Gaceta Parlamentaria, año XXIX, número 6987-III-6, martes 3 de marzo de 2026
Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a promover el cumplimiento del principio de igualdad salarial y la aplicación de criterios de equidad en las contrataciones y servicios deportivos, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Quien suscribe, diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 2, fracciones I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La equidad salarial entre hombres y mujeres es el principio según el cual personas que realizan trabajos de igual valor, bajo condiciones similares de responsabilidad, experiencia y complejidad, deben recibir una remuneración igual sin importar su género1 . Aclarar este concepto es fundamental para avanzar hacia justicia laboral y eliminar la discriminación económica basada en el sexo.
En México este también es un derecho constitucional reconocido en el artículo 123, Apartado A, Fracción VII, que a la letra dice:
...A trabajo igual corresponderá salario igual, sin tener en cuenta sexo, género ni nacionalidad. Las leyes establecerán los mecanismos tendientes a reducir y erradicar la brecha salarial de género...2
A pesar de que esté consagrado en la Constitución, el estudio Discriminación Estructural y Desigualdad Social , publicado por el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación3 (Conapred) en 2017, revela que, en México, los hombres reciben en promedio un ingreso laboral por hora trabajada 34.2% mayor al de las mujeres, aunque estas varían significativamente por clase ocupacional.
La evidencia demuestra que la igualdad salarial entre mujeres y hombres aún no se materializa plenamente en la realidad laboral del país. La brecha salarial de género continúa siendo una problemática persistente y estructural, que se manifiesta no sólo en el salario base, sino también en el acceso diferenciado a bonos, incentivos, prestaciones, ascensos, capacitación y puestos de toma de decisiones.4 Esta situación impacta de manera directa en la autonomía económica de las mujeres y reproduce desigualdades que trascienden el ámbito laboral, afectando el bienestar de los hogares y el desarrollo social en su conjunto.
La legislación vigente en México, si bien prohíbe la discriminación salarial, se ha construido históricamente sobre un modelo predominantemente reactivo, que actúa una vez que la desigualdad ya se ha producido y, en muchos casos, sólo a partir de la denuncia individual. Este enfoque resulta limitado frente a una problemática de carácter estructural, pues traslada a las personas trabajadoras la carga de identificar, probar y denunciar prácticas discriminatorias, al tiempo que depende de la capacidad operativa del Estado para realizar inspecciones en un universo amplio y diverso de centros de trabajo.5
La inequidad salarial entre mujeres y hombres persiste de forma estructural, ningún ámbito ha sido liberado de esta, en este caso es el deporte que a pesar de ser una actividad física con el objetivo expresar o mejorar la aptitud física y el bienestar mental, formar relaciones sociales u obtener resultados en la competencia a todos los niveles, también ha sido parte de esta inequidad y falta de derechos laborales6 .
Lamentablemente el deporte es un espacio donde la discriminación e injusticias se han convertido en prácticas comunes a todas las escalas, no solo a deportistas de alto nivel, también se ha escaldo a las personas que participan haciendo posible que el mismo se lleve a cabo con reglas, orden y paz.
La brecha salarial en el deporte se ha convertido en una práctica injustamente cotidiana que obstaculiza la continuidad y profesionalización de las mujeres, en este caso en el arbitraje refleja que la desigualdad es tanto evidente como estructural.
Esta desigualdad no es un fenómeno aislado ni exclusivo de determinados sectores productivos; se reproduce también en ámbitos que históricamente han sido concebidos como espacios de mérito, disciplina y competencia objetiva. El deporte, que en su esencia promueve valores como la justicia, el respeto y la igualdad de oportunidades, no ha sido ajeno a las brechas estructurales que afectan a las mujeres en el mercado laboral7 . Por el contrario, en múltiples disciplinas y niveles de competencia persisten diferencias significativas en remuneraciones, acceso a oportunidades y reconocimiento profesional.
En el ámbito deportivo, esta desigualdad se manifiesta no solo en las remuneraciones de las y los atletas, sino también en las condiciones laborales de quienes hacen posible la realización de competencias, tales como árbitras y árbitros, personal técnico, equipo médico, logística y organización. En particular, el arbitraje deportivo ha evidenciado diferencias en pagos, oportunidades de designación, acceso a competencias de alto nivel y profesionalización, lo que reproduce patrones estructurales de exclusión y limita el desarrollo pleno de las mujeres en este sector.
Si bien en los últimos años se han registrado avances en materia de igualdad en algunas disciplinas y ligas profesionales, las brechas salariales y de condiciones contractuales persisten, especialmente cuando se comparan competencias femeniles y varoniles, así como las remuneraciones otorgadas en torneos de distinta visibilidad. Esta realidad no solo afecta la autonomía económica de las mujeres, sino que envía un mensaje contradictorio respecto del principio constitucional de igualdad.
Hoy en día asistimos al crecimiento de las mujeres en el deporte, ha sido un parte aguas para hablar sobre equidad salarial en el deporte. Mujeres como Soraya Jiménez, Paola Espinosa, Iridia Salazar, Belem Guerrero, María Espinoza, Paola Longoria, Lorena Ochoa, Maribel Domínguez, Vanessa Zambotti, Doramitzi Hernández o Alexa Moreno, entre muchas otras mujeres, han marcado con sus triunfos y actuaciones a toda una generación de niñas y mujeres que hoy necesitan de un marco institucional que las proteja, reconozca y permita desarrollarse en diversas disciplinas deportivas8 , sin embargo no solo ellas son el ejemplo, sino que también las propias trabajadoras que hacen posibles estos eventos.
En el contexto de la próxima Copa Mundial de la Federación Internacional de Fútbol Asociación 2026 (Mundial FIFA 2026 )9 , organizada por la Federación Internacional de Fútbol Asociación y que tendrá como una de sus sedes a México, país en el que se disputarán trece partidos en algunos de los estadios más emblemáticos, incluida la ceremonia inaugural en la selección mexicana varonil del Futbol en donde debutará contra la selección de Sudáfrica en la Ciudad de México10 , esta oportunidad, se presenta una coyuntura histórica para reafirmar el compromiso del Estado mexicano con la igualdad sustantiva en el deporte.
Este evento, que será el de mayor dimensión en la historia de la competencia por el número de selecciones participantes, partidos programados y audiencia global, implicará una amplia movilización de recursos públicos y privados, así como la coordinación de autoridades federales, estatales y municipales. La magnitud organizativa, mediática y económica del Mundial 2026 convierte a este escenario en una plataforma idónea para que los principios constitucionales de igualdad y no discriminación se reflejen de manera concreta en las contrataciones, lineamientos y criterios laborales aplicables a la organización y desarrollo del evento, así como en futuros eventos deportivos masivos celebrados en el país.11
En ese sentido, es indispensable que la organización y desarrollo del Mundial FIFA 2026 en México se conduzcan bajo estándares claros de igualdad y no discriminación, particularmente en lo relativo a las condiciones de contratación, remuneración y trato del personal involucrado en el evento. La participación de mujeres y hombres en tareas de arbitraje, logística, operación, seguridad, servicios médicos, comunicación y demás actividades vinculadas al torneo debe realizarse en condiciones de equidad salarial y respeto pleno a sus derechos laborales, por su puesto esto desde la obviedad y en el sentido de las personas contratadas y no de los voluntarios.
La proyección internacional del evento implica que cada decisión adoptada durante su preparación y ejecución envía un mensaje no solo al país, sino a la comunidad internacional. Garantizar que los principios constitucionales se traduzcan en prácticas laborales justas durante un evento de esta magnitud fortalecerá la imagen de México como un Estado comprometido con la igualdad sustantiva y el trabajo digno.
Por ello, el Mundial 2026 no debe entenderse únicamente como una celebración deportiva, sino también como una oportunidad para consolidar buenas prácticas institucionales que puedan replicarse en la organización de futuros eventos deportivos masivos en el territorio nacional.
Si bien la celebración del Mundial FIFA 2026 constituye una oportunidad histórica para visibilizar y fortalecer el principio de igualdad salarial en el ámbito deportivo, este compromiso no debe limitarse a un solo evento ni entenderse como una medida aislada. Por el contrario, debe sentar un precedente que se replique de manera sistemática en todos los eventos deportivos masivos organizados o apoyados con recursos públicos en el territorio nacional. La adopción de lineamientos permanentes en materia de igualdad y no discriminación permitirá consolidar estándares laborales claros y uniformes, garantizar condiciones equitativas para mujeres y hombres, y asegurar que la política deportiva nacional se conduzca con apego pleno a los principios constitucionales. Solo así el impacto del Mundial trascenderá lo coyuntural y se convertirá en un verdadero impulso para transformar estructuralmente las prácticas laborales en el deporte mexicano.
En este sentido, también resulta indispensable que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en el ámbito de sus atribuciones, adopte medidas firmes que permitan hacer efectivo el principio de igualdad salarial y la prohibición de cualquier forma de discriminación en los centros de trabajo del país. La organización de la Copa Mundial de la FIFA 2026 implica un volumen significativo de contrataciones, subcontrataciones y prestación de servicios, lo que exige reforzar acciones institucionales que aseguren que dichos procesos se desarrollen bajo criterios de equidad, legalidad y respeto a los derechos laborales.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los principios de igualdad y no discriminación consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos previamente fundados, resulta pertinente que esta Cámara de Diputados exhorte a las autoridades competentes a adoptar medidas concretas que garanticen la igualdad salarial y condiciones laborales equitativas en la organización del Mundial FIFA 2026 12 , así como en todos los eventos deportivos masivos realizados en el territorio nacional. La magnitud de dicho evento impone la responsabilidad de que sus efectos trasciendan el ámbito deportivo y se traduzcan en avances tangibles en materia de justicia laboral e igualdad sustantiva.
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte a que, en el ámbito de sus atribuciones, emita o fortalezca lineamientos que garanticen la igualdad salarial y condiciones laborales libres de discriminación entre mujeres y hombres en la organización y desarrollo de eventos deportivos masivos realizados en territorio nacional.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Titular del Poder Ejecutivo federal, por conducto de la Representación del Gobierno de México para la Copa Mundial de la Federación Internacional de Fútbol Asociación 2026, a que, en el marco de la organización de este evento, promueva el cumplimiento del principio de igualdad salarial y la aplicación de criterios de equidad en las contrataciones y servicios vinculados al mismo.
Tercero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para que, en el ámbito de sus atribuciones, garantice el cumplimiento efectivo del principio de igualdad salarial y la prohibición de prácticas discriminatorias en los centros de trabajo vinculados a la organización y desarrollo de eventos deportivos masivos en territorio nacional.
Notas:
1. Brecha salarial de género: qué es, qué dice la ley y cómo combatirla desde la empresa, Información Disponible en: https://meritxellbeltran.com/que-es-la-brecha-salarial-en-las-empresas/
2. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 123, Apartado A, Fracción VII, Información Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf.
3. Discriminación estructural y desigualdad social, Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, Información Disponible en: https://www.conapred.org.mx/documentos_cedoc/Discriminacionestructural% 20accs.pdf
4. Iniciativa que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en materia de auditorías salariales con perspectiva de género, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, Disponible en: http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2026/01/asun_5004320_ 20260114_1768429678.pdf
5. Ibidem.
6. Gobierno de México, Secretaría del Bienestar, Información Disponible en: https://www.bienestar.gob.mx/sibien/index.php/recreacion/19-recreacion/ 24-actividades-deportivas
7. FIFA report finds wide discrepancy in womens pay, contracts, attendance, Disponible en: https://www.reuters.com/sports/soccer/fifa-report-finds-wide-discrepanc y-womens-pay-contracts-attendance-2025-03-17/
8. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo, la Ley General de Cultura Física y Deporte, y la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en materia de paridad y equidad en el deporte, presentada por el senador Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano. Disponible en: http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2023/03/asun_4523267_ 20230323_1678207210.pdf
9. Copa Mundial de la Federación Internacional de Fútbol Asociación 202, Disponible en: https://www.fifa.com/es/tournaments/mens/worldcup/canadamexicousa2026
10. TUDN, Sorteo Mundial 2026: México vs. Sudáfrica es el partido inaugural en el Estadio Ciudad de México, Disponible en:https://www.tudn.com/mundial-2026/sorteo-mundial-2026-mexico-vs-suda frica-es-el-partido-inaugural-en-el-estadio-ciudad-de-mexico
11. Ibidem.
12. Copa Mundial de la Federación Internacional de Fútbol Asociación 202, Disponible en: https://www.fifa.com/es/tournaments/mens/worldcup/canadamexicousa2026
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026
Diputada y diputados: Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, Pablo Vázquez Ahued (rúbricas)
Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a impulsar acciones de comunicación institucional para la concientización y visibilización de la salud mental en el deporte con motivo del mundial 2026, y a realizar gestiones para incorporar mensajes preventivos en espacios oficiales vinculados al evento, suscrita por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Quien suscribe, diputados y diputadas del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 2, fracciones I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del Pleno de la H. Cámara de Diputados el presente punto de acuerdo, con base en la siguientes
Exposición de Motivos
Los eventos deportivos nacionales e internacionales son espacios de amplia visibilidad social y mediática que trascienden la competencia atlética para convertirse en plataformas de cohesión, identidad y proyección internacional, estos representan una historia de décadas y trascienden directamente en la vida no solo de los deportistas, sino de la sociedad en general.
En los próximos meses, México será uno de los tres países sede de la Copa Mundial de la Federación Internacional de Fútbol Asociación 2026, en nuestro territorio habrá 13 partidos los cuales se llevarán a cabo en los vestidos emblemáticos de la Ciudad de México, Guadalajara y Monterrey. Esta edición será la más grande en la historia del torneo por el número de selecciones participantes y partidos programados, por lo que la atención mediática y la concentración de afición alcanzarán niveles sin precedentes. En este contexto, el alcance y la proyección del evento constituyen una oportunidad estratégica para difundir mensajes de interés público, particularmente aquellos orientados a la prevención y sensibilización en materia de salud mental en el deporte.1
En ese contexto, no estamos hablando sólo de un torneo deportivo, si no que nos encontramos frente a un evento con audiencias masivas y con impacto social directo, es así como la propia Federación Internacional de Fútbol Asociación (FIFA) ha señalado que se espera una asistencia acumulada de alrededor de 6.5 millones de personas a los estadios en los tres países sede.2
Para México, los estimados públicos también muestran la magnitud: se ha difundido que el torneo podría atraer alrededor de 5.5 millones de visitantes internacionales en el país y cerca de 800 mil asistentes a los 13 partidos que se disputarán en territorio nacional, lo que significa que, en días de partido, millones de personas estarán pendientes de los mensajes oficiales dentro y fuera de los estadios, incluyendo pantallas, sonido local y activaciones para la afición.3
La magnitud de esta proyección no solo representa un impacto económico y turístico, sino también una oportunidad comunicativa sin precedentes para el Estado mexicano. Cuando millones de personas concentran su atención en un mismo evento, los mensajes institucionales adquieren una capacidad de alcance y legitimidad que será difícilmente replicable en otros contextos, por eso todo aquello que se comunique debe de tener un enfoque que aterrice y apoye con los problemas de todas y todos.
Por ello, este evento deportivo, es un buen momento para mandar un mensaje que sea útil para abordar el tema de la salud mental en el deporte, si bien se ha demostrado que el deporte puede ser parte de la solución para calmar problemas de ansiedad o depresión, porque ayuda a la convivencia y al bienestar, también puede traer presión fuerte, ansiedad por el rendimiento, lesiones, agotamiento y estigma para pedir ayuda. En muchos entornos todavía se normaliza aguantar y callar; eso termina afectando tanto a atletas de alto rendimiento, así como a las niñas, niños y adolescentes que practican deporte.4
La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha reportado que más de mil millones de personas viven con algún trastorno de salud mental, y ha insistido en que se requieren más acciones de prevención, atención y reducción del estigma. Si esto es un reto global, en un evento del tamaño del Mundial la visibilización cobra sentido, por lo que mandar un mensaje breve, repetido y bien diseñado puede ayudar a que más personas identifiquen señales de alarma, busquen apoyo y entiendan que pedir ayuda no es debilidad.5
Además, hablar de salud mental, no es ajeno al tema deportivo, por el contrario, constituye un componente esencial del desempeño, la formación integral y la permanencia de las personas en la práctica física y competitiva, así mismo, la OMS también recuerda que existen tratamientos eficaces para problemas como la depresión, y que la atención oportuna cambia vidas6 , por tanto, es de suma importancia que el Mundial de Fútbol de la FIFA sea una ventana clara para promover cultura de prevención y orientación, con mensajes responsables que incluyan rutas institucionales de apoyo, sin politizar el evento y sin invadir atribuciones de terceros.
Es pertinente recordar que México ha aprovechado anteriormente eventos masivos como plataformas para la difusión de campañas de prevención en diversos ámbitos de interés público. En este caso, la diferencia radica en que el mensaje guarda una relación directa con la propia dinámica deportiva: el esfuerzo constante, la presión competitiva, las expectativas sociales, las lesiones y el desgaste emocional que pueden presentarse incluso en atletas de alto rendimiento. Esta conexión natural entre el contenido del mensaje y la experiencia que se observa en la cancha fortalece su pertinencia y potencial impacto.
Por su parte, la propia FIFA ha impulsado campañas sobre salud mental, por ejemplo, lanzó la campaña ReachOut en colaboración con la OMS, precisamente para visibilizar síntomas y promover que la gente pida ayuda cuando la necesita. Eso demuestra que el tema ya está en la conversación del fútbol internacional y que un mensaje preventivo es compatible con la lógica del espectáculo.7
Hay evidencia de por qué vale la pena hablarlo sin miedo. La literatura médica ha señalado que los síntomas y trastornos de salud mental son comunes en atletas de alto rendimiento y que pueden afectar su desempeño, aumentar riesgo de lesiones o dificultar la recuperación. Un documento de consenso del Comité Olímpico Internacional lo dice con claridad: la salud mental no puede separarse de la salud física en el deporte de alto nivel.8
Incluso, la evidencia científica reciente advierte que las implicaciones pueden extenderse más allá de la etapa competitiva. Una revisión sistemática y metaanálisis publicada en 2024 señala que la prevalencia de síntomas de ansiedad y depresión en ex atletas de alto rendimiento, medida en un momento determinado, puede superar significativamente la observada en la población general, con variaciones según la disciplina practicada. Este hallazgo resulta relevante porque pone de relieve que las afectaciones emocionales no siempre son visibles durante la competencia ni se reflejan en los resultados deportivos, lo que subraya la necesidad de incorporar estrategias de prevención y acompañamiento a lo largo de toda la trayectoria deportiva.9
Es importante destacar, que diversos deportes operan con presiones constantes que se vinculan con la imagen del atleta, tanto su composición corporal como su estética, lo que incrementa el riesgo de conductas dañinas, esto se ve refutado en un metaanálisis publicado en la National Library of Medicine , donde se reporta una prevalencia promedio del 19% sobre conductas alimentarias desordenadas auto reportadas en atletas.10
La salud mental en el deporte no solo significa pasar por un periodo de estrés, si no que puede presentarse como episodios de Burnout - síndrome representa un estado de agotamiento físico, emocional y mental, producto de la exposición a situaciones que implican una gran carga emocional durante tiempos prolongados11 -, ansiedad intensa, depresión, mismos que pueden derivar en trastornos de la conducta alimentaria, alteraciones del sueño, consumo de sustancias, bloqueos mentales ligados a la presión, a las lesiones o a la exposición pública.
El impacto ha sido tal que, durante la celebración de los juegos Olímpicos de Invierno de Milán-Cortina 2026 , en donde uno de los temas más relevantes que se pusieron sobre la mesa fue el tema de la salud mental, tanto fue su importancia que el Comité Olímpico Internacional impulsó un paquete de apoyos específicos para atletas12 , es así que habilito la línea telefónica Mentally Fit la cual estaba diseñada para ofrecer un apoyo profesional las 24 horas del día en 70 idiomas diferentes, disponible para todos los atletas participantes.
El ejemplo más claro derivado de los últimos Juegos Olímpicos de Invierno Milán-Cortina 2026 , fue el de la patinadora artística Alysa Liu, quien fue la ganadora del oro en su prueba de patinaje, ella ha comentado para varios medios que se retiro del deporte para enfocarse en su bienestar físico y mental, y de esa manera volver en mejores condiciones para competir.13
Un ejemplo claro resulta del caso de la famosa gimnasta Simone Biles, que después de las olimpiadas de Tokio 2020, se retiró de las competencias, priorizando su salud mental tras experimentar desorientación en sus entrenamientos, dicha decisión abrió la puerta a la necesidad del acompañamiento psicológico y la importancia de normalizar el cuidado de la salud mental.14
Por otro lado, la tenista profesional Naomi Osaka también evidenció el impacto emocional que puede generar el entorno de competencia, en el año 2021 decidió retirarse, expresó para la revista TIME que había sufrido episodios de depresión, su testimonio refuerza el hecho de que incluso en el éxito deportivo, las personas atletas enfrentan cargas psicológicas relevantes, por lo que la prevención y el acceso a un apoyo oportuno resulta indispensable.15
En nuestro país tenemos un claro ejemplo que demuestra por qué el tema en comento es necesario, el cual fue el caso de la gimnasta Alexa Moreno que fue objeto de críticas y acoso en redes sociales durante su Competencia en los Juegos Olímpicos de Río 2016 , las cuales se centraron en su apariencia física, lo que evidenció cómo los estereotipos pueden traducirse en violencia física simbólica y presión emocional sobre las personas deportistas.16
Los problemas de salud mental no son exclusivos de un solo país, deporte o género, otro nacional, es el del taekwondoín Carlos Sansores Acevedo, quien ha sido señalado en reportajes como un caso en el que después de una participación en los Juegos Olímpicos de Tokio 2020 , atravesó una profunda depresión, que lo hizo considerar dejar el deporte que más le apasionaba.
Carlos Sansores en una entrevista después de su participación expreso:
Entré en el dilema si dejaba este deporte, pero también pensé que el taekwondo me ha abierto muchas puertas y he conseguido muchas amistades. Incluso me decía: ya no te van a querer porque perdiste, por lo que tuve que hablar con mis papás, mi esposa, mi entrenador y mis verdaderos amigos, quienes me indicaron que todavía podía y que luchara otro ciclo, finalmente seguí y en Guadalajara 2022 se comenzaron a dar los buenos resultados .17
Finalmente, el clavadista británico Tom Daley deportista abiertamente gay y referente internacional en la visivilización de la diversidad en el deporte - expreso que durante años cargó con miedo y tensión por tener que esconder quien era, y ha contado que declararse abiertamente homosexual fue un punto de liberación, que le permitió competir con mayor claridad y estabilidad emocional.
En sus propias palabras el Tom Daley menciono que:
El matrimonio me liberó, iba a los entrenamientos sin preocupaciones añadidas. Cuando eres un deportista de alto nivel tienes que afrontar las competiciones lo más enfocado posible. Dejé de distraerme. Me subía a la plataforma siendo yo mismo, con el apoyo de mi marido, de mis hijos, como la persona que realmente era y no como la versión que los demás creían ver. Comencé a saltar como si no tuviera nada que esconder 18
En este contexto, es indispensable que las políticas públicas en materia deportiva incorporen de manera explícita la dimensión emocional como parte del desarrollo integral de las y los deportistas. La promoción de mensajes preventivos y de sensibilización contribuye a reducir el estigma asociado a la búsqueda de apoyo psicológico, fomenta entornos más seguros y responsables, y envía una señal clara de que el rendimiento competitivo no debe anteponerse al cuidado integral de la persona. Aprovechar un evento de alcance global para posicionar esta conversación representa una acción coherente con los desafíos actuales del deporte contemporáneo.
También hay algo muy básico: hablarlo reduce el estigma. Cuando el mensaje viene en un espacio de alta visibilidad, como un Mundial, ayuda a que la gente entienda que pedir apoyo no es quebrarse , si no cuidar la vida. La OMS ha insistido en que hay tratamientos eficaces para problemas como la depresión y que, con atención oportuna, las personas mejoran. Por eso es tan relevante que la información venga acompañada de orientación clara y de canales institucionales.
Desde el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano consideramos que el deporte debe concebirse como un espacio de desarrollo integral, que abarque no solo la dimensión física, sino también la emocional y psicológica de quienes lo practican y lo rodean. Por ello, la presente proposición plantea aprovechar el alcance del Mundial 2026 para impulsar acciones de concientización sobre la salud mental en el deporte, dirigidas a atletas, entrenadores, personal técnico y afición en general, con especial énfasis en niñas, niños y jóvenes que encuentran en las y los deportistas referentes de conducta y aspiración.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte para que, en el ámbito de sus atribuciones, diseñe e impulse una estrategia de concientización y visibilización de la salud mental en el deporte, en el marco de la Copa Mundial de la Federación Internacional de Fútbol Asociación 2026 en México, mediante mensajes breves de prevención, no estigmatización y promoción del bienestar mental, para su difusión a través de sus canales institucionales de comunicación y materiales informativos vinculados al evento, conforme a las disposiciones aplicables.
Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para que, en coordinación con la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, elabore y difunda contenidos de orientación y prevención sobre salud mental vinculada al deporte, e incluya información clara sobre canales institucionales de atención y orientación disponibles para la población, a fin de facilitar la identificación oportuna de señales de alerta y la búsqueda de apoyo, mediante sus canales oficiales de comunicación, conforme a la normatividad aplicable.
Tercero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Titular del Poder Ejecutivo federal, por conducto de la Representante del Gobierno de México para la Copa Mundial de la Federación Internacional de Fútbol Asociación 2026 , para que, en coordinación con la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte y la Secretaría de Salud, realice las gestiones necesarias con los organizadores del evento a fin de incorporar, cuando sea técnica y operativamente posible, dichos mensajes y materiales en los espacios oficiales de comunicación vinculados al evento, incluyendo su difusión previa al inicio de los partidos en sedes mexicanas, conforme a los acuerdos, lineamientos y disposiciones aplicables.
Notas:
1. México Copa Mundial, FIFA 2026, disponible en: https://www.fifa.com/en/tournaments/mens/worldcup/canadamexicousa2026/m exico
2. Un estudio de la FIFA y de la OMC estima en 47,000 millones de dólares el rendimiento económico del Mundial de Clubes FIFA 2025 y de La Copa Mundial de la FIFA 2026 en Estados Unidos, publicado el 4 de abril de 2025, disponible en: https://inside.fifa.com/es/organisation/media-releases/estudio-fifa-omc -estima-47000-millones-dolares-rendimiento-economico-mundial-clubes
3. Copa Mundial FIFA 2026 es una gran oportunidad para la región de Baja California, SEGOB, publicado el 6 de enero de 2026, disponible en: https://consulmex.sre.gob.mx/sandiego/index.php/boletines/974-fifa-worl d-cup-2026-a-huge-opportunity-for-the-calibaja-region
4. Salud Mental, OMS, publicado el 8 de octubre de 2025, disponible en: https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/mental-health-stren gthening-our-response
5. Más de mil millones de personas viven con trastornos de salud mental: urge ampliar los servicios. OMS, publicada el 2 de septiembre de 2025, disponible en: https://www.who.int/es/news/item/02-09-2025-over-a-billion-people-livin g-with-mental-health-conditions-services-require-urgent-scale-up
6. Trastorno depresivo (Depresión), OMS, publicado el 29 de agosto de 2025, disponible en: https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/depression
7. La FIFA pone en marcha la campaña #ReachOut en pro de una mejor salud mental, OMS, publicada el 2 de agosto de 2021, disponible en: https://www.who.int/es/news/item/02-08-2021-fifa-launches-reachout-camp aign-for-better-mental-health
8. Salud mental en atletas de élite: declaración de consenso del Comité Olímpico Internacional (2019), National Library of Medicine, publicado en junio de 2019, disponible en: https://pubmed.ncbi.nlm.nih.gov/31097450/
9. Prevalencia de ansiedad y depresión en exatletas de élite: una revisión sistemática y metaanálisis, NIH, publicado el 18 de diciembre de 2024, disponible en: https://pmc.ncbi.nlm.nih.gov/articles/PMC11667483/
10. Una revisión sistemática, metaanálisis y meta-regresión de la prevalencia de trastornos alimentarios autoinformados y factores asociados entre atletas de todo el mundo, National Library of Medicine, publicado el 7 de febrero de 2024, disponible en: https://pmc.ncbi.nlm.nih.gov/articles/PMC10851573/
11. Burnout en deportistas: ¿Un tema frecuente?, NeuroClass, publicado el 16 de mayo de 2024, disponible en: https://neuro-class.com/burnout-en-deportistas-un-tema-frecuente/
12. Cómo ponerse en contacto con el servicio de asistencia telefónica Mentally Fit, Olimpics, disponible en: https://www.olympics.com/athlete365/es/articles/mental-health/contact-t he-mentally-fit-helpline-today
13. Alysa Lui, reina del patinaje artístico en Milán-Cortina 2026, La Jornada Maya, publicado el 20 de febrero de 2026, disponible en: https://www.lajornadamaya.mx/internacional/259198/alysa-liu-reina-del-p atinaje-artistico-en-milan-cortina-2026
14. Simone Biles se retira de la final olímpica por equipos. TIME, publicado el 27 de julio de 2021, disponible en: https://time.com/6084331/simone-biles-not-competing-team-event-final/
15. Naomi Osaka: It´s O.K. Not to Be O.K, TIME, disponible en: https://time.com/6077128/naomi-osaka-essay-tokyo-olympics/
16. Gimnasta deja de lado críticas en Río, El Siglo de Torreón, publicado el 12 de agosto de 2016, disponible en: https://www.elsiglodetorreon.com.mx/noticia/2016/gimnasta-deja-de-lado- criticas-en-rio.html
17. Quien es Carlos Sansores Acevedo, Milenio, publicado el 24 de julio de 2024, disponible en: https://www.milenio.com/deportes-olimpicos/juegos-olimpicos/carlos-sans ores-acevedo-deportista-taekwondo-mexicano-paris-2024
18. Tom Daley, sin salir del armario no habría ganado el oro olímpico. El País, publicado el 21 de junio de 2025, disponible en: https://elpais.com/deportes/2025-06-22/tom-daley-sin-salir-del-armario- no-habria-ganado-el-oro-olimpico.html
Palacio Legislativo de San Lázaro,a 3 de marzo de 2026
Diputada y diputados: Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, Pablo Vázquez Ahued (rúbricas)
Con punto de acuerdo, para exhortar al Secretariado Ejecutivo del SNSP a articular y diseñar mecanismos de coordinación institucional para la atención de gastos funerarios y el establecimiento de mecanismos de protección financiera en favor de integrantes de corporaciones policiales estatales y municipales, así como de la guardia nacional, fallecidos en cumplimiento del deber, a cargo del diputado Pablo Vázquez Ahued, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Quien suscribe, Pablo Vázquez Ahued , diputado integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 2, fracciones I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración, la presente, proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública para que, en el ámbito de sus atribuciones, articule y diseñe mecanismos de coordinación institucional para la atención de gastos funerarios y el establecimiento de mecanismos de protección financiera en favor de integrantes de corporaciones policiales estatales y municipales, así como de la Guardia Nacional, fallecidos en cumplimiento del deber , al tenor de las siguientes
Consideraciones
I. El ejercicio de la función policial en México se desarrolla en un contexto de violencia sostenida que ha tenido un impacto de forma directa y acumulada sobre los integrantes de las instituciones de seguridad pública. De acuerdo con el portal Azul Cobalto , en el periodo 2019-2025 se han documentado 2,684 homicidios dolosos de policías, de los cuales el 51 % corresponde a policías municipales, 23 % a policías estatales, 12 % ministeriales, 4.8 % Guardia Nacional y 4.6 % tránsito.1
Dichos registros no constituyen solamente estadísticas agregadas, sino que corresponden a personas identificables, con trayectoria profesional documentada y con un núcleo familiar afectado directamente por su fallecimiento. El monitoreo de Azul Cobalto se complementa con registros del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) y del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Sesnsp), lo que fortalece su confiabilidad metodológica.
El análisis de letalidad relativa por entidad federativa revela disparidades particularmente alarmantes. En el caso de Sinaloa, se registra una Tasa Relativa de Policidios (TRP) -concepto utilizado por la mencionada plataforma Azul Cobalto - de 763.7 homicidios por cada 100 mil agentes, ubicándose como la entidad con mayor índice de letalidad policial en el periodo analizado.2
La violencia contra policías representa una realidad vigente, tan sólo del 6 al 12 de febrero de 2026 se registraron al menos cuatro policías asesinados en Estado de México, Morelos, Sinaloa y Tlaxcala, conforme al seguimiento de la organización Causa en Común .3 Y en lo que va del año 2026 se registró al menos 32 elementos asesinados en el país.4 A estos hechos, de manera reciente, se suman los diversos ataques en los que perdieron la vida 25 elementos de la Guardia Nacional como consecuencia del operativo para detener al líder de un grupo de la delincuencia organizada el pasado 22 de febrero.5
La muerte de las y los integrantes de las instituciones de seguridad pública tiene una doble consecuencia, por un lado, debilita institucionalmente a las corporaciones policiales al perder elementos previamente reclutados, capacitados y certificados; por otro genera una afectación profunda a sus familias, quienes enfrentan la pérdida súbita del que podría ser el ingreso principal del hogar y la necesidad de cubrir gastos funerarios en un contexto de vulnerabilidad emocional y económica.
El artículo 45 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública reconoce al Secretariado Ejecutivo como el órgano operativo del Sistema y establece que gozará de autonomía técnica, de gestión y presupuestal. Contará bajo su coordinación y subordinación con los centros nacionales y las unidades administrativas necesarias para el despacho de los asuntos de su competencia que se establezcan en su reglamento.5
Asimismo, el artículo 47 del mismo ordenamiento jurídico establece las atribuciones de la persona titular del Secretariado Ejecutivo, de las que conviene destacar las siguientes:
I. a II. ...
III. Someter a la aprobación del Consejo Nacional:
a) ...
b) Políticas, programas, lineamientos, criterios, modelos y acciones para el desarrollo y buen desempeño de las Instituciones de Seguridad Pública;
c) ...
d) Criterios y lineamientos para la distribución, administración y ejercicio de los Fondos de Ayuda Federal orientados al cumplimiento de los estándares, lineamientos, evaluación y certificación de las instituciones, y, cuando aplique, alineados a la Ley de Coordinación Fiscal, y
e) ...
IV. a X. ...
XI. Gestionar ante las autoridades competentes, la ministración de los Fondos de Ayuda Federal, de conformidad con los criterios aprobados por el Consejo Nacional y las demás disposiciones aplicables;
XII. Vigilar y evaluar el debido ejercicio de los Fondos de Ayuda Federal por las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México; así como emitir lineamientos y demás instrumentos para ello;
XIII. a XXIV. ...
XXV. Celebrar convenios de coordinación, colaboración y concertación .7
Ahora bien, el artículo 22, fracción XIII, del mismo ordenamiento establece como función general del Sistema Nacional:
Artículo 22. ...
I. a XXII
XIII. Promover el mejoramiento de las condiciones laborales y de seguridad social de las personas que integran las Instituciones de Seguridad Pública en los tres órdenes de gobierno ;8
Así pues, el Secretariado Ejecutivo del Sistema es la instancia técnicamente facultada para coordinar, proponer y articular mecanismos dentro del Sistema Nacional orientados al fortalecimiento institucional. Ahora bien, el fortalecimiento policial no se trata sólo de aspectos operativos, sino que también debe acompañarse de condiciones mínimas de respaldo institucional frente a los riesgos y responsabilidades de la labor de las y los integrantes de las instituciones de seguridad pública.
En tal sentido, resulta necesario mejorar y ampliar los esquemas de aseguramiento y apoyo inmediato en favor de las familias de policías estatales, municipales y elementos de la Guardia Nacional fallecidos en el cumplimiento del deber, lo que abonaría también al fortalecimiento integral de las instituciones de seguridad pública.
II. Más allá de la violencia documentada, la situación estructural de las corporaciones policiales revela una problemática adicional: la precariedad laboral y la ausencia de esquemas homogéneos de protección social para los elementos y sus familias.
En materia salarial, los datos muestran que el ingreso promedio mensual de quienes integran las corporaciones policiales en México, incluyendo policías estatales, municipales y elementos de la Guardia Nacional, ronda los $11,000 pesos,9 cifra que resulta limitada frente al nivel de riesgo inherente a la función y frente a las responsabilidades familiares que, en numerosos casos, dependen de dicho ingreso como fuente principal o única de sustento. Estos datos se complementan con lo reportado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), que señala que el 48 % de los policías estatales percibe ingresos inferiores a los $10,000 pesos mensuales, mientras que en el ámbito municipal esta proporción asciende al 69%.10 Estos datos reflejan que una mayoría significativa del personal policial se encuentra en rangos salariales que apenas permiten cubrir necesidades básicas.
Este escenario adquiere mayor relevancia si se considera que el Congreso de la Unión aprobó una reforma constitucional al artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, orientada a fortalecer el ingreso de quienes desempeñan funciones esenciales del Estado, entre ellos policías, integrantes de la Guardia Nacional y Fuerzas Armadas. Dicha reforma fue aprobada por unanimidad en la Cámara de Diputados el 24 de septiembre de 202411 y por el Senado de la República el 9 de octubre de 202412 , y posteriormente remitida a las legislaturas de las entidades federativas para los efectos previstos en el artículo 135 constitucional.13
No obstante, a pesar de haberse cumplido los requisitos constitucionales que señala el precepto anterior a la fecha no se ha emitido la declaratoria de constitucionalidad correspondiente por parte del Senado de la República, lo que ha impedido la plena entrada en vigor y operatividad de dicha reforma. Esta omisión ha generado una situación anómala, debido a que el mandato constitucional aprobado no se ha traducido en armonización legislativa ni en previsiones presupuestarias homogéneas que garanticen su cumplimiento efectivo.
En consecuencia, persisten condiciones desfavorables para las y los policías de todo México, donde los niveles salariales y de seguridad social continúan mostrando rezagos significativos.
En materia de seguridad social y prestaciones vinculadas al fallecimiento en servicio, también existen disparidades territoriales. De acuerdo con el Censo Nacional de Gobiernos Municipales y Demarcaciones Territoriales 2023, únicamente el 10.7 % de los municipios otorga gastos funerarios a sus policías, y sólo el 8 % reporta brindar apoyos psicológicos o complementarios.14
En conclusión, cuando un integrante de una policial estatal, municipal o incluso de la Guardia Nacional pierde la vida en cumplimiento del deber, su familia enfrenta no sólo el impacto emocional de la pérdida, sino la interrupción súbita del ingreso principal del hogar.
Por ello, mediante la presente proposición con punto de acuerdo se plantea que el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública articule criterios y mecanismos homogéneos a nivel nacional para la cobertura de gastos funerarios y para la provisión de apoyos económicos inmediatos y esquemas de aseguramiento a las familias de policías que mueran en el cumplimiento de sus funciones.
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública para que, en el ámbito de sus atribuciones, articule y diseñe programas y esquemas de aseguramiento y protección financiera, así como apoyos inmediatos y de atención de gastos funerarios, a familiares de las y los integrantes de las instituciones de seguridad pública municipales, estatales y federales, así como de la Guardia Nacional, fallecidos por o en el cumplimiento de sus responsabilidades.
Notas:
1. Azul cobalto, disponible en: https://azulcobalto.org/
2. Ídem.
3. Causa en común, Registro de Policías asesinados, disponible en: https://www.causaencomun.org/registro-de-policias-asesinados
4. Ídem.
5. Milenio, Tras operativo contra El Mencho, 25 elementos de la Guardia Nacional fueron asesinados: Harfuch, disponible en: https://www.milenio.com/politica/harfuch-confirma-muerte-25-elementos-d e-gn-tras-caida-de-el-mencho
6. Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNSP.pdf
7. Ídem.
8. Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNSP.pdf
9. Data México, Policías y agentes de tránsito, disponible en: https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/occupation/policias-y -agentes-de-transito#:~:text=Acerca%20de%20Polic%C3%ADas%20y%20Agentes% 20de%20Tr%C3%A1nsito&text=La%20edad%20promedio%20de%20Polic%C3%ADas ,promedio%20de%20%246.05k%20MX.
10. INEGI, Sala de prensa, Censo Nacional de Seguridad Pública Estatal (CNSPE) 2025, disponible en: https://www.inegi.org.mx/app/saladeprensa/noticia/10102?utm
11. Gaceta Cámara de Diputados, disponible en: https://gaceta.diputados.gob.mx/
12. Coordinación de Comunicación Social, Senado de la República, disponible en: https://comunicacionsocial.senado.gob.mx/informacion/comunicados/9870-s enado-aprueba-reforma-constitucional-para-que-salario-minimo-nunca-este -por-debajo-de-la-inflacion
13. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
14. Ídem.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026
Diputado Pablo Vázquez Ahued (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar la SEP a implementar acciones que permitan abatir el rezago educativo para cumplir con el objetivo de desarrollo sustentable 4 referente a la educación de calidad, a cargo de la diputada Laura Iraís Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Laura Iraís Ballesteros Mancilla, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión el presente punto de acuerdo, con base en la siguientes
Exposición de Motivos
En 2015, la ONU adoptó la Agenda 2030 con 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible; el ODS 4 se centra en garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad, promoviendo el aprendizaje a lo largo de la vida. A diferencia de metas anteriores, prioriza no sólo el acceso, sino también la calidad educativa y los resultados de aprendizaje, analizando además brechas de género en matrícula, permanencia escolar, desempeño en matemáticas y habilidades digitales.1
De acuerdo con el INEGI2 , el rezago educativo se entiende como la no conclusión de la escolaridad obligatoria en la edad esperada. Este indicador es uno de los seis elementos que componen la medición de las carencias sociales en México.
De acuerdo con el análisis de los resultados de la medición de la pobreza multidimensional3 , la carencia por rezago educativo se define con base en la situación escolar de distintos grupos de edad: incluye a niñas, niños y jóvenes de 3 a 21 años que no asisten a la escuela y no han concluido la educación obligatoria; a personas de 22 años o más, nacidas a partir de 1998, que no cuentan con educación media superior completa; a personas de 16 años o más, nacidas entre 1982 y 1997, que no terminaron la secundaria; y a aquellas de 16 años o más, nacidas antes de 1982, que no concluyeron la primaria.
Los datos del INEGI, evidencian que entre 2016 y 2022, el rezago educativo mostró una tendencia al alza, pasando del 18.5% al 19.4%. No obstante, en 2024 se registró una reducción, ubicándose en el 18.6 % de la población, lo que equivale a 24.2 millones de personas. Existe una brecha significativa entre zonas. En el ámbito rural, el rezago educativo afecta al 32.2 % de la población, mientras que en el urbano es del 14.8%.4
De acuerdo con la OCDE, en México, aunque entre 2013 y 2019 se logró reducir en más de dos puntos porcentuales la tasa de jóvenes fuera de la escuela en educación media superior, esta tendencia se revirtió entre 2019 y 2022, periodo en el que la proporción de jóvenes no matriculados aumentó cinco puntos porcentuales. Este repunte se relaciona directamente con el rezago educativo, ya que la educación media superior es obligatoria; por tanto, cuando más jóvenes abandonan o no ingresan a este nivel, se incrementa el número de personas que no concluyen la educación obligatoria, impactando tanto el porcentaje como el volumen absoluto de5 población en situación de rezago educativo, especialmente entre los 15 y 22 años y con efectos acumulativos en el mediano plazo.
México sigue presentando una proporción elevada de adultos jóvenes sin educación media superior concluida: 42% tanto en hombres como en mujeres de entre 25 y 34 años no han alcanzado este nivel. Estas cifras reflejan desafíos estructurales, como la falta de adquisición de habilidades fundamentales en la primera infancia y la repetición escolar en etapas posteriores, factores que incrementan el abandono y limitan la continuidad educativa.6
En su análisis sobre las desigualdades educativas en México, el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) destaca que 6.4 millones de niños, niñas y jóvenes de entre 3 y 18 años, equivalentes a casi 18% de la población que debería estar en educación obligatoria, no asisten a la escuela, siendo especialmente pronunciado este problema entre poblaciones vulnerables como indígenas, personas con discapacidad, rurales o afrodescendientes. Además de las brechas de acceso, persisten desigualdades en la permanencia, pues mientras nueve de cada diez que inician primaria llegan a secundaria, esta proporción disminuye entre quienes hablan lengua indígena o tienen discapacidad, y sólo una minoría llega a la educación superior. También existen diferencias significativas en la calidad educativa, influenciadas por factores como el nivel socioeconómico, la disponibilidad de docentes capacitados y la brecha digital, lo que limita el rendimiento académico de alumnos de contextos más desfavorecidos; por ello, el IMCO plantea políticas públicas para mejorar acceso, permanencia y calidad en la educación.
El seguimiento del Objetivo de Desarrollo Sostenible 4 (ODS 4) sobre educación, impulsado por la UNESCO7 , muestra que, aunque más de 140 países se comprometieron a transformar sus sistemas educativos y se han registrado avances desde 2015, el ritmo actual es insuficiente para alcanzar las metas de 2030. Si los países cumplieran sus objetivos nacionales, 6 millones más de niños accederían a educación preprimaria, 58 millones más estarían escolarizados y 1,7 millones más de docentes de primaria recibirían formación. Sin embargo, para retomar el rumbo sería necesario escolarizar 1,4 millones de niños adicionales cada año en preprimaria, casi triplicar el avance en finalización de primaria y cubrir un déficit anual de financiamiento de 100.000 millones de dólares.
En conjunto, la evidencia muestra que, si bien México ha asumido el compromiso internacional de garantizar una educación inclusiva y de calidad conforme al ODS 4, persisten rezagos estructurales que limitan su cumplimiento. El aumento reciente en la proporción de jóvenes fuera de la educación media superior, la elevada cifra de adultos jóvenes sin este nivel concluido, las brechas territoriales entre zonas rurales y urbanas, y las profundas desigualdades que afectan a poblaciones vulnerables revelan que el problema no es únicamente de acceso, sino también de permanencia, calidad y equidad. Reducir el rezago educativo exige una estrategia integral que fortalezca la educación desde la primera infancia, prevenga el abandono escolar en media superior y cierre las brechas socioeconómicas y digitales, pues solo así será posible romper los ciclos intergeneracionales de pobreza y avanzar de manera real hacia los objetivos de desarrollo sostenible.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Educación Pública a implementar acciones que permitan abatir el rezago educativo para cumplir con el Objetivo de Desarrollo Sustentable 4 referente a la educación de calidad.
Notas:
1. Naciones Unidas. (2015, 25 de septiembre). La Asamblea General adopta la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/2015/09/la-asamblea-genera l-adopta-la-agenda-2030-para-el -desarrollo-sostenible/
2. Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2025, 13 de agosto). Análisis de los resultados de la medición de la pobreza multidimensional, 2024 (Reporte de resultados 27/25). https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025/pm/pm20 25_RR_08.pdf
3. ídem
4. ídem.
5. Organisation for Economic Co-Operation and Development. (2024). Education at a Glance 2024: OECD indicators. OECD Publishing. https://www.oecd.org/content/dam/oecd/en/publications/reports/2024/09/e ducation-at-a-glance-2024_5ea68448/c00cad36-en.pdf
6. ídem.
7. UNESCO. (2023, 21 de septiembre). 250 millones de niños sin escolarizar: Lo que debemos saber acerca de los datos recientes de la UNESCO sobre la educación. UNESCO. https://www.unesco.org/es/articles/250-millones-de-ninos-sin-escolariza r-lo-que-debemos-saber-acerca-de-los-datos-recientes-de-la
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026
Diputada Laura Iraís Ballesteros Mancilla (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar los congresos de diversas entidades federativas a derogar los artículos referentes al delito de peligro de contagio en sus códigos penales para garantizar plenamente los derechos humanos de las personas con alguna condición de salud específica, a cargo de la diputada Laura Hernández García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Quien suscribe, diputada Laura Hernández García , integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Desde 2013, a petición del Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/sida, se conmemora el Día de la Cero Discriminación , con el objetivo de hacer un llamado para promover y celebrar el derecho de cada persona a vivir una vida plena con dignidad, independientemente de su aspecto, sexo, edad, religión, lugar de procedencia, condición social, opiniones, identidad de género, orientación sexual, discapacidad, etnia, idioma, estado de salud (incluyendo el VIH), localización geográfica, estatus económico o migratorio, o por cualquier otra índole1 .
Para 2026, el lema de la conmemoración fue Las personas primero 2 , poniendo énfasis en el derecho de todas las personas a vivir una vida plena y productiva con dignidad, para lo cual, se exhortó a los países integrantes de la Organización de las Naciones Unidas a apoyar las respuestas lideradas por la comunidad, proteger los derechos de acceso a la atención médica, abordar el estigma en las comunidades y eliminar las leyes discriminatorias3 .
Esto último, en concordancia con Declaración Política de las Naciones Unidas sobre el VIH y el sida de 2021 y la Estrategia Mundial contra el Sida (2021-2026) en las que se acordó que menos del 10 por ciento de los países tengan marcos legales y políticos que conduzcan a la negación o limitación del acceso a los servicios relacionados con el VIH4 . Sustentada en la evidencia científica5 de que las personas que viven con el VIH que siguen un tratamiento antirretroviral y que tienen un nivel indetectable de VIH en su sangre no presentan ningún riesgo de transmitir el virus sexualmente6 .
La Declaración de Consenso de Expertos sobre la Ciencia relativa al VIH en el Contexto del Derecho Penal7 , elaborada por especialistas en la materia de todo el mundo, en cuyo contenido se insta a erradicar las ideas erróneas persistentes que exageran los daños que produce la infección por el VIH que influye en la aplicación de la legislación penal y, llama a los gobiernos y tomadores de decisión a tomar en cuenta detalladamente los avances realizados en el ámbito científico del VIH para garantizar que la aplicación de la ley esté basada en los conocimientos actuales en este campo. Sobre todo, si se toma en cuenta que las pruebas actuales sugieren que las posibilidades de que el VIH se transmita durante un único acto sexual, mordedura o escupida son inexistentes o escasas.
En México, 27 entidades federativas contienen en su Código Penal la figura del delito de peligro de contagio, la cual puede resultar redundante con el delito de lesiones en grado de tentativa y, en ocasiones, pueden ser discriminatorios al referirse de manera especial a ciertos padecimientos como el VIH y las infecciones de transmisión sexual (ITS)8 .
En los códigos penales de algunos Estados no se menciona explícitamente que la sanción deriva de la posibilidad de transmisión de una infección sexual. Se habla, en otro sentido, de enfermedades crónicas, incurables o contagiosas, sin especificar cuáles podrían ser ni dar criterios para considerarlas como tales. En la mayoría de los casos es ambigua la ley, debido a que el peligro de contagio no significa que ocurra necesariamente la transmisión de la enfermedad9 .
El 30 de abril de 2018, la Suprema Corte de Justicia de la Nación falló a favor de la Acción de Inconstitucionalidad 139/20152 - promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a solicitud del Grupo Multisectorial en VIH/sida e ITS del Estado de Veracruz - - en contra de la reforma al artículo 158 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, en cuyo contenido se agregó la sanción por delito de presunto contagio (debería decirse transmisión) a quien presente infecciones de transmisión sexual10 .
El entonces Ministro Presidente de la SCJN, Luis María Aguilar Morales, retomando las recomendaciones del Programa Conjunto de las Naciones Unidas para el VIH/sida y la Declaración de Oslo, referente a la criminalización del VIH, argumentó que el artículo veracruzano dejaba al arbitrio de la autoridad investigadora decidir que enfermedades serán consideradas como graves y cuáles no, yendo en contra del principio de legalidad, que implica que los delitos no pueden ser indeterminados o ambiguos11 .
Por su parte, el ministro Arturo Zaldívar indicó que es complicado determinar cuándo se puso en riesgo a una persona para trasmitir la enfermedad. Manifestando que, en los Estados Unidos de América, las leyes que sancionan la transmisión de VIH han provocado muchos arrestos por actividades que no implican riesgo alguno como escupir o morder debido a que no hay claridad, ni evidencia científica de que esas acciones expongan a una persona a una infección de transmisión sexual12 .
Por su parte, la Comisión Nacional de Derechos Humanos ha recomendado a los Congresos estatales a revisar y armonizar la legislación en materia de protección a derechos humanos de las personas con VIH, de conformidad con los estándares internacionales, en particular, con el objetivo de desarrollo sostenible número 16 de la Agenda 2030 , así como con la Acción 90-90-90 del Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA, a fin de garantizar que las personas con VIH puedan ejercer plenamente su derecho humano al libre desarrollo de la sexualidad13 .
En la Cámara de Senadores, la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de dicho organismo legislativo, Celeste Ascencio Ortega, en conjunto con organizaciones de la sociedad civil, presentó una iniciativa para derogar el artículo 199 Bis del Código Penal Federal y agregar un nuevo tipo de lesión, para sancionar a quien con base en evidencia científica trasmita dolosamente por cualquier medio alguna enfermedad incurable14 .
En la Cámara de Diputados, la diputada Laura Hernández García presentó una propuesta para la eliminación del artículo 199 Bis del Código Penal Federal, bajo la premisa de impulsar medidas de prevención de nuevas infecciones de VIH que no impliquen aspectos punitivos ni políticas de miedo15 .
En el caso de la ciudad de México, donde ya fue derogada está figura del Código Penal, se argumentó que en el propio código penal capitalino ya existían figuras judiciales para sancionar a quienes transmitan una enfermedad de manera dolosa o intencional y que la terminología de peligro de contagio es ambigua y queda a la interpretación de los organismos de impartición de justicia17 .
En Nayarit, donde también ya fue derogado el delito de peligro de contagio del Código Penal, se argumentó que la medida tenía el fin de evitar la discriminación contra personas que tienen infecciones de transmisión sexual y también en beneficio de quienes viven con VIH, para que no sean molestados y gocen de su derecho al desarrollo integral de la personalidad e intimidad con respeto17 .
En Colima, otra de las entidades en las que el delito de peligro de contagio ya fue derogado del Código Penal, la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales del Congreso local, encargada de elaborar el dictamen, destacó que la medida se adoptó bajo una visión garantista y respondiendo a la demanda de distintos grupos sociales por acabar con la discriminación. Además de señalar que la eliminación del tipo penal peligro de contagio se justificó por vulnerar los derechos humanos de las personas conciertas condiciones de salud, estigmatizándolas y convirtiéndolas injustamente en víctimas y victimarios18 .
Finalmente, es importante destacar que el presente exhorto es congruente con el propio trabajo legislativo realizado por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, donde el pasado 18 de febrero de 2025, la Comisión de Justicia aprobó el Dictamen a las iniciativas con proyecto de decreto por el que se deroga y reforman disposiciones del Código Penal Federal, en materia de delito de peligro de contagio, con una votación de 23 votos a favor, 5 abstenciones y 0 votos en contra, el cual se encuentra en poder de la Mesa Directiva de este órgano legislativo, a espera de ser sometido a discusión, votación y, en su caso, aprobación en breve por parte del pleno, para poder enviarlo como Minuta a la colegisladora.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta Cámara de Diputados la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los Congresos de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Estado de México, Michoacán de Ocampo, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán y Zacatecas, para que, en el marco de sus facultades legislativas, realicen las acciones necesarias tendientes a la revisión y la adecuación de sus Códigos Penales para derogar figuras como la de peligro de contagio, tendientes a la estigmatización, la discriminación y la vulneración de los derechos humanos de quienes viven con alguna condición de salud específica, a pesar de que esta no ponga en riesgo el estado de salud de terceras personas.
Notas:
1. Comisión Nacional de Derechos Humanos. Día de la Cero Discriminación, disponible en https://www.cndh.org.mx/index.php/noticia/dia-de-la-cero-discriminacion #_ftn1
2. ONUSIDA. Día de la Cero Discriminación 2026, disponible en https://www.unaids.org/es/2026-zero-discrimination-day
3. Op. Cit.
4. Asamblea General de las Naciones Unidas (2021). Declaración Política sobre el VIH y el Sida: Acabar con las Desigualdades y Estar en Condiciones de Poner Fin al Sida para 2030, Ginebra, disponible en: https://documents.un.org/doc/undoc/gen/n21/145/34/pdf/n2114534.pdf?toke n=rFyNTQoX0XwPPRjADw&fe=true
5. ONUSIDA (2018). Indetectable=Intransmisible. Ginebra, Onusida.
6. La afirmación anterior se sustenta en tres estudios realizados entre 2007 y 2016, en los que se observó que no hubo ni un solo caso de transmisión sexual del VIH de una persona que viviera con el virus con supresión víral a su pareja seronegativa, recopilados por Onusida en https://unaids.org/es/resources/documents/2018/undetectable-untransmitt able
7. Barré-Sinoussi, Françoise; Abdool Karim, Salim; Albert, Jan; Gail Bekker, Linda; Beyrer, Chris; Cahn, Pedro; Calmy, Alexandra; Grinsztejn, Beatriz; Grulich, Andrew; Kamarulzaman, Adeeba; Kumarasamy, Nagalingeswaran; Loutfy, Mona; El Filali, Kamal M; Mboup, Souleymane; Montaner, Julio; Munderi, Paula; Pokrovsky, Vadim; Vandamme, Anne-Mieke; Young, Benjamin y Peter Godfrey-Faussett, Peter (2018). Expert consensus statement on the science of HIV in the context of criminal law en Journal of the International AIDS Society, vol. 21, no. 7, pp. 1-12, disponible en HYPERLINK https://onlinelibrary.wiley.com/doi/10.1002/jia2.25161https://onlinel ibrary.wiley.com/doi/10.1002/jia2.25161
8. Aburto, Gonzalo; Bastida, Leonardo; Ponce Jiménez, Martha Patricia (2021). La legislación mexicana en materia de VIH y sida. Su impacto en las personas viviendo con VIH. Red Mexicana de Organizaciones en Contra de la Criminalización del VIH. México, 247 págs, disponible en https://toolkit.hivjusticeworldwide.org/wp-content/uploads/2021/12/VIH- no-es-un-crimen-INFORME-1.pdf
9. Op. Cit.
10. Comisión Nacional de Derechos Humanos (2015). Acción de inconstitucionalidad 139 / 2015, disponible en https://www.cndh.org.mx/documento/accion-de-inconstitucionalidad-139-20 15
11. Suprema Corte de Justicia de la Nación (2018). Crónica de la acción de inconstitucionalidad 139/2015, disponible en https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/cronicas_pleno_salas/docume nto/2019-08/cr-JRCD-0139-15.pdf
12. Op. Cit.
13. Comisión Nacional de Derechos Humanos (2020). Recomendación general no. 42/2020 sobre la situación de los derechos humanos de las personas con VIH y sida en México, disponible en https://www.cndh.org.mx/documento/recomendacion-general-422020
14. Senado de la República (2024). Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del código penal federal, en materia del delito de peligro de contagio, disponible en https://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2024/12/asun_4825832 _20241213_1733249640.pdf
15. Cámara de Diputados (2024). Iniciativa que deroga el artículo 199 Bis del Código Penal Federal, en materia de no criminalización a las personas con VIH por el delito de peligro de contagio en Gaceta Parlamentaria, año XXVIII, número 6677-II-6, martes 10 de diciembre de 2024, disponible en https://gaceta.diputados.gob.mx/
16. Congreso de la Ciudad de México (2021). Iniciativa con Proyecto de Decreto por la que se reforma el artículo 76 y se deroga el artículo 159 del Código Penal para el Distrito Federal. Disponible en https://consulta.congresocdmx.gob.mx/consulta/webroot/img/files/iniciat iva/IN_48_10_16_2021.pdf
17. Red de Acción por Justicia para Personas Afectadas por el VIH en Latinoamérica y el Caribe (2024). La Criminalización del VIH en América Latina y el Caribe: Avances y Desafíos. Nueva York, Red de Acción, 12 págs.
18. Op. Cit.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2026.
Diputada Laura Hernández García (rúbrica)