Gaceta Parlamentaria, año VII, número 1619, viernes 5 de noviembre de 2004

Dictámenes del paquete económico para el ejercicio fiscal de 2005


Anexo I:  Iniciativas, proposiciones y excitativa


Orden del Día de la sesión del viernes 5 de noviembre de 2004

Proyecto de Acta

Comunicaciones Iniciativas Oficios Minutas Dictámenes Votaciones
De conformidad con lo que dispone el artículo 2, numeral 2, inciso c, del Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la H. Cámara de Diputados, se publican las siguientes votaciones:
Asistencias Convocatorias Avisos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Orden del Día
SESION DEL VIERNES 5 DE NOVIEMBRE DE 2004

Acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

Del diputado Félix Arturo González Canto.

Del Congreso de Sonora.

De la Junta de Coordinación Política.

Iniciativa del Congreso de Sonora

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal. (Turno a Comisión)

Oficios de la Cámara de Senadores

Tres, con los que se remiten acuerdos del Congreso de San Luis Potosí por los que se solicita incremento de recursos en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005 en los rubros de apoyo a la Universidad de San Luis Potosí, a la educación y al Fondo de Ahorro Campesino del Programa Braceros. (Turno a Comisión)

Con el que se remite el acuerdo del Congreso de Colima por el que solicita la creación de un ramo presupuestal para 2005 en materia ambiental y de recursos naturales. (Turno a Comisión)

En el que se transcribe acuerdo por el que se solicita incremento de recursos en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005, a fin de concluir la primera etapa de las obras de ampliación a cuatro carriles de la autopista Manzanillo-Guadalajara. (Turno a Comisión)

En el que se transcribe acuerdo por el que se solicita incremento presupuestal para el ejercicio de 2005 al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. (Turno a Comisión)

En el que se transcribe acuerdo por el cual se solicita que se incluya una partida en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005 destinada a la ampliación de la carretera Campeche-Mérida. (Turno a Comisión)

Con el que remite comunicación del Congreso de Tabasco por el que se adhiere a diversos Congresos para que se apruebe la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Compensación para los ex Braceros del Periodo 1942-1964. (Turno a Comisión)

Por el que comunica la designación del doctor José Luis Soberanes Fernández para ocupar el cargo de Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para un segundo periodo de cinco años, a partir del 16 de noviembre de 2004.

Minutas

Con proyecto de decreto, por el que se abroga la Ley para Conservar la Neutralidad del País. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto, que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional del 20 al 23 de noviembre de 2004, para participar en la XII Reunión de Líderes del Mecanismo de Cooperación Económica Asia-Pacífico, por celebrarse en Santiago de Chile, y para realizar una visita de Estado a la República de Ecuador. (Turno a Comisión)

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Tres, con los que se remiten contestaciones a puntos de acuerdo, aprobados por la Cámara de Diputados. (Turno a Comisión)

Oficio del director general del Instituto Mexicano del Seguro Social

Con el que remite informe sobre la composición y situación financiera de las inversiones del Instituto, correspondiente al tercer trimestre de 2004, de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 286 C de la Ley del Seguro Social. (Turno a Comisión)

Iniciativas de ciudadanos diputados

Que reforma los artículos 308 y 309 Bis de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Heliodoro Díaz Escárraga, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 152 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de pruebas, a cargo de la diputada Consuelo Camarena Gómez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que adiciona un Título Vigésimo Primero Bis al Código Penal Federal, con objeto de que se establezcan los delitos contra la dignidad de las personas, a cargo del diputado Pablo Franco Hernández, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado Manuel Velasco Coello, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 1819 del Código Civil Federal, a cargo del diputado José Mario Wong Pérez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de maternidad, a cargo de la diputada Blanca Gámez Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 2º de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Que reforma la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, a cargo del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el artículo 5º de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a cargo de la diputada Martha Laguette Lardizábal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

De decreto, por el que se pone a consideración del Ejecutivo federal que se declare área natural protegida el lago de Zirahuén, situado en Michoacán, a cargo del diputado Fernando Espino Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Gonzalo Alemán Migliolo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que adiciona y reforma diversos artículos de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía y de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, a cargo del diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona los artículos 73 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge de Jesús Castillo Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 171 y 173 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo de la diputada Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Que reforma el párrafo segundo del artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de la Defensa Nacional, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 3, 5, 6 y 8 de la Ley sobre Elaboración y Venta de Café Tostado.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción VI al artículo 3º de la Ley de Nacionalidad.

De la Comisión de Seguridad Pública, con proyecto de decreto que adiciona un párrafo segundo al artículo 37 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Lidia Camacho Camacho, Carlos García Priani, Virgilio Salvador Garza González, Inocente Prado López, Fernando Barona Sobrino, César Mayolo Mata Duarte y Carlos Octavio Angulo Jiménez para aceptar y usar las condecoraciones conferidas por los Gobiernos de las Repúblicas Francesa, Federativa del Brasil, de Cuba, Federal de Alemania y Bolivariana de Venezuela, y la Guardia Costera de Estados Unidos de América.

De la Comisión de Economía, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones.

Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se solicita al Ejecutivo federal que dicte instrucciones a fin de que las Secretarías de Comunicaciones y Transportes, y de Hacienda y Crédito Público realicen las acciones conducentes a cumplir el programa de inversión considerado en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2004, para la construcción y modernización de la carretera Guadalajara-Ameca, a cargo del diputado Francisco Javier Guízar Macías, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a considerar la solicitud de los diputados federales por el estado de Colima a efecto de que en ningún caso la partida presupuestal de 2005 destinada a diversos ramos administrativos sea menor de lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2004, a cargo de la diputada Graciela Larios Rivas, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Sólo turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a efecto de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005 se reasignen recursos adicionales y extraordinarios, por 402.5 millones de pesos, cantidad que equivale aproximadamente a 8 por ciento del presupuesto para el Programa Nacional de Cultura, debidamente etiquetados para el desarrollo cultural en las entidades de la Federación a través de fondos mixtos, así como radicar recursos de aportación paritaria con objeto de constituir un fondo nacional para la promoción cultural en las entidades federativas, a cargo de la diputada Elba Garfias Maldonado, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a efecto de exhortar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a distribuir inmediatamente entre las entidades federativas los 150 millones de pesos destinados en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2004 al Fondo de Reconversión Pesquera del Golfo de México, a cargo del diputado Eugenio Mier y Concha Campos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a asignar, en el análisis del Presupuesto de Egresos para 2005, recursos adicionales por 105 millones de pesos al Hospital Civil de Guadalajara, a cargo del diputado José Luis Treviño Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Cámara de Diputados que apruebe recursos suficientes para la prevención y el combate del VIH, a cargo del diputado Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las Secretarías de Comunicaciones y Transportes, y de la Función Pública, así como a la Comisión Federal de Competencia, a investigar la gestión de la Administración Portuaria Integral de Progreso, SA de CV, y la legalidad del proceso de licitación de la terminal de contenedores del puerto de altura situado en Progreso, Yucatán, a cargo del diputado Roger David Alcocer García, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a fin de revisar y modificar diversos artículos del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005, a cargo del diputado Ramón Galindo Noriega, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para enviar una enérgica amonestación al secretario de Relaciones Exteriores, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Dirección General de Bachillerato de la Secretaría de Educación Pública a investigar el Colegio de Bachilleres del municipio de Tehuacán, Puebla, entre otros de ese Estado, a efecto de que no se desvíen recursos públicos con fines partidistas, a cargo del diputado Felipe de Jesús Díaz González, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se requiere al secretario de Comunicaciones y Transportes que informe y explique sobre la política que está implantando la Coordinación General de Puertos y Marina Mercante con relación al servicio de pilotaje en los puertos de Huatulco, Oaxaca; Cabo San Lucas, Baja California Sur; e Ixtapa Zihuatanejo, Guerrero, a cargo del diputado Sergio Arturo Posadas Lara, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador de Hidalgo y al procurador federal de Protección al Ambiente a tomar -en el ámbito de sus facultades- las medidas correspondientes para la prevención y control, e iniciar una investigación, con el propósito de evaluar el impacto ambiental y promover el rescate de la presa El Manantial, en el municipio de Tizayuca, a cargo del diputado Edmundo G. Valencia Monterrubio, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para exhortar al titular del Poder Ejecutivo federal y a la Secretaría de Gobernación a declarar el 29 de septiembre como Día Nacional del Trabajador Migrante, a cargo del diputado Alfonso Nava Díaz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a establecer una tarifa 1-G, referida al cobro de energía eléctrica de uso residencial, a cargo del diputado Norberto Corella Torres, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a valorar la asignación de recursos en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005 tendentes a apoyar la construcción de la nueva biblioteca pública del estado de Jalisco, a cargo del diputado José Antonio Cabello Gil, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, respecto del voto de los mexicanos en el extranjero, a cargo del diputado Agustín Rodríguez Fuentes, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las Comisiones de Comunicaciones, y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a garantizar en ejercicio de sus facultades que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005 se destinen recursos suficientes a fin de costear el análisis, los proyectos ejecutivos, las contrataciones y la ejecución total del acceso a Puente de Ixtla, Morelos, a cargo de la diputada Rosalina Mazari Espín, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Cámara de Diputados la constitución de una comisión especial para vigilar el proceso electoral del 15 de noviembre en el estado de Puebla, a cargo del diputado Rogelio Alejandro Flores Mejía, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Presidente de la República a instruir a la representación de México ante la Organización de las Naciones Unidas para que vote en favor del proyecto presentado por Bélgica relativo a la clonación humana, a cargo del diputado Rafael García Tinajero Pérez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a efecto de que la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública considere en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005 los recursos necesarios en la construcción del libramiento oriente de la ciudad de Morelia y la conservación de carreteras en el estado de Michoacán, a cargo del diputado Fernando Espino Arévalo, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a condonar mediante una resolución de carácter general el pago de contribuciones a cargo de los pequeños contribuyentes y accesorios por haber sido afectados con la reforma del artículo 2-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado en vigor desde el 1 de enero de 2004, a cargo del diputado Juan Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública que se asignen recursos adicionales a la Secretaría de Marina, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Marina. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados a valorar y atender, al analizar, discutir y dictaminar el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005, las recomendaciones surgidas del II encuentro nacional de las instancias de las mujeres de los gobiernos de 18 estados de la República, a cargo del diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a fin de impulsar una revisión de carreteras, puentes y túneles del territorio mexicano, a cargo del diputado Ángel Pasta Muñuzuri, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para exhortar al director general y a la Junta Directiva del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica a cesar inmediatamente la represión de que son objeto los trabajadores, respetar su condición de trabajadores y reconocerles el derecho a la sindicación, a cargo del diputado Juan Pérez Medina, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a considerar en el dictamen del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2005 una partida presupuestaria mínima de 550 millones de pesos destinada a la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez, a cargo de la diputada María Ávila Serna, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se propone que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005 se destinen y se etiqueten 120 millones de pesos a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a fin de elaborar los estudios de factibilidad, técnicos y financieros, así como el proyecto ejecutivo de cuatro líneas de transporte masivo en la zona oriente del estado de México, a cargo del diputado Jesús Tolentino Román Bojórquez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que exhorta a la Cámara de Diputados a poner a votación la propuesta del reglamento para el uso y servicio del vestíbulo y patio principal del Palacio Legislativo de San Lázaro, a cargo del diputado José Antonio Cabello Gil, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se plantea adicionar en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005 un programa de energéticos agropecuarios conforme lo dispone la Ley de Energía para el Campo, a cargo del diputado Francisco Javier Carrillo Soberón, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el cual se solicita a la Comisión Nacional del Agua un informe pormenorizado de la situación actual de las reservas del agua y del estado de la economía sobre este recurso, así como de las medidas de corto, mediano y largo plazos, cobro a los usuarios, distribución y obras programadas para poder alcanzar el escenario sustentable que se visualiza en el informe Estadísticas del agua en México, 2004, a cargo del diputado Jorge Legorreta Ordorica, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Cámara de Diputados a incrementar y etiquetar en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2005 el presupuesto proyectado para la Comisión Nacional del Agua, a fin de que ésta lo aplique en la actividad prioritaria K030 (Cuenca Lerma-Chapala), a cargo del diputado Roberto Antonio Marrufo Torres, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados que se destinen recursos a la terminación del tramo carretero Mazatlán-Durango, a cargo del diputado José Evaristo Corrales Macías, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a efecto de que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales elabore y ejecute, por conducto de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, los programas de conservación y manejo en las áreas naturales protegidas carentes de este documento normativo y que se consideran prioritarias para conservar la biodiversidad y los recursos naturales, a cargo de la diputada Nancy Cárdenas Sánchez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, sobre la Universidad Tecnológica de Tlaxcala, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Presidente de la República a reformar los artículos segundo y duodécimo del Programa de Apoyos Directos al Campo, a cargo del diputado Esteban Valenzuela García, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, a fin de solicitar que la Comisión de Hacienda y Crédito Público analice y considere la opinión de la Asociación Mexicana para la Atención de Cruceros Turísticos respecto a la iniciativa de reformas de la Ley Federal de Derechos, presentada por el Ejecutivo federal a esta soberanía, y en particular a la propuesta de redacción del artículo 8 de dicho ordenamiento, a cargo del diputado Abraham Bagdadi Estrella, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a fin de crear un programa especial y estratégico para reactivar los valles del Yaqui y del Mayo, Sonora, a cargo del diputado José Lamberto Díaz Nieblas, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)

Excitativas

A la Comisión del Distrito Federal, a solicitud del diputado Roberto Colín Gamboa, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

A la Junta de Coordinación Política, a solicitud de la diputada Rosario Herrera Ascencio, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, a solicitud de la diputada Patricia Garduño Morales, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.
 
 




Proyecto de Acta
DE LA MESA DIRECTIVA DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, QUE SE SOMETERÁ A CONSIDERACIÓN DEL PLENO EL VIERNES 5 DE NOVIEMBRE DE 2004

ACTA DE LA SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, CELEBRADA EL JUEVES VEINTIOCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL CUATRO, CORRESPONDIENTE AL PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO DE LA QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA

Presidencia del diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de trescientos noventa y siete diputadas y diputados, a las diez horas con veintiún minutos del jueves veintiocho de octubre de dos mil cuatro, el Presidente declara abierta la sesión.

La Secretaría da lectura del orden del día.

La Asamblea dispensa la lectura del acta de la sesión anterior en votación económica y de la misma forma la aprueba.

Comunicación del diputado Jorge Ortiz Alvarado con la que solicita licencia por tiempo indefinido para separarse del cargo de diputado federal electo en la cuarta circunscripción plurinominal. La Secretaría da lectura a los puntos de acuerdo por los que se concede la licencia solicitada y se llama al suplente y la Asamblea los aprueba en votación económica.

El Presidente informa que a las puertas del recinto se encuentra el ciudadano Alejandro Ismael Murat Hinojosa, electo como diputado federal suplente en la cuarta circunscripción plurinominal, y designa una comisión que lo introduce y acompaña al rendir su protesta de ley.

Comunicación del diputado Fernando Alberto García Cuevas con la que solicita licencia temporal para separarse del cargo de diputado federal electo en el segundo distrito del estado de México. La Secretaría da lectura al punto de acuerdo por el que se concede la licencia solicitada y la Asamblea lo aprueba en votación económica.

Comunicaciones de los congresos de los estados de:

Coahuila, con acuerdo por el que solicita que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil cinco, se destinen los recursos necesarios para que los órganos de fiscalización superiores de los estados, puedan dar cumplimiento al Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Hidalgo, con acuerdo en relación con el similar del Congreso del estado de Sonora por el que se pronuncia a favor de los usuarios de carreteras de esa entidad federativa por los retrasos y pérdidas económicas que producen los puntos de revisión instalados por el Ejército Mexicano y por la Procuraduría General de la República. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Nayarit, con acuerdo por el que solicita que los recursos de Alianza para el Campo y otros programas del sector rural para el ejercicio fiscal de dos mil cinco, se asignen directamente a los municipios. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Nayarit, con acuerdo por el que solicita la creación de un fideicomiso que administre el fondo para los trabajadores mexicanos braceros del periodo mil novecientos cuarenta y dos - mil novecientos sesenta y cuatro. Se turna a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y Especial para dar seguimiento a los fondos de los trabajadores mexicanos braceros.

San Luis Potosí, con acuerdo por el que solicita sumarse al exhorto al Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, para que amplíe su apartado correspondiente en materia de discapacidad. Se turna a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para su conocimiento.

Veracruz, con acuerdo por el que solicita que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil cinco, se destinen mayores recursos a la educación. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Comunicaciones de la Junta de Coordinación Política: Con la que propone cambios en la integración de la Mesa Directiva de la Comisión de Turismo. Se aprueba en votación económica.

Con las que informa de cambios en la integración de las comisiones de Ciencia y Tecnología; de Desarrollo Social; de Trabajo y Previsión Social; de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación; de Reforma Agraria; de Relaciones Exteriores; de Asuntos Indígenas; Especial del Café y de Seguridad Social. De enterado.

El Congreso del estado de Veracruz remite iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo treinta y tres de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación. Se turna a la Comisión de Gobernación.

Oficios de la Secretaría de Gobernación:

Dos, con los que remite contestaciones de las secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Economía al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados por el que se solicitan informes trimestrales sobre presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de metas y objetivos, con base en los indicadores de resultados previstos en las reglas de operación. Se turnan a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

Uno, con el que remite contestación de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, a fin de que informe sobre diversas disposiciones relativas a la operación de esa dependencia y, en su caso, del Programa Especial Concurrente. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su conocimiento.

Uno, con el que remite el Informe de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, correspondiente al tercer trimestre de dos mil cuatro, del avance físico financiero del Programa de Desarrollo Institucional Ambiental, así como del Programa de Empleo Temporal. Se turna a las comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Presupuesto y Cuenta Pública.

Dos, con los que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados relativos a la implantación de un programa nacional que permita el tratamiento de residuos peligrosos y su inocuidad, utilizando tecnología de punta, y a la salvaguarda de la comunidad coralina conocida como Los Jardines. Se turnan a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento.

La Cámara de Senadores remite dos iniciativas con proyectos de decreto por los que: Se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, presentada por el senador Fauzi Hamdán Amad, del Partido Acción Nacional.

Se reforman diversas disposiciones fiscales, presentada por la senadora Érika Larregui Nagel, del Partido Verde Ecologista de México.

Se turnan a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

La Cámara de Senadores remite minuta proyecto de decreto que adiciona una fracción sexta al artículo diecinueve, un párrafo tercero al artículo veinte bis dos y modifica el artículo cincuenta y uno de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores con proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional del dos al seis de noviembre de dos mil cuatro, a efecto de realizar una visita de trabajo a la República de Panamá y participar en la décima octava Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río, que se realizará en Río de Janeiro, Brasil; así como el diecinueve de noviembre del mismo año, para participar en la Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, a celebrarse en San José de Costa Rica. Es de primera lectura. En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen y sin discusión se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto respectivo por trescientos sesenta y siete votos en pro, uno en contra y cinco abstenciones.

Presidencia del diputado Francisco Arroyo Vieyra

El Presidente declara aprobado el proyecto de decreto de referencia. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Es de primera lectura. En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen. El diputado Gustavo Enrique Madero Muñoz, del Partido Acción Nacional, a nombre de la Comisión fundamenta el dictamen y propone una adición al artículo veintinueve de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, misma que la Asamblea admite en votación económica.

A discusión en lo general y en lo particular, con la adición admitida, hablan los diputados: Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, del Partido Revolucionario Institucional, en contra; y Guillermo Huízar Carranza, del Partido de la Revolución Democrática, en pro. Contesta alusiones personales el diputado Gutiérrez de la Garza.

La Asamblea considera suficientemente discutido el dictamen en votación económica y la Secretaría recoge la votación nominal respectiva, en lo general y en lo particular con la adición admitida, misma que resulta aprobatoria por trescientos ochenta y cinco votos en pro, cinco en contra y seis abstenciones. Durante la votación de referencia, el diputado Julio Boltvinik Kalinka, del Partido de la Revolución Democrática, solicita desde su curul la lectura de la adición admitida y la Presidencia instruye a la Secretaría a atender lo solicitado.

Presidencia del diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera

El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto de referencia. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma, adiciona, deroga y establece diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos. Es de primera lectura. En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen. Sin discusión se aprueba en lo general y en lo particular por trescientos noventa y un votos en pro, uno en contra y dos abstenciones. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma, adiciona, deroga y establece diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Es de primera lectura. En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen. Desde su curul el diputado Miguel Ángel Toscano Velasco, del Partido Acción Nacional, informa que existen diferencias en el dictamen entre lo publicado en la Gaceta Parlamentaria y lo aprobado en la Comisión Dictaminadora y solicita aclaraciones al respecto. También desde su curul hablan los diputados: Gustavo Enrique Madero Muñoz, del Partido Acción Nacional, y Óscar González Yáñez, del Partido del Trabajo, ambos para solicitar se posponga momentáneamente el desahogo de este dictamen; y Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, del Partido Revolucionario Institucional, quien solicita posponer también los otros dictámenes en materia hacendaria. El Presidente atiende lo solicitado.

Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores con proyecto de decreto que adiciona una fracción sexta al artículo tercero de la Ley de Nacionalidad. Es de primera lectura.

Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública con proyecto de decreto que adiciona un párrafo segundo al artículo treinta y siete de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada. Es de primera lectura.

Dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que concede permiso a siete ciudadanos para aceptar y usar las condecoraciones conferidas por los gobiernos de las repúblicas: Francesa, Federativa del Brasil, de Cuba, Federal de Alemania y Bolivariana de Venezuela, así como por la Guardia Costera de los Estados Unidos de América. Es de primera lectura.

La Asamblea, en votación económica, dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores con proyecto de decreto que reforma el artículo cuarto transitorio de la Ley de Nacionalidad. Es de segunda lectura. Sin discusión se aprueba en lo general y en lo particular por trescientos setenta y siete votos en pro, ninguno en contra y seis abstenciones. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma el artículo cuarenta y cuatro de la Ley de Coordinación Fiscal. Es de segunda lectura. Habla en pro el diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, del Partido Revolucionario Institucional. Sin nadie más que solicite la palabra, la Secretaría recoge la votación nominal en lo general y en lo particular del proyecto de decreto, misma que resulta aprobatoria por trescientos sesenta y tres votos en pro, ninguno en contra y ocho abstenciones. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

Dictamen de la Comisión de Transportes con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a que realice los estudios técnicos necesarios para la construcción de la línea del tren suburbano que conecte a diversos municipios del estado de México. Sin discusión se aprueba en votación económica. Comuníquese.

Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Seguridad Pública y a la Procuraduría General de la República a que agilicen el otorgamiento del beneficio preliberacional a las personas sentenciadas, en los casos procedentes. Sin discusión se aprueba en votación económica. Comuníquese.

Presentan iniciativas con proyectos de decreto los diputados:

José Antonio Cabello Gil, del Partido Acción Nacional, que expide la Ley que crea el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes. Se turna a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Cultura.

Arturo Nahle García, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma diversos artículos de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

Juan Fernando Perdomo Bueno, de Convergencia, que adiciona un Título Octavo a la Ley General de Bienes Nacionales. Se turna a la Comisión de Gobernación.

Guadalupe de Jesús Vizcarra Calderón, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo ciento quince de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Presidencia del diputado Francisco Arroyo Vieyra

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Marisol Urrea Camarena, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo cuarto de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Se turna a la Comisión de Juventud y Deporte.

Abraham Bagdadi Estrella, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo setenta y tres del Código Fiscal de la Federación. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Comunicación de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos con acuerdo que rige la actuación de la Cámara de Diputados como Jurado de Procedencia para conocer del dictamen emitido por la Sección Instructora en el expediente SI/ cero uno/ cero cuatro, relativo al procedimiento de declaración de procedencia solicitado en contra del ciudadano René Juvenal Bejarano Martínez, diputado con licencia a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, Tercera Legislatura. Se reserva el artículo primero, segundo párrafo, para la discusión en lo particular. Se aprueba en lo general y en lo particular los artículos no reservados en votación económica. Se refieren al artículo reservado los diputados: Luis Eduardo Espinoza Pérez, del Partido de la Revolución Democrática, en contra y propone modificaciones; y Wintilo Vega Murillo, del Partido Revolucionario Institucional, en pro de los términos del acuerdo, y acepta dos interpelaciones de la diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero, del Partido de la Revolución Democrática. La Secretaría da lectura a la modificación propuesta por el diputado Espinoza Pérez y la Asamblea la desecha en votación económica. Se aprueba el artículo primero, segundo párrafo, en los términos del acuerdo, en votación económica.

Continúan la presentación de iniciativas con proyecto de decreto los diputados:

Manuel Velasco Coello, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo ciento doce de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Armando Leyson Castro, del Partido Revolucionario Institucional, que adiciona el artículo cincuenta de la Ley de Vías Generales de Comunicación. Se turna a la Comisión de Transportes.

Raúl Rogelio Chavarría Salas, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo veintiséis del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Presidencia de la diputada María Marcela González Salas y Petricioli

Se turna a la Comisión de Gobernación.

Rafael Candelas Salinas, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Poder Judicial. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Alejandro Agundis Arias, del Partido Verde Ecologista de México, que adiciona los artículos ciento cincuenta bis y ciento cincuenta ter a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos ciento tres y ciento siete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión Justicia y Derechos Humanos.

Hugo Rodríguez Díaz, del Partido Revolucionario Institucional, que adiciona el artículo veintisiete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Javier Orozco Gómez, del Partido Verde Ecologista de México, que reforma el artículo noventa y siete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y deroga diversas disposiciones de los artículos trece y dieciocho de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Se turna a la Comisión de Gobernación.

Abdallán Guzmán Cruz, del Partido de la Revolución Democrática, que expide la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Compensación para los Trabajadores Mexicanos Braceros Migratorios en Estados Unidos de América del periodo mil novecientos cuarenta y dos a mil novecientos sesenta y cuatro. Se turna a la Comisión Hacienda y Crédito Público.

Clara Marina Brugada Molina, del Partido de la Revolución Democrática, que adiciona un Título Sexto a la Ley General de Desarrollo Social y que adiciona el artículo cuatrocientos seis y reforma el artículo cuatrocientos siete del Código Penal Federal. Se turna a las Comisiones Unidas de Desarrollo Social y de Justicia y Derechos Humanos.

Federico Döring Casar, del Partido Acción Nacional, que reforma los artículos setenta y tres y ciento diecisiete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La Presidenta informa de la recepción de la iniciativa y la turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos tercero, quinto, sexto y octavo de la Ley sobre Elaboración y Venta de Café Tostado. Es de primera lectura.

Dictamen de la Comisión de Economía con proyecto de decreto que reforma la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones. Es de primera lectura.

Presentan proposiciones con puntos de acuerdo los diputados:

María Ávila Serna, del Partido Verde Ecologista de México, para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a que realice estudios para decretar la zona marina ubicada al norte del Parque Nacional Isla Contoy y al noroeste del área de protección de la flora y fauna de Yum Balam, como área natural protegida. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán, del Partido Verde Ecologista de México, para exhortar a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a que investiguen la muerte de delfines y tortugas en las costas de Campeche. Se turna a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Raúl Piña Horta, del Partido Verde Ecologista de México, para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio de dos mil cinco, se consideren recursos adicionales para el Centro Nacional para la Prevención y Control del virus de inmunodeficiencia humana - síndrome de inmunodeficiencia adquirida y para el Centro de Investigaciones Infecciosas del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Durante la presentación de la proposición de referencia, desde su curul el diputado Manuel Velasco Coello, del Partido Verde Ecologista de México, solicita la verificación de quórum y la Presidenta instruye a la Secretaría a abrir el sistema electrónico de asistencia para atender lo solicitado.

José Julián Sacramento Garza, del Partido Acción Nacional, para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, al gobierno del estado de Tamaulipas y al municipio de Matamoros, a revisar la instalación de un relleno sanitario en ese municipio y solicita trámite de urgente resolución. La Asamblea considera de esa manera el asunto en votación económica. Habla en pro la diputada Alejandra Méndez Salorio, del Partido Verde Ecologista de México. La Asamblea considera suficientemente discutido el punto de acuerdo en votación económica y de la misma forma lo aprueba. Comuníquese. Con el registro de trescientos cincuenta y cinco diputadas y diputados la Secretaría confirma la existencia de quórum.

Alfonso Juventino Nava Díaz, del Partido Revolucionario Institucional, para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil cinco se cumpla el incremento anual considerado en el artículo segundo transitorio del decreto que reforma el artículo nueve bis de la Ley de Ciencia y Tecnología, y solicita trámite de urgente resolución. La Asamblea considera de esa forma el asunto en votación económica. Habla en pro el diputado Omar Ortega Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática. La Asamblea considera suficientemente discutido el punto de acuerdo en votación económica y de la misma manera lo aprueba. Comuníquese.

Jesús Emilio Martínez Álvarez, de Convergencia, para solicitar al titular de Petróleos Mexicanos un informe sobre el proceso de baja y contratación de buques - tanque. La Presidenta informa de la recepción de esta proposición y la turna a la Comisión de Energía.

Julián Nazar Morales, del Partido Revolucionario Institucional, para solicitar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, fije con los productores de maíz del estado de Chiapas, un ingreso objetivo a la tonelada de maíz.

Presidencia del diputado Francisco Arroyo Vieyra

Se turna a la Comisión de Agricultura y Ganadería.

Jaime del Conde Ugarte, del Partido Acción Nacional, para solicitar el inicio de los trabajos legislativos relacionados con las reformas estructurales y solicita trámite de urgente resolución. La Asamblea considera de esa manera el asunto en votación económica. Desde su curul el diputado Luis Eduardo Espinoza Pérez, del Partido de la Revolución Democrática, expresa dudas sobre el resultado de la votación y el Presidente consulta a la Secretaría al respecto, reiterando ésta el resultado. En contra hablan los diputados Pablo Franco Hernández y Francisco Javier Carrillo Soberón, del Partido de la Revolución Democrática. En sendas votaciones económicas, la Asamblea considera suficientemente discutido el punto de acuerdo y lo desecha.

Eliana García Laguna, del Partido de la Revolución Democrática, para solicitar la realización de un peritaje técnico a los sistemas de comunicación de la Cámara de Diputados, en particular los de telefonía, a fin de detectar posibles prácticas de espionaje y solicita trámite de urgente resolución. La Asamblea no considera de esa manera el asunto en votación económica y el Presidente turna la proposición a la Comisión de Gobernación.

De Convergencia, para solicitar a la Procuraduría General de Justicia del estado de Oaxaca, una investigación sobre las agresiones a los voceadores de la ciudad de Oaxaca. El Presidente informa de la recepción de la proposición y la turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

María del Consuelo Rafaela Rodríguez de Alba, a nombre propio y del diputado Arturo Robles Aguilar, del Partido Revolucionario Institucional, para exhortar al secretario de Gobernación a que en la conducción de la política interior, se sujete al marco de la legalidad. Se turna a la Comisión de Gobernación.

Omar Ortega Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática, para exhortar al Ejecutivo Federal a que en la quincuagésima novena sesión de la Asamblea de la Organización de las Naciones Unidas, emita un voto a favor de la experimentación con células troncales de embriones vivos y transplante nuclear con fines de investigación y terapéuticos, y en contra de la clonación con fines reproductivos y eugenésicos, y solicita trámite de urgente resolución. Hablan desde sus curules los diputados: Wintilo Vega Murillo, del Partido Revolucionario Institucional, para objetar el trámite; y Ortega Álvarez, quien acepta que su proposición se turne a comisión. Se turna a la Comisión de Salud.

Marbella Casanova Calam, del Partido de la Revolución Democrática, para exhortar al gobierno y al Congreso del estado de Yucatán, a fin de que instrumenten acciones para transparentar y fiscalizar los recursos públicos ejercidos por las secretarías estatales de Desarrollo Social y de Desarrollo Rural y Pesca, así como los destinados a los municipios de esa entidad federativa. Se turna a la Comisión de Gobernación.

Laura Elena Martínez Rivera, del Partido Revolucionario Institucional, para que se reasigne parte del presupuesto del Instituto de Mexicanos en el Exterior. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Homero Díaz Rodríguez, a nombre propio y del diputado Gonzalo Alemán Migliolo, del Partido Revolucionario Institucional, para exhortar al Poder Ejecutivo Federal a que el proyecto petroquímico Fénix se ejecute en el puerto industrial de Altamira, Tamaulipas. Se turna a la Comisión de Energía.

Abdallán Guzmán Cruz, del Partido de la Revolución Democrática, en relación con la situación de indígenas integrantes de la Unión Campesina Independiente detenidos en el estado de Puebla. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Pedro Ávila Nevárez, del Partido Revolucionario Institucional, para realizar un homenaje y hacer entrega de un reconocimiento público, a los atletas mexicanos Ana Gabriela Guevara Espinoza, Hugo Sánchez Márquez y Julio César Chávez González. Se turna a la Comisión de Juventud y Deporte.

Alfonso Rodríguez Ochoa, del Partido Revolucionario Institucional, para que las disposiciones relativas a la repatriación de capitales, no se contemplen en las disposiciones transitorias de la Ley del Impuesto sobre la Renta, sino en sus disposiciones permanentes. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Francisco Alberto Jiménez Merino, del Partido Revolucionario Institucional, para que se consideren recursos para el Programa Regional de las Mixtecas Agua y Seguridad Alimentaria, en el ejercicio fiscal de dos mil cinco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Raúl Leonel Paredes Vega, del Partido Acción Nacional, para exhortar a los ayuntamientos costeros del país a dar cumplimiento al Programa Nacional de Turismo dos mil - dos mil seis. Se turna a la Comisión de Turismo.

José Guillermo Aréchiga Santamaría, del Partido Revolucionario Institucional, para ampliar los recursos del sector educativo en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil cinco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

María del Rosario Herrera Ascencio, del Partido de la Revolución Democrática, para extender la vigencia del Grupo de Trabajo para la evaluación de los programas gubernamentales sujetos a reglas de operación, y solicita trámite de urgente resolución. La Asamblea considera de esa forma el asunto en votación económica y sin discusión aprueba el punto de acuerdo de la misma manera. Comuníquese.

Armando Leyson Castro, del Partido Revolucionario Institucional, para exhortar al Ejecutivo Federal a poner en operación el Centro de Readaptación Social de Guasave, Sinaloa.

Presidencia de la diputada María Marcela González Salas y Petricioli

Se turna a la Comisión de Seguridad Pública

Jorge Legorreta Ordorica, del Partido Verde Ecologista de México, para exhortar al Poder Ejecutivo Federal instruya a la Secretaría de Relaciones Exteriores a que omita impulsar la candidatura del ciudadano Ernesto Zedillo Ponce de León al cargo de Secretario General de la Organización de Estados Americanos y solicita trámite de urgente resolución. La Asamblea considera de esa manera el asunto en votación económica y sin discusión aprueba el punto de acuerdo de la misma forma. Comuníquese.

Jesús Emilio Martínez Álvarez, de Convergencia, en relación con el impacto de la aplicación del impuesto especial sobre producción y servicios al gas licuado de petróleo para la combustión automotriz. El Presidente informa de la recepción de la proposición y la turna a las comisiones de Hacienda y Crédito Público; de Energía; de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Desarrollo Rural, en el ámbito de su competencia.

Marko Antonio Cortés Mendoza, del Partido Acción Nacional, para solicitar a las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Economía, la simplificación de trámites para la importación de vehículos y equipos de emergencia recibidos en donación para seguridad pública, protección civil y bomberos. Se turna a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Economía.

Inti Muñoz Santini, del Partido de la Revolución Democrática, para que no se reduzcan los recursos destinados a educación, cultura, ciencia y tecnología en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil cinco. Se turna a las comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos y de Presupuesto y Cuenta Pública.

Gonzalo Guízar Valladares, del Partido Revolucionario Institucional, para que en la elaboración del dictamen de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil cinco, se estudie la posibilidad de otorgar estímulos fiscales a los contribuyentes que promuevan y fomenten la cultura física y el deporte. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Ramón Galindo Noriega, del Partido Acción Nacional, para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil cinco, los municipios sean beneficiados con los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Horacio Martínez Meza, del Partido de la Revolución Democrática, para crear una subcomisión de trabajo que verifique las obras realizadas por la empresa Gas Natural de México, Sociedad Anónima, en el Distrito Federal. Se turna a las Comisiones Unidas de Energía y del Distrito Federal.

José Manuel Carrillo Rubio, del Partido Revolucionario Institucional, para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil cinco se aumente el presupuesto de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Óscar Félix Ochoa, del Partido Revolucionario Institucional, para que se incluyan en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil cinco, los recursos suficientes para la conclusión de la segunda etapa del proyecto Elota - Piaxtla, en el estado de Sinaloa. Se turna a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Recursos Hidráulicos. Desde su curul, el diputado Jorge Legorreta Ordorica, del Partido Verde Ecologista de México, solicita verificación de quórum y la Presidenta instruye a la Secretaría a abrir el sistema electrónico de asistencia para el efecto.

Paulo José Luis Tapia Palacios, del Partido Revolucionario Institucional, para que se aumenten los recursos de la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil cinco. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Álvaro Burgos Barrera, del Partido Revolucionario Institucional, para exhortar a la Secretaría de Economía a que implemente programas para fomentar las artesanías en la República Mexicana. Se turna a la Comisión de Economía.

Blanca Amelia Gámez Gutiérrez, del Partido Acción Nacional, para condenar el bloqueo económico de Estados Unidos de América sobre Cuba. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores. La Secretaría informa del registro de trescientos veintiséis diputadas y diputados, confirmando la existencia de quórum.

Laura Elena Martínez Rivera, del Partido Revolucionario Institucional, en relación con las acciones para atacar y evitar la explotación de niñas en los Estados Unidos de América por parte de la Secretaría de Relaciones Exteriores y solicita trámite de urgente resolución. La Asamblea considera de esa forma el asunto en votación económica y sin discusión aprueba el punto de acuerdo de la misma manera. Comuníquese.

José Orlando Pérez Moguel, del Partido Acción Nacional, a nombre propio y del diputado Roger David Alcocer García, del Partido Revolucionario Institucional, para que se etiqueten recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil cinco, para un dragado de construcción y mantenimiento en el puerto de Progreso, Yucatán. Se turna a la Comisión a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Omar Ortega Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática, a fin de que se consideren en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil cinco, recursos para la creación de plazas al personal científico y tecnológico de los centros públicos de investigación del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Se turna a la Comisión a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Claudia Ruiz Massieu Salinas, del Partido Revolucionario Institucional, a nombre propio y de diputados de los grupos parlamentarios de los partidos Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo y de Convergencia, para interponer una controversia constitucional en contra del Poder Ejecutivo Federal por la expedición, publicación y entrada en vigor del Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos. En votación económica se considera de urgente resolución, y ante la duda expresada desde curul por el diputado José Antonio Pablo de la Vega Asmitia, del Partido Acción Nacional, se recoge votación nominal. Por doscientos cuarenta y seis votos a favor y ciento seis en contra, se considera de urgente resolución. Habla en pro el diputado Arturo Nahle García, del Partido de la Revolución Democrática. La Asamblea considera suficientemente discutido el punto de acuerdo en votación económica y de la misma manera lo aprueba. Comuníquese.

Salvador Márquez Lozornio, del Partido Acción Nacional, para exhortar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a que implemente una campaña de difusión sobre el régimen de pequeños contribuyentes. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

A las dieciocho horas con cincuenta minutos, y a solicitud de los coordinadores de los grupos parlamentarios, la Presidenta declara un

RECESO

Presidencia del diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera

A las veinte horas con cuarenta minutos se reanuda la sesión.

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma, adiciona, deroga y establece diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Desde su curul el diputado Francisco Javier Valdéz de Anda, del Partido Acción Nacional, solicita la palabra para presentar una moción suspensiva y el Presidente no considera procedente la solicitud. Es de primera lectura. En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen. Sin nadie que solicite la palabra, el Presidente informa de los artículos reservados. La Secretaría recoge la votación en lo general y en lo particular de los artículos no reservados, misma que resulta aprobatoria por trescientos ochenta y ocho votos en pro, ninguno en contra y ninguna abstención.

Hablan en contra del artículo segundo, fracción primera, inciso f), reservado, los diputados: Francisco Amadeo Espinosa Ramos, del Partido del Trabajo; Arturo Nahle García, del Partido de la Revolución Democrática; Jesús Emilio Martínez Álvarez, de Convergencia; María Esther de Jesús Scherman Leaño, Pedro Ávila Nevárez, ambos del Partido Revolucionario Institucional; y Jorge Luis Preciado Rodríguez, del Partido Acción Nacional. La Asamblea considera suficientemente discutido el artículo reservado de referencia en votación económica y la Secretaría recoge la votación nominal respectiva, misma que arroja los siguientes resultados: tres votos en pro, trescientos ochenta y ocho votos en contra y cuatro abstenciones. No se aprueba el inciso f) de la fracción primera del artículo segundo.

Se retiran las reservas de los artículos dos - C y dos - D.

Se concede la palabra al diputado José María de la Vega Lárraga, del Partido Acción Nacional, para referirse a los artículos reservados: segundo, fracciones primera, inciso i), y segunda, inciso a); tercero, fracción décima octava; cinco - A y octavo, fracción primera, inciso h), y propone adiciones en cada caso. Desde su curul hablan los diputados: Wintilo Vega Murillo, del Partido Revolucionario Institucional, para solicitar aclaraciones sobre la intervención del diputado De la Vega Lárraga, que el Presidente hace; y Arturo Nahle García, del Partido de la Revolución Democrática, para hacer comentarios de procedimiento. La Asamblea desecha en votación económica la adición propuesta para el artículo segundo reservado, fracción primera, inciso i). Hablan desde su curul los diputados: De la Vega Lárraga, para solicitar la lectura de su propuesta de adición al artículo segundo, fracción segunda, inciso a); y José Luis Treviño Rodríguez, del Partido Acción Nacional, para solicitar con el apoyo de otros diputados que la votación respectiva sea nominal, y por ciento dieciocho votos en pro, doscientos setenta y tres en contra y once abstenciones, se desecha la adición de referencia.

Se recoge la votación de los artículos dos - C y dos - D, reservados, y por ningún voto en pro, trescientos noventa y cinco en contra y cuatro abstenciones, no se aprueban. Durante ella, la diputada María Esther de Jesús Scherman Leaño, del Partido Revolucionario Institucional, solicita aclaraciones sobre el sentido de la votación que el Presidente hace.

Se concede la palabra a la diputada María Cristina Díaz Salazar, del Partido Revolucionario Institucional, quien propone adiciones a las fracciones cuarta y quinta del artículo tercero reservado, y al artículo segundo transitorio. La Asamblea aprueba en sendas votaciones económicas las dos adiciones propuestas al artículo tercero.

Habla la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del Partido Acción Nacional, para referirse a los artículos: tercero, fracción segunda; y diecinueve, fracción quinta, y propone adiciones. En contra de las propuestas habla el diputado José Manuel Carrillo Rubio, del Partido Revolucionario Institucional. La Asamblea desecha ambas adiciones propuestas en sendas votaciones económicas.

En sendas votaciones económicas se desechan las adiciones propuestas por el diputado José María de la Vega Lárraga para los artículos: tercero, fracción décima octava; cinco - A; y octavo, fracción primera, inciso h).

Desde su curul el diputado Luis Eduardo Espinoza Pérez, del Partido de la Revolución Democrática, solicita una moción de procedimiento que la Presidencia considera procedente.

En virtud de que se retira la reserva del artículo trece, fracción quinta, la Secretaría recoge la votación nominal respectiva en los términos del dictamen, misma que resulta aprobatoria por trescientos noventa y tres votos en pro, uno en contra y tres abstenciones.

Se aprueba el artículo diecinueve, fracción quinta, en sus términos, por trescientos noventa y dos votos en pro, ninguno en contra y cuatro abstenciones.

Desde su curul el diputado Gustavo Enrique Madero Quiroga, del Partido Acción Nacional, a nombre de la Comisión solicita se desechen la fracción décima séptima del artículo tercero y las fracciones vigésima y vigésima primera del artículo diecinueve. También desde su curul la diputada María Esther de Jesús Scherman Leaño, del Partido Revolucionario Institucional, apoya la propuesta de la Comisión.

Hablan desde su curul para solicitar aclaraciones o hacer comentarios de procedimiento los diputados: Julio Boltvinik Kalinka, del Partido de la Revolución Democrática; Wintilo Vega Murillo, del Partido Revolucionario Institucional, en dos ocasiones; y Luis Eduardo Espinoza Pérez, del Partido de la Revolución Democrática.

Por seis votos en pro, trescientos ochenta en contra y cuatro abstenciones, no se aprueban la fracción décima séptima del artículo tercero y las fracciones vigésima y vigésima primera del artículo diecinueve.

Desde su curul el diputado Guillermo Huízar Carranza, del Partido de la Revolución Democrática, propone suprimir el contenido del artículo segundo transitorio del proyecto de decreto y la Asamblea admite la propuesta en votación económica. Por cero votos en pro, trescientos ochenta y seis en contra y una abstención no se aprueba el artículo segundo transitorio del proyecto de decreto.

Desde su curul la diputada María Esther de Jesús Scherman Leaño, del Partido Revolucionario Institucional, solicita desahogar la adición propuesta al artículo segundo transitorio presentada por la diputada María Cristina Díaz Salazar, del mismo Partido, y la Asamblea la admite en votación económica. Por trescientos setenta y siete votos en pro, cuatro en contra y dos abstenciones, se aprueba la adición del artículo segundo transitorio.

Presenta adiciones al artículo octavo, fracción primera, inciso f), reservado, el diputado Cruz López Aguilar, del Partido Revolucionario Institucional. Habla en pro de la adición el diputado Julián Nazar Morales, del mismo Partido. En pro de los términos del dictamen y en contra de la adición hablan los diputados: Rogelio Franco Castán, del Partido de la Revolución Democrática; y Juan Fernando Perdomo Bueno, de Convergencia. Desde su curul el diputado Jesús Antonio Nader Nasrallah, del Partido Acción Nacional, con el apoyo de otros diputados, solicita votación nominal y por setenta y nueve votos en pro, doscientos ochenta y seis en contra y veintiún abstenciones

Presidencia del diputado Francisco Arroyo Vieyra

se desechan las adiciones propuestas.

Se aprueba el artículo tercero con las adiciones admitidas a las fracciones cuarta y quinta por trescientos ochenta y dos votos en pro, tres en contra y dos abstenciones.

Se retiran las reservas del artículo tercero transitorio, mismo que se aprueba en los términos del dictamen por trescientos setenta y cinco votos en pro, uno en contra y cinco abstenciones.

El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma, adiciona, deroga y establece diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

El Presidente informa de la recepción del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos. Desde su curul el diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, del Partido Revolucionario Institucional, solicita aclaraciones sobre el momento en que se desahogaría el dictamen referido y el Presidente informa que sería de inmediato. La Asamblea aprueba su incorporación en el orden del día en votación económica. Es de primera lectura. En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen. Desde su curul el diputado Julio Boltvinik Kalinka, del Partido de la Revolución Democrática, hace una moción de procedimiento que el Presidente considera pertinente. Se reserva el artículo segundo transitorio del proyecto de decreto. Sin nadie que solicite la palabra, la Secretaría recoge la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos no reservados, misma que resulta aprobatoria por trescientos ochenta y un votos en pro y una abstención. El Presidente informa que se retira la reserva del artículo segundo transitorio.

El diputado Mario Ernesto de San Alberto Magno Dávila Aranda, del Partido Acción Nacional, a nombre de diputados de diversos grupos parlamentarios, propone adicionar un artículo ochenta y cinco - A a la Ley Federal de Derechos. Hablan en pro de la adición los diputados: Antonio Mejía Haro, del Partido de la Revolución Democrática; y Fernando Ulises Adame de León, del Partido Revolucionario Institucional. La Asamblea admite la adición propuesta en votación económica y aprueba el artículo ochenta y cinco - A por trescientos setenta y un votos en pro y cuatro abstenciones.

Para referirse al artículo segundo transitorio del proyecto de decreto, reservado, sube a la tribuna el diputado José Evaristo Corrales Macías, del Partido Acción Nacional, quien a nombre de la Comisión de Pesca presenta propuesta para adicionar las fracciones octava y novena que la Asamblea admite en votación económica.

Se aprueba el artículo segundo transitorio con las adiciones admitidas por trescientos ochenta y cuatro votos en pro y tres abstenciones.

Presidencia del diputado Juan de Dios Castro Lozano

El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma, adiciona, deroga y establece diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Impuesto al Activo. Es de primera lectura. En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen. El diputado Francisco Suárez Dávila, del Partido Revolucionario Institucional, a nombre de la Comisión fundamenta el dictamen y propone modificaciones que la Asamblea admite en votación económica. Incorpórense al dictamen. El Presidente informa de la recepción de una fe de erratas y la Asamblea aprueba su incorporación al texto del dictamen en votación económica. Sin nadie que solicite el uso de la palabra, el Presidente informa de los artículos reservados. Desde su curul el diputado Julio Boltvinik Kalinka, del Partido de la Revolución Democrática, solicita una moción de procedimiento que el Presidente considera procedente. La Secretaría recoge la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos no reservados, misma que resulta aprobatoria por trescientos noventa y nueve votos en pro, cero en contra y cero abstenciones.

Se concede la palabra al diputado José Adolfo Murat Macías, del Partido Revolucionario Institucional, para referirse a los artículos veintinueve, último párrafo; treinta y uno, fracción décima novena, segundo párrafo; treinta y dos, fracción décima séptima; y doscientos dieciséis bis, inciso b), de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y propone modificaciones y adiciones, así como también adiciones al artículo tercero transitorio de las disposiciones transitorias de dicha Ley. Desde su curul hablan los diputados: Guillermo Huízar Carranza, del Partido de la Revolución Democrática, para solicitar la lectura de las propuestas; Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara, del Partido de la Revolución Democrática, en dos ocasiones, para hacer aclaraciones sobre las propuestas del diputado Murat Macías, y el Presidente hace comentarios de procedimiento; Juan Francisco Molinar Horcasitas, del Partido Acción Nacional, para apoyar las aclaraciones de la diputada Bernal Ladrón de Guevara; Wintilo Vega Murillo, del Partido Revolucionario Institucional, para hacer comentarios de procedimiento; y Murat Macías, quien admite las aclaraciones de la diputada Bernal Ladrón de Guevara.

El Presidente hace comentarios de procedimiento y desde su curul el diputado Vega Murillo hace comentarios en el mismo sentido. El Presidente informa del procedimiento para desahogar los artículos reservados. La Secretaría da lectura a las propuestas del diputado Murat Macías. Desde su curul el diputado Huízar Carranza solicita que las propuestas se voten por separado y en sendas votaciones económicas se admiten. Nuevamente desde su curul el diputado Huízar Carranza informa que falta desahogar la adición propuesta al artículo tercero transitorio; la Secretaría le da lectura y la Asamblea la admite en votación económica.

Habla en contra de los artículos cuarenta y cinco - A, cuarenta y cinco - B, cuarenta y cinco - C, cuarenta y cinco - D, cuarenta y cinco - E, cuarenta y cinco - F, cuarenta y cinco G, cuarenta y cinco - H y cuarenta y cinco - I, reservados, el diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, de Convergencia. Sin nadie más que solicite la palabra, se recoge la votación de esos artículos en los términos del dictamen, misma que resulta aprobatoria por trescientos setenta y seis votos en pro, nueve en contra y seis abstenciones. Durante ella, desde su curul el diputado Julio Boltvinik Kalinka, del Partido de la Revolución Democrática, solicita aclaraciones sobre el sentido de la votación y el Presidente atiende lo solicitado.

Desde su curul el diputado Juan Francisco Molinar Horcasitas, del Partido Acción Nacional, solicita se desahogue a continuación la reserva de la fracción quinta del artículo tercero transitorio y la Asamblea aprueba la solicitud en votación económica.

Se refiere al artículo tercero transitorio, fracción quinta, reservado, el diputado Francisco Suárez Dávila, del Partido Revolucionario Institucional, propone modificaciones y admite una interpelación del diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez, de Convergencia. La Secretaría da lectura a las modificaciones propuestas, recoge votación económica y en virtud de existir dudas sobre el resultado, recaba votación nominal, y por ciento setenta y ocho votos en pro, doscientos tres en contra y once abstenciones, se desecha. La Asamblea considera suficientemente discutida la fracción quinta del artículo tercero transitorio reservado en votación económica, misma que se aprueba en los términos del dictamen por doscientos votos en pro, ciento ochenta y ocho en contra y cero abstenciones.

La Asamblea considera suficientemente discutidos en votación económica los artículos veintinueve, último párrafo; treinta y uno, fracción décima novena, segundo párrafo; treinta y dos, fracción décima séptima; doscientos dieciséis bis, inciso b), de la Ley del Impuesto sobre la Renta y la adición al artículo tercero transitorio de las disposiciones transitorias de esa Ley, mismos que se aprueban con las modificaciones y adiciones admitidas por trescientos nueve votos en pro, ochenta en contra y cuatro abstenciones.

El Presidente informa que se retiran las reservas de los artículos sesenta y ocho, sesenta y nueve, setenta y uno, setenta y dos, setenta y tres, setenta y cuatro, setenta y cinco, setenta y seis y setenta y siete, la Asamblea los considera suficientemente discutidos en votación económica y se aprueban en los términos del dictamen por trescientos noventa y tres votos en pro, cero en contra y cero abstenciones.

Para proponer la adición del artículo doscientos diecinueve de la Ley del Impuesto sobre la Renta, reservado, se concede la palabra al diputado Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, del Partido Revolucionario Institucional. La Secretaría da lectura a la propuesta y la Asamblea la admite en votación económica. Desde su curul la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, del Partido Acción Nacional, solicita votación nominal y la Presidencia no la considera procedente. También desde su curul hablan los diputados: Omar Ortega Álvarez, del Partido de la Revolución Democrática, para expresar dudas sobre el resultado de la votación; y Gutiérrez de la Garza, para solicitar una moción de procedimiento que la Presidencia no considera atendible. Por ciento ochenta y cinco votos en pro, ciento noventa y seis en contra y cinco abstenciones, se desecha la adición propuesta.

Se refiere al último párrafo del artículo doscientos veinte de la Ley del Impuesto sobre la Renta, reservado, el diputado Gustavo Enrique Madero Muñoz, del Partido Acción Nacional, y propone modificaciones que la Asamblea desecha en votación económica. La Asamblea considera suficientemente discutido el artículo reservado de referencia en votación económica, mismo que se aprueba en los términos del dictamen por doscientos setenta votos en pro, ciento quince en contra y tres abstenciones.

El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma, adiciona, deroga y establece diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Impuesto al Activo. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

Presidencia del diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera

Dictamen de las Comisiones Unidas de Energía y de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Capítulo Décimo Primero, Hidrocarburos, de la Ley Federal de Derechos, en materia del régimen fiscal de Petróleos Mexicanos. Es de primera lectura. La Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen en votación económica. A nombre de las Comisiones el diputado Francisco Javier Salazar Díez de Sollano, del Partido Acción Nacional, fundamenta el dictamen y propone modificaciones que la Asamblea admite en votación económica. Sin nadie más que solicite el uso de la palabra, la Secretaría recoge la votación en lo general y en lo particular, con las modificaciones admitidas, misma que resulta aprobatoria por trescientos noventa y un votos en pro, ninguno en contra y ninguna abstención. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil cinco. Es de primera lectura. En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen.

Fijan la posición de su respectivo grupo parlamentario los diputados: Jesús Emilio Martínez Álvarez, de Convergencia; Óscar González Yáñez, del Partido del Trabajo; Cuauhtémoc Ochoa Fernández, del Partido Verde Ecologista de México; Alfonso Ramírez Cuellar, del Partido de la Revolución Democrática; Juan Francisco Molinar Horcasitas, del Partido Acción Nacional; y Francisco Suárez Dávila, del Partido Revolucionario Institucional. Desde su curul el diputado Gustavo Enrique Madero Muñoz, del Partido Acción Nacional, señala una fe de erratas que la Asamblea aprueba que se incorpore al dictamen en votación económica. Se reservan para la discusión en lo particular los artículos tercero, trece, diecisiete y sexto transitorio. La Asamblea considera suficientemente discutido el dictamen en lo general en votación económica, mismo que se aprueba en lo general y en lo particular de los artículos no reservados por doscientos sesenta y nueve votos en pro y ciento dieciocho en contra.

Se refiere al artículo tercero, párrafo primero, reservado, el diputado Roberto Colín Gamboa, del Partido Acción Nacional, y propone modificaciones. Hablan en pro de ellas los diputados: Jorge Triana Tena y Miguel Ángel Toscano Velasco, del Partido Acción Nacional. La Asamblea considera suficientemente discutido el artículo reservado de referencia en votación económica. Desde su curul el diputado Rubén Alfredo Torres Zavala, del Partido Acción Nacional, con el apoyo de otros diputados, solicita que las modificaciones propuestas sean votadas nominalmente y por ciento veinticuatro votos en pro, doscientos cincuenta y cuatro en contra y nueve abstenciones, se desechan. Se aprueba el artículo tercero, párrafo primero, en los términos del dictamen por doscientos cincuenta y cinco votos en pro, ciento veintisiete en contra y seis abstenciones.

Hablan sobre el artículo trece reservado los diputados: Salvador Pablo Martínez Della Rocca, del Partido de la Revolución Democrática; y María Guadalupe García Velasco, del Partido Acción Nacional, y propone modificaciones. La Asamblea considera suficientemente discutido el artículo reservado de referencia en votación económica. A solicitud del diputado Julio Boltvinik Kalinka, del Partido de la Revolución Democrática, la Secretaría da lectura a las modificaciones propuestas por la diputada García Velasco y la Asamblea las admite en votación económica. Se aprueba el artículo trece con las modificaciones admitidas por trescientos setenta y ocho votos en pro y tres abstenciones.

El Presidente informa que se retiran las reservas del artículo diecisiete, mismo que se aprueba en los términos del dictamen por trescientos setenta y dos votos en pro y tres abstenciones.

Se refiere al artículo sexto transitorio reservado el diputado Víctor Suárez Carrera, del Partido de la Revolución Democrática, y propone dos adiciones a su fracción segunda.

El diputado Cruz López Aguilar, del Partido Revolucionario Institucional, presenta a nombre de la Comisión adiciones al artículo sexto transitorio que la Asamblea admite en votación económica.

La Secretaría consulta a la Asamblea en votación económica si admite la adición a la fracción segunda del artículo sexto transitorio propuesta por el diputado Suárez Carrera, y en virtud de existir dudas sobre el resultado, recoge votación nominal y por ciento nueve votos en pro, doscientos setenta y dos en contra y nueve abstenciones, se desecha.

La Asamblea desecha la adición al último párrafo del artículo sexto transitorio propuesta por el diputado Suárez Carrera en votación económica.

Se aprueba la fracción segunda del artículo sexto transitorio, con las modificaciones presentadas por el diputado López Aguilar y admitidas por la Asamblea, por trescientos setenta y nueve votos en pro y cuatro abstenciones.

Se refieren a la fracción tercera del artículo sexto transitorio reservado los diputados: Antonio Mejía Haro, del Partido de la Revolución Democrática, y propone adiciones; y Fernando Ulises Adame de León, del Partido Revolucionario Institucional, y propone modificaciones. La Asamblea admite las adiciones propuestas por el diputado Mejía Haro en votación económica. La Secretaría da lectura a las modificaciones propuestas por el diputado Adame de León y la Asamblea las admite en votación económica. Se aprueba la fracción tercera del artículo sexto transitorio, con las adiciones y modificaciones admitidas, por doscientos sesenta y tres votos en pro, ciento doce en contra y tres abstenciones.

Habla sobre la fracción cuarta del artículo sexto transitorio reservado el diputado José Luis Treviño Rodríguez, del Partido Acción Nacional, y propone modificaciones que la Asamblea admite en votación económica. Se aprueba la fracción cuarta del artículo sexto transitorio con las modificaciones admitidas por trescientos setenta y cinco votos en pro y dos abstenciones.

El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil cinco. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

Agotados los asuntos en cartera, el Presidente informa que la última votación nominal servirá de registro final de diputadas y diputados y levanta la sesión a las cinco horas con treinta minutos del viernes veintinueve de octubre de dos mil cuatro, citando para la próxima que tendrá lugar el jueves cuatro de noviembre de dos mil cuatro a las diez horas, en la que la Cámara de Diputados se erigirá en Jurado de Procedencia, y al término de la misma, a sesión ordinaria.
 
 




Comunicaciones
DEL CONGRESO DE SONORA

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Presente

El H. Congreso del estado, en sesión celebrada el día de hoy, tuvo a bien aprobar el siguiente:

Acuerdo

Primero.- El Congreso del estado de Sonora exhorta a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión a incrementar el gasto destinado a la educación propuesto por el titular del Poder Ejecutivo federal en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2005, en una proporción que permita alcanzar el objetivo de sumar en el año 2006, según lo establece la Ley General de Educación, recursos públicos en materia educativa por el orden del 8% del Producto Interno Bruto.

Segundo.- El Congreso del estado de Sonora exhorta a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión a incluir en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005 las disposiciones necesarias a efecto de garantizar que el gasto educativo que se apruebe por ningún motivo pueda ser objeto de disminución o recorte durante el ejercicio fiscal correspondiente.

Tercero.- El Congreso del estado de Sonora acuerda remitir al resto de las Legislaturas estatales el presente acuerdo con solicitud de que se manifiesten a favor del mismo y presenten su iniciativa respectiva ante la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

Cuarto.- El Congreso del estado de Sonora respalda la petición de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), el Instituto Politécnico Nacional, la Universidad Nacional Autónoma de México, la Universidad Pedagógica Nacional, las instituciones de educación tecnológica y las escuelas normales, para que les sean asignados recursos en términos crecientes que le permitan cumplir cabalmente sus objetivos y desarrollar sus tareas sustantivas de investigación, docencia y extensión.

Los que comunicamos para conocimiento y demás fines.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Hermosillo, Sonora, 14 de octubre de 2004.

C. Jesús Bustamante Machado (rúbrica)
Diputado Secretario

C. Guadalupe A. Gracia Benítez (rúbrica)
Diputada Secretaria
 
 



Iniciativas

DEL CONGRESO DE SONORA, QUE ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Presente

El H. Congreso del estado, en sesión celebrada el día de hoy, tuvo a bien aprobar el siguiente:

Acuerdo

Primero.- El Congreso del estado de Sonora acuerda, en ejercicio de la facultad referida por el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su correlativo 64, fracción I, de la Constitución local, presentar ante el Honorable Congreso de la Unión la siguiente Iniciativa de:

"Decreto

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal

Artículo Único.- Se adiciona una fracción VIII al artículo 25 y un artículo 45 Bis a la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar como sigue:

Artículo 25.- ...

I. a la VII. ...

VIII.- Fondo de Aportaciones para Municipios Fronterizos.

Artículo 45 Bis.- El Fondo de Aportaciones para Municipios Fronterizos se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales por un monto equivalente, sólo para efectos de referencia, al 0.5 % de la recaudación federal participable a que se refiere el artículo 2° de esta ley, según estimación que de la misma se realice en el propio presupuesto, con base en lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de la Federación para ese ejercicio.

El Ejecutivo federal; a través de la Secretaría de Desarrollo Social, distribuirá el Fondo de Aportaciones para Municipios Fronterizos entre los Municipios cuya demarcación geográfica colinde con fronteras internacionales reconocidas por el derecho internacional, siendo asignado un 75 % conforme al criterio del factor de población residente y el 25 restante al factor de población flotante, de acuerdo con la información estadística más reciente publicada por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática.

Transitorio

Artículo Único.- El presente decreto entrará en vigor el primer día del ejercicio fiscal inmediato posterior a aquel en que se publique en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- El Congreso del estado acuerda remitir al resto de las Legislaturas estatales el contenido del presente acuerdo, con la finalidad de que se manifiesten a favor del mismo y presenten su iniciativa respectiva ante el Congreso de la Unión.

Lo que comunicamos para conocimiento y demás fines.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Hermosillo, Sonora, a 26 de octubre de 2004.

C. Jesús Bustamante Machado (rúbrica)
Diputado Secretario

C. Guadalupe A. Gracia Benítez (rúbrica)
Diputada Secretaria
 
 






Oficios
DE LA CAMARA DE SENADORES, EN EL QUE SE TRANSCRIBE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA INCREMENTO DE RECURSOS EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2005, A FIN DE CONCLUIR LA PRIMERA ETAPA DE LAS OBRAS DE AMPLIACIÓN A CUATRO CARRILES DE LA AUTOPISTA MANZANILLO-GUADALAJARA

México, DF, a 28 octubre de 2004.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes

Me permito hacer de su conocimiento que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con el siguiente

Punto de Acuerdo

"Único. Se exhorta respetuosamente a la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para que, en el ejercicio de sus facultades constitucionales, en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005 establezca los recursos necesarios y suficientes destinados a la conclusión de la primera etapa de las obras de ampliación a cuatro carriles de la autopista Manzanillo-Guadalajara, en los tramos 128+000 a 69+500." Atentamente
Sen. César Jáuregui Robles (rúbrica)
Vicepresidente en Funciones de Presidente
 
 
 

DE LA CAMARA DE SENADORES, CON EL QUE REMITE COMUNICACIÓN DEL CONGRESO DE TABASCO POR EL QUE SE ADHIERE A DIVERSOS CONGRESOS PARA QUE SE APRUEBE LA LEY QUE CREA EL FIDEICOMISO QUE ADMINISTRARÁ EL FONDO DE COMPENSACIÓN PARA LOS EX BRACEROS DEL PERIODO 1942-1964

México, DF, a 26 de octubre de 2004.

CC. Secretarios de la de la Cámara de Diputados
Presentes

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se recibió acuerdo del Congreso del estado de Tabasco, en adhesión a los de diversos Congresos, sobre la creación de la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Compensación para los ex Braceros del periodo 1942-1964.

La Presidencia dispuso que dicho acuerdo se turnara a la Cámara de Diputados, mismo que se anexa.

Atentamente.
Sen. César Jáuregui Robles (rúbrica)
Vicepresidente en Funciones de Presidente
 

Villahermosa, Tabasco, octubre 12 de 2004.

Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión
México, DF

El día 6 del actual, la Gran Comisión de la Quincuagésima Octava Legislativa del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Tabasco, aprobó un dictamen, de punto de acuerdo, cuyos resolutivos a la letra expresan:

Primero.- Esta Quincuagésima Octava Legislatura al Honorable Congreso de Estado Libre y Soberano de Tabasco se adhiere a las resoluciones presentadas por los Congresos de los estados de Oaxaca, Jalisco, Quintana Roo y Querétaro; mediante las cuales se presentó la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Compensación para los ex Braceros del Periodo 1942-1964, como un reclamo de justicia social, moral y económica a aquellos y que no han sido retribuidos con ese fondo de ahorro, donde la mayoría es gente de edad avanzada, careciendo de toda ayuda y olvidados como las personas que dieron su fuerza de trabajo a Estados Unidos después de la Segunda Guerra Mundial.

Segundo.- Se gira atento exhorto al Honorable Congreso de la Unión, para que se apruebe la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Compensación para los ex braceros del Período 1942-1964.

Tercero.- Mediante oficios envíese copia de este acuerdo a los congresos del resto de las entidades federativas, así como de la Asamblea Legislativa del DF, comunicándoles nuestra resolución.

Al respecto y de acuerdo con lo establecido en el punto segundo y en el transitorio único de dicha resolución, se le remite copia de ésta, para los efectos jurídicos conducentes.

Sin otro particular, reciban de esta Legislatura estatal un cordial saludo.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.

Mtro. Joel Alberto García González (rúbrica)
Oficial Mayor
 

La Quincuagésima Octava Legislatura al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Tabasco, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 28, segundo párrafo, y 36, fracción XLIII, de la Constitución Política del Estado de Tabasco, y

Considerando

Primero.- Que se ha convertido en tradición que México contribuya con mano de obra en la economía de Estados Unidos. Que es irrefutable y pública la existencia de un número considerable de ciudadanos, principalmente de tipo rural, que emigraron a Estados Unidos de América, en busca de mejores expectativas y calidad de vida para sí mismos y sus familias.

Segundo.- Que en este contexto, el 4 de agosto de 1942 se firmó el Convenio Binacional para Trabajadores Braceros Agrícolas, en el que se establece la creación del fondo de retención del 10% de los salarios que percibían los trabajadores en Estados Unidos, mismo que se depositaron vía Wells & Fargo,transfiriéndose al Banco de México y éste, a su vez, al Banco de Crédito Agrícola, SA, y al Banco del Ahorro Nacional, con la intención de entregarlo al trabajador bracero a su regreso a México. Así, le sería entregado un cheque certificado a su nombre, correspondiente a los fondos de ahorro que le hubieran sido retenidos.

Tercero.- Que el convenio binacional duró hasta 1964, aunque posteriormente se siguió laborando hasta 1966. Otro hecho importante es que se fusionara el Banco Nacional de Crédito Agrícola al Banco Nacional de Crédito Agrícola Rural (Banrural), con fecha del 12 de julio de 1975, publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Cuarto.- Que a raíz de esto, el 16 de noviembre de 2000, en la Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, se presentó una propuesta de punto de acuerdo para que se investigara el paradero de los fondos aportados por los braceros mexicanos. Siendo aprobada el 17 de abril de 2001 en el Pleno de la Cámara de Diputados, la creación de la "Comisión Especial para darle seguimiento a los fondos apartados por los trabajadores Mexicanos Braceros", integrada por 18 diputados.

Quinto.- Que en virtud de que fueron procesadas dos toneladas de papeles en las dependencias que estuvieron involucradas en el convenio binacional y, posteriormente, con el terremoto de 1985, prácticamente los ex trabajadores braceros quedaron en estado de indefensión, al no encontrarse documentación que amparara tales transferencias; sin embargo, miles de ex braceros aún tienen en su poder las copias de sus contratos, credenciales y documentos que comprueban que ellos trabajaron en Estados Unidos bajo el convenio binacional.

Sexto.- Que se ha encontrado que, en las actas de su Consejo de Administración, el Banco de Crédito Agrícola consideró que "dejan de tener efecto las disposiciones relativas a los descuentos salariales, mismos que constituían el fondo de ahorro de los trabajadores migrantes relacionados con los acuerdos".

Séptimo.- Que reconstruir al detalle qué ocurrió con ese dinero, parece imposible a estas alturas. El informe presentado precisa que la mayoría de esos braceros nunca recibieron sus ahorros cuando regresaron a México: "Muchos trabajadores braceros no sabían que el dinero estaba siendo deducido o no fueron informados. Otros por testimonios de familiares intentaron recobrar sus ahorros, pero su intento fue en vano, nunca pudieron recuperar sus ahorros en vida".

Octavo.- Que se consideró que la indagación de los fondos retenidos debía circunscribirse al periodo 1942-1964. En busca de algún resarcimiento a los trabajadores que hubieran tenido depósitos en esas fechas, propusieron que el Gobierno Federal estableciera "formulas de solución conjunta para puntualizar este problema mayúsculo".

Noveno.- Que además de sus gestiones políticas en México, el grupo Braceroproa presentó en marzo de 2001, una querella colectiva ante la justicia estadounidense. Desafortunadamente, en agosto de 2002, el juez Charles Breyer desechó esa petición, expresando: "No dudo que muchos de esos trabajadores no hayan recibido sus ahorros a los cuales tenían derecho. La Corte lo comprende, pero ha pasado tanto tiempo que no hay sustento para esa demanda".

Décimo.- Que cerradas las vías legales y políticas, la organización ha logrado encabezar un movimiento batallador, afianzado en una causa noble, pero de difícil futuro. Los trabajadores que reclaman aquellos viejos depósitos, deben tener entre 70 y 80 años. Una solución de ética política, como sugiere el informe, podría aliviar las penurias de algunos de esos viejos campesinos, pero sería fundamentalmente simbólica.

Décimo Primero.- Que es un hecho la recepción de las prestaciones económicas generadas por los trabajadores migrantes y remitidas por los consulados al Gobierno Federal, a través de instituciones bancarias como Banrural, Banco Nacional de Crédito Agrícola y Banco del Ahorro Nacional, representando tales cantidades y respectivos rendimientos, sumas considerables que jamás fueron entregadas a sus beneficiarios o familiares.

Décimo Segundo.- Que hubo negligencia al no vigilar el destino de dichos fondos y por consiguiente, la confusión de su existencia actual en alguna institución bancaria, creando con ello incertidumbre, insatisfacción e irritación en los beneficiarios de tales recursos.

Décimo Tercero.- Que es un clamor general en el país y por supuesto en nuestro estado, de parte de quienes están siendo afectados por esta circunstancia, el buscar alternativas definitivas que le den respuesta a su justo reclamo de manera inmediata, clara e incuestionable.

Décimo Cuarto.- Que por tal motivo los interesados solicitaron la iniciativa de Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Compensación para los ex Braceros del Periodo 1942-1964, como un reclamo de justicia social, moral y económica; además de que no han sido retribuidos en ese fondo de ahorro, donde la mayoría es gente de edad avanzada, careciendo de toda ayuda y olvidados como las personas que dieron su fuerza de trabajo a Estados Unidos, después de la Segunda Guerra Mundial.

Décimo Quinto.- Que en este tenor se han pronunciado las Legislaturas de los Congresos de los estados de Oaxaca, Jalisco, Quintana Roo y Querétaro, apoyando la iniciativa de Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Compensación para los ex Braceros del Periodo 1942-1964, que conoce el honorable Congreso de la Unión.

Décimo Sexto.- Que es facultad del Congreso estatal aprobar, en su caso, los puntos de acuerdo legislativos que se presenten a la Legislatura, para gestionar ante las instancias competentes apoyo a la población o que busquen el beneficio de la ciudadanía tabasqueña, en términos de lo establecido por los artículos 28, segundo párrafo, y 36, fracción XLIII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco.

Por lo que tomando en cuenta estas consideraciones se emite el siguiente:

Punto de Acuerdo 016

Primero.- Esta Quincuagésima Octava Legislatura al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Tabasco, se adhiere a las resoluciones presentadas por los Congresos de los estados de Oaxaca, Jalisco, Quintana Roo y Querétaro, mediante las cuales se apoya la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Compensación para los ex Braceros del Periodo 1942-1964, como un reclamo de justicia social, moral y económica para aquellos que no han sido retribuidos con ese fondo de ahorro, donde la mayoría es gente de edad avanzada, careciendo de toda ayuda, y olvidados como las personas que dieron su fuerza de trabajo a Estados Unidos después de la Segunda Guerra Mundial.

Segundo.- Se exhorta atentamente al honorable Congreso de la Unión, para que se apruebe la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Compensación para los ex Braceros del Período 1942-1964.

Tercero.- Mediante oficios envíese copia de este acuerdo a los Congresos del resto de las entidades federativas, así como de la Asamblea Legislativa del DF, comunicándoles nuestra resolución.

Transitorio

Único.- Se instruye al oficial mayor de este honorable Congreso para que dé cumplimiento a lo ordenado en esta resolución, enviando y remitiendo copias de la misma, para su trámite y atención correspondiente.

Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de Villahermosa, capital del estado de Tabasco, a los doce días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.

Dr. Luis Federico Pérez Maldonado (rúbrica)
Diputado Presidente

Dr. José Luis Sánchez López (rúbrica)
Diputado Secretario
 
 
 

DE LA CAMARA DE SENADORES, POR EL QUE COMUNICA LA DESIGNACIÓN DEL DOCTOR JOSÉ LUIS SOBERANES FERNÁNDEZ PARA OCUPAR EL CARGO DE PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS PARA UN SEGUNDO PERIODO DE CINCO AÑOS, A PARTIR DEL 16 DE NOVIEMBRE DE 2004

México, DF, a 28 de octubre de 2004.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión
Presentes

Hago de su conocimiento que, en sesión ordinaria celebrada en esta fecha, la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión acordó designar al doctor José Luis Soberanes Fernández para que ocupe el cargo de Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para un segundo periodo de cinco años, contados a partir del 16 de noviembre de 2004.

Atentamente
Sen. César Jáuregui Robles (rúbrica)
Vicepresidente en Funciones de Presidente
 
 
 

DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, TRES CON LOS QUE SE REMITEN CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO, APROBADOS POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS

México, DF, a 25 de octubre de 2004.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Presentes

En atención al oficio número D.G.P.L. 59-II-0-882, suscrito el 28 de septiembre último por los CC. diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Marcos Morales Torres, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines que estimen procedentes, copia del similar número UCAI/4647/04, signado el 14 del actual por el C. José Manuel Bulás Montoro, titular de la Unidad Coordinadora de Asuntos Internacionales de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a instaurar el Día Nacional del Bracero, para conmemorarse el 29 de septiembre de cada año, así como a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a promover actividades de reconocimiento y apoyo a la labor desarrollada por los trabajadores mexicanos en el extranjero.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración

Atentamente
Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
 
 

México, DF, a 25 de octubre de 2004.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Presentes

En atención al oficio número DGPL 59-II-5-698, suscrito el 23 de septiembre último por los CC. diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Antonio Morales de la Peña, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines que estimen procedentes, copia del similar número 3.4615/2004, signado el 20 del actual por el C. doctor Javier Laynez Potisek, consejero adjunto de Consulta y Estudios Constitucionales de la Consejería Jurídica del Ejecutivo federal, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo en que se exhorta al Presidente de la República a instaurar el Día Nacional de las Personas Zurdas, como medida tendente a dar a conocer y promover una cultura de respeto e igualdad a quienes por su lateralidad enfrentan problemas de adaptación, integración y desarrollo, así como a instaurar medidas en las dependencias de la Administración Pública Federal que tiendan a promover dicha cultura.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente
Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
 
 

México, DF, a 25 de octubre de 2004.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Presentes

En atención al oficio No. DGPL 59-II-5-697, signado el 23 de septiembre del año en curso, por los CC. diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Marcos Morales Torres, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines que estimen procedentes, copia del similar número SGPA/DGVS/10596, suscrito el 15 del actual por el C. Ariel Rojo Curiel, director de Aprovechamiento Sustentable de Vida Silvestre de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo en el que se exhorta a esa dependencia a tomar las medidas necesarias a fin de salvaguardar la comunidad coralina conocida como "Los Jardines", e informar puntualmente las medidas tomadas para lograr su protección, asimismo, a que revise los procedimientos por los cuales se autorizó la construcción del muelle de mediano calado en Playa del Carmen, Quintana Roo.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente.
Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
 
 
 

DEL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

14 de octubre de 2004

Dip. Manlio Fabio Beltrones Rivera
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Presente

Con objeto de dar debido cumplimiento a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 286 C de la Ley del Seguro Social, el H. Consejo Técnico del Instituto, en acuerdo 200/2002, del 17 de abril de 2002, estableció los dispositivos de información para que en forma periódica, oportuna y accesible se den a conocer la composición y situación financiera de las inversiones de este organismo y se remita trimestralmente al honorable Congreso de la Unión, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Banco de México.

Por tal motivo y con fundamento en el artículo 268, fracciones II y XI, de la Ley del Seguro Social, me es grato acompañar un ejemplar conteniendo la información antes citada, correspondiente al tercer trimestre de 2004, en el que se incluyen fundamentalmente la posición de los recursos financieros en inversión al cierre del mismo, los montos promedio, la estructura del portafolio y los rendimientos obtenidos.

Con los resultados alcanzados en el periodo de que se informa se cumplen satisfactoriamente los objetivos y las metas institucionales fijados por el Consejo Técnico para este proceso, situación que se ha mantenido de esa forma durante los últimos ejercicios, debido a la eficiencia en la administración de la inversión de los recursos financieros institucionales, en la cual se ha contado con las valiosas aportaciones de los miembros de la Comisión de Inversiones Financieras del Instituto, integrada en forma tripartita por representantes del sector obrero y del sector patronal ante el H. Consejo Técnico, así como de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el titular del Órgano Interno de Control en el IMSS, el Presidente de la Comisión de Vigilancia y funcionarios del propio Instituto.

Sin otro particular, envío a usted un respetuoso saludo.

Santiago Levy (rúbrica)
 
 


Minutas

CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE ABROGA LA LEY PARA CONSERVAR LA NEUTRALIDAD DEL PAÍS

México, DF, a 28 de octubre de 2004.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se abroga la Ley para Conservar la Neutralidad del País.

Atentamente
Sen. César Jáuregui Robles (rúbrica)
Vicepresidente en Funciones de Presidente
 

MINUTA
PROYECTO DE DECRETO

POR EL QUE SE ABROGA LA LEY PARA CONSERVAR LA NEUTRALIDAD DEL PAIS.

UNICO: Se abroga la Ley para Conservar la Neutralidad del País.

TRANSITORIO

UNICO: El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 28 de octubre de 2004.

Sen. César Jáuregui Robles (rúbrica)
Vicepresidente en Funciones de Presidente

Sen. Rafael Melgoza Radillo (rúbrica)
Secretario
 
 
 

CON PROYECTO DE DECRETO, QUE CONCEDE AUTORIZACIÓN AL CIUDADANO VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PARA AUSENTARSE DEL TERRITORIO NACIONAL DEL 20 AL 23 DE NOVIEMBRE DE 2004, PARA PARTICIPAR EN LA XII REUNIÓN DE LÍDERES DEL MECANISMO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA ASIA-PACÍFICO, POR CELEBRARSE EN SANTIAGO DE CHILE, Y PARA REALIZAR UNA VISITA DE ESTADO A LA REPÚBLICA DE ECUADOR

México, DF, a 28 de octubre de 2004.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional del 20 al 23 de noviembre de 2004, para participar en la XII Reunión de Líderes del Mecanismo de Cooperación Económica Asia-Pacífico, por celebrarse en Santiago de Chile, y para realizar una visita de Estado a la República de Ecuador.

Atentamente
Sen. César Jáuregui Robles (rúbrica)
Vicepresidente en Funciones de Presidente
 

MINUTA
PROYECTO DE DECRETO

ARTICULO UNICO.- Se concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional del 20 al 23 de noviembre de 2004, para participar en la XII Reunión de Líderes del Mecanismo de Cooperación Económica Asia-Pacífico, APEC, a celebrarse en Santiago de Chile y para realizar una visita de Estado a la República del Ecuador.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 28 de octubre de 2004.

Sen. César Jáuregui Robles (rúbrica)
Vicepresidente en Funciones de Presidente

Sen. Rafael Melgoza Radillo (rúbrica)
Secretario
 
 





Dictámenes

DE LA COMISION DE DEFENSA NACIONAL, CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE DISCIPLINA DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados le fue turnada para su estudio y dictamen la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos presentada por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, remitida a esta Soberanía por oficio de la Cámara de Senadores el día 5 de abril de 2004.

Con fundamento en lo dispuesto en los párrafos 1, 2 fracción VII y 3 del artículo 39; párrafo 6 incisos e),f) y g) y párrafo 7 del artículo 45 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 65, 66, 87, 88, y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Defensa Nacional somete a consideración de esta Asamblea el presente Dictamen, bajo los siguientes:

ANTECEDENTES:

1. En sesión celebrada el 10 de marzo de 2004 por la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta con un oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remitió la Iniciativa de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, presentada por el C. Lic. Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. La presidencia de la Comisión Permanente turnó la iniciativa a las Comisiones Unidas de Defensa Nacional y de Estudios Legislativos de la H. Cámara de Senadores.

2. Las Comisiones Unidas de Defensa Nacional y de Estudios Legislativos presentaron Dictamen a consideración del Pleno de la Cámara de Senadores en sesión celebrada el 1 de abril de 2004. El dictamen se aprobó por 72 votos, remitiéndose a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

3. En sesión celebrada el 5 de abril de 2004 por la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta con el oficio de la Cámara de Senadores, con el que se remitió expediente con la Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos. La Presidencia de la Cámara de Diputados turnó la Minuta a la Comisión de Defensa Nacional.

4. La Comisión de Defensa Nacional presenta Proyecto de Dictamen bajo las siguientes:

CONSIDERACIONES:

1. La Disciplina en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos es la norma a que los militares deben ajustar su conducta; tiene como base la obediencia, un alto concepto del honor, de la justicia y de la moral, y por objeto el fiel y exacto cumplimiento de los derechos que prescriben las leyes y reglamentos militares

Responsabilidad y disciplina son conceptos unidos indisolublemente en la legislación castrense, pues es ésta la que otorga el carácter profesional al Instituto Armado, condición que le es indispensable para realizar los altos fines que la Nación le encomienda.

2. El conjunto de normas de derecho militar tutelan como bien jurídico el principio de la disciplina militar, columna toral de actuación de las Fuerzas Armadas. La disciplina vigoriza y define la personalidad del soldado porque entraña una interdependencia necesaria en la que el militar es una unidad consciente que al obedecer no hace sino integrar una acción conjunta.

3. El artículo 13 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar. Corresponde a la legislación secundaria, en la especie a la Ley de Disciplina, regular las conductas concretas del personal perteneciente al Ejército y Fuerza Aérea. Por esta razón y debido a las transformaciones sociales que inciden en estas instituciones armadas, es necesario adecuar las disposiciones de esta Ley, con el propósito de reafirmar la convicción del deber y de la disciplina militar.

La sociedad exige que el personal militar continúe observando los principios morales que le caracterizan. Para cumplir con esta exigencia, se robustece cotidianamente la esencia de las virtudes militares, que son cimiento de la disciplina castrense.

4. La Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos vigente ha sido un instrumento jurídico útil para el Instituto Armado. No obstante, la reorganización de su estructura y actualización de parte de su articulado resulta oportuna, sin que se altere su contenido axiológico, en tanto se considera que esta es la norma fundamental a la que el personal militar debe ajustar su conducta y el fundamento para que el mando ejerza su autoridad, previniendo y sancionando, en su caso, las infracciones que establece.

5. De conformidad con la Iniciativa del Ejecutivo Federal y con la Minuta enviada por el Senado de la República, se propone, en términos generales, aumentar de tres a cinco capítulos la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y de 41 a 43 sus artículos. Por lo anterior, las modificaciones son las siguientes:

Deberes Generales:

Se propone que el Capítulo I de la Ley vigente, denominado "Deberes Generales", se divida en dos nuevos capítulos. El primero de ellos, denominado "Disposiciones Generales", y el Capítulo II, denominado, "Principios Generales de Disciplina Militar".

En el Capítulo denominado "Deberes Generales" se establecen las premisas básicas en las que descansa el texto normativo. Dicho Capítulo comprende del artículo 1 al 4 de la Ley.

En el artículo 1, se establece que el objeto de la Ley será la preservación de la disciplina militar como principio de orden de obediencia al que deberán sujetarse todos los integrantes del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos:

Dado que la función militar implica necesariamente el sacrificio individual en aras de las instituciones a las que sirve, el contenido del artículo 1 de la Ley vigente se conserva como artículo 1 Bis de la presente iniciativa, con objeto de establecer que el personal militar deberá cumplir con su deber hasta el sacrificio.

Se adiciona el artículo 3 Bis, para definir qué debe entenderse por disciplina, concepto básico al que todos los militares deben ajustar su conducta, sustentado en la obediencia, alto concepto del honor, de la justicia, de la honradez, del espíritu de cuerpo y de la moral; aplicado en el cumplimiento de los deberes que prescriben las leyes y reglamentos castrenses, cuyo propósito es destacar la defensa de los intereses de la Patria y la preservación de la vida institucional.

Principios Generales de Disciplina Militar:

En este Capítulo II denominado "Principios Generales de Disciplina Militar", que abarca del artículo 5 al 24 Bis, se agrupan las normas generales que todo integrante del Instituto Armado debe conocer, con la finalidad de cultivar el buen comportamiento, así como los valores éticos fundamentales que aplicará el personal en todos los actos de la vida castrense, con la finalidad de fomentar la confianza de la sociedad a la que sirve y de la que forma parte.

Se reforma el artículo 6 para sustituir la regla de que el superior "sólo podrá servirse de sus armas o de la fuerza a su mando para mantener la disciplina", por la de que el uso de las armas sólo podrá realizarse en caso de extrema necesidad, en actos del servicio, a fin de puntualizar que el servidor público podrá valerse de los medios a su alcance para mantener la disciplina, siempre y cuando se trate de una situación como la descrita. Además, el uso de la fuerza no sólo tiene por objeto el mantenimiento de la disciplina, sino también garantizar la obediencia de las órdenes del superior, por lo que se clarifica la redacción de la disposición citada.

El contenido de la última parte del artículo 11 se reubica en el artículo 42 de la Ley, toda vez que, por técnica legislativa, las quejas del personal militar con motivo de los actos de sus superiores para mantener la disciplina y hacer cumplir sus órdenes, no forman parte del capítulo relativo a los Principios Generales de la Disciplina, sino del capítulo referente a las Prevenciones Generales.

El artículo 12 se reforma para precisar la discreción del militar en cuanto al cumplimiento de sus misiones.

Se modifica la redacción del artículo 13, toda vez que el deber del personal militar consiste en ejecutar sin oposiciones o dificultades el acto u omisión que se le encomiende y, aún antes de su ejecución, debe aceptar dignamente y con satisfacción las obligaciones que le imponga su servicio siempre que no se atente su jerarquía militar. El personal militar cumple sus misiones no por temor al castigo sino por el honor de servir a la Patria.

Se reforma el artículo 16 al sustituir el termino "asuntos" por "actos", por ser más apropiado para designar la actividad castrense a que se refiere.

Se incorpora el contenido del vigente artículo 22 al 21, por considerar que se trata de disposiciones con objetos similares.

Se reforma el contenido del artículo 21 para precisar que el militar debe comportarse con el más alto grado de cortesía y educación. Lo anterior, en virtud de que el texto de la Ley vigente hace referencia al término de "caballerosidad", el cual únicamente puede aplicarse al sexo masculino propiciando de esta manera una conducta discriminatoria respecto del personal femenino que también forma parte del personal militar.

Se reforma el artículo 22 para incluir el deber moral de ayuda mutua que debe existir entre compañeros, aunque no pertenezcan a la misma unidad, siempre que sea posible y cuenten con los medios a su alcance. Ello, con el propósito de fomentar el espíritu de cuerpo.

Se reforma el artículo 23 para precisar que el personal militar podrá entrar a centros de vicio y prostitución, aún estando uniformado, cuando las necesidades del servicio así lo impongan.

Se adiciona un artículo 24 Bis, cuyo contenido es un procedimiento ético de ejecución de las instrucciones dadas que todos los militares deben observar.

Correctivos Disciplinarios:

El Capítulo III abarca del artículo 24 Ter al 33 Quinquies. Su modificación consiste en cambiar su denominación de "Consejo de Honor" como se encuentra en la Ley vigente por "Correctivos Disciplinarios".

Este Capítulo, en términos generales, se reestructura y define tres tipos de correctivos, los cuales son la amonestación, el arresto y el cambio de unidad, dependencia, instalación o comisión en observación de su conducta. Lo anterior, en virtud de que la Ley vigente sólo regulaba el arresto, por lo que ahora se propone incluir y definir a los otros dos correctivos.

Asimismo, se indican los grados militares que tienen facultad para imponer y graduar arrestos. En este contexto, se precisa que los Jefes o Comandantes facultados para graduarlos, cuando así se justifique, podrán sustituirlos por amonestación o dejarlos sin efecto, a fin de que la imposición de estas sanciones sea más justa y se mejore la moral de las tropas.

Se suprimen disposiciones tales como que el arresto no debe de imponerse mientras el militar se encuentre en estado de ebriedad; la detención de un subalterno realizada por autoridad civil, cuando éste se encuentre escandalizando en la vía pública y, finalmente, la anotación de arrestos impuestos a Generales, Jefes y Oficiales deberán anotarse en sus hojas de actuación y memoriales de servicio, en el caso de soldados.

Se adiciona el artículo 24 Ter, para definir el concepto de correctivo disciplinario.

Se adiciona un artículo 24 Quáter, que precisa los 3 distintos tipos de correctivos disciplinarios que se podrán imponer al personal militar.

Se adiciona el artículo 24 Quinquies. Dicha disposición refiere el concepto de amonestación. Asimismo, fusiona su contenido con el del vigente artículo 27 que se deroga con la presente iniciativa, a fin de señalar que queda prohibida la reprensión por tratarse de un concepto afrentoso, degradante y contrario a la dignidad militar.

Se reforma el contenido del artículo 25 para definir el concepto de arresto, así como también señalar que el mismo deberá realizarse en el interior de las unidades, dependencias o instalaciones militares, sin perjuicio del servicio.

Dicha disposición indica que, en el caso de arresto en unidades, los servicios podrán desempeñarse por el personal militar que no requiera salir del alojamiento.

Se deroga el artículo 27 que contempla que el correctivo impuesto al personal militar que incurra en delitos se aplicará en términos del Código de Justicia Militar, y dicha parte se reubica en el contenido del artículo 43.

Por otro lado, la última parte del artículo 27 de la Ley vigente, señala que "Queda estrictamente prohibida la reprensión, por contraria a la dignidad militar", se rescata y pasa a ser el último párrafo del artículo 24 Quinquies, como se señaló anteriormente.

Se reforma el artículo 28 para agregar que las órdenes de arresto deben realizarse por escrito. Asimismo, en el caso de que las órdenes de arresto sean impuestas por orden verbal, éstas surtirán efecto de inmediato, no obstante deberán ratificarse de la misma manera en un término de 24 horas, debidamente motivadas, fundamentadas y especificando la hora de imposición del arresto, para dar certeza jurídica en su aplicación.

Se reforma el primer párrafo del artículo 31, para precisar que el militar que ejerza la superioridad jerárquica o de cargo, tendrá facultad para imponer correctivos disciplinarios.

Se reforma el artículo 32, para indicar que los grados de Generales, Oficiales y clases tendrán facultad para imponer arrestos a sus subalternos.

Se reforma el artículo 33 para precisar el periodo máximo en horas y días según corresponda, que deberán cubrirse por concepto de arrestos al personal militar, de conformidad con su jerarquía. Asimismo, establece que el Secretario de la Defensa Nacional tendrá facultad para imponer arrestos hasta por un máximo de quince días.

Se adiciona el artículo 33 Bis que precisa los funcionarios que con determinados cargos y grados militares tienen facultad para graduar arrestos. Dicha disposición precisa, además; que en caso de ausencia, la facultad de graduar arrestos recaerá en quien los suceda en el mando o cargo.

Se adiciona el artículo 33 Ter para especificar los criterios a seguir por el personal militar facultado para graduar arrestos, tales como que éste sea proporcional a la falta cometida y a la jerarquía, cargo, antecedentes, grado del infractor y de quien imponga el arresto, así como también a las circunstancias que tuvieron lugar.

Se precisa además, que el personal militar que tenga facultad de graduar el correctivo, en caso de considerarlo necesario, podrá dar cuenta a la autoridad facultada para que sea ella quien lo gradúe. En todo caso, dicho personal militar podrá optar por dejar sin efectos el arresto o sustituirlo por amonestación.

Se adiciona el artículo 33 Quáter, para establecer que el personal militar que haya recibido una orden de arresto deberá hacerlo del conocimiento del superior de quien dependa, así como también al personal al que se le impuso, el inicio y término de su cumplimiento. Además, señala que los Generales, Jefes y Oficiales deberán hacer el comunicado por escrito, mientras que el personal de tropa lo realizará verbalmente.

Se adiciona el artículo 33 Quinquies, para indicar que el personal militar que esté cumpliendo un arresto y le sea impuesto otro, lo empezará a cumplir al momento en que se le comunique.

Consejo de Honor:

El contenido del Capítulo III de la Ley vigente denominado "Consejo de Honor", se reubica al contenido del Capítulo IV, denominado de la misma manera. Dicho Capítulo comprende del artículo 34 al 41.

Este Capítulo establece que el Consejo de Honor se integrará en unidades y dependencias del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, mediante las adecuaciones siguientes.

Se reforma el artículo 34 para precisar que el Consejo de Honor se constituirá por un presidente y 4 vocales, en las unidades y con un presidente y 2 vocales en las dependencias.

Se reforman las fracciones II y IV del artículo 35. Por lo que respecta a la fracción II, el Consejo de Honor ya no conocerá "de los vicios de la embriaguez", mientras que en lo referente a la fracción IV, el Consejo de Honor ya no conocerá "de la falta de escrúpulo en el manejo de caudales que no constituya un delito", pero tendrá ahora la facultad de conocer "de la falta de honradez en el manejo de caudales que no constituya un delito". La anterior modificación se realizó con la finalidad de proporcionar mayor claridad y comprensión en la lectura e interpretación de la disposición.

Se reforma el contenido de la fracción III del artículo 36 para eliminar la posibilidad de que la solicitud de baja del Ejército y Fuerza Aérea por determinación de mala conducta se continúe realizando en audiencia pública, toda vez que es un procedimiento que, en todo caso, debe establecerse en el Reglamento de esta Ley.

Asimismo, se adiciona un último párrafo al mismo artículo para establecer que, en el caso de que se solicite la baja antes mencionada, el personal militar afectado, dispondrá de quince días para manifestar lo que a su interés convenga.

Se reforma el artículo 37 a efecto de suprimir los incisos a) y b) por fracciones I y II. El contenido de la fracción I, consiste en eliminar la posibilidad de que en los casos de imposición de los castigos correccionales previstos en la fracción II del artículo 36, se contemple el cambio de Cuerpo y sólo se limite al cambio de unidad, dependencia o instalación. Ello, para ser más congruente con las áreas que integran la Secretaría de la Defensa Nacional.

Por lo que respecta a la fracción II, la modificación propone sustituir el término "cambio de Cuerpo o de comisión y el arresto" por "cambio de unidad, dependencia, instalación, comisión o el arresto", para especificar que a los oficiales se les impondrá un sólo correctivo y no los dos. De esta manera se mantiene la disposición de que los arrestos que imponga el Consejo de Honor podrán cumplirse en la Prisión Militar.

Prevenciones Generales:

Por último, se adiciona el Capítulo V denominado "Prevenciones Generales", el cual abarca dos artículos, el 42 y 43.

Dicha adición consiste en incorporar un artículo 42 que agrupa disposiciones aplicables a todo el cuerpo de la Ley, tales como la posibilidad de que el personal militar, en caso de queja de las disposiciones de un superior o de obligaciones que le imponen los actos del servicio tenga la potestad de acudir, no sólo ante el inmediato superior, sino hasta el Presidente de la República, en su calidad de Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas, en caso de no ser atendido.

De igual manera, se adiciona un artículo 43, cuyo contenido precisa que el personal militar que infrinja la Ley o algún precepto reglamentario, quedará sujeto a las disposiciones previstas en el Código de Justicia Militar.

En consecuencia, se espera que con las modificaciones propuestas, la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, continúe siendo la guía de comportamiento que vigoriza los principios generales de disciplina, los cuales, de aprobarse la reforma, estarán basados en una disciplina rígida, pero al mismo tiempo basada en la razón, que sirva como eje rector del quehacer diario. La iniciativa en términos generales tiende a realizar una presentación de la Ley de Disciplina actualizada, facilitando con ello su comprensión para todos los miembros del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

En particular y como lo señala el cuerpo de la misma iniciativa en los que explica con una gran claridad cada una de las reformas al articulado, se considera que mejora el actual texto que entró en vigor el 15 de marzo de 1926 y del decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de fecha 11 de diciembre de 1995.

Por lo expuesto la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados somete a su consideración el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE DISCIPLINA DEL EJERCITO Y FUERZA AEREA MEXICANOS

UNICO: Se reforman la denominación de los capítulos I, II y III; así como los artículos 1; 6; 11; 12; 13; 16; 21; 22; 23; 25; 28; 31, primer párrafo; 32; 33; 34; 35, fracciones II y IV; 36, fracción III y 37; se adicionan los Capítulos IV y V; así como los artículos 1 Bis; 3 Bis; 24 Bis; 24 Ter; 24 Quáter; 24 Quinquies; 33 Bis; 33 Ter; 33 Quáter; 33 Quinquies; 36, último párrafo; 42 y 43; y se derogan los artículos 27 y 30 de la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, para quedar como sigue:

CAPÍTULO I
Disposiciones Generales

Artículo 1.- La presente ley tiene por objeto preservar la disciplina militar como principio de orden y obediencia que regula la conducta de los individuos que integran el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos. Sus disposiciones son de observancia obligatoria para todos los militares que integran el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos de conformidad con su Ley Orgánica.

Artículo 1 Bis.- El servicio de las armas exige que el militar lleve el cumplimiento del deber hasta el sacrificio y que anteponga al interés personal, el respeto a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la soberanía de la Nación, la lealtad a las instituciones y el honor del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

Artículo 2.- ...

Artículo 3.- ...

Artículo 3 Bis.- La disciplina es la base fundamental del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, los cuales existen primordialmente para defender los intereses de la Patria y preservar su vida institucional.

Artículo 4.- ...

CAPÍTULO II
Principios Generales de Disciplina Militar

Artículo 5.- ...

Artículo 6.- En caso de extrema necesidad en actos del servicio, el superior podrá servirse de sus armas o de la fuerza a su mando para obtener obediencia a sus órdenes o mantener la disciplina.

Artículo 7.- ...

Artículo 8.- ...

Artículo 9.- ...

Artículo 10.- ...

Artículo 11.- El militar se abstendrá de murmurar con motivo de las disposiciones superiores o de las obligaciones que le impone el servicio.

Artículo 12.- El militar no deberá elevar quejas infundadas, hacer públicas falsas imputaciones o cometer indiscreciones respecto de los actos del servicio.

Artículo 13.- El militar aceptará dignamente y con satisfacción las obligaciones que le imponga su servicio, sin oponer dificultades, pero cuando menoscabe su jerarquía militar, tendrá derecho de representar ante la superioridad.

Artículo 14.- ...

Artículo 15.- ...

Artículo 16.- En actos del servicio, el militar no podrá hacerse representar por apoderado. Tampoco deberá elevar peticiones en grupo, ni solicitud tendiente a contrariar o retardar órdenes del servicio.

Artículo 17.- ...

Artículo 18.- ...

Artículo 19.- ...

Artículo 20.- ...

Artículo 21.- El militar debe comportarse con el más alto grado de cortesía y educación, guardando la compostura que corresponde a su dignidad y la marcialidad que debe ostentar como miembro del Ejército y Fuerza Aérea.

Artículo 22.- El militar prestará, siempre que le sea posible, su ayuda moral y material a sus subalternos y compañeros que la necesiten, pues no debe olvidar nunca que la solidaridad y ayuda mutua facilitan la vida en común y el cumplimiento de los deberes militares, constituyendo el espíritu de cuerpo, sentimiento de las colectividades que todos los militares tienen el deber de fomentar.

Artículo 23.- El militar que porte uniforme se abstendrá de entrar a centros de vicio y de prostitución, salvo que estén realizando actos del servicio.

Artículo 24.- ...

Artículo 24 Bis.- El militar, atendiendo a su honor y principios, debe obrar con equidad y justicia, ser ejemplo de puntualidad y preocuparse por cumplir con lo ordenado, anteponiendo su iniciativa e inteligencia.

CAPÍTULO III
Correctivos Disciplinarios

Artículo 24 Ter.- Correctivo disciplinario es la medida coercitiva que se impone a todo militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, por haber infringido las leyes o reglamentos militares, siempre y cuando no constituyan un delito.

Artículo 24 Quáter.- Los correctivos disciplinarios se clasifican en:

I. Amonestación;
II. Arresto, y
III. Cambio de unidad, dependencia, instalación o comisión en observación de su conducta, determinado por el Consejo de Honor.
Artículo 24 Quinquies.- La amonestación es el acto por el cual el superior advierte al subalterno, de palabra o por escrito, la omisión o defecto en el cumplimiento de sus deberes; invitándolo a corregirse.

En ambos casos, quien amoneste lo hará de manera que ningún individuo de menor categoría a la del aludido se aperciba de ella, procurando observar en estos casos la discreción que les exige la disciplina.

Queda prohibida la reprensión que, por ser afrentosa y degradante, es contraria a la dignidad militar.

Artículo 25.- El arresto es la reclusión que sufre un militar en el interior de las unidades, dependencias o instalaciones militares y puede ser impuesto con o sin perjuicio del servicio.

En el primer caso, sólo podrán desempeñarse aquellos servicios que no requieran salir del alojamiento, por estar el militar a disposición de su Comandante o Jefe de la Unidad, Dependencia o Instalación.

Artículo 26.- ...

Artículo 27.- (Se deroga).

Artículo 28.- Toda orden de arresto deberá darse por escrito. En caso de que un militar se vea precisado a imponerlo por orden verbal, surtirá efectos de inmediato, pero dicha orden deberá ser ratificada por escrito dentro de las 24 horas siguientes, anotando el motivo y fundamento de la misma, así como la hora; en caso de que no se ratifique, la orden quedará sin efecto.

Artículo 29.- ...

Artículo 30.- (Se deroga).

Artículo 31.- El militar que ejerce Superioridad jerárquica o de cargo, podrá imponer correctivos disciplinarios.

...

...

Artículo 32.- Tienen facultad para imponer arrestos a sus subalternos en jerarquía o cargo, los Generales, Jefes, Oficiales y clases.

Artículo 33.- Los arrestos se impondrán a:

I. Los Generales y Jefes, hasta por 24 y 48 horas, respectivamente;
II. Los Oficiales, hasta por ocho días, y
III. La Tropa, hasta por quince días.
Los Generales, Jefes, Oficiales y Tropa que no tengan destino fijo y se encuentren en disponibilidad, cumplirán los arrestos que se les impongan en cualquiera de los recintos militares señalados en el artículo 25 de esta Ley.

Los militares en situación de retiro cumplirán el arresto en la instalación militar más cercana a su domicilio.

El Secretario de la Defensa Nacional tendrá facultad para amonestar, así como para imponer y graduar arrestos a los Generales, Jefes, Oficiales y Tropa, hasta por quince días.

Artículo 33 Bis.- Tienen facultad para graduar arrestos:

I. El Secretario, Subsecretario y Oficial Mayor de la Secretaría de la Defensa Nacional;
II. En las tropas a su mando:
a) Los Comandantes del Ejército y la Fuerza Aérea, los Comandantes de Mandos Territoriales, de Unidades y Organismos Circunstanciales;

b) Los Directores Generales de las Armas y Servicios, y
c) Los Directores y Jefes de Dependencias e Instalaciones.

En ausencia de los anteriores, la facultad recaerá en quien los suceda en el mando o cargo.

Artículo 33 Ter.- Todo militar facultado para graduar arrestos tendrá en cuenta, al hacerlo, que sea proporcional a la falta cometida, a la jerarquía, al cargo, a los antecedentes del infractor, a las circunstancias, al grado que ostente y al cargo de quien lo impuso.

Cuando a juicio del que deba graduar el correctivo, la gravedad de la falta merezca la imposición de un arresto superior al máximo que le sea permitido aplicar, dará cuenta a la autoridad facultada para que sea ella quien lo gradúe. El militar facultado para graduar arrestos, podrá dejarlos sin efecto o sustituirlos por amonestación.

Artículo 33 Quáter.- El que haya recibido orden de arresto, deberá comunicar al superior de quien dependa así como al que se la impuso, el inicio y término de su cumplimiento. Los Generales, Jefes y Oficiales lo harán por escrito y la Tropa de forma verbal.

Artículo 33 Quinquies.- El militar que esté cumpliendo un arresto y se haga acreedor a otro, empezará a cumplir este último desde el momento en que se le comunique.

CAPÍTULO IV
Consejo de Honor

Artículo 34.- El Consejo de Honor se establecerá en las unidades y dependencias del Ejército y Fuerza Aérea; se constituirá con un presidente y cuatro vocales en las unidades y con un presidente y dos vocales en las dependencias, conforme al Reglamento respectivo.

Artículo 35.- ...

I. ...

II. De la embriaguez, uso de narcóticos y juegos prohibidos por la ley;

III. ...

IV. De la falta de honradez en el manejo de caudales que no constituya un delito;

V. ...

VI. ...

Artículo 36.- ...

I. ...

II. ...

III. Acordar se solicite la baja del Ejército y Fuerza Aérea por determinación de mala conducta, para el personal de Tropa y de los militares de la clase de auxiliar.

IV. ...

En caso de la fracción III se otorgará al militar un plazo de quince días naturales para que manifieste lo que su interés convenga.

Artículo 37.- Los castigos correccionales a que se refiere la fracción II del artículo anterior son:

I. Para las clases y soldados, el cambio de unidad, dependencia e instalación o el arresto hasta por quince días en prisión militar.

II. Para los Oficiales, el cambio de unidad, dependencia, instalación, comisión o el arresto hasta por quince días en prisión militar.

Artículo 38.- (Derogado).

Artículo 39.- ...

Artículo 40.- ...

Artículo 41.- ...

CAPÍTULO V
Prevenciones Generales

Artículo 42.- El militar que tenga alguna queja en relación con las disposiciones superiores o las obligaciones que le impone el servicio, podrá acudir ante el superior inmediato para la solución de sus demandas y, en caso de no ser debidamente atendido, podrá llegar por rigurosa escala, hasta el Presidente de la República, si es necesario.

Artículo 43.- Todo militar que infrinja la presente Ley, así como algún precepto reglamentario, se hará acreedor a un correctivo disciplinario, de acuerdo con su jerarquía en el Ejército y Fuerza Aérea y, si la magnitud de su falta constituye un delito, quedará sujeto a lo dispuesto por el Código de Justicia Militar.

TRANSITORIOS

Artículo Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo.- Se derogan todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que se opongan a este Decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de septiembre de 2004.

Diputados: Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Presidente; Ernesto Alarcón Trujillo, secretario; Fermín Trujillo Fuentes (rúbrica), secretario; Fernando A. Guzmán Pérez Peláez (rúbrica), secretario; Cristina Portillo Ayala (rúbrica), secretaria; Juan Antonio Guajardo Anzaldúa (rúbrica), secretario; José Alberto Aguilar Iñárritu (rúbrica), Jorge de Jesús Castillo Cabrera (rúbrica), Sami David David (rúbrica), Florentino Domínguez Ordóñez (rúbrica), Abel Echeverría Pineda (rúbrica), José García Ortiz (rúbrica), Jorge Ortiz Alvarado (rúbrica), Lino Celaya Luría (rúbrica), Carlos Osvaldo Pano Becerra (rúbrica), María del Consuelo Rodríguez de Alba (rúbrica), Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica), Julián Angulo Góngora (rúbrica), José Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), Irene Herminia Blanco Becerra (rúbrica), Rodrigo Iván Cortés Jiménez, Adriana González Carrillo, José Julián Sacramento Garza (rúbrica), Rubén Mendoza Ayala, Margarita Esther Zavala Gómez del Campo (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Pablo Franco Hernández, Ana Lilia Guillén Quiroz (rúbrica), Elpidio Tovar de la Cruz (rúbrica), Félix Adrián Fuentes Villalobos (rúbrica).
 
 
 
DE LA COMISION DE ECONOMIA, CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 3, 5, 6 Y 8 DE LA LEY SOBRE ELABORACIÓN Y VENTA DE CAFÉ TOSTADO

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Economía, le fue turnada para su estudio y dictamen, la Minuta de la Cámara de Senadores, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley sobre elaboración y venta del Café Tostado.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1; 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los artículos 57, 60, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Economía de la H. Cámara de Diputados se abocó al estudio y análisis de la Minuta descrita, al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

PRIMERO. En sesión de fecha 29 de abril de 2004, la secretaría dio cuenta al Pleno de la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley sobre la elaboración y venta del Café Tostado.

SEGUNDO. En la misma sesión, la Presidencia de la Mesa Directiva, acordó dar el siguiente trámite: "Túrnese a la Comisión de Economía, con opinión de la Comisión Especial del Café".

TERCERO. Para Los mismos efectos, mediante oficio número D.G.P.L 59-II-2-577, de fecha 29 de abril de 2004, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, remitió a esta Comisión de Economía, el expediente con la Minuta con Proyecto de Decreto antes referido.

CUARTO. Con fecha 3 de Septiembre de 2004 y mediante oficio CEC/072/2004 el presidente de la Comisión Especial del Café remitió a esta Comisión la opinión que respecto la minuta elaboraron, misma que se signa por la Mesa Directiva de la Comisión Especial del Café, y que es en sentido favorable.

Tomando como base los elementos de información disponibles, así como la minuta citada, la Comisión de Economía procedió a su análisis y estudio para cumplir con el mandato del pleno de ésta H. Cámara de Diputados, y de igual forma la Comisión Especial del Café remitió a la Comisión de Economía misma que se incorpora en este Dictamen.

ANÁLISIS DE LA MINUTA.

La minuta que se propone tiene como objetivo, que las mezclas de café y el café mezclado con otros productos observen las normas sobre la información comercial de calidad se elaboren y expidan conforme a la Ley de Metrología y Normalización.

De igual forma propone que los envases que contengan café mezclado con otros productos ostenten clara y verazmente la información sobre las sustancias o materias extrañas que contenga y el porcentaje de café tostado, así como mencionar los aditivos incorporados para conservar el producto y las sustancias naturales que se haya extraído parcial o totalmente.

La minuta también incorpora la obligación de que en los expendios de café, cafés o cafeterías autorizadas otorguen información clara al consumidor sobre las calidades, tipo de preparación, que permitan la identificación del producto.

Así mismo la minuta modifica y actualiza los nombres de las Secretarías de Salud y de Economía y del Consejo Mexicano del Café.

CONSIDERANDOS.

PRIMERO.- Esta Comisión de Economía considera que las propuestas planteadas van orientadas principalmente a certificar la garantía de la calidad del café mezclado, lo que permite que a nivel internacional se pueda incrementar la competitividad y el éxito en los mercados del café mexicano, ya que en las circunstancias actuales la certificación de la calidad es un factor importante, para nuestros productores.

SEGUNDO.- Así mismo las propuestas de reforma benefician a los consumidores, al existir la posibilidad de obtener información veraz, comprobable y completa respecto al producto que estarán consumiendo, evitando confusión o error al adquirir el producto, de igual forma beneficia al los productores ya que será mas fácilmente detectable los productos que no siendo café se ostentan como tal y que tiene como consecuencia que exista una competencia desleal entre productores.

TERCERO.- Esta comisión coincide con la colegisladora respecto a que las propuestas planteadas son congruentes con artículo 36, primer párrafo del Convenio Internacional del Café del que México es parte y que señala que; "los miembros se esforzaran por prohibir la publicidad y la venta de café, de productos que contengan como materia prima básica menos del 95 por ciento del café verde", y en ese sentido y a través de las Normas Oficiales Mexicanas se deberá de señalar si se trata de café mezclado o mezcla de café con otros productos, y si se trata de café, tostado, grano de molino, cantidades de las mezclas, si es descafeinado entre otros.

CUARTO.- Es importante la reforma ya que muchos de los productos que se encuentran hoy en día disponibles al consumidor son de una calidad inferior, obedeciendo a la lógica de mercado de vender más barato sacrificando o transfiriendo los costos de la producción. A esta situación hay que añadir la histórica desorganización de los consumidores, lo que les ha convertido muchas veces en sujetos pasivos de un mercado despersonalizado e interesado en maximizar los beneficios y minimizar los costos, aún a costa de engaños o de la salud del propio consumidor, con la reforma se permite que los consumidores y productores se vean beneficiados.

QUINTO.- Además, desde hace algunas décadas se han constituido en México organizaciones de pequeños productores y artesanos como una forma de enfrentar la apremiante situación económica que se vive en el país. Estas organizaciones han buscado, por diversas vías, añadir valor a sus productos para venderlos bajo mejores condiciones en los mercados nacionales e internacionales y, no obstante que existen numerosos ejemplos de organizaciones que han tenido éxito en colocar sus productos en mercados especializados (como el de productos orgánicos por ejemplo), miles de productores y artesanos todavía padecen graves carencias, causadas entre otras razones, por los problemas que atraviesan al momento de comercializar sus bienes, esta Comisión considera que la reforma planteada beneficiara a estos pequeños productores a que logren una competencia sana.

Por todos los considerando ya vertidos esta Comisión, somete a consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea, para su análisis, discusión y, en su caso aprobación, el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY SOBRE ELABORACIÓN Y VENTA DE CAFÉ TOSTADO.

ARTÍCULO ÚNICO: Se reforman los Artículos 3, 5, 6 y 8 de la Ley sobre Elaboración y Venta de Café tostado, debiendo quedar como sigue:

Artículo 1.......

Artículo 2 ........

Artículo 3...

Las mezclas de café y el café mezclado con otros productos observarán rigurosamente las normas que sobre información comercial y de calidad se elaboren y expidan, en los términos establecidos en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, lo que podrá ser demostrado mediante los certificados de conformidad que para el efecto expidan los organismos de certificación acreditados y aprobados.

Artículo 4........

Artículo 5

El café tostado, exceptuando el café en grano y el molido a la vista del consumidor, sólo podrá venderse en envases cerrados, sellados o precintados que ostenten clara y verazmente los siguientes datos:

I. Nombre y dirección del titular y número del registro ante la Secretaría de Salud.

II...

III...

IV. En el caso de café mezclado con otros productos, la información que requieran las normas a que se refiere el artículo 3 de esta Ley, la cual deberá exigir la declaración puntual de las sustancias o materia extraña que contenga y ostentar su porcentaje respecto del contenido de café tostado, con letra dos veces más grande que la palabra café; así como la mención de los aditivos incorporados para conservar el producto y las sustancias naturales que se le hayan extraído parcial o totalmente.

V...

Artículo 6

Los expendios de café y los cafés o cafeterías autorizados para operar tostador o molino de café, tendrán a la vista del público el café a granel durante su elaboración, y usarán para su venta, envases cerrados, sellados o precintados en que aparezcan impresos los datos a que se refiere el Artículo 5o.

Dichos establecimientos otorgarán información clara al consumidor sobre las calidades, tipo de preparación, tostado, grado de molido y aquéllos pertinentes, que permitan la identificación del producto con el objeto de fomentar el consumo de café de calidad y mejorar la imagen del café mexicano.

Artículo 7 ..........

Artículo 8

El Consejo Mexicano del Café auxiliará a las Secretarías de Salud y de Economía, conforme a las atribuciones de éstas, en la aplicación de la presente Ley. La Secretaría de Economía promoverá las acciones que permitan la certificación de las marcas, productos y tipos de café, en cuanto al cumplimiento de las disposiciones de este ordenamiento y de sus reglamentos y de las normas oficiales aplicables al café tostado en materia de calidad y etiquetado.

Artículo 9 ............

TRANSITORIOS

ARTÍCULO PRIMERO: El presente Decreto entrará en vigor a los 60 días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

ARTÍCULO SEGUNDO: A partir de la entrada en vigor de este Decreto, la Secretaría de Economía iniciará, en consulta con el sector cafetalero nacional, y en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el proceso que conduzca a la expedición de normas oficiales mexicanas en materia de etiquetado y calidades para mezclas de café y de café mezclado con otros productos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de septiembre de 2004.

Diputados: Manuel López Villarreal (rúbrica), Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno, Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), José María de la Vega Lárraga (rúbrica), Jaime del Conde Ugarte (rúbrica), María Antonia García Sanjinés (rúbrica), Francisco Javier Landero Gutiérrez (rúbrica), Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), José Manuel Abdala de la Fuente, Óscar Bitar Haddad, Carlos Blackaller Ayala (rúbrica), Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), Alfredo Gómez Sánchez (rúbrica), Gustavo Moreno Ramos, Eduardo Olmos Castro, Jesús María Ramón Valdez, Fernando Ulises Adame de León, Jorge Baldemar Utrilla Robles (rúbrica), José Mario Wong Pérez, Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz, Yadira Serrano Crespo, Víctor Suárez Carrera, Jazmín Elena Zepeda Burgos.
 
 
 
DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES, CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UNA FRACCIÓN VI AL ARTÍCULO 3 DE LA LEY DE NACIONALIDAD

A la Comisión de Relaciones Exteriores, de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados al Honorable Congreso de la Unión, fue turnada para su discusión y dictamen, la iniciativa con Proyecto de Decreto por la que se adiciona una fracción al artículo 3 de la Ley de Nacionalidad, referente a la inclusión de la matrícula consular como documento probatorio de la nacionalidad mexicana.

La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo establecido por los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con las facultades que le otorgan los artículos 39 párrafos 1 y 2 fracción XVIII; 45 párrafo 6 incisos f) y g) y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y las que se deriven al caso, como son las contenidas en los artículos 56, 60, 87, 88 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Propio Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen bajo la siguiente:

METODOLOGIA

La Comisión de Relaciones Exteriores, encargada del análisis, estudio y dictamen de la iniciativa presentada, desarrolló su trabajo conforme al procedimiento que a continuación se describe:

1.- En el capítulo "Antecedentes" se da cuenta del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo, turno para el dictamen de la iniciativa de decreto y de los trabajos previos de la Comisión.

2.- En el rubro "Exposición de Motivos" se exponen los alcances de la propuesta de reformas y adiciones en estudio, y se hace una breve referencia de los temas que la componen.

3.- En las "Consideraciones" los diputados integrantes de la Comisión expresan argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de respaldar en lo general la iniciativa en análisis.

1.- ANTECEDENTES

PRIMERO.- Con fecha de 27 de abril de 2004, el Dip. Omar Bazán Flores del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la Iniciativa que adiciona una fracción al artículo 3 de la Ley de Nacionalidad, referente a la inclusión de la matrícula consular como documento probatorio de la nacionalidad mexicana.

SEGUNDO.- En sesión celebrada el 27 de abril de 2004, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, turnó a la Comisión de Relaciones Exteriores para su estudio y dictamen, la iniciativa de reforma aludida.

TERCERO.- Derivado de lo anterior, los diputados integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, conocimos la iniciativa presentada y la misma fue analizada y aprobada en sus términos por el Grupo de Trabajo de Seguimiento a Asuntos Legislativos de esta Comisión, quien realizó la labor tendiente a analizar su aprobación sobre la base de la siguiente:

2.- EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los movimientos migratorios tienen origen en la movilidad natural de los seres humanos en su búsqueda de mejores condiciones de vida. A través de la historia, permitieron el asentamiento de comunidades en regiones que al correr del tiempo construyeron el concepto de nación.

La nación se construyó a través de los siglos y generaciones de individuos, que unidos por el concepto de pertenencia a un espacio de tierra, formaron lazos de raza, creencia, cultura, conocimiento, interés y valores. Todo ello permitió la definición de ciudadanía, la cual formaba parte de un territorio, donde se establece la nacionalidad. Creando corresponsabilidad entre ellos con un espíritu de solidaridad y fraternidad, estableciendo formas de Gobierno que administraba la riqueza y se encargaba de su justa distribución entre sus coterráneos.

Esta corresponsabilidad era respondida por la sociedad al participar en los procesos productivos para generar los insumos necesarios para la subsistencia de toda la comunidad, estos procesos permitieron satisfacer los niveles de vida que fueron evolucionando hasta crear las diferencias de clases que componen el mosaico de la nación.

Con la formación de los Estados-nación, las migraciones dejaron de tener un carácter colonizador; se modificaron sus definiciones, categorías y conceptos; se crearon pasaportes y las visas para distinguir a los nacionales de los extranjeros; se intento controlar el flujo de personas a través de las fronteras nacionales y se concibieron políticas y mecanismos para permitir a los extranjeros residir en el territorio de los nuevos estados. Así, las migraciones, en esta etapa, tienen características, condiciones y calidad diferentes, tanto por el origen de los estados expulsores, como por su destino, las causas que la motivan y la aceptación de las sociedades receptoras, entre otros factores.

El surgimiento y la consolidación del capitalismo modificó paulatina pero sustancialmente las características de las migraciones y dio inicio a un proceso de conformación e integración de un mercado de trabajo internacional que no es ajeno al proceso de internacionalización y transnacionalización del sistema en su conjunto. La vocación internacionalista del capitalismo le permito incorporar, canalizar y adecuar las tradiciones y rutas migratorias internacionales a las necesidades del proceso de acumulación capitalista de los grandes centros hegemónicos.

Nuestro país ha sufrido la miseria y la pobreza heredada desde la conquista, pasando por el imperio porfirista hasta el movimiento de masas, que fue la Revolución Mexicana.

Este movimiento fue el punto culminante de una nación que nacía y se abría paso de su subdesarrollo hacia un Estado moderno, que permitiría su construcción desde las más grandes demandas sociales: tierra, libertad y justicia.

Los gobiernos posrevolucionarios, como define Don Pablo González Casanova en Historia de la Revolución Mexicana, permitieron la construcción del Estado Moderno, si embargo la centralización del poder, la disminución de instrumentos de participación social y, sobre todo, las políticas neoliberales que se implantaron en los últimos 4 sexenios, sumieron al país, desde los años ochenta, en una grave crisis económica que disminuyeron drásticamente las expectativas de trabajo a nuestra sociedad.

Los fenómenos migratorios en nuestro país tienen su raíz a partir de la firma del Tratado de Guadalupe Hidalgo el 2 de febrero de 1848, cuando perdimos más de la mitad de nuestro territorio, y un gran número de familias fueron divididas. En 1850, con la fiebre del oro en California y la escasez de trabajador en el oeste y sudoeste de Estados Unidos, se iniciaron los movimientos migratorios provenientes de México. En 1870, los desplazamientos comenzaron a ser más numerosos, puesto que son acelerados por la contratación de contingentes de trabajadores para la construcción de las vías férreas que comunicaban al norte con el oeste de Estados Unidos. Para esas fechas no se habían puesto restricciones legales a la entrada de ningún tipo de migrantes. La primera contratación fue la del "traque", es decir, la vía. Fueron empleados para colocar rieles, construir terraplenes y dar mantenimiento a las líneas.

La presencia de los trabajadores Mexicanos, como un grupo importante de inmigrantes que apuntalaron el florecimiento económico de esa región Estadounidense, se explica si observamos que además de realizar las labores más penosas recibían los salarios más bajos.

La emigración de indocumentados es un fenómeno que históricamente ha estado asociado a la emigración documentada, sin embargo, con la aparición de restricciones legales y cuantitativas en la política formal de inmigración de los Estados Unidos, y con el aumento en las demandas de trabajadores agrícolas, se observó un incremento en la inmigración indocumentada, fenómenos que se conjugan en el contexto de la finalización de los programas de braceros y de la aprobación de la Ley de Inmigración de 1965.

Este fenómeno se agudiza a partir de la Segunda Guerra Mundial, cuando los Estados Unidos de Norteamérica, necesitados de mano de obra, firmaron un acuerdo de contratación con nuestro país. Gracias a este ejercito de campesinos, se pudo recoger las cosechas de los campos agrícolas que alimentaron, no solo a los ciudadanos, si no a las fuerzas armadas que combatían en Europa; no hay que olvidar tampoco, que fue principalmente la mano de obra de Mexicanos las que construyeron el ferrocarril en los Estados Unidos de América al principio del siglo XX.

La globalización de la economía también globalizó las crisis; una economía sujeta a la economía externa sufría gravemente cada crisis que sucedía en esta pero también fortalecía el aumento de los movimientos migratorios que tenían como objetivo las fuentes laborales y mejores ingresos.

Todo lo anterior explica las condiciones de los Mexicanos migrantes, quienes en los últimos años han demandado mayor atención de parte de las autoridades gubernamentales y representantes populares. Por lo que, es importante reconocer que la matricula consular, se ha convertido en un documento de identidad para aquellos que no tienen algún tipo de identificación.

Este documento ha permitido a las autoridades mexicanas buscar acuerdos bilaterales que benefician a los migrantes, y lograr que muchas autoridades estadounidenses la reconozcan de manera oficial para ciertos trámites. Si este documento de identificación ha sido reconocido como tal, es hora de hacer lo mismo aquí en nuestro país. Se requiere cumplir con lo que de manera reiterada se ha demandado, desde múltiples organismos nacionales, para lograr que esta identificación sea documento oficial aceptado por nuestras autoridades, para que quien la porte sea reconocido como mexicano; esto sería solo una pequeña contribución al apoyo necesario y vital que requieren los mexicanos en el exterior.

3.- CONSIDERACIONES

Los diputados integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, consideramos que se trata de una adición de gran importancia y trascendencia, que formalizará y asegurará en el futuro la identificación de los mexicanos en el exterior y garantizará que se materialicen beneficios que los gobiernos han acordado y seguirán acordando para ellos.

Entre las bondades que estimamos traerá esta reforma se encuentra la posibilidad de ampliar las oportunidades que la presentación de este documento les reportaría para su residencia en el extranjero. El propósito inicial de este registro consular, emitido en el presente de acuerdo a lo establecido en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, es el de facilitar a los agentes consular la atención de los nacionales en el extranjero así como su localización.

En este sentido resulta fundamental su inclusión dentro de la ley de Nacionalidad pues aunque ya existe esta prescripción en el Reglamento de la Ley General de Población, en su artículo 103, fracción IV, es la primera ley la que identifica a los nacionales mexicanos.

Es bien sabido el hecho de que los mexicanos en Estados Unidos, país en donde reside la gran mayoría de los mexicanos en el exterior, o en otros puntos del extranjero no cuentan con una identificación que los acredite como nacionales mexicanos como la credencial de elector, a falta de la cual la matrícula consular es un documento importantísimo dada la creciente aceptación del documento entre autoridades locales y prestadores de servicios en Estados Unidos para la realización de diversos trámites públicos y privados.

Lo correspondiente en México debe ser plasmado en la ley de nacionalidad a fin de que termine la incongruencia que supone reconocerla como identificación en los Estados Unidos y no en México. Máxime cuando nuestro país tiene una larga tradición de emisión de la matrícula consular que data de hace más de un siglo. Asimismo, a partir de marzo de 2003, contamos con una matrícula segura con fotografía digitalizada, banda magnética e identificación holográfica que no permite su falsificación o uso indebido.

Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, sometemos a consideración del Pleno de esta Honorable Asamblea el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UNA FRACCION VI, PASANDO LA ACTUAL A SER LA FRACCIÓN VII, AL ARTÍCULO 3 DE LA LEY DE NACIONALIDAD.

Artículo Único.- Se adiciona una fracción VI, pasando la actual a ser la fracción VII, al artículo 3 de la Ley de Nacionalidad, para quedar como sigue.

Artículo 3. ...

I. a V ...

VI.- La matrícula consular que cuente con los siguientes elementos de seguridad:

a) Fotografía digitalizada;
b) Banda magnética, e
c) Identificación holográfica.

VII.- A falta de los documentos probatorios mencionados en las fracciones anteriores, se podrá acreditar la nacionalidad mediante cualquier elemento que, de conformidad con la ley, lleve a la autoridad a la convicción de que se cumplieron los supuestos de atribución de la nacionalidad mexicana.

Transitorio

Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de octubre de 2004.

Diputados: Adriana González Carrillo (rúbrica), Presidenta; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre, Carlos Jiménez Macías (rúbrica), Arturo Robles Aguilar (rúbrica), Jorge Martínez Ramos (rúbrica), secretarios; Rodrigo Iván Cortés Jiménez (rúbrica), Ángel Juan Alonso Díaz Caneja (rúbrica), Humberto Cervantes Vega, José Alberto Aguilar Iñárritu (rúbrica), Sami David David (rúbrica), Homero Díaz Rodríguez, María Cristina Díaz Salazar, José Luis Flores Hernández, Rogelio Alejandro Flores Mejía (rúbrica), Carlos Flores Rico (rúbrica), Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas, Alejandra Méndez Salorio (rúbrica), Guadalupe Morales Rubio, Sergio Penagos García (rúbrica), Cristina Portillo Ayala, Francisco Saucedo Pérez (rúbrica), Carlos Noel Tiscareño Rodríguez (rúbrica), Juan José García Ochoa (rúbrica), Isidoro Ruiz Argaiz, Alejandro González Yáñez, Francisco Javier Guízar Macías (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Francisco Xavier López Mena (rúbrica), Marco Antonio Torres Hernández.
 
 
 
DE LA COMISION DE SEGURIDAD PÚBLICA, CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA UN PÁRRAFO SEGUNDO AL ARTÍCULO 37 DE LA LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Seguridad Pública de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, fue turnada la Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo segundo al articulo 37 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, presentada por el Diputado Jorge Uscanga Escobar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 56, 60, 65, 85, 87, 88, 94 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Seguridad Pública somete a consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente:

DICTAMEN

1.- Proceso Legislativo.

1.1.- En sesión celebrada el 16 de junio de 2004, el Diputado Jorge Uscanga Escobar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 37 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

1.2.- En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, determinó turnar la citada iniciativa a la Comisión de Seguridad Pública para su estudio y dictamen correspondiente.

1.3.- Luego de la recepción formal, en sesión de la Comisión de Seguridad Pública, celebrada el 27 de julio del año en curso, se presentó a la consideración del Pleno de dicho Órgano Colegiado un proyecto de dictamen, mismo que previo su análisis y discusión, fue aprobado, ordenando se remitiera a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, para los fines subsiguientes.

1.4.- En Sesión Extraordinaria de la Cámara de Diputados de fecha 30 de julio del año en curso, fue presentado el dictamen para su discusión y aprobación, con la adición de un transitorio único del tenor siguiente: "El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación", siendo aprobado el dictamen sin debate en votación económica y turnada la Minuta con Proyecto de Decreto en la misma fecha a la Cámara de Senadores para los efectos del procedimiento legislativo previsto en el inciso "A" del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

1.5.- La Presidencia de la Cámara de Senadores, con fecha 2 de agosto del año en curso, turnó de manera oficial la Minuta y expediente de referencia a la Comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, para su estudio y dictamen correspondiente, mismo que fue presentado con modificaciones y aprobado por las referidas Comisiones con fecha 4 de agosto de 2004.

1.6.- El dictamen fue presentado para su aprobación a la Cámara de Senadores en sesión del 4 de agosto del año en curso y con dispensa de segunda lectura e intervención del Senador Rutilo Cruz Escandón, se aprobó por 110 votos a favor y se devolvió a esta Cámara de Diputados para los efectos de lo dispuesto por el inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

1.7.- Posteriormente, con fecha 2 de septiembre del año en curso se turnó a esta Comisión de Seguridad Pública, la Minuta y el expediente respectivo con número 1581, para su estudio y trámite legislativo subsiguiente.

2.- Materia de la Iniciativa.

2.1.- Mediante la Iniciativa objeto del análisis y discusión, el diputado proponente sometió a la consideración de la Cámara de Diputados, adicionar con un segundo párrafo el artículo 37 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para que, en el caso de secuestro, se otorguen recompensas para estimular el auxilio y participación de la ciudadanía; como un incentivo para que cualquier persona aporte información útil que sirva para liberar a las víctimas del secuestro y capturar a los responsables.

El texto propuesto por el Diputado ponente es del tenor siguiente:

"ÚNICO.- Se adiciona un segundo párrafo al artículo 37 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, para quedar como sigue:

artículo 37. Cuando se gire orden de aprehensión en contra de un miembro de la delincuencia organizada, la autoridad podrá ofrecer recompensa a quienes auxilien eficientemente para su localización y aprehensión, en los términos y condiciones que, por acuerdo específico, el Procurador General de la República determine.

En el caso de secuestro, la autoridad podrá ofrecer recompensa a quienes auxilien con cualquier información que resulte cierta y eficaz para la liberación de las víctimas y la aprehensión de los delincuentes."

2.2.- Los Senadores integrantes de las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores, le introdujeron modificaciones al texto originalmente propuesto, con las que se precisa que el informante acreedor de la recompensa, no deberá haber participado en el delito; la terminología relativa a presuntos responsables en lugar de delincuentes y la obligación de la autoridad para garantizar la confidencialidad del informante, con lo que el texto modificado es del tenor siguiente:

"ÚNICO.- Se adiciona un segundo párrafo al artículo 37 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, para quedar como sigue:

artículo 37. Cuando se gire orden de aprehensión en contra de un miembro de la delincuencia organizada, la autoridad podrá ofrecer recompensa a quienes auxilien eficientemente para su localización y aprehensión, en los términos y condiciones que, por acuerdo específico, el Procurador General de la República determine.

En el caso de secuestro, la autoridad podrá ofrecer recompensa a quienes sin haber participado en el delito, auxilien con cualquier información que resulte cierta y eficaz para la liberación de las víctimas o la aprehensión de los presuntos responsables. La autoridad garantizará la confidencialidad del informante.

TRANSITORIO.

Artículo Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación".

3.- Valoración de la Iniciativa.

3.1.- Los Diputados integrantes de la Comisión luego de valorar su alcance y contenido, decidieron aprobar, como se ha señalado, en primer término la Iniciativa del Ley presentada por el Diputado Jorge Uscanga Escobar y en este acto, la Minuta con modificaciones procedente del Senado de la República.

3.2.- En efecto, se determinó que en razón de las circunstancias que hoy aquejan a nuestro país en torno a la incidencia delictiva en materia de la comisión del delito de secuestro, realmente es necesario sumar esfuerzos y la unidades de inteligencia y combate al secuestro sean receptivos de todos los elementos e indicios por mínimos o insignificantes que parezcan y que además, es necesario fortalecer los canales de información existentes y abrir nuevos cauces. Impulsar y estimular la participación ciudadana.

Así mismo, se consideró y valoró la importancia de que, si para liberar a las víctimas y capturar a sus agresores lo que se necesita urgentemente son indicios, datos y en general información que oriente la investigación, la acción y los operativos de la autoridad policial, entonces no se debe escatimar ningún esfuerzo para contar con esa información en forma oportuna.

Por ello se consideró conveniente proponer que se otorgue recompensa para estimular el auxilio y participación de la ciudadanía. que sirva como un incentivo para que cualquier persona aporte información útil que sirva para liberar a las víctimas del secuestro y capturar a los responsables.

Este estimulo para combatir el secuestro se encuentra previsto en las legislaciones de Europa y Estados Unidos desde hace más de 20 años, mientras que en Latinoamérica, Colombia la incluyó en su legislación desde 1996, dentro de su ley 282, conocida también como Ley Antisecuestro, y en julio del 2003 fue aprobada una similar en Argentina, como parte de sus reformas para combatir este delito.

En México, se encuentra previsto el otorgamiento de recompensas tanto en la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, como en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

Sin embargo, se consideró necesario introducir la adición de un segundo párrafo al artículo 37 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada para que exista mayor claridad y eficacia de este dispositivo legal, sobre todo por lo que hace al secuestro; es decir, que no solamente se otorgue cuando medie la existencia de orden de aprehensión, sino desde que se tome conocimiento de los hechos delictivos.

Respecto de los fondos para el pago de las recompensas, la Procuraduría General de la República, se encuentra legalmente facultada para ejercerlos por acuerdo específico, como lo prevé el artículo 5º de su ley orgánica.

Así mismo, se consideraron pertinentes las modificaciones introducidas por el Senado de la República, con lo cual se establecen restricciones a determinados sujetos que por su condición o circunstancias peculiares deben quedar excluidos del pago de recompensas, por haber participado en alguna de las fases del ilícito penal; así como, que la sola liberación de la víctimas o la aprehensión de los presuntos responsables, sean motivos suficientes, en una u otra hipótesis, para el otorgamiento de recompensa, y finalmente, que es realmente pertinente establecer la obligación para la autoridad en el sentido de garantizar confidencialidad respecto de los informantes, en aras de evitar represalias en su contra.

Por lo anteriormente expuesto y fundado se somete a consideración del Pleno de esta Honorable Cámara de Diputados, la aprobación de la siguiente:

Minuta con Proyecto de Decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 37 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

ÚNICO.- Se adiciona un segundo párrafo al artículo 37 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, para quedar como sigue:

artículo 37. Cuando se gire orden de aprehensión en contra de un miembro de la delincuencia organizada, la autoridad podrá ofrecer recompensa a quienes auxilien eficientemente para su localización y aprehensión, en los términos y condiciones que, por acuerdo específico, el Procurador General de la República determine.

En el caso de secuestro, la autoridad podrá ofrecer recompensa a quienes sin haber participado en el delito, auxilien con cualquier información que resulte cierta y eficaz para la liberación de las víctimas o la aprehensión de los presuntos responsables. La autoridad garantizará la confidencialidad del informante.

TRANSITORIO.

Artículo Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos. Palacio Legislativo de San Lázaro, México, Distrito Federal a los seis días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

Diputados: Jorge Uscanga Escobar (rúbrica), Presidente; José Manuel Abdala de la Fuente (rúbrica), Heliodoro Díaz Escárraga (rúbrica), Patricia Garduño Morales (rúbrica), Blanca Judith Díaz Delgado (rúbrica), Lizbeth Eugenia Rosas Montero (rúbrica), secretarios; Álvaro Burgos Barrera (rúbrica), Guillermo del Valle Reyes (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas (rúbrica), Gema Isabel Martínez López (rúbrica), Fidel René Meza Cabrera (rúbrica), Rafael Alejandro Moreno Cárdenas, M. de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano (rúbrica), Raúl Pompa Victoria (rúbrica), Jorge Romero Romero, Quintín Vázquez García (rúbrica), Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Fernando Guzmán Pérez Peláez, Pablo Alejo López Núñez, María Antonia García Sanjinés (rúbrica), Raúl Leonel Paredes Vega, José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), René Arce Islas (rúbrica), Héctor Miguel Bautista López (rúbrica), Inelvo Moreno Álvarez (rúbrica), Arturo Nahle García (rúbrica), Félix Adrián Fuentes Villalobos, Luis Maldonado Venegas (rúbrica).
 
 
 
DE LA COMISION DE GOBERNACION, CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE PERMISO A LOS CIUDADANOS LIDIA CAMACHO CAMACHO, CARLOS GARCÍA PRIANI, VIRGILIO SALVADOR GARZA GONZÁLEZ, INOCENTE PRADO LÓPEZ, FERNANDO BARONA SOBRINO, CÉSAR MAYOLO MATA DUARTE Y CARLOS OCTAVIO ANGULO JIMÉNEZ PARA ACEPTAR Y USAR LAS CONDECORACIONES CONFERIDAS POR LOS GOBIERNOS DE LAS REPÚBLICAS FRANCESA, FEDERATIVA DE BRASIL, DE CUBA, FEDERAL DE ALEMANIA, Y BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y LA GUARDIA COSTERA DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Gobernación que suscribe, le fueron turnados para su estudio y dictamen los expedientes con las Minutas Proyecto de Decreto que conceden permiso a los ciudadanos Dra. Lidia Camacho Camacho, General de Brigada DEM Carlos García Priani, Lic. Virgilio Salvador Garza González, Coronel de Infantería DEM Inocente Prado López, Fernando Barona Sobrino, Subteniente de Intendencia César Mayolo Mata Duarte y Contralmirante CG DEM Carlos Octavio Angulo Jiménez, para aceptar y usar las Condecoraciones conferidas por los Gobiernos de las Repúblicas: Francesa, Federativa de Brasil, de Cuba, Federal de Alemania, Bolivariana de Venezuela y la Guardia Costera de los Estados Unidos de América.

La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado C) del artículo 37 constitucional y 60, segundo párrafo, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la aprobación de la Honorable Asamblea, el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

ARTICULO PRIMERO.- Se concede permiso a la ciudadana Dra. Lidia Camacho Camacho, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden de Artes y Letras, en grado de Caballero, que le confiere el Gobierno de la República Francesa.

ARTICULO SEGUNDO.- Se concede permiso al ciudadano General de Brigada DEM Carlos García Priani, para que pueda aceptar y usar la Condecoración de la "Medalla del Pacificador" que le otorga el Ministerio de Defensa de la República Federativa de Brasil.

ARTICULO TERCERO.- Se concede permiso al ciudadano Lic. Virgilio Salvador Garza González, para que pueda aceptar y usar la Condecoración de la Legión de Honor, en grado de Oficial, que le otorga el Gobierno de la República Francesa.

ARTICULO CUARTO.- Se concede permiso al ciudadano Coronel de Infantería DEM Inocente Prado López, para que pueda aceptar y usar la Condecoración de la Medalla "Fraternidad Combativa" que le otorga el Consejo de Estado de la República de Cuba.

ARTICULO QUINTO.- Se concede permiso al ciudadano Fernando Barona Sobrino, para aceptar y usar la Condecoración "Cruz de Caballero de la Orden del Mérito de la República Federal de Alemania", que le confiere el Gobierno de la República Federal de Alemania.

ARTICULO SEXTO.- Se concede permiso al ciudadano Subteniente de Intendencia César Mayolo Mata Duarte, para que pueda aceptar y usar la Medalla "Estrella de Carabobo", que le otorga el Ejército de la República Bolivariana de Venezuela.

ARTICULO SEPTIMO.- Se concede permiso al ciudadano Contralmirante CG DEM Carlos Octavio Angulo Jiménez, para que pueda aceptar y usar la "Medalla del Servicio Meritorio", que le confiere la Guardia Costera de los Estados Unidos de América.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 22 de octubre de 2004.

Por la Comisión de Gobernación

Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Guadalupe Valladares Valle (rúbrica), David Hernández Pérez (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores (rúbrica), Pablo Bedolla López, José Luis Briones Briceño, Socorro Díaz Palacios, Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Patricia Garduño Morales (rúbrica), José González Morfín (rúbrica), Jesús González Schmal, Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Pablo Alejo López Núñez, Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti (rúbrica), María Sara Rocha Medina (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández, José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano.
 
 
 
DE LA COMISION DE ECONOMIA, CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE CÁMARAS EMPRESARIALES Y SUS CONFEDERACIONES

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Economía de la H. Cámara de Diputados, correspondiente a la LIX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, las siguientes:

INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE CÁMARAS EMPRESARIALES Y SUS CONFEDERACIONES Y SE ADICIONA UNA FRACCIÓN V AL ARTÍCULO 16 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, presentada por el C. Diputado Moisés Alcalde Virgen del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 25 de Marzo de 2002,

INICIATIVA DE LEY DE CÁMARAS EMPRESARIALES Y SUS CONFEDERACIONES, presentada por los CC. Diputados Martí Batres Guadarrama, Alejandro Zapata Perogordo, Rafael Rodríguez Barrera, Armando Salinas Torre, Eric Eber Villanueva Mukul, Rafael Servín Maldonado, Cuauhtémoc Montero Esquivel y Jorge Carlos Ramírez Marín, a nombre de los Grupos Parlamentarios del Partido de la Revolución Democrática, Partido Acción Nacional y Partido Revolucionario Institucional, el 10 de abril de 2003, y la

INICIATIVA QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE CÁMARAS EMPRESARIALES Y SUS CONFEDERACIONES, presentada por el C. Diputado Gonzalo Moreno Arévalo a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 7 de octubre del año en curso.

Lo anterior, que en ejercicio de la fracción II, del Artículo 71, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometieron a la consideración del Honorable Congreso de la Unión.

La Comisión de Economía, con fundamento en los Artículos 39 y 45 párrafo sexto incisos d, e y f, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los Artículos 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la iniciativa descrita, al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

PRIMERO. Que en sesión celebrada en esta H. Cámara de Diputados, el 25 de Marzo de 2002, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno de la Iniciativa que presentó el C. Diputado Moisés Alcalde Virgen. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: "Túrnese a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial".

SEGUNDO. Que en sesión celebrada en esta H. Cámara de Diputados, el 10 de abril de 2003, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno de la Iniciativa que presentaron los CC. Diputados Martí Batres Guadarrama, Alejandro Zapata Perogordo, Rafael Rodríguez Barrera, Armando Salinas Torre, Eric Eber Villanueva Mukul, Rafael Servín Maldonado, Cuauhtémoc Montero Esquivel y Jorge Carlos Ramírez Marín. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: "Túrnese a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial".

TERCERO. Que con fecha del 30 de abril de 2003 se publicó en la Gaceta Parlamentaria el Dictamen de las Iniciativas y fue presentada al pleno en su primera Lectura.

CUARTO. Que con fecha de 10 de octubre de 2003 se recibió de la Dirección General de Proceso Legislativo el dictamen en cuestión ya que no lo alcanzó a conocerlo el Pleno de la Cámara de Diputados, y con fundamento en el artículo 94 del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, debía remitirse a la Comisión con carácter de proyecto.

QUINTO. Que en sesión celebrada en esta H. Cámara de Diputados, el 7 de Octubre de 2004, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno de la Iniciativa que presentó el C. Diputado Gonzalo Moreno Arévalo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. El Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite "Túrnese a las Comisión de Economía".

SEXTO. Que mediante oficio CE/1022/04 se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de la iniciativa.

ANÁLISIS DE LAS INICIATIVAS

Que la iniciativa presentada por el Diputado Moisés Alcalde regula algunos aspectos del Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM), que hasta el momento habían quedado pendientes en la Ley, tal y como lo constituye el reforzar el mecanismo y establecer una serie de derechos y obligaciones muy puntuales a los empresarios y a las Cámaras.

Que la iniciativa presentada por los diversos grupos parlamentarios establece entre otras cosas lo siguiente:

1. Se amplia el objeto de las Cámaras y sus Confederaciones, a fin de incorporar experiencias provechosas de Cámaras en México y otros países.

2. Se reforman las atribuciones y facultades de la Secretaría de Economía revisándolas en el contexto de la transición democrática en México.

3. Se establecen los perfiles de Cámaras de comercio y de Industria, la circunscripción de Cámaras de comercio y el perfil de las modalidades de las Cámaras de Industria, respondiendo al contexto cameral en México y las condiciones económicas y sociales actuales y las expectativas futuras.

4. Se clarifican los criterios para crear nuevas Cámaras, respetando la integridad de ramas económicas y circunscripciones Regionales y las características y alcances del Sistema de Información Empresarial Mexicano, buscando enriquecer su operación como instrumento de planeación del Estado mexicano y de fomento de las actividades productivas y comerciales.

5. Se instituye la Cédula Empresarial Mexicana, como un nuevo instrumento de simplificación de las gestiones administrativas frente a los diferentes niveles de Gobierno y de acreditación entre empresarios en sus relaciones de negocios.

Que la iniciativa presentada por el Diputado Gonzalo Moreno Arévalo incrementa las sanciones que podrá imponer la Secretaría de Economía y permite que ésta puedan hasta duplicarse en caso de reincidencia, y al mismo tiempo se instituye el Recurso de Revisión en los términos de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, con el fin de que no se viole la garantía de audiencia en las resoluciones dictadas por la Secretaría de Economía.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. Que con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar las iniciativas de referencia, emanando de este único dictamen, que contiene los planteamientos mas importantes de las mismas.

SEGUNDO. Que desde marzo de 2004 se formo un grupo de trabajo en el que participaron las Secretarías de Economía y de Hacienda y Crédito Público y en representación de los organismos camarales la Confederación de Cámaras Industriales (CONCAMIN), la Confederación de Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO), la Cámara Nacional de la Industria de Transformación, (CANACINTRA) la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo de la Ciudad de México (CANACO SERVYTUR MÉXICO), cuyos acuerdos y propuestas fueron incorporados en este dictamen.

TERCERO. Que las Cámaras fueron concebidas como instituciones sociales orientadas a velar por el desarrollo económico del país, cumpliendo una función de salvaguarde del interés público, como es la representación de los intereses generales del comercio, los Servicios, el Turismo y la Industria.

CUARTO. Que la función cameral, desde la Ley de 1908, supera el mero interés individual de los empresarios y responsabiliza a las Cámaras de una Función Pública, pues se consideran como instituciones de interés publico, que representan, promueven y defienden las actividades del comercio, los servicios, el Turismo y la Industria y que colaboran con el Gobierno para lograr el crecimiento socioeconómico, así como la generación y distribución de la riqueza.

QUINTO. Que es necesario también contar con un sistema cameral sólido y unificado con reglas claramente establecidas para la formación de nuevas Cámaras, lo que permita una homologación de las finalidades y objetivos de las Cámaras y Confederaciones, al mismo tiempo que se establezcan claramente cuales son los derechos de una frente a otra y viceversa.

SEXTO. Que es importante se cuente con un Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM) fuerte y que permita pueda ser utilizado como un instrumento del Estado Mexicano con el propósito de captar, integrar, procesar y suministrar información oportuna y confiable sobre las características y ubicación de los establecimientos de Comercio, Servicios, Turismo e Industria en el país, y que no sea confundido la obligación del registro al SIEM, con la voluntaria incorporación que puede hacerse a alguna Cámara o Confederación.

SEPTIMO. Que al igual como se pretende fortalecer al sistema cameral mexicanos es necesario enriquecer las atribuciones y facultades de la Secretaría de Economía en relación a las Cámaras y Confederaciones, pudiendo incrementar sus sanciones, regular su funcionamiento, vigilar el cumplimiento de esta Ley, así como autorizar cuando así lo considere oportuno la operación de instrumentos de política económica.

PUNTOS RESOLUTIVOS

PRIMERO. Con base a los considerándoos vertidos, los CC. Diputados integrantes de la Comisión de Economía, aprueban con modificaciones las Iniciativas de Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, presentada por los CC. Diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido de la Revolución Democrática, Partido Acción Nacional y Partido Revolucionario Institucional.

SEGUNDO. La Comisión de Economía, presentan al Pleno de esta Honorable Asamblea para su análisis, discusión y, en su caso aprobación, el siguiente:

EL DICTAMEN DE LAS INICIATIVAS LEY DE CÁMARAS EMPRESARIALES Y SUS CONFEDERACIONES

ARTÍCULO ÚNICO. Se expide la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, para quedar como sigue:

TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES

Capítulo Primero
Disposiciones Generales

Artículo 1.- La presente Ley es de orden público y de observancia en todo el territorio nacional.

Tiene por objeto normar la constitución y funcionamiento de las Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo y de las Cámaras de Industria, así como de las Confederaciones que las agrupan.

También tiene por objeto normar al Sistema de Información Empresarial Mexicano.

Artículo 2.- Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

I. Estado: la sociedad mexicana que habita el territorio nacional y es regido por un Gobierno conformado por los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial en un estado de derecho enmarcado por la Constitución General de la República y las Leyes que se derivan de ella.

II. Secretaría: la Secretaría de Economía.

III. Comerciantes: las personas físicas y morales con actividades empresariales que realicen actividades de Comercio, de Servicios o de Turismo;

IV. Industriales: las personas físicas y morales con actividades empresariales que realicen actividades Industriales, extractivas, de transformación y sus servicios;

V. Cámaras: las Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo que representan a Comerciantes y las Cámaras de Industria que representan a Industriales;

VI. Confederación: la Confederación Nacional de Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo y la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos.

VII. Circunscripción: el área geográfica autorizada para que opere una cámara;

VIII. Giro: área o sector de la economía que por sus características se integran en un solo grupo de actividad productiva, de acuerdo con la clasificación oficial de actividades productivas vigente que recomiende el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática;

IX. Ejercicio: el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de un año;

X. Grupo promotor: el conjunto de Comerciantes o Industriales que, de acuerdo a lo que señala la presente Ley, se organizan para constituir una Cámara.

XI. SIEM: Sistema de Información Empresarial Mexicano.

XII. Clasificador: el sistema de clasificación Industrial que recomiende el Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática, y

XIII. Salario mínimo: el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal al momento de cometerse la infracción.

Artículo 3.- La aplicación de esta Ley para efectos administrativos corresponde al poder Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Economía.

Capítulo Segundo
De las Cámaras y Confederaciones

Artículo 4.- Las Cámaras y sus Confederaciones son instituciones de interés público, autónomas, con personalidad jurídica y patrimonio propio, constituidas conforme a lo dispuesto en esta Ley y para los fines que ella establece.

Las Cámaras y sus Confederaciones representan, promueven y defienden nacional e internacionalmente las actividades de la Industria, el Comercio, los Servicios y el Turismo y colaboran con el Gobierno para lograr el crecimiento socioeconómico, así como la generación y distribución de la riqueza.

Son órganos de consulta y colaboración del Estado. El Gobierno las consultará en todos aquellos asuntos vinculados con las actividades que representan.

La actividad de las Cámaras y sus Confederaciones será la propia de su objeto; no tendrán fines de lucro y se abstendrán de realizar actividades religiosas y partidistas.

Las entidades extranjeras o binacionales que tengan por objeto igual o semejante al de las Cámaras que se regulan en esta Ley, requerirán autorización de la Secretaría para operar en el territorio nacional y actuarán como asociaciones sujetas al derecho común.

Artículo 5.- Las instituciones constituidas y organizadas de acuerdo con esta Ley deberán usar en sus denominaciones los términos "Cámara" o "Confederación" seguidos de los vocablos que, conforme a lo establecido en la misma, permitan identificar su circunscripción, actividad o giro según corresponda.

Ninguna persona moral, distinta a las señaladas en el artículo anterior, podrá usar el término "Cámara" o "Confederación". La institución que así lo haga será sancionada conforme a la Ley.

Para que una persona moral, distinta a, las señaladas en el artículo anterior, incorpore el término "Cámara" o "Confederación" en su denominación o razón social, será necesario obtener previamente la aprobación de la Secretaría, salvo lo dispuesto en otras Leyes.

Artículo 6.- La Secretaría tendrá las siguientes atribuciones y facultades:

I. Autorizar, previa opinión de la Confederación correspondiente, la constitución de nuevas Cámaras;

II. Registrar las delegaciones de las Cámaras;

III. Coadyuvar al fortalecimiento de las Cámaras y sus Confederaciones;

IV. Autorizar a las Cámaras y a las Confederaciones, en caso de que así lo determine, la operación de aquellos instrumentos de política económica y social afines a su ámbito de competencia, que por sus características convenga sean operados por una instancia cercana y afín a los Comerciantes e Industriales, siempre y cuando no se contravengan otras Leyes.

V. Convocar a la Asamblea General respectiva, cuando así se requiera en términos de la presente Ley;

VI. Autorizar las tarifas que las Cámaras podrán cobrar por concepto de alta y actualización en el SIEM;

VII. Establecer mecanismos que permitan que a las empresas con registro actualizado en el SIEM, ya sea por sí o a través de las Cámaras, acceso a programas gubernamentales orientados al desarrollo del Comercio, Servicios, el Turismo o la Industria;

VIII. Solicitar por escrito a las Cámaras y Confederaciones reportes anuales sobre su operación, sobre los resultados y operación de los programas y acciones que les hayan sido subrogados y la información financiera respecto del SIEM;

IX. Expedir los acuerdos de carácter general necesarios para el cumplimiento de esta Ley;

X. Vigilar y verificar la observancia de esta Ley, así como sancionar los casos de incumplimiento, y

XI. Las demás señaladas en esta Ley.

TITULO SEGUNDO
DEL OBJETO, CIRCUNSCRIPCIÓN Y ACTIVIDADES DE LAS CÁMARAS Y CONFEDERACIONES

Capítulo Primero
Del Objeto

Artículo 7.- Las Cámaras tendrán por objeto:

I. Representar, promover y defender los intereses generales del Comercio, los Servicios, el Turismo o de la Industria según corresponda, como actividades generales de la economía nacional anteponiendo el interés público sobre el privado;

II. Ser órgano de consulta y de colaboración de los tres niveles de Gobierno, para el diseño, divulgación y ejecución de las políticas, programas e instrumentos para el fomento de la actividad económica nacional.

III. Fomentar la participación gremial de los Comerciantes y los Industriales;

IV. Operar, con la supervisión de la Secretaría, el SIEM en los términos establecidos por esta Ley;

V. Actuar como mediadoras, árbitros y peritos, nacional e internacionalmente, respecto de actos relacionados con las actividades Comerciales, de Servicios, de Turismo o Industriales en términos de la legislación aplicable y la normatividad que para tal efecto se derive de esta Ley;

VI. Colaborar con el Servicio de Administración Tributaria emitiendo opinión respecto de los Sectores que deben integrar el Padrón de Sectores Específicos, y proporcionar a solicitud de dicho órgano la información estadística que requiera para la incorporación de contribuyentes a dicho Padrón;

VII. Colaborar con la Secretaría en la evaluación y emisión de certificados de origen de exportación, de conformidad con las disposiciones aplicables previa autorización de la dependencia;

VIII. Prestar los servicios públicos concesionados por los tres niveles de Gobierno, destinados a satisfacer necesidades de interés general relacionados con el Comercio, los Servicios, el Turismo y la Industria;

IX. Colaborar con la Secretaría, cuando así lo solicite ésta en las negociaciones comerciales internacionales;

X. Prestar los servicios que determinen sus estatutos en beneficio de sus afiliados, dentro de los niveles de calidad que se determinen conjuntamente con su Confederación;

XI. Participar con el Gobierno en el diseño y divulgación de las estrategias de desarrollo socioeconómico.

XII. Promover, orientar e impartir capacitación sobre la realización de toda clase de trámites administrativos obligatorios ante toda clase de autoridades administrativas con las que se pueda tener ingerencia por virtud de la actividad empresarial y comercial que desempeñan sus afiliados, con la finalidad de generar una cultura social de responsabilidad y observancia de la legislación que regulan sus actividades como sector productivo;

XIII. Defender los intereses particulares de las empresas afiliadas a solicitud expresa de estas; y

XIV. Llevar acabo las demás actividades que se deriven de su naturaleza, de sus estatutos y las que les señalen otros ordenamientos legales.

Artículo 8.- Las Cámaras que representen la actividad comercial, de Servicios y Turismo integrarán la Confederación de Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo.

Las Cámaras que representen la actividad Industrial, integrarán la Confederación de Cámaras de Industria.

Artículo 9.- Las Confederaciones tendrán por objeto:

I. Representar los intereses generales de la actividad comercial o Industrial, según corresponda;

II. Agrupar y coordinar los intereses de las Cámaras que las integran coadyuvando a la unión y desarrollo de las mismas;

III. Desempeñar la función de árbitro, mediante un órgano constituido expresamente para el efecto, en las controversias de sus confederadas;

IV. Establecer relaciones de colaboración con instituciones afines del extranjero;

V. Diseñar, conjuntamente con sus confederadas, los procedimientos para la autorregulación de niveles de calidad de los servicios que presten las Cámaras y aplicarlos;

VI. Promover el sano desarrollo de las actividades que representan, procurando elevar la ética empresarial en los negocios;

VII. Proponer a la Secretaría la creación de nuevas Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo y de Industria; y

VIII. Cumplir con el objeto que esta Ley establece para las Cámaras.

Capítulo Segundo
De la circunscripción, actividades, giros y regiones

Artículo 10.- Las Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo tendrán una circunscripción Regional correspondiente a uno o más municipios aledaños en una Entidad Federativa y una o más de las delegaciones políticas en el Distrito Federal, y estarán formadas por Comerciantes, prestadores de Servicios y del sector Turismo.

Las Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo están obligadas a admitir, sin excepción, como afiliados a todos los Comerciantes que lo soliciten, siempre y cuando paguen la cuota correspondiente y se comprometan a cumplir con los estatutos de las Cámaras.

Cada Cámara podrá establecer delegaciones para el cumplimiento de su objeto, en los términos establecidos en el capitulo VIII del presente titulo en esta Ley.

Artículo 11.- Las Cámaras de Industria serán específicas o Genéricas, Nacionales o Regionales.

Las Cámaras de Industria específicas nacionales se integraran con empresas y sus establecimientos en el país, que realicen actividades en un mismo giro industrial.

La Cámaras de Industria Genérica nacional se integrará con empresas y sus establecimientos en el país, que realicen actividades para las cuales no existan Cámaras de Industria específicas.

Las Cámaras de Industria específicas Regionales se integrarán con empresas y sus establecimientos en una o varias entidades federativas que realicen actividades en un mismo giro industrial.

Las Cámaras de Industria Genéricas Regionales se integraran con empresas y sus establecimientos en una entidad federativa, que realicen actividades para las cuales no existan Cámaras de Industria específicas.

Cada Cámara de Industria específicas y Genéricas, nacionales y Regionales, podrá establecer delegaciones para el cumplimiento de su objeto, en los términos establecidos en el capitulo VIII del presente titulo de esta Ley y de su Reglamento.

Capítulo Tercero
De la Constitución de las Cámaras

Artículo 12.- La Secretaría podrá autorizar la creación de nuevas Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo, o de Industria específica nacional y Genérica Regional, mediante opinión de la Confederación que corresponda, previa consulta de la Confederación de que se trate a las Cámaras interesadas.

Las Confederaciones recibirán del grupo promotor la solicitud y sus anexos para la creación de una nueva cámara, verificando que se cumpla con los requisitos marcados en los artículos 13 y 14 de esta Ley. Una vez analizada esta documentación, las Confederaciones, previo acuerdo de su consejo directivo, elaborarán un dictamen donde aprobarán o rechazaran, la solicitud del grupo promotor cuando a su juicio se cumpla o no con los requisitos marcados en los artículos 13 y 14 de esta Ley.

En el caso de que un grupo promotor presente su solicitud directamente a la Secretaría, ésta a su vez solicitará la opinión de la Confederación correspondiente.

Para autorizar la creación de una Cámara de Comercio, Servicios y Turismo o de Industria, la Secretaría:

I. Recibirá de la Confederación respectiva el dictamen que haya emitido el consejo directivo, así como la solicitud y los anexos que le presentó el grupo promotor para la creación de una nueva Cámara;

II. Verificará que la solicitud del grupo promotor cumpla con los requisitos de los artículos 13 y 14 de esta Ley;

III. Si no existen razones fundadas en contra de la solicitud por parte de la o las Cámaras afectadas y se cumple con lo estipulado en los artículos 13 y 14 de esta Ley, publicará el proyecto de autorización para la constitución de la Cámara en el Diario Oficial de la Federación, a efecto de que dentro de los sesenta días naturales siguientes, quienes tengan interés jurídico en ello, presenten sus comentarios, y

IV. Al término del plazo a que se refiere la fracción anterior y dentro de los cuarenta y cinco días naturales siguientes, estudiará los comentarios recibidos y, según sea el caso, aprobará con o sin modificaciones, o rechazará el proyecto, publicando la resolución definitiva en el Diario Oficial de la Federación.

Para la Constitución de una Cámara la Secretaría se reserva la facultad de emitir una decisión final.

Artículo 13.- Los requisitos que debe satisfacer el grupo promotor en su solicitud a la Confederación para constituir una Cámara de Comercio, Servicios y Turismo son los siguientes:

I. Que no se encuentre constituida en los términos de esta Ley una Cámara de Comercio, Servicios y Turismo en la misma circunscripción o parte de ella;

II. Que la circunscripción propuesta tenga una población superior a doscientos mil habitantes, de acuerdo con el último censo general de población;

III. Que dentro de la circunscripción existan por lo menos dos mil quinientos Comerciantes;

IV. Presentar el programa de trabajo correspondiente a fin de dar cumplimiento al objeto de la Cámara, según se indica en el artículo 7 de esta Ley, en un plazo no mayor a los tres meses;

V. Cumplir con los demás requisitos que se establecen en esta Ley.

Artículo 14.- Los requisitos que debe satisfacer el grupo promotor en su solicitud a la Confederación para constituir una Cámara de Industria son los siguientes:

I. Para constituir una Cámara de Industria Especifica Nacional.

a) Que no se encuentre constituida en los términos de esta Ley, una Cámara de Industria Especifica Nacional con el mismo giro;

b) Que el giro para el que se solicita una Cámara de Industria corresponda a un subsector de hasta dos dígitos en la clasificación del sistema que recomiende el Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática.

c) El interés expreso del grupo promotor formado de por lo menos 100 Industriales que representen el 25% o más de los Industriales del giro especifico representados por el grupo promotor para el cual se solicita crear una nueva Cámara;

d) Los Industriales del grupo promotor se encuentren ubicadas en por lo menos diez entidades federativas, con un mínimo del 7.5% de los Industriales del grupo promotor en cada una de esas entidades federativas;

e) Descripción de las razones por las cuales los intereses de los Industriales representados por el grupo promotor no pueden ser correctamente representados por la Cámara de Industria Especifica o Genérica Nacional a la que pertenecen al momento de la solicitud y de los intentos y negociaciones para alcanzar esa representación;

f) Presentar el programa de trabajo correspondiente a fin de dar cumplimiento al objeto de la Cámara, según se indica en el artículo 7 de esta Ley, en un plazo no mayor a los tres meses;

g) Cumplir con los demás requisitos que se establecen en esta Ley.

II. Para constituir una Cámara de Industria Genérica Regional.

a) Que no se encuentre constituida en los términos de esta Ley una Cámara de Industria Genérica Regional en la circunscripción solicitada;

b) Que la circunscripción propuesta tenga una población superior al 15% de la población total del país;

c) El producto interno bruto de la circunscripción para la cual se solicita una nueva Cámara, represente más del 20% del producto interno bruto nacional;

d) Los Industriales representados por el grupo promotor constituyan por lo menos el 51% y setecientos cincuenta o más de los Industriales registrados en el SIEM en la circunscripción solicitada para los que no exista Cámaras de Industria Especifica Nacional o Regional en la circunscripción solicitada;

e) El interés expreso del grupo promotor formado de por lo menos 25% y por un mínimo de 100 Industriales de la circunscripción para el cual se solicita crear una nueva Cámara;

f) Los Industriales del grupo promotor se encuentren ubicadas en por lo menos el 50% de los municipios, o delegaciones políticas en el Distrito Federal, de la circunscripción solicitada;

g) Descripción de las razones por las cuales los intereses de las empresas representadas por el grupo promotor no pueden ser correctamente representados por la Cámara de Industria Genérica Nacional a la que pertenecen al momento de la solicitud y de los intentos y negociaciones para alcanzar esa representación;

h) Presentar el programa de trabajo correspondiente a fin de dar cumplimiento al objeto de la Cámara, según se indica en el artículo 7 de esta Ley, en un plazo no mayor a los tres meses, y

i) Cumplir con los demás requisitos que se establecen en esta Ley.

Artículo 15.- Para constituir una Cámara deberá seguirse el procedimiento siguiente.

I. En el caso de Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo:

a) Una vez satisfechos los requisitos de los artículos 7, 9 y 13 de esta Ley, la Secretaría y la Confederación Nacional de Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo, organizaran conjuntamente la asamblea de constitución, mediante la publicación de la convocatoria correspondiente en los principales periódicos de la entidad por tres veces consecutivas. Dicha asamblea deberá sesionar por lo menos veinte días después de la ultima convocatoria ante fedatario público;

b) La Confederación inscribirá a los interesados en asistir mediante el deposito de la cuota que fijará el consejo de la Confederación, de acuerdo con el promedio de cuotas vigentes en las Cámaras del país;

c) La asamblea será presidida por el representante que designe la Confederación hasta que sea electo en consejo directivo, el cual designará un Presidente que le de conclusión, y

d) La Secretaría registrará la formación de la Cámara y publicara su constitución en el Diario Oficial de la Federación.

II. En el caso de Cámaras de Industria:

a) Una vez satisfechos los requisitos de los artículos 7, 10 y 14 de esta Ley, la Secretaría y la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos, organizarán conjuntamente la asamblea de constitución mediante la publicación de la convocatoria correspondiente en un periódico de circulación nacional por tres veces consecutivas. Dicha asamblea deberá sesionar por lo menos veinte días después de la ultima convocatoria ante fedatario público;

b) La Confederación inscribirá a los interesados en asistir mediante el depósito de la cuota que fijará el consejo de la misma Confederación, de acuerdo con el promedio de cuotas vigentes en las Cámaras del país;

c) La asamblea será presidida por el representante que designe la Confederación hasta que sea electo en consejo directivo, el cual designará un Presidente que le de conclusión, y

d) La Secretaría registrara la formación de la Cámara y publicará su constitución en el Diario Oficial de la Federación.

Capítulo Cuarto
De los Estatutos de Cámaras y Confederaciones

Artículo 16.- Los estatutos de las Cámaras y Confederaciones deberán contener por lo menos lo siguiente:

I. Denominación que deberá hacer referencia al giro y circunscripción autorizados;

II. Domicilio, el cual deberá estar dentro de la circunscripción autorizada;

III. Objeto que se propone;

IV. Procedimientos para la integración de sus órganos de Gobierno y sus atribuciones, así como las facultades generales o especiales otorgadas a las personas que la representarán;

V. La forma y requisitos para la celebración y validez de las reuniones de sus órganos de Gobierno, para la toma de decisiones por parte de los mismos y para la impugnación de éstas;

VI. Los casos y procedimientos de remoción de consejeros y otros dirigentes, incluyendo al Presidente;

VII. Los derechos y obligaciones de los afiliados, garantizando la posibilidad de acceso a toda empresa del giro o entidad correspondientes a la Cámara, y los casos de suspensión de derechos;

VIII. Derechos y obligaciones de los afiliados o de las Cámaras, según corresponda;

IX. Derechos y obligaciones de las delegaciones de las Cámaras;

X. Facultades y funciones en materia de representación, administración, usufructo, prestación de servicios y otras cuestiones vinculadas a su objeto que las Cámaras transfieren a sus delegaciones;

XI. Procedimientos para la solución de controversias para lo cual se insertará una cláusula que establezca la obligación de la Cámara de someterse al arbitraje cuando el afiliado opte por dicho procedimiento;

XII. Procedimientos de disolución y liquidación, y

XI. Los demás elementos que establezca el Reglamento.

La Secretaría registrará los estatutos y sus modificaciones, los cuales deberán constar en instrumento otorgado ante fedatario público competente.

Artículo 17.- La afiliación a las Cámaras será un acto voluntario de los Comerciantes e Industriales.

Los afiliados tendrán los siguientes derechos y obligaciones ante su Cámara:

I. Participar en las sesiones de la Asamblea General, por sí o a través de su representante;

II. Votar por si o a través de su representante y poder ser electos miembros del consejo directivo, así como para desempeñar otros cargos directivos y de representación;

III. Recibir los servicios señalados en los estatutos;

IV. Someter a consideración de los órganos de su Cámara los actos u omisiones que en su concepto sean contrarios a los estatutos respectivos;

V. Contribuir al sostenimiento de su Cámara;

VI. Cumplir las resoluciones de la Asamblea General y demás órganos, adoptadas conformes esta Ley, su Reglamento y los estatutos;

VII. Contribuir a la formación de los criterios de desarrollo del sector representado por la Cámara; y

VIII. Los demás que establezcan esta Ley, su Reglamento o los estatutos.

Artículo 18.- Las Cámaras tendrán los siguientes derechos y obligaciones frente a sus Confederaciones:

I. Participar con voz y voto en las asambleas y otros órganos de Gobierno de la Confederación a través de sus representantes;

II. Participar en los procesos de elección de los miembros del órgano de Gobierno de la Confederación;

III. Que sus representantes sean sujetos de elección para las posiciones en los órganos de Gobierno de la Confederación;

IV. Someter a la consideración de la Confederación y sus órganos de Gobierno por conducto de su representante las iniciativas que considere pertinentes para el mejor funcionamiento de ésta y de las Cámaras y obtener respuestas fundadas sobre éstas;

V. Ser el representante de los intereses de la actividad productiva o región que corresponde a la Cámara en la Asamblea y los órganos de Gobierno de la Confederación;

VI. A solicitud de las Cámaras, ser representados y defendidos por la Confederación en sus derechos y sus intereses como el sector económico, o región que representa la Cámara ante las instancias de Gobierno y otras instancias;

VII. Recibir de la Confederación, los servicios que esta ofrezca en términos de asesoría legal y técnica, consultoría, publicidad, tramitación, capacitación entre otros que brinde a sus afiliados;

VIII. Operar el SIEM cuando así lo autorice la Secretaría a petición de las Cámaras o Confederaciones, siempre y cuando cuenten con los recursos humanos y técnicos en el sector o región que corresponda.

IX. Recibir de la Confederación la información necesaria y suficiente sobre la administración y el desempeño de la misma;

X. Solicitar a la Confederación que actué como arbitro en la solución de controversias en aquellos ámbitos en los que sea competente, de acuerdo a la reglamentación vigente;

XI. Recibir de la Confederación la información necesaria y suficiente sobre la misma y sus afiliados de acuerdo a la normatividad vigente;

XII. Participar en las ferias, exposiciones, concursos y certámenes convocados por o en las que participe la Confederación;

XIII. Solicitar y recibir de la Confederación, cuando proceda, el apoyo necesario para evitar la disolución y liquidación de la Cámara, vigilando que la actividad productiva o región a la que corresponde la Cámaras sean siempre representados adecuadamente.

XIV. Acudir y participar en las asambleas y otros órganos de Gobierno de la Confederación;

XV. Proponer candidatos a las posiciones en los órganos de Gobierno de la Confederación que sean miembros representativos de la actividad o región de la Cámara;

XVI. Informar de los resultados de los procesos de elección de los órganos de Gobierno de las Cámaras;

XVII. Contribuir al sostenimiento de la Confederación respectiva, en los términos que fije la asamblea de ésta y acatar sus disposiciones en casos de incumplimiento;

XVIII. Participar en el continuo mejoramiento del sistema cameral, buscando la mejor vinculación e integración de Cámaras en esquemas que, sin vulnerar la integridad de la Cámara, en conjunto ofrezcan una mejor representación y representatividad de actividades económicas o regiones;

XIX. Enterar lo que corresponde a la Confederación por concepto de los ingresos obtenidos en la operación del SIEM;

XX. Acatar las resoluciones de la Confederación sobre las controversias llevadas a ella en las que se involucre a la Cámara;

XXI. Cumplir con los perfiles y niveles de calidad en los servicios que deberán brindar las Cámaras a sus afiliados en términos de capacitación, comercio exterior, gestoría y asesoría técnica entre otros, y

XXII. Los demás que establezca la presente Ley, su reglamento o los estatutos de la Cámara respectiva.

Artículo 19.- Las Confederaciones tendrán los siguientes derechos y obligaciones frente a las Cámaras afiliadas:

I. Ser informado de los resultados de los procesos de elección de los órganos de Gobierno de las Cámaras;

II. Solicitar y recibir de las Cámaras sus contribuciones para el sostenimiento de la Confederación respectiva, en los términos que fije la asamblea de esta;

III. Ser enterado por las Cámaras de lo que corresponde a la Confederación por concepto de los ingresos obtenidos en la operación del SIEM;

IV. Determinar los perfiles y niveles de calidad de los servicios que deberán brindar las Cámaras a sus afiliados en términos de capacitación, comercio exterior, gestoría y asesoría técnica entre otros, vigilando su cumplimiento;

V. Convocar a las Cámaras afiliadas a participar con voz y voto en las asambleas y otros órganos de Gobierno de la Confederación;

VI. Convocar a procesos de elección de miembros de los órganos de Gobierno de la Confederación que permitan y estimulen la participación de las Cámaras;

VII. Permitir y propiciar que los representantes de las Cámaras sean propuestos y votados en elección para posiciones en los órganos de Gobierno de la Confederación;

VIII. Analizar a través de sus órganos de Gobierno, dar respuestas fundadas a las Cámaras y actuar en consecuencia sobre las iniciativas que sometan a su consideración la Cámaras para el mejor funcionamiento de éstas y de la Confederación;

IX. Reconocer la representación de los intereses de la actividad económica o región de que corresponda a la Cámara en la asamblea y los órganos de Gobierno de la Confederación;

X. A solicitud de las Cámaras representar y defender los derechos e sus intereses del sector económico o región que representa la Cámara ante las instancias de Gobierno y otras instancias;

XI. Brindar a las Cámaras, los servicios que ofrezca en términos de asesoría legal y técnica, consultoría, publicidad, tramitación, capacitación, entre otros, que brinde a sus afiliados;

XII. Estimular el continuo mejoramiento del sistema cameral, propiciando la mejor vinculación e integración de Cámaras en esquemas que en conjunto ofrezcan una mejor representación y representatividad de actividades económicas y regiones;

XIII. Reconocer y apoyar a la Cámaras para operar el SIEM, cuando así lo autorice la Secretaría, en el sector y región que le corresponda, defenderla para este propósito frente a la Secretaría y que sean elegibles para los apoyos que ofrezca el sistema;

XIV. Entregar a las Cámaras la información necesaria y suficiente sobre la administración y el desempeño de la Confederación;

XV. Convocar y estimular a las Cámaras a participar en las ferias, exposiciones, concursos y certámenes convocados por o en las que participe la Confederación;

XVI. Prevenir y llevar a cabo las gestiones necesarias, cuando proceda, para evitar la disolución y liquidación de Cámaras, vigilando que la actividad económica o región sean siempre representados adecuadamente; y

XVII. Los demás que establezca la presente Ley, su reglamento o los estatutos de la Confederación respectiva.

Capítulo Quinto
De la Asamblea General

Artículo 20.- La Asamblea General es el órgano supremo de las Cámaras y Confederaciones.

Estará integrada respectivamente por sus afiliados y por representantes de las Cámaras, y le corresponderá:

I. Aprobar los estatutos y sus modificaciones;

II. Aprobar el programa de trabajo, así como el presupuesto anual de ingresos y egresos;

III. Aprobar las políticas generales para la determinación de los montos de cualquier cobro que realice la Cámara o Confederación, conforme a lo previsto en esta Ley y en los estatutos respectivos y las sanciones correspondientes por su incumplimiento;

IV. Designar a los miembros del consejo directivo y al auditor externo, así como remover a éstos y a los demás directivos;

V. Aprobar o rechazar el informe de administración, el balance anual y el estado de resultados que elabore el consejo directivo, así como los dictámenes que presente el auditor externo;

VI. Acordar la disolución y liquidación de la Cámara, y

VII. Las demás funciones que establezcan esta Ley, su Reglamento y los propios estatutos.

Artículo 21.- La Asamblea General deberá celebrar al menos una sesión ordinaria durante los primeros tres meses de cada año. La convocatoria, desarrollo y acuerdos de toda la sesión serán registrados en el acta correspondiente.

Capítulo Sexto
Del Consejo Directivo y de los funcionarios

Artículo 22.- El consejo directivo será el órgano ejecutivo de una Cámara o Confederación y tendrá las siguientes atribuciones:

I. Actuar como representante de la Cámara o Confederación;

II. Cumplir con el objeto y obligaciones de la Cámara o Confederación respectiva;

III. Convocar a la Asamblea General y ejecutar los acuerdos tomados por esta;

IV. Presentar anualmente a la Asamblea General el presupuesto de ingresos y egresos y el programa de trabajo para el ejercicio, y una vez aprobados por ésta remitirlos a la Secretaría;

V. Ejercer el presupuesto aprobado por la Asamblea General;

VI. Someter a la Asamblea General el balance anual y el estado de resultados de cada ejercicio y, una vez aprobado, remitirlo a la Secretaría acompañado del dictamen del auditor externo, la cual lo pondrá a disposición de los afiliados para su consulta;

VII. Proporcionar la información requerida por la Secretaría y, en su caso, la Confederación respectiva;

VIII. Determinar la sede y circunscripción de las delegaciones;

IX. Analizar y dictaminar, en el caso de las Confederaciones, sobre las solicitudes para la creación de nuevas Cámaras, aprobando o rechazando la solicitud, sometiendo el dictamen correspondiente a la consideración de la Secretaría; y

X. Las demás que señalen en esta Ley y los estatutos respectivos.

Artículo 23.- El consejo directivo de una Cámara o Confederación se integrará en la forma que establezcan sus estatutos a fin de representar al sector que les corresponda y proporcionar servicios a sus afiliados, cumpliendo con los siguientes requisitos:

I. Los consejeros durarán en su cargo dos años y no podrán ser reelectos para el periodo inmediato siguiente, consecuentemente deberán dejar transcurrir, un periodo al menos de dos años, antes de ocupar nuevamente el mismo cargo;

II. La renovación del consejo directivo será anual y se efectuará en la mitad de los consejeros cada año, según hayan sido electos en años pares o nones;

III. Al menos el setenta y cinco por ciento de los miembros del consejo de una Cámara deberán ser representantes de empresas afiliadas que realicen la actividad correspondiente al giro de la Cámara de que se trate;

IV. Por lo menos el sesenta por ciento de los miembros del consejo directivo deberán ser de nacionalidad mexicana, y

V. La minoría que represente al menos el 20% de los afiliados tendrá derecho a designar a un miembro propietario del consejo directivo y su suplente; estos consejeros se sumarán a quienes hayan sido electos por la asamblea general.

Artículo 24.- El consejo directivo será encabezado por un Presidente, los Vicepresidentes que se requieran según los estatutos y el objeto de la Cámara o Confederación, un Tesorero y un Secretario, de acuerdo a los siguientes requisitos:

I. El Presidente será electo en la primera sesión ordinaria del consejo directivo, la que deberá realizarse en la misma fecha en que se reúna la asamblea general en sesión ordinaria;

II. A propuesta del Presidente, el consejo directivo aprobara la designación de los Vicepresidentes, Tesorero y Secretario;

III. El Presidente, Vicepresidentes, Tesorero y Secretario desempeñarán las funciones que determinen los estatutos respectivos, respondiendo al objeto de la Cámara o Confederación, según corresponda;

IV. El Presidente, Vicepresidentes y Tesorero durarán en su cargo un año y podrán ser reelectos para el mismo cargo en dos ocasiones por un año más cada una en forma consecutiva, para poder ocupar nuevamente el mismo cargo, deberán dejar transcurrir un periodo al menos, de tres años;

V. El Secretario durara en su cargo un año y podrá ser reelecto cuantas veces sea necesario;

VI. El Presidente, los Vicepresidentes y el Tesorero de una Cámara deberán ser representantes de empresas afiliadas que realicen la actividad correspondiente al giro de la Cámara de que se trate;

VII. El Presidente de una Confederación deberá haber sido Presidente de una de las Cámaras integrantes, para ser designado Vicepresidente o Tesorero de una Confederación se requerirá de la aprobación de la Cámara a la que pertenece;

VIII. Los cargos de Presidente, Vicepresidentes y Tesorero serán honoríficos, personales y no podrán ejercerse por medio de representantes; y

IX. El cargo de Secretario podrá ser remunerado, es personal y no podrá ejercerse por medio de representantes.

Capítulo Séptimo
Del Patrimonio de las Cámaras y sus Confederaciones

Artículo 25.- El patrimonio de las Cámaras y Confederaciones será destinado estrictamente a satisfacer su objeto y comprenderá:

I. Los bienes muebles e inmuebles que posea o que adquiera en el futuro;

II. El efectivo, valores e intereses de capital, créditos, remanentes y rentas que sean de su propiedad o que adquieran en el futuro por cualquier título jurídico;

III. Las cuotas ordinarias o extraordinarias a cargo de sus afiliados o de las Cámaras, respectivamente, que por cualquier concepto apruebe la asamblea general;

IV. Las donaciones y legados que reciban;
V. El producto de la venta de sus bienes;

VI. Los ingresos por prestación de servicios;
VII. Los ingreso derivados de servicios concesionados o autorizados, y
VIII. Los demás ingresos que obtenga por cualquier otro concepto.

Capítulo Octavo
De las Delegaciones

Artículo 26.- Las Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo y las Cámaras de Industria podrán establecer en su circunscripción las delegaciones que consideren necesarias para el cumplimiento de su objeto.

El consejo directivo de cada Cámara determinará la sede y circunscripción de sus delegaciones.

Los derechos y obligaciones de las delegaciones se establecerán en los estatutos de la Cámara a la cual pertenecen.

Las delegaciones no tienen personalidad jurídica ni patrimonio propios.

Artículo 27.- Las delegaciones son parte integral de la Cámara a la que representan, por lo que los afiliados de la delegación lo son de la Cámara, con todos los derechos y obligaciones correspondientes.

Artículo 28.- Las delegaciones tendrán las funciones señaladas para las Cámaras por esta Ley exclusivamente dentro de su circunscripción y en cumplimiento a los acuerdos del consejo directivo y de los estatutos de la Cámara. Asimismo, representaran y promoverán a la Cámara a la cual pertenezcan ante los Comerciantes e Industriales según corresponda, así como frente a las instancias de Gobierno y la sociedad.

Las Cámaras podrán delegar en ellas las funciones, facultades, responsabilidades y obligaciones que determinen sus estatutos.

TÍTULO TERCERO
DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN EMPRESARIAL MEXICANO

Artículo 29.- El SIEM es un instrumento del estado mexicano con el propósito de captar, integrar, procesar y suministrar información oportuna y confiable sobre las características y ubicación de los establecimientos de Comercio, Servicios, Turismo e Industria en el país.

La inscripción y registro para el SIEM en la Cámara que corresponda será obligatorio para las empresas, que no obligará al pago de cuota alguna de afiliación, mas si al pago por el registro según lo dispuesto en el titulo IV, del sistema de información empresarial mexicano, de esta Ley.

La información del SIEM tiene como propósito de apoyar las actividades de:

I. Los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal, en la planeación del desarrollo socioeconómico, el diseño de estrategias de promoción y la aplicación de los instrumentos de política empresarial;

II. Las Cámaras, en la planeación y desarrollo de sus actividades y servicios, así como la promoción e integración de actividades económicas;

III. Las empresas en la formulación de sus estrategias de competitividad y crecimiento;

IV. Las diferentes instancias de Gobierno en la simplificación de trámites administrativos en todos los niveles, y

V. La identificación de oportunidades comerciales y de negocios para los empresarios y cualquier individuo nacional y extranjero;

El SIEM es de interés público, su coordinación es competencia de la Secretaría y su operación estará a cargo de las Cámaras, cuando así lo autorice la Secretaría.

Artículo 30.- Todos los Comerciantes e Industriales, sin excepción y obligatoriamente, deberán de registrar y actualizar anualmente cada uno de sus establecimientos en el SIEM.

Artículo 31.- El SIEM tendrá las siguientes características:

I. El registro tendrá un costo nominal aprobado por la Secretaría, de acuerdo con los costos de operación;

II. El registro de las empresas de nueva creación deberá hacerse dentro de los dos siguientes meses a la fecha de su registro ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

III. Dentro de primer bimestre de cada año posterior al registro, deberá renovarse y en su caso realizarse una actualización al mismo, que tendrá como costo nominal el que apruebe la Secretaría de acuerdo con los costos de operación.

IV. El registro se llevará a cabo en la Cámara correspondiente a la región o giro del Comerciante e Industrial, y

V. Cuando una empresa cese parcial o totalmente en sus actividades, o cambie su giro o su domicilio, deberá manifestarlo así al SIEM, en un plazo de dos meses contados a partir de la fecha en que estos hechos se produzcan y en la misma Cámara en que se registro inicialmente.

Artículo 32.- La información que deberán proporcionar los Comerciantes e Industriales será de dos tipos:

I. Obligatoria, toda aquella información de los Comerciantes e Industriales necesaria para fines de planeación y la aplicación correcta de los instrumentos de política del estado para promover su desarrollo y la integración de cadenas productiva;

II. Opcional, toda aquella información complementaria que, dentro de parámetros definidos en la operación del SIEM, decidan incorporar los Comerciantes y los Industriales al sistema con el propósito de promover más ampliamente su actividad económica especifica y estimular oportunidades de negocios con otras empresas del país y del extranjero.

Dicha información no hará prueba ante la autoridad administrativa o fiscal, en juicio o fuera de él, y se presentará en los formatos que establezca la Secretaría, los cuales serán publicados en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 33.- La administración del SIEM estará a cargo de la Secretaría, quien garantizará que el sistema opere eficientemente en todo momento. Para esto:

I. La Secretaría asignara los recursos necesarios a fin de que sus alcances y desempeño correspondan al buen funcionamiento del mismo;

II. La captura de la información para el SIEM será a través de las Cámaras, de acuerdo a las reglas de operación del mismo, que para tal efecto emita la Secretaría, una vez consultadas las Cámaras y Confederaciones;

III. La Secretaría promoverá y formulará los acuerdos correspondientes a fin de que todas las instancias administrativas en los niveles Federal, Estatal y Municipal, establezcan la obligatoriedad de las empresas de contar con el registro en el SIEM para la celebración de todo trámite administrativo ante ellas;

IV. La Secretaría emitirá la autorización correspondiente para que las Cámaras que así lo soliciten puedan operar el SIEM y cumplan con lo establecido en las reglas de operación, y

V. Cumplir con la obligación de proporcionar al SIEM la información a que se refiere este capítulo, en la Cámara autorizada que corresponda, en ningún caso otorgará a los Comerciantes e Industriales los derechos o les impondrá las obligaciones inherentes a los afiliados de las mismas.

Artículo 34.- La Secretaría establecerá conjuntamente con las Cámaras y sus Confederaciones las reglas de operación del SIEM. Estas reglas de operación deberán considerar por lo menos los siguientes aspectos:

I. Disponibilidad de acceso a la información por personas y organismos, nacionales y extranjeros;

II. Confiabilidad y alcances de la información para la planeación y estimular oportunidades de negocios en las actividades Industriales y comerciales;

III. Calidad y disponibilidad oportuna en el procesamiento de la información;

IV. Estructura de la información para estimular actividades económicas, integración de cadenas productivas y oportunidades de negocios;

V. Mecanismos y garantías para el acceso oportuno, fácil, eficiente y rápido a la información;

VI. Apoyos a las Cámaras para mantener el perfil tecnológico requerido;
VII. Cobertura del territorio nacional;

VIII. Supervisión y sanciones conjuntas de la Secretaría;
IX. Reportes de las Cámaras;

X. Publicidad y difusión, y
XI. La información pública que habrá de aparecer en la página principal del SIEM.

TÍTULO CUARTO
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LAS CÁMARAS

Artículo 35.- Las Cámaras se disolverán:

I. Por acuerdo de la asamblea general que deberá ser convocada especialmente para este efecto;

II. Cuando no cuenten con recursos suficientes para su sostenimiento o para el cumplimiento de su objeto en términos de esta Ley, y

III. En caso de que la Secretaría emita resolución que revoque su autorización, por las causas previstas en esta Ley.

Artículo 36.- La liquidación estará a cargo de al menos un representante de la Secretaría, uno de la Confederación respectiva y otro de la Cámara de que se trate.

TITULO QUINTO
SANCIONES

Capítulo Primero
Sanciones

Artículo 37.- La Secretaría previo cumplimiento de la garantía de audiencia de acuerdo a los establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, podrá aplicar las sanciones previstas en el presente título.

La Secretaría sancionará con amonestación a Cámaras o Confederaciones que incurran en las conductas siguientes:

I. Llevar a cabo actividades que no se justifiquen en razón de su objeto, o

II. No cumplir con las obligaciones que tengan con sus afiliados, Cámaras o Confederaciones.

En caso de reincidencia, se aplicará la multa a que se refiere el artículo siguiente y cuando existan reincidencias posteriores podrá imponerse multa por el doble de la sanción impuesta anteriormente.

Artículo 38.- La Secretaría sancionará con multa de dos mil a tres mil salarios mínimos a las Cámaras o Confederaciones que incurran en las conductas siguientes:

I. Destinar sus ingresos a fines distintos de su objeto;

II. Operar el SIEM fuera del ámbito de la actividad o circunscripción que les corresponda sin haber sido autorizada por la Secretaría para este efecto, o en contravención de lo previsto en esta Ley, o sus reglas de operación, o

III. No contribuir al sostenimiento de la Confederación respectiva, en los términos de esta Ley.

Artículo 39.- La Secretaría sancionará con multa de dos mil a tres mil salarios mínimos a quienes utilicen o incorporen en su denominación o razón social los términos "Cámara" o "Confederación" seguidos de los vocablos que hagan referencia a la circunscripción, actividad o giro que establece el presente ordenamiento, en forma contraria a la prevista por el artículo 5, salvo cuando otras Leyes prevean específicamente el uso de dichas denominaciones.

En caso de reincidencia, la Secretaría podrá imponer multa de hasta por el doble de la sanción anterior y deberá proceder a la clausura del local o locales donde se ubiquen el domicilio e instalaciones de la persona de que se trate; ello sin detrimento de exigir las responsabilidades penales a que se refiere el artículo 5 de esta Ley.

Artículo 40. La Secretaría sancionara con multa de doscientos a seiscientos salarios mínimos, según la capacidad económica del infractor, a aquellos Comerciantes o Industriales que incurran en las conductas siguientes:

I. No cumplan con su obligación de registrarse oportunamente en el SIEM, no registren a todos sus establecimientos, o proporcionen información incorrecta o incompleta en su registro, o

II. No cumplan con su obligación de informar a la Cámara correspondiente para efectos de su registro en el SIEM, cuando cesen parcial o totalmente en sus actividades, o cambie su giro o su domicilio.

En caso de reincidencia, se podrá imponer multa de hasta por el doble de la sanción anterior.

Artículo 41.- La Secretaría solicitará a la Asamblea General que, conforme a sus estatutos, tome los acuerdos necesarios para corregir cualquiera de las condiciones de los integrantes del consejo directivo y demás directivos de una Cámara o Confederación, cuando éstas:

I. Reincidan en cualquiera de las conductas a que se refiere el artículo anterior, y se les hubiere sancionado conforme al mismo;

II. Incumplan con su objeto o con las obligaciones que les encomienda la presente Ley;

III. Desarrollen actividades religiosas, partidistas o de especulación comercial, o

IV. Utilicen o dispongan de la información a que tengan acceso con motivo de la operación del SIEM, en forma diversa a la establecida en esta Ley o en las reglas de operación que emita la Secretaría.

Artículo 42.- La Secretaría previa opinión de las dependencias competentes y de la Confederación, podrá ordenar la destitución del consejo directivo de una Cámara, cuando este se negara a cumplir con los requisitos previstos en esta Ley para su funcionamiento.

En este caso, la Secretaría convocará a una asamblea extraordinaria, que realizará junto con la Confederación correspondiente, a fin de que se elija al nuevo consejo directivo que asumirá la conducción de la Cámara.

Artículo 43.- Cualquier otra infracción a esta Ley que no esté expresamente prevista en este título podrá ser sancionada por la Secretaría con multa de quince a trescientos salarlos mínimos. En caso de reincidencia, podrá imponer multa de hasta por el doble de la sanción anterior.

Artículo 44.- La aplicación de las sanciones que se señalan en este título no liberan al infractor del cumplimiento de las obligaciones que establece esta Ley, y se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que resulte.

Capítulo Segundo
Del Recurso de Revisión

Artículo 45.- Las personas afectadas por las resoluciones dictadas por la Secretaría, con fundamento en esta Ley y demás disposiciones derivadas de ella, podrán interponer recurso de revisión en los términos de la Ley Federal de procedimiento Administrativo.

TRANSITORIOS

ARTÍCULO PRIMERO.- Esta Ley entrara en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se abroga la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 1996, así como sus reformas y adiciones.

ARTÍCULO TERCERO.- Las Cámaras de Industria especifica Regionales constituidas con anterioridad a la vigencia de esta Ley, continuaran operando en los términos en que hayan sido inicialmente autorizadas.

ARTÍCULO CUARTO.- La Confederación de Cámaras Industriales de los estados unidos mexicanos, en la esfera de sus atribuciones, promoverá que las Cámaras específicas Regionales existentes de un mismo giro o giros similares se fusionen a fin de constituir Cámaras específicas Nacionales, en cuyo caso estarán eximidas de cumplir con lo dispuesto en el artículo 13 fracción I de esta Ley.

ARTÍCULO QUINTO.- Las Cámaras de Comercio en pequeño constituidas con anterioridad a la vigencia de esta Ley, continuaran operando en los términos en que hayan sido inicialmente autorizadas.

ARTÍCULO SEXTO.- La Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo de los estados unidos mexicanos, en la esfera de sus atribuciones, promoverá que las Cámaras de Comercio en pequeño en una misma circunscripción en la que opere una Cámara Nacional de Comercio, se fusionen.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- Se otorga un plazo de un año a todas las Cámaras y sus Confederaciones, para adecuar sus estatutos a lo dispuesto en esta Ley.

ARTÍCULO OCTAVO.- Las Cámaras específicas Nacionales, Genéricas Nacionales y Regionales y las Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo constituidas con anterioridad a la vigencia de esta Ley, continuaran operando aun y cuando no cumplan con lo establecido por esta Ley, en lo que se refiere a los requisitos para su constitución.

ARTÍCULO NOVENO.- Las Cámaras autorizadas por la Secretaría para operar el SIEM mantendrán la vigencia de su autorización previa a la publicación de esta Ley.

ARTÍCULO DÉCIMO.- La Secretaría, con la participación de las Cámaras y Confederaciones, elaborará un proyecto del reglamento de esta Ley, en un plazo no mayor a seis meses de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de octubre de 2004.

Diputados: Manuel López Villarreal (rúbrica), Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno (rúbrica), Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), José María de la Vega Lárraga (rúbrica), Jaime del Conde Ugarte (rúbrica), María Antonia García Sanjinés (rúbrica), Francisco Javier Landero Gutiérrez (rúbrica), Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), José Manuel Abdala de la Fuente, Óscar Bitar Haddad (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala (rúbrica), Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), Alfredo Gómez Sánchez (rúbrica), Gustavo Moreno Ramos, Eduardo Olmos Castro, Jesús María Ramón Valdez, Fernando Ulises Adame de León, Jorge Baldemar Utrilla Robles (rúbrica), José Mario Wong Pérez (rúbrica), Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz, Yadira Serrano Crespo, Víctor Suárez Carrera, Jazmín Elena Zepeda Burgos.
 
 



Votaciones
DE CONFORMIDAD CON LO QUE DISPONE EL ARTÍCULO 2, NUMERAL 2, INCISO C, DEL REGLAMENTO PARA LA TRANSPARENCIA Y EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS, SE PUBLICAN LAS SIGUIENTES VOTACIONES

DEL DICTAMEN DE LA SECCION INSTRUCTORA EN EL EXPEDIENTE SI/01/04, RELATIVO AL PROCEDIMIENTO DE DECLARACION DE PROCEDENCIA SOLICITADO EN CONTRA DEL C. RENE JUVENAL BEJARANO MARTINEZ, DIPUTADO CON LICENCIA A LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, III LEGISLATURA (SI SE APRUEBA)
 

Votación.doc
 
 






Asistencias
DE CONFORMIDAD CON LO QUE DISPONE EL ARTÍCULO 2, NUMERAL 2, INCISO C, DEL REGLAMENTO PARA LA TRANSPARENCIA Y EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS, SE PUBLICA LA SIGUIENTE LISTA DE ASISTENCIA DE LAS DIPUTADAS Y LOS DIPUTADOS
 

SECRETARIA GENERAL

ASISTENCIA DE LA SESION DE JURADO DE PROCEDENCIA PARA CONOCER EL DICTAMEN SI/01/04
JUEVES 4 DE NOVIEMBRE DE 2004
 
 
GRUPO

PARLAMENTARIO

ASISTENCIA
ASISTENCIA

POR CEDULA

ASISTENCIA COMISION OFICIAL
PERMISO MESA DIRECTIVA
INASISTENCIA

JUSTIFICADA

INASISTENCIA
TOTAL
PRI
189
2
0
7
0
24
222
PAN
137
2
0
4
0
7
150
PRD
92
0
0
2
0
3
97
PVEM
16
0
0
0
0
1
17
PT
5
0
0
0
0
1
6
CONVERGENCIA
4
0
0
0
0
1
5
INDEPENDIENTE
2
0
0
0
0
0
2
TOTAL
445
4
0
13
0
37
499

 

Listado de Asistencia día 4 de noviembre de 2004

Listado de Inasistencias día 4 de noviembre de 2004
 

Nota: Las diferencias que existen entre las listas de asistencia y el número de votos pueden variar conforme a los diputados presentes al momento de la votación.
Dentro de 6 días se publicarán las inasistencias justificadas respecto a la presente lista.
 
 













Convocatorias
DE LA COMISION DE DESARROLLO RURAL

A su décima reunión ordinaria, que tendrá lugar el viernes 5 de noviembre, de las 8:30 a las 11:00 horas, en la zona C del edificio G (Los Cristales).

Orden del Día

1. Asistencia y verificación de quórum.
2. Aprobación de la propuesta de acta de la novena reunión ordinaria de la Comisión.
3. Análisis y discusión de propuesta de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2005 de la Comisión de Desarrollo Rural.
4. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Miguel Luna Hernández
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE PESCA

A su reunión ordinaria, que se realizará el viernes 5 de noviembre, a las 9 horas, en el salón B del edificio G (Los Cristales).

Orden del Día

1. Presupuesto para el sector pesquero por ejercer en 2005.
2. Ley General de Pesca y Acuacultura.
3. Discusión y votación de los anteproyectos de dictamen.
Atentamente
Dip. Francisco Javier Obregón Espinoza
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE VIVIENDA

A la reunión de trabajo que su Mesa Directiva sostendrá con la Comisión Nacional de Fomento a la Vivienda (Conafovi) y el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares (Fonhapo) el viernes 5 de noviembre, a las 9 horas, en las instalaciones de la Comisión (edificio D, segundo piso).

Orden del Día

1. Registro de asistencia.

2. Sobre el presupuesto del Fonhapo para el ejercicio fiscal de 2005:
Ingeniero Miguel Hernández Contreras, director general de Políticas y Fomento a la Vivienda de la Conafovi; e
Ingeniero Jorge Enríquez Velásquez, subgerente de Normatividad y Apoyo Técnico del Fonhapo.

3. Sobre el presupuesto de la Conafovi para el ejercicio fiscal de 2005:
Licenciada Martha Robles Montijo, secretaria técnica del Conavi;
Licenciada Tania González y Vázquez, directora general de Administración de la Conafovi;
Licenciado Ricardo Rea Suárez, director general de Fomento a la Productividad del Sector Vivienda de la Conafovi; e
Ingeniero Joel Ramírez Díaz, asesor de la Conafovi.

4. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Roberto Pedraza Martínez
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE JUVENTUD Y DEPORTE

A la reunión de trabajo que sostendrá con el doctor Hugo Sánchez Márquez el viernes 5 de noviembre, a las 10 horas, en el salón de protocolo situado en la planta baja del edificio A.

Atentamente
Dip. José Manuel Carrillo Rubio
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE DESARROLLO RURAL

A la reunión de trabajo con la Comisión de Desarrollo Rural de la Asamblea Legislativa, jefes delegacionales y diputados federales de las delegaciones rurales del Distrito Federal, que se realizará el viernes 5 de noviembre, de las 12 a las 14 horas, en la zona C del edificio G (Los Cristales).

Atentamente
Dip. Miguel Luna Hernández
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE GOBERNACION

A la reunión de trabajo de la Subcomisión en Materia Político Electoral, que se llevará a cabo el lunes 8 de noviembre, a las 17 horas, en la sala de juntas de la Comisión (edificio D, tercer nivel).

Orden del Día

1. Registro de asistencia.

2. A consideración el anteproyecto de dictamen relativo a:
I. Iniciativas de reformas y adiciones al Cofipe para establecer el voto de los mexicanos en el extranjero.

3. Asuntos varios.

Atentamente
Dip. Julián Angulo Góngora
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE GOBERNACION

A la reunión de trabajo de la Subcomisión de Gobierno, que se efectuará el lunes 8 de noviembre, a las 18 horas, en la sala de juntas de la Comisión (edificio D, tercer nivel).

Orden del Día

1. Registro de asistencia.

2. A consideración, los anteproyectos de dictamen relativos a
I. Minuta con proyecto de Ley de Seguridad Nacional.
II. Minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas.

III. Iniciativas de Ley de Juegos con Apuestas y Sorteos.
IV. Iniciativas de Ley de Armas de Fuego, Explosivos y Pirotecnia.

3. Asuntos varios.

Atentamente
Dip. Julián Angulo Góngora
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE POBLACION, FRONTERAS Y ASUNTOS MIGRATORIOS

A su reunión de trabajo con la comisionada del Instituto Nacional de Migración y secretaria ejecutiva de la Comisión Intersecretarial del Programa Paisano, licenciada Magdalena Carral Cuevas, que tendrá lugar el miércoles 10 de noviembre, a las 8:30 horas, en la zona C del edificio G (Los Cristales).

Orden del Día

I. Registro de asistentes.

II. Bienvenida
Dip. Juan Antonio Guajardo Anzaldúa
Presidente de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios

III. Presentación de la Comisión Intersecretarial
Lic. Magdalena Carral Cuevas
Comisionada del Instituto Nacional de Migración y secretaría ejecutiva de la Comisión Intersecretarial del Programa Paisano.

IV. Presentación de dependencias y entidades

SRE (protección consular, difusión en EUA, reuniones con líderes de comunidades y medios de comunicación en EUA)
Sedena/Banjército (importación temporal de vehículos)
SSP/PFP (Seguridad en carreteras, y combate y prevención de delitos)
SHCP/SAT/Administración General de Aduanas (importación temporal de vehículos, franquicia fiscal, menaje de casa)

Sedesol (programa Iniciativa Ciudadana 3x1)
Semarnat/Profepa (especies protegidas)
SE (importación definitiva de vehículos nuevos)
Sagarpa (importación de alimentos, animales y vegetales)

SCT/Telecomm (envíos de dinero y telefonía rural satelital)
SFP (seguimiento de quejas y denuncias, Sactel y CIS)
SEP (Programa Binacional para la Educación del Migrante)
Ssa (salud del migrante)

STPS (capacitación y empleo)
Sectur (orientación, asistencia y acompañamientos turísticos)
PGR (tráfico ilegal de armas y drogas)
Profeco (quejas y denuncias por servicios al consumidor)

PA (protección y defensa campesinas)
IMSS (seguro para el migrante y su familia)
DIF (Programa de Menores Fronterizos)

V. Sesión de preguntas y respuestas por parte de las legisladoras y los legisladores
VI. Asuntos generales
VII. Clausura del evento

Atentamente
Dip. Juan Antonio Guajardo Anzaldúa
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE INVESTIGACION SOBRE EL INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN AL AHORRO BANCARIO

A su cuarta reunión ordinaria, que se efectuará el miércoles 10 de noviembre, a las 9:30 horas, en la sala 6 del edificio B, planta baja.

Orden del Día

1. Lista de asistencia, verificación y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la segunda reunión ordinaria, celebrada el lunes 26 de julio de 2004.
4. Informe de avance de cumplimiento del programa de trabajo de la Comisión de Investigación sobre el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (CIIPAB).
5. Informe sobre la recoplilación de documentación relacionada con el tema Fobaproa-IPAB en la H. Cámara de Diputados.
6. Informe sobre la elaboración del informe final que rendirá la CIIPAB al Pleno de la H. Cámara de Diputados.
7. Proyecto de foro internacional.
8. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Manuel Pérez Cárdenas
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION ESPECIAL DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIAS

En Comisiones Unidas con su homóloga de Asuntos Indígenas, al Foro sobre niñas y niños indígenas, que tendrá verificativo el miércoles 10 de noviembre, a las 10 horas, en el lobby del edificio E, en el marco del XV aniversario de la adopción por parte de la ONU de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Atentamente
Dip. Angélica de la Peña Gómez
Presidenta
 
 
 

DE LA COMISION DE RECURSOS HIDRÁULICOS

A su duodécima reunión ordinaria, que se llevará a cabo el miércoles 10 de noviembre, a las 10 horas, en el salón E del edificio G (Los Cristales).

Atentamente
Dip. Jesús Vizcarra Calderón
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE SALUD

Al simposio Situación actual del déficit de atención e hiperactividad en México, que se realizará el miércoles 10 de noviembre, de las 12 a las 15 horas, en el salón Legisladores de la República.

Atentamente
Dip. José Ángel Córdova Villalobos
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE POBLACION, FRONTERAS Y ASUNTOS MIGRATORIOS

Al seminario Los problemas contemporáneos de la población de México, que se llevará a cabo los miércoles 10, 17 y 24 de noviembre, a las 9 horas, en el auditorio del grupo parlamentario del PRD, edificio H, tercer nivel.

Atentamente
Dip. Rosa María Avilés Nájera
Secretaria de la Comisión y Coordinadora del Seminario
 
 
 

DE LA COMISION DEL DISTRITO FEDERAL

A su séptima reunión plenaria, que tendrá lugar el viernes 12 de noviembre, a las 9:30 horas, en el salón B del edificio G (Los Cristales).

Se recuerda a los CC. diputados integrantes de la Comisión del Distrito Federal que, de acuerdo con la práctica que se sigue en esta Comisión, se da un término de 20 minutos de espera para que haya quórum y, en su caso, iniciar la sesión.

Orden del Día

1. Bienvenida.
2. Lista de asistencia y verificación de quórum.
3. Respuesta al requerimiento de la Presidencia de la Mesa Directiva de esta H. Cámara de Diputados, mediante oficio No. 01160, con fecha 15 de octubre del presente, para que se provea de los elementos necesarios a fin de dar cumplimiento a la propuesta de punto de acuerdo aprobada el martes 19 de octubre de 2004, respecto del informe soliciatado al C. procurador general de Justicia del Distrito Federal sobre diversos asuntos.
4. Asuntos generales.
5. Clausura.
Atentamente
Dip. José Agustín Ortiz Pinchetti
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

A su reunión de trabajo, que se efectuará el miércoles 17 de noviembre, a las 13 horas, en el salón B del edificio G (Los Cristales).

Atentamente
Dip. Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán
Presidenta
 
 
 

DE LA COMISION DE VIGILANCIA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN

A la premiación del cuarto Certamen nacional de ensayo sobre fiscalización superior y rendición de cuentas, que se realizará el miércoles 17 de noviembre, a las 17 horas, en el salón de protocolo del edificio C.

Atentamente
Dip. Salvador Sánchez Vázquez
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE SALUD

A la reunión de la Tercera Subcomisión, "Asistencia Médica", que se efectuará el miércoles 24 de noviembre, a las 12 horas, en le sala de juntas de la Presidencia de la Comisión.

Atentamente
Dip. Julio Boltvinik Kalinka
Coordinación de la Subcomisión
 
 
 

DE LA COMISION DE SALUD

A su decimocuarta reunión plenaria, que se verificará el miércoles 24 de noviembre, a las 14 horas, en el salón B del edificio G (Los Cristales).

Orden del Día

1. Verificación de asistencia.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.
4. Lectura y, en su caso, aprobación de los anteproyectos de dictamen de los asuntos turnados a la Comisión de Salud.

5. Asuntos generales:
5.1 Presentación e intervención de integrantes de Funsalud.
5.2 Presentación e intervención de la organización Fundar.

Atentamente
Dip. José Ángel Córdova Villalobos
Presidente
 
 












Avisos
DE LA COMISION DE INVESTIGACION SOBRE EL INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN AL AHORRO BANCARIO, DE LA REUNIÓN DE SU MESA DIRECTIVA QUE SE CONVOCÓ PARA EL MIÉRCOLES 3 DE NOVIEMBRE DE 2004

La Mesa Directiva de la Comisión de Investigación sobre el IPAB fue convocada a reunirse para el miércoles 3 de noviembre de 2004 a las 9:30 horas, mediante publicación de la respectiva convocatoria en la Gaceta Parlamentaria de 28 de octubre de 2004.

Se informa, para los efectos a que haya lugar, que dicha reunión no se llevó a cabo, toda vez que no se reunió el quórum, al haberse presentado sólo dos de los cuatro diputados integrantes de la Mesa Directiva de la CIIPAB, por lo que siendo las 10:30 horas del día de la convocatoria se dio por no celebrada.

1. Lista de asistencia

Dip. Manuel Pérez Cárdenas (rúbrica)
Presidente

Dip. Víctor Ernesto González Huerta (rúbrica)
Secretario

Dip. Salvador Vega Casillas (no asistió)
Secretario

Dip. Alfonso Ramírez Cuéllar (no asistió)
Secretario

México, DF, a las 10:30 horas del miércoles 3 de noviembre de 2004.

Dip. Manuel Pérez Cárdenas (rúbrica)
Presidente