Gaceta Parlamentaria, año XXIX, número 6956-III-2, miércoles 21 de enero de 2026
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Semar, a la SICT, a la FGR y a la ASF a esclarecer integralmente el accidente del tren interoceánico ocurrido en Oaxaca el 28 de diciembre de 2025, determinar responsabilidades y garantizar la seguridad de los usuarios, a cargo del diputado Ernesto Sánchez Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, diputado Ernesto Sánchez Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo establecido por los artículos 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta de manera urgente y enérgica a la Secretaría de Marina, a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, a la Fiscalía General de la República y a la Auditoría Superior de la Federación, a esclarecer integralmente el accidente del Tren Interoceánico ocurrido en Oaxaca el 28 de diciembre de 2025, determinar responsabilidades y garantizar la seguridad de los usuarios, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
En el marco de los proyectos estratégicos impulsados por el actual gobierno federal, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec fue anunciado como una obra emblemática destinada a transformar la dinámica económica y social del sur de México. Se presentó como un eje de modernidad, integración y progreso, con la promesa de conectar el Océano Pacífico con el Golfo de México y de convertir al Istmo en un polo logístico de alcance internacional. La narrativa oficial insistió en que este proyecto representaba una oportunidad histórica para reducir desigualdades regionales, generar empleos y atraer inversiones. Sin embargo, la tragedia ocurrida el 28 de diciembre de 2025 en Oaxaca ha puesto en evidencia las fragilidades de un modelo de gestión que privilegió la propaganda sobre la planeación y la seguridad.
El accidente se registró a las 09:28 horas en el tramo NizandaChivela de la Línea Z del Tren Interoceánico. El convoy estaba integrado por dos locomotoras y cuatro vagones de pasajeros, con aproximadamente 250 personas a bordo. El saldo fue devastador: trece personas fallecidas, noventa y ocho lesionadas, treinta y seis hospitalizadas y una persona aún no localizada. La Fiscalía General de la República inició investigaciones inmediatas y mantiene bajo resguardo la caja negra ferroviaria, mientras que la Secretaría de Marina, responsable de la operación del proyecto, confirmó los datos oficiales. De manera preliminar se señaló que la locomotora principal se salió de las vías, provocando el descarrilamiento.
Más allá de las cifras, el accidente representa una herida profunda para Oaxaca y para México. Detrás de cada número hay familias que hoy enfrentan pérdidas irreparables, comunidades que viven con miedo y desconfianza, y ciudadanos que confiaron en un transporte que debía garantizar seguridad. Madres que viajaban con sus hijos para visitar familiares en fin de año, trabajadores que se desplazaban confiando en un servicio público, comunidades que habían depositado esperanza en un proyecto que se les prometió como motor de desarrollo. La dimensión humana de la tragedia obliga a reconocer que no se trata únicamente de un fallo técnico, sino de un problema estructural que exhibe la vulnerabilidad de los pasajeros frente a la falta de protocolos de seguridad y la improvisación en la operación de un proyecto de gran escala.
El impacto político y social es innegable. El accidente desnuda la improvisación y la falta de responsabilidad en la operación de un proyecto que fue presentado como emblema del gobierno federal. La tragedia obliga a replantear la solidez de los estudios técnicos detrás de los megaproyectos, la supervisión de la seguridad de los pasajeros y los mecanismos de transparencia que deberían garantizar que la inversión pública no se traduzca en riesgos mortales. La confianza ciudadana en las instituciones se ve debilitada cuando proyectos estratégicos, financiados con recursos públicos y anunciados como motores de desarrollo, terminan convertidos en escenarios de dolor y pérdida.
Diversos especialistas en infraestructura y transporte habían advertido previamente sobre riesgos asociados al Tren Interoceánico. Se señaló la falta de mantenimiento en las vías férreas existentes, la carencia de estudios técnicos actualizados, la ausencia de protocolos de seguridad homologados con estándares internacionales y la militarización de la operación sin experiencia técnica ferroviaria. Estas críticas fueron desestimadas por el gobierno federal, que priorizó la narrativa política sobre la planeación técnica. El accidente confirma la pertinencia de dichas advertencias y obliga a reconocer que la responsabilidad institucional no puede limitarse a un error operativo, sino que involucra el diseño del proyecto, la operación bajo una institución sin experiencia ferroviaria, la ausencia de auditorías externas y la opacidad en la información sobre costos, mantenimiento y seguridad.
El accidente del Tren Interoceánico abre la discusión sobre la necesidad de fortalecer el marco regulatorio en materia de infraestructura crítica. Se requieren reformas que garanticen protocolos de seguridad homologados con estándares internacionales, auditorías externas obligatorias en proyectos estratégicos, transparencia en la operación y mantenimiento de infraestructura pública, y responsabilidad institucional clara en caso de accidentes. La tragedia en Oaxaca no es un hecho aislado, sino el reflejo de un modelo de gestión que privilegia los anuncios sobre la seguridad y la propaganda sobre la planeación.
El accidente del Tren Interoceánico en Oaxaca no puede entenderse únicamente como un hecho aislado dentro de la historia ferroviaria de México, sino como parte de una cadena de eventos que revelan las debilidades estructurales en la planeación, operación y supervisión de proyectos estratégicos. A lo largo de la historia nacional, los accidentes ferroviarios han sido recurrentes, y cada uno de ellos ha puesto de manifiesto la necesidad de contar con marcos regulatorios más sólidos y con instituciones capaces de garantizar la seguridad de los pasajeros. Sin embargo, las lecciones aprendidas en el pasado no siempre se han traducido en reformas efectivas, lo que ha permitido que se repitan tragedias como la ocurrida en diciembre de 2025.
En comparación con otros países, México enfrenta un rezago significativo en materia de seguridad ferroviaria. Mientras que en Europa y Asia se han implementado sistemas de control automatizado, auditorías externas periódicas y protocolos de mantenimiento homologados con estándares internacionales, en México persisten prácticas obsoletas, falta de inversión en infraestructura y ausencia de mecanismos de transparencia. El accidente del Tren Interoceánico exhibe esta brecha y obliga a reconocer que la modernización de los proyectos estratégicos no puede limitarse a la construcción de nuevas vías o a la adquisición de locomotoras, sino que debe incluir un rediseño integral de los sistemas de seguridad y supervisión.
El impacto económico del accidente es también considerable. El Corredor Interoceánico fue concebido como un motor de desarrollo regional, capaz de atraer inversiones y generar empleos. La tragedia ha debilitado la confianza de los inversionistas y ha generado incertidumbre en las comunidades locales, que ahora cuestionan la viabilidad del proyecto. Los recursos públicos invertidos en la obra se ven comprometidos por la falta de resultados tangibles y por el riesgo de que nuevos accidentes afecten la operación. Además, las pérdidas humanas y materiales tienen un costo social incalculable, pues afectan directamente a las familias y comunidades que habían depositado su esperanza en el proyecto.
La responsabilidad política y administrativa es ineludible. La operación del Tren Interoceánico quedó bajo la Secretaría de Marina, institución que carece de experiencia técnica en materia ferroviaria. La decisión de militarizar la gestión de proyectos estratégicos fue justificada bajo el argumento de garantizar seguridad y eficiencia, pero el accidente demuestra que la falta de especialización puede tener consecuencias graves. La Fiscalía General de la República investiga las causas del accidente, pero más allá de las responsabilidades técnicas, es necesario determinar las responsabilidades políticas de quienes tomaron decisiones sin considerar los riesgos asociados. La opacidad en la información sobre costos, mantenimiento y protocolos de seguridad refuerza la percepción de improvisación y negligencia.
El accidente también tiene un impacto social profundo. Las comunidades del Istmo de Tehuantepec habían recibido el proyecto como una promesa de desarrollo y modernidad. Hoy enfrentan miedo, desconfianza y dolor. La tragedia ha debilitado la relación entre el Estado y las comunidades, generando un clima de incertidumbre que puede afectar la gobernabilidad en la región. La confianza ciudadana en las instituciones se ve erosionada cuando los proyectos estratégicos, financiados con recursos públicos y anunciados como motores de desarrollo, terminan convertidos en escenarios de pérdida y sufrimiento.
La necesidad de reformas legislativas es evidente. El accidente del Tren Interoceánico obliga a replantear el marco regulatorio en materia de infraestructura crítica. Se requieren reformas que garanticen protocolos de seguridad homologados con estándares internacionales, auditorías externas obligatorias en proyectos estratégicos, transparencia en la operación y mantenimiento de infraestructura pública, y responsabilidad institucional clara en caso de accidentes. Además, es necesario establecer mecanismos de participación ciudadana que permitan a las comunidades involucradas supervisar la operación de los proyectos y exigir rendición de cuentas.
El análisis comparado con otros países ofrece lecciones valiosas. En Japón, por ejemplo, los sistemas ferroviarios cuentan con protocolos de seguridad altamente sofisticados, que incluyen sensores automatizados, auditorías externas y capacitación constante del personal. En Alemania, la transparencia en la operación de los proyectos estratégicos es un requisito legal, y las auditorías externas son obligatorias. En México, la ausencia de estos mecanismos ha permitido que se repitan tragedias como la ocurrida en Oaxaca. La modernización de los proyectos estratégicos debe incluir la adopción de estándares internacionales y la implementación de mecanismos de supervisión independientes.
La dimensión humana del accidente no puede ser ignorada. Detrás de cada cifra hay historias de dolor y pérdida. Madres que viajaban con sus hijos para visitar familiares en fin de año, trabajadores que confiaron en un transporte que debía garantizar seguridad, comunidades que habían depositado su esperanza en un proyecto que se les prometió como motor de desarrollo. La tragedia obliga a reconocer que la seguridad de los ciudadanos debe ser la prioridad en cualquier proyecto estratégico, y que la improvisación y la negligencia tienen consecuencias irreparables.
El mensaje político es claro: el desarrollo regional es necesario y urgente, pero debe construirse con rigor técnico, responsabilidad institucional y respeto absoluto a la vida de los ciudadanos. La tragedia en Oaxaca no puede reducirse a un accidente aislado, sino que debe ser entendida como el reflejo de un modelo de gestión que privilegia la propaganda sobre la planeación y los anuncios sobre la seguridad. El PAN reafirma su compromiso de ser voz crítica y responsable, exigiendo investigación independiente y transparente, determinación de responsabilidades técnicas, administrativas y políticas, protocolos de seguridad verificables con auditorías externas, y atención integral a las víctimas y sus familias.
El accidente del Tren Interoceánico en Oaxaca es un llamado de atención para todo el país. La modernización de los proyectos estratégicos no puede limitarse a la construcción de nuevas vías o a la adquisición de locomotoras, sino que debe incluir un rediseño integral de los sistemas de seguridad y supervisión. La confianza ciudadana en las instituciones depende de la capacidad del Estado para garantizar la seguridad de los ciudadanos y para responder con responsabilidad y transparencia en caso de accidentes. La tragedia obliga a replantear la forma en que se diseñan, operan y supervisan los proyectos estratégicos en México, y a reconocer que la seguridad de los ciudadanos debe ser la prioridad en cualquier proyecto de desarrollo. Referencias
El Universal. (2025, diciembre 28). Descarrilamiento del Tren Interoceánico deja 13 muertos y 98 heridos en Oaxaca. El Universal. https://www.eluniversal.com.mx
Milenio. (2025, diciembre 28). Tragedia en Oaxaca: Tren Interoceánico con 250 pasajeros se descarrila; 13 muertos. Milenio. https://www.milenio.com
Infobae México. (2025, diciembre 28). Accidente del Tren Interoceánico: una persona desaparecida y 13 fallecidos en Oaxaca. Infobae. https://www.infobae.com/mexico
La Jornada. (2025, diciembre 28). Descarrilamiento del Tren Interoceánico exhibe fallas en operación y supervisión. La Jornada. https://www.jornada.com.mx
Forbes México. (2025, diciembre 28). Impacto político y social del accidente del Tren Interoceánico en Oaxaca. Forbes México. https://www.forbes.com.mx
Quadratín Oaxaca. (2025, diciembre 28). Confirman descarrilamiento del Tren Interoceánico en el Istmo de Tehuantepec. Quadratín Oaxaca. https://oaxaca.quadratin.com.mx
Expansión Política. (2025, diciembre 28). Secretaría de Marina confirma accidente del Tren Interoceánico en Oaxaca. Expansión Política. https://politica.expansion.mx
TV Azteca Noticias. (2025, diciembre 28). Descarrilamiento del Tren Interoceánico: 13 muertos y 98 lesionados. TV Azteca. https://www.tvazteca.com
Las consideraciones que derivan del accidente del Tren Interoceánico en Oaxaca deben partir de un reconocimiento integral de la magnitud de la tragedia y de las responsabilidades institucionales que se desprenden de ella. No se trata únicamente de un hecho desafortunado, sino de un acontecimiento que exhibe las debilidades estructurales en la planeación, operación y supervisión de proyectos estratégicos en México. La Cámara de Diputados, en su carácter de órgano de representación nacional, tiene la obligación de analizar con rigor las implicaciones de este accidente y de establecer las bases para que hechos similares no vuelvan a repetirse.
El primer elemento a considerar es la dimensión humana de la tragedia. Trece personas fallecidas, noventa y ocho lesionadas y una persona aún no localizada no son cifras abstractas, sino vidas truncadas, familias en duelo y comunidades que enfrentan el dolor y la incertidumbre. Cada víctima representa una historia interrumpida, un proyecto de vida que se vio afectado por la falta de seguridad en un transporte que debía ser confiable. La Cámara no puede permanecer indiferente ante este sufrimiento, y debe reconocer que la protección de la vida y la integridad de los ciudadanos es un mandato constitucional que debe prevalecer sobre cualquier interés político o propagandístico.
El segundo elemento es la responsabilidad institucional. El Tren Interoceánico fue presentado como un proyecto estratégico bajo la operación de la Secretaría de Marina, institución que carece de experiencia técnica en materia ferroviaria. La decisión de militarizar la gestión de proyectos estratégicos fue justificada bajo el argumento de garantizar seguridad y eficiencia, pero el accidente demuestra que la falta de especialización puede tener consecuencias graves. La Cámara debe considerar que la asignación de responsabilidades en proyectos de infraestructura crítica no puede basarse en criterios políticos o propagandísticos, sino en la capacidad técnica y en la experiencia comprobada de las instituciones responsables.
El tercer elemento es la necesidad de transparencia. La opacidad en la información sobre costos, mantenimiento y protocolos de seguridad refuerza la percepción de improvisación y negligencia. La Cámara debe considerar que la transparencia no es un requisito accesorio, sino un principio fundamental para garantizar la rendición de cuentas y la confianza ciudadana en las instituciones. La falta de información clara y verificable sobre el proyecto impide que los ciudadanos puedan evaluar su viabilidad y seguridad, y genera un clima de desconfianza que afecta la gobernabilidad en la región.
El cuarto elemento es la pertinencia de las críticas previas al proyecto. Diversos especialistas en infraestructura y transporte habían advertido sobre riesgos asociados al Tren Interoceánico, incluyendo la falta de mantenimiento en las vías férreas existentes, la carencia de estudios técnicos actualizados, la ausencia de protocolos de seguridad homologados con estándares internacionales y la militarización de la operación sin experiencia técnica ferroviaria. Estas críticas fueron desestimadas por el gobierno federal, que priorizó la narrativa política sobre la planeación técnica. La Cámara debe considerar que la desestimación de las advertencias de los especialistas constituye una negligencia institucional que contribuyó al accidente.
El quinto elemento es el impacto económico y social. El Corredor Interoceánico fue concebido como un motor de desarrollo regional, capaz de atraer inversiones y generar empleos. La tragedia ha debilitado la confianza de los inversionistas y ha generado incertidumbre en las comunidades locales, que ahora cuestionan la viabilidad del proyecto. La Cámara debe considerar que el impacto económico del accidente no se limita a las pérdidas materiales, sino que incluye la pérdida de confianza en las instituciones y en la capacidad del Estado para garantizar la seguridad de los ciudadanos.
El sexto elemento es la necesidad de reformas legislativas. El accidente del Tren Interoceánico obliga a replantear el marco regulatorio en materia de infraestructura crítica. La Cámara debe considerar que se requieren reformas que garanticen protocolos de seguridad homologados con estándares internacionales, auditorías externas obligatorias en proyectos estratégicos, transparencia en la operación y mantenimiento de infraestructura pública, y responsabilidad institucional clara en caso de accidentes. Estas reformas no son opcionales, sino indispensables para garantizar la seguridad de los ciudadanos y la viabilidad de los proyectos estratégicos.
El séptimo elemento es el análisis comparado con otros países. En Japón, los sistemas ferroviarios cuentan con protocolos de seguridad altamente sofisticados, que incluyen sensores automatizados, auditorías externas y capacitación constante del personal. En Alemania, la transparencia en la operación de los proyectos estratégicos es un requisito legal, y las auditorías externas son obligatorias. En México, la ausencia de estos mecanismos ha permitido que se repitan tragedias como la ocurrida en Oaxaca. La Cámara debe considerar que la modernización de los proyectos estratégicos debe incluir la adopción de estándares internacionales y la implementación de mecanismos de supervisión independientes.
El octavo elemento es el mensaje político. La tragedia en Oaxaca no puede reducirse a un accidente aislado, sino que debe ser entendida como el reflejo de un modelo de gestión que privilegia la propaganda sobre la planeación y los anuncios sobre la seguridad. La Cámara debe considerar que el desarrollo regional es necesario y urgente, pero debe construirse con rigor técnico, responsabilidad institucional y respeto absoluto a la vida de los ciudadanos. El compromiso de la Cámara debe ser garantizar que los proyectos estratégicos se diseñen, operen y supervisen con criterios técnicos y con mecanismos de rendición de cuentas que aseguren la protección de los ciudadanos.
Las consideraciones finales deben partir de la premisa de que el accidente del Tren Interoceánico en Oaxaca no es un hecho aislado ni un evento fortuito, sino el resultado de una cadena de decisiones institucionales que privilegiaron la propaganda sobre la planeación y la improvisación sobre la técnica. La Cámara de Diputados tiene la obligación de reconocer que la tragedia exhibe un modelo de gestión que carece de rigor técnico y que pone en riesgo la vida de los ciudadanos. La protección de la vida y la integridad de las personas es un mandato constitucional que debe prevalecer sobre cualquier interés político, y la falta de cumplimiento de este mandato constituye una responsabilidad institucional que no puede ser ignorada.
La responsabilidad política es un aspecto central. El gobierno federal presentó el Tren Interoceánico como un proyecto estratégico, pero la operación fue asignada a la Secretaría de Marina, institución que carece de experiencia en materia ferroviaria. La decisión de militarizar la gestión de proyectos estratégicos fue justificada bajo el argumento de garantizar seguridad y eficiencia, pero el accidente demuestra que la falta de especialización puede tener consecuencias graves. La Cámara debe considerar que la asignación de responsabilidades en proyectos de infraestructura crítica no puede basarse en criterios políticos o propagandísticos, sino en la capacidad técnica y en la experiencia comprobada de las instituciones responsables. La responsabilidad política no se limita a quienes operan el proyecto, sino que incluye a quienes tomaron decisiones sin considerar los riesgos asociados.
La responsabilidad administrativa también debe ser determinada. La Fiscalía General de la República investiga las causas del accidente, pero más allá de las responsabilidades técnicas, es necesario establecer las responsabilidades administrativas de quienes omitieron protocolos de seguridad, desestimaron las advertencias de los especialistas y permitieron que el proyecto operara sin auditorías externas. La Cámara debe considerar que la falta de cumplimiento de las obligaciones administrativas constituye una negligencia institucional que contribuyó al accidente. La Ley General de Responsabilidades Administrativas establece que los servidores públicos deben actuar con diligencia, transparencia y responsabilidad, y la omisión de estas obligaciones debe ser sancionada conforme a la ley.
La necesidad de reformas legislativas es evidente. El accidente obliga a replantear el marco regulatorio en materia de infraestructura crítica. La Cámara debe considerar que se requieren reformas que garanticen protocolos de seguridad homologados con estándares internacionales, auditorías externas obligatorias en proyectos estratégicos, transparencia en la operación y mantenimiento de infraestructura pública, y responsabilidad institucional clara en caso de accidentes. Estas reformas deben incluir la creación de un organismo independiente encargado de supervisar la seguridad de los proyectos estratégicos, con facultades para realizar auditorías externas y para exigir la rendición de cuentas de las instituciones responsables.
La participación ciudadana es otro aspecto fundamental. Las comunidades del Istmo de Tehuantepec habían recibido el proyecto como una promesa de desarrollo y modernidad, pero hoy enfrentan miedo, desconfianza y dolor. La Cámara debe considerar que la participación ciudadana en la supervisión de los proyectos estratégicos es indispensable para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas. La creación de mecanismos de participación ciudadana permitiría a las comunidades involucradas supervisar la operación de los proyectos y exigir que se cumplan los protocolos de seguridad.
El análisis comparado con otros países ofrece lecciones valiosas. En Japón, los sistemas ferroviarios cuentan con protocolos de seguridad altamente sofisticados, que incluyen sensores automatizados, auditorías externas y capacitación constante del personal. En Alemania, la transparencia en la operación de los proyectos estratégicos es un requisito legal, y las auditorías externas son obligatorias. En México, la ausencia de estos mecanismos ha permitido que se repitan tragedias como la ocurrida en Oaxaca. La Cámara debe considerar que la modernización de los proyectos estratégicos debe incluir la adopción de estándares internacionales y la implementación de mecanismos de supervisión independientes.
La dimensión humana del accidente no puede ser ignorada. Detrás de cada cifra hay historias de dolor y pérdida. Madres que viajaban con sus hijos para visitar familiares en fin de año, trabajadores que confiaron en un transporte que debía garantizar seguridad, comunidades que habían depositado su esperanza en un proyecto que se les prometió como motor de desarrollo. La tragedia obliga a reconocer que la seguridad de los ciudadanos debe ser la prioridad en cualquier proyecto estratégico, y que la improvisación y la negligencia tienen consecuencias irreparables.
El mensaje político es claro: el desarrollo regional es necesario y urgente, pero debe construirse con rigor técnico, responsabilidad institucional y respeto absoluto a la vida de los ciudadanos. La tragedia en Oaxaca no puede reducirse a un accidente aislado, sino que debe ser entendida como el reflejo de un modelo de gestión que privilegia la propaganda sobre la planeación y los anuncios sobre la seguridad. La Cámara debe considerar que su compromiso es garantizar que los proyectos estratégicos se diseñen, operen y supervisen con criterios técnicos y con mecanismos de rendición de cuentas que aseguren la protección de los ciudadanos.
En conclusión, las consideraciones derivadas del accidente del Tren Interoceánico en Oaxaca obligan a la Cámara de Diputados a reconocer la magnitud de la tragedia, a determinar las responsabilidades políticas y administrativas, a impulsar reformas legislativas que garanticen la seguridad de los ciudadanos y a establecer mecanismos de participación ciudadana que permitan la supervisión de los proyectos estratégicos. La protección de la vida y la integridad de los ciudadanos debe ser la prioridad en cualquier proyecto de desarrollo, y la falta de cumplimiento de este mandato constituye una responsabilidad institucional que no puede ser ignorada.
Puntos de Acuerdo
Primero . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera urgente y enérgica a la Secretaría de Marina para que suspenda de forma preventiva la operación del tramo ferroviario del Tren Interoceánico donde ocurrió el accidente del 28 de diciembre de 2025, hasta en tanto se acredite, mediante auditorías técnicas externas, independientes y verificables, que las condiciones de seguridad ferroviaria cumplen con los estándares tanto nacionales como internacionales, y remita a esta soberanía un informe técnico detallado en un plazo no mayor a treinta días naturales.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes para que, en el ámbito de sus atribuciones, informe por escrito a esta soberanía, en un plazo máximo de treinta días naturales, sobre:a) el estado técnico y de mantenimiento de la infraestructura ferroviaria en el tramo NizandaChivela;b) la existencia y vigencia de dictámenes técnicos, certificaciones y evaluaciones de riesgo conforme a lo dispuesto por la normatividad de la materia;
c) los protocolos de seguridad ferroviaria aplicables y su grado de cumplimiento; y
d) las acciones de supervisión y verificación realizadas con anterioridad al accidente.
Tercero . La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Fiscalía General de la República para que agilice la investigación del accidente del Tren Interoceánico ocurrido en Oaxaca el 28 de diciembre de 2025, que ésta se realice con plena autonomía, exhaustividad y transparencia, y contemple el deslinde de responsabilidades sin limitarse a errores operativos individuales, informando oportunamente a esta soberanía sobre los avances y resultados de la investigación.
Cuarto. La Cámara de Diputados exhorta a la Auditoría Superior de la Federación para que, en el marco de sus atribuciones constitucionales y legales, realice una auditoría integral y específica sobre la planeación, contratación, operación, mantenimiento y ejercicio de recursos públicos del Tren Interoceánico, con énfasis en los aspectos de seguridad ferroviaria, mantenimiento de infraestructura y capacitación del personal, y determine, en su caso, las responsabilidades por acción u omisión.
Quinto. La Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal para que garantice atención integral, reparación del daño y acompañamiento permanente a las víctimas del accidente y a sus familiares, incluyendo atención médica, psicológica, apoyo social, indemnización conforme a la ley y medidas de garantía de no repetición.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de enero de 2026.
Diputado Ernesto Sánchez Rodríguez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Segob, al Conadis, a las autoridades de las entidades federativas y de la CDMX a fortalecer las medidas de accesibilidad y eliminación de barreras físicas, comunicativas, digitales y actitudinales en los espacios y procesos de participación pública, a fin de garantizar la participación plena y efectiva de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones, suscrita por la diputada Elizabeth Martínez Álvarez y la senadora Gina Gerardina Campuzano González, del Grupo Parlamentario del PAN
Las que suscriben, diputada Elizabeth Martínez Álvarez y senadora Gina Gerardina Campuzano González, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes:
Considerandos
En México, las personas con discapacidad enfrentan barreras estructurales persistentes y generalizadas que limitan de manera directa el ejercicio pleno de sus derechos políticos y de participación pública, derivadas de la insuficiente accesibilidad en espacios gubernamentales, procesos institucionales, servicios públicos y plataformas digitales. Estas barreras no sólo restringen el acceso efectivo a la información y a los mecanismos de participación ciudadana, sino que excluyen sistemáticamente a este sector poblacional de los espacios de deliberación y toma de decisiones públicas.
De conformidad con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en el país más de 20 millones de personas viven con algún tipo de discapacidad , lo que representa aproximadamente una de cada seis personas . Esta magnitud poblacional confirma que la falta de accesibilidad en los espacios y procesos de participación pública no es un problema marginal ni excepcional , sino una problemática de alcance nacional que impacta de forma directa el ejercicio de derechos humanos de una proporción significativa de la población.1
Diversos diagnósticos oficiales, evaluaciones institucionales y pronunciamientos de organismos públicos han evidenciado que una parte relevante de los edificios públicos, instalaciones gubernamentales, módulos de atención ciudadana, mecanismos de participación y portales institucionales no cumplen con criterios mínimos de accesibilidad universal, lo que impide en los hechos que las personas con discapacidad participen en consultas públicas, accedan a información oficial, den seguimiento a procesos de deliberación o ejerzan su derecho de petición en condiciones de igualdad.2
La ausencia de accesibilidad en los espacios y procesos de participación pública no constituye una omisión aislada ni meramente administrativa, sino una forma de exclusión estructural y sistemática, que perpetúa la desigualdad, debilita la inclusión social y afecta directamente la calidad democrática, la legitimidad institucional y la representación efectiva de amplios sectores de la población.
El artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación de todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, así como de prevenir, atender y erradicar toda forma de discriminación, incluida aquella motivada por discapacidad.
Asimismo, el artículo 4 constitucional reconoce el principio de igualdad sustantiva y el deber del Estado de generar las condiciones necesarias para que todas las personas puedan ejercer plenamente sus derechos, lo que implica remover los obstáculos estructurales, normativos y operativos que limitan la participación efectiva de grupos históricamente excluidos, como las personas con discapacidad.
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por el Estado mexicano y con jerarquía constitucional, establece en sus artículos 9 y 29 el derecho a la accesibilidad universal y a la participación plena y efectiva en la vida política y pública, obligando a los Estados a adoptar medidas apropiadas para garantizar el acceso al entorno físico, la información, las comunicaciones, las tecnologías y los procesos de toma de decisiones en condiciones de igualdad.
La Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad define la accesibilidad como la eliminación de barreras físicas, comunicativas, tecnológicas, digitales y actitudinales, y mandata a las autoridades federales, estatales y municipales a realizar ajustes razonables y adoptar medidas progresivas que aseguren la igualdad sustantiva y el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad, sin que su cumplimiento quede sujeto a criterios discrecionales.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido criterios obligatorios en los que reconoce que las personas con discapacidad deben ser consultadas de manera previa, libre, informada, accesible y culturalmente adecuada cuando se adopten medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectar sus derechos, estableciendo que la accesibilidad constituye una condición indispensable de validez constitucional de dichos procesos.3
La Secretaría de Gobernación y el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Conadis), como instancias rectoras de la política nacional en materia de derechos humanos e inclusión, tienen la responsabilidad de coordinar, impulsar y supervisar acciones interinstitucionales que garanticen la accesibilidad y la participación plena de las personas con discapacidad en los asuntos públicos, en los tres órdenes de gobierno.
Garantizar la accesibilidad universal en los espacios y procesos de participación pública no constituye una concesión, sino una obligación constitucional y convencional cuyo cumplimiento fortalece la legitimidad democrática, la transparencia, la rendición de cuentas y la participación ciudadana, además de prevenir responsabilidades jurídicas derivadas de omisiones en materia de derechos humanos.
La accesibilidad beneficia no sólo a las personas con discapacidad, sino también a personas adultas mayores, niñas, niños, mujeres embarazadas, personas con discapacidad temporal y, en general, a toda la ciudadanía, al propiciar instituciones más abiertas, funcionales, eficientes e incluyentes.
Por lo anteriormente expuesto, resulta necesario exhortar a la Secretaría de Gobernación, al Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, así como a las autoridades de las entidades federativas y de la Ciudad de México, a adoptar medidas institucionales claras, exigibles, progresivas y con seguimiento público, que garanticen de manera efectiva la eliminación de barreras y la participación plena y efectiva de las personas con discapacidad en los espacios y procesos de participación pública, se somete a consideración de esta soberanía el siguiente:
Punto de Acuerdo
Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Gobernación, al Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Conadis), así como a las autoridades de las entidades federativas y de la Ciudad de México, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, realicen y actualicen diagnósticos integrales de accesibilidad en los espacios, instalaciones, procesos y servicios públicos vinculados con la participación ciudadana, que abarque infraestructura física, comunicación, tecnologías de la información y procedimientos institucionales, garantizando la participación directa y efectiva de personas con discapacidad y de organizaciones representativas, a fin de identificar barreras estructurales y orientar la adopción de medidas correctivas.
Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Gobernación, al Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Conadis), así como a las autoridades de las entidades federativas y de la Ciudad de México, para que establezcan y fortalezcan mecanismos obligatorios, permanentes y accesibles de consulta, con personas con discapacidad y organizaciones representativas, en la elaboración, implementación y evaluación de políticas, programas y acciones públicas que puedan afectar el ejercicio de sus derechos, asegurando que dichos procesos se realicen de manera previa, libre, informada y accesible, con énfasis en:
a) La identificación y eliminación de barreras arquitectónicas y de infraestructura;
b) Accesibilidad comunicativa y digital, incluyendo portales institucionales, transmisiones oficiales y documentos públicos;
c) Los mecanismos de participación ciudadana y atención pública; y
d) Los servicios de orientación y atención dirigidos a la población.
Tercero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Gobernación, al Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Conadis), así como a las autoridades de las entidades federativas y de la Ciudad de México, para que adopten e implementen medidas institucionales progresivas y verificables que garanticen:
a) Señalización accesible, comprensible y adecuada en instalaciones públicas;
b) Disponibilidad de intérpretes de Lengua de Señas Mexicana, subtitulaje y apoyos de comunicación accesible en actos públicos, consultas y mecanismos de participación;
c) Emisión y difusión de información oficial en formatos accesibles, incluidos formatos digitales accesibles y de lectura fácil; y
d) Capacitación continua y obligatoria en derechos humanos, inclusión y accesibilidad para el personal público, con el objetivo de eliminar barreras actitudinales y fortalecer una cultura institucional incluyente.
Cuarto. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Gobernación y al Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Conadis) a que, en el ámbito de sus atribuciones de coordinación interinstitucional, elaboren y den a conocer planes de acción en materia de accesibilidad, que incluyan metas claras, indicadores medibles y mecanismos de seguimiento público, orientados a evaluar el cumplimiento progresivo de las medidas señaladas en el presente punto de acuerdo y a fortalecer la rendición de cuentas en la materia.
Notas:
1 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2021). Censo de Población y Vivienda 2020: Personas con discapacidad y limitación. INEGI. https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/
2 Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad. (2020). Diagnóstico sobre la accesibilidad en espacios públicos y servicios gubernamentales en México. Secretaría de Gobernación. https://www.gob.mx/conadis
3 I Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2021). Derecho a la consulta de las personas con discapacidad. Requisitos para su validez constitucional (Acción de inconstitucionalidad 33/2015 y acumuladas). SCJN. https://www.scjn.gob.mx
Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a los 21 días del mes de enero del año 2026.
Diputada Elizabeth Martínez Álvarez (rúbrica), senadora Gina Gerardina Campuzano González (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a fortalecer las acciones de prevención, protección, atención integral y salvaguarda de los derechos de niñas, niños y adolescentes frente a los riesgos derivados del uso de plataformas digitales y videojuegos en línea, suscrita por la diputada Elizabeth Martínez Álvarez y la senadora Gina Gerardina Campuzano González, del Grupo Parlamentario del PAN
Las que suscriben, diputada Elizabeth Martínez Álvarez y senadora Gina Gerardina Campuzano González, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes:
Considerandos
En México, el uso de plataformas digitales y videojuegos en línea se ha generalizado entre niñas, niños y adolescentes, quienes constituyen uno de los grupos de mayor exposición a riesgos digitales por tiempo de uso, falta de supervisión y mecanismos de control insuficientes en entornos digitales (UNICEF México; Inegi).1
De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares 2022 (ENDUTIH), el 88 por ciento de las personas de 6 a 17 años usa internet, y una proporción significativa de este uso corresponde a redes sociales, videojuegos en línea y aplicaciones digitales interactivas, lo que ubica a este grupo en una alta exposición a contenidos nocivos y a la interacción con usuarios adultos desconocidos. (Inegi, 2022).2
Los riesgos asociados incluyen contacto con depredadores en línea, mecanismos de engaño y grooming, exposición a contenidos violentos o sexuales, ciberacoso, sexting no consentido y potenciales redes de explotación digital. Estas vulneraciones impactan la salud mental, emocional y física de la niñez y adolescencia, así como su bienestar educativo y social.3
Organismos como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México han documentado la proliferación de casos en los que adolescentes han sido contactados con fines delictivos a través de plataformas como Roblox, TikTok, Discord y entornos de juego interactivo, lo que ha generado alarma social y demanda de respuestas institucionales efectivas.4
Las omisiones en la atención, prevención y protección frente a estos riesgos digitales, así como la ausencia de protocolos estandarizados de actuación, constituyen una forma de vulneración a los derechos humanos de la niñez y adolescencia, en contravención con el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , que reconoce el principio del interés superior de la niñez y la obligación del Estado de garantizar su desarrollo integral.
El Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna) y las autoridades competentes tienen la responsabilidad de articular políticas públicas que incorporen la educación digital, la prevención de riesgos en entornos tecnológicos y la protección de derechos, con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género, conforme a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y demás ordenamientos aplicables.
La atención integral a estos riesgos requiere acciones coordinadas en ámbitos de seguridad, educación, salud, cultura digital y participación ciudadana, integrando a la familia, escuelas y comunidades, para garantizar entornos digitales seguros y una formación crítica que permita a niñas, niños y adolescentes reconocer y afrontar riesgos digitales de manera informada y protegida .
Por lo anteriormente expuesto, resulta necesario exhortar a las autoridades competentes para que fortalezcan los mecanismos de prevención, tutela y atención integral de los riesgos asociados con el uso de plataformas digitales y videojuegos en línea, con el objetivo de salvaguardar plenamente los derechos de la niñez y adolescencia, se somete a consideración de esta asamblea el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a la Secretaría de Educación Pública, a la Secretaría de Cultura, a la Secretaría de Salud, al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), al Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna) y a las autoridades de las entidades federativas, a fin de que, en el ámbito de sus respectivas competencias y en coordinación interinstitucional:
a) Establezcan y actualicen protocolos nacionales y locales de actuación para la prevención, detección y atención de riesgos digitales, grooming, ciberacoso y explotación basada en entornos digitales, con enfoque de derechos humanos y perspectiva de niñez.
b) Implementen campañas nacionales de educación digital dirigidas a estudiantes, madres, padres, personas tutoras y docentes, con contenidos sobre uso seguro de internet, reconocimiento de riesgos, herramientas de control parental y estrategias de autoprotección digital.
c) Fortalezcan los servicios de atención psicológica, acompañamiento emocional y mecanismos de denuncia accesibles, en coordinación con el sistema de salud y los sistemas DIF estatales, para niñas, niños y adolescentes afectados por violencia digital.
d) Fomenten la capacitación continua de personal educativo, de seguridad pública, salud y protección infantil en materia de riesgos digitales, herramientas de detección temprana, protocolos de actuación y canales de atención oportuna.
e) Promuevan la incorporación de contenidos de educación para la seguridad digital en los planes y programas educativos oficiales, con el objetivo de desarrollar competencias críticas y habilidades para una participación segura en entornos digitales.
Notas:
1 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2023). Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la
Información en los Hogares 2022 (ENDUTIH). INEGI.https://www.inegi.org.mx/programas/dutih/2022/
2 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2022). Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la
Información en los Hogares 2022 (ENDUTIH). INEGI.https://www.inegi.org.mx/programas/dutih/2022/
3 Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia. (2021). Estado mundial de la infancia 2021: En mi mente. Promover,
proteger y cuidar la salud mental de la niñez. UNICEF. https://www.unicef.org/es/informes/estado-mundial-de-la-infancia-2021
4 Comisión Nacional de los Derechos Humanos [CNDH], 2022; Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México, 2023, 2024.
Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a los 21 días del mes de enero del año 2026.
Diputada Elizabeth Martínez Álvarez (rúbrica), senadora Gina Gerardina Campuzano González (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a fortalecer las acciones, protocolos y políticas públicas para prevenir y atender de manera integral el trabajo infantil y la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes, suscrita por la diputada Elizabeth Martínez Álvarez y las senadoras Gina Gerardina Campuzano González y María Guadalupe Murguía Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del PAN
Las que suscriben, diputada Elizabeth Martínez Álvarez, senadora Gina Gerardina Campuzano González y la senadora María Guadalupe Murguía Gutiérrez, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes:
Considerandos
En México, el trabajo infantil constituye una de las formas más graves de vulneración a los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, al afectar de manera directa su desarrollo integral, su derecho a la educación, su salud física y mental, así como su proyecto de vida. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Trabajo Infantil 2022 (ENTI) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), 3.7 millones de niñas, niños y adolescentes de entre 5 y 17 años se encontraban en situación de trabajo infantil, lo que representa 13.1 por ciento de la población en ese rango de edad. De este total, más de 1.2 millones realizaban trabajos peligrosos, expresamente prohibidos por la legislación nacional e internacional.1
Entre 2019 y 2022, el número de niñas, niños y adolescentes en situación de trabajo infantil se incrementó en más de 400 mil, lo que evidencia que las medidas de prevención, inspección y protección implementadas hasta ahora han sido insuficientes para revertir esta tendencia. Factores estructurales como la pobreza, la desigualdad, la informalidad laboral, la deserción escolar, la desintegración familiar y la demanda de mano de obra barata continúan alimentando este fenómeno, particularmente en entidades con altos niveles de marginación.2
Esta realidad contraviene lo dispuesto en el artículo 47, fracciones V y VI, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que obliga a las autoridades a prevenir, atender y sancionar el trabajo infantil antes de la edad mínima legal, así como el trabajo adolescente que ponga en riesgo la salud, la educación o el desarrollo físico y mental, incluidas las peores formas de trabajo infantil, el trabajo forzoso y la esclavitud.
De manera paralela, la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes, incluida la prostitución infantil, constituye una de las expresiones más extremas de violencia y una grave violación a los derechos humanos de la infancia. Diversos informes nacionales e internacionales han advertido que México se ubica entre los países con mayor incidencia de explotación sexual infantil, problemática que se ha visto agravada por la insuficiencia de programas de prevención, la debilidad institucional y la limitada coordinación intergubernamental.
Datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) indican que tan solo en julio de 2025 se registraron 3,435 víctimas de delitos entre 0 y 17 años, cifra que representa el nivel más alto observado desde 2015. Asimismo, se ha documentado una concentración significativa de casos de trata y explotación de niñas, niños y adolescentes en entidades como Sonora, Guanajuato y Chiapas.3
Los reportes a la Línea y Chat Nacional contra la Trata de Personas evidencian que las redes delictivas dedicadas a la explotación de niñas, niños y adolescentes han diversificado sus mecanismos de captación , utilizando entornos digitales, redes sociales y videojuegos. Entre 2021 y 2022 se registraron 3,338 reportes , de los cuales más del 50 por ciento correspondieron a víctimas menores de edad , predominando la explotación sexual y la prostitución ajena.4
Conforme al artículo 47, fracción III, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, las autoridades federales, estatales y municipales están obligadas a prevenir, atender y sancionar la trata de personas menores de dieciocho años, el abuso sexual infantil y cualquier forma de explotación sexual. No obstante, la ausencia de protocolos homologados, recursos suficientes y mecanismos efectivos de coordinación interinstitucional limita la capacidad del Estado para cumplir de manera plena con estas obligaciones.
La magnitud y complejidad de estas problemáticas exigen una respuesta integral, articulada y sostenida, que involucre a las autoridades laborales, económicas, turísticas, de protección social y de derechos de la infancia, con el propósito de prevenir, detectar, sancionar y erradicar el trabajo infantil y la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes.
La protección de la niñez y la adolescencia no constituye una concesión, sino una obligación constitucional, legal y ética del Estado mexicano, indispensable para garantizar un desarrollo pleno, digno y libre de violencia para las futuras generaciones.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta asamblea el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a la Secretaría de Turismo, a la Secretaría de Economía, a las Comisiones Interinstitucionales para la Erradicación del Trabajo Infantil (CITI), al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) y al Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna), para que, en el ámbito de sus respectivas competencias y en coordinación con las entidades federativas:
a) Fortalezcan y homologuen protocolos de actuación interinstitucional para la detección, atención, canalización y restitución integral de derechos de niñas, niños y adolescentes en situación de trabajo infantil y explotación sexual.
b) Implementen y refuercen políticas públicas integrales de prevención, con énfasis en sectores de alto riesgo como el turismo, la economía informal y los entornos digitales, incorporando acciones de inspección, vigilancia, sensibilización y corresponsabilidad social.
c) Refuercen los mecanismos de inspección, supervisión y sanción, así como los esquemas de protección, atención psicológica, educativa y de reintegración social de las víctimas, con enfoque de derechos humanos y perspectiva de niñez.
d) Fortalezcan la coordinación interinstitucional entre autoridades laborales, económicas, turísticas, educativas, de seguridad y de protección a la infancia, a fin de consolidar un marco normativo y operativo articulado, que permita atender y prevenir de manera integral el trabajo infantil y la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes.
Notas:
1 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2023). Encuesta Nacional de Trabajo Infantil 2022 (ENTI): Principales resultados. INEGI. https://www.inegi.org.mx/programas/enti/2022/
2 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2023). Encuesta Nacional de Trabajo Infantil 2022 (ENTI): Resultados comparativos 20192022. INEGI. https://www.inegi.org.mx/programas/enti/2022/
3 Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. (2025). Información sobre víctimas de delitos del fuero común (corte julio 2025). SESNSP. https://www.gob.mx/sesnsp
4 Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México. (2023). Informe anual de la Línea y Chat Nacional contra la Trata de Personas 20212022. Consejo Ciudadano. https://consejociudadanomx.org
Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a los 21 días del mes de enero del año 2026.
Diputada Elizabeth Martínez Álvarez (rúbrica), senadora Gina Gerardina Campuzano González (rúbrica), senadora María Guadalupe Murguía Gutiérrez.
Con punto de acuerdo, para exhortar Ssa del estado de Jalisco a realizar actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control, particularmente mediante campañas de vacunación, para prevenir y atender los casos de sarampión, a cargo de la diputada Paulina Rubio Fernández, del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, Paulina Rubio Fernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta asamblea, el presente punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
El sarampión es una enfermedad vírica muy contagiosa que afecta sobre todo a los niños y se transmite por gotículas procedentes de la nariz, boca y faringe de las personas infectadas. Los síntomas iniciales, que suelen aparecer entre 8 y 12 días después de la infección, consisten en fiebre alta, rinorrea, inyección conjuntival y pequeñas manchas blancas en la cara interna de la mejilla. Varios días después aparece un exantema que comienza en la cara y cuello, y se va extendiendo gradualmente al resto del cuerpo.1
Como señala el diario El País El sarampión, una enfermedad que muchos creían erradicada en México, ha regresado con fuerza. Desde principios de 2024 hasta junio de 2025, el país ha confirmado casi 2.500 casos y nueve muertes asociadas al virus. La mayoría de los contagios se concentran en Chihuahua, pero también se han detectado brotes en Zacatecas, Sonora, Coahuila, Durango, Tamaulipas y en otras entidades en menor medida.2
México encabeza la mortalidad por sarampión en América y es el segundo país con más contagios en 2025, de acuerdo con un nuevo informe divulgado el 29 de septiembre pasado por la Organización Panamericana de la Salud (OPS).3
Hasta el 9 de septiembre de 2025, la OPS contabilizó 4.553 casos y 19 defunciones en México, solo detrás de Canadá en número de casos (4.849) y por delante de Estados Unidos (1.454). No obstante, cifras oficiales del gobierno de México apuntan que hasta este viernes se tienen contabilizadas 21 muertes por sarampión y más de 4.630 casos confirmados a lo largo de 23 estados. En total, la región suma 11.313 casos y 23 muertes en 10 países miembros, según el reporte de la OPS.
En Jalisco para noviembre pasado, había 137 casos confirmados de sarampión y 744 probables, convirtiéndose en el segundo con más casos confirmados en el país. Aunque uno de los contagios fue detectado en Tepatitlán, se identificó que el origen también provino de Arandas.4
El secretario de Salud jalisciense, Héctor Raúl Pérez Gómez, informó que se implementó un cerco epidemiológico en la zona y que hasta el momento se han aplicado seis mil vacunas en Arandas. En el caso del menor diagnosticado en Zapopan, aclaró que no se detectaron contagios posteriores en su círculo familiar.
Es importante tomar las medidas necesarias para evitar que se propague el contagio a otros municipios y se atienda debidamente en el municipio de Arandas.
Las medidas aplicadas en Jalisco han seguido los lineamientos del Plan Nacional de Respuesta Rápida para el Control de Brotes de Sarampión, que contempla la identificación de casos, la búsqueda activa en comunidades circundantes, la confirmación laboratorial mediante pruebas serológicas y de PCR, y la implementación de cercos vacunales en las zonas de riesgo. El objetivo es interrumpir de forma temprana cualquier cadena de transmisión antes de que el virus alcance un mayor número de contactos.5
El 30 de octubre pasado, la Preparatoria UNIVA anunció que sus clases se suspenderán a lo largo de las próximas dos semanas, debido a la confirmación de un caso de sarampión. Mediante una publicación en redes sociales, expusieron a padres de familia, personal docente y administrativo de la decisión.6
Además, las fiestas de diciembre provocaron que los casos de sarampión en Jalisco aumentaran considerablemente, llegando a mil 20 contagios acumulados desde que se detectó el brote en agosto de 2025.
La Secretaría de Salud del Estado informó que durante los últimos cinco meses de 2025 se reportaron aproximadamente 600 casos, mientras que en las dos primeras semanas de enero de 2026 se han registrado más de 300 casos, de los cuales 280 siguen activos. El 95 por ciento afecta a personas de cero a 19 años con esquemas de vacunación incompletos; además, señaló que el 80 por ciento de los casos activos se registran en la Zona Metropolitana de Guadalajara.7
Al momento, con 357 casos en lo que va del año, Jalisco se ubica en el primer lugar nacional en contagios de sarampión. De acuerdo con el informe diario del gobierno federal, la entidad reporta hasta el 18 de enero, el mayor crecimiento de la enfermedad en el país.8
Afortunadamente, el sarampión es una enfermedad prevenible mediante vacunación.
La vacunación es una forma sencilla, inocua y eficaz de protegernos contra enfermedades dañinas, como el sarampión, antes de entrar en contacto con ellas. Las vacunas activan las defensas naturales del organismo para que aprendan a resistir a infecciones específicas, y fortalecen el sistema inmunitario.9
El artículo 134 de la Ley General de Salud, establece que Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, realizarán actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control de diversas enfermedades transmisibles, entre las que se encuentra el sarampión.
El artículo 144 de la misma ley, señala que la vacunación contra enfermedades transmisibles, prevenibles por ese medio de inmunización, que estime necesaria la Secretaría de Salud, será obligatoria en los términos que fije dicha dependencia y de acuerdo con lo previsto en la ley.
Se trata de una enfermedad grave, que requiere toda la atención de nuestro sistema de salud, para atender los casos que se han detectado y para implementar estrategias preventivas, como son las campañas de vacunación, sin dilación alguna y con absoluta coordinación por parte de las autoridades responsables.
Por lo anterior, se pone a consideración de la Comisión Permanente la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud del estado de Jalisco a implementar y, en su caso, fortalecer estrategias de vigilancia epidemiológica, prevención y control del sarampión, incluyendo campañas intensivas de vacunación y a continuar garantizando un cerco epidemiológico en el municipio de Arandas, con el objetivo de detener la transmisión y propagación de esta enfermedad en la entidad.
Notas:
1 Véase: https://www.paho.org/es/temas/sarampion Consultado el 28 de septiembre de 2025.
2 Véase: https://elpais.com/mexico/2025-06-25/brote-de-sarampion-en-mexico-casos -sintomas-y-quienes-deben-vacunarse-clone.html Consultado el 28 de septiembre de 2025.
3 Véase: https://www.dw.com/es/méxico-lidera-muertes-por-sarampión-en-américa/a- 74072055 Consultado el 28 de septiembre de 2025.
4 Véase: https://www.notisistema.com/noticias/registra-arandas-brote-de-sarampio n/#:~:text=La%20Secretaría%20de%20Salud%20Jalisco,origen%20también%20pr ovino%20de%20Arandas. Consultado el 28 de septiembre de 2025.
5 Véase: https://consultorsalud.com.mx/jalisco-cerco-epidemiologico-sarampion-20 25/ Consultado el 28 de septiembre de 2025.
6 Véase: https://oem.com.mx/eloccidental/local/en-prepa-univa-suspenden-clases-p or-caso-confirmado-de-sarampion-26559472 Consultado el 31 de octubre de 2025. Consultado el 20 de enero de 2026.
7 Véase: https://www.informador.mx/jalisco/sarampion-en-jalisco-por-esta-cifra-l a-entidad-ocupa-el-segundo-lugar-de-contagios-en-mexico-20260120-0069.h tml
8 Véase: https://www.notisistema.com/noticias/jalisco-encabeza-la-lista-nacional -de-casos-de-sarampion/ Consultado el 31 de octubre de 2025. Consultado el 20 de enero de 2026.
9 Véase: https://www.who.int/es/news-room/questions-and-answers/item/vaccines-an d-immunization-what-is-vaccination Consultado el 28 de septiembre de 2025.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de enero de 2026.
Diputada Paulina Rubio Fernández (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la titular del Banco de México a rendir un informe integral y detallado ante esta soberanía de la estrategia de política monetaria ante el repunte de la inflación subyacente y la pérdida de credibilidad en sus pronósticos de convergencia, a cargo del diputado Héctor Saúl Téllez Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, Héctor Saúl Téllez Hernández, diputado federal a la LXVI Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta Comisión Permanente la Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular del Banco de México a rendir un informe integral y detallado ante esta soberanía y a reevaluar la estrategia de política monetaria, ante el repunte de la inflación subyacente y la pérdida de credibilidad en sus pronósticos de convergencia, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
La estabilidad de precios es una condición necesaria para el crecimiento económico sostenido y el bienestar social. De acuerdo con el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Banco de México (Banxico) tiene como objetivo prioritario procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional.
Sin embargo, el cierre del ejercicio 2025 ha encendido alarmas en los mercados internacionales y agencias de análisis. Recientemente, la calificadora Moodys Analytics (empresa de servicios financieros y de información, filial de Moodys Corporation empresa matriz)1 calificó la estrategia del banco central como no creíble, señalando una desconexión preocupante entre las decisiones de la Junta de Gobierno y la realidad inflacionaria del país.
De acuerdo al análisis de los indicadores macroeconómicos recientes revela los siguientes puntos críticos:
1. Repunte de la Inflación Subyacente: A pesar de los esfuerzos previos, la inflación subyacente que elimina los precios más volátiles y refleja la tendencia de mediano plazo mostró una trayectoria ascendente alarmante, pasando de 3.7 por ciento al cierre de 2024 a 4.3 por ciento al cierre de 2025.
2. Política Monetaria Acomodaticia Prematura: Se observa una correlación directa entre el repunte inflacionario y la aceleración en los recortes de la tasa de referencia, que pasaron de ajustes de 25 puntos base en 2024 a 50 puntos base en la primera mitad de 2025.2 Esta flexibilización ocurrió mientras las presiones en los precios aún no estaban controladas.
3. Brecha de Credibilidad: Mientras Banxico insiste en una convergencia al objetivo del 3 por ciento antes del cierre de 2026, las expectativas del mercado han subido de un 3.6 por ciento a un 3.8 por ciento para dicho periodo, evidenciando que los pronósticos oficiales están fuera de la realidad.
En este contexto, el control de la inflación subyacente es el pilar fundamental de la estabilidad económica, debido a que este indicador es el que reacciona con mayor sensibilidad a las decisiones de política monetaria. El repunte registrado del 4.3 por ciento al cierre de 2025 sugiere que la estrategia de recortes en las tasas de interés fue excesivamente agresiva y prematura, creando un entorno acomodaticio que, en lugar de estabilizar la economía, terminó por alimentar la persistencia de los precios en niveles elevados.
Esta situación pone en riesgo el activo más valioso de cualquier institución financiera: la credibilidad, importante factor que pareciera que no le interesa al actual gobierno.3 Cuando los agentes económicos, incluyendo empresas, consumidores e inversionistas, dejan de confiar en las metas establecidas por Banxico, las expectativas de inflación se desanclan del objetivo oficial. Esto puede desencadenar un ciclo vicioso de aumentos preventivos en precios y salarios que resulta mucho más difícil y costoso de combatir en el largo plazo (espiral), afectando la salud financiera del país.
El hecho de que las calificadoras realicen señalamientos a Banxico como una estrategia no creíble puede tener consecuencias como: primero, una posible salida de capitales en el que los inversionistas extranjeros pueden sacar su dinero del país al sentir que el Banco Central no tiene el control; segundo, el Banco Central tendrá que volver a subir las tasas de forma brusca para recuperar la confianza, lo que hace más caros los préstamos y las tarjetas de crédito y, tercero, Si el dinero sale, el peso pierde valor frente al dólar.
Por lo tanto, resulta imperativo que el Banco de México actúe con total transparencia y objetividad, ajustando sus modelos de pronóstico para que reflejen con realismo la persistencia inflacionaria actual. Solo mediante la implementación de una política monetaria lo suficientemente restrictiva será posible corregir el rumbo, recuperar la confianza de los mercados internacionales y garantizar que la economía retome una senda sólida hacia la convergencia de precios.
Es así que se solicita a la Junta de Gobierno de Banxico mantener una postura de política monetaria consistente con el mandato constitucional de estabilidad de precios y evitar nuevos recortes a la tasa de interés hasta que la inflación subyacente muestre una trayectoria clara de convergencia dentro del rango objetivo y las expectativas de inflación se vuelvan a fijar.
Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la titular del Banco de México para que, en ejercicio de su autonomía y bajo el principio de rendición de cuentas, remita a esta soberanía un informe integral y pormenorizado que explique las causas del repunte de la inflación subyacente del 3.7 por ciento al 4.3 por ciento en 2025; justifique los fundamentos macroeconómicos para acelerar el recorte de la tasa de interés a 50 puntos base; asimismo, se le solicita detallar el impacto de dichas decisiones en el deterioro de las expectativas inflacionarias señalado por calificadoras internacionales y exponga el conjunto de medidas estratégicas que, incorporando variables de riesgo actualizadas, garanticen la convergencia real al objetivo del 3 por ciento y permitan resarcir la credibilidad institucional ante los mercados.
Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la titular del Banco de México, para que revise y ajuste de forma inmediata su estrategia de política monetaria ante el repunte de la inflación subyacente y la pérdida de credibilidad en sus pronósticos de convergencia.
Notas:
1 Moodys Corp (Moodys) es una firma global de evaluación integrada de riesgos. La compañía se dedica a proporcionar calificaciones crediticias, investigación y análisis de riesgos. Sus principales servicios incluyen calificaciones, investigación y análisis, datos e información, y soluciones para la toma de decisiones. Moodys está asociada con importantes marcas del sector de servicios financieros. Sus productos y servicios son utilizados por bancos, aseguradoras, inversores, corporaciones y gobiernos para gestionar el riesgo y tomar decisiones informadas. Moodys opera a través de una red de empresas SaaS basadas en la nube que prestan servicios a flujos de trabajo críticos en banca, seguros y cumplimiento normativo. La compañía presta servicios en los mercados de EMEA, Asia-Pacífico y América. Moodys tiene su sede en Nueva York, EE. UU. https://www-globaldata-com.translate.goog/company-profile/moodys-corp/.
2 https://www.proceso.com.mx/economia/2026/1/14/moodys-analytics-reprueba -banxico-en-control-de-inflacion-no-es-creible-366521.html.
3 https://www.elfinanciero.com.mx/economia/2025/07/10/jonathan-heath-crit ica-al-banxico-por-recorte-de-50-puntos-a-la-tasa-nos-resta-credibilida d/.
Salón de sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 21 de enero de 2026.
Diputado Héctor Saúl Téllez Hernández (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a los congresos de las entidades federativas a armonizar sus Códigos Penales con el artículo 209 Quáter del Código Penal Federal, en materia de cohabitación forzada de menores de edad, a cargo de la senadora Laura Esquivel Torres, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, senadora Laura Esquivel Torres, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXVI Legislatura de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 8, párrafo primero, fracción II, del Reglamento del Senado de la República, y demás disposiciones jurídicas aplicables, se permite someter a la consideración del pleno de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente resolución, por el que se exhorta a los Congresos de las entidades federativas para armonizar sus Códigos Penales con el artículo 209 Quáter del Código Penal Federal, en materia de cohabitación forzada de menores de edad, al tenor de las siguiente
Consideraciones
El 5 de enero de 2026, una menor de 13 años de edad fue ingresada de urgencia en un hospital de San Cristóbal de las Casas, Chiapas, tras entrar en trabajo de parto. La menor iba acompañada de un adulto, quien se presentó como su esposo y desapareció del lugar tras ingresarla a las inmediaciones. Pese a que la menor logró dar a luz, su estado de salud y el de su bebé se reportaron como graves.
Lo ocurrido en Chiapas es el reflejo de una problemática presente en nuestro país, que impacta de manera desproporcionada a comunidades indígenas: el abuso sexual disfrazado de un matrimonio infantil que marcan los usos y costumbres. Los embarazos infantiles que ocurren a raíz de estas prácticas son una consecuencia directa de diversos factores, tales como la pobreza, la falta de acceso a la educación y desequilibrios de poder. De acuerdo con la Estadística de Nacimientos Registrados (ENR) publicada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en 2024 se registraron 89,527 nacimientos de madres de entre 10 y 17 años.1 Es decir, uno de cada 19 nacimientos fueron de madres que no habían cumplido los 18 años, lo que representa el 5.4por ciento del total.2
Ante este escenario, el ámbito legislativo ha emprendido distintas acciones para atender dicha problemática. En 2019, a propuesta por la entonces Senadora Josefina Vázquez Mota, se aprobó una reforma al artículo 148 del Código Civil Federal a partir de la cual se establece que la edad mínima para contraer matrimonio es de 18 años:
Artículo 148.- Para contraer matrimonio es necesario haber cumplido dieciocho años de edad.
Por su parte, en 2023, se avaló la homologación normativa para señalar que la mayoría de edad es un requisito para contraer matrimonio. Con ello, el artículo 45 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes determina el deber de las autoridades de distintos niveles de gobierno para adoptar medidas integrales para la protección de niñas, niños y adolescentes contra las prácticas nocivas de cesión a título oneroso o gratuito con fines de unión formal e informal o consuetudinaria:
Artículo 45. Las leyes federales y de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán como edad mínima para contraer matrimonio los 18 años.
Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias deberán adoptar medidas integrales para la protección de niñas, niños y adolescentes contra las prácticas nocivas de cesión a título oneroso o gratuito con fines de unión formal e informal o consuetudinaria.
Estas medidas deberán establecer acciones afirmativas respecto a niñas, niños y adolescentes que formen parte de comunidades indígenas, afromexicanas, con discapacidad, en situación de migración o desplazamiento o en exclusión social.
Si bien, el matrimonio entre menores de edad ya no era reconocido por la ley, en la práctica diversas comunidades continuaban avalando la unión de niñas con adultos o con otros menores de edad. Por ello, en 2023 a propuesta de la entonces diputada Eufrosina Cruz, se avaló en el artículo 209 Quáter del Código Penal Federal, la tipificación del delito de cohabitación forzada con penas de 8 a 15 años de prisión de 1000 a 2500 días multa y con agravantes en caso de que la víctima pertenezca a algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana:
Artículo 209 Quáter. Comete el delito de cohabitación forzada de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una o varias de estas personas a unirse informal o consuetudinariamente, con o sin su consentimiento, con alguien de su misma condición o con persona mayor de dieciocho años de edad, con el fin de convivir en forma constante y equiparable a la de un matrimonio.
Al responsable de este delito se le impondrá pena de ocho a quince años de prisión y de mil a dos mil quinientos días multa.
La pena prevista en el párrafo anterior se aumentará hasta en una mitad, en su mínimo y en su máximo, si la víctima perteneciere a algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana.
Apesar de los esfuerzos del Congreso de la Unión para proteger la integridad de las niñas y adolescentes del país, existe un rezago legislativo en numerosos estados de la República para castigar la cohabitación forzada. Como ejemplo, solo cinco entidades federativas Oaxaca, Guerrero, Campeche, San Luis Potosí y el Estado de México han tipificado el delito de matrimonio infantil en sus Códigos Penales.
Al respecto resulta indispensable que los estados, pendientes de ajustar su marco normativo, adopten las medidas legislativas concernientes a fin de garantizar igual protección a los niños, niñas y adolescentes, quienes continúan siendo obligados a cohabitar para fines de matrimonio en distintas comunidades del país.
Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, con carácter de urgente resolución, la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a los Congresos de las entidades federativas para armonizar sus Códigos Penales con el artículo 209 Quáter del Código Penal Federal, en materia de cohabitación forzada de menores de edad.
Notas:
1 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), Estadística de Nacimientos Registrados (ENR) 2024, Reporte de resultados 34/25, 25 de septiembre de 2025, PDF, https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025/enr/enr 2024_RR.pdf
2 Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM), Nacimientos de madres de 10 a 17 años en México (20172024), Blog de datos e incidencia política de REDIM, 26 de septiembre de 2025, https://blog.derechosinfancia.org.mx/2025/09/26/nacimientos-de-madres-d e-10-a-17-anos-en-mexico-2017-2024/
Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a 16 de enero de 2026.
Senadora Laura Esquivel Torres (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al IMSS y ISSSTE a implementar y fortalecer programas permanentes de orientación, asesoría y acompañamiento gratuito dirigidos a personas adultas mayores para la realización de trámites de pensión, a cargo de la senadora María Guadalupe Murguía Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, María Guadalupe Murguía Gutiérrez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura del Senado de la República, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), para que implementen y fortalezcan programas permanentes de orientación, asesoría y acompañamiento gratuito dirigidos a personas adultas mayores para la realización de trámites de pensión, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 1, tercer párrafo, que todas las autoridades en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos; entre los que se encuentran los derechos de las personas adultas mayores.
De acuerdo con información oficial del Consejo Nacional de Población (Conapo, 2025), en México existen 17,121,580 millones de personas adultas mayores, representando el 12.8 por ciento de la población total.1
Muchas de las personas adultas mayores enfrentan problemas significativos para acceder a trámites administrativos relacionados con su pensión o jubilación como son: la falta de información clara y accesible, la brecha digital o la limitada orientación personalizada por parte del personal de las dependencias públicas, entre otras limitaciones.
Lo anterior ocasiona que las personas adultas mayores se vean obligadas a recurrir a gestores quienes en muchos de los casos cobran honorarios elevados o incurren en prácticas abusivas, con lo que se afecta el patrimonio o los ingresos de quienes buscan tramitar una pensión.
Por ello, es importante brindar apoyo principalmente a las personas que no tienen quien les asista o bien, a quienes presenten una discapacidad.
Actualmente, tanto el IMSS como el ISSSTE son las dependencias responsables de garantizar el acceso oportuno a las pensiones, por lo que resulta indispensable que fortalezcan sus mecanismos de atención directa, acompañamiento y asesoría gratuita para las personas adultas mayores.
En diciembre de 2025, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) reportó 23 millones 895 mil 124 personas afiliadas por un patrón.
Por su parte el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), reportó en el Anuario Estadístico de 202, 3 millones 262 mil 068 trabajadores afiliados.
El número de afiliados a ambas dependencias, sobre todo al IMSS, nos da una magnitud del reto que enfrentamos y de la necesidad de facilitar los trámites de pensión sin intermediarios; pues esto no solo protegerá a las personas adultas mayores frente a posibles abusos, también fortalecerá la confianza en las instituciones públicas y garantizará el pleno ejercicio de los derechos de seguridad social de las personas adultas mayores.
Recientemente el IMSS de Nuevo León alertó del incremento de denuncias de adultos mayores por fraudes en trámites de pensiones, por lo que la dependencia pidió tener cuidado con falsos agentes que prometen aumentar pensiones a cambio de pagos de hasta 50 mil pesos.2
Por otro lado, algunos medios de comunicación han dado cuenta que el IMSS ha reconocido que enfrenta un problema de pensiones infladas por medio de coyotes y asegura que ya lo combate; además de que ha exhortado a la población a que evite acudir a intermediarios para realizar sus trámites, ya que con ello pone en riesgo su patrimonio y el del Seguro Social.3
La atención a las personas adultas mayores en los trámites de pensiones puede mejorarse con un enfoque de derechos, accesibilidad y trato digno, a través de acciones concretas como las siguientes:
Trámites simplificados y claros, con menos requisitos y lenguaje sencillo.
Atención mediante un sistema de citas, para evitar largas filas.
Asesoría personalizada, con personal capacitado en trato digno.
Acompañamiento institucional, no solo digital, para quienes no usan tecnología.
Ventanilla única, que evite traslados innecesarios entre dependencias.
Corrección ágil de errores administrativos.
Oficinas cercanas o módulos itinerantes, para zonas rurales o de difícil acceso.
Es importante mencionar que la pirámide poblacional de México está envejeciendo rápidamente, y las proyecciones demográficas muestran un fuerte aumento de la población adulta mayor para 2050.4
Según datos oficiales del Consejo Nacional de Población (Conapo), se espera que para ese año haya aproximadamente 35.96 millones de personas de 60 años o más en nuestro país.5
Por lo que he referido es que se propone exhortar respetuosamente al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) para que, en el ámbito de sus atribuciones:
1. Implementen y fortalezcan programas permanentes de orientación, asesoría y acompañamiento gratuito dirigidos a personas adultas mayores para la realización de trámites de pensión.
2. Garanticen que dichos trámites puedan realizarse de manera directa, sencilla, accesible y sin la necesidad de gestores o intermediarios privados.
3. Refuercen la capacitación del personal encargado de la atención a personas adultas mayores, con enfoque de derechos humanos y trato digno.
4. Difundan de manera clara y accesible, en medios físicos y digitales, la información relativa a los requisitos, etapas y tiempos de los trámites de pensión.
5. Establezcan oficinas cercanas o módulos itinerantes, para zonas rurales o de difícil acceso.
6. Establezcan módulos de atención exclusiva para personas adultas mayores en sus oficinas.
7. Emprendan una campaña nacional dirigida a personas adultas mayores, donde se difunda que no es necesaria la contratación de intermediarios para la realización de los trámites de pensiones.
Por todo lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único . Se exhorta, respetuosamente, al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) para que, en el ámbito de sus atribuciones:
Implementen y fortalezcan programas permanentes de orientación, asesoría y acompañamiento gratuito dirigidos a personas adultas mayores para la realización de trámites de pensión.
Garanticen que dichos trámites puedan realizarse de manera directa, sencilla, accesible y sin la necesidad de gestores o intermediarios privados.
Refuercen la capacitación del personal encargado de la atención a personas adultas mayores, con enfoque de derechos humanos y trato digno.
Difundan de manera clara y accesible, en medios físicos y digitales, la información relativa a los requisitos, etapas y tiempos de los trámites de pensión.
Establezcan oficinas cercanas o módulos itinerantes, para zonas rurales o de difícil acceso.
Establezcan módulos de atención exclusiva para personas adultas mayores en sus oficinas.
Emprendan una campaña nacional dirigida a personas adultas mayores, donde se difunda que no es necesaria la contratación de intermediarios para la realización de los trámites de pensiones.
Notas:
1 Proyecciones demográficas de un México que envejece | Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores | Gobierno | gob.mx
2 https://lasillarota.com/nacion/2025/8/12/pensiones-imss-alertan-por-fra udes-de-50000-pesos-adultos-mayores-549642.html
3 https://abcnoticias.mx/local/2025/5/30/imss-reconoce-fraude-millonario- en-pensiones-infladas-250610.html
4 https://www.gob.mx/conapo/articulos/del-acelerado-envejecimiento-poblac ional
5 Ibidem
Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a de enero de 2026.
Senadora María Guadalupe Murguía Gutiérrez (rúbrica)