Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, para solicitar respetuosamente a la Secretaría de Infraestructura del Gobierno de Puebla y al gobierno municipal de la Ciudad de Puebla que incluya en sus programas de mantenimiento y de recuperación de espacios públicos la atención urgente y prioritaria de la localidad de San Miguel la Rosa, del municipio de la Ciudad de Puebla, a cargo de la diputada María Fabiola Karina Pérez Popoca, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, diputada María Fabiola Karina Pérez Popoca , integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción I, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados someto a consideración de la honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la Secretaría de Infraestructura del Gobierno de Puebla y al Gobierno Municipal de la Ciudad de Puebla, incluir en sus programas de mantenimiento y de recuperación de espacios públicos, la atención urgente y prioritaria de la localidad de San Miguel la Rosa, municipio de la Ciudad de Puebla, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera: EL 6 de diciembre de 2013, a la sesión del Congreso del estado de Puebla, llegaba un punto de acuerdo aprobado por las Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales

Con 29 votos de legisladores locales de todos los partidos políticos se aprobó que los límites entre la ciudad de Puebla y San Andrés fueran definidos para evitar un conflicto posterior, pues se encontraban en disputa 8.5 kilómetros desde 1962.

El resultado: un convenio para que la capital del estado se quedara con 16 colonias –entre ellas San Miguel La Rosa– y San Andrés Cholula con 23.1

Segunda: El día 9 de diciembre de 2013, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del estado de Puebla, el Decreto Sin Número, por el que se aprueba la “Resolución que emite la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales..., para señalar materialmente los límites territoriales del Municipio de Puebla, fijados en el Decreto del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, de fecha treinta de octubre de mil novecientos sesenta y dos”.2

En sus aspectos principales señaló que, tras un análisis técnico respaldado por estudios cartográficos de cuatro universidades de la entidad, el Pleno determinó la división de la franja limítrofe en disputa, la cual abarcaba una superficie de 8.5 kilómetros de longitud lineal.

Para la demarcación de la colindancia Sur-Poniente, el acuerdo fijó una poligonal de doce mil veinte metros apoyada principalmente en infraestructura urbana moderna y accidentes geográficos tradicionales:

• Vía Atlixcáyotl y Bulevares: Se establecen como ejes de fraccionamiento los trazos sobre la Vía Atlixcáyotl, el Bulevar Municipio Libre (Las Torres) y el Bulevar del Niño Poblano.

• Permanencia de Infraestructura en Puebla: Se ratificó que dentro del territorio de la capital quedan asentados el Centro Comercial Angelópolis, el Complejo Cultural Universitario (CCU-BUAP), el Parque Lineal y el Centro Integral de Servicios (CIS).

• Soberanía Fiscal en San Andrés: Se consolida la retención del impuesto predial de los desarrollos inmobiliarios y comerciales aledaños a los linderos fijados por los ríos Atoyac y Zapatero de acuerdo con las especificaciones topográficas validadas.

Tercera: A raíz de esos hechos, la población quedó dividida, entre los que querían continuar perteneciendo a San Andrés Cholula y los que sin ningún problema acataron el Decreto correspondiente.

Sin embargo, independientemente del sentido de identidad de ambos grupos, lo importante es brindar el mantenimiento a la infraestructura urbana existente o bien implementar obras nuevas a favor de la población, e incluso proporcionar los servicios públicos que la población necesita y demanda.

De acuerdo a la tesis doctoral de Alba Lucila Gutiérrez Barrera3 , en las condiciones de los espacios públicos del barrio, los desplazamientos sobre ruedas no son posibles, así: las sillas de ruedas, las carriolas y coches de bebes y niños, los triciclos y las rodantes tiendas/negocios ambulantes; comerciantes autoempleados que venden: tacos, papas fritas, entre otras golosinas, están limitados en sus desplazamientos cotidianos, tanto por la topografía del lugar, como por las condiciones que ofrecen las aceras y vialidades. Los obstáculos sobre las aceras ocupan todo el ancho de estas: vegetación y maleza sin mantenimiento, escombro y materiales de obra (arena, tabiques, varillas), bolsas de basura y basura acumulada, postes de luz, cajas de controles de compañías particulares que disponen del espacio público de manera gratuita y que se les conoce como “parásitos urbanos”.

Por otro lado, con el objetivo de salvar los fuertes desniveles provocados por la topografía del lugar, existen calles peatonales escalonadas peligrosamente largas (hasta de 37 peldaños continuos), mal construidas y peligrosamente fuera de dimensiones funcionales, en huella y contrahuella, escaleras sobre rampas demasiado anchas y sin pasamanos, así como la proliferación de obstáculos entre escalones, como pozos de registro mal resueltos.

En todo el barrio están diseminados peligrosos elementos constructivos de soluciones disfuncionales, que fomentan y provocan graves accidentes.

Cuarta: Al ser una Localidad que se confina en el área limítrofe de la Ciudad de Puebla y San Andrés Cholula, la propia ubicación de la misma y los problemas del pasado aquí expuestos, sitúan a sus habitantes en una situación alarmante, ya que la carencia de mantenimiento de sus espacios públicos, rehabilitación de infraestructura urbana, aunado a la falta de servicios públicos colocan a San Miguel de la Rosa en un territorio abandonado, que requiere atención no sólo prioritaria sino permanente.

Por todo lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, solicita respetuosamente a la Secretaría de Infraestructura del Gobierno de Puebla y al Gobierno Municipal de la Ciudad de Puebla, incluir en sus Programas de Mantenimiento y de Recuperación de Espacios Públicos, la atención urgente y prioritaria de la localidad de San Miguel la Rosa, municipio de la Ciudad de Puebla, lo anterior, en el marco del derecho constitucional a vivir en un medio ambiente sano.

Notas:

1. Redacción 24 horas el Diario Sin Límites Puebla, “Crisis en San Miguel La Rosa ”.20 de junio de 2016. Disponible en https://24horaspuebla.com/2016/06/crisis-en-san-miguel-la-rosa/

2. Diario Oficial de la Federación. “ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba la modificación de la Cartografía Electoral Federal respecto de los límites territoriales entre los municipios de Puebla y San Andrés Cholula, en el Estado de Puebla.”. Disponible en https://dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5365854

3. Gutiérrez Barrera, Alba Lucila. Benemérita Universidad Autónoma de Puebla. Impactos Socioterritoriales en las Condiciones de Movilidad por Acciones Gubernamentales Caso: San Miguel la Rosa, Unidad Territorial Atlixcáyotl, Puebla México. Disponible en https://repositorioinstitucional.buap.mx/items/4e2973a6-35df-4b96-b97a- 343c28ec58ba

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 7 de octubre de 2026.

Diputada Karina Pérez Popoca (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a la CNDS que analice focalizar los programas sociales para aliviar la pobreza extrema, a cargo de la diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de la honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a la Comisión Nacional de Desarrollo Social para que analice focalizar los programas sociales para aliviar la pobreza extrema.

Consideraciones

Uno de los principios torales de la Cuarta Transformación es la máxima: “Por el bien de todos, primero los pobres ”. Esta forma de dirigir la vida pública de México es un paradigma nunca antes visto, en donde se prioriza la atención hacia las personas más necesitadas para hacer de nuestro país uno en donde la dignidad, el progreso y el bienestar sean elementos comunes en la vida de cada persona mexicana y no obedezcan a los privilegios de unos cuantos por encima del bienestar común.

Así, a lo largo de 7 años, nuestra nación ha avanzado con paso firme y decidido hacia un espacio que brinde más oportunidades a quienes históricamente han sido excluidos de ellas. Basta ver las reformas a los textos constitucionales y particularmente al contenido del artículo 4o, para darse cuenta del aspecto reformador que tiene esta nueva forma de gobernar, en donde más y mejores derechos se consagran como realidades para toda persona en territorio nacional.

Aspectos como el derecho a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, así como al papel prioritario del maíz en ella; la salud progresiva y cualitativa para el bienestar de todos; el bienestar animal; vivienda adecuada; pensión para adultos mayores y personas con discapacidad permanente; becas para que los jóvenes construyan el futuro a través de la educación; el derecho a la movilidad en condiciones de seguridad; una vida libre de violencia y recursos suficientes oportunos y progresivos para garantizar estos y más derechos sociales, son solo una muestra de la revolución legislativa que impulsa la Cuarta Transformación en la inclusión de todos.

En ese sentido, aunque el camino legislativo aun es largo, la ruta es más clara que nunca: por el bien de todos, primero los pobres.

Por ello, como legisladora de Morena y como chiapaneca, uno de mis grandes compromisos tiene que ver con apoyar la búsqueda de soluciones legislativas que permitan alcanzar una equidad sustantiva y que fomenten en el ámbito administrativo una toma de decisiones enfocada en mitigar la pobreza extrema, no solo mediante el destino de más recursos, sino mediante el direccionamiento eficiente de los recursos ya existentes para hacer más con menos.

Uno de los grandes aciertos de esta nueva forma de gobernar, proviene de fortalecer los programas sociales y ampliarlos para reducir las inequidades sociales en ámbitos, territorios y realidades muy distintas que les permita a las personas mejorar su calidad de vida, sin importar su contexto específico y sus necesidades particulares; prueba de ello es la variedad de programas sociales que han sido puestos en marcha desde 2018:

Jóvenes construyendo el futuro y jóvenes escribiendo el futuro para apoyar la educación en todos los niveles; sembrando vida para apoyar la producción del campo; pensión para adultos mayores para combatir la mendicidad y la falta de oportunidades de nuestros adultos mayores; pensión para mujeres y madres trabajadoras, que combate la desigualdad estructural provocada por años de violencia contra las mujeres, son algunos de los ejemplos más destacados de la manera en que los gobiernos humanistas han impulsado el desarrollo pleno y en libertad de las personas, permitiéndoles perseguir la vida que desean y mejorando sus condiciones para abandonar las desventajas sociales que en última instancia nos lastiman a todos como sociedad.

Afirmación que proviene de datos estadísticos tomados con el mayor rigor técnico a través de una institución transparente, independiente, objetiva e imparcial, como lo es el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), encargado a nivel constitucional y legal de medir la pobreza y evaluar la política de desarrollo social en México.

Que, a través del Análisis de los Resultados de la Medición de la Pobreza Multidimensional, 20241 , demostró que gracias a los programas sociales y en específico a aquellos que implican una transferencia directa de recursos, se redujeron los índices de pobreza extrema en un 2.8% y de pobreza en un 7.9%, que de acuerdo a estimaciones del propio INEGI2 , se traduce en casi 5 millones de personas beneficiadas. Cifras abrumadoras que demuestran la importancia de los programas sociales para permitir que la gente abandone tan lastimosa condición.

De forma que, se considera que una manera de contribuir en la expansión de beneficios de los programas sociales sin invertir mayores recursos en ellos, tiene que ver con distribuirlos de mejor manera.

Para ello, se propone considerar la multidimensionalidad de la pobreza en la forma de atender a abordar el combate a la pobreza, concentrando esfuerzos en quienes más lo necesitan primero.

En ese marco, la Comisión Nacional de Desarrollo Social (CNDS), presidida por la Secretaría de Bienestar e integrada por las Secretarías de Educación Pública, Salud, Medio Ambiente y Recursos Naturales, Trabajo y Previsión Social, y Agricultura y Desarrollo Rural, junto con autoridades estatales y municipales, constituye el órgano idóneo para analizar y coordinar estas acciones de focalización interinstitucional. Facultar la articulación de los programas sociales a través de la CNDS permite una pronta identificación de las necesidades regionales y agiliza la elaboración de una respuesta multidisciplinaria e integral.

Por lo expuesto, resulta apremiante solicitar a la CNDS que, derivado del análisis de las zonas de atención prioritaria señaladas en el artículo 29 de la Ley General de Desarrollo Social, dirija y concentre los programas sociales vigentes hacia las áreas territoriales con los mayores niveles de pobreza extrema, permitiendo a la población desarrollar su economía local y superar las condiciones de vulnerabilidad.

Enfoque, que prioriza una revisión pronta, inmediata y multidisciplinaria consistente con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) para 2030 de la Organización de las Naciones Unidas (ONU)3 , así como con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)4 .

En virtud de lo anterior, se somete a la consideración de esta asamblea el siguiente:

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Comisión Nacional de Desarrollo Social para que, en el ámbito de sus atribuciones y derivado del análisis de las Zonas de Atención Prioritaria establecidas en la Ley General de Desarrollo Social, focalice y articule los programas sociales vigentes hacia las zonas o regiones territoriales que concentren altos niveles de pobreza extrema, con el objetivo de maximizar la eficiencia de los recursos públicos, garantizar la equidad sustantiva y acelerar la mitigación de las carencias sociales desde un enfoque de atención multidimensional.

Notas:

1. INEGI. 2025. Análisis de los Resultados de la Medición de la Pobreza Multidimensional, 2024 . p. 4. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025/pm/pm20 25_RR_08.pdf última fecha de consulta: 06 de abril de 2026.

2. ídem p. 55.

3. Al respecto, ver Objetivo 1.2: https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/poverty/ última fecha de consulta: 06 de abril de 2026.

4. United Nations Development Programme and Oxford Poverty and Human Development Initiative. 2024. Global Multidimensional Poverty Index. Poverty amid conflict . Disponible en: https://hdr.undp.org/system/files/documents/hdp-document/mpireport2024e n.pdf última fecha de consulta: 06 de abril de 2026

Dado en el salón de sesiones del recinto legislativo de San Lázaro, a 7 de octubre de 2026.

Diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Jalisco a diseñar, a través de la Coordinación General Estratégica de Seguridad del Estado de Jalisco, la Fiscalía del Estado de Jalisco y la Fiscalía Especial en Personas Desaparecidas, una estrategia y despliegue operativos focalizados con la finalidad de inhibir y desarticular las dinámicas de captación y reclutamiento forzado de menores de edad, a cargo de la diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez , diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6 numeral 1, fracción I; y 79 numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado de Jalisco, para que a través de la Coordinación General Estratégica de Seguridad del estado de Jalisco, así como a la Fiscalía del estado de Jalisco y a la Fiscalía Especial en Personas Desaparecidas diseñe una estrategia y despliegue operativos focalizados con la finalidad de inhibir y desarticular las dinámicas de captación y reclutamiento forzado de menores de edad al tenor de los siguientes

Considerandos

En los últimos años, en México se acentúo una crisis de desapariciones, siendo el reclutamiento forzado uno de los principales factores de estas, ante ello se han tomado y operado diferentes estrategias de seguridad para combatirlo, sin embargo, las cifras a pesar de ir a la baja continúan con números que deben atenderse.

Con base en el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (Rnpdno)1 y diferentes colectivos de búsqueda, se evidencia que el país supera las 135,000 personas desaparecidas y no localizadas, concentrándose de forma crítica en Jalisco y Nuevo León. Afectando de manera particular a niños, jóvenes y mujeres, grupos que presenta mayor vulnerabilidad, esto está ligado a dinámicas de reclutamiento forzado por parte de grupos delictivos que aprovechan la exclusión social, y utilizan plataformas digitales para captar perfiles jóvenes.

La crisis de reclutamiento forzado en México se manifiesta de distinta forma dependiendo de la entidad en donde se desarrolle.

Ejemplo de ello es una comparación entre Guadalajara con Nayarit, se evidencia cómo la escala de la violencia cambia completamente la modalidad y el tipo de víctimas que buscan.

El siguiente cuadro, permite visualizar la situación que se vive actualmente entre las entidades antes mencionadas, lo cual demuestra la crisis que se sufre en Guadalajara:

Cuadro realizado con base datos del artículo de Marisol Ochoa periodista de el Economista en su columna de Niñez en manos del crimen: “El reclutamiento que México no puede ignorar” 2

A mayor abundamiento, la utilización de menores en estas regiones críticas responde a una estrategia deliberada de grupos delictivos. Como se expone en la materia, los grupos delincuenciales reclutan niñas, niños y adolescentes por su disponibilidad y maleabilidad. Aunado a ello el sistema de justicia especializado es mucho menos severo que el que se aplica a los mayores de edad, lo que aprovechan. En este escenario, participan de manera directa en delitos como robo, lesiones, homicidio, extorsión, tráfico de drogas o secuestro.

Esta situación afecta a personas adultas, sin embargo, se ha intensificado de manera particular en menores de edad, esto se da porque existen grupos que se acercan a ellos, un ejemplo, el uso de la tecnología, por medio de perfiles falsos, utilizando salas de juego en línea para ganar su confianza, una vez obtenida, les ofrecen dinero, armas o trabajo como informantes, de ahí el reclutamiento forzado para sumarlos a sus filas.

Una de las modalidades más peligrosas es cuando se acercan a zonas escolares con poca vigilancia, usando a jóvenes de la misma edad que ya fueron enganchados , para que inviten a compañeros de la escuela para “ganar dinero fácil” vendiendo sustancias o vigilando las calles, actividad conocida como halconeo , como bien lo dicen las notas periodísticas: EL ECONOMISTA 3 La niñes en manos del crimen: el reclutamiento que México no puede ignorar, VANGUARDIA 4 Reclutamiento forzado principales causas de desaparición en Jalisco , en donde explican que los menores son privados de su libertad, adoctrinados, deshumanizados, entrenados y utilizados para acciones específicas: halcones, secuestros, ejecuciones, entre otras funciones. 5

Este fenómeno de captación es un problema multifactorial estrechamente vinculado al contexto familiar, personal y escolar de los menores. Los grupos delictivos buscan jóvenes con baja autoestima o en situaciones vulnerables, aprovechando que se encuentran en una etapa de construcción de identidad en la que requieren modelos a seguir. En este contexto, las pandillas promueven “valores o principios ” y estrategias de convencimiento que atraen a los menores porque, como integrantes de una organización, se les proporciona seguridad, pertenencia, respeto y solidaridad.

Así, los menores hallan empatía y reconocimiento, llegando a normalizar la violencia al grado de adoptar como ideales o modelos admirables a sicarios o personas que tienen jerarquías altas dentro de las organizaciones criminales.

Cabe resaltar que el reclutamiento forzado no debe confundirse con la trata de personas ni con la corrupción de menores, ya que no implica la explotación del cuerpo, sino la imposición de cometer delitos .

La diferencia entre la trata de personas con el reclutamiento forzado, parte de la finalidad del victimario, esto porque al ser reclutado por parte de la delincuencia organizada no lo hacen con fines sexuales, sin embargo, su finalidad es que labores directamente para ellos y posteriormente también reclutes a más menores, lo cual es un delito estipulado en el Código Penal Federal que a la letra dice;

Artículo 201 del Código Penal Federal:

Artículo 201.- Comete corrupción de menores, quien obligue, induzca, facilite o procure a una o varias personas menores de 18 años o una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o una o varias personas que no tienen capacidad para resistirlo a realizar cualquiera de los siguientes actos:

Consumo habitual de bebidas alcohólicas;

Consumo de sustancias tóxicas o al consumo de alguno de los narcóticos a que se refiere el párrafo primero del artículo 193 de este Código o al fármaco dependencia;

Mendicidad con fines de explotación;

Comisión de algún delito;

Formar parte de una asociación delictuosa; o

Realizar actos de exhibicionismo corporal o sexuales simulados o no, con fin lascivo o sexual.

La gran diferencia consiste en que la corrupción penaliza el uso del menor aprovechando su desarrollo (vicios y perversión de su entorno), mientras que el reclutamiento forzado se enfoca en anular su voluntad por medio de la violencia o el engaño, para convertir a la víctima en un brazo ejecutor del grupo delictivo, atentando directamente contra sus derechos fundamentales y afectando su desarrollo integral e impacto negativo en su futuro. 6

Las infancias constituyen un grupo vulnerable frente a estos grupos que día a día incorporan en sus filas a niñas, niños y adolescentes atentando contra sus derechos fundamentales, su desarrollo integral e impactando de manera negativa en su futuro. Su vulnerabilidad se da debido a que las propuestas que les hacen los impresionan ofreciéndoles cantidades de dinero muy altas, brindándoles una facilidad de obtener recursos y poder comprar lo que ellos quieran, siendo atraídos fácilmente.

Asimismo, debe considerarse que la niñez que ha vivido en zonas precarizadas e inmersas en la violencia se encuentra más vulnerable a involucrarse con grupos delictivos, pues normaliza la violencia al contar con familiares, amigos o conocidos que participan en ellos. Los esfuerzos para combatir a los grupos delictivos y la ejecución de sus actividades o negocios han generado una grave amenaza de violencia para los residentes de diversos pueblos indígenas; asimismo, la vida y la seguridad personal de los sectores más vulnerables de la población en estas regiones se han visto gravemente afectadas.

Cabe resaltar que este delito afecta a la niñez de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, ejemplo de lo anterior es lo que acontece en la comunidad Wixárika, poblado conocido como huichol, ubicado en San Andrés Cohamiata, en el Municipio de Mezquitic, Jalisco, que declara que existen grupos que usan sus tierras para el adiestramiento de los individuos reclutados forzosamente, ocasionando que la comunidad sufra del abuso, lo cual conlleva a un desplazamiento territorial, provocando que los habitantes originarios prefieran viajar a otras entidades, para vivir con mayor seguridad . Como bien se explica en la nota de El Universal 7 , “Habitantes de comunidad Wixárika exigen intervención de autoridades por escuadrones del crimen organizado en su territorio ”. Exponiendo la presencia de por lo menos 6 campamentos en distintos puntos de esta zona, los cuales operan sin que ninguna autoridad intervenga, los pobladores señalan que solicitaron la presencia de la Guardia Nacional y el Ejercito, para enfrentar tal crisis que afecta su territorio, sin obtener resultados a pesar de manifestarse pacíficamente.

Asimismo, la presencia de estos grupos agrava la marginación económica del pueblo Wixárika en Jalisco, como bien se menciona en El Economista 8 “Hartos de acoso, extorsión y asesinatos de grupos delictivos, habitantes Wixárika piden ayuda ”, debido al tipo de actividades que realizan, ejemplo de lo anterior es la extorsión, el cobro de piso, homicidios, desapariciones, reclutamiento forzado, la población Wixárika vive un estado de asfixia permanente , atrapada entre los abusos antes mencionados y una pobreza extrema que no da tregua.

No debemos perder de vista que cuando los grupos delictivos se llevan a nuestros jóvenes, no solo nos roban a nuestros hijos, nos están borrando el futuro. Se están llevando a los únicos que pueden escuchar a los abuelos y aprender nuestra lengua, costumbres y forma de vivir.

Al golpear a nuestros pueblos, rompen una cadena de siglos y condenan a nuestra cultura a morir en el olvido.

Las familias huyen con el corazón roto, dejando sus tierras para salvar lo poco que pueden. No huyen solo de las balas, huyen para que la memoria de sus antepasados no se apague para siempre , porque un pueblo sin jóvenes es un pueblo condenado a desaparecer.

Por lo anteriormente enunciado, la suscrita pone a consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Gobierno de Jalisco para que, a través de la Coordinación General Estratégica de Seguridad del Estado de Jalisco, diseñe una estrategia y despliegue operativos focalizados con la finalidad de inhibir y desarticular las dinámicas de captación y reclutamiento forzado de menores de edad.

Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno de Jalisco para que por medio de la Fiscalía del Estado de Jalisco, y de la Fiscalía Especial en Personas Desaparecidas, analice y, en su caso, garantice la activación e inmediata difusión de los mecanismos de emergencia Alerta Amber y Protocolo ALBA desde el momento en que se reciba el reporte o denuncia de no localización, con base en los lineamientos generales de operación del programa nacional alerta Amber México artículos 7, 13, 15 y 23 para garantizar el acceso efectivo al interés superior de la niñez.

Notas:

1. https://consultapublicarnpdno.segob.gob.mx/

2. https://imdhd.org/redlupa/informes-y-analisis/informes-estatales/region -bajio/personas-desaparecidas-jalisco/

3. https://es-us.noticias.yahoo.com/ni%C3%B1ez-manos-crimen-reclutamiento- m%C3%A9xico-072108712.html

4. https://vanguardia.com.mx/noticias/internacional

5. https://es-us.noticias.yahoo.com/ni%C3%B1ez-manos-crimen-reclutamiento- m%C3%A9xico-072108712.html

6. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPF.pdf

7. https://www.eluniversal.com.mx/estados/habitantes-de-comunidad-wixarika -exigen-intervencion-de-autoridades-por-escuadrones-del-cjng-en-su-terr itorio-hay-campamentos-dicen/

8. https://www.eleconomista.com.mx/politica/Hartos-de-acoso-extorsion-y-as esinatos-del-CJNG-huicholes-piden-ayuda...-al-Mencho-20240116-0075.html

Palacio legislativo de San Lázaro, a 7 de octubre de 2026

Diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a las legislaturas de las entidades federativas del país que cumplan con la armonización legislativa constitucional en materia de pueblos indígenas y afromexicanos, a cargo de la diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez , diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6 numeral 1, fracción I; y 7 numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a las legislaturas de las entidades federativas del país, dar cumplimiento a la armonización legislativa Constitucional; en materia de Pueblos Indígenas y Afromexicanos.

Considerandos

El 30 de septiembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diferentes disposiciones del artículo 2o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de pueblos Indígenas y Afromexicanos, por medio del cual se incorporó un nuevo marco de reconocimiento y garantía de los derechos de estos.

La reforma constitucional representa un avance histórico en el reconocimiento de la composición pluricultural y multiétnica de la Nación y fortalece el derecho a la libre determinación y autonomía, así como su participación en las decisiones que les impactan.

Entre los aspectos más relevantes se encuentra el reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, bajo el mismo régimen constitucional, el establecimiento de obligaciones para las autoridades de los tres órdenes de gobierno encaminadas a garantizar el ejercicio efectivo de estos derechos.

La reforma no se limitó a modificar el texto constitucional, el propio Decreto estableció obligaciones concretas para que las autoridades de los tres órdenes de gobierno adecuaran su marco jurídico, para hacer efectivos los derechos reconocidos.

En particular, el Quinto Transitorio del Decreto estableció expresamente:

...

...

...

...

“Quinto.- Las autoridades de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de su competencia, deben realizar las adecuaciones normativas que aseguren las características de la libre determinación y autonomía de los pueblos indígenas y afromexicanas, en el marco de la unidad nacional en los términos que establece esta Constitución, así como su reconocimiento como sujetos de derecho público y el respeto irrestricto a sus derechos; lo anterior, en un plazo de ciento ochenta días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.”

De conformidad con el Primer Transitorio, el Decreto entró en vigor al día siguiente de su publicación el 1 de octubre de 2024. En consecuencia, el plazo de 180 días naturales previsto en el Quinto Transitorio concluyó el 29 de marzo de 2025.1

Por lo que, el plazo establecido ha concluido y hasta el momento tan solo el Congreso del Estado de Michoacán ha cumplido las adecuaciones normativas requeridas, como bien se dice directamente en la página del INPI:

Michoacán se convierte en la primera entidad federativa del país en dar este paso histórico para armonizar su Constitución y consecuentemente su ordenamiento jurídico en virtud de la Reforma Constitucional al artículo 2°. 2

Lo anterior se confirma a través de las notas periodísticas de la entidad, en donde se atribuye a Michoacán como la primera entidad federativa en cumplir con la armonización constitucional. Que a la letra dice:

“EL ECONOMISTA”: Con esta iniciativa Michoacán es el primer estado del país en armonizar la constitución local y el ordenamiento jurídico con la Constitución Federal, y la principal innovación es que se reconoce a los pueblos indígenas y afromexicanos como sujetos de derecho púbico con personalidad jurídica y patrimonio propio. 3

En contraste a las notas anteriores, el resto de las entidades federativas mantienen pendientes, totales o parciales, de la armonización constitucional, legal o reglamentaria que les corresponde pese a que el plazo de 180 días naturales señalado en el régimen transitorio concluyó el 29 de marzo de 2025.

Aunque existen iniciativas, trabajos legislativos, procesos de consulta o dictámenes en trámite que constituyen un avance en el proceso legislativo, no equivale, por sí misma, al cumplimiento del mandato establecido en el Quinto Transitorio. Para considerar atendida dicha obligación resulta necesario que los ajustes normativos correspondientes hayan sido aprobados y, en su caso, promulgados y publicados conforme al procedimiento previsto en cada entidad federativa.

El incumplir en la armonización legislativa local tiene como consecuencias directas no hacer efectivos los derechos reconocidos por la reforma constitucional, especialmente aquellos que se relacionan con la libre determinación y autonomía, los sistemas normativos propios, la personalidad jurídica y el patrimonio propio, la participación y representación, así como las condiciones para la administración y ejercicio de los recursos públicos que correspondan a los pueblos indígenas y afromexicanos.

La Constitución especificó que las constituciones y leyes de las entidades federativas deben establecer las bases y mecanismos necesarios para asegurar el efectivo cumplimiento de las disposiciones que contiene el artículo 2o dentro de sus respectivos ámbitos de competencia.

Por ende, la armonización de las legislaciones locales constituye una condición indispensable para que la reforma Constitucional trascienda al derecho efectivo en las comunidades.

Debe señalarse que la observancia de esta obligación corresponde a todas las entidades federativas, el artículo 2o constitucional, concede a los pueblos indígenas y afromexicanos aplicar los derechos igualitariamente en todo el país.

La finalidad de esta invitación es llamar respetuosamente su atención sobre el vencimiento del plazo por el propio Decreto y solicitar que, en el ámbito de su competencia, agilicen este proceso.

Asimismo, las adecuaciones legislativas deberán realizarse garantizando la participación efectiva de los pueblos indígenas y afromexicanos por medio de los procesos de consulta que resulten constitucional y legalmente procedentes, de conformidad con los derechos reconocidos en el propio artículo 2o constitucional.

La reforma constitucional del 30 de septiembre de 2024 constituye un compromiso del Estado Mexicano con los pueblos indígenas y afromexicanos, su aplicación exige que las autoridades de los tres órdenes de gobierno cumplan las obligaciones derivadas de ella y que las normas locales sean congruentes con la nueva medida constitucional.

Por ello, resulta necesario que esta Cámara de Diputados haga un llamado a las legislaturas de las entidades federativas que aún se encuentran pendientes de armonización para que garanticen que los derechos reconocidos constitucionalmente puedan ejercerse de manera efectiva.

Por lo anteriormente expuesto, y con el propósito de contribuir al cumplimiento efectivo de la reforma constitucional en materia de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, se somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a las Legislaturas de las Entidades Federativas, a que, en el ámbito de sus respectivas competencias, concluyan y, en su caso, impulsen el proceso de armonización de sus constituciones locales alusivos a la reforma del artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre del 2024, en materia de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a las Legislaturas de las entidades federativas a que, durante sus procesos de armonización, garanticen la participación efectiva de los pueblos indígenas y afromexicanos, mediante los procesos de consulta que correspondan, procurando que las reformas respondan a sus necesidades y respeten plenamente sus derechos.

Notas:

1. https://dof.gob.mx/nota_detalle.php%3Fcodigo%3D5739986%26fecha%3D30/09/ 2024?#gsc.tab=0

2. https://www.gob.mx/inpi/articulos/aprueba-congreso-de-michoacan-reforma -constitucional-sobre-derechos-de-los-pueblos-indigenas-y-afromexicanos

3. https://www.eleconomista.com.mx/politica/reforma-constitucional-reconoc imiento-pleno-comunidades-indigenas-michoacan-bedolla-20241119-734891.h tml

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de octubre de 2026

Diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vasquez (rúbrica)