Gaceta Parlamentaria, año XXIX, número 6973-II-3, miércoles 11 de febrero de 2026
Que expide la Ley Federal para el Fomento de la Ganadería de Precisión y Regenerativa, a cargo del diputado José Braña Mojica, del Grupo Parlamentario del PVEM
El que suscribe, diputado José Braña Mojica, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal para el Fomento de la Ganadería de Precisión y Regenerativa, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La ganadería en México no es solo una tradición, es el motor de supervivencia de más de 800,000 familias . Sin embargo, el modelo actual ha llegado a su límite biofísico. Con el 80 por ciento de los suelos ganaderos degradados y una presión internacional creciente por la huella de carbono, México corre el riesgo de quedar fuera de los mercados globales (como el T-MEC y el acuerdo con la UE) si no transita hacia la Ganadería de Precisión . bajo los ejes de Soberanía Alimentaria , Sustentabilidad Ambiental y Tecnificación del Campo , que son pilares del Plan Nacional de Desarrollo de nuestra presidenta, la Dra. Claudia Sheinbaum Pardo (específicamente el programa República Alimentaria y con Justicia para el Campo).
Esta iniciativa no busca imponer más burocracia, sino dotar al ganadero de herramientas tecnológicas y financieras . Proponemos pasar de una ganadería de supervivencia a una de datos, donde la eficiencia sea la moneda de cambio para obtener créditos y bonos internacionales.
I. La emergencia de la seguridad alimentaria y el cambio climático
A nivel global, la ganadería se encuentra en una encrucijada histórica. Según datos de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), la demanda mundial de proteínas animales aumentará un 70 por ciento para el año 2050 .
Sin embargo, este crecimiento debe ocurrir en un planeta con recursos hídricos limitados y suelos en proceso de desertificación. En México, la situación es crítica: el 56 por ciento del territorio nacional está dedicado a la ganadería, pero el 80 por ciento de esta superficie presenta niveles alarmantes de degradación.
El modelo de ganadería extensiva tradicional, basado en el libre pastoreo sin control tecnológico, está agotando la capacidad de resiliencia de nuestros ecosistemas.
II. La brecha tecnológica y la competitividad en el T-MEC
Mientras que competidores directos como Estados Unidos, Brasil y Australia han implementado la Ganadería 4.0, México mantiene una brecha tecnológica que amenaza nuestra balanza comercial.
Actualmente, el 39.7 por ciento del PIB agropecuario depende de este sector, pero la falta de sistemas de trazabilidad digital impide que miles de pequeños productores accedan a mercados de alto valor.
La implementación de la Ganadería de Precisión (GPS, sensores de salud animal y monitoreo de biomasa por satélite) no es un lujo, sino una necesidad para garantizar la sanidad animal y la eficiencia productiva. Si no modernizamos nuestro marco legal, las barreras no arancelarias basadas en la huella de carbono que ya discuten nuestros socios comerciales del T-MEC y la Unión Europea, dejarán fuera a los productores mexicanos en menos de un lustro.
III. Hacia un modelo regenerativo: El suelo como activo nacional
La presente iniciativa propone un cambio de paradigma: dejar de ver a la ganadería como una actividad emisora de gases de efecto invernadero para convertirla en una herramienta de captura de carbono .
A través del manejo regenerativo y el pastoreo rotacional planificado, el suelo mexicano puede secuestrar gigatoneladas de CO2. Esta iniciativa introduce por primera vez en nuestra legislación el concepto de bonos de carbono pecuario , permitiendo que el ganadero reciba ingresos no solo por la venta de carne o leche, sino por el servicio ambiental de restaurar la tierra.
IV. Justicia social para el pequeño productor
Históricamente, los apoyos federales se han centrado en la entrega de insumos físicos que no resuelven el problema de fondo. Esta ley propone democratizar la tecnología. No se trata de desplazar al pequeño productor, sino de dotarlo de las herramientas de precisión que hoy solo poseen los grandes conglomerados.
Al vincular el presupuesto federal a la transición tecnológica y la recuperación de suelos, estamos garantizando que el campo mexicano sea rentable, sostenible y, sobre todo, heredable para las próximas generaciones.
V. Datos y cifras relevantes a nivel nacional e internacional
A nivel nacional (México 2024-2025)
Territorio: La ganadería ocupa aproximadamente 108.9 millones de hectáreas , lo que representa el 56 por ciento del territorio nacional .
Economía: Aporta el 39.7 por ciento del PIB del sector primario . En 2025, el sector agropecuario mostró resiliencia con un crecimiento anual del 15.3 por ciento en el IGAE de agosto , a pesar de las sequías.
Producción: México es el 6o. productor mundial de carne de res . Sin embargo, enfrenta un déficit en lácteos, importando más de 3,200 millones de dólares en productos lácteos anualmente.
Problemática: El 80 por ciento de la superficie ganadera en México presenta algún grado de degradación de suelo debido al sobrepastoreo y la falta de tecnología.
A Nivel Internacional
Emisiones: La FAO estima que la ganadería es responsable del 12 por ciento al 14.5 por ciento de las emisiones globales de Gases de Efecto Invernadero (GEI).
Tendencia 2030: Los mercados internacionales (como la Unión Europea) están empezando a exigir certificados de Deforestación Cero y huella de carbono baja para importar carne, lo que pone en riesgo las exportaciones mexicanas si no se modernizan.
Actualmente, la ganadería se rige principalmente por la Ley Federal de Sanidad Animal y la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Sin embargo, estas leyes están enfocadas en:
1. Sanidad y control de enfermedades.
2. Apoyos asistencialistas (entrega de sementales o forraje).
Una ley que incentive la tecnología de precisión (Internet de las Cosas, drones, sensores) y el manejo regenerativo (recuperación de suelos) como una obligación de Estado para garantizar la seguridad alimentaria frente al cambio climático.
El Sistema Nacional de Trazabilidad Dinámica y Bonos de Carbono Ganadero
Esta es la parte Nueva que no se ha presentado formalmente como una estructura legal integrada:
A. Creación del Certificado de Ganadería Resiliente (CGR)
No se trata de un simple sello de calidad, sino de un requisito para acceder a tasas preferenciales en la banca de desarrollo (FIRA). Para obtenerlo, el productor debe demostrar:
Pastoreo Rotacional Planificado: Uso de cercos eléctricos solares para evitar la degradación del suelo.
Monitoreo Satelital de Biomasa: Uso de datos de la Agencia Espacial Mexicana (AEM) para saber exactamente cuánto pasto hay y no sobrecargar la tierra.
B. El Impulso Tecnológico Obligatorio (Ganadería de Precisión)
Propuesta de reforma para que el 15 por ciento del presupuesto federal destinado a la ganadería se etiquete exclusivamente para la adquisición de:
Biotecnología Reproductiva: Para mejorar la conversión alimenticia (que el animal engorde más comiendo menos).
Dispositivos de Monitoreo (Ear-tags inteligentes): Que detecten enfermedades antes de que se propaguen, reduciendo el uso de antibióticos en un 30 por ciento .
C. Mercado de bonos de carbono para pequeños productores
Establecer un esquema donde el Gobierno Federal actúe como agregador para que los pequeños ganaderos que regeneren suelos puedan vender créditos de carbono en los mercados internacionales, convirtiendo el estiércol y el manejo de pastos en una fuente de ingreso extra.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente:
Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Federal para el Fomento de la Ganadería de Precisión y Regenerativa
Artículo Único: Se expide la Ley Federal para el Fomento de la Ganadería de Precisión y Regenerativa, para quedar como sigue:
Ley Federal para el Fomento de la Ganadería de Precisión y Regenerativa
Título Primero
Disposiciones Generales
Capítulo I: Del objeto y aplicación de la ley
Artículo 1. La presente ley es de interés público y tiene por objeto fomentar, regular y promover la transición de la ganadería tradicional hacia modelos de precisión y regenerativos que garanticen la soberanía alimentaria.
Artículo 2. Son objetivos de esta ley: la recuperación de la salud de los suelos, la captura de carbono, el uso eficiente del agua mediante tecnología y el bienestar de las familias productoras.
Capítulo II: De las Definiciones
Artículo 3. Para efectos de esta Ley se entiende por:
I. Ganadería de Precisión: Uso de tecnologías de la información (sensores, GPS, Big Data) para optimizar la producción individual por animal.
II. Ganadería Regenerativa: Práctica agropecuaria que busca restaurar la biodiversidad del suelo y el ciclo del agua a través del manejo holístico del pastoreo.
Título Segundo
De la tecnificación y
precisión
Capítulo I: De la Digitalización del Campo
Artículo 4. El Estado promoverá el acceso a redes de conectividad en zonas rurales para facilitar el uso de herramientas de monitoreo satelital y biometría animal.
Artículo 5. Se crea el Sistema Nacional de Trazabilidad Digital, que permitirá conocer el historial de salud y alimentación de cada unidad animal desde su nacimiento hasta su consumo.
Título Tercero
De la ganadería regenerativa
Capítulo I: Del Manejo de Suelos y Agua
Artículo 6. Los productores que adopten esta ley deberán implementar planes de pastoreo rotativo programado para evitar la sobreexplotación del suelo y permitir su descanso natural.
Artículo 7. Queda prohibido el uso de agroquímicos de alta toxicidad en zonas declaradas de Transición Regenerativa, sustituyéndolos por bioinsumos y manejo orgánico.
Título Cuarto
De los incentivos y el sentido
social
Capítulo I: De la Prosperidad Compartida
Artículo 8. Siguiendo el Plan Nacional de Desarrollo, se dará prioridad en la entrega de apoyos tecnológicos a los pequeños productores, ejidatarios y comunidades indígenas para cerrar la brecha de desigualdad.
Artículo 9. Las instituciones financieras del Estado diseñarán productos crediticios con tasas preferenciales para la adquisición de infraestructura regenerativa (cercos eléctricos móviles, sistemas de captación de agua de lluvia).
Título Quinto
De la certificación y
mercados
Capítulo I: Del Sello Ganadería para el Bienestar
Artículo 10. Se crea el sello distintivo para productos provenientes de sistemas regenerativos, garantizando al consumidor un producto libre de hormonas y con impacto ambiental positivo.
Artículo 11. El gobierno federal incentivará la compra de estos productos en sus programas de asistencia social y comedores públicos.
Título Sexto
Sanciones
Artículo 12. El incumplimiento de las normas de bienestar animal o la falsificación de datos en los sistemas de precisión será sancionado con la revocación de los incentivos fiscales y multas proporcionales al daño ambiental causado.
Artículos Transitorios
Primero. La presente ley entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Ejecutivo federal dispondrá de un plazo de 180 días naturales para emitir el Reglamento de la presente ley.
Tercero. Las partidas presupuestales para el fomento de esta ley se ajustarán a los criterios de austeridad republicana.
Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 11 de febrero de 2026.
Diputado José Braña Mojica (rúbrica)