acceso igualitario a las tecnologías de la información y comunicaciones a la población, por lo que resulta imperativo que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2013 se asigne la partida especial para la creación del Fondo para la Sociedad de la Información y el Conocimiento, considerando para ello, los recursos del propio Fideicomiso E-México y como parámetro, la base los datos del Inegi en materia de rezago en brecha digital, para crear una fórmula de distribución que permita canalizar estos recursos a los estados para que aceleren la construcción de su propia banda ancha y aplicaciones sobre internet de impacto social.

Adicionalmente, consideramos necesario que a partir de la creación del mencionado fondo y en atención al Pacto Federal, en cada entidad federativa debe prever un instituto de la sociedad de la información y el conocimiento el cual pueda tener plena coordinación y ejecución de programas de forma eficiente con la referida Sociedad de la Información y el Conocimiento de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para el desarrollo de las redes estatales de educación, salud y gobierno.

En suma, con la presente propuesta, el PRD considera que el Estado mexicano tendrá mayores posibilidades para asegurar a sus gobernados el acceso a los servicios electrónicos y digitales que actualmente existen en la sociedad.

En consecuencia, se somete a consideración de esta soberanía, el presente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para que en el próximo Presupuesto de Egresos de la Federación de 2013 se asigne una partida especial para la creación del Fondo para la Sociedad de la Información y el Conocimiento, con la finalidad de abatir el rezago en brecha digital y aplicaciones de Internet de impacto social.

Dado en el salón de sesiones a los 30 días del mes de octubre de dos mil doce.

Senador Ángel Benjamín Robles Montoya (rúbrica)

De la Cámara de Senadores, con la que remite proposición con punto de acuerdo a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2013 se incrementen los recursos destinados al Instituto Mexicano de la Juventud y se amplíe el anexo 22, “Erogaciones para el desarrollo de los jóvenes”, presentada por Daniel Gabriel Ávila Ruiz, del Grupo Parlamentario del PAN

México, DF, a 31 de octubre de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presentes

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Daniel Gabriel Ávila Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo que exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar mayores recursos para el desarrollo de la juventud durante el proceso de análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación 2013.

La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)

Vicepresidente


Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a destinar mayores recursos para el desarrollo de la juventud durante el proceso de análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2013, que presenta el senador Daniel Gabriel Ávila Ruiz, secretario de la Comisión de Juventud y Deporte, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Honorable Asamblea

El suscrito senador Daniel Gabriel Ávila Ruiz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 8, numeral 1, y 276 del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con los siguientes

Considerandos

De acuerdo con el Censo Nacional de Población y Vivienda 2010 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), la población mexicana asciende a 112 millones 336 mil 538 personas, de las cuales el 32 por ciento son jóvenes de entre 12 y 29 años de edad.

Históricamente México se ha caracterizado por tener una población con un alto porcentaje de niños y jóvenes. Entre 1950 y 2000 los niños entre cero y 14 años representaron más del 45 por ciento del total de la población; y si bien durante los años setenta se redujo el crecimiento demográfico, para 2008 el número de jóvenes todavía representó 27.3 por ciento del total, según datos del Consejo Nacional de Población.

Resalta que en términos absolutos, el número de jóvenes se ha elevado sensiblemente hasta alcanzar en 2010, 36 millones 210 mil 692. El crecimiento, de acuerdo con dicho consejo, será constante hasta el año 2020 y a partir de ese momento, la pirámide poblacional comenzará a cambiar y la proporción de jóvenes comenzará a disminuir.

Este fenómeno demográfico da a México el privilegio de contar con un verdadero bono demográfico que, de aprovecharlo adecuadamente, permitirá que nuestro país alcance un desarrollo económico y social histórico durante los próximos años.

Lamentablemente, estos dividendos demográficos han sido poco aprovechados, lo que se refleja en el lento desarrollo económico nacional, por el contrario nuestro país se ha visto afectado durante las últimas décadas por una crisis social severa con implicaciones económicas, culturales, de salud, de seguridad pública, y de rezago educativo, principalmente.

Las cifras estadísticas revelan la situación por la que atraviesan los jóvenes mexicanos:

En educación y empleo, 8 millones de jóvenes no estudian y no trabajan1 . De éstos, algunos son migrantes (2 millones2 ); otros cuentan con trabajos no registrados (1 millón3 ), como el empleo informal con bajos salarios, carencia de prestaciones sociales, falta de seguridad en el trabajo y perspectivas de mejora laboral negativas. Otros más están en los reclusorios (119 mil4 ) y el resto, poco más de 4 millones, totalmente expuestos a las redes del crimen organizado.

De las y los jóvenes con empleo, la Encuesta Nacional de Juventud 2005 arrojó que 61.43 por ciento ganan entre 1 y 3 salarios mínimos5 .

Por lo que hace a la cobertura educativa, en el nivel medio superior cada año miles de jóvenes quedan sin oportunidad de estudiar. Baste recordar que para el ciclo escolar 2009-2010, 2.4 millones quedaron fuera del sistema escolarizado y, en educación superior, solamente 27.6 por ciento de la población en edad de cursarla tuvo la oportunidad de ingresar.

Respecto de la salud, 50 por ciento de las y los jóvenes no tienen acceso a algún servicio y, adicionalmente, 70 por ciento de los jóvenes, como grupo etario, tiene contacto con alcohol y drogas6 , lo cual, para algunos especialistas, convierte a las adicciones en el principal problema que podría enfrentar la juventud.

En el tema de la seguridad, es alarmante que cerca de 50 por ciento de quienes están en las cárceles de toda la República Mexicana son jóvenes.7 .

Resulta igualmente alarmante el grado de desintegración del tejido social que se percibe con tristeza en diferentes ciudades del país, en donde el sector juvenil es el principal afectado.

En este contexto, si bien es cierto que los tres órdenes de gobierno, particularmente los Poderes Legislativo y Ejecutivo federales, han realizado importantes esfuerzos para destinar recursos y llevar a cabo programas y acciones de atención a la juventud, también es verdad que dichos esfuerzos no han sido suficientes para atender sus necesidades. Necesitamos más trabajo, más recursos y más eficacia para garantizar el desarrollo de la juventud.

En 2011 el presupuesto destinado al Instituto Mexicano de la Juventud fue de 368 millones de pesos; mientras que para 2012 esta cifra disminuyó en 24 millones de pesos, es decir tuvo un decremento de 6.7 por ciento respecto de 2011. Se trata de una disminución de recursos con efectos reales en las acciones que puede realizar el instituto a favor de la juventud, pero, sobre todo, en condiciones de bienestar presente y oportunidades futuras para nuestros jóvenes. Más aún: no basta con mantener el presupuesto para este sector de nuestra población: necesitamos más recursos, mejor distribuidos y con eficacia en sus resultados, para hacer justicia a la tercera parte de nuestra población.

Por otro lado, debemos insistir en la urgencia de mejorar la información sobre la totalidad de los recursos que se destinan a los jóvenes y sobre sus resultados. Sabemos que el gobierno federal, a través de distintas secretarías y entidades de la administración pública, implementa diversos programas orientados a la juventud; sin embargo, no se conoce con certeza la totalidad ni la distribución del presupuesto que se destina para dicho fin. Además, todavía es incierto el número de los programas y acciones que se implementan en la materia.

Por ello, es trascendental avanzar en el trabajo que la Cámara de Diputados realiza desde la LXI Legislatura, para sistematizar estos datos mediante el anexo denominado “Programas para el desarrollo integral de los jóvenes”, del Presupuesto de Egresos de la Federación. El objetivo de ese apartado del presupuesto es conocer la totalidad de los recursos dirigidos a este sector, así como identificar, dar seguimiento, evaluar y corregir los programas y acciones implementadas y operadas a favor de la juventud.

Hay que recordar que el mencionado anexo se creó para el ejercicio presupuestal del 2010, y que ello permitió identificar recursos por 9 mil 719 millones de pesos, así como 8 programas implementados por 2 secretarías de Estado. En el mismo tenor, en 2011 se hicieron visibles 125 mil 041 mdp y se identificaron 29 programas a cargo de 2 secretarías; para 2012, se hicieron visibles 135 mil 731 mdp y se conocieron 31 programas implementados por 5 secretarías.

Este anexo constituye un instrumento fundamental de transparencia, seguimiento y evaluación no sólo para el gobierno federal, sino para la población mexicana y para el trabajo que los legisladores tenemos, por lo que su permanencia y ampliación en el presupuesto es fundamental.

Por lo expuesto, a unos días de iniciarse el análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2013, pongo a consideración de esta honorable asamblea, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados para que incremente los recursos destinados al Instituto Mexicano de la Juventud durante el análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013.

Segundo. La Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados para que amplíe y apruebe el Anexo 22. Erogaciones para el desarrollo de los jóvenes del PEF de 2012, durante el análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013.

Notas

1 Estimaciones al 2010 del Conapo y Encuesta Nacional de Juventud 2005.

2 Inegi, conteo 2005.

3 Estimaciones al 2010 del Conapo y Encuesta Nacional de Juventud 2005.

4 SEP-SSP. Sistema penitenciario mexicano, 2008. Conferencia del Episcopado Mexicano, Estudio sobre el sistema penitenciario, 2009.

5 Encuesta Nacional de Juventud 2005.

6 Encuesta Nacional de Salud 2006.

7 Conferencia del Episcopado Mexicano, Estudio sobre el sistema penitenciario, 2009.

Senado de la República, a 30 de octubre de 2012.

Senador Daniel Gabriel Ávila Ruiz (rúbrica)

De la Cámara de Senadores, con la que remite proposición con punto de acuerdo a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2013 se asignen a la Secretaría de Salud recursos adicionales para construir, modernizar o ampliar infraestructura hospitalaria, presentada por David Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario del PT

México, DF, a 31 de octubre de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presentes

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador David Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la construcción de hospitales de especialidades.

La presidencia dispuso que el primer resolutivo de dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Comisión de Salud y a la Cámara de Diputados el segundo resolutivo.

Atentamente

Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)

Vicepresidente


David Monreal Ávila, integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 8, fracción II, del Reglamento del Senado de la República, presentó ante esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Los hospitales son instituciones encargadas de diagnosticar y otorgar un adecuado tratamiento a los enfermos, así como realizar investigaciones y otorgar constantes capacitaciones a los médicos y enfermeras.

Los avances tecnológicos en la medicina, obligan a los hospitales a adaptarse a los nuevos cambios en la ciencia de salud, no obstante, el proceso evolutivo de hospitales modernos en México se encuentra rezagado.

Un claro ejemplo lo tuvimos con la contingencia del virus de la influenza AH1N1 que vivimos en 2009, dicha patología dejó al descubierto la falta de médicos, la saturación de servicios y la poca coordinación entre instituciones de salud carentes de infraestructura.

Lo anterior se debe en gran parte a la poca inversión que hay en el sector salud, al respecto la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), a través del reporte Health en el año 2008, mencionó que México destina al sector salud sólo 6.6 por ciento del producto interno bruto (PIB), cuando el promedio de los países miembros, es de 8.9 por ciento del PIB.

Lo anterior es sólo uno más de los factores que originan que contemos con un sistema de salud anacrónico, que no atiende las verdaderas y justas demandas de los ciudadanos, lo cual viola uno de los principios establecidos en nuestra Carta Magna, la cual establece en su artículo 4o. constitucional que: “toda persona tiene derecho a la protección de la salud...”.

De acuerdo con el Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (CIEP), en el año 2010 en nuestro país había más de 35 millones de personas sin seguridad social, esta cifra genera que el sueño de tener acceso a la seguridad social se convierta en una pesadilla.

En definitiva el Estado mexicano no cumple cabalmente ni con su legislación, ni con lo establecido por la Organización Mundial de la Salud (OMS), donde se señala a la salud como el goce máximo y el derecho a la vida que puede alcanzar un ser humano, de igual manera, establece que es una condición fundamental para lograr la paz y la seguridad entre los estados.

Cabe mencionar que en nuestro país sólo existen tres instituciones que otorgan seguridad social a nivel nacional: el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y el Seguro Popular.

Si bien es cierto, que la administración federal ha robustecido la seguridad médica por medio del Seguro Popular, ésta sigue resultado insuficiente, pues no se han construido los suficientes centros hospitalarios que la población mexicana requiere, y mucho menos clínicas y hospitales de especialidades, donde se traten enfermedades crónico-degenerativas que la ciudadanía no puede enfrentar por su cuenta. Además de la falta crónica y sistemática del cuadro básico de medicinas y de equipo técnico para la atención médica.

A grosso modo, podemos decir que las enfermedades crónico-degenerativas, están relacionadas directamente con la forma de vida de los ciudadanos, dichos padecimientos afectan cualquier órgano o tejido del cuerpo humano, siendo los más comunes en México la obesidad y la diabetes, así como el aumento en los niveles tanto de colesterol como de la presión arterial, los cuales, como lo mencioné anteriormente, no son atendidas en el Seguro Popular.

Por su parte, en el ISSSTE sólo 35.5 por ciento de sus quirófanos cuentan con instrumentos médicos modernos, lo que deja ver que las instituciones de salud necesitan ser renovadas, principalmente los hospitales que tienen entre 30 y 50 años de antigüedad.

Lo que no se explica es cómo la actual administración federal ha otorgado el doble de recursos económicos al sector salud (más de 1.2 billones de pesos), y aún no se ha logrado garantizar el derecho de la salud de todos los mexicanos.

En 2007 había 0.8 camas por cada 100 mil habitantes, tristemente en 2011 la cifra fue la misma, los números no cambiaron, a pesar que la actual administración federal ha construido seis hospitales de alta especialidad: el del Bajío; de Oaxaca; de la Península de Yucatán; de Chiapas; de Ciudad Victoria “Bicentenario 2011”, y el de Ixtapaluca.

No obstante, es urgente que se continúe la construcción de más hospitales de especialidades, a fin de que por lo menos exista uno de estos nosocomios en cada estado de la República Mexicana.

Con la creación de más hospitales de especialidades, se mejoraría la infraestructura hospitalaria de México, la cual según la OCDE cuenta con 20 médicos, 9 enfermeras y 16 camas hospitalarias por cada 10 mil habitantes.1

Tan sólo en el Distrito Federal existen 26 hospitales y 210 centros de salud, cuyos principales problemas son la falta de personal médico, el desabasto de medicamentos y el material quirúrgico.

Específicamente en la delegación Álvaro Obregón, los centros de salud tienen de entre 2 a 4 consultorios médicos, pero solamente dan consulta en 2 de ellos; los centros de salud carecen de servicios como rayos X, ortopedistas, terapeutas, ginecólogos y pediatras.

Las largas filas en los centros de salud y hospitales no han disminuido, al contrario van en aumento, lo que provoca que sólo los pacientes más favorecidos económicamente puedan atenderse de urgencia en alguna institución privada, absorbiendo por completo su costo.

Lo expuesto anteriormente es una radiografía de lo que sucede a nivel nacional, muy por el contrario de lo que realmente se ha pregonado por parte del Poder Ejecutivo, quien presume sistemáticamente haber mejorado la infraestructura hospitalaria y el acceso a los servicios médicos.

Por tal razón, es substancial e inaplazable realizar acciones con el objetivo de mejorar la infraestructura de la red hospitalaria de la Secretaría de Salud, para contar con una base sólida con la que se pueda garantizar el derecho a la salud establecido en nuestra Constitución.

Derivado de lo anterior, someto a consideración de esta honorable soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Que esta soberanía exhorte respetosamente al Poder Ejecutivo federal para que por medio de la Secretaría de Salud y en coordinación con los gobernadores de las entidades federativas mexicanas y el jefe de gobierno del Distrito Federal, realicen los estudios necesarios enfocados a la construcción de hospitales de especialidades médicas en el país, a fin de reducir el rezago en la materia.

Segundo. Que esta soberanía exhorte respetosamente, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, para que dentro del proceso de análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013, se erogue un presupuesto adicional a la Secretaría de Salud, etiquetado exclusivamente para la construcción, modernización y/o ampliación de infraestructura hospitalaria en el país.

Notas

1. Véase Perfil de México a través de indicadores clave , disponible en: www.asf.gob.mx/uploads/61_publicaciones.../perfil_2011.pdf. Consultado el 22 de octubre de 2012.

Senado de la República, a 31 de octubre de 2012.

Senador David Monreal Ávila (rúbrica)

De la Cámara de Senadores, con la que remite proposición con punto de acuerdo a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2013 se destinen mayores recursos al Programa de Empleo Temporal en el sector pesquero, presentada por Francisco Salvador López Brito, del Grupo Parlamentario del PAN

México, DF, a 31 de octubre de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presentes

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador Francisco Salvador López Brito, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo que exhorta a los titulares de las Secretarías de Desarrollo Social y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y a la Cámara de Diputados para que, en uso de sus atribuciones, destinen mayores recursos al Programa de Empleo Temporal del Sector Pesquero.

La Presidencia dispuso que el primer resolutivo de dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Comisión de Pesca y los resolutivos segundo y tercero a la Cámara de Diputados.

Atentamente

Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)

Vicepresidente


Senador Ernesto Javier Cordero Arroyo

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores

LXII Legislatura

Presente

Francisco Salvador López Brito, senador integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y en la fracción II del artículo 8, así como el artículo 276, ambos del Reglamento del Senado de la República, presento a consideración de esta honorable asamblea la proposición con punto de acuerdo en el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Desarrollo Social; Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y a la Cámara de Diputados para que en uso de sus atribuciones destinen mayores recursos al Programa de Empleo Temporal (PET) del Sector Pesquero.

Consideraciones

En México contamos con unas 350 mil personas empleadas en la pesca y si se añade a las familias de los pescadores, así como a los trabajadores en ocupaciones relacionadas con el sector, se estima es una población cercana a los dos millones la que depende de dicha actividad.

Si bien es cierto, el sector pesquero aporta una pequeña contribución a la economía nacional, 0.8 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB), en algunas entidades tiene una destacada importancia. Así por ejemplo, en Sinaloa y Sonora, la pesca contribuye al PIB estatal en casi el 4 por ciento.

Cabe mencionar que existe un alto número de pequeñas comunidades rurales que se dedican a la pesca artesanal y es representa la principal fuente generadora de ingresos para todos sus pobladores, por lo que una situación de captura baja de especies acuáticas o bien el establecimiento de vedas temporales, afecta de manera considerable a la economía local.

De acuerdo al Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), en el año 2000, los pescadores de los estados colindantes al Golfo de California registraron un ingreso cinco veces mayor al obtenido en el Golfo de México.

Al respecto, según un estudio realizado en el 2009 por la Secretaría del Medio Ambiente, Recursos Naturales (Semarnat) denominado “Política Nacional de Mares y Costas de México”, se revela que los trabajadores pesqueros del Pacífico y Mar de Cortés perciben entre dos a cinco salarios mínimos, con excepción de Oaxaca y Chiapas, mientras que en los pescadores del Golfo de México, obtuvieron hasta 2 salarios mínimos, excepto Quintana Roo y Tamaulipas.

Por otro lado, la flota ribereña y costera, representa el 60 por ciento del total de las embarcaciones nacionales, la cual a su vez abastece un 50 por ciento del total del mercado nacional; sin embargo, debido al bajo valor comercial de las especies capturadas y al volumen respectivo, obtienen tan sólo un 3 por ciento del total de los ingresos generados en el sector.

Lo anterior, derivado a que es la pesca de altura la que captura las especies de mayor valor comercial, tales como camarón y el atún, y de elevado volumen, como la sardina.

De acuerdo a una investigación realizada por la organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación en el 2008, titulada “diagnóstico sobre la problemática social de los pescadores, su entorno y su visión sobre posibles soluciones a los problemas que afectan al sector pesquero en México”, los niveles de bienestar de las comunidades pesqueras están sustancialmente por debajo de los promedios nacionales en los principales indicadores reportados por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política Social.

Los problemas identificados que abonan esta situación, principalmente en lo que respecta al ingreso, son la disminución del ciclo de capturas para el establecimiento de vedas y los bajos precios de los productos pesqueros.

Según el Anuario Estadístico Pesquero y Acuícola del 2011, entre las principales problemas que enfrenta el sector se encuentra el sobreesfuerzo pesquero en embarcaciones de altura y ribereñas, al identificarse una captura excesiva de organismos acuáticos juveniles, violaciones a las épocas y zonas de veda y la falta de oportunidades de trabajo y créditos.

Por tal motivo, el Estado mexicano, en el marco de estrategia de combate a la pobreza, así como a la protección de los recursos naturales, está obligado a implementar acciones para elevar el nivel de desarrollo humano y patrimonial de los mexicanos que viven en las zonas rurales y costeras, por lo que cuando establezca una veda en la captura de alguna especie debe generar las condiciones para diversificar los ingresos de los pobladores de los campos pesqueros más marginados.

La Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) desde el año 1995 opera el Programa de Empleo Temporal (PET), el cual está orientado a beneficiar a hombres y mujeres de 16 años de edad o más, mediante el pago de jornales equivalentes al 99 por ciento de un salario mínimo, esto para afrontar los efectos de una baja demanda de mano obra o de una emergencia, como contraprestación por su participación al ejecutar proyectos que contribuyan al mejoramiento de las condiciones familiares o comunitarias.

El PET, de enero de 2007 a junio de 2012, ha beneficiado a un millón 923 mil 458 mujeres y hombres.

El Comité Técnico del PET tiene como función determinar los sectores de la población beneficiadas y está integrado por los directores generales de: Atención a Grupos Prioritarios de la Sedesol, de Política Ambiental de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Carreteras, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), y el coordinador general del Servicio Nacional del Empleo (SNE) de la Secretaría del Trabajo y Previsión Nacional.

Actualmente, la Sedesol y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), a través de la Comisión Nacional de Acuacultura Pesquera (Conapesca), tiene implementado el Programa de Empleo Temporal para el Sector Pesquero 2012.

El programa en referencia tiene por objetivo el apoyar el ingreso temporal de las familias de pescadores, contribuir al fortalecimiento de las acciones de inspección y vigilancia instrumentadas por la Conapesca, así como contribuir a la sustentabilidad de los recursos pesqueros.

El PET Pesquero opera en los estados con litoral y en aguas interiores, específicamente donde se han implementando estrategias de vigilancia previstas por Conapesca. En este sentido, el V Informe de Gobierno Federal señala que durante el 2010 se generaron 8 mil 305 empleos, que resultan insuficientes si se toma en cuenta la necesidad existente de vigilar nuestros mares y erradicar la pesca furtiva, por lo que convendría ampliar el Presupuesto de Egresos de la Federación, en el rubro del Programa de Empleo Temporal para el sector pesquero y así beneficiar por un lado a un mayor número de familias de pescadores en condiciones de pobreza, y por otro lograr proteger el desarrollo de las pesquerías y el aprovechamiento sustentable de sus recursos.

La explotación racional de los recursos sustentables de la pesca y acuacultura, permitirá al país contar con un factor estratégico para su desarrollo a largo plazo, generando alimento, empleo y divisas con uno de sus recursos con más amplias perspectivas.

En virtud de que la fracción III del artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social, establece que son prioritarios y de interés público los programas dirigidos a las personas en condiciones de pobreza, marginación o en situación de vulnerabilidad, me permito solicitar se destinen mayores recursos para el PET del sector pesquero y sea aplicado en las poblaciones de alta marginalidad afectados por bajas capturas y por el periodo de vedas impuestas para la captura de diferentes especies.

Por lo anteriormente planteado, me permito someter a esta honorable soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta a las Secretarías de Desarrollo Social y Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como al Comité Técnico del Programa de Empleo Temporal, para que en ejercicio de sus facultades al momento de realizar la planeación y programación del Programa de Empleo Temporal del sector pesquero para el Ejercicio Fiscal 2013, consideren un incremento substancial en los recursos que se destinan e incluyan como beneficiarios a las poblaciones afectadas por una disminución en las capturas de especies y por el establecimiento de periodos de vedas impuestas para la captura de diferentes especies.

Segundo. El Senado de la República exhorta a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para que en el marco de discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, incremente los recursos asignados al Programa de Empleo Temporal del sector pesquero.

Tercero. El Senado de la República exhorta y solicita atenta y respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, de la honorable Cámara de Diputados, para que realice los esfuerzos necesarios para incorporar en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013 mayores recursos destinados al Programa de Empleo Temporal para el sector pesquero.

Senador Francisco Salvador López Brito (rúbrica)

De la Cámara de Senadores, con la que remite proposición con punto de acuerdo a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2013 se asigne un incremento al Programa de Atención Oportuna de las Mujeres con Cáncer de Ovario, operado por el Instituto Nacional de Cancerología, presentada por Martha Elena García Gómez y Maki Esther Ortiz Domínguez, del Grupo Parlamentario del PAN

México, DF, a 31 de octubre de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presentes

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, las senadoras Martha Elena García Gómez y Maki Esther Ortiz Domínguez, del Grupo Parlamentaria del Partido Acción Nacional, presentaron proposición con punto de acuerdo relativo a la atención y prevención del cáncer de ovario.

La Presidencia dispuso que los resolutivos primero y cuarto de dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnaran a la Comisión de Salud y los resolutivos segundo y tercero a la Cámara de Diputados.

Atentamente

Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)

Vicepresidente


Las que suscriben, Martha Elena García Gómez y Maki Esther Ortiz Domínguez, senadoras integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, y 276 del Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, el goce del grado máximo de salud que se puede lograr, es uno de los derechos fundamentales de todos los seres humanos sin distinción de sexo, raza, religión, ideología política o condición económica o social.

Las mujeres enfrentamos hoy grandes dificultades para ejercer nuestro derecho ciudadano a la salud. Aún cuando estamos insertas en mayor medida en la esfera pública, la toma de decisiones y el ejercicio del poder sigue teniendo un rostro masculino.

En las mujeres, el cáncer de ovario (caov) se encuentra entre los seis cánceres más frecuentes a nivel mundial, con aproximadamente 205,000 nuevos casos al año, sin embargo, representa el 47% de las defunciones, por lo que se convierte en la primera causa de mortalidad entre los cánceres de origen ginecológico a nivel mundial.

En México, el Instituto Nacional de Cancerología (Incan), reporta 3900 nuevos casos por año, ocupando el tercer lugar de los cánceres ginecológicos, después del cáncer de mamá (cama) y del cáncer de cérvico uterino (cacu).

Existen tres tipos principales: epitelial, germinal y del estroma. El primero, representa el 96% de los casos y es el más frecuente en mujeres mayores de 40 años. El segundo, representa el 4% de los casos y es más frecuente en adolescentes y adultas jóvenes, no obstante, resulta tener la posibilidad más alta de ser curable. El cáncer de estroma es un tipo de cáncer que se origina en las células productoras de hormonas sexuales y muy poco frecuente, razón por la cual no se cuentan datos oficiales que reflejen su índice de morbilidad o mortalidad.

La mayoría de los casos de cáncer epitelial se diagnostican entre los 45 y los 75 años de edad y se encuentran asociados con diversos patrones de riesgo que podrían ayudar a su detección temprana, tales como la menopausia, cuando el ovario ha perdido su función fisiológica y en consecuencia, la función anormal del ovario no produce síntomas; no haber tenido hijas/os; endometriosis; antecedentes personales o familiares de cáncer de ovario; mama o colon principalmente. No obstante, hay un número significativo de casos desde los 30 años.

El cáncer epitelial del ovario es un tumor que se clasifica dentro de las neoplasias malignas del ovario y constituye el 90% de todos los casos, además de ser el más letal debido a su propensión a formar tumores que se diseminan en el abdomen superior.

Sus síntomas suelen confundirse con enfermedades comunes para la mujer, tales como colitis, cistitis, enfermedad pélvica inflamatoria, parasitosis, dispepsia. Por lo cual, pueden pasar de 6 a 12 meses para recibir el diagnóstico correcto. Es por ello, que 8 de cada 10 mujeres es detectada en etapas avanzadas.

De acuerdo con datos del Incan, pese a que el cáncer de ovario es altamente curable si se diagnostica en etapas tempranas, no obstante la mayoría de las mujeres es diagnosticada cuando el tumor ya se ha diseminado fuera del ovario por lo que el 50% de las pacientes muere antes de los 5 años del diagnóstico. Esto se debe a que el cáncer de ovario generalmente no forma parte del diagnóstico diferencial del médico del primer contacto y la mayoría de las mujeres desconocen su existencia, creyendo que los quistes son comunes y benignos. Además, existe la creencia generalizada de que el papanicolaou es suficiente para detectar cualquier malignidad ginecológica.

El impacto de cáncer de ovario en la sociedad en general no se ha cuantificado aunque se piensa que es muy alto, ya que la mayoría de las mujeres que lo padecen son el único soporte económico y sustento emocional de la familia. La mayoría de las mujeres que son atendidas en el Incan tienen hijas e hijos adolescentes.

El derecho de las mujeres al nivel más elevado de salud física es reconocido por la Cuarta Conferencia Mundial Sobre la Mujer.1 En la plataforma de acción, aprobada por la Conferencia, se destacó la necesidad de garantizar a las niñas y a las mujeres el acceso universal a la atención y a la salud asequible, oportuna y de calidad.

En este marco el 43° periodo de sesiones de la Comisión Jurídica y Social de la Mujer de Naciones Unidas, propuso que se adoptaran nuevas medidas para mejorar la calidad de la salud de la mujer, incluida la incorporación de la perspectiva de género en los programas y políticas públicas del sector de la salud, incluido los presupuestos públicos.

En abril de 2011, gracias al esfuerzo de las diputadas que integramos la Comisión de Equidad y Género de la sexagésima primera legislatura, da inicio el Programa de Atención Oportuna a las Mujeres con Cáncer de Ovario con la asignación de 5 millones de pesos a través del anexo 10, correspondiente a erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011.

Los recursos se distribuyeron a partir de dos objetivos estratégicos: tratar a la mujer en forma oportuna, adecuada y completa, y el segundo diagnosticar el cáncer de ovario en etapas tempranas. Para el año 2011, se atendieron 211 mujeres con cáncer de ovario, lo cual represento el 85% de la cobertura total. Cabe mencionar que el 95% del presupuesto fue destinado a la atención médica.2

Para el año 2012, la Comisión de Equidad y Género asigna 22.9 millones de pesos para este Programa, y establece 3 nuevos objetivos: El primero, otorgar tratamiento completo y adecuado, impartido por médicos expertos, a las mujeres con Cáncer de Ovario; el segundo, identificar y difundir a todas/os los especialistas del país, las mejores prácticas en el diagnóstico, tratamiento y control y el tercero, establecer programas de detección oportuna dirigidos al médico de primer contacto y a la mujer de alto riesgo.

En este año, gracias al aumento de recursos, el Incan brinda el tratamiento completo que incluye cirugía, quimioterapia, medicamentos de apoyo, hospitalización, terapia intensiva y de atención inmediata.3

Sin duda, no es una tarea fácil, la salud de las mujeres es responsabilidad de todas y todos los mexicanos, por ello desde esta tribuna debemos demandar la congruencia en la realización del bien común como prioridad del actuar político. Garanticemos que la legislación y las políticas públicas reflejen un criterio de igualdad de oportunidades para las mujeres en relación con los hombres, acorde a los derechos humanos reconocidos por el marco jurídico nacional e internacional suscrito por el Estado Mexicano.

En este sentido, cabe destacar que la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW),4 es el instrumento internacional más importante en materia de derechos humanos de las mujeres, cuyo fin principal es observar la eliminación de cualquier forma de discriminación contra las mujeres. De acuerdo con ella, la discriminación contra la mujer denotará toda distinción, exclusión a restricción basada. en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.

Es por ello, que el numeral 1del artículo 12 de la CEDAW establece que los Estados Partes adoptaran todas las medidas apropiadas para la eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención médica a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, el acceso a los servicios de atención médica.

No obstante la recomendación general número 245 adoptada por el Comité para la Eliminación de la Discriminación de la Mujer procura detallar la interpretación del artículo 12 en la que se contemplan medida encaminadas a eliminar la discriminación a fin de que la mujer pueda ejercer su derecho al más alto nivel posible de salud. Estas medidas, no se consideraran apropiadas cuando un sistema de atención médica carezca de servicios para prevenir, detectar y tratar enfermedades propias de la mujer.

En este sentido, los Estados Partes deberán abordar los derechos de la mujer en materia de salud desde el punto de vista de las necesidades e intereses propios de la mujer y en qué forma la atención médica cuenta con estas características y factores privativos propios de la mujer en relación al hombre, tales como los factores biológicos (menstruación, función reproductiva y la menopausia).

Para el ejercicio fiscal 2013, es necesario continuar con el tratamiento gratuito a las mujeres que padecen cáncer de ovario en el Incan; que se continúe la difusión de las mejores prácticas entre los médicos especialistas del país; que los gobiernos estatales dentro de sus presupuestas asignen recursos para la ejecución de políticas públicas destinadas a la prevención y atención del cáncer de ovario; reforzar los programas de capacitación a los médicos de primer contacto y continuar creando conciencia entre la población de mujeres.

Sin duda, en la actualidad los estilos de vida insalubres, como el consumo de tabaco, las comidas poco nutritivas y la falta de actividad física, resultan factores esenciales para el crecimiento de la mortalidad y la morbilidad reflejado por los índices crecientes de enfermedades crónicas y letales como el cáncer. En este sentido, resulta indispensable que existan recursos dirigidos a la investigación de este padecimiento, para lograr acciones preventivas contundentes y oportunas para las mujeres.

México se encuentra en la segunda región de mayor prevalencia de cáncer de ovario en el mundo, el derecho a la vida y a la salud de las mujeres es hoy un tema vigente en la agenda pública por ello no podemos retrasar, escatimar o negar los recursos necesarios para enfrentar esta grave enfermedad.

Por lo expuesto, de conformidad con los artículos 8, numeral 1, fracción II, y 276 del Reglamento del Senado de la República, someto a consideración y aprobación del pleno de la honorable Cámara de Senadores el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. El Senado de Republica exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal para que, por conducto de la Secretaría de Salud, destine mayores recursos al Instituto Nacional de Cancerología, para continuar con el programa de acceso para la prevención, atención y tratamiento completo a las mujeres con cáncer de ovario.

Segundo . El Senado de la República exhorta respetuosamente a las Comisiones de Equidad y Género y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Honorable Cámara de Diputados, a que asigne dentro del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, un incremento al Programa de Atención Oportuna a las Mujeres con Cáncer de Ovario operado por el Instituto Nacional de Cancerología.

Tercero . El Senado de la República exhorta respetuosamente a la a las Comisiones de Equidad y Género de Presupuesto y Cuenta Pública de la Honorable Cámara de Diputados, a que asigne dentro del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, un incremento al presupuesto en salud a efecto de que la Secretaria de Salud en el ámbito de su competencia lo destine a reforzar los programas de capacitación a los médicos de primer contacto y a la difusión dirigida a la población de alto riesgo en materia de cáncer de ovario.

Cuarto . El Senado de la Republica exhorta respetuosamente a los Gobiernos Estatales y a sus respectivos Congresos Locales a que dentro de sus presupuestos destinen recursos para la ejecución de políticas públicas destinados a la prevención y atención del cáncer de ovario.

Notas

1 Celebrada en Beijing en 1995.

2 Cirugía y Quimioterapia para mujeres en primera línea de tratamiento con cáncer de ovario epitelial y germinal.

3 Tratamiento completo, en primera línea y recaídas para mujeres con cáncer de ovario epitelial y germinal.

4 Aprobada por la Asamblea General de la ONU el 18 de diciembre de 1979, suscrita por el Estado Mexicano el 1979 y ratificada por el Senado de la Republica el 23 de marzo de 1981. La cual fue publicada en el DOF el 12 de mayo de 1981.

5 Recomendación general número 24 (20° periodo de sesiones, 1999)

Dado en el salón de Sesiones del Senado de la República, a los 31 días del mes de octubre de 2012.

Senadoras: Martha Elena García Gómez (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica).

Del Congreso de Guerrero, con la que remite acuerdo aprobado a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2013 se incorpore un rubro específico que establezca a escala federal un programa general de becas para estudiantes indígenas de todos los niveles

Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, jueves 18 de octubre de 2012.

Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

México, DF

Por instrucciones de la Presidencia de la Mesa Directiva de la LX Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, adjunto al presente para los efectos legales conducentes, el acuerdo parlamentario por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, a efecto de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013, incorpore un rubro específico y suficiente para establecer a nivel federal un programa general de becas para estudiantes indígenas de todos los niveles.

Aprobado en sesión celebrada el día jueves 18 de octubre del año en curso.

Atentamente

Licenciado Benjamín Gallegos Segura (rúbrica)

Oficial Mayor


La LX Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, en nombre del pueblo que representa, y

Considerando

Que en sesión de fecha 18 de octubre del 2012, el diputado Daniel Esteban González, presentó la propuesta de acuerdo parlamentario por el que la LX Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, a efecto de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013, incorpore un rubro específico y suficiente para establecer a nivel federal un programa general de becas para estudiantes indígenas de todos los niveles, en los siguientes términos:

Primero. La reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) en junio del año 2011, sin duda ha sido un hito en la historia de nuestro país; lo es así, en virtud de que esta enmienda, elevó a rango constitucional el goce de los derechos humanos contenidos en los tratados internacionales ratificados por México.

Entre los derechos humanos fundamentales de los mexicanos, es importante resaltar el de la educación, el cual se encuentra consagrado en el artículo 3 de la CPEUM, que en su primera parte reza:

Artículo 3o. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado –federación, estados, Distrito Federal y municipios–, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias”.

Segundo. La trascendencia de algunos derechos ha motivado que muchos países coincidan en sus esfuerzos para hacerlos realidad; por ello, en septiembre del año 2000, reunidos en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York, los representantes de varios países aprobaron la Declaración del Milenio, documento en el cual se plasmaron los Objetivos de Desarrollo del Milenio, entre los cuales figura: Lograr la enseñanza primaria universal. La meta de este objetivo es que en el año 2015, todos los niños y las niñas puedan terminar un ciclo completo de educación primaria.

Tercero. En un estudio realizado y presentado recientemente por el Instituto de Investigaciones sobre la Universidad y la Educación (IISUE) de la UNAM1 , la situación de analfabetismo en México es dramática. Aproximadamente, seis millones de mexicanos, mayores de 15 años, se encuentran en esa condición; de ellos, poco más de tres millones y medio son mujeres, y dos millones 300 mil, hombres. Incluso hoy, en números absolutos, hay más analfabetas en el país que hace poco más de 10 años. En el año 2000 teníamos cinco millones 742 mil, en 2005, cinco millones 747 mil y en el 2010, sumaban cinco millones 948 mil.

Lo anterior significa que los porcentajes de analfabetismo han permanecido casi estáticos a lo largo de una década: 40 por ciento varones, 60 por ciento mujeres. Por ello, esta situación es preocupante, una realidad lacerante e indignante. Un país con esa cifra, muestra que no ha logrado concretar sus esfuerzos educativos de manera adecuada.

Por su parte el Informe de seguimiento de la educación para todos 2010, “Llegar a los marginados” de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO, por sus siglas en inglés) en México, 34 millones de personas están en rezago educativo; 7 millones son analfabetas; 1.4 millones de niños no asisten a la escuela; más de 1 millón 324 mil tienen menos de cuatro años de estudio, y hay un número inestimable de analfabetas funcionales. Estas Cifras dan cuenta de la marginación y la penuria educativa.

A nivel mundial, México tiene el lugar 55 en el índice educación para todos, que mide el acceso a los servicios educativos. De acuerdo con el informe, tiene el lugar 65 en la cantidad de alumnos que alcanza el quinto grado, y el 66 en alfabetización para adultos. Mientras que en el acceso de las mujeres a la educación, está en la posición 582.

Cuarto. Garantizar la educación universal es una tarea difícil para los gobiernos de los países que suscribieron este objetivo del milenio, pero se torna aún más complicado para la población más marginada y vulnerable, como son los indígenas.

En el informe “Llegar a los marginados”, señala que la población indígena de México cursa tan sólo 1.5 años en la escuela, mientras que a nivel nacional el promedio alcanza los 8 años. 8 de cada 10 indígenas no cuentan con educación básica. La tasa de analfabetismo alcanza hasta al 50 por ciento de la población en las zonas rurales; sin embargo, de los 1.5 millones de indígenas en rezago educativo, sólo se atiende a 66 mil. A diferencia del 17 por ciento de la población nacional que ingresa a la universidad, únicamente el 1 por ciento de los indígenas que cursan la primaria acceden a estudios a nivel superior, circunstancia que hace visible la baja eficacia educativa para este sector.

En otro apartado de este informe, se menciona que las mujeres mexicanas tienen de 1.5 a 1.7 veces más probabilidades de ser analfabetas que los hombres. En el caso de las mujeres que hablan una lengua indígena, hay 15 probabilidades más de ser analfabetas que aquellas que hablan español. Por ello los estados del sur del país tienen un pobre desempeño para combatir la desigualdad educativa.

Como dato ilustrativo, las entidades federativas con mayor proporción de analfabetas son Chiapas, con 18.41 por ciento; Guerrero, 17.53; Oaxaca, 16.92, y Veracruz, 12.02; entidades que tienen población indígena muy significativa, y en donde su esta tus de marginación y analfabetismo oscila entre el 50 y 60 por ciento.

Quinto. Ahora bien, con el derecho a la educación no se pretende que únicamente las personas sean alfabetos, sino también, que con ella, se pueda obtener una profesión u oficio para enfrentar la vida y tener mejores condiciones de vida para el beneficiario y su familia.

En esta lógica, el tema educativo, se debe ponderar como vital en la agenda política y social del país, de los estados y de los municipios, porque éste constituye uno de los puntos críticos que demandan ser incluidos como parte de una política de Estado moderno y democrático.

Estamos ciertos que el gobierno federal ha puesto en marcha algunos proyectos para coadyuvar a mejorar el tópico expuesto, a través de diversos proyectos: el Programa de Apoyo A Estudiantes Indígenas en Instituciones de Educación Superior, el Programa Nacional de Becas para la Educación Superior, el impulsado, recientemente, por la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígena. Incluso por otras instituciones, como la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) a través del programa universitarito Nación Multicultural. Es importante poner de relieve que el Programa Nacional de Becas para la Educación Superior, concedió a estudiantes indígenas de Chiapas, Guerrero y Oaxaca, el 5, 7 y 18 por ciento de las becas, respectivamente.

Sexto. No obstante las acciones anteriores, consideramos que no son suficientes para satisfacer plenamente el derecho a la Educación, y en particular, para el acceso educativo de los indígenas; por ello, es injustificable implementar un programa integral de becas para estudiantes indígenas de todos los niveles, y de esta manera dar cumplimiento al contenido del artículo 2, apartado a, fracción 11 de la Constitución Federal, que reza lo siguiente:

Artículo 2, Apartado B, fracción II:

II. Garantizar e incrementar los niveles de escolaridad, favoreciendo la educación bilingüe e intercultural, la alfabetización, la conclusión de la educación básica, la capacitación productiva y la educación media superior y superior. Establecer un sistema de becas para los estudiantes indígenas en todos los niveles. Definir y desarrollar programas educativos de contenido regional que reconozcan la herencia cultural de sus pueblos, de acuerdo con las leyes de la materia y en consulta con las comunidades indígenas. Impulsar el respeto y conocimiento de las diversas culturas existentes en la nación.

Reafirman el anterior fundamento legal, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el cual fue ratificado por México desde hace más de dos décadas. Este tratado, en su artículo 26 declara:

Artículo 26

Deberán adaptarse medidas para garantizar a los miembros de los pueblos interesados la posibilidad de adquirir una educación a todos los niveles, por lo menos en pie de igualdad con el resto de la comunidad nacional.

Los ordenamientos jurídicos citados, constituyen el fundamento legal para obligar a los tres niveles de gobierno al acceso efectivo al derecho de la educación para los indígenas.

Indudablemente, para lograr este objetivo se debe destinar un mayor presupuesto al rubro educativo. La Ley General de Educación, estipula que para este ámbito se deben destinar recursos cuando menos equivalentes al 8 por ciento del producto interno bruto, inclusive, un punto más a lo señalado por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO); por ello, exhortamos a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, destine para la educación el presupuesto que por ley le corresponde.

Séptimo. El pasado 8 de septiembre se conmemoró el Día Internacional de la Alfabetización. La mejor manera de honrar ese día, es que los órganos y gobiernos en turno, desde el ámbito federal, estatal y municipal, asuman su responsabilidad y pugnen coordinadamente destinen más presupuesto al rubro de la educación, y con ello, establecer un programa general de becas para estudiantes indígenas en todos los niveles.

Los considerandos señalados en esta proposición, hacen viable la instauración de una política social en pro de uno de los sectores más vulnerados como lo son los indígenas; acción con la cual estaremos dando cumplimiento al contenido de la Carta Magna y contribuyendo para que este país sea más justo e incluyente.

Que vertido lo anterior, en sesión de fecha 18 de octubre del 2012, la LX Legislatura al honorable Congreso del estado, aprobó por unanimidad de votos, en todos y cada uno de sus términos, la propuesta de acuerdo parlamentario presentada por el diputado Daniel Esteban González.

Por lo expuesto y con fundamento en los artículos 47, fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 8, fracción I, y 127 párrafo cuarto de la Ley Orgánica del Poder Legislativo número 286, este honorable Congreso del estado de Guerrero, expide el siguiente:

Acuerdo Parlamentario

Primero: Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, a efecto de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013, incorpore un rubro específico y suficiente para establecer a nivel federal un Programa General de Becas para Estudiantes Indígenas de todos los niveles.

Segundo: Se exhorta al honorable Congreso de la Unión, a través de la Cámara de Diputados, para que de acuerdo a sus facultades, considere en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013, un rubro especifico y suficiente para establecer a nivel federal un programa de becas para estudiantes indígenas de todos los niveles.

Tercero: Se exhorta al Titular del poder Ejecutivo del Estado de Guerrero, a efecto de que en el proyecto de presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2013, incorpore un rubro específico y suficiente para establecer a nivel estatal un programa general de becas para estudiantes indígenas de todos los niveles.

Cuarto: Se exhorta a los H. Ayuntamientos Municipales, donde exista población indígena, que al momento de formular su proyecto de presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2013, incorporen un rubro específico y suficiente para establecer un programa general de becas para estudiantes indígenas de todos los niveles.

Transitorios

Primero. Gírese el presente acuerdo parlamentario al Ejecutivo federal, estatal, a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión y a los 81 honorables ayuntamientos municipales, para sus efectos legales a los que haya lugar.

Segundo. Gírese el presente acuerdo parlamentario a las legislaturas de los estados a efectos de su adhesión correspondiente.

Tercero. Publíquese el presente acuerdo parlamentario en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, así como en un diario de circulación estatal.

Notas

1 A cargo del investigador Ruga Casanova Cardiel.

2 Informe de seguimiento de la educación para todos 2010, “Llegar a los marginados” de la UNESCO.

Dado en el salón de sesiones del honorable Poder Legislativo, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil doce.

Diputada Laura Arizmendi Campos (rúbrica)

Secretaria

Diputada Delfina Concepción Oliva Hernández

(rúbrica)

Secretaria

Del Congreso de Guerrero, con la que remite acuerdo aprobado a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2013 se asignen mayores recursos para fortalecer la infraestructura y competitividad del campo guerrerense

Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, jueves 18 de octubre de 2012.

Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

México, DF

Por instrucciones de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Sexagésima Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, adjunto al presente para los efectos legales conducentes, el acuerdo parlamentario por medio del cual se exhorta a la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión para que a través de las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública; Desarrollo Rural; Recursos Hidráulicos; y Pesca, en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, asignen mayores recursos para fortalecer la infraestructura y competitividad del campo guerrerense, con una inversión 1,537.7 millones de pesos, particularmente en el Programa. Especial Concurrente.

Aprobado en sesión celebrada el día jueves 18 de octubre del año en curso.

Atentamente

Licenciado Benjamín Gallegos Segura (rúbrica)

Oficial Mayor


La Sexagésima Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, en nombre del pueblo que representa, y

Considerando

Que en sesión de fecha 18 de octubre del 2012, los diputados integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Agropecuario y Pesquero, presentaron la Propuesta de Acuerdo Parlamentario por el que la Sexagésima Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, en pleno respeto a la división de poderes, exhorta a la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, para que a través de las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública; Desarrollo Rural; Recursos Hidráulicos; y Pesca, en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, asignen mayores recursos para fortalecer la infraestructura y competitividad del campo guerrerense, con una inversión 1,537.7 millones de pesos, particularmente en el Programa Especial Concurrente, en los siguientes términos:

Exposición de Motivos

El sector agrícola es un pilar fundamental en la economía y el desarrollo del país.

Su importancia radica en las funciones que desempeña como la seguridad alimentaria, la conservación del medio ambiente, el paisaje rural; además que contribuye a la viabilidad de las áreas rurales al favorecer un desarrollo territorial más equilibrado.1

En 2011, las Actividades Primarias lograron un monto de 570,329 millones de pesos corrientes. Así, la aportación del Producto Interno Bruto Nacional a valores básicos fue de 4.2%, por parte de la Agricultura, la Ganadería, el Aprovechamiento forestal, así como la Pesca y Caza.

Al analizar la estructura agraria nacional, se observa que de 5.5 millones de unidades de producción que existen en México, sólo 3.7 millones han tenido actividad agrícola. Apenas 10.8% dispone de sistemas de riego; mientras 83% es de temporal y 6.2% combina áreas de riego y de temporal, causando dificultades para la siembra como para la cosecha en 78% de las unidades de producción. En Guerrero, apenas se siembran 861,417 hectáreas, para 3,388,768 de habitantes.2

De acuerdo con los índices de marginación, Guerrero, Chiapas y Oaxaca son las entidades federativas con grado de marginación muy alto, donde vive 10.7 por ciento de la población nacional, esto es, 12.0 millones de personas.

Guerrero es la entidad con mayores niveles de pobreza y marginación, 4 de cada 10 guerrerenses viven en el medio rural, con bajo nivel de ingresos y ocupación formal, sus localidades están dispersas, por lo que existe una escasa organización productiva.

En Guerrero existen actores rurales de muy diversa escala en productividad, rentabilidad y competitividad, ubicándolos en 3 grandes segmentos:

• 04% de la población son productores empresariales que dedican la totalidad de su producción agropecuaria al mercado; el tamaño de su parcela varía de 5 a 20 hectáreas. La mayoría son de riego y se trabaja en forma mecanizada.

• 20.9 son productores de transición, dedican parte de su producción agropecuaria al autoconsumo y otra parte la destina al mercado. La superficie que atiende oscila entre las 3 y 5 hectáreas. La mayor parte son de temporal.

• 78.7 son productores de menores ingresos. Se caracteriza por producir para el autoconsumo. Su parcela varía de menos de 1 a 3 hectáreas. En esta categoría queda comprendida la totalidad de la población indígena agropecuaria y la mayoría de los campesinos de Guerrero.

La problemática y necesidad del campo guerrerense es grande, pero con políticas públicas sustentables y acordes a las realidades sociales, se pueden mitigar proporcionando los implementos necesarios en su ejecución.

El campo guerrerense tiene sus potencialidades: 16.5% de la superficie del Estado es adecuada para la agricultura, 6.8% es de temporal y 9.7 para riego. En Guerrero se produce a un nivel nacional competitivo el mango, jamaica, coco, mamey, maguey-mezcal, café, limón, aguacate, maíz, con una representatividad importante a nivel nacional.

En la actividad pecuaria, 12.5 de la superficie del Estado es destinada a la ganadería. Con producción de caprinos, abejas miel, porcinos y bovinos, ocupando los lugares 5°, 8°, 11° y 18° a nivel nacional, respectivamente.

El estado de Guerrero posee una gran extensión de litoral, ubicándolo como la octava entidad con mayor longitud en el país. Sin embargo, la producción pesquera extraída no puede considerarse acorde con las posibilidades o capacidades potenciales productivas que la extensión del litoral refiere, ya que el deficiente equipo con el que se cuenta no ha permitido una explotación óptima de este recurso.

Estas potencialidades dependen de la inversión financiera que se destina año con año. Guerrero, al igual que la mayoría de los Estados de la República, depende de los recursos que le son asignados por la Federación, por lo que el recurso que se destina al campo guerrerense es en su mayoría federalizado, ya que el Estado sólo aporta el 25%.

Pero esta inversión, como sucede en la mayoría de los rubros que inciden en los indicadores de’ desarrollo humano, es insuficiente, por eso resulta prioritario que Guerrero pueda contar para el próximo ejercicio fiscal 2013, con una aportación de recursos federales que le permita atender las necesidades básicas del campo guerrerense. Se deben fortalecer y garantizar inversiones suficientes en las acciones de concurrencia con el gobierno federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) para ampliar la cobertura de atención a los Programas de Apoyo a la Inversión en Equipamiento e Infraestructura, Desarrollo de Capacidades y Extensionismo Rural; el de Sustentabilidad de los Recursos Naturales, y los acuerdos específico de: sanidades; Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable, Prevención y Manejo de Riesgos; Modernización’ de la Flota Pesquera y Racionalización del Esfuerzo Pesquero; así como el convenio con la Comisión Nacional del Agua para la Rehabilitación y Modernización de Distritos y Unidades de Riego.

Como parte de las facultades de este Poder Legislativo, resulta prioritario que de forma coordinada, estableciendo una política transversal en acciones que permitan al agro local, contar con los recursos financieros para el próximo ejercicio fiscal, se hace necesario exhortar a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para que se destinen mayores recursos presupuestarios que permitan fortalecer la infraestructura y elevar la competitividad del campo guerrerense asignando una inversión de 1,537.7 millones de pesos, de los cuales 850 millones de pesos se orientarán para la atención integral de 2,500 localidades de alta y muy alta marginación a través del Proyecto Estratégico de Seguridad Alimentaria”.

Que vertido lo anterior, en sesión de fecha 18 de octubre del 2012, la Sexagésima Legislatura al Honorable Congreso del Estado, aprobó por unanimidad de votos, en todos y cada uno de sus términos, la propuesta de Acuerdo Parlamentario presentada por los Diputados integrante de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Agropecuario y Pesquero.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 47 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 8 fracción I y 127 párrafo cuarto de la Ley Orgánica del Poder Legislativo número 286, este Honorable Congreso del estado de Guerrero, expide el siguiente:

Acuerdo Parlamentario

Primero. La Sexagésima Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, en pleno respeto a la división de Poderes, exhorta a la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, para que a través de las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública; Desarrollo Rural; Recursos Hidráulicos; y Pesca, en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, asignen mayores recursos para fortalecer la infraestructura y competitividad del campo guerrerense, con una inversión 1,537.7 millones de pesos, particularmente en el Programa Especial Concurrente, bajo la siguiente distribución:

• 687.7 millones de pesos, para fortalecer los programas de atención al sector agropecuario y pesquero etiquetados en dependencias del sector como la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Conapesca y la Comisión Nacional del Agua.

• 850 millones de pesos para atender a 2,500 localidades de alta y muy alta marginación en capacitación, asistencia técnica, obras de conservación de suelo yagua y proyectos productivos de traspatio, a través del Proyecto Estratégico de Seguridad Alimentaria.

Segundo. La Sexagésima Legislatura al honorable Congreso del estado, en pleno respeto a la división de Poderes, exhorta a la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, se destinen recursos para fortalecer el Programa de Fertilizante que se aplica en el estado de Guerrero, con una aportación igual a la inversión estatal directa.

Transitorios

Primero. El presente acuerdo parlamentario surtirá sus efectos a partir de la fecha de su aprobación.

Segundo. Túrnese a la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, para su observancia y efectos legales a que haya lugar.

Tercero. Publíquese el presente acuerdo parlamentario en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, así como en la página web del Congreso del estado, para el conocimiento general y efectos legales procedentes.

Notas

1 Determinación de la competitividad del sector agropecuario en México, 1980-2009.- Revista Mexicana de Ciencias Agrícolas , volumen 2, número 4, 1 de julio-31 de agosto, 2011 p. 501-514.

2 Inegi.

Dado en el salón de sesiones del honorable Poder Legislativo, a los dieciocho días del mes de octubre del año des mil doce.

Diputado Antonio Gaspar Beltrán (rúbrica)

Presidente

Diputada Laura Arizmendi Campos (rúbrica)

Secretaria

Diputda Delfina Concepción Oliva Hernández (rúbrica)

Secretaria



Minutas

Con proyecto de decreto, que concede permiso al ciudadano Rodolfo Vergel Gordillo para aceptar y usar la condecoración Red Interamericana de Telecomunicaciones Navales y la placa distintivo RITN, que le otorga el gobierno de Estados Unidos de América

México, DF, a 31 de octubre de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presentes

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se concede permiso para que el ciudadano Rodolfo Vergel Gordillo, pueda aceptar y usar la Condecoración Red Interamericana de Telecomunicaciones Navales y la Placa Distintivo RITN, que le otorga el gobierno de Estados Unidos de América.

Atentamente

Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)

Vicepresidente


Proyecto de Decreto

Artículo Único. Se concede permiso para que el ciudadano Rodolfo Vergel Gordillo, pueda aceptar y usar la Condecoración Red Interamericana de Telecomunicaciones Navales y la Placa Distintivo RITN, que le otorga el gobierno de Estados Unidos de América.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 31 de octubre de 2012.

Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)

Vicepresidente

Senadora Rosa Adriana Díaz Lizama (rúbrica)

Secretaria

Con proyecto de decreto, que concede permiso al ciudadano Sergio Cedeño Villerías para aceptar y usar la condecoración Medalla al Mérito I Clase, que le otorga el gobierno de la República de Honduras

México, DF, a 31 de octubre de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presentes

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se concede permiso al ciudadano Sergio Cedeño Villerías para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Medalla al Mérito I Clase, que le otorga el Gobierno de la República de Honduras.

Atentamente

Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)

Vicepresidente


Proyecto de Decreto

Artículo Único. Se concede permiso para que el ciudadano Sergio Cedeño Villerías pueda aceptar y usar la condecoración de la Medalla al Mérito I Clase, que le otorga el Gobierno de la República de Honduras.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 31 de octubre de 2012.

Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)

Vicepresidente

Senadora Rosa Adriana Díaz Lizama (rúbrica)

Secretaria

Con proyecto de decreto, que concede permiso a la ciudadana Patricia Espinosa Cantellano para aceptar y usar la Condecoración de la Orden de San Carlos, en grado de Gran Cruz, que le otorga el gobierno de la República de Colombia

México, DF., a 31 de octubre de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presentes

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene Proyecto de decreto por el que se concede permiso para que la Ciudadana Patricia Espinosa Cantellano, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de San Carlos, en grado de Gran Cruz, que le otorga el gobierno de la República de Colombia.

Atentamente

Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)

Vicepresidente


Proyecto de Decreto

Artículo Único. Se concede permiso para que la ciudadana Patricia Espinosa Cantellano, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de San Carlos, en grado de Gran Cruz, que le otorga el gobierno de la República de Colombia.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 31 de octubre de 2012.

Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)

Vicepresidente

Senadora Rosa Adriana Díaz Lizama (rúbrica)

Secretaria

Con proyecto de decreto, que concede permiso al ciudadano Vicente Fernández Gómez para aceptar y usar la condecoración Orden de los Libertadores y Libertadoras, en grado de Primera Clase, que le otorga el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela

México, DF, a 31 de octubre de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presentes

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene proyecto de decreto por el que se concede permiso para que el ciudadano Vicente Fernández Gómez pueda aceptar y usar la condecoración Orden de los Libertadores y Libertadoras, en grado de Primera Clase, que le otorga el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela.

Atentamente

Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)

Vicepresidente


Proyecto de Decreto

Artículo Único. Se concede permiso para que el ciudadano Vicente Fernández Gómez pueda aceptar y usar la condecoración Orden de los Libertadores y Libertadoras, en grado de Primera Clase, que le otorga el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 31 de octubre de 2012.

Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)

Vicepresidente

Senadora Rosa Adriana Díaz Lizama (rúbrica)

Secretaria



Iniciativas de ley o decreto de las legislaturas de los estados

Del Congreso de Jalisco, con proyecto de decreto que deroga la fracción III del artículo 1132 del Código de Comercio

Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión

Enviándole un atento saludo, hago de su conocimiento que esta Quincuagésima Novena Legislatura del honorable Congreso del estado de Jalisco, en sesión verificada en esta fecha, aprobó el acuerdo legislativo número 1708-LlX-12, en el que se aprueba enviar a su representación, iniciativa de acuerdo legislativo por la que se propone derogar la fracción III del artículo 1132 del Código de Comercio por los razonamientos vertidos en el cuerpo del acuerdo legislativo en comento.

Por instrucciones de la directiva de esta soberanía, hago de su conocimiento lo anterior, adjuntándole copia del acuerdo legislativo de referencia, para efectos de la comunicación procesal respectiva.

Sin otro en particular, propicia hago la ocasión para reiterarle las seguridades de mi consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Guadalajara, Jalisco, a 15 de octubre de 2012.


Licenciado José Manuel Correa Ceseña

Secretario General del Honorable Congreso del Estado


Dictamen de acuerdo legislativo

Asunto: Se aprueba presentar ante el honorable Congreso de la Unión la iniciativa que pretende reformar el artículo 1132 del Código de Comercio.

Comisión dictaminadora: Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos y Reglamentos

Ciudadanos diputados:

A la Comisión de Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos y Reglamentos, le fue turnada, por acuerdo de la asamblea, la iniciativa de acuerdo legislativo mediante la cual se deroga la fracción III del artículo 1132 del Código de Comercio presentada por la diputada Elisa Ayón Hernández.

Por lo que se tomaron en cuenta para la elaboración del presente dictamen los siguientes:

Antecedentes

I. Que en fecha 14 de agosto del 2012, la diputada Elisa Ayón Hernández presentó la iniciativa de acuerdo legislativo que nos ocupa.

II. Que también en fecha 14 de agosto del 2012 le fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos y Reglamentos, por acuerdo de la asamblea, la presente iniciativa de acuerdo legislativo, para su estudio y formulación del proyecto de dictamen, de conformidad con lo señalado en el artículo 107 de la Ley Orgánica de este Poder.

Ubicados los antecedentes de la iniciativa en estudio, es viable señalar que se tomaron en cuenta por esta comisión al momento de dictaminar conforme a las siguientes

Consideraciones

I. Que es facultad de los diputados presentar iniciativas de ley, decreto o acuerdo legislativos, de conformidad con el artículo 28, fracción I, de la Constitución Política para el estado de Jalisco y el artículo 22, fracción I, de la ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco.

II. Que es facultad del Congreso del estado, presentar iniciativas de ley o decretos ante el Congreso de la Unión, de conformidad con el artículo 153, numerales 1 y 2, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Jalisco.

III. De conformidad con lo dispuesto en la fracción I, numeral 1, del artículo 69 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco, es atribución de las Comisiones Legislativas recibir, analizar, estudiar, discutir y dictaminar los asuntos que le turnen la asamblea.

IV. Corresponde a la Comisión de Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos y Reglamentos el estudio y dictamen o el conocimiento del presente asunto, en los términos del artículo 97 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco.

En este orden de ideas, se surte los extremos legales en los que la autora de la iniciativa cuenta con facultades para presentar propuestas a través de Iniciativas de ley, decreto, o acuerdo Legislativo, asimismo, la comisión legislativa que suscribe cuenta con facultades para conocer del asunto planteado, por lo cual, de la iniciativa de acuerdo legislativo presentada se destaca la siguiente:

Exposición de Motivos

“I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 71, fracción III, que compete a las legislaturas de los estados iniciar leyes o decretos, lo cual viene a complementarse con lo previsto en nuestra Ley Orgánica en el artículo 153, numeral 2, donde se establece que los diputados, pueden plantear reformas de leyes federales, sin embargo las cuales deben aprobarse mediante acuerdo legislativo para ser remitidas al Congreso de la Unión y sigan el tramite previsto en nuestra Ley Suprema.

II. La reforma que realizo es al Código de Comercio, el cual fue expedido mediante decreto del 4 de junio de 1887, siendo publicado en el Diario Oficial de la Federación del 7 del octubre al 13 de diciembre de 1889, entrando en vigor el 1 de enero de 1890, teniendo su última reforma el 17 de abril de 2012. La reforma que pretendo hacer deroga la fracción III al artículo 1132, del Libro Quinto “De los Juicios Mercantiles”, Título Primero, “Disposiciones Generales”, Capítulo IX, “De los impedimentos, recusaciones y excusas”.

III. El ordenamiento jurídico que derogo mediante este acto legislativo, es el que transcribo a continuación con letra negra cursiva, esto para un mejor entendimiento del presente acuerdo legislativo:

Artículo 1132. Todo magistrado, juez o secretario se tendrá por forzosamente impedido para conocer en los casos siguientes:

I y II. ...

III. Cuando tengan pendiente el juez o sus expresados parientes un pleito semejante al de que se trate;

...

Como bien es sabido por los conocedores del derecho, los encargados de impartir justicia, en este caso los magistrados, jueces o secretario, tienen impedimentos para el estudio de ciertos asuntos, los cuales en materia de comercio se encuentran en el artículo que anteriormente cité, siendo la actual fracción tercera del artículo 1132 del Código de Comercio un impedimento que no genera una afectación, ya que, en el supuesto comentado no hay un interés o intervención directa del juzgador o sus familiares, como si ocurre en todos los demás impedimentos, sino al contrario se depende de un resultado de un juicio distinto, para generar según lo actualmente contemplado un impedimento en el juzgador, lo cual resulta erróneo, ya que, cada juicio es diferente y tiene características peculiares, que hacen que varíen las determinaciones de los juzgadores y esto es bien sabido por los antes mencionados, por lo cual no es posible que un juzgador ejemplo de la certeza y legalidad en nuestra nación, vaya a actuar o dejar de actuar de cierta manera por tener un pleito similar al que esté estudiando y mucho menos si es de uno de sus expresados parientes, por lo tal considero que dicha causal de impedimento, establecida en el Código de Comercio es inoperante, por tanto, es necesaria derogarla de la legislación ya citada. Para mejor entendimiento de lo anterior transcribo una tesis referente al asunto:

Impedimentos en el amparo. Interés en el asunto debe ser directo para que tenga el carácter de personal.

Debe considerarse infundada la causal de impedimento consistente, en la existencia de interés personal en el asunto, a que se refiere la fracción II del artículo 66 de la Ley de Amparo, si no se alude a un interés que directamente tenga el juzgador que va a resolver el caso, sino que pretenda derivarse dicho interés del que se atribuya a otra persona con la que el juzgador tenga alguna vinculación, en virtud de que ello le quitaría el carácter de personal a dicho interés, máxime si no se aporta prueba alguna que demuestre que, efectivamente, la otra persona tenga interés en el asunto.

Impedimento 96/83. Ana Rebell de del Valle. 31 de mayo del 1984. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot.

Nota: En el informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro “Impedimento. La causal consistente en la existencia de un interés personal en el asunto se refiere al que directamente pudiera tener el juzgador y no alguna otra persona relacionada, pues ello le quitaría el carácter de personal”.

Con la reforma continua prevaleciendo el sentido de imparcialidad con la que deben actuar los juzgadores, puesto que, en el supuesto antes expuesto no hay ninguna afectación, que pueda dañar dicho sentido.

Para mejor entendimiento de lo anterior, me permito transcribir la definición de impedimento, conforme o lo establecido en el diccionario de derecho de Rafael de Pina Vara:

“Cualquier circunstancia susceptible de afectar la imparcialidad con que los jueces y funcionarios judiciales, en general, deben proceder en el ejercicio de sus cargos, y que les obliga legalmente a inhibirse en el caso en que se produzca”.

Así también de la definición señalada, podemos analizar que en el supuesto comentado no existe una circunstancia que genere una afectación a la imparcialidad, debido a que los juzgadores están perfectamente consientes de que cada juicio es un mundo y que varían las circunstancias de un juicio a otro aunque sean similares, por lo tanto no se verán influenciados.

IV. Para complementar los motivos antes expuestos realicé un estudio de derecho comparado, estudiando las Leyes Adjetivas Civiles de los principales Estados de la República, dejándonos como conclusión que el impedimento que pretendo derogar esta en desuso, pues estados como Sonora, Veracruz, el DF, Nuevo León y el Código de Procedimientos Civiles Federal, no lo contemplan, por lo cual en base al derecho comparado se fortalece nuestra propuesta.

V. La presente Iniciativa de Acuerdo Legislativo, la realizo con la finalidad de adecuar uno de los principales ordenamientos jurídicos del país que es Código de Comercio, esto para dejar de tener preceptos jurídicos en desuso, dentro de nuestras leyes, es decir, para tener un Código de Comercio eficaz y eficiente, adecuado a las necesidades de nuestros ciudadanos, por lo anteriormente expuesto propongo el siguiente:

Acuerdo Legislativo

Único. Remítase el presente acuerdo legislativo al Congreso de la Unión, mediante el cual se deroga la fracción III del artículo 1132 del Código de Comercio, para que se le dé el trámite correspondiente conforme a las leyes aplicables a la materia, quedando dicho artículo como a continuación se presenta:

Artículo 1132. ...

I. y II. ...

III. Derogado.

IV. a XII. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

En base a lo anterior, la comisión dictaminadora emite las siguientes:

Conclusiones

La iniciativa presentada por la diputada Elisa Ayón Hernández propone derogar la fracción III del artículo 1132 del Código de Comercio, dispositivo que habla de los impedimentos que tienen los juzgadores para el estudio de ciertos asuntos, y en particular la fracción III, que refiere el supuesto de “...cuando tengan pendiente el juez o sus expresados parientes un pleito semejante al de que se trate...”, por lo que considera que dicho impedimento no genera una afectación ya que, en el supuesto comentado no hay un interés o intervención directa del juzgador o de familiares, como es el caso del resto de los impedimentos que se relatan en el numeral precitado.

Analizada que fue la iniciativa los suscritos dictaminadores coincidimos con la autora de la misma, en el sentido de que no existe una circunstancia que genere una afectación a la imparcialidad en caso de entrar al supuesto que se pretende derogar, debido a que los juzgadores están perfectamente conscientes de la individualidad de cada juicio y de que varían las circunstancias de un juicio a otro aunque sean similares. Es así que estimamos que dicha causal de impedimento establecida en el Código de Comercio es totalmente inoperante ya que, insistimos, no es posible que el juzgador vaya a actuar o dejar de actuar de cierta manera por tener un juicio similar al que está estudiando y mucho menos si es de uno de sus expresados parientes.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, la Comisión de Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos y Reglamentos sometemos a la elevada consideración de esta honorable asamblea legislativa el siguiente proyecto de:

Acuerdo Legislativo

Único. Se aprueba enviar al honorable Congreso de la Unión, la iniciativa de acuerdo legislativo mediante la cual se deroga la fracción III del artículo 1132 del Código de Comercio, para quedar como sigue:

Artículo 1132. ...

I. a la II. ...

III. Derogada

IV. a la XII. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente

Guadalajara, Jalisco, a septiembre de 2012.

Sala de Comisiones del Honorable Congreso del Estado de Jalisco.

La Comisión de Puntos Constitucionales, Estudios legislativos y Reglamentos

Diputados: Mariana Fernández Ramírez (rúbrica), presidenta; Javier Gil Olivo (rúbrica), Noa Zurisada Acosta Esquivias (rúbrica), Roberto Antonio Marrufo Torres, Blanca Estela Fajardo Durán (rúbrica), José Antonio de la Torre Bravo (rúbrica), Abraham Kunio González Uyeda, Raúl Vargas López, vocales.