Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, por el que se solicita a diversas autoridades federales, estatales y municipales a fortalecer las acciones de protección, conservación y restauración del medio ambiente, así como a implementar medidas preventivas para mitigar los efectos del cambio climático y el deterioro ecológico, a cargo de la diputada Jéssica Saiden Quiroz, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Jessica Saiden Quiroz, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en esta LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 2, fracción III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, por el que se solicita a diversas autoridades federales, estatales y municipales a fortalecer las acciones de protección, conservación y restauración del medio ambiente ; así como, a implementar medidas preventivas para mitigar los efectos del cambio climático y el deterioro ecológico , entre otros resolutivos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El derecho a un medio ambiente sano constituye un derecho humano reconocido en el artículo 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual impone al Estado la obligación de garantizar su respeto, protección y preservación para las generaciones presentes y futuras.

En los últimos años, los efectos del cambio climático, la pérdida de biodiversidad, la contaminación del agua, del aire y del suelo; así como, el crecimiento urbano desordenado, han generado impactos significativos en los ecosistemas nacionales y particularmente en regiones con alta riqueza natural, como el sureste mexicano.1

El deterioro ambiental no solo representa un riesgo ecológico, sino también social y económico, al incidir directamente en la salud pública, la seguridad alimentaria, la disponibilidad de recursos hídricos y la calidad de vida de la población.2

En entidades como Yucatán, la fragilidad del sistema hidrológico subterráneo, la presión urbana sobre áreas naturales, la generación de residuos sólidos y la afectación a ecosistemas costeros y selvas bajas obligan a fortalecer políticas públicas preventivas, coordinadas y sostenibles.3

La protección del medio ambiente constituye una obligación jurídica, ética y social impostergable, en tanto la degradación de los ecosistemas compromete el ejercicio efectivo de derechos humanos fundamentales como la salud, el acceso al agua, la alimentación y un nivel de vida adecuado, además de poner en riesgo la estabilidad económica y la resiliencia de las comunidades frente a los efectos del cambio climático. En este sentido, la comunidad internacional ha reconocido que la conservación, restauración y uso sostenible de los recursos naturales son condiciones indispensables para el desarrollo sostenible y para garantizar el bienestar de las generaciones presentes y futuras, lo que exige la acción coordinada de los distintos órdenes de gobierno y la participación activa de la sociedad.4

México ha asumido compromisos internacionales vinculantes y de cooperación que obligan a orientar la acción pública hacia la mitigación y adaptación al cambio climático, así como a fortalecer la gestión sostenible de los recursos naturales.

En el marco de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático , el Estado mexicano es Parte del Acuerdo de París, lo que implica presentar y actualizar contribuciones determinadas a nivel nacional, robustecer capacidades de medición, reporte y verificación, y alinear políticas sectoriales con objetivos de reducción de emisiones y resiliencia climática; en paralelo, México participa en la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, que articula metas concretas en agua, ciudades sostenibles, consumo responsable y acción climática, entre otras.5

Asimismo, México forma parte de tratados ambientales orientados a la conservación de la biodiversidad y a la protección efectiva de ecosistemas estratégicos y especies, así como a la reducción de riesgos por contaminación y sustancias peligrosas.

Destaca su participación en la Convención sobre la Diversidad Biológica y el impulso del Marco Mundial de Biodiversidad de Kunming-Montreal, además de instrumentos específicos como la Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional y la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres ; en materia de acceso a la información y justicia ambiental, México es Parte del Acuerdo de Escazú , que compromete a garantizar transparencia, participación y protección de personas defensoras del ambiente.6

En el ámbito de químicos y residuos, México integra regímenes como el Convenio de Basilea y la Convención de Minamata sobre el Mercurio, que demandan controles y cooperación para minimizar impactos en salud y ecosistemas.7

En ese sentido, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente se encuentran en una posición institucional clave para aterrizar, en el ámbito interno, los compromisos internacionales asumidos por México en materia de clima, biodiversidad y control de la contaminación, particularmente aquellos que exigen prevención, vigilancia, inspección y cumplimiento efectivo.

En efecto, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente prevé instrumentos de política ambiental y faculta acciones de inspección y vigilancia para asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental, lo que resulta congruente con el deber estatal de implementar medidas internas que hagan operativos compromisos como el Acuerdo de París (mitigación y adaptación) y el Acuerdo de Escazú (garantías institucionales para la protección ambiental y el acceso a la información y justicia en asuntos ambientales).

Por su parte, la Secretaría de Educación Pública y las autoridades educativas de las entidades federativas cuentan con base jurídica para desplegar acciones permanentes de educación ambiental como componente estructural de la política pública, lo cual es indispensable para materializar compromisos internacionales que México ha reconocido como ruta de implementación mediante cambios culturales y de conducta social (reducción de residuos, uso responsable del agua y conservación de recursos).

La Ley General de Educación establece la vinculación del derecho a la educación con los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte, lo que permite sustentar que la educación ambiental no es accesoria, sino un instrumento habilitador para cumplir metas internacionales y nacionales de desarrollo sostenible; en esa lógica, la coordinación con autoridades estatales y municipales refuerza la ejecución territorial de dichos compromisos mediante campañas, participación social y criterios ambientales en la planeación urbana.

La aprobación y cumplimiento de los resolutivos propuestos adquiere una relevancia directa en la vida cotidiana de las y los mexicanos, en la medida en que fortalece la protección de los ecosistemas de los que dependen derechos fundamentales como la salud, el acceso al agua, la alimentación y un medio ambiente sano, reconocido por el artículo 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Asimismo, al promover acciones de vigilancia ambiental, educación para la sostenibilidad, restauración ecológica y mitigación del cambio climático desde una coordinación efectiva entre los distintos órdenes de gobierno, se contribuye a reducir riesgos sanitarios, económicos y sociales asociados al deterioro ambiental, al tiempo que se impulsa un modelo de desarrollo compatible con los compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano en el marco del desarrollo sostenible y la protección intergeneracional del patrimonio natural.

Como se mencionó en líneas anteriores, no debemos perder de vista que la presente iniciativa se enmarca en los compromisos internacionales de los que México forma parte. Particularmente con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).8

En ese sentido, esta proposición se vincula particularmente con aquellos ODS orientados a la protección ambiental, la gestión sostenible de los recursos naturales y la resiliencia de los territorios.

En primer término, se relaciona con el ODS 6 (Agua limpia y saneamiento), al promover el uso responsable del agua y la protección de ecosistemas hídricos; con el ODS 11 (Ciudades y comunidades sostenibles), al impulsar la integración de criterios ambientales en la planeación urbana, la restauración ecológica y la participación comunitaria; con el ODS 12 (Producción y consumo responsables), mediante las campañas de reducción de residuos y educación ambiental; y con el ODS 13 (Acción por el clima), al fortalecer estrategias locales de mitigación y adaptación al cambio climático.

Asimismo, la conservación de ecosistemas y la reforestación con especies nativas conectan directamente con el ODS 15 (Vida de ecosistemas terrestres), que busca proteger, restaurar y promover el uso sostenible de los bosques, la biodiversidad y los suelos.

Por otra parte, no se omite señalar que la presente propuesta se inserta de manera directa en el Plan Nacional de Desarrollo 2025–2030 de la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, al traducir en acciones concretas de coordinación intergubernamental los objetivos de desarrollo sustentable y de protección de los recursos naturales previstos como directrices de la planeación nacional:

(i) El fortalecimiento de la vigilancia, protección y conservación de ecosistemas en zonas vulnerables, mediante la actuación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, se alinea con el enfoque del Plan de prevenir, controlar y revertir el deterioro ambiental;

(ii) La educación ambiental permanente impulsada por la Secretaría de Educación Pública coincide con la premisa del Plan de consolidar cambios culturales y comunitarios para un consumo responsable y la reducción de residuos; y,

(iii) La restauración ecológica, reforestación con especies nativas y la integración de criterios ambientales en la planeación urbana corresponden a la lógica del Plan de incorporar la sustentabilidad en el ordenamiento territorial y en el desarrollo de ciudades resilientes, reforzando la transversalidad ambiental en la acción pública.

Finalmente, es importante hacer notar que el presente punto de acuerdo no genera nuevas cargas presupuestarias ni crea obligaciones financieras adicionales, sino que se orienta a fortalecer, articular y dar plena eficacia a las acciones ya previstas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley General de Cambio Climático y la legislación ambiental de las entidades federativas, promoviendo su implementación coordinada, preventiva y sostenible en beneficio del derecho humano a un medio ambiente sano y del cumplimiento de los compromisos nacionales e internacionales en materia de desarrollo sustentable.

Por lo expuesto, se somete a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y a las autoridades ambientales estatales y municipales de las 32 entidades federativas, para que, en el ámbito de sus competencias, fortalezcan las acciones de vigilancia, protección y conservación de los ecosistemas, priorizando zonas de alta vulnerabilidad ambiental.

Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública y a las autoridades educativas de las 32 entidades federativas, para que en el ámbito de sus competencias, implementen campañas permanentes de educación ambiental dirigidas a la población, orientadas a la reducción de residuos, el uso responsable del agua y la conservación de los recursos naturales.

Tercero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con pleno respeto a la autonomía de las entidades federativas y a las competencias de las autoridades municipales de las 32 entidades federativas, les solicita respetuosamente para impulsar programas de restauración ecológica, reforestación con especies nativas y protección de áreas naturales, fomentando la participación social y comunitaria; así como, a fortalecer las estrategias locales de mitigación y adaptación al cambio climático, mediante la integración de criterios ambientales en la planeación urbana y el desarrollo sostenible.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2026.

Diputada Jessica Saiden Quiroz

Con punto de acuerdo, para solicitar respetuosamente a los gobiernos de los estados a regular, homologar y actualizar los marcos normativos relativos a las motocicletas, motonetas y bicicletas eléctricas, así como scooter y se apliquen los Reglamentos de Tránsito a cabalidad para evitar la gran cantidad de accidentes por falta de cumplimiento y sanciones en la República Mexicana, a cargo de la diputada Lucero Higareda Segura, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, diputada Lucero Higareda Segura, del Estado de Guanajuato, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura, presenta proposición con punto de acuerdo, con carácter de urgente y obvia resolución, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción i, y 79, numeral 2, fracción II, y fracción VI y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable soberanía, proposición con punto de acuerdo, mediante el cual se solicita respetuosamente a los Gobiernos de las Entidades federativas, actualizar los Marcos Normativos relativos a las motocicletas, motonetas y bicicletas eléctricas, así como scooter, y se apliquen los Reglamentos de tránsito a cabalidad para evitar la gran cantidad de accidentes por falta de cumplimiento y sanciones en el mismo en la República mexicana

Consideraciones

En México, el crecimiento continuo e indiscriminado de motocicletas, motonetas eléctricas, scooter y bicimotos, dentro del parque vehicular es una constante, debido a varios factores, como el menor costo de adquisición, el uso como vehículo de recreación y el ahorro de combustible además de resultar como una solución al problema del congestionamiento y estacionamiento. El impacto ambiental también es poco en los términos de proceso de fabricación, consumo de combustible, emisiones contaminantes, ocupación de espacio.

Puede sonar exagerado, pero hay algo que no se puede negar y es que transitar en la república mexicana cada día es más complicado. El tráfico, motociclistas, bicicletas eléctricas scooter , bicimotos conviviendo en el mismo espacio convierten cada trayecto en un caos más peligroso cada día. Esto debido a la falta de acciones que les hagan acatar los reglamentos, si los hay.

Además de esto, México vive un crecimiento histórico en el mundo de las dos ruedas: el parque de motocicletas pasó de 2,271,563 unidades en 2014 a 8,953,446 en 2024, lo que representa 6,681,883 motos adicionales, según datos del INEGI. Sólo entre 2023 y 2024, la flota aumentó 1,242,966 motocicletas, un 16.12% más, consolidando al país como un escenario de expansión sin precedentes para las motocicletas1 . Es por ello que los accidentes en las motocicletas se quintuplicaron en sólo 12 años, esto es el equivalente a una moto por cada cinco autos, según cifras del INEGI.2

En el año 2000, el INEGI registraba aproximadamente 300,000 motocicletas en circulación en México; para 2021, esa cifra se había disparado a casi seis millones3 .

En los últimos 20 años, las motocicletas pasaron de representar el 2% al 10% del parque vehicular nacional. Una tendencia que confirma su papel cada vez más central en la movilidad urbana y rural.

En el tercer trimestre del 2025, los motociclistas representan el porcentaje más alto de personas fallecidas en hechos de tránsito al sumar 50 muertes de 101 accidentes, 49.5% de los decesos; le siguen los peatones, con 21%; los pasajeros, con 19%; conductores 9%, y ciclistas 2%. Los choques se mantienen en el primer sitio por tipo de usuario de la vía y tipo de evento fatal, por lo que 26 motociclistas fallecieron en un choque y 24 en derrape.

Aún más, Según la Administración Nacional de Seguridad del Tráfico en Carreteras (NHTSA ), la tasa de accidentes mortales es significativamente mayor en motocicletas que en automóviles. Mientras que 13 de cada 100,000 automóviles se ven involucrados en un accidente mortal, la cifra asciende a 72 de cada 100,000 en el caso de las motocicletas. Esta discrepancia se debe a que los motociclistas tienen menos protección, aunado a que no acatan las reglas mínimas de seguridad, ya que no hay una barrera física entre ellos y el pavimento, lo que hace que los accidentes de motocicleta sean más graves que los de automóvil. (CESVI).4

Aunque hay registradas alrededor de un millón 600 mil motos en el país, es posible usarlas sin hacerlo del conocimiento de las autoridades, por lo que se puede inferir que hay más, pero a pesar de eso, una revisión de los 32 reglamentos de tránsito en el país, llevada a cabo por el Observatorio Vial del CESVI, encontró que 35 por ciento no contempla el uso del casco de seguridad.

Mientras que el número de motos en México se multiplicó y que cada 13 minutos hay un accidente vial que involucra a estos vehículos, la aplicación del marco normativo en buena parte del país se ha olvidado de ellas.

Por otro lado, los scooters eléctricos se han vuelto populares por ser una forma de transporte urbano ecológica y eficiente. Sin embargo, a pesar de su conveniencia, presentan riesgos importantes para la seguridad, con numerosos accidentes, lesiones y muertes reportadas. Comprender estos peligros es clave para que tanto los usuarios como los peatones se mantengan seguros.

Pero existen varios riesgos que deben tomarse en cuenta para estos vehículos, ya que no fueron diseñados para transitar en las vialidades primarias, como comúnmente se les ve.

Podemos mencionar según5 Bulldog Law una reconocida firma de abogados, porque son peligrosos en la circulación en nuestro país:

1. Defectos de diseño

Algunos scooters eléctricos presentan defectos de diseño que pueden representar peligros graves para los usuarios, como aceleradores que se traban, fallas en los frenos y problemas de dirección. Estos fallos pueden provocar la pérdida de control y accidentes serios.

2. Diseño con centro de gravedad alto

Debido a su diseño, los scooters eléctricos tienden a ser inestables y propensos a volcarse, especialmente a altas velocidades o en terrenos irregulares. Esto puede causar caídas graves y lesiones. Comparados con las bicicletas, que tienen un centro de gravedad más bajo, los scooters resultan más difíciles de manejar.

3. Falta de entrenamiento del usuario

Se pueden rentar scooters con una aplicación móvil, sin necesidad de capacitación. Muchos usuarios no saben cómo manejarlos correctamente, lo que incrementa el riesgo de accidentes.

4. Sistemas de frenos deficientes

Los frenos son esenciales para la seguridad, pero muchos scooters tienen frenos débiles o defectuosos. Es común que fallen al bajar una pendiente o a altas velocidades, lo que eleva la probabilidad de caídas.

5. Luces débiles y poca visibilidad

La mayoría de los scooters , incluyendo los que ofrece Lime, tienen luces delanteras poco potentes, lo que dificulta su uso nocturno, aun así, muchos usuarios siguen circulando con baja visibilidad. Además, muchos visten ropa oscura, lo que reduce aún más su visibilidad ante otros conductores.

6. Llantas pequeñas y sólidas

Los scooters eléctricos suelen tener llantas pequeñas y duras que absorben poco el impacto. Esto dificulta el manejo en superficies irregulares o con baches, y aumenta el riesgo de accidentes.

7. Sin mandato de uso de casco

En la mayoría de los casos no se usa un casco reglamentario, a pesar de que casi el cuarenta por ciento de las lesiones en scooters afectan la cabeza. Síntomas como confusión, mareo o pérdida de conciencia después de una caída pueden indicar una lesión cerebral.

8. Velocidad excesiva

Estos vehículos pueden alcanzar hasta 32 mph, una velocidad peligrosa para quienes no tienen experiencia. A mayor velocidad, es más difícil mantener el control y evitar obstáculos. Aunque existen límites legales, no siempre hay controles efectivos.

9. Falta de regulación

A diferencia de las bicicletas, muchos scooters no están regulados adecuadamente. En varias entidades no hay leyes claras, lo que deja a los usuarios sin guía sobre cómo utilizarlos de forma segura. En algunos casos, cualquier persona puede usarlos, incluso sin experiencia ni conocimiento de las normas de tránsito.

10. Conductores y peatones imprudentes

Los usuarios de scooters comparten las calles con autos y peatones. Esto puede ser peligroso si los conductores no ceden el paso o si los peatones cruzan inesperadamente. Muchas ciudades prohíben usar scooters en las aceras, obligando a los usuarios a circular entre el tráfico, pero no se regula en que vialidades pueden circular.

Aunque estamos conscientes de que el uso de estos vehículos es cada vez más indispensable, por las condiciones vehiculares de nuestro país, debemos adecuar los marcos normativos y homologarlos para una mejor impartición de justicia en ese rubro debido a que la seguridad de las personas está en juego, y de que deben acatarse los reglamentos, para evitar la mortandad en dichos vehículos.

Por otro lado, las bicicletas eléctricas o motonetas son conducidas temerariamente por vías primarias, llevando en ellas a menores de edad y hasta bebes sin ninguna protección y con exceso de pasajeros, lo que, si les facilita la movilidad, pero pone en gran riesgo su seguridad, de principio eran los jóvenes que usaban estos vehículos, pero ha proliferado debido al bajo costo del combustible y manutención, pero el desconocimiento de las normas para conducir, exceso de velocidad ignorar reglas básicas como utilizar cascos de seguridad, y vestimenta adecuada por si ocurre una caída, no respetar señales y circular por aceras y lugares no permitidos, se convierte en una bomba de tiempo ante la falta de sancione al respecto, todo ello demanda una mayor regulación, seguimiento y aplicación de las normas por la seguridad, no esperemos a que ocurran más accidentes, ante el crecimiento desmedido de estos vehículos.

Una vez logrado esto, igual de importante será que se adopte “cero tolerancia” a los factores de riesgo, como no usar el casco y el número de pasajeros, pasajeros fuera del rango de edad, encima de una motocicleta, así como motonetas, bicicleta eléctricos y scooters , y la correcta aplicación del reglamento de tránsito para ellos así como se hace para todos los vehículos, los motociclistas y conductores de estos vehículos eléctricos, deben seguir al pie de la letra dicho reglamento, lo que no se aplica y por ello se incrementan los accidentes viales, ya que circulan por carriles inexistentes, como las motocicletas que circulan entre los coches, rebasan por la derecha, no respetan los semáforos, circular por vialidades en las que no están autorizados, como en vías primarias, con cilindrajes no permitidos y no utilizando equipo adecuado de protección.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía, con carácter de urgente y obvia resolución, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero.- Se solicita respetuosamente a los Gobiernos de los Estados a regular, homologar y actualizar los Marcos Normativos relativos a las Motocicletas, motonetas y bicicletas eléctricas, así como scooter , para su correcta aplicación, evitando accidentes ante la proliferación desmedida.

Segundo.- Se solicita respetuosamente a los Gobernadores de los estados y a la jefa de Gobierno de la Ciudad de México a que, por medio de las dependencias a su cargo, se apliquen los reglamentos de tránsito a cabalidad para evitar la gran cantidad de accidentes por falta de cumplimiento y sanciones en el mismo .

Notas:

1. https://adventuremotors.mx/2025/09/18/crece-294-el-total-de-motocicletas-en-mexico-en-10-anos/
#:~:text=Crece%20294%25%20El%20Total%20de%20Motocicletas%20en%20M%C3%A9xico%20en%2010%20A%C3
%B1os&text=%E2%80%9CEste%20crecimiento%20tambi%C3%A9n%20plantea%20grandes,
el%20uso%20de%20equipamiento%20completo.

2. http://www.elfinanciero.com.mx/mas/enfoques/provocan-motos-anarquia-via l-y-muchos-riesgos.html

3. https://elpais.com/mexico/branded/2025-08-26/la-motocicleta-motor-de-movilidad-y-sustento-para
-millonesdemexicanos.html#:text=En%20el%20a%C3%B1o%202000%2C%20el,disparado%20a%20casi%20seis%20millones.

4. https://www.stronglawattorneys.com/es/posts/what-are-the-differences-between-car-accidents-
and-motorcycle-accidents#:~:text=Mientras%20que%2013%20de%20cada,el%20caso%20de%20las%20motocicletas.

5. https://es.thebulldog.law/12-razones-por-las-que-los-scooters-electricos-son-peligrosos#
:~:text=Debido%20a%20su%20dise%C3%B1o%2C%20los,resultan%20m%C3%A1s%20dif%C3%ADciles%20de%20manejar.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2026.

Diputada Lucero Higareda Segura

Con punto de acuerdo, por el que se reconoce y se respalda la Estrategia Nacional de Seguridad impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo; se felicita al secretario de Seguridad y Protección Ciudadana por los resultados obtenidos en el combate a la extorsión y a la colusión de autoridades con el crimen organizado a través del Operativo Enjambre; y se solicita la replicación de acciones coordinadas similares en el estado de Baja California, a cargo del diputado Fernando Jorge Castro Trenti, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Fernando Jorge Castro Trenti, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6 numeral I, fracción I; y 79 numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La seguridad ciudadana constituye uno de los pilares fundamentales del Estado de Derecho y representa una condición indispensable para el desarrollo pleno de toda sociedad democrática. El derecho a la seguridad no es solamente una prerrogativa individual, sino un bien colectivo que permite a los ciudadanos ejercer con libertad sus derechos fundamentales, desarrollar sus actividades cotidianas con tranquilidad y contribuir al progreso de sus comunidades sin el temor constante a ser víctimas de la violencia o el delito.

La política de seguridad pública del gobierno de México se enmarca en los 100 Compromisos para el Segundo Piso de la Cuarta Transformación , los cuales definen la orientación programática del Estado en esta materia. En particular, el eje denominado República segura y con justicia define los lineamientos generales de la política pública en esta materia y se articula con el Compromiso 100, Fortaleceremos la paz y la seguridad, cuyo propósito es atender de manera integral los desafíos estructurales y operativos asociados a la seguridad en el país. Dicho compromiso se sustenta en cuatro ejes estratégicos; la atención a las causas estructurales de la violencia, el fortalecimiento de las capacidades de inteligencia e investigación, la consolidación institucional de la Guardia Nacional y la coordinación efectiva entre los distintos órdenes de gobierno y las fiscalías, con el objetivo de generar condiciones sostenidas de paz, justicia y seguridad.1

En este marco ya consolidado, durante octubre de 2024, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana presentó la Estrategia Nacional de Seguridad a nivel federal, la cual retoma y sistematiza estos cuatro ejes como pilares de la intervención estatal. La estrategia se concibe como un esquema integral que combina acciones preventivas, operativas y de fortalecimiento institucional, orientadas tanto a la reducción de la incidencia delictiva como al desmantelamiento de estructuras criminales y a la mejora de la capacidad de respuesta del Estado.2

Desde el diseño de la estrategia se incorporan antecedentes de coordinación interinstitucional desarrollados en la Ciudad de México, donde la articulación entre autoridades de seguridad, procuración de justicia y fuerzas federales se asoció con una disminución relevante de los delitos de alto impacto, incluidos los homicidios dolosos. Este antecedente se toma como referencia para replicar modelos de coordinación, intercambio de información y operación conjunta a nivel nacional.3

Como parte del fortalecimiento de las capacidades estatales en materia de inteligencia, se da la creación de la Subsecretaría de Inteligencia e Investigación Policial dentro de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. Esta instancia cuenta con infraestructura tecnológica, personal analítico especializado, investigadores de campo y de gabinete, así como equipos técnicos encargados de procesar información y convertirla en inteligencia operativa que contribuya a la integración sólida de carpetas de investigación. De manera complementaria, se establece la Subsecretaría de Prevención, orientada al diseño e implementación de políticas preventivas con enfoque territorial y comunitario.4

En relación con la Guardia Nacional, la estrategia plantea la consolidación como institución policial de carácter federal, con esquemas de formación, profesionalización y disciplina orientados al respeto de los derechos humanos y al fortalecimiento de las capacidades operativas, aprovechando la infraestructura y el apoyo logístico de la Secretaría de la Defensa Nacional.5

La Estrategia Nacional de Seguridad define tres objetivos centrales, los cuales son la reducción de la incidencia delictiva, con énfasis en homicidios dolosos y extorsión; la neutralización de generadores de violencia y redes criminales; y el fortalecimiento de las capacidades de prevención, proximidad social y diálogo de las policías locales.6

Entre sus principales líneas de acción se incluyen la creación del Sistema Nacional de Inteligencia, el fortalecimiento del Centro Nacional de Inteligencia y del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como la implementación de un Modelo de Atención Integral a los Delitos de Alto Impacto, enfocado en la coordinación institucional, la judicialización efectiva y el control de actividades delictivas desde el sistema penitenciario. Asimismo, se contemplan estrategias de intervención focalizadas en entidades con alta incidencia delictiva, entre ellas Guanajuato, Baja California, Chihuahua, Guerrero, Jalisco y Sinaloa.7

En este sentido, una de las acciones de la Estrategia Nacional de Seguridad son las Jornadas por la Paz , creadas como un mecanismo de intervención territorial y de proximidad social en colonias y municipios con alta incidencia delictiva. A diferencia de los esquemas centrados exclusivamente en la actuación policial, estas jornadas operan como dispositivos integrales de acceso a servicios públicos orientados a la recuperación de espacios comunitarios y al fortalecimiento del tejido social, con el propósito de incidir en las causas estructurales que favorecen la violencia y la delincuencia, particularmente entre familias y jóvenes en contextos de vulnerabilidad.8

En términos operativos, las Jornadas por la Paz se instrumentan mediante el despliegue coordinado de dependencias federales con competencias en gobernación, seguridad, salud y bienestar, que brindan atención directa en plazas públicas y centros comunitarios. Entre las acciones implementadas se incluye el Programa de Desarme Voluntario , que permite la entrega de armas de fuego a cambio de apoyos económicos o bienes de uso doméstico sin consecuencias jurídicas, así como la realización de actividades deportivas y culturales y la prestación de servicios médicos y jurídicos gratuitos, con el objetivo de reducir barreras de acceso institucional y generar condiciones sociales que contribuyan a la prevención de la violencia.9

La pertinencia de la Estrategia Nacional de Seguridad se refuerza ante el incremento sostenido de la percepción de inseguridad en el país, ya que, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU) del INEGI, al cierre de 2025 el 63.8 por ciento de la población adulta urbana consideró inseguro vivir en su ciudad, lo que representa un aumento de 2.1 puntos porcentuales respecto a diciembre de 2024.10

Esta percepción, si bien no siempre se correlaciona de manera directa con la incidencia delictiva registrada, refleja el impacto cotidiano de la violencia y la criminalidad en la vida social. La encuesta evidencia una brecha estructural de género, pues 69.4 por ciento de las mujeres manifestó sentirse insegura, frente a 57.1 por ciento de los hombres, lo que confirma una percepción diferenciada de vulnerabilidad en los espacios públicos.11

Asimismo, se observan desigualdades territoriales profundas, con ciudades como Uruapan, Culiacán, Ciudad Obregón, Ecatepec e Irapuato, donde cerca de nueve de cada diez habitantes reportan inseguridad, en contraste con municipios como San Pedro Garza García, Benito Juárez, Piedras Negras y San Nicolás de los Garza, que presentan niveles significativamente menores.12

La ENSU también identifica que los espacios de mayor temor ciudadano son los cajeros automáticos en vía pública (72.3%), seguidos por calles y transporte público (64.9%) y carreteras (58.9%), lo que revela riesgos persistentes en contextos de movilidad cotidiana. Este clima de inseguridad se traduce en cambios relevantes de comportamiento social, ya que 42.5% de la población dejó de portar objetos de valor, 38% restringió la movilidad de niñas, niños y adolescentes, 37.1% evitó caminar de noche y cerca de una cuarta parte redujo sus visitas a familiares o amistades.13

A ello se suma que 36.3% de las personas reportó conflictos o enfrentamientos directos en el último trimestre de 2025, principalmente disputas vecinales, lo que evidencia un deterioro de la convivencia comunitaria.14

En términos de experiencia directa con el delito, 32.3% de los hogares tuvo al menos una víctima de robo, extorsión o fraude durante el segundo semestre de 2025, mientras que seis de cada diez personas observaron consumo de alcohol en la vía pública, casi la mitad presenció robos o asaltos, cuatro de cada diez fueron testigos de venta o consumo de drogas y más de un tercio reportó disparos frecuentes en su entorno.15, 16

En los últimos años, el Estado mexicano ha incorporado acciones focalizadas orientadas no solo a atender la dimensión operativa de los delitos de alto impacto, sino también a intervenir de manera directa en los mecanismos de infiltración y captura institucional mediante los cuales el crimen organizado logra operar con apoyo, tolerancia o colusión de autoridades locales. Bajo esta lógica se inscribe la denominada “Operación Enjambre ”, concebida como una estrategia de intervención integral orientada a identificar, investigar y desarticular redes de colusión entre autoridades municipales, corporaciones de seguridad y organizaciones criminales, particularmente en territorios con altos niveles de debilitamiento institucional.

Dicha estrategia, impulsada desde 2024 e iniciada en el Estado de México, se consolidó como un modelo nacional de coordinación interinstitucional, al lograr detenciones relevantes, procesos judiciales exitosos y una articulación inédita entre autoridades federales, estatales y municipales. De acuerdo con información oficial, la Operación Enjambre , encabezada por la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, permitió la investigación y detención de 60 personas, entre servidores públicos y exfuncionarios vinculados con actividades ilícitas, en 18 municipios, así como la obtención de 19 sentencias condenatorias contra 17 objetivos prioritarios, reflejo del impacto real de un enfoque basado en inteligencia, coordinación y actuación simultánea.17

El alcance de este modelo trascendió el ámbito local y fue incorporado como referente dentro de la Estrategia Nacional contra la Extorsión y el combate a la corrupción, impulsada por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo. En este contexto, el secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Omar García Harfuch, ha informado recientemente sobre la detención de autoridades municipales en el estado de Jalisco, derivada de denuncias ciudadanas y del trabajo coordinado entre dependencias federales y estatales, como parte de la aplicación de este enfoque integral.

Un caso emblemático de la aplicación de esta lógica se registró en el municipio de Tequila, Jalisco, donde fuerzas federales llevaron a cabo detenciones de autoridades municipales y funcionarios relevantes, relacionadas con presuntos actos de corrupción, extorsión y vínculos con organizaciones criminales. El operativo fue ejecutado de manera coordinada por instancias federales de seguridad, defensa, procuración de justicia e inteligencia, con el objetivo de restablecer condiciones mínimas de gobernabilidad, cerrar espacios de colusión institucional y garantizar la continuidad de las funciones de seguridad pública mediante esquemas transitorios de control y vigilancia.

De manera complementaria, en el Estado de Michoacán, la aplicación de estrategias integrales de seguridad, enmarcadas en la Estrategia Nacional contra la Extorsión y reforzadas mediante el Plan Michoacán por la Paz y la Justicia, ha generado resultados verificables. Durante conferencias oficiales, se informó que el trabajo conjunto del Gabinete de Seguridad con autoridades locales permitió la detención de objetivos prioritarios, el debilitamiento de estructuras criminales y una reducción del 30 por ciento en el promedio diario de homicidios dolosos, así como una disminución del 13.8 por ciento en la incidencia del delito de extorsión.18

Asimismo, como resultado del despliegue territorial, de inteligencia y de unidades especializadas, en el periodo comprendido entre el 10 de noviembre de 2025 y el 20 de enero de 2026 se logró la detención de 430 personas, el aseguramiento de armamento, vehículos, explosivos, sustancias químicas para la elaboración de drogas sintéticas, así como la inhabilitación de campamentos criminales y tomas clandestinas, lo que evidencia la efectividad de los esquemas de coordinación entre los tres órdenes de gobierno.19

Este tipo de intervenciones refleja que la Estrategia Nacional de Seguridad no se limita a la contención del delito, sino que incorpora como objetivo central el fortalecimiento de la legalidad, la integridad institucional y la recuperación de la confianza ciudadana.20

La relevancia de este tipo de intervenciones se acentúa al contrastarlas con la evidencia empírica disponible sobre las condiciones de seguridad en entidades con alta incidencia delictiva. El análisis de los indicadores de victimización y percepción de inseguridad permite dimensionar la magnitud del problema en contextos específicos y aporta elementos objetivos para evaluar la pertinencia de esquemas de control, coordinación interinstitucional y fortalecimiento institucional orientados a la recuperación de la gobernabilidad y la confianza social.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2025 con datos de enero a diciembre de 2024 para victimización y de marzo-abril de 2025 para percepción sobre la seguridad pública y desempeño de las autoridades, el Estado de Baja California se ubica entre las entidades con mayor incidencia delictiva y percepción de inseguridad del país, reflejando un problema estructural de seguridad pública. En 2024, la tasa de víctimas de delito en la Entidad fue de 36,900 víctimas por cada 100 mil habitantes, cifra superior al promedio nacional, lo que confirma una alta exposición de la población a hechos delictivos.21

En términos absolutos, la ENVIPE estima que más de 1.1 millones de personas de 18 años y más en Baja California fueron víctimas de al menos un delito durante 2024. Los delitos de mayor prevalencia fueron robo o asalto en la calle o transporte público, fraude, extorsión y robo total o parcial de vehículo, los cuales concentran la mayor parte del impacto económico y emocional en los hogares, así como la percepción constante de riesgo en los espacios cotidianos.22

Uno de los indicadores más críticos es la cifra negra, que en Baja California alcanzó aproximadamente el 92 por ciento de los delitos, es decir, solo 8 de cada 100 delitos fueron denunciados y derivaron en una carpeta de investigación. Las principales razones para no denunciar fueron la pérdida de tiempo (cerca del 34%), la desconfianza en la autoridad (alrededor del 17%) y la percepción de que denunciar “no sirve de nada”, lo que evidencia un déficit profundo de confianza institucional y efectividad del sistema de justicia.23

En materia de percepción de inseguridad, la ENVIPE confirma que más del 70 por ciento de la población adulta en Baja California considera inseguro vivir en su ciudad, ubicando a la Entidad entre las cinco con mayor percepción negativa a nivel nacional. Los espacios donde la población se siente más insegura son los cajeros automáticos en la vía pública, el transporte público, las calles y carreteras, lo que coincide con los patrones observados a nivel nacional por la ENSU y refuerza la percepción de vulnerabilidad en la movilidad urbana.24

El impacto social del delito es igualmente significativo, la encuesta señala que más del 45 por ciento de la población en Baja California modificó sus hábitos cotidianos por temor a la inseguridad, entre ellos dejar de portar objetos de valor, evitar salir de noche, restringir la movilidad de menores de edad y reducir la convivencia comunitaria. Estas conductas reflejan una afectación directa al tejido social y a la calidad de vida, más allá de la incidencia delictiva formalmente registrada.25

Adicionalmente, según datos del Observatorio Social de Baja California, uno de cada cinco negocios en la zona metropolitana de Tijuana fue víctima de extorsión o cobro de piso durante 2025, lo que evidencia un impacto directo de este fenómeno sobre la seguridad económica de la región. Asimismo, cifras recientes de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la entidad señalan que en lo que va de 2025 se han acumulado más de 3 000 denuncias por extorsión, con los municipios de Mexicali y Tijuana como los más afectados, y cerca de la mitad de los casos relacionados con amenazas de crimen organizado.

En cuanto a confianza y desempeño institucional, la ENVIPE 2025 muestra que las Fuerzas Armadas concentran los niveles más altos de percepción de efectividad en Baja California, con más del 80 por ciento de opiniones favorables, seguidas por la Guardia Nacional, con alrededor del 70 por ciento. En contraste, las policías municipales y estatales registran niveles de confianza del 45.4%, lo que se vincula directamente con experiencias de corrupción, abuso de autoridad o ineficacia percibida por la ciudadanía.26

En este contexto estatal, caracterizado por altos niveles de victimización, percepción de inseguridad, desconfianza institucional y una elevada cifra negra, los hechos ocurridos recientemente en Tijuana, Baja California, relacionados con la actuación de la policía municipal contra el vicepresidente de la Cámara Nacional de Comercio (CANACO) en Tijuana, adquieren relevancia más allá de un incidente aislado. El episodio se registró durante una intervención policial en la vía pública, cuando el vicepresidente de la CANACO Héctor Riveros Moreno fue detenido de manera momentánea, sometido al uso de la fuerza, esposado y trasladado a una unidad policial, sin que la patrulla presentara placas oficiales a la vista, circunstancias que vulneran aún más la certeza del ciudadano respecto a la identidad de la autoridad con la que se interactúa, siendo liberado minutos después por instrucción de mandos superiores.27

Posteriormente, el hecho fue calificado públicamente por la CANACO como un presunto abuso de autoridad, lo que derivó en la presentación de denuncias formales ante la Fiscalía General del Estado de Baja California y en la apertura de una investigación por parte de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos. Este episodio pone de manifiesto debilidades estructurales en el ejercicio de la función policial a nivel municipal, particularmente en lo relativo al respeto a los derechos humanos, la aplicación de protocolos de actuación y los mecanismos de rendición de cuentas, factores que inciden directamente en la percepción ciudadana de inseguridad y en la confianza hacia las instituciones de seguridad pública.28

La detención y el uso de la fuerza ejercidos por elementos de la policía municipal contra un representante del sector empresarial reflejan los mismos factores que la ENVIPE identifica como causas de la baja denuncia y de la desconfianza en las corporaciones locales, tales como la percepción de arbitrariedad, ineficacia y posibles prácticas de corrupción. Este tipo de actuaciones inhibe la participación ciudadana, debilita la cooperación entre sociedad, sector productivo y autoridades, y resulta especialmente relevante en un entorno urbano y fronterizo de alta complejidad, como el de Baja California.

Asimismo, el impacto de este tipo de hechos trasciende el ámbito estrictamente policial y se proyecta sobre la actividad económica, la gobernabilidad local y la competitividad regional, en tanto que el sector comercial y empresarial ha manifestado que prácticas de esta naturaleza deterioran la percepción de certeza jurídica y la imagen de Tijuana como un entorno seguro para la inversión, el turismo y el comercio. En un escenario donde la delincuencia, particularmente la extorsión, ha modificado de manera significativa los hábitos cotidianos y las dinámicas productivas, estos episodios profundizan la percepción de vulnerabilidad y evidencian que la inseguridad no responde únicamente a la acción de organizaciones criminales, sino también a fallas estructurales en el ejercicio de la autoridad y en los sistemas de control institucional.

Resulta particularmente preocupante el ingreso no autorizado y presunto robo ocurrido el 3 de febrero de 2026 en el domicilio de dos profesionistas del sector salud en la ciudad de Tijuana, quienes habrían sido víctimas de personas armadas que portaban indumentaria táctica y señalética similar a la utilizada por corporaciones federales. Este hecho, además de constituir una posible modalidad de suplantación de autoridad, evidenció la vulnerabilidad de perfiles estratégicos para la economía regional.

Baja California, y particularmente Tijuana es uno de los principales destinos de turismo médico en América Latina. De acuerdo con estimaciones del sector empresarial y organismos locales, la región recibe anualmente cientos de miles de pacientes provenientes de Estados Unidos y Canadá, generando una derrama económica que supera los miles de millones de dólares y que impacta de manera directa en los sectores hotelero, restaurantero, transporte y servicios especializados.

La afectación a profesionales del sector médico no constituye únicamente un hecho delictivo individual, sino un riesgo estructural para la competitividad y la imagen institucional de la entidad. La percepción de inseguridad en torno al turismo médico puede incidir negativamente en la toma de decisiones de inversión, en la atracción de pacientes internacionales y en la estabilidad de un sector que representa uno de los pilares económicos de la región fronteriza.

En consecuencia, el fortalecimiento de los mecanismos de inteligencia, supervisión y coordinación interinstitucional no solo responde a una necesidad de seguridad pública, sino también a la protección de sectores estratégicos para el desarrollo económico nacional, lo que justifica la pertinencia de replicar en Baja California modelos integrales de intervención como el Operativo Enjambre .

Desde esta perspectiva, la situación observada en Tijuana se vincula directamente con los objetivos y ejes de la Estrategia Nacional de Seguridad, en particular con el combate a la extorsión, el fortalecimiento de las capacidades de investigación, la coordinación interinstitucional y la atención frontal a la corrupción y colusión de servidores públicos. La experiencia en Baja California demuestra que la simple presencia policial resulta insuficiente si no se acompaña de acciones integrales de inteligencia, supervisión, control interno y sanción, orientadas a desarticular tanto las estructuras criminales como las redes institucionales que facilitan su operación, condición indispensable para recuperar la confianza ciudadana, fortalecer la denuncia y reducir la cifra negra.

A este escenario se suma una modalidad particularmente grave que profundiza la percepción de inseguridad se suma la suplantación de identidad de autoridades de seguridad, utilizada por grupos delictivos como mecanismo para cometer delitos, extorsionar, ingresar ilegalmente a domicilios particulares y obtener información sensible bajo la apariencia de operativos oficiales.

La suplantación de autoridad no constituye un hecho aislado, sino que se encuentra estrechamente vinculada con esquemas de extorsión, cobro de piso y colusión institucional, en los que el uso de uniformes, insignias, vehículos oficiales o información privilegiada permite a las organizaciones criminales operar con altos niveles de impunidad, aprovechando la debilidad de los mecanismos de control, supervisión y verificación del personal operativo.

Este fenómeno resulta especialmente lesivo para el Estado de derecho, ya que no solo vulnera la seguridad patrimonial y personal de las víctimas, sino que erosiona la confianza ciudadana, inhibe la denuncia y genera incertidumbre sobre la legitimidad de las actuaciones policiales y la capacidad del Estado para distinguir entre autoridad legítima y simulación criminal.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión reconoce y respalda la Estrategia Nacional de Seguridad impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, orientada al combate a la corrupción, la extorsión y la colusión de autoridades con el crimen organizado, así como al fortalecimiento de las capacidades de inteligencia, investigación y coordinación interinstitucional del Estado mexicano. Asimismo, esta Soberanía reconoce y felicita al Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Omar García Harfuch, por los resultados obtenidos mediante la implementación de estrategias basadas en inteligencia y actuación coordinada, que han permitido la desarticulación de redes delictivas y la detención de servidores públicos vinculados a dichas conductas, particularmente a través de la Operación Enjambre. En ese contexto, la Cámara de Diputados solicita respetuosamente que, con base en dicha experiencia y en congruencia con la Estrategia Nacional de Seguridad impulsada por la titular del Ejecutivo federal, se continúe y, en su caso, se replique un esquema de actuación similar en el Estado de Baja California por las razones citadas en el presente.

Notas:

1. Presidencia de la República (México). (3 de octubre de 2024). 100 compromisos para el Segundo Piso de la Cuarta Transformación. Recuperado de https://www.gob.mx/presidencia/documentos/100-compromisos-para-el-segun do-piso-de-la-cuarta-transformacion

2. Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC). (s. f.). SSPC presenta la Estrategia Nacional de Seguridad liderada por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum. Recuperado de https://www.gob.mx/sspc/prensa/sspc-presenta-la-estrategia-nacional-de- seguridad-liderada-por-la-presidenta-de-mexico-claudia-sheinbaum

3. Ídem 2

4. Ídem 2

5. Ídem 2

6. Ídem 2

7. Ídem 2

8. Secretaría de Gobernación (SEGOB). (9 de septiembre de 2025). Suman 4 mil 959 jornadas de pacificación en municipios. Recuperado de https://www.gob.mx/segob/prensa/suman-4-mil-959-jornadas-de-pacificacio n-en-municipios?idiom=es

9. Ídem 8

10. Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). (23 de enero de 2026). Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU) 2026 – Reporte de resultados (Boletín ENSU2026_01_RR). Recuperado de https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2026/ensu/EN SU2026_01_RR.pd

11. Ídem 10

12. Ídem 10

13. Ídem 10

14. Ídem 10

15. Ídem 10

16. Ídem 10

17. Sistema Mexiquense. (2026, 8 de febrero). Operativo Enjambre, un modelo a seguir en la lucha contra la corrupción. https://sistemamexiquense.mx/noticia/operativo-enjambre-un-modelo-segui r-lucha-contra-corrupcion

18. Gobierno de México, Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC). (2025, 9 de noviembre). Con la Estrategia Nacional de Seguridad y el Plan Michoacán disminuyen 30% los homicidios dolosos en la entidad. https://www.gob.mx/sspc/prensa/con-la-estrategia-nacional-de-seguridad- y-el-plan-michoacan-disminuyen-30-los-homicidios-dolosos-en-la-entidad

19. Gobierno de México. (2025, 6 de noviembre). Plan de Paz y Justicia de Michoacán [PDF]. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1036524/Plan_de_Paz_y_Ju sticia_de_Michoaca_n__1__compressed.pdf

20. Ídem 18

21. Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). (2025). Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública 2025 (ENVIPE) — Tabulados básicos por entidad federativa: Baja California Sur. Recuperado de https://inegi.org.mx/contenidos/programas/envipe/2025/doc/envipe2025_bc s.pdf

22. Ídem 20

23. Ídem 20

24. Ídem 20

25. Ídem 20

26. Ídem 20

27. Tribuna Económica. (5 de febrero de 2026). Agreden a vicepresidente de Canaco Tijuana. Recuperado de https://tribunaeconomica.com.mx/publicaciones/seccion/economia/agreden- a-vicepresidente-de-canaco-tijuana/

28. Ídem 26

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2026.

Diputado Fernando Jorge Castro Trenti

Con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a STPS y a la Profeco para que verifiquen que las empresas de plataformas digitales cumplan con las disposiciones laborales vigentes, suscrita por los diputados Fernando Mendoza Arce y Antonio Lorenzo Castro Villarreal, del Grupo Parlamentario de Morena

Los que suscriben, diputados Fernando Mendoza Arce y Antonio Lorenzo Castro Villarreal, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 3, numeral 1, fracción XX; artículo 6, numeral 1, fracción I; y artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable soberanía, la siguiente “proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a Secretaría del Trabajo y Previsión Social y a la Procuraduría Federal del Consumidor para que verifiquen que las empresas de plataformas digitales cumplan con las disposiciones laborales vigentes ”, conforme a las siguientes

Consideraciones

Antecedentes normativos

1. La economía de plataformas es una característica fundamental en el mundo del trabajo y representa una de las “manifestaciones más significativas de los cambios inducidos por la transformación digital.”1

La transición de la economía de plataformas hacia una economía formal se reconoce como un fin esencial en los Objetivos de Desarrollo Sostenible 8 (ODS 8) referente al trabajo decente y crecimiento económico que tiene como finalidad “promover el crecimiento económico inclusivo y sostenible, el empleo y el trabajo decente para todas y todos”.2 También, es importante para progresar en el logro de otros objetivos de desarrollo sostenibles, como el ODS 1 (Fin de la pobreza), ODS 10 (Reducción de las desigualdades), ODS 16 (Paz, justicia e instituciones sólidas) y el ODS 17 (Alianzas para lograr los objetivos).

2. En ese contexto, en marzo de 2023, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) decidió incluir en el orden del día de las 113a y 114a reuniones de la Conferencia Internacional del Trabajo un punto sobre la elaboración de normas sobre el trabajo decente en la economía de plataformas.3 Lo anterior con la finalidad de seguir avanzando con las disposiciones legales vigentes para mejorar las oportunidades de empleo, reducir el empleo informal y la desigualdad en el mercado laboral; así como, garantizar y promover entornos de trabajo seguros y protegidos.

Por tal motivo, elaborar normas sobre el trabajo decente en la economía de plataformas, significa crear oportunidades para que todas y todos puedan conseguir un trabajo productivo que proporcione4 :

• Ingresos dignos

• Seguridad en el lugar de trabajo

• Protección social para las familias

• Mejoras en las perspectivas de desarrollo personal e integración social.

3. Las plataformas digitales son un conjunto de sistemas informáticos que facilitan la interacción entre múltiples grupos de personas5 principalmente caracterizándolos como usuarios y personas trabajadoras en plataformas digitales.

La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 291-B, define a las plataformas digitales como el “conjunto de mecanismos, aplicaciones informáticas, sistemas y dispositivos que asignan tareas, servicios, obras, trabajos o similares a personas trabajadoras en favor de terceros, considerando el uso de las tecnologías de la información y la comunicación definidas en el artículo 330-A de esta Ley.”

4. Con la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2024 en materia de trabajo en plataformas digitales6 , se reguló, por primera vez, para todas las personas trabajadoras de plataformas digitales, la protección por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en cada viaje que realicen durante su jornada laboral, otorgándoles el derecho para acceder a todos los seguros de régimen obligatorio7 que ofrece el IMSS comprendidos en el artículo 11 de la Ley del Seguro Social que a la letra señala:

Artículo 11. El régimen obligatorio comprende los seguros de:

I. Riesgos de trabajo;

II. Enfermedades y maternidad;

III. Invalidez y vida;

IV. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y

V. Guarderías y prestaciones sociales .”8

Esta reforma adapta el marco normativo a la realidad digital, significando el acceso a seguridad social, a la protección de las y los trabajadores contra despidos injustificados y protegiendo a cerca de 700 mil personas trabajadoras9 que generan un ingreso mediante plataformas digitales y que desempeñan labores físicas bajo una supervisión tecnológica.

5. El 1 de julio de 2025 inició el aseguramiento obligado para personas trabajadoras de plataformas digitales en el IMSS y se implementó una “Prueba Piloto” para afinar el sistema de registro, pago de cuotas y aseguramiento al IMSS bajo el régimen obligatorio y para verificar que las reglas funcionen de manera correcta y que, de ser necesario, se realicen los ajustes operativos correspondientes.10

Esta “prueba piloto” no solo busca cumplir con las nuevas disposiciones laborales, sino también es una estrategia fundamental para proteger a los trabajadores de plataformas digitales y, orientar y apoyar a las empresas del sector a cumplir con una serie de requisitos específicos para su afiliación y la de sus trabajadores ante el IMSS.11

Problemática planteada

1. Durante los últimos años, el trabajo en plataformas digitales ha crecido de manera significativa en el país. Este modelo de empleo ha transformado el mundo laboral abriendo nuevas oportunidades para miles de personas en México, sin embargo, ha planteado diversos desafíos respecto al acceso efectivo a la seguridad social para todas las personas trabajadoras de dichas plataformas.

Si bien es cierto que, en la actualidad se reconoce la existencia de una relación laboral entre las plataformas digitales y las personas que prestan el servicio, también lo es que, en la práctica persisten omisiones por parte de las empresas que impiden que se cumplan con las obligaciones de seguridad social que les corresponden como patrones.

2. Bajo esa tesitura, es relevante mencionar que, las empresas operadoras de las plataformas digitales son las responsables de inscribir a las personas trabajadoras al IMSS bajo el régimen obligatorio y, en su caso, determinar, retener y enterar el pago de cuotas obrero-patronales. De conformidad con los artículos 291-B párrafo segundo, 291-C párrafo segundo y 291-K fracción V de la Ley Federal del Trabajo, que señala:

Artículo 291-B ...

...

Los usuarios, consumidores o beneficiarios de tareas, servicios, obras o trabajos que se oferten a través de aplicaciones informáticas, no serán considerados patrones, ni responsables solidarios de personas trabajadoras en plataformas digitales o similares, ya que dicho carácter lo tendrá la persona física o moral que gestione o administre los servicios a través de la misma .12

Artículo 291-C ...

...

Las personas trabajadoras que presten servicios a través de plataformas digitales serán consideradas trabajadoras independientes, si al final de cada mes no alcanzan a generar la percepción mencionada. Sin embargo, en dicho periodo y durante el tiempo efectivamente trabajado, se les extenderán los derechos estipulados en este capítulo, con la excepción de lo dispuesto en las fracciones V relativa a la retención y entero de cuotas de seguridad social y VI del artículo 291-K. En todos los casos, las personas físicas y morales que administren plataformas digitales serán responsables del pago del aseguramiento en el régimen del seguro social cuando ocurra un riesgo de trabajo durante el tiempo de trabajo efectivamente laborado .13

Artículo 291-K. En cualquier caso, las personas físicas y morales que administren o gestionen servicios a través de plataformas digitales, en su carácter de patrón, tendrán las obligaciones especiales siguientes:

...

V. Inscribir a las personas trabajadoras en plataformas digitales ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y, en su caso, determinar, retener y enterar el pago de cuotas obrero-patronales en los términos que establezcan las disposiciones en la materia ;”14

Esta reforma no solo garantiza el acceso a la seguridad social para las personas trabajadoras de plataformas digitales, también, establece obligaciones para los empleadores, entre las que figuran:

• Seguro de desempleo;

• Emitir recibos de pago;

• Inscribir a las personas trabajadoras ante el IMSS;

• Incapacidades;

• Informar sobre las medidas de seguridad y salud en el trabajo;

• Realizar las aportaciones correspondientes al Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores;

• Realizar las aportaciones correspondientes a la Administradora de Fondos para el Retiro; entre otras.

Esto representa un paso fundamental en la garantía de los derechos laborales de miles de mexicanas y mexicanos que generan ingresos a través de plataformas digitales como Didi , Uber , Rappi, Indrive , entre otras.

3. Con la entrada en vigor de la reforma laboral en materia de plataformas digitales, durante el mes de julio de 2025, Uber anunció un aumento de hasta el 7% en las tarifas de sus servicios, dependiendo del producto y ciudad15 .

Al respecto, algunos usuarios-consumidores reportaron inconsistencias en el servicio de transporte y entregas de productos solicitados a través de la aplicación, mediante un cobro inusual realizado por concepto de “Ajuste al usuario por la ley laboral”, como se aprecia a continuación:

Derivado de lo anterior, la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo instruyó a la PROFECO a revisar estos posibles cobros indebidos a usuarios de plataformas digitales y resaltó que “el acuerdo alcanzado con las empresas de este sector establecía que el costo de incorporación de los trabajadores de plataformas digitales al IMSS debía ser realizado por las propias empresas, no por los usuarios ni conductores”.18, 19

4. La PROFECO como instancia encargada de proteger los derechos de los consumidores y vigilar el debido cumplimiento de la seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores[20], debe garantizar y proteger a los usuarios de cobros indebidos .

Al respecto, es atendible el artículo 10 párrafo segundo de la Ley Federal de Protección al Consumidor que establecen:

Artículo 10 .- ...

...

Los proveedores no podrán aplicar métodos o prácticas comerciales coercitivas y desleales , ni cláusulas o condiciones abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos o servicios. Asimismo, tampoco podrán prestar servicios adicionales a los originalmente contratados que no hubieren sido solicitados o aceptados expresamente, por escrito o por vía electrónica, por el consumidor, ni podrán aplicar cargos sin previo consentimiento del consumidor o que no se deriven del contrato correspondiente .”21

Por tal motivo, resulta urgente que la PROFECO intervenga en la protección de los derechos de los consumidores y defienda a todas y todos los ciudadanos que han sido víctimas de prácticas comerciales abusivas de algunas plataformas digitales que han realizado cobros injustificados por concepto de “Ajuste al usuario por la ley laboral ”, toda vez que, a la fecha estas aplicaciones continúan realizando dichos cobros a los consumidores.

5. Por otra parte, la ley obliga a las plataformas a cumplir con el pago de cuotas de seguridad social y a garantizar la transparencia en sus operaciones. Por tal motivo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, es la encargada de vigilar el cumplimiento de la ley, mediante inspecciones, revisiones y mecanismos específicos de control y denuncia.

Recordemos que, la STPS tiene la facultad de emitir disposiciones de carácter general para dar operatividad a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.[22] Por tal motivo, la STPS debe asegurarse de que las condiciones establecidas en los contratos de los trabajadores de plataformas digitales y en las políticas de servicio se respeten las disposiciones legales vigentes.

Conclusiones

Considerando lo anterior, resulta imperante que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en coordinación con la Procuraduría Federal del Consumidor, realicen operativos para vigilar y verificar el cumplimiento de la ley, y en su caso, sancionar a las plataformas digitales que omitan cubrir las cuotas de seguridad social correspondientes a sus trabajadores.

La verificación y supervisión de las plataformas digitales es fundamental para evitar prácticas comerciales abusivas y proteger los derechos digitales de los consumidores.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta honorable soberanía, la presente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para que, en el ámbito de sus atribuciones, verifique que las empresas de plataformas digitales cumplan con la ley laboral vigente, mediante inspecciones, revisiones y mecanismos específicos de control y denuncia.

Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Procuraduría Federal del Consumidor para que, en el ámbito de sus atribuciones, verifique que las plataformas digitales no realicen cobros indebidos, correspondientes al pago de cuotas de seguridad social de las personas trabajadoras de plataformas digitales, asegurando el cumplimiento de las disposiciones laborales vigentes.

Notas:

1. Organización Internacional del Trabajo, Plataformas digitales de trabajo, Portal temático de la OIT. Recuperado de https://www.ilo.org/es/plataformas-digitales-de-trabajo. Consultado el 15 de noviembre de 2025.

2. ONU, Objetivos de Desarrollo Sostenible. Recuperado de https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/economic-growth/. Consultado el 02 de diciembre de 2025.

3. Organización Internacional del Trabajo, Orden del día de la 113.a reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, Portal temático de la OIT. Recuperado de https://www.ilo.org/es/resource/documento-de-conferencia/ilc/113/orden- del-dia-de-la-113a-reunion-de-la-conferencia-internacional-del. Consultado el 15 de noviembre de 2025.

4. ONU, Promover el crecimiento económico inclusivo y sostenible, el empleo y el trabajo decente para todos. Recuperado de https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/economic-growth/. Consultado el 02 de diciembre de 2025.

5. Aguilar, A. Plataformas y economía uberizada, UPRESS. Recuperado de https://upress.mx/la-voz-del-estudiante/13312-plataformas-y-economia-ub erizada. Consultado el 22 de noviembre de 2025.

6. S/A, Reforma en materia de trabajo en plataformas digitales, Gobierno de México. Recuperado de https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1005494/Reforma_en_mater ia_de_trabajo_en_plataformas_digitales__1_.pdf. Consultado el 11 de noviembre de 2025.

7. Ley del Seguro Social, Artículo 6. Recuperado del Diario Oficial de la Federación chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://portalhcd.d iputados.gob.mx/LeyesBiblio/PortalWeb/Leyes/Vigentes/PDF/92_230421.pdf. Consultado el 18 de noviembre de 2025.

8. Ley del Seguro Social, Artículo 6. Recuperado del Diario Oficial de la Federación chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://portalhcd.d iputados.gob.mx/LeyesBiblio/PortalWeb/Leyes/Vigentes/PDF/92_230421.pdf. Consultado el 18 de noviembre de 2025.

9. S/A, Reforma en materia de trabajo en plataformas digitales, Gobierno de México. Recuperado de https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1005494/Reforma_en_mater ia_de_trabajo_en_plataformas_digitales__1_.pdf. Consultado el 11 de noviembre de 2025.

10. Gobierno de México, Reforma en materia de trabajo en plataformas digitales, Gobierno de México. Recuperado de https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1005494/Reforma_en_mater ia_de_trabajo_en_plataformas_digitales__1_.pdf. Consultado el 01 de diciembre de 2025.

11. Gobierno de México, Seguridad Social para Empresas y Trabajadores de Plataformas Digitales en México. Recuperado de https://www.imss.gob.mx/empresas-personas-trabajadoras-plataformas-digi tales. Consultado el 16 de diciembre de 2025.

12. Ley Federal del Trabajo, artículos 291-B, Diario Oficial de la Federación. Recuperado de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf. Consultado el 11 de noviembre de 2025

13. Ley Federal del Trabajo, artículos 291-B, Diario Oficial de la Federación. Recuperado de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf. Consultado el 11 de noviembre de 2025

14. Ley Federal del Trabajo, artículos 291-K fracción V, Diario Oficial de la Federación. Recuperado de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf. Consultado el 11 de noviembre de 2025

15. Hernández, E. Es un hecho. Uber anuncia alza en precios; esto costarán ahora los viajes, Milenio. Recuperado de https://www.milenio.com/politica/uber-anuncia-alza-en-tarifas-de-viajes -por-reforma-laboral. Consultado el 23 de noviembre de 2025.

16. Imagen recuperada de un recibo de pago de Uber.

17. Imagen recuperada de un recibo de pago de Uber.

18. S/A, Ordena Sheinbaum a Profeco revisar cobros indebidos de Uber, Tiempo. Recuperado de https://www.tiempo.com.mx/local/ordena-sheinbaum-a-profeco-revisar-cobr os-indebidos-de-uber/. Consultado el 02 de diciembre de 2025.

19. S/A, Sheinbaum dice que Uber debe asumir el costo de la reforma laboral, Expansión. Recuperado de https://expansion.mx/tecnologia/2025/07/18/sheinbaum-uber-debe-asumir-e l-costo-reforma-laboral. Consultado el 02 de diciembre de 2025.

20. Procuraduría Federal del Consumidor, Definición PROFECO, Recuperada de la página oficial https://www.gob.mx/profeco. Consultada el 11 de noviembre de 2025.

21. Ley Federal de Protección al Consumidor, Artículo 10, Diario Oficial de la Federación. Recuperado de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPC.pdf. Consultada el 02 de diciembre de 2025

22. Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Preguntas Frecuentes sobre la Reforma en Materia de Trabajo en Plataformas Digitales, Recuperada de https://www.gob.mx/stps/documentos/preguntas-frecuentes-sobre-la-reform a-en-materia-de-trabajo-en-plataformas-digitales. Consultada el 02 de diciembre de 2025.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2026

Diputados: Fernando Mendoza Arce, Antonio Lorenzo Castro Villarreal

Con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente al INAH, así como al INBAL y al gobierno de la Ciudad de México, para que conforme a sus atribuciones realicen el mantenimiento y restauración del monumento al boxeador mexicano y la colocación de un monumento a la boxeadora mexicana, a cargo de la diputada María Rosete, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, diputada María Rosete, integrante del Grupo de Morena de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2; y 79, numeral 2, fracciones I a III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con puntos de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En nuestro país el boxeo ha adquirido una relevancia cultural y social, debido a que ha servido como herramienta para la cohesión social, la formación de una identidad colectiva y la redención principalmente de los barrios populares, donde son las juventudes quienes consideran a este deporte como una opción para la superación personal.

A nivel social la y el boxeador mexicano obtiene un fuerte valor simbólico, debido a que representa las aspiraciones personales, pero también se apropia de la esperanza e ilusiones de la colectividad, puesto que, con cada victoria obtenida es la comunidad quien se siente representada ante ese triunfo, no obstante, el boxeador se convierte en un modelo o ejemplo a seguir ya que son la perseverancia, la disciplina y esfuerzo que los hacen salir de contextos que se caracterizan por la desigualdad o vulnerabilidad.

Asimismo, dicho deporte ha permitido que existan espacios de inclusión y movilidad social, puesto que son los gimnasios lugares de esparcimiento y de aprendizaje de técnicas, habilidades y valores que convierten a los jóvenes en deportistas de alto rendimiento y que, en muchas ocasiones, son lo que representa a México en competencias de primer nivel. Además, es indispensable reconocer la labor que hacen los entrenadores, ya que son ellos, quienes construyen a través de su mentoría redes de apoyo para las juventudes que buscan ocupan lugares importantes en el ámbito, siendo muchos de ellos, ex boxeadores que entienden los sacrificios, el esfuerzo y la valentía que se requiere para competir.

Es necesario destacar que México es considerado potencia mundial en el boxeo profesional, ya que, de acuerdo a cifras de medios deportivos, nuestro país es considerado “la segunda potencia mundial en boxeo, sólo por detrás de Estados Unidos, con más de 160 campeones mundiales y 200 campeonatos ganados. También es el segundo deporte que más preseas ha otorgado a México en Juegos Olímpicos con 14 medallas, dos de oro, cuatro de plata y ocho de bronce1 , evidenciando que somos un territorio semillero de pugilistas que son inspiración para miles de jóvenes que buscan adentrarse al deporte.

En la actualidad los referentes históricos del boxeo han regalado a peleas extraordinarias y que son admiradas por miles de fanáticos, ejemplo de ellos, son Julio Cesar Chávez, Rubén “el Púas ” Olivares, Raúl “Ratón ” Macías, Juan Manuel Márquez, Saúl “Canelo ” Álvarez, entre muchos otros que colocaron el nombre de México en los cuadriláteros internacionales, dejando memorias imborrables de los combates en el ring.

Cabe destacar, que existe una inmensa lista de boxeadores considerados leyendas, originarios del famoso barrio de Tepito donde las condiciones económicas, sociales, la constante pelea por la dignidad, la discriminación y la desigualdad, obligan a los jóvenes practicar dicha disciplina previniendo y alejándolos de la violencia, de los vicios o de involucrarse con alguna organización delictiva. Referentes del talento boxístico de Tepito son, Luis Villanueva Páramo, conocido como Kid Azteca , José Medel “El Huitlacoche ” Carlos Zárate Serna, etc.

Es indispensable enfatizar que actualmente en el boxeo mexicano no solo se contemplan talentos varoniles, sino que, se cuenta con la participación de miles de mujeres que ocupan espacios que antes eran exclusivos para los hombres, rompiendo con estereotipos de género que solo limitaban su participación, por lo que hoy, se destacan nombres como Laura Serrano García, Ana María “G “Guerrera ” Torres, Jackie Nava y Mariana “Barbie ” Juárez, entre miles de mujeres peleadoras que con disciplina, talento y esfuerzo, han ganado títulos nacionales y mundiales, siendo referentes para la nuevas generaciones que consideran al deporte como una herramienta de empoderamiento, igualdad y liderazgo femenino.

Lo anterior, permite evidenciar el papel fundamental que realiza el boxeo y las y los pugilistas en la sociedad mexicana, por lo que, en noviembre de 1988, se colocó la zona de la Lagunilla el Monumento al Boxeador Mexicano , creado por el escultor Mario Rendón Lozano, con el propósito de honrar y reconocer a todos aquellos deportistas que han dedicado su tiempo, su trabajo y esfuerzo para colocar la bandera mexicana en los campeonatos mundiales, además de enaltecer la tradición e importancia cultural.

Sin embargo, después de 37 años de la colocación de este monumento, se ha observado el deterioro por su exposición al ambiente, asimismo, los vecinos de la zona de la Lagunilla han expresado la vandalización a esta obra por lo que han hecho un llamamiento para que se realicen las acciones necesarias para preservar y restaurar una obra que es emblemática que tiene un alto significado cultural para los habitantes de la zona y para todo el gremio deportivo.

De acuerdo con lo anterior, la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia, artículo 2o. fracción IX, se determina que dentro de sus facultades es:

Artículo 2o . ...

Para cumplir con sus objetivos, el Instituto Nacional de Antropología e Historia tendrá las siguientes funciones:

I. a VIII . ...

IX. Identificar, investigar, recuperar, rescatar, proteger, restaurar, rehabilitar, vigilar y custodiar en los términos prescritos por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, los respectivos monumentos y zonas, así como los bienes muebles asociados a ellos .

X. a XXI. ...”2

De igual manera la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, contempla la participación del Instituto Nacional de Bellas Artes para todo lo concerniente en materia de monumentos artísticos, como se determina en el artículo 45, determinando que:

Artículo 45.- El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura es competente en materia de monumentos y zonas de monumentos artísticos .”3

Por último, el mismo ordenamiento, contempla en el artículo 7o. la colaboración de los gobiernos locales para que en caso de que las autoridades correspondientes consideren la restauración de un monumento intervengan en dichos proyectos, determinando lo siguiente:

Artículo 7o.- Las autoridades de las entidades federativas y Municipios cuando decidan restaurar y conservar los monumentos arqueológicos e históricos lo harán siempre, previo permiso y bajo la dirección del Instituto Nacional de Antropología e Historia .”4

Por lo anterior, comprometidos con el deporte mexicano, exhortamos a los institutos correspondientes así como al Gobierno de la Ciudad de México para que en el marco de sus atribuciones realicen las acciones necesarias para realizar el mantenimiento o restauración del monumento al boxeador mexicano, el cual se encuentra en la zona de la Lagunilla en la Ciudad de México, con el objeto, de que se promueva y reconozca a todas y todos los atletas que se dedican a dicho deporte, puesto, que el boxeo tiene un gran significado cultural y social en el pueblo de mexicano. Asimismo, se exhorta respetuosamente al Gobierno de la Ciudad de México para que en el marco de sus atribuciones coloque un monumento dedicado a las boxeadoras mexicanas, con la finalidad de que se visibilice el esfuerzo, trayectoria y disciplina de miles de mujeres peleadoras que con su trabajo y triunfos rompen con los estereotipos y promueven la igualdad de género, pongo a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente al Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), así como al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL), para que, conforme a sus atribuciones realicen el mantenimiento y restauración del monumento al boxeador mexicano, ubicado en el Pasaje Allende de la Colonia Lagunilla de la Ciudad de México.

Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente al Gobierno de la Ciudad de México para que, conforme a sus facultades implementen acciones de restauración y conservación del MONUMENTO AL BOXEADOR MEXICANO, con el propósito de recuperar el patrimonio cultural urbano.

Tercero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente al Gobierno de la Ciudad de México para que, conforme a sus atribuciones, realice la colocación de un monumento a la boxeadora mexicana, con el objeto de reconocer y visibilizar a las mujeres que desempeñan dicha disciplina.

Notas:

1. Domínguez Cardoso, Sergio (2024) “Diez preguntas deportivas que todo aficionado mexicano debe conocer”. ESPN México. https://www.espn.com.mx/otros-deportes/nota/_/id/12588707/historia-depo rte-mexico-preguntas-responder-considerado-mexicano

2. Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/170_171215.pdf

3. LEY FEDERAL SOBRE MONUMENTOS Y ZONAS ARQUEOLÓGICOS, ARTÍSTICOS E HISTÓRICOS. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFMZAAH.pdf

4. Ibidem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2026.

Diputada María Rosete

Con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a la Profeco a diseñar e implementar una estrategia especial, preventiva y de vigilancia en materia de precios, a fin de evitar incrementos injustificados en los costos de bienes y servicios ofertados durante la celebración de la Copa Mundial de la FIFA 2026, a cargo de la diputada Claudia Rivera Vivanco, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Claudia Rivera Vivanco, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Morena de la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a la Procuraduría Federal del Consumidor a diseñar e implementar una estrategia especial, preventiva y de vigilancia en materia de precios, a fin de evitar incrementos injustificados en los costos de bienes y servicios ofertados durante la celebración de la Copa Mundial de la FIFA 2026 , con el objeto de salvaguardar los derechos de las personas consumidoras en México, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La Copa Mundial de la FIFA constituye el evento deportivo de mayor alcance e impacto a nivel mundial, al reunir periódicamente a selecciones nacionales de todos los continentes en una sede determinada para la celebración de un torneo seguido por millones de personas en diversos países. Dicho certamen se lleva a cabo cada cuatro años, lo que le confiere un carácter extraordinario y una alta expectativa social, económica y cultural en las naciones anfitrionas.

México ha sido sede de la Copa Mundial de la FIFA en dos ocasiones previas, en los años 1970 y 1986, lo que lo convierte en uno de los pocos países en albergar este evento en más de una ocasión. Dichos antecedentes consolidan al país como un referente histórico en la organización de competencias deportivas de alcance global, así como en la recepción de amplios flujos de visitantes nacionales y extranjeros.

En el año 2026, México será, por tercera ocasión, sede de la Copa Mundial de la FIFA, convirtiéndose en el primer país en la historia de dicho certamen en albergarlo en tres ocasiones. Este hecho reviste una alta relevancia internacional y representa una oportunidad significativa para la proyección del país, así como para la generación de actividad económica, turística y comercial en diversas regiones del territorio nacional.

La edición 2026 de la Copa Mundial de la FIFA será la primera en la historia en celebrarse de manera conjunta en tres países, mediante una organización trinacional integrada por México, Estados Unidos y Canadá, superando el antecedente del Mundial de 2002 realizado en dos sedes nacionales.

Asimismo, dicha edición contará con una expansión significativa en su formato, al contemplar la realización de 104 partidos en 39 sedes y la participación de 48 selecciones nacionales, lo que incrementará de manera sustancial la afluencia de visitantes, la demanda de bienes y servicios y la presión sobre los mercados locales de los países anfitriones.

De acuerdo con estimaciones oficiales de la Federación Internacional de Fútbol Asociación, se prevé que más de seis millones de personas asistan a la Copa Mundial de la FIFA 2026 , con una afluencia promedio aproximada de 450 mil visitantes por cada ciudad sede, así como la asistencia de alrededor de 800 mil personas a los distintos encuentros disputados en los estadios.

Dicha afluencia turística y la actividad asociada a la celebración del evento generarán un impacto económico significativo, estimado para México en un rango de entre 1.8 y 3 mil millones de dólares, lo que implica una presión extraordinaria sobre los mercados de bienes y servicios en las zonas anfitrionas.

No obstante, las proyecciones de afluencia turística y de impacto económico asociadas a la celebración de la Copa Mundial de la FIFA 2026 también conllevan el riesgo de que se presenten incrementos injustificados en los precios de bienes y servicios, derivados de conductas especulativas por parte de algunos proveedores que buscan aprovechar la demanda extraordinaria generada por la presencia masiva de visitantes, particularmente provenientes del extranjero.

Diversas investigaciones periodísticas han documentado que uno de los primeros sectores en reflejar incrementos significativos de precios ante la celebración de la Copa Mundial de la FIFA 2026 es el de los servicios de hospedaje en las ciudades sede.

En el caso de la Ciudad de México, se ha observado que establecimientos hoteleros ubicados tanto en las inmediaciones del Estadio Azteca como en zonas céntricas han registrado incrementos sustanciales en sus tarifas durante los días de los encuentros mundialistas, con aumentos que oscilan entre más del 200 por ciento y hasta cifras superiores al 1,000 por ciento, alcanzando precios que superan los 50 mil pesos por noche.

De manera similar, en la ciudad de Guadalajara, los establecimientos de hospedaje, ubicados en la zona poniente, cercanos al Estadio Akron , han registrado incrementos de tarifas que superan el 1,100 por ciento, lo que evidencia una presión extraordinaria sobre los precios derivada de la proximidad a las sedes oficiales del torneo.

Adicionalmente, el riesgo de incrementos desproporcionados e injustificados de precios no se limita al sector del hospedaje, sino que puede extenderse a otros bienes y servicios de consumo cotidiano, tales como el transporte, la alimentación, el entretenimiento y los servicios turísticos, los cuales resultan esenciales tanto para las personas visitantes como para la población local en las ciudades sede.

Así mismo, debe considerarse el riesgo latente de que, con motivo de la elevada afluencia de visitantes extranjeros, se presenten prácticas de dolarización de precios o de referencia de bienes y servicios en moneda extranjera, lo cual puede generar distorsiones en el mercado interno y afectar de manera directa a las personas consumidoras nacionales. Este fenómeno ya se ha observado en diversas zonas turísticas del país, como Cancún y Tulum, donde la demanda internacional ha influido en la fijación de precios al alza.

Este tipo de prácticas puede generar una situación de desventaja para las personas consumidoras mexicanas frente al mayor poder adquisitivo de los visitantes extranjeros, reduciendo de manera significativa su capacidad de consumo y limitando su acceso a bienes, servicios y actividades vinculadas con la celebración del evento. Como consecuencia, existe el riesgo de que amplios sectores de la población nacional queden excluidos de la experiencia de un acontecimiento deportivo de carácter internacional celebrado en territorio nacional.

En este contexto, resulta indispensable que el Estado mexicano adopte medidas preventivas que garanticen condiciones de equidad, acceso y justicia económica durante la realización de un evento de impacto global como la Copa Mundial de la FIFA 2026 .

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) es la institución del Estado mexicano encargada de promover y proteger los derechos de las personas consumidoras, así como de prevenir prácticas abusivas y procurar relaciones de consumo equitativas y justas entre proveedores y consumidores.

Dicho organismo fue creado en el año de 1976, con motivo de la promulgación de la Ley Federal de Protección al Consumidor, ordenamiento cuyo objeto es fomentar la cultura del consumo responsable y garantizar la equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones comerciales, mediante acciones de vigilancia, orientación y verificación en el mercado.

En ese sentido, la Procuraduría Federal del Consumidor cuenta con las atribuciones legales necesarias para proteger los derechos de las personas consumidoras, prevenir prácticas comerciales indebidas o abusivas y promover condiciones de equidad en el mercado, particularmente en contextos de alta demanda y presión extraordinaria sobre los precios.

Dichas atribuciones encuentran sustento, entre otros ordenamientos, en el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece los principios de libre concurrencia y competencia económica, con el objeto de equilibrar la relación entre proveedores y consumidores y salvaguardar los derechos de estos últimos frente a posibles distorsiones del mercado.

En este contexto, la implementación de una estrategia especial de vigilancia de precios, como la que se propone mediante la presente solicitud, constituye una medida preventiva orientada a la protección del interés público y de los derechos de las personas consumidoras, al permitir anticiparse a una coyuntura económica extraordinaria mediante acciones de supervisión, información y disuasión, contribuyendo a preservar condiciones de equidad, acceso y certeza en el mercado durante la celebración de un evento de alcance global.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Procuraduría Federal del Consumidor a diseñar e implementar una estrategia especial, preventiva y de vigilancia en materia de precios, a fin de evitar incrementos injustificados en los costos de bienes y servicios ofertados durante la celebración de la Copa Mundial de la FIFA 2026, con el objeto de salvaguardar los derechos de las personas consumidoras en México.

Notas:

1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

2. Ley Federal de Protección al Consumidor, disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPC.pdf

Fuentes:

1. BBVA MEXICO & BBVA. (2026, 16 enero). ¿Qué es la PROFECO y para qué sirve? Banca Digital BBVA. https://www.bbva.mx/educacion-financiera/banca-digital/cuenta-digital-q ue-es-la-profeco.html

2. Echeverría, M. (2025, 15 octubre). Tulum tiene su peor crisis: Además de los altos precios, estos factores provocaron que miles de turistas los abandonaran. Expansión. https://expansion.mx/empresas/2025/10/14/hoteles-vacios-y-vuelos-en-pic ada-exhiben-el-declive-del-turismo-tulum

3. FIFA estima 6 millones de visitantes durante Mundial 2026; 450 mil por ciudad participante. (2025, 1 diciembre). Milenio. Recuperado 19 de enero de 2026, de https://www.milenio.com/negocios/fifa-estima-6-millones-de-visitantes-d urante-mundial-2026

4. Grupo Fórmula. (2026a, enero 13). Hoteles en CDMX se disparan rumbo al mundial ¡hasta en 1000 por ciento! [Vídeo]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=-RUhWFAs0Mk

5. Grupo Fórmula. (2026, 20 enero). ¡Se van al cielo! Hoteles cerca de estadio Akron rompen récords de precios [Vídeo]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=-mEefoXXySg

6. Presidenta presenta la Copa Mundial FIFA 2026; “es momento para compartirle al mundo lo que es México y el momento histórico que vive”. (2025, 10 noviembre). Gobierno de México. Recuperado 19 de enero de 2026, de https://www.gob.mx/presidencia/prensa/presidenta-presenta-la-copa-mundi al-fifa-2026-es-momento-para-compartirle-al-mundo-lo-que-es-mexico-y-el -momento-historico-que-vive

Ciudad de México, Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2026.

Diputada Claudia Rivera Vivanco

Con punto de acuerdo, para exhortar respetuosamente al gobierno del estado de Coahuila, a la Secretaría de Inclusión y Desarrollo Social de Coahuila, al Congreso del estado de Coahuila y a todos los suscritos en el Acuerdo Social de Buena Voluntad “Mejora Coahuila” a que expliquen y transparenten los lineamientos de accesibilidad que se utilizan en cada una de las 10 categorías de la estrategia “Mejora Coahuila”, a cargo de la diputada Cintia Cuevas Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, la diputada Cintia Cuevas Sánchez integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral I, fracción I; 79, numeral I, fracción II, y numeral 2 fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes consideraciones

Consideraciones

Que en fecha 16 de enero del año 2024 se suscribió el acuerdo de buena voluntad “Mejora Coahuila ”, en el punto 2. establece a la letra:

2. Que dentro de los objetivos del presente acuerdo y bajo la observancia de la respectiva normativa se potencializarán y eficientarán los recursos, las obras, acciones, programas y políticas públicas; para la construcción de una plataforma integral basada en diez (10) categorías “Mejora tu familia”, “Mejora tu casa”, “Mejora tu colonia”, “Mejora tu salud”, “Mejora tu seguridad”, “Mejora tu economía”, “Mejora tu educación”, “Mejora en el campo”, “Mejora el medio ambiente” y “Mejora en la inclusión ”.1

No obstante, no se cuentan con lineamientos que le permitan a la ciudadanía conocer los criterios de selección, las fechas de registro, los módulos autorizados de “Mejora Coahuila ”, el tipo de apoyo que ofrece cada categoría ni los criterios de permanencia de los mismos.

En los recorridos que he realizado por las colonias de mi distrito, así como en mis redes sociales, la ciudadanía me ha expresado sus dudas relacionadas con la falta de transparencia de los criterios de elegibilidad, la documentación requerida y los módulos a los cuales pueden acudir a registrarse para obtener alguno de los apoyos brindados por “Mejora Coahuila ”.

Así como el señalamiento de que estos apoyos son mediante intermediarios que se encargan de gestionarlos y seleccionan a los beneficiarios con base en su afiliación partidista. Señalan el ejercicio de coacción a cambio de su voto en cada proceso electoral.

Lo anterior contraviene lo establecido en la Ley para la Prevención y Combate a la Pobreza Extrema en el Estado de Coahuila, específicamente el artículo 9;

Artículo 9

Además de los principios mencionados en el artículo 6 de la Ley para el Desarrollo Social para el Estado de Coahuila de Zaragoza, se deberán observar los siguientes:

I. La equidad;

II. La justicia social;

III. La igualdad de oportunidades;

IV. La accesibilidad;

V. La no discriminación;

VI. Los incluidos en los tratados internacionales en cuanto resulten aplicables; y

VII. Los demás afines a la prevención y combate a la pobreza extrema ii .

Así como del artículo 12:

Artículo 12

Son objetivos del programa:

I. Establecer las bases y lineamientos a los que se sujetarán los programas y acciones de las dependencias estatales y municipales para la prevención y combate a la pobreza extrema.

II. Contribuir a la ruptura del ciclo intergeneracional de la pobreza extrema, favoreciendo el desarrollo en materia de educación, salud, nutrición, infraestructura social, acceso a servicios básicos, calidad y espacios de la vivienda de las personas o familias en dicha situación iii ;

[...]

Asimismo, el artículo 14 de la citada ley establece:

Artículo 14

Podrán acceder a los programas, aquellas personas o familias que:

I. Se encuentran en pobreza extrema y no cuentan con ingresos suficientes para invertir en el adecuado desarrollo individual y social de sus integrantes;

II. Manifiestan expresamente su voluntad de cumplir con los requisitos y condiciones de los programas a través de la suscripción de un documento de compromiso.

III. Proporcionen información sobre sus características socioeconómicas y demográficas a través de los mecanismos que determine la Secretaría de Inclusión y Desarrollo Social; y

IV. Encuadren en los demás lineamientos que se establezcan en los programas, sus reglas de operación y en las disposiciones aplicables iv .

Por otra parte, el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece:

Artículo 1o. ...

...

...

...

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas v .

Es por ello, que resulta indispensable tener claros los lineamientos, reglas de operación y las disposiciones aplicables a cada programa social que se implementa en el Estado de Coahuila, con el objetivo de que la población conozca los requisitos que debe cumplir, que no se le discrimine a nadie por preferencia partidista y que no existan intermediarios entre los apoyos y el ciudadano, menos el condicionamiento del voto por un programa social.

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Gobierno del Estado de Coahuila, a la Secretaría de Inclusión y Desarrollo Social de Coahuila, al Congreso del Estado de Coahuila y a todos los suscritos en el acuerdo social de buena voluntad “Mejora Coahuila ” a que expliquen y transparenten los lineamientos de accesibilidad que se utilizan en cada una de las 10 categorías de la estrategia “Mejora Coahuila

Notas:

i. Acuerdo social de buena voluntad ¨Mejora Coahuila¨. Disponible en:
https://coahuilatransparente.gob.mx/RutaDataFiles/acuerdos/documentos_acuerdos/
ACUERDO%20DE%20BUENA%20VOLUNTAD%20MEJORA%20COAHUILA%202024.pdf

ii. Ley para la Prevención y Combate a la Pobreza Extrema en el Estado de Coahuila de Zaragoza.

iii. Ibidem

iv Ibidem

v. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2026

Diputada Cintia Cuevas Sánchez

Con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a la Conade a publicar la estadística nacional sobre la violencia en el deporte, contemplada en el artículo 140, fracción X, de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a cargo de la diputada Sandra Anaya Villegas, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, Sandra Anaya Villegas , diputada de la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE) a publicar la Estadística Nacional sobre Violencia en el Deporte, contemplada en el artículo 140 fracción X de la Ley General de Cultura Física y Deporte, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

En fecha 9 de mayo de 2014, la Cámara de Diputados en la LXII Legislatura se aprobó una reforma al artículo 140 con el propósito de fortalecer las atribuciones de la comisión especial encargada de atender la violencia en el deporte, a fin de informar a las autoridades competentes sobre los riesgos de los eventos deportivos y coadyuvar con las medidas necesarias para la protección de personas, instalaciones o bienes, con motivo de los eventos deportivos;1

La reforma tuvo como objetivo que la Comisión Especial Contra la Violencia en el Deporte elaborara la recopilación de datos e integrara estadísticas que permitieran coadyuvar en la adopción de medidas de protección y prevención. La LXII Legislatura consideró necesarias estas adiciones ante el incremento de hechos violentos vinculados a los espectáculos deportivos, tales como riñas entre grupos de aficionados, agresiones a deportistas y conductas discriminatorias, que afectaban la seguridad, la convivencia y la asistencia familiar a los eventos deportivos, así como el desarrollo integral de quienes participan en ellos, tanto dentro como fuera de las instalaciones deportivas.

Derivado de lo anterior, se adicionó la fracción X al artículo 140 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, estableciendo expresamente la obligación de conformar y publicar la estadística nacional sobre la violencia en el deporte , así como en las diversas modalidades de eventos deportivos previstos en dicha Ley, con el propósito de dotar a la Comisión Especial de una herramienta que permitiera analizar, prevenir y atender de manera progresiva los riesgos asociados a la violencia en el deporte.

En atención a estas disposiciones, el 24 de julio de 2014 se llevó a cabo la sesión de instalación de la Comisión Especial Contra la Violencia en el Deporte.2 Sin embargo, desde el año 2019 no se cuenta con evidencia pública, actualizada y verificable sobre la realización de sesiones, la adopción de acuerdos, la implementación de acciones específicas o la publicación de información estadística por parte de dicha Comisión. Asimismo, en el sitio web de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade) no se observan actualizaciones recientes relacionadas con los trabajos de la Comisión Especial.

Por otra parte, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) publicó el 17 de julio de 2025 el informe titulado “Tarjeta roja a la violencia de género3 , en el cual se documenta la gravedad de la violencia que enfrentan las mujeres dentro del fútbol en México. Dicho informe señala que el 78 % de las personas participantes en el entorno futbolístico jugadoras, árbitras, entrenadoras, directivas, periodistas y aficionadas ha sufrido algún tipo de violencia.

Las agresiones más frecuentes corresponden a violencia verbal (72 %), estereotipos y roles de género (56 %), discriminación (54 %) y acoso o violencia sexual (41 %). Asimismo, identifica como principales agresores a la afición, así como a directivos, jugadores hombres y medios de comunicación, y destaca que estas conductas ocurren tanto en partidos como en entrenamientos y en redes sociales, afectando la salud emocional y la permanencia de las mujeres en el deporte.

De igual forma, en 2025, el medio deportivo ESPN realizó un sondeo llamado “Mujeres deportistas en México, expuestas a escenarios de violencia”4 a deportistas mexicanas que participaron en Juegos Olímpicos, Juegos Paralímpicos y en la Liga MX Femenil, revelando que aproximadamente el 66 % de las encuestadas había sufrido violencia física o verbal en su entorno deportivo, incluyendo agresiones, hostigamiento, discriminación o abuso. Adicionalmente, el 64 % manifestó haber sido testigo de conductas de acoso, y alrededor de cuatro de cada diez señalaron haberlas experimentado de manera directa.

Asimismo, el 28 de mayo de 2025, la Universidad de Colima presentó los avances de una investigación nacional5 , a cargo de la investigadora Jeanette López Walle, centrada en el estudio de la violencia interpersonal en el deporte, entendida como agresiones físicas, psicológicas, sexuales o instrumentales ejercidas por entrenadores, compañeros, padres o espectadores hacia atletas. Dicha investigación se desarrolla en las 32 entidades federativas del país y cuenta con el acompañamiento de organismos internacionales, con el objetivo de documentar estos abusos, analizar su impacto en la motivación y la salud mental de las y los deportistas, y generar insumos para el diseño de políticas y campañas de prevención.

Entre los resultados, se señaló que al menos uno de los diez participantes evaluados reportó haber experimentado algún tipo de violencia. Asimismo, se observó que la violencia en la práctica de deportes de conjunto es más frecuente que la de deportes individuales. En cuanto a la distribución por género, la participación se encuentra equilibrada, con un 50 % de hombres y un 50 % de mujeres.

Estos datos ponen de manifiesto la necesidad de contar con herramientas institucionales y estadísticas confiables que permitan comprender, prevenir y atender la violencia en el deporte, así como fortalecer la capacidad de las instituciones para diseñar políticas públicas eficaces basadas en información verificable.

Consideraciones

En virtud de lo anterior, es necesario señalar lo que refieren los Artículos 139 párrafo primero, quinto, sexto, séptimo y 140 fracción X de la Ley General de Cultura Física y Deporte, que a la letra dicen:

Artículo 139. Se crea la Comisión Especial Contra la Violencia en el Deporte que será la encargada de elaborar y conducir las políticas generales contra la violencia en el deporte.

La coordinación y operación de los trabajos de la Comisión Especial, estarán a cargo de la CONADE .

Para la ejecución de los acuerdos, políticas y acciones que determine la Comisión Especial, en cada entidad federativa funcionará una Comisión Local , encabezada por el titular del órgano estatal o de la Ciudad de México en materia de cultura física y deporte. Su funcionamiento, integración y organización se establecerán en el Reglamento de la presente Ley.

Será obligación de las Comisiones Nacional y Estatales, la elaboración de un Programa Anual de Trabajo para la Prevención de la Violencia en Eventos Deportivos.

Artículo 140. Las atribuciones de dicha Comisión Especial además de las que se establezcan en el reglamento respectivo, serán:

X. Conformar y publicar la estadística nacional sobre la violencia en el deporte , así como en las diversas modalidades de eventos deportivos previstos en esta Ley;

En virtud de lo citado, quedó establecida la creación de la Comisión especial en contra de la violencia en el deporte , misma que surgió como respuesta al incremento de situaciones de violencia dentro de eventos deportivos y de la esfera de los atletas, la comisión busca prevenir conductas discriminatorias, violentas y controlar a los grupos que generan inseguridad en los espectáculos deportivos.

Tal y como lo refiere el artículo 140 en su fracción x, que es deber de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, a través la Comisión especial contra la violencia en el deporte a conformar y publicar la estadística nacional contra la violencia en el deporte,

Es importante que dicha estadística se realice, toda vez que esto permitirá a las autoridades involucradas tanto gubernamentales como deportivas a tener un panorama amplio, información actualizada oficial, para que les permita identificar riesgos, prevenir conductas violentas y adoptar medidas eficaces para proteger a las y los deportistas, así como a las personas asistentes a los eventos deportivos.

La estadística nacional, permitirá a las autoridades deportivas y a los mismos atletas evitar que se repitan conductas que violenten sus derechos y agredan su integridad, pero sobre todo que se creen nuevas formas de violencia.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único . La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE), a publicar la Estadística Nacional sobre la Violencia en el Deporte, contemplada en el artículo 140 fracción X de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

Notas:

1. https://www.diputados.gob.mx/sedia/biblio/prog_leg/153_DOF_09may14.pdf

2. https://sinade.conade.gob.mx/sesiones/Acapulco2019/presentaciones/2.pdf

3. https://www.undp.org/es/mexico/comunicados-de-prensa/pnud-mexico-presenta-tarjeta-roja-la-violencia-de
-genero-estudio-revela-claves-sobre-la-situacion-de-violencia-de-genero

4. https://www.espn.com.mx/futbol/mexico/nota/_/id/14890567/
8-de-marzo-dia-internacional-de-la-mujer-violencia-deporte-mexico

5. https://www.ucol.mx/noticias/nota_14023.htm

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2026.

Diputada Sandra Anaya Villegas

Con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a la SEP a extender la campaña nacional “Lo Virtual También es Real”, para prevenir la violencia digital a nivel secundaria, a cargo de la diputada María Rosete, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe María Rosete, diputada integrante del grupo parlamentario de Morena, en la LXVI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proporción con punto de acuerdo, al tenor de las siguiente

Exposición de Motivos

Nuestro país ha avanzado significativamente en la implementación de acciones gubernamentales y en la ampliación de la legislación en materia de protección de los derechos humanos de las y los niños y adolescentes, teniendo como principal objetivo la eliminación de diferentes tipos de violencia, la reducción de las desigualdades o vulnerabilidades. Sin embargo, en los últimos años se ha evidenciado un aumento en los índices de violencia digital o de ciberacoso, convirtiéndose en una problemática que atenta directamente contra el bienestar y desarrollo de este grupo etario.

De acuerdo a cifras del Módulo de Ciberacoso (MOCIBA) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), “3 millones de personas de entre 12 y 17 años experimentaron alguna situación de ciberacoso entre julio de 2023 y agosto de 2024. Lo anterior correspondía al 23% de las personas usuarias de internet en el mismo rango de edad a nivel nacional .”1 Cifras que resultan alarmantes, puesto que permiten observar que son los jóvenes los que se encuentran en mayor riesgo ante la permanente exposición a herramientas tecnológicas o medios digitales.

Con la democratización de la tecnología y la proliferación de los servicios de internet, los espacios de interacción entre los jóvenes se han transformado, teniendo como principal medio de comunicación las redes sociales o las aplicaciones de mensajería, siendo inmediata y permanente las interacciones con el mundo que los rodea. No obstante, esto ha permitido que se encuentren en constante riesgo ante conductas de usuarios que, bajo el anonimato o cuentas falsas, producen conductas que violentan directamente la dignidad e integridad de los menores de edad.

Es indispensable señalar que, de acuerdo a la UNICEF, el ciberacoso se define como “un comportamiento que se repite y que busca atemorizar, enfadar o humillar a otras personas .”2 Asimismo, la violencia digital se determina como aquella “acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmite; comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento (...) Así como aquellos actos dolosos que causen daño a la intimidad, privacidad y/o dignidad de las mujeres .”3

Estas acciones violentas tienen repercusiones importantes en la vida de las y los jóvenes, provocando afectaciones en su salud mental como son el aumento de ansiedad, depresión, trastornos de estrés postraumático, así como cambios conductuales donde existe la pérdida de interés en actividades, aislamiento o en los casos más graves, conductas autolesivas; igualmente, se presentan consecuencias físicas consideradas como graves, como son los trastornos alimenticios o de sueño.

Conforme a lo anterior, el pasado 25 de noviembre de 2025, la Secretaría de Educación Pública, lanzó la campaña nacional nombrada “Lo virtual también es real ”, que busca prevenir la violencia digital a nivel bachillerato, la cual se encuentra dirigida a cerca de 4.6 millones de estudiantes de los subsistemas públicos, así como para el personal docente y administrativo, con la finalidad de prevenir la violencia digital y fortalecer el respeto en entornos presenciales y virtuales.

Esta acción gubernamental involucra diversas actividades como son talleres, conferencias, actividades lúdicas, culturales, entre muchos otros materiales pedagógicos, que posibilitan el promover medidas como el autocuidado digital, el uso del lenguaje incluyente, el conocimiento de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, así como fortalecer medidas que prevengan los diferentes tipos de violencias en los planteles de todo el país.

La campaña realizada por la Secretaría de Educación (SEP) se implementó durante 16 días, donde se contribuyó al fortalecimiento de entornos escolares seguros, donde las comunidades de estudiantes se encuentran informadas, empáticas y libres de cualquier acto violento en los espacios digitales y presenciales. Esta medida funge como un parteaguas para que se sigan promoviendo esfuerzos institucionales que fortalezcan la convivencia escolar y promuevan entornos de respeto.

Por último, es necesario considerar que en nuestro marco normativo ya se encuentra establecido que las autoridades correspondientes deberán implementar medidas que garanticen los derechos humanos de las infancias, como se menciona en el artículo 2o. de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, determinando lo siguiente:

Artículo 2. Para garantizar la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, las autoridades realizarán las acciones y tomarán medidas , de conformidad con los principios establecidos en la presente Ley. Para tal efecto, deberán:

I. Garantizar un enfoque integral, transversal, con perspectiva de género y de derechos humanos en el diseño y la instrumentación de políticas y programas de gobierno;

II. a IV. ...

...

...

...”

Asimismo, dicha normatividad determina en su artículo 47 las facultades que deberán implementar las autoridades correspondientes en caso de que exista alguna afectación a este grupo etario, considerándose lo siguiente:

Artículo 47. Las autoridades federales , de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, están obligadas a tomar las medidas necesarias para prevenir, atender y sancionar los casos en que niñas, niños o adolescentes se vean afectados por :

I. a VII . ...

VIII ...

...

...

Castigo humillante es cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio, y cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza, molestia o humillación cometido en contra de niñas, niños y adolescentes.

...

...

...”

Por todo lo anterior y comprometida con garantizar los derechos humanos de nuestras niñas, niños y jóvenes de nuestro país, así como salvaguardar su dignidad y bienestar integral, exhortamos respetuosamente a la Secretaría de Educación para que, en el marco de sus atribuciones, realice medidas permanentes para prevenir la violencia digital y el ciberacoso, así como campañas de promoción de la cultura de la paz, dirigidas a niñas, niños, adolescentes, docentes y familias, principalmente en los planteles de nivel secundaria de todo el territorio nacional; por lo que pongo a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública, para que, en el ámbito de sus atribuciones, extienda la campaña nacional “LO VIRTUAL TAMBIÉN ES REAL” para prevenir la violencia digital a nivel secundaria,

Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública para que, en el ámbito de sus atribuciones, fortalezca e impulse campañas permanentes de promoción de la cultura de la paz, dirigidas a niñas, niños, adolescentes, docentes y familias en los centros educativos a nivel secundaria de todo el país.

Palacio legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2026.

Diputada María Rosete (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente al Secretariado Ejecutivo del SNSP y al INEGI a que valoren la incorporación y sistematización de información relacionada con el uso de inteligencia artificial en la comisión de delitos, a fin de fortalecer el diseño de políticas públicas en materia de prevención de la ciberdelincuencia y la violencia digital, a cargo del diputado Fernando Jorge Castro Trenti, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Fernando Jorge Castro Trenti, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6 numeral I, fracción I; y 79 numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Inteligencia Artificial (IA) es un campo multidisciplinario que integra conocimientos de diversas áreas, como la informática, el análisis de datos y la estadística, la ingeniería de hardware y software, la lingüística, la neurociencia, así como disciplinas humanísticas como la filosofía y la psicología. Esta convergencia de saberes permite desarrollar sistemas cada vez más sofisticados y adaptativos.1

Se entiende a la IA como el conjunto de tecnologías que permite a las computadoras aprender, razonar y ejecutar tareas avanzadas que tradicionalmente requerían inteligencia humana. Entre estas capacidades se encuentran la comprensión del lenguaje, el análisis de grandes volúmenes de datos y la generación de recomendaciones útiles. Se trata de una tecnología transformadora con el potencial de generar cambios positivos y significativos en las personas, las sociedades y el desarrollo global.2

La inteligencia artificial busca enseñar a las computadoras a realizar actividades complejas similares a las que ejecuta el cerebro humano, desde interpretar el entorno hasta aprender nuevos conocimientos y generar ideas. Un ejemplo concreto de su aplicación es el reconocimiento óptico de caracteres (OCR), utilizado para extraer texto y datos de imágenes y documentos. Este proceso convierte información no estructurada en datos estructurados y utilizables, facilitando el análisis, la toma de decisiones y la obtención de información estratégica para organizaciones y empresas.3

De acuerdo con Alice Biometrics ; surge el termino Deepfake , el cual es un acrónimo formado por las palabras en inglés “fake ” (falso) y “deep learning ”, una de las corrientes de la Inteligencia Artificial. Se trata de un video, una imagen o un audio generado para imitar la apariencia y sonido de una persona. Son generados de modo artificial, y tienen la característica de ser tan realistas, que muchas veces, el ojo humano no percibe que está frente a una imagen ficticia.4

De acuerdo con el libro Artificial Intelligence and Human Rights (2021), un deepfake es una técnica de procesamiento digital de imagen o voz que permite generar contenidos audiovisuales falsos mediante el uso de inteligencia artificial y aprendizaje automático (machine learning ). Estos materiales modificados consisten en la creación de eventos ficticios que no ocurrieron en la realidad, pero que presentan un alto grado de verosimilitud.5

Según información publicada por el Instituto Politécnico Nacional en 2023, los deepfakes se generan principalmente mediante técnicas de machine learning , particularmente a través de Redes Neuronales Generativas Antagónicas (GAN, por sus siglas en inglés). Estas redes constituyen una tecnología avanzada en el ámbito de la visión por computadora, capaz de producir imágenes y contenidos audiovisuales con un elevado nivel de realismo, imitando rasgos, gestos y características humanas de manera convincente.6

Asimismo, un estudio elaborado por McAfee señala que los deepfakes pueden clasificarse en distintos tipos según la tecnología empleada, lo que implica riesgos diferenciados. Entre los más relevantes se encuentra el clonado de voz, técnica que utiliza inteligencia artificial para replicar con alta precisión la voz de una persona a partir de breves grabaciones, imitando tono, ritmo, entonación y acento. Aunque esta tecnología puede tener usos legítimos, también ha sido empleada para la suplantación de identidad, la extorsión y fraudes financieros, particularmente en esquemas de phishing mediante llamadas falsas destinadas a inducir transferencias o la revelación de información sensible.7

Otro tipo es el intercambio de rostro o face swapping , modalidad de deepfake que sustituye el rostro de una persona en un video por el de otra, generando contenidos audiovisuales altamente realistas. Esta técnica ha sido utilizada para crear imágenes íntimas reales o simuladas sin consentimiento, así como para fabricar videos falsos en los que se atribuyen conductas o declaraciones inexistentes a personas reales. Su uso frecuente en campañas de desinformación político-electoral y en ataques a la reputación la convierte en una de las expresiones más visibles y dañinas de los deepfakes .8

Asimismo, el deepfake de texto emplea inteligencia artificial para generar escritos que aparentan haber sido elaborados por una persona específica, replicando su estilo y lenguaje. Esta tecnología facilita la creación de correos electrónicos, publicaciones en redes sociales o documentos falsificados, lo que contribuye a la difamación, la manipulación de la opinión pública y la propagación de desinformación, especialmente en contextos políticos, mediáticos y corporativos.9

Finalmente, las réplicas digitales o deepfake puppetry permiten manipular los movimientos corporales y las expresiones faciales de una persona en un video, haciendo parecer que actúa o reacciona de forma distinta a la real. Este tipo de deepfake amplifica el daño al honor y la reputación, al generar contenidos engañosos con alto impacto visual y emocional, que pueden derivar en hostigamiento digital, pérdida de credibilidad pública y afectaciones personales difíciles de revertir.10

La adopción acelerada y masiva de la inteligencia artificial a nivel global, que para el año 2025 alcanzó aproximadamente a una de cada seis personas en el mundo y se encuentra integrada en más del 70 % de los dispositivos tecnológicos de uso cotidiano, ha generado beneficios significativos en múltiples sectores; sin embargo, también ha propiciado la expansión de riesgos emergentes en el ámbito de la violencia digital, entre los cuales destacan los deepfakes de carácter sexual. Los primeros casos ampliamente difundidos de videos manipulados mediante técnicas de face-swap surgieron en noviembre de 2017, cuando un usuario de la plataforma Reddit publicó contenidos en los que los rostros de actrices reconocidas fueron superpuestos digitalmente sobre los cuerpos de otras personas en material pornográfico; a partir de entonces, el término deepfake se popularizó para describir contenidos audiovisuales que emplean técnicas de aprendizaje profundo (deep learning ) o machine learning para combinar, manipular o generar de manera sintética rostros y cuerpos humanos con un alto grado de realismo.11

Diversos estudios coinciden en que la gran mayoría del contenido deepfake disponible en línea tiene carácter sexual y se produce sin el consentimiento de las personas afectadas. De acuerdo con reportes citados por Deeptrace y EBSCO , entre el año 2023 y 2025, aproximadamente 98 % de los deepfakes que involucran personas reales son pornográficos, lo que demuestra que esta tecnología ha sido utilizada de manera predominante para la explotación sexual digital.12

El impacto social de este fenómeno también se refleja en estudios de percepción pública. Investigaciones realizadas en el Reino Unido muestran que más del 20 % de las personas encuestadas afirmó haber visto deepfakes sexuales de individuos que no conocían, mientras que una proporción significativa de la población (incluidos menores de edad) manifestó preocupación por convertirse en víctima de este tipo de contenidos. Estos datos evidencian no solo la expansión del problema, sino también la normalización y circulación de material sexual falso en entornos digitales.13

En México, los deepfakes sexuales han empezado a surgir como un problema de violencia digital y explotación sexual no consensuada, aunque la información pública es todavía limitada en comparación con otros países. Organizaciones civiles y medios locales han documentado casos y tendencias que muestran la existencia y el impacto de este fenómeno en el país. Tal es así que, el Frente Nacional para la Sororidad ha acompañado al menos cinco casos en los que fotografías fueron alteradas artificialmente para crear contenido sexual simulado, generando efectos emocionalmente dañinos y repercusiones sociales para las víctimas.14

De igual forma, en el estado de Sonora se han identificado al menos tres casos reportados de deepfakes utilizados como ciberdelito sexual vinculados con imágenes íntimas generadas mediante inteligencia artificial, lo que subraya que este tipo de agresión no es meramente hipotético, sino que ya ha ocurrido y ha sido señalado por autoridades locales de ciberseguridad.15

En la Ciudad de México se documentó un caso en el que ocho estudiantes del Instituto Politécnico Nacional denunciaron la presunta manipulación y difusión de material íntimo generado mediante inteligencia artificial. De acuerdo con información difundida por autoridades competentes, durante la investigación se aseguró un volumen significativo de archivos digitales, consistente en más de 160 mil imágenes y más de 2 mil videos, que contenían representaciones de mujeres desnudas, en su mayoría compañeras de clase, cuyas imágenes habrían sido alteradas mediante herramientas de inteligencia artificial.16

El Centro para Contrarrestar el Odio Digital (CCDH, por sus siglas en inglés). Una organización no gubernamental británico-estadounidense dedicada a combatir el odio y la violencia digital, documentó que Grok habría cosificado alrededor de 23 mil representaciones de menores, todas generadas a petición de usuarios. El detonante fue una nueva función de edición de imágenes incorporada a la herramienta, cuya popularidad “explotó” el 29 de diciembre, luego de que Elon Musk anunciara públicamente que sería posible editar imágenes publicadas “con un solo clic”. El resultado fue la generación de aproximadamente 190 imágenes sexualizadas por minuto durante un periodo de 11 días, entre el 29 de diciembre y el 8 de enero.17

Como puede observarse, las estadísticas proporcionadas para conocer el uso de inteligencia artificial provienen de estudios internacionales, ya que hasta el momento no se cuenta con información nacional sobre su uso, riesgos, manipulación o incluso la comisión de delitos a través de medios digitales. Contar con información puntual es importante para la toma de decisiones, ya que sin ella es imposible crear políticas públicas que beneficien a la población.

Contar con información confiable y sistematizada permite a las instituciones públicas fortalecer sus capacidades institucionales y atender de manera más eficaz a la población. Asimismo, posibilita identificar con precisión las consecuencias sociales y culturales derivadas del uso indebido de tecnologías emergentes, particularmente aquellas que pueden afectar de manera directa o indirecta a determinados sectores de la población, lo que a su vez constituye un insumo fundamental para el diseño de marcos normativos y políticas públicas orientadas a su protección.

En ese sentido, el presente punto de acuerdo tiene como finalidad impulsar la incorporación de variables relacionadas con el uso de inteligencia artificial en la comisión de delitos dentro de los registros administrativos de incidencia delictiva, así como la posterior integración y sistematización estadística de dicha información. Ello permitiría contar con diagnósticos basados en evidencia empírica que orienten la toma de decisiones públicas, fortalezcan las estrategias de prevención de la ciberdelincuencia y la violencia digital, y respalden eventuales adecuaciones legislativas en una materia que aún presenta vacíos regulatorios.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión solicita respetuosamente al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública para que, en el ámbito de sus atribuciones y en coordinación con la Fiscalía General de la República y las autoridades de procuración de justicia de las entidades federativas, valore la viabilidad de incorporar en los registros administrativos de incidencia delictiva variables relacionadas con el uso de inteligencia artificial en la comisión de delitos.

Segundo.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión solicita respetuosamente al Instituto Nacional de Estadística y Geografía que, en el ámbito de sus atribuciones constitucionales y legales, analice la factibilidad de integrar y sistematizar información estadística derivada de dichos registros, a fin de que dicha información pueda servir como insumo técnico para las autoridades competentes en el diseño, implementación y evaluación de políticas públicas en materia de prevención de la ciberdelincuencia y la violencia digital.

Notas:

1. Google Cloud. (s. f.). What is Artificial Intelligence? Recuperado de https://cloud.google.com/learn/what-is-artificial-intelligence?hl=es-41 9

2. Ídem 1

3. Ídem 1

4. Alice Biometrics. (s. f.). Deepfake: qué es y cómo pararlo con biometría. Recuperado de https://alicebiometrics.com/deepfake-que-es-como-pararlo-biometria/

5. Partyk, A., & Miranda Gonçalves, R. (2021). Artificial Intelligence and Human Rights. ISBN: 978-84-1377-817-4.

6. Dirección de Cómputo y Comunicaciones, Secretaría de Educación Pública & Instituto Politécnico Nacional (IPN). (2023). Infografía Deepfake: Seguridad de la información. Recuperado de
https://www.seguridad.ipn.mx/comunicados/Infografia_Deepfake.pdf

7. McAfee, LLC. (s. f.). Deepfakes maliciosos. Recuperado de https://www.mcafee.com/learn/es/deepfakes-maliciosos/

8. Ídem 9

9. Ídem 9

10. Ídem 9

11. Fullview. (28 noviembre 2025). AI statistics: key data and trends in artificial intelligence. Recuperado de https://www.fullview.io/blog/ai-statistics?

12. EBSCO. (s. f.). Deepfake [Research Starters: Computer science topic]. Recuperado de https://www.ebsco.com/research-starters/computer-science/deepfake

13. ESET UK Research. (20 de marzo de 2024). Nearly two-thirds of women worry about being a victim of deepfake pornography, ESET UK Research reveals. Recuperado de https://www.eset.com/uk/about/newsroom/press-releases/nearly-two-thirds -of-women-worry-about-being-a-victim-of-deepfake-pornography-eset-uk-re search-reveals/

14. Piña, G. (29 de junio de 2023). Cinco casos de “DeepFake porn” en México. La ley es insuficiente: Olimpia Coral. EMEEQUIS. Recuperado de https://emeequis.com/entrevistas/cinco-casos-de-deepfake-porn-en-mexico -la-ley-es-insuficiente-olimpia-coral/

15. El Imparcial. (15 de diciembre de 2023). Identifican tres casos de “deepfake” reportados en Sonora, ¿Qué es este ciberdelito sexual? Recuperado de https://www.elimparcial.com/son/sonora/2023/12/15/identifican-tres-caso s-de-deepfake-reportados-en-sonora-que-es-este-ciberdelito-sexual/

16. Pie de Página. (4 diciembre, 2024) Absuelven a Diego N, acusado de violencia digital contra estudiantes del IPN. Recuperado https://piedepagina.mx/absuelven-a-diego-n-acusado-de-violencia-digital -contra-estudiantes-del-ipn/

17. Counter Hate Research. (2025). Grok floods X with sexualized images: Analysis of AI’s impact on online abuse and platform content moderation. Recuperado de https://counterhate.com/research/grok-floods-x-with-sexualized-images/# about

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de febrero de 2026.

Diputado Fernando Jorge Castro Trenti (rúbrica)