Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se hace la atenta invitación al Imjuve, a la CRT y a la Segob para que, en coordinación y en el ámbito de sus atribuciones, diseñen e implementen mecanismos de reconocimiento público a las juventudes que contribuyen al desarrollo comunitario, social y democrático del país, con enfoque de derechos humanos, perspectiva de género, criterios de transparencia y méritos comprobables, a cargo de la diputada María Teresa Ealy Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita diputada María Teresa Ealy Díaz , integrante del Grupo Parlamentario de Morena, diputadas y diputados federales integrantes de la Comisión de Juventud del Grupo Parlamentario Morena en la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 6o, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. Las juventudes como sujetas plenas de derechos y agentes de transformación social

Las juventudes mexicanas no constituyen únicamente una etapa etaria, sino un sector social estratégico, diverso y dinámico, cuya participación activa resulta indispensable para el desarrollo sostenible, la cohesión social y la profundización democrática del país.

El artículo 1o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, así como de prevenir toda forma de discriminación, incluida aquella basada en edad y género.

Asimismo, el artículo 3o constitucional mandata que la educación debe fomentar el desarrollo integral de la persona, la igualdad sustantiva y el respeto a los derechos humanos, mientras que el artículo 6o reconoce el derecho a la información y la obligación del Estado de promover contenidos que fortalezcan la vida democrática y la participación ciudadana.

Reconocer públicamente a las juventudes que trabajan en favor de sus comunidades constituye una acción afirmativa congruente con el mandato constitucional de garantizar la igualdad de oportunidades y de fortalecer una ciudadanía activa e informada.

Segunda. Perspectiva de género en el reconocimiento a las juventudes

Las juventudes no son un grupo homogéneo. En su interior persisten brechas estructurales de género que impactan de manera diferenciada a mujeres jóvenes, adolescentes y juventudes diversas, particularmente en términos de acceso a espacios de decisión, visibilidad pública, recursos y reconocimiento social.

La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres establece la obligación del Estado de garantizar la igualdad sustantiva y de eliminar estereotipos y prácticas que reproduzcan desigualdades. Por su parte, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia reconoce la violencia simbólica y mediática como formas que perpetúan la exclusión y la invisibilización de las aportaciones de las mujeres.

En este sentido, cualquier mecanismo de reconocimiento dirigido a juventudes debe incorporar criterios de paridad, lenguaje incluyente, enfoque interseccional y valoración diferenciada del impacto social, reconociendo de manera específica el trabajo de mujeres jóvenes y juventudes que enfrentan contextos de discriminación estructural.

Tercera. Atribuciones del IMJUVE y su vinculación con la Comisión de Juventud

El Instituto Mexicano de la Juventud, conforme a su Ley, tiene entre sus objetivos diseñar, coordinar y evaluar políticas públicas orientadas al desarrollo integral de las personas jóvenes, así como promover su participación en la vida social, política, económica y cultural del país, con enfoque de derechos humanos e igualdad sustantiva.

La Comisión de Juventud de la Cámara de Diputados tiene la responsabilidad de impulsar acciones legislativas y de control parlamentario que fortalezcan las políticas públicas dirigidas a este sector, así como de promover la articulación institucional para maximizar su impacto.

En este marco, resulta pertinente hacer la invitación para que el IMJUVE participe activamente en la creación de mecanismos de reconocimiento que visibilicen el liderazgo juvenil, en especial aquel que surge desde el trabajo comunitario, social y territorial.

Cuarta. Rol de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones y la Secretaría de Gobernación

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, en el ámbito de sus atribuciones como órgano regulador del sector, ejercerá sus funciones conforme a los principios establecidos en los artículos 6o y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, garantizando que los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones se orienten al interés público, promuevan la pluralidad, la igualdad y la no discriminación, así como el acceso a la información y el desarrollo democrático del país, en términos de la legislación aplicable en la materia.

La Secretaría de Gobernación, con fundamento en los artículos 6o, 7o y 90 constitucionales, y de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es responsable de conducir la política interior del Estado y de coadyuvar en la observancia de los principios constitucionales por parte de los medios de comunicación, fomentando la cohesión social, la participación ciudadana y el respeto a los derechos humanos.

La coordinación entre el Instituto Mexicano de la Juventud, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones y la Secretaría de Gobernación permitirá impulsar mecanismos de reconocimiento con respaldo institucional, alineados con los principios de libertad de expresión, acceso a la información, igualdad sustantiva y no discriminación previstos en la Constitución, a fin de promover contenidos positivos sobre juventudes en los medios de comunicación y contribuir a erradicar estereotipos negativos, particularmente aquellos que afectan a mujeres jóvenes.

Quinta. Necesidad de criterios objetivos, transparentes y con enfoque de igualdad sustantiva

La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece la obligación de las instituciones públicas de rendir cuentas y garantizar procesos claros y verificables. Estos principios deben regir también los mecanismos de reconocimiento impulsados desde el ámbito público.

Resulta indispensable que dichos mecanismos cuenten con:

• Criterios públicos de evaluación.

• Procesos abiertos de postulación.

• Jurados o comités con participación plural y paritaria.

• Valoración del impacto social real y comprobable.

• Enfoque de género e inclusión.

Los mecanismos deberán garantizar transparencia mediante la publicación de las bases y criterios de evaluación, la apertura de procesos de postulación, la publicación de los resultados y las actas de los jurados, así como la disponibilidad pública de indicadores de impacto y memoria de los procesos para efectos de verificación ciudadana

Los procesos contarán con reglas claras de conflicto de interés para jurados y evaluadores, y se deberán adoptar medidas para la protección de datos personales de las y los participantes, conforme a la normativa aplicable en materia de protección de datos.

Solo así se evitará la discrecionalidad y se fortalecerá la credibilidad institucional de los reconocimientos.

Sexta. Creación de categorías específicas para juventude s

Con el fin de garantizar la inclusión de jóvenes en las premiaciones, es importante que el Instituto Mexicano de la Juventud, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones y la Secretaría de Gobernación, creen categorías específicas dirigidas a personas de entre 18 y 29 años. Estas categorías pueden reconocer distintos tipos de aportaciones, tales como:

• Desarrollo comunitario y trabajo social.

• Innovación en políticas públicas y participación ciudadana.

• Proyectos ambientales y sostenibilidad.

• Emprendimiento y desarrollo económico.

• Creación artística y cultural con impacto social.

Al incluir estas categorías, se asegurará que las y los jóvenes con distintas trayectorias y enfoques sean considerados en las convocatorias.

Adicionalmente, se recomienda que los mecanismos consideren, de manera diferenciada y con salvaguardas específicas, la participación y reconocimiento de adolescencias menores de 18 años cuando corresponda, garantizando su protección y el consentimiento informado de sus representantes legales.

Séptima. Impacto social y democrático del reconocimiento a las juventudes

La visibilización del liderazgo juvenil:

• Incentiva la participación comunitaria y política.

• Fortalece liderazgos con enfoque social y de género.

• Genera referentes positivos para nuevas generaciones.

• Contribuye a la construcción de una narrativa pública incluyente y democrática.

• Refuerza el vínculo entre instituciones y juventudes.

Reconocer a las juventudes no es un acto simbólico, sino una estrategia de política pública para consolidar el desarrollo social y la igualdad sustantiva.

Octava. Impacto Presupuestal

El presente punto de acuerdo no genera impacto presupuestal, en virtud de que su naturaleza jurídica es exhortativa y no vinculante, por lo que no impone obligaciones legales ni administrativas de cumplimiento forzoso a las instituciones a las que se dirige. En consecuencia, no se prevé la creación de nuevos programas, estructuras administrativas ni la asignación de partidas presupuestales adicionales, limitándose a formular una atenta invitación para que las autoridades competentes actúen en el marco de sus atribuciones y capacidades institucionales ya existentes.

Asimismo, los mecanismos de reconocimiento a los que se refiere el punto de acuerdo no contemplan estímulos económicos, apoyos financieros, transferencias directas de recursos públicos ni contraprestaciones monetarias de ningún tipo, sino que se circunscriben a formas de reconocimiento simbólico e institucional, tales como distinciones honoríficas, acreditaciones públicas, menciones oficiales y difusión mediática del trabajo de las juventudes a través de los canales institucionales y de comunicación ya disponibles. Estas acciones pueden realizarse mediante el aprovechamiento de los recursos humanos, materiales y tecnológicos previamente autorizados en los presupuestos vigentes.

En caso de que, en el futuro, las autoridades consideren incorporar estímulos económicos, apoyos financieros o transferencias como parte de los mecanismos de reconocimiento, dichas propuestas deberán acompañarse de la evaluación del impacto presupuestal correspondiente y sujetarse a la disponibilidad presupuestaria y a los procedimientos de aprobación establecidos por la normativa aplicable.

Finalmente, la implementación de dichos mecanismos puede llevarse a cabo, en su caso, mediante esquemas de coordinación interinstitucional que forman parte de las funciones ordinarias del Instituto Mexicano de la Juventud, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones y de la Secretaría de Gobernación, sin comprometer recursos adicionales del erario. En este sentido, el punto de acuerdo es congruente con los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez en la administración de los recursos públicos, establecidos en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al privilegiar acciones de alto impacto social con costo financiero nulo o marginal.

Se establece como plazo orientativo de 120 días naturales a partir de la notificación del presente punto de acuerdo para que el Instituto Mexicano de la Juventud, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones y la Secretaría de Gobernación presenten, de manera coordinada, un plan de trabajo y propuesta de diseño de los mecanismos de reconocimiento ante la Comisión de Juventud de la Cámara de Diputados, acompañada de un informe sobre criterios, recursos estimados y esquema de coordinación. La Comisión podrá requerir informes de seguimiento anuales.

Los reconocimientos serán de carácter simbólico e institucional, tales como distinciones honoríficas, diplomas, acreditaciones públicas, menciones oficiales y acciones de difusión institucional; cualquier propuesta de estímulo económico deberá ser explícita y someterse a la evaluación presupuestaria correspondiente.

Conclusión

El reconocimiento a las juventudes mexicanas que contribuyen activamente al desarrollo comunitario, social y democrático del país constituye una responsabilidad ineludible del Estado y una acción estratégica para fortalecer la cohesión social, la participación ciudadana y la igualdad sustantiva. Las personas jóvenes no solo representan el futuro de la nación, sino un presente dinámico que, desde distintos territorios y realidades, impulsa transformaciones profundas en favor del bienestar colectivo.

La articulación institucional entre el Instituto Mexicano de la Juventud, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones y la Secretaría de Gobernación permitiría consolidar mecanismos de reconocimiento público con respaldo normativo, impacto social y legitimidad democrática, orientados a visibilizar el liderazgo juvenil con base en méritos comprobables, criterios objetivos y procesos transparentes. Dicha coordinación resulta particularmente relevante para promover narrativas incluyentes en los medios de comunicación y erradicar estereotipos que históricamente han invisibilizado las aportaciones de mujeres jóvenes y juventudes en situación de vulnerabilidad.

Incorporar de manera transversal la perspectiva de género y el enfoque de derechos humanos en estos mecanismos no solo atiende un mandato constitucional y legal, sino que contribuye a cerrar brechas estructurales, garantizar la igualdad de oportunidades y fortalecer liderazgos juveniles comprometidos con la justicia social. Reconocer el trabajo de las juventudes es, en esencia, apostar por una democracia más participativa, plural e incluyente.

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a través de la Comisión de Juventud, hace la atenta invitación al Instituto Mexicano de la Juventud, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones y a la Secretaría de Gobernación, para que, en el ámbito de sus atribuciones y de manera coordinada, analicen, diseñen e implementen mecanismos de reconocimiento público dirigidos a juventudes de entre 18 y 29 años, que destaquen por su contribución al desarrollo comunitario, social, cultural, ambiental y democrático del país, incorporando de manera transversal la perspectiva de género, el enfoque de derechos humanos, criterios de paridad, transparencia, igualdad sustantiva y méritos comprobables, así como promoviendo su difusión responsable a través de los medios de comunicación en favor del interés público.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2026.

Diputada María Teresa Ealy Díaz (rúbrica)