Gaceta Parlamentaria, año XXIX, número 7053, jueves 4 de junio de 2026
De la junta directiva de la Comisión de Gobernación y Población, número LXVI/CGP/JD/03/2026, por el que determinan los asuntos que se considera conveniente prorrogar, en términos del artículo 183 del Reglamento de la Cámara de Diputados
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXIII, y 45, numeral 6, inciso g) y e), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 95, numeral 2, fracción I, 146, numeral 3, y 149, numeral 2, fracción X y XI, 158, fracción XII, 183, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se emite el presente acuerdo, conforme a las siguientes:
Consideraciones
I. Que el 7 de mayo de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma al Reglamento de la Cámara de Diputados mediante la que se establece un nuevo procedimiento para la prórroga de la determinación de los asuntos que son turnados a las comisiones.
II. Que conforme a lo establecido en el artículo 182, numeral 1, todo asunto turnado a comisión deberá ser resuelto por ésta, dentro de un término máximo de cuarenta y cinco días, a partir de la recepción formal del asunto, con las salvedades que este Reglamento y la Constitución establecen.
III. Que el artículo 183, numeral 1 de la misma normatividad señala que, la comisión que considere conveniente prorrogar la decisión del asunto turnado, lo deberá acordar a través de su junta directiva, dentro del término para dictaminar e informar a la Mesa Directiva.
IV. Que con fecha 1 de julio de 2025 la Mesa Directiva de la LXVI Legislatura pronunció acuerdo relativo a las solicitudes de prórrogas de las comisiones ordinarias para emitir sus dictámenes a iniciativas y/o minutas, publicado en la gaceta parlamentaria número 6810-V.
V. Asimismo, el artículo 184, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados establece que las iniciativas no dictaminadas al término de una legislatura, así como las proposiciones no dictaminadas dentro del periodo ordinario de sesiones en que fueron presentadas, se tendrán por desechadas, procediendo a su archivo como asuntos total y definitivamente concluidos.
VI. Qué para ejercer la atribución de dictaminación con la que cuenta la Comisión es indispensable contar con el tiempo suficiente para analizar los asuntos turnados, haciéndose llegar de toda la información necesaria y con la responsabilidad profesional y de mérito de cada uno de ellos.
VII. Con el fin de realizar dicha función de forma pertinente, las y los integrantes de la Junta Directiva de la Comisión de Gobernación y Población, acuerdan la prórroga de la determinación de los asuntos que se enlistan en este documento, y que fueron turnados a la comisión.
Por lo expuesto y fundado, derivado de las atribuciones, facultades y deberes expuestos en los considerandos anteriores, las diputadas y los diputados de la junta directiva de la Comisión Gobernación y Población, emiten el siguiente
Acuerdo
Primero. La Junta Directiva de la Comisión de Gobernación y Población de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, autoriza a su Presidencia a remitir el presente acuerdo a la Mesa Directiva con la finalizad de informar la determinación tomada sobre la prórroga de los asuntos listados en el presente documento, conforme a lo establecido en el artículo 183, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Segundo. Toda vez que las iniciativas de mérito se encuentran en estudio y análisis en esta comisión, y dada la naturaleza de las reformas que se pretenden con las mismas, se pone de manifiesto la necesidad de que este órgano legislativo cuente con mayor tiempo para estudiarlas y proyectar las propuestas de dictamen correspondientes, por lo anterior, se autoriza la prórroga de los siguientes asuntos conforme al término establecido en el artículo 184 del Reglamento de la Cámara de Diputados, a saber:
1. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un cuarto párrafo al artículo 1o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Promovente: Diputada Rosete Sánchez María de Jesús (Morena)
Expediente: 6222
Fecha de vencimiento: 1 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
2. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 29 de noviembre de cada año como el Día Nacional de las y los Jornaleros Agrícolas
Promovente: Diputada Barrera Maldonado Leticia (PRI)
Expediente: 6234
Fecha de vencimiento: 1 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
3. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 31 de julio de cada año como el Día Nacional del Aguacate
Promovente: Diputado de la Garza Villareal Héctor Alfonso (PVEM)
Expediente: 6236
Fecha de vencimiento: 1 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
4. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 5 de marzo de cada año Día Nacional del Optometrista
Promovente: Diputada Pérez Herrera Verónica diputadas y diputados (PAN)
Expediente: 6259
Fecha de vencimiento: 3 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
5. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (en materia de protección a los jornaleros agrícolas indígenas)
Promovente: Diputado Olivares Mejía Gerardo (PT)
Expediente: 6277
Fecha de vencimiento: 3 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
6. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 34 de la Ley General de Archivos (en materia de expediente electrónico mínimo obligatorio)
Promovente: Diputado Sánchez Sánchez Luis Gerardo (PRI)
Expediente: 6311
Fecha de vencimiento: 3 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
7. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 23 de febrero de cada año Día Nacional del Rotarismo Mexicano
Promovente: Diputada Álvarez Nemer Mónica Angélica (Morena)
Expediente: 6326
Fecha de vencimiento: 3 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
8. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
Promovente: Diputado Bautista Villegas Oscar (PVEM)
Expediente: 6330
Fecha de vencimiento: 3 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
9. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y expide la Ley General para la Creación del Instituto Nacional para la Igualdad y la Diversidad (como un instrumento de la política social para atender las necesidades de las personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas)
Promovente: Diputada Sandoval Hernández Mónica Elizabeth (PRI)
Expediente: 6380
Fecha de vencimiento: 4 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
10. Iniciativa con proyecto de decreto por de que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público
Promovente: Diputado Guevara Garza Carlos Alberto (PVEM)
Expediente: 6448
Fecha de vencimiento: 8 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
11. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 11 de septiembre de cada año Día del Rock Mexicano y la Libertad de Expresión
Promovente: Diputada Núñez Monreal Magdalena del Socorro (PT)
Expediente: 6452
Fecha de vencimiento: 8 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
12. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara oficialmente el Día Nacional del Geriatra, a celebrarse cada año el día 11 de octubre
Promovente: Diputada Gómez Pozos Merilyn (Morena)
Expediente: 6591
Fecha de vencimiento: 17 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
13. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 83 y 84 de la Ley General de Población. (Para garantizar el respecto a los derechos humanos de personas repatriadas)
Promovente: Diputado Sánchez Rodríguez Ernesto y diputados y diputadas del (PAN)
Expediente: 6581
Fecha de vencimiento: 18 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
14. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara al 3 de enero como el Día Nacional de los Ejidos y las Comunidades Agrarias
Promovente: Diputada Villacis Palacios Zoraya (Morena)
Expediente: 6650
Fecha de vencimiento: 18 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
15. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 8 de julio de cada año Día Nacional de los Bosques
Promovente: Diputada Santander Soto Gissel (Morena)
Expediente: 6653
Fecha de vencimiento: 18 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
16. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 22 de octubre de cada año como Día Nacional de la Constitución de Apatzingán de 1814
Promovente: Diputado Cruz Lucatero José Luis (Morena)
Expediente: 6662
Fecha de vencimiento: 18 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
17. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (en materia de consentimiento de referencias personales en trámites de crédito)
Promovente: Diputado Borboa Becerra Omar Antonio y diputadas y diputados del (PAN)
Expediente: 6663
Fecha de vencimiento: 18 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
18. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan un artículo 8 Bis a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (en materia de protección de datos personales de niñas, niños y adolescentes)
Promovente: Diputado Quiroga Treviño Luis Orlando (PVEM)
Expediente: 6665
Fecha de vencimiento: 18 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
19. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos Personales
Promovente: Diputado Abramo Masso Yerico (PRI)
Expediente: 6699
Fecha de vencimiento: 18 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
20. Iniciativa con proyecto de decreto por el que s e adiciona una fracción V Bis, y reforma las fracciones CV y XXIX del artículo 38 Bis, y reforma las fracciones XV y XXIX del artículo 38 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (en materia de integración de la inteligencia artificial en el sistema educativo y de producción científica)
Promovente: Diputada Sánchez Cordero Dávila Olga María del Carmen (Morena)
Expediente: 6731
Fecha de vencimiento: 18 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
21. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público
Promovente: Diputada García García Margarita (PT)
Expediente: 6747
Fecha de vencimiento: 18 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
22. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 14 de septiembre de cada año Día del Legislador en México
Promovente: Diputada Osorio Ferral Bertha (Morena)
Expediente: 6773
Fecha de vencimiento: 19 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
23. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Migración y de la Ley Federal de Derechos (en materia de turismo médico)
Promovente: Diputado Zenteno Santaella Pedro Mario, diputado Castro Trenti Fernando Jorge, diputado López Vela Jaime Genaro (Morena)
Expediente: 6782
Fecha de vencimiento: 19 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
24. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 14 de junio de cada año Día Nacional de la Donación Voluntaria de Sangre
Promovente: Diputada Santander Soto Gissel (Morena)
Expediente: 6786
Fecha de vencimiento: 19 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
25. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Juegos y Sorteos (en materia de máquinas tragamonedas)
Promovente: Diputado Haces Barba Pedro Miguel (Morena)
Expediente: 6788
Fecha de vencimiento: 19 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
26. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 5 de junio como el Día Nacional de la Lucha contra la Pesca Ilegal, no Declarada y no Reglamentada
Promovente: Diputado Sánchez Reyes Jorge Luis (Morena)
Expediente: 6868
Fecha de vencimiento: 25 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
27. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 7 de julio de cada año Conmemoración de la Transformación de la Reforma
Promovente: Diputado Mendoza Arce Fernando (Morena)
Expediente: 6872
Fecha de vencimiento: 25 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
28. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (en materia de paridad de género)
Promovente: Diputado Gaona Domínguez Eduardo (MC)
Expediente: 6919
Fecha de vencimiento: 26 de junio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
29. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 25 de marzo de cada año Día Nacional para la Protección de la Vida y la Atención Integral de la Mujer Embarazada
Promovente: Diputada Márquez Alcalá Laura Cristina y diputadas y diputados (PAN)
Expediente: 6988
Fecha de vencimiento: 3 de julio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
30. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 38 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para crear el Instituto Nacional para el Fomento de la Inteligencia Artificial
Promovente: Diputado Gutiérrez Mancilla Carlos Eduardo (PRI)
Expediente: 7061
Fecha de vencimiento: 3 de julio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
31. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 2 de febrero de cada año como el Día Nacional para la Conservación de los Humedales
Promovente: Diputado Sánchez Rivera Miguel Ángel (Movimiento Ciudadano)
Expediente: 7068
Fecha de vencimiento: 3 de julio de 2026
Fecha de vencimiento prórroga autorizada: 31 de mayo de 2026
Notifíquese el presente acuerdo a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para su conocimiento y publicación en la Gaceta Parlamentaria, y para los efectos parlamentarios y administrativos conducentes.
Transitorios
Primero. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por la Junta Directiva de la Comisión de Gobernación y Población de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 27 días del mes de mayo de 2026.
Votación
Diputadas y diputados: Graciela Ortiz González (rúbrica a favor), Mario Miguel Carrillo Cubillas (rúbrica a favor), Francisco Adrián Castillo Morales, Armando Corona Arvizu, Jorge Alberto Mier Acolt (rúbrica a favor), Irma Juan Carlos (rúbrica a favor), Joaquín Zebadúa Alva (rúbrica a favor), Marcelo de Jesús Torres Cofiño (rúbrica a favor), Eva María Vásquez Hernández (rúbrica a favor), Carlos Enrique Canturosas Villarreal, Ana Érika Santana González (rúbrica a favor), José Luis Sánchez González, Miguel Alejandro Alonso Reyes (rúbrica a favor), Miguel Ángel Sánchez Rivera.
De la junta directiva de la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, por el que se determinan los asuntos que se considera conveniente prorrogar, en términos del artículo 183 del Reglamento de la Cámara de Diputados
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXIV, y 45, numeral 6, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 146, numeral 3, y 149, numeral 2, fracciones X y XI, 158, fracción XII, 183, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se emite el presente acuerdo, conforme a las siguientes:
Consideraciones
I. Que el 7 de mayo de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma al Reglamento de la Cámara de Diputados mediante la que se establece un nuevo procedimiento para la prórroga de la determinación de los asuntos que son turnados a las comisiones.
II. Que conforme a lo establecido en el artículo 182, numeral 1, todo asunto turnado a comisión deberá ser resuelto por esta, dentro de un término máximo de 45 días, a partir de la recepción formal del asunto, con las salvedades que este Reglamento y la Constitución establecen.
III. Que el artículo 183, numeral 1, de la misma normatividad señala que la comisión que considere conveniente prorrogar la decisión del asunto turnado, lo deberá acordar a través de su junta directiva, dentro del término para dictaminar e informar a la Mesa Directiva.
IV. Asimismo, el artículo 184, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados establece que las iniciativas no dictaminadas al término de una legislatura, así como las proposiciones no dictaminadas dentro del periodo ordinario de sesiones en que fueron presentadas, se tendrán por desechadas, procediendo a su archivo como asuntos total y definitivamente concluidos.
V. Que para ejercer la atribución de dictaminación con la que cuenta la comisión es indispensable contar con el tiempo suficiente para analizar los asuntos turnados haciéndose, haciéndose llegar de toda la información necesaria y con la responsabilidad profesional y de mérito de cada uno de ellos.
VI. Con el fin de realizar dicha función de forma pertinente, las y los integrantes de la junta directiva de la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, acuerdan la prórroga de la determinación de los asuntos que se enlistan en este documento, y que fueron turnados a la comisión.
Por lo expuesto y fundado, derivado de las atribuciones, facultades y deberes expuestos en los considerandos anteriores, las diputadas y los diputados de la junta directiva de la Comisión de la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, emiten el siguiente:
Acuerdo
Primero . La junta directiva de la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, autoriza a su Presidencia a remitir el presente acuerdo a la Mesa Directiva con la finalizad de informar la determinación tomada sobre la prórroga de los asuntos listados en el presente documento, conforme a lo establecido en el artículo 183, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Segundo . Toda vez que las iniciativas de mérito se encuentran en estudio y análisis en esta comisión, y dada la naturaleza de las reformas que se pretenden con las mismas, se pone de manifiesto la necesidad de que este órgano legislativo cuente con mayor tiempo para estudiarlas y proyectar las propuestas de dictamen correspondientes, por lo anterior, se autoriza la prórroga de los siguientes asuntos, conforme al término establecido en el artículo 184 del Reglamento de la Cámara de Diputados:
Asunto : Iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adicionan los artículos 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y 5 de la Ley General de Protección Civil.
Promovente : Diputada Olga Juliana Elizondo Guerra, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Expediente 6945.
Asunto: Iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan los artículos 45 de la Ley de Coordinación Fiscal y 66 de la Ley General de Protección Civil.
Promovente: Diputado Jorge Armando Ortiz Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Expediente 6939.
Asunto : Iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma y adiciona el artículo 75 de la Ley General de Protección Civil y adiciona el artículo 102 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Promoventes: Diputados Jesús lrugami Perea Cruz, Yoloczin Lizbeth Domínguez Serna, Javier Taja Ramírez, del Grupo Parlamentario Morena y Gerardo Oivares Mejía, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
Expediente 6886.
Asunto : Iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil y de la Ley General de Cambio Climático.
Promovente : Diputada Laura Irais Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Expediente 6555.
Asunto : Iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley Aduanera, de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para fortalecer las instituciones de atención de emergencias y establecer mecanismos de facilitación, coordinación y participación social.
Promovente : Diputado Juan Carlos Valladares Eichelmann, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
Expediente 7065.
Notifíquese el presente acuerdo a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para su conocimiento, publicación en la Gaceta Parlamentaria, y para los efectos parlamentarios y administrativos conducentes.
Transitorio
Único. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por la junta directiva de la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 29 de mayo de 2026.
Votación del acuerdo
Diputados y diputadas
A favor: Alonso de Jesús Vázquez Jiménez, Dionicia Vázquez García, Francisco Javier Sánchez Cervantes, Jorge Alberto Mier Acolt, Luis Humberto Fernández Fuentes, Martha Amalia Moya Bastón, Ofelia Socorro Jasso Nieto, Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio, Rosalía León Rosas y Tey Mollinedo Cano.
Ausentes: María del Rosario Guzmán Avilés y Mario Calzada Mercado.
De la junta directiva de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, por el que determina conveniente prorrogar el término para dictamen de iniciativas turnadas
Las diputadas y los diputados que integramos la junta directiva de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la LXVI Legislatura, con fundamento en lo establecido por los artículos 182 y 183 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, aprobamos el presente
Acuerdo de la decimoséptima reunión de junta directiva mediante el cual se declara prórroga para dictamen de iniciativas con término al final de la presente legislatura listadas a continuación:
1. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo (estableciendo una cuota de contratación obligatoria de personas con discapacidad de 5 por ciento de sus trabajadores a todas las empresas con más de 50 trabajadores).
Proponente: diputada Mónica Herrera Villavicencio (Morena), suscrita por diputados de diversos grupos parlamentarios.
Expediente 6671.
2. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 501 y 502 de la Ley Federal del Trabajo (para fortalecer el reconocimiento de beneficiarias y beneficiarios con discapacidad).
Proponente: diputada Adriana Belinda Quiroz Gallegos, Morena.
Expediente 6675.
3. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones Ley Federal del Trabajo (en materia de jornada laboral de 40 horas con 2 días de descanso.)
Proponente: suscrita por diputados del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.
Expediente 6701.
4. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (en materia de descanso compensatorio cuando el día de descanso semanal coincida con un día de descanso obligatorio.)
Proponente: diputada Hilda Magdalena Licerio Valdés, PVEM.
Expediente 6720.
5. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B Artículo 123 Constitucional (en materia de instalación y condiciones adecuadas de lactarios dignos, seguros y accesibles para la extracción y conservación de leche materna en los centros de trabajo del servicio público).
Proponente: diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, Movimiento Ciudadano.
Expediente 6726.
6. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones Ley Federal del Trabajo (en materia de deportistas de alto impacto que ponen en peligro su vida).
Proponente: diputada Celia Esther Fonseca Galicia, PVEM.
Expediente 6738.
7. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción VIII al artículo 170 y reforma la fracción I del artículo 685 Ter de la Ley Federal del Trabajo (en materia de protección contra el despido de mujeres trabajadoras durante el periodo posterior al parto y de lactancia.)
Proponente: diputada María Teresa Ealy Díaz, Morena.
Expediente 6784.
8. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 132, 133 y 995 la Ley Federal del Trabajo (en materia de contratación de personas con discapacidad).
Proponente: diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario PAN.
Expediente 6912.
9. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adicionan diversas disposiciones Ley Federal del Trabajo (en materia del derecho a comer dignamente en el trabajo).
Proponente: diputado Miguel Ángel Sánchez Rivera, Movimiento Ciudadano.
Expediente 7046.
10. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adicionan diversas disposiciones Ley Federal del Trabajo (para eliminar la brecha salarial por razón de género).
Proponente: diputado Miguel Alejandro Alonso Reyes, PRI.
Expediente 7100.
11. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 15 Bis a la Ley Federal del Trabajo (en materia de trabajo temporal para migrantes).
Proponente: diputado Miguel Alejandro Alonso Reyes, PRI.
Expediente 7102.
12. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 12 de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores.
Proponente: diputada Lucero Higareda Segura, Morena.
Expediente 7146.
13. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 5o., fracción XI, 56, y 133, fracción I; y adiciona una fracción al artículo 284 de la Ley Federal del Trabajo.
Proponente: diputada Sandra Beatriz González Pérez, Morena.
Expediente 7194.
14. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma la denominación del Título Quinto Bis y reforma y adiciona diversas disposiciones Ley Federal del Trabajo (en materia de protección de niñas, niños y adolescentes en actividades artísticas, culturales, deportivas, científicas, de talento y medios digitales, y de prevención de la simulación laboral y la explotación infantil, y de protección patrimonial de las contraprestaciones generadas por personas menores de quince años).
Proponente: diputados Luis Humberto Aldana Navarro y Mildred Concepción Ávila Vera, Morena.
Expediente 7247.
15. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción VI del artículo 132 de la (en materia de derechos laborales).
Proponente: diputada Roció López Gorosave, Morena.
Expediente 7324.
16. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un Capítulo XVII Bis denominado Del Derecho al Reconocimiento Laboral y Remuneración de las Parteras Tradicionales, integrado por los artículos 353-V, 353-W y 353-X del Título Sexto de la Ley Federal del Trabajo.
Proponente: diputada Alma Lidia de la Vega Sánchez, Morena.
Expediente 7341.
17. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 2o., de la Ley Federal del Trabajo (en materia de entornos laborales seguros y saludables).
Proponente: diputada Melva Carrasco Godínez, Morena.
Expediente 7365.
18. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 47 y adiciona el artículo 47 Bis a la Ley Federal del Trabajo (para obligar a los empleadores a informar de manera clara, detallada y veraz las causas reales del despido y prohibir la simulación de renuncias laborales).
Proponente: diputado Armando Corona Arvizu, Morena.
Expediente 7381.
19. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones Ley Federal del Trabajo (en materia derechos laborales y condiciones de trabajo de médicos residentes).
Proponente: diputada Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio, Morena.
Expediente 7411.
20. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo.
Proponente: diputado Adolfo Alatriste Cantú, PVEM.
Expediente 7429.
21. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo (en materia de horarios flexibles y teletrabajo personas cuidadoras).
Proponente: diputado Antonio de Jesús Ramírez Ramos, PVEM.
Expediente 7433.
22. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 298 y 301 de la Ley Federal del Trabajo.
Proponente: diputada Margarita García García, PT.
Expediente 7510.
23. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional (en materia de derechos de las mujeres referentes a la maternidad).
Proponente: diputada María Isabel Rodríguez Heredia y diputados del Grupo Parlamentario PAN.
Expediente 7514.
24. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 873-J de la Ley Federal del Trabajo.
Proponente: diputada Genoveva Huerta Villegas y diputados del PAN.
Expediente 7597.
25. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adicionan diversas disposiciones Ley Federal del Trabajo (en materia de cierre y salida de empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de exportación).
Proponente: diputada Lilia Aguilar Gil, PT.
Expediente 7599.
26. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones Ley Federal del Trabajo (en materia de prohibición de discriminación laboral por orientación sexual, identidad de género, expresión de género y características sexuales).
Proponente: diputada Laura Hernández García, Movimiento Ciudadano.
Expediente 7695.
27. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 31 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional (en materia del derecho a comer dignamente en el trabajo).
Proponente: diputado Miguel Ángel Sánchez Rivera, Movimiento Ciudadano.
Expediente 7697.
Así lo acordamos y suscribimos las diputadas y diputados de la junta directiva de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, a los_días del mes de mayo de 2026.
Votación del acuerdo
A favor
Diputados: Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, Erubiel Lorenzo Alonso Que, Ariadna Barrera Vázquez, Gabriela Benavides Cobos, Gilberto Daniel Castillo García, Margarita García García, Sandra Beatriz González Pérez, Theodoros Kalionchiz de la Fuente, Patricia Mercado Castro, Petra Romero Gómez, Mirna María de la Luz Rubio Sánchez.
Ausentes
Diputadas: Delhi Miroslava Shember Domínguez, Julia Arcelia Olguín Serna.
De la junta directiva de la Comisión de Vivienda, por el que se autoriza prórroga para la resolución de iniciativas turnadas a esta comisión y se informa de ello a la Mesa Directiva
La junta directiva de la Comisión de Vivienda, con fundamento en lo establecido en los artículos 39, 43 y 45, numeral 6, inciso g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 146, numeral 3; 149, numeral 2 fracción X; 158, numeral l, fracción XII, 183, numeral 1 y demás disposiciones relativas y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como en el acuerdo de la Mesa Directiva relativo a las solicitudes de prórrogas de las comisiones ordinarias para emitir sus dictámenes a iniciativas y minutas, emite el presente acuerdo con base en los siguientes
Considerandos
1. Que son tareas de las comisiones ordinarias, elaborar, discutir y, en su caso, aprobar los dictámenes o resoluciones sobre los asuntos que la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados les turne; solicitar información, opinión o aclaración sobre asuntos de la competencia de la comisión, así como resolver los acuerdos o resoluciones que considere la propia comisión, relacionados con las actividades que le corresponden en los términos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento de la Cámara de Diputados, entre otros;
2. Que, para la elaboración de dictámenes, la junta directiva podrá solicitar el apoyo de los servicios de investigación de los centros de estudio y demás servicios con que cuenta la Cámara, entre los que se encuentran obtener reportes en materia regulatoria, social y de opinión pública, en aquellos asuntos que impliquen un impacto presupuestal de conformidad con lo establecido en el artículo 176 del Reglamento de la Cámara de Diputados;
3. Que de conformidad con el artículo 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, todo asunto turnado a comisión deberá ser resuelto por esta, dentro de un término máximo de cuarenta y cinco días, contados a partir de la recepción formal del asunto, con las salvedades que prevea el propio Reglamento y la Constitución.
4. Que el 7 de mayo de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de lenguaje inclusivo y optimización de trámites y procedimientos parlamentarios, dentro del cual se contempla la reforma del artículo 183 de dicho ordenamiento, para establecer en su numeral 1 que La comisión que considere conveniente prorrogar la decisión del asunto turnado, lo deberá acordar a través de su junta directiva, dentro del término para dictaminar, establecido en el artículo anterior e informar a la Mesa Directiva;
5. Que el l de julio de 2025 se publicó en la Gaceta Parlamentaria el acuerdo de Mesa Directiva relativo a las solicitudes de prórrogas de las comisiones ordinarias para emitir sus dictámenes a iniciativas y minutas, cuyo resolutivo primero establece que las juntas directivas de las comisiones que autoricen prórrogas a iniciativas, deberán informar de ello a la Mesa Directiva para que esta realice el registro correspondiente en los expedientes parlamentarios y dé paso al trámite conducente, en correspondencia con las prevenciones que va emitiendo a cada asunto.
6. Que dicho acuerdo establece en su resolutivo segundo que la Mesa Directiva, en uso de sus facultades, determina que el plazo de las prórrogas autorizadas no podrá ir más allá de la duración de la legislatura.
En virtud de lo anterior, en ejercicio de la atribución que le es conferida, la junta directiva de la Comisión de Vivienda aprueba el siguiente:
Acuerdo
Primero . La junta directiva de la Comisión de Vivienda autoriza prórroga para emitir dictamen respecto de los asuntos enlistados en el presente acuerdo, en los términos que establecen el artículo 183 del Reglamento de la Cámara de Diputados y el acuerdo de Mesa Directiva relativo a las solicitudes de prórrogas de las comisiones ordinarias para emitir sus dictámenes a iniciativas y minutas.
Segundo . Remítase el presente acuerdo a la Mesa Directiva para su conocimiento y publicación en la Gaceta Parlamentaria.
1. Iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las Leyes Federal de Protección al Consumidor de Vivienda, y Nacional para eliminar Trámites Burocráticos, en materia de transparencia en las operaciones de compraventa inmobiliaria y fortalecimiento de la intermediación inmobiliaria.
Diputado Juan Carlos Valladares Eichelmann, PVEM.
Expediente 6741.
2. Iniciativa con proyecto decreto, por el que se reforma el artículo 6 de la Ley de Vivienda.
Diputado José Armando Fernández Samaniego, Morena.
Expediente 7179.
3. Iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las Leyes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de portabilidad y uso flexible de los recursos de vivienda.
Diputada Lucero Higareda Segura, Morena.
Expediente 7357,
4. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 77 de la Ley de Vivienda.
Diputada María Lorena García Jimeno Acolcer, PAN.
Expediente 7577.
5. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 19 de la Ley de Vivienda.
Diputada María Lorena García Jimeno Acolcer, PAN.
Expediente 7630.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, el 27 de mayo de 2026.
Presidenta: Diputada Maribel Martínez Ruiz (rúbrica)
Secretarios: Leide Avilés Domínguez (rúbrica), Alejandro Carvajal Hidalgo, Antonio Lorenzo Castro Villareal (rúbrica), Rosa Margarita Graniel Zenteno (rúbrica), Sandra Patricia Palacios Medina (rúbrica), José Alejandro Peña Villa (rúbrica), José Guillermo Anaya Llamas (rúbrica), María Lorena García Jimeno Alcocer (rúbrica), Juan Carlos González Bareño (rúbrica), Óscar Bautista Villegas (rúbrica), Lilia Aguilar Gil (rúbrica), Laura Ivonne Ruiz Moreno (rúbrica) y Gloria Elizabeth Núñez Sánchez.
Votación del acuerdo
Diputadas y diputados
A favor: Antonio Lorenzo Castro Villareal, Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, José Alejandro Peña Villa, José Guillermo Anaya Llamas, Juan Carlos González Bareño, Laura Ivonne Ruiz Moreno, Leide Avilés Domínguez, Lilia Aguilar Gil, María Lorena García Jimeno Alcocer, Maribel Martínez Ruiz, Óscar Bautista Villegas y Sandra Patricia Palacios Medina.
Ausentes: Alejandro Carvajal Hidalgo y Rosa Margarita Graniel Zenteno.
De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la que remite información relativa a la evolución de las finanzas públicas, incluyendo los requerimientos financieros del sector público y su saldo histórico, los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del Erario federal, recibida en la sesión de la Comisión Permanente del lunes 1 de junio de 2026
Ciudad de México, a 29 de mayo de 2026.
Senadora Laura Itzel Castillo Juárez
Presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión
Presente
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 107, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, me permito enviar la información relativa a la evolución de las finanzas públicas, incluyendo los requerimientos financieros del sector público y su saldo histórico, los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del Erario Federal, en los términos de la Ley Federal de Deuda Pública y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa correspondientes al mes de abril de 2026.
Asimismo, con fundamento en el artículo 107, párrafos segundo y tercero, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se informa sobre la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas, así como el pago de las mismas, desagregada por tipo de fondo, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal, y por entidad federativa, efectuando en ambos casos la comparación correspondiente con el mes de abril de 2025.
De igual forma, en términos del artículo 22, fracción I, de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, se proporciona la información sobre la evolución de la recaudación para el mes de abril de 2026.
Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
César David Vives Flores (rúbrica)
En suplencia por ausencia de la persona titular de la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en el artículo 50, párrafo segundo, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, firma la persona titular de la Unidad de Crédito Público y Asuntos Internacionales de Hacienda.
(Remitida a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública. Junio 1 de 2026.)
De la Secretaría de Gobernación, con la que remite informe relativo a los sistemas de ahorro para el retiro correspondiente al primer trimestre de 2026, recibida en la sesión de la Comisión Permanente del lunes 1 de junio de 2026
Ciudad de México, a 22 de mayo de 2026.
Laura Itzel Castillo Juárez
Presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión
Presente
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 27, fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 28, fracciones I y X, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, remito por duplicado en formato impreso y registro electrónico contenido en disco compacto, el informe trimestral sobre la situación que guardan los Sistemas de Ahorro para el Retiro, correspondiente al periodo enero, febrero y marzo de 2026, referido en el oficio número D00/100/154/2026, signado por el maestro Julio César Cervantes Parra, presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, recibido en esta Unidad de Enlace el 22 del mes y año en curso.
Lo anterior, en cumplimiento a lo establecido por los artículos 5o., fracción XIII; 8o., fracción VIII, y 12 fracciones III, VIII y XIII, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y 151 del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
Le expreso mi mayor consideración y respeto.
Juan Ramiro Robledo Ruiz (rúbrica)
Titular de la Unidad de Enlace
(Remitida a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, de Seguridad Social, y de Trabajo y Previsión Social. Junio 1 de 2026.)
Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, con el que remite informe anual de actividades y dictamen de auditoría externa relativa a la situación financiera del Instituto, recibida en la sesión de la Comisión Permanente del lunes 1 de junio de 2026
Ciudad de México, a 25 de mayo de 2026.
Senadora Laura Itzel Castillo Juárez
Presidenta de la Mesa Directiva
LXVI Legislatura
Honorable Cámara de Senadores
Congreso de la Unión
Presente
En cumplimiento a los artículos 23, fracción IX, y 66, fracción VI, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; remito a usted lo siguiente:
Informe sobre la situación patrimonial y operativa del Instituto (informe anual de actividades).
Informe dictaminado por una auditoría externa sobre la situación financiera de los activos y pasivos, que contiene evaluación respecto de la suficiencia de los flujos correspondientes para cubrir la operación del Instituto.
Ambos informes fueron aprobados por la Asamblea General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en su sesión ordinaria número 141, celebrada el pasado 27 de abril del año en curso.
Atentamente
Ingeniero Octavio Romero Oropeza (rúbrica)
Director General
(Remitida a la Comisión de Vivienda. Junio 1 de 2026.)
Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de salud menstrual en el entorno escolar, recibida del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del PAN, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 13 de mayo de 2026
El que suscribe, el diputado federal Éctor Jaime Ramírez Barba, así como las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, integrantes de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos: 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Salud, en materia de salud menstrual en el entorno escolar, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La menstruación es un proceso biológico natural que forma parte del ciclo reproductivo de millones de niñas, adolescentes y mujeres. No obstante, en México su gestión continúa desarrollándose en condiciones que reflejan desigualdades sociales, económicas y de género que limitan el ejercicio pleno de derechos fundamentales, particularmente el derecho a la educación, el derecho a la salud y el principio de igualdad sustantiva.
En México, se estima que más de 40 millones de personas menstrúan , lo que da cuenta de la magnitud poblacional de este fenómeno biológico y de su relevancia para el diseño de políticas públicas. Sin embargo, para una proporción significativa de ellas, la menstruación continúa siendo una experiencia atravesada por barreras económicas, carencias materiales, falta de información y persistencia de estigmas sociales.
La evidencia empírica disponible demuestra que estas condiciones inciden directamente en la trayectoria educativa de niñas y adolescentes. De acuerdo con la Segunda Encuesta Nacional de Gestión Menstrual en México , elaborada por UNICEF, la organización Menstruación Digna México y Essity, el 31 por ciento de las niñas menores de 15 años ha faltado a la escuela durante su periodo menstrual . Este dato evidencia que la menstruación sigue siendo una barrera para la permanencia educativa.
El informe citado señala que:
La menstruación sigue siendo un factor que limita la asistencia escolar de niñas y adolescentes debido a la falta de productos menstruales, infraestructura adecuada y educación menstrual suficiente (UNICEF, 2026, página 18).
La problemática se relaciona directamente con lo que diversos estudios han denominado pobreza menstrual , concepto que hace referencia a la falta de acceso a productos de gestión menstrual, información adecuada, infraestructura sanitaria digna y condiciones sociales que permitan gestionar la menstruación de manera segura.
Entre las principales barreras identificadas, se encuentra la falta de acceso oportuno a productos de gestión menstrual. La encuesta nacional referida señala que el 67 por ciento de las personas menstruantes ha enfrentado la falta de productos menstruales en espacios educativos o laborales , mientras que el 57 por ciento de niñas y adolescentes no cuenta con productos menstruales disponibles en su escuela en caso de un imprevisto (UNICEF, 2026).
Esta situación refleja una realidad económica que afecta particularmente a los hogares con menores ingresos. De acuerdo con el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, más de 46 millones de personas viven en situación de pobreza en México , lo que implica que millones de hogares enfrentan limitaciones para cubrir gastos básicos, incluidos aquellos relacionados con la higiene menstrual.
En este contexto, los productos de gestión menstrual representan un gasto recurrente durante aproximadamente cuatro décadas de la vida reproductiva de una persona. Estudios internacionales estiman que una persona menstruante puede utilizar entre 10,000 y 12,000 productos menstruales a lo largo de su vida , lo que convierte este gasto en una carga económica significativa para los hogares de menores ingresos (UNFPA, 2021).
A las barreras económicas se suma un déficit importante en las condiciones de infraestructura sanitaria en los planteles educativos. Datos de la Segunda Encuesta Nacional de Gestión Menstrual señalan que el 42 por ciento de las niñas y adolescentes reporta la falta de insumos básicos como jabón, papel higiénico o sanitarios en condiciones adecuadas dentro de sus escuelas (UNICEF, 2026).
La evidencia internacional ha demostrado que la disponibilidad de instalaciones adecuadas de agua, saneamiento e higiene constituye un elemento fundamental para la permanencia escolar de niñas y adolescentes. El informe de la World Health Organization sobre salud menstrual señala que:
La falta de instalaciones adecuadas de agua y saneamiento en las escuelas puede impedir que las niñas gestionen su menstruación de manera segura y digna, lo que repercute directamente en su asistencia y participación educativa (WHO, 2022, página 7).
A estas barreras materiales se suma un problema estructural de desinformación. La Primera Encuesta Nacional de Gestión Menstrual señala que el 69 por ciento de las personas menstruantes tenía poca o ninguna información cuando experimentó su primera menstruación .
En el mismo sentido, la Segunda Encuesta Nacional revela que el 75 por ciento de las personas desconoce aspectos básicos del ciclo menstrual , mientras que solo el 4 por ciento recibe información sobre menstruación dentro del entorno escolar (UNICEF, 2026).
Esta falta de educación menstrual reproduce estigmas sociales que históricamente han rodeado la menstruación. El informe sobre igualdad de género de United Nations Educational, Scientific and Cultural Organization advierte que:
El silencio y el estigma que rodean la menstruación afectan la autoestima de las niñas y limitan su plena participación en la escuela y en la vida social (UNESCO, 2021, página 23).
Las consecuencias de estas condiciones son múltiples. En el ámbito educativo, el ausentismo recurrente puede derivar en rezago académico, menor participación escolar e incluso abandono educativo. En el ámbito de la salud, el uso de materiales improvisados o inadecuados incrementa el riesgo de infecciones.
Asimismo, la encuesta nacional señala que el 34 por ciento de las personas ha dejado de realizar actividades debido al dolor menstrual , mientras que el 33 por ciento ha evitado participar en actividades cotidianas por miedo a mancharse (UNICEF, 2026).
En los últimos años, diversos países han adoptado políticas públicas orientadas a garantizar la gestión menstrual digna. En 2020, Escocia se convirtió en el primer país del mundo en garantizar por ley el acceso gratuito a productos menstruales en espacios públicos, incluidas las escuelas . De manera similar, países como Francia,
Nueva Zelanda y Kenia han implementado programas nacionales para garantizar el acceso a productos menstruales en instituciones educativas.
Estos casos internacionales han demostrado que las políticas de acceso a productos menstruales en escuelas tienen efectos positivos en la permanencia educativa y en la igualdad de oportunidades.
En México, un avance importante en esta materia fue la eliminación del impuesto al valor agregado a los productos de gestión menstrual aprobada por el Congreso de la Unión en 2021 . No obstante, diversos diagnósticos han señalado que esta medida resulta insuficiente si no se acompaña de políticas públicas que garanticen el acceso efectivo a productos menstruales en entornos escolares.
De acuerdo con datos de la Secretaría de Educación Pública, en el ciclo escolar 20232024 más de 25 millones de estudiantes se encuentran inscritos en educación básica , de los cuales aproximadamente la mitad son niñas y adolescentes . Este dato permite dimensionar el universo potencial de beneficiarias de políticas públicas orientadas a garantizar condiciones adecuadas para la gestión menstrual en el ámbito escolar.
Diversos análisis de política pública han señalado que la provisión de productos menstruales en escuelas representa una intervención de alto impacto social y bajo costo relativo . Estimaciones realizadas por organismos internacionales sugieren que el costo anual de proveer productos menstruales básicos a una estudiante puede oscilar entre 200 y 300 pesos mexicanos , dependiendo del tipo de producto y de los esquemas de compra consolidados (UNFPA, 2021).
En consecuencia, la implementación de políticas de acceso a productos menstruales en escuelas públicas puede generar beneficios significativos en términos de permanencia escolar, igualdad de género y bienestar de niñas y adolescentes.
En este sentido, se propone garantizar el acceso a productos de gestión menstrual en las escuelas públicas de educación básica y media superior, mediante un esquema de implementación gradual que priorice a las instituciones ubicadas en zonas de alta y muy alta marginación.
E l diseño de la propuesta se basa en el aprovechamiento de la infraestructura institucional existente , particularmente la red de planteles educativos y los programas de salud escolar operados por las autoridades educativas y sanitarias, lo que permite minimizar costos administrativos y facilitar su implementación.
En suma, la evidencia disponible demuestra que, en las condiciones actuales, la menstruación constituye una barrera estructural que limita el acceso, permanencia y desempeño educativo de niñas y adolescentes en México . Atender esta problemática mediante políticas públicas basadas en evidencia representa no solo una obligación del Estado mexicano en materia de derechos humanos, sino también una intervención estratégica para avanzar hacia un sistema educativo más equitativo e incluyente.
Se presenta un cuadro comparativo de las propuestas que se someten a consideración de esta Soberanía:
Cuadro comparativo
Ley General de Salud
Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía el siguiente
Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de salud menstrual en el entorno escolar
Artículo único. Se adicionan una fracción XXIX al artículo 3o. y la fracción XII al artículo 27, de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 3o.- En los términos de esta Ley, es materia de salubridad general:
I. a XXVII Bis. ...
XXVIII. La salud digital;
XXIX. La promoción, orientación y atención de la salud menstrual
XXX. Las demás materias que establezca esta Ley y otros ordenamientos legales, de conformidad con el párrafo tercero del artículo 4o. Constitucional.
Artículo 27.- Para los efectos del derecho a la protección de la salud, se consideran servicios básicos de salud los referentes a:
I. a IX. ...
X. La asistencia social a los grupos más vulnerables y, de éstos, de manera especial, a los pertenecientes a las comunidades indígenas;
XI. La atención médica a las personas adultas mayores en áreas de salud geriátrica, y
XII. La implementación, orientación y, en su caso, facilitación del acceso a insumos para la gestión menstrual, particularmente en niñas, adolescentes, personal administrativo y personas en situación de vulnerabilidad, conforme a la disponibilidad presupuestaria y en coordinación con las autoridades educativas.
Transitorios
Primero . El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo . La Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, contará con un plazo de 190 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para emitir los lineamientos, criterios técnicos y mecanismos de coordinación interinstitucional que permitan la implementación progresiva de las acciones a que se refiere en el presente decreto. Priorizando los planteles de educación básica y media superior pública ubicados en zonas clasificadas con grado de marginación alto y muy alto, de conformidad con los índices emitidos por el Consejo Nacional de Población.
Tercero . La implementación de las acciones derivadas del presente Decreto se sujetará a la disponibilidad de recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente, sin que ello implique la creación de nuevas estructuras administrativas ni la generación de gasto adicional no previsto en el presupuesto aprobado. Las erogaciones correspondientes se realizarán con cargo a los recursos de los ramos presupuestarios de salud y educación, así como a los recursos contemplados en los anexos transversales de igualdad de género y de erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres del Presupuesto de Egresos de la Federación.
Cuarto . Las autoridades sanitarias y educativas de las entidades federativas adecuarán sus programas de salud escolar y sus normativas locales en la materia, en un plazo no mayor a doce meses, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, en coordinación con la Secretaría de Salud y la Secretaría de Educación Pública.
Referencias
- Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. (2023). Medición de la pobreza en México 2022 . Coneval.
- UNFPA. (2021). Menstrual health and hygiene: Technical guidance. United Nations Population Fund.
- UNESCO. (2021). Good policy and practice in health education: Puberty education and menstrual hygiene management. UNESCO.
- UNICEF. (2026). Segunda Encuesta Nacional de Gestión Menstrual en México . Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia.
- WHO. (2022). Menstrual health and hygiene. World Health Organization.
- Secretaría de Educación Pública. (2024). Principales cifras del sistema educativo nacional 20232024 . SEP.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de mayo de 2026.
Diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Salud. Mayo 13 de 2026.)
Que adiciona un artículo 471 Bis a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de integridad digital y prevención de campañas automatizadas de desinformación durante los procesos electorales, recibida del diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del jueves 21 de mayo de 2026
El suscrito, maestro Sergio Gutiérrez Luna, diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en esta LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por el artículo 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona un artículo 471Bis a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de integridad digital y prevención de campañas automatizadas de desinformación durante los procesos electorales, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
La evolución de las tecnologías digitales y de las plataformas de comunicación en línea ha transformado profundamente la deliberación pública y el desarrollo de las campañas político-electorales. Las redes sociales, los sistemas de publicidad digital segmentada y los mecanismos automatizados de difusión constituyen hoy instrumentos centrales para la comunicación política.
Sin embargo, el uso intensivo de herramientas digitales también ha generado nuevos riesgos para la equidad de la contienda electoral, particularmente mediante la utilización de redes automatizadas de difusión masiva, operaciones coordinadas de amplificación artificial de contenidos, campañas sistemáticas de desinformación y esquemas opacos de financiamiento digital, muchas veces extranjero.
Durante diversos procesos electorales nacionales e internacionales se ha documentado la utilización de cuentas automatizadas, estructuras coordinadas de difusión y mecanismos de propaganda digital destinados a manipular artificialmente tendencias, posicionar contenidos falsos o calumniosos y alterar el debate público mediante prácticas no auténticas.
En toda sociedad democrática, el debate público constituye un elemento esencial para la formación de opiniones libres e informadas. El contraste de ideas, el derecho a la información y la libertad de expresión representan pilares indispensables de los sistemas democráticos modernos, al permitir una deliberación plural y abierta sobre los asuntos de interés público. No obstante, estos principios pueden verse gravemente distorsionados cuando, mediante el uso de recursos económicos -en ocasiones provenientes del extranjero-, se impulsan narrativas artificiales o ficticias a través de sistemas automatizados, tecnologías digitales o mecanismos de manipulación masiva de la información, con el propósito de alterar la percepción ciudadana, influir indebidamente en la conversación pública y vulnerar la autenticidad del debate democrático.
En el caso mexicano, si bien el marco jurídico electoral contempla procedimientos sancionadores, facultades de fiscalización y medidas cautelares en materia de propaganda político-electoral, actualmente no existe una base normativa expresa que permita al Instituto Nacional Electoral desarrollar mecanismos permanentes de coordinación institucional y cooperación técnica con autoridades federales y plataformas digitales para identificar operaciones coordinadas de desinformación o propaganda ilícita durante los procesos electorales.
La ausencia de regulación específica dificulta:
a) la preservación oportuna de evidencia digital;
b) el intercambio de información técnica con plataformas digitales;
c) la identificación de redes automatizadas vinculadas con propaganda político-electoral;
d) la detección de financiamiento irregular asociado a campañas digitales; y
e) la reacción institucional inmediata ante riesgos graves para la equidad de la contienda.
La presente iniciativa busca atender dichos desafíos mediante un modelo compatible con la libertad de expresión, los estándares constitucionales y el sistema interamericano de derechos humanos incorporando expresamente en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales facultades de coordinación institucional, monitoreo técnicoelectoral e investigación digital para prevenir afectaciones graves a la equidad de la contienda derivadas de operaciones coordinadas, campañas automatizadas y esquemas de propaganda digital ilícita.
La propuesta no pretende crear mecanismos de censura previa ni atribuir al Instituto Nacional Electoral la facultad de determinar la veracidad de opiniones o expresiones políticas.
Por el contrario, la propuesta de reforma se centra exclusivamente en:
la detección de operaciones automatizadas artificiales;
la investigación de financiamiento ilícito o no reportado, identificando su origen que en la mayoría de los casos es extranjero;
la preservación de evidencia digital;
la identificación de propaganda político-electoral pagada;
y la protección de la equidad en la contienda electoral.
La iniciativa encuentra fundamento en los artículos 6, 7, 41 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La reforma también resulta compatible con los artículos 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, pues no establece restricciones generales a la circulación de ideas ni mecanismos de censura previa.
En cambio, prevé instrumentos de coordinación institucional y preservación de evidencia para investigar posibles infracciones vinculadas con propaganda ilícita, financiamiento irregular y manipulación artificial de la conversación pública mediante mecanismos automatizados.
Para un mayor entendimiento, se presenta el siguiente cuadro comparativo:
Con base en las razones expuestas y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso general de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta asamblea la presente:
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un articulo 471 Bis a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de integridad digital y prevención de campañas automatizadas de desinformación durante los procesos electorales.
Artículo Primero. Se adiciona un artículo 471 Bis a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:
Artículo 471 Bis.
1. Durante el desarrollo de los Procesos Electorales, el Instituto podrá establecer mecanismos de coordinación, colaboración e intercambio de información con autoridades federales competentes, concesionarios de telecomunicaciones, proveedores de servicios digitales y empresas operadoras de redes sociales, con el objeto de identificar patrones de difusión sistemática, automatizada o coordinada de propaganda que puedan afectar la equidad en la contienda electoral.
2. Dichos mecanismos tendrán exclusivamente fines preventivos, analíticos, estadísticos, de preservación de evidencia y de investigación electoral, y en ningún caso facultarán al Instituto para ordenar censura previa o restricciones generales a la libertad de expresión.
3. El Instituto, por conducto de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, podrá:
a) requerir información técnica o estadística relacionada con operaciones sistemáticas, automatizadas o coordinadas de difusión masiva;
b) solicitar la preservación temporal de información digital vinculada con posibles infracciones electorales;
c) emitir alertas institucionales sobre riesgos de manipulación artificial de la conversación pública electoral;
d) dar vista a las autoridades competentes cuando advierta posibles conductas ilícitas;
e) iniciar procedimientos sancionadores cuando existan indicios suficientes sobre propaganda ilícita, financiamiento irregular u operaciones digitales coordinadas presuntamente vinculadas con sujetos obligados; y
f) solicitar medidas cautelares respecto de propaganda político-electoral pagada o financiada en contravención a la normativa electoral.
4. Para efectos de este artículo, se entenderá por operaciones coordinadas de difusión masiva aquellas acciones sistemáticas realizadas mediante mecanismos automatizados, cuentas no auténticas o estructuras artificiales de amplificación digital destinadas a posicionar propaganda político-electoral o alterar indebidamente las condiciones de equidad en la contienda.
5. Los lineamientos generales para la implementación de estos mecanismos deberán garantizar los principios de legalidad, objetividad, máxima transparencia, protección de datos personales, libertad de expresión y mínima intervención.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Consejo General del Instituto Nacional Electoral deberá emitir los lineamientos generales correspondientes dentro de los sesenta días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.
Tercero. En cumplimiento de esta reforma el Instituto Nacional Electoral celebrará convenios de coordinación e intercambio de información con las autoridades federales competentes, concesionarios de telecomunicaciones, proveedores de servicios digitales y empresas operadoras de redes sociales con el objeto de identificar patrones de difusión sistemática, automatizada o coordinada de propaganda o contenidos presuntamente ilícitos que puedan afectar la equidad en la contienda electoral.
Palacio Legislativo de San Lázaro a 21 de mayo de 2026.
Diputado Sergio Gutiérrez Luna (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Reforma Política-Electoral. Mayo 21 de 2026.)
Que se adiciona un párrafo noveno al articulo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derecho humano al agua y mínimo vital, recibida de la diputada María Teresa Ealy Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del jueves 21 de mayo de 2026
La suscrita diputada María Teresa Ealy Díaz, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos: 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración del pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo noveno al articulo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derecho humano al agua y mínimo vital , al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
1. Antecedentes
El agua representa uno de los recursos más importantes para la subsistencia humana, el bienestar social y el desarrollo de las comunidades. Su acceso en condiciones adecuadas no solamente impacta en la salud pública, sino también en el ejercicio de derechos fundamentales relacionados con la alimentación, la vivienda digna, el medio ambiente sano y la calidad de vida.
En el ámbito internacional, el derecho humano al agua ha sido reconocido por diversos organismos y tratados internacionales como un elemento indispensable para garantizar la dignidad humana.
En este sentido, la Organización de las Naciones Unidas y la Organización Mundial de la Salud han sostenido que toda persona debe contar con acceso suficiente, seguro y asequible al agua para satisfacer sus necesidades básicas.
En México, el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho de toda persona al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico. Sin embargo, pese a dicho reconocimiento constitucional, persisten importantes retos para convertir este derecho en una garantía plenamente efectiva y exigible para toda la población.
Asimismo, estudios técnicos internacionales han establecido parámetros mínimos de acceso al agua necesarios para preservar condiciones adecuadas de salud y bienestar. Entre ellos, la Organización Mundial de la Salud ha señalado que una persona requiere entre 50 y 100 litros diarios de agua para cubrir necesidades esenciales y reducir riesgos sanitarios.
II. Planteamiento del Problema
México atraviesa actualmente una problemática hídrica compleja derivada de factores como el crecimiento urbano acelerado, la sobreexplotación de acuíferos, las sequías recurrentes y la desigualdad en la distribución del recurso.
Millones de personas enfrentan dificultades cotidianas para acceder al agua potable de manera continua, especialmente en comunidades rurales, zonas marginadas y diversas áreas urbanas donde el suministro resulta insuficiente o irregular.
En entidades como la Ciudad de México y otras zonas metropolitanas, la presión sobre la infraestructura hidráulica ha provocado cortes frecuentes, tandeos y restricciones que afectan directamente la vida diaria de la población.
A ello se suma la falta de mecanismos constitucionales más específicos que permitan fortalecer la protección del derecho humano al agua bajo criterios claros y medibles.
Si bien el derecho ya se encuentra reconocido en la Constitución, actualmente no existe una referencia expresa al concepto de mínimo vital de agua, lo que limita la posibilidad de establecer estándares uniformes que orienten las políticas públicas y las acciones gubernamentales en la materia.
Por ello, resulta necesario avanzar hacia una protección constitucional más robusta que permita consolidar el acceso al agua como una verdadera garantía social.
III. Objeto de la Iniciativa
La presente iniciativa tiene como propósito fortalecer el contenido del artículo 4o. constitucional mediante la incorporación expresa del concepto de mínimo vital de agua por persona al día, tomando como referencia estándares internacionales en materia de derechos humanos y salud pública.
Con esta reforma se busca:
Fortalecer la protección constitucional del derecho humano al agua.
Establecer bases más sólidas para su exigibilidad jurfdica.
-Reconocer el acceso al mínimo vital de agua como una obligación del Estado.
-Impulsar políticas públicas con enfoque de justicia social, dignidad humana y sustentabilidad.
De igual manera, esta iniciativa forma parte de una agenda legislativa integral en materia hídrica y guarda relación directa con una diversa iniciativa de reforma a la Ley de Aguas Nacionales, presentada ante esta honorable Cámara de Diputados, cuyo objetivo consiste en desarrollar mecanismos administrativos, regulatorios y de control que permitan hacer efectivo el derecho reconocido constitucionalmente.
IV. Justificación de la Reforma
El acceso suficiente al agua constituye una condición indispensable para garantizar una vida digna. Sin este recurso, el ejercicio de múltiples derechos fundamentales se ve seriamente limitado, particularmente para las personas y comunidades que históricamente han enfrentado mayores condiciones de vulnerabilidad.
La realidad nacional demuestra que el acceso al agua continúa marcado por profundas desigualdades. Mientras algunos sectores cuentan con suministro constante, millones de personas deben enfrentar diariamente escasez, almacenamiento improvisado o interrupciones prolongadas del servicio.
En este contexto, resulta indispensable fortalecer el marco constitucional mexicano para ampliar el alcance y contenido del derecho humano al agua.
La incorporación del concepto de mínimo vital permitirá establecer una referencia clara que oriente la actuación de las autoridades, fortalezca la planeación de polfticas públicas y contribuya a generar condiciones más equitativas en el acceso al recurso.
Asimismo, esta reforma busca consolidar una visión de largo plazo en materia hídrica, colocando en el centro la dignidad humana, la sustentabilidad y la obligación del Estado de garantizar derechos fundamentales.
V. Fundamentos Constitucionales e Internacionales
La presente iniciativa encuentra sustento en los artículos 1o. y 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El artículo 1o. establece que todas las autoridades tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos conforme a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Por su parte, el artículo 4o. reconoce el derecho humano al agua para consumo personal y doméstico.
En el ámbito internacional, México ha asumido diversos compromisos relacionados con la protección del derecho al agua a través de instrumentos y estándares impulsados por organismos internacionales especializados en derechos humanos y salud pública.
Particularmente, la Organización Mundial de la Salud ha desarrollado parámetros técnicos que permiten definir estándares mínimos de acceso al agua para satisfacer necesidades esenciales de la población, los cuales sirven como referencia para la presente reforma constitucional.
VI. Alcance de la Reforma y Equilibrio Jurídico
La presente iniciativa tiene un alcance exclusivamente constitucional, al incorporar dentro del artículo 4o. el reconocimiento expreso del mínimo vital de agua por persona al día.
No obstante, la reforma mantiene un equilibrio jurídico adecuado, toda vez que no invade aspectos regulatorios o administrativos propios de la legislación secundaria, sino que establece principios generales que deberán ser desarrollados posteriormente mediante reformas legales complementarias.
En este sentido, la propuesta busca fortalecer el marco constitucional como base para la construcción de políticas públicas más eficaces y para el desarrollo de mecanismos normativos que garanticen la protección efectiva del derecho humano al agua.
Asimismo, esta iniciativa se encuentra estrechamente vinculada con la propuesta de reforma a la Ley de Aguas Nacionales, la cual contempla instrumentos específicos para la implementación material de este derecho.
VII. Conclusión
México enfrenta uno de los mayores desafíos hídricos de las últimas décadas. Garantizar el acceso suficiente, equitativo y sostenible al agua representa no solamente una obligación constitucional y legal, sino también un compromiso social con las generaciones presentes y futuras.
La presente iniciativa busca fortalecer la protección constitucional del derecho humano al agua mediante el reconocimiento expreso del mínimo vital, permitiendo consolidar bases jurídicas más claras para su garantía y exigibilidad.
De igual forma, esta reforma forma parte de una estrategia legislativa integral orientada a transformar el modelo de gestión hídrica nacional, complementándose con las modificaciones propuestas a la Ley de Aguas Nacionales.
Porque el acceso al agua debe entenderse como un derecho fundamental para todas las personas y no como un privilegio condicionado por la desigualdad social o territorial.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto
Único. Se adiciona un párrafo noveno al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
La mujer y el hombre son Iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de las familias. El Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la igualdad sustantiva de las mujeres.
Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho mediante el acceso a un mrnimo vital de agua por persona al día, conforme a estándares internacionales.
Transitorios
Primero. EI presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Congreso de la Unión, en un plazo no mayor a 180 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, deberá realizar las adecuaciones correspondientes a la legislación secundaria para armonizar el contenido del artículo 4o. constitucional con las disposiciones aplicables en materia hídrica.
Tercero. Las autoridades federales, estatales, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán implementar progresivamente las acciones necesarias para garantizar el acceso efectivo al mfnimo vital de agua reconocido en el presente Decreto.
Cuarto. La interpretación y aplicación del presente Decreto deberá realizarse conforme a los principios de progresividad, universalidad, igualdad sustantiva, sustentabilidad y máxima protección de los derechos humanos.
Referencias
-Organización Mundial de la Salud. Domestic water quantity, service level and health. 2. ed. Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 23 de diciembre de 2020.
-Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Agua. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/temas/agua/
Universidad Nacional Autónoma de México. México experimenta escasez de agua y falta de equidad en su distribución. Gaceta UNAM. Disponible en: https://www.gaceta.unam.mx/mexico-experimentaescasez-de-agua-y-falta-de -equidad-en-su-distribucionl
-Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/cPEUM.pdf
5. Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Ley de Aguas Nacionales. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2025. Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAN.pdf
Salón de sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, jueves 21 de mayo de 2026.
Diputada María Teresa Ealy Díaz (rúbrica)
Que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley de Aguas Nacionales, en materia de derecho humano al agua, mínimo vital, financiamiento, control de concesiones y régimen de sanciones, recibida de la diputada María Teresa Ealy Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del jueves 21 de mayo de 2026
La suscrita, diputada María Teresa Ealy Díaz, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno iniciativa con provecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 4o., 9o., 14, 29 y 88 de la Ley de Aguas Nacionales, en materia de derecho humano al agua, mínimo vital, financiamiento, control de concesiones y régimen de sanciones al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
I. Antecedentes
El acceso al agua constituye uno de los elementos esenciales para la vida, la salud y el desarrollo de las personas. En el ámbito internacional, este derecho ha sido reconocido como un derecho humano fundamental, indispensable para el ejercicio de otros derechos.
En México, el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho de toda persona al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.
Asimismo, organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS) han establecido que una persona requiere entre 50 y 100 litros de agua al día para satisfacer sus necesidades básicas y reducir riesgos a la salud, conforme al estudio Domestic water quantity, service level and health .
No obstante, este reconocimiento normativo, el marco jurídico mexicano no ha desarrollado de manera suficiente los mecanismos necesarios para garantizar este derecho en condiciones reales, medibles y equitativas.
II. Planteamiento del problema
En la actualidad, México enfrenta una crisis hídrica estructural caracterizada por la escasez, la desigualdad en la distribución y la sobreexplotación del recurso.
De acuerdo con información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), millones de viviendas en el país no cuentan con acceso continuo al agua potable, lo que obliga a una parte importante de la población a depender de sistemas intermitentes o de abastecimiento alternativo.
Por su parte, la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) ha señalado que México experimenta simultáneamente escasez de agua y falta de equidad en su distribución, lo que agrava las condiciones de vulnerabilidad de amplios sectores de la población.
En zonas urbanas, particularmente en la Ciudad de México, el suministro de agua se ha vuelto cada vez más irregular. Año con año, se presentan periodos de sequía que afectan directamente el acceso al recurso, obligando a millones de personas a vivir con restricciones en el servicio.
A ello se suma la sobreexplotación de acuíferos, fenómeno que ha sido documentado por diversas instituciones, y que compromete la sostenibilidad del recurso a largo plazo. En muchas regiones del país, se extrae más agua de la que naturalmente puede recargarse, lo que genera un deterioro progresivo de las fuentes hídricas.
III. Objeto de la iniciativa
La presente iniciativa tiene como objetivo garantizar de manera efectiva el derecho humano al agua en México, mediante el establecimiento de parámetros claros, obligaciones institucionales y mecanismos de control y sanción.
Para ello, se propone:
Establecer un mínimo vital de acceso al agua de entre 50 y 100 litros diarios por persona.
Fortalecer la obligación del Estado de garantizar dicho acceso.
Crear un Fondo Nacional de Agua para infraestructura hídrica.
Limitar el otorgamiento de concesiones en acuíferos sobreexplotados.
Endurecer el régimen de sanciones por el uso indebido del recurso.
IV. Justificación de la reforma
El problema del agua en México no radica únicamente en su escasez, sino en la profunda desigualdad en su acceso.
Mientras que millones de personas enfrentan restricciones diarias en el suministro, otros sectores mantienen acceso continuo e incluso excedente al recurso. Esta situación refleja una falla estructural en la gestión hídrica nacional, que reproduce condiciones de desigualdad social.
Asimismo, el actual marco normativo no establece con claridad un parámetro mínimo de acceso al agua, lo que impide que este derecho sea plenamente exigible.
Por otro lado, la falta de control efectivo sobre las concesiones ha permitido prácticas de sobreexplotación que comprometen la disponibilidad futura del recurso.
En este contexto, resulta indispensable establecer un modelo que priorice el uso personal y doméstico del agua, fortalezca la regulación sobre grandes consumidores y garantice una distribución más equitativa.
V. Fundamentos constitucionales e internacionales
La presente iniciativa encuentra sustento en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual reconoce el derecho humano al agua.
Asimismo, el artículo 1o. constitucional establece la obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.
En el ámbito internacional, el Estado mexicano ha asumido compromisos a través de diversos instrumentos que reconocen el derecho al agua como un elemento esencial para la dignidad humana.
En particular, la OMS ha establecido parámetros técnicos que permiten definir un estándar mínimo de acceso al agua, el cual es retomado en la presente iniciativa para dotar de contenido concreto a este derecho.
VI. Alcance de la reforma y equilibrio jurídico
La iniciativa propone una serie de modificaciones a la Ley de Aguas Nacionales orientadas a fortalecer el marco jurídico en materia hídrica.
Estas modificaciones incluyen:
La definición de un mínimo vital de acceso al agua.
La obligación de la autoridad de garantizar dicho acceso.
La creación de un instrumento financiero para infraestructura.
La restricción de concesiones en acuíferos sobreexplotados.
El fortalecimiento del régimen de sanciones.
No obstante, la iniciativa mantiene un equilibrio jurídico al no prohibir el uso productivo del agua, sino regularlo bajo criterios de sustentabilidad y equidad.
De esta manera, se busca armonizar el derecho humano al agua con las actividades económicas, evitando afectaciones desproporcionadas y garantizando certeza jurídica.
VII. Conclusión
México enfrenta una de las crisis hídricas más importantes de su historia reciente.
Garantizar el acceso al agua en condiciones suficientes, equitativas y sostenibles no es únicamente una obligación legal, sino una responsabilidad social y ética.
La presente iniciativa busca transformar el derecho humano al agua en una garantía real, medible y exigible, que permita reducir las desigualdades, proteger el recurso y asegurar su disponibilidad para las generaciones presentes y futuras.
Porque el acceso al agua no puede depender del lugar donde se vive ni de la condición económica de las personas.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto
Único. Se reforman v adicionan diversas disposiciones de los artículos 4o., 9o., 14, 29 y 88 de la Ley de Aguas Nacionales, para quedar como sigue:
Artículo 4o. La autoridad y administración en materia de aguas nacionales y de sus bienes públicos inherentes corresponde al Ejecutivo federal, quien la ejercerá directamente o a través de la Comisión.
...
...
El derecho humano al agua deberá garantizar un mínimo vital de entre 50 y 100 litros diarios por persona, conforme a estándares internacionales, para consumo personal y doméstico, en condiciones de calidad, continuidad y accesibilidad en los términos de las disposiciones aplicables.
Artículo 9o. La Comisión es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría que se regula conforme a las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de su Reglamento Interior.
...
...
...
La autoridad del agua deberá garantizar el cumplimiento del derecho humano al agua, incluyendo el acceso al mínimo vital establecido en la presente ley, así como implementar mecanismos de medición, control y supervisión del uso y aprovechamiento de aguas nacionales.
Artículo 14. En el ámbito federal, la Comisión acreditará, promoverá y apoyará la organización de las personas usuarias para mejorar el aprovechamiento del agua y la preservación y control de su calidad, y para impulsar la participación de éstas a nivel nacional, estatal, regional o de cuenca en los términos de la presente Ley y sus reglamentos.
Asimismo, la Comisión podrá crear, administrar y operar el Fondo Nacional de Agua como instrumento financiero para contribuir a garantizar el acceso al agua potable y al saneamiento, con prioridad en las poblaciones en situación de vulnerabilidad, zonas rurales y áreas urbanas con infraestructura deficiente, en los términos de las disposiciones aplicables.
Artículo 29. Las personas concesionarias tendrán las siguientes obligaciones, en adición a las demás asentadas en el presente Título.
I. a XVII. [...]
XVIII. En acuíferos declarados en condición de sobre explotación, no se otorgarán nuevas concesiones, salvo para uso doméstico y público urbano.
XIX. Las concesiones vigentes deberán someterse a revisiones periódicas y podrán ser ajustadas conforme a la disponibilidad del recurso.
Artículo 88. Las personas físicas o morales requieren permiso de descarga expedido por la Autoridad del Agua para verter en forma permanente o intermitente aguas residuales en cuerpos receptores que sean aguas nacionales o demás bienes nacionales, incluyendo aguas marinas, así como cuando se infiltren en terrenos que sean bienes nacionales o en otros terrenos cuando puedan contaminar el subsuelo o los acuíferos.
...
Las infracciones previstas en la presente Ley serán sancionadas con multas proporcionales a la gravedad de la conducta, considerando el volumen extraído, el daño ambiental ocasionado y la reincidencia del infractor. Asimismo, podrán Imponerse medidas de seguridad consistentes en clausura temporal de quince a ciento ochenta días, clausura definitiva en casos graves o de reincidencia, y la revocación de la concesión cuando exista afectación significativa al recurso hídrico o incumplimiento reiterado de las condiciones establecidas en el título correspondiente.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Congreso de la Unión, en un plazo no mayor a 180 días naturales, deberá realizar las adecuaciones a la legislación secundaria correspondiente, a fin de armonizarla con el contenido del presente decreto y garantizar la efectiva implementación del derecho humano al agua y el mínimo vital establecido.
Tercero. El Ejecutivo federal, por conducto de la autoridad competente, deberá emitir o adecuar las disposiciones reglamentarias, administrativas y normativas necesarias para la debida ejecución del presente decreto, dentro de un plazo no mayor a 120 días naturales contados a partir de su entrada en vigor.
Cuarto. La Comisión Nacional del Agua deberá diseñar, implementar y poner en operación los mecanismos necesarios para garantizar el acceso progresivo al mínimo vital de agua establecido en el presente decreto, priorizando a las poblaciones en situación de vulnerabilidad, en un plazo no mayor a 365 días naturales.
Quinto. El Fondo Nacional de Agua deberá constituirse, instalarse y comenzar operaciones dentro de los 120 días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, conforme a las disposiciones aplicables.
Sexto. Las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México deberán adecuar su marco normativo, así como sus políticas públicas, programas y sistemas de gestión del agua, en un plazo no mayor a 180 días naturales, a fin de garantizar el cumplimiento del derecho humano al agua en los términos del presente decreto.
Séptimo. Las concesiones vigentes a la entrada en vigor del presente decreto deberán sujetarse a procesos de revisión y, en su caso, adecuación conforme a los principios de disponibilidad, sustentabilidad y prioridad del uso personal y doméstico del agua, en un plazo no mayor a 180 días naturales, con pleno respeto a los principios de legalidad y seguridad jurídica.
Referencias
- Organización Mundial de la Salud. Domestic water quantity, service level and health.2ª ed. Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 23 de diciembre de 2020.
- Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Agua. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/temas/agua/
- Universidad Nacional Autónoma de México. México experimenta escasez de agua y falta de equidad en su distribución. Gaceta UNAM. Disponible en: https://www.gaceta.unam.mx/mexico-experimentaescasez-de-agua-y-falta-d e-equidad-en-su-distribucion/
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
- Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Ley de Aguas Nacionales. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2025. Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAN.pdf
Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, a 21 de mayo de 2026.
Diputada María Teresa Ealy Díaz (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento. Mayo 25 de 2026.)
Que adiciona el artículo 283 Bis a la Ley General de Salud, recibida del diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del jueves 21 de mayo de 2026
El suscrito, Mario Miguel Carrillo Cubillas, diputado del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona el artículo 283 Bis a la Ley General de Salud, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La prohibición del asbesto en México debe abordarse desde un marco basado en evidencia, analizando recomendaciones de la OMS y la OIT, su transferencia a políticas nacionales y las implicaciones de implementación, con énfasis en claridad, rigor y argumentos sustentados.
La primera sección describe objetivos, alcance y justificación del estudio con base en recomendaciones OMS y OIT. Se precisan definiciones clave sobre asbesto tipos, exposiciones, umbrales y costos de salud y se delimita el marco temporal, actores y métodos de revisión de literatura. Se refuerza la relevancia de adherirse a normas internacionales para la formulación de políticas nacionales.
A lo largo del siglo XX, el uso comercial del asbesto creció de manera ininterrumpida, hasta alcanzar su punto máximo en la década de 1970 mediante el uso de una mezcla de serpentinas de asbesto. Sin embargo, este incremento coincidió con la aparición de un gran número de enfermedades relacionadas con la exposición al asbesto (también conocido como amianto), que se calcula causaron la muerte de cerca de 200 mil personas en ese periodo, sin contar los efectos en el desarrollo. A pesar de que en ese momento se dispuso de la información necesaria para prohibir el asbesto, se establecieron en su lugar niveles de concentración considerados como seguros, que han mostrado ser ineficaces, ya que en la actualidad se estima una mortalidad de 107 mil personas por enfermedades atribuibles a este carcinógeno, entre las que destacan el mesotelioma y el cáncer pulmonar.
Los principales indicadores del asbesto continúan creciendo. En América Latina, aunque ha disminuido su uso, aún persisten grandes cantidades en materiales de construcción y en procesos productivos, y continúan los casos de enfermedades relacionadas.
En 1999, las Organizaciones Mundial de la Salud (OMS), e Internacional del Trabajo (OIT) recomendaron la prohibición del asbesto, su sustitución, además de la actuación en grupos vulnerables. En 2006, la OMS reiteró la necesidad de eliminar la exposición a este carcinógeno, argumentando que, a pesar de los riesgos, aún se permite la exposición laboral en muchos países. Ante esta situación, el país presenta una oportunidad para avanzar hacia una prohibición total tras la adopción de las recomendaciones.
La OMS y la OIT plantean una propuesta amplia y concertada para eliminar la exposición al asbesto en el mundo. En primer lugar, recomiendan la prohibición del uso del asbesto y de productos que lo contengan, y la sustitución del asbesto en la producción de materiales procesados.
Sugieren que la prohibición sea total o que se implemente en fases en función de las características del país, y que se sigan criterios precisos para adoptar alternativas. Para los países que aún no disponen de la prohibición, la OMS y la OIT subrayan la necesidad de un plan de acción nacional, y proponen también medidas de prevención y control de la exposición en industrias que todavía usan asbesto en la producción o procesado.
Los lineamientos se centran en el principio de eliminación de toda exposición al asbesto y en el derecho de toda la población a la protección sanitaria. La OMS y la OIT insisten en que, dadas las evidencias sobre la relación entre asbesto y enfermedad, las políticas deben buscar la eliminación de toda exposición al asbesto, en línea con la estrategia Cero de la OIT para erradicar accidentes y enfermedades laborales. Propugnan, además, la adopción de marcos normativos y estrategias que promuevan y garanticen la sustitución del asbesto en el uso industrial y en otras aplicaciones. A partir de criterios de protección a la salud, sugieren que la sustitución sea obligatoria cuando existan alternativas seguras y adecuadas para la salud en materia de seguridad y salud en el trabajo, salud pública y ambiente.
Las recomendaciones de la OMS y la OIT sobre el asbesto deben trasladarse a la política mexicana mediante marcos institucionales que regulen su adopción, transposición legislativa y cumplimiento. El proceso implica negociar la inclusión de los principios de la OIT en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, incorporar a la Ley General de Salud las fases de eliminación de todas las exposiciones al asbesto y establecer la prohibición de su uso, producción y comercio.
El análisis de la normativa existente revela que México carece de regulaciones nacionales que prohíban la producción, utilización y comercialización de asbesto y productos que lo contengan.
Si bien el expendio, distribución y uso de asbesto y productos que lo contengan quedó prohibido en Ciudad de México, en el resto del país el asbesto solo es regulado en el transporte y debe ser considerado un material peligroso o de manejo especial en la realización de obras. Con ello, la provisión de productos que lo contengan continúa permitida y el marco normativo no concibe la prohibición total. Sin embargo, los mecanismos de recepción, revisión y transposición del sistema político mexicano permiten que las recomendaciones y opiniones de convenciones internacionales sean adoptadas, y se hayan institucionalizado como principios de política pública.
A nivel federal, la Secretaría de Salud se encuentra en una posición favorable para liderar la propuesta de prohibición del asbesto y de productos que lo contengan, y a nivel local se han dado pasos decisivos en esa dirección. En ambos casos, el esquema de adopción de recomendaciones de la OMS y la OIT es aplicable, y su incorporación a la normativa puede llevarse a cabo bajo la modalidad de reglamento.
Sin embargo, la implementación de una política de prohibición total enfrenta caminos complejos, dados los intereses de los sectores productivos, la falta de instituciones vinculadas, la ausencia de asignaciones presupuestarias específicas y las responsabilidades de monitoreo y supervisión que recaen principalmente en los gobiernos estatales.
Evidencia científica sobre los riesgos
La prohibición del asbesto en México debe abordarse desde un marco basado en evidencia, analizando recomendaciones de la OMS y la OIT, su transferencia a políticas nacionales y las implicaciones de implementación, con énfasis en claridad, rigor y argumentos sustentados.
En primer lugar, las estimaciones sobre morbilidad y mortalidad atribuibles en el país apuntan a que, si se mantuviera la tendencia de prohibición generalizada, el asbesto dejaría de ser un problema de salud pública hacia mediados de siglo. Segundo, existen alternativas tecnológicas y económicas al asbesto en el sector de la construcción, aunque su adopción integral a nivel nacional plantearía retos logísticos y de financiamiento. Por último, el costo de la transición y la auditoría de fabricación, uso y disposición seguras parecen menores que los gastos derivados de la atención a las enfermedades asociadas, que actualmente se asumen por el sistema de salud pública.
La evaluación de los efectos de la prohibición del asbesto en México debe considerar la reducción de daños a la salud y sus repercusiones en la economía y el empleo. Por un lado, se espera que el cumplimiento de las recomendaciones de la OMS y la OIT contribuya a prevenir la aparición de nuevas enfermedades relacionadas con la exposición al asbesto en contextos ocupacionales y comunitarios. Por otro, será necesario reconocer las implicaciones para la economía nacional, particularmente las que se relacionan con el uso dos datos de morbilidad y mortalidad que pueden atribuirse al asbesto sugieren que su prohibición reduciría el sufrimiento humano y los costos asociados a la atención y tratamiento de enfermedades.
En términos de costos y beneficios, los efectos esperados de la prohibición apuntan en la dirección correcta. Sin embargo, la naturaleza gradual de la recomendación implica que, a corto y mediano plazos, el asbesto seguirá representando un riesgo a la salud. La evaluación de impactos en la economía y el empleo debe, por tanto, considerar no sólo el efecto de la prohibición, sino también el del uso de alternativas y la fase de transición alternativas, así como en el empleo y su reubicación.
Los sistemas de vigilancia y control de la exposición al asbesto deben ajustarse a los estándares internacionales y adaptarse a las características de las economías y sociedades nacionales. Específicamente, deben incluir sistemas de inspección, notificación, auditoria y sanciones. Un conjunto de indicadores de desempeño permitiría evaluar periódicamente el avance en la eliminación del asbesto y en la protección de la salud. La transparencia en el cumplimiento de los compromisos y la participación pública en la vigilancia son además factores que contribuyen a acortar los plazos de erradicación, pues permiten una respuesta de la sociedad ante la inacción o el incumplimiento.
Las propuestas de sistema que se presentan a continuación se inspiran en los mecanismos de aplicación de los convenios de la OIT. La inspección es el componente central en el cumplimiento de las normas en materia de salud y seguridad en el trabajo. El diseño del sistema debe garantizar que las autoridades encargadas cuenten con los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios, y que su actuación se ajuste a procedimientos claros y conocidos.
Es particularmente importante que la capacitación de los inspectores los aleje de cualquier vínculo con los sectores regulados. En la práctica, un buen desempeño de los inspectores contribuirá a forjar relaciones de confianza con la comunidad empresarial y facilitará el cumplimiento por parte de las empresas.
La prohibición del asbesto en México representa un desafío epidemiológico, ético y social. Por un lado, deben considerarse la equidad y la protección de trabajadores en comunidades vulnerables. Por el otro, la resistencia cultural al cambio y los intereses industriales asociados con la producción y el uso de estos materiales llevan a un dilema implícito: los derechos a la salud y a un medio ambiente sano de las poblaciones expuestas a riesgos deberán ceder ante el costo, potencialmente elevado, de una prohibición que, de no ser implementada, derivará en miles de muertes prematuras y en una carga económica para el país que también incluirá el riesgo de un juicio internacional.
La evidencia muestra que, si bien se registran progresos en la erradicación del asbesto a nivel mundial, las exposiciones continúan y muchas de las recomendaciones de la OMS y la OIT no han sido adoptadas. En este contexto, la prohibición total del asbesto, su uso y comercio, se presenta como la opción más segura y eficaz para eliminar toda exposición. Sin embargo, la política pública de prohibición debe diseñarse para atender los desafíos planteados.
La prohibición del asbesto en México debe abordarse desde un marco basado en evidencia, analizando recomendaciones de la OMS y la OIT, su transferencia a políticas nacionales y las implicaciones de implementación, con énfasis en claridad, rigor y argumentos sustentados. En este sentido, el estudio describe objetivos, alcance y justificación con base en recomendaciones de las referidas organizaciones; precisa definiciones clave; delimita el marco temporal, los actores y los métodos de revisión de literatura; y explica la relevancia de adherirse a normas internacionales para las políticas nacionales.
Existe una investigación que encabezó la doctora Aguilar Madrid es la primera efectuada en México de casos y controles en trabajadores, y demuestra una epidemia de mesotelioma pleural en curso, con 500 casos de mesotelioma pleural al año desde 2010.
Los resultados señalan contundentemente la importancia de la eliminación de la exposición a todas las formas de asbesto; la necesidad de prohibir su uso y comercialización en nuestro país. Este principio de prohibición debe ser una prioridad de las políticas de salud pública con el fin de prevenir la epidemia que se muestra claramente en los datos de mortalidad nacionales y que es similar a la reportada en los países más industrializados que iniciaron a principios del siglo pasado su uso comercial.1
En virtud de lo expuesto, lo conducente es presentar una tabla comparativa a fin de otorgar mayor claridad:
Por lo expuesto y fundado, someto a consideración del Congreso la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona el artículo 283 Bis a la Ley General de Salud
Único. Se adiciona el artículo 283 Bis a la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 283 Bis. Se prohíbe usar, explotar, producir, importar, exportar, comercializar o distribuir cualquier variedad de asbesto y los productos elaborados con este, en todo el territorio nacional.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Unidad de Investigación en Salud en el Trabajo, Instituto Mexicano del Seguro Social, México.
2 https://www.jornada.com.mx/2013/01/28/eco-c.html
Ciudad de México, a 21 de mayo de 2026.
Diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Salud. Mayo 25 de 2026.)
Que adiciona la fracción XII al artículo 179 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, recibida del diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del jueves 21 de mayo de 2026
El suscrito, Mario Miguel Carrillo Cubillas, diputado del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona la fracción XII al artículo 179 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La comprensión del nopal en la dieta tradicional y contemporánea de México es crucial para aprovechar sus beneficios en la seguridad alimentaria y salud pública. Este cladodio representa un alimento básico que contribuye a la disponibilidad y accesibilidad de la dieta durante su estacionalidad, y en conjunto con el consumo de tuna y nopales, favorece la diversidad. Su precio accesible, alto contenido de agua y versatilidad permiten su incorporación en múltiples platillos de la gastronomía mexicana.
Además, el nopal es considerado un alimento funcional que ayuda a disminuir el riesgo de desarrollar enfermedades crónicas no transmisibles. Aun así, no se han reportado estudios que evidencien el efecto positivo sobre la salud de grupos específicos de población y que consideren los factores que influyen en su consumo.
La contribución del nopal a la seguridad alimentaria de México es objeto de discusión a partir de la revisión de literatura científica y fuentes secundarias de información.
En particular, se analizan los elementos que influyen en la disponibilidad, accesibilidad y estabilidad de la alimentación, así como su papel en el consumo, la diversidad dietética y la resiliencia frente a choques alimentarios. Los resultados demuestran que el nopal favorece la seguridad alimentaria desde la perspectiva de la disponibilidad y accesibilidad, y se convierten en un factor de resistencia en momentos de escasez. No obstante, su uso estacional y el escaso almacenamiento a largo plazo limitan su contribución a la estabilidad.
El nopal se encuentra presente en México desde tiempos prehispánicos, fue uno de los tres cultivos que formaban parte de la base alimentaria de las culturas mesoamericanas, junto con el maíz y el frijol. La domesticación del nopal se cree que ha ocurrido entre 8 mil y 10 mil años. En la actualidad, se cultiva en 25 de las 32 entidades federativas del país y se consumen alrededor de 1 millón 200 mil toneladas anuales. Su producción constituye una importante fuente de empleo, principalmente en el sector rural. La población nahua lo considera un alimento básico y estratégico, y su consumo está asociado con la disponibilidad deliciosa, tiempos de crisis y la construcción de una dieta saludable.
Desde el periodo prehispánico, los nahuas han desarrollado un conocimiento empírico de las propiedades nutricionales y medicinales del nopal. En los últimos años, este conocimiento ha sido respaldado por estudios científicos que demuestran su potencial para contribuir con la nutrición y la salud de la población, en especial de grupos vulnerables, como la población afectada por diabetes o con sobrepeso y obesidad. Sin embargo, a pesar de que el nopal se considera como un alimento básico en México, su consumo sigue siendo estacional y representa sólo 1.8 por ciento de la dieta del país.
Composición nutricional del nopal
La composición nutricional del nopal ha sido objeto investigación con enfoques que abordan su caracterización, propiedades funcionales, evaluación del efecto en la saciedad y los indicadores de glycemicidad. El alimento aporta macronutrientes en cantidades normales (agua, proteínas y carbohidratos) y proporciona fibra y vitaminas con potenciales efectos sobre la salud. Aporta también carbohidratos (incluida la fibra) no como fuente de energía sino con funciones específicas en el organismo.
La aportación de grasa es mínima. El efecto saciante, que no ha sido analizado antes en el nopal, es considerado importante como consecuencia de la presencia de fibra y agua, asociada a la masticación y a la velocidad de ingestión. Será elevado grosso modo, al igual que el de la mayoría de las fuentes de alimento, por los factores de estacionalidad y temperatura. Los efectos en la glycemicidad y la saciedad se interrelacionan por la influencia que la saciedad tiene a su vez en la glycemicidad.
La reducción del índice glycemicidad de un platillo que contiene nopal se considera conveniente para la ingesta de personas con diabetes. Alguna variedad presenta un nivel de oxalatos que pudiera provocar alergia, aunque no se dispone de evidencia empírica que lo confirme. Aparte, no se reportan contraindicaciones del consumo del nopal. Los efectos de la función y de la actividad del nopal sobre la salud y la nutrición han sido analizados en revisiones previas, así como la búsqueda de información empírica sobre dichos efectos. El recurso es objeto de investigación en diferentes países y áreas geográficas y los datos disponibles abarcan distintos tipos de análisis. Sin embargo, en su mayoría provienen de estudios cuya resolución, profundidad o enfoque no son suficientes para determinar la relación de causalidad que se busca.
El nopal y la seguridad alimentaria
La importancia del nopal en la seguridad alimentaria y la dieta de la población mexicana se analiza desde tres dimensiones: contribución a la disponibilidad, accesibilidad y estabilidad de la alimentación; efectos sobre el consumo y la diversidad dietética; y potencial en la resiliencia frente a shocks alimentarios. La contribución del nopal a la seguridad alimentaria sigue un patrón cercano al de una legumbre: el mantenimiento de la producción a través de años e incluso su crecimiento en episodios de crisis alimentarias han atenuado los efectos negativos en la capacidad de las familias para acceder a los alimentos. Los beneficios de la diversidad en la dieta son evidentes.
El nopal, además, ha permitido que diferentes zapatos nacionales se ajusten a los propios de la región, llenando los vacíos de producción que cada sistema ha dejado en su estacionalidad de cosechas. Su uso, almacenamiento y elaboración en conserva, aunados a la producción de hortalizas de ciclo corto y a la disponibilidad de insectos y hongos comestibles para el complemento de la dieta, son decisivos en la reducción de riesgos por pérdidas en la producción de maíz y frijoles.
La influencia del nopal en la seguridad alimentaria se concreta a través del análisis de tres dimensiones en un país en que la nopalera no es parte de la identidad cultural, sino del conjunto de opciones alimentarias. En el lapso 1994-2015, y a diferencia de otros alimentos, el consumo de nopal no ha disminuido; se ha mantenido con austeridad, pero sin contraponerse a la diversidad de la dieta. Su efecto en la seguridad alimentaria y en la salud de poblaciones vulnerables diabéticos y personas en riesgo de desarrollar diabetes es innegable. La producción de nopal, hortalizas de corto ciclo y productos comestibles del medio silvestre permite atenuar los efectos de crisis en la producción de maíz y frijol, aunque la población demandante no sea capaz de acceder a los cultivos básicos de sustento.
Dimensiones estratégicas: economía, agricultura y políticas públicas
El nopal es un producto relativamente pequeño en términos económicos, pero tiene una importancia estratégica en el sistema alimentario mexicano y en la agricultura del país. Su aportación al bienestar es multidimensional y va mucho más allá de las cifras económicas. En el contexto del nopal, la noción de seguridad alimentaria va más allá de la disponibilidad de alimentos.
El nopal es un alimento que contribuye a la disponibilidad, accesibilidad y estabilidad de la alimentación de un amplio sector. Su consumo no se distribuye en el tiempo de forma uniforme; por el contrario, es estacional y se intensifica en un periodo concreto del año. La capacidad de organizar el consumo o de intercambiar otros alimentos por nopal durante los meses de escasez requiere de creatividad y de sistemas de intercambio en los que el nopal es clave para mantener una dieta variada y, por tanto, saludable.
Desde el punto de vista de la economía, el nopal tiene un peso específico bajo, pero su producción está concentrada en regiones de alta marginación y en manos de pequeños y medianos productores. En esas zonas, el nopal puede ser un cultivo por el que los agricultores obtengan ingresos adicionales. Un aumento en el consumo de nopal apoya a los productores y facilita el intercambio por otros alimentos.
Desafíos en la producción
Aunque el nopal es un alimento emblemático de la dieta mexicana y su producción ha crecido en las últimas décadas, enfrenta varios desafíos. Su cultivo es sensible a condiciones climáticas adversas y ha empezado a sufrir la competencia de productos similares de países como Estados Unidos. Además, la industria nopalera enfrenta problemas de adulteración y contaminación de los productos, además de que las cadenas de valor son aún poco robustas para asegurar la sostenibilidad tanto económica como productiva. Existen brechas de conocimiento que limitan la innovación alimentaria y la industrialización del nopal.
Pese a estas limitaciones, el potencial de innovación es enorme. El nopal puede escalar a través de la oferta de productos diversificados con un mayor valor añadido. La industria de procesamiento mínimo presenta oportunidades relevantes, y el nopal tiene el potencial de incorporarse como alimento con un valor nutricional mejorado y un efecto positivo en la salud pública.
El nopal ofrece un valioso recurso estratégico que contribuye a la salud pública y el bienestar de la población. La evidencia disponible apunta hacia un efecto positivo en varios indicadores de salud, nutrición y seguridad alimentaria, especialmente en la población vulnerable, pero deben considerarse también posibles riesgos asociados al consumo excesivo.
Estudios sobre la composición química y los efectos funcionales del nopal sugieren que su inclusión en la dieta puede beneficiar la salud a través de prácticas culinarias sencillas que preserven sus propiedades. Las aportaciones del nopal al aumento de la saciedad e inflamación de los niveles de glucosa y colesterol en sangre han sido documentadas en diversas revistas científicas nacionales e internacionales, aunque el limitado número de ensayos controlados y poblaciones de estudio hace necesaria la cautela en la interpretación de los resultados. Además, debe tenerse presente que su consumo puede provocar alergias en algunas personas y que, al igual que otros productos, su ingesta excesiva puede resultar perjudicial.
Más de 500 años de historia han determinado que el nopal se inserte profundamente en la alimentación de los mexicanos y en la cultura nacional. Sin embargo, a pesar de la importancia que han adquirido los alimentos en la seguridad alimentaria, se han encontrado etapas de crisis en la producción y el consumo que han puesto en riesgo su papel como alimento básico.
En este sentido, el nopal contribuye a la seguridad alimentaria al cumplir con los tres criterios de disponibilidad, accesibilidad y estabilidad, ya que es un alimento de bajo costo, que contiene abundantes nutrientes y que se cultiva en regiones con alta marginación. Así, aunque la disponibilidad de alimentos es un factor fundamental para la seguridad alimentaria, no es el único: la diversidad del consumo tiene un papel importante porque contribuye a aumentar la calidad de la dieta.
Desde un punto de vista estratégico, el nopal representa una fuente de empleo, ingresos y divisas. En México, se genera una derrama económica cercana a mil 600 millones de pesos anuales y se cultivaron aproximadamente 57 mil hectáreas en 2020. Se estima que 65 por ciento de esas áreas se dedica a la producción de nopal de cata, y el restante 35 a la producción de nopal verdura. Aunque en general la rentabilidad de las cadenas del nopal es buena, se estima que la de la cadena de nopal de cata es superior a la de la de nopal verdura. El nopal también es un cultivo estratégico, ya que se produce en regiones con baja disponibilidad de agua y en condiciones difíciles.
La importancia del Nopal no solo es alimenticia sino de tradición, podemos ver que está en el escudo y se describe así en la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional,
Artículo 2o. El Escudo Nacional está constituido por un águila mexicana, con el perfil izquierdo expuesto, la parte superior de las alas en un nivel más alto que el penacho y ligeramente desplegadas en actitud de combate; con el plumaje de sustentación hacia abajo tocando la cola y las plumas de ésta en abanico natural. Posada su garra izquierda sobre un nopal florecido que nace en una peña que emerge de un lago , sujeta con la derecha y con el pico, en actitud de devorar, a una serpiente curvada, de modo que armonice con el conjunto. Varias pencas del nopal se ramifican a los lados. Dos ramas, una de encino al frente del águila y otra de laurel al lado opuesto, forman entre ambas un semicírculo inferior y se unen por medio de un listón dividido en tres franjas que, cuando se representa el Escudo Nacional en colores naturales, corresponden a los de la Bandera Nacional.
(...)
El nopal es un alimento clave en la dieta mexicana por razones nutricionales, culturales, económicas y ambientales.
Aspectos principales:
Valor nutricional: bajo en calorías, alto en fibra (especialmente fibra soluble/mucílago), contiene vitamina C, algunas vitaminas del complejo B, vitamina K y minerales como calcio, magnesio y potasio. Aporta compuestos antioxidantes (flavonoides, polifenoles).
Beneficios para la salud: la fibra y el mucílago ayudan a regular la glucemia y el tránsito intestinal, pueden contribuir a reducir colesterol y favorecer el control del peso; su consumo se asocia a menor riesgo de picos de azúcar tras las comidas.
Papel cultural y gastronómico: ingrediente tradicional en innumerables platos (ensaladas, tacos, guisos, nopales asados, en escabeche), presente en la cocina cotidiana y festividades; parte de la identidad alimentaria mexicana.
Accesibilidad y economía: fácil de cultivar, barato y ampliamente disponible; fuente importante de alimentos para comunidades rurales y urbanas de bajos recursos.
Sostenibilidad y seguridad alimentaria: planta resistente a la sequía, requiere poca agua y cuidado, útil en zonas áridas y semiáridas; contribuye a sistemas agrícolas resilientes frente al cambio climático.
El objetivo de esta iniciativa es que en el artículo 179 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, incluya el nopal dentro del listado de productos básicos y estratégicos.
Presento el siguiente cuadro para hacer una comparación del texto vigente y la propuesta de adición:
Por lo expuesto y fundado someto a consideración del Congreso la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona la fracción XII al artículo 179 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable
Único. Se adiciona la fracción XII al artículo 179 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para quedar como sigue:
Artículo 179. Se considerarán productos básicos y estratégicos, con las salvedades, adiciones y modalidades que determine año con año o de manera extraordinaria, la Comisión Intersecretarial, con la participación del Consejo Mexicano y los comités de los sistemas-producto correspondientes, los siguientes:
I. maíz;
II. caña de azúcar;
III. frijol;
IV. trigo;
V. arroz;
VI. sorgo;
VII. café;
VIII. huevo;
IX. leche;
X. carne de bovinos, porcinos, aves;
XI. pescado; y
XII. nopal.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 21 de mayo de 2026.
Diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria. Mayo 25 de 2026.)
Que adiciona un párrafo al inciso a) de la fracción III del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recibida de los diputados Joaquín Zebadúa Alva, Xóchitl Nashielly Zagal Ramírez y Gabriel García Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del jueves 21 de mayo de 2026
Los que suscriben, diputados Joaquín Zebadúa Alva, Xóchitl Nashielly Zagal Ramírez y Gabriel García Hernández, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido por el artículo 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el artículo 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta Comisión Permanente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo al inciso a) de la fracción III del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor del siguiente
Planteamiento del problema
Constitucionalidad y convencionalidad
El reconocimiento del derecho humano al agua es uno de los avances más relevantes en la evolución del constitucionalismo contemporáneo. A partir de la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011, el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos estableció que:
Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.1
Este mandato no es meramente programático, sino que implica obligaciones concretas para el Estado mexicano.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sostenido que el derecho humano al agua impone obligaciones generales de respeto, protección y garantía, lo que implica no sólo abstenerse de interferir en su disfrute, sino adoptar medidas positivas para hacerlo efectivo.2
Asimismo, el máximo tribunal ha establecido que no basta con la existencia formal del servicio, sino que debe garantizarse su disponibilidad real, continua y de calidad, señalando que el acceso irregular o insuficiente no satisface el contenido del derecho, reconociendo que el suministro de agua forma parte del mínimo vital, por lo que no puede condicionarse de manera desproporcionada o restrictiva.3
El derecho humano al agua también encuentra un sólido sustento en el derecho internacional de los derechos humanos, el cual, conforme a lo dispuesto en los artículos 1o. y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, forma parte del parámetro de control de regularidad constitucional y convencional.
En ese sentido, la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante la resolución 64/292, adoptada el 28 de julio de 2010, reconoció expresamente que: el derecho al agua potable y el saneamiento es un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos.4
Este reconocimiento no sólo tiene un carácter declarativo, sino que impone obligaciones concretas a los estados para garantizar el acceso universal, equitativo y sin discriminación a dichos servicios.
Por su parte, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, órgano encargado de la interpretación autorizada del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, desarrolló el contenido normativo del derecho al agua en su observación general número 15, en la cual establece que El derecho humano al agua es indispensable para vivir dignamente y es condición previa para la realización de otros derechos humanos.5
Asimismo, precisa que el agua debe ser considerada un recurso natural limitado y un bien público fundamental para la vida y la salud.6
De manera aún más específica, dicho Comité señala que el derecho al agua comprende libertades y derechos, entre los cuales se incluye el derecho a un sistema de abastecimiento y gestión del agua que ofrezca a la población iguales oportunidades de disfrutar del derecho al agua.7
Lo anterior implica que los estados no sólo deben garantizar el acceso físico al agua, sino también establecer estructuras institucionales adecuadas que permitan su gestión equitativa, sostenible y participativa.
En este mismo instrumento, se establece que los estados tienen la obligación inmediata de garantizar el acceso al agua sin discriminación, poniendo especial énfasis en los grupos históricamente excluidos, señalando que los estados parte deben prestar especial atención a las personas y grupos de personas que tradicionalmente han tenido dificultades para ejercer este derecho.8
En el ámbito del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha desarrollado criterios particularmente relevantes en torno al acceso al agua, vinculando directamente con derechos fundamentales como la vida, la integridad personal y la dignidad humana.
En el caso comunidad indígena Yakye Axa vs. Paraguay, el tribunal interamericano estableció que la falta de acceso a condiciones básicas de subsistencia, incluido el agua, constituye una violación al derecho a la vida, señalando que el derecho a la vida no sólo implica el derecho de todo ser humano a no ser privado de la vida arbitrariamente, sino también el derecho a que no se le impida el acceso a las condiciones que le garanticen una existencia digna.9
Asimismo, en el caso comunidad indígena Xákmok Kásek vs. Paraguay, la Corte reiteró que el estado debe garantizar las condiciones mínimas compatibles con la dignidad humana, entre ellas el acceso al agua en cantidad suficiente y en condiciones de salubridad.10
De igual forma, en el caso de la comunidad indígena Sawhoyamaxa vs. Paraguay, la Corte enfatizó que la falta de acceso a agua potable coloca a las personas en una situación de vulnerabilidad extrema, incompatible con el respeto a la dignidad humana.11
Estos precedentes evidencian que el acceso al agua no puede ser entendido como un servicio público más, sino como un derecho humano fundamental cuya garantía es indispensable para la realización de otros derechos.
En consecuencia, el Estado mexicano, en cumplimiento de sus obligaciones internacionales, está compelido a adoptar todas las medidas necesarias incluidas las de carácter legislativo para garantizar el acceso efectivo al agua, particularmente en favor de los sectores históricamente marginados, como lo son las comunidades rurales e indígenas.
El artículo 115 constitucional establece que los municipios son responsables de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento; sin embargo, en la práctica este diseño institucional enfrenta limitaciones estructurales que dificultan su cumplimiento efectivo.
Como señalan las diputadas Adriana Bustamante Castellanos y María Eugenia Hernández Pérez, el municipio se ha visto rebasado en su capacidad para proveer los servicios [...] a las poblaciones rurales con alta dispersión.12
Estas limitaciones se acentúan en comunidades rurales, indígenas y periurbanas, donde la dispersión territorial, la falta de infraestructura y la insuficiencia de recursos impiden garantizar el derecho humano al agua. En estos contextos, además, la cobertura formal del servicio no necesariamente implica su disponibilidad real, ya que, como se ha señalado, contar con redes de agua de ninguna manera significa tener agua en las mismas, ni en cantidad, ni en calidad ni en continuidad.
A ello se suma la persistente desigualdad en la provisión del servicio, derivada de la priorización de inversiones en zonas urbanas y de la limitada capacidad de coordinación institucional, lo que evidencia la necesidad de fortalecer esquemas complementarios que permitan garantizar efectivamente este derecho en las comunidades más vulnerables.
Bajo esta lógica, el reconocimiento constitucional de la gestión comunitaria del agua se inscribe dentro de un enfoque de derechos humanos que busca fortalecer los mecanismos de acceso al recurso, mediante la participación activa de las comunidades, en congruencia con los estándares internacionales que promueven modelos de gestión incluyentes, equitativos y sostenibles.
Argumentos que sustentan la presente iniciativa
Los sistemas comunitarios de gestión del agua
Los sistemas comunitarios de agua han sido una forma de resistencia de los pueblos originarios y las comunidades rurales ante la privatización de este recurso. Han tomado el control del manejo y la gestión de los sistemas de agua potable y saneamiento. Con sus propias estructuras de organización, estos sistemas de gestión funcionan y proveen de agua potable y saneamiento: la defensa de agua se da alrededor de las fuentes de agua y el trabajo coordinado resulta fundamental para la construcción y mantenimiento de los mismos, en la mayoría de los casos, los pobladores financian con sus recursos la operación.
En México se estima que existen alrededor de 28 mil organizaciones comunitarias de servicios de agua y saneamiento (OCSAS) que han dado soluciones efectivas a más 7 millones de personas en las zonas rurales13 ; sin embargo, no cuentan con reconocimiento jurídico que les permita operar de manera eficiente en coordinación con los tres niveles de gobierno, y ante esta situación, los sistemas comunitarios de gestión del agua se ven constantemente amenazados con los cambios en los gobiernos locales.
Con el inicio de la Cuarta Transformación en México, el modelo de gobernanza en la gestión del agua ha dado un giro acertado a la izquierda, la concepción del agua como un bien común y no como un objeto de lucro se ve materializado con la publicación del Programa Nacional Hídrico 2020-2024, estableciendo los principios rectores de la nueva política pública hídrica para el país: por el bien de todos, primero los pobres , no dejar a nadie atrás, no dejar a nadie afuera, honradez y honestidad, consolidando la construcción de un nuevo pensamiento político basado en humanismo mexicano, transversalizando la política hídrica nacional, incorporando los principios de economía para el bienestar y no más migración por hambre o por violencia, priorizando el acceso a los servicios de potabilización del agua y saneamiento en los sectores más vulnerables de la población así como el uso eficiente y equitativo en las actividades productivas.
El Plan Nacional Hídrico 2022-2024 pone en el centro del debate legislativo la necesidad de adecuar los marcos normativos vigentes para garantizar la participación ciudadana en la toma de decisiones sobre el manejo de los recursos hídricos, interrelacionado con los principios del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2024 al margen de la ley, nada; por encima de la ley, nadie y democracia significa el poder del pueblo.
Así resume la nueva visión de la Cuarta Transformación la gobernanza del agua: las contribuciones que se brindarán al nuevo modelo de desarrollo del país están relacionadas con la búsqueda del bienestar de grupos marginados, la creación de condiciones para el goce y el ejercicio de los derechos humanos y la disminución de la brecha de desigualdad en el acceso al agua y al saneamiento. También se busca reducir la inequidad en el acceso al agua con fines productivos y generar condiciones para la seguridad alimentaria del país.14
En nuestro país, los organismos de gestión comunitaria del agua no tienen un reconocimiento jurídico a nivel constitucional que facilite y dé certeza jurídica a su operación y gestión, dejando a expensas de la voluntad política de quienes asumen el poder en cada renovación del gobierno la existencia y subsistencia de éstos. La Red del Agua UNAM15
ha expuesto esta problemática en la presentación del número 12 de la revista Implivium : La legislación actual no los reconoce de manera explícita a nivel nacional, así que su labor, funciones, estructura y forma de operación es tan variada como las características de las poblaciones a las que prestan su servicio, y se negocia a nivel local y de manera particular con las autoridades en turno. Frente a esta gran variedad de modelos de gestión y organización, es necesario conocer las experiencias de estos sistemas, las múltiples formas que adoptan, sus fortalezas, los retos que enfrentan, las lecciones aprendidas y, particularmente, lo que podemos aprender de ellas para mejorar la gestión del agua.16
Con la reciente reforma constitucional en materia de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, se fortaleció de manera expresa su reconocimiento como sujetos de derecho público, así como su capacidad para ejercer la libre determinación y autonomía en la gestión de sus asuntos internos. En términos constitucionales, el artículo 2o. establece que:
La Nación mexicana es única e indivisible, basada en la grandeza de sus pueblos y culturas.
(...)
Los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas son sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, y tienen derecho a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural. Asimismo, el propio artículo reconoce su facultad para:
Aplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos , así como para acceder, con respeto a las formas y modalidades de propiedad y tenencia de la tierra, al uso y disfrute preferente de los recursos naturales de los lugares que habitan .17
Esta reforma representa un avance sustantivo en el reconocimiento constitucional de las formas de organización comunitaria y del control territorial de los recursos, lo cual resulta particularmente relevante en materia de agua, al tratarse de un bien esencial para la subsistencia y el desarrollo de las comunidades.
Sin embargo, a pesar de este reconocimiento, el marco constitucional vigente no establece de manera expresa la obligación de las autoridades municipales de reconocer, fortalecer y coordinarse con las formas comunitarias de gestión del agua, lo que genera un vacío normativo entre el reconocimiento de derechos colectivos previsto en el artículo 2o. y las facultades operativas establecidas en el artículo 115 constitucional.
En efecto, mientras el artículo 2o. reconoce la autonomía y capacidad organizativa de los pueblos indígenas y afromexicanos, el artículo 115 mantiene un esquema de prestación de servicios públicos centrado exclusivamente en los municipios, sin prever mecanismos claros de articulación con las comunidades que, en los hechos, ya gestionan sistemas de agua de manera autónoma.
Esta falta de armonización normativa limita el alcance efectivo de la reforma constitucional en materia de derechos colectivos, ya que impide que dichas formas de organización comunitaria sean plenamente reconocidas dentro del régimen de prestación de servicios públicos.
Adicionalmente, es importante señalar que esta problemática no se circunscribe únicamente a los pueblos indígenas y afromexicanos. Existe un número considerable de comunidades no indígenas que, ante la insuficiencia institucional, han desarrollado esquemas propios de gestión del agua mediante organización colectiva y sin fines de lucro, los cuales enfrentan las mismas condiciones de incertidumbre jurídica.
En este contexto, la reforma al artículo 115 constitucional resulta no sólo pertinente, sino necesaria, a fin de establecer de manera expresa la obligación de los municipios de reconocer, fortalecer y coadyuvar con las organizaciones comunitarias que prestan servicios de agua y saneamiento.
Asimismo, este reconocimiento constitucional permitiría generar condiciones para fortalecer la gestión administrativa y financiera de estos sistemas comunitarios, al dotarlos de certeza jurídica que facilite su acceso a recursos públicos, programas de inversión, mecanismos de financiamiento y esquemas de coordinación intergubernamental, garantizando con ello la sostenibilidad de los servicios y el cumplimiento efectivo del derecho humano al agua.
En consecuencia, la reforma propuesta no crea una figura nueva, sino que armoniza el marco constitucional, articulando el reconocimiento de la autonomía comunitaria previsto en el artículo 2o. con las competencias municipales establecidas en el artículo 115, permitiendo así avanzar hacia un modelo de gestión más incluyente, eficiente y acorde con la realidad social del país.
Omscas: Un caso de éxito en Berriozábal, Chiapas
Para justificar la necesidad de reconocer constitucionalmente la gestión comunitaria del agua como forma organizativa para cerrar las brechas de desigualdad y garantizar el acceso al agua, me permito compartir la experiencia de un modelo innovador de alianza público-comunitaria que se puso en marcha en el municipio de Berriozábal durante la administración 2018-2024,18 y que actualmente, continúa en funciones involucrando a los habitantes de las comunidades rurales en la toma de decisiones respecto de éste vital líquido.
En septiembre de 2018, antes de tomar posesión como presidente municipal, uno de los integrantes de la organización Cántaro Azul19 ; quien por cierto formó parte del equipo de campaña y transición del Presidente Andrés Manuel López Obrador en los temas de la Agenda Medio Ambiental, tuvo a bien en invitarme a conocer el modelo de gestión comunitaria del agua en cantón de cañada Ecuador, un municipio con características similares y con una población indígena mayor a la que tenemos en Berriozábal pero con una proporción muy parecida entre la población urbana y la población rural. En Cañar habían resuelto de una manera propia y aplicando conocimientos de sus ancestros, con el uso de las tecnologías modernas, el tema de la provisión de agua de manera segura y oportuna para sus comunidades.
El modelo referencia en América Latina aplicado en el cantón Cañar en Ecuador, consiste en el establecimiento de una asociación público-comunitaria donde la autoridad municipal encargada de la provisión de agua y saneamiento establece una figura paramunicipal con patrimonio propio y personalidad jurídica equivalente al Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Municipal (Sapam).
Este modelo se tomó para impulsarlo en el municipio de Berriozábal, y adaptándolo a la realidad social, se estableció una junta de gobierno para dotar de representatividad real y funcional por parte de las comunidades. El objetivo perseguido estaba bien definido: que en todo momento prevalece el interés de los habitantes de las comunidades rurales y no los intereses de los presidentes municipales venideros.
En mayo de 2019, se dio un paso histórico hacia el reconocimiento legal de los sistemas de gestión comunitaria del agua, con la presencia del titular de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y el gobernador de Chiapas, y con el acompañamiento técnico de Cántaro Azul como aliado estratégico, se constituyó formalmente el Organismo Municipal de Servicios Comunitarios de Agua y Saneamiento, el OMSCAS. Así se constituyó de manera legal la primera organización comunitaria de su tipo a nivel nacional.
El OMSCAS se trata de una asociación público-comunitaria que pone en manos de las comunidades la gestión de sus sistemas de agua y deja en manos de los gobiernos municipales la obligación constitucional traducida en el acompañamiento técnico, en la dirección de inversiones para la rehabilitación o ampliación de los sistemas comunitarios, así como la suma y participación de los aliados estratégicos, para tener siempre las inversiones necesarias.20
Incorporar la perspectiva de género en acciones concretas en los gobiernos locales resulta un reto mayor, en la mayoría de las comunidades rurales aún se conservan vigentes las malas prácticas relacionadas con la división sexual del trabajo y el orden social.
El machismo sigue siendo una constante en México y pone en doble desventaja a las mujeres: la primera, resulta de la exclusión de la participación de las mujeres en la toma de decisiones y la segunda, en cuanto a los roles asignados en el manejo del agua.
El OMSCAS rompe los estereotipos de género: el primer grupo de brigadistas comunitarias que materializaron el proyecto y comenzaron a generar interlocución con los comités de agua y ser un puente entre el gobierno municipal y las comunidades fue un grupo de jóvenes mujeres brigadistas del agua. Esta brigada formaba parte del programa Jóvenes Construyendo el Futuro, que se organizaron en células de 5 o 6 integrantes por cada comunidad hasta sumar aproximadamente 150 brigadistas, quienes fueron capacitadas para ser operadoras de sistemas comunitarios de agua, teniendo como principal responsabilidad el mantenimiento y desinfección del agua desde la fuente hasta llegar a las casas.
Entre las características técnicas que facilita la operación del OMSCA es que cuenta con un patrimonio propio y el ejercicio de los recursos público está supeditado a las decisiones de la junta de gobierno, tal y como quedó establecido en el decreto por el que se crea el OMSCA, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas, de fecha 4 de noviembre de 2019.
La construcción de un marco normativo obedece a la alta responsabilidad de los tres niveles de gobierno de cumplir con los objetivos 5, 6 y 17 de Desarrollo Sostenible: igualdad de género, agua limpia y saneamiento y alianzas para lograr los objetivos, y por supuesto, a la buena voluntad política.
En este sentido, desde una interpretación progresista y con perspectiva de derechos humanos del andamiaje jurídico para la organización de la administración pública paraestatal y paramunicipal, y haciendo énfasis en la voluntad política del gobierno y del Poder Legislativo, se expidió el decreto por el que se crea el organismo público descentralizado denominado OMSCAS.
No obstante, las condiciones políticas pudieron ser adversas; no todas las organizaciones comunitarias de gestión del agua encuentran aceptación en los gobiernos locales para la formalización de sus operaciones, o en otro escenario, los gobiernos locales no tienen buenos vínculos con el gobierno estatal, por lo que al no estar reconocidos expresamente en la Constitución, se deja una laguna legal que permitiría a los gobernantes justificar la negativa del reconocimiento y formalización de los organismos de gestión comunitaria del agua sin fines de lucro argumentando que no se encuentran dentro de sus facultades constitucionales.
Llevando al extremo los posibles escenarios políticos adversos, el reconocimiento constitucional de la gestión comunitaria del agua sin fines de lucro como forma organizativa para cerrar las brechas de desigualdad, blinda a los organizaciones creadas ya sea por decreto o de facto (por usos y costumbres) de posibles intentos de disolución a través de mecanismos jurisdiccionales pretextando la inconstitucionalidad de los mismos al no estar expresamente reconocidos en carta en nuestra Carta Magna.
Por lo anterior, se propone modificar el texto constitucional en el artículo 115, para que los sistemas comunitarios de agua se reconozcan como sujetos de derecho, en tanto constituyen formas de organización colectiva que ejercen funciones esenciales para la garantía de derechos humanos, particularmente el derecho al agua. Desde una perspectiva socio-jurídica, el reconocimiento como sujeto implica dotarlos de personalidad jurídica, capacidades de gestión y protección frente a injerencias externas, lo cual resulta fundamental para asegurar su autonomía y sostenibilidad.
Como señala Boaventura de Sousa Santos21 , las formas comunitarias de organización representan expresiones legítimas de pluralismo jurídico que deben ser reconocidas por el Estado, especialmente cuando garantizan derechos en contextos donde las instituciones formales son insuficientes.
En este sentido, otorgarles reconocimiento jurídico no sólo fortalece su capacidad operativa y de coordinación con los tres niveles de gobierno, sino que también contribuye a la protección de los bienes comunes y a la efectividad del derecho humano al agua en comunidades rurales e indígenas.
Proponiendo para tales efectos, la siguiente redacción:
Por lo anteriormente expuesto, ponemos a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona un párrafo al inciso a) de la fracción III del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo Único. Se adiciona un párrafo al inciso a) de la fracción III del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 115. ...
I. a II. ...
III. Los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:
a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales;
En el ejercicio de esta función, los municipios deberán reconocer, fortalecer y coadyuvar con las organizaciones comunitarias sin fines de lucro que gestionan y prestan los servicios de agua y saneamiento, a fin de garantizar el acceso efectivo al derecho humano al agua, en los términos que establezca la ley.
b) a i) ...
...
...
...
IV. a X. ...
Artículo Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 4º, párrafo sexto, disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf (consulta: 19 de abril de 2026).
2 Suprema Corte de Justicia de la Nación, Derecho humano al agua. Impone obligaciones de respeto, protección y garantía, en Semanario Judicial de la Federación, disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx (consulta: 19 de abril de 2026).
3 Suprema Corte de Justicia de la Nación, Derecho humano al agua. Su disponibilidad, continuidad y calidad como elementos del mínimo vital, en Semanario Judicial de la Federación, disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx(consulta: 19 de abril de 2026).
4 Asamblea General de las Naciones Unidas, Resolución 64/292, El derecho humano al agua y el saneamiento, 28 de julio de 2010, disponible en: https://undocs.org/es/A/RES/64/292 (consulta: 19 de abril de 2026).
5 Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observación General No. 15: El derecho al agua (arts. 11 y 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales), E/C.12/2002/11, 20 de enero de 2003, disponible en: https://undocs.org/es/E/C.12/2002/11 (consulta: 19 de abril de 2026).
6 Ibidem.
7 Ibidem
8 Íbidem
9 Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Comunidad Indígena Yakye Axa vs. Paraguay, Fondo, Reparaciones y Costas, Sentencia de 17 de junio de 2005, Serie C No. 125, párr. 161, disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_125_esp.pdf (consulta: 19 de abril de 2026).
10 Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Comunidad Indígena Xákmok Kásek vs. Paraguay, Fondo, Reparaciones y Costas, Sentencia de 24 de agosto de 2010, Serie C No. 214, párr. 195, disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_214_esp.pdf (consulta: 19 de abril de 2026).
11 Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Comunidad Indígena Sawhoyamaxa vs. Paraguay, Fondo, Reparaciones y Costas, Sentencia de 29 de marzo de 2006, Serie C No. 146, párr. 167, disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_146_esp.pdf (consulta: 19 de abril de 2026).
12 Adriana Bustamante Castellanos y María Eugenia Hernández Pérez, Iniciativa con proyecto de decreto en materia de acceso al agua en zonas rurales, Cámara de Diputados, disponible en: https://www.diputados.gob.mx (consulta: 19 de abril de 2026).
13 Gobierno de México, Programa Nacional Hídrico 20202024, Ciudad de México, 2022, disponible en: https://www.gob.mx/conagua/documentos/programa-nacional-hidrico-2020-20 24 (consulta: 19 de abril de 2026).
14 Ídem.
15 La Red del Agua UNAM (RAUNAM) es una red de conocimiento, conformada por las interacciones humanas en la producción, almacenamiento, distribución, acceso y análisis de los conocimientos producidos por los miembros de la misma, as información en: http://www.agua.unam.mx/quienes_somos.html
16 Escobar Neira Carolina, Presentación, Gestión Comunitaria del Agua, Impluvium. Publicación digital de la Red del Agua UNAM Número 12, Julio - Septiembre 2020
17 Art. 2 de la CPEUM
18 Zebadúa Alva, Joaquín, Nuestra Marcha, La Construcción de la Cuarta Transformación desde los Gobiernos Locales, edit. Viento al Hombro, México, 2020. pp.112-14
19 Cántaro Azul es una asociación civil con sede en Chiapas, que da acompañamiento a escuelas y comunidades rurales en el cumplimiento de sus derechos humanos asociados al agua. Contribuyendo a lograr prácticas sustentables relacionadas con el agua, la higiene y el saneamiento, indispensables para el disfrute de una vida digna.
20 Op. Cit. p. 113
21 Boaventura de Sousa Santos, El pluralismo jurídico y la reinvención del Estado, Madrid, Trotta, disponible en: https://www.trotta.es
Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, a 21 de mayo de 2026.
Diputados: Joaquín Zebadúa Alva, Xóchitl Nashielly Zagal Ramírez, Gabriel García Hernández (rúbricas).
(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Mayo 25 de 2026.)
De la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres, correspondiente a la decimocuarta reunión ordinaria, efectuada el jueves 23 de abril de 2026
A las 10:00 horas del jueves 23 de abril de 2026, de manera semipresencial, se reunieron las y los legisladores integrantes de la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres de la LXVI Legislatura, de conformidad con la convocatoria publicada en la Gaceta Parlamentaria.
El presidente, diputado Luis Humberto Fernández Fuentes, dio la bienvenida a la decimocuarta reunión ordinaria de la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres y solicitó a la Secretaría hacer del conocimiento el resultado del cómputo de asistencia de diputadas y diputados integrantes de esta comisión.
El secretario, diputado Mario Calzada, informó a la Presidencia que hubo un registro, mediante la aplicación remota de asistencia y votación, de 8 legisladores presentes; por lo tanto, existió el quórum necesario para iniciar la reunión.
El presidente abrió la sesión y puso a discusión y, en su caso, aprobación del orden del día. En virtud de que fue remitido con anterioridad, solicitó que se dispensara su lectura.
El secretario puso a discusión el orden del día y, toda vez que no se registraron oradores, preguntó a las diputadas y los diputados si era de aprobarse el orden del día, cuyo resultado fue aprobado por unanimidad.
El presidente continuó con el siguiente punto del orden del día, correspondiente a la discusión, votación y, en su caso, aprobación del acta de la reunión anterior, la cual fue distribuida con anterioridad para su conocimiento. Por ello, instruyó a la Secretaría someterla a votación.
El secretario puso a votación el acta de la reunión anterior, la cual fue aprobada por unanimidad.
El presidente continuó con el siguiente punto del orden del día, correspondiente a la lectura, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen en sentido positivo por el que se solicita respetuosamente a la Comisión Nacional Forestal, a la Coordinación Nacional de Protección Civil y a la Coordinación Estatal de Protección Civil de Querétaro, en coordinación con autoridades estatales y municipales, fortalecer las acciones de atención, prevención y combate de incendios forestales en el estado de Querétaro.
Por lo anterior, solicitó al secretario ponerlo a discusión y votación. Toda vez que no se registraron oradores, el diputado secretario puso a votación el dictamen, el cual fue aprobado por unanimidad.
El diputado presidente continuó con el siguiente punto del Orden del Día, correspondiente a asuntos generales; en tal virtud, dejó el micrófono abierto para que las diputadas y los diputados pudieran intervenir.
No habiendo intervenciones y habiéndose agotado los puntos de la reunión, la Presidencia dio por terminada la decimocuarta reunión ordinaria, siendo las 10:14 horas.
Votación del acta
A favor: Alonso de Jesús Vázquez Jiménez, Dionicia Vázquez García, Francisco Javier Sánchez Cervantes, Jorge Alberto Mier Acolt, Luis Humberto Fernández Fuentes, Martha Amalia Moya Bastón, Ofelia Socorro Jasso Nieto, Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio, Rosalía León Rosas, Tey Mollinedo Cano.
Ausentes: María del Rosario Guzmán Avilés, Mario Calzada Mercado.
De la Comisión de Seguridad Ciudadana, referente a la sexta reunión ordinaria, celebrada el martes 21 de abril de 2026
A las diecisiete horas con treinta minutos del martes 21 de abril de 2026, las y los integrantes de la Comisión de Seguridad Ciudadana se reunieron en el patio sur del basamento, entre los edificios A y B, sito en Congreso de la Unión 66, colonia El Parque, alcaldía Venustiano Carranza, para celebrar la sexta reunión ordinaria, con el siguiente orden del día:
A. Registro de asistencia y declaración de quórum
La diputada presidenta, Jessica Saiden Quiroz, dio la bienvenida a la sexta reunión ordinaria, y solicitó al diputado secretario Ulises Mejía Haro informar del registro y cómputo de asistencia inicial de las y los legisladores. Con 32 diputadas y diputados presentes, existió quórum reglamentario declarándose abierta la reunión. Durante el desarrollo de la reunión se registró la siguiente asistencia:
Diputadas y diputados: Saiden Quiroz, Jessica; presidenta; Aguilera Claro Zaria: Anaya Villegas Sandra; Avilés Domínguez Leide; Ávila Vera Mildred Concepción; Betanzos Cortes Israel; Corona Arvizu Armando; Coss y León Zúñiga Humberto; Ginez Serrano Teresa; Guerrero Pérez Eleazar; Guízar Macías Francisco Javier; Hernández Sáenz Claudia Alejandra; Lara Calderón Emilio; Madrazo Silva Carlos Arturo; Mejía Haro Ulises; Michel López Marcela; Morales Rubio María Guadalupe; Noyola Cervantes Ma. Leonor; Oliver Cen Luis Arturo; Partida Chávez Luvianka Guadalupe; Vázquez Ruiz Miriam de los Ángeles; Vilchis Contreras Luis Fernando: Villegas Guarneros Dulce María Corina; Zavala Gutiérrez Juan Ignacio; Sergio Mayer Bretón; Oseguera Kernion Adrián; Becerra Moreno Mónica; Alatriste Cantú Adolfo; Fernández Samaniego José Armando: Flores Bustamante Juan Ángel: Jiménez Godoy Gabriela Georgina; y, Pujol Irastorza Jesús Antonio.
Quórum inicial: 27.
Quórum final: 32.
De igual manera se registró la justificación de inasistencia de los diputados Madrazo Silva Carlos Arturo y Salgado Ponce Magda Erika, mediante oficios recibidos en las oficinas de la comisión, el 22 de abril de 2026, en donde se manifestó que los legisladores se encontraban en otra reunión de trabajo oficial en el propio Recinto Legislativo, a la misma hora de esta sexta reunión ordinaria.
Por su parte, se registró la justificación de inasistencia del diputado César Israel Damián Retes, en atención a lo informado en oficio, de fecha 22 de abril de 2026; por medio del cual hace del conocimiento de esta comisión de una encomienda asignada por el coordinador de su grupo parlamentario.
B. Lectura, discusión y, en su caso. aprobación del orden del día
Declarado el quórum reglamentario se dio lectura del siguiente orden del día:
1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la reunión anterior.
4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de los siguientes asuntos:
4.1 Votación del acta de la reunión anterior del 18 de marzo del 2026.
4.2 Votación del Primer Informe Semestral del Segundo año Legislativo de la Comisión de Seguridad Ciudadana.
Sin modificaciones y en votación económica, fue aprobado por unanimidad.
C. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la reunión anterior
Para el desahogo de este punto del orden del día, la diputada presidenta solicitó a la secretaría consultar a la asamblea si era de dispensarse la lectura del acta de la reunión anterior, en virtud de haber sido distribuida con la debida antelación a las y los integrantes de esta comisión.
El diputado secretario Hulises Mejía Haro, por instrucciones de la presidencia, sometió a votación la dispensa de la lectura, la discusión y la aprobación del acta.
Al no registrarse intervenciones, el secretario procedió a consultar el sentido del voto de las y los legisladores presentes. Concluido el registro, se informó a la presidencia el siguiente resultado:
Con 28 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones se aprobó por mayoría.
D. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del primer informe semestral del segundo año legislativo de la Comisión de Seguridad Ciudadana
Para el desahogo del siguiente punto del orden del día, la secretaría solicitó se dispensara la lectura del segundo informe semestral de actividades.
Por unanimidad y en votación económica, se dispensó su lectura, pasando a su discusión y votación correspondiente.
Para el desahogo de este punto, la diputada presidenta, Jessica Saiden Quiroz, hizo uso de la palabra para agradecer a cada diputado y diputada por su compromiso y apoyo en estos seis meses en los que se trabajó bajo el marco legal y siempre buscando apoyar y servir.
Destacó que en este semestre la Comisión conoció y dio trámite a una amplia agenda legislativa vinculada con temas centrales para la seguridad del país: prevención social de la violencia, fortalecimiento institucional, profesionalización policial, protección de datos, ciberseguridad, inteligencia, atención a víctimas y coordinación entre órdenes de gobierno.
Asimismo, manifestó que esa amplitud temática demuestra que la seguridad ciudadana exige una visión integral, moderna y profundamente humana.
También, reconoció que el trabajo de una comisión no siempre se agota en las sesiones formales. Por lo que indicó que detrás de cada documento aprobado hay una tarea silenciosa, muchas veces poco visible, pero indispensable: estudiar expedientes, revisar propuestas, construir rutas jurídicas viables, atender a la ciudadanía y preparar decisiones con seriedad.
Asimismo, se contó con la intervención de la diputada María Leonor Noyola Cervantez, quien agradeció a la presidenta de la Comisión de Seguridad Ciudadana por representar el esfuerzo y dedicación que se tiene cuando se trata de mejorar el país y velando siempre por un mejor futuro para todo México.
Al no registrarse más intervenciones, la secretaría, por instrucciones de la presidencia, procedió a la votación nominal para su aprobación en un solo acto. Tras concluir el registro de los votos de las y los legisladores, se informó a la presidencia el siguiente resultado:
La votación se registró de la siguiente manera: 27 votos a favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones.
E. Asuntos generales
Para el desahogo del siguiente punto del orden del día la diputada Jessica Saiden Quiroz agradeció a los presentes y preguntó a las diputadas y los diputados si alguien haría uso de la palabra.
No habiendo oradores, la diputada aprovechó el uso de la voz para comentar que en próximas reuniones se tiene programado realizar mesas de trabajo con organizaciones de la sociedad civil e internacionales en materia de seguridad.
F. Clausura
Siendo las dieciocho horas con veintiocho minutos, la diputada Jessica Saiden Quiroz agradeció a los presentes y dio por clausurada la sexta reunión ordinaria del martes 21 de abril de 2026.
Con fundamento en el artículo 160 del Reglamento de la Cámara de Diputados se aprueba la presente acta de la sexta reunión ordinaria de la Comisión de Seguridad Ciudadana, en la que se consignó la resolución de los siguientes asuntos:
Primero. Aprobación del acta de la décima reunión extraordinaria, de techa 18 de marzo de 2026.
Segundo. Aprobación del primer informe semestral del segundo año legislativo.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 25 días del mes de mayo de 2026.
Votación
Diputadas y Diputados: Adolfo Alatriste Cantú (a favor), Adrián Oseguera Kernion (ausente), Armando Corona Arvizu (ausente), Carlos Arturo Madrazo Silva (a favor), Carlos Enrique Canturosas Villareal (ausente), César Israel Damián Retes (a favor), Claudia Alejandra Hernández Sáenz (a favor), Dulce María Corina Villegas Guarneros (a favor), Eleazar Guerrero Pérez (a favor), Emilio Lara Calderón (a favor), Emilio Manzanilla Téllez (ausente), Federico Casar Döring Casar (ausente), Francisco Javier Guizar Macías (a favor), Gabriela Georgina Jiménez Godoy (ausente), Greycy Marian Durán Alarcón (ausente), Humberto Coss y León Zúñiga (a favor), Israel Betanzos Cortés (a favor), Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (ausente), Javier Vázquez Calixto (ausente), Jessica Saiden Quiroz (a favor), Jesús Antonio Pujol Irastorza (ausente), José Armando Fernández Samaniego (a favor), Juan Ángel Flores Bustamante (a favor), Juan Ignacio Zavala Gutiérrez (ausente), Julia Arcelia Olguín Serna (a favor), Julio Javier Scherer Payeron (a favor), Leide Avilés Domínguez (a favor), Luis Artutro Oliver Cen (a favor), Luis Fernando Vilchis Contreras (a favor), Luvianka Guadalupe Partida Chávez (a favor), María Leonor Noyola Cervantes (a favor), Magda Érika Salgado Ponce (a favor), Manuel de Jesús Espino Barrientos (ausente), Marcela Michel López (a favor), María Guadalupe Morales Rubio (a favor), Mildred Concepción Avila Vera (ausente), Miriam de los Ángeles Vázquez Ruíz (ausente), Mónica Becerra Moreno (a favor), Sandra Anaya Villegas (a favor), Sergio Mayer Bretón (a favor), Teresa Ginez Serrano (a favor), Ulises Mejía Haro (ausente), Zaria Aguilera Claro (a favor).
De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, concerniente a la duodécima reunión ordinaria, celebrada el martes 21 de abril de 2026
A las 18:00 horas del martes 21 de abril de 2026, reunidos en la zona C del edificio G, de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con domicilio en avenida Congreso de la Unión número 66, colonia El Parque, alcaldía de Venustiano Carranza, nos reunimos en modalidad presencial las diputadas y los diputados integrantes de las Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Presentes
Diputados: Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, presidenta; Erubiel Alonso Lorenzo Que, Ariadna Barrera Vázquez, Gabriela Benavides Cobos, Gilberto Daniel Castillo García, Margarita García García, Sandra Beatriz González Pérez, Theodoros Kalionchiz de la Fuente, Patricia Mercado Castro, Petra Romero Gómez, Mirna María de la Luz Rubio Sánchez, Delhi Miroslava Shember Domínguez, secretarios; Yericó Abramo Masso, Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, Ana María Balderas Trejo, Eduardo Castillo López, Francisco Adrián Castillo Morales, Pedro Miguel Haces Barba, Genoveva Huerta Villegas, Karina Isabel Martínez Montaño, Fernando Mendoza Arce, Daniel Murguía Lardizábal, Ana Karina Rojo Pimentel, José Luis Sánchez González, Jesús Valdés Peña, Miriam de los Ángeles Vázquez Ruiz, Jesús Jiménez.
La presidenta, diputada Maiella Martha Gabriela Gómez, informó que para la conducción en esta reunión, la diputada Gabriela Benavides Cobos, la acompañaría en la Secretaría, a quien solicitó el registro de asistencia, la diputada Benavides Cobos, en funciones de secretaria, informó la asistencia previamente registrada de diecinueve legisladoras y legisladores presentes, en consecuencia, la Presidencia hizo la declaración de quórum legal para sesionar, abriendo la sesión, en momentos posteriores se integraron ocho legisladores, para una asistencia total a la reunión de la presidenta, once secretarios y secretarias y quince diputadas y diputados integrantes de la Comisión, con una asistencia final de veintitrés diputadas y diputados.
La presidenta, diputada Maiella Martha Gabriela Gómez, anunció que el siguiente punto consistía en la aprobación del orden del día.
Informó que en la decimosexta reunión de junta directiva se acordó, con relación a los dictámenes agendados en la convocatoria, que de existir reservas se presentaran directamente ante el pleno de la Cámara de Diputados, y con relación a su discusión en lo general, se acordó la participación de una diputada o diputado por grupo parlamentario, con el propósito de posibilitar una participación que refleje la pluralidad de la conformación de la Comisión.
Procediendo a solicitar a la Secretaría dar lectura y someter a votación el orden del día de la reunión.
La diputada Gabriela Benavides Cobos, en su carácter de secretaria, dio lectura del orden del día, para esta reunión, propuesto en los siguientes términos:
Orden del Día
l. Lista de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la decimoprimera reunión ordinaria de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen relativo a la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de reducción de la jornada laboral.
5. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen referente a la minuta con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 40, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 15, fracciones IV y VI de la Ley de Comercio Exterior y se adiciona el artículo 283 Quáter a la Ley Federal del Trabajo, en materia de certificación laboral.
6. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen concerniente a la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de uso indebido de datos personales en procesos de contratación.
7. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen conjunto de iniciativas con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de constancias laborales.
8. Asuntos generales.
9. Clausura.
La presidenta, diputada Maiella Gómez Maldonado, pone a discusión el orden del día.
No habiendo intervenciones sobre el particular instruye someterlo a votación.
La secretaria, diputada Gabriela Benavides Cobos, somete en votación económica la propuesta de orden del día, informando como resultado una votación en sentido aprobatorio por unanimidad.
La presidenta, diputada Maiella Martha Gabriela Gómez, declara aprobado el orden del día de la decimosegunda reunión ordinaria de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Prosiguiendo con el orden del día, la presidenta anunció que el siguiente punto era la lectura, discusión y, en su caso, aprobación de acta correspondiente a la decimoprimera reunión ordinaria de la Comisión.
La presidenta solicitó a la Secretaría consultara, en votación económica, si se dispensaba la lectura, considerando su previa distribución.
La Secretaría consultó si se dispensaba la lectura del acta, informando una votación económica afirmativa por unanimidad.
La presidenta, aprobada la dispensa de la lectura, solicitó a la Secretaría procediera a someterla a votación.
La secretaria, diputada Gabriela Benavides Cobos procedió a la votación del acta de la decimoprimera reunión ordinaria de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, de viva voz por el carácter presencial de la reunión, informando un resultado de 27 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.
La presidenta, diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, declaró aprobada el acta de la décima reunión ordinaria.
El punto número 4 del orden del día de la reunión, consistió en la lectura, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen de la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de reducción de la jornada laboral.
En virtud de haberse hecho del conocimiento de todas y todos los integrantes de la Comisión, con la oportunidad reglamentaria correspondiente, la presidenta Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado solicitó a la Secretaría a consultar en votación económica la dispensa de la lectura.
La Secretaría procedió a realizar la consulta, informando una votación unánime en favor de la dispensa.
La Presidencia declaró aprobada la dispensa, procediendo a poner a discusión el dictamen, instruyó a la diputada Gabriela Benavides Cobos, en su carácter de secretaria a integrar la lista de oradores por grupo parlamentario.
En la discusión participaron las y los siguientes legisladores.
Diputado Yerico Abramo Masso (PRI)
Diputada Margarita García García (PT)
Diputada Gabriela Benavides Cobos (PVEM)
Diputado Theodoros Kalionchiz de la Fuente
(PAN)
Diputado Gilberto Daniel Castillo García (Morena)
Las diputadas y diputados participantes manifestaron coincidencia con el proyecto de decreto, el cual es producto del trabajo realizado por la Comisión, reconociendo el origen de la iniciativa, y la importancia de la gradualidad de su aplicación como producto de un gran diálogo entre los factores de la producción, manifestando aprobación del dictamen en lo general.
No habiendo más diputadas o diputados oradores, la Presidencia declaró discutido el dictamen y pidió a la Secretaría lo sometiera a votación.
Considerando el carácter presencial de la reunión, la votación se llevó a cabo de viva voz, informando la Secretaría un resultado de 27 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.
La presidenta Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado declaró aprobado el dictamen de la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de reducción de la jornada laboral.
El punto número 5 del orden del día de la reunión, consistió en la lectura, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen de la minuta con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 40, fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 15, fracciones IV y VI de la Ley de Comercio Exterior y se adiciona el artículo 283 Quáter a la Ley Federal del Trabajo, en materia de certificación laboral.
En consideración a que se hizo del conocimiento de todas y todos los integrantes de la Comisión con la oportunidad reglamentaria correspondiente, la presidenta Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado solicitó a la Secretaría a consultar en votación económica la dispensa de la lectura.
La Secretaría procedió a realizar la consulta, informado que la votación en favor de la dispensa fue unánime.
La Presidencia declaró aprobada la dispensa, procediendo a poner a discusión el dictamen, instruyó a la diputada Gabriela Benavides Cobos, en su carácter de secretaria, a integrar la lista de oradores por grupo parlamentario.
En la discusión participaron las y los siguientes legisladores.
Diputado Erubiel Alonso Lorenzo Que (PRI)
Diputada Margarita García García (PT)
Diputada Gabriela Benavides Cobos (PVEM)
Diputado Theodoros Kalionchiz de la Fuente
(PAN)
Diputado Daniel Murguía Lardizábal (Morena)
Las diputadas y diputados participantes manifestaron coincidencia con el proyecto de decreto del dictamen, con el propósito de impulsar una mayor productividad y condiciones de trabajo con respeto al derecho laboral que impulse una competencia en el comercio internacional que posibilite una mayor exportación de productos agrícolas y agroindustriales, por lo que anuncian su voto a favor.
No habiendo más diputadas o diputados oradores, la Presidencia declaró discutido el dictamen y pidió a la Secretaría lo sometiera a votación.
Considerando el carácter presencial de la reunión, la votación se llevó a cabo de viva voz, informando la Secretaría un resultado de 27 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.
La presidenta, diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, declaró aprobado el dictamen de la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 40, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 15, fracciones IV y VI de la Ley de Comercio Exterior y se adiciona el artículo 283 Quáter a la Ley Federal del Trabajo, en materia de certificación laboral.
El punto número 6 del orden del día consistió en la lectura, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen de la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de uso indebido de datos personales en procesos de contratación.
En virtud de haberse circulado para conocimiento de todas y todos los integrantes de la Comisión con la oportunidad reglamentaria correspondiente, la presidenta Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado solicitó a la Secretaría consultara, en votación económica, la dispensa de la lectura.
La Secretaría procedió a realizar la consulta, informando una votación unánime en favor de la dispensa.
La Presidencia declaró aprobada la dispensa, procediendo a poner a discusión el dictamen, instruyendo a la diputada Gabriela Benavides Cobos, en su carácter de secretaria, a integrar la lista de oradores por grupo parlamentario.
En la discusión participaron las y los siguientes legisladores.
Diputada Ana Karina Rojo Pimentel (PT)
Diputada Gabriela Benavides Cobos (PVEM)
Diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo (Morena)
Las diputadas y diputados participantes coincidieron en la importancia de dar certeza y protección al uso de los datos personales de las personas trabajadoras para garantizar su derecho al trabajo, manifestando aprobación en lo general del dictamen.
No habiendo más diputadas o diputados oradores, la Presidencia declaró discutido el dictamen y pidió a la Secretaría lo sometiera a votación.
Considerando el carácter presencial de la reunión, la votación se llevó a cabo de viva voz, informando la Secretaría un resultado de 27 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.
La presidenta, diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, declaró aprobado el dictamen de la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de uso indebido de datos personales en procesos de contratación.
El siguiente punto, número 7, del orden del día, consistió en la lectura, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen conjunto de iniciativas con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de constancias laborales.
En virtud de haberse hecho del conocimiento de todas y todos los integrantes de la Comisión con la oportunidad reglamentaria correspondiente, la presidenta, diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, solicitó a la Secretaría consultara, en votación económica, la dispensa de la lectura.
La Secretaría, que en esta oportunidad se encuentra a cargo de la diputada Gabriela Benavides Cobos, procedió a realizar la consulta, informando una votación unánime en favor de la dispensa.
La Presidencia declaró aprobada la dispensa, procediendo a poner a discusión el dictamen, instruyendo a la diputada Gabriela Benavides Cobos, en su carácter de secretaria, a integrar la lista de oradores por grupo parlamentario.
En la discusión participaron las y los siguientes legisladores.
Diputada Ana Karina Rojo Pimentel (PT)
Diputada Gabriela Benavides Cobos (PVEM)
Diputada Ana María Balderas Trejo (PAN)
Diputada Petra Romero Gómez (Morena)
Las diputadas y diputados participantes manifestaron coincidencia con el proyecto de decreto, debido a que da certeza a las relaciones laborales por lo que manifestaron su aprobación al dictamen.
No habiendo más diputadas o diputados oradores, la Presidencia declaró discutido el dictamen y pidió a la Secretaría lo sometiera a votación.
Considerando el carácter presencial de la reunión, la votación se llevó a cabo de viva voz, informando la Secretaría un resultado de 27 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.
La presidenta, diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, declaró aprobado el dictamen conjunto de iniciativas con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de constancias laborales.
El siguiente punto del orden del día fue de Asuntos generales .
No hubo asuntos relacionados.
La presidenta, diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, procedió a la clausura, agradeciendo a la diputada Gabriela Benavides Cobos, el apoyo brindado en la Secretaría, declaró la clausura de la reunión, a las 19:12 horas del mismo martes 21 de abril de 2026.
Así lo suscriben las diputadas y diputados integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Votación del acta
A favor
Diputados: Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, Ariadna Barrera Vázquez, Gabriela Benavides Cobos, Gilberto Daniel Castillo García, Margarita García García, Sandra Beatriz González Pérez, Theodoros Kalionchiz de la Fuente, Patricia Mercado Castro, Julia Arcelia Olguín Serna, Petra Romero Gómez, Mirna María de la Luz Rubio Sánchez, Delhi Miroslava Shember Domínguez, Yerico Abramo Masso, Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, Ana María Balderas Trejo, Mario Miguel Carrillo Cubillas, Eduardo Castillo López, Francisco Adrián Castillo Morales, Carlos Alonso Castillo Pérez, Napoleón Gómez Urrutia, Pedro Miguel Haces Barba, Jesús Jiménez J., Karina Isabel Martínez Montaño, Fernando Mendoza Arce, Daniel Murguía Lardizábal, Ana Karina Rojo Pimentel, Jesús Valdés Peña, Miriam de los Ángeles Vázquez Ruíz.
Ausentes
Diputados: Erubiel Lorenzo Alonso Que, Genoveva Huerta Villegas, José Luis Sánchez González.
De la Comisión de Vivienda, correspondiente a la decimocuarta reunión ordinaria, llevada a cabo en modalidad presencial el miércoles 22 de abril de 2026
En la Ciudad de México, siendo las diez horas del día veintidós de abril del año dos mil veintiséis, dio inicio la decimocuarta reunión ordinaria de la Comisión de Vivienda, en modalidad presencial, en el patio norte del edificio A del recinto parlamentario de San Lázaro, bajo el siguiente:
Orden del Día
1. Lista de asistencia y, en su caso, declaración del quórum.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta derivada de la decimotercera reunión ordinaria.
4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la primera reunión extraordinaria.
5. Asuntos generales.
6. Clausura.
Se pasa lista de asistencia, quedando registrada la asistencia, tanto a través del sistema electrónico, como de viva voz, de las siguientes diputadas y diputados:
1. Maribel Martínez Ruiz
Presidenta
2. Leide Avilés Domínguez
3. Óscar Bautista Villegas
4. José Guillermo Anaya Llamas
5. Lilia Aguilar Gil
6. José Alejandro Peña Villa
7. Sandra Patricia Palacios Medina
8. Rosa Margarita Graniel Zenteno
9. María Lorena García Jimeno Alcocer
10. Laura Ivonne Ruiz Moreno
11. Gloria Elizabeth Núñez Sánchez
Secretarias y secretarios
12. Iván Marín Rangel
13. José Luis Sánchez González
14. J. Jesús Jiménez
15. Ariadna Barrera Vázquez
16. Iván Peña Vidal
17. José Javier Aguirre Gallardo
18. Juan Antonio Meléndez Ortega
19. Gilberto Herrera Solórzano
20. Alma Laura Ruiz López
1. Lista de asistencia y, en su caso, declaración del quórum
La presidenta, Maribel Martínez Ruiz, solicitó a la diputada secretaria, Leide Avilés Domínguez, hacer del conocimiento el resultado del registro de asistencia. La secretaria dio cuenta de la asistencia de 20 diputadas y diputados, declarando la existencia del quórum para sesionar.
En consecuencia, la presidenta declaró abierta la reunión.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día
La diputada presidenta informa que en la reunión de junta directiva celebrada previamente, se acordó por unanimidad retirar del orden del día de la reunión ordinaria el proyecto de dictamen respecto de la proposición con punto de acuerdo para exhortar al gobierno federal y a las instituciones correspondientes a fin de informar y entregar a la ciudadanía un informe completo y actual sobre el programa de vivienda y regularización implementado por el mismo; lo anterior a solicitud de la diputada María Lorena García Jimeno Alcocer, en calidad de autora de la proposición.
En consecuencia, solicitó a la secretaría dar lectura al orden del día y consultar a las y los integrantes si era de aprobarse. La secretaria dio lectura al orden del día y señaló que estaba a discusión, preguntando si alguna diputada o diputado deseaba hacer uso de la palabra.
No habiendo intervenciones, la secretaria preguntó en votación económica si se aprobaba el orden del día, quedando aprobado por unanimidad.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la decimotercera reunión ordinaria
La presidenta informó que el proyecto de acta derivada de la decimotercera reunión ordinaria, por lo que solicitó a la secretaría consultar a la asamblea, en votación económica, si se dispensaba su lectura.
La secretaria preguntó, en votación económica, si se dispensaba la lectura del acta, quedó aprobada dicha dispensa por unanimidad.
La presidenta declaró que se abria a discusión y consulta si alguien desea hacer uso de la palabra. No habiendo intervenciones, se abre el sistema electrónico para recabar la votación correspondiente.
Tras el conteo de votos emitidos, se arroja un resultado de 20 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones, por lo que la diputada presidenta declara aprobada el acta derivada de la decimotercera reunión ordinaria y ordena que seremita a la Mesa Directiva para los efectos conducentes.
4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la primera reunión extraordinaria
La diputada presidenta informa que el proyecto de acta de la primera reunión extraordinaria, celebrada el de la decimotercera reunión ordinaria, celebrada el 24 de marzo de 2026, fue previamente distribuida entre las y los integrantes de la comisión 24 de marzo de 2026, fue previamente distribuida entre las y los integrantes de la c omisión, por lo que solicita a la secretaría consultar a la asamblea, en votación económica, si se dispensa su lectura.
La secretaria preguntó, en votación económica, si se dispensaba la lectura del acta, quedó aprobada dicha dispensa por unanimidad.
La presidenta declaró que se abre a discusión y consulta si alguien desea hacer uso de la palabra. No habiendo intervenciones, se abre el sistema electrónico para recabar la votación correspondiente.
Tras el conteo de votos emitidos, se arroja un resultado de 20 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones, por lo que la diputada presidenta declara aprobada el acta correspondiente a la primera reunión extraordinaria y ordena que se remita a la Mesa Directiva para los efectos conducentes.
5. Asuntos generales
La presidenta consultó si alguien deseaba hacer uso de la palabra.
En uso de la palabra, el diputado José Javier Aguirre Gallardo, del Grupo Parlamentario de Morena, expresó a la presidenta una felicitación por la reunión de la comisión con la titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), doctora Edna Elena Vega Rangel, celebrada el 16 de abril.
En uso de la palabra, la presidenta, Maribel Martínez Ruiz, del Grupo Parlamentario del PT, dio cuenta de la referida reunión, resaltando la generosidad de la titular de la Sedatu en cuanto al tiempo brindado y a la cantidad de información proporcionada a las y los diputados, relativa a los avances del Programa de Vivienda, no solamente en lo relativo a la construcción de vivienda, sino también a la resolución de problemas crediticios y de escrituración.
Añadió que la semana previa se abrió el programa de vivienda para 2026 y era importante saberlo para evitar fraudes por parte de personas que solicitan dinero para gestionar vivienda, por lo que es necesario que la ciudadanía sepa que debe consultar la página de internet del programa y no caiga en este tipo de engaños.
6. Clausura
Habiéndo agotado el orden del día, la presidenta dio por levantada la reunión a las 10 horas con 20 minutos.
Presidenta: Diputada Maribel Martínez Ruiz (rúbrica)
Secretarios: Leide Avilés Domínguez (rúbrica), Alejandro Carvajal Hidalgo, Antonio Lorenzo Castro Villareal (rúbrica), Rosa Margarita Graniel Zenteno, Sandra Patricia Palacios Medina (rúbrica), José Alejandro Peña Villa (rúbrica), José Guillermo Anaya Llamas (rúbrica), María Lorena García Jimeno Alcocer (rúbrica), Juan Carlos González Bareño (rúbrica), Óscar Bautista Villegas (rúbrica), Lilia Aguilar Gil (rúbrica), Laura Ivonne Ruiz Moreno (rúbrica) y Gloria Elizabeth Núñez Sánchez.
Votación del acta
A favor: Antonio Lorenzo Castro Villarreal, Ariadna Barrera Vázquez, Gilberto Herrera Solórzano, Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, Iván Marín Rangel, J. Jesús Jiménez, José Alejandro Peña Villa, José Guillermo Anaya Llama, Juan Antonio Meléndez Ortega, Julia Licet Jiménez Angulo, Karla Patricia Sánchez Rodelo, Laura Ivonne Ruiz Moreno, Leide Avilés Domínguez, Lilia Aguilar Gil, María Lorena García Jimeno Alcocer, Maribel Martínez Ruiz, Óscar Bautista Villegas y Sandra Patricia Palacios Medina.
Ausentes: Alejandro Carvajal Hidalgo, Alma Laura Ruiz López, Armando Tejeda Ruiz, Claudia Sánchez Juárez, Iván Peña Vidal, José Antonio López Ruiz, José Javier Aguirre Gallardo, José Luis Sánchez González y Rosa Margarita Graniel Zenteno.
De la Comisión de Zonas Metropolitanas, correspondiente a la décima reunión ordinaria, efectuada el martes 21 de abril de 2026
A las 17:30 horas del martes 21 de abril de 2026, en el salón B del edificio G, en la Cámara de Diputados de la LXVI Legislatura, en modalidad presencial, se reunieron las diputadas y los diputados integrantes de la Comisión de Zonas Metropolitanas, de conformidad con la convocatoria de fecha 14 de abril de 2026.
La presidenta de la comisión, diputada Claudia Gabriela Salas Rodríguez, agradeció la asistencia de las diputadas y los diputados integrantes de la comisión a la décima reunión ordinaria, asimismo, le solicitó a la secretaria, diputada Sandra Patricia Palacios Medina, dé cuenta del quórum legal.
La presidenta, diputada Claudia Gabriela Salas Rodríguez, le solicitó a la secretaria, diputada Sandra Patricia Palacios Medina, realizara el conteo para el quórum legal correspondiente.
1. Registro de asistencia y declaratoria de quórum legal
Se pasó lista de asistencia, encontrándose presentes los siguientes diputados y diputadas:
1. Claudia Gabriela Salas Rodríguez / Presidenta
2. Zaria Aguilera Claro / Secretaria
3. Israel Betanzos Cortés / Secretario
4. Cuauhtémoc Blanco Bravo / Secretario
5. José Luis Fernández Martínez / Secretario
6. Patricia Galindo Alarcón / Secretaria
7. Gabriel García Hernández / Secretario
8. Annia Sarahí Gómez Cárdenas / Secretaria
9. César Agustín Hernández Pérez / Secretario
10. Roberto Mejía Méndez / Secretario
11. Sandra Patricia Palacios Medina /
Secretaria
12. Antonio de Jesús Ramírez Ramos / Secretario
13. Astrit Viridiana Cornejo Gómez / Integrante
14. José Antonio Gali López / Integrante
15. Carlos Hernández Mirón / Integrante
16. Miguel Ángel Monraz Ibarra / Integrante
17. Miguel Ángel Salim Alle / Integrante
Acto seguido, la diputada Claudia Gabriela Salas Rodríguez, instruyó a la diputada Sandra Patricia Palacios Medina a informar el registro del quorum legal. La diputada Sandra Patricia Palacios Medina informó un registro de 17 legisladoras y legisladores presentes por lo que, teniendo el quórum legal correspondiente, se dio por iniciada la reunión de la Comisión de Zonas Metropolitanas.
La presidenta, diputada Claudia Gabriela Salas Rodríguez, solicitó a la diputada Sandra Patricia Palacios Medina, dar lectura al orden del día, hacerlo del conocimiento de las y los diputados integrantes de la comisión y solicitar la votación económica para su aprobación.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día de la décima reunión ordinaria
La secretaria, por instrucciones de la presidencia, dio lectura al siguiente orden del día:
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la novena reunión ordinaria.
4. Lectura del acuerdo de la junta directiva por el que se establece el calendario de reuniones de la Comisión de Zonas Metropolitanas para el segundo periodo de receso del segundo año de ejercicio de LXVI Legislatura.
5. Asuntos generales.
6. Clausura.
La secretaria, diputada Sandra Patricia Palacios Medina, puso a consideración a todas las diputadas y diputados, presentes y les preguntó, si alguien tiene alguna intervención, al no haber quien haga uso de la palabra, se consultó en votación económica la aprobación del orden del día. Posteriormente fue aprobada por unanimidad.
Acto seguido, la presidenta declaró aprobado el orden del día. Asimismo, le solicitó a la secretaria dar lectura al tercer punto del orden del día.
3. Lectura, discusión y, en su caso aprobación del acta correspondiente a la novena reunión ordinaria
La secretaria informó el siguiente punto del orden del día, la lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la novena reunión ordinaria de la Comisión de Zonas Metropolitanas.
La presidenta solicitó a la secretaria poner a consideración de las diputadas y los diputados asistentes la dispensa de la lectura del acta de la novena reunión ordinaria, así como su aprobación.
La presidenta precisó que toda vez que el acta también fue distribuida con antelación, solicitó a las diputadas y los diputados integrantes de la comisión, la dispensa de la lectura del Acta. La dispensa de la lectura del acta de la novena reunión ordinaria fue aprobada en votación económica.
La presidenta, una vez realizada la dispensa de la lectura, solicitó nuevamente someter en votación nominal el acta de la novena reunión ordinaria, e instruyó a la secretaria, diputada Sandra Patricia Palacios Medina, recoger el sentido del voto.
La secretaria Diputada Sandra Patricia Palacios Medina, informó que, de acuerdo a la votación nominal, hubo un registro de 17 votos a favor, por lo que el Acta de la Novena Reunión Ordinaria fue aprobada por unanimidad.
La presidenta declaró aprobada por unanimidad el acta de la novena reunión ordinaria de la Comisión de Zonas Metropolitanas, que se llevó a cabo el 25 de marzo de 2026. Concluido lo anterior, le solicitó a la secretaria dar lectura al punto 4 del orden del día, referente a la lectura del acuerdo de la junta directiva por el que se establece el calendario de reuniones de la Comisión de Zonas Metropolitanas para el segundo periodo de receso del segundo año del ejercicio de la LXVI Legislatura.
4. Lectura del acuerdo de junta directiva por el que se establece el calendario de reuniones de la Comisión de Zonas Metropolitanas para el segundo periodo de receso del segundo año de ejercicio de la LXVI Legislatura
La secretaria informó que el siguiente punto del orden del día, lectura del acuerdo de junta directiva por el que se establece el calendario de reuniones de la Comisión de Zonas Metropolitanas para el segundo periodo de receso del segundo año de ejercicio de la LXVI Legislatura.
Señaló que dicho acuerdo, dispone lo siguiente:
Primero. Con fundamento en lo establecido por los artículos 65 y 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el segundo periodo de receso del segundo año legislativo de la LXVI Legislatura, será del 1 de mayo de 2026 al 31 de agosto de 2026.
Segundo. - De conformidad con lo establecido en el resolutivo anterior y en atención a permitir que las y los diputados federales cumplan con sus obligaciones establecidas en sus distritos electorales, conforme a la Ley Orgánica del Congreso General, el Reglamento de la Cámara de Diputados y los principios de representación democrática, la Junta Directiva de la Comisión de Zonas Metropolitanas acuerda no convocar a Reuniones Ordinarias durante el segundo periodo de receso del segundo año legislativo de la LXVI Legislatura.
Tercero. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que se presente algún asunto que requiera atención inmediata, la junta directiva de la Comisión de Zonas Metropolitanas de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, convocará al pleno de la Comisión para la resolución de los asuntos correspondientes.
Dicho acuerdo, fue suscrito a los 21 días de abril de 2026.
La presidenta, diputada Claudia Gabriela Salas Rodríguez, agradeció a las y los diputados integrantes de la comisión el trabajo realizado durante el periodo ordinario de sesiones, destacando que se desarrolló de manera colegiada, plural y democrática. Señaló que durante dicho periodo se llevaron a cabo diversas mesas de trabajo y actividades académicas con la participación de instituciones como la UNAM, la UAM, el Tecnológico de Monterrey y otras universidades, cuyas aportaciones nutrieron los trabajos legislativos impulsados por la Comisión de Zonas Metropolitanas.
La presidenta indicó que actualmente se avanza en la construcción de proyectos de reforma constitucional para el reconocimiento y delimitación de las zonas metropolitanas, así como para la elaboración de una Ley General de Coordinación Metropolitana. Explicó que las opiniones de especialistas y académicos permitieron advertir la necesidad de contar con un marco normativo que facilite la planeación, organización y gobernanza territorial, con el objetivo de lograr ciudades más habitables y ordenadas.
Asimismo, destacó la participación y respaldo de organismos empresariales como Canacintra y Concanaco, los cuales, señalaron, que ven favorablemente el trabajo desarrollado por la Comisión de Zonas Metropolitanas y manifestaron su apoyo para impulsar dichos proyectos legislativos.
La presidenta de la comisión refirió que las iniciativas buscan abrir una discusión necesaria sobre el ordenamiento territorial y la coordinación metropolitana, considerando que la mayor parte de la población mexicana habita en zonas metropolitanas. En ese sentido, enfatizó la importancia de fortalecer las políticas públicas relacionadas con movilidad, agua, vivienda social, bosques urbanos y recolección de residuos.
También informó que se llevaría a cabo una última mesa de trabajo con la Universidad Autónoma Metropolitana, en la que participarían especialistas en materia territorial y urbana, con lo que concluiría la etapa académica prevista para el periodo. Invitó a las y los diputados, así como a sus asesores, a participar en dicha reunión para dar seguimiento a las discusiones y propuestas abordadas.
De igual forma, resaltó que la comisión se consolidó como una de las más activas durante el periodo legislativo, gracias a la participación y disposición de las diputadas y diputados de las distintas fracciones parlamentarias.
Finalmente, anunció que próximamente se emitiría una convocatoria para una reunión con presidencias de comisiones locales relacionadas con zonas metropolitanas y desarrollo territorial de diversos Congresos estatales, con el propósito de armonizar los trabajos legislativos en la materia.
5. Asuntos generales
En este punto, la presidenta Diputada Claudia Gabriela Salas Rodríguez, manifestó, no había asuntos generales por que concluyó la Décima Reunión Ordinaria.
6. clausura
La presidenta, diputada Claudia Gabriela Salas Rodríguez, les agradeció a todas y todos los diputados asistentes, declarando concluida la décima reunión ordinaria de la Comisión de la Zona Metropolitana, a las 6 de la tarde con 1 minuto del día 21 de abril de 2026.
Votación del acta
A favor: Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Antonio de Jesús Ramírez Ramos, César Agaustín Hernández Pérez, Claudia Gabriela Salas Rodríguez, Cuauhtémoc Blanco Bravo, Gabriel García Hernández, Israel Betanzos Cortés, Jesús Emiliano Álvarez López, José Antonio Gali López, José Luis Fernández Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra, Patricia Galindo Alarcón, Roberto Mejía Méndez, Sandra Patricia Palacios Medina, Xóchitl Teresa Arzola Vargas, Zaria Aguilera Claro.
Ausentes: Astrit Viridiana Cornejo Gómez, Carlos Hernández Mirón, Miguel Ángel Salim Alle.
De la Comisión de Gobernación y Población
A la decimoquinta reunión de junta directiva, que en modalidad semipresencial tendrá verificativo el martes 9 de junio, a las 11:30 horas, en el salón E del edificio G.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta referente a la reunión anterior.
4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día correspondiente a la decimotercera reunión ordinaria de la Comisión.
5. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acuerdo relativo a los asuntos que se considera conveniente prorrogar en términos del artículo 183 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
6. Asuntos generales.
7. Clausura.
Atentamente
Diputada Graciela Ortiz González
Presidenta
De la Comisión de Gobernación y Población
A la decimotercera reunión ordinaria, que tendrá verificativo en modalidad semipresencial el martes 9 de junio, a las 12:00 horas, en el salón E del edificio G.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la reunión anterior.
4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de los siguientes proyectos:
4.1. Dictamen, en sentido positivo, referente a iniciativa con proyecto de decreto por el que reforman los artículos 22, 25 y 32 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, en materia de actualización.
4.2. Dictamen, en sentido positivo, relativo a iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el primer miércoles de marzo de cada año como Día Nacional de la y el Optometrista.
4.3. Dictamen, en sentido positivo, correspondiente a iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 29 de noviembre de cada año como Día Nacional de la y el Jornalero Agrícola.
4.4. Dictamen por el que se desechan diversas iniciativas que declaran días nacionales, presentadas por legisladoras y legisladores de diversos grupos parlamentarios.
4.5. Dictamen por el que se desecha el proyecto de decreto por el que se declara el 2026 como año de Jaime Sabines.
4.6. Dictamen, en sentido positivo, concerniente a iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, en materia de máquinas tragamonedas.
4.7. Dictamen, en sentido positivo, correspondiente a iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
4.8. Dictamen, en sentido positivo, relativo a iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (en materia de nombramiento de docentes faltantes en las escuelas públicas).
5. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del tercer informe semestral de actividades.
6. Asuntos generales.
6.1. Actualización del estado de los asuntos a cargo de la Comisión.
7. Clausura.
Atentamente
Diputada Graciela Ortiz González
Presidenta
De la Comisión de Defensa Nacional
En coordinación con El Colegio de la Frontera Norte, a la presentación del libro Empresario digital, la inteligencia artificial, emprendimientos y Mipyme. Estrategias con aprendizajes de Estados Unidos, Brasil y China, que tendrá lugar el jueves 4 de junio, a las 10:00 horas, en el auditorio sur del edificio A.
El libro, del cual son autores el doctor Alberto Villalobos Pacheco y el doctor José María Ramos García, fue publicado por Editorial Algoritmo 524, en 2026.
Atentamente
Diputado Luis Arturo Oliver Cen
Presidente
De la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia
Al foro Voces de la niñez: reflexiones y propuestas para sus derechos, que se celebrará el viernes 5 de junio, a las 10:00 horas, en la zona C del edificio G.
Programa
- 10:00-11:30 horas.
Registro y visita guiada
Registro de asistentes.
Recepción de niñas, niños, organizaciones de la sociedad civil, autoridades e invitados especiales.
Inicio de la vista guiada por las instalaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro.
Explicación relativa al funcionamiento de la Cámara de Diputados y la importancia de la participación infantil en la vida democrática.
- 11:30-12:00 horas.
Traslado y acceso a la zona C del edificio G
Acomodo de participantes.
Revisión logística y técnica.
Proyección de material audiovisual sobre derechos de niñas, niños y adolescentes.
- 12:00-12:10 horas.
Mensaje inaugural
Bienvenida e inauguración por la diputada Elizabeth Martínez Álvarez, presidenta de la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia.
- 12:10-12:25 horas.
Participación de organizaciones de la sociedad civil.
Reflexiones sobre la importancia de escuchar las voces de niñas y niños.
Perspectivas sobre participación infantil y derechos humanos.
- 12:25-13:35 horas.
Participación de niñas y niños
Derecho a la educación.
Derecho a la salud.
Derecho a la identidad.
Derecho a vivir libres de violencia.
Derecho al juego, arte y cultura.
Derecho a la igualdad y no discriminación.
Protección contra el trabajo infantil y toda forma de abuso.
- 13:35-13:50 horas.
Participación de autoridades e invitados especiales
Comentarios y mensajes institucionales.
Reflexiones sobre políticas públicas y protección integral de la niñez.
- 13:50-14:00 horas.
Clausura del foro.
Mensaje de cierre.
Agradecimiento a participantes, organizaciones y familias asistentes.
- 14:15 horas.
Fotografías oficiales
- En el frontispicio del Palacio Legislativo de San Lázaro.
- En el salón de sesiones del pleno.
Atentamente
Diputada Elizabeth Martínez Álvarez
Presidenta