Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa y a la SEP a fortalecer la prevención, detección temprana, atención y canalización de problemas de salud mental en niñas, niños y adolescentes, a cargo de la diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción I, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la Secretaría de Educación Pública del gobierno de México a fortalecer la prevención, detección temprana, atención y canalización de problemas de salud mental en niñas, niños y adolescentes, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La salud mental constituye una dimensión indispensable del bienestar y del desarrollo integral de las personas. En el caso de niñas, niños y adolescentes, su protección adquiere una relevancia especial, debido a que durante estas etapas se forman habilidades emocionales, sociales y cognitivas que influyen en la manera en que las personas se relacionan con su entorno, enfrentan situaciones adversas, construyen su identidad y desarrollan su proyecto de vida.

La infancia y la adolescencia son periodos de profundos cambios físicos, emocionales y sociales. En estas etapas pueden presentarse factores de riesgo relacionados con la violencia familiar o escolar, el acoso, la discriminación, la pobreza, la exclusión, las dificultades académicas, la pérdida de vínculos afectivos, el uso problemático de entornos digitales y la falta de redes de apoyo. Cuando estos factores no son identificados y atendidos oportunamente, pueden afectar el bienestar emocional, el desempeño escolar, la convivencia familiar y la integración social.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, aproximadamente uno de cada siete adolescentes de entre 10 y 19 años presenta algún trastorno mental, y muchas de estas condiciones permanecen sin ser reconocidas ni tratadas. Asimismo, una revisión sistemática de 192 estudios estimó que, entre las personas que desarrollan algún trastorno mental, el inicio ocurre antes de los 14 años en 34.6 por ciento de los casos y antes de los 18 años en 48.4 por ciento, lo que demuestra la importancia de actuar de manera preventiva y oportuna desde los primeros años de vida.

En México, la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición Continua 20231 ofrece elementos que deben llamar la atención de las autoridades. Conforme a sus resultados, 4.4 por ciento de la población adolescente de entre 10 y 19 años reportó haber intentado suicidarse alguna vez en su vida, proporción que equivale a aproximadamente 984 mil adolescentes. La prevalencia reportada fue considerablemente mayor entre las mujeres adolescentes, con 7.7 por ciento, frente a 1.2 por ciento entre los hombres.

Estas cifras no deben ser entendidas únicamente como indicadores estadísticos. Detrás de cada caso existe una niña, un niño o una persona adolescente que puede estar enfrentando sufrimiento emocional, aislamiento, miedo o dificultades para solicitar ayuda. También existen familias que, en muchas ocasiones, carecen de información suficiente para reconocer señales de riesgo o desconocen las instituciones a las que pueden acudir para recibir orientación y atención profesional.

La salud mental no puede continuar tratándose como un asunto secundario ni atenderse exclusivamente cuando el problema ha escalado a una crisis. La prevención requiere proporcionar información clara y accesible, combatir el estigma, fortalecer las capacidades de madres, padres, personas cuidadoras, docentes y personal de salud, así como establecer mecanismos efectivos para identificar señales de alerta y canalizar oportunamente a quienes necesiten atención especializada.

El artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho de toda persona a la protección de la salud y establece que en todas las decisiones y actuaciones del Estado deberá velarse por el principio del interés superior de la niñez. Este mandato obliga a las autoridades a colocar el bienestar físico, emocional y social de niñas, niños y adolescentes en el centro de las políticas públicas.

En el mismo sentido, el artículo 1 Bis de la Ley General de Salud reconoce que la salud comprende el bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades. Los artículos 72, 73 y 73 Ter del mismo ordenamiento establecen el carácter prioritario de la salud mental, la coordinación intersectorial, la capacitación dirigida al profesorado y a las autoridades educativas, así como la implementación de programas educativos de salud mental para las familias y las escuelas. Por su parte, el artículo 50, fracción XVI, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes dispone que las autoridades deberán establecer medidas para que los servicios de salud detecten y atiendan de manera especial los casos de niñas, niños y adolescentes con problemas de salud mental. Asimismo, el artículo 30, fracciones VIII y XI, de la Ley General de Educación incorpora la educación para la salud y la educación socioemocional entre los contenidos de los planes y programas de estudio.

La atención de esta problemática exige una actuación coordinada entre los sectores de salud y educación. Los planteles escolares constituyen espacios estratégicos para promover el bienestar emocional, identificar cambios significativos en la conducta y acercar información preventiva a estudiantes y familias. Sin embargo, esta función no debe traducirse en trasladar al personal docente responsabilidades clínicas que corresponden a profesionales de la salud, sino en establecer protocolos claros de orientación, intervención inicial, canalización y seguimiento.

Para que estos mecanismos sean efectivos, es necesario capacitar al personal educativo para reconocer señales de alerta sin estigmatizar al alumnado; contar con directorios actualizados de servicios públicos; definir rutas de atención para casos urgentes; garantizar la confidencialidad y el respeto a la dignidad de las personas menores de edad; e informar oportunamente a madres, padres o personas responsables, atendiendo siempre al interés superior de la niñez.

También resulta indispensable que las acciones públicas reconozcan que las necesidades no son iguales en todos los casos. La edad, el sexo, la condición socioeconómica, la discapacidad, la pertenencia a comunidades indígenas, la situación de movilidad, el entorno familiar y el lugar de residencia pueden generar barreras diferenciadas para acceder a servicios de salud mental. Las estrategias deben incorporar enfoques de derechos humanos, género, inclusión, interculturalidad y atención comunitaria.

No se pretende patologizar las emociones propias de la infancia y la adolescencia ni asumir que toda expresión de tristeza, ansiedad o preocupación constituye un trastorno. Se busca, por el contrario, evitar que el estigma, la desinformación o la falta de coordinación institucional impidan reconocer situaciones que sí requieren acompañamiento y atención profesional.

Frente a este panorama, resulta pertinente que la Secretaría de Salud y la Secretaría de Educación Pública fortalezcan de manera coordinada las estrategias de promoción del bienestar emocional, prevención de riesgos, detección temprana, atención inicial y canalización de niñas, niños y adolescentes con posibles problemas de salud mental.

La protección de la salud mental de la niñez y la adolescencia exige instituciones capaces de actuar antes de que el sufrimiento se convierta en una emergencia. Por ello, la presente proposición busca contribuir, desde el ámbito parlamentario, al fortalecimiento de una política pública preventiva, accesible y coordinada que permita garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a crecer y desarrollarse en condiciones de bienestar, dignidad y seguridad.

Por lo anterior, someto a consideración de este pleno los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud y a la Secretaría de Educación Pública para que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones y en coordinación con las autoridades sanitarias y educativas de las entidades federativas, fortalezcan las estrategias interinstitucionales dirigidas a la promoción del bienestar emocional, la prevención de riesgos, la identificación temprana de señales de alerta, la orientación y primera respuesta no clínica, así como la canalización oportuna y el seguimiento interinstitucional de niñas, niños y adolescentes que requieran atención especializada en materia de salud mental.

Para tal efecto, se les exhorta a reforzar la capacitación del personal educativo; consolidar protocolos que delimiten claramente las responsabilidades de los planteles y de los servicios de salud, particularmente ante casos urgentes; mantener actualizados y accesibles los directorios de instituciones públicas de atención, y garantizar que estas acciones se desarrollen con perspectiva de derechos humanos, enfoque de género, inclusión e interculturalidad, protección de datos personales, respeto al derecho a la intimidad y observancia del interés superior de la niñez, sin atribuir al personal educativo funciones de diagnóstico o tratamiento clínico.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud y a la Secretaría de Educación Pública a fortalecer sus mecanismos de transparencia proactiva y rendición de cuentas mediante la publicación periódica, conjunta, accesible y actualizada de información sobre las acciones, programas, protocolos y mecanismos de coordinación implementados para prevenir y atender los problemas de salud mental de niñas, niños y adolescentes en los planteles educativos, incluyendo indicadores de cobertura y resultados, así como los principales retos identificados para garantizar su atención oportuna.

Notas

1. Dicha encuesta utiliza la categoría estadística de 10 a 19 años, mientras que el artículo 5 de la LGDNNA define jurídicamente como adolescentes a las personas de 12 años cumplidos y menores de 18.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de septiembre de 2026.

Diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP y a la Ssa a realizar campañas de salud mental en las instituciones educativas públicas y privadas, de todos los niveles, a cargo de la diputada Mónica Becerra Moreno, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Monica Becerra Moreno , y diputadas y diputados de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes

Consideraciones

La salud mental durante los primeros años de la infancia es un factor importante para el crecimiento de los niños, niñas y adolescentes, garantiza un desarrollo emocional, destrezas sociales y poder resolver de manera adecuada los problemas que afrontarían a corto, mediano y largo plazo. Sin embargo, en los últimos años se ha convertido en una enfermedad silenciosa.

Es importante resaltar que la salud mental es un derecho al cual se le debe prestar mayor atención y se ha descrito por la Organización Mundial de la Salud como “un estado de bienestar en el que la persona realiza sus capacidades y es capaz de hacer frente al estrés normal de la vida, de trabajar de forma productiva y de contribuir a su comunidad. En este sentido positivo, la salud mental es el fundamento del bienestar individual y del funcionamiento eficaz de la comunidad.”1

El Centro para el Control de la Prevención de las Enfermedades (CDC) ha establecido que los niños que son mentalmente sanos tienen una calidad de vida donde pueden desarrollarse y desempeñarse bien en diversos aspectos como el hogar, la escuela, sus amigos y todos de manera positiva.

Los problemas que afrontan los menores de edad suelen verse reflejados en cambios radicales en su forma de aprender, de manejar las emociones, de comportarse en las actividades diarias, presentando temores y preocupaciones y que se convierten en hechos que un menor de edad, no logra controlar ni sobrellevar. Este tipo de síntomas pueden empezar a desarrollarse desde los primeros años de la infancia y continuar hasta la adolescencia, teniendo mayores implicaciones si no se tiene el tratamiento adecuado.

Es muy común que los diagnósticos sean realizados durante los años escolares, esto debido a que los niños regularmente pasan varias horas en sus instituciones educativas, sin embargo, muchas de ellas no cuentan con el personal capacitado, ni con los planes adecuados para darle seguimiento a este tipo de situaciones, dando como resultado que los niños continúen con su crecimiento sin una atención médica adecuada. Si se diagnostica a tiempo y los servicios y programas son los adecuados, se puede lograr un cambio radical en los trastornos mentales. Un entorno escolar que demuestre un apoyo positivo va a conducir a una relación amigable entre los alumnos y maestros, reforzando día con día las actividades del menor.

En mayo del 2022, la Unicef publicó el informe “Estado Mundial de la Infancia 2021. En mi mente. Promover, proteger y cuidar la salud mental de la infancia”2 en el mismo se establece que actualmente el mundo influye de manera general sobre la salud mental de las personas. Los temas que más afectan a dicha enfermedad son la pobreza; la discriminación en el entendido que se pone a los menores en una situación de desventaja, perjuicios y exclusión social y; el tema de mayor trascendencia en estos momentos, la pandemia por el covid-19.

Al momento de desarrollar cada una de las ideas planteadas con anterioridad, podemos analizar que la pobreza es un determinante social que afecta la salud mental, un informe del 2020 de la Unicef3 estableció que 356 millones de niños, es decir el 17.5 por ciento de los niños en el mundo, viven en una situación de pobreza extrema, mismo que comprende una carencia en la educación, salud, alimento, vivienda, agua o riesgos relacionados con la violencia, trauma, exclusión social, enfermedades o altos niveles de estrés. Son personas que viven con menos de 2 dólares diarios y el 20 por ciento de los niños menores de 5 años viven en estas condiciones. Este tipo de problemas provoca menor productividad, desempleo, y poca participación en actividades sociales.

Otro de los temas más relevantes y comunes es la discriminación. Los temas en los que más se enfoca este tipo de problema es por el género, la raza, el nivel socioeconómico, la orientación sexual o la discapacidad. Todo lo anterior se ha enfocado en limitar las oportunidades y la autodeterminación violando en todos los aspectos el interés superior del menor.

El estudio realizado por la Organización Mundial de la Salud, denominado “Salud mental del adolescente”4 del año 2021, establece que uno de cada siete jóvenes de 10 a 19 años padece algún trastorno mental, un tipo de trastorno que supone el 13 por ciento de la carga mundial de morbilidad en ese grupo etario y que la depresión, la ansiedad y los trastornos del comportamiento son de las principales causas de enfermedad y discapacidad entre los adolescentes. Además, otro dato de mayor relevancia es que las niñas manifiestan menos satisfacción con la vida y más malestar psicológico que los niños.

Ahora bien, en el 2021, aproximadamente 235 millones de personas en todo el mundo fueron atendidas por un tema de asistencia humanitaria debido a los problemas globales que se fueron afrontando como las guerras, los desastres naturales y la pandemia de covid-19. La pandemia no solamente afectó de manera física a las personas también tuvo repercusiones en la salud mental y el bienestar. Según diversos estudios, se tuvo afectación directa en uno de cada siete niños en el mundo, varios de ellos no pudieron acceder a una educación a distancia lo que provocó cierre de escuelas, cambio en las rutinas escolares, oportunidades de desarrollo sociales y emocionales, así como el acceso a diversas actividades deportivas.

Otro de los principales problemas a los que se afrontaron los menores de edad es a la pérdida de sus familiares más cercanos ya sea sus progenitores, abuelos o las personas con las que vivían, quedando más expuestos al abuso y problemas de salud mental y su único refugio se volvió la escuela que hasta el momento se han abierto de manera paulatina.

El informe “La Pandemia Silenciosa: Salud Mental de la niñez y la juventud en riesgo”5 realizado por la Visión Mundial y War de Child Holanda en el año 2021, establece que 456 millones de menores de edad (un aproximado de 57 por ciento de los niños en el mundo) tienen la necesidad de recibir ayuda psicosocial y de salud mental a causa de la pandemia y los confinamientos, esta cifra llegaba a estar más elevada en los niños que además eran refugiados o desplazados de su lugar de origen.

Dentro de los principales problemas que tienen los menores de edad se encuentran la depresión, la irritabilidad, el enojo y la ansiedad, el conjunto de todos estos problemas podría traer como resultado problemas de comportamiento y/o ser propensos al consumo de drogas. Para evitar lo anterior, es importante empezar a realizar diversas acciones con el fin de promover, proteger y cuidar la salud mental de la infancia y con ello comprometernos y reforzar todas las actividades que se deben realizar, así como hacer frente a los estigmas sociales y sobre todo minimizar los factores de riesgo y dar mayores apoyos a las familias, a los sistemas educativos y hospitalarios en la materia.

Debemos de continuar garantizando el interés superior del menor, se considera importante que México empiece a realizar campañas y programas para evitar y en su caso prevenir problemas con la salud mental de los jóvenes. Si abordamos desde los primeros años de vida los problemas de salud mental evitaremos todo lo relacionado con la discriminación y diversos problemas que afectan de manera directa el crecimiento de niñas, niños y adolescentes. La colaboración entre los distintos órganos de gobierno, la cooperación de los padres y los menores, una atención de los especialistas en la materia y una participación social podría traer grandes beneficios en un futuro.

Por las razones antes expuestas, se somete a la consideración de este pleno la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud y a la Secretaría de Educación Pública para que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, fortalezcan las acciones de prevención, detección oportuna, atención y seguimiento de la salud mental de niñas, niños y adolescentes en los centros educativos, mediante el reforzamiento de los servicios de atención psicológica, la capacitación de la comunidad escolar y la implementación de campañas permanentes de promoción del bienestar emocional y prevención del suicidio.

Notas

1. Salud Mental: fortalecer nuestra respuesta. Organización Mundial de la Salud, 30 de marzo de 2018. Disponible en línea:
https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/mental-health-strengthening-our-response#:~:text=La%20salud%
20mental%20es%20un%20estado%20de%20bienestar%20en%20el,de%20contribuir%20a%20su%20comunidad.15 de abril de 2022.

2. Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, Estado Mundial de la Infancia 2021: En mi mente: Promover, proteger y cuidar la salud mental de la infancia, UNICEF, Nueva York, enero de 2022.

3. Uno de cada seis niños vive en la pobreza extrema y la cifra aumentaría con la pandemia del COVID-19. Naciones Unidas. Noticias ONU. Mirada Global Historias humanas. Disponible en línea: https://news.un.org/es/story/2020/10/148266215 de abril de 2022.

4. https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/adolescent-mental-h ealth

5. https://www.worldvision.co/sala-de-prensa/la-pandemia-silenciosa-salud- mental-de-la-ninez-y-la-juventud-en-riesgo

Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, a 14 de septiembre de 2026.

Diputada Monica Becerra Moreno (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Poder Ejecutivo federal a garantizar el abasto oportuno de insumos médicos y quirúrgicos necesarios para la realización de procedimientos de alta especialidad en el Instituto Nacional de Cardiología “Ignacio Chávez”, y a informar sobre las causas del desabasto y las acciones de atención adoptadas, suscrita por los diputados Éctor Jaime Ramírez Barba y Abril Ferreyro Rosado, del Grupo Parlamentario del PAN

Quienes suscribe, el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y la diputada Abril Ferreyro Rosado, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción III; y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con puntos de acuerdo, de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez (Incich) es la institución de mayor jerarquía técnica del Sistema Nacional de Salud en el campo cardiovascular. Actúa como centro nacional de referencia para la atención, la investigación y la formación de recursos humanos especializados en enfermedades del corazón y los grandes vasos, constituyendo el último eslabón resolutivo para los casos de mayor complejidad clínica a nivel nacional.

El Programa Institucional 2025-2030 del Incich, publicado en el Diario Oficial de la Federación, reconoce entre sus líneas de acción la necesidad de “gestionar la adquisición de insumos necesarios para la atención médica” (Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez [Incich], 2025). Esta previsión programática confirma que la disponibilidad de insumos no es un elemento accesorio de la prestación médica, sino una condición constitutiva de la capacidad instalada del Instituto.

El área de Gestión Clínica de Enfermería del propio Incich tiene asignada, como función institucional explícita, la revisión permanente de materiales y suministros médicos, la coordinación con la Subdirección de Recursos Materiales para su adquisición y la gestión de su abastecimiento, con el propósito de “asegurar la continuidad de la atención” de los pacientes (Incich, 2026a). La existencia de esta área específica subraya que el abasto de insumos es una función institucional permanente, no contingente.

El presente punto de acuerdo parte de un caso documentado mediante evidencia clínica y administrativa verificable; Mario Alberto Contreras Bueno, de 40 años, residente de Culiacán, Sinaloa, ingresó al Hospital General de Culiacán en julio de 2026 con fatiga, disnea de esfuerzo y ortopnea progresiva. Los estudios diagnósticos revelaron un pseudoaneurisma originado en un seno de la válvula aórtica, con fístula hacia el ventrículo izquierdo y daño valvular aórtico asociado, patología que requiere resolución quirúrgica en un centro de alta especialidad.

El paciente ingresó al Incich el 1 de agosto de 2026 para completar el abordaje diagnóstico y definir el plan quirúrgico; una junta médico-quirúrgica determinó la procedencia de la intervención, reparación del pseudoaneurisma con parche y valoración intraoperatoria de la válvula aórtica, y el 12 de agosto de 2026 fue formalmente autorizada la cirugía (Contreras Bueno, 2026; Incich, 2026b). La intervención nunca se realizó.

De acuerdo con el resumen clínico de egreso y la carta de denuncia ciudadana suscrita por el afectado, la causa documentada de la no realización de la cirugía fue la falta de los insumos necesarios; el paciente permaneció hospitalizado 35 días desde la autorización formal de la cirugía sin recibir una fecha cierta para su realización ni una solución concreta al problema que mantenía suspendida la intervención.

El señor Contreras Bueno agotó en paralelo todos los mecanismos institucionales de queja disponibles: presentó escrito ante la Dirección General del Instituto, ante la Dirección Médica y ante el Órgano Interno de Control del Incich; adicionalmente, presentó quejas ante la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conamed) y ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que le asignó el folio 2026/82868 con fecha de recepción del 2 de septiembre de 2026 (CNDH, 2026). Ninguno de estos mecanismos le restituyó una fecha quirúrgica.

El 5 de septiembre de 2026, ante el riesgo inminente derivado de su condición, disección aórtica, insuficiencia cardíaca aguda o muerte súbita, conforme a la información médica proporcionada para formalizar su egreso voluntario, el paciente solicitó y firmó su alta “a petición expresa y bajo responsabilidad del propio paciente” y regresó a Culiacán para buscar una alternativa. En Sinaloa, en una unidad del Instituto Mexicano del Seguro Social IMSS-Bienestar, encontró profesionales dispuestos a asumir su caso y a gestionar los materiales que el principal centro nacional de cardiología no pudo proveer.

El propio paciente lo expresó con claridad en su escrito de denuncia ciudadana: “¿Qué pasa con el paciente que no tiene un contacto, un médico que lo apoye, recursos para trasladarse o alguien que pueda ayudarlo a buscar una solución? Ese paciente simplemente puede quedarse esperando” (Contreras Bueno, 2026). Esta pregunta sintetiza la dimensión estructural del problema: la falla en el sistema de abasto convierte en irrelevante la capacidad técnica de los profesionales de salud cuando el insumo necesario no está disponible en el momento requerido.

Es claro que en este contexto institucional y presupuestal se evidencia un patrón estructural; el caso descrito no puede analizarse de manera aislada. En noviembre de 2024, el director del Incich, Jorge Gaspar Hernández, informó públicamente que la institución atravesaba una “situación crítica” derivada, entre otros factores, de reducciones presupuestarias y restricciones en la gestión de contrataciones que habían afectado la adquisición de insumos necesarios para su funcionamiento (Flores, 2024). En abril de 2025, el mismo Instituto tuvo que racionar los medios de cultivo para la detección de infecciones en pacientes prequirúrgicos, situación atribuida por el jefe del área de Infectología a un recorte presupuestal del 6 por ciento aplicado a esa partida. Estos antecedentes demuestran que las dificultades en el suministro de insumos del Incich no son episódicas, sino persistentes y vinculadas a condiciones presupuestales estructurales.

Los datos del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2026 confirman la severidad de la restricción financiera; el gasto en salud para 2026 equivale al 2.6 por ciento del Producto Interno Bruto, muy por debajo del 6 por ciento que la Organización Mundial de la Salud recomienda como mínimo para garantizar el acceso universal a servicios de salud de calidad (Organización Panamericana de la Salud OPS, s. f.). El presupuesto asignado a hospitales e institutos nacionales de salud registra un incremento nominal de apenas 7.9 por ciento respecto a 2025; sin embargo, comparado con el gasto efectivamente ejercido en 2024, el sector opera con una reducción real del 26.5 por ciento, de acuerdo con cálculos del Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (Méndez Méndez y Macías Sánchez, 2025).

Entre los institutos nacionales más afectados se encuentran los que atienden las enfermedades con mayor carga de mortalidad: el Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán y el Instituto Nacional de Cancerología registran reducciones reales de aproximadamente 32 por ciento y 33 por ciento, respectivamente, respecto al gasto ejercido en 2024 (Méndez Méndez y Macías Sánchez, 2025). No se dispone de la cifra específica de reducción real del Incich, pero el patrón general es consistente con los antecedentes de desabasto documentados en esa institución.

Es relevante señalar que el Incich publicó el 1 de abril de 2026 un proceso de contratación con adjudicación por 54.28 millones de pesos para la adquisición de materiales, accesorios y suministros médicos de alta especialidad, incluyendo dispositivos cardiovasculares de múltiples fabricantes especializados (Incich, 2026c). La existencia de este proceso de adquisición no permite concluir por sí sola que exista suficiencia de insumos, pues la cadena de suministro involucra etapas sucesivas de planeación, contratación, entrega, recepción, almacenamiento y distribución interna, cualquiera de las cuales puede constituir un punto de fallo. La pregunta relevante es en qué punto de esa cadena se produjo la interrupción que impidió la realización de la cirugía autorizada el 12 de agosto de 2026.

En este contexto, el 1 de septiembre de 2026, la titular del Poder Ejecutivo federal señaló en su Segundo Informe de Gobierno que “ningún hospital que atiende cáncer carece de medicamentos”. Un ejercicio de verificación de hechos publicado ese mismo día documentó que esa afirmación es inexacta: autoridades estatales de Jalisco, Veracruz, Puebla, Sonora, Tamaulipas y Campeche habían reconocido la existencia de desabasto en sus respectivas entidades durante 2026 (Presidencia de la República, 2026). La brecha entre los informes institucionales y la realidad documentada refuerza la necesidad de que el Congreso de la Unión ejerza sus facultades de control y solicite información verificable sobre el estado del abasto en los institutos nacionales de salud.

Fundado en que el artículo 4, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, derecho que implica, en su dimensión de disponibilidad y accesibilidad, que los servicios de salud cuenten con los insumos, equipos y personal necesarios para operar de manera continua y efectiva, sin que factores administrativos o presupuestales constituyan barreras materiales al acceso.

A su vez la Ley General de Salud vigente establece en su artículo 2 que el derecho a la protección de la salud comprende el disfrute de servicios que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población; el artículo 6, fracción III, fija como objetivo del Sistema Nacional de Salud la organización, el control y la vigilancia de la prestación de servicios, lo que incluye la adecuada dotación de insumos como condición de operatividad efectiva; y el artículo 77 Bis 1 reafirma el carácter universal de dicho derecho.

El decreto de creación del Incich lo define como organismo público descentralizado con funciones de atención médica, investigación y formación de recursos humanos en materia cardiovascular; el cumplimiento de estas funciones depende estructuralmente de la disponibilidad oportuna de insumos, medicamentos y dispositivos médicos especializados, cuya provisión forma parte de las obligaciones del Ejecutivo federal en materia de garantía del derecho a la salud.

El artículo 93 de la Constitución Federal faculta a las Cámaras del Congreso de la Unión para requerir información a los servidores públicos del Ejecutivo federal sobre el despacho de sus atribuciones. Además, las proposiciones con punto de acuerdo constituyen el instrumento parlamentario idóneo para ejercer esta facultad cuando la problemática no requiere reforma legal, sino rendición de cuentas, información y medidas administrativas correctivas.

Por ello, la presente proposición no tiene por objeto señalar responsabilidades individuales ni cuestionar la capacidad técnica del personal médico del Incich; su propósito es ejercer la función de control parlamentario frente a una falla documentada en el sistema de abasto de insumos que impidió la realización de una intervención quirúrgica de alta especialidad previamente autorizada, poniendo en riesgo la vida de un paciente.

El abasto oportuno de insumos es una condición sistémica; cuando su ausencia se convierte en una barrera efectiva para el acceso a servicios de salud, la problemática adquiere una dimensión que trasciende lo administrativo y compromete la garantía del derecho constitucional a la protección de la salud. Corresponde al Congreso de la Unión conocer las causas de esta situación y verificar que se adopten las medidas necesarias para evitar que se repita.

Por lo anterior, el Estado debe cumplir con su obligación constitucional de proteger la salud de todas y todos los mexicanos, sin discriminación de ningún tipo y poniendo a disposición de las misma todos los recursos que sean necesarios.

Por ello, me permito someter a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud y al Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez a que, en un plazo no mayor a veinte días naturales contados a partir de la notificación del presente acuerdo, informen a la opinión pública, sobre las causas que originaron la falta de insumos que impidió la realización de la intervención quirúrgica autorizada el 12 de agosto de 2026 al paciente referido en las consideraciones de esta Proposición; las etapas de la cadena de suministro en que se produjo la interrupción; y las acciones concretas adoptadas o en proceso de implementación para resolver dicha situación y garantizar el abasto regular de insumos de alta especialidad.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al Poder Ejecutivo federal y a la Secretaría de Salud a fortalecer y garantizar el abasto oportuno, suficiente y continuo de medicamentos, dispositivos médicos, materiales quirúrgicos e insumos indispensables para la realización de procedimientos de alta especialidad en el Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez y en los demás institutos nacionales de salud. Dicho fortalecimiento deberá incluir la implementación o mejora de mecanismos de planeación de necesidades, alerta temprana de riesgo de desabasto y procedimientos de contingencia que garanticen la continuidad de la atención médica de los pacientes con indicación quirúrgica aceptada, de conformidad con el artículo 4 constitucional y la Ley General de Salud.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a las y los diputados integrantes de la Comisión de Hacienda y Crédito Público a que, en el ámbito de sus atribuciones, impulsen y promuevan que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2027 se asignen a los institutos nacionales de salud recursos presupuestarios suficientes para garantizar la adquisición oportuna de insumos, medicamentos y dispositivos médicos de alta especialidad, considerando el nivel de gasto efectivamente ejercido en años previos y la brecha real de recursos que actualmente limita la operación de dichas instituciones, de conformidad con los estándares internacionales de financiamiento de sistemas de salud establecidos por la Organización Mundial de la Salud.

Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Comisión Nacional de Arbitraje Médico y a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a dar celeridad a la atención de las quejas presentadas en relación con el caso referido en esta proposición —folio CNDH 2026/82868— y a informar a la opinión pública, en un plazo no mayor a veinte días naturales, sobre las medidas adoptadas para garantizar el derecho a la protección de la salud del afectado y de quienes se encuentren en situación análoga en el Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez.

Bibliografía

1 Centro de Investigación Económica y Presupuestaria. (2025, 7 de octubre). Gasto en salud para 2026: aumentos en hospitales y medicamentos; recortes en salud mental. Véase: Méndez Méndez y Macías Sánchez (2025).

2 Comisión Nacional de los Derechos Humanos. (2026, 2 de septiembre). Acuse de recibo de escrito de queja, folio 2026/82868 (Documento oficial).

3 Contreras Bueno, M. A. (2026, 6 de septiembre). Denuncia ciudadana sobre la atención recibida en el Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez (Carta no publicada).

4 Flores, J. (2024, 30 de noviembre). En “situación crítica” Instituto Nacional de Cardiología, denuncia su director; reducción al presupuesto afecta adquisición de insumos y contrataciones. El Universal.

5 Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez. (2025). Programa Institucional 2025-2030 del 6 Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez. Diario Oficial de la Federación.

7 Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez. (2026b, 5 de septiembre). Carta informativa: Resumen clínico de egreso (Documento clínico no publicado).

8 Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez. (2026c, 1 de abril). Materiales, accesorios y suministros médicos. Expediente E-2026-00032390. Compras MX.

9 Ley General de Salud. (2025). Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación.

10 Organización Panamericana de la Salud. (s. f.). Financiamiento de los sistemas de salud. Recuperado el 7 de septiembre de 2026, de https://www.paho.org/es/temas/financiamiento-sistemas-salud

Palacio Legislativo, a 14 de septiembre de 2026.

Diputados: Éctor Jaime Ramírez Barba (rúbrica), Abril Ferreyro Rosado (rúbrica).