Dictámenes presentados en el cuarto periodo extraordinario del segundo año de la LXII Legislatura
Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados
actualizado 11/ago/2014
5036 0000, ext 54219 Correo
Lunes 28 de julio de 2014
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De la Comisión de Energía, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Hidrocarburos y se reforman diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera; Ley Minera y Ley de Asociaciones Público Privadas.
Aprobado en lo general en la Cámara de Diputados con 330 votos en pro y 129 en contra, el lunes 28 de julio de 2014. Votación.
En lo particular los artículos 1 a 5, 7 a 18, 21 a 24 y 26 a 29 de la Ley de Hidrocarburos, reservados, en sus términos. (Tema: Trato discriminatorio hacia Pemex, contratos y asignaciones) Votación.
En lo particular los artículos 20, 41, 129 y 130 de la Ley de Hidrocarburos, reservados, en sus términos. (Tema: Protección al medio ambiente y fractura hidráulica) Votación.
En lo particular, de la Ley de Hidrocarburos los artículos 95 a 100, 103 a 119 y 121, en términos del dictamen; y 101 y 102, con las modificaciones aceptadas por la asamblea. (Tema: Uso y ocupación temporal de tierras) Votación.
En lo particular los artículos 6, 19, 46, 47, 120, 126, décimo octavo transitorio y vigésimo cuarto transitorio de la Ley de Hidrocarburos, reservados, en sus términos. (Tema: Contenido nacional y temas laborales) Votación.
En lo particular los artículos 30 a 37, 40, 42 a 45, 48, 49, 52, 53, 56 a 59, 62, 66, 70 a 72, 76, 78 a 82, 84 a 94, 122, 124, 125, 128, y transitorios sexto, octavo, noveno, decimotercero, decimocuarto, decimoquinto, decimosexto, vigesimosegundo y vigesimotercero de la Ley de Hidrocarburos; 5, 6 y 8 de la Ley de Inversión Extranjera; 4 a 7, 19, 20, 27, y 55 de la Ley Minera; y 10 de la Ley de Asociaciones Público Privadas, en términos del dictamen; y 8 de la Ley de Inversión Extranjera con la modificación aceptada por la asamblea. (Tema: Seguridad energética) Votación.
Devuelto a la Cámara de Senadores para los efectos de lo dispuesto en el artículo 72, inciso e) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Aprobado en la Cámara de Senadores con 90 votos en pro y 24 en contra, el lunes 4 de agosto de 2014.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes 11 de agosto de 2014.
Gaceta Parlamentaria, número 4077-A, lunes 28 de julio de 2014.
Martes 29 de julio de 2014
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De la Comisión de Energía, con proyecto de decreto por el que se expiden la Ley de la Industria Eléctrica y la Ley de Energía Geotérmica, y se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.
Aprobado en lo general en la Cámara de Diputados con 331 votos en pro y 128 en contra, el martes 29 de julio de 2014. Votación.
En lo particular, de la Ley de la Industria Eléctrica los artículos 1, 2, 4 a 9, 11, 12, 72, 75 a 81, 83 a 85, 97, 100, 101, 104, 105, 107, 108, 111, 113 a 121, 123, 132, 135 a 137, 139 a 142, 146, 150, 151, 155 a 161, 163 a 166; y los transitorios tercero, cuarto, quinto, sexto, noveno, décimo segundo, décimo séptimo y décimo octavo, en los términos del dictamen; y 71, 73, 74, 82 y 86 a 89 con las modificaciones aceptadas por la asamblea. (Tema: Modelo abierto de mercado y tarifas eléctricas, ocupación temporal de tierras) Votación.
En lo particular los artículos 3, 13 a 16, 20 a 22, 26, 27, 30 a 33, 35, 38 a 43, 51 a 53, 55, 57, 58, 67 a 70, 90 a 92, 130, 131 y décimo noveno transitorio de la Ley de la Industria Eléctrica, reservados, en sus términos. (Tema: Industria eléctrica nacional) Votación.
En lo particular los artículos 1, 2, 4, 6 a 9, 11 a 14, 19, 23, 26 a 29, 32, 34, 36, 37, 39, 47, 51, 53 a 55, 57, 71, 76, séptimo y octavo transitorios de la Ley de Energía Geotérmica; y 18 y 81 de la Ley de Aguas Nacionales, reservados, en los términos del dictamen. (Tema: Aguas nacionales) Votación.
Devuelto a la Cámara de Senadores para los efectos de lo dispuesto en el artículo 72, inciso e) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Aprobado en la Cámara de Senadores con 91 votos en pro y 25 en contra, el lunes 4 de agosto de 2014.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes 11 de agosto de 2014.
Gaceta Parlamentaria, número 4077-B, lunes 28 de julio de 2014.
Miércoles 30 de julio de 2014
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De la Comisión de Energía, con proyecto de decreto por el que se expiden la Ley de Petróleos Mexicanos y la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, y se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Aprobado en lo general en la Cámara de Diputados con 329 votos en pro, 130 en contra y 1 abstención, el miércoles 30 de julio de 2014. Votación.
En lo particular los artículos 46, 73, 104 y noveno transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos; y 45, 75, 106 y décimo transitorio de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, reservados, en los términos del dictamen. (Tema: Pasivo laboral) Votación.
En lo particular los artículos 50 a 58, 75, 77, 78, 80, 82, 84 a 88, 90, 92, 93, 95 y 96 de la Ley de Petróleos Mexicanos; 49, 50, 52 a 56, 77, 79, 80, 82, 87, 88, 92 a 95 y 98 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, en los términos del dictamen; y 76 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 78 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad con las modificaciones aceptadas por la asamblea (Tema: Régimen de responsabilidades y combate a la corrupción) Votación.
En lo particular los artículos 1 a 11, 13 a 28, 30 a 33, 36, 38 a 45, 48, 59 a 61, 65 a 67, 70, 72, 74, 97 a 103, 105 a 107, 109, 110, 112 a 115, 117, quinto, octavo, décimo y décimo cuarto transitorios de la Ley de Petróleos Mexicanos; y 1 a 10, 12 a 16, 18 a 20, 22, 23, 25, 29, 30, 35, 37 a 39, 41, 43, 46 a 48, 59, 60, 61, 63 a 65, 68, 69, 74, 76, 99, 100, 107, 112, 113, 116, 118, cuarto y décimo tercero transitorios de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, en los términos del dictamen (Tema: Fortalecimiento de las empresas públicas del Estado) Votación.
Devuelto a la Cámara de Senadores para los efectos de lo dispuesto en el artículo 72, inciso e) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Aprobado en la Cámara de Senadores con 91 votos en pro y 25 en contra, el lunes 4 de agosto de 2014.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes 11 de agosto de 2014.
Gaceta Parlamentaria, número 4077-C, lunes 28 de julio de 2014.
Jueves 31 de julio de 2014
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De la Comisión de Energía, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y se expide la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.
Aprobado en lo general en la Cámara de Diputados con 333 votos en pro y 125 en contra, el jueves 31 de julio de 2014. Votación.
En lo particular los artículos 1 a 32, 35 a 42 y transitorios primero y cuarto de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; y 32 y 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en los términos del dictamen (Tema: Órganos reguladores débiles) Votación.
En lo particular los artículos 33 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; 1 a 38 y transitorios segundo, cuarto, quinto y décimo de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, en los términos del dictamen (Tema: Medio ambiente y utilidad pública, y Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección al Medio Ambiente de Hidrocarburos) Votación.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes 11 de agosto de 2014.
Gaceta Parlamentaria, número 4077-D, lunes 28 de julio de 2014.
Viernes 1 de agosto de 2014
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De las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Energía, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos; se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, y de la Ley de Coordinación Fiscal; y se expide la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo.
Si se acepta a discusión moción suspensiva. Se rechaza con 75 votos en pro y 239 en contra. Votación.
Si se acepta a discusión moción suspensiva. Se rechaza con 96 votos en pro y 256 en contra. Votación.
Aprobado en lo general en la Cámara de Diputados con 336 votos en pro y 114 en contra, el viernes 1 de agosto de 2014. Votación.
En lo particular, de la Ley de Coordinación Fiscal los artículos 2-A, 4-A, primero y segundo transitorios, en los términos del dictamen; y 2, párrafo tercero, 4-B, párrafo tercero, y segundo transitorio, con las modificaciones aceptadas por la asamblea (Tema: Ley de Coordinación Fiscal) Votación.
En lo particular los artículos 1 a 38, 40, 46 a 49, 52 y 57 a 61 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos; 1, 2, 4, 6 a 10 y 12 a 25 de la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, en los términos del dictamen; 39, 41, 42, 62 a 64 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, con las modificaciones aceptadas por la asamblea (Tema: Administración del Fondo Mexicano del Petróleo) Votación.
Aprobado en la Cámara de Senadores con 92 votos en pro y 25 en contra, el martes 5 de agosto de 2014.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes 11 de agosto de 2014.
Gaceta Parlamentaria, número 4077-E, lunes 28 de julio de 2014.
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De las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Energía, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y de la Ley General de Deuda Pública.
Aprobado en lo general en la Cámara de Diputados con 327 votos en pro, 125 en contra y 1 abstención, el viernes 1 de agosto de 2014. Votación.
En lo particular los artículos 2, 5, 17, 19, 21, 21 Bis, 40, 41, 87 a 90 y 92 a 97 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1o. de la Ley General de Deuda Pública; y segundo, quinto y sexto transitorios del decreto, en los términos del dictamen; y los artículos 91 y segundo transitorio de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y tercero y cuarto transitorios del decreto, con las modificaciones aceptadas por la asamblea (Tema: Pasivo laboral) Votación.
Aprobado en la Cámara de Senadores con 90 votos en pro y 27 en contra, el miércoles 6 de agosto de 2014.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes 11 de agosto de 2014.
Gaceta Parlamentaria, número 4077-F, lunes 28 de julio de 2014.