Comunicaciones oficiales Iniciativas de ley o decreto de las legislaturas de los estados


Comunicaciones oficiales

De la Comisión Nacional del Agua, mediante la cual informa que los ingresos excedentes autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público correspondientes al tercer trimestre del ejercicio fiscal 2026 se asignaron a los prestadores del servicio de agua potable y saneamiento participantes en el Programa de Devolución de Derechos

Diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué

Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados

Presente

Hago referencia al Programa de Estímulos de Agua y Saneamiento dentro del Programa de Devolución de Derechos de Agua Potable y Aguas Residuales, y a lo establecido en el artículo 231-A de la Ley Federal de Derechos, específicamente en el último párrafo, que a la letra dice:

“La Comisión Nacional del Agua informará trimestralmente al honorable Congreso de la Unión acerca de la devolución de los recursos destinados a las acciones de mejoramiento de eficiencia y de infraestructura de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales”.

Al respecto, me permito informar que los ingresos excedentes autorizados a la fecha por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a esta Comisión Nacional del Agua, correspondientes al tercer trimestre del ejercicio 2026, ascendieron a $2,144’850,057.00 conforme a la distribución que se anexa, mismos que se asignaron a los prestadores del servicio de agua potable y saneamiento participantes en el programa.

Atentamente

Doctor Felipe Zataráin Mendoza (rúbrica)

Subdirector General



Iniciativas de ley o decreto de las legislaturas de los estados

Del Congreso de Nuevo León, con proyecto de decreto por el que se reforman el inciso b) y el numeral 1 del artículo 250 de la Ley General de instituciones y Procedimientos Electorales

Diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué

Presidente de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 96, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como los artículos 71, fracción III, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LXXVII Legislatura al honorable Congreso del Estado de Nuevo León, pone a consideración a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, iniciativa de reforma al inciso b) y el numeral 1 del Artículo 250 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Se acompaña a la presente copia del expediente y dictamen emitido por la Comisión de Legislación, aprobado en la sesión del día de hoy, así como del acuerdo número 271, que contiene la iniciativa citada en el párrafo anterior para su conocimiento y efectos legales correspondientes, con la atenta súplica de que nos den a conocer el trámite legislativo que se le haya dado al presente.

Sin otro particular aprovechamos la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Monterrey, Nuevo León, a 13 de octubre del 2026


Diputada Claudia Gabriela Caballero Chávez (rúbrica)

Secretaria

Diputada Cecilia Sofia Robledo Suárez, (rúbrica).

Secretaria

Del Congreso de Nuevo León, con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 65 de la Ley de Instituciones de Crédito

Diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué

Presidente de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 96, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como los artículos 71, fracción III, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LXXVII Legislatura al honorable Congreso del Estado de Nuevo León, pone a consideración a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, iniciativa de reforma al primer párrafo del artículo 65 de la Ley de Instituciones de Crédito.

Se acompaña a la presente copia del expediente y dictamen emitido por la Comisión de Legislación, aprobado en la sesión del día de hoy, así como del acuerdo número 268, que contiene la iniciativa citada en el párrafo anterior para su conocimiento y efectos legales correspondientes, con la atenta súplica de que nos den a conocer el trámite legislativo que se le haya dado al presente.

Sin otro particular aprovechamos la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Monterrey, Nuevo León, a 12 de octubre del 2026


Diputada Claudia Gabriela Caballero Chávez (rúbrica)

Secretaria

Diputada Cecilia Sofia Robledo Suárez, (rúbrica).

Secretaria

Del Congreso de Nuevo León, con proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones LXX y LXXI y se adiciona una fracción LXII al artículo 6 de la Ley Federal de Sanidad Animal

Diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué

Presidente de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 96, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como los artículos 71, fracción III, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LXXVII Legislatura al honorable Congreso del Estado de Nuevo León, pone a consideración a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, iniciativa de reforma a las fracciones LXX y LXXI y se adiciona la fracción LXXII al artículo 6, de la Ley Federal de Sanidad Animal.

Se acompaña a la presente copia del expediente y dictamen emitido por la Comisión de Legislación, aprobado en la sesión del día de hoy, así como del acuerdo número 264, que contiene la iniciativa citada en el párrafo anterior para su conocimiento y efectos legales correspondientes, con la atenta súplica de que nos den a conocer el trámite legislativo que se le haya dado al presente.

Sin otro particular aprovechamos la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Monterrey, Nuevo León, a 7 de octubre del 2026


Diputada Claudia Gabriela Caballero Chávez (rúbrica)

Secretaria

Diputada Cecilia Sofia Robledo Suárez, (rúbrica).

Secretaria