Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP, por conducto del SAT, a implementar medidas simples al procedimiento y trámites de inscripción y renovación de donatarias autorizadas que las organizaciones de la sociedad civil deben cumplir, a cargo del diputado Asael Hernández Cerón, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado Asael Hernández Cerón y las y los diputados, pertenecientes a esta LXVI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1 fracción II, numeral 2 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de está soberanía el siguiente punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto del Servicio de Administración Tributaria, para que, implemente medidas simples al procedimiento y trámites de inscripción y renovación de donatarias autorizadas que las organizaciones de la sociedad civil deben cumplir , al tenor de las siguiente

Consideraciones

Las Donatarias Autorizadas son aquellas Organizaciones Civiles o fideicomisos que cuentan con autorización por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para recibir donativos deducibles del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

La autorización constituye un requisito indispensable para que este tipo de organizaciones tributen como una persona moral con fines no lucrativos conforme al Título III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y, por lo tanto, considerarse como no contribuyente de dicho impuesto.

Las sociedades o asociaciones civiles, instituciones de asistencia o beneficencia privada y fideicomisos interesados en obtener la autorización para recibir donativos deducibles, así como aquellos que ya se encuentren autorizados y requieran un trámite adicional relacionado con la misma, pueden presentar en línea y de forma gratuita.

No obstante, en la practica el tramite hoy en día es largo y casi improbable de realizar, ya que en el sexenio pasado con el ex mandatario Andrés Manuel López, cancelo y revoco los permisos para recibir donativos deducibles de impuestos a diversas organizaciones de la sociedad civil (donatarias autorizadas), incluyendo aquellas que han mostrado una postura crítica hacia el gobierno, tal y como sucedió con Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI).

De acuerdo al reporte del medio de comunicación, sin embargo, menciono en el listado de donatarias autorizadas, revocadas y canceladas pendientes de publicar en el Diario Oficial de la Federación, consultada por sin embargo en el portal del Sistema de Administración Tributaria (SAT), se detalla que la fecha del oficio de revocación a MCCI es el 14 de enero de 2025, por lo que a partir de esta fecha ya no puede recibir donativos deducibles de impuestos.1

Por lo anterior, el SAT pone trabas a la ciudadanía y la sociedad organizada que tiene el verdadero interés de ayudar a los mexicanos, ya que es evidente la preferencia que realizo el SAT ante el ex mandatario Andrés Manuel, el cual creo al vapor y le aprobaron en menos de 24 horas una donataria autorizada, violando todos los pasos y tiempos que la propia Ley de Impuesto Sobre la Renta establece, el objeto de esta donataria del ex mandatario es recaudar recursos y enviarlos al país de Cuba.

Lo antes mencionado tiene sustento, de acuerdo a una nota de La Silla Rota , menciona lo siguiente: Una organización que recaba dinero para enviarlo al extranjero, como la que dio a conocer Andrés Manuel López Obrador para entregar recursos al gobierno de Cuba, necesita, forzosamente, el apoyo de una institución internacional.

María Vanessa Rivadeneyra Navarro, exadministradora Central de Apoyo Jurídico de Servicios al Contribuyente del Servicio de Administración Tributaria (SAT), señala que Humanidad con América Latina, la organización de AMLO, fundada el 9 de marzo, carece de esta condición.

“La donataria autorizada tendría que ubicar a un organismo internacional intermediario del que México sea parte que sea la que lleve a cabo esa actividad. Una donataria mexicana no le puede dar dinero a ningún extranjero, de acuerdo a como está la ley fiscal actual”.2

En esta tesitura, la asociación civil Humanidad con América , a través de la cual el expresidente de México, Andrés Manuel López Obrador pidió que se apoye a Cuba, haya sido constituida en 28 días, expertos expusieron que el tiempo que se tarda en la actualidad para que se pueda constituir una Asociación civil con carácter de donataria puede ir de seis meses hasta más de un año.

Es por lo anterior, que el objetivo de este punto de acuerdo es poner piso parejo para todos y que la Ley no este inclinado al poder y a las palancas dentro del SAT.

Por lo antes fundado y motivado, me permito someter a la elevada consideración del pleno, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto del Servicio de Administración Tributaria, para que, en el ámbito de sus atribuciones y en términos de la legislación aplicable, implemente las siguientes medidas de simplificación administrativa y procedimientos flexibles en la inscripción y renovación de las donatarias autorizadas:

1. Reducir el tiempo que requiere el procedimiento para convertirse en donataria autorizada.

2. Disminuir la cantidad de documentos que se solicitan.

3. Poner a disposición pública una guía del procedimiento, que explique de manera clara y sencilla los pasos, y les dé orden de prelación.

4. Actualizar la plataforma digital mediante la que se hace el procedimiento, con tecnologías genéricas, a las que se pueda acceder en la mayoría de los equipos de cómputo.

5. Simplificar el esquema de comprobación y fiscalización que se requiere para renovar anualmente la condición de donataria autorizada.

6. Que serán aprobadas por un consejo Ciudadano, con el fin de dar mayor certeza y transparencia al proceso revocar o no renovar las autorizaciones para recibir donativos deducibles en los términos de esta Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2026.

Diputado Asael Hernández Cerón (rúbrica)

Las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a establecer criterios adicionales a los requisitos para los participantes en los procedimientos de contratación consolidada de medicamentos, insumos para la salud y dispositivos médicos, que acrediten reconocimientos, certificados o cualquier distintivo nacional o internacional en materia de responsabilidad social empresarial, medio ambiental, calidad de medicamentos e insumos, así como de programas de soporte a pacientes, a cargo de la diputada Liliana Ortiz Pérez, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Liliana Ortiz Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción Il, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito someter a la consideración de esta honorable asamblea la proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados, exhorta a la Secretaría de Salud, a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y a la Secretaría de Economía para que, a través del Comité de Promoción de la Inversión Farmacéutica, se establezcan criterios adicionales a los requisitos para los participantes en de los procedimientos de contratación consolidada de medicamentos, insumos para la salud y dispositivos médicos, que acrediten reconocimientos, certificados o cualquier distintivo nacional o internacional en materia de responsabilidad social empresarial, medio ambiental, calidad de medicamentos e insumos, así como de programas de soporte a pacientes, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El 31 de octubre del 2024 la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo junto con el secretario de Salud, David Kershenobich Stalnikowitz, presentó el nuevo Modelo de Compra Consolidada de Medicamentos e Insumos Médicos del Sector Salud para el bienio 2025-2026.

Mencionaron que es el mecanismo más importante en la historia del país, en términos de volumen y claves, en el que participarán 26 instituciones y que estará abierto a proveedores nacionales e internacionales, buscando las mejores condiciones de abasto y precio, en beneficio de la población mexicana.

Durante la presentación, el secretario David Kershenobich Stalnikowitz señaló que la compra consolidada de medicamentos e insumos es un aspecto fundamental en el ámbito de la salud pública y personal; garantiza el acceso a tratamientos para la prevención, atención primaria y curación de las enfermedades; tiene implicaciones económicas, éticas y sociales, y es crucial para garantizar la sostenibilidad del sistema de salud y el acceso con equidad.

El subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, Eduardo Clark García Dobarganes, resaltó que el objetivo del mecanismo es garantizar la disponibilidad de medicamentos para todas y todos los mexicanos que reciben atención en el sector público, bajo las mejores condiciones de calidad, eficiencia y precio. Detalló que el mecanismo operará de la siguiente forma: la Secretaría de Salud, como cabeza del sector, será la responsable del diagnóstico, la planeación, la coordinación y la supervisión de todo el proceso.

Las instituciones del sector definirán las necesidades por clave y por punto de entrega. La Secretaría de Salud, además, validará esos requerimientos por relevancia terapéutica, calidad, cantidad y posibilidades de negociación de precio.

La compra consolidada será ejecutada por Laboratorios de Biológicos y Reactivos de México S. A. de C.V. (Birmex) y, finalmente, las instituciones participantes suscribirán los contratos y recibirán los insumos para atender a la población1 .

Este procedimiento busca garantizar lo que establece el artículo 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se reconoce el derecho a la protección de la salud, lo cual implica no sólo el acceso a medicamentos, sino también la garantía de calidad, seguridad, eficacia y sostenibilidad en su producción y distribución.

Sin embargo, en abril del 2025 se anunció que, por irregularidades y presuntos actos de corrupción por sobreprecios, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno declaró nulo el proceso de licitación de medicamentos correspondiente a la compra consolidada para 2025 y 2026. El daño por los sobreprecios es de casi 13 mil millones de pesos, indicó la propia Secretaría de Salud, que añadió que la anulación afecta a 175 claves de medicamentos que fueron adjudicadas a un costo mayor al ofertado por otros participantes2 .

Una investigación periodística3 reveló que “entre 2019 y 2025, el gobierno implementó distintos esquemas de compra de medicamentos a cargo de actores tan variados como la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos, con quien el gobierno firmó un acuerdo, el extinto Instituto de Salud para el Bienestar que fue sustituido por el IMSS-BIENESTAR porque no funcionó, y, ahora, Birmex.

Lo más preocupante es que el tránsito entre estos distintos esquemas de compra se hizo sin corregir errores en la planeación, almacenamiento, distribución y entrega oportuna. Por ello, a pesar de que los recursos ejercidos para la compra y distribución de medicinas aumentaron en los últimos dos años, el desabasto persiste. En 2023, las instituciones de salud pública ejercieron más de $ 108 mil millones de pesos (mdp) para este propósito y para 2024 estos aumentaron a $ 122 mil millones de pesos.3 A pesar de este incremento, en 2024, el IMSS no logró abastecer más de 11 millones de medicamentos a sus derechohabientes, mismos que fueron adquiridos por pacientes y sus familias de su propio bolsillo, si es que contaron con los medios.

Es importante mencionar que el 7 de agosto del 2025 se publicó en el DOF el “ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos generales para la planeación del procedimiento de contratación consolidada de medicamentos y demás insumos para la salud, para los ejercicios fiscales 2027 y 2028”4 .

El marco legal para estos procedimientos se establece en:

• El artículo 9, párrafo segundo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que prevé que la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno establecerá y conducirá la política general de contrataciones públicas, y emitirá las disposiciones administrativas que sean estrictamente necesarias para el adecuado cumplimiento de la ley, las cuales deberán ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación;

• El artículo 39, fracciones I, XIII, XXI, XXII y XXV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (Loapf), donde se dispone que corresponde a la Secretaría de Salud conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos gratuitos universales y salubridad general; ejecutar el control sobre la preparación, posesión, uso, suministro, importación, exportación y distribución de medicamentos, productos biológicos, vacunas, insumos y dispositivos médicos; actuar como autoridad sanitaria y vigilar el cumplimiento de la LGS; planear e integrar la demanda de medicamentos e insumos para la salud, en el marco de los procedimientos de contratación consolidada que se instrumenten y en los que intervengan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que presten servicios de atención médica, salud pública y asistencia social; así como elaborar y conducir la política para la producción nacional de medicamentos e insumos para la salud;

Específicamente para la compra de medicamentos e insumos médicos, el 2 de junio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el que se fomenta la inversión en territorio nacional, para fortalecer el desarrollo de la industria farmacéutica y la producción de insumos para la salud; así como el desarrollo de investigación científica nacional5 . En su Artículo 4, se establece que “En los procedimientos de contratación consolidada de medicamentos, insumos para la salud o dispositivos médicos, genéricos, que se realicen en términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se utilizará el criterio de evaluación de puntos y porcentajes, previéndose un requisito de participación por medio del cual se otorguen puntos a las proposiciones presentadas por personas físicas o morales que acrediten inversión en el territorio nacional en la cadena de producción de medicamentos, insumos para la salud y dispositivos médicos, que hayan iniciado la instalación en el país de fábricas, laboratorios o almacenes que formen parte de dicha cadena o, en su caso, desarrollen investigación científica o productos innovadores en materia de salud en México, en términos de lo dispuesto en los lineamientos a que se refiere el artículo 2 del presente decreto.

El carácter de los procedimientos licitatorios que, en su caso, se lleven a cabo, será determinado conforme a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, garantizando la libre competencia para obtener las mejores condiciones de contratación para el Estado mexicano”,

El artículo 5, de dicho decreto establece que: “Para efectos de los procedimientos de contratación consolidada de medicamentos, insumos para la salud y dispositivos médicos, de fuente única y patente, se conformará un Comité de Promoción de la Inversión Farmacéutica integrado por personas servidoras públicas de las secretarías de Salud, de Economía y Anticorrupción y Buen Gobierno , quienes participarán en el ámbito de sus competencias y cuya finalidad será facilitar el diálogo con la industria farmacéutica y de dispositivos médicos para el análisis de las propuestas de inversión en territorio nacional, considerando cuando menos el monto estimado de la compra, así como el nivel de inversión, capacidad productiva instalada y nivel de investigación científica en México.

El artículo segundo transitorio de dicho decreto establece que las disposiciones relativas a los procedimientos de contratación consolidada de medicamentos, insumos para la salud y dispositivos médicos, serán aplicables a los procedimientos de contratación que se realicen a partir del ejercicio fiscal 2026 y cuyos medicamentos, insumos para la salud y dispositivos médicos sean programados para su entrega a partir del 2027.

El 23 de febrero del 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, las “REGLAS de Organización y Funcionamiento del Comité de Promoción de la Inversión Farmacéutica”6 . En el que se establece que dicho Comité está integrado por la Secretaría de Salud, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y la Secretaría de Economía y sus funciones son:

I. Analizar las propuestas de inversión en territorio nacional, que las empresas interesadas en ofertar medicamentos y dispositivos médicos de fuente única y patente, presenten en los procedimientos de contratación consolidada por conducto de la Secretaría Técnica;

II. Formular los acuerdos sobre las propuestas de inversión y determinar los compromisos que serán plasmados en los Convenios de Concertación;

III. Analizar y corroborar que el monto estimado de las compras consolidadas sea proporcional con el nivel de inversión, la capacidad productiva instalada y el grado de investigación científica nacional de las empresas interesadas en ofertar medicamentos y dispositivos médicos de fuente única y patente, al Gobierno de México, en los procedimientos de contratación consolidados, conforme a lo previsto en el artículo 15 de las Reglas;

IV. Aprobar los proyectos de Convenios de Concertación que contengan los compromisos de inversión con las personas físicas o morales de las industrias farmacéutica y de dispositivos médicos, incluyendo plantas de manufactura, centros de desarrollo de ingredientes farmacéuticos activos, laboratorios, así como con las personas físicas o morales que realicen desarrollo en investigación científica o productos innovadores en materia de salud;

V. Alinear sus decisiones con el enfoque de promoción de la proveeduría nacional;

VI. Requerir información a las personas físicas o morales proponentes cuando sea necesario, en el marco del análisis de las propuestas de inversión y, en su caso, celebrar reuniones de entendimiento;

VII. Proveer a la Secretaría de Salud de elementos que le permitan la toma de decisiones en la planeación de los procesos de contratación consolidada de medicamentos, insumos para la salud y dispositivos médicos, en relación a la inversión en territorio nacional en términos del Decreto, mediante los acuerdos adoptados;

VIII. Monitorear el cumplimiento de los compromisos asumidos en los Convenios de Concertación, a través de la Secretaría Técnica, y

IX. Las demás funciones que sean necesarias para el cumplimiento de su objetivo.

Hasta 2026, el desabasto de medicamentos y los problemas de distribución, han generado una crisis de salud en México. La implementación de diversos mecanismos para la compra y distribución de medicamentos e insumos para el sector salud no ha garantizado que las instituciones públicas del sector salud atiendan las necesidades de la población derechohabiente a largo plazo, afectando los tratamientos y afectaciones de los pacientes.

Diversos grupos farmacéuticos e industriales nacionales e internacionales han demandado al gobierno federal no solo el pago oportuno por el suministro de medicamentos e insumos que se han adquirido, también han destacado que para garantizar un abasto suficiente y de calidad, la compra gubernamental no solo debe enfocarse en garantizar el menor precio por pieza. La industria farmacéutica a partir de su desarrollo industrial y de investigación, ha avanzado en innovación no solo en los productos y servicios que ofrece sino en el enfoque y responsabilidad con un enfoque de sostenibilidad. Es decir, han ido integrando en sus objetivos financieros metas sociales, de desarrollo económico y de sustentabilidad ambiental.

Organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) han señalado que los sistemas de compra pública deben evolucionar hacia modelos de “valor por dinero” (value-based procurement ), los cuales integran factores como innovación, sostenibilidad ambiental, impacto social y calidad terapéutica, además del precio.

Es importante resaltar que la industria farmacéutica tiene un impacto ambiental relevante, particularmente en el uso de agua, emisiones de carbono y manejo de residuos químicos. De acuerdo con reportes globales al 2025, el sector farmacéutico genera emisiones superiores a 50 millones de toneladas de CO? anuales a nivel mundial, lo que hace indispensable promover prácticas responsables en su operación.

Diversas empresas farmacéuticas, tanto nacionales como internacionales, han adoptado estándares avanzados de responsabilidad ambiental, social y de gobernanza (ESG), así como esquemas de innovación en investigación clínica, que contribuyen al desarrollo de tratamientos más eficaces y sostenibles. Reconocer y valorar estas prácticas en los procesos de compra pública puede incentivar a más empresas a adoptar estándares elevados de sostenibilidad y responsabilidad social, generando beneficios directos para los pacientes, tales como mayor calidad, innovación terapéutica, menor impacto.

Otro ejemplo de buenas prácticas son los Programas de Soporte a Pacientes (PSP), los cuales constituyen un componente esencial dentro de los modelos modernos de atención a enfermedades crónicas, al proporcionar un acompañamiento estructurado, continuo y centrado en el paciente, que complementa la atención médica tradicional. Estos programas integran educación en salud, seguimiento periódico, orientación personalizada o en grupos y mecanismos de apoyo que fortalecen tanto el diagnóstico oportuno como la adherencia al tratamiento a largo plazo.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha reconocido que la falta de adherencia a terapias de largo plazo representa uno de los principales desafíos en el manejo de enfermedades crónicas, señalando que, en promedio, solo alrededor del 50% de los pacientes con enfermedades crónicas mantienen una adecuada adherencia a su tratamiento, incluso en países desarrollados. La OMS enfatiza que mejorar la adherencia tiene un impacto comparable —o incluso superior— al desarrollo de nuevas terapias, ya que permite maximizar los beneficios clínicos de los tratamientos ya disponibles.

En este contexto, los PSP contribuyen de manera directa a fortalecer el diagnóstico oportuno, mejorar la comprensión de la enfermedad y del tratamiento, incrementar la adherencia terapéutica, reducir el abandono temprano del tratamiento y optimizar los recursos del sistema de salud.

La evidencia internacional señala que los modelos de atención que incorporan intervenciones educativas estructuradas y seguimiento continuo logran mejores desenlaces clínicos, mayor control de la enfermedad y una reducción significativa de complicaciones.

En este contexto consideramos que si bien se está buscando fomentar la inversión en el territorio nacional para fortalecer el desarrollo de la industria farmacéutica y la producción de medicamentos, insumos para la salud y dispositivos médicos; así como promover la investigación científica y el desarrollo de productos innovadores en materia de salud a través de Acuerdos, la valoración de criterios de responsabilidad ambiental, social y de innovación en la atención y seguimiento de los pacientes en las compras consolidadas, es necesario ya que permitirá transitar hacia un modelo más integral que no sólo busque ahorros inmediatos, sino beneficios sostenibles a mediano y largo plazo. Avanzar en esta ruta contribuirá a:

• Incentivar la inversión en investigación y desarrollo en México.

• Fomentar prácticas industriales responsables con el medio ambiente.

• Reconocer a empresas que aportan valor social más allá del precio.

• Mejorar la calidad y eficacia de los tratamientos disponibles.

• Fortalecer la resiliencia del sistema de salud ante futuras crisis sanitarias.

• Dinamizar la creación de Programas de Soporte a Pacientes.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaria de Salud, a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y a la Secretaría de Economía para que, a través del Comité de Promoción de la Inversión Farmacéutica, valoren la posibilidad de incorporar criterios adicionales que sumen a los requisitos para los participantes en de los procedimientos de contratación consolidada de medicamentos, insumos para la salud y dispositivos médicos, que acrediten reconocimientos, certificados o cualquier distintivo nacional o internacional en materia de responsabilidad social empresarial, medio ambiental, calidad de medicamentos e insumos, así como programas de soporte a pacientes, a fin de fortalecer la calidad del sistema de salud y promover prácticas sostenibles a largo plazo.

Notas:

1. https://www.gob.mx/salud/prensa/433-secretaria-de-salud-presenta-nuevo-modelo-transparente-y-digital
-para-la-compra-de-medicamentos-2025-2026?idiom=es#:~:text=Secretar%C3%ADa%20de%20Salud
%20presenta%20nuevo%20modelo%2C%20transparente,digital%2C%20para%20la%20compra%20de%
20medicamentos%202025%2D2026

2. https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2025/04/10/anulan-compra-de-medicamentos-por-corrupcion-y-sobreprecios/
#:~:text=Por%20irregularidades%20y%20presuntos%20actos%20de%20corrupci%C3%B3n,
la%20compra%20consolidada%20para%202025%20y%202026

3. https://grupoanimal.mx/opinion/caso-birmex-compra-de-medicamentos#_ftn3

4. DOF - Diario Oficial de la Federación

5. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5758997&fecha=02/06/ 2025#gsc.tab=0

6. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5780685&fecha=23/02/ 2026#gsc.tab=0

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2026.

Diputada Liliana Ortiz Pérez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP, por conducto del SAT, a transparentar los criterios de validación de cuentas CLABE, corregir fallas del sistema y facilitar la resolución de inconsistencias en devoluciones del ejercicio 2025, a cargo del diputado Héctor Saúl Téllez Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Héctor Saúl Téllez Hernández del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1 y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto del Servicio de Administración Tributaria (SAT), a transparentar los criterios de validación de cuentas CLABE, corregir fallas del sistema y facilitar la resolución de inconsistencias en devoluciones del ejercicio 2025, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La seguridad jurídica y la eficiencia administrativa son pilares esenciales del Estado de Derecho, asegurando que el actuar de las autoridades fiscales se desarrolle con base en reglas claras y transparentes. Adicionalmente, las devoluciones de impuestos son la retribución que las autoridades hacen a los ciudadanos por retenciones que exceden el límite de la cantidad de impuestos que los contribuyentes deben de pagar y como tal son justamente propiedad de los individuos. Sin embargo, durante la campaña de devoluciones automáticas del ejercicio fiscal 2025, se ha detectado una problemática que vulnera estos principios. Aproximadamente 1 de cada 3 contribuyentes personas físicas que solicitaron su devolución presenta el estatus de “Inconsistencia en la cuenta CLABE” en el portal del SAT.

Este hecho además de ser sumamente atípico en términos numéricos, en la abrumadora mayoría de los casos, no corresponde a una responsabilidad de los ciudadanos, ya que estos ingresan cuentas CLABES que han sido previamente utilizadas por el SAT para sus devoluciones, que están a su nombre, validadas con su RFC y que se encuentran vigentes. Esta situación, impide que reciban los recursos que les corresponden por ley. La magnitud del problema es alarmante, considerando que en el ejercicio anterior hubo cerca de 7.4 millones de solicitudes de devolución automática, que la tercera parte corresponde a 2.46 millones de contribuyentes que estarían siendo afectados. El patrón observado por diversos asesores fiscales sugiere que no se trata de casos aislados, sino de un problema del sistema que está forzando a los contribuyentes a migrar hacia esquemas de devolución manual (FED).

Si bien la devolución manual (FED) es una facilidad que la autoridad proporciona al ciudadano, está legalmente fundada en el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, así como por el apartado 2.3.2 de la Miscelánea Fiscal 2026. Y adecuadamente motivada por la necesidad de que la ciudadanía tenga todas las facilidades para pagar sus impuestos de una manera simple y accesible, ya que el cumplimiento fiscal mejora la recaudación y es un valor benéfico para la salud financiera de nuestra nación. Adicionalmente, constituye una facilidad de la que los contribuyentes – y las autoridades- se han beneficiado por años, y dificultarla va en detrimento de la certidumbre jurídica, el cumplimiento de las obligaciones fiscales y el derecho que los ciudadanos tienen a sus justas devoluciones de retenciones.

Este cambio de procedimiento impone una carga desproporcionada, ya que la devolución manual requiere el uso de la e. Firma, requisito con el que solo el 36% de las personas físicas cuenta. Esto significa que aproximadamente 2 de cada 3 contribuyentes afectados no tienen forma de completar el trámite alternativo, quedando en un estado de indefensión técnica y económica. El trámite de la e. Firma aún requiere de presencialidad en días laborales, por lo que es necesario que los trabajadores soliciten el día libre, afectando para poder cumplir con este requisito, su productividad laboral y dañando desproporcionadamente a las clases trabajadoras y que en la mayoría de los casos no se les permite asistir a resolver este trámite fiscal.

Debido a que 2.5 millones de contribuyentes se encuentran en esta situación, que el 64 por ciento no cuenta con la e.firma y que la devolución promedio es de $7,500.00, aproximadamente estamos hablando de una afectación a las devoluciones de los contribuyentes por un aproximado de 2.5 * 0.64 * 7,500 = 12,000.00 millones de pesos.

En este contexto, un número inusualmente alto de contribuyentes han reportado la recepción del siguiente mensaje en su buzón fiscal:

“Estimado contribuyente. El Servicio de Administración Tributaria localizó la(s) siguiente(s) inconsistencia(s):

Verifica tu CLABE bancaria, ya que la cuenta no está avalada por la CNBV.

Para poder continuar con el proceso de devolución se te solicita:

Adjunta estado de cuenta bancario a tu nombre con antigüedad no mayor a dos meses y que contenga el número de la CLABE.

La falta de pago total o parcial no constituye una negativa a su devolución ni se considera resolución definitiva.”

De no atenderse este problema, permitiríamos que el SAT normalice un esquema inequitativo en el que los contribuyentes cumplen con su obligación fiscal, pero enfrentan más cargas administrativas, más tiempo de espera y más obstáculos para recuperar su dinero, mientras la autoridad conserva indebidamente recursos que legalmente les corresponden.

Por todo lo anterior, someto a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), para que informen a la opinión pública sobre los criterios de validación utilizados para determinar inconsistencias en cuentas CLABE dentro del proceso de devoluciones automáticas del ejercicio 2025 a fin de que los contribuyentes puedan identificar y realizar las correcciones necesarias en su declaración fiscal.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria, a revisar y corregir las posibles fallas técnicas o inconsistencias en los sistemas de validación de cuentas CLABE que afectan el proceso de devoluciones automáticas del ejercicio 2025.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria, a simplificar y fortalecer de forma inmediata, los mecanismos digitales existentes para la solventación de inconsistencias en cuentas CLABE y devoluciones no pagadas, especialmente en beneficio de contribuyentes que no cuentan con e.firma vigente.

Palacio Legislativo, a 28 de abril de 2026.

Diputado Héctor Saúl Téllez Hernández (rúbrica)