Gaceta Parlamentaria, año XII, número 2811, viernes 31 de julio de 2009

Anexo I Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos

Oficios
Iniciativas
Informes
Convocatorias
Invitaciones

Oficios

Del Servicio de Administración Tributaria, con el que informa que en junio de 2009 se dio destino únicamente a mercancía perecedera, de fácil descomposición o deterioro y no transferible al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes

México, DF, a 20 de julio de 2009.

Diputado César Duarte Jáquez

Presidente de la Mesa Directiva de la

Cámara de Diputados

Del Congreso de la Unión

Presente

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 145, penúltimo párrafo, de la Ley Aduanera, me permito hacer de su conocimiento que el Servicio de Administración Tributaria, por conducto de las autoridades aduaneras locales competentes, en junio de 2009 dio destino únicamente a mercancía perecedera, de fácil descomposición o deterioro y no transferible al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes.

De los bienes reportados como destinados por dichas autoridades aduaneras se informa en relación anexa.

Atentamente

Licenciado Fernando Garcidueñas Torres

Administrador Central de Destino de Bienes



Iniciativas

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, presentada por el diputado Emilio Ramiro Ramón Flores Domínguez, del Grupo Parlamentario del PAN, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 29 de julio de 2009

El suscrito, Emilio Flores Domínguez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 101, 119 y 121, y adiciona el 55, el 60 y el 119 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, que se sustenta en la siguiente

Exposición de Motivos

La importancia que revisten los organismos genéticamente modificados (OGM) en nuestra vida cobra cada día mayor envergadura, sobre todo tratándose de productos alimenticios. Por ello, en esta iniciativa de reformas de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados se busca modificar el artículo 55, con la inclusión del certificado de origen de OGM, para que entre los requisitos que tendrá que cumplir el solicitante de un permiso para liberación comercial de OGM, en el caso de que sean importados o de procedencia extranjera, se solicite dicho certificado, lo cual coadyuvaría a bajar costos al importador.

Asimismo, se considera necesaria la inclusión en el artículo 60 de la mención de los estándares internacionales para asegurar el máximo rigor científico en los estudios de evaluación de riegos.

Igualmente, proponemos la modificación del artículo 101 para que se etiqueten los OGM para consumo humano, explicitando el contenido transgénico, eliminando así la condición de ser “significativamente diferentes de los convencionales”, a fin de que cualquier producto que contenga OGM sea etiquetado y tenga la referencia explícita de su contenido y propiedades.

También se propone la modificación del artículo 119 para que se elimine la palabra pleno, en virtud de que si una persona incurre en uno de los supuestos enumerados en el mismo artículo, bastaría alegar que “no tenía pleno conocimiento” de que estaba manejando OGM para quedar eximido de las infracciones administrativas que señala dicho artículo.

Asimismo, incluimos en la fracción XX el incumplimiento de las disposiciones relativas a la liberación experimental de OGM, que muchas veces se incumplen.

De igual manera, se propone la eliminación de la palabra pleno en el primer párrafo del artículo 121, en busca de que todo quien tenga conocimiento, aunque no sea pleno, sea acreedor a las sanciones que marca esta ley.

En mérito de lo expuesto, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración del honorable Congreso de la Unión la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma los artículos 101, 119 y 121, y adiciona el 55, el 60 y el 119 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados

Artículo Primero. Se reforman el primer párrafo del artículo 101, el primer párrafo del artículo 119 y el primer párrafo del artículo 121 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, para quedar como sigue:

Artículo 101. Los OGM o productos que contengan organismos genéticamente modificados autorizados por la Ssa por su inocuidad en los términos de esta ley y que sean para consumo humano directo deberán garantizar la referencia explícita de organismos genéticamente modificados y señalar en la etiqueta correspondiente la información de su composición alimenticia o sus propiedades nutrimentales, además de cumplir los requisitos generales adicionales de etiquetado conforme a las normas oficiales mexicanas que expida la Ssa, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Salud y sus disposiciones reglamentarias, con la participación de la Secretaría de Economía.

Artículo 119. Incurre en infracciones administrativas de las disposiciones de esta ley la persona que, con conocimiento de que se trata de OGM:

Artículo 121. Con independencia de lo dispuesto en el artículo anterior, toda persona que, con conocimiento de que se trata de OGM, cause daños a terceros en sus bienes o a su salud por el uso o manejo indebido de dichos organismos, será responsable y estará obligada a repararlos en los términos de la legislación civil federal. Igual obligación asumirá la persona que dañe el ambiente o la diversidad biológica por el uso o manejo indebido de OGM, para lo cual será aplicable lo dispuesto en el artículo 203 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Artículo Segundo. Se adicionan el inciso IV del artículo 55, los párrafos primero y segundo del artículo 60 y el inciso XX del artículo 119 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, para quedar como sigue:

Artículo 55.

I. a III.

IV. En su caso, condiciones para su liberación y comercialización, así como el certificado de origen correspondiente .

Artículo 60. La evaluación del riesgo es el proceso por el cual se analizan caso por caso, con base en estudios fundamentados científica y técnicamente, acordes con los estándares internacionales en la materia, cuando éstos existan, que deberán elaborar los interesados, los posibles riesgos o efectos que la liberación experimental al ambiente de OGM puedan causar al ambiente y a la diversidad biológica, así como a la sanidad animal, vegetal y acuícola.

Los posibles riesgos a la salud humana serán materia de estudio de riesgos, acordes con los estándares internacionales en la materia, cuando éstos existan, para la obtención de la autorización del OGM de que se trate, en los términos de esta ley.

Artículo 119.

I. a XIX.

XX. Incumpla las disposiciones relativas a la generación, tratamiento, confinamiento, liberación experimental, disposición final, destrucción o eliminación de residuos de OGM que se establezcan en las normas oficiales mexicanas que deriven del presente ordenamiento;

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 29 de julio de 2009.

Diputado Emilio Ramiro Ramón Flores Domínguez (rubrica)

(Turnada a la Comisión de Ciencia y Tecnología. Julio 29 de 2009.)

Que adiciona la fracción I del artículo 41 y el inciso e) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recibida del diputado Narciso Alberto Amador Leal, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 29 de julio de 2009

El suscrito, diputado federal integrante de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 55 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con la fracción II del artículo 79 de la propia Constitución, somete a la consideración de la Comisión Permanente, para los efectos conducentes, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción I del artículo 41 y el inciso e) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Exposición de Motivos

En la reforma constitucional en materia electoral publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de noviembre del 2007 se contempló por primera vez en nuestra historia la materia concerniente a la regulación de las precampañas como parte de las contiendas electorales, sin que por lo demás, la reforma en cuestión contemple de manera expresa la obligación a cargo de los partidos políticos de realizar elecciones internas para la designación de sus dirigentes y tampoco para la designación de candidatos a cargo de elección popular; estableciéndose lo conducente al tema en cuestión en el artículo 41, fracción IV, así como en el inciso j) de la fracción IV del artículo 116 en lo que respecta a los procesos electorales locales.

Tal y como en su oportunidad lo expresé en el debate de la reforma en cuestión, los preceptos referidos resultan omisos respecto a establecer de manera clara e indubitable el imperativo de realizar elecciones democráticas internas con base en los principios de certeza, legalidad, equidad y transparencia, tanto para la designación de dirigentes partidistas como para la postulación de candidatos a cargos de elección popular a cuenta de los referidos institutos políticos.

El proyecto del nuevo Código Electoral para Tamaulipas, paradigmático a nivel nacional por su reciente confección, pretende reglamentar a nivel local la reforma constitucional antes mencionada, y establece por su cuenta, en relación con las precampañas, la siguiente disposición en su numeral 195:

“Cada partido determinará, conforme a sus estatutos, el procedimiento aplicable para la selección de sus candidatos a cargos de elección popular, según la elección de que se trate, a más tardar el 10 de diciembre del año previo al de la elección. La determinación deberá ser comunicada al Consejo General del Instituto dentro de las setenta y dos horas siguientes a su aprobación por la instancia partidista correspondiente, señalando la fecha de inicio del proceso interno, el método o los métodos que serán utilizados, la fecha para la expedición de la convocatoria correspondiente, los plazos que comprenderá cada fase del proceso interno y los órganos de dirección responsables de su conducción y vigilancia...”

La Constitución del Estado Libre y Soberano de Puebla sólo se refiere a los plazos de precampaña al establecer en el artículo 4o., fracción I, inciso c), lo siguiente:

I. El Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado deberá establecer:

“Las reglas para las precampañas y las campañas electorales de los partidos políticos, así como las sanciones para quienes las infrinjan. En todo caso, la duración de las campañas no podrá exceder de noventa días para la elección de gobernador, ni de 60 días cuando sólo se elijan disputados o ayuntamientos; las precampañas no podrán durar más de las dos terceras partes de las respectivas campañas electorales.”

Existe un amplio consenso en la opinión pública sobre la crisis de representación política por la que atraviesa el país, derivada de un divorcio existente entre las aspiraciones y justas demandas de la sociedad mexicana por una parte y el funcionamiento de nuestras instituciones políticas por la otra; divorcio que se hace patente con relación a las crecientes manifestaciones de descontento social con la actuación cotidiana de los partidos políticos legalmente existentes en México, así como en el alto porcentaje de votos nulos, como se observó en la pasada jornada electoral.

El pensador italiano Antonio Gramsci, en su célebre obra Cuadernos de la cárcel, establecía que cabía distinguir entre la democracia en el Estado y la democracia en el partido, pese a lo cual, el mismo Gramsci, aludiendo a la obra clásica de Maquiavelo, dejaba sentado que difícilmente un partido podría convertirse en el nuevo príncipe que abandere las transformaciones que una sociedad demanda si no cuenta, en sí mismo, con una amplia legitimidad entre su base de seguidores, militantes o simpatizantes.

Al permitirse que cada partido fije métodos de selección de candidatos en los términos de sus estatutos, que sean diversos de la elección interna tal y como se desprende del texto en vigor de la Constitución y se plasma ex profeso en el artículo 195 del nuevo Código Electoral de Tamaulipas, los partidos políticos carecen de disposición expresa que los obligue a democratizar de manera efectiva su vida interna, tanto en lo concerniente a la designación de sus dirigentes, como en lo relativo a la designación de candidatos a cargos de elección popular.

En lo referente a la elección de dirigentes partidistas, el fallo pronunciado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dentro del expediente de Toca SUP- JDC- 021/2002, de fecha 3 de septiembre de 2003, relativo al juicio de protección de derechos políticos electorales emprendido por José Luis Amador Hurtado contra órganos del Instituto Federal Electoral, constituye un precedente judicial de sumo interés, ya que al disponer la obligación a cargo del Partido Verde Ecologista de México de reformar sus estatutos dejó asentado como principio el hecho de que los estatutos partidistas deben contemplar métodos democráticos para la designación de sus dirigencias políticas, en concordancia con los principios políticos generales que se establecen en la propia Constitución.

Otro ejemplo es el conflicto interno del PRD que judicializó la elección interna de su dirigente y de varios candidatos, entre otros el de Iztapalapa. En el caso del PRI, resalta el funcionamiento más bien formal del Consejo Político Nacional, pensado por Luis Donaldo Colosio como el gran parlamento del partido. Incluso, algunas de las facultades más importantes de este consejo han sido delegadas a una comisión política permanente.

Son muchos los ejemplos que podríamos aludir pero que lo general muestran la necesidad de hacer obligatorios los principios y procedimientos básicos en la vida interna de los partidos que garanticen su democratización, en tanto que son órganos de interés público que tienen el monopolio del registro de candidatos a cargos de elección popular. Por cierto, otra reforma pendiente es el de las candidaturas independientes.

En suma, la grave crisis de representación por la que atraviesa el país exige ser afrontada mediante una serie de reformas como las ya propuestas sobre el referéndum, la revocación de mandato y la reelección de los legisladores. A éstas proponemos agregar una legislación especial a expedirse tanto en el ámbito federal como en el de los estados dentro de sus respectivas competencias, y que tenga por materia regular de manera específica la integración y la actuación de los partidos políticos. En consecuencia, la presente iniciativa tiene el objetivo de establecer la fundamentación constitucional expresa, a fin de que se expida la referida legislación.

Contenido de la iniciativa

Por ello es necesario elevar a rango constitucional los principios de certeza, legalidad, equidad y transparencia que garanticen elecciones internas democráticas al interior de los partidos.

En la fracción I del artículo 41 constitucional y en el inciso e) de la fracción IV del artículo 116 de la propia Constitución federal se establecen las atribuciones y las responsabilidades primigenias que deben ser complementadas con las disposiciones propuestas, de manera que establecidos los principios de la democracia interna partidista en la Constitución, se establezcan en una Ley General de Partidos, los procedimiento y los tiempos a que deben sujetarse los partidos para garantizar la democracia interna, sin la cual la democracia nacional será inacabada.

La presente iniciativa tiene por objeto adicionar los referidos párrafos a fin de constreñir por mandato constitucional a los partidos políticos, tanto los de alcance nacional como los de carácter meramente local, a someter a elección interna tanto la designación de sus dirigencias partidistas como la selección de candidatos a cargos de elección popular que lleven a cabo. Elecciones internas que deberán ventilarse con sujeción a los principios de certeza, legalidad, equidad y transparencia en los términos que al efecto se señale en la legislación especial sobre la materia, siendo ésta la Ley General de Partidos Políticos que en su respectivo ámbito de competencias deberán expedir tanto la federación como los estados, de suerte y manera tales que el precepto en cuestión quedase redactado en los siguientes términos:

Artículo 41.

I. Los partidos políticos son entidades de interés público; la ley determinará las normas y los requisitos para su registro legal y las formas específicas de su intervención en el proceso electoral. Los partidos políticos nacionales tendrán derecho a participar en las elecciones estatales, municipales y del Distrito Federal. Deberán realizar elecciones democráticas de sus dirigentes y candidatos a cargos de elección popular con base en los principios de certeza, legalidad, equidad y transparencia en los términos que al efecto se establezca en la ley.

Así como el inciso e) de la fracción IV del artículo 116 constitucional, en los siguientes términos:

e) Los partidos políticos sólo se constituyan por ciudadanos sin intervención de organizaciones gremiales, o con objeto social diferente y sin que haya afiliación corporativa. Asimismo, tengan reconocido el derecho exclusivo para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular, con excepción de lo dispuesto en el artículo 2o., apartado A, fracciones III y VII, de la Constitución. Deberán, por lo demás, realizar elecciones democráticas de sus dirigentes y candidatos a cargos de elección popular con base en los principios de certeza, legalidad, equidad y transparencia en los términos que al efecto se establezca en la ley.

Con fundamento en la anterior exposición de motivos, se somete a la consideración plenaria de la Cámara de Diputados, el siguiente proyecto de

Decreto

El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta:

Único. Se adicionan el primer párrafo de la fracción I del artículo 41 y el inciso e) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 41.

I. Deberán realizar elecciones democráticas de sus dirigentes y candidatos a cargos de elección popular con base en los principios de certeza, legalidad, equidad y transparencia en los términos que al efecto se establezca en la ley reglamentaria.

Artículo 116.

IV.

e) Deberán, por lo demás, realizar elecciones democráticas de sus dirigentes y aspirantes a cargos de elección popular con base en los principios de certeza, legalidad, equidad y transparencia en los términos que al efecto se establezca en la ley reglamentaria.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, DF, a 28 de julio de 2009.

Diputado Alberto Amador Leal (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Julio 29 de 2009.)

Que reforma la fracción XVI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Jorge Alejandro Salum del Palacio, del Grupo Parlamentario del PAN, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 29 de julio de 2009

El suscrito Jorge Alejandro Salum del Palacio, diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55, fracción II, 56, 62 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de este honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa con proyecto de decreto por la que se modifica la fracción XVI, numerales 1, 2 y 3 del artículo 73 constitucional.

Exposición de Motivos

El pasado 4 de mayo, la Secretaría de Salud emitió lineamientos de prevención y control de la influenza A H1N1, específicos para cada uno de los entornos que impliquen escenarios favorables para la diseminación de infecciones que se transmiten por vía respiratoria. Señala que estos lineamientos se irán incrementando y actualizando conforme la sistematización del conocimiento vaya avanzando; este conocimiento se irá resumiendo en uno o varios documentos “Criterio” que igualmente serán referencia.

Asimismo, mantiene la insistencia y aseguramiento de las prácticas de higiene personal como el lavado de las manos y el emplear una técnica correcta al estornudar; y se establecen procedimientos de acceso a estos entornos que son los filtros de supervisión.

Lo anterior representa un avance para la contención de la pandemia tomando en consideración la prevalencia de la vida humana sin meternos a analizar los de efectos que ha provocado en la nación, como lo es el aspecto económico y particularmente el desempleo; sin embargo, se ha anunciado que en los meses siguientes se deberán tomar nuevamente precauciones dado que las condiciones climáticas propician la exposición al riesgo.

Dichas medidas deben ir acompañadas de un marco jurídico reforzado que le ofrezca herramientas a la autoridad federal para intervenir en toda la nación en cuanto a lineamientos generales, así como para que pueda emitir disposiciones que permitan vincular a los estados de la República a efecto de ir en la misma dirección sanitaria.

Al respecto de nuestro tema, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos determina:

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

XVI. Para dictar leyes sobre nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, ciudadanía, naturalización, colonización, emigración e inmigración y salubridad general de la República.

1a. El Consejo de Salubridad General dependerá directamente del presidente de la República, sin intervención de ninguna Secretaría de Estado, y sus disposiciones generales serán obligatorias en el país.

2a. En caso de epidemias de carácter grave o peligro de invasión de enfermedades exóticas en el país, la Secretaría de Salud tendrá obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables, a reserva de ser después sancionadas por el presidente de la República.

3a. La autoridad sanitaria será ejecutiva y sus disposiciones serán obedecidas por las autoridades administrativas del país.

4a. Las medidas que el consejo haya puesto en vigor en la campaña contra el alcoholismo y la venta de sustancias que envenenan al individuo o degeneran la especie humana, así como las adoptadas para prevenir y combatir la contaminación ambiental, serán después revisadas por el Congreso de la Unión en los casos que le competan.

Por otra parte, la Ley General de Salud dispone:

Artículo 15. El Consejo de Salubridad General es un órgano que depende directamente del presidente de la República en los términos del artículo 73, fracción XVI, base 1a. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Está integrado por un presidente que será el secretario de Salud, un secretario y trece vocales titulares, dos de los cuales serán los presidentes de la Academia Nacional de Medicina y de la Academia Mexicana de Cirugía, y los vocales que su propio reglamento determine. Los miembros del Consejo serán designados y removidos por el Presidente de la República, quien deberá nombrar para tales cargos, a profesionales especializados en cualquiera de las ramas sanitarias.

Artículo 16. La organización y funcionamiento del Consejo de Salubridad General se regirá por su reglamento interior, que formulará el propio Consejo y someterá a la aprobación del presidente de la República para su expedición.

Artículo 17. Compete al Consejo de Salubridad General:

I. Dictar medidas contra el alcoholismo, venta y producción de substancias tóxicas, así como las que tengan por objeto prevenir y combatir los efectos nocivos de la contaminación ambiental en la salud, las que serán revisadas después por el Congreso de la Unión, en los casos que le competan;

II. Adicionar las listas de establecimientos destinados al proceso de medicamentos y las de enfermedades transmisibles prioritarias y no transmisibles más frecuentes, así como las de fuentes de radiaciones ionizantes y de naturaleza análoga;

III. Opinar sobre programas y proyectos de investigación científica y de formación de recursos humanos para la salud;

IV. Opinar sobre el establecimiento de nuevos estudios profesionales, técnicos, auxiliares y especialidades que requiera el desarrollo nacional en materia de salud;

V. Elaborar el Cuadro Básico de Insumos del Sector Salud;

VI. Participar, en el ámbito de su competencia, en la consolidación y funcionamiento del Sistema Nacional de Salud;

VII. Rendir opiniones y formular sugerencias al Ejecutivo Federal tendientes al mejoramiento de la eficiencia del Sistema Nacional de Salud y al mejor cumplimiento del programa sectorial de salud.

VII Bis. Proponer a las autoridades sanitarias el otorgamiento de reconocimientos y estímulos para las instituciones y personas que se distingan por sus méritos a favor de la salud, y

VIII. Analizar las disposiciones legales en materia de salud y formular propuestas de reformas o adiciones a las mismas, y

IX. Las demás que le correspondan conforme a la fracción XVI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y esta ley.

Se puede observar que el texto constitucional es endeble al no fijar la jerarquía en la materia de salud, así como al combinar sus denominaciones y competencias. Ante el riesgo inaplazable que nos avecina, resulta necesario que la Secretaría de Salud no sólo presida el Consejo de Salubridad General, sino que sea la autoridad competente y que tome en consideración y ejecute las medidas que dicte el Consejo de Seguridad General.

Por lo expuesto, someto a esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman las bases 1a., 2a. y 3a. de la fracción XVI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

XVI. Para dictar leyes sobre nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, ciudadanía, naturalización, colonización, emigración e inmigración y salubridad general de la República.

1a. La Secretaría de Salud será ejecutiva y sus disposiciones serán obedecidas por las autoridades administrativas del país mediante instrumentos vinculatorios.

2a. El Consejo de Salubridad General dependerá directamente del presidente de la República, sin intervención de ninguna secretaría de Estado, y sus disposiciones generales serán obligatorias en el país ejercidas a través de la Secretaría de Salud.

3a. En caso de epidemias de carácter grave o peligro de invasión de enfermedades exóticas en el país, la Secretaría de Salud tendrá obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables, a reserva de ser después sancionadas por el Consejo de Salubridad General.

4a.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 29 de julio de 2009.

Diputado Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, Julio 29 de 2009.)

Que crea la Ley General para la Protección de los Derechos de los Públicos de los Bienes y Servicios que presta el Estado en materia de Cultura, recibida del diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera, del Grupo Parlamentario del PRD, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 29 de julio de 2009

El que suscribe, diputado federal de la LX Legislatura del Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 73, fracción XXIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del honorable Congreso de la Unión la iniciativa de Ley General para la Protección de los Derechos de los Públicos de los Bienes y Servicios que presta el Estado en materia de Cultura, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

“la cultura non viene concepita come di massa, lo diventa ”

Fabio Masala

Los derechos culturales son derechos humanos, universales, indivisibles e interdependientes. El artículo 27 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos señala que:

1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Asimismo, el artículo 15 del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, establece que México, como Estado Parte del pacto, debe reconocer el derecho de toda persona a:

a) participar en la vida cultural;

b) gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones;

c) beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

De conformidad con lo establecido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, sólo puede realizarse el ideal del ser humano libre, exento del temor y de la miseria, si se crean condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos.

Para ello, los Estados deben adoptar las medidas necesarias tanto de orden interno como mediante la cooperación, a fin de lograr la plena vigencia de los derechos reconocidos, así como para garantizar su ejercicio sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.

Es evidente que aún existen serios retos a los Estados para dar cabal cumplimiento a sus obligaciones de promover, respetar y garantizar los derechos humanos; pero esto es aún más claro, en el caso de los derechos culturales, pues han sido uno de los menos desarrollados por lo que atañe a su alcance, contenido jurídico y posibilidad de hacerlos respetar. Ello a pesar de que diversos tratados internacionales y regionales en materia de derechos humanos coinciden en señalar que el derecho a la cultura implica, la obligación del Estado a garantizar el derecho de toda persona a participar en la vida cultural, disfrutar de los beneficios del progreso científico y beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales resultantes de toda producción científica, literaria o artística.

Toda persona debe poder expresarse, crear y difundir sus obras en la lengua que desee y en particular en su lengua materna, pero en especial, queremos hacer énfasis en que el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador), reconoce entre otros, como obligaciones del Estado, el garantizar el derecho de toda persona a participar en la vida cultural y artística de la comunidad y ejercer sus propias prácticas culturales, dentro de los límites que impone el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.

Lo anterior, debido a que la participación en la vida cultural, implica que las personas, los grupos y las organizaciones sean actores activos en la toma de decisiones y que tengan acceso a la información necesaria para incidir en ella, así como los espacios para realizarlo. En este sentido, el Estado está obligado a garantizar el ejercicio y participación de las personas, en igualdad de condiciones y oportunidades, en los bienes, servicios y manifestaciones de la cultura, y adoptar las medidas para que la sociedad, contribuya a incentivar la creatividad y las actividades culturales en sus diversas manifestaciones.

Por su parte, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) ha reiterado, en diversas ocasiones, que la diversidad cultural es una fuerza motriz del desarrollo, no sólo en lo que respecta al crecimiento económico, sino como medio de tener una vida intelectual, afectiva, moral y espiritual más enriquecedora; y que existe el reto en convencer a los actores políticos responsables de las decisiones y a los actores sociales locales de que integren los principios de la diversidad cultural y los valores del pluralismo cultural en el conjunto de las políticas, mecanismos y prácticas públicas, especialmente en torno a la colaboración del sector público con el sector privado.

El Diagnóstico sobre la situación de los derechos humanos, hace evidente una proyección del país como una sociedad homogénea, que marginaliza la diversidad existente en los bienes intangibles y limita tanto el derecho al acceso y disfrute de la cultura como los intercambios transculturales. Ejemplo de ello, es que la toma de decisiones relacionadas con la promoción a la sociedad civil y la estructura de gestión cultural vigente no tiene movilidad y flexibilidad en el cumplimiento de sus acciones. Es difícil establecer programas a mediano y largo plazos, vulnerando el derecho de continuidad de los programas año por año y en cada sucesión presidencial. Los sistemas de promoción de la cultura nacional reproducen las pautas de otras experiencias, sin que éstas sean adecuadas a sus características y valores propios.

Por lo anterior, el Diagnóstico recomendó al Estado mexicano la necesidad revisar, actualizar y reorganizar la legislación de la cultura e incluir un modelo participativo para un mayor impulso de los derechos culturales dentro del proceso democrático actual. Y reiteró que, al Estado mexicano le corresponde impulsar el acceso y beneficio a los bienes y servicios culturales, lo cual implica establecer medios suficientes para el desarrollo y los apoyos concretos a sus diversas industrias culturales, a fin de impulsar no sólo sus componentes económicos, sino también los sociales. El Estado tiene, además, la función de fomentar la participación del sector privado en el ámbito cultural e impulsar la creación de empleos y el potencial competitivo del mercado nacional en el marco global.

Es urgente impulsar el concepto de participación en la toma de decisiones públicas, en especial en materia de cultura, como componente importante en el funcionamiento del Estado. Esta situación implica retos en lo que respecta a la identificación de los espacios y canales de participación, y a la organización social para ponerla en práctica.

Aunado a ello, como lo señala la Declaración de México sobre las políticas culturales, a fin de garantizar la participación de todos los individuos en la vida cultural, es preciso eliminar las desigualdades provenientes, entre otros, del origen y la posición social, de la educación, la nacionalidad, la edad, la lengua, el sexo, las convicciones religiosas, la salud o la pertinencia a grupos étnicos, minoritarios o marginados. Lo anterior porque así se contribuye a consolidar una sociedad democrática pluralista, tolerante, participativa, crítica, libre, solidaria y protagónica, que es la que esperamos construir.

En este contexto, la intensa actividad legislativa de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, estuvo enfocada a la creación de amplios consensos en diversas reformas estructurales del Estado mexicano. A lo largo de los últimos tres años, el Constituyente Permanente aprobó más de veinte reformas constitucionales. Una de ellas, la única que se enfoca en la ampliación de garantías individuales y al acceso a derechos humanos, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 30 de abril. El objetivo de esta reforma fue el de establecer que la cultura es un derecho fundamental de los habitantes del territorio nacional y que, como facultad concurrente entre los tres órdenes de gobierno, corresponde al Congreso de la Unión establecer las bases para la implantación de una política de Estado que pueda hacer accesible este derecho.

Es por ello que la adición de un párrafo noveno al artículo 4 de la Carta Magna introdujo la obligatoriedad del Estado de garantizar el acceso a la cultura y el disfrute de los bienes y servicios que presta en la materia, promoviendo la participación de la ciudadanía en cualquier manifestación cultural, en los siguientes términos:

Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales. El Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa. La ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural.

En los considerandos, el dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales de la honorable Cámara de Diputados, recordó que

“la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en 2004 presentó 48 recomendaciones para México entre las cuales destaca la necesidad de precisar la naturaleza jurídica y el carácter del órgano que determina la política cultural del país; lograr que las empresas culturales cuenten con un régimen fiscal propio, regular la protección jurídica del patrimonio intangible, así como aumentar el presupuesto de las dependencias culturales.

“La política cultural mexicana, señala el documento, es discontinua, padece ausencias legales, y en ella predomina un esquema de carácter estatista. Además, en términos del informe, nuestro país sufre los efectos de la tensión social y la discriminación en los diversos sectores sociales, de programas educativos ineficientes y la falta de mecanismos para impulsar sus industrias culturales. Señala el documento, que la Constitución Política no establece el principio general de acceso, participación y disfrute de los bienes y servicios culturales.

“De acuerdo diversos organismos internacionales, el acceso y la participación en la vida cultural son un derecho inherente de las personas de toda comunidad, y los gobiernos están obligados a crear las condiciones necesarias para ejercer el pleno goce de este derecho ”

Es por ello que, en el marco de la consolidación de una real democracia en nuestro país, resulta imprescindible la construcción de una ciudadanía que participe en todos los procesos de decisión, de manera responsable, tolerante y solidaria, como valores que tienden a alcanzar la justicia, en todos los ámbitos de la vida pública. Es por ello que, en este marco, debemos rescatar los principios fundamentales de la res pública griega de Platón quien, desde épocas inmemoriales, hacía especial énfasis en la necesidad del establecimiento de mecanismos tales que permitieran la cogobernanza, al afirmar que

Las diferentes artes no ordenan lo conveniente para ellas mismas sino para otros Nadie que tiene gobierno en cuanto gobernante ordena lo conveniente para sí mismo, sino lo conveniente para el gobernado

Ya desde las primeras décadas del siglo XX, en la República de Weimar, se plantea que la participación ciudadana activa en el quehacer cultural resulta imprescindible en su desarrollo. Heinrich Becker, en su Kulturpolitische Aufgaben des Reiches (Deberes político-culturales del Reich)

compartía la necesidad de superar un patrocinio regionalista de las tareas culturales con el objeto de conseguir ‘un empleo consciente de los valores espirituales en servicio del pueblo o del Estado para la consolidación interior y para la competencia exterior con otros pueblos’ Becker creyó ver en Alemania una ausencia de unidad interior. Era este un problema que, a su modo de ver, encontraría solución únicamente a través de una política cultural nacional 1

Por su parte, Georg Schreiber, más cercano al quehacer científico alemán, sostuvo posiciones que resultaron más radicales, al establecer que el desarrollo de las políticas culturales y científicas que apuntalarían el crecimiento alemán deberían estar sustentadas en la promoción del perfeccionamiento autogestivo, “sin intromisiones tutelares en la administración de las mismas”. 2 Es gracias a estas tendencias que la garantía de los derechos de los públicos fue adquiriendo cada vez mayor vigencia, al tiempo que ganaban espacio el ejercicio de las libertades, entre ellas la creativa, y el respeto a la diversidad del ser humano.

Estas líneas fueron retomadas, durante las décadas siguientes, por el dramaturgo Bertold Brecht, quien sostenía

“Cuando se ve que nuestro mundo actual ya no cabe en el drama, entonces resulta que el drama ya no cabe en este mundo” Mientras el teatro nacido de las concepciones aristotélicas propone la ilusión de lo actuado en el escenario es un trozo de vida real, en el que el público participa con sus emociones [la teoría del teatro épico] postula que el espectador debe darse cuenta, a través de varios artificios, de que lo presenciado es un espectáculo. Por lo tanto la intención final no será la catarsis aristotélica método para que el público purifique sus sentimientos, sino el despertar de una actitud crítica racional frente a lo mostrado. 3

Una experiencia de participación activa de los públicos, temporalmente más cercana a nuestros días, la proporciona la desenvuelta alrededor de la creación de la Federación Italiana de los Círculos del Cine y la elaboración teórica desarrollada a partir de la concepción del cine como un arte dinámico, que basa su crecimiento en la participación, la comunicación y la respuesta entre creador y público, lo cual le proporcionó una dimensión social y colectiva que interrelacionaba la actividad cultural con el quehacer cinematográfico.

Es en este punto que la necesidad de una relación dialéctica entre el creador y su público empieza a hacerse patente. Dice Fabio Masala

Espectador es el individuo aislado y tendencialmente pasivo mientras por público entendemos el sujeto colectivo que reconoce intereses comunes y se organiza para hacer valer sus derechos. Audiencia, al contrario, es el término ligado a la comercialización, a la exigencia de conocer la audiencia por razones de mercado mientras el público no se limita a escuchar, sino que quiere responder y afirmar sus propios derechos. 4

Estos círculos del cine partían del supuesto de que, en la globalidad del dinamismo social que expresa, el público no es y no puede ser considerado como simples números, sino como un sujeto colectivo capaz de profundizar su personalidad histórica y social, a través de un proceso ambivalente de educación informal permanente.

Es en este sentido que el pluralismo y la diversidad cultural, reconocidos a partir de la reforma de nuestro texto constitucional publicada el 30 de abril pasado, imponen a la estructura cultural que hoy tenemos –vertical y unidireccional debido a la naturaleza paternalista de la función estatal–, una transformación profunda para convertirse en infraestructura dinámica abierta que genere espacios multidireccionales de comunicación cultural, tal como lo señalaba Masala

la relación autor-público no se regula por el principio económico de la oferta y la demanda, sino por el principio de la comunicación, propuesta-respuesta 5

Es por ello que debemos tomar en cuenta, en consecuente, el elemento adicional que nos proporciona la experiencia brasileña en torno al diseño de políticas públicas y presupuestos, generados a partir de la aplicación de los principios de la democracia participativa, que permiten establecer nuevos patrones de relación entre la población, los poderes públicos y sus acciones concretas de gobierno. De esta manera se ve reforzado el entretejido de solidaridad, cooperación y reciprocidad que son el más claro resultado de la construcción de la democracia cuando en ella se dan amplios espacios de diálogo y concertación mediante soluciones consensuadas. Más aún, la práctica hace evidente que la adopción de mecanismos de democracia participativa contribuyen a establecer nuevos parámetros de construcción de relaciones de ciudadanía entre todos los actores sociales de este proceso. 6

Los mecanismos anteriormente señalados, han permitido no sólo la generación de consensos en torno a las políticas públicas, sino que se han convertido en factor de inclusión social, de concientización democrática y de aprendizaje colectivo pueden contribuir a su vez a reducir la creciente violencia urbana cuyas raíces pueden encontrarse en los elevados índices de exclusión social e indiferencia ante las demandas por parte de los poderes públicos de muchos de las actuales políticas de gobierno. 7

Adicionalmente, debemos mencionar que la Agenda 21 de la Cultura, Un compromiso de las ciudades y los gobiernos locales para el desarrollo cultural, ha establecido que

5. El desarrollo cultural se apoya en la multiplicidad de los agentes sociales. Los principios de un buen gobierno incluyen la transparencia informativa y la participación ciudadana en la concepción de las políticas culturales, en los procesos de toma de decisiones y en la evaluación de programas y proyectos.

11. Las políticas culturales deben encontrar un punto de equilibrio entre interés público y privado, vocación pública e institucionalización de la cultura. Una excesiva institucionalización, o la excesiva prevalencia del mercado como único asignador de recursos culturales, comporta riesgos y obstaculiza el desarrollo dinámico de los sistemas culturales. La iniciativa autónoma de los ciudadanos, individualmente o reunidos en entidades y movimientos sociales, es la base de la libertad cultural.

16. Los espacios públicos son bienes colectivos que pertenecen a todos los ciudadanos. Ningún individuo o grupo puede verse privado de su libre utilización, dentro del respeto a las normas adoptadas en cada ciudad.

19. Implatar los instrumentos apropiados, para garantizar la participación democrática de los ciudadanos en la formulación, el ejercicio y la evaluación de las políticas públicas de cultura.

37. Favorecer el carácter público y colectivo de la cultura, fomentando el contacto de los públicos en la ciudad en todas aquellas manifestaciones que facilitan la convivencia: espectáculos en vivo, cine, fiestas, etcétera

39. Garantizar el disfrute de los bienes y servicios culturales a las personas con discapacidad, facilitando el acceso de estas personas a los equipamientos y actividades culturales.

Con base en lo anterior y tomando en cuenta los resultados del Informe Preliminar del Diagnóstico de la Cultura en México, presentado a la Comisión de Cultura de esta honorable Cámara de Diputados, el pasado 15 de julio de 2009 por la Universidad Nacional Autónoma de México, en el que se señala que

la oferta cultural estatal no corresponde con los intereses de la población quienes destinan la mayor parte de su tiempo libre al consumo de televisión (81.2 por ciento) 8

nos encontramos obligados a instrumentar mecanismos que establezcan un proceso activo de participación de la ciudadanía en el diseño de las políticas culturales de nuestro país, de tal manera que éstas respondan a los intereses de la población y maximicen el espacio de apropiación de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia.

Es por todo lo anterior, que con la presente iniciativa queremos refrendar que el derecho a participar en la vida cultural, que incluye que ésta debe desarrollarse con la participación de la sociedad civil así como de las colectividades culturales, en la toma de decisiones. Lo anterior con el objetivo de impulsar la participación de los hombres y mujeres en la cultura no como espectadores, sino como sujetos activos en las tomas de decisiones en la cultura promovida por el Estado.

La presente iniciativa parte del reconocimiento de que somos un país multicultural, multilingüe y pluriétnico y que ello implica iniciar una renovación de los referentes colectivos de identidad nacional, en la cual estos valores y realidades se promueven nacional e internacionalmente. “Y que la diversidad cultural amplía las posibilidades de elección que se brindan a todas las personas, pues es una de las fuentes del desarrollo, entendido no solamente en términos de crecimiento económico, sino también como medio de acceso a una existencia intelectual, afectiva, moral y espiritual satisfactoria.” 9

Finalmente, se refrenda la Declaración de México sobre las políticas culturales, que señala que “a fin de garantizar la participación de todos los individuos en la vida cultural, es preciso eliminar las desigualdades provenientes, entre otros, del origen y la posición social, de la educación, la nacionalidad, la edad, la lengua, el sexo, las convicciones religiosas, la salud o la pertinencia a grupos étnicos, minoritarios o marginados.” 10

La iniciativa que proponemos, con base en lo expuesto, tiene como objetivo único y fundamental, el establecimiento de mecanismos que garanticen el derecho al acceso a la cultura, consignado en el artículo 4o. de la Constitución Política, de manera democrática, integral y sustentable, tal como lo consigna en el primer párrafo de su artículo 25.

Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de la nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución.

Es por ello que esta Ley General, con pleno respeto a la autonomía y soberanía de los estados y a aquellos principios que dan origen y sustento al municipio libre, pretende el propiciar la conformación de espacios de diálogo entre los creadores, las autoridades y los públicos de todos aquellos bienes y servicios que presta el Estado en materia de cultura, en tanto que la participación ciudadana conforma el mecanismo natural de apropiación de los procesos culturales garantes del acceso a la cultura; factor fundamental de la construcción democrática de una ciudadanía activa que permitirá la reconstrucción del tejido social como parte de una estrategia integral de prevención en materia de seguridad pública, lo cual coadyuvará para garantizar el desarrollo integral de la población, entendido como

el proceso sistémico económico, social, cultural y político, que garantice el mejoramiento constante del bienestar de toda la población y de todos los individuos sobre la base de su participación activa, libre y significativa en el desarrollo y en la distribución justa de los beneficios que de él se derivan 11

En este contexto, la iniciativa que proponemos consta de dos capítulos, precedidos por las correspondientes Disposiciones Generales. En el artículo 1, se establece que esta ley es reglamentaria del párrafo noveno del artículo 4o. de la Constitución política y “tiene por objeto garantizar los derechos de los públicos usuarios” de todos y cada uno de los bienes y servicios que presta el Estado, en sus tres órdenes de gobierno, a la vez que se hace explícito el respeto que, en sus respectivas materias, tienen la Ley General de Bienes Nacionales, la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, la Ley General de Protección Civil, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y las demás disposiciones aplicables en las entidades federativas.

En el artículo 2, definimos los conceptos básicos que serán la base de esta ley, entre los que se encuentran especialmente los de autoridad responsable, en los tres órdenes de gobierno; el bien cultural, de acuerdo a lo ya reconocido por la UNESCO y en donde, de manera particular, incorporamos las manifestaciones que conforman el patrimonio cultural inmaterial; la i ndustria cultural, tomando como base la definición contenida en el Tratado de Libre Comercio para América del Norte; los servicios en materia de cultura, entre los que situamos no únicamente los tradicionalmente reconocidos, sino también aquellos servicios relacionados con la producción editorial y servicios multimedia. En este artículo, en las fracciones III y V, definimos como públicos, a todos los usuarios de los bienes y servicios que presta el Estado en materia de cultura y como círculo del público, a la organización básica de estos usuarios.

En el artículo 3 de esta iniciativa, establecemos que, como principios fundamentales que deben regir al Estado para garantizar el acceso a los bienes y servicios que presta en materia de cultura, la promoción de la libertad creativa, la diversidad cultural y la libertad de expresión; la promoción de la agrupación de los distintos sectores poblacionales; la dinamización y fortalecimiento de la participación; el fomento de las expresiones culturales nacionales y extranjeras; la protección y fortalecimiento de la identidad cultural y la potenciación de los niveles de cooperación entre las diversas iniciativas culturales, entre otras. Asimismo, y de acuerdo a lo establecido en el segundo párrafo de la fracción VI del apartado A artículo 123, se determina que los costos, precios y cuotas de recuperación de los servicios y bienes culturales que presta el Estado en la materia, deberán ser fijados de acuerdo a los objetivos indicados para el salario mínimo general vigente.

En el capítulo I, se señala específicamente cuáles son los derechos y obligaciones de los públicos, estableciendo que los primeros serán garantizados para todas las personas que habiten de forma permanente o transitoria en el territorio nacional y sin ninguna forma de discriminación, haciendo especial énfasis en los derechos de las y los jóvenes así como de los grupos y personas en situación de vulnerabilidad. Entre los derechos de los públicos encontramos, entre otros, el de tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, al goce y disfrute de las artes y el participar activamente en el proceso de desarrollo cultural; la utilización de los bienes y servicios culturales que presta el Estado en materia de cultura; recibir la información adecuada, tomando en cuenta sus características específicas; a participar en los sistemas de toma de decisiones sobre políticas y recursos culturales así como a participar en la vida cultural que elija. Entre las obligaciones del público, encontramos la de “prestar atención particular a la diversidad de la libertad creativa” y el respeto a los derechos humanos de todas las personas.

En el capítulo II, hacemos explícitas las características que deben poseer las células básicas de la organización de los públicos: el círculo del público, el cual deberá formarse democráticamente en todos y cada uno de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia. Estos círculos, para generar una efectiva participación democrática de los usuarios, podrán organizarse para hacer exigibles sus derechos de acceso a la cultura, respeto a la diversidad cultural así como a las libertades creativa, de pensamiento y de expresión y coadyuvar en las acciones de protección del patrimonio cultural tangible e inmaterial; proponer y participar en la programación de eventos culturales administrados, promovidos u organizados por cada una de las autoridades encargadas del bien o servicio; colaborar con éstas en su mantenimiento y manutención e intercambiar información y puntos de vista con otros círculos.

Es por todo lo anterior, plenamente convencido de que, en la democracia participativa, el acceso de todas y todos al quehacer cultural debe constituirse como el nuevo paradigma de la cultura en México, ampliamente comprometido con el libre goce de los derechos humanos y las garantías individuales de los habitantes del territorio nacional y especialmente imbricado en la construcción de un Estado democrático social y de derecho que responda, de frente a la ciudadanía, para garantizar el acceso a la cultura como parte fundamental del desarrollo humano, que someto a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa de

Ley General para la Protección de los Derechos de los Públicos de los Bienes y Servicios que presta el Estado en materia de Cultura

Disposiciones generales

Artículo 1. La presente ley es reglamentaria del párrafo noveno del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tiene por objeto garantizar los derechos de los públicos de los bienes y servicios que presta el Estado en materia de cultura. Sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional.

Lo establecido en esta ley se aplicará sin perjuicio de lo ordenado en la Ley General de Bienes Nacionales, la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, la Ley General de Protección Civil, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo o sus equivalentes en las entidades federativas, la legislación en la materia de la Federación y las entidades federativas, la legislación en materia de participación ciudadana y en materia de respeto al acceso, desarrollo y fomento a la cultura de la federación y las entidades federativas.

Artículo 2. Para los efectos de la presente ley, se entiende por:

I. Autoridad responsable, a todas aquellas dependencias o entidades de las administraciones públicas federal, locales, municipales y delegacionales que prestan servicios en materia de cultura o que administran bienes culturales y que tienen la atribución de programar y realizar eventos culturales.

II. Bien cultural, a los que se enuncian a continuación, siempre que sean propiedad del Estado o bien sean administrados, promovidos u organizados por éste:

a) Los monumentos arquitectónicos, artísticos o históricos, los campos arqueológicos, las obras de arte, manuscritos, libros y otros objetos de interés histórico, artístico o arqueológico, así como las colecciones científicas y las colecciones de libros, de archivos o de reproducciones de los bienes antes definidos;

b) Los museos, las bibliotecas, los archivos y acervos, los centros y espacios culturales;

c) Las zonas de patrimonio urbanístico y arquitectónico así como las zonas y espacios abiertos monumentales; y

d) Las manifestaciones que conforman el patrimonio cultural inmaterial.

III. Círculo del público, a la organización de los usuarios de un bien o servicio que presta el Estado en materia de cultura;

IV. Industria cultural, a toda persona que lleve a cabo cualquiera de las siguientes actividades:

a) la publicación, distribución o venta de libros, revistas, publicaciones periódicas o diarios impresos o legibles;

b) la filmación, grabación, producción, distribución, venta o exhibición de películas o video;

c) la producción, distribución, venta o exhibición de grabaciones de música en audio o video;

d) la publicación, distribución o venta de música impresa, legible o audible a través de diversas tecnologías;

e) las radiocomunicaciones en las cuales las transmisiones tengan el objeto de ser recibidas directamente por el público en general, así como todas las actividades relacionadas con la radio, televisión y transmisión por cable y los servicios de programación de satélites, redes de transmisión y multimedios digitales; y

f) el diseño gráfico, industrial, de modas y las nuevas plataformas tecnológicas.

V. Públicos, a los usuarios, organizados o no, de los bienes y servicios que presta el Estado en materia de cultura;

VI. Servicio en materia de cultura, a todas aquellas actividades culturales promovidas, administradas u organizadas por el Estado, entre otras, los medios de comunicación y la producción cinematográfica, teatral, editorial y multimedias;

VII. Sociedad del conocimiento, a las redes sociales que, en la diversidad de la dimensión social, ética, política, cultural y lingüística, garanticen el progreso, en el marco de las garantías individuales y las obligaciones gubernamentales que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la legislación en la materia.

Artículo 3. Los principios fundamentales que deben regir al Estado para garantizar el acceso a los bienes y servicios que presta, en materia de cultura son:

I. La promoción de la libertad creativa, la diversidad cultural, la libertad de expresión, de opinión, de pensamiento, de gustos y acceso a la información, incluyendo el derecho de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación, por cualquier medio de expresión;

II. La promoción de la agrupación de los distintos sectores poblacionales, de edad, intelectuales y profesionales, sin distinción, exclusión o restricción basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, orientación o preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que impida su acceso a los bienes y servicios que presta el Estado en materia de cultura, conforme a lo establecido en esta ley;

III. La promoción de la participación en las manifestaciones culturales festivas o artísticas organizadas en el espacio público por actores diversos al Estado;

IV. La dinamización y fortalecimiento de la participación a fin de desarrollar una opinión pública informada y la organización social de las comunidades, que contribuyan al debate público sobre la vida cultural, a la formación de capital social, a los recursos de la diversidad cultural, y al efectivo cumplimiento de los derechos culturales;

V. El fomento de las expresiones culturales del país y los de todos los países del mundo, favoreciendo el aprecio por las minorías culturales, protegiendo su identidad;

VI. La garantía del derecho de adopción y manifestación de las prácticas expresivas de cualquier cultura del mundo;

VII. El reconocimiento y promoción de la diversidad cultural y lingüística dentro de y para la sociedad del conocimiento;

VIII. El acceso y desarrollo de la cultura tradicional de las diversas comunidades;

IX. La protección y fortalecimiento de la identidad cultural de los grupos que se encuentran en situación de exclusión;

X. El reconocimiento como agentes culturales de las unidades de convivencia social, para garantizar su participación en la elaboración de propuestas culturales y facilitar su acceso a los recursos públicos destinados a tal fin;

XI. La potenciación de los niveles de cooperación entre las diversas iniciativas culturales, especialmente con aquellas que comparten el espacio urbano;

XII. Eliminar toda incitación a algún tipo de discriminación o acto de discriminación en contra de una persona, grupo o sector de la población.

Los bienes y servicios que presta el Estado en materia de cultura serán, preferentemente, gratuitos. Cuando sea necesario, los precios, costes y demás cuotas de recuperación no podrán ser superiores a una cuarta parte de un día de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, de acuerdo a lo establecido en el segundo párrafo de la fracción VI del Apartado A del artículo 123 constitucional.

Artículo 4. Las autoridades responsables, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán garantizar el acceso a los bienes y servicios que presta el Estado en materia de cultura, incorporando a los nuevos actores de la cultura y las tecnologías de la información y la comunicación, poniéndolas al servicio de la comunidad para conformar una nueva sociedad del conocimiento.

Artículo 5. A fin de dar cumplimiento a los principios enunciados en el artículo 3 de esta ley, la autoridad responsable implantará acciones para conservar, incentivar, fomentar y defender las industrias culturales, así como promover, aumentar y difundir el intercambio de información, ideas, opiniones y necesidades entre las y los creadores y sus públicos, con el fin de generar las condiciones del desarrollo social y ambientalmente sustentable.

Asimismo, la autoridad responsable deberá promover y fomentar la creación de espacios de diálogo entre los públicos y el sector privado, constituyéndose como facilitador del proceso de intercambio. De la misma manera, promoverá que los agentes económicos del sector privado participen en programas sociales y emprendimientos económicos con la finalidad de desarrollar espacios culturales.

Capítulo I
De los derechos y obligaciones de los públicos

Artículo 6. Los derechos enunciados en la presente Ley, serán garantizados para todas las personas que habiten en forma permanente o transitoria en el territorio nacional, sin ninguna forma de discriminación.

Se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, orientación o preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad de oportunidades de las personas.

Artículo 7. Las y los jóvenes tienen derecho a que los bienes y servicios que presta el Estado en materia de cultura, se adapten a sus necesidades e intereses educativos, expresivos y creativos.

Artículo 8. Los grupos y personas en situación de vulnerabilidad tienen derecho a medidas especiales de protección, integración e información tales que garanticen, en igualdad de circunstancias, el acceso y disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en materia de cultura. A los efectos de esta ley se consideran grupos y personas en situación de vulnerabilidad aquellos que estén en desventaja respecto al resto de los habitantes.

El Estado adoptará las medidas necesarias para garantizar el acceso en el entorno físico de las instalaciones de esos bienes y servicios, la información, las comunicaciones y, en lo posible, al transporte. Asimismo, deberá proveer material cultural, actividades, servicios y bienes en formatos adecuados y con las características indispensables para que puedan ser utilizados por estos grupos y personas.

El Estado garantizará que estos grupos desarrollen y utilicen su potencial creativo, en plena libertad, para el enriquecimiento de la sociedad.

Artículo 9. Los Públicos tienen derecho a:

I. Tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, al goce y disfrute de las artes, así como participar activamente en todas las manifestaciones de la vida cultural y en el proceso del desarrollo cultural;

II. Utilizar los bienes y servicios culturales que presta el Estado en materia de cultura, en la forma y términos establecidos en esta Ley, y en otras disposiciones legales y reglamentarias aplicables;

III. Una razonable comodidad física cuando haga uso de los bienes y servicios que presta el Estado en materia de cultura;

IV. Recibir información adecuada, para lo cual las carteleras, los textos, los paneles, las audiografías, folletos, conferencias y otros recursos didácticos deberán ser elaborados por la autoridad responsable tomando en cuenta las características y necesidades específicas de la población;

V. Participar en los sistemas ofrecidos por el Estado para la toma de decisiones sobre políticas y recursos culturales;

VI. Formular sus observaciones, peticiones, inquietudes, propuestas, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo II de esta ley;

VII. Recurrir ante la Autoridad Responsable, el Círculo del Público, los organismos públicos de Derechos Humanos o las instancias correspondientes, para promover los recursos administrativos conducentes ante las autoridades correspondientes, para garantizar los derechos que establece esta ley;

VIII. Toda persona podrá participar en la vida cultural que elija y ejercer sus propias prácticas culturales, dentro de los límites que impone el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales tales como la de expresión, el pluralismo de los medios públicos de comunicación, el multilingüismo, la libertad creativa y la igualdad de acceso a las manifestaciones y expresiones artísticas que provee el Estado;

IX. La preservación, reconocimiento y promoción de las diversas identidades culturales.

X. Organizarse libremente en los Círculos del Público, de acuerdo con lo establecido en esta ley;

XI. Las personas con discapacidad física o mental tienen derecho al acceso sin dificultades a establecimientos y actividades culturales y a disponer de ofertas específicas a sus condiciones.

Artículo 10. Los públicos tienen la obligación de:

I. Conocer y respetar la presente ley y las demás aplicables, sus reglamentos, así como los reglamentos de cada uno de los bienes y servicios que presta el Estado en materia de cultura;

II. Respetar a todas las personas que participen en el círculo del público, a todas aquellas que hagan uso de los bienes y servicios que presta el Estado en materia de cultura así como a todas aquellas que formen parte de la autoridad responsable;

III. Respetar el mobiliario, instalaciones y equipo, siendo responsables de los daños que ocasione en los mismos, de acuerdo con la normatividad aplicable;

IV. Prestar atención particular a la diversidad de la libertad creativa, así como al carácter específico de los bienes y servicios que presta el Estado en materia de cultura en su comunidad, como portadores de identidad y de valores;

Ningún usuario podrá invocar la diversidad cultural para vulnerar los derechos humanos que el Estado ha reconocido para todas las personas, ni para limitar su alcance.

Capítulo II
De los círculos de los públicos

Artículo 11. Las autoridades responsables deberán garantizar la organización democrática de, al menos, un Círculo del Público en cada uno de los bienes o servicios culturales que administren o presten. Para lo anterior, la autoridad responsable deberá levantar un acta que acredite la formación del círculo del usuario, en donde se contendrán los nombres de cada uno de sus integrantes. Toda persona interesada en integrarse al círculo del público podrá participar en las reuniones que éste realice, tendrá pleno derecho y votará en igualdad de circunstancias que los demás integrantes.

Artículo 12. Cuando se realicen reuniones con la autoridad responsable, el único requisito para votar será el de haberse registrado ante dicha autoridad con treinta días de anticipación. Para el efecto, la autoridad responsable expedirá una credencial de identificación que deberá contener, al menos, el nombre del integrante, el círculo del público al que pertenece, la fecha del ingreso al círculo y el sello de la autoridad responsable, sin que por ello pueda cobrar cuota alguna.

Artículo 13. Sin detrimento de lo establecido en el artículo anterior, todas las reuniones del círculo del público así como aquellas que se realicen con la autoridad responsable deberán ser públicas y en ellas podrá participar toda persona interesada con voz pero sin voto.

Artículo 14. Las autoridades responsables junto con los círculos del público acordarán y transparentarán la programación de eventos y actividades culturales, para lo cual deberán reunirse, al menos, bimensualmente. De estas reuniones, la autoridad responsable levantará un acta en la que firmarán los funcionarios públicos que en ella participen y todos los integrantes del circulo del público que se encuentren presentes.

La autoridad responsable hará pública la convocatoria para la celebración de estas reuniones, al menos, con quince días de antelación, en las instalaciones del bien o servicio. Cuando sea posible, la convocatoria se realizará a través de medios masivos de comunicación.

Artículo 15. El círculo del público podrá:

I. Organizarse para hacer exigibles sus derechos de acceso a la cultura, respeto a la diversidad cultural así como a las libertades creativa, de pensamiento y de expresión y coadyuvar en las acciones de protección del patrimonio cultural tangible e inmaterial;

II. Reunirse en las instalaciones del bien o servicio cultural, dentro de sus horarios de funcionamiento así como dentro de las áreas que, para ese fin, se disponga y respetando sus reglamentos internos, para lo cual, la autoridad responsable deberá hacerlos de su conocimiento desde la reunión de formación del círculo del público correspondiente al momento del registro de sus integrantes;

III. Proponer y participar en la programación de eventos culturales administrados, promovidos u organizados por la autoridad responsable correspondiente y coadyuvar en su promoción;

IV. Colaborar con las autoridades responsables en la recuperación, protección, el mantenimiento y manutención de los bienes y servicios culturales;

V. Intercambiar información y puntos de vista con otros círculos del público, de cualquier bien o servicio que presta el Estado en materia de cultura, para conformar redes de comunicación permanente;

V. Solicitar, a través de la autoridad responsable, la asesoría, opinión u orientación de especialistas o técnicos en diversas materias que tengan relación con el quehacer cultural del Estado; y

VI. Elaborar su propio reglamento interno, conforme a las bases establecidas en la presente ley.

Artículo 16. Los Círculos del Público podrán, de acuerdo con la autoridad responsable, fijar mecanismos de colaboración diversos de los establecidos en la presente ley, siempre y cuando éstos no resulten violatorios del marco jurídico vigente aplicable ni redunden en la elusión de responsabilidades administrativas por parte de los servidores públicos de la autoridad responsable.

Artículo 17. Para los efectos de esta ley, la programación de eventos o actividades realizada por las autoridades responsables, será considerado como un acto administrativo en términos de lo establecido en la legislación de la materia.

Transitorios

Primero. Esta ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La federación y las entidades federativas dispondrán del plazo de sesenta días naturales, contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley, para emitir la legislación correspondiente. Los municipios deberán emitir los correspondientes bandos municipales en un plazo no mayor de ciento veinte días naturales contados de la misma forma.

Tercero. Los círculos del público de los bienes y servicios que sean propiedad de la federación o bien sean administrados, promovidos u organizados por éste, se instalarán dentro del plazo de noventa días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto. Los círculos del público de los bienes y servicios que sean propiedad de las entidades federativas o bien que sean administrados, promovidos u organizados por éstos, se instalarán dentro del plazo improrrogable de ciento cinco días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto. Los círculos del público de los bienes y servicios que sean propiedad de los municipios o delegaciones, o bien que sean administrados, promovidos u organizados por éstos, deberán quedar instalados en el plazo improrrogable de ciento veinte días naturales contados de la misma manera.

Cuarto. La Federación contará con el plazo improrrogable de un año, contado a partir de la fecha de publicación del presente decreto, para integrar un directorio de todos los círculos del público de los bienes y servicios que presta el Estado en materia de cultura. Este directorio será distribuido, de manera gratuita, a todos los Círculos del Público y deberá contener, al menos, el nombre del círculo, la autoridad responsable, fecha de creación del círculo, temas de interés y número de miembros; para la integración de este directorio deberá respetarse lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en lo relativo a los datos personales.

Quinto. Se derogan todas las disposiciones jurídicas que se opongan a lo establecido por la presente ley.

Notas

1 López Sánchez, José María. “Política cultural exterior alemana en España durante la República de Weimar”, en Cuadernos de Historia Contemporánea número 235, Universidad Complutense de Madrid, 2003.

2 Ídem.

3 López Quesada, María Victoria. Bertold Brecht y la estética marxista, en www.nuestraamerica.info/leer.hlvs/4935.

4. Masala, Fabio. “Una carta internazionale per diritti del nuevo pubblico”, citado en Fabio Masala, Una vita peri l nuevo pubblico, Federazione Italiana Circole del Cinema, 2005, página 46 (traducción propia).

5 Ídem, página 128.

6 Rodino, Ana María. “La dimensión pedagógica de la democracia participativa”, en Anais do il Seminario Nacional Movimentos Sociais, Participação e Democracia, 25 a 27 de abril de 2007, UFSC, Florianópolis, Brasil Núcleo de Pesquisa em movimientos sociais-NPMS.

Ídem.

8 Universidad Autónoma de México, Coordinación en Planeación, Dirección General de Proyectos Universitarios, Diagnóstico de la Cultura en México, Informe preliminar, lámina 11.

9 Artículo 3. Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, UNESCO.

10 Declaración de México sobre las políticas culturales. Conferencia mundial sobre las políticas culturales, México DF, 6 de agosto de 1982.

11 Grupo Parlamentario del PRD en la Cámara de Diputados LX Legislatura, Iniciativa de Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 29 de julio de 2009.

Diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Cultura. Julio 29 de 2009.)

Que modifica y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Radio y Televisión, recibida del diputado Francisco Javier Calzada Vázquez, del Grupo Parlamentario del PRD, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 29 de julio de 2009

El que suscribe, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta iniciativa con proyecto de decreto que modifica y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Radio y Televisión, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera . Es evidente que la sociedad mexicana ha alcanzado niveles de violencia nunca antes experimentados en tiempos de paz. Un hecho que en nada ayuda a la solución de este problema, y que en cambio tiende a profundizarlo, es que nuestros hijos en edad preescolar y primaria están siendo constantemente expuestos a promocionales de programas de televisión con alto contenido de violencia. Los niños expuestos a este tipo de promocionales tienden a ver a la violencia como una alternativa legítima para solucionar sus conflictos.

A lo largo del día, los canales de televisión abierta difunden promocionales de series, de programas y de películas para el público adolescente y adulto que transmitirán en horario nocturno. Estos promocionales también son divulgados durante la transmisión de programas infantiles. Nada tendría de malo esta práctica, a no ser porque en dichos promocionales se presentan escenas de violencia verbal y física, ataques de hombres hacia mujeres y de mujeres hacia hombres, amenazas, homicidios y toda una gama de imágenes que hacen apología de la violencia.

Segunda . Dos ejemplos tomados de la transmisión cotidiana y regular de los programas dirigidos al público infantil bastarán para dejar en claro este punto:

1. El domingo 18 de enero de 2009, el canal 7 de televisión abierta transmitió en el espacio llamado Planeta Disney la película Monsters Inc., propia para niñas y niños que cursan la primaria. Durante esta película se difundió un promocional de la telenovela Vuélveme a querer, en el cual puede verse que un hombre forcejea con una mujer a la que hiere con un chuchillo e inmediatamente después asesina a un hombre con disparos de arma de fuego, y para colmo, todo ello es observado a la distancia por un niño que se esconde tras un árbol.

2. El viernes 13 de marzo de 2009, el canal 5 de televisión abierta transmitió la caricatura Dora la exploradora, dirigida a niñas y niños en edad preescolar. Durante este programa se difundieron de manera consecutiva los siguientes dos promocionales:

a) Del programa W-W-E de lucha libre, en el que puede verse cómo un par de hombres se lían a golpes dentro de una casa; uno de ellos, con saña, arroja por la ventana al otro, quien una vez tirado en el suelo recibe patadas en las costillas.

b) De la serie CSI Las Vegas, en el que se observa que una mujer, al tiempo que vocifera, golpea a un hombre que está sentado y le muestra un arma con actitud amenazante.

Como una imagen dice más que mil palabras, acompaño esta iniciativa con un disco compacto que contiene el video de estos promocionales para quien desee comprobar con sus propios ojos la gravedad del tipo de escenas a las que son expuestos nuestros hijos todos los días.

Estos promocionales resultan especialmente desagradables durante fechas cercanas al tradicional Día de Muertos o el llamado Halloween, pues los programas infantiles son constantemente interrumpidos con promocionales de películas de terror que exhiben escenas de extrema violencia, en las que es común observar un asesinato perpetrado con un hacha, personas yacentes en charcos de sangre, cadáveres mutilados o restos humanos en descomposición.

Es un hecho irrefutable que la mayor parte del tiempo que los niños ven televisión lo hacen sin la compañía de un adulto que pueda evitarles que vean este tipo de promocionales que son sumamente perjudiciales para su sano desarrollo.

Tercera. Exponer diariamente a este tipo de escenas a nuestras niñas y niños es, a todas luces, un factor que contribuye a perpetuar la violencia, porque los infantes ya la consideran como algo normal, y porque tienden a imitar esos comportamientos violentos.

Existen numerosos estudios científicos que revelan el alto grado de influencia que tiene la publicidad trasmitida por la televisión sobre la conducta de los niños. A manera de ilustración, menciono que el Consejo Nacional Sueco de Política de Consumo presentó un informe en el que concluye que sólo alrededor de los 12 años la mayoría de los niños desarrolla una comprensión más completa del propósito de la publicidad, lo que es un requisito previo para desarrollar una actitud crítica al respecto. 1

En la exposición de motivos de la iniciativa relativa al tema de la violencia, en el contenido de los programas de televisión, que en febrero de 2007 presentó la diputada Mónica Arriola Gordillo, se menciona que, y cito:

“La UNESCO, en un informe titulado Violencia y terror en los medios, apunta que la exposición constante a las historias y escenas de violencia y terror puede movilizar tendencias agresivas, desensibilizar y aislar otras, intimidar a muchos y disparar acciones violentas en los infantes, habiendo así una relación entre la violencia reportada por o desplegada en los medios y la violencia individual o de grupo.” 2

Según otros autores, el efecto más directo que tienen los contenidos agresivos difundidos a través de medios es el de insensibilizar a la audiencia ante situaciones de violencia real, volviéndola apática y permisiva frente a sus manifestaciones. Así, cuanto mayor sea el tiempo de exposición a programas televisivos violentos, mayor es el riesgo de asociación de conductas violentas en niños y adolescentes.

Fin de cita.

Cuarta . En algunos ordenamientos legales ha quedado explícito, de manera atinada, que los programas y la publicidad dirigida a los niños no deben contener escenas que atenten contra su sano desarrollo. Por ejemplo:

1. La fracción D del artículo 43 de Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes señala que las autoridades federales, en el ámbito de sus competencias, procurarán verificar que los medios de comunicación masiva “eviten la difusión o publicación de información en horarios de clasificación A, con contenidos perjudiciales para su formación, que promuevan la violencia o hagan apología del delito y la ausencia de valores ”.

2. Por su parte, la Ley Federal de Radio y Televisión establece en la fracción II del artículo 5 que la radio y la televisión procurarán, a través de sus transmisiones, “evitar influencias nocivas o perturbadoras al desarrollo armónico de la niñez y la juventud”.

Y en el artículo 72 de la misma ley se menciona que “la transmisión de programas y publicidad impropios para la niñez y la juventud deberán anunciarse como tales al público en el momento de iniciar la transmisión respectiva”.

Quinta. Sin embargo, en el marco jurídico vigente no queda claro que estas directrices también deben ser aplicables a los promocionales de series, de programas y de películas para adultos cuando son difundidos dentro de la programación infantil.

Ante esta situación, es necesario que quede explícito en la ley la prohibición para difundir, durante la transmisión de programas infantiles, independientemente de la hora, promocionales de series, de programas y de películas para adultos que por medio de crudas imágenes hagan apología de la violencia física o verbal. El incumplimiento de esta nueva disposición deberá ser sancionado en los mismos términos que los son otras violaciones a la Ley de Radio y Televisión.

En esta legislatura, diputados sensibles a este tema han presentado diversas iniciativas relativas a la violencia en los programas de televisión, las cuales se han concentrado en el contenido de los programas. Esta iniciativa tiene por objeto establecer en la legislación aplicable que se prohíba la promoción, por medio de escenas violentas, de series, películas y programas de televisión para adultos, durante la emisión de programas infantiles.

Señoras legisladoras y señores legisladores, la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece en el artículo 7 que es deber de todos los integrantes de la sociedad el auxilio a los niños y las niñas en el ejercicio de sus derechos.

El artículo 21 de la misma ley establece que “niñas, niños y adolescentes tienen el derecho a ser protegidos contra actos u omisiones que puedan afectar su salud física o mental ”.

Esta iniciativa, en consonancia con estos preceptos legales, tiene por finalidad resguardar y hacer valer el derecho que tienen las niñas y los niños de México a que los programas de televisión que miran no sean interrumpidos con imágenes que perturben su sano desarrollo mental, psicológico y emocional.

Por lo expuesto y fundado, y en nombre de todos los legisladores que la suscriben, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se modifican y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Radio y Televisión

Artículo Único. Se adiciona el artículo 59 ter, se modifica el segundo párrafo del artículo 65, se agrega una fracción al artículo 101, y se modifican los artículos 103 y 104, todos de la Ley Federal de Radio y Televisión, para quedar como sigue:

Artículo 59 Ter. Durante la transmisión de programas infantiles, con independencia del horario en el que sean transmitidos, queda prohibido difundir promocionales de series, de programas y de películas para adultos por medio de escenas de violencia verbal o física, de personas agónicas, de cuerpos mutilados, de cadáveres o cualquier otro tipo de imagen que promueva la violencia o haga apología del delito, y que perturbe el sano desarrollo mental, emocional, espiritual o moral de las niñas y los niños.

Artículo 65. La retransmisión

En el caso de programas para niños deberá cumplirse lo establecido en los artículos 59 Bis y 59 Ter de esta ley.

Artículo 101. Constituyen infracciones a la presente ley:

I. a X.

XI. La violación a lo dispuesto en los artículos 59 Bis y 59 Ter de esta ley;

(La actual fracción XI pasa a ser la fracción XII, y las demás fracciones recorren su número.)

XII. a XXV.

Artículo 103. Se impondrá multa de cinco mil a cincuenta mil pesos en los casos de las fracciones I, II, III, VIII, XI, XIV, XXII, XXIII y XXIV del artículo 101 de esta ley.

Artículo 104. Se impondrá multa de quinientos a cinco mil pesos en los casos de las fracciones IV, V, VI, VII, IX, X, XII, XIII, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI y XXV del mismo artículo 101.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) 1998. Informe sobre el desarrollo humano. Ediciones Mundi-Prensa, Madrid, p. 65.

2 Bernardo Gómez. “Disfunciones de la socialización a través de los medios de comunicación”, en la revista electrónica Razón y palabra, número 44. México, http://wwww.razony palabra.org.mx

Dado en la sede de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 29 de julio de 2009.

Diputado Francisco Javier Calzada Vázquez (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía. Julio 29 de 2009.)

Que reforma el inciso a) de la fracción II del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Humberto López Lena Cruz en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 29 de julio de 2009

Humberto López Lena Cruz, diputado sin partido a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás relativos, comparece ante esta soberanía para presentar iniciativa con proyecto de decreto, con base en los siguientes

Antecedentes

El presupuesto aprobado para 2009 al Instituto Federal Electoral (IFE) es de 12 mil 880.7 millones de pesos, de los cuales 9 mil 150.1 millones (71 por ciento) fueron etiquetados para gastos de operación del organismo y 3 mil 730.6 millones (29 por ciento) al financiamiento público de los partidos.

Eso, aunado a los 33 millones de anuncios que se les otorgó tiempo en radio y televisión durante las campañas electorales 2009. Ese tiempo, en cifras, en el supuesto que cada espot tuviera un costo promedio de mil pesos, constituye una cantidad de 33 mil millones de pesos más que se sumarían al presupuesto asignado a los partidos políticos.

Además, no hay que olvidar la licitación que hizo el IFE para la contratación del sistema de verificación y monitoreo de los promocionales de campañas político-electorales en radio y televisión, que supuestamente serviría para verificar el cumplimiento de las pautas de transmisión aprobadas por el instituto con la reforma y por el cual se pagaron 147 millones de pesos, sin dar resultados, cantidad superior a la gastada en radio y televisión en las elecciones de 2006.

Además, se tuvieron que pagar más de 2 millones 79 mil pesos a la cantidad arriba señalada a la empresa contratada por la variación del tipo de cambio tras el desplome del peso de principios de año, ya que se trataba de un contrato en dólares.

En la Carta Magna está fundamentado que el Estado financiará las actividades de los institutos políticos. Este marco legal vigente data de la reforma político-electoral de 1996 que, entre otras cosas, dio autonomía al IFE y creó una serie de reglas para la asignación y fiscalización del financiamiento público a los partidos.

El artículo 41 constitucional establece lo siguiente: “El financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes se fijará anualmente, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral por sesenta y cinco por ciento del salario mínimo diario vigente para el Distrito Federal. El treinta por ciento de la cantidad que resulte de acuerdo con lo señalado anteriormente se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria, y el setenta por ciento restante de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de diputados inmediata anterior”.

Por lo que se refiere a la promoción del voto, el mismo artículo 41 establece: “El financiamiento público para las actividades tendentes a la obtención del voto durante el año en que se elijan presidente de la República, senadores y diputados federales equivaldrá a cincuenta por ciento del financiamiento público que corresponda a cada partido político por actividades ordinarias en ese año; cuando sólo se elijan diputados federales, equivaldrá a treinta por ciento de dicho financiamiento por actividades ordinarias”.

Por último, con relación a las actividades específicas, el mismo artículo de la Constitución establece: “Por actividades específicas, relativas a la educación, capacitación, investigación socioeconómica y política, así como a las tareas editoriales, equivaldrá a tres por ciento del monto total del financiamiento público que corresponda en cada año por actividades ordinarias. El treinta por ciento de la cantidad que resulte de acuerdo con lo señalado anteriormente se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria, y el setenta por ciento restante de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de diputados inmediata anterior”.

De tal manera, constitucionalmente todos los mexicanos de alguna manera somos socios de los partidos políticos para sufragar sus actividades como entes públicos, las cuales son tres:

Las ordinarias permanentes, las actividades a la obtención del voto y las específicas.

Tales actividades nunca vemos realizar a los partidos, excepto las relacionadas con la obtención del voto.

No hay que olvidar que el padrón electoral crece cada año, y ésa es la base para calcular el presupuesto por actividades ordinarias permanentes, por lo que es necesario calcularla por un porcentaje menor de 65 por ciento del salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

Por tal motivo, la iniciativa que hoy se propone debe ser la base para que el financiamiento público de los partidos disminuya, pues el dinero que se les invierte no es un mecanismo que ayude a fortalecer la democracia mexicana, y menos la transparencia pública, además de la demostración del hartazgo de la ciudadanía con el incremento del voto en blanco o ciudadano.

No es necesario que los ciudadanos paguemos tanto por una forma de gobierno en la que se ha invertido más de lo que ha avanzado y fortalecido. Parecería que cuantos más recursos se den a los partidos políticos, más democrático será el país.

Exposición de Motivos

El año pasado, en el Pleno de la Cámara aprobamos para el IFE un presupuesto de 12 mil 880.7 millones de pesos, de los cuales 9 mil 150.1 millones (71 por ciento) fueron etiquetados para gastos de operación del organismo y 3 mil 730.6 millones (29 por ciento) al financiamiento público de los partidos.

Ello se traduce en lo siguiente:

• El IFE gastará 35 millones 287 pesos diarios durante 2009.

• 3 mil 730 millones de pesos será el gasto de partidos.

• 9 mil 150 millones de pesos, para el gasto de operación del IFE.

Esos gastos deben ser transparentados de manera adecuada para que se nos informe a todos los mexicanos en qué se gastan esas cantidades millonarias tanto el IFE como los consejeros del Trife.

En 2003 y 2006, que fueron años electorales, el IFE ejerció de gastos de operación 7 mil 650 millones y 8 mil 153 millones de pesos, respectivamente. Ese presupuesto, como podemos ver, ha ido en aumento en años propiamente electorales.

El Informe de evaluación del proceso electoral federal de 2006, de la Auditoría Superior de la Federación, registra que se entregaron 4 mil 926 millones de pesos a partidos políticos para gastos de campaña y los partidos invirtieron alrededor de 2 mil millones en publicidad de radio y televisión. Un total de 6 mil 926 millones de pesos.

De 2007 a 2008 –año en que se concretó la reforma electoral–, el financiamiento público ordinario sólo se redujo 5 por ciento. En tanto, la partida para actividades específicas, como educación y capacitación política, investigación y tareas editoriales, aumentó 63 por ciento para este año. Por tanto, el presupuesto total de 2007, que sumó 2 mil 697 millones 165 mil pesos, sólo disminuyó 3 por ciento para 2008.

Sin embargo, como se comentó, el presupuesto de 2009 para el IFE es por 12 mil 880 millones de pesos: 9 mil 150 millones para su gasto operativo y 3 mil 730 millones para prerrogativas de partidos, de los que 856 millones 233 mil pesos serían destinados al financiamiento de campaña.

Con la reforma electoral se modifica la fórmula para determinar el financiamiento público anual de los partidos políticos para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes. Se multiplicará el número de ciudadanos inscritos en el padrón electoral, a la fecha de corte de julio de cada año, por 65 por ciento del salario mínimo diario vigente para el Distrito Federal. El 70 por ciento del financiamiento ordinario se distribuirá considerando la votación nacional emitida en la elección de diputados por mayoría relativa inmediata anterior y el 30 por ciento restante se distribuirá en forma igualitaria entre los partidos políticos con representación en el Congreso de la Unión. Antes se tomaban en cuenta factores como los costos mínimos para las diferentes campañas, el número de diputados y senadores por elegir, número de partidos con representación en el Congreso de la Unión, factores determinados por el Consejo General, etcétera.

Es decir, cada partido recibirá para gastos de campaña un monto equivalente a 50 por ciento del financiamiento público ordinario en año de elección presidencial y a 30 por ciento cuando sólo se renueve la Cámara de Diputados, como en este año, en el que el monto para campañas fue de 3 mil 730.6 millones. Para gastos de campaña, la legislación anterior establecía un monto igual al del financiamiento ordinario.

En otras palabras, el financiamiento público para los partidos políticos es muy elevado, sobre todo si se considera el relativo a la promoción del voto, que se vuelve un recurso que no se refleja en las campañas electorales, y más aún si le sumamos que con la reforma de 2007, se les da tiempo gratuito en radio y televisión.

El IFE tiene la exclusividad para administrar los tiempos de radio y televisión de acuerdo con la siguiente fórmula:

Desde el inicio del periodo de precampañas y hasta el día de la jornada electoral, el IFE dispondrá de 48 minutos diarios en medios, que distribuirá en 2 y hasta 3 minutos por cada hora de transmisión en cada estación de radio y canal de televisión.

El horario de programación quedará comprendido entre las 6 y las 24 horas. Cuando una estación o canal transmita menos horas de las comprendidas en este horario, se utilizarán 3 minutos por cada hora de transmisión.

Del tiempo total disponible durante las campañas electorales federales, el IFE destinará a los partidos políticos, en conjunto, 41 minutos diarios en cada estación de radio y canal de televisión. Los 7 minutos restantes serán utilizados para fines propios del IFE y otras autoridades.

De tal manera, 33 millones de espots se transmitieron durante las campañas electorales de 2009, con malos resultados: votó únicamente 44.68 por ciento del padrón electoral. Dicha votación fue alcanzada gracias al voto por candidatos no registrados, que obtuvieron 62 mil 101 votos, lo que equivale a .18 por ciento de la votación, si bien éstos no reciben tiempo en los medios ni prerrogativas por el Estado, y aunado al 5.39 por ciento logrado por el voto nulo, sumaron 5.57 por ciento de la votación final, quedando por encima del PT, Convergencia, Nueva Alianza y el PSD.

En el supuesto en el que el costo por espot es de mil pesos, lo cual no es congruente debido a que en radio y televisión los tiempos son muy caros, tendríamos como resultado que, además del financiamiento en dinero, se les está otorgando un total de 33 mil millones de pesos en tiempo de radio y televisión.

Siendo minuciosos, podemos observar que a cada unos de los candidatos en sus respectivos distritos no se entregó el dinero que se tenía considerado para hacer campaña durante los 60 días previstos en la ley.

Desde luego, esto no se debe a que los candidatos en sí no hicieron uso de los recursos sino a que ni siquiera los recibieron por completo por sus dirigencias nacionales, sin saber qué se hace con eso recursos millonarios.

Luego entonces, ¿qué pasa con el dinero destinado a las campañas? En primer lugar, ya no se pagan medios de comunicación, lo más caro de una campaña, ya que antes se gastaba en televisión hasta 70 u 80 por ciento de los recursos de una campaña. En segundo, son menores los tiempos de las campañas. Entonces, ¿dónde están esas cifras millonarias?

Es necesario modificar los tiempos de radio y televisión que se asignan a los partidos, y que sean utilizados en su mayoría a los candidatos para que se promueva el debate entre ellos.

Sabemos que la unidad fiscalizadora del IFE nos informará en su momento, pero hay que ser objetivos y darnos cuenta de que los partidos utilizan muchos métodos para comprobar, y dichos métodos no reflejan la realidad de esos gastos.

Como fue comentado, el objetivo central de la reforma electoral de 2007-2008 fue el abatimiento de los costos de las elecciones, ya que el país se mantiene como la democracia más cara de Latinoamérica.

Y conforme a ese parámetro, México está 18 veces arriba del promedio que prevalece en el continente, pues el financiamiento mexicano implica que cada sufragio costó, en 2003, 17.24 dólares, contrario a los 41 centavos de dólar en Argentina.

Las distancias en cuanto a otras democracias en Latinoamérica son muy desfavorables respecto a la mexicana, pues según se desprende del informe, en Brasil el costo del voto es de 29 centavos de dólar; en Colombia, de 1.95 dólares; en Ecuador, de 1.09 dólares; en Panamá, de 5.25 dólares por voto; y en Uruguay, de 3.72 dólares. El más elevado, sin contar nuestro país, es Costa Rica, cuyo costo por voto es de 8.58 pesos.

El informe del International Foundations Electoral for Systems La aplicación de la reforma electoral de 2007/ 2008 en México, desde una perspectiva comparada a nivel internacional incluye un análisis del financiamiento público destinado a las elecciones y los partidos, según el cual el promedio que los países latinoamericanos destina a este rubro son 123 millones 226 mil 896 dólares, que contrasta sensiblemente con los 465 millones 21 mil 714 dólares que se canalizan en nuestro país.

En la presentación del informe, Horacio Boneo, uno de los expertos del organismo internacional que participaron en la elaboración del estudio, destacó que uno de los factores que dispara tanto la situación de México es que el reporte atañe exclusivamente al financiamiento público.

En México, prácticamente todo el financiamiento de los partidos políticos procede de recursos públicos, lo que contrasta con el resto de los países donde el financiamiento privado es una fuente de recursos importantes para los partidos políticos.

De tal manera, estas cifras nos ponen como un país donde la democracia que todos anhelamos cuesta muy cara a los mexicanos y supera el presupuesto autorizado a varios rubros importantes del gasto público.

Con esta propuesta estaríamos disminuyendo en 25 por ciento el presupuesto que se destina a los partidos políticos y reducimos el costo del voto por ciudadano.

Hay que puntualizar que en un país con tanta pobreza e índices de desempleo no se pueden seguir manteniendo institutos políticos; por el contrario, tenemos la obligación de disminuir el financiamiento de los partidos políticos y aumentar otros rubros del gasto público, como educación, salud, seguridad, campo y turismo, evidentemente importantes para el país.

Por lo expresado y en el entendido de que es un tema de actualidad que necesita regularse, me permito presentar la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el cual se propone reformar el inciso a) de la fracción II del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la finalidad de disminuir el financiamiento público destinado al Instituto Federal Electoral y a los partidos políticos porque superan otros rubros del gasto público autorizados en el Presupuesto de Egresos de la Federación

Artículo Primero. Se reforma el inciso a) de la fracción II del artículo 41 constitucional, para quedar como sigue:

Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos en la presente Constitución federal y las particulares de los estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal.

La renovación de los Poderes Legislativo y Ejecutivo se realizará mediante elecciones libres, auténticas y periódicas, conforme a las siguientes bases:

I.

II.

a) El financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes se fijará anualmente, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral por el cuarenta por ciento del salario mínimo diario vigente para el Distrito Federal. El treinta por ciento de la cantidad que resulte de acuerdo con lo señalado anteriormente se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria, y el setenta por ciento restante de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de diputados inmediata anterior.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Diputado Humberto López Lena Cruz (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Julio 29 de 2009.)

Que modifica los artículos 30 y 43, párrafos 3, 4 y 5, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, recibida del diputado Humberto López Lena Cruz, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 29 de julio de 2009

Humberto López Lena Cruz, diputado sin partido de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás relativos, comparece ante ésta soberanía para presentar iniciativa con proyecto de decreto, con base en la siguiente

Introducción

La democracia ha ido avanzando día a día en forma incipiente, y nos falta mucho para alcanzarla como tal. Claro ejemplo lo tenemos en la diversidad de ideas, plasmadas en el seno de este Congreso de la Unión. Y por consiguiente, el estado de derecho, a fin de equilibrar la plataforma de ideologías y principios políticos. Un estado de derecho que no depende sólo de la voluntad o la decisión de un actor en particular. Tiene como base un proceso en el que interactúan no sólo actores políticos relevantes, sino también la ciudadanía.

Todo mexicano tiene como prerrogativas el derecho a votar y ser votado como lo establece el artículo 35 constitucional; y como tal en la mayoría de los casos los ciudadanos buscamos que nuestra ideología personal sea compatible con la de los Institutos Políticos, y muchas veces al conocer ésta, nos desilusionamos por no coincidir con las imposiciones de una fracción o dirigencia partidista.

Exposición de Motivos

Debemos reconocer que en la actualidad cada vez hay mayor participación de la sociedad en cuestiones políticas y, por consiguiente, candidatos ciudadanos se postulan a cargos de elección popular. No necesariamente deben ser militantes o partidarios del algún instituto político en especial; una muestra clara de esto son los candidatos externos que contienden en los diferentes institutos. En mayor porcentaje son los que ocupan las posiciones de representación proporcional por invitaciones expresas de los partidos políticos, ya sea por su imagen ante la sociedad o sus acciones destacadas y reconocidas por la ciudadanía. Y otras por alianzas, negociaciones o componendas que se hacen de uno o más partidos sin tener militancia específica en ninguno de ellos.

El punto 1, artículo 26, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos establece que “conforme a lo dispuesto en el artículo 70 constitucional, el grupo parlamentario es el conjunto de diputados según su afiliación de partido, a efecto de garantizar la libre expresión de las corrientes ideológicas en la Cámara”.

Y del mismo artículo pero en el punto 2, se desprende que cada fracción parlamentaria está constituida por lo menos de 5 diputados.

Así que las fracciones de los diferentes partidos de las legislaturas determinan condiciones de cómo votar y hasta de cómo protestar de acuerdo con sus intereses, no siguiendo las ideas por las que se llegó a ser representante social. Se imponen además sanciones cuando no se cumple con estas posiciones.

Hay que recalcar que en el artículo 70 de la Constitución se fundamenta que la ley determinará las formas y los procedimientos para la agrupación de los diputados, a fin de garantizar la libre expresión de las corrientes ideológicas representadas en la Cámara de Diputados. Por tal motivo esta iniciativa servirá para reconocer la libertad de expresión y la decisión de los diputados independientes o sin partido.

De acuerdo con el artículo 71 constitucional, entre nuestras funciones está la de iniciar leyes o decretos, fiscalizar el uso y aplicación de los recursos públicos y la de gestión en el trámite de asuntos ante las diversas instancias de la administración pública.

Es decir, todos los diputados, con o sin partido, somos iguales para desempeñar las funciones mencionadas, y por ley nos corresponden las mismas consideraciones y derechos que a los diputados en general, sobre todo para poder desempeñarnos como presidentes, secretarios o integrantes de alguna de las comisiones de la Cámara. Es infundado que como diputados, con o sin partido, no podamos pertenecer a ninguna comisión, ya que el punto 3 del artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos establece que: “para la integración de las comisiones, la Junta de Coordinación Política tomará en cuenta la pluralidad representada en la Cámara y formulará las propuestas correspondientes, con base en el criterio de proporcionalidad entre la integración del pleno y la conformación de las comisiones”.

Deberán formarse de acuerdo con nuestros conocimientos en el tema y experiencia laboral.

Como es de su conocimiento, el pasado 28 de febrero de 2009, el diputado federal Humberto López Lena renunció formalmente al Grupo Parlamentario de Convergencia por la Democracia, por no estar de acuerdo en la forma de hacer política de ese partido y la falta de transparencia de esta fracción, a pesar de la invitación que le hicieron las demás fracciones parlamentarias, por lo que decidió pronunciarse como diputado federal sin partido de la LX Legislatura.

Con la misma fecha solicitó al diputado Javier González Garza, presidente de la Junta de Coordinación Política, que se le resguardaran todos sus derechos y consideraciones como a los demás legisladores, como lo establece actualmente el artículo 30 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el único fundamento explícito sobre los diputados sin partido, en el cual se señala que a los diputados sin partido se les deberá guardar las mismas consideraciones que a los demás legisladores.

Ante tal situación, con esa misma fecha el diputado Alejandro Chanona Burguete, coordinador parlamentario de Convergencia, lo removió de las comisiones a que pertenecía como secretario e incluso de la Especial de Agresiones a Periodistas, que propuso en la presente legislatura.

Así también, se le dejó de pagar la subvención que mensualmente venía recibiendo, a la que tiene derecho como diputado integrante de esta legislatura y que servía para solventar la remuneración del personal de confianza que labora con él y realizar otras actividades legislativas, como lo establece el artículo 3 de la Norma para regular la Transferencia y Control de Recursos Financieros asignados a los Grupos Parlamentarios de la Cámara de Diputados. Contrario a lo que sucedió con el diputado del PAN Nabor Ochoa López, quien al declararse independiente no se vio perjudicado en sus derechos como representante popular.

Obtuvo respuesta el 16 de abril del año en curso, firmada por la ciudadana Susana Quintana Moffatt, secretaria ejecutiva de la Junta de Coordinación Política, la cual textualmente expone lo siguiente:

“Por instrucciones del diputado Javier González Garza, presidente de la Junta de Coordinación Política, y en atención a su oficio, por el que hace del conocimiento que dejó de percibir a partir de marzo la subvención que por derecho le corresponde, me permito comunicarle que en sesión de trabajo celebrada el miércoles 1 de abril del año en curso, este órgano de gobierno acordó informarle que no es posible atender la petición de la asignación de recursos de subvenciones en virtud que se entregan única y exclusivamente a grupos parlamentarios.”

Dicha respuesta carece de fundamentación, lo que refleja que la Junta de Coordinación Política está lejos de ser “la expresión de la pluralidad de la Cámara”, como lo establece el artículo 22 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicano, actuando sólo al tenor de cada uno de sus grupos parlamentarios.

Con el caso en particular del Diputado Humberto López Lena, queda demostrado que al parecer a todos los diputados, con o sin partido, se les da un trato igualitario, pero en la práctica no es así, ya que según lo interpretado por la Junta de Coordinación Política, la base organizativa únicamente la constituyen los diferentes Grupos Parlamentarios, de tal manera que anexo a la presente iniciativa constancias de lo comentado.

En este orden de ideas, en la Cámara de Diputados existen antecedentes en los que hemos podido ver que diferentes diputados por falta de compatibilidad de ideas con los grupos parlamentarios de los que en su momento formaron parte, deciden pronunciarse como diputados independientes o sin partido, pero al no contar con un fundamento explícito para poder desempeñar sus atribuciones constitucionales y legales como representantes populares, deciden unirse a otro grupo parlamentario, aun cuando van en contra de sus ideas, sociedad que representan, de su ética política y sus valores como persona. Esto con la única finalidad de obtener todos esos beneficios como diputados adheridos a una fracción parlamentaria.

De esta forma, y con la aprobación de la iniciativa que se presenta, se estaría alcanzando y logrando que a los representantes populares que con fundamento en valores de ética y democracia se pronuncian como diputados independientes o sin partido se les resguarde las consideraciones necesarias que les permita llevar a cabo su trabajo legislativo como diputados sin partido, pero no sólo dotándolo de apoyos económicos, sino también formando parte de la pluralidad de la Cámara en distintas comisiones ordinarias o especiales, con la finalidad de buscar el diálogo y el debate basado en la libre expresión de las ideas.

Por lo expresado, y en el entendido de que es un tema de actualidad que necesita regularse, me permito presentar la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que modifica los artículos 30 y 43, párrafos 3, 4 y 5, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de garantizar los derechos de los diputados que se pronuncien como independientes o sin partido

Artículo Primero. Se modifica el artículo 30 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 30.

1. Los diputados que no se inscriban o que dejen de pertenecer a un Grupo Parlamentario sin integrarse a otro existente serán considerados como diputados sin partido, respetándose sus derechos necesarios para que puedan desempeñar sus atribuciones de representación popular y otorgándosele los beneficios a que se refiere el acuerdo del 23 de octubre de 2006 aprobado por la Junta de Coordinación Política, incluyéndose las subvenciones correspondientes.

Artículo Segundo. Se modifica el artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Articulo 43.

1. y 2.

3. Para la integración de las comisiones, la Junta de Coordinación Política tomará en cuenta la pluralidad representada en la Cámara, aun cuando se trate de diputados sin partido, y formulará las propuestas correspondientes, con base en el criterio de proporcionalidad entre la integración del pleno y la conformación de las comisiones.

4. Al proponer la integración de las comisiones, la Junta postulará también a los diputados que deban presidirlas y fungir como secretarios. Al hacerlo, cuidará que su propuesta incorpore a los diputados pertenecientes a los distintos grupos parlamentarios, incluyendo a los diputados sin partido, de tal suerte que se refleje la proporción que representen en el pleno, y tome en cuenta los antecedentes y la experiencia legislativa de los diputados.

5. En caso de que la dimensión de algún grupo parlamentario no permita la participación de sus integrantes como miembros de la totalidad de las comisiones, se dará preferencia a su inclusión en las que solicite el coordinador del grupo correspondiente; asimismo, en el caso de diputados sin partido, se dará preferencia a las que soliciten formar parte.

6.

7.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Diputado Humberto López Lena Cruz (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. Julio 29 de 2009.)

Que crea la Ley Federal de Protección y Fomento del Empleo, presentada por el diputado José Jacques y Medina, del Grupo Parlamentario del PRD, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 29 de julio de 2009

El suscrito, diputado por el Partido de la Revolución Democrática en la LX Legislatura, José Jacques y Medina, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, 135 y demás relativos y aplicables de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por la que se crea la Ley Federal de Protección y Fomento del Empleo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

En momentos como los que vive el país, en los que se padecen los efectos de una crisis económica sin precedente en el México moderno y con sus consecuencias en los niveles de vida de la gente, es necesario plantearnos si la política económica que ha instaurado el Estado es la necesaria para recomenzar la ruta del crecimiento y, en particular, la necesaria para generar mayores expectativas de empleo, que es a final de cuentas el principal generador de riqueza. Todo marco de política económica para el empleo que se formule deberá ser de carácter general, por lo que la presente iniciativa se propone para su aplicación en el ámbito federal.

El énfasis que se ha de dar a cualquier medida de política particular, y a la manera en que se combinan distintas medidas de política, depende de la situación particular del momento en que vivimos y generar condiciones para el futuro. Y cualesquiera que sean las políticas prescritas, deben ser compatibles con la equidad y la justicia social, y aplicarse con transparencia.

El peso que suponen esta iniciativa y los programas de ajuste debe ser compartido de manera equitativa, lo cual puede ser incluso una condición previa para que reciban apoyo. Es necesario prestar atención especial a la parte más vulnerable de la población activa.

Las decisiones que implican repercusiones económicas y dificultades para segmentos particulares de la sociedad deben estar basadas en el consenso más amplio posible.

Además, el Estado debe garantizar en todo momento el mantenimiento de una fuerte demanda de mano de obra mediante un aumento de la producción y un ajuste continuo de las estructuras económicas.

Es necesario un ajuste constante para garantizar o mejorar la eficacia de la respuesta a las presiones internas y externas y recentrar la mano de obra en actividades con un mayor valor añadido, en las que puede ser más productiva.

El ajuste debe ser respaldado por un contexto de normativas públicas favorables como la creación de la presente ley.

La obtención de un alto nivel de eficiencia y de crecimiento económico exige un nivel de calificaciones de los trabajadores cada vez mayor, así como un volumen mayor de capital y una utilización más eficaz de éste. Además, a cualquier nivel dado de demanda, el grado de utilización de la mano de obra dependerá de las presiones de la oferta de mano de obra resultantes del crecimiento de la población y de la migración, así como de la voluntad y la necesidad de buscar trabajo.

Debemos reconocer que ha quedado demostrada la eficacia que tienen las siguientes medidas en la promoción del empleo: la obtención de un crecimiento económico en el que se hace un buen uso de los recursos de que dispone la mayoría de la población (a saber, el trabajo); la inversión en capital humano; la supresión de las distorsiones que ejercen discriminaciones contra los pobres y los desempleados y la concentración de las intervenciones en favor de los grupos vulnerables y extremadamente pobres. Una intervención bien centrada en sus fines también mitigará los efectos negativos que tienen las medidas de estabilización sobre el bienestar. Todas estas medidas surten efecto, pero se exponen de manera un poco esquematizada, ya que en todos los casos hacen falta algunas políticas que no ayudan de manera directa a los pobres.

El segundo precepto es que toda estrategia de pleno empleo debe basarse en un marco macroeconómico sano. Para ello, deben reducirse los desequilibrios insostenibles de la cuenta corriente o la acumulación de la deuda externa y deben alcanzarse tasas de inflación bajas.

Ello requiere un ajuste continuo de las políticas, un tipo de cambio realista, disciplina fiscal y moderación en la determinación de los salarios (los aumentos de los salarios deben estar acordes con la productividad de la mano de obra). Sin embargo, en un periodo de deflación mundial esas pautas no bastan necesariamente para la elaboración de políticas, y tal vez sea necesario estimular la demanda, llegando incluso a crear expectativas de inflación, además de aplicar la política aceptada que consiste en equilibrar los presupuestos durante el conjunto del ciclo comercial.

Hay una interacción entre esas dos prescripciones en la medida en que en ambos casos se requieren un buen gobierno, un proceso transparente de formulación de políticas y cierto grado de movilización central de los recursos (que, de por sí, puede contribuir a alcanzar cierta equidad). Ambas prescripciones también requieren una interacción positiva de la política fiscal y monetaria del gobierno con la acumulación de capital del sector privado.

Cuando tal interacción no es satisfactoria y lo que se consigue es desalentar la inversión privada, el crecimiento de la producción y del empleo se interrumpe y es necesario un periodo de estabilización para corregir los desequilibrios resultantes.

Al abordar las políticas sectoriales, y de hecho las políticas económicas en general, es necesario tener debidamente en cuenta la importancia de las consideraciones en materia de empleo. Las cuestiones económicas, sociales y de empleo no pueden ser abordadas por separado. En términos de metodología, puede que esto no resulte muy fácil de lograr, pero la idea de base es clara: los costos del desempleo no se pueden medir de manera apropiada con el costo de las prestaciones de desempleo o de los programas de readaptación profesional, y hay que dar un valor separado al empleo como tal. Es necesario, por lo menos, explicar las repercusiones que tiene para el empleo la selección de distintas opciones de política.

Es necesario prestar atención particular al sector informal urbano. Este sector es sumamente variado, incluye muchos trabajadores independientes, trabajadores a domicilio, empresas muy pequeñas (microempresas), algunas de las cuales son subcontratistas de empresas más grandes, y empresas más pequeñas con muy pocos trabajadores. Algunas actividades del sector informal se realizan básicamente con fines de supervivencia, mientras que otras ofrecen más posibilidades de expansión.

El nivel de ingresos de los trabajadores del sector informal depende del nivel general de la demanda nacional, ya que en general no se trata de un sector dedicado directamente a las exportaciones. La competencia suele ser fuerte, los horarios prolongados, el trabajo poco seguro y no está sujeto a ninguna reglamentación. Sus resultados dependen también del desarrollo de la agricultura, pues absorbe muchos migrantes procedentes de las zonas rurales.

Las políticas para mejorar el bienestar de los trabajadores de este sector suelen beneficiarlos sólo de manera indirecta; por ejemplo, mediante la creación de mejores empleos en otros lugares. Sin embargo, los agentes del sector informal pueden beneficiarse de programas especiales para adquirir insumos, conceder créditos e impartir formación a fin de que todos salgan beneficiados con la aplicación de normas más estrictas en materia de seguridad y salud, etcétera.

Un tema relacionado con la presente iniciativa es la eficiencia de las instituciones (generalmente del sector público) que se encargan, por ejemplo, del suministro de insumos, la concesión de créditos a pequeñas empresas, la canalización de las prestaciones hacia los grupos pobres y vulnerables y la administración de programas activos y pasivos para el mercado del trabajo.

Una de las políticas del mercado laboral más aplicadas en la actualidad está relacionada con la formación. Los altos niveles de desempleo entre los jóvenes y el aumento del desempleo entre los trabajadores calificados en los países en desarrollo denotan sistemas de educación y de formación deficientes. Los sistemas de formación suelen tener muchos defectos, y uno de ellos es que no se hace suficiente hincapié en la formación de los trabajadores independientes.

Sin embargo, un buen sistema de formación combinado con una buena educación general mejora el nivel de capacitación de los trabajadores de un país. Al mismo tiempo, las instituciones del mercado laboral deben hacer que se reconozcan estas calificaciones y que se les dé su debida importancia en los procedimientos de contratación.

En muchos países en desarrollo, las políticas y reformas del mercado del trabajo adoptadas en fechas recientes se centran sobre todo en la promoción de la desreglamentación, y se basan principalmente en la postura según la cual una intervención gubernamental excesiva en los mercados laborales (por ejemplo, mediante reglamentaciones sobre la seguridad en el empleo, una dependencia demasiado grande respecto a la legislación sobre el salario mínimo y prestaciones de desempleo altas) obstaculiza el ajuste y la reestructuración de la economía.

Es un hecho que en cualquier país, el pleno empleo exige flexibilidad en todos los niveles para responder a los nuevos retos que puedan plantearse. Sin embargo, la flexibilidad puede alcanzarse por medios negativos, como la creación de un clima de inseguridad, o por medios positivos, como el establecimiento de una relación de cooperación y colaboración entre los trabajadores y la dirección, y ese diálogo social puede ser centralizado o descentralizado.

Hay una forma de flexibilidad funcional que consiste en permitir que los trabajadores asuman distintas tareas. Evidentemente, esto requiere formación y readaptación profesional. Existen otras formas de flexibilidad (en relación con las horas trabajadas o los salarios) que pueden negociarse entre los interlocutores que parezcan más apropiados.

En general, habría que hacer hincapié en el papel que puede desempeñar el diálogo social en el diseño y la aplicación de las políticas económicas. En la empresa, el diálogo social puede aumentar la productividad mediante la adopción de mejores métodos de organización del trabajo, no sólo por el hecho de que aumentar el número de participantes aumenta la información disponible. Este argumento es válido en los planos sectorial y nacional.

Además, cuando el nivel de los salarios nominales es importante en términos macroeconómicos –por ejemplo, si el tipo de cambio se mantiene constante para estabilizar los precios–, el diálogo social puede influir en la relación entre los salarios nominales y los salarios reales (véase el recuadro sobre Barbados). Sin embargo, el diálogo social no es otra cosa más que la transposición en el ámbito de las relaciones de trabajo de los principios generales de la democracia y la discusión. Como se desprende de sus principios, el diálogo social no siempre da lugar a las mejores decisiones, pero proporciona probablemente el mejor entorno para adoptar decisiones. 1

Por tal razón se hace necesario contar con un marco legal adecuado que permita el desarrollo de políticas y de programas encaminados a la promoción del empleo, motivo de la presente iniciativa.

Por lo expuesto, someto a su consideración la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se expide la Ley Federal de Protección y Fomento del Empleo, para quedar como sigue:

Título Primero
Disposiciones Generales, Facultades y Obligaciones

Capítulo I
Disposiciones Generales

Artículo 1. La presente ley es de orden público, interés social y observancia general en la República Mexicana, y tiene por objeto establecer las bases de protección, promoción y fomento del empleo con el propósito de procurar el desarrollo económico y social integral.

Asimismo, instituir y normar, como política pública, la programación del seguro de desempleo en beneficio de las y los trabajadores que involuntariamente pierdan su empleo formal en la República Mexicana.

Artículo 2. El desempleo, para efectos de esta ley, se tomará en cuenta cuando el trabajador por causas ajenas a su voluntad, deje o sea separado de su empleo formal con carácter temporal o definitivo, en la actividad que venía desarrollando y sea privado de su salario.

Artículo 3. La aplicación de esta ley corresponde al Poder Ejecutivo federal por conducto de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social y la Secretaría de Economía, así como de los gobiernos estatales, de conformidad con sus atribuciones y dentro del ámbito de sus respectivas competencias.

Artículo 4. Para los efectos de lo establecido en esta ley, se entenderá por

I. Beneficiario: Todo ciudadano asalariado mayor de 18 años que haya perdido su empleo por causas ajenas a su voluntad, resida en la República Mexicana, y cumpla los requisitos previstos en esta ley, para acceder a los beneficios del seguro de desempleo.

II. Consejo. El Consejo Consultivo para el Fomento y Protección al Empleo;

III. Estados. Las entidades federativas que forman la República Mexicana;

IV. Ley. La Ley de Protección y Fomento del Empleo;

V. Reglamento. El Reglamento de la Ley de Protección y Fomento del Empleo;

VI. Secretaría. La Secretaría de Trabajo y Previsión Social; y

VII. Seguro: El seguro de desempleo.

Capítulo II
De las Facultades y Obligaciones

Artículo 5. El titular del Poder Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría, será responsable del cumplimiento de esta ley y de sus disposiciones complementarias:

I. Programar, dirigir y ejecutar el seguro de desempleo en la República Mexicana;

II. Promover la generación de nuevas fuentes de empleo y consolidar las existentes en la República Mexicana;

III. Promover y observar que los programas y las acciones de capacitación local o de regulación federal fortalezcan y eleven la calidad y productividad de la fuerza de trabajo y economía del país;

IV. Coordinar con la Secretaría de Economía, autoridades federales y las demás áreas competentes en la implantación de estrategias públicas, programas y actividades de protección, promoción y fomento del empleo.

V. Fomentar una cultura emprendedora entre las clases, grupos y personas más desprotegidos y vulnerables de la sociedad a fin de que accedan a mejores niveles de bienestar, a través de programas y acciones de carácter laboral, económico y educativo de contenido social;

VI. Propiciar de manera coordinada con la Secretaría de Economía, autoridades federales y las demás áreas competentes para atraer al país inversiones nacionales y extranjeras, a través de una política competitiva de incentivos para la inversión, que promueva la generación de empleos;

VII. Fortalecer los sectores público, privado y social, así como el fomento cooperativo, generadores de empleo, mediante el establecimiento de programas y acciones de apoyo empresarial, vinculación, distribución y comercialización de los bienes y servicios que produzcan, así como la proveeduría de sus productos a la administración pública federal;

VIII. Promover y realizar investigaciones para obtener el conocimiento exacto de a) Las características fundamentales de la fuerza de trabajo, del desempleo y del subempleo en el país; b) De la oferta y demanda de trabajo, según las calificaciones requeridas y disponibles; c) Medios y mecanismos de la capacitación para el trabajo; y d) De los fenómenos relacionados con el aprovechamiento del factor humano;

IX. Promover una coordinación efectiva de la política de desarrollo económico y social tanto en el sector gubernamental como en el privado, de manera que se logren los objetivos de fomento del empleo;

X. Establecer sistemas de comunicación que permitan coordinar eficazmente sus actividades con instituciones del sector público y del privado, así como con organismos internacionales, a fin de garantizar el cumplimiento de sus objetivos;

XI. Realizar investigaciones tecnológicas y proyectar la creación de empleos, capacitando y readaptando a las necesidades del mercado laboral la fuerza de trabajo;

XII. Instituir un servicio de orientación profesional y vocacional entre los trabajadores;

XIII. Promover la inclusión a las actividades productivas formales de las personas de la tercera edad, personas con capacidades diferentes y demás grupos que presenten esta problemática;

XIV. Concertar, desarrollar y evaluar acciones inherentes al programa de becas de capacitación para desempleados;

XV. Coordinar, promover y realizar ferias del empleo y el servicio de colocación, por sí misma o a través de los estados;

XVI. Producir, reproducir, publicar y difundir materiales didácticos de todo tipo para apoyar el cumplimiento de sus funciones y programas;

XVII. Determinar, expedir coordinar y gestionar la convocatoria para acceder al seguro de desempleo;

XVIII. Promover y celebrar convenios de cooperación técnica o financiera con organismos gubernamentales, según sus facultades expresamente conferidas; y

XIX. Dirigir y orientar a los solicitantes más adecuados por su preparación y aptitudes hacia los empleos vacantes.

Artículo 6. En el marco del diseño de los planes y programas de política de empleo y del análisis del funcionamiento del mercado de trabajo, el titular del Poder Ejecutivo federal deberá evaluar las condiciones existentes para determinar, en su caso, las modificaciones pertinentes que procedan a efecto de estimular el empleo en la República Mexicana.

Artículo 7. Corresponde a los gobernadores de los estados

I. Promover y fomentar el empleo en sus entidades federativas, así como coadyuvar con la Secretaría en el estudio, la planeación y la ejecución de los programas y las acciones que en materia de empleo se determinen, de conformidad con esta ley, el reglamento y reglas de operación que al efecto expida la Secretaría;

II. Establecer en coordinación con la Secretaría los mecanismos que agilicen la colocación de los solicitantes de empleos en las plazas disponibles;

III. Dar publicidad de la demanda existente de puestos de trabajo; y

IV. Las demás que le confieran esta ley y su reglamento.

Título Segundo
Del Seguro de Desempleo

Capítulo I
Disposiciones Generales

Artículo 8. El seguro de desempleo es un sistema de protección social para las personas desempleadas, residentes en la República Mexicana, tendente a crear las condiciones para su incorporación al mercado de trabajo y al goce del derecho constitucional de empleo digno y socialmente útil.

Artículo 9. Los beneficiarios sólo pueden acceder al seguro durante un plazo no mayor de seis meses, cada dos años, siempre que justifiquen ante la Secretaría el cumplimiento de los requisitos y las obligaciones previstos en este ordenamiento, en la convocatoria respectiva y demás disposiciones administrativas aplicables. El monto del seguro ascenderá a 30 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal y será entregado mensualmente al beneficiario.

Capítulo II
Del Seguro de Desempleo

Artículo 10. Los objetivos específicos del seguro son

I. Otorgar un derecho económico a los beneficiarios, en las condiciones establecidas en esta ley;

II. Estimular y promover la incorporación de las y los beneficiarios del seguro a un empleo en el sector formal de la economía; y

III. Impulsar la capacitación de los beneficiarios en el desarrollo de nuevas habilidades que les permitan fortalecer su potencial laboral y orientarlos hacia la organización social del trabajo, a través de acciones complementarias implantadas por la administración pública federal en sus programas sociales.

Artículo 11. El derecho a los beneficios del seguro es de carácter personal e intransferible y podrá otorgarse a las personas desempleadas que

I. Sean mayores de 18 años;

II. Residan en la República Mexicana;

III. Hayan laborado previamente a la pérdida del empleo, para una persona moral o física, con domicilio fiscal en el país, al menos durante seis meses;

IV. No perciban otros ingresos económicos por concepto de jubilación, pensión, subsidio o relación laboral diversa;

V. Se encuentren inscritas en las oficinas de empleo, ya sea de manera directa en la Secretaría o, en su caso, en los estados;

VI. Sean demandantes activas de empleo;

VII. Cumplan el resto de los requisitos establecidos en esta ley y demás disposiciones reglamentarias aplicables; y

VIII. No sean beneficiarios de otro seguro de desempleo que otorgue alguna entidad federativa.

Capítulo III
De las Obligaciones de la Secretaría, los Beneficiarios y el Titular del Poder Ejecutivo Federal

Artículo 12. La Secretaría expedirá la convocatoria para acceder al seguro y sus bases de participación establecerán cuando menos

I. Las características del seguro por otorgar;

II. La documentación y demás requisitos necesarios para acceder al seguro;

III. El modelo de carta compromiso que deberán suscribir los interesados, a efecto de que conozcan las obligaciones que adquieren quienes son acreedores a dicho beneficio;

IV. El procedimiento que habrán de agotar los interesados en obtener el seguro;

V. El domicilio de las oficinas y módulos a que habrán de acudir los interesados para presentar su solicitud y pedir orientación o aclaraciones; y

VI. Las demás que determinen la Secretaría y el reglamento.

Artículo 13. La Secretaría deberá dar respuesta a las solicitudes presentadas por las personas interesadas en obtener el seguro en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados a partir de la recepción de las mismas, así como publicar en el Diario Oficial de la Federación y en su página de Internet la lista de quienes, en su caso, accedan a dicho beneficio, salvaguardando las previsiones que en estos casos plantea la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Artículo 14. Los beneficiarios del seguro se encuentran obligados, entre otras acciones, a

I. Entregar a la Secretaría la documentación e información que reglamentariamente se determine a efectos del otorgamiento, suspensión o reanudación de las prestaciones que marque la presente ley;

II. Participar en programas de empleo o en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales que determine la Secretaría;

III. Suscribir una carta compromiso en la que se adquiere el derecho de recibir las prestaciones por desempleo en el lapso y con las condiciones determinados por la Secretaría;

IV. Solicitar la baja en las prestaciones por desempleo cuando se produzcan situaciones de suspensión o extinción del derecho o se dejen de reunir los requisitos exigidos para su percepción, en el momento de la producción de dichas situaciones y las demás que determinen la Secretaría y el reglamento;

V. Comunicar de inmediato sus cambios de domicilio; y

VI. Conducirse con verdad en todo momento, apercibidos de que en caso de falsedad en sus declaraciones le serán retirados los beneficios del seguro, sin perjuicio de las consecuencias legales procedentes.

Artículo 15. La Secretaría suspenderá el derecho a la percepción del seguro cuando se presenten algunos de los siguientes supuestos:

I. Agotamiento del plazo de duración de la prestación;

II. Rechazo injustificado de una oferta de empleo adecuada al perfil y a las aptitudes del beneficiario;

III. Negativa a participar en los programas de empleo y capacitación, o en acciones de promoción, formación, y reconversión profesional, salvo causa justificada;

IV. Cuando se esté cumpliendo condena que implique privación de la libertad;

V. Realización de un trabajo por cuenta ajena de duración igual o superior a doce meses, o realización de un trabajo por cuenta propia, por tiempo igual o superior a veinticuatro meses;

VI. Ser beneficiario de algún otro programa del gobierno federal con ayuda económica;

VII. Cambiarse de residencia al extranjero; y

VIII. Renuncia voluntaria al derecho.

Artículo 16. El titular del Poder Ejecutivo federal deberá incluir en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación la asignación que garantice efectivamente el derecho al seguro que se regula en la presente ley, en favor de todas las personas desempleadas que cumplan los requisitos establecidos en ella y los demás que señale la Secretaría para tal efecto.

Capítulo IV
Disposiciones Complementarias

Artículo 17. Las reglas de operación fijarán la forma en que se hará valer el seguro, así como la verificación de la residencia, la elaboración y la actualización permanente del padrón de beneficiarios y demás requisitos y procedimientos necesarios para el ejercicio del derecho establecido en esta ley.

Artículo 18. El beneficio del seguro será entregado por la Secretaría a través de una tarjeta de débito u otro mecanismo que se considere pertinente conforme a la ley.

Título Tercero
Del Fomento al Empleo

Capítulo I
De los Estímulos Fiscales

Artículo 19. El titular del Poder Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, estimulará, apoyará, fomentará y promoverá acciones que eleven la productividad de las empresas, de tal manera que el crecimiento del empleo se traduzca en mayores niveles de bienestar para los habitantes de la República Mexicana.

Artículo 20. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá determinar el método o los métodos de protección mediante los cuales se proponen dar efecto a las disposiciones de esta ley.

Artículo 21. Podrán acogerse a los estímulos fiscales establecidos en la presente ley y en el reglamento, de acuerdo con los requisitos y las condiciones que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, las empresas que generen fuentes formales y permanentes de empleo.

Artículo 22. Se podrán otorgar a las empresas estímulos fiscales cuando se demuestre fehacientemente que durante los dos ejercicios fiscales anteriores hayan generado nuevos empleos, tomando como base la plantilla de trabajadores que tuvieran al año posterior, para el caso de empresas ya establecidas.

Artículo 23. Podrán tener acceso a los estímulos fiscales que se establecen en el presente capítulo los contribuyentes que constituyan nuevas fuentes de empleo.

Artículo 24. Las empresas que contraten indefinidamente desempleados en situación de exclusión social podrán acogerse a los estímulos fiscales previstos en este capítulo. La situación de exclusión social se acreditará por los servicios sociales competentes y quedará determinada por alguno de los siguientes casos:

I. Perceptores de cualquier prestación menor que el salario mínimo general vigente para el Distrito Federal;

II. Personas que no puedan acceder a las prestaciones referidas en la presente ley;

III. Personas con capacidades diferentes;

IV. Personas con problemas de drogadicción o alcoholismo que se encuentren en procesos de rehabilitación o reinserción social; y

V. Personas que se encuentran compurgando en libertad o que hayan compurgado la sentencia que se les impuso.

Artículo 25. Las empresas beneficiadas por los estímulos fiscales deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, de conformidad con lo establecido en los ordenamientos jurídicos aplicables.

Capítulo II
Del Consejo

Artículo 26. El Consejo Consultivo para el Fomento y Protección del Empleo es un órgano colegiado de consulta en materia de protección del empleo para las instancias correspondientes, que coordinará sus acciones con las demás dependencias encargadas de la protección y del fomento del empleo.

Artículo 27. Son facultades del consejo

I. Proponer estrategias de trabajo que coadyuven a mejorar la orientación de las actividades de la Secretaría con relación al empleo;

II. Crear los comités necesarios para analizar la problemática de las diferentes áreas y, en su caso, plantear las propuestas de solución correspondiente;

III. Formular las propuestas de incentivos a la inversión, analizando previamente las actividades estratégicas contenidas en los planes de fomento y protección del empleo de cada una de las delegaciones;

IV. Convocar a los diversos organismos empresariales para organizar foros de consulta encaminados a la realización de diagnósticos sectoriales en materia de fomento y protección del empleo;

V. Apoyar a la Secretaría en la creación de comités, así como establecer los lineamientos para formarlos;

VI. Asesorar a los distintos comités estableciendo mecanismos para que lleven a cabo las acciones encaminadas al logro de sus objetivos; y

VII. Evaluar cada seis meses los efectos de las políticas de fomento y protección del empleo adoptadas por la Secretaría.

Artículo 28. El Consejo se integra por

I. Un presidente, que será el secretario del Trabajo y Previsión Social;

II. Un vicepresidente, que será el secretario de Economía; y

III. Vocales: a) el secretario de Gobernación; b) el secretario de Hacienda y Crédito Público; c) el secretario de Desarrollo Social; d) Cinco representantes del sector privado relacionados con el tema del empleo, que podrán ser de los sectores industrial, comercial y social, los que serán a invitación por el presidente del consejo; y e) tres representantes de organizaciones sociales afines al tema. Los miembros del consejo tendrán voz y voto en las sesiones que celebren; en caso de empate, el presidente tendrá voto de calidad. Asimismo, podrán asistir como invitados, con voz pero sin voto, los presidentes de las comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión relacionadas con el tema del empleo.

Artículo 29. El presidente del consejo convocará por lo menos tres veces al año a los integrantes de éste para proponer medidas o acciones de protección y fomento del empleo, previa convocatoria, y de manera extraordinaria cuando el presidente o las dos terceras partes de los integrantes del consejo así lo requieran.

Artículo 30. Los titulares que forman el consejo podrán nombrar a un representante suplente de su área respectiva, con conocimientos en la materia de fomento y protección del empleo.

Capítulo II
Del Padrón de Personas que Soliciten Empleo

Artículo 31. La Secretaría elaborará en coordinación con las delegaciones un padrón de las personas que soliciten empleo, según aptitudes, aspiraciones o profesión, y de las empresas que manifiesten tener puestos vacantes.

El reglamento determinará los datos personales, laborales y demás que considere la Secretaría para el padrón.

Artículo 32. El padrón de las personas que soliciten empleo será regulado por la Secretaría y ésta deberá informar al consejo y al titular del Poder Ejecutivo federal para que, en el marco de sus atribuciones, tomen las medidas pertinentes para llevar a cabo los programas o, en su caso, realizarle las modificaciones o ajustes, con objeto de propiciar mayor estabilidad laboral.

Artículo 33. La Secretaría deberá informar anualmente a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión sobre los resultados del programa y contenidos del padrón para que, en su caso, ésta en la esfera de sus atribuciones oriente o coadyuve en la determinación de medidas complementarias para mejorar la protección del empleo.

Título Cuarto
Del Recurso de Inconformidad

Capítulo Único
Del Recurso de Inconformidad

Artículo 34. En contra de las resoluciones de las autoridades de fomento y protección del empleo dictadas con fundamento en las disposiciones de esta ley y demás reglamentarias podrá interponerse recurso de inconformidad en la vía administrativa, en términos de lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Transitorios

Primero. La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La integración del consejo a que se refiere el artículo 26 de esta ley se deberá llevar a cabo dentro de los 60 días posteriores a la entrada en vigor de la presente ley.

Cuarto. Una vez integrado, el consejo deberá expedir los lineamientos y las reglas para su operación.

Quinto. Para una exacta observancia y aplicación de esta ley, el titular del Poder Ejecutivo federal expedirá el reglamento correspondiente, así como las modificaciones administrativas que se requieran dentro de los 60 días posteriores a la entrada en vigor de la presente ley.

Sexto. Sólo podrán ser beneficiarias del seguro las personas que cumplan los requisitos establecidos en la presente ley y demás disposiciones aplicables y que hayan perdido el empleo por causas ajenas a su voluntad a partir del 1 de enero del año en que entre en vigor la presente ley.

Nota

1 Con información de la consulta internacional acerca del seguimiento de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, Ginebra, 2-4 de noviembre de 1999, de la Organización Internacional del Trabajo.

Dado en la sede de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 29 de julio de 2009.

Diputado José Jacques y Medina (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social. Julio 29 de 2009.)

Que adiciona un último párrafo al artículo 77 Bis 29 de la Ley General de Salud y reforma el artículo 95 y adiciona un último párrafo al artículo 97 del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, recibida del diputado Francisco Javier Calzada Vázquez, del Grupo Parlamentario del PRD, en la sesión de la Comisión Permanente el miércoles 29 de julio de 2009

El suscrito, diputado Francisco Javier Calzada Vázquez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 77 Bis 29 de la Ley General de Salud y reforma el artículo 95 y adiciona un último párrafo al artículo 97 del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

A lo largo de los siglos, las pandemias de influenza se han presentado de manera intermitente sin que los países tuvieran tiempo de prepararse para afrontar el aumento súbito de casos y la alta mortalidad que se produce en esas circunstancias.

Estas pandemias son resultado de la aparición de un nuevo virus de influenza contra el que la mayoría de la población humana no tiene inmunidad, propagándose fácilmente de persona a persona, provocando una enfermedad grave que puede extenderse de un lado a otro del país y alrededor del mundo en muy poco tiempo.

En el siglo XX se presentaron tres pandemias de influenza que provocaron importantes trastornos sociales y económicos, además de la pérdida de numerosas vidas: gripe española 1918-1919; gripe asiática 1957-1958 y gripe de Hong Kong 1968-1969.

Asimismo, en los últimos cinco años hemos sido testigos de cómo cobraban forma las condiciones favorables para una nueva pandemia en algunas zonas de Asia y África, debido tanto a los cambios que ha experimentado la epidemiología de la enfermedad en el ser humano y en los animales, como a la mayor distribución geográfica del virus, que conlleva un mayor riesgo de exposición del ser humano.

Por ello, a pesar de que es imposible predecir cuándo ocurrirá una pandemia de influenza, esta situación llevó a la Organización Mundial de la Salud, OMS, a declarar que el mundo se encontraba en la fase 3 del periodo de alerta pandémica (infección humana con un subtipo nuevo del virus de la gripe, pero sin transmisión persona a persona, o a lo sumo casos raros de transmisión a un contacto próximo), lo que ha permitido a muchos países prepararse con miras a la pandemia y prever medidas para paliar sus efectos.

En este sentido, la experiencia reciente nos lleva al brote epidemiológico del Síndrome Respiratorio Agudo Severo (SRAS), cuya duración fue de 6 meses, durante 2002 y 2003, afectando a 16 países con una tasa de mortalidad del 10 por ciento lo que provocó, en los países en donde se suscitó el brote, una caída del producto interno bruto, PIB, de 1.8 por ciento.

De igual forma, el brote de la influenza tipo A H5N1 con una tasa de mortalidad de 62 por ciento, que inició en el 2003 y cuyo pico fue en el 2006, afectó a 15 países, dando por resultado una contracción promedio del PIB en los países en donde se suscitó el brote, del orden de 2.6 por ciento.

Por consiguiente, la lección que han brindado estas contingencias es que mientras mayor sea la duración y severidad epidémica, mayores serán los costos económicos asociados, derivado primordialmente de la disminución en la demanda de los consumidores, en la que el consumo privado lleva la peor parte del impacto económico.

De tal forma que, los sectores que tienen un alto grado de contacto interpersonal, como el turismo, el transporte público, ventas al por menor, educación, alojamiento y servicios de alimentación, y la industria del entretenimiento, serán más vulnerables a los impactos del brote epidemiológico.

Es de destacar que estos brotes amenazan la salud de la población mundial, por lo que requieren de alertas regionales y globales, así como mecanismos de respuesta que aseguren un rápido acceso a recursos económicos, que permitan implementar medidas de mitigación por parte de los gobiernos estatales de cada país, así como para apoyar la capacidad de la salud pública nacional.

Lo anterior, en base al hecho de que ninguna institución o país tiene toda la capacidad para responder a una emergencia mundial causada por epidemias y por nuevas enfermedades infecciosas. Por esto, el desarrollo de planes de continuidad económica, respaldados por una fuente de recursos importante, podrían coadyuvar a mitigar los efectos económicos y sociales asociados a los brotes epidemiológicos o incluso a la pandemia, garantizando la continuidad en la disponibilidad de los recursos básicos para el funcionamiento del país.

Es en este contexto que, a pesar de que la historia y la ciencia nos indicaban que el mundo enfrentaría cuando menos una pandemia de influenza en este siglo (sin saber exactamente dónde y cuándo), en nuestro país, no esperábamos ser los anfitriones de este brote epidemiológico.

La nueva gripe en México ha infectado a 5 mil 29 personas y provocado 97 defunciones de acuerdo a la Secretaría de Salud, casos que siguen incrementándose cada día a pesar de que las alertas al interior del país han ido disminuyendo su grado.

No obstante, producto de esta epidemia se han contagiado casi 19 mil personas de 64 países y el patrón de transmisión avanza hacia una pandemia (el nivel 6 de la escala de la OMS).

Además, de acuerdo a este organismo, hay características que hacen que esta infección pueda calificarse de especial ya que se está propagando por el norte a pesar de la llegada del calor (hasta ahora eso no sucede porque los rayos ultravioleta del verano inactivan a los virus); afecta más a menores de 60 años; los enfermos más graves –los fallecidos o quienes desarrollan neumonías que necesitan incluso el uso de respiradores– tienen mayoritariamente entre 20 y 40 años, y hay una parte importante de los 117 fallecidos que no pertenecen a grupos de riesgo (ni son mayores, ni tenían enfermedades crónicas previas, ni eran mujeres embarazadas).

Es importante señalar que previo al brote de epidemia suscitado a finales de abril de 2009, la economía mexicana mostraba ya una marcada desaceleración.

De tal forma que todos los pronósticos de crecimiento económico, consideraron una importante contracción del PIB nacional para 2009: Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) -2.0 por ciento; la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) -2.8 por ciento; el Fondo Monetario Internacional (FMI) -3.7 por ciento; el Banco de México (Banxico) -4.8 por ciento.

Pronósticos que, dado lo imprevisto del brote epidemiológico, no consideraron los efectos de las medidas de contención implementadas en el país.

Ahora bien, a pesar de que el actual brote de influenza se encuentra en desarrollo y que la OMS dejó de hablar de enfermedad “leve” y la define como “moderada”, la información a la fecha permite inferir que su tasa de mortalidad (1.9 por ciento) será menor a lo mostrado por las epidemias antes referidas.

No obstante lo anterior, de no haberse activado las medidas de mitigación correspondientes por parte del Ejecutivo federal y de las entidades federativas, o de haber retrasado la ejecución de las mismas, se hubieran presentado a la fecha cerca de un 80% más de casos, potenciando aún más los costos económicos del brote epidemiológico.

De manera que, con base a diversos pronósticos, se puede esperar que en promedio el impacto en el crecimiento económico de México derivado de la influenza, se vea reflejado en una contracción del PIB en un 1.0 por ciento adicional.

En consecuencia, la conjunción de la crisis financiera mundial y la afectación de la epidemia en nuestro país dará por resultado que la contracción en el PIB sea una de las más profundas presentadas en los últimos 13 años.

De ahí que resulte necesario destinar recursos para aliviar el impacto y los desequilibrios que en materia de finanzas públicas y en materia económica se presentan por esta epidemia.

Es en este contexto que se propone la creación de un Fondo contra Contingencias Epidemiológicas que permita a las entidades federativas implantar medidas de mitigación, para hacer frente a cualquier brote epidemiológico, tales como el resarcimiento de las afectaciones económicas directas que se generan en algunos sectores productivos estatales, así como establecer incentivos fiscales a las empresas para la continuidad económica.

Esto permitirá estar mejor preparados para actuar en consecuencia, activando distintos esquemas de apoyo para la reactivación económica ante estas eventualidades, sin que ello implique un impacto a las haciendas públicas.

Actualmente, los recursos cuyos objetivos son enfocados a la atención de emergencias no sirven para atender en su totalidad la situación actual, ni la que pudiera presentarse en un futuro derivado de brotes epidemiológicos.

Tal es el caso de los Fondos para Prevención de Desastres Naturales (Fonden, mitigación y Fopreden, prevención) que atienden daños a infraestructura ocasionados por fenómenos naturales perturbadores o se enfocan en disminuir y evitar los efectos destructivos de dichos fenómenos.

De modo similar, se encuentra el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, creado en 2005, cuyo objetivo es garantizar los servicios médicos de alta especialidad y de costo elevado (gastos catastróficos) para beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud, pero que no considera sufragar los efectos colaterales (económicos) por epidemias. Este fondo, al primer trimestre del 2009, cuenta con recursos por 17 mil 826.8 millones de pesos de acuerdo al Informe trimestral de fideicomisos, que rinde la Secretaría de Salud.

Así, con la finalidad de evitar un impacto mayor en las finanzas públicas nacionales, la fuente de recursos para el Fondo contra Contingencias Epidemiológicas sería un porcentaje de los ingresos que de acuerdo a la Ley General de Salud se destinan para el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, con lo que se cubriría al menos el 70 por ciento de los costos en los que incurran las entidades federativas al implantar medidas de mitigación ante epidemias, al activarse las alertas sanitarias correspondientes.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, pongo a la consideración de esta honorable Comisión Permanente del Congreso de la Unión la presente iniciativa con proyecto de

De creto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 77 Bis 29 de la Ley General de Salud, se reforma el artículo 95 y se adiciona un último párrafo al artículo 97 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud

Artículo Primero. Se adiciona un último párrafo al artículo 77 Bis 29 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 77 Bis 29.

Asimismo, se consideran gastos catastróficos todos aquellos que deriven de la implantación de medidas de mitigación por parte de las entidades federativas ante contingencias epidemiológicas, de conformidad con las alertas sanitarias internacionales que emita la Organización Mundial de la Salud, así como la Secretaría de Salud.

Artículo Segundo. Se reforma el artículo 95 y se adiciona un último párrafo al artículo 97 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud, para quedar como sigue:

Artículo 95. El Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos a que se refieren los artículos 77 bis 17 y 77 Bis 29 de la Ley, es un fondo sin límite de anualidad presupuestal que apoya el financiamiento del tratamiento de enfermedades de alto costo que generan gastos catastróficos para los prestadores de servicios de salud del Sistema, y a su vez, en caso de contingencias epidemiológicas apoyar a las entidades federativas a sufragar los costos en los que incurran por la implementación de medidas de mitigación.

Artículo 97.

En relación con el ocho por ciento a que hace referencia este artículo, el 30 por ciento se destinará exclusivamente para un Fondo contra Contingencias Epidemiológicas, mismo que se distribuirá entre las Entidades Federativas para cubrir el 70 por ciento de los costos en los que incurran al implementar medidas de mitigación, derivadas de sus planes de continuidad económica, al activarse las alertas sanitarias correspondientes. La distribución de estos recursos se hará en un plazo no mayor a un mes contado a partir de la implementación de las medidas de mitigación.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el siguiente día al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 29 de julio de 2009.

Diputado Francisco Javier Calzada Vázquez (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Salud. Julio 29 de 2009.)



Informes

De la Comisión de Seguridad Pública, de actividades, del martes 1 de abril al miércoles 30 de septiembre de 2008

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 45, numeral 6, inciso b) de la Ley Orgánica para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, de la LX Legislatura, rinde el segundo informe semestral del segundo año del periodo legislativo, de actividades realizadas en el lapso comprendido entre martes 1 de abril al miércoles 30 de septiembre de 2008, correspondiente al segundo año de ejercicio legislativo.

Integración

Durante el periodo que se informa, la Comisión de Seguridad Pública se integró por los siguientes diputados:

Diputados: Juan Francisco Rivera Bedoya, presidente; Gerardo Octavio Vargas Landeros, Patricia Villanueva Abraján, (causó alta a partir del 10 de septiembre), Víctor Leopoldo Valencia de los Santos, (causó baja el 1 de julio), Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo, (causó alta a partir del 25 de septiembre), Édgar Armando Olvera Higuera, Luis Gerardo Serrato Castell, Armando Barreiro Pérez, David Mendoza Arellano, (causó alta a partir del 23 de septiembre de 2008), Víctor Hugo García Rodríguez (causó baja a partir del 23 de septiembre de 2008) secretarios; Jesús Sergio Alcántara Núñez, Miguel Ángel Arellano Pulido, Roberto Badillo Martínez, Gregorio Barradas Miravete, Manuel Cárdenas Fonseca, María Sofía Castro Romero (causó baja a partir del 1 de septiembre), Ángel Rafael Deschamps Falcón, Yary del Carmen Gebhardt Garduza, Jorge Justiniano González Betancourt, Agustín Leura González, Andrés Lozano Lozano, Carlos Madrazo Limón, Camerino Eleazar Márquez Madrid, (causó baja a partir del 23 de septiembre), Efraín Morales Sánchez, José Luis Murillo Torres, Silvia Oliva Fragoso, Josefina Salinas Pérez (causó alta a partir del 23 de septiembre), Manuel Salvador Salgado Amador, Layda Elena Sansores San Román, Francisco Javier Santos Arreola, Martín Stefanonni Mazzocco, Alberto Torres Torres.

En el periodo que se informa, las subcomisiones presentaron cambios, en razón de los diputados que dejaron de pertenecer a la comisión y de los que se incorporaron, quedando integradas de la siguiente manera:

1. Subcomisión del Sistema de Seguridad Pública y de Legislación Penal

Diputados: Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo, coordinadora; Ángel Rafael Deschamps Falcón, Gregorio Barradas Miravete, Agustín Leura González, Silvia Oliva Fragoso, Roberto Badillo Martínez, Andrés Lozano Lozano, Miguel Ángel Arellano Pulido, Manuel Cárdenas Fonseca.

2. Subcomisión de Análisis Económico, del Presupuesto y de Fiscalización

Diputados: Francisco Javier Santos Arreola, coordinador; Gerardo Octavio Vargas Landeros, Luis Gerardo Serrato Castell, Édgar Armando Olvera Higuera, Armando Barreiro Pérez, Layda Elena Sansores San Román, Manuel Salvador Salgado Amador

3. Subcomisión de Prevención del Delito y de Readaptación Social

Diputados: Édgar Armando Olvera Higuera, coordinador; Luis Gerardo Serrato Castell, David Mendoza Arellano (causó alta a partir del 23 de septiembre de 2008), Jorge Justiniano González Betancourt, José Luis Murillo Torres, Yary del Carmen Gebhardt Garduza, Jesús Sergio Alcántara Núñez, Andrés Lozano Lozano, Efraín Morales Sánchez, Miguel Ángel Arellano Pulido.

4. Subcomisión de Profesionalización y Dignificación de los Policías

Diputados: Carlos Madrazo Limón, coordinador; Gerardo Octavio Vargas Landeros, David Mendoza Arellano, (causó alta a partir del 23 de septiembre), Ángel Rafael Deschamps Falcón, Alberto Torres Torres, Martín Stefanonni Mazzocco, Silvia Oliva Fragoso, Francisco Javier Santos Arreola, Layda Elena Sansores San Román.

Fundamento jurídico

Las facultades y funciones de este órgano legislativo tienen fundamento en lo dispuesto en los artículos 70, párrafo primero, 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Los trabajos de la comisión se realizan con base en lo dispuesto en los artículos 39, 43, 44 y 45 de la Ley Orgánica para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de dar cumplimiento a las tareas de dictamen legislativo, de información y de control evaluatorio.

De igual forma, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 55, 56, 57, 58 fracción III, 60, 61,64, 65, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Trabajo legislativo

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 43, 44 y 45 de la Ley Orgánica para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la comisión elaborará dictámenes, informes, opiniones o resoluciones a efecto de que contribuyan a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales.

La comisión en la materia que corresponde con los ramos de la administración pública federal podrá requerir mayor información del ramo, o solicitar la comparecencia de servidores públicos de la dependencia ante la propia comisión. Si de las conclusiones se desprenden situaciones –que por su importancia o trascendencia– que requieran la presencia en la Cámara del titular de la dependencia, la comisión podrá solicitar al Presidente de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos que el secretario del despacho correspondiente comparezca ante el Pleno.

Por lo anterior, las tareas de dictamen legislativo, de información y de control evaluatorio, se realizan sobre los siguientes asuntos:

• Minutas proyecto de decreto

• Iniciativas de ley o decreto

• Proposiciones con punto de acuerdo

• Comparecencia de servidores públicos o titulares de la dependencia

• Informes

• Excitativas

Concentrado de iniciativas turnadas a la comisión, por origen

Primer año

• Primer periodo ordinario

PRI: 1

PAN: 0

PRD: 1

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 2

• Primer receso

PRI: 0

PAN: 2

PRD: 0

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 1

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 3

• Segundo periodo ordinario

PRI: 2

PAN: 1

PRD: 2

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 1

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 6

• Segundo receso

PRI: 0

PAN: 1

PRD: 0

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 1

• Total del primer año

PRI: 3

PAN: 4

PRD: 3

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 2

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 12

Segundo año

• Primer periodo ordinario

PRI: 3

PAN: 0

PRD: 1

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 4

• Primer receso

PRI: 0

PAN: 0

PRD: 0

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 0

• Segundo periodo ordinario

PRI: 3

PAN: 2

PRD: 2

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 1

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 8

• Segundo receso

PRI: 0

PAN: 0

PRD: 0

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 0

• Total del segundo año

PRI: 6

PAN: 2

PRD: 3

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 1

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 12

Tercer año

• Primer periodo ordinario

PRI: 2

PAN: 1

PRD: 4

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 7

Total del tercer año al 30 de septiembre de 2008

PRI: 2

PAN: 1

PRD: 4

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 7

Total del segundo año de ejercicio legislativo

PRI: 11

PAN: 7

PRD: 10

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 3

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 31

Concentrado de iniciativas turnadas a la comisión

Por grado de avance del segundo año de ejercicio legislativo

• Presentadas

PRI: 11

PAN: 7

PRD: 10

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 3

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 31

• Aprobadas

PRI: 3

PAN: 1

PRD: 1

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 5

• Dictamen negativo

PRI: 0

PAN: 1

PRD: 1

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 2

• Anteproyecto de dictamen

PRI: 5

PAN: 4

PRD: 7

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 2

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 18

• Pendientes

PRI: 3

PAN: 1

PRD: 1

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 1

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 6

Se entienden, por aprobadas aquellas iniciativas dictaminadas, atendidas, desahogadas o aquellas respecto de las que el pleno de la comisión ha tomado una decisión de fondo y en definitiva.

Concentrado de iniciativas turnadas a la comisión

Segundo y tercer año de ejercicio legislativo

Por turno

• Sólo a la comisión

PRI: 4

PAN: 2

PRD: 6

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 1

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 13

• Comisiones Unidas

PRI: 7

PAN: 5

PRD: 2

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 2

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 16

• A otra comisión con opinión de la de Seguridad Pública

PRI: 0

PAN: 0

PRD: 2

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 2

• Total

PRI: 11

PAN: 7

PRD: 10

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 3

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Ejecutivo federal: 0

Congresos locales: 0

ALDF: 0

Total: 31

Concentrado de iniciativas turnadas a la comisión

• De turno conjunto por comisión

Energía: 0

Juventud y Deporte: 0

Justicia: 9

Hacienda y Crédito Público: 4

Puntos Constitucionales: 2

Desarrollo Social: 1

Función Pública: 1

Equidad y Género: 1

Gobernación: 4

Grupos Vulnerables: 1

Seguridad Social: 1

Total: 16*

* Las cifras pueden no coincidir si las iniciativas se turnaron a más de dos comisiones para su estudio y dictamen.

Listado de iniciativas turnadas a la comisión

• Por fecha de presentación

Primer periodo ordinario de sesiones del primer año de ejercicio constitucional

1 de septiembre-15 de diciembre de 2006

1. Fecha: 26 de octubre de 2006.

Número de expediente: CSP/0001//I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Presentada por el diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros, PRI.

Turnada a la Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2121, martes 26 de octubre de 2006.

Dictaminada el 31 de enero de 2007, en la quinta reunión ordinaria de trabajo.

Turnada a la Comisión de Justicia para sus efectos.

2. Fecha: 5 de diciembre de 2006.

Número de expediente: CSP/0002/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes de Instituciones de Crédito, y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Presentada por el diputado Andrés Lozano Lozano, PRD.

Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la Comisión de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2145-I, martes 5 de diciembre de 2006.

Dictaminada el 31 de enero de 2007, en la quinta reunión ordinaria de trabajo.

Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para sus efectos.

Primer receso de sesiones del primer año de ejercicio constitucional

16 de diciembre de 2006-31 de enero de 2007.

3. Fecha: 21 de diciembre de 2006

Número de expediente: CSP/0003/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Orgánica de la Administración Pública Federal, y General de Desarrollo Social.

Presentada por los diputados Alejandro Landero Gutiérrez y Édgar Armando Olvera Higuera, PAN.

Turnada a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, de Gobernación, y de Desarrollo Social.

Gaceta Parlamentaria, número 2157-I, jueves 21 de diciembre de 2006.

Dictaminada el 25 de septiembre de 2007, en la duodécima reunión ordinaria de trabajo.

Turnada a las Comisiones de Gobernación y Desarrollo Social para sus efectos.

4. Fecha: 22 de diciembre de 2006.

Número de expediente: CSP/0004/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por la diputada Layda Elena Sansores San Román, Convergencia.

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2158-I, viernes 22 de diciembre de 2006.

Se cuenta con el anteproyecto de dictamen.

5. Fecha: 24 de enero de 2007

Número de expediente: CSP/0005/I.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por el diputado Felipe González Ruiz, PAN.

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2179-I, miércoles 24 de enero de 2007.

Dictamen en sentido negativo, aprobado el 25 de septiembre de 2007, en la duodécimo reunión ordinaria. Remitido a Mesa Directiva para sus efectos.

Segundo periodo ordinario de sesiones del primer año de ejercicio constitucional

1 de febrero-30 de abril de 2007.

6. Fecha: 29 de marzo de 2007.

Número de expediente: CSP/0006/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Registro Público Vehicular y de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por la diputada Silvia Oliva Fragoso, PRD.

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2223-I, jueves 29 de marzo de 2007. (537)

Se cuenta con anteproyecto de dictamen.

7. Fecha: 17 de abril de 2007.

Número de expediente: CSP/0007/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por la diputada Martha Angélica Tagle Martínez, Convergencia.

Turnada a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, y de Equidad y Género.

Gaceta Parlamentaria, número 2234-IV, martes 17 de abril de 2007. (593)

Se cuenta con anteproyecto de dictamen.

8. Fecha: 25 de abril de 2007.

Número de expediente: CSP/0008/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Presentada por las diputadas Laura Angélica Rojas Hernández, Liliana Carbajal Méndez y Esmeralda Cárdenas Sánchez, PAN.

Turnada a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2239-VI, martes 24 de abril de 2007. (661)

Se cuenta con anteproyecto de dictamen.

9. Fecha: 26 de abril de 2007.

Número de expediente: CSP/0009/I.

Que reforma los artículos 5, 6, 9 y 10 de la Ley de la Policía Federal Preventiva.

Presentada por el diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros, PRI.

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2239-V, martes 24 de abril de 2007.

Se cuenta con anteproyecto de dictamen.

10. Fecha: 26 de abril de 2007.

Número de expediente: CSP/0010/I.

Que expide la Ley del Instituto Nacional de Prevención del Delito, y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por el diputado Salvador Barajas del Toro, PRI.

Turnada a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Seguridad Pública, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2239-V, martes 24 de abril de 2007. (715)

Se cuenta con anteproyecto de dictamen.

11. Fecha: 26 de abril de 2007.

Número de expediente: CSP/0011/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

Presentada por el diputado Efraín Morales Sánchez, PRD.

Turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia, y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2236-XI, jueves 19 de abril de 2007. (690)

Se cuenta con anteproyecto de dictamen.

Segundo receso de sesiones del primer año de ejercicio constitucional

1 de mayo-31 de agosto de 2007.

12. Fecha: 22 de agosto de 2007.

Número de expediente: CSP/0012/I.

Que reforma los artículos 25, 37, 44 y 45 de la Ley de Coordinación Fiscal.

Presentada por los diputados Luis Serrato Castell y David Figueroa Ortega, PAN.

Turnada a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2327, lunes 27 de agosto de 2007. (898)

Dictamen en sentido negativo, aprobado el 25 de octubre de 2007, durante la decimocuarta reunión plenaria de trabajo.

Se remitió a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dar continuidad al proceso legislativo.

Primer periodo ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional

1 de septiembre-13 de diciembre de 2007.

13. Fecha: 13 de septiembre de 2007.

Número de expediente: CSP/0013/I.

Que reforma los artículos 3 y 40 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por la diputada Silvia Oliva Fragoso, PRD.

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2340-IV, jueves 13 de septiembre de 2007. (985)

Dictamen en sentido negativo, aprobado el 14 de febrero de 2008, en la decimocuarta reunión ordinaria de trabajo.

14. Fecha: 11 de octubre de 2007.

Número de expediente: CSP/0014/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por el diputado Gerardo Vargas Landeros, PRI.

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública.

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 385 votos en pro y 1 abstención, el martes 4 de marzo de 2008. Votación.

Turnada a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

Gaceta Parlamentaria, número 2358-II, martes 9 de octubre de 2007. (1092)

15. Fecha: 25 de octubre de 2007.

Número de expediente: CSP/0015/I.

De Ley que Establece las Bases para Otorgar Pensiones y Prestaciones a los Ciudadanos que hayan Desempeñado el Cargo de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

Presentada por el diputado Samuel Aguilar Solís, PRI.

Turnada a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, de Seguridad Pública, de Seguridad Social y de la Función Pública, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2370-I, jueves 25 de octubre de 2007. (1129)

En estudio.

16. Fecha: 13 de diciembre de 2007.

Número de expediente: CSP/0016/I.

Que reforma los artículos 12 y 13 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por el diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros, PRI.

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2403-I, jueves 13 de diciembre de 2007. (1386)

Se cuenta con anteproyecto de dictamen.

Primer receso de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional

Diciembre de 2007-31 de enero de 2008.

No se presentaron iniciativas en este período de receso.

Segundo periodo ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional

1 de febrero-30 de abril de 2008.

17. Fecha: 21 de febrero de 2008.

Número de expediente: CSP/0017/I.

Que reforma la fracción VI del artículo 53 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

Presentada por el diputado Armando Barreiro Pérez, PRD.

Turnada a la Comisión de Justicia, con opinión de la Comisión de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2453-II, martes 26 de febrero de 2008. (1515)

Se cuenta con anteproyecto de dictamen.

18. Fecha: 6 de marzo de 2008.

Número de expediente: CSP/0018/I.

Que reforma y adiciona los artículos 1 y 2 de a Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

Presentada por los diputados Claudia Cruz Santiago y Andrés Lozano Lozano, PRD.

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2453-II, martes 26 de febrero de 2008. (1515)

Se cuenta con anteproyecto de dictamen.

19. Fecha: 3 de abril de 2008.

Número de expediente: CSP/0019/I.

Que reforma y adiciona el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversas disposiciones de las Leyes Federal de Seguridad Privada, y General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por el diputado Alberto Esteva Salinas, Convergencia.

Turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2475-III, martes 1 de abril de 2008. (1560)

En estudio.

20. Fecha: 22 de abril de 2008.

Número de expediente: CSP/0020/I.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, y Federal de Procedimientos Penales, así como de las Leyes de Extradición Internacional, y General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a fin fortalecer el combate y la sanción de la explotación sexual comercial infantil en Internet.

Presentada por la diputada Laura Angélica Rojas Hernández, secretaria de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

Turnada a las Comisiones Unidas de Justicia y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2482-II, jueves 10 de abril de 2008. (1610)

Se cuenta con anteproyecto de dictamen.

21. Fecha: 30 de abril de 2008.

Número de expediente: CSP/0021/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Coordinación Fiscal, que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, y General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por el diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros, PRI.

Turnada a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2495-VIII, martes 29 de abril de 2008. (1671)

Se cuenta con anteproyecto.

22. Fecha: 30 de abril de 2008.

Número de expediente: CSP/0022/I.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

Presentada por el diputado José Luis Murillo Torres, PAN.

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública.

Se cuenta con anteproyecto de dictamen.

23. Fecha: 30 de abril de 2008.

Número de expediente: CSP/0023/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y Orgánica de la Procuraduría General de la República y del Código Federal de Procedimientos Penales.

Presentada por el diputado Luis Enrique Benítez Ojeda, PRI.

Turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación, de Seguridad Pública, y de Justicia.

Gaceta Parlamentaria, número 2463-II, martes 11 de marzo de 2008. (1697)

En estudio.

24. Fecha: 30 de abril de 2008.

Número de expediente: CSP/0024/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, y para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Presentada por el diputado Enrique Cárdenas del Avellano, PRI.

Turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación, de Seguridad Pública, y de Atención a Grupos Vulnerables.

Gaceta Parlamentaria, número 2471-II, miércoles 26 de marzo de 2008. (1708)

Se cuenta con anteproyecto de dictamen.

Primer periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio constitucional (parte)

1 al 30 de septiembre de 2008.

25. Fecha: 2 de septiembre de 2008.

Número de expediente: CSP/0025/I.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de Seguridad Nacional, y Federal contra la Delincuencia Organizada, así como del Código Penal Federal.

Presentada por la diputada Guillermina López Balbuena, PRI.

Turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación, de Seguridad Pública, y de Justicia.

Gaceta Parlamentaria, número 2583-III, martes 2 de septiembre de 2008. (1999)

En estudio.

26. Fecha: 9 de septiembre de 2008.

Número de expediente: CSP/0026/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Estatuto de las Islas Marías.

Presentada por la diputada Yary del Carmen Gebhardt Garduza, PRI.

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2583-III, martes 2 de septiembre de 2008. (2010)

Se cuenta con anteproyecto.

27. Fecha: 18 de septiembre de 2008.

Número de expediente: CSP/0027/I.

De Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por diputados del Grupo Parlamentario del PRD.

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 335 votos en pro, 39 en contra y 13 abstenciones, el jueves 4 de diciembre de 2008.

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Senadores con 94 votos en pro y 2 abstenciones, el martes 9 de diciembre de 2008. Con modificaciones.

Devuelta a la Cámara de Diputados para los efectos de lo dispuesto en el artículo 72, inciso e), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Minuta 60:2373, martes 11 de diciembre de 2008).

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública.

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 221 votos en pro, 104 en contra y 1 abstención, el jueves 11 de diciembre de 2008. Votación.

Publicación en el Diario Oficial de la Federación el viernes 2 de enero de 2009.

Gaceta Parlamentaria, número 2594-II, jueves 18 de septiembre de 2008. (2026)

28. Fecha: 18 de septiembre de 2008.

Número de expediente: CSP/0028/I.

De Ley que Regula el Uso de la Fuerza por los Integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública Federal.

Presentada por diputados del Grupo Parlamentario del PRD.

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2594-II, jueves 18 de septiembre de 2008. (2027)

Se cuenta con anteproyecto.

29. Fecha: 18 de septiembre de 2008.

Número de expediente: CSP/0029/I.

Que reforma diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, de las Leyes Orgánicas de la Procuraduría General de la República y de la Policía Federal Preventiva.

Presentada por el diputado Andrés Lozano Lozano, PRD.

Turnada a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2594-II, jueves 18 de septiembre de 2008. (2028)

En estudio.

30. Fecha: 18 de septiembre de 2008.

Número de expediente: CSP/0030/I.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

Presentada por el diputado Andrés Lozano Lozano, PRD.

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2594-II, jueves 18 de septiembre de 2008. (2033)

Se cuenta con anteproyecto.

31. Fecha: 30 de septiembre de 2008.

Número de expediente: CSP/0031/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, Fiscal de la Federación, y Federal de Procedimientos Penales, así como de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para fortalecer el combate al mercado ilícito de combustibles.

Presentada por diputados del Grupo Parlamentario del PAN.

Turnada a las Comisiones Unidas de Justicia, de Hacienda y Crédito Público, y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2602-V, martes 30 de septiembre de 2008. (2064)

En estudio.

Concentrado de minutas turnadas a la comisión

Por grado de avance

• Por primera vez

Turnadas: 1

Aprobadas: 0

Anteproyecto de dictamen: 0

Pendientes: 0

• Para efectos del inciso e) del artículo 72 constitucional

Turnadas: 0

Aprobadas: 0

Anteproyecto de dictamen: 0

Pendientes: 0

• Para efectos del inciso d) del artículo 72 constitucional

Turnadas: 0

Aprobadas: 0

Anteproyecto de dictamen: 0

Pendientes: 0

Total

Turnadas: 1

Aprobadas: 0

Anteproyecto de dictamen: 0

Pendientes: 0

Minuta turnadas a la comisión

Primer periodo ordinario de sesiones del primer año de ejercicio constitucional

1 de septiembre de 2006-28 de febrero de 2007.

1. Fecha: 5 de septiembre de 2006.

Número de expediente: CSP/60/M/1.

Minuta de la Cámara de Senadores con proyecto de decreto, que expide la Ley General de Coordinación para la Educación y Profesionalización de los Miembros de las Instituciones Policiales.

Turnada a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, y de Educación Pública y Servicios Educativos, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2088-I, martes 5 de septiembre de 2006.

Se cuenta con anteproyecto.

Concentrado de proposiciones con punto de acuerdo

Turnadas a la comisión

Proposiciones con punto de acuerdo por origen

• Primer periodo ordinario

PRI: 0

PAN: 3

PRD: 2

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Total: 5

• Primer receso

PRI: 1

PAN: 1

PRD: 0

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Total: 2

• Segundo periodo ordinario

PRI: 0

PAN: 4

PRD: 5

PVEM: 1

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 2

Alternativa: 1

Sin partido: 0

Total: 13

• Segundo receso

PRI: 0

PAN: 0

PRD: 1

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Total: 1

• Total del primer año

PRI: 1

PAN: 8

PRD: 8

PVEM: 1

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 2

Alternativa: 1

Sin partido: 0

Total: 21

• Primer periodo ordinario del segundo año de la legislatura

PRI: 3

PAN: 2

PRD: 2

PVEM: 1

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 1

Sin partido: 0

Total: 9

• Primer receso

PRI: 0

PAN: 1

PRD: 1

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Total: 2

• Segundo periodo ordinario

PRI: 3

PAN: 6

PRD: 3

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 1

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Total: 13

• Segundo receso

PRI: 0

PAN: 2

PRD: 0

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Total: 2

• Total del segundo año

PRI: 6

PAN: 11

PRD: 6

PVEM: 1

PT: 0

Convergencia: 1

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 1

Sin partido: 0

Total: 26

• Primer periodo ordinario del tercer año de la legislatura

PRI: 1

PAN: 1

PRD: 0

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Total: 2

• Total del tercer año al 30 de septiembre de 2008

PRI: 1

PAN: 1

PRD: 0

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Total: 2

Proposiciones con punto de acuerdo por grado de avance

• Presentadas

PRI: 8

PAN: 20

PRD: 14

PVEM: 2

PT: 0

Convergencia: 1

Nueva Alianza: 2

Alternativa: 2

Sin partido: 0

Total: 49

• Aprobadas

PRI: 3

PAN: 9

PRD: 4

PVEM: 2

PT: 0

Convergencia: 1

Nueva Alianza: 1

Alternativa: 1

Sin partido: 0

Total: 21

• En sentido negativo

PRI: 1

PAN: 3

PRD: 0

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Total: 4

• Anteproyectos de dictámenes

PRI: 2

PAN: 6

PRD: 3

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 0

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Total: 11

• Pendientes

PRI: 2

PAN: 2

PRD: 7

PVEM: 0

PT: 0

Convergencia: 0

Nueva Alianza: 1

Alternativa: 0

Sin partido: 0

Total: 12

Proposiciones con punto de acuerdo turnadas (por fecha de presentación)

Primer periodo ordinario de sesiones del primer año de ejercicio constitucional, 1 de septiembre-15 de diciembre de 2006

1. Fecha: 10 de octubre de 2006. Número de expediente: CSP/0001/PA.

Por el que se exhorta a las autoridades municipales de Tijuana a realizar las acciones necesarias que permitan la depuración de los elementos de la policía municipal, así como a implantar un programa de acción urgente dirigido a abatir los altos índices de criminalidad en dicha ciudad.

Presentada por el diputado Luis Rodolfo Enríquez Martínez, PAN.

Dictaminada y aprobada en la sesión del martes 21 de noviembre de 2006.

Gaceta Parlamentaria número 2102-II, viernes 29 de septiembre de 2006.

2. Fecha: 19 de octubre de 2006. Número de expediente: CSP/0003/PA.

Por el que se exhorta al secretario de Seguridad Pública federal, al comisionado del Instituto Nacional de Migración y al gobernador del estado de México a cumplir la recomendación número 38/2006, relativa a los hechos de violencia ocurridos en mayo en Texcoco y San Salvador Atenco, México.

Presentada por la diputada Ana Yurixi Leyva Piñón, PRD.

Turnada a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, y de Justicia y Derechos Humanos.

Gaceta Parlamentaria número 2116, jueves 19 de octubre de 2006.

Se cuenta con anteproyecto.

3. Fecha: 19 de octubre de 2006. Número de expediente: CSP/0002/PA.

Por el que se exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública a verificar de manera exhaustiva la contratación de personal y los procedimientos de operación en las empresas de seguridad privada.

Presentada por la diputada Silvia Oliva Fragoso, PRD.

Dictaminada y aprobada en la sesión del martes 21 de noviembre de 2006.

Gaceta Parlamentaria número 2111, jueves 12 de octubre de 2006.

4. Fecha: 12 de diciembre de 2006. Número de expediente: CSP/0005/PA.

Por el que se exhorta al gobierno de Sinaloa a aumentar los recursos destinados al Fondo de Seguridad Pública.

Presentada por el diputado Carlos Eduardo Felton González, PAN.

Dictaminada en sentido negativo el martes 13 de febrero de 2007, se considera asunto totalmente concluido.

Gaceta Parlamentaria número 2138, jueves 23 de noviembre de 2006.

5. Fecha: 14 de diciembre de 2006. Número de expediente: CSP/0006/PA.

Por el que se exhorta a los grupos parlamentarios a crear una agenda legislativa conjunta encaminada a una reforma del Estado concreta.

Presentada por la diputada María del Pilar Ortega Martínez, PAN.

Considerada de urgente resolución.

Aprobada en votación económica.

Gaceta Parlamentaria número 2141-I, martes 28 de noviembre de 2006.

Primer receso de sesiones del primer año de ejercicio constitucional, 16 de diciembre de 2006-31 de enero de 2007

6. Fecha: 17 de enero de 2007. Número de expediente: CSP/0007/PA.

Por el que se exhorta a las autoridades federales y al gobernador de Nuevo León a implantar una operación especial de seguridad pública similar a las aplicadas en Michoacán, Guerrero y Baja California.

Presentada por el diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, PAN.

Dictaminada en sentido negativo el jueves 1 de marzo de 2007, se considera asunto totalmente concluido.

Gaceta Parlamentaria número 2174-I, miércoles 17 de enero de 2007.

Dictamen negativo aprobado el 20 de febrero de 2007, en la sexta reunión ordinaria.

7. Fecha: 17 de enero de 2007. Número de expediente: CSP/0008/PA.

Por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Seguridad Pública y del Consejo Nacional de Seguridad Pública a asumir lo establecido en los ordenamientos referentes a la asignación equitativa de los fondos destinados a la seguridad pública.

Presentada por el diputado Alberto Amador Leal, PRI.

Dictaminada en sentido negativo el jueves 1 de marzo de 2007, se considera asunto totalmente concluido.

Gaceta Parlamentaria número 2174-I, miércoles 17 de enero de 2007.

Segundo periodo ordinario de sesiones del primer año de ejercicio constitucional, 1 de febrero-30 de abril de 2007

8. Fecha: 15 de marzo de 2007. Número de expediente: CSP/0010/PA.

Por el que se solicita al titular de la SSP que informe a esta soberanía sobre las bases legales que sustentan la unificación de la PFP y la AFI, con la consiguiente creación de un nuevo cuerpo federal de policía.

Presentada por la diputada Silvia Oliva Fragoso, PRD.

Gaceta Parlamentaria número 2189-III, jueves 8 de febrero de 2007. (736)

9. Fecha: 15 de marzo de 2007. Número de expediente: CSP/0012/PA.

Por el que se exhorta a las autoridades y a las dependencias federales responsables de la seguridad pública nacional a establecer programas y acciones de comunicación y coordinación con las autoridades competentes de las entidades federativas y de los municipios para frenar la violencia en el país.

Presentada por el diputado Manuel Cárdenas Fonseca, Nueva Alianza.

Dictaminada y aprobada en la sesión del 4 de octubre de 2007.

Gaceta Parlamentaria número 2192-III, martes 13 de febrero de 2007. (743)

10. Fecha: 10 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0009/PA.

Por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Seguridad Pública y la Procuraduría General de la República, a implantar programas para la protección de los periodistas en el país.

Presentada por el diputado Gerardo Priego Tapia, PAN.

Gaceta Parlamentaria número 2230, miércoles 11 de abril de 2007. (778)

Dictamen aprobado el 13 de diciembre de 2007, en la décimo sexta reunión ordinaria.

11. Fecha: 11 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0010/PA.

Por el que se exhorta a las dependencias de seguridad pública y de protección civil locales y a las federales a realizar acciones a fin de garantizar la seguridad en los estadios de futbol.

Presentada por el diputado Armando Barreiro Pérez, PRD.

Turnada a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, y de Juventud y Deporte.

Gaceta Parlamentaria número 2199-II, jueves 22 de febrero de 2007. (808)

Aprobado el 25 de septiembre de 2007, en la duodécima reunión ordinaria.

Aprobado el 26 de febrero de 2008, en reunión de la Comisión de Juventud y Deporte.

12. Fecha: 11 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0013/PA.

Por el que se solicita a la Sedena y a la PGR que informen sobre los alcances y la eficacia de los puntos de revisión carreteros instalados en el país.

Presentada por la diputada Marina Arvizu Rivas, Alternativa.

Gaceta Parlamentaria número 2197-II, martes 20 de febrero de 2007. (786)

Aprobado el 25 de octubre de 2007, en la decimocuarta reunión plenaria.

13. Fecha: 11 de abril de 2007 Número de expediente: CSP/0014/PA.

Por el que se exhorta a las autoridades competentes de Morelos a adoptar las medidas necesarias para frenar la ola de violencia contra mujeres.

Presentada por el diputado Faustino Javier Estrada González, PVEM.

Gaceta Parlamentaria número 2223-II, jueves 29 de marzo de 2007. (779)

Aprobado el 13 de diciembre de 2007, en la decimosexta reunión plenaria.

14. Fecha: 26 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0015/PA.

Por el que se exhorta a los titulares de la Segob, de la SSP y de la SCT a intervenir para evitar las extorsiones en las terminales de autobuses del país.

Presentada por el diputado Óscar González Morán, PAN.

Gaceta Parlamentaria número 2218, jueves 22 de marzo de 2007. (916)

Aprobado el 25 de octubre de 2007, en la decimocuarta reunión ordinaria.

15. Fecha: 26 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0016/PA.

Por el que se exhorta a las autoridades competentes a ampliar y reforzar la operación Tijuana.

Presentada por el diputado Ricardo Franco Cazarez, PAN.

Gaceta Parlamentaria número 2202-II, martes 27 de febrero de 2007. (850)

Aprobado el 25 de octubre de 2007, en la decimocuarta reunión ordinaria.

16. Fecha: 26 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0017/PA.

Por el que se cita a los titulares de la SSP y de la PGR a comparecer ante las Comisiones Unidas de Gobernación, de Justicia, y de Seguridad Pública de esta soberanía.

Presentada por el diputado Manuel Cárdenas Fonseca, Nueva Alianza.

Turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación, de Justicia, y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2209-III, jueves 8 de marzo de 2007. (875)

En estudio. Si bien el dictamen no fue sometido a discusión, la Comisión de Seguridad Pública llevó a cabo reuniones con el secretario de Seguridad Pública federal, el 3 de septiembre de 2008, y con el procurador general de la República.

17. Fecha: 26 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0018/PA.

Por el que se solicita la comparecencia de los titulares de la PGR y de la SSP para que informen respecto a la noticia en que se involucra con el narcotráfico a funcionarios de distintas instituciones federales y locales.

Presentada por el diputado Javier Santos Arreola, PRD.

Turnada a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2234-VI, martes 17 de abril de 2007. (964)

En estudio. Si bien el dictamen no fue sometido a discusión, la Comisión de Seguridad Pública llevó a cabo reuniones con el licenciado Eduardo Medina Mora, procurador general de la República, el 8 de octubre de 2008; y con el ingeniero Genaro García Luna, secretario de Seguridad Pública federal, el 15 de octubre del mismo año.

18. Fecha: 26 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0019/PA.

Relativo al clima de violencia en Tabasco debido a la delincuencia organizada y al narcotráfico.

Presentada por el diputado Fernando Enrique Mayans Canabal, PRD.

Gaceta Parlamentaria número 2218, jueves 22 de marzo de 2007. (914)

Aprobado el 25 de octubre de 2007, en la decimocuarta reunión ordinaria.

19. Fecha: 26 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0020/PA.

Por el que esta soberanía se pronuncia en favor de las acciones emprendidas por el gobierno de Chiapas para esclarecer los homicidios de periodistas.

Presentada por el diputado Martín Ramos Castellanos, PRD.

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública, con opinión de la Comisión Especial para dar seguimiento a las agresiones a periodistas y medios de comunicación.

Gaceta Parlamentaria número 2241-IX, jueves 26 de abril de 2007. (998)

En estudio.

20. Fecha: 26 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0021/PA.

Por el que se exhorta al gobierno de Coahuila a establecer reglas de funcionamiento, alcance y límites de las atribuciones que tendrá la policía cibernética que operará en dicha entidad.

Presentada por el diputado Jesús de León Tello, PAN.

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2204-III, jueves 1 de marzo de 2007. (860)

Aprobado el 25 de octubre de 2007, en la decimocuarta reunión ordinaria.

Segundo receso de sesiones del primer año de ejercicio constitucional, 1 de mayo-31 de agosto de 2007

21. Fecha: 31 de agosto de 2007. Número de expediente: CSP/022/PA.

Por el que se exhorta a los gobiernos de Sonora y de la república a cumplir el pacto federal, mejorando su coordinación a efecto de atender la grave inseguridad pública que se vive en la entidad.

Presentado por el diputado Carlos Ernesto Navarro López, PRD.

En estudio.

Primer periodo ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional, 1 de septiembre-13 de diciembre de 2007

22. Fecha: 4 de octubre de 2007. Número de expediente: CSP/023/PA.

Por el que se solicita a las unidades de readaptación femenil que incluyan centros de desarrollo infantil.

Presentada por la diputada María Mercedes Colín Guadarrama, PRI.

Gaceta Parlamentaria número 2355-IV, jueves 4 de octubre de 2007. (1081)

Aprobado el 13 de diciembre de 2007, en la decimosexta reunión ordinaria.

23. Fecha: 11 de octubre de 2007. Número de expediente: CSP/024/PA.

Por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, a la SHCP y al IMSS a emprender las acciones necesarias para pagar pensiones y jubilaciones de los ex trabajadores ferrocarrileros.

Presentada por la diputada Aída Marina Arvizu Rivas, Alternativa.

Turnada a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Seguridad Social.

Gaceta Parlamentaria número 2360-II, jueves 11 de octubre de 2007. (1117)

Aparece en la Gaceta, pero el turno no corresponde a Seguridad Pública.

24. Fecha: 18 de octubre de 2007. Número de expediente: CSP/025/PA.

Relativo a los criterios y a las fórmulas sobre la distribución de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública.

Presentada por el diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros, PRI.

Gaceta Parlamentaria número 2360-II, jueves 11 de octubre de 2007. (1196)

Dictaminada el 19 de junio de 2008, en la vigésima segunda reunión plenaria.

25. Fecha: 13 de diciembre de 2007. Número de expediente: CSP/026/PA.

Relativo a operaciones contra la delincuencia organizada en Baja California Sur.

Presentada por el diputado Manuel Salvador Salgado Amador, PVEM.

Gaceta Parlamentaria número 2397-II, jueves 6 de diciembre de 2007. (1367)

Dictaminada el 19 de junio de 2008, en la vigésima segunda reunión plenaria.

26. Fecha: 13 de diciembre de 2007. Número de expediente: CSP/027/PA.

Por el que se exhorta al Ejecutivo federal a no poner en riesgo la seguridad sanitaria del país y a mantener vigente el requisito de planta o de establecimiento sanitario.

Presentada por el diputado Roberto Badillo Martínez, PRI.

Turnada a las Comisiones de Salud, de Seguridad Pública, y de Defensa Nacional.

Gaceta Parlamentaria número 2370-IV, jueves 25 de octubre de 2007. (1369)

En estudio.

27. Fecha: 13 de diciembre de 2007. Número de expediente: CSP/028/PA.

Relativo a las desapariciones forzadas.

Presentada por el diputado Javier Hernández Manzanares, PRD.

Gaceta Parlamentaria número 2355-IV, jueves 4 de octubre de 2007. (1403)

En estudio.

28. Fecha: 13 de diciembre de 2007. Número de expediente: CSP/029/PA.

Relativo a las desapariciones forzadas en México.

Presentada por el diputado Salvador Ruiz Sánchez, PRD.

Gaceta Parlamentaria número 2355-IV, jueves 4 de octubre de 2007. (1422)

Se cuenta con anteproyecto.

29. Fecha: 13 de diciembre de 2007. Número de expediente: CSP/030/PA.

Por el que se exhorta al Ejecutivo federal a realizar, mediante la SSP, la PGR, el gobierno de Baja California y los ayuntamientos de dicha entidad, operaciones coordinadas para identificar y recuperar automóviles robados.

Presentada por el diputado Carlos Alberto Torres Torres, PAN.

Gaceta Parlamentaria número 2388-III, jueves 22 de noviembre de 2007. (1518)

Dictamen aprobado el 14 de febrero de 2008, en la decimoctava reunión plenaria.

30. Fecha: 13 de diciembre de 2007. Número de expediente: CSP/031/PA.

Por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar mediante la SSP programas permanentes de seguridad pública en Baja California.

Presentada por el diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias, PAN.

Gaceta Parlamentaria número 2391-IV, martes 27 de noviembre de 2007. (1540)

Dictamen aprobado el 14 de febrero de 2008, en la decimoctava reunión ordinaria.

Primer receso de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional, 16 de diciembre de 2007-31 de enero de 2008

31. Fecha: 23 de enero de 2008. Número de expediente: CSP/032/PA.

Por el que se exhorta a la Comisión Permanente a guardar un minuto de silencio en honor de los agentes federales que han muerto en la lucha contra el narcotráfico, especialmente en Reynosa, Tamaulipas, y en Tijuana, Baja California.

Presentada por el diputado Marco Heriberto Orozco Ruiz Velasco, PAN.

Gaceta Parlamentaria número 2430-I, miércoles 23 de enero de 2008. (1653)

Dictaminada el 19 de junio de 2008, en la vigésima segunda reunión plenaria.

32. Fecha: 23 de enero de 2008. Número de expediente: CSP/033/PA.

Por el que se solicita la comparecencia del secretario de Seguridad Pública y del procurador general de la República a fin de que informen sobre el programa y las estrategias para combatir la delincuencia organizada.

Presentada por el diputado Fausto Fluvio Mendoza Maldonado, PRD.

Gaceta Parlamentaria número 2430-I, miércoles 23 de enero de 2008. (1655)

En estudio. Si bien el dictamen no fue sometido a discusión, la Comisión de Seguridad Pública llevó a cabo reuniones con el licenciado Eduardo Medina Mora, procurador general de la República, el 8 de octubre de 2008; y con el ingeniero Genaro García Luna, secretario de Seguridad Pública federal, el 15 de octubre del mismo año.

Segundo periodo ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional, 1 de febrero-30 de abril de 2008

33. Fecha: 6 de marzo de 2008. Número de expediente: CSP/036/PA.

Por el que se exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública a considerar Valladolid, Yucatán, en el Programa del Subsidio para la Seguridad Pública Municipal.

Presentada por el diputado Joaquín Díaz Mena, PAN.

Gaceta Parlamentaria número 2455-II, jueves 28 de febrero de 2008. (1716)

Dictaminada el 19 de junio de 2008, en la vigésima segunda reunión plenaria.

34. Fecha: 3 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/037/PA.

Por el que se exhorta a diversas autoridades de gobierno a cumplir la recomendación general número 3 de la CNDH, relativa a garantizar las condiciones carcelarias y la dignidad de las reclusas.

Presentada por la diputada Holly Matus Toledo, PRD.

Turnada a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, y de Derechos Humanos.

Gaceta Parlamentaria número 2471-II, miércoles 26 de marzo de 2008. (1724)

En estudio.

35. Fecha: 3 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/038/PA.

Por el que se exhorta a los gobiernos federal y de Oaxaca a instaurar mecanismos y acciones para prevenir el delito y combatir la delincuencia organizada.

Presentada por el diputado Alberto Esteva Salinas, Convergencia.

Gaceta Parlamentaria número 2471-II, miércoles 26 de marzo de 2008. (1725)

Se cuenta con anteproyecto de dictamen.

36. Fecha: 8 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/039/PA.

Por el que se exhorta a los titulares de la PGR y de la SSP a incrementar tanto el número de agentes del Ministerio Público Federal y federales de investigación como de policías federales preventivos en Durango.

Presentada por el diputado Jorge Alejandro Salum del Palacio, PAN.

Turnada a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2480-II, martes 8 de abril de 2008. (1739)

En estudio.

37. Fecha: 17 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/040/PA.

Por el que se solicita al titular de la SSP que implante acciones inmediatas para dignificar la calidad de vida de las personas recluidas en los centros de readaptación social.

Presentada por el diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros, PRI.

Gaceta Parlamentaria número 2475-III, martes 1 de abril de 2008. (1745)

Se cuenta con anteproyecto de dictamen.

38. Fecha: 24 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/034/PA.

Por el que se exhorta a las Comisiones de Justicia, de Seguridad Pública, y de Derechos Humanos, así como a los grupos parlamentarios del Congreso de la Unión, a realizar una defensa integral y pública de las modificaciones que requiere el sistema de seguridad pública y de procuración de justicia.

Presentada por el diputado Carlos Altamirano Toledo, PRD.

Gaceta Parlamentaria número 2438-II, martes 5 de febrero de 2008. (1764)

En estudio.

39. Fecha: 30 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/035/PA.

Por el que se exhorta a las autoridades locales a llevar a cabo las medidas necesarias para que a las mujeres privadas de la libertad, en prisión preventiva o en compurgación de la pena, se destine un lugar separado del de los hombres.

Presentada por el diputado José Luis Murillo Torres, PAN.

Gaceta Parlamentaria número 2440-III, jueves 7 de febrero de 2008. (1792)

En estudio.

40. Fecha: 30 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/041/PA.

Por el que se exhorta a los titulares de la SSP, de los gobiernos locales y de los centros penitenciarios del país a revisar la normatividad en materia de readaptación social, a fin de que propongan reformas que permitan restringir las llamadas telefónicas que se realizan desde dichos centros e implantar un sistema de bloqueo de éstas.

Presentada por el diputado José Luis Murillo Torres, PAN.

Gaceta Parlamentaria número 2440-III, jueves 7 de febrero de 2008. (1793)

Se cuenta con anteproyecto de dictamen.

41. Fecha: 30 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/042/PA.

Por el que se exhorta a los titulares de los gobiernos locales, de los centros penitenciarios del país y de Prevención y Readaptación Social, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Seguridad Pública federal, a llevar a cabo revisiones minuciosas y periódicas en los centros federales de readaptación social para controlar el ingreso de artículos y sustancias prohibidos.

Presentada por el diputado José Luis Murillo Torres, PAN.

Gaceta Parlamentaria número 2440-III, jueves 7 de febrero de 2008. (1794)

Se cuenta con anteproyecto de dictamen.

42. Fecha: 30 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/043/PA.

Por el que se exhorta a la PGR, a la SSP y a la Administración General de Aduanas a informar a esta soberanía sobre los programas implantados para evitar el tráfico de armas desde Estados Unidos de América.

Presentada por el diputado Ángel Rafael Deschamps Falcón, PAN.

Gaceta Parlamentaria número 2445-III, jueves 14 de febrero de 2008. (1807)

Se cuenta con anteproyecto de dictamen.

43. Fecha: 30 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/044/PA.

Por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar un programa de profesionalización de las policías federales y a sustituir efectivos militares en labores de combate del narcotráfico.

Presentada por el diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez, PRD.

Gaceta Parlamentaria número 2445-III, jueves 14 de febrero de 2008. (1808)

En estudio.

44. Fecha: 30 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/045/PA.

Relativo a la violencia imperante en el estado de Chihuahua.

Suscrita por los diputados Lilia Guadalupe Merodio Reza, César Duarte Jáquez, Israel Beltrán Montes y Enrique Serrano Escobar, PRI.

Gaceta Parlamentaria número 2475-III, martes 1 de abril de 2008. (1893)

Se cuenta con anteproyecto de dictamen.

45. Fecha: 30 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/046/PA.

Por el que se exhorta a la Cofetel y a la SSP a emprender acciones para combatir los delitos cometidos contra menores por medio de Internet.

Presentada por el diputado Edmundo Ramírez Martínez, PRI.

Turnada a las Comisiones Unidas de Comunicaciones, y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2492-II, jueves 24 de abril de 2008. (1933)

Se cuenta con anteproyecto de dictamen.

Segundo receso de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional, 1 de mayo-31 de agosto de 2008

46. Fecha: 27 de agosto de 2008. Número de expediente: CSP/047/PA.

Por el que se exhorta a diversas autoridades a analizar, debido a la inseguridad pública, si procede la implantación de métodos más estrictos de incorporación de elementos a los cuerpos de seguridad.

Presentada por la diputada Liliana Carbajal Méndez, en nombre propio y de los diputados Luis Gerardo Serrato Castell y Mario Alberto Salazar Madera, PAN.

Gaceta Parlamentaria número 2582, lunes 1 de septiembre de 2008. (1980)

Se cuenta con anteproyecto de dictamen.

47. Fecha: 27 de agosto de 2008. Número de expediente: CSP/048/PA.

Por el que se exhorta a diversas autoridades a realizar las gestiones necesarias para formar o fortalecer unidades especializadas en combate del secuestro.

Presentada por la diputada Liliana Carbajal Méndez, en nombre propio y de los diputados Édgar Armando Olvera Higuera y Nelly Asunción Hurtado Pérez, PAN.

Gaceta Parlamentaria número 2582, lunes 1 de septiembre de 2008. (1981)

Se cuenta con anteproyecto de dictamen.

Primer periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio constitucional, 1 de septiembre-30 de septiembre de 2008

48. Fecha: 9 de septiembre de 2008. Número de expediente: CSP/048/PA.

Para exhortar a los secretarios de Seguridad Pública estatales y del Distrito Federal a analizar la procedencia de la implantación de mecanismos tendentes a mejorar la seguridad social de los policías en activo, así como a dotar de mejores apoyos a las familias de elementos caídos en el ejercicio de sus funciones.

Presentada por los diputados Nelly Asunción Hurtado Pérez, Liliana Carbajal Méndez y Édgar Armando Olvera Higuera, PAN.

49. Fecha: 11 de septiembre de 2008. Número de expediente: CSP/049/PA.

Por el que se exhorta al titular de la SSP a implantar programas de prevención del delito y de combate de la delincuencia mediante el fomento de la participación ciudadana.

Presentada por la diputada Yary del Carmen Gebhardt Garduza, PRI.

Gaceta Parlamentaria número 2583-IV, martes 2 de septiembre de 2008. (1996)

Excitativas formuladas a la comisión (por fecha)

Primer periodo ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional, 1 de septiembre-15 de diciembre de 2007

No se turnaron excitativas en el periodo.

Primer receso de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional, 16 de diciembre de 2007-31 de enero de 2008

No se turnaron excitativas en el receso.

Segundo periodo ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional, 1 de febrero-30 de abril de 2008

No hubo turno de excitativas en el periodo.

Segundo receso de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional, 1 de mayo-31 de agosto de 2008

Primer periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio constitucional, 1 de septiembre-30 de septiembre de 2008

Reuniones

1. De mesa directiva

• Decimosexta, celebrada el miércoles 28 de mayo de 2008.

• Decimoséptima, celebrada el jueves 19 de junio de 2008.

• Decimoctava, celebrada el jueves 31 de julio de 2008.

2. Ordinarias

• Vigésima primera, celebrada el miércoles 28 de mayo de 2008.

• Vigésima segunda, celebrada el jueves 19 de junio de 2008.

• Vigésima tercera, celebrada el jueves 31 de julio de 2008.

Inasistencias de las reuniones ordinarias, abril-septiembre de 2008

Comparecencias y encuentros

• Reunión con el subsecretario del Sistema Penitenciario Federal, José Patricio Patiño Arias, y con el comisionado de Prevención y Readaptación Social, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Seguridad Pública, Rodrigo Esparza Cristerna, el jueves 31 de julio, de las 14:00 a las 16:00 horas.

Gaceta Parlamentaria

• Reunión con el oficial mayor de la Secretaría de Seguridad Pública, Sergio Montaño Fernández, el jueves 31 de julio, de las 12:00 a las 14:00 horas.

Gaceta Parlamentaria

• Reunión con el secretario de Seguridad Pública federal, ingeniero Genaro García Luna, el 3 de septiembre de 2008.

• En el marco de la glosa del Segundo Informe de Gobierno, el 23 de septiembre de 2008 comparecieron de manera conjunta ante el Pleno de la Cámara de Diputados el secretario de Gobernación, licenciado Juan Camilo Mouriño Terrazo; el procurador general de la República, licenciado Eduardo Medina Mora; y el secretario de Seguridad Pública federal, ingeniero Genaro García Luna.

Recursos financieros

La comisión tiene asignado un presupuesto para gastos de operación de 34 mil 500 pesos mensuales, que pueden acumularse por año calendario y se pusieron a disposición a partir del 1 de octubre de 2006.

El 7 de junio de 2007 se firmó el acuerdo de la Junta de Coordinación Política que autoriza un incremento de 3.55 por ciento en los fondos fijos y techo presupuestal. De lo asignado, la comisión ha aplicado a la fecha 37 mil 440 pesos en gastos operativos en el ejercicio fiscal de 2008.

La comprobación de los gastos se hace con base en los lineamientos para el ejercicio de los presupuestos operativos asignados a las comisiones y a los comités legislativos.

A la comisión se otorga una dotación de vales canjeables por alimentos por la cantidad de 5 mil 440 pesos, que se aplican en ese rubro.

Del presupuesto autorizado se han erogado 287 mil 323.35 pesos, y quedan por ejercer 112 mil 677, considerados para la impresión de las memorias del encuentro.

La Mesa Directiva de la Comisión de Seguridad Pública

Diputados: Juan Francisco Rivera Bedoya (rúbrica), presidente; Gerardo Octavio Vargas Landeros (rúbrica), Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo (rúbrica), Armando Barreiro Pérez (rúbrica), Luis Gerardo Serrato Castell, David Mendoza Arellano, Martín Stefanonni Maz

De la Comisión de Seguridad Pública, semestral de actividades, correspondiente al periodo del 1 de octubre de 2008 al 31 de marzo de 2009

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45, numeral 6, inciso b), de la Ley Orgánica para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, LX Legislatura, rinde el primer informe semestral de las actividades realizadas en el lapso comprendido del 1 de octubre de 2008 al 31 de marzo de 2009 correspondiente al tercer año de ejercicio legislativo. Asimismo, para contar con la información completa del segundo periodo de sesiones del tercer año de ejercicio legislativo, que concluye el 30 de abril, se integra la información correspondiente.

Integración

Durante el periodo que se informa, la Comisión de Seguridad Pública se integró por los siguientes diputados:

Juan Francisco Rivera Bedoya, presidente; Gerardo Octavio Vargas Landeros, Patricia Villanueva Abraján (causa alta a partir del 10 de septiembre de 2008. Causó baja a partir del 10 febrero de 2009. María de los Ángeles Jiménez del Castillo (causa alta a partir del 25 de septiembre de 2008), Édgar Armando Olvera Higuera (causa baja a partir del 1 de abril de 2009), Luis Gerardo Serrato Castell, Martín Stefanonni Mazzocco (causa alta como secretario a partir del 21 de abril de 2009), Armando Barreiro Pérez, David Mendoza Arellano (causa alta a partir del 23 de septiembre de 2008), Octavio Fuentes Téllez (causa alta a partir del 30 de abril de 2009), secretarios; Jesús Sergio Alcántara Núñez, Miguel Ángel Arellano Pulido, Roberto Badillo Martínez, Gregorio Barradas Miravete, Raúl Cervantes Andrade (causa alta a partir del 27 de noviembre de 2008. Causó baja a partir del 2 de abril de 2009), Manuel Cárdenas Fonseca Ángel Rafael Deschamps Falcón (causa baja a partir del 11 diciembre de 2008) Yary Gebhardt Garduza, Jorge Justiniano González Betancourt, Agustín Leura González, Andrés Lozano Lozano, Miguel Ángel Macedo Escartín (causó alta a partir del 26 de febrero de 2009), Carlos Madrazo Limón (causó baja a partir del 27 de abril de 2009).Efraín Morales Sánchez, José Luis Murillo Torres, Silvia Oliva Fragoso (causó baja a partir del 4 de febrero de 2009), Aníbal Ostoa Ortega (causó alta a partir del 30 de abril de 2009, Carlos Rodríguez Guevara (causó alta a partir del 21 de abril de 2009), Magdalena Rodríguez Preciado (causó alta a partir del 21 de abril de 2009), Josefina Salinas Pérez (causa alta a partir del 22 de septiembre de 2008), Manuel Salvador Salgado Amador, Layda Elena Sansores San Román (causó baja a partir del 1º de abril de 2009), Francisco Javier Santos Arreola, José de Jesús Solano Muñoz, Martín Stefanonni Mazzocco (causa alta como secretario a partir del 21 de abril de 2009), Alberto Torres Torres.

En el periodo que se informa las subcomisiones presentaron cambios, en razón de los diputados que dejaron de pertenecer a la comisión y de los que se incorporaron, quedando integradas de la siguiente manera:

1. Subcomisión del Sistema de Seguridad Pública y de Legislación Penal

Patricia Villanueva Abraján, coordinadora (causó baja a partir de febrero de 2009); María de los Ángeles Jiménez del Castillo, Ángel Rafael Deschamps Falcón (causa baja a partir de diciembre de 2008), Gregorio Barradas Miravete, Agustín Leura González, Silvia Oliva Fragoso (causó baja a partir del 4 de febrero de 2009), Miguel Ángel Macedo Escartín (causó alta a partir del 26 de febrero de 2009), Roberto Badillo Martínez, Andrés Lozano Lozano, Miguel Ángel Arellano Pulido, Manuel Cárdenas Fonseca, José de Jesús Solano Muñoz, Magdalena Rodríguez Preciado (causó alta a partir del 21 de abril de 2009).

2. Subcomisión de Análisis Económico, del Presupuesto y de Fiscalización

Francisco Javier Santos Arreola, coordinador; Gerardo Octavio Vargas Landeros, Édgar Armando Olvera Higuera (causa baja a partir del 1 de abril de 2009), Luis Gerardo Serrato Castell, Armando Barreiro Pérez, Édgar Armando Olvera Higuera (causa baja a partir del 1 de abril de 2009), Layda Elena Sansores San Román, Manuel Salvador Salgado Amador, Carlos Rodríguez Guevara (causó alta a partir del 21 de abril de 2009), José de Jesús Solano Muñoz, Raúl Cervantes Andrade (causó baja a partir del 2 de abril de 2009), Octavio Fuentes Téllez (causó alta a partir del 30 de abril de 2009).

3. Subcomisión de Prevención del Delito y de Readaptación Social

Édgar Armando Olvera Higuera, coordinador (causa baja a partir del 1 de abril de 2009), Luis Gerardo Serrato Castell, David Mendoza Arellano, Jorge Justiniano González Betancourt, José Luis Murillo Torres, Yary del Carmen Gebhardt Garduza, Jesús Sergio Alcántara Núñez, Andrés Lozano Lozano, Efraín Morales Sánchez, Miguel Ángel Arellano Pulido, Carlos Rodríguez Guevara (causó alta a partir del 21 de abril de 2009).

4. Subcomisión de Profesionalización y Dignificación de los Policías

Carlos Madrazo Limón, coordinador (causó baja a partir del 27 de abril de 2009), Gerardo Octavio Vargas Landeros, David Mendoza Arellano, Martín Stefanonni Mazzocco, Ángel Rafael Deschamps Falcón (causa baja a partir de diciembre de 2008), Alberto Torres Torres, Silvia Oliva Fragoso (causó baja a partir de febrero de 2009), Miguel Ángel Macedo Escartín (causó alta a partir de febrero de 2009), Francisco Javier Santos Arreola, Layda Elena Sansores San Román, Magdalena Rodríguez Preciado (causó alta a partir del 21 de abril de 2009), Raúl Cervantes Andrade (causó baja a partir del 2 de abril de 2009).

Fundamento jurídico

Las facultades y funciones de este órgano legislativo tienen fundamento en lo dispuesto en los artículos 70, párrafo primero, 71, 72, 73, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Los trabajos de esta comisión se realizan con base a lo dispuesto en los artículos 39, 43, 44 y 45 de la Ley Orgánica para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de dar cumplimiento a las tareas de dictamen legislativo, de información y de control evaluatorio.

De igual forma, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 55, 56, 57, 58, fracción III, 60, 61,64, 65, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Trabajo legislativo

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 43, 44 y 45 de la Ley Orgánica para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la comisión elaborará dictámenes, informes, opiniones o resoluciones a efecto de que contribuyan a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales.

La comisión en la materia que corresponde con los ramos de la Administración Pública Federal podrá requerir mayor información del ramo, o solicitar la comparecencia de servidores públicos de la dependencia ante la propia comisión; si de las conclusiones se desprenden situaciones que por su importancia o trascendencia requieran la presencia en la Cámara del titular de la dependencia, la comisión podrá solicitar al presidente de la Conferencia para la Dirección y Programación de los trabajos Legislativos que el secretario del despacho correspondiente comparezca ante el pleno.

Por lo anterior, las tareas de dictamen legislativo, de información y de control evaluatorio se realizan con base en los siguientes asuntos:

• Minutas proyecto de decreto

• Iniciativas de ley o decreto

• Proposiciones con punto de acuerdo

• Comparecencia de servidores públicos o titulares de la dependencia

• Informes

• Excitativas

Iniciativas turnadas LX Legislatura
Por origen

Segundo y tercer años de ejercicio legislativo

Por grado de avance

*Se entienden por aprobadas las iniciativas dictaminadas, atendidas, desahogadas o aquellas respecto de las que el pleno de la comisión ha tomado una decisión de fondo y en definitiva.

Iniciativas por turno

Iniciativas de turno conjunto por Comisión

*Las cifras pueden no coincidir si las iniciativas se turnaron a más de dos comisiones para su estudio y dictamen.

Iniciativas turnadas por fecha de presentación

Primer periodo ordinario de sesiones del primer año de ejercicio constitucional

1 de septiembre-15 de diciembre de 2006

1. Fecha: 26 de octubre de 2006. Número de expediente: CSP/0001//I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Presentada por el diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros (PRI).

Turnada a la Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2121, martes 26 de octubre de 2006.

Dictaminada el 31 de enero de 2007, en la quinta reunión plenaria.

Turnada a la Comisión de Justicia, para sus efectos.

2. Fecha: 5 de diciembre de 2006. Número de expediente: CSP/0002/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Instituciones de Crédito, y de la Comisión

Nacional Bancaria y de Valores.

Presentada por el diputado Andrés Lozano Lozano (PRD).

Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la Comisión de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2145-I, martes 5 de diciembre de 2006.

Dictaminada el 31 de enero de 2007, en la quinta reunión plenaria.

Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para sus efectos.

Primer receso de sesiones del primer año de ejercicio constitucional

16 de diciembre de 2006-31 de enero de 2007

3. Fecha: 21 de diciembre de 2006. Número de expediente: CSP/0003/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Orgánica de la Administración Pública Federal, y General de Desarrollo Social.

Presentada por los diputados Alejandro Landero Gutiérrez y Édgar Armando Olvera Higuera (PAN).

Turnada a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, de Gobernación y de Desarrollo Social.

Gaceta Parlamentaria número 2157-I, jueves 21 de diciembre de 2006.

Dictaminada el 25 de septiembre de 2007, en la duodécima reunión plenaria.

Turnada a las Comisiones de Gobernación, y Desarrollo Social, para sus efectos.

4. Fecha: 22 de diciembre de 2006. Número de expediente: CSP/0004/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por la diputada Layda Elena Sansores San Román (Convergencia).

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública.

Dictaminada en sentido negativo el miércoles 18 de marzo de 2009, se considera asunto totalmente concluido.

Gaceta Parlamentaria número 2158-I, viernes 22 de diciembre de 2006. (295)

5. Fecha: 24 de enero de 2007. Número de expediente: CSP/0005/I.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por el diputado Felipe González Ruiz (PAN).

Dictaminada en sentido negativo el jueves 11 de octubre de 2007, se considera asunto totalmente concluido.

Gaceta Parlamentaria número 2179-I, miércoles 24 de enero de 2007. (320)

Segundo periodo ordinario de Sesiones del Primer Año de Ejercicio Constitucional

1 de febrero-30 de abril de 2007

6. Fecha: 29 de marzo de 2007. Número de expediente: CSP/0006/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Registro Público Vehicular y de la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por la diputada Silvia Oliva Fragoso (PRD).

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 263 votos en pro, el miércoles 19 de noviembre de 2008.

Turnada a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

Gaceta Parlamentaria número 2223-I, jueves 29 de marzo de 2007. (538)

7. Fecha: 17 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0007/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por la diputada Martha Angélica Tagle Martínez, Convergencia.

Turnada a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, y de Equidad y Género.

Gaceta Parlamentaria número 2234-IV, martes 17 de abril de 2007. (593)

Dictaminada en sentido negativo el 5 de febrero de 2009, en la Vigésima Quinta Reunión Plenaria.

8. Fecha: 25 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0008/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Presentada por las diputadas Laura Angélica Rojas Hernández, Liliana Carbajal Méndez y Esmeralda Cárdenas Sánchez (PAN).

Turnada a las Comisiones Unidas de Justicia y de Seguridad Pública.

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 308 votos en pro y 2 abstenciones, el martes 14 de abril de 2009. Turnada a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

Gaceta Parlamentaria número 2239-VI, martes 24 de abril de 2007. (670)

9. Fecha: 26 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0009/I.

Que reforma los artículos 5, 6, 9 y 10 de la Ley de la Policía Federal Preventiva.

Presentada por el diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros (PRI).

Gaceta Parlamentaria número 2239-V, martes 24 de abril de 20007.

Dictaminada el 19 de junio de 2008, durante la vigésima segunda reunión plenaria.

10. Fecha: 26 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0010/I.

Que expide la Ley del Instituto Nacional de Prevención del Delito, y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por el diputado Salvador Barajas del Toro (PRI).

Turnada a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Seguridad Pública, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Dictaminada en sentido negativo el jueves 30 de abril de 2009, se considera asunto totalmente concluido.

Gaceta Parlamentaria número 2239-V, martes 24 de abril de 2007. (717)

11. Fecha: 26 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0011/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

Presentada por el diputado Efraín Morales Sánchez (PRD).

Turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2236-XI, jueves 19 de abril de 2007. (690)

Dictaminada en sentido negativo durante la vigésima quinta reunión plenaria.

Se remitió a la Comisión de Justicia, para dar continuidad al proceso legislativo.

Segundo Receso de Sesiones del Primer Año de Ejercicio Constitucional

1 de Mayo de 2007-31 de agosto de 2007

12. Fecha: 22 de agosto de 2007. Número de expediente: CSP/0012/I.

Que reforma los artículos 25, 37, 44 y 45 de la Ley de Coordinación Fiscal.

Presentada por los diputados Luis Serrato Castell y David Figueroa Ortega (PAN).

Turnada a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Seguridad Pública.

Dictaminada en sentido negativo el jueves 18 de septiembre de 2008, se considera asunto totalmente concluido.

Gaceta Parlamentaria número 2327, lunes 27 de agosto de 2007. (899).

Primer periodo ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional

1 de septiembre-13 de diciembre de 2007

13. Fecha: 13 de septiembre de 2007. Número de expediente: CSP/0013/I.

Que reforma los artículos 3 y 40 de la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por la diputada Silvia Oliva Fragoso (PRD).

Dictaminada en sentido negativo el jueves 13 de marzo de 2008, se considera asunto totalmente concluido.

Gaceta Parlamentaria número 2340-IV, jueves 13 de septiembre de 2007. (985)

14. Fecha: 11 de octubre de 2007. Número de expediente: CSP/0014/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por el diputado Gerardo Vargas Landeros (PRI).

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 385 votos en pro y 1 abstención, el martes 4 de marzo de 2008. Turnada a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

Gaceta Parlamentaria número 2358-II, martes 9 de octubre de 2007. (1092)

15. Fecha: 25 de octubre de 2007. Número de expediente: CSP/0015/I.

De Ley que establece las Bases para otorgar Pensiones y Prestaciones a los Ciudadanos que hayan Desempeñado el Cargo de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

Presentada por el diputado Samuel Aguilar Solís (PRI).

Turnada a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, de Seguridad Pública, de Seguridad Social, y de la Función Pública, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2370-I, jueves 25 de octubre de 2007. (1129)

En estudio.

16. Fecha: 13 de diciembre de 2007. Número de expediente: CSP/0016/I.

Que reforma los artículos 12 y 13 de la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por el diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros (PRI).

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública.

Dictaminada en sentido negativo el miércoles 18 de marzo de 2009, se considera asunto totalmente concluido.

Gaceta Parlamentaria número 2403-I, jueves 13 de diciembre de 2007. (1386)

Primer receso de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional

Diciembre de 2007-31 de enero de 2008.

No se presentaron iniciativas en este periodo de receso

Segundo periodo ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional

1 de febrero-30 de abril de 2008

17. Fecha: 21 de febrero de 2008. Número de expediente: CSP/0017/I.

Que reforma la fracción VI del artículo 53 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

Presentada por el diputado Armando Barreiro Pérez (PRD).

Turnada a la Comisión de Justicia, con opinión de la Comisión de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2453-II, martes 26 de febrero de 2008. (1515)

Opinión aprobada el 2 de octubre de 2008, en la vigésima cuarta reunión plenaria.

18. Fecha: 6 de marzo de 2008. Número de expediente: CSP/0018/I

Que reforma y adiciona los artículos 1 y 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Presentada por los diputados Claudia Cruz Santiago y Andrés Lozano Lozano (PRD).

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 320 votos en pro y 2 abstenciones, el jueves 16 de abril de 2009.

Turnada a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

Gaceta Parlamentaria número 2453-II, martes 26 de febrero de 2008. (1515)

19. Fecha: 03 de abril de 2008 Número de expediente: CSP/0019/I

Que reforma y adiciona el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y diversas disposiciones de las Leyes Federal de Seguridad Privada, y General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por el diputado Alberto Esteva Salinas (Convergencia).

Turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2475-III, martes 1 de abril de 2008. (1560)

En estudio.

20. Fecha: 22 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/0020/I.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal y Federal de Procedimientos Penales, así como de las Leyes de Extradición Internacional, y General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a fin fortalecer el combate y la sanción de la explotación sexual comercial infantil en Internet.

Presentada por la diputada Laura Angélica Rojas Hernández, secretaria de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

Turnada a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Seguridad Pública.

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 308 votos en pro y 2 abstenciones, el martes 14 de abril de 2009. Turnada a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

Gaceta Parlamentaria número 2482-II, jueves 10 de abril de 2008. (1610)

21. Fecha: 30 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/0021/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Coordinación Fiscal, que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, y General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por el diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros (PRI).

Turnada a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2495-VIII, martes 29 de abril de 2008. (1671)

Se cuenta con anteproyecto.

22. Fecha: 30 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/0022/I.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

Presentada por el diputado José Luis Murillo Torres (PAN).

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 348 votos en pro, el martes 21 de octubre de 2008.

Turnada a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

Gaceta Parlamentaria número 2463-II, martes 11 de marzo de 2008. (1686)

23. Fecha: 30 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/0023/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y Orgánica de la Procuraduría General de la República; y del Código Federal de Procedimientos Penales.

Presentada por el diputado Luis Enrique Benítez Ojeda (PRI).

Turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación, de Seguridad Pública y de Justicia.

Gaceta Parlamentaria número 2463-II, martes 11 de marzo de 2008. (1697)

En estudio.

24. Fecha: 30 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/0024/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, y para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Presentada por el diputado Enrique Cárdenas del Avellano (PRI).

Turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación, de Seguridad Pública y de Atención a Grupos Vulnerables.

Gaceta Parlamentaria número 2471-II, miércoles 26 de marzo de 2008. (1708)

Dictaminada el 15 de abril del 2009, durante la vigésima sexta reunión plenaria.

Se remitió a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables para la continuación del proceso legislativo.

Segundo receso de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional

1 de mayo de 2008-31 de agosto de 2008

No se presentaron iniciativas en este periodo.

Primer periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio constitucional

1 de septiembre-11 de diciembre de 2008

25. Fecha: 2 de septiembre de 2008. Número de expediente: CSP/0025/I.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de Seguridad Nacional, y Federal contra la Delincuencia Organizada, así como del Código Penal Federal.

Presentada por la diputada Guillermina López Balbuena (PRI).

Turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación, de Seguridad Pública y de Justicia.

Gaceta Parlamentaria número 2583-III, martes 2 de septiembre de 2008. (1999)

En estudio.

26. Fecha: 9 de septiembre de 2008. Número de expediente: CSP/0026/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Estatuto de las Islas Marías.

Presentada por la diputada Yary del Carmen Gebhardt Garduza (PRI).

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 348 votos en pro, 3 en contra y 4 abstenciones, el martes 28 de abril de 2009.

Turnada a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

Gaceta Parlamentaria número 2583-III, martes 2 de septiembre de 2008. (2010)

27. Fecha: 18 de septiembre de 2008. Número de expediente: CSP/0027/I.

De Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por diputados del Grupo Parlamentario del PRD.

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 335 votos en pro, 39 en contra y 13 abstenciones, el jueves 4 de diciembre de 2008.

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Senadores con 94 votos en pro y 2 abstenciones, el martes 9 de diciembre de 2008. Con modificaciones.

Devuelta a la Cámara de Diputados para los efectos de lo dispuesto en el artículo 72, inciso e), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Minuta 60:2373, martes 11 de diciembre de 2008).

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 221 votos en pro, 104 en contra y 1 abstención, el jueves 11 de diciembre de 2008.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el viernes 2 de enero de 2009.

Gaceta Parlamentaria número 2594-II, jueves 18 de septiembre de 2008. (2026)

28. Fecha: 18 de septiembre de 2008 Número de expediente: CSP/0028/I

De Ley que regula el Uso de la Fuerza por los Integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública Federal.

Presentada por diputados del Grupo Parlamentario del PRD.

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 353 votos en pro y 6 abstenciones, el martes 28 de abril de 2009. Turnada a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

Gaceta Parlamentaria número 2594-II, jueves 18 de septiembre de 2008. (2027).

29. Fecha: 18 de septiembre de 2008. Número de expediente: CSP/0029/I.

Que reforma diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y de la Ley de la Policía Federal Preventiva.

Presentada por el diputado Andrés Lozano Lozano (PRD).

Turnada a las Comisiones Unidas de Justicia y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2594-II, jueves 18 de septiembre de 2008. (2028)

En estudio.

30. Fecha: 18 de septiembre de 2008. Número de expediente: CSP/0030/I.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

Presentada por el diputado Andrés Lozano Lozano (PRD).

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 348 votos en pro, 3 en contra y 4 abstenciones, el martes 28 de abril de 2009.

Turnada a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

Gaceta Parlamentaria número 2594-II, jueves 18 de septiembre de 2008. (2033)

31. Fecha: 30 de septiembre de 2008 Número de expediente: CSP/0031/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, Fiscal de la Federación, y Federal de Procedimientos Penales, así como de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para fortalecer el combate al mercado ilícito de combustibles.

Presentada por diputados del Grupo Parlamentario del PAN.

Turnada a las Comisiones Unidas de Justicia, de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2602-V, martes 30 de septiembre de 2008. (2064)

En estudio.

32. Fecha: 2 de octubre de 2008. Número de expediente: CSP/0032/I.

De Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por el Ejecutivo federal.

Turnada a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública y de Justicia, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 335 votos en pro, 39 en contra y 13 abstenciones, el jueves 4 de diciembre de 2008.

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Senadores con 94 votos en pro y 2 abstenciones, el martes 9 de diciembre de 2008. Con modificaciones.

Devuelta a la Cámara de Diputados para los efectos de lo dispuesto en el artículo 72, inciso e), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Minuta 60:2373, martes 11 de diciembre de 2008.)

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública.

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 221 votos en pro, 104 en contra y 1 abstención, el jueves 11 de diciembre de 2008.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el viernes 2 de enero de 2009.

Gaceta Parlamentaria número 2604-I, jueves 2 de octubre de 2008. (2076)

33. Fecha: 2 de octubre de 2008. Número de expediente: CSP/0033/I.

Que expide la Ley Federal para prevenir y Sancionar el Secuestro; y que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, del Código Civil Federal, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y de la Ley de Instituciones de Crédito.

Presentada por legisladores del Grupo Parlamentario del PRI.

Turnada a las Comisiones Unidas de Justicia, de Seguridad Pública y de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2604-II, jueves 2 de octubre de 2008. (2085)

En estudio.

34. Fecha: 7 de octubre de 2008. Número de expediente: CSP/0034/I.

Que reforma los artículos 6o. de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados y 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Presentada por la diputada Beatriz Manrique Guevara (PVEM).

Turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2599-II, jueves 25 de septiembre de 2008. (2116)

En estudio.

35. Fecha: 7 de octubre de 2008. Número de expediente: CSP/0035/I.

Que reforma el artículo 12 de la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por los diputados Carlos Madrazo Limón y Édgar Armando Olvera Higuera (PAN).

Dictaminada en sentido negativo el miércoles 18 de marzo de 2009, se considera asunto totalmente concluido.

Gaceta Parlamentaria número 2594-II, jueves 18 de septiembre de 2008. (2133)

36. Fecha: 15 de octubre de 2008. Número de expediente: CSP/0036/I.

Que adiciona el artículo 3 Bis a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Presentada por la diputada Patricia Villanueva Abraján (PRI).

Dictaminada en sentido negativo el martes 21 de abril de 2009, se considera asunto totalmente concluido.

Gaceta Parlamentaria número 2602-V, martes 30 de septiembre de 2008. (2144)

37. Fecha: 21 de octubre de 2008. Número de expediente: CSP/0037/I.

Que reforma el artículo 12 de la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por el diputado Jacinto Gómez Pasillas (Nueva Alianza).

Dictaminada en sentido negativo el miércoles 18 de marzo de 2009, se considera asunto totalmente concluido.

Gaceta Parlamentaria número 2617-V, martes 21 de octubre de 2008. (2162)

38. Fecha: 21 de octubre de 2008. Número de expediente: CSP/0038/I.

Que reforma los artículos 85 del Código Penal Federal y 5 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Presentada por la diputada Yary del Carmen Gebhardt Garduza (PRI).

Turnada a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2599-II, jueves 25 de septiembre de 2008. (2164)

En estudio.

39. Fecha: 21 de octubre de 2008. Número de expediente: CSP/0039/I.

De Ley de la Policía Federal.

Presentada por el Ejecutivo federal.

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 301 votos en pro, 2 en contra y 12 abstenciones, el jueves 23 de abril de 2009.

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Senadores con 85 votos en pro, 1 en contra y 3 abstenciones, el jueves 30 de abril de 2009.

Devuelta a la Cámara de Diputados para los efectos de lo dispuesto en el artículo 72, inciso e), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Minuta 60:2854, jueves 30 de abril de 2009.)

Aprobada la minuta en la Cámara de Diputados con 232 votos en pro, 75 en contra y 5 abstenciones, el jueves 30 de abril de 2009.

Pasa al Ejecutivo federal para los efectos constitucionales.

Gaceta Parlamentaria número 2618, miércoles 22 de octubre de 2008. (2166)

40. Fecha: 4 de noviembre de 2008. Número de expediente: CSP/0040/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por los diputados Alejandro Landero Gutiérrez, María del Pilar Ortega Martínez, Édgar Armando Olvera Higuera, María de los Ángeles Jiménez del Castillo y Jesús de León Tello (PAN).

Dictaminada en sentido negativo el miércoles 18 de marzo de 2009, se considera asunto totalmente concluido.

Gaceta Parlamentaria número 2604-II, jueves 2 de octubre de 2008. (2222)

41. Fecha: 4 de noviembre de 2008. Número de expediente: CSP/0041/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Estatuto de las Islas Marías.

Presentada por los diputados Mario Eduardo Moreno Álvarez, Omeheira López Reyna y Delber Medina Rodríguez (PAN).

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 348 votos en pro, 3 en contra y 4 abstenciones, el martes 28 de abril de 2009.

Turnada a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

Gaceta Parlamentaria número 2607-III, martes 7 de octubre de 2008. (2225)

42. Fecha: 4 de noviembre de 2008. Número de expediente: CSP/0042/I.

Que expide la Ley sobre Denunciantes Anónimos.

Presentada por los diputados Cuauhtémoc Velasco Oliva y Alejandro Chanona Burguete (Convergencia).

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Dictaminada en sentido negativo el martes 21 de abril de 2009, se considera asunto totalmente concluido.

Gaceta Parlamentaria número 2612-VI, martes 14 de octubre de 2008. (2227)

43. Fecha: 19 de noviembre de 2008. Número de expediente: CSP/0043/I.

Que reforma el artículo 16 de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

Presentada por la diputada Elda Gómez Lugo (PRI).

Dictaminada en sentido negativo el martes 21 de abril de 2009, se considera asunto totalmente concluido.

Gaceta Parlamentaria número 2627-III, martes 4 de noviembre de 2008. (2285)

44. Fecha: 11 de diciembre de 2008. Número de expediente: CSP/0044/I.

Que reforma el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversas disposiciones de la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por el diputado Fernando Enrique Mayans Canabal (PRD).

Turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2637-II, miércoles 19 de noviembre de 2008. (2406)

En estudio.

45. Fecha: 11 de diciembre de 2008. Número de expediente: CSP/0045/I.

Que reforma el artículo 6 de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

Presentada por el diputado Fernando Enrique Mayans Canabal (PRD9.

Dictaminada en sentido negativo el martes 21 de abril de 2009, se considera asunto totalmente concluido.

Gaceta Parlamentaria número 2637-II, miércoles 19 de noviembre de 2008. (2414)

46. Fecha: 11 de diciembre de 2008. Número de expediente: CSP/0046/I

Que reforma los artículos 7o., 32 y 35, in fine, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a fin de armonizar sus disposiciones con la distribución de competencias legislativas en materia penal actualizada a partir de la expedición del nuevo Código Penal para la Ciudad de México de 2002.

Presentada por el diputado Alberto Amador Leal (PRI).

Dictaminada en sentido negativo el martes 21 de abril de 2009, se considera asunto totalmente concluido.

Gaceta Parlamentaria número 2643-II, jueves 27 de noviembre de 2008. (2463)

Primer receso de sesiones del tercer año de ejercicio constitucional

11 de diciembre de 2008-31 de enero de 2009

47. Fecha: 21 de enero de 2009. Número de expediente: CSP/0047/I.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Seguridad Privada, para incorporar nuevos conceptos tecnológicos que emplean las empresas que ofrecen servicios de seguridad privada y reforzar su reglamentación.

Presentada por el diputado Luis Fernando Rodríguez Ahumada (PAN).

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 348 votos en pro, 3 en contra y 4 abstenciones, el martes 28 de abril de 2009.

Turnada a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

Gaceta Parlamentaria número 2680-III, miércoles 21 de enero de 2009. (2500)

48. Fecha: 21 de enero de 2009. Número de expediente: CSP/0048/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Seguridad Privada.

Presentada por la diputada Silvia Oliva Fragoso (PRD).

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 348 votos en pro, 3 en contra y 4 abstenciones, el martes 28 de abril de 2009.

Turnada a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

Gaceta Parlamentaria número 2680-III, miércoles 21 de enero de 2009. (2501)

Segundo periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio constitucional

1 de febrero-30 de abril de 2009

49. Fecha: 3 de marzo de 2009. Número de expediente: CSP/0049/I.

Que reforma el artículo 10 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Presentada por diputados del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

Gaceta Parlamentaria número 2709-II, martes 3 de marzo de 2009. (2603)

En estudio.

50. Fecha: 10 de marzo de 2009. Número de expediente: CSP/0050/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, en materia de pena de muerte.

Presentada por diputados del Grupo Parlamentario del PVEM.

Turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2711-II, jueves 5 de marzo de 2009. (2637)

En estudio.

51. Fecha: 12 de marzo de 2009. Número de expediente: CSP/0051/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, en materia de trabajo de los internos.

Presentada por diputados del Grupo Parlamentario del PAN.

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 341 votos en pro y 4 abstenciones, el jueves 16 de abril de 2009. Turnada a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

Gaceta Parlamentaria número 2714-II, martes 10 de marzo de 2009. (2662)

52. Fecha: 18 de marzo de 2009. Número de expediente: CSP/0052/I.

Que expide la Ley General que regula la Utilización de Videocámaras en materia de Seguridad Pública y reforma el artículo 206 del Código Federal de Procedimientos Penales.

Presentada por el diputado Miguel Ángel Macedo Escartín (PRD).

Turnada a la Comisiones Unidas de Seguridad Pública y de Justicia, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2671-II, jueves 19 de febrero de 2009. (2667)

En estudio.

53. Fecha: 18 de marzo de 2009. Número de expediente: CSP/0053/I.

Que expide la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal.

Presentada por el diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera (PRD).

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2716-II, jueves 12 de marzo de 2009. (2668)

Se cuenta con anteproyecto.

54. Fecha: 18 de marzo de 2009. Número de expediente: CSP/0054/I.

Que reforma el artículo 35 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, y adiciona los artículos 248 Ter, 248 Quáter y 248 Quinquies al Código Penal Federal.

Presentada por los diputados Gerardo Octavio Vargas Landeros y Raúl Cervantes Andrade (PRI).

Turnada a la Comisiones Unidas de Seguridad Pública, y de Justicia.

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 301 votos en pro y 2 abstenciones, el jueves 23 de abril de 2009.

Turnada a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

55. Fecha: 26 de marzo de 2009. Número de expediente: CSP/0055/I.

Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversas

disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Presentada por el diputado Pablo Trejo Pérez (PRD).

Turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2723-II, martes 24 de marzo de 2009. (2727)

En estudio.

56. Fecha: 26 de marzo de 2009. Número de expediente: CSP/0056/I.

Que reforma el artículo 35 de la Ley Federal de Seguridad Privada.

Presentada por el diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera (PRD).

Gaceta Parlamentaria número 2725-III, jueves 26 de marzo de 2009. (2730)

Se cuenta con anteproyecto.

57. Fecha: 2 de abril de 2009. Número de expediente: CSP/0057/I.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, y Federal de Procedimientos Penales, así como de las Leyes Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y Federal contra la Delincuencia Organizada, en materia de delitos contra el transporte ferroviario.

Presentada por el diputado Gustavo Fernando Caballero Camargo (PRI).

Turnada a la Comisiones Unidas de Justicia, y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2723-III, martes 24 de marzo de 2009. (2764)

Dictaminada el 23 de abril de 2009, durante la vigésima sexta reunión plenaria.

Se remitió a la Comisión de Justicia para la continuación del proceso legislativo.

58. Fecha: 21 de abril de 2009. Número de expediente: CSP/0058/I.

Que expide el Estatuto de las Islas Marías.

Presentada por el diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros (PRI).

Turnada a la Comisión Seguridad Pública, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Gaceta Parlamentaria número 2741-VII, martes 21 de abril de 2009. (2804)

En estudio.

Minutas turnadas a la Comisión de Seguridad Pública

LX Legislatura

Minutas por Grado de Avance

Minutas turnadas a la Comisión de Seguridad Pública

LX Legislatura

Minutas por fecha de presentación

Primer periodo ordinario de sesiones del primer año de ejercicio constitucional

1 de septiembre-28 de febrero de 2007

1. Fecha: 5 de septiembre de 2006. Número de expediente: CSP/001/M.

De la Cámara de Senadores, con proyecto de decreto que expide la Ley General de Coordinación para la Educación y Profesionalización de los Miembros de las Instituciones Policiales.

Enviada por la Cámara de Senadores.

Turnada a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, y de Educación Pública y Servicios Educativos, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Dictaminada en sentido negativo el jueves 30 de abril de 2009, devuelta a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Gaceta Parlamentaria número 2088-I, martes 5 de septiembre de 2006. (20)

2. Fecha: 9 de diciembre de 2008. Número de expediente: CSP/002/M.

De la Cámara de Senadores, con proyecto de decreto que expide la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Enviada por la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 221 votos en pro, 104 en contra y 1 abstención, el jueves 11 de diciembre de 2008.

Publicada en el Diario Oficial de la Federación el viernes 2 de enero de 2009.

Gaceta Parlamentaria número 2652-II, miércoles 10 de diciembre de 2008. (2373)

3. Fecha: 30 de abril de 2009. Número de expediente: CSP/003/M.

De la Cámara de Senadores, con proyecto de decreto que expide la Ley de la Policía Federal.

Enviada por la Cámara de Senadores, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública.

Dictaminada y aprobada en la Cámara de Diputados con 232 votos en pro, 75 en contra y 5 abstenciones, el jueves 30 de abril de 2008.

Devuelta a la Cámara de Diputados para los efectos de lo dispuesto en el artículo 72, inciso e), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Minuta 60:2854, jueves 30 de abril de 2009).

Aprobada la minuta en la Cámara de Diputados con 232 votos en pro, 75 en contra y 5 abstenciones, el jueves 30 de abril de 2009.

Publicada en el Diario Oficial de la Federación el lunes 1 de junio de 2009.

Gaceta Parlamentaria número 2618, miércoles 22 de octubre de 2008. (2166)

Proposiciones con punto de acuerdo turnadas a la Comisión de Seguridad Pública

LX Legislatura

Proposiciones con punto de acuerdo por origen

*En la Gaceta aparece turnada a la comisión, pero el turno no corresponde.

Proposiciones con punto de acuerdo por grado de avance

Proposiciones con punto de acuerdo turnadas (por fecha de presentación)

Primer periodo ordinario de sesiones del primer año de ejercicio constitucional (1de septiembre-15 de diciembre de 2006)

1. Fecha: 10 de octubre de 2006. Número de expediente: CSP/0001/PA.

Por el que se exhorta a las autoridades municipales de Tijuana a realizar las acciones necesarias que permitan la depuración de los elementos de la policía municipal, así como a implantar un programa de acción emergente dirigido a abatir los altos índices de criminalidad en dicha ciudad.

Presentada por el diputado Luis Rodolfo Enríquez Martínez (PAN).

Dictaminada y aprobada en la sesión del martes 21 de noviembre de 2006.

Gaceta Parlamentaria, número 2102-II, viernes 29 de septiembre de 2006.

2. Fecha: 19 de octubre de 2006. Número de expediente: CSP/0002/PA.

Por el que se exhorta al secretario de Seguridad Pública federal, al comisionado del Instituto Nacional de Migración y al gobernador del estado de México a cumplir la recomendación número 38/2006, relativa a los hechos de violencia ocurridos en mayo en Texcoco y San Salvador Atenco, México.

Presentada por la diputada Ana Yurixi Leyva Piñón (PRD).

Turnada a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, y de Justicia y Derechos Humanos.

Gaceta Parlamentaria, número 2116, jueves 19 de octubre de 2006.

Se cuenta con anteproyecto.

3. Fecha: 19 de octubre de 2006. Número de expediente: CSP/0003/PA.

Por el que se exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública a verificar de manera exhaustiva la contratación de personal y los procedimientos de operación en las empresas de seguridad privada.

Presentada por la diputada Silvia Oliva Fragoso (PRD).

Dictaminada y aprobada en la sesión del martes 21 de noviembre de 2006.

Gaceta Parlamentaria, número 2111, jueves 12 de octubre de 2006.

4. Fecha: 12 de diciembre de 2006. Número de expediente: CSP/0004/PA.

Por el que se exhorta al gobierno de Sinaloa a aumentar los recursos destinados al Fondo de Seguridad Pública.

Presentada por el diputado Carlos Eduardo Felton González (PAN).

Dictaminada en sentido negativo el martes 13 de febrero de 2007, se considera asunto totalmente concluido.

Gaceta Parlamentaria, número 2138, jueves 23 de noviembre de 2006.

5. Fecha: 14 de diciembre de 2006. Número de expediente: CSP/0005/PA.

Por el que se exhorta a los grupos parlamentarios a crear una agenda legislativa conjunta encaminada a una reforma del Estado concreta.

Presentada por la diputada María del Pilar Ortega Martínez (PAN).

Considerada de urgente resolución. Aprobada en votación económica.

Gaceta Parlamentaria, número 2141-I, martes 28 de noviembre de 2006.

Primer receso de sesiones del primer año de ejercicio constitucional (16 de diciembre-31 de enero de 2007)

6. Fecha: 17 de enero de 2007. Número de expediente: CSP/0006/PA.

Por el que se exhorta a las autoridades federales y al gobernador de Nuevo León a implantar una operación especial de seguridad pública similar a las aplicadas en Michoacán, Guerrero y Baja California.

Presentada por el diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar (PAN).

Dictaminada en sentido negativo el jueves 1 de marzo de 2007, se considera asunto totalmente concluido.

Gaceta Parlamentaria, número 2174-I, miércoles 17 de enero de 2007.

7. Fecha: 17 de enero de 2007. Número de expediente: CSP/0007/PA.

Por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Seguridad Pública y del Consejo Nacional de Seguridad Pública a asumir lo establecido en los ordenamientos referentes a la asignación equitativa de los fondos destinados a la seguridad pública.

Presentada por el diputado Alberto Amador Leal (PRI).

Dictaminada en sentido negativo el jueves 1 de marzo de 2007, se considera asunto totalmente concluido.

Gaceta Parlamentaria, número 2174-I, miércoles 17 de enero de 2007.

Segundo periodo ordinario de sesiones del primer año de ejercicio constitucional (1 de febrero de 2007-30 de abril de 2007)

8. Fecha: 15 de marzo de 2007. Número de expediente: CSP/008/PA.

Por el que se solicita al titular de la Secretaría de Seguridad pública que informe a esta soberanía sobre las bases legales que sustentan la unificación de la Policía Federal Preventiva y la Agencia Federal de Investigación, con la consiguiente creación de un nuevo cuerpo federal de policía.

Presentada por la diputada Silvia Oliva Fragoso (PRD).

Gaceta Parlamentaria, número 2189-III, jueves 8 de febrero de 2007 (736).

9. Fecha: 15 de marzo de 2007. Número de expediente: CSP/009/PA.

Por el que se exhorta a las autoridades y dependencias federales responsables de la seguridad pública nacional a establecer programas y acciones de comunicación y coordinación con las autoridades competentes de las entidades federativas y de los municipios para frenar la violencia en el país.

Presentada por el diputado Manuel Cárdenas Fonseca (Nueva Alianza).

Dictaminada y aprobada en la sesión del 4 de octubre de 2007.

Gaceta Parlamentaria, número 2192-III, martes 13 de febrero de 2007 (743).

10. Fecha: 10 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0010/PA.

Por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Seguridad Pública y la Procuraduría General de la República, a implantar programas para la protección de los periodistas en el país.

Presentada por el diputado Gerardo Priego Tapia (PAN).

Gaceta Parlamentaria, número 2230, miércoles 11 de abril de 2007 (778).

Dictamen aprobado el 13 de diciembre de 2007, en la decimosexta reunión plenaria.

11. Fecha: 11 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0011/PA.

Por el que se exhorta a las dependencias de seguridad pública y de protección civil locales y a las federales a realizar acciones a fin de garantizar la seguridad en los estadios de futbol.

Presentada por el diputado Armando Barreiro Pérez (PRD).

Turnada a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, y de Juventud y Deporte.

Gaceta Parlamentaria, número 2199-II, jueves 22 de febrero de 2007 (808).

Aprobado el 25 de septiembre de 2007, en la duodécima reunión plenaria.

Aprobado el 26 de febrero de 2008 en reunión de trabajo de la Comisión de Juventud y Deporte.

12. Fecha: 11 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0012/PA.

Por el que se solicita a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y a la Procuraduría General de la República que informen sobre los alcances y la eficacia de los puntos de revisión carreteros instalados en el país.

Presentada por la diputada Aída Marina Arvizu Rivas (Alternativa).

Gaceta Parlamentaria, número 2197-II, martes 20 de febrero de 2007 (786).

Aprobado el 25 de octubre de 2007 en la decimocuarta reunión plenaria.

13. Fecha: 11 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0013/PA.

Por el que se exhorta a las autoridades competentes de Morelos a adoptar las medidas necesarias para frenar la ola de violencia contra mujeres.

Presentada por el diputado Faustino Javier Estrada González (PVEM).

Gaceta Parlamentaria, número 2223-II, jueves 29 de marzo de 2007 (779).

Aprobado el 13 de diciembre de 2007 en la decimosexta reunión plenaria.

14. Fecha: 26 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0014/PA.

Por el que se exhorta a los titulares de las Secretarías de Gobernación, de Seguridad Pública, y de Comunicaciones y Transportes a intervenir para evitar las extorsiones en las terminales de autobuses del país.

Presentada por el diputado Oscar González Morán (PAN).

Gaceta Parlamentaria, número 2218, jueves 22 de marzo de 2007 (916).

Aprobado el 25 de octubre de 2007 en la decimocuarta reunión plenaria.

15. Fecha: 26 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0015/PA.

Por el que se exhorta a las autoridades competentes a ampliar y reforzar la operación Tijuana.

Presentada por el diputado Ricardo Franco Cazarez (PAN).

Gaceta Parlamentaria, número 2202-II, martes 27 de febrero de 2007 (850).

Aprobado el 25 de octubre de 2007 en la decimocuarta reunión plenaria.

16. Fecha: 26 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0016/PA.

Por el que se cita a los titulares de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) y de la Procuraduría General de la República (PGR) a comparecer ante las Comisiones Unidas de Gobernación, de Justicia, y de Seguridad Pública de esta soberanía.

Presentada por el diputado Manuel Cárdenas Fonseca (Nueva Alianza).

Turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación, de Justicia, y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2209-III, jueves 8 de marzo de 2007 (875).

En estudio. Si bien el dictamen no fue sometido a discusión, la Comisión de Seguridad Pública llevó a cabo reuniones de trabajo con el licenciado Eduardo Medina Mora, procurador general de la República, en fecha 8 de octubre de 2008 y con el ingeniero Genaro García Luna, secretario de Seguridad Pública Federal, en fecha 15 de octubre del mismo año

17. Fecha: 26 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0017/PA.

Por el que se solicita la comparecencia de los titulares de la PGR y de la SSP para que informen respecto a la noticia en que se involucra con el narcotráfico a funcionarios de distintas instituciones federales y locales.

Presentada por el diputado Javier Santos Arreola (PRD).

Turnada a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2234-VI, martes 17 de abril de 2007 (964).

En estudio. Si bien el dictamen no fue sometido a discusión, la Comisión de Seguridad Pública llevó a cabo reuniones de trabajo con el licenciado Eduardo Medina Mora, procurador general de la República, en fecha 8 de octubre de 2008 y con el ingeniero Genaro García Luna, secretario de Seguridad Pública Federal, en fecha 15 de octubre del mismo año.

18. Fecha: 26 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0018/PA.

Relativo al clima de violencia en Tabasco debido a la delincuencia organizada y el narcotráfico.

Presentada por el diputado Fernando Enrique Mayans Canabal (PRD).

Gaceta Parlamentaria, número 2218, jueves 22 de marzo de 2007 (914).

Aprobado el 25 de octubre de 2007 en la decimocuarta reunión plenaria.

19. Fecha: 26 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0019/PA.

Por el que esta soberanía se pronuncia a favor de las acciones emprendidas por el gobierno de Chiapas para esclarecer los homicidios de periodistas. Presentada por el diputado Martín Ramos Castellanos (PRD).

Turnada a la Comisión de Seguridad Pública con opinión de la Comisión Especial para dar seguimiento a las agresiones a periodistas y medios de comunicación.

Gaceta Parlamentaria, número 2241-IX, jueves 26 de abril de 2007 (998). En estudio.

20. Fecha: 26 de abril de 2007. Número de expediente: CSP/0020/PA.

Por el que se exhorta al gobierno de Coahuila a establecer reglas de funcionamiento, alcance y límites de las atribuciones que tendrá la policía cibernética que operará en dicha entidad.

Presentada por el diputado Jesús de León Tello (PAN).

Gaceta Parlamentaria, número 2204-III, jueves 1 de marzo de 2007 (860).

Aprobado el 25 de octubre de 2007 en la decimocuarta reunión plenaria.

Segundo receso de sesiones del primer año de ejercicio constitucional (1 de mayo-31 de agosto de 2007)

21. Fecha: 31 de agosto de 2007. Número de expediente: CSP/021/PA.

Por el que se exhorta a los gobiernos de Sonora y federal a cumplir con el pacto federal, mejorando su coordinación a efecto de atender la grave inseguridad pública que se vive en esta entidad.

Presentado por el diputado Carlos Ernesto Navarro López (PRD). En estudio.

Primer periodo ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional (1 de septiembre-13 de diciembre de 2007)

22. Fecha: 4 de octubre de 2007. Número de expediente: CSP/022/PA.

Por el que se solicita a las unidades de readaptación femenil que incluyan centros de desarrollo infantil. Presentada por la diputada María Mercedes Colín Guadarrama (PRI).

Gaceta Parlamentaria, número 2355-IV, jueves 4 de octubre de 2007 (1081).

Aprobado el 13 de diciembre de 2007 en la decimosexta reunión plenaria.

23. Fecha: 11 de octubre de 2007. Número de expediente: CSP/023/PA.

Por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a emprender las acciones necesarias para pagar pensiones y jubilaciones de los ex trabajadores ferrocarrileros.

Presentada por la diputada Aída Marina Arvizu Rivas (Alternativa).

Turnada a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Seguridad Social.

Gaceta Parlamentaria, número 2360-II, jueves 11 de octubre de 2007 (1117).

Aparece en Gaceta Parlamentaria, pero el turno no corresponde a Seguridad Pública.

24. Fecha: 18 de octubre de 2007. Número de expediente: CSP/024/PA.

Relativo a los criterios y a las fórmulas sobre la distribución de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública.

Presentada por el diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros (PRI).

Gaceta Parlamentaria, número 2360-II, jueves 11 de octubre de 2007 (1196).

Dictaminada el 19 de junio de 2008 durante la vigésima segunda reunión plenaria.

25. Fecha: 13 de diciembre de 2007. Número de expediente: CSP/025/PA.

Relativo a operaciones contra la delincuencia organizada en Baja California Sur.

Presentada por el diputado Manuel Salvador Salgado Amador (PVEM).

Gaceta Parlamentaria, número 2397-II, jueves 6 de diciembre de 2007 (1367).

Dictaminada el 19 de junio de 2008 durante la vigésima segunda reunión plenaria.

26. Fecha: 13 de diciembre de 2007. Número de expediente: CSP/026/PA.

Por el que se exhorta al Ejecutivo federal a no poner en riesgo la seguridad sanitaria del país y a mantener vigente el requisito de planta o de establecimiento sanitario.

Presentada por el diputado Roberto Badillo Martínez (PRI).

Turnada a la Comisiones de Salud, de Seguridad Pública, y de Defensa Nacional.

Gaceta Parlamentaria, número 2370-IV, jueves 25 de octubre de 2007 (1369). En estudio.

27. Fecha: 13 de diciembre de 2007. Número de expediente: CSP/027/PA.

Relativo a las desapariciones forzadas.

Presentada por el diputado Javier Hernández Manzanares (PRD).

Gaceta Parlamentaria, número 2355-IV, jueves 4 de octubre de 2007 (1403). En estudio.

28. Fecha: 13 de diciembre de 2007. Número de expediente: CSP/028/PA.

Relativo a las desapariciones forzadas en México. Presentada por el diputado Salvador Ruiz Sánchez (PRD).

Gaceta Parlamentaria, número 2355-IV, jueves 4 de octubre de 2007 (1422). Se cuenta con anteproyecto.

29. Fecha: 13 de diciembre de 2007. Número de expediente: CSP/029/PA.

Por el que se exhorta al Ejecutivo federal a realizar, mediante la SSP, la PGR, el gobierno de Baja California y los ayuntamientos de dicha entidad, operaciones coordinadas para identificar y recuperar automóviles robados.

Presentada por el diputado Carlos Alberto Torres Torres (PAN).

Gaceta Parlamentaria, número 2388-III, jueves 22 de noviembre de 2007 (1518).

Dictamen aprobado el 14 de febrero de 2008 durante la decimoctava reunión plenaria.

30. Fecha: 13 de diciembre de 2007. Número de expediente: CSP/030/PA.

Por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar mediante la SSP programas permanentes de seguridad pública en Baja California.

Presentada por el diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias (PAN).

Gaceta Parlamentaria, número 2391-IV, martes 27 de noviembre de 2007 (1540).

Dictamen aprobado el 14 de febrero de 2008 durante la decimoctava reunión plenaria.

Primer receso de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional (16 de diciembre-31 de enero de 2008)

31. Fecha: 23 de enero de 2008. Número de expediente: CSP/031/PA.

Por el que se exhorta a la Comisión Permanente a guardar un minuto de silencio en honor de los agentes federales que han muerto en la lucha contra el narcotráfico, especialmente en Reynosa, Tamaulipas, y en Tijuana, Baja California.

Presentada por el diputado Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco (PAN).

Gaceta Parlamentaria, número 2430-I, miércoles 23 de enero de 2008 (1653).

Dictaminada el 19 de junio de 2008 durante la vigésima segunda reunión plenaria.

32. Fecha: 23 de enero de 2008. Número de expediente: CSP/032/PA.

Por el que se solicita la comparecencia del secretario de Seguridad Pública y del procurador general de la República a fin de que informen sobre el programa y las estrategias para combatir la violencia organizada.

Presentada por el diputado Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (PRD).

Gaceta Parlamentaria, número 2430-I, miércoles 23 de enero de 2008 (1655).

En estudio. Si bien el dictamen no fue sometido a discusión, la Comisión de Seguridad Pública llevó a cabo reuniones de trabajo con el licenciado Eduardo Medina Mora, procurador general de la República, en fecha 8 de octubre de 2008 y con el ingeniero Genaro García Luna, secretario de Seguridad Pública Federal, en fecha 15 de octubre del mismo año.

Segundo periodo ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional (1 de febrero-30 de abril de 2008)

33. Fecha: 6 de marzo de 2008. Número de expediente: CSP/033/PA.

Por el que se exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública a considerar Valladolid, Yucatán, en el Programa del Subsidio para la Seguridad Pública Municipal.

Presentada por el diputado Joaquín Díaz Mena (PAN).

Gaceta Parlamentaria, número 2455-II, jueves 28 de febrero de 2008 (1716).

Dictaminada el 19 de junio de 2008 durante la vigésima segunda reunión plenaria.

34. Fecha: 3 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/034/PA.

Por el que se exhorta a diversas autoridades de gobierno a cumplir la recomendación general número 3 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), relativa a garantizar las condiciones carcelarias y la dignidad de las reclusas.

Presentada por la diputada Holly Matus Toledo (PRD).

Turnada a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, y de Derechos Humanos.

Gaceta Parlamentaria, número 2471-II, miércoles 26 de marzo de 2008 (1724). En estudio.

35. Fecha: 3 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/035/PA.

Por el que se exhorta a los gobiernos federal y de Oaxaca a instaurar mecanismos y acciones para prevenir el delito y combatir la delincuencia organizada.

Presentada por el diputado Alberto Esteva Salinas (Convergencia).

Gaceta Parlamentaria, número 2471-II, miércoles 26 de marzo de 2008 (1725).

Dictaminada el 9 de octubre de 2009 durante la vigésima cuarta reunión plenaria.

36. Fecha: 8 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/036/PA.

Por el que se exhorta a los titulares de la PGR y de la SSP a incrementar tanto el número de agentes del Ministerio Público federal y federales de investigación como de policías federales preventivos en Durango.

Presentada por el diputado Jorge Alejandro Salum del Palacio (PAN).

Turnada a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2480-II, martes 8 de abril de 2008 (1739). En estudio.

37. Fecha: 17 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/037/PA.

Por el que se solicita al titular de la SSP que implante acciones inmediatas para dignificar la calidad de vida de las personas recluidas en los centros de readaptación social.

Presentada por el diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros (PRI).

Gaceta Parlamentaria, número 2475-III, martes 1 de abril de 2008 (1745).

Dictaminada el 17 de octubre del 2008 durante la vigésima cuarta reunión plenaria.

38. Fecha: 24 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/038/PA.

Por el cual se exhorta a las Comisiones de Justicia, de Seguridad Pública, y de Derechos Humanos, así como a los grupos parlamentarios del Congreso de la Unión, a realizar una defensa integral y pública de las modificaciones que requiere el sistema de seguridad pública y de procuración de justicia.

Presentada por el diputado Carlos Altamirano Toledo (PRD).

Gaceta Parlamentaria, número 2438-II, martes 5 de febrero de 2008 (1764). En estudio.

39. Fecha: 30 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/039/PA.

Por el que se exhorta a las autoridades locales a llevar a cabo las medidas necesarias para que a las mujeres privadas de la libertad, en prisión preventiva o en compurgación de la pena se destine un lugar separado que el de los hombres.

Presentada por el diputado José Luis Murillo Torres (PAN).

Gaceta Parlamentaria, número 2440-III, jueves 7 de febrero de 2008 (1792). En estudio.

40. Fecha: 30 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/040/PA.

Por el que se exhorta a los titulares de la SSP, de los gobiernos locales y de los centros penitenciarios del país a revisar la normatividad en materia de readaptación social, a fin de que propongan reformas que permitan restringir las llamadas telefónicas que se realizan desde dichos centros e implantar un sistema de bloqueo de éstas.

Presentada por el diputado José Luis Murillo Torres (PAN).

Gaceta Parlamentaria, número 2440-III, jueves 7 de febrero de 2008 (1793).

Dictaminada el 16 de octubre de 2008 durante la vigésima cuarta reunión plenaria.

41. Fecha: 30 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/041/PA.

Por el que se exhorta a los titulares de los gobiernos locales, de los centros penitenciarios del país y de Prevención y Readaptación Social –órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Seguridad Pública federal– a llevar a cabo revisiones minuciosas y periódicas en los centros federales de readaptación social para controlar el ingreso de artículos y sustancias prohibidos.

Presentada por el diputado José Luis Murillo Torres (PAN).

Gaceta Parlamentaria, número 2440-III, jueves 7 de febrero de 2008 (1794).

Dictaminada el 16 de octubre de 2008 durante la vigésima cuarta reunión plenaria.

42. Fecha: 30 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/042/PA.

Por el que se exhorta a la PGR, a la SSP y a la Administración General de Aduanas a informar a esta soberanía sobre los programas implantados para evitar el tráfico de armas desde Estados Unidos de América.

Presentada por el diputado Angel Rafael Deschamps Falcón (PAN).

Gaceta Parlamentaria, número 2445-III, jueves 14 de febrero de 2008 (1807).

Dictaminada el 2 de octubre de 2008 durante la vigésima cuarta reunión plenaria.

43. Fecha: 30 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/043/PA.

Por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar un programa de profesionalización de las policías federales y a sustituir efectivos militares en labores de combate del narcotráfico.

Presentada por el diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (PRD).

Gaceta Parlamentaria, número 2445-III, jueves 14 de febrero de 2008 (1808). En estudio.

44. Fecha: 30 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/044/PA

Relativo a la violencia imperante en el estado de Chihuahua.

Suscrita por los diputados Lilia Merodio Reza, César Duarte Jáquez, Israel Beltrán Montes y Enrique Serrano Escobar (PRI).

Gaceta Parlamentaria, número 2475-III, martes 1 de abril de 2008 (1893).

Dictaminada el 2 de octubre de 2008 durante la vigésima cuarta reunión plenaria.

45. Fecha: 30 de abril de 2008. Número de expediente: CSP/045/PA.

Por el que se exhorta a la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) y a la SSP a emprender acciones para combatir los delitos cometidos por medio de Internet contra menores.

Presentada por el diputado Edmundo Ramírez Martínez (PRI).

Turnada a las Comisiones Unidas de Comunicaciones, y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2492-II, jueves 24 de abril de 2008 (1933).

Dictaminada el 16 de octubre de 2008 durante la vigésima cuarta reunión plenaria.

Segundo receso de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional (1 de mayo-31 de agosto de 2008)

46. Fecha: 27 de agosto de 2008. Número de expediente: CSP/046/PA.

Por el que se exhorta a diversas autoridades a analizar, debido a la inseguridad pública, si procede la implantación de métodos más estrictos de incorporación de elementos a los cuerpos de seguridad.

Presentada por la diputada Liliana Carbajal Méndez, en nombre propio y de los diputados Luis Gerardo Serrato Castell y Mario Alberto Salazar Madera (PAN).

Gaceta Parlamentaria, número 2582, lunes 1 de septiembre de 2008 (1980).

Dictaminada el 9 de octubre de 2008 durante la vigésima cuarta reunión plenaria.

47. Fecha: 27 de agosto de 2008. Número de expediente: CSP/047/PA.

Por el que se exhorta a diversas autoridades a realizar las gestiones necesarias para formar o fortalecer unidades especializadas en combate del secuestro.

Presentada por la diputada Liliana Carbajal Méndez, en nombre propio y de los diputados Édgar Armando Olvera Higuera y Nelly Asunción Hurtado Pérez (PAN).

Gaceta Parlamentaria, número 2582, lunes 1 de septiembre de 2008 (1981).

Dictaminada el 7 de octubre de 2008 durante la vigésima cuarta reunión plenaria.

Primer periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio constitucional (1 de septiembre-11 de diciembre de 2008)

48. Fecha: 9 de septiembre de 2008. Número de expediente: CSP/048/PA.

Para exhortar a los titulares de las Secretarías de Seguridad Pública estatales y del Distrito Federal a analizar la procedencia de la implantación de mecanismos tendientes a mejorar la seguridad social de los policías en activo, así como dotar de mejores apoyos a las familias de elementos caídos en el ejercicio de sus funciones.

Presentada por los diputados Nelly Asunción Hurtado Pérez, Liliana Carvajal Méndez y Édgar Armando Olvera Higuera (PAN).

49. Fecha: 11 de septiembre de 2008. Número de expediente: CSP/049/PA.

Por el que se exhorta al titular de la SSP a implantar programas de prevención del delito y de combate de la delincuencia mediante el fomento de la participación ciudadana.

Presentada por la diputada Yary del Carmen Gebhardt Garduza (PRI).

Gaceta Parlamentaria, número 2583-IV, martes 2 de septiembre de 2008 (1996).

50. Fecha: 27 de noviembre de 2008. Número de expediente: CSP/050/PA.

Para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) a fortalecer, en conjunto con la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y la Policía Federal Preventiva (PFP), los operativos e inspecciones en la reserva de la biósfera mariposa monarca.

Presentada por la diputada Blanca Luna Becerril (Nueva Alianza).

Turnada a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Seguridad Pública.

51. Fecha: 11 de diciembre de 2008. Número de expediente: CSP/051/PA.

Por el que se exhorta a la SSP a incluir al municipio de Playas de Rosarito, Baja California, a la lista de los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, elegibles para el otorgamiento del Subsemun.

Presentada por la diputada Mirna Cecilia Rincón Vargas (PAN).

52. Fecha: 11 de diciembre de 2008. Número de expediente: CSP/052/PA.

Por el que se exhorta al Ejecutivo federal a fortalecer, a través de las instancias competentes, las acciones y estrategias de impacto y visibilidad del Programa Nacional Escuela Segura y se refuerce la prevención y el control de las adicciones en las escuelas.

Presentada por la diputada Mónica Arriola (PAN). Turnada a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Seguridad Pública.

Gaceta Parlamentaria, número 2583-IV, martes 2 de septiembre de 2008 (1996).

53. Fecha: 11 de septiembre de 2008. Número de expediente: CSP/053/PA.

Para exhortar al titular del Ejecutivo federal a suspender de inmediato, a través de la Sedena y autoridades civiles federales, los cateos domiciliarios en Culiacán, Sinaloa.

Presentada por los diputados Sonia Nohelia Ibarra Franquez, Alliet Mariana Bautista y Juan Guerra Ochoa (PRD).

Turnada a las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, y de Seguridad Pública.

54. Fecha: 11 de diciembre de 2008. Número de expediente: CSP/054/PA.

Para exhortar al Ejecutivo federal y a los gobiernos estatales y municipales a impartir talleres de derechos humanos y educación a la sexualidad a los miembros de las fuerzas policíacas y militares.

Presentada por el diputado David Sánchez Camacho (PRD).

Turnada a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, y Defensa Nacional.

Primer receso de sesiones del tercer año de ejercicio constitucional (12 de diciembre-31 de enero de 2009)

55. Fecha: 28 de enero de 2009. Número de expediente: CSP/055/PA.

Para exhortar a los titulares de la Secretaría de Seguridad Pública, de la Subsecretaría del Sistema Penitenciario Federal y del Instituto Mexicano del Seguro Social a llevar a cabo las gestiones necesarias para reformar el reglamento de la colonia penal federal Islas Marías.

Presentada por el diputado Fidel Antuña Batista (PAN).

Segundo periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio constitucional (1 de febrero-30 de abril de 2009)

56. Fecha: 17 de febrero de 2009. Número de expediente: CSP/056/PA.

Para exhortar a los titulares de la Procuraduría General de la República, de la Secretaría de Seguridad Pública y del Instituto de la Judicatura Federal a implantar acciones de capacitación para el personal que habrá de aplicar las nuevas disposiciones penales que han entrado en vigor y que ya fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

Presentada por la diputada Yary del Carmen Gebhardt Garduza (PRI).

Turnada a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública y de Justicia.

57. Fecha: 17 de febrero de 2009. Número de expediente: CSP/057/PA.

Para exhortar al procurador general de la República y a sus similares en las entidades federativas y en el Distrito Federal a implantar programas y campañas para prevenir y hacer frente al programa de la delincuencia juvenil en el país.

Presentada por la diputada Yary del Carmen Gebhardt Garduza (PRI).

Turnada a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, y de Juventud y Deporte

58. Fecha: 1 de abril de 2009. Número de expediente: CSP/058/PA.

Para exhortar a la Secretaría de Seguridad Pública a proceder a la aplicación, conforme a derecho, del beneficio de preliberación de los ciudadanos Cirilo Ambrosio Antonio, Gregorio Enríquez Martínez (o Ricardo Martínez Henríquez), Urbano Ruiz Cruz (o Félix Pedro Hernández Juárez) y Arnulfo (o Estanislao) Ramírez Santiago, internos en el penal de Ixcotel, Oaxaca.

Presentada por los diputados Othón Cuevas Córdova y Carlos Martínez Martínez (PRD).

Excitativas (por fecha de formulación)

Primer periodo ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional (1de septiembre-15 de diciembre de 2007)

No se turnaron excitativas.

Primer receso de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional (16 de diciembre de 2007-31 de enero de 2008)

No se turnaron excitativas.

Segundo periodo ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional (1 de febrero-30 de abril de 2008)

No hubo turno de excitativas.

Segundo receso de sesiones del segundo año de ejercicio constitucional (1 de mayo-31 de agosto de 2008)

Primer periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio constitucional (1 de septiembre-11 de diciembre de 2008)

1. Fecha: 9 de septiembre de 2008. Número de expediente: CSP/001/EX.

Excitativa a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, de Seguridad Pública, de Seguridad Social, y de la Función Pública, a fin de que dictaminen la iniciativa que expide la Ley que establece las Bases para otorgar Pensiones y Prestaciones a los Ciudadanos que hayan desempeñado el Cargo de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 25 de octubre de 2007.

Presentada por el diputado Samuel Aguilar Solís, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Primer receso de sesiones del tercer año de ejercicio constitucional (11 de diciembre de 2007-31 de enero de 2009)

Segundo periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio constitucional (1 de febrero-30 de abril de 2009)

Reuniones plenarias

• Vigésima cuarta, celebrada el jueves 2 de octubre de 2008.

Gaceta Parlamentaria

Durante esta reunión los diputados acordaron declararla permanente. En el marco de ésta se llevaron a cabo las siguientes reuniones plenarias de trabajo.

– 9 de octubre de 2008.

– 16 de octubre de 2008.

– 23 de octubre de 2008.

– 30 de octubre de 2008.

– 6 de noviembre de 2008.

– 19 de noviembre de 2008.

– 1 de diciembre de 2008.

– 3 de diciembre de 2008.

– 11 de diciembre de 2008.

• Vigésima quinta, celebrada el jueves 5 de febrero de 2009.

Gaceta Parlamentaria

Durante esta reunión los diputados acordaron declararla permanente. En el marco de ésta se llevo a cabo la siguiente reunión plenaria de trabajo.

– 26 de febrero de 2009.

• Vigésima sexta, celebrada en fecha 31 de marzo de 2009.

Gaceta Parlamentaria

Durante esta reunión los diputados acordaron declararla permanente. En el marco de ésta se llevaron a cabo las siguientes reuniones plenarias de trabajo.

– 15 de abril de 2009.

– 21 de abril de 2009.

– 23 de abril de 2009.

Reuniones de mesa directiva

• Vigésima primera, 9 de octubre de 2008.

• Vigésima segunda, 16 de octubre de 2008.

• Vigésima tercera, 23 de octubre de 2008.

• Vigésima cuarta, 30 de octubre de 2008.

• Vigésima quinta, 6 de noviembre de 2008.

• Vigésima sexta, 5 de febrero de 2009.

• Vigésima séptima, 12 de febrero de 2009

• Vigésima octava, 17 de febrero de 2009.

• Vigésima novena, 26 de marzo de 2009 (no hubo quórum).

Registro de inasistencias de las reuniones plenarias celebradas de octubre de 2008 a abril de 2009

Registro de inasistencias de las reuniones llevadas a cabo en el marco de la vigésima cuarta reunión plenaria (2008)

Registro de asistencias de la reunión plenaria llevada a cabo en el marco de la vigésima quinta reunión plenaria

Registro de asistencias de la reunión plenaria llevada a cabo en el marco de la vigésima sexta reunión plenaria

Comparecencias y actos

• En el marco de la glosa del segundo Informe de Gobierno, el 23 de septiembre de 2008 comparecieron de manera conjunta ante el Pleno de la Cámara de Diputados el secretario de Gobernación, Juan Camilo Mouriño Terrazo, el procurador general de la República, Eduardo Medina Mora, y el secretario de Seguridad Pública Federal, Genaro García Luna.

• Reunión con el procurador general de la República, Eduardo Medina Mora, celebrada el 8 de octubre de 2008 en las oficinas de la dependencia.

• Reunión con el secretario de Seguridad Pública Federal, Genaro García Luna, el 15 de octubre de 2008 en las oficinas de la dependencia.

• Durante el 24 y el 25 de marzo se llevó a cabo el ciclo de conferencias Nueva ley de seguridad pública e iniciativa de ley de la policía federal en el salón Legisladores de la República.

Viajes y comisiones

• Internacional

Del 22 al 27 de marzo de 2009 se llevo a cabo una gira oficial de trabajo a las ciudades de Washington, Virginia y Nueva York para llevar a cabo visitas y encuentros de trabajo en el Federal Buerau of Investigation, el Capitolio de Estados Unidos de América, la Academia de Formación del Federal Buerau of Investigation (escuela de quántico) y el Departamento de Policía de Washington.

En representación de la presidencia de la comisión, la delegación fue encabezada por el dipútado Gerardo Octavio Vargas Landeros e integrada por los diputados Jorge Justiniano González Betancourt, Agustín Leura González y Francisco Javier Santos Arreola.

La visita se realizó a propuesta del diputado Juan Francisco Rivera Bedoya, presidente de la comisión, con objeto de propiciar un intercambio de experiencias con instituciones vinculadas a la seguridad pública de Estados Unidos de América, contando con el valioso apoyo de la Secretaría de Relaciones Exteriores y de la Embajada de México.

• Nacional

El 11 y el 12 de marzo de 2009, los diputados Juan Francisco Rivera Bedoya, Gerardo Octavio Vargas Landeros, Manuel Salvador Salgado Amador y Carlos Alberto Torres Torres asistieron al foro Industria penitenciaria:trabajo-delitos, organizado por la Secretaría de Seguridad Pública federal, el gobierno de Baja California y el Colegio de la Frontera Norte, en Tijuana, Baja California.

La delegación de diputados participó en las mesas de trabajo que se llevaron a cabo en el marco del encuentro.

Se consideró, entre otros aspectos, la posibilidad de apoyar a los internos que obtengan su libertad, gestionándoles un empleo, ya que por su condición de ex interno les resulta difícil incorporarse a los sectores productivos y laborales. Al respecto, diversos empresarios se comprometieron a constituir un consejo para la implantación de un programa que atienda esta problemática, desde el internamiento hasta la recuperación de la libertad.

Cabe destacar que del análisis de los temas del foro se recuperaron elementos e información para la presentación de las dos siguientes iniciativas:

– De reformas a la Ley General que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados. Presentada por los diputados Carlos Alberto Torres Torres y Gerardo Octavio Vargas Landeros.

– De reformas y adiciones al estauto de las Islas Marías.

Presentada por el diputado Gerardo Octavio Vargas Landeros.

Recursos financieros

Con fecha 7 de junio de 2007 se firmó el acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se autoriza un incremento de 3.55 por ciento en los fondos fijos y techo presupuestal.

Con base en el acuerdo, la Comisión de Seguridad Pública tiene asignado un presupuesto para gastos de operación mensual por 37 mil 440 pesos mensuales, que pueden acumularse por año calendario, y se pusieron a disposición a partir del 1 de octubre de 2008. Asimismo, la comisión dispone de un fondo fijo mensual por 9 mil 360 pesos.

La comprobación de los gastos se hace con base en los lineamientos para el ejercicio de los presupuestos operativos asignados a las comisiones y comités legislativos.

Como se señaló, el 24 y el 25 de marzo de 2009 se llevó a cabo el ciclo de conferencias Nueva Ley de Seguridad Pública e iniciativa de Ley de la Policía Federal, erogándose para tal efecto un presupuesto de 13 mil 740 pesos.

A la comisión se le otorga una dotación de vales canjeables por alimentos por la cantidad de 5 mil 440 pesos, los cuales se aplican en ese rubro.

Resumen ejecutivo

La comisión ha dictaminado 40 de los 58 asuntos turnados. Entre estos, 28 asuntos de turno único a la Comisión, 6 asuntos en los cuales encabeza el dictamen y 6 asuntos turnados en comisiones unidas. 14 asuntos se encuentran en estudio con otras comisiones. 4 asuntos cuentan con anteproyecto de dictamen y se encuentran en proceso de revisión con los integrantes. De los 40 asuntos dictaminados, 18 fueron en sentido negativo.

Si bien todos los asuntos son relevantes, cabe destacar los siguientes:

– Aprobación de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

– Aprobación de la Ley de la Policía Federal.

– Aprobación de la Ley que regula el Uso de la Fuerza por los Integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública Federal.

– Aprobación de diversas reformas al estatuto de las Islas Marías.

– Aprobación de diversas reformas a la Ley General que establece las Normas Mínimas, para actualizarla a las reformas constitucionales en materia de seguridad pública y justicia, e incorporar los aspectos relativos a la industria penitenciaria.

La mesa directiva de la Comisión de Seguridad Pública

Diputados: Juan Francisco Rivera Bedoya (rúbrica), presidente; Gerardo Octavio Vargas Landeros (rúbrica), Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo (rúbrica), Armando Barreiro Pérez (rúbrica), Luis Gerardo Serrato Castell, Davis Mendoza Arellano, Martín Stefanonni Maz



Convocatorias

De la Comisión de Cultura

A la reunión de mesa directiva por efectuarse el miércoles 5 de agosto, a las 11:00 horas, en la sala de juntas del órgano legislativo convocante (edificio D, tercer piso).

Orden del Día

1. Registro de asistencia.

2. Declaración de quórum.

3. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.

4. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación de diversos proyectos de dictamen.

5. Asuntos generales.

6. Clausura.

Atentamente

Diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera

Presidente

De la Comisión de Cultura

A la reunión plenaria que se realizará el jueves 6 de agosto, a las 11:00 horas, en el salón C del edificio G.

Orden del Día

1. Registro de asistencia.

2. Declaración de quórum.

3. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.

4. Discusión y, en su caso, aprobación de diversos proyectos de dictamen.

5. Asuntos generales.

6. Clausura.

Atentamente

Diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera

Presidente

De la Comisión Bicamaral del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

A la vigésima sesión ordinaria, que tendrá verificativo el jueves 6 de agosto, a las 12:00 horas, en la sala Miguel Ramos Arizpe, situada en Donceles 14, primer piso (Senado de la República).

Orden del Día

1. Lista de asistencia y verificación de quórum.

2. Lectura y aprobación del orden del día.

3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la sesión número 19, del 27 de abril de 2009.

4. Análisis y, en su caso, aprobación de los lineamientos para el funcionamiento del Consejo Consultivo del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Aprobación en lo particular del código de ética y de las políticas de comunicación del Canal del Congreso.

6. Presentación del informe del Canal del Congreso mayo de 2008-abril de 2009, por la licenciada Leticia A. Salas Torres.

7. Presentación del informe de actividades de la Comisión Bicamaral del Canal del Congreso, LX Legislatura, por el diputado Gerardo Lagunes Gallina.

8. Asuntos generales.

9. Clausura de la sesión.

Atentamente

Diputado Gerardo Lagunes Gallina

Presidente