Gaceta Parlamentaria, año XXIX, número 7125-III-6, lunes 14 de septiembre de 2026
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SICT, al gobierno del Edomex y al ayuntamiento de Tultitlán a implementar acciones de mitigación de riesgos, drenaje, señalización y seguridad vial en la avenida Recursos Hidráulicos, particularmente en las inmediaciones de la estación Cueyamil, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco del, Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Quien suscribe, diputada Ivonne Aracely Ortega Pacheco, coordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Contexto
La noche del domingo 6 de septiembre de 2026, en un contexto de lluvias intensas e inundaciones en el municipio de Tultitlán, Estado de México, una unidad tipo combi quedó varada sobre la avenida Recursos Hidráulicos, frente a la estación Cueyamil. Seis personas que se encontraban en su interior perdieron la vida. Los primeros reportes señalaron la existencia de una fuga de gas en la unidad y las autoridades iniciaron las investigaciones correspondientes para esclarecer la mecánica de los hechos y deslindar responsabilidades.1
Información difundida posteriormente señaló que la camioneta habría caído en un desnivel o vado y que el tanque de gas se fisuró; sin embargo, la investigación ministerial continúa y, por tanto, no corresponde atribuir de manera anticipada una causa definitiva o responsabilidad específica.2
Lo que sí se encuentra documentado es que el vehículo quedó inmovilizado en una vialidad afectada por la acumulación de agua. Este hecho obliga a analizar no solamente las condiciones mecánicas de la unidad, sino también el entorno vial, las obras existentes, la prevención de riesgos y la respuesta institucional frente a puntos susceptibles de inundación.
Antecedentes de riesgo en avenida Recursos Hidráulicos.
De acuerdo con reportes periodísticos, la avenida Recursos Hidráulicos presentaba severos encharcamientos, baches y tramos de terracería en las inmediaciones de la estación Cueyamil. El tránsito se encontraba restringido en parte de la zona, pero persistían condiciones que permitían el ingreso de vehículos a puntos anegados.3
Además, vecinas y vecinos de Bosques de Tultitlán señalaron que desde el 2 de septiembre de 2026 habían solicitado el cierre preventivo de la avenida debido al incremento del nivel del agua y a que otros vehículos ya habían quedado varados. De acuerdo con esos testimonios, existían trabajos de repavimentación con concreto hidráulico y zanjas en el tramo, por lo que la población había advertido previamente la necesidad de restringir el paso.4
Estos antecedentes son relevantes porque muestran que el riesgo de que una unidad quedara inmovilizada durante una lluvia no era enteramente imprevisible, cuando una zona presenta acumulaciones recurrentes de agua, obras en proceso, desniveles u obstáculos que dificultan la circulación, las autoridades deben reforzar la señalización, la vigilancia y, cuando resulte necesario, disponer el cierre preventivo de la vialidad antes de que las personas queden expuestas a una situación de emergencia.
Obras vinculadas con la ampliación ferroviaria y mitigación de inundaciones.
La problemática de la zona también debe analizarse en el contexto de las obras complementarias asociadas con la ampliación de la Línea 1 del Tren Suburbano Lechería-AIFA. En mayo de 2024, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes publicó la Licitación Pública Nacional LO-09-311-009000988-N-4-2024, cuyo objeto fue el mejoramiento geométrico del entronque formado por Boulevard Tultitlán, avenida Recursos Hidráulicos, avenida Independencia y Camino Real, expresamente relacionado con la movilidad derivada de la ampliación ferroviaria.5
Por otra parte, el Tercer Informe de Gobierno de Tultitlán 2024 documentó obras gestionadas para mitigar los impactos de la construcción de la ampliación del Tren Suburbano. Entre ellas se incluyeron intervenciones en avenida Recursos Hidráulicos y, de manera específica, acciones de mitigación contra inundaciones, como el retiro de una compuerta en el dren Cartagena, mantenimiento de presas, desazolve del propio dren, limpieza de canales y construcción de infraestructura receptora de caudales.6
La preocupación vecinal tampoco es reciente, el 9 de junio de 2026 habitantes de Bosques de Tultitlán se manifestaron en la estación Cueyamil para exigir la conclusión de obras de mitigación y la atención del drenaje, ante el temor de nuevas inundaciones durante la temporada de lluvias.7
Por ello, resulta pertinente que las autoridades federales, estatales y municipales informen el estado real de las obras comprometidas, identifiquen aquellas que continúan pendientes y adopten medidas inmediatas para reducir los riesgos mientras concluyen las intervenciones definitivas.
Derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial.
El artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce que toda persona tiene derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad.8
Este derecho no se agota en la posibilidad de desplazarse, implica que la infraestructura y las condiciones de operación de las vías reduzcan razonablemente los riesgos para la vida e integridad de quienes las utilizan. La Ley General de Movilidad y Seguridad Vial adopta un enfoque de sistemas seguros y obliga a la Federación, a las entidades federativas y a los municipios, en el ámbito de sus competencias, a incorporar criterios de seguridad, calidad y tratamiento de condiciones climáticas en el diseño y operación de la infraestructura vial.9
En una zona susceptible de inundación, la seguridad vial exige medidas específicas como el mantenimiento de drenajes y superficies de rodamiento, identificación de puntos críticos, señalización visible, vigilancia, información oportuna a las personas usuarias y cierre preventivo cuando las condiciones hagan peligroso continuar la circulación.
Gestión integral del riesgo y prevención.
La Ley General de Protección Civil establece que la política pública debe sustentarse en la Gestión Integral de Riesgos, entendida como un proceso permanente de identificación, análisis, evaluación, control y reducción de riesgos. Asimismo, impone como prioridad la prevención y mitigación antes de que los fenómenos perturbadores produzcan daños mayores.10
Las lluvias intensas constituyen fenómenos naturales que no pueden evitarse; sin embargo, la exposición de la población a una vialidad previamente identificada como inundable sí puede reducirse. Por ello, la actuación pública debe anticiparse mediante cierres oportunos, señalización, desazolve, bombeo, evaluación de condiciones de la vía y protocolos de coordinación para impedir que automóviles y unidades de transporte ingresen a zonas donde puedan quedar atrapados.
Necesidad de una respuesta coordinada.
La situación de avenida Recursos Hidráulicos involucra competencias concurrentes, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes ha intervenido en proyectos vinculados con la ampliación ferroviaria y con el mejoramiento de la movilidad en la zona; el gobierno del Estado de México cuenta con atribuciones en materia de movilidad, infraestructura hidráulica y protección civil; el Ayuntamiento de Tultitlán participa en la gestión local de vialidades, servicios públicos, prevención y atención inmediata de riesgos.
Por ello, la respuesta no debe limitarse a una acción aislada ni comenzar únicamente después de una tragedia. Es necesario evaluar las condiciones actuales de la vialidad, concluir las obras pendientes que correspondan, reforzar el drenaje y desazolve, establecer mecanismos de cierre preventivo durante lluvias intensas y transparentar los avances y plazos de las intervenciones comprometidas.
El presente punto de acuerdo no prejuzga sobre las causas definitivas del fallecimiento de las seis personas ni pretende sustituir las investigaciones de las autoridades competentes. Su objetivo es atender los factores de infraestructura y gestión del riesgo que se encuentran documentados y adoptar medidas para evitar que circunstancias semejantes vuelvan a poner en peligro a la población.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes para que, en el ámbito de sus atribuciones, realice una evaluación integral de las condiciones físicas y de seguridad de las obras de infraestructura y movilidad relacionadas con la avenida Recursos Hidráulicos, particularmente en las inmediaciones de la estación Cueyamil; adopte las medidas necesarias para mitigar los riesgos existentes y agilice la conclusión de las obras que sean de su competencia.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes para que haga público un informe actualizado sobre el avance físico de las obras complementarias y de mitigación vinculadas con la ampliación del Tren Suburbano Lechería-AIFA en el municipio de Tultitlán, particularmente aquellas relacionadas con la avenida Recursos Hidráulicos y la estación Cueyamil, señalando las acciones pendientes y el calendario previsto para su conclusión.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno del Estado de México, por conducto de las autoridades competentes en materia de movilidad, infraestructura hidráulica y protección civil, para que, en coordinación con las autoridades federales y municipales, realice una evaluación técnica de los puntos susceptibles de inundación en las inmediaciones de la avenida Recursos Hidráulicos y la estación Cueyamil, y fortalezca las acciones de drenaje, desazolve, bombeo, mitigación y prevención necesarias para reducir los riesgos para la población.
Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al ayuntamiento de Tultitlán, Estado de México, para que implemente y fortalezca protocolos de cierre preventivo, señalización, vigilancia y restricción temporal de la circulación en vialidades susceptibles de inundación durante episodios de lluvia intensa, particularmente cuando las condiciones de la vía representen un riesgo para vehículos y personas usuarias.
Quinto. La Cámara de Diputados honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, al gobierno del Estado de México y al ayuntamiento de Tultitlán para que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, establezcan un mecanismo permanente de coordinación para la atención de riesgos de inundación y seguridad vial en las zonas afectadas por las obras vinculadas con la ampliación del Tren Suburbano Lechería-AIFA, e informen públicamente las medidas preventivas, correctivas y de infraestructura que serán implementadas.
Notas
1. N+, Mueren 6 por Fuga de Gas en Transporte Público Varado por Inundación en Tultitlán, 7 de septiembre de 2026. Disponible en: https://www.nmas.com.mx/estado-de-mexico/seguridad/accidentes/muertos-a ccidente-transporte-publico-varado-inundaciones-tultitlan-estado-de-mex ico/
2. N+, Familiares Velan a las Seis Víctimas de la Combi en Tultitlán, 8 de septiembre de 2026. El reporte refiere que la camioneta cayó en un vado y el tanque de gas se fisuró. Disponible en: https://www.nmas.com.mx/ciudad-de-mexico/seguridad/accidentes/foro-tv-v ideo-familiares-velan-a-las-seis-victimas-de-la-combi-en-tultitlan/
3. N+, Mueren 6 por Fuga de Gas en Transporte Público Varado por Inundación en Tultitlán, 7 de septiembre de 2026. El reporte documenta severos encharcamientos, baches y tramos de terracería en la vialidad. Disponible en: https://www.nmas.com.mx/estado-de-mexico/seguridad/accidentes/muertos-a ccidente-transporte-publico-varado-inundaciones-tultitlan-estado-de-mex ico/
4. El Universal, Vecinos habían solicitado el cierre de la avenida Recursos Hidráulicos, 9 de septiembre de 2026. Disponible en: https://www.eluniversal.com.mx/metropoli/vecinos-habian-solicitado-el-c ierre-de-la-avenida-recursos-hidraulicos/
5. Diario Oficial de la Federación, Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, Licitación Pública Nacional LO-09-311-009000988-N-4-2024, publicada el 16 de mayo de 2024, relativa al mejoramiento geométrico del entronque de Boulevard Tultitlán, avenida Recursos Hidráulicos, avenida Independencia y Camino Real. Disponible en: https://dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5726776
6. Ayuntamiento de Tultitlán, Tercer Informe de Gobierno 2024, tablas 5 y 6, obras complementarias y obras de mitigación contra inundaciones derivadas de la ampliación del Tren Suburbano. Disponible en: https://tultitlan.gob.mx/documentos/repositorio-de-transparencia/2024/T ultitlan_3er_Informe_de_Gobierno_2024.pdf
7. El Universal, Liberan la López Portillo y llegan a acuerdos; autoridades reconstruirán barda y atenderán drenaje, 9 de junio de 2026. La nota documenta la protesta de habitantes de Bosques de Tultitlán para exigir la conclusión de obras de mitigación y atención del drenaje. Disponible en: https://www.eluniversal.com.mx/metropoli/vecinos-protestan-en-estacion- cueyamil-del-tren-felipe-angeles-exigen-que-sict-cumpla-sus-compromisos -y-acuerdos/
8. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 4o., derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
9. Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en particular artículos 5 y 35. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGMSV.pdf
10. Ley General de Protección Civil, artículos 4 y 10, sobre prioridades de la política pública y Gestión Integral de Riesgos. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPC.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a de septiembre de 2026.
Diputada Ivonne Aracely Ortega Pacheco (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades del sector eléctrico, a fortalecer las acciones para garantizar la continuidad, confiabilidad y seguridad del suministro de energía eléctrica en el estado de Nuevo León, a cargo de la diputada Irais Virginia Reyes de la Torre, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Quien suscribe, diputada Irais Virginia Reyes de la Torre, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
I. Los apagones en Nuevo León: un problema que no puede normalizarse
El suministro de energía eléctrica constituye un servicio indispensable para el funcionamiento de la vida cotidiana, de las actividades económicas y productivas, de los servicios públicos y de infraestructura esencial como los sistemas de agua potable, comunicaciones, alumbrado y atención médica.
Cuando una interrupción de energía eléctrica se prolonga durante horas o días sus efectos dejan de ser exclusivamente técnicos; una falla en el suministro puede significar la suspensión de actividades educativas, la pérdida de alimentos y medicamentos que requieren refrigeración, afectaciones a equipos médicos, interrupciones en comercios y pequeñas empresas, así como problemas en los sistemas de bombeo y distribución de agua.
En Nuevo León las interrupciones del suministro eléctrico han sido documentadas recientemente en distintos sectores de los municipios de Monterrey, San Nicolás de los Garza, Guadalupe, Apodaca y otros municipios.1
Diversos medios de comunicación reportaron una interrupción asociada con una falla en una subestación que afectó al centro de San Nicolás y a otras colonias, así como la suspensión de clases en instalaciones de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
Habitantes de diversas colonias de Apodaca denunciaron cortes nocturnos recurrentes, algunos de ellos durante tres noches consecutivas, y señalaron afectaciones a sus horas de descanso, alimentos y aparatos eléctricos; en otros municipios del área metropolitana también se han reportado interrupciones prolongadas, protestas vecinales y bloqueos de vialidades para exigir el restablecimiento del servicio.2
De acuerdo con información difundida por medios de comunicación y atribuida a datos de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), entre enero y julio de 2026 se registraron 15,439 interrupciones en Nuevo León; de ellas 7,666 se concentraron en Monterrey, Guadalupe, Apodaca y San Nicolás.3
Más allá de la causa específica de cada interrupción, la recurrencia de estos eventos obliga a las autoridades competentes a contar con un diagnóstico objetivo sobre el estado de la infraestructura eléctrica, los puntos críticos de la red, las causas de las fallas, los tiempos de restablecimiento, así como las medidas adoptadas para evitar su repetición.
La magnitud de las afectaciones descritas justifica una respuesta institucional que permita prevenir interrupciones, atender oportunamente las contingencias y fortalecer la continuidad, confiabilidad y seguridad del suministro eléctrico en los municipios afectados.
II. Una problemática recurrente que requiere una respuesta estructural
La problemática descrita no es reciente ni aislada, en tal sentido, el 18 de agosto de 2026 el gobierno del estado de Nuevo León informó que, en coordinación con la CFE, se anunció un paquete de inversión cercano a 10 mil millones de pesos destinado a fortalecer la infraestructura eléctrica de la entidad.4
De acuerdo con la información oficial, el paquete contempla 2 mil 165 millones de pesos para obras de distribución, 6 mil 719 millones de pesos para seis proyectos estratégicos de transmisión y una aportación de mil millones de pesos del Gobierno estatal destinada a la adquisición de estaciones eléctricas móviles.5
Los proyectos incluyen nuevas subestaciones, ampliaciones de subestaciones, modernización de redes de distribución, sustitución y ampliación de transformadores, bancos de capacitores, modernización de la Red Nacional de Transmisión y sistemas de red eléctrica inteligente.
El anuncio comprende medidas para atender zonas con crecimiento residencial, comercial e industrial, así como para fortalecer el suministro en los polos de desarrollo de Pesquería y Colombia; de acuerdo con el gobierno estatal, la CFE se comprometió a desarrollar infraestructura adicional en esas zonas para acompañar la expansión industrial, comercial y logística de la entidad.
Las interrupciones del suministro eléctrico han afectado el servicio de agua en el municipio de García, debido a la dependencia de los sistemas de bombeo y a los tiempos necesarios para recuperar los niveles de los tanques después de un apagón prolongado, lo anterior pone en evidencia que la continuidad del suministro eléctrico tiene efectos directos sobre otros servicios públicos esenciales.6
En torno a este fenómeno y a las propuestas de inversión para su resolución, la población tiene derecho a conocer qué obras se ejecutarán, cuáles son sus plazos, qué municipios serán beneficiados, cuáles son las metas de reducción de interrupciones, qué recursos han sido comprometidos y cuáles han sido efectivamente ejercidos.
La supervisión pública resulta especialmente importante cuando se trata de recursos destinados a infraestructura indispensable para la prestación de un servicio público esencial, por ello, el presente punto de acuerdo busca que las inversiones anunciadas se traduzcan en resultados verificables para la población de Nuevo León.
III. Responsabilidad del Estado y coordinación institucional
De conformidad con los artículos 25, párrafos cuarto y quinto; 27, párrafo sexto, y 28 párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) corresponden exclusivamente a la Nación la planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica.7
La CPEUM dispone que la empresa pública del Estado tiene como objeto cumplir con su responsabilidad social y que su mandato incluye procurar la justicia social, en este contexto, la Ley del Sector Eléctrico establece que el sector eléctrico comprende, entre otras actividades, la generación, el almacenamiento, la transmisión, la distribución y la comercialización de energía eléctrica, así como la planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional.
Por otro lado, la Ley del Sector Eléctrico establece como finalidad procurar la eficiencia, calidad, continuidad, accesibilidad, seguridad, confiabilidad y sostenibilidad del Sistema Eléctrico Nacional y del sector eléctrico y reconoce la prevalencia del Estado en las actividades del sector eléctrico y lo identifica como garante de la continuidad, accesibilidad, seguridad y confiabilidad del servicio público de electricidad y del Sistema Eléctrico Nacional.8
La planeación y control del Sistema Eléctrico Nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, son áreas estratégicas exclusivas del Estado, y en consecuencia el suministro eléctrico es un servicio de interés público.9
Derivado de la ley en la materia, se convierte en una obligación ofrecer y prestar el suministro eléctrico a quien lo solicite, cuando sea técnicamente factible, en condiciones de eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad, seguridad y sostenibilidad, por lo tanto, los diversos integrantes del sector eléctrico deben realizar los actos necesarios para mantener la integridad, calidad, confiabilidad, continuidad, seguridad, accesibilidad y sostenibilidad del Sistema Eléctrico Nacional.10
De acuerdo con el marco legal vigente, las interrupciones prolongadas y recurrentes reportadas en diversos municipios de Nuevo León justifican que las autoridades federales competentes adopten y, en su caso, informen sobre medidas de diagnóstico, prevención, mantenimiento, inversión, coordinación y seguimiento, sin prejuzgar sobre la causa técnica específica de cada falla.
Por lo anteriormente expuesto, el problema no sólo requiere una respuesta operativa de la CFE, sino también la intervención coordinada de las autoridades responsables de la política energética, la planeación del sector, la regulación, el control operativo y la ejecución de los proyectos de ampliación y modernización de las redes eléctricas.
IV. Atribuciones de las autoridades competentes
La Ley del Sector Eléctrico establece que la Secretaría de Energía dirige el proceso de planeación del sector eléctrico y elabora el Plan de Desarrollo del Sector Eléctrico, instrumento que contiene programas vinculantes para la instalación y retiro de centrales eléctricas, así como para la ampliación y modernización de la Red Nacional de Transmisión y de las Redes Generales de Distribución.11
Asimismo, la Secretaría debe autorizar los programas de ampliación y modernización de dichas redes e instruir a la Empresa Pública del Estado la ejecución de los proyectos correspondientes, así como dar seguimiento a su ejecución hasta su entrada en operación.12
Tales actividades deben orientarse a preservar la seguridad y autosuficiencia energética y a procurar condiciones de eficiencia, calidad, continuidad, accesibilidad, seguridad, confiabilidad y sostenibilidad del Sistema Eléctrico Nacional.
Por su parte, corresponde a la Comisión Nacional de Energía (CNE),13 en el ámbito de sus atribuciones, ejercer la regulación técnica y económica del sector eléctrico, emitir criterios y disposiciones relacionados con la calidad, continuidad, seguridad y confiabilidad del servicio, proteger los intereses de las personas usuarias, requerir información y supervisar el cumplimiento de las disposiciones aplicables.
De acuerdo con la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, se determina que la CFE participa como transportista, distribuidora y suministradora de servicios básicos, de conformidad con las actividades que legalmente tiene a su cargo.14
En tal sentido, la CFE debe ejecutar, dentro del ámbito de sus competencias, los actos necesarios para mantener la integridad, calidad, confiabilidad, continuidad, seguridad, accesibilidad y sostenibilidad del Sistema Eléctrico Nacional.
El Centro Nacional de Control de Energía tiene la encomienda legal de participar en el control operativo del Sistema Eléctrico Nacional y en la operación de la Red Nacional de Transmisión y de las Redes Generales de Distribución, conforme a las disposiciones legales y operativas aplicables.15
Su intervención será especialmente relevante cuando una interrupción tenga efectos sobre la seguridad, confiabilidad o continuidad del sistema en su conjunto, sin perjuicio de las responsabilidades específicas de la CFE como empresa transportista, distribuidora o suministradora.
La distribución de competencias descrita no excluye la coordinación institucional, por el contrario, la continuidad del suministro eléctrico exige articular la planeación, regulación, operación, mantenimiento, inversión y atención de contingencias, especialmente cuando las interrupciones afectan servicios públicos, actividades económicas, instituciones educativas y condiciones básicas de bienestar.
V. Impactos sociales y económicos de las interrupciones prolongadas
Las interrupciones prolongadas y recurrentes del suministro eléctrico afectan de manera diferenciada a la población, sus consecuencias pueden ser particularmente graves para las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad, personas que dependen de equipos médicos eléctricos o de medicamentos que requieren refrigeración, así como para las familias en situación de pobreza o vulnerabilidad que no cuentan con recursos suficientes para enfrentar la falta de energía durante varias horas o días.
Los cortes eléctricos pueden obstaculizar el ejercicio efectivo de derechos y la continuidad de servicios esenciales; entre sus posibles consecuencias se encuentran la interrupción de actividades educativas, la afectación de centros de salud, la suspensión de sistemas de bombeo y distribución de agua, la falta de alumbrado público, la interrupción de sistemas de comunicación y la exposición de la población a mayores riesgos de seguridad y movilidad.
En el ámbito económico, las interrupciones de energía eléctrica pueden afectar a comercios, pequeños negocios, industrias y unidades productivas que dependen de la energía eléctrica para operar, conservar mercancías, utilizar maquinaria, prestar servicios o mantener sistemas de información y comunicación.
Entre las consecuencias posibles se encuentran la pérdida de productos perecederos, la suspensión temporal de actividades, los daños a equipos por variaciones de voltaje, la reducción de ingresos y la generación de gastos extraordinarios.
La afectación no se distribuye de manera uniforme, ya que las personas y unidades económicas con mayores recursos pueden disponer de plantas de emergencia, sistemas de respaldo, espacios alternativos o mecanismos de refrigeración, mientras que los hogares de menores ingresos y los pequeños negocios suelen contar con menos posibilidades para mitigar las consecuencias de un corte prolongado.
En consecuencia, una respuesta institucional adecuada debe incluir mantenimiento preventivo basado en riesgos, equipos de reserva para servicios críticos, cuadrillas suficientes para reducir los tiempos de restablecimiento, protocolos de actuación ante fenómenos meteorológicos y mecanismos claros, oportunos y accesibles de comunicación con las personas usuarias.
Resulta necesario que las autoridades identifiquen zonas y grupos con mayor exposición o vulnerabilidad, establezcan prioridades de atención durante las contingencias y publiquen información sobre las causas de las interrupciones, los tiempos estimados de restablecimiento y las medidas adoptadas para evitar su recurrencia.
VI. Conclusión
Los apagones recientes en Nuevo León, sumados a los reportes recurrentes de interrupciones prolongadas en distintos municipios, muestran que no se trata únicamente de incidentes aislados, sino de una problemática que requiere una respuesta estructural, preventiva y coordinada.
Los hechos documentados en notas periodísticas desde 2025, para atender esta misma problemática en el estado, así como testimonios directos actuales sobre las interrupciones de energía eléctrica y reportes vecinales de comunidades que permanecieron varios días sin servicio, y la información oficial del gobierno del Estado sobre inversiones, anunciado durante 2026, para fortalecer la infraestructura eléctrica estatal constituyen un antecedente sólido sobre el fenómeno que, es importante atender a la brevedad.
La atención institucional debe considerar, al menos, el diagnóstico de los puntos críticos de la red, las causas y duración de las interrupciones, el mantenimiento preventivo y correctivo, la suficiencia de las cuadrillas y equipos de emergencia, el avance de las inversiones anunciadas y los mecanismos de comunicación con las personas usuarias.
El presente exhorto pretende que las instituciones competentes, dentro del ámbito de sus atribuciones, coordinen una respuesta integral, hagan publica la información y adopten medidas que permitan reducir la recurrencia y duración de los cortes, proteger la continuidad de los servicios esenciales y garantizar a las familias, comercios, instituciones educativas y comunidades de Nuevo León un suministro eléctrico continuo, confiable, accesible y seguro.
Por lo anteriormente expuesto, se realiza la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la persona titular de la Comisión Federal de Electricidad para que, en el ámbito de sus atribuciones, fortalezca las acciones de mantenimiento preventivo y correctivo, modernización y atención de contingencias de la infraestructura eléctrica en el estado de Nuevo León, a fin de reducir la frecuencia y duración de las interrupciones de suministro eléctrico.
Asimismo, emita en versión pública, en la medida que resulte jurídicamente procedente, información actualizada sobre los principales puntos críticos de las redes de transmisión y distribución de la entidad, las causas recurrentes de las interrupciones, los tiempos promedio de restablecimiento, las acciones de mantenimiento realizadas y programadas, así como las medidas implementadas para reducir la recurrencia de las fallas.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a las personas titulares de la Secretaría de Energía, de la Comisión Nacional de Energía y de la Comisión Federal de Electricidad para que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, den seguimiento a las inversiones anunciadas para fortalecer la infraestructura eléctrica de Nuevo León y emita en versión pública la información disponible respecto de los proyectos correspondientes, incluyendo, cuando resulte procedente, sus metas, responsables, calendario de ejecución, avance físico y financiero e indicadores de cumplimiento.
Asimismo, se exhorta a considerar en la planeación de la infraestructura eléctrica el crecimiento poblacional, residencial, comercial e industrial de la entidad, así como la necesidad de contar con capacidad suficiente y resiliente para atender incrementos futuros de la demanda y contingencias derivadas de fenómenos meteorológicos.
Tercero. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, la persona titular del Centro Nacional de Control de Energía para que, en el ámbito de sus atribuciones, fortalezca la coordinación operativa con la Comisión Federal de Electricidad y las demás autoridades competentes, a efecto de contribuir a garantizar la continuidad, confiabilidad y seguridad del suministro eléctrico en el estado de Nuevo León, particularmente ante contingencias que puedan afectar la operación del Sistema Eléctrico Nacional.
Notas
1. Narváez, Jorge (2026). Pegan apagones de CFE a colonias de Apodaca, NL; vecinos están hartos por falta de luz, en Reporte Indigo. México. 3 de septiembre de 2026. Disponible en: https://www.reporteindigo.com/monterrey/pega-cfe-a-colonias-de-apodaca- vecinos-estan-hartos-por-falta-de-luz-20260903-0008.html
2. La Redacción (2026). Apagón masivo CFE hoy jueves 3 de septiembre 2026: colonia, municipio y horarios confirmados con todos los cortes de luz, en ámbito. México. 2 de septiembre de 2026. Consultado en: https://www.ambito.com/mexico/informacion-general/apagon-masivo-cfe-hoy -jueves-3-septiembre-2026-colonia-municipios-y-horarios-confirmados-tod os-los-cortes-luz-n6317688
3. Maldonado, Orlando (2026). Suman 15 mil 439 apagones en 2026, en Telediario Nacional TV. México. Consultado el 10 de septiembre de 2026. Video disponible en: https://www.telediario.mx/videos/comunidad/tormentas-provocan-46-apagon es-registrados-leon
4. Gobierno del estado de Nuevo León (2026). Destinará NL y Federación inversión conjunta de 10 mil millones de pesos para fortalecer infraestructura eléctrica, en Boletín CP/1149/2026.México 18 de agosto de 2026. Disponible en: https://view.officeapps.live.com/op/view.aspx?src=https%3A%2F%2Fnl.gob. mx%2Fsites%2Fdefault%2Ffiles%2Frepositorio%2FGobernador%2FNoticias%2F20 260818_06_fortalecer_infraestructura_electrica.docx&wdOrigin=BROWSE LINK
5. Ídem.
6. La Redacción (2026). Denuncian vecinos apagones todos los días, en TV Noticias más. México. 7 de septiembre de 2026. Video disponible en: https://www.nmas.com.mx/nuevo-leon/sociedad/denuncian-vecinos-apagones- todos-los-dias-en-apodaca-nl/
7. Cámara de Diputados (2026). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Leyes Federales Vigentes.México. 9 de junio de 2026. Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
8. Cámara de Diputados (2026). Ley del Sector Eléctrico, en Leyes Federales Vigentes. México. 9 de junio de 2026. Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LSE.pdf
9. Ídem.
10. Ibidem. Artículo 5.
11. Ibidem.
12. Ibidem.
13. Cámara de Diputados (2026). Ley de la Comisión Nacional de Energía, en Leyes Federales Vigentes. México. 9 de junio de 2026. Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lcne.htm
14. Cámara de Diputados (2026). Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, en Leyes Federales Vigentes. México. 9 de junio de 2026. Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LEPECFE.pdf
15. Cámara de Diputados (2026). Ley del Sector Eléctrico. Op. Cit.
Palacio Legislativo de San Lázaro, 14 de septiembre de 2026.
Diputada Irais Virginia Reyes de la Torre (rúbrica)