Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la SE, de la SHCP y de Pemex, a presentar un informe sobre la cantidad de petróleo exportado durante 2024 y 2025 específicamente al país de Cuba y bajo qué condiciones de precio se realizaron estos movimientos, a cargo de la diputada Verónica Martínez García, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Verónica Martínez García, diputada federal de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, integrante del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Exposición de Motivos

En los últimos meses, el precio de las gasolinas en México se ha mantenido en niveles elevados, impactando directamente el ingreso de las familias, el costo del transporte, la inflación y la competitividad de las actividades productivas del país.

Paralelamente, diversos medios de comunicación nacionales e internacionales han informado que México se ha convertido en uno de los principales proveedores de petróleo crudo y combustibles a Cuba, incrementando de manera significativa los volúmenes enviados durante 2024 y 2025, en un contexto de disminución de los suministros provenientes de otros países.

Investigaciones periodísticas recientes documentan que, además del crudo, durante el cierre de 2025 y el inicio de 2026 se realizaron envíos relevantes de combustibles refinados desde puertos mexicanos hacia Cuba, incluyendo el traslado de un buque con aproximadamente 14 millones de litros de combustible, lo que sugiere que no se trata de hechos aislados, sino de una práctica sostenida en el tiempo.

De acuerdo con información publicada por medios financieros internacionales y reproducida por medios nacionales, México ha suministrado más del 40 por ciento del petróleo importado por Cuba, registrando un crecimiento sustancial respecto de años anteriores. Estas operaciones se realizan a través de Petróleos Mexicanos (Pemex), empresa productiva del Estado encargada de la explotación y comercialización de los hidrocarburos nacionales.

Si bien la exportación de petróleo y sus derivados forma parte de la actividad comercial de Pemex, resulta legítimo cuestionar los criterios, autorizaciones y beneficios reales de estas operaciones, particularmente cuando el país enfrenta precios elevados de combustibles, una alta dependencia de la importación de gasolinas refinadas y una situación financiera compleja de la propia empresa productiva del Estado.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los hidrocarburos son propiedad de la nación y que su aprovechamiento debe orientarse al beneficio del pueblo de México. En ese sentido, la política energética debe priorizar el abastecimiento del mercado interno, la estabilidad de precios y el fortalecimiento de la soberanía energética nacional.

Por ello, resulta necesario que las autoridades competentes transparenten la base legal, económica y administrativa que sustenta el incremento de exportaciones de crudo y combustibles, así como los ingresos obtenidos, las condiciones comerciales bajo las cuales se realizan y su impacto en el mercado interno de energéticos.

El presente punto de acuerdo no tiene por objeto cuestionar relaciones diplomáticas ni comerciales con otros países, sino garantizar el derecho de la ciudadanía a conocer cómo se administra una riqueza estratégica nacional y si dicha administración contribuye efectivamente a aliviar —o, por el contrario, agrava— el alto costo de los combustibles que enfrentan las y los mexicanos.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero . La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Energía y a Petróleos Mexicanos para que informen a esta soberanía:

a) Los volúmenes de petróleo crudo y combustibles refinados exportados durante los años 2024 y 2025, desglosados por país de destino.

b) La base legal, administrativa y contractual mediante la cual se autorizaron dichas exportaciones.

c) Los criterios técnicos y económicos utilizados para priorizar la exportación de crudo y combustibles frente al abastecimiento del mercado interno.

Segundo . La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que detalle:

a) Los ingresos obtenidos por las exportaciones de petróleo crudo y combustibles realizadas durante 2024 y 2025, particularmente las destinadas a Cuba.

b) El destino de dichos recursos y su relación con la política de precios de los combustibles en el mercado nacional.

Tercero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Energía para que remita un análisis sobre el impacto de la exportación de crudo y combustibles en la soberanía energética del país y en el precio final de las gasolinas que pagan las y los mexicanos.

Palacio Legislativo, a 26 de enero del 2026.

Diputada Verónica Martínez García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador Samuel Alejandro García Sepúlveda, a garantizar la compra y el abastecimiento de medicamentos (insulina) para el tratamiento de la diabetes tipo 1 y 2, a cargo de la diputada Ana Isabel González González, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Ana Isabel González González, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta honorable asamblea la proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La diabetes mellitus constituye uno de los principales problemas de salud pública en México, tanto por su alta prevalencia como por las graves complicaciones que genera en la población. En 2025 se estimaron 14.6 millones de personas con esta enfermedad, lo que coloca a nuestro país entre los diez con mayor número de casos en el mundo. Aunque la mayoría corresponde a diabetes tipo 2, la diabetes tipo 1 representa la forma más agresiva y dependiente de insulina, diagnosticándose principalmente en la infancia y adolescencia, lo que implica un impacto social y económico más profundo. La falta de acceso oportuno a insulina puede derivar en complicaciones graves en cuestión de horas o días, poniendo en riesgo la vida de niñas, niños y adolescentes.

El derecho humano a la salud, reconocido en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en tratados internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, obliga al Estado mexicano a garantizar el acceso a medicamentos esenciales. La omisión en la adquisición y entrega de insulina constituye una violación directa a este derecho, además de una forma de violencia institucional contra la niñez y juventud, quienes requieren atención inmediata y constante para preservar su vida y calidad de vida.

El impacto social y económico de la diabetes es igualmente alarmante. Solo el 36 por ciento de los pacientes en México mantienen la enfermedad bajo control, lo que refleja deficiencias en el acceso a medicamentos, educación en salud y seguimiento médico. La diabetes tipo 1 implica hospitalizaciones frecuentes, riesgo de complicaciones renales, cardiovasculares y neurológicas, así como altos costos para las familias y el sistema de salud. En el caso de Nuevo León, tres de cada diez adultos padecen algún tipo de diabetes, lo que convierte a la entidad en una de las más afectadas del país y evidencia la necesidad de fortalecer la respuesta institucional.

Es importante señalar que la responsabilidad de la compra consolidada de medicamentos recae en la Federación, a través de la Secretaría de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Salud para el Bienestar y Birmex, quienes deben garantizar el abasto nacional. Los gobiernos estatales, incluido Nuevo León, tienen la obligación de coordinar la distribución local, asegurar el almacenamiento adecuado y vigilar que los medicamentos lleguen a hospitales y centros de salud. La omisión en cualquiera de estos niveles genera un vacío institucional que pone en riesgo la vida de miles de pacientes y refleja una falta de compromiso con la población más vulnerable.

La urgencia de atender este problema no admite demora. La diabetes tipo 1 debe considerarse un problema de salud pública prioritario, pues la falta de insulina puede provocar complicaciones irreversibles en cuestión de horas. La atención inmediata es indispensable para preservar la vida y garantizar la calidad de vida de niñas, niños y adolescentes diagnosticados. Asimismo, la variabilidad en los registros y el subregistro de casos evidencian la necesidad de un sistema de vigilancia epidemiológica más robusto, acompañado de informes públicos y transparentes sobre inventarios de insulina, tiempos de entrega y distribución en cada estado. La participación de asociaciones de pacientes y colegios médicos puede fortalecer la vigilancia ciudadana y garantizar que los medicamentos lleguen efectivamente a quienes los necesitan.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero.- La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, hace un llamado urgente y firme a la Sistema Nacional de Salud, a que priorice y garantice la adquisición, el abasto y distribución efectiva de tratamientos para la diabetes tipo 1 y tipo 2, asegurando que lleguen de manera oportuna a toda la población que los necesita, especialmente a niñas, niños y adolescentes que padecen esta enfermedad y se informe a esta legislatura en un plazo no mayor a 15 días sobre las medidas adoptadas para corregir esta grave omisión y asegurar el acceso universal y puntual a los tratamientos necesarios y asegurar la llegada oportuna de medicamentos a todas las entidades federativas.

Segundo.- La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobernador del estado de Nuevo León a coordinarse con las autoridades federales para garantizar la logística de distribución, el almacenamiento adecuado y la entrega puntual de insulina en hospitales y centros de salud de la entidad, con especial atención a niñas, niños y adolescentes que padecen diabetes tipo 1 y se informe a esta legislatura, en un plazo no mayor de 15 días, sobre las medidas adoptadas para subsanar esta grave omisión y asegurar el acceso universal y oportuno a los tratamientos indispensables, garantizando la llegada efectiva de los medicamentos.

Dado en el Salón de Sesiones de la Comisión Permanente, el día 23 de enero del 2026.

Diputada Ana Isabel González González (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, en coordinación con la SEP, a realizar una campaña de vacunación con difusión masiva, para inmunizar a toda la población contra el sarampión, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado Emilio Suárez Licona, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta honorable asamblea, la proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Salud en coordinación con la Secretaría de Educación Pública a realizar una campaña de vacunación con difusión masiva, para inmunizar a toda la población contra el sarampión al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El pasado 20 de enero, la Secretaría de Salud del gobierno federal reportó que, al 19 de enero de 2026, se acumulaban más de 7 mil 168 casos y 24 muertes asociadas al sarampión, de acuerdo con datos del Informe Diario del Brote de Sarampión de la Dirección General de Epidemiología.

Antes del brote, que se originó en febrero de 2025, México, era el único país en el mundo en lograr el estatus de libre de sarampión, un certificado que la Organización Panamericana de la Salud (OPS) ha retirado.1

Este es el resultado de una evidente falta de inmunización, el propio titular de la Secretaría de Salud, David Kershenobich, reconoció que durante la emergencia sanitaria por covid-19 se dejó de aplicar la vacuna contra el sarampión, situación que influyó directamente en el aumento de contagios registrado desde principios de 2025.

Más del 90 por ciento de los casos confirmados corresponden a personas sin antecedente de vacunación.

Los casos más graves y las defunciones predominan en personas con esquema de vacunación incompleto, en población infantil menor de un año y en adultos sin protección inmunológica de hasta 49 años.

Es de destacar que el grupo de menores de un año presenta la tasa más alta, con 42.4 casos por cada 100.000 habitantes. El primer caso importado se notificó el 14 de febrero de 2025 en Chihuahua, en una menor sin esquema vacunal.2

De acuerdo con lo que establece la fracción VIII del artículo 134 de la Ley General de Salud;

“La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, realizarán actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control de las siguientes enfermedades transmisibles:

IV. Difteria, tosferina, tétanos, sarampión, poliomielitis, rubéola y parotiditis infecciosa;

...”

Si bien es cierto que se está llevando a cabo la vigilancia epidemiológica, la realidad es que se ha fallado en la prevención de una enfermedad que hacía décadas no se presentaba por el éxito de las campañas de vacunación.

Según el secretario Kershenobich el país cuenta con más de 23 millones de vacunas para prevenir el sarampión; mencionó que la principal herramienta para enfrentar el brote ha sido la vacunación intensiva, con acciones centradas en alcanzar coberturas superiores al 95 por ciento de la población objetivo y así frenar la transmisión viral.

Es responsabilidad del Estado contar con esas vacunas, el brote que se ha presentado es debido a la falta de cobertura que originó la desastrosa administración anterior.

Los diputados del PRI hemos sido reiterativos en evidenciar la pésima cobertura que se ha dado a la salud en la llamada cuarta transformación, la falta de medicamentos, de insumos, de planeación y por supuesto de prevención de enfermedades que ya no se presentaban.

Dice el secretario que se han aplicado más de 11 millones de dosis contra el sarampión desde el inicio del brote y México tiene suficientes vacunas para los próximos dos años; esperemos que así sea, sin embargo, para el Grupo Parlamentario del PRI es imperativo facilitar la vacunación y que las personas, especialmente, las niñas y los niños, cuenten con el esquema completo de vacunación, como sucedía con los gobiernos encabezados por el PRI.

Es por esta razón que exigimos que se haga una campaña de vacunación contra el sarampión, con difusión masiva, que incluya a las escuelas de todo el país, para facilitar la inmunización de una enfermedad casi erradicada en nuestro país.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, a realizar una campaña de vacunación con difusión masiva para inmunizar a toda la población contra el sarampión, haciendo énfasis en la ubicación de los módulos para aplicar las vacunas.

Notas:

1 El País, 20 de enero de 2026. Paola Alín. México tiene dos meses para contener el brote de sarampión y no perder el estatus de libre de la enfermedad, visible en: https://elpais.com/mexico/2026-01-20/mexico-tiene-dos-meses-para-conten er-el-brote-de-sarampion-y-no-perder-el-estatus-de-libre-de-la-enfermed ad.html. Fecha de consulta 20 de enero de 2026.

2 Infobae, 21 de enero de 2026, Mariana L. Martínez, Sarampión en México: Secretaría de Salud explica por qué hubo aumento de casos, visible en: https://www.infobae.com/mexico/2026/01/19/sarampion-en-mexico-secretari a-de-salud-explica-por-que-hubo-aumento-de-casos/ fecha de consulta, 20 de enero de 2026.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de enero de 2026.

Diputado Emilio Suárez Licona (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a remitir un informe relativo al cumplimiento de la normatividad en materia de salubridad respecto de las llamadas farmacias del bienestar, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputado Emilio Suárez Licona, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El pasado 2 de diciembre del 2025 la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, presentó en la llamada “La mañanera del pueblo” y puso en marcha las Farmacias de Bienestar, una forma de distribución y alcance de medicamentos que pretende beneficiar a personas adultas mayores y con discapacidad del Programa Salud Casa por Casa, cuya primera etapa inició el 2 de diciembre del 2025 en 500 Unidades de Salud del IMSS, IMSS Bienestar y en Tiendas del Bienestar del Estado de México, mientras que en marzo de 2026, estará implementado en todas las entidades de la República.1

La intención del proyecto busca entregar los medicamentos a mayor facilidad para aquellas personas como los adultos mayores que no pueden trasladarse a su Centro de Salud más cercano o hacer largas filas en las farmacias que normalmente hay. Sin embargo, en la conferencia matutina se omitió por parte de la presidenta, la secretaria del Bienestar y el subsecretario de Integración Sectorial y Coordinación de Servicios de Atención Médica, si los medicamentos, en “este pequeño módulo” que llaman Farmacias del Bienestar, cumplen con la normatividad como lo es la estabilidad de medicamentos que señala la NOM-0773-SSA1-2005, o la operación de la farmacovigilancia de la NOM-220-SSA1-2016.

La protección de la salud y el acceso a servicios de salud de calidad, son un derecho humano fundamental garantizado por el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.2 Corresponde al Estado, en los términos de la ley, organizar dicho sistema de salud y garantizar el acceso a servicios y medicamentos de calidad, eficaces y seguros.

En este sentido, la Ley General de Salud,3 establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general. En su título decimosexto, “De los Medicamentos”, específicamente en los artículos 224 al 226, define a los medicamentos, establece los requisitos para su autorización y enfatiza que su comercialización deberá sujetarse a prescripción médica, salvo los que determine la Secretaría de Salud.

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud, es la autoridad sanitaria competente para regular, controlar y vigilar la fabricación importación, exportación, distribución, comercialización y publicidad de los medicamentos (artículo 17 Bis 2 de la Ley General de Salud).4

No obstante, en el marco legal vigente, es imperativo realizar una revisión integral y actualizada de todo el proceso que involucra a los medicamentos en el territorio nacional, desde su regulación y autorización hasta su comercialización, prescripción y vigilancia post-comercialización. Esto con el fin de:

1. Garantizar la seguridad, calidad y eficacia de todos los medicamentos que consumen las y los mexicanos, alineándose con los más altos estándares internacionales.

2. Fortalecer los mecanismos de vigilancia sanitaria para detectar y retirar oportunamente del mercado cualquier producto que represente un riesgo para la salud.

3. Evitar la circulación de medicamentos falsificados, adulterados o ilegales que ponen en grave peligro a la población.

4. Asegurar que la prescripción médica se realice con base en evidencia científica y en el interés superior del paciente.

5. Actualizar la normatividad frente a los nuevos desafíos tecnológicos, terapéuticos y de salud pública.

Esta revisión debe ser efectiva, sistemática y basada en evidencia, abarcando no solo la Ley General de Salud, sino también el Reglamento de Insumos para la Salud,5 las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) aplicables (como la NOM-072-SSA1-2012 sobre la publicidad, la NOM-220-SSA1-2016 sobre la farmacovigilancia, entre otras),6 y los procedimientos administrativos de Cofepris.

En virtud de lo anterior y en la lógica de garantizar siempre el derecho a la salud de las y los mexicanos, se somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud para que, en el ámbito de sus competencias, remita un informe sobre el cumplimiento de la regulación y normatividad en materia de salud respecto de las llamadas Farmacias del Bienestar.

Notas:

1 https://www.gob.mx/presidencia/prensa/presidenta-claudia-sheinbaum-pone -en-marcha-las-farmacias-del-bienestar-inician-su-primera-etapa-en-500- puntos-del-edomex

2 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 4°, párrafo cuarto. “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud...” Texto vigente. Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/Leyesbiblio/pdf/CPEUM.pdf

3 Ley General de Salud. Título Decimosexto, “De los Medicamentos” (Artículos 224 – 226). Texto vigente. Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGS.pdf

4 Ley General de Salud. Artículo 17 Bis 2. “La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Salud, con autonomía técnica, administrativa y operativa...” define sus atribuciones en materia de control sanitario de medicamentos.

5 Reglamento de Insumos para la Salud. Es el reglamento de la Ley General de Salud en materia de control de medicamentos, dispositivos y otros insumos. Capítulos II y III del Título Quinto sobre el Registro Sanitario. Texto vigente. Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_LGS_IS.pdf

6 NOM-072-SSA1-2012: Etiquetado de medicamentos y medicamentos herbarios.NOM-073-SSA1-2005: Estabilidad de medicamentos.NOM-164-SSA1-2015: Buenas prácticas de fabricación de medicamentos.NOM-177-SSA1-2013: Pruebas y procedimientos para demostrar que un medicamento es intercambiable.NOM-220-SSA1-2016: Instalación y operación de la farmacovigilancia.(Todas disponibles para consulta en el portal oficial de la Secretaría de Salud y COFEPRIS).

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de enero de 2026.

Diputado Emilio Suárez Licona (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SSPC de Morelos, en el ámbito de sus facultades, a aumentar la seguridad en dicha entidad, a cargo del senador Ángel García Yáñez, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, Ángel García Yáñez, Senador integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 116 y 122 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable Comisión Permanente, proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado de Morelos, en el ámbito de sus facultades, a aumentar la seguridad en el estado de Morelos, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, menciona que el Estado deberá garantizar el derecho a una vida libre de violencia, de manera reforzada para mujeres, niños, niñas y adolescentes, asimismo el artículo 21, párrafo noveno de dicha legislación, establece que la seguridad pública, tiene como finalidad el salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, es una función a cargo de la federación, las entidades federativas y los municipios.1

La Ley General de Sistema Nacional de Seguridad Pública establece, en su artículo 2o., que el Estado deberá garantizar el derecho a la seguridad pública, esta ley en coordinación con las dependencias encargadas de salvaguardar la seguridad pública instruye las obligaciones para la coordinación entre los distintos niveles de gobierno y las dependencias encargadas, así como la profesionalización de los cuerpos policiales, el combate a la delincuencia organizada y la persecución de los delitos.2

La seguridad pública se concibe como la prevención, la investigación y la persecución de los delitos y conductas ilícitas, es una función a cargo de los Estados y de la Federación, busca proteger derechos fundamentales como la vida y la salud, así como también a la libertad, el libre tránsito y el libre desarrollo, así como también busca salvaguardar la integridad, preservar la paz y el orden dentro de las comunidades para así fortalecer la relación y la confianza entre las ciudadanía y las instituciones.3

Para principios de diciembre del 2025 Morelos enfrenta una ola de violencia que originó la muerte de cuatro mujeres, de las cuales una de ellas era menor de edad, ocurridos en los municipios de Tepalcingo y Cuautla. Asimismo, se registra un ataque con armas de fuego en contra de un vehículo en la carretera Cuautla- Axochiapan, además de 9 homicidios más en Cuautla que se suman a los más de mil 151 homicidios en el estado de Morelos, de acuerdo con información del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.4

De acuerdo con la información del Instituto de Economía y Paz, se reportó que el Estado de Morelos es catalogado como uno de los estados menos pacíficos para vivir, esto provocado por un deterioro en materia de paz desde el 2015, siendo el crimen y la violencia las mayores amenazas en la vida diaria de los y las morelenses, considerando que el 90.1 por ciento de sus habitantes consideran que su estado es de los más inseguros, dicho informe también reportó que ha existido un aumento del 71.2 por ciento de los delitos con armas de fuego en todo el país.5

El estado de Morelos enfrenta una crisis de inseguridad que persiste a pesar de los trabajos del gobierno, esto genera un gran impacto social dentro del estado, esto crea un entorno inseguro lo que provoca que se mantenga como uno de los estados con mayor percepción de inseguridad y riesgo dentro del país, esto genera a su vez un espacio de inseguridad que provoca la vulneración de los derechos humanos fundamentales de la población como lo son la seguridad y el libre tránsito.

La Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU) demuestra que la percepción de la inseguridad urbana en México es de 63.4 por ciento, además de que en zonas urbanas de Morelos como Cuernavaca y Jiutepec la presencia de inseguridad es más significativa y es mayor al promedio nacional. Esto genera un impacto negativo en la calidad de vida de los morelenses, que afecta al turismo, la economía local y la disminución de inversión, esto demuestra rezago en políticas públicas y una afectación importante en la economía del país.6

La percepción de inseguridad en el estado es crítica, teniendo los mayores indicadores de violencia y delitos de alto impacto, entre los que destacan los homicidios dolosos, la extorsión y el robo con violencia, esto representa un grave daño estructural constante a la paz de la sociedad y el desarrollo de los municipios, aun con el trabajo del gobierno, el estado ha permanecido entre las siete entidades más violentas del país, lo que demuestra que las acciones implementadas no han sido suficientes para mejorar la seguridad.

La seguridad en México necesita atención inmediata, además de implementación de políticas públicas para mejorar la seguridad, así como también imponer medidas de atención oportuna a las víctimas de estos delitos, con la finalidad de poder facilitar la denuncia de los delitos y evitar la revictimización de las y los morelenses, por tal razón resulta necesario que las autoridades correspondientes implementen medidas necesarias para garantizar derechos humanos fundamentales para la ciudadanía.

Por lo que, de acuerdo con el artículo 2 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Poder Ejecutivo Estatal, establece que es facultad de dicha secretaría el preservar el orden y la seguridad pública de los ciudadanos del estado de Morelos, así como también prevenir el delito en coordinación con las demás autoridades estatales, por tal razón, será el titular de la secretaría el encargado de la prevención del delito y la seguridad pública, por medio de estrategias que mejoren la seguridad en el estado.7

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana en el Estado de Morelos para que, dentro de sus facultades, se implementen estrategias de seguridad en todo el Estado de Morelos.

Notas

1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2025.

2 Ley General de Sistema Nacional de Seguridad Pública, 2025.

3 Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública. (s. f.). Seguridad Pública. Cámara de Diputados. Recuperado de: https://archivos.diputados.gob.mx/Centros_Estudio/Cesop/Comisiones/dtse guridad%20publica1.htm#[Citar

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4 Morelos, R. 2025, Ola de violencia en Morelos deja 16 muertos este fin de semana. La Jornada, México. Recuperado de: https://www.jornada.com.mx/noticia/2025/12/08/estados/morelos-matan-y-c alcinan-a- tres-mujeres-una-menor-en-un-solo-ataque

5 Instituto para la Economía y la Paz. Índice de Paz México 2025: identificación y medición de los factores que impulsan la paz, Sídney, Mayo de 2025. Recuperado de: http://visionofhumanity.org/resources

6 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).2025. Reporte de resultados 42/25. Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU), México. Recuperado de: https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025/ensu/EN SU20205_10_RR.pdf

7 Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Poder Ejecutivo Estatal, 2025.

Dado en la sede del Congreso de la Unión, en la Ciudad de México, a los 26 días del mes de enero de 2026.

Senador Ángel García Yáñez (rúbrica)