Gaceta Parlamentaria, año XXIX, número 7156-III-5, miércoles 28 de octubre de 2026
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno Federal y a la Segob a garantizar la seguridad de los transportistas en las carreteras de México, frenar la violencia, las extorsiones y el cobro de piso, y atender las exigencias del sector ante el paro nacional del 26 de octubre de 2026, a cargo de la diputada Laura Ivonne Ruíz Moreno, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, diputada federal Laura Ivonne Ruiz Moreno, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I, y el artículo 79, numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
I. El autotransporte de carga como actividad estratégica para México
El autotransporte de carga constituye una actividad fundamental para el desarrollo económico y social de México. A través de las carreteras del país se trasladan diariamente alimentos, medicamentos, combustibles, materias primas, productos industriales y mercancías indispensables para el abastecimiento de los hogares, el funcionamiento de las empresas y la continuidad de las cadenas de suministro.
La operación eficiente de este sector permite conectar las distintas regiones del territorio nacional, fortalecer el comercio interno y exterior, impulsar la actividad industrial y comercial, así como generar empleos directos e indirectos para miles de familias mexicanas.
En consecuencia, las condiciones en las que se desarrolla el autotransporte repercuten en la economía nacional y en la vida cotidiana de la población. Cuando las personas transportistas enfrentan inseguridad, extorsiones, elevados costos de operación o infraestructura carretera deteriorada, las consecuencias trascienden al propio sector y pueden afectar la distribución de bienes, la competitividad de las empresas y el bienestar de las familias.
Por ello, garantizar la seguridad de quienes trabajan en el autotransporte de carga, así como contar con carreteras funcionales y condiciones adecuadas para el desarrollo de sus actividades, debe constituir una prioridad para las autoridades competentes.
II. La inseguridad carretera y el paro nacional de transportistas del 26 de octubre de 2026
El lunes 26 de octubre de 2026, diversas organizaciones de transportistas iniciaron una movilización nacional por tiempo indefinido para exigir respuestas concretas frente a los problemas de inseguridad, violencia, extorsiones y deterioro de la infraestructura carretera que, de acuerdo con sus denuncias, afectan de manera recurrente al sector.
La convocatoria a esta movilización refleja la inconformidad de quienes diariamente recorren las carreteras del país y consideran que las condiciones actuales representan riesgos para su vida, su integridad física, su patrimonio y la continuidad de sus actividades productivas.
Entre los datos difundidos por organizaciones del sector en el contexto de la convocatoria se encuentran mil 125 robos al transporte de carga, el asesinato de 15 operadores en lo que va de 2026 y el señalamiento de que hasta 80 por ciento de las carreteras presenta condiciones de deterioro. Asimismo, se ha referido la intención de movilizar hasta un millón de unidades.
Estas cifras se atribuyen a los convocantes y deberán contrastarse con los registros oficiales correspondientes. Sin embargo, las denuncias que acompañan la movilización ponen de manifiesto la necesidad de que las autoridades competentes atiendan con urgencia las condiciones de seguridad y operación del autotransporte.
La jornada de protesta comenzó con movilizaciones en distintas entidades federativas. De acuerdo con información periodística publicada el 26 de octubre, la Secretaría de Gobernación reportó, con corte a las 9:30 horas, manifestaciones en 19 entidades, con 38 puntos de protesta, 691 vehículos y 858 participantes. Entre las vías señaladas por los reportes se encontraron las autopistas México-Querétaro, México-Pachuca, México-Puebla y México-Toluca, además de otros corredores carreteros y accesos urbanos.
Estas movilizaciones evidencian que las preocupaciones del sector no se limitan a una localidad o entidad federativa, sino que involucran problemas que requieren coordinación nacional.
Es importante señalar que el propósito de esta proposición no consiste en desconocer las afectaciones que las movilizaciones puedan ocasionar a terceros, sino en reconocer las causas expuestas por las organizaciones transportistas y promover una respuesta institucional capaz de atenderlas de manera efectiva.
La solución no puede limitarse a procurar que las unidades regresen a sus actividades habituales. Es necesario atender las condiciones que originan la inconformidad, establecer compromisos verificables y garantizar que las demandas sean canalizadas a las autoridades competentes.
III. La violencia, los robos y las extorsiones contra el sector transportista
Una de las principales exigencias de las organizaciones convocantes es el fortalecimiento de la seguridad en las carreteras, ante los robos de vehículos y mercancías, las agresiones contra operadores y las denuncias de extorsiones y cobros de piso.
Los delitos cometidos contra el autotransporte generan pérdidas económicas, afectan el patrimonio de las personas y empresas involucradas y, en los casos más graves, ponen en riesgo la vida de quienes conducen las unidades.
La violencia en carretera también produce consecuencias para las familias de los operadores, quienes enfrentan la incertidumbre de que sus familiares puedan ser víctimas de agresiones durante el desempeño de su trabajo.
A estas circunstancias se suman las denuncias sobre cobros ilegales y presuntas extorsiones atribuidas a grupos delictivos y, en determinados casos, a personas que pudieran desempeñar funciones públicas. Cuando existan elementos que indiquen la comisión de un delito o una conducta irregular, corresponde a las autoridades competentes investigar los hechos y proceder conforme a derecho.
Frente a esta situación, resulta indispensable fortalecer las labores de prevención, vigilancia y atención de emergencias en las carreteras federales, particularmente en los tramos identificados con mayores riesgos.
Asimismo, es necesario mejorar los mecanismos de denuncia, facilitar la comunicación entre los operadores y las autoridades, fortalecer las investigaciones ministeriales y garantizar que las víctimas reciban atención oportuna.
La respuesta institucional debe orientarse a resultados concretos: prevenir los delitos, identificar a los responsables, recuperar vehículos y mercancías, combatir las redes de extorsión y reducir las condiciones que permiten la repetición de estas conductas.
La seguridad carretera no puede ser entendida únicamente como una cuestión de vigilancia. También requiere coordinación entre las instituciones de seguridad pública y procuración de justicia, intercambio de información y seguimiento de los casos denunciados.
IV. El deterioro de la infraestructura carretera y sus consecuencias
Otra de las preocupaciones manifestadas por las organizaciones transportistas es el estado de conservación de las carreteras y autopistas del país.
La infraestructura carretera constituye un componente esencial de la conectividad nacional. Su mantenimiento y conservación son indispensables para garantizar desplazamientos seguros, reducir accidentes, preservar las unidades de transporte y facilitar el traslado oportuno de mercancías.
Cuando las vías presentan baches, daños en la superficie de rodamiento, señalización deficiente u otras condiciones que comprometen la circulación, aumentan los riesgos para las personas usuarias y pueden elevar los costos de operación del sector.
En el caso del autotransporte de carga, estas deficiencias pueden ocasionar daños mecánicos, retrasos en las entregas, mayores gastos de mantenimiento y afectaciones a la productividad.
Por ello, resulta necesario que la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, dentro del ámbito de sus atribuciones, identifique los tramos prioritarios de la red carretera federal y fortalezca las acciones de conservación, reparación, mantenimiento y señalización, con especial atención a aquellos que presenten condiciones de riesgo.
También debe promoverse la coordinación con las autoridades responsables de las carreteras estatales y con los organismos operadores correspondientes, para que las necesidades de infraestructura se atiendan de manera integral.
La inversión y el mantenimiento de las carreteras deben responder a criterios de seguridad, eficiencia, transparencia y prioridad social, a fin de contribuir a la movilidad de las personas y al desarrollo económico del país.
V. Las preocupaciones económicas, fiscales y operativas del sector
Las demandas de las organizaciones transportistas también comprenden cuestiones económicas y regulatorias que, desde su perspectiva, inciden en la viabilidad de sus operaciones.
Entre los asuntos señalados se encuentran los costos de los peajes, los servicios de grúas y depósitos vehiculares, los gastos asociados con la operación de las unidades y las preocupaciones sobre determinadas disposiciones fiscales previstas para el ejercicio fiscal 2027.
En particular, se han expresado inquietudes respecto de los estímulos fiscales vinculados con los gastos de peaje y de los posibles efectos de los cambios normativos en las empresas y personas transportistas.
Estas preocupaciones deben analizarse con responsabilidad, atendiendo a las características de las empresas del sector, las condiciones de quienes operan de manera independiente, los costos de operación, la generación de empleos y los efectos que las medidas fiscales puedan tener en la competitividad del autotransporte.
En este contexto, resulta pertinente que las autoridades hacendarias competentes escuchen los planteamientos de las organizaciones representativas y valoren sus posibles consecuencias dentro del marco jurídico aplicable y de los principios de responsabilidad hacendaria.
De igual forma, es necesario revisar las denuncias relacionadas con posibles cobros indebidos en los servicios auxiliares al autotransporte y fortalecer los mecanismos de supervisión y atención de quejas que correspondan.
La atención de estas demandas no implica asumir de antemano la procedencia de todas las propuestas formuladas por el sector, sino garantizar que sean escuchadas, analizadas y respondidas mediante procedimientos institucionales transparentes.
VI. La responsabilidad de la Secretaría de Gobernación en el seguimiento de las demandas
Ante la dimensión nacional de las movilizaciones y la diversidad de problemas planteados, resulta indispensable que la Secretaría de Gobernación desempeñe un papel activo en la interlocución con las organizaciones representativas del autotransporte.
En el ámbito de sus atribuciones, dicha dependencia puede contribuir a facilitar el diálogo institucional, promover la coordinación entre las autoridades federales y dar seguimiento a los asuntos que requieren la participación de distintas dependencias.
La atención de las demandas no debe limitarse a reuniones aisladas ni a compromisos generales que carezcan de continuidad. Se requiere un mecanismo de seguimiento que permita identificar cada problemática, determinar qué autoridad es competente para atenderla y establecer acciones concretas para avanzar hacia su solución.
Por ello, se considera necesario exhortar a la Secretaría de Gobernación para que, en coordinación con las dependencias federales competentes, establezca, fortalezca y dé seguimiento puntual a las mesas de diálogo con las organizaciones transportistas, a fin de atender sus exigencias en materia de seguridad carretera, prevención de robos, combate a las extorsiones y al cobro de piso, conservación de la infraestructura vial y revisión de las preocupaciones económicas, fiscales y operativas del sector.
Dicho seguimiento debe procurar que los acuerdos alcanzados tengan objetivos definidos, autoridades responsables y mecanismos de evaluación que permitan conocer sus avances.
Asimismo, la Secretaría de Gobernación debe promover que las demandas relacionadas con la seguridad sean canalizadas a las instituciones competentes; las relativas a la infraestructura, a las autoridades responsables de su conservación; y las de naturaleza fiscal, a las instancias hacendarias correspondientes.
La finalidad es evitar que la atención institucional se reduzca a una respuesta coyuntural frente a las movilizaciones y propiciar soluciones de mediano y largo plazo.
El diálogo debe desarrollarse con respeto a las atribuciones legales de cada autoridad, la libertad de manifestación y los derechos de las personas usuarias de las carreteras. Su objetivo debe ser alcanzar acuerdos que contribuyan a mejorar las condiciones del sector y prevenir nuevas situaciones de riesgo.
VII. La necesidad de una respuesta integral del gobierno federal
La problemática expuesta requiere una respuesta integral que articule acciones de seguridad pública, procuración de justicia, infraestructura, regulación y diálogo institucional.
La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y la Guardia Nacional, en el ámbito de sus competencias, deben contribuir a fortalecer las acciones de prevención y vigilancia en las vías federales. La Fiscalía General de la República debe intervenir en la investigación y persecución de los delitos federales que correspondan, mientras que las autoridades estatales deben participar en los asuntos de su competencia y en los mecanismos de coordinación respectivos.
Por su parte, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes debe atender las necesidades de conservación y mantenimiento de la red carretera federal, y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público debe analizar las preocupaciones fiscales que correspondan a sus atribuciones.
La Secretaría de Gobernación, a su vez, debe contribuir a articular la interlocución entre las organizaciones transportistas y las instituciones responsables, promoviendo el seguimiento de los compromisos y la continuidad de los acuerdos.
La actuación coordinada de estas autoridades es indispensable para avanzar hacia carreteras más seguras, condiciones de operación más adecuadas y una respuesta institucional que atienda las causas de la inconformidad.
El paro nacional del 26 de octubre de 2026 representa una oportunidad para fortalecer los canales de comunicación entre el Gobierno Federal y el sector transportista, así como para impulsar medidas que protejan la vida y el patrimonio de quienes participan en una actividad esencial para México.
Por lo anteriormente expuesto, resulta necesario que esta soberanía se pronuncie a favor de la atención oportuna de las demandas del sector y exhorte a las autoridades competentes a adoptar las medidas necesarias, dentro del ámbito de sus atribuciones.
Por lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación para que, en el ámbito de sus atribuciones y en coordinación con las dependencias federales competentes, establezca y dé seguimiento puntual a mesas de diálogo con las organizaciones representativas del autotransporte de carga, con el propósito de atender sus demandas relacionadas con la inseguridad en las carreteras, los robos, las extorsiones, el cobro de piso, el deterioro de la infraestructura carretera y las preocupaciones económicas, fiscales y operativas del sector. Asimismo, se le exhorta a promover compromisos institucionales concretos, identificar a las autoridades responsables de atender cada demanda y dar continuidad a los acuerdos alcanzados.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y a la Guardia Nacional para que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, fortalezcan las acciones de prevención, vigilancia y seguridad en las carreteras federales, con especial atención a los tramos que presenten mayores riesgos para las personas operadoras del autotransporte de carga, a fin de prevenir y combatir los robos, asaltos, agresiones, homicidios y demás delitos que afectan al sector.
Tercero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a la Guardia Nacional y a la Fiscalía General de la República para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, fortalezcan la coordinación y los mecanismos de recepción de denuncias, atención a víctimas e investigación de los delitos cometidos contra transportistas y operadores, particularmente los relacionados con robos de vehículos y mercancías, extorsiones y cobro de piso, así como para que se impulsen las acciones legales que correspondan contra quienes resulten responsables.
Cuarto. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes para que, en el ámbito de sus atribuciones, fortalezca los diagnósticos sobre las condiciones físicas y operativas de la red carretera federal y priorice las acciones de mantenimiento, conservación, reparación y señalización de los tramos que presenten mayores riesgos para las personas usuarias, con el propósito de mejorar la seguridad vial y las condiciones de operación del autotransporte de carga.
Quinto. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, atiendan las problemáticas denunciadas por el sector transportista respecto de los servicios de grúas y depósitos vehiculares vinculados con el autotransporte federal, y fortalezcan los mecanismos de supervisión, transparencia y atención de quejas para prevenir posibles cobros indebidos y promover el cumplimiento de la normativa aplicable.
Sexto. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, en el ámbito de sus atribuciones, analice las preocupaciones expresadas por las organizaciones del autotransporte respecto de las disposiciones fiscales aplicables al sector para el ejercicio fiscal 2027, particularmente aquellas relacionadas con los estímulos fiscales y los gastos de peaje, y valore sus posibles efectos en las empresas, las personas transportistas independientes, el empleo y los costos de operación, considerando la viabilidad de alternativas dentro del marco jurídico y de responsabilidad hacendaria.
Séptimo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación para que promueva la coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, en el ámbito de sus atribuciones, a fin de fortalecer las acciones de prevención del delito, atención de denuncias y combate a las extorsiones y al cobro de piso que afecten al autotransporte, así como para impulsar mecanismos de comunicación y atención entre las autoridades y las organizaciones transportistas.
Octavo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a las autoridades federales competentes para que, en el ámbito de sus atribuciones, fortalezcan los canales de comunicación y atención inmediata para las personas operadoras del autotransporte de carga que enfrenten situaciones de riesgo en carreteras federales, promoviendo mecanismos accesibles para reportar emergencias, solicitar auxilio y dar seguimiento a los incidentes denunciados.
Palacio Legislativo de San Lázaro, 28 de octubre de 2026.
Diputada Laura Ivonne Ruiz Moreno (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las instancias competentes de la Cámara de Diputados a analizar la procedencia de un juicio político en contra de la consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala, ante los señalamientos sobre presuntas irregularidades en el ejercicio de sus funciones, a cargo de la diputada Laura Ivonne Ruíz Moreno, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, diputada federal Laura Ivonne Ruiz Moreno, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I, y el artículo 79, numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
I. Antecedentes
El Instituto Nacional Electoral (INE) constituye una institución fundamental para la vida democrática del país. Su responsabilidad de organizar las elecciones federales, garantizar el ejercicio de los derechos político-electorales de la ciudadanía y contribuir a la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad de los procesos electorales exige que sus integrantes actúen con estricto apego al marco constitucional y legal.
La confianza pública en la autoridad electoral representa un elemento indispensable para la legitimidad de los procesos democráticos. Por ello, la actuación de quienes encabezan y dirigen dicho organismo debe sujetarse a los principios de transparencia, rendición de cuentas, imparcialidad y responsabilidad en el ejercicio del servicio público.
En días recientes, la permanencia de Guadalupe Taddei Zavala al frente de la presidencia del Consejo General del INE ha generado un debate público y legislativo, particularmente a partir de los señalamientos relacionados con presuntas irregularidades administrativas, posibles conflictos de interés y cuestionamientos sobre la contratación de proveedores del organismo electoral.
De acuerdo con información periodística publicada el 24 y 25 de octubre de 2026, legisladores federales han planteado la necesidad de esclarecer dichos señalamientos y han mencionado el juicio político como una de las vías que podrían analizarse para determinar las responsabilidades que, en su caso, correspondan. Asimismo, se ha informado que la consejera presidenta manifestó su decisión de no renunciar al cargo.
En este contexto, el presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, Ricardo Monreal Ávila, ha señalado que la Cámara no cuenta con facultades para exigir directamente la renuncia de la titular de la presidencia del INE, por lo que ha llamado a reflexionar sobre la situación institucional.
La discusión no debe centrarse exclusivamente en la permanencia o separación voluntaria de una persona servidora pública, sino en la existencia de mecanismos constitucionales y legales que permitan investigar hechos concretos, esclarecer posibles responsabilidades y, cuando corresponda, aplicar las sanciones previstas por el orden jurídico.
II. La responsabilidad pública y la rendición de cuentas
El ejercicio de un cargo público conlleva obligaciones constitucionales y legales que deben cumplirse con independencia de la posición jerárquica de quien lo desempeña.
En un Estado democrático de derecho, ninguna persona servidora pública se encuentra exenta de rendir cuentas por sus actos u omisiones. Al mismo tiempo, toda investigación y procedimiento de responsabilidad debe desarrollarse con respeto a la presunción de inocencia, al derecho de audiencia, a la legalidad y al debido proceso.
En el caso del INE, la relevancia de sus funciones exige especial atención a cualquier señalamiento que pudiera comprometer la correcta administración de los recursos públicos, la imparcialidad institucional o la confianza ciudadana en la autoridad encargada de organizar las elecciones.
Las denuncias, observaciones y cuestionamientos públicos no constituyen, por sí mismos, prueba definitiva de responsabilidad. Sin embargo, cuando existan elementos verificables que ameriten una investigación, las autoridades competentes tienen la obligación de examinarlos de manera objetiva, exhaustiva y transparente, dentro de sus respectivas atribuciones.
Por ello, resulta pertinente que la Cámara de Diputados, en el ámbito de sus competencias constitucionales, examine la información disponible y determine si existen elementos suficientes para dar trámite a los mecanismos de responsabilidad política previstos en la legislación.
III. El juicio político como mecanismo constitucional de responsabilidad
El juicio político es un procedimiento de naturaleza constitucional destinado a determinar la responsabilidad política de determinadas personas servidoras públicas cuando, en el ejercicio de sus funciones, incurran en actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho.
El artículo 109, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece las bases generales para la imposición de sanciones mediante juicio político. Por su parte, el artículo 110 incluye expresamente a la persona titular de la presidencia del Consejo General del Instituto Nacional Electoral entre quienes pueden ser sujetos de este procedimiento.
En consecuencia, la consejera presidenta del INE no se encuentra excluida del régimen constitucional de responsabilidades políticas. No obstante, la procedencia del juicio debe sustentarse en hechos concretos que se encuentren comprendidos en las causales legales aplicables, y no únicamente en diferencias políticas, expresiones públicas o en la negativa a presentar una renuncia.
La Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos contempla, entre las conductas relevantes para estos efectos, determinadas infracciones constitucionales o legales graves que ocasionen perjuicios importantes a la Federación, a las entidades federativas o a la sociedad, así como omisiones graves que afecten el funcionamiento de las instituciones, en los términos previstos por la propia legislación.
De ahí que resulte necesario revisar los hechos denunciados, las observaciones formuladas por las instancias fiscalizadoras y la documentación que pudiera existir sobre las decisiones administrativas cuestionadas, a fin de determinar si los elementos disponibles justifican el inicio del procedimiento correspondiente.
La Cámara de Diputados cuenta con atribuciones específicas dentro de este mecanismo: corresponde a esta Cámara sustanciar la etapa que le compete y, cuando proceda, formular la acusación ante el Senado de la República, conforme a los requisitos constitucionales. El Senado, por su parte, actúa como órgano de sentencia.
En caso de que el procedimiento concluya con una resolución condenatoria, el artículo 110 constitucional prevé la destitución y la inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones en el servicio público, de conformidad con las disposiciones aplicables.
Por tanto, el juicio político debe entenderse como una vía institucional para esclarecer y, en su caso, sancionar responsabilidades acreditadas, no como un instrumento automático de remoción ni como una consecuencia directa de la controversia pública que rodea a una persona funcionaria.
IV. La importancia de preservar la autonomía y la credibilidad del INE
La autonomía constitucional del Instituto Nacional Electoral constituye una garantía para el desarrollo de elecciones libres, auténticas y periódicas. Dicha autonomía debe protegerse frente a cualquier intento de injerencia indebida, pero también debe coexistir con mecanismos efectivos de fiscalización, control y rendición de cuentas.
La autonomía institucional no significa ausencia de responsabilidades. Por el contrario, exige que las decisiones de quienes integran el organismo se encuentren debidamente justificadas y puedan ser examinadas mediante los procedimientos previstos en la Constitución y las leyes.
Cuando surgen señalamientos sobre posibles irregularidades en el manejo de recursos, contrataciones públicas o eventuales conflictos de interés, resulta indispensable que las autoridades facultadas actúen con diligencia y que los resultados de sus investigaciones se comuniquen de manera transparente, dentro de los límites legales.
La falta de claridad frente a cuestionamientos relevantes puede incrementar la incertidumbre pública y afectar la percepción ciudadana sobre la imparcialidad de las instituciones electorales. Por ello, la atención de estos asuntos debe realizarse con rigor jurídico, independencia y respeto a las competencias de cada autoridad.
La presente proposición no pretende prejuzgar sobre la responsabilidad de la consejera presidenta ni anticipar el resultado de una investigación. Su propósito es promover que los órganos competentes examinen los elementos disponibles y determinen, con apego a derecho, si existe fundamento para activar los mecanismos de responsabilidad correspondientes.
V. La intervención de la Cámara de Diputados
Ante la controversia pública relacionada con la permanencia de la consejera presidenta del INE y los señalamientos sobre su gestión, la Cámara de Diputados debe actuar dentro del marco de sus facultades y evitar que una discusión de relevancia nacional quede reducida a llamados políticos a la renuncia.
La separación voluntaria del cargo y la determinación de responsabilidades son cuestiones jurídicamente distintas. La primera depende de los supuestos y procedimientos aplicables al encargo; la segunda requiere la intervención de las autoridades competentes y la observancia de las garantías procesales.
En este sentido, la negativa de una persona servidora pública a renunciar no constituye, por sí misma, una causal de juicio político. Sin embargo, tampoco impide que las instancias facultadas examinen denuncias debidamente sustentadas sobre posibles actos u omisiones que pudieran actualizar alguna de las causales previstas en la legislación.
Por ello, resulta pertinente exhortar a las instancias competentes de la Cámara de Diputados a revisar la información y documentación que se encuentre legalmente disponible, así como a valorar si existen elementos suficientes para iniciar o dar trámite al procedimiento de juicio político que corresponda.
Este ejercicio debe realizarse sin presiones partidistas, sin prejuzgar sobre los hechos denunciados y con pleno respeto a la autonomía del INE, a los derechos de la persona señalada y al principio de legalidad.
La finalidad es que las instituciones respondan con procedimientos verificables, decisiones fundadas y resultados transparentes, fortaleciendo así la rendición de cuentas y la confianza ciudadana en el sistema democrático mexicano.
Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales aplicables, someto a consideración de esta soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las instancias competentes de esta soberanía para que, en el ámbito de sus atribuciones y con estricto apego a los artículos 109 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como a la legislación aplicable en materia de responsabilidades de las personas servidoras públicas, analicen los señalamientos y elementos documentales disponibles relacionados con la gestión de Guadalupe Taddei Zavala, consejera presidenta del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, a efecto de determinar si existen elementos suficientes para iniciar o dar trámite al procedimiento de juicio político correspondiente, en caso de actualizarse alguna de las causales legalmente previstas, garantizando en todo momento el debido proceso, el derecho de audiencia, la presunción de inocencia y la autonomía constitucional del organismo electoral.
Palacio Legislativo de San Lázaro, 28 de octubre de 2026.
Diputada Laura Ivonne Ruiz Moreno (rúbrica)