Gaceta Parlamentaria, año XXIX, número 7016-I, miércoles 15 de abril de 2026
De las diputadas Marcela Michel López y Karina Alejandra Trujillo Trujillo, y del diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo, mediante las cuales solicitan el retiro de iniciativas
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2026.
Diputada Kenia López Rabadán
Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
LXVI Legislatura
Presente
Presidenta,
Con un atento saludo, me permito solicitar su valiosa intervención para que, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados , se giren las instrucciones pertinentes a la instancia correspondiente a efecto de retirar la siguiente propuesta legislativa de mi autoría:
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de publicidad engañosa y regulación de los denominados productos milagro , misma que fue publicada en la Gaceta Parlamentaria el pasado 10 de marzo de 2026.
Dicha solicitud de retiro responde a la necesidad de enriquecer y robustecer el contenido de la propuesta , integrando mayores elementos técnicos que permitan perfeccionar el marco jurídico propuesto en beneficio de la protección a la salud y los derechos de las personas consumidoras.
Agradeciendo de antemano la atención a la presente para los efectos parlamentarios a los que haya lugar, aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi consideración más distinguida.
Atentamente
Diputada Marcela Michel López (rúbrica)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2026.
Diputada Kenia López Rabadán
Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presente
Distinguida presidenta López Rabadán:
Sirva este medio para enviarle el más cordial de los saludos, asimismo, la que suscribe, diputada Karina Alejandra Trujillo Trujillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicito a usted respetuosamente gire sus apreciables instrucciones a fin de que sea retirada la siguiente iniciativa:
Fecha: 3 de marzo de 2026.
Que reforma y adiciona los artículos 7o. y 8o. de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de techos verdes, jardines verticales y huertos urbanos.
Presentada por la diputada Karina Alejandra Trujillo Trujillo, PVEM.
Turnada a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial.
Gaceta Parlamentaria número 6987-II-3-1, martes 3 de marzo de 2026 (4459).
Sin otro en particular, quedo atenta de su gentil respuesta.
Atentamente
Diputada Karina Alejandra Trujillo Trujillo (rúbrica)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2026.
Diputada Kenia López Rabadán
Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presente
El que suscribe, diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicito a usted respetuosamente gire sus apreciables instrucciones a fin de que sea retirada la siguiente iniciativa:
Con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de población flotante, publicada en la Gaceta Parlamentaria el 26 de enero del presente año, y turnada a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial.
Atentamente
Diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo, (rúbrica)
Con proyecto de decreto, por el que se reforma el artículo 73, fracción XXI, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de feminicidio
Ciudad de México, 14 de abril de 2026.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presente
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 73, fracción XXI, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de feminicidio, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Senadora María Martina Kantún Can (rúbrica)
Secretaria
PROYECTO DE DECRETOCS-LXVI-II-2P-65
POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 73, FRACCIÓN XXI, INCISO A), DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE FEMINICIDIO.
Artículo Único. Se reforma el párrafo primero del inciso a) del párrafo primero de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 73. ...
I. a XX. ...
XXI. ...
a) Las leyes generales que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en las materias de feminicidio, secuestro, desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, extorsión, trata de personas, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como electoral.
...
b) y c) ...
...
...
XXII. a XXXII. ...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Congreso de la Unión deberá expedir la legislación en materia de feminicidio referida en el artículo 73, fracción XXI, inciso a), dentro de los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor del mismo.
Tercero. Las disposiciones legales de la Federación y de las entidades federativas en materia del delito de feminicidio continuarán vigentes hasta la entrada en vigor de la ley general de la materia que emita el Congreso de la Unión. En el régimen transitorio de dicha ley se establecerán los plazos y condiciones para realizar las adecuaciones normativas correspondientes.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. Ciudad de México, a 14 de abril de 2026.
Senadora Laura Itzel Castillo Juárez (rúbrica)
Presidenta
Senadora María Martina Kantún Can (rúbrica)
Secretaria
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley General de Cultura Física y Deporte, presentada por el senador Pablo Guillermo Angulo Briceño, del Grupo Parlamentario del PRI
Ciudad de México, a 8 de abril de 2026.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Comunico a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador Pablo Guillermo Angulo Briceño, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley General de Cultura Física y Deporte.
Con fundamento en los artículos 66, párrafo primero, inciso a) y 67, párrafo primero, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175, párrafo primero; 176, 177, párrafo primero, y 178 del Reglamento del Senado, se dispuso que dicha iniciativa, misma que se anexa, por ser asunto de su competencia, se remitiera a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senadora Mariela Gutiérrez Escalante (rúbrica)
Secretaria