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Comunicaciones oficiales

Del diputado Jorge Luis Villatoro Osorio, mediante la cual solicita el retiro de iniciativa

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de marzo de 2026.

Diputada Kenia López Rabadán

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

El que suscribe, diputado Jorge Luis Villatoro Osorio , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicito a usted respetuosamente gire sus apreciables instrucciones a fin de que sea retirada la siguiente iniciativa:

- Con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción VIII al artículo 76 Bis 1 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de atención al cliente, publicada en la Gaceta Parlamentaria el 10 de febrero de 2026.

Atentamente

Diputado Jorge Luis Villatoro Osorio (rúbrica)

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite el informe semestral de la Fuerza Armada Permanente en Tareas de Seguridad Pública, correspondiente al periodo del 20 de mayo al 19 de noviembre de 2025, que el Ejecutivo federal presenta al honorable Congreso de la Unión, en cumplimiento a lo establecido en el decreto por el que se reforma el artículo quinto transitorio del decreto de reformas constitucionales, en materia de Guardia Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2022

Ciudad de México, a 9 de marzo de 2026.

Diputada Kenia López Rabadán

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Con fundamento en los artículos 26, fracción I, y 27, fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito remitir copia del oficio número SSPC/SPCVPC/00074/2026, de fecha 5 de marzo del año en curso, mediante el cual la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana envía el Informe Semestral de la Fuerza Armada Permanente en Tareas de Apoyo a la Seguridad Pública, correspondiente al periodo del 20 de mayo al 19 de noviembre de 2025, mismo que el Ejecutivo federal presenta al honorable Congreso de la Unión en cumplimiento de lo establecido en el decreto que reformó el artículo quinto transitorio del decreto de reformas constitucionales en materia de Guardia Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2022.

Para efectos de lo anterior, se anexa una versión impresa del informe en mención y quince tarjetas con el código QR que permite acceder al archivo digital del citado informe.

Le envío un cordial saludo.

Atentamente

Licenciada Rosa Icela Rodríguez Velázquez (rúbrica)

Secretaria de Gobernación


Ciudad de México, a 5 de marzo de 2026.

Licenciada Rosa Icela Rodríguez Velázquez

Secretaria de Gobernación

Presente

Estimada Licenciada:

Por instrucciones del maestro Omar Hamid García Harfuch, secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, y con fundamento en lo dispuesto por los numerales 2 apartado A fracción I punto 2, 6 fracción XXVII y 8 del Reglamento Interior de esta dependencia, me refiero al decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2022, que reformó el artículo quinto transitorio del decreto de reformas constitucionales en materia de Guardia Nacional, el cual establece el deber de entregar al honorable Congreso de la Unión un informe semestral sobre el uso de la facultad otorgada a la persona titular del Ejecutivo federal para disponer de la Fuerza Armada Permanente en tareas de seguridad pública.

Al respecto, me permito remitir tres versiones impresas y 25 tarjetas con el código QR que permite acceder al archivo digital del Informe Semestral de la Fuerza Armada Permanente en Tareas de Apoyo a la Seguridad Pública, 20 de mayo al 19 de noviembre de 2025.

Lo anterior con el propósito de que se haga llegar el instrumento al citado órgano legislativo, en cumplimiento al mandato constitucional y en términos de lo previsto por los artículos 27, fracción III; 29, 30 y 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Maestro José Luis Rodríguez Díaz de León (rúbrica)

Subsecretario



Minutas

Con proyecto de decreto, por el que se reforma el artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias

Ciudad de México, 10 de marzo de 2026.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presente

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.

Atentamente

Senadora Lizeth Sánchez García (rúbrica)

Secretaria


PROYECTO DE DECRETO

CS-LXVI-II-2P-46

POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS.

Artículo Único. Se reforma el artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 11. Constituye violencia laboral: la negativa ilegal a contratar a la Víctima o a respetar su permanencia o condiciones generales de trabajo; la descalificación del trabajo realizado, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, las conductas referidas en la Ley Federal del Trabajo, la explotación, el impedimento a las mujeres de llevar a cabo el periodo de lactancia previsto en la ley, la percepción de un salario menor por igual trabajo dentro de un mismo centro laboral, y todo tipo de discriminación por condición de género.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- Ciudad de México, a 10 de marzo de 2026.

Senadora Laura Itzel Castillo Juárez (rúbrica)

Presidenta

Senadora Lizeth Sánchez García (rúbrica)

Secretaria

Con proyecto de decreto, por el que se reforma la fracción XX del artículo 11 de la Ley General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación

Ciudad de México, 10 de marzo de 2026.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presente

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XX del artículo 11 de la Ley General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación,

aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.

Atentamente

Senadora Lizeth Sánchez García (rúbrica)

Secretaria


PROYECTO DE DECRETO

CS-LXVI-II-2P-47

POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN XX DEL ARTÍCULO 11 DE LEY GENERAL EN MATERIA DE HUMANIDADES, CIENCIAS, TECNOLOGIAS E INNOVACIÓN.

Artículo Único. Se reforma la fracción XX del artículo 11 de la Ley General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, para quedar como sigue:

Artículo 11. ...

I. a XIX. ...

XX. La preservación y desarrollo de las lenguas indígenas, su reivindicación, inclusión, estudio, difusión y uso en todos los ámbitos de las humanidades, las ciencias, las tecnologías y la innovación, en confluencia con el español y las lenguas extranjeras;

XXI. a XXVI. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- Ciudad de México, a 10 de marzo de 2026.

Senadora Laura Itzel Castillo Juárez (rúbrica)

Presidenta

Senadora Lizeth Sánchez García (rúbrica)

Secretaria