Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Segob a cumplir la sentencia del caso Ascencio Rosario de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a cargo de la diputada Laura Hernández García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, diputada Laura Hernández García, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, bajo las siguientes

Consideraciones

El 16 de diciembre de 2025, la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió la sentencia del caso Ascencio Rosario y otros vs México, en la cual declara “a los Estados Unidos Mexicanos responsable internacionalmente por la violación sexual y graves lesiones perpetradas en el 2007 contra la señora Ernestina Ascencio Rosario (en adelante “señora Ernestina” o “señora Ascencio Rosario”), una mujer indígena náhuatl monolingüe de 73 años. Asimismo, estableció que el Estado incumplió su deber de brindar atención médica oportuna y adecuada”.1

Este caso se refiere a lo ocurrido el 25 de febrero de 2007, día en que la señora Ernestina Ascencio Rosario, mujer indígena náhuatl monolingüe de 73 años de edad “fue violada por entre cuatro y 11 miembros del sexagésimo tercer Batallón de Infantería de la vigésima sexta zona militar de Lencero, Veracruz. La señora Rosario fue hallada aún con vida por sus familiares y les relató lo ocurrido. Según el testimonio de la víctima: “los militares se le vinieron encima”.2 Aún con vida, “la señora Ernestina fue trasladada por sus familiares en busca de atención médica durante aproximadamente diez horas, hasta ser recibida en el hospital regional de Río Blanco, donde falleció a las 6:30 horas del 26 de febrero de 2007, antes de que pudiera ser intervenida quirúrgicamente”.3

La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos aborda las diversas implicaciones de este caso en el que el Estado mexicano fue omiso y responsable de violaciones a derechos humanos. En primer lugar, porque se determinó que “la violación sexual sufrida por la señora Ernestina constituyó un acto de tortura, toda vez que fue intencional, causó severos sufrimientos físicos y mentales y se cometió con el propósito de intimidar, degradar, humillar y controlar a la víctima”;4 en segundo lugar, se “violó el derecho de la señora Ascencio Rosario a recibir una atención en salud accesible, disponible y de calidad”, además de que el hospital donde fue atendida no contaba con intérpretes de náhuatl para facilitar la comunicación entre sus familiares y el personal médico.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos también “determinó que la investigación ministerial de los hechos no cumplió con el estándar de debida diligencia reforzada exigible en casos de violencia sexual contra mujeres y que no fue conducida con un enfoque de interseccionalidad, particularmente relevante por tratarse de una mujer indígena mayor en un contexto de militarización. La Corte concluyó que la investigación no incorporó perspectivas de género, étnica ni etaria; fue cerrada prematuramente, sin haberse agotado las líneas de investigación necesarias; y se basó en motivos permeados por estereotipos étnicos, etarios y de género, que a su vez fueron replicados por altas autoridades del Gobierno mexicano, incluido el entonces presidente de la República, que contribuyeron a crear un ambiente de descreimiento hacia las declaraciones de la señora Ascencio Rosario y sus familiares”.5

Frente a las diversas violaciones a derechos humanos, la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos fue ordenar al Estado mexicano a “implementar distintas medidas de reparación, incluida una investigación penal exhaustiva y seria sobre la violación sexual, tortura y muerte de la señora Ernestina para identificar, procesar y sancionar a los responsables; brindar tratamiento médico, psicológico y/o psiquiátrico a los familiares; realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional; implementar programas de formación y capacitación para funcionarios públicos; fortalecer el Centro de Atención Especializada de Soledad Atzompa, y crear un Registro Nacional de Intérpretes y Traductores en Lenguas Indígenas para los sistemas de salud y justicia, entre otras medidas”.6

Los elementos analizados y señalados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia Ascencio Rosario, reivindican una lucha histórica por el acceso a la justicia de las mujeres indígenas frente a la violencia y discriminación que padecen en razón de género, etnia, edad y condición socioeconómica. Asimismo, se pone especial atención en la protección de las personas adultas mayores y se reconocen las barreras estructurales que enfrentan los pueblos y comunidades indígenas en el acceso a sus derechos fundamentales y a la justicia, debido a la discriminación, marginación y exclusión históricas que han padecido; condiciones que se agravan en contextos de militarización y violencia.

Por lo antes mencionado, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación a reconocer la responsabilidad del Estado mexicano por la violación sexual, tortura y muerte de Ernestina Ascencio Rosario y por la falta de acceso a la justicia para sus familiares.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación a cumplir a la brevedad y de forma exhaustiva con los ordenamientos de la sentencia del caso Ascencio Rosario de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Notas

1 Corte Interamericana de Derechos Humanos. Comunicado de Prensa 101/2025, p. 1, disponible en https://corteidh.or.cr/docs/comunicados/cp_101_2025.pdf

2 Organización Mundial contra la Tortura. Investigación del caso de una mujer indígena supuestamente violada por militares, resultando en su muerte. Ginebra, 2 de abril de 2007, disponible en https://www.omct.org/es/recursos/llamamientos-urgentes/investigation-in to-the-rape-allegation-resulting-in-the-death-of-an-indigenous-woman

3 Ibidem.

4 Ibidem.

5 Ibidem.

6 Ibidem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.

Diputada Laura Hernández García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Gabinete de Seguridad a informar a esta soberanía sobre las motivaciones, el fundamento legal y las autoridades implicadas en la autorización del ingreso de la aeronave estadounidense C-130J Hércules a territorio nacional, suscrita por legisladores y legisladoras del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quienes suscriben, senadores Luis Donaldo Colosio Riojas y Clemente Castañeda Hoeflich, y los diputados Juan Zavala Gutiérrez y Laura Hernández García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en el artículo 8, fracción II, del Reglamento del Senado de la República y en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución por el que la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta al Gabinete de Seguridad a informar a esta soberanía sobre las motivaciones, el fundamento legal y las autoridades implicadas en la autorización del ingreso de la aeronave estadounidense, C-130J Hércules a territorio nacional, el 17 de enero de 2026, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

I. Durante la mañana del sábado 17 de enero, medios de comunicación consignaron el aterrizaje del avión militar Lockheed Martin C-130J Super Hércules en el Aeropuerto Internacional de Toluca (AIT). Este avión, de procedencia estadounidense, es utilizado para el servicio de operaciones militares, por lo que su ingreso a territorio mexicano requiere forzosamente de la autorización del Senado de la República, conforme lo dispone el artículo 76, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

Artículo 76. Son facultades exclusivas del Senado:

I.-II. (...)

III. Autorizarlo también para que pueda permitir la salida de tropas nacionales fuera de los límites del país, el paso de tropas extranjeras por el territorio nacional y la estación de escuadras de otra potencia, por más de un mes, en aguas mexicanas.

IV.-XIV. (...)”.

Al respecto, el 18 de enero, a las 20:23 horas, el Gabinete de Seguridad, a través de su cuenta de X expresó que fue un vuelo autorizado por las autoridades mexicanas, sin especificar cuáles, relacionado con actividades de capacitación1 :

“Respecto a las imágenes que circulan en redes sociales sobre el reporte de un avión Hércules C-130 en el Aeropuerto de Toluca, informamos que su presencia obedece a un vuelo autorizado por autoridades mexicanas, relacionado con actividades de capacitación.

Estas operaciones se realizan conforme a los protocolos establecidos y en apego a los acuerdos de colaboración bilateral”.

El mencionado vuelo coincide con la solicitud recibida por el Senado de la República el 17 de diciembre de 2025, por la licenciada Rosa Icela Rodríguez Velázquez, secretaria de Gobernación, mediante el cual remitió la solicitud de autorización para que la titular del Ejecutivo federal, permitiera el ingreso a territorio nacional del personal de Navy SEAL y del séptimo Grupo de Fuerzas Especiales de la Marina de los Estados Unidos de América, a efecto de que participaran en el evento denominado Mejorar la capacidad de las fuerzas de operaciones especiales .

En dicho documento se solicita el ingreso de personal el Navy SEAL y del séptimo Grupo de Fuerzas Especiales de la Marina de los Estados Unidos con armamento a bordo de una aeronave militar Hércules C-130 de la Fuerza Aérea Estadounidense , aterrizando el 12 de enero de 2026, en el Aeropuerto Internacional de Toluca, Estado de México .2 El oficio detalla que ingresarían 19 elementos de los Navy SEAL y diez elementos del séptimo Grupo de Fuerzas Especiales para participar en el evento Mejorar la capacidad de las fuerzas de operaciones especiales , que se llevará a cabo del 19 de enero al 15 de abril de 2026 en Champotón, Campeche.

Esta solicitud, a la que hace referencia el oficio remitido por la Secretaría de Gobernación, no fue discutida en comisiones ni votada en el pleno del Senado de la República.

Por otra parte, la Secretaría de Gobernación remitió un segundo oficio para solicitar la autorización de salida de tropas de la Armada de México a un evento en Mississippi, Estados Unidos de América, a realizarse del 18 de enero al 13 de marzo de 2026. En el documento adjunto se detalla que serían 40 cuarenta efectivos de la Unidad de Operaciones Especiales de la Marina que se trasladarían con equipo táctico y armamento orgánico, sin municiones, a bordo de la aeronave militar de la Fuerza Aérea Estadounidense C-130 Hércules que despegaría el 18 de enero de 2026 del Aeropuerto internacional de Toluca.

Esta solicitud, en cambio, sí fue votada de manera positiva en el pleno del Senado de la República el martes 2 de diciembre de 2025. 3

En lo relativo al primer oficio referido, del ingreso de tropas, la Comisión de Marina convocó a la novena reunión extraordinaria de la Comisión, con fecha del lunes 5 de enero de 2026, a las 12:00 horas, para discutir y votar el proyecto de dictamen relativo a la solicitud de autorización para que la titular del Ejecutivo federal permita el ingreso de tropas de grupos de Fuerzas Especiales de la Marina de los Estados Unidos de América.4 No obstante, la reunión de la Comisión fue pospuesta, así como la posibilidad de abrir un periodo extraordinario para votar la autorización en el pleno,5 como lo había anunciado la senadora Laura Itzel Catillo, quien señaló que presentaría una iniciativa ante la Comisión Permanente para convocar a un periodo extraordinario el 13 de enero de 2026.6

Derivado de lo anterior, se puede afirmar que en ningún momento la Comisión de Marina aprobó la solicitud para el ingreso de tropas, exclusivamente de la salida de tropas mexicanas; y el Senado de la República tampoco sesionó para permitir la entrada de tropas extranjeras a territorio mexicano. La Presidenta de la República, al ser cuestionada durante la conferencia matutina del 19 de enero de 2026, aseveró que no debía haberse consultado con el Senado y, de forma contradictoria, señaló que la autorización se acordó desde octubre de 2025:

“No tenía que haberse consultado [con el Senado] no venían tropas de Estados Unidos, ni mucho menos. Es una autorización que se dio desde octubre del año pasado y que tenía que ver con un asunto de capacitación. Entonces, ya han entrado en otras ocasiones , la diferencia es que ahora entraron por el aeropuerto de Toluca; justamente pregunté cuál fue la razón, tuvieron sus motivos, pero no es algo excepcional, sino que se había acordado desde octubre y son tareas logísticas que realizan ellos”.

Contrario a lo que señala la titular del Ejecutivo federal, en octubre de 2025, no se aprobó ningún dictamen de salida de tropas, el más cercano a dicho mes, fue el dictamen de fecha 24 de septiembre de 2025, por el que se concedió autorización a la titular del Ejecutivo federal, para que permitiera la salida de tropas de la Armada de México, fuera del país, para participar en el evento SOF número 9 Aumentar la capacidad operacional de la unidad de operaciones especiales , a realizarse en Camp Shelby, Mississippi, Estados Unidos de América, del 1 de octubre al 15 de noviembre de 2025. El cual no coincide con la autorización, ni el vuelo antes comentado.7

Debido a lo anterior, se considera de urgente y obvia resolución que la Comisión Permanente solicite a la titular del Ejecutivo federal, así como a la persona titular de la Secretaría de la Defensa, información que permita clarificar la autorización del ingreso de tropas estadounidenses a territorio mexicano, sin la aprobación del Senado de la República, quien tiene la facultad exclusiva para otorgarlas.

Por lo anteriormente expuesto, ponemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta al Gabinete de Seguridad a informar a esta soberanía:

I. Las motivaciones y el fundamento legal mediante el cual se autorizó el ingreso de una aeronave estadounidense C-130J Hércules a territorio mexicano, en el Aeropuerto Internacional de Toluca (AIT), el 17 de enero de 2026;

II. Las autoridades mexicanas que otorgaron dicha autorización, precisando el acto administrativo o acuerdo correspondiente;

III. Las razones por las cuales no se sometió dicha autorización a la aprobación del Senado de la República, conforme a lo dispuesto por el artículo 76, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Notas

1 Gabinete de Seguridad de México [@GabSeguridadMX]. (2026, 19 de enero). Respecto a las imágenes que circulan en redes sociales sobre el reporte de un avión Hércules C-130 en el Aeropuerto de Toluca, informamos que su presencia obedece a un vuelo autorizado por autoridades mexicanas, relacionado con actividades de capacitación... [Tweet]. X. https://x.com/gabseguridadmx/status/2013074688113549636?s=46&t=rPM4 lPYGESYHH-RfyYk_Aw

2 Senado de la República. (2025). Secretaría de Gobernación, Oficio con el que remite, de la titular del Ejecutivo Federal, solicitud de autorización para que permita el ingreso a territorio nacional de personal de Navy SEAL´s y del 7mo. Grupo de Fuerzas Especiales de la Marina de los Estados Unidos de América. (Documento No. 155897). Gaceta del Senado. https://www.senado.gob.mx/66/gaceta_del_senado/documento/155897

3 Senado de la República. (2025). Gaceta del Senado: Documento 155523. Senado de la República. https://www.senado.gob.mx/66/gaceta_del_senado/documento/155523

4 Senado de la República. (2025). Convocatoria a la Novena Reunión Extraordinaria de la Comisión de Marina, que se llevará a cabo en modalidad semipresencial, el lunes 5 de enero del 2026, a las 12:00 horas, en la Sala 1, ubicada en la planta baja del Hemiciclo. (Documento No. 155919). Gaceta del Senado. https://www.senado.gob.mx/66/gaceta_del_senado/documento/155919

5 Senado de la República. (2025). Se informa que la Novena Reunión Extraordinaria de la Comisión de Marina, convocada para el lunes 5 de enero del presente año, se pospone hasta nueva fecha. (Documento No. 155922). Gaceta del Senado. https://www.senado.gob.mx/66/gaceta_comision_permanente/documento/15592 2

6 Castillo Juárez, L. I. [@LauraI_Castillo]. (2025, 22 de diciembre.). La salida del país a tropas de la Armada de México, a fin de que participen en el evento “Aumentar la Capacidad Operacional de la Unidad de ... [Tweet]. X. https://x.com/LauraI_Castillo/status/2003311847571599749?ref_src=twsrc% 5Etfw%7Ctwcamp%5Etweete mbed%7Ctwterm%5E2003311847571599749%7Ctwgr%5Edd9c67a057177e1a3ddde4f0cf 09d541f3d8b4e2% 7Ctwcon%5Es1

7 Senado de la República. (2025). De la Comisión de Marina, el que contiene proyecto de decreto por el que se concede autorización a la titular del Ejecutivo Federal, para que permita la salida de tropas de la Armada de México, fuera del país, para participar en el Evento SOF No. 9 “Aumentar la Capacidad Operacional de la Unidad de Operaciones Especiales”, a realizarse en Camp Shelby, Mississippi, Estados Unidos de América, del 1 de octubre al 15 de noviembre de 2025. (Documento No. 153307). Gaceta del Senado. https://www.senado.gob.mx/66/gaceta_del_senado/documento/153307

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.

Diputados: Juan Zavala Gutiérrez, Laura Hernández García (rúbricas).

Senadores: Luis Donaldo Colosio Riojas, Clemente Castañeda Hoeflich (rúbricas).

Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades federales y estatales a investigar presuntos hechos de fraude relacionados con la compra-venta de vehículos en el estado de Yucatán, así como a implementar medidas de prevención y protección a las personas consumidoras, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, coordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo señalado por el artículo 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de la Comisión Permanente proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente

Exposición de Motivos

En fechas recientes diversos medios de comunicación han dado a conocer la existencia de presuntos esquemas de fraude relacionados con la compra-venta de vehículos en el estado de Yucatán, mediante los cuales personas consumidoras habrían sido afectadas al adquirir automóviles con irregularidades en su documentación, procedencia o situación legal.

Es por lo anterior que la Secretaría de Seguridad Pública alertó sobre posibles engaños en transacciones realizadas en plataformas digitales y otros medios, generalmente con precios llamativos o condiciones de pago poco habituales.1

La información difundida permite advertir que estos presuntos hechos no se tratarían de casos aislados, sino de prácticas reiteradas que podrían estar operando a través de intermediarios, supuestas agencias, gestores o particulares, generando un impacto negativo en la confianza de las personas consumidoras y en el mercado automotriz local.

Se han presentado ya diversos casos los cuales quedaron documentados en transmisiones por internet en donde los ciudadanos revelan como fueron afectados por estafadores, de igual forma se preguntan cómo es que estos defraudadores tienen en promedio cinco años con el mismo modus operandi y las autoridades del estado no han podido dar con ellos y detener este tipo de estafas. Este patrón ya habría afectado a decenas de compradores que, además de perder el dinero, quedaron sin la certeza de conservar la unidad adquirida.2

De acuerdo con los testimonios, el esquema funciona de la siguiente manera:

- Ofertas de autos atractivos a través de redes sociales.

- Pago en efectivo y entrega del vehículo al comprador.

- Reclamación posterior del mismo auto por parte de arrendadoras u otros terceros.

- Uso de documentos falsos como facturas y credenciales para dar apariencia de legalidad a la venta.

Para las estafas, esta presunta red hace uso de documentos falsificados como facturas de autos y credenciales expedidas por el Instituto Nacional Electoral (INE). Las víctimas han podido contactar que las copias de INE de la persona que les vendió el auto coinciden en la foto de la credencial, pero con nombres distintos.3

El fraude en la compra-venta de vehículos es una problemática de alto impacto social y económico, ya que involucra operaciones de elevado valor monetario y suele afectar los ahorros de las familias, generando endeudamiento, conflictos legales prolongados y dificultades para acceder a mecanismos efectivos de reparación del daño.

Este tipo de conductas ilícitas suelen estar vinculadas con la falsificación de documentos, la alteración de números de identificación vehicular, la duplicidad de facturas o la falta de correspondencia entre registros, lo que hace indispensable una actuación coordinada de las autoridades competentes.

Tras la denuncia pública por parte de las personas afectadas, fueron recibidas por personal de la Fiscalía General del Estado, sin embargo, persiste una preocupación en ellos pues sus carpetas de investigación de todas maneras no avanzan, en algunos de estos casos antes mencionados, lo que se investiga es robo y no fraude, además de que en el Ministerio Público les habrían dicho que no podían detener a la presunta defraudadora por falta de suficientes datos de prueba.4

Otro factor que le resulta preocupante a las víctimas es que al parecer es una red de personas dedicadas a defraudar compradores de autos en Yucatán y en la que, es probable estén involucrados funcionarios y servidores públicos del estado.5

Estos hechos son de preocupación para la población que se ve afectada por los estafadores quienes los despojan de sus ahorros a base de engaños lo cual afecta su patrimonio y su estabilidad económica, esto repercute de igual forma en la confianza en las instituciones encargadas de garantizar certeza jurídica. En ese sentido, resulta indispensable que las autoridades competentes actúen con sensibilidad, prontitud y coordinación, colocando en el centro a las personas afectadas, facilitando el acceso a mecanismos de orientación, denuncia y reparación del daño, y promoviendo acciones preventivas que eviten la repetición de este tipo de conductas en perjuicio de la población.

Se necesita de la participación activa y la atención oportuna de las autoridades competentes para prevenir, detectar y detener cualquier práctica irregular o acto de corrupción que pueda estar vinculado con los presuntos esquemas de fraude, a fin de garantizar la legalidad, la transparencia y la integridad de los procesos de verificación, registro e investigación. En ese sentido, la actuación coordinada y decidida de las instancias responsables es fundamental para fortalecer la confianza ciudadana, asegurar la aplicación efectiva de la ley y evitar que este tipo de conductas continúe afectando a la población.

Por lo anterior, el Registro Público Vehicular (Repuve) constituye una herramienta fundamental para brindar certeza jurídica a la ciudadanía sobre la situación legal de los vehículos; sin embargo, la efectividad de este instrumento depende de la actualización permanente, revisión y depuración de sus bases de datos.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) tiene entre sus atribuciones la protección de las personas consumidoras frente a prácticas abusivas o engañosas, especialmente en operaciones comerciales de alto impacto económico como la adquisición de vehículos nuevos o usados.

Corresponde a las fiscalías federal y estatal investigar los hechos que pudieran constituir delitos, garantizar el acceso a la justicia de las personas afectadas y actuar con estricto apego a los principios de legalidad, objetividad y profesionalismo.

La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana desempeña un papel relevante en la coordinación de esfuerzos de prevención e investigación de delitos patrimoniales, así como en la generación de información estratégica para identificar patrones delictivos.

La falta de atención oportuna a este tipo de problemáticas propicia la repetición de conductas fraudulentas, desalienta la denuncia ciudadana y profundiza la desconfianza en los procesos de compra-venta de vehículos.

La actuación de las autoridades no debe limitarse a la investigación posterior de los hechos, sino que debe incorporar una estrategia preventiva orientada a la promoción de una cultura de la legalidad, mediante campañas informativas que permitan a la ciudadanía identificar riesgos, conocer los requisitos legales de una transacción segura y utilizar de manera efectiva las herramientas oficiales de verificación vehicular disponibles.

Resulta indispensable establecer esquemas de coordinación intergubernamental que faciliten el intercambio de información, la homologación de criterios de verificación y la actuación conjunta ante posibles irregularidades.

La Cámara de Diputados, como órgano representativo de la ciudadanía, tiene la responsabilidad de visibilizar problemáticas que afectan directamente a las familias, así como de exhortar a las autoridades competentes a cumplir cabalmente con sus funciones.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Fiscalía General del Estado de Yucatán para que, en el ámbito de sus atribuciones, continúe y fortalezca las investigaciones correspondientes, realizando las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los presuntos hechos de fraude relacionados con la compra-venta de vehículos en la entidad.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana para que, en el marco de sus atribuciones, coadyuve en las labores de prevención, análisis e investigación estratégica, a fin de identificar posibles patrones delictivos y fortalecer la coordinación interinstitucional en la atención de los presuntos hechos de fraude vehicular.

Tercero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las autoridades responsables del Registro Público Vehicular para que, en el ámbito de sus atribuciones, realicen una revisión, actualización y fortalecimiento de los registros vehiculares en el estado de Yucatán, con el objetivo de incrementar la certeza jurídica en las operaciones de compra-venta de vehículos.

Cuarto. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal del Consumidor para que, en el ámbito de sus atribuciones, refuerce las acciones de vigilancia, orientación y protección a las personas consumidoras, así como la difusión de medidas preventivas para evitar fraudes en la compra-venta de vehículos.

Notas

1 Fraudes en la compra-venta de vehículos y llamado a la prevención ciudadana, disponible en https://www.yucatan.gob.mx/saladeprensa/ver_nota.php?id=10321

2 Víctimas de fraudes en compra-venta de vehículos en Yucatán narran la agonía de perder sus ahorros, disponible en https://www.unotv.com/estados/yucatan/victimas-de-fraudes-en-compra-ven ta-de-vehiculos-en-yucatan-narran-la-agonia-de-perder-sus-ahorros/

3 Ibidem

4 Destapan presunta red de fraude con compra de vehículos en Yucatán; ven complicidad de autoridades, disponible en https://www.yucatan.com.mx/merida/2026/01/09/destapan-presunta-red-de-f raude-con-compra-de-vehiculos-en-yucatan-ven-complicidad-de-autoridades .html

5 Ibidem

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.

Diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal, a través de la CEAV, a garantizar a las víctimas y sus familiares del descarrilamiento del tren interoceánico un acompañamiento efectivo a fin de que puedan acceder a los derechos de reparación integral del daño, acceso a la verdad y no repetición, a cargo de la diputada Paola Michell Longoria López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, Paola Michell Longoria López, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado por los artículos 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes

Considerandos

El pasado 28 de diciembre de 2025 se registró el descarrilamiento del recién inaugurado Tren Interoceánico que va de Coatzacoalcos, Veracruz, a Salina Cruz, Oaxaca. El suceso se presentó en el municipio de Asunción Ixtaltepec, Oaxaca, dejando un saldo de 14 personas fallecidas y 98 lesionadas.1

A pesar de estos lamentables hechos las víctimas y los familiares han señalado una falta de atención y apoyo por parte del gobierno, pues si bien es cierto que la presidenta Claudia Sheinbaum declaró que los familiares de las víctimas contarían con apoyos económicos, esto no es ni implica el derecho a la reparación del daño.2

En este sentido, el artículo 20 constitucional, en su apartado C, fracción IV, establece como un derecho de las víctimas el siguiente:

“Que se repare el daño. En los casos en los que sea procedente, el Ministerio Público estará obligado a solicitar la reparación del daño, sin menoscabo de que la víctima u ofendido lo pueda solicitar directamente, y el juzgador no podrá absolver al sentenciado de dicha reparación si ha emitido una sentencia condenatoria. La ley fijará procedimientos ágiles para ejecutar las sentencias en materia de reparación del daño”.3

El derecho constitucional a la reparación integral del daño parte de la obligación del Estado de restablecer el derecho vulnerado, no se agota en la retribución o el apoyo económicos, sino que también implica garantizar la no repetición y el acceso a la verdad.

De esta forma los apoyos anunciados por el Gobierno federal son insuficientes y no atienden al marco normativo de nuestro derecho, pues las víctimas tienen derecho a tener un acompañamiento institucional en el que se les brinde atención pronta y oportuna, a fin de que las personas puedan recuperar su proyecto de vida.

En este contexto, es importante señalar que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) es la instancia del Gobierno que tiene como objetivo promover los servicios de atención a víctimas en el marco de las atribuciones otorgadas por la Ley General de Víctimas. Tiene la obligación de acompañar a las personas para “que recuperen su proyecto de vida, [...] mediante la implementación eficiente y efectiva del Modelo de Atención a Víctimas a nivel federal”.4

A pesar de lo anterior, el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral para las Víctimas se extinguió en 20205 por lo que la autoridad no cuenta con los recursos suficientes para asegurar el principio de la reparación integral, lo que ha derivado en una limitación de los derechos de las personas víctimas del terrible accidente.

Es por esta razón que se considera de la mayor importancia exhortar a la CEAV para que dé acompañamiento a las víctimas y sus familiares, así como para que garantice que se procuren sus derechos humanos y se repare el daño de manera integral.

Igualmente, es importante exhortar a la Fiscalía General de la República para que agilice el proceso de investigación y garantice la transparencia y la cumplimentación de la ley en su proceso, ya que los familiares de las víctimas también han señalado que no se está investigando con celeridad y que existe cierto halo de opacidad, por lo que se pone en riesgo el acceso a la impartición de justicia y el derecho de las víctimas del acceso a la verdad, pues no sólo se trata de sancionar, sino que ante todo es necesario conocer qué ocurrió y garantizar que la tragedia no se vuelva a presentar.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que, a través de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, garantice a las víctimas y familiares del descarrilamiento del Tren Interoceánico un acompañamiento efectivo a fin de que puedan acceder a los derechos de reparación integral del daño, acceso a la verdad y no repetición.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Fiscalía General de la República, para que, en el marco de sus facultades, agilice las investigaciones sobre las causas del descarrilamiento del Tren Interoceánico y pueda brindar justicia a las víctimas.

Notas

1 Descarrilamiento Tren Interoceánico: que se sabe a una semana del accidente que cobró 14 vidas, El Economista, [En línea], disponible en: https://www.eleconomista.com.mx/politica/descarrilamiento-tren-interoce anico-semana-accidente-cobro-14-vidas-20260104-793705.html

2 Víctimas del accidente en el Tren Interoceánico demandan a empresas y funcionarios: exigen justicia y reparación el daño, Infobae, [en línea], disponible en: https://www.infobae.com/mexico/2026/01/05/victimas-del-accidente-en-el- tren-interoceanico-demandan-a-empresas-y-funcionarios-exigen-justicia-y -reparacion-del-dano/

3 Fracción VII del apartado C del Artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4 Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, [en línea], disponible en: https://www.gob.mx/ceav/que-hacemos

5 DECRETO por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas; de la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo; de la Ley de Hidrocarburos; de la Ley de la Industria Eléctrica; de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; de la Ley General de Protección Civil; de la Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero; de la Ley de Ciencia y Tecnología; de la Ley Aduanera; de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario; de la Ley General de Cultura Física y Deporte; de la Ley Federal de Cinematografía; de la Ley Federal de Derechos; de la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo; de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados; de la Ley General de Cambio Climático; de la Ley General de Víctimas y se abroga la Ley que crea el Fideicomiso que administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 6 de noviembre del 2020.

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.

Diputada Paola Michell Longoria López (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP, a través de SAT, para que establezca criterios para permitir la deducción del IVA trasladado en la adquisición de bienes o prestación de servicios recibidos, a cargo de la diputada Paola Michell Longoria López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, diputada Paola Michell Longoria López, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado por el artículo 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes

Considerandos

Durante la discusión y aprobación de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026, la mayoría del Congreso aprobó una reserva que modificó el artículo 25, fracción XIV, de la Ley para quedar de la siguiente forma:

Artículo 25. Para los efectos del Impuesto sobre la Renta y del Impuesto al Valor Agregado, se estará a lo siguiente:

I. a XIII. ...

XIV. Para los efectos de los artículos 1o. y 4o., de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, no será acreditable el impuesto al valor agregado trasladado en la adquisición de bienes o prestación de servicios recibidos, ni el propio pagado en la importación, cuando dichos bienes o servicios se destinen para dar cumplimiento al contrato de seguro, y la indemnización consista en el resarcimiento de daños o la reposición del bien siniestrado, a través de terceros, conforme a la Ley sobre el Contrato de Seguros”.1

Esta reforma, aprobada por las diputadas y los diputados de la Cámara de Diputados el 17 de octubre de 2025 como parte del Paquete Económico 2026 plantea que el impuesto al valor agregado (IVA) trasladado no podrá ser acreditable en adquisiciones de bienes o servicios. Esta modificación a grandes rasgos impide que las aseguradoras puedan deducir el IVA cuando le pagan a un proveedor los servicios por un siniestro. Es decir, si una persona hace uso de un seguro médico y el seguro le paga al hospital, la empresa aseguradora no podrá deducir el IVA del servicio médico pagado.2

La disposición, que será aplicable a partir de marzo de 2026, se incorporó para cerrar un criterio que se encontraba en litigio. Anteriormente, las aseguradoras argumentaban que la deducción del IVA por los pagos de los servicios pagados se derivaba de actividades indispensables para su actividad gravada.3 Por el contrario, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) había considerado que el único objeto de las aseguradoras es indemnizar a un tercero por lo que no cuenta con facultades para deducir los costos de los servicios que paga.

Si bien es cierto que con la reforma se elimina la controversia, también es una realidad que genera un impacto negativo grave en todas las personas que cuentan con algún seguro, pues si las empresas no pueden deducir el IVA, tendrán mayores gastos que terminarán por trasladar al consumidor, de tal forma que se espera que los costos de las pólizas del seguro se incrementen entre 20 y 30 por ciento, afectado el bolsillo de las personas. Es precisamente por esta razón que se emite el presente exhorto a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para que a través del SAT no aplicar la disposición establecida en la Ley de Ingresos, toda vez que afectará a todas las personas.

En torno a ello, si bien es cierto que la disposición se encuentra prevista en la Ley del Ingresos aprobada por la Cámara de Diputados, ello no exime la facultad de la SHCP para realizar las adecuaciones pertinentes a los criterios de ingresos del Estado mexicano, esto es porque la Constitución y la Ley de Ingresos faculta al Ejecutivo a administrar los recursos del Estado y ajustarlos de acuerdo con las necesidades. De hecho, el artículo 13 de la Ley plantea lo siguiente:

Artículo 13. El Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, queda autorizado para fijar o modificar los aprovechamientos que se cobrarán en el Ejercicio Fiscal de 2026, incluso por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes sujetos al régimen de dominio público de la federación o por la prestación de servicios en el ejercicio de las funciones de derecho público por los que no se establecen derechos o que por cualquier causa legal no se paguen”.

Así, dado que las autoridades federales tienen la facultad para ajustar o modificar los ingresos que se prevén para el Ejercicio Fiscal 2026 (pueden publicar decretos con incentivos fiscales, deducciones o criterios). De hecho, el último párrafo del mismo artículo 25 faculta a la SHCP para emitir las reglas que permitan determinar los mecanismos y las formas sobre cómo aplicar el artículo.

Por ello, se insta a las autoridades a seguir considerado la deducción del IVA para las aseguradoras a fin de proteger a los bolsillos de las personas.

Por lo anteriormente expuesto se presenta la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, respetuosamente, exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, a través del Servicio de Administración Tributaria, establezca criterios para permitir la deducción del IVA trasladado en la adquisición de bienes o prestación de servicios recibidos.

Notas

1 Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de noviembre del 2025. En línea en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIF_2026.pdf.

2 Zambrano, Javier; Por cambios en el IVA, pólizas de seguros en Puebla aumentarán hasta 30%; El Sol de Puebla, publicada el 17 de febrero del 2026, en línea en: https://oem.com.mx/elsoldepuebla/finanzas/por-cambios-en-el-iva-polizas -de-seguros-en-puebla-aumentaran-hasta-30-27725674

3 Garrido & Licona; Imposibilidad de acreditamiento del IVA para aseguradoras; En línea en https://blog.garridolicona.com/fiscal-legal/imposibilidad-de-acreditami ento-del-iva-para-aseguradoras

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.

Diputada Paola Michell Longoria López (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al ayuntamiento General Zuazua, Nuevo León, a ejercer acciones urgentes de mantenimiento, instalación y modernización del alumbrado público del municipio, a fin de garantizar el funcionamiento continuo y adecuado de las luminarias existentes en calles, avenidas, parques y espacios públicos, a cargo del diputado Miguel Ángel Sánchez Rivera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, diputado Miguel Ángel Sánchez Rivera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

El alumbrado público es el término utilizado para referirse al conjunto de instalaciones, sistemas y luminarias colocadas en las vías destinadas a proporcionar luz en avenidas, calles, parques y en general, vías públicas, el objetivo de hacerlas más seguras y de más fácil acceso para los habitantes,1 para garantizar condiciones adecuadas en las ciudades.

La iluminación en vialidades y espacios públicos es una medida indispensable de seguridad, que se utiliza tanto para prevenir accidentes como para impedir actos delictivos.2 Por ende, una infraestructura con una iluminación adecuada permite que la población tenga más seguridad, mayor fluidez en el tránsito, la movilidad y mejora la visibilidad nocturna para peatones, automovilistas, ciclistas, y comercios.

De esta manera resulta evidente que un sistema de alumbrado público funcional y suficiente impacta de manera directa en la calidad de vida de la población, ya que afecta positivamente su entorno. La iluminación adecuada ayuda a mejorar la movilidad y amplía los horarios en los que pueden realizarse actividades laborales y recreativas, a su vez contribuye a que la población tenga un sistema de alumbrado público funcional que impacte de manera directa en la calidad de vida de la población, al influir en la forma en que las personas utilizan y se apropian de su entorno. La iluminación adecuada favorece la movilidad cotidiana, amplía los horarios en los que pueden realizarse actividades laborales, recreativas y comunitarias, y mejora la percepción de orden y cuidado urbano mejor percepción de la seguridad en las calles, ya que la luz hace que la delincuencia disminuya.

El alumbrado público es un servicio fundamental en el desarrollo, mantenimiento y mejora de las ciudades, proporcionarlo es una tarea esencial y debe ser prioridad para satisfacer necesidades de carácter general de la sociedad.

En México el alumbrado en la vía pública es considerado como un servicio básico que lo debe proporcionar directamente cada municipio al tratarse de una función indispensable para el adecuado funcionamiento.

Los municipios en nuestro país en un principio se encuentran destinadas sus actividades en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esto principalmente dentro del Título Quinto “De los Estados de la Federación y de la Ciudad de México”, cuyo objetivo principal es la organización política y administrativa del Estado mexicano, así como delimitar las competencias de los distintos órdenes de gobierno, de esta forma reconoce al municipio como la base de la división territorial, fortalece la autonomía municipal y establece al municipio como el orden de gobierno más cercano a la población, por ende será el encargado de la administración directa de los servicios públicos que atienden necesidades básicas de su población, entre ellos se encuentran la disposición de residuos, la seguridad pública, agua potable, drenaje, alcantarillado y el tema de este exhorto el “alumbrado público”.

La Carta Magna menciona lo siguiente:

“Título Quinto De los Estados de la Federación y de la Ciudad de México

Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes:

I. y II. ...

III. Los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:

...

b) Alumbrado público.

...”.

De este modo desde el ordenamiento constitucional les confiere la obligación a los municipios sobre el alumbrado público, a pesar de que el mismo no es específico, resulta evidente que este orden de gobierno deberá de hacerse cargo de la instalación, operación, conservación, mantenimiento, modernización y ampliación, esto partiendo de que es un servicio público y estos conllevan principios3 fundamentales para que sean efectivos.

En lo que respecta al marco normativo secundario cabe mencionar que el alumbrado público comprende lo siguiente:

- Planeación estratégica.

- Instalación de arbotantes con sistemas electrónicos que generen iluminación en calles, edificios públicos y lugares de uso común.

- Realización de todas las obras de instalaciones, trabajos que requerían la planeación, ejecución, operación y mantenimiento del sistema de alumbrado público de los municipios.

- La aplicación de políticas para implementar el sistema de alumbrado integral del municipio.

Como se ha mencionado en estos considerandos, este servicio lo debe de brindar el municipio, sin embargo, para los nuevoleoneses, las leyes locales también lo contemplan:

“Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León

Artículo 181. Los Municipios tendrán las siguientes atribuciones:

I. Prestar las funciones y servicios públicos siguientes:

b) Alumbrado público...4

Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León

Artículo 33. El Ayuntamiento tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

a) Establecer los criterios y lineamientos para la prestación, en su circunscripción territorial, en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Constitución Política del Estado y de la presente Ley, los servicios públicos de agua potable, drenaje y alcantarillado; tratamiento y disposición de sus aguas residuales; alumbrado público ; limpia, recolección, traslado, tratamiento disposición residuos; centrales final mercados de y de y abastos; panteones; rastro; calles, parques, jardines y su equipamiento; Protección Civil; Seguridad Pública Municipal, en los términos del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y Tránsito Municipal; así como los demás que se determinen conforme a los ordenamientos señalados. Para tal efecto, en los casos en que los Municipios no cuenten con los reglamentos correspondientes, se estará a lo dispuesto por la presente Ley y por las demás disposiciones aplicables estando obligado en todo momento a observar los tratados internacionales en materia de derechos humanos; y

Tratándose del servicio de alumbrado público los ayuntamientos podrán promover la implementación de sistemas o dispositivos de alta eficiencia energética en las obras públicas de infraestructura y equipamiento urbano, así como la utilización de energías renovables”. 5

En el marco jurídico del estado de Nuevo León, el alumbrado público se encuentra reconocido como un servicio público municipal de prestación obligatoria, cuya responsabilidad recae directamente en los ayuntamientos. Esta atribución implica no sólo la obligación de contar con una infraestructura, sino también de garantizar su cobertura, eficiencia y continuidad de manera adecuada, de acuerdo con las necesidades de la población.

Con este contexto se desarrolla la situación específica del municipio de General Zuazua, Nuevo León, municipio en donde el servicio público de iluminación en espacios públicos es muy cuestionable, ya que no cumple con las características básicas que éste requiere.

El alumbrado público ha sido un tema recurrente que no ha sido corregido, desde su implementación hasta la ausencia de mantenimiento y modernización.

La falta de mantenimiento por parte de la autoridad responsable (el ayuntamiento) ha generado oscuridad en las calles y espacios públicos contribuyendo a una percepción insólita de inseguridad. Las fallas constantes en las luminarias se han hecho constar entre las diferentes calles, los reportes diarios sobre luminarias apagadas y dañadas han incrementado y llegando a casi la totalidad del municipio.

Históricamente el municipio ha enfrentado este desafío, pero lamentablemente no se ha asumido la responsabilidad de corregir dicha situación a pesar de los reportes y las quejas constantes en la comunidad.

Es fundamental que el ayuntamiento implemente medidas urgentes para combatir este problema en principio mediante la instalación de nuevas luminarias en donde no se cuenta con ellas, priorizando zonas escolares, de comercios, recreativas, y paradas de transporte, asimismo para el mantenimiento adecuado y continuo de las luminarias existentes a fin de garantizar su correcto funcionamiento y evitar que permanezcan apagadas o en condiciones deficientes durante periodos prolongados.

Finalmente se solicita la modernización progresiva de las luminarias, esto con el propósito de que el sistema de alumbrado público incluya tecnologías más eficientes, sostenibles y sustentables, que tengan un mayor tiempo de vida, que utilicen energías renovables y sobre todo que tengan una mejor iluminación.

La atención oportuna y permanente del alumbrado público no sólo incide en la seguridad de las personas, sino que también fortalece la movilidad urbana, la convivencia social y la percepción de la comunidad, elementos que es fundamental garantizar en el municipio de General Zuazua, Nuevo León.

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso exhorta de manera respetuosa al Ayuntamiento de General Zuazua, Nuevo León , para que, en el ámbito de sus atribuciones, ejerza acciones urgentes de mantenimiento del alumbrado público del municipio, a fin de garantizar el funcionamiento continuo y adecuado de las luminarias existentes en calles, avenidas, parques y espacios públicos.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso exhorta de manera respetuosa al Ayuntamiento de General Zuazua, Nuevo León , para que, en el ámbito de sus atribuciones, implemente un programa para la modernización del alumbrado público, priorizando el uso de tecnologías sustentables que permitan mejorar la iluminación.

Tercero. La Comisión Permanente del honorable Congreso exhorta de manera respetuosa al Ayuntamiento de General Zuazua, Nuevo León , para que, en el ámbito de sus atribuciones, instale nuevas luminarias en zonas que actualmente carecen de iluminación suficiente, prioritariamente en colonias con zonas escolares, espacios públicos y paradas de transporte, a fin de garantizar condiciones adecuadas de seguridad y movilidad.

Notas

1 Proveeduría de bienes y tecnología, Importancia del alumbrado público, Disponible en; https://www.pbtecnologia.mx/post/importancia-del-alumbrado-p%C3%BAblico

2 Gobierno de México, Estados y municipios Alumbrado público, Disponible en: https://www.gob.mx/conuee/acciones-y-programas/estados-y-municipios-alu mbrado-publico

3 Guía de Servicios Públicos Municipales, Disponible en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/171945/Guia_de_servicios _publicos_municipales_ 2015.pdf

4 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO, Disponible en: LEÓNhttps://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/pdf/CONSTITUCION% 20POLITICA%20DEL%20ESTADO%20LIBRE%20Y%20SOBERANO%20DE%20NUEVO%20LEON.pd f?2023-05-29

5 LEY DE GOBIERNO MUNICIPAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, Disponible en: https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/pdf/LEY%20DE%20GOBIER NO%20MUNICIPAL%20DEL%20ESTADO%20DE%20NUEVO%20LEON.pdf?2025-11-%207

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.

Diputado Miguel Ángel Sánchez Rivera (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Segob de la CDMX, a través de la Seduvi, así como al ayuntamiento del municipio de Naucalpan de Juárez del Estado de México, para que, en el ámbito de sus atribuciones, analicen y, en su caso, autoricen la incorporación del nombre “Julio Scherer García” en una de las vialidades, suscrita por los diputados Gibrán Ramírez Reyes y Juan Ignacio Zavala Gutiérrez del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien presenta, diputado Gibrán Ramírez Reyes, y quien suscribe, diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, legisladores del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentan punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

Primera.

Sobre colonia Periodista en las alcaldías Miguel Hidalgo y Benito Juárez

La Ciudad de México ha sido históricamente un espacio de desarrollo intelectual, político y periodístico. Diversas zonas de la capital fueron concebidas con una identidad simbólica ligada al quehacer político y social. Tal es el caso de la colonia Periodista, ubicada en la alcaldía Miguel Hidalgo, así como en la alcaldía Benito Juárez, ambas concebidas como espacios que reconocen y rinden homenaje a quienes ejercen este oficio.

En la alcaldía Miguel Hidalgo, en 1949, el entonces presidente Miguel Alemán Valdés, inauguró la primera colonia con este nombre, junto con el regente Fernando Casas Alemán y otros funcionarios. En este acto entregaron las llaves simbólicas de la colonia a cuatro periodistas: Rafael Solana, Ernesto Carrasco Zanini, Arturo Cisneros Peña y Jesús Peña.1 Actualmente está registrada como colonia Periodista, con código postal 11220.2

Por su parte, a finales de la década de los 70 se formó la segunda colonia Del Periodista, ubicada en la alcaldía Benito Juárez. Fueron 123 personas, entre periodistas, fotógrafos, poetas, escritores, caricaturistas, los que fundaron la colonia.3 En ese proceso, los vecinos formaron una comisión para proponer los nombres de las calles, así como para rendir homenaje a periodistas y escritores de los siglos XIX y XX. En 1982 fue rebautizada como Segunda Colonia del Periodista “Francisco Zarco” y actualmente está registrada como colonia Periodista con código postal 03620.4

Por otro lado, en el Estado México, a finales de la década de los 50 y ante el crecimiento acelerado del entonces Distrito Federal, los arquitectos Mario Pani y José Luis Cuevas, el padre del pintor del mismo nombre, comenzaron a edificar en Naucalpan de Juárez5 e inició la traza de lo que se conoce como Ciudad Satélite. Sobre la base de un sistema vial circulatorio, Satélite se conformó de 31 circuitos que llevaban el nombre de distintas profesiones, entre ellos, Periodistas.

Tanto las colonias de la Ciudad de México como el Circuito Periodistas del Estado de México constituyen un testimonio urbano del valor social del periodismo y de su relevancia en la construcción de una sociedad democrática. No obstante, resulta relevante advertir que en ninguna de ellas se ha incorporado hasta ahora el nombre de uno de los periodistas más influyentes de la segunda mitad del siglo XX y de los primeros años del siglo XXI: Julio Scherer García.

Dicha inclusión es posible en la Ciudad de México de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México,6 en términos de lo previsto en el numeral 31, fracción XVII, que menciona que le corresponde a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México coordinar las actividades de las comisiones de límites y nomenclatura de la Ciudad. Asimismo, de acuerdo con la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal,7 en su artículo 19, así como el Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal en su artículo 90, la Comisión de Nomenclatura de la Ciudad de México auxiliará a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda en la asignación, revisión y, en su caso, modificación del contenido de las placas de nomenclatura oficial de vías y espacios públicos. Se menciona, además, que corresponde a las alcaldías la elaboración, colocación y mantenimiento de las placas de nomenclatura oficial en las vías públicas y en aquellos espacios públicos que la Secretaría determine.

De igual forma, en el Estado de México, de acuerdo con el artículo 31, fracción V, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México8 y el artículo 18 del Bando Municipal de Naucalpan de Juárez,9 es atribución de los ayuntamientos acordar la división territorial municipal en delegaciones, subdelegaciones, colonias, sectores y manzanas, y acordar, en su caso, la categoría y denominación política que les corresponda a las localidades.

Segunda.

Sobre el legado de Julio Scherer

Julio Scherer tiene un legado moral, periodístico e histórico incuestionable. El ejemplo ético de Scherer es el de plantar cara al poder con dignidad e inteligencia en momentos clave. Los días que siguieron a la matanza del 2 de octubre de 1968 son el mejor testigo: aunque ninguno mencionaba con explicitud los hechos de Tlatelolco y su gravedad, la distancia entre los medios más influyentes fue abismal. El diario que dirigía don Julio fue el único medio de gran alcance que denunció que no sería “matándonos entre nosotros como hemos de edificar el México que todos amamos”10 en su editorial, además de incluir el legendario cartón de luto e indignación de Abel Quezada.11

Julio Scherer nunca fue un radical de izquierda y con nada se comprometió como con el periodismo; si bien Excélsior nunca tuvo una cobertura particularmente favorable de las luchas y reivindicaciones populares, fue uno de los pocos medios nacionales que ventilaba la existencia de las guerrillas y movimientos sociales y sus acciones, sin simpatía, pero buscando la verdad. También, en los medios que dirigió no se rompió la interlocución con los gobiernos, sino que se trató de modo distinto, reivindicando la independencia.

Las herencias periodísticas más directas de Julio Scherer son las de los medios en que vivió. En Excélsior , cuando lo dirigió desde 1968 a 1976, demostró cómo se hace un diario grande, crítico pero viable en sus relaciones con el gobierno. En Proceso , la persistencia en la crítica autónoma. Fuera de esos medios, la onda expansiva del trabajo de Scherer tocó a muy diversos medios; a unos tangencialmente y a otros de modo determinante.

En Excélsior , Scherer invitó a Octavio Paz a fundar un suplemento que se llamó Plural y se convirtió de inmediato en un foro de referencia y altura para los liberales mexicanos; Plural se convertiría en la revista Vuelta , que dio espacio en sus páginas a algunos de los mejores intelectuales liberales en el mundo y a la muerte de Paz, en lo que hoy es Letras Libres .

Pero Scherer no hizo escuela sólo entre sus más cercanos, sino que alentó una potente ola de periodismo crítico. Por ejemplo, y sin querer establecer una línea recta: fue un grupo de reporteros que aprendieron de diarismo en el periódico que él dirigía, el que fundó, con Manuel Becerra Acosta el diario Unomásuno , cuyo proceso terminaría cuajando en la fundación de La Jornada .

Por último, Julio Scherer describió, con rigor, los excesos de los gobernantes priistas de la ciudad de México y el país desde los 60: la colección de autos de lujo de Carlos Hank, los excesos, extravagancias y crímenes de su hijo Jorge Hank Rohn; los caprichos del negro Durazo; el imperio de Salinas; la guerra de Felipe Calderón, así como las dinámicas del narcotráfico, incluyendo la mítica entrevista a Ismael “El Mayo” Zambada.12

Anécdotas infinitas, desgranadas en cientos de páginas, que ayudan a comprender no sólo realidades mexicanas sino humanas, como las que retrató con estremecedora claridad en sus libros sobre el pasado y el futuro del golpe de estado que encumbraría a Pinochet en Chile.

Por su carácter crítico, su honestidad insobornable, su independencia frente a los gobiernos y su ambición profesional, Julio Scherer García es reconocido como uno de los periodistas más relevantes del siglo XX y de los primeros años del siglo XXI. En el marco de su onceavo aniversario luctuoso, resulta pertinente y congruente con el origen, identidad y vocación simbólica de las colonias del Periodista fortalecer la memoria histórica y urbana mediante la incorporación de su nombre en estos espacios, como un acto de reconocimiento a su legado y a los valores democráticos que inspiraron su creación.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y de la Comisión de Nomenclatura de la Ciudad de México, para que, en el ámbito de sus atribuciones, analicen y, en su caso, autoricen la incorporación del nombre Julio Scherer García en alguna de las vialidades de la colonia Periodista, en la alcaldía Miguel Hidalgo y Benito Juárez respectivamente.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Naucalpan de Juárez del Estado de México, para que, en el ámbito de sus atribuciones, analicen y, en su caso, autoricen la incorporación del nombre Julio Scherer García en una de las vialidades que conforman el Circuito Periodistas del municipio.

Notas

1 Aída Castro Sánchez, “La colonia que surgió por periodistas y para periodistas”. El Universal, 6 de julio del 2018. Disponible en: https://www.eluniversal.com.mx/colaboracion/mochilazo-en-el-tiempo/naci on/sociedad/la-colonia-que-surgio-por-periodistas-y-para/

2 Consulta de Códigos Postales. Servicio Postal Mexicano. Disponible en: https://www.correosdemexico.gob.mx/sslservicios/consultacp/descarga.asp x

3 Ibidem.

4 Ibidem.

5 Fernando Molina Alba, ”A 60 años de Satélite, “La Ciudad del Mañana” que falló”. El Universal, 2 de junio del 2017. Disponible en: https://www.eluniversal.com.mx/entrada-de-opinion/colaboracion/mochilaz o-en-el-tiempo/nacion/sociedad/2017/06/3/60-anos-de-satelite/

6 Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México. Ciudad de México. Disponible en: https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/LEY_ORGANICA_DEL_ PODER_EJECUTIVO_Y_DE_LA_ADMINISTRACION_PUBLICA_DE_LA_CDMX_7.1.pdf

7 Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal. Ciudad de México. Disponible en: https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/181225/LEY_DE_DES ARROLLO_URBANO_DEL_DF_5.1.pdf

8 Gobierno del Estado de México, Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Disponible en: https://legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files /files/pdf/ley/vig/leyvig022.pdf

9 Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez. Bando Municipal de Naucalpan de Juárez. Naucalpan de Juárez, Estado de México. Disponible en: https://legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files /files/pdf/bdo/bdo2025/bdo060.pdf

10 Cfr. Excelsior, 3 de octubre de 1968, año LII, t. V, n. 18,843, p.1. Citado en: González León, Daniel. Una mirada al sexenio de José López Portillo a través de la caricatura de Rogelio Naranjo en Proceso. Tesis de licenciatura, Universidad Nacional Autónoma de México, Facultad de Estudios Superiores Acatlán, agosto 2015. Disponible en: https://tesiunamdocumentos.dgb.unam.mx/ptd2015/agosto/0734771/0734771.p df

11 Redacción, “El cartón de Abel Quezada en el 68 que marcó época”. Excelsior, 3 de octubre del 2018. Disponible en: https://www.excelsior.com.mx/nacional/el-carton-de-abel-quezada-en-el-6 8-que-marco-epoca/1269186

12 Julio Scherer García. Proceso. Disponible en: https://www.proceso.com.mx/autor/julioscherergarcia.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.

Diputados: Gibrán Ramírez Reyes, Juan Ignacio Zavala Gutiérrez (rúbricas).

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Semar, a la FGR, al SAT y a la ANAM a hacer público un informe que detalle el aseguramiento de combustible de procedencia ilegal realizado en marzo de 2025 en el puerto de Tampico, Tamaulipas, incluyendo, entre otros elementos, el volumen real de hidrocarburos ingresados al país, el destino final del combustible asegurado y el monto total de la evasión fiscal detectada, suscrita por los diputados Gibrán Ramírez Reyes, Juan Ignacio Zavala Gutiérrez y el senador Luis Donaldo Colosio Riojas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien presenta, diputado Gibrán Ramírez Reyes, y quienes suscriben, senador Luis Donaldo Colosio Riojas y diputado Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, realiza las siguientes

Consideraciones

La administración de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo ha mostrado que durante el sexenio pasado se institucionalizó el huachicol fiscal. El aseguramiento de combustible ilegal en estados como Tabasco, Baja California, Sonora y Tamaulipas1 permitió revelar la existencia y operación de una estructura criminal compleja, integrada por actores públicos y privados que operan de manera coordinada. Particularmente el episodio de Tamaulipas evidencia componentes de corrupción estructural que se han vuelto más claros conforme avanza la revisión de hechos, documentos y vínculos criminales.2

Este episodio comenzó en marzo de 2025 con uno de los aseguramientos de huachicol más relevantes de los últimos años, al decomisarse combustible de procedencia ilegal proveniente de Texas en el puerto de Tampico. De acuerdo con un comunicado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) se aseguraron 10 millones de litros de diésel en un operativo conjunto con la Secretaría de Marina, la Fiscalía General de la República, la Secretaría de la Defensa Nacional y la Guardia Nacional.3 El hecho fue aplaudido por el gobierno y el oficialismo como un cambio significativo en la estrategia de seguridad de la presidenta.

Sin embargo, meses después esta narrativa comenzó a desmoronarse. En mayo, una investigación periodística reveló documentos internos de la Secretaría de Marina que indicaban que el buque Challenge Procyon habría ingresado al puerto de Tampico con una carga cercana a los 20 millones de litros, el doble de lo informado oficialmente por la SSPC:

En una tarjeta informativa fechada el 18 de marzo, la Capitanía de Puerto de Tampico le reportó al comandante de la Primera Zona Naval, el vicealmirante Juan Carlos Vera Salinas, que la agencia consignataria del buque, Altamaritima, presentó un manifiesto de carga por 17 mil 459 toneladas de “aditivo para aceite lubricante”.4 La cantidad coincidiría, siguiendo la investigación, con lo reclamado vía juicios de amparo por la empresa que importó el huachicol desde Texas.5 Sobre esta diferencia del volumen, la Secretaría de Marina (Semar) publicó una tarjeta informativa en la que mencionaba que correspondía a la Fiscalía General de República (FGR) determinar la cantidad y el destino del combustible importado.6

Fue hasta septiembre que la trama de corrupción derivó en la detención de 14 personas7 y reveló la participación directa de altos mandos de la Semar –como el vicealmirante Manuel Roberto y el contralmirante Fernando Farías Laguna, sobrinos políticos del exsecretario de Marina, Rafael Ojeda Durán–, quienes valiéndose de su influencia formaron una red de complicidad con la participación de subordinados, grandes empresarios y funcionarios de las aduanas.

En el huachicol fiscal pesan los afectos, las lealtades y las influencias, sólo así se explica el constante ir y venir de personas en esta red conforme cambian las autoridades. Sin embargo, detrás de estas maniobras también se esconde la violencia: medios de comunicación han documentado al menos siete homicidios vinculados a este fenómeno, entre ellos los de cuatro marinos, tres exfuncionarios federales de la Fiscalía General de la República y un integrante de la Agencia Nacional de Aduanas.8 Destaca el caso del contraalmirante Fernando Rubén Guerrero Alcántar, quien habría enviado una carta al entonces secretario Rafael Ojeda denunciando la red de huachicol fiscal en la que participaban sus sobrinos. Tras reunirse en octubre de 2025 con el nuevo secretario de Marina, fue asesinado apenas un mes después, durante sus vacaciones.9

Este episodio, lejos de resolverse con transparencia y con el deslinde claro de responsabilidades, se ha enturbiado más. Una nueva investigación periodística reveló que, de acuerdo con documentos oficiales del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el buque Challenge Procyon sí transportaba aproximadamente 20 millones de litros de combustible ilegal, lo que habría implicado una evasión fiscal superior a los 190 millones de pesos.10

El huachicol fiscal es una estructura criminal que, si bien no se originó en este sexenio, sí tuvo una reconfiguración distinta durante el gobierno de Andrés Manuel López Obrador al incorporar a la trama nuevos actores con códigos de actuación distintos y con el añadido del uso de la fuerza letal: la Secretaría de la Defensa Nacional y la Secretaría de Marina.11

Estas revelaciones no sólo contradicen la versión oficial inicial, sino que profundizan las dudas sobre la actuación de las autoridades involucradas y la posible existencia de encubrimientos desde los más altos niveles.

La persistencia de versiones contradictorias, el deslinde de responsabilidades entre dependencias y la ausencia de información clara impiden conocer con certeza qué ocurrió, quiénes participaron y cuál fue el destino final del combustible total asegurado.

La magnitud de los hechos –que, conforme lo expuesto, involucran una evasión fiscal millonaria, redes criminales formadas desde la propia Semar y pérdida de vidas humanas– requiere una respuesta clara del Estado mexicano frente a la sociedad.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Marina, a la Fiscalía General de la República, al Servicio de Administración Tributaria y a la Agencia Nacional de Aduanas de México a hacer público un informe que detalle el aseguramiento de combustible de procedencia ilegal realizado en marzo de 2025 en el puerto de Tampico, Tamaulipas, incluyendo, entre otros elementos, el volumen real de hidrocarburos ingresados al país, el destino final del combustible asegurado y el monto total de la evasión fiscal detectada.

Notas

1 Erika Rosete, “Decomiso histórico en Tabasco: más de 3 millones de litros de huachicol en una finca”. El País, 30 de mayo del 2025. Disponible en: https://elpais.com/mexico/2025-05-30/decomiso-historico-en-tabasco-mas- de-3-millones-de-litros-de-huachicol-en-una-finca.html. Y, Daniela Wachauf, “Crece decomiso de huachicol y droga en tractocamiones”. El Universal, 18 de enero del 2026. Disponible en: https://www.eluniversal.com.mx/nacion/crece-decomiso-de-huachicol-y-dro ga-en-tractocamiones/

2 Latinus, “El año del huachicol en México, desde la Marina hasta Miss universo”. 31 de diciembre del 2025. Disponible en: HYPERLINK

https://latinus.us/mexico/2025/12/31/el-anio-del-huachic ol-en-mexico-desde-la-marina-hasta-miss-universo-160484.html

3 Gobierno de México. Secretaría de Marina “En Tamaulipas se realizó el aseguramiento histórico de 10 millones de litros de hidrocarburo”. 31 de marzo de 2025. Disponible en HYPERLINK

https://www.gob.mx/semar/prensa/en-tamaulipas-se-realizo -el-aseguramiento-historico-de-10-millones-de-litros-de-hidrocarburo-39 4418

4 Iván Alamillo y Verónica Ayala “Documento de la marina confirma desaparición de 10 millones de litros de huachicol. Redes de corrupción. Mayo de 2025. Disponible en: HYPERLINK

https://contralacorrupcion.mx/documento-de-la-marina-con firma-desaparicion-de-10-millones-de-litros-de-huachicol/

5 Iván Alamillo y Verónica Ayala. “La marina decomisó 20 millones de litros de huachicol... Pero “desapareció” la mitad. Redes de corrupción. Abril 2025. Disponible en: HYPERLINK https://contralacorrupcion.mx/la-marina-decomiso-20-millones-de-litros- de-huachicol-pero-desaparecio-la-mitad/

6 Gustavo Castillo e Iván Evair “Comprobara FGR cantidad de combustible asegurado; Marina promete cero encubrimientos”, La jornada. Enero de 2026. Disponible en: HYPERLINK https://www.jornada.com.mx/noticia/2025/05/01/politica/comprobara-fgr-c antidad-de-combustible-asegurado-marina-promete-cero-encubrimientos

7 Gobierno de México. Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana. “Gobierno de México refuerza la lucha contra la corrupción e impunidad con la detención de 14 implicados en el mercado ilícito de combustible”. Septiembre de 2025. Disponible en: HYPERLINK https://www.gob.mx/sspc/prensa/gobierno-de-mexico-refuerza-la-lucha-con tra-la-corrupcion-e-impunidad-con-la-detencion-de-14-implicados-en-el-m ercado-ilicito-de-combustible

8 Manuel Espino. “Han muerto siete marinos y funcionarios por huachicol”. El Universal. 10 de septiembre de 2025. Disponible en: HYPERLINK

https://www.eluniversal.com.mx/nacion/han-muerto-siete-m arinos-y-funcionarios-por-huachicol/

9 Carlos Loret de Mola. “El contralmirante al cantar fue asesinado después de denunciar huachicol fiscal ”. Latinus. Septiembre de 2025. Disponible en: HYPERLINK https://latinus.us/mexico/2025/10/20/fernando-farias-laguna-no-acude-su -audiencia-inicial-en-el-altiplano-cancelan-comparecencia-154803.html

10 Verónica Ayala e Iván Alamillo. “Confirma Sat: “huachicolearon” la mitad del decomiso gigante”. Redes de corrupción. Enero de 2026. Disponible en: HYPERLINK https://contralacorrupcion.mx/confirma-sat-huachicolearon-la-mitad-del- decomiso-gigante/

11 Pedro Domínguez. “Por malos manejos, Sedena y Marina se harán cargo de aduanas, dice AMLO”. Milenio. 17 de julio del 2020. Disponible en: HYPERLINK https://www.milenio.com/politica/amlo-sedena-marina-control-aduanas-pue rtos-mexico

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.

Diputados: Gibrán Ramírez Reyes, Juan Ignacio Zavala Gutiérrez (rúbricas).

Senador Luis Donaldo Colosio Riojas (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE y a la Comisión Permanente a condenar el desplazamiento forzado y los ataques contra civiles en Aleppo, Siria, a cargo de la senadora Amalia García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, senadora Amalia Dolores García Medina, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura del Senado de la República, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 8, numeral 1, fracción II, y 276 del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración de esta Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

La paz no es una consigna abstracta, es el derecho concreto de los pueblos a vivir sin miedo.

Cuando una ciudad histórica –profundamente herida por más de una década de guerra– vuelve a ser sometida al fuego cruzado, al asedio y al desplazamiento forzado, la comunidad internacional no puede responder con indiferencia ni con fórmulas vacías. Aleppo, en el norte de Siria, se encuentra nuevamente en el centro de una espiral de violencia que ha cobrado vidas civiles, ha paralizado servicios esenciales y ha obligado a decenas de miles de personas a huir en pleno invierno.

De acuerdo con información de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la reanudación de hostilidades en Aleppo dejó al menos cinco civiles muertos y provocó el desplazamiento de alrededor de 30 mil personas, tras choques que se reactivaron a partir del 6 y 7 de enero de 2026 en zonas como Ashrafiyeh y Ash-Sheikh Maqsoud, afectando infraestructura civil y servicios de salud.1

Se reportó la interrupción de operaciones de hospitales y la suspensión de vuelos en el aeropuerto internacional, en un contexto donde la población ya arrastra carencias acumuladas por años de conflicto.

La Secretaría General de la ONU, por conducto de su vocería ha reiterado un punto que México –por historia diplomática y por convicción humanista– debe asumir con claridad: todas las partes tienen la obligación, conforme al Derecho Internacional Humanitario, de proteger a la población civil y a la infraestructura civil, y deben desescalar de inmediato y retomar la vía política.

En particular, se ha llamado a reimpulsar compromisos de negociación y arreglos de seguridad bajo un mando nacional unificado que permitan garantías reales para todas las comunidades.

La dimensión humana de esta crisis no se mide sólo en cifras: se mide en familias que abandonan su casa con lo puesto, en niñas y niños expuestos a la intemperie, en mujeres obligadas a transitar corredores de evacuación bajo amenaza, en hospitales que cierran mientras aumenta la demanda de atención urgente.

Informes humanitarios de la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de las Naciones Unidas (Ocha) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) describen desplazamientos masivos, alojamiento temporal en centros colectivos y mezquitas, y riesgos elevados de protección, particularmente en un entorno de bajas temperaturas y hacinamiento.2

A ello se suma un factor brutal: el invierno no espera. Al cierre de diciembre e inicios de enero, tormentas de nieve afectaron a poblaciones desplazadas en el norte de Siria; se reportó que dos bebés murieron por frío extremo en campamentos, y decenas de miles de personas quedaron expuestas por daños en refugios precarios. Este dato no es accesorio: evidencia que cada día de escalada militar multiplica la vulnerabilidad y puede traducirse en muertes evitables por causas indirectas del conflicto.

No existe “normalidad” posible cuando la vida civil queda atrapada entre bombardeos, asedios, cierres de rutas y ataques a infraestructura esencial.

La protección de civiles no es optativa ni negociable: es una obligación bajo el Derecho Internacional Humanitario y un mínimo ético para cualquier transición política que pretenda legitimidad.

En este marco, es especialmente alarmante la denuncia pública de organizaciones de derechos humanos y redes civiles sobre abusos, malos tratos y desapariciones en el contexto de detenciones durante los enfrentamientos en barrios de Aleppo.

México ha sostenido –en foros multilaterales y en su política de derechos humanos– que la violencia contra las mujeres en contextos de guerra no es “daño colateral”: es una estrategia de dominación.

En Aleppo, distintas expresiones del movimiento de mujeres y organizaciones de mujeres sirias como Tevgera Jinen Azad (Movimiento de las Mujeres Libres) han denunciado que las agresiones incluyen violaciones a la dignidad humana y tratos degradantes, y han llamado a frenar los abusos contra la población civil.

Cuando se ataca a las mujeres por lo que representan –como sujetas políticas, como defensoras comunitarias, como cuidadoras y sostén de la vida– se busca quebrar el tejido social completo.

Por eso, una postura humanista y progresista debe nombrar la realidad con precisión, sin garantías para mujeres y niñas, no hay paz posible.

Nuestro país se rige por principios constitucionales en política exterior que privilegian la solución pacífica de controversias, el respeto al derecho internacional y la promoción de los derechos humanos.

En ese sentido, ante una escalada como la que se vive en Aleppo. México no debe callar ni mirar hacia otro lado, la neutralidad ante crímenes contra civiles no es prudencia es abandono.

Por ello, resulta pertinente exhortar a que el Estado mexicano, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores en los espacios multilaterales correspondientes, apoye un cese inmediato de hostilidades, exija acceso humanitario sin obstáculos, respalde los esfuerzos de la ONU para retomar negociaciones políticas, y promueva mecanismos internacionales de rendición de cuentas cuando existan denuncias verosímiles de violaciones graves al Derecho Internacional Humanitario.

Aleppo no es un tablero geopolítico son personas, es una ciudad donde conviven identidades, memorias y formas de vida que han resistido lo indecible. Permitir el desplazamiento forzado y la destrucción de infraestructura civil es aceptar que la guerra puede volver a instalarse como método de gobierno.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que, a través de la representación permanente de México ante la ONU, emita una condena por los ataques y desplazamiento forzado de mujeres y población civil por parte del gobierno de transición sirio en Aleppo.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que, a través de la representación permanente de México ante la ONU, presente ante el Consejo de Seguridad la situación de probable genocidio en los términos de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio por el desplazamiento forzado y los ataques a mujeres y población civil por parte del gobierno de transición de Siria.

Tercero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión expresa su condena el desplazamiento forzado y los ataques contra población civil en la ciudad de Aleppo, Siria.

Notas

1 Naciones Unidas. (2026). Syria: Aleppo fighting leaves civilians dead, displaces thousands. Syria: Aleppo fighting leaves civilians dead, displaces thousands | UN News

2 Ibid.

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.

Senadora Amalia Dolores García Medina (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SSPC, por conducto de la CNPC y en coordinación con las áreas de protección civil de las 32 entidades federativas, a implementar y fortalecer jornadas informativas nacionales dirigidas a la población sobre los frentes fríos que afectan al país, a cargo del senador Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, senador Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en el artículo 8, fracción II, del Reglamento del Senado de la República y en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión proposición con punto de acuerdo por el que la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, para que, por conducto de la Coordinación Nacional de Protección Civil, y en coordinación con las áreas de protección civil de las 32 entidades federativas, implemente y fortalezca jornadas informativas nacionales dirigidas a la población referentes a los frentes fríos que afectan al país.

Exposición de Motivos

I. Los frentes fríos son fenómenos meteorológicos que se originan por el desplazamiento de masas de aire frío provenientes de latitudes altas hacia regiones con aire cálido. En México, estos sistemas se presentan principalmente durante la temporada invernal, que abarca de septiembre a mayo, y generan descensos bruscos de temperatura, vientos intensos, lluvias, heladas y, en algunas regiones, nevadas, aguanieve o eventos de “Norte”.1

De acuerdo con información del Servicio Meteorológico Nacional (SMN) y del Centro Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred), durante la temporada invernal 2025-2026 se pronosticó el ingreso de 48 frentes fríos, lo que confirma que no se trata de eventos aislados, sino de fenómenos recurrentes y previsibles que requieren acciones de prevención sistemáticas y coordinadas.2

II. De acuerdo con datos de la Secretaría de Salud, tan sólo durante la presente temporada de frío 2025-2026 (SE41–SE11), hasta la fecha se notificaron 15 casos y cuatro defunciones asociadas a la temporada invernal, lo que equivale a una letalidad de 26.66 por ciento.

La dependencia federal advirtió que la exposición prolongada al frío intenso puede ocasionar síntomas como entumecimiento, somnolencia, pérdida de la visión, falta de coordinación, aturdimiento, estado de semiconciencia y sensación de hormigueo.

Asimismo, durante enero de 2026, el frente frío número 27, en interacción con otros sistemas meteorológicos, provocó condiciones de frío a gélido en amplias zonas del país, así como lluvias intensas, fuertes rachas de viento y eventos invernales en entidades del norte, noreste, centro, oriente y sureste.

Estados como Nuevo León, Chihuahua, Coahuila, Durango, Veracruz, Puebla, Estado de México, Chiapas y Tabasco registraron afectaciones que incluyeron descensos extremos de temperatura, interrupciones en la movilidad, suspensión de clases, riesgos a la infraestructura y presión adicional sobre los servicios de salud.

En entidades federativas se reportó la suspensión de clases en diversos municipios como medida preventiva ante los riesgos derivados de las condiciones meteorológicas adversas, lo que evidencia el impacto directo de estos fenómenos en la vida cotidiana de la población.

III. Los frentes fríos representan un riesgo directo para la salud pública, al incrementar de manera significativa los casos de enfermedades respiratorias agudas, especialmente entre niñas, niños, personas adultas mayores y personas con padecimientos crónicos.

Adicionalmente, durante el reciente frente frío número 27, diversos medios de comunicación nacionales reportaron el fallecimiento de personas en situación de vulnerabilidad en entidades del norte del país,3 en un contexto de temperaturas extremadamente bajas. Si bien autoridades locales han señalado que las causas de dichos decesos fueron catalogadas como naturales, estos hechos ponen de relieve la alta exposición al riesgo de ciertos sectores de la población ante las bajas temperaturas y la necesidad de reforzar acciones preventivas y de información oportuna.

Asimismo, se han documentado casos de intoxicación por monóxido de carbono en entidades del norte del país, derivados del uso de calefactores improvisados y anafres en espacios cerrados, lo que añade un riesgo adicional durante la temporada invernal.4

IV. A pesar de la recurrencia y previsibilidad de los frentes fríos, persiste una brecha significativa de información clara, accesible y oportuna para la ciudadanía, lo que incrementa los riesgos, especialmente en comunidades rurales, zonas marginadas y entre personas en situación de calle.

La experiencia reciente demuestra que la información preventiva salva vidas. Jornadas informativas bien coordinadas permitirían que la población conozca:

• Qué son los frentes fríos y cómo afectan a cada región.

• Cuáles son los principales riesgos asociados.

• Qué medidas de autocuidado deben adoptarse.

• A qué autoridades o albergues acudir en caso de emergencia.

La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a través de la Coordinación Nacional de Protección Civil, cuenta con las atribuciones necesarias para liderar, en coordinación con sus homólogas estatales y municipales, una estrategia nacional de información preventiva que fortalezca la cultura de la prevención y reduzca riesgos evitables.

Los frentes fríos no sólo constituyen un fenómeno meteorológico, sino un factor de riesgo social, sanitario y económico. La pérdida de vidas humanas, aun cuando sea atribuida a causas naturales, obliga al Estado mexicano a anticiparse, informar y proteger a la población, particularmente a quienes se encuentran en situación de mayor de vulnerabilidad.

En este contexto, resulta impostergable reforzar las acciones de prevención mediante jornadas informativas nacionales, coordinadas y con enfoque territorial, que permitan mitigar impactos y fortalecer la capacidad de respuesta institucional. Por estas razones, someto a consideración de esta honorable Comisión Permanente del Congreso de la Unión la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, para que, por conducto de la Coordinación Nacional de Protección Civil, y en coordinación con las áreas de protección civil de las 32 entidades federativas, implemente y fortalezca jornadas informativas nacionales dirigidas a la población sobre los frentes fríos que afectan al país, incluyendo información clara y accesible sobre riesgos, medidas preventivas, uso seguro de calefactores, ubicación de albergues temporales y protocolos de atención a población en situación de vulnerabilidad, con el objetivo de reducir afectaciones a la salud y prevenir la pérdida de vidas humanas.

Notas

1 https://www.gob.mx/conagua/smn

2 https://www.gob.mx/cenapred

3 https://www.informador.mx/mexico/frente-frio-27-estas-son-las-victimas- mortales-que-ha-dejado-en-mexico- 20260113-0060.html

4 https://oem.com.mx/elheraldodechihuahua/policiaca/hallan-a-tres-persona s-inconscientes-por-intoxicacion-por- monoxido-de-carbono-en-colonia-cuarteles-27656752

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente, a 21 de enero de 2026.

Senador Clemente Castañeda Hoeflich (rúbrica)