Gaceta Parlamentaria, año XXIX, número 7156-II-3, miércoles 28 de octubre de 2026
Que reforma el artículo 30 de la Ley General de Educación, en materia de educación ambiental, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM
Quienes suscriben, diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 3, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea iniciativa proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XVI del artículo 30 de la Ley General de Educación, en materia de educación ambiental, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
En la actualidad, uno de los mayores desafíos que enfrenta la humanidad es el cambio climático, fenómeno que ha dejado de ser una advertencia científica para convertirse en una realidad palpable con impactos cada vez más severos. Las consecuencias que durante décadas fueron advertidas por la comunidad científica hoy se manifiestan de manera directa y acelerada, afectando tanto a los ecosistemas como a las condiciones de vida de la población.1
La pérdida progresiva de hielo marino, el aumento sostenido y acelerado del nivel del mar, así como la presencia de olas de calor más frecuentes, prolongadas e intensas, son solo algunos de los efectos visibles de este fenómeno global.
Estas alteraciones no solo representan una amenaza ambiental, sino que también generan impactos sociales, económicos y en la salud pública, lo que nos obliga a asumir un papel activo y responsable en la adopción de medidas que contribuyan a la mitigación y adaptación frente al cambio climático.
En este sentido, la educación se presenta como una de las herramientas más eficaces para enfrentar los retos ambientales actuales, específicamente, la educación ambiental desempeña un papel estratégico al fomentar una mayor comprensión sobre la relación entre las actividades humanas y el entorno natural, así como al promover valores, conocimientos y conductas orientadas al uso responsable de los recursos naturales.
A través de la formación ambiental es posible generar una ciudadanía informada y comprometida, capaz de participar activamente en la prevención, mitigación y atención de los problemas ambientales.
Asimismo, la educación ambiental fortalece la toma de decisiones individuales y colectivas, impulsa prácticas sostenibles y contribuye a la construcción de una cultura de respeto y protección del medio ambiente, elementos indispensables para garantizar el desarrollo sostenible y el bienestar de las generaciones presentes y futuras.
En este orden de ideas, la educación ambiental se sustenta en una serie de componentes fundamentales que permiten formar una ciudadanía consciente, informada y comprometida con la protección de su entorno.
En primer lugar, resulta indispensable promover la conciencia y la sensibilidad frente al ambiente y a los desafíos que enfrenta, a fin de que las personas reconozcan la relevancia de los ecosistemas y la urgencia de su conservación.
De igual manera, la educación ambiental debe garantizar la adquisición de conocimientos y una comprensión integral del medio ambiente, de sus procesos naturales y de la interacción que existe entre las actividades humanas y la naturaleza.
Asimismo, es esencial fomentar actitudes de responsabilidad, interés y preocupación por el entorno, así como la motivación para mejorar o preservar la calidad ambiental en los distintos ámbitos de la vida social, económica y comunitaria.
A ello se suma el desarrollo de habilidades que permitan identificar problemas ambientales, analizar sus causas y participar de manera informada en la búsqueda de soluciones viables y sobre todo sostenibles.
Finalmente, la educación ambiental debe incentivar la participación activa de la sociedad en acciones y actividades orientadas a la prevención, atención y solución de los desafíos ambientales, fortaleciendo con ello la corresponsabilidad social y el compromiso colectivo con el cuidado del medio ambiente.2
En este orden de ideas, de acuerdo con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales la educación ambiental constituye un enfoque pedagógico integral que busca formar personas capaces de desempeñar un papel crítico y responsable dentro de la sociedad. Este proceso educativo tiene como finalidad fortalecer una relación equilibrada y respetuosa entre el ser humano y la naturaleza, al tiempo que proporciona las herramientas necesarias para comprender y analizar la problemática ambiental que enfrenta el país y el mundo.3
A través de esta las y los individuos adquieren conciencia sobre el impacto de sus acciones y sobre el papel que desempeñan en la transformación social, orientada a la construcción de mejores condiciones de vida. Asimismo, este enfoque promueve la formación de actitudes, valores y principios éticos que impulsan el compromiso social, la participación informada y la corresponsabilidad en la protección del medio ambiente.
Por todo lo antes expuesto, desde el Partido Verde Ecologista de México se sostiene la convicción de que la educación constituye una herramienta fundamental para transformar y mejorar la realidad social y ambiental del país. En este sentido, resulta indispensable aprovechar y fortalecer el potencial de niñas, niños y jóvenes, reconociéndolos como agentes de cambio, por ello, dotarlos de una formación ambiental sólida permitirá que cuenten con las herramientas necesarias para impulsar procesos de restauración y conservación de los ecosistemas, fomentar modelos de producción y consumo más responsables y, sobre todo, avanzar hacia estilos de vida más sostenibles que garanticen el bienestar de las generaciones presentes y futuras.
Para un mejor entendimiento de la propuesta aquí planteada se presente el siguiente cuadro comparativo:
El objetivo central de la educación ambiental se basa en desarrollar una población que cuente con el conocimiento, las habilidades y el compromiso para trabajar de manera conjunta e individual en la construcción de soluciones efectivas a los problemas existentes pero sobre todo, con un enfoque preventivo ante los nuevos conflictos ambientales.
De acuerdo con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), la región de América Latina y el Caribe se encuentra entre las más vulnerables a los efectos del cambio climático y a la intensificación de los fenómenos meteorológicos extremos. Estas condiciones han provocado impactos significativos en la salud y la vida de la población, así como afectaciones graves en la seguridad alimentaria y en el desarrollo social y económico de los países de la región. En particular, niñas, niños y adolescentes enfrentan riesgos diferenciados que profundizan las desigualdades existentes, lo que evidencia la necesidad de adoptar políticas públicas y marcos normativos que fortalezcan la prevención, la adaptación y la protección de los sectores más vulnerables frente a los efectos del cambio climático.4
En virtud de lo aquí expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma la fracción XVI del artículo 30 de la Ley General de Educación , en materia de educación ambiental
Artículo Primero. Se reforma la fracción XVI del artículo 30 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:
Artículo 30. Los contenidos de los planes y programas de estudio de la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, de acuerdo al tipo y nivel educativo, serán, entre otros, los siguientes:
I. a XV. ...
XVI. La educación ambiental para la sustentabilidad que integre el conocimiento de los conceptos y principios de las ciencias ambientales, el desarrollo sostenible, la prevención y combate del cambio climático, así como la generación de conciencia para la valoración del manejo, conservación y aprovechamiento de los recursos naturales que garanticen la participación social en la protección ambiental. La asignatura de educación ambiental deberá incluirse en la currícula de estudios e impartirse de manera obligatoria en el segundo y en el quinto grado de la educación primaria, así como en el segundo grado de la educación secundaria ;
XVII. a XXV. ...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Véase, Los efectos del cambio climático, NASA. Disponible en: https://ciencia.nasa.gov/cambio-climatico/los-efectos-del-cambio-climat ico/
2 Véase, La importancia de la educación ambiental, Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos. Disponible en: https://espanol.epa.gov/espanol/la-importancia-de-la-educacion-ambienta l
3 Véase, la Educación Ambiental, SEMARNAT. Disponible
en:
https://apps1.semarnat.gob.mx:8443/dgeia/compendio_2018/dgeiawf.semarnat.gob.mx_8080/ibi_apps/WFServleta7ab.html
4 Véase, Una tarea pendiente: 5 razones por las que necesitamos educación ambiental, UNICEF. Disponible en: https://www.unicef.org/lac/historias/una-tarea-pendiente-cinco-razones- por-las-que-necesitamos-educacion-ambiental
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de octubre de 2026.
Diputado Carlos Alberto Puente Salas (rúbrica)