Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE a implementar, de manera preventiva y proactiva, medidas de protección consular para salvaguardar los derechos humanos de las y los ciudadanos mexicanos que participarán en la misión humanitaria denominada “Global Sumud Flotilla”, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del PT

La que suscribe, diputada Lilia Aguilar Gil, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1 fracción I; y 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a su consideración proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores a implementar, de manera preventiva y proactiva, medidas de protección consular para salvaguardar los derechos humanos de las y los ciudadanos mexicanos que participarán en la misión humanitaria denominada “Global Sumud Flotilla”.

Consideraciones

El conflicto entre Israel y Palestina constituye uno de los más prolongados y complejos del sistema internacional contemporáneo. Sus antecedentes se remontan a la primera mitad del siglo XX, con una intensificación a partir de la adopción de la Resolución 181 de 1947 y la proclamación del Estado de Israel en 1948. Este conflicto ha derivado en ocupaciones territoriales y ciclos recurrentes de violencia que han afectado de manera desproporcionada a la población civil.

A partir del 7 de octubre de 2023, tras el ataque perpetrado por combatientes de Hamás contra Israel, se ha registrado una escalada significativa de violencia en la región. En respuesta, el Estado de Israel declaró la guerra e impuso un asedio total a la Franja de Gaza, configurando uno de los episodios más graves del conflicto en décadas recientes.

A pesar de diversos intentos de cese al fuego, entre 2023 y marzo de 2026 han perdido más de 70,000 personas en la Franja de Gaza, mientras que 171,959 han resultado heridas. Asimismo, se estima que 67,000 personas desplazadas viven en albergues colectivos de emergencia, enfrentando condiciones de extrema vulnerabilidad.1

Para agosto de 2025 aproximadamente el 90 por ciento de la población de Gaza, se encontraba desplazada y padecía niveles agudos o catastróficos de inseguridad alimentaria. Además, se han documentado ataques contra infraestructura civil, incluyendo escuelas, hospitales y zonas designadas para asistencia humanitaria. Se estima que el 94 por ciento de los hospitales de Gaza están dañados o destruidos y se calcula que solo hay 2,000 camas de hospital disponibles.2

La ofensiva militar, los bombardeos sistemáticos y el bloqueo prolongado han generado una crisis humanitaria de gran magnitud, caracterizada por la destrucción de infraestructura crítica, la interrupción de servicios básicos y la insuficiencia de bienes esenciales para la supervivencia.

Diversos informes de la Organización de las Naciones Unidas y sus agencias especializadas han calificado la situación en Gaza ha sido calificada como catastrófica. Se ha documentado la muerte de decenas de miles de personas, incluyendo un número significativo de niñas, niños y mujeres, así como el desplazamiento forzado de la mayoría de la población.

Asimismo, se ha impuesto un cerco sobre la Franja de Gaza que limita el acceso a alimentos, agua potable, medicamentos y suministros básicos. Restricciones normativas y operativas que han afectado la labor de organismos internacionales.

Ejemplo de ello es la aplicación de leyes aprobadas por el parlamento de Israel en 2024, que buscaron prohibir las operaciones de la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en Oriente Próximo (UNRWA por sus siglas en inglés) en zonas que Israel considera su territorio soberano, incluida Jerusalén Oriental ocupada.

Desde marzo de 2025, autoridades han impedido que esta agencia introduzca directamente personal humanitario y ayuda en la Franja de Gaza. Ya que, también ha habido víctimas en la Cisjordania ocupada, incluida Jerusalén. Entre el 7 de octubre de 2023 y el 28 de marzo de 2026, 1,073 palestinos fueron asesinados cifra de los que al menos 233 eran menores de edad.3

En este contexto, la Organización de las Naciones Unidas ha advertido sobre la presencia de condiciones de hambruna provocada por factores humanos, con cientos de miles de personas en situación de hambre extrema. Al menos medio millón de personas padecen hambre extrema y la cifra va en aumento; tanto autoridades locales como organismos internacionales han reportado miles de muertes por desnutrición y violencia en centros de distribución.4

La comunidad internacional ha presionado para detener la operación sobre Gaza y disminuir la emergencia humanitaria actual. Han surgido intentos como el plan de paz entre Israel y Hamás, negociado con la mediación de Estados Unidos. Sin embargo, aún hay retos presentes y no se ha logrado mitigar la emergencia que atraviesa la población palestina.

El derecho internacional humanitario, particularmente el Convenio de Ginebra relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra, establece obligaciones claras para las partes en conflicto, incluyendo la protección de la población civil, la prohibición de castigos colectivos y la garantía de acceso a la ayuda humanitaria. Sin embargo, diversos reportes internacionales han señalado posibles violaciones a estos principios, lo que ha intensificado la preocupación de la comunidad internacional y ha motivado reiterados llamados a un alto al fuego inmediato.

Israel mantiene un bloqueo terrestre, aéreo y marítimo sobre la Franja de Gaza desde 2007 y se ha intensificado durante el conflicto reciente. Se han restringido rutas de evacuación, corredores humanitarios y acceso de organizaciones internacionales. La Clasificación Integrada de las Fases de la Seguridad Alimentaria (CIF) advirtió de que se habían alcanzado los umbrales de hambruna para el consumo de alimentos en la mayor parte de Gaza, concluyendo que seguirá aumentando el número de personas que mueren de inanición.5

En este contexto, la comunidad internacional ha impulsado distintos esfuerzos diplomáticos orientados a la desescalada del conflicto. El secretario general de la Organización de las Naciones Unidas ha reiterado la necesidad urgente de establecer un cese al fuego, mientras que múltiples estados han abogado por soluciones negociadas que permitan avanzar hacia una paz duradera basada en el reconocimiento mutuo y el respeto al derecho internacional.

De igual forma, la Organización de las Naciones Unidas ha reiterado estar lista para brindar todo su apoyo para ampliar la asistencia alimentaria, de agua, médica y de alojamiento. Precisando que para lograr un progreso real es necesario contar con acceso pleno, seguro y sostenido para el personal humanitario; la eliminación de trámites burocráticos y obstáculos; y la reconstrucción de la infraestructura destruida.6

Ante este escenario, la sociedad civil global ha tomado acción, ejemplo de ello es la organización de la Flotilla Global Sumud, una iniciativa pacífica que busca romper el cerco humanitario y brindar auxilio directo. En 2025 partió su misión inaugural, no obstante, Israel ha interceptado las naves en aguas internacionales y detenido a tripulantes que posteriormente fueron deportados a sus respectivos países.

En 2025 la Secretaría de Relaciones Exteriores brindó asistencia consular a los mexicanos antes y durante su participación en la flotilla Global Sumud. En esa ocasión seis mexicanos formaron parte de la iniciativa. Sin embargo, fueron detenidos y trasladados al centro penitenciario Ketziot, en el sur de Israel, junto con otros participantes de 46 países.7

No obstante, a la fecha el acceso humanitario sigue limitado con restricciones en cruces fronterizos y falta de despliegue de ayuda internacional comprometida. Por lo que, está programada una misión para el 12 de abril 2026 con más de 100 embarcaciones y 3,000 participantes de más de 100 países, entre ellos México. Su objetivo es ayudar a romper el bloqueo, distribuir ayuda humanitaria, establecer un corredor marítimo, apoyar a la reconstrucción e impulsar la acción ciudadana.8

Estas iniciativas de la sociedad civil internacional buscan aliviar el sufrimiento de la población afectada con el propósito de transportar ayuda humanitaria a la Franja de Gaza, visibilizar la crisis y ejercer presión internacional para el levantamiento del bloqueo.

La participación de civiles en este tipo de misiones humanitarias se inscribe dentro de una larga tradición de solidaridad internacional; sin embargo, también implica riesgos significativos, especialmente en contextos de conflicto armado activo. El involucramiento en una zona de alto riesgo los coloca en una situación de vulnerabilidad, evidenciada por la pasada detención, traslado a centros de reclusión y la necesidad de asistencia consular para garantizar la integridad y eventual repatriación.

Este hecho pone de relieve la importancia de los mecanismos de protección consular del Estado mexicano. La Secretaría de Relaciones Exteriores tiene el mandato legal de proteger a las personas mexicanas en el exterior, particularmente en situaciones de riesgo, detención o vulneración de sus derechos. Este mandato se sustenta tanto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como en la Ley del Servicio Exterior Mexicano, así como en instrumentos internacionales como la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares.

La Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963 establece el derecho a asistencia consular, en su artículo 5 determina que es función consular el otorgar ayuda y asistencia a los nacionales además de proteger sus intereses. Así como en su artículo 36 que determina la compañía en casos como alguna detención.

Por su parte, el Estado mexicano tiene obligaciones claras de protección consular. En el artículo 1 constitucional se establece que las personas gozan de derechos humanos y la obligación de promoverlos, respetarlos y protegerlos conforme a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

De igual forma, la fracción X del artículo 89 constitucional determina la conducción de la política exterior bajo principios de protección y promoción de los derechos humanos, la lucha por la paz y la seguridad internacionales. Así como la Ley del Servicio Exterior Mexicano que en su artículo 2 determina la protección de la dignidad y derechos de los mexicanos en el extranjero.

La protección consular no sólo implica brindar asistencia jurídica y acompañamiento, sino también desplegar acciones que salvaguarden la integridad física y los derechos fundamentales de las personas mexicanas en el extranjero. En contextos de conflicto armado, esta responsabilidad adquiere una dimensión aún más relevante, dada la complejidad de las circunstancias y los riesgos asociados.

Asimismo, la participación de personas mexicanas en misiones humanitarias internacionales plantea la necesidad de fortalecer los protocolos de prevención, seguimiento y atención por parte del Estado mexicano, a fin de garantizar que, en todo momento, cuenten con respaldo institucional suficiente.

En este sentido, resulta fundamental que el Estado mexicano no sólo reaccione ante situaciones de emergencia, sino que adopte un enfoque preventivo y proactivo en la protección de sus nacionales, particularmente cuando se encuentran en zonas de conflicto o participan en iniciativas de alto riesgo.

Por lo anterior, la presente proposición con punto de acuerdo tiene como finalidad exhortar a las autoridades competentes a reforzar las acciones de protección, asistencia y seguimiento consular para las personas mexicanas involucradas en la Flotilla Global Sumud, así como reiterar el compromiso de México con el respeto al derecho internacional humanitario y la protección de la población civil en contextos de conflicto armado.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que, en el ámbito de sus atribuciones, implemente de manera preventiva y proactiva las medidas de protección consular necesarias para salvaguardar la integridad física, la libertad y los derechos humanos de las y los ciudadanos mexicanos que participarán en la misión humanitaria denominada “Global Sumud Flotilla” programada para 2026; asimismo, se le solicita establecer mecanismos de coordinación y comunicación con autoridades de los países de tránsito y destino, a fin de prevenir actos que vulneren su integridad y labor de asistencia humanitaria internacional.

Notas

1 UNRWA, Situation Report #215 on the Humanitarian Crisis in the Gaza Strip and the Occupied West Bank, including East Jerusalem, https://www.unrwa.org/resources/reports/unrwa-situation-report-215-huma nitarian-crisis-gaza-strip-and-occupied-west-bank

2 Global Conflict Tracker, Israeli-Palestinian Conflict, https://www.cfr.org/global-conflict-tracker/conflict/israeli-palestinia n-conflict

3 UNRWA, Op. Cit.

4 Council on Foreign Relations, Famine Declared in Gaza: What to Know, https://www.cfr.org/articles/gazas-food-crisis-worsening-what-know?utm_ =

5 Amnistía Internacional, Levanten el bloqueo de Gaza y detengan el genocidio, https://www.amnesty.org/es/petition/lift-the-blockade-on-gaza-and-stop- the-genocide/

6 Naciones Unidas, Gaza: Debe garantizarse un alto el fuego permanente, la ONU está lista para apoyar, dice Guterres, https://news.un.org/es/story/2025/10/1540550

7 IMER Noticias, Mexicanos de la Global Sumud Flotilla llegan a CDMX; denuncian maltrato y tortura, https://noticias.imer.mx/blog/mexicanos-de-la-global-sumud-flotilla-lle gan-a-cdmx-denuncian-maltrato-y-tortura/

8 Global Sumud Flotilla, The Spring 2026 Mission, https://globalsumudflotilla.org/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2026.

Diputada Lilia Aguilar Gil (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la a la SRE, a las embajadas de México en España, Italia, Túnez, Israel, Jordania y Egipto; y la Oficina de Representación de México en Palestina, a instalar una mesa de seguimiento y asistencia consular para los mexicanos que participarán en la misión humanitaria denominada “Global Sumud Flotilla”, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del PT

La que suscribe, diputada Lilia Aguilar Gil, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1 fracción I; y 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a su consideración proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores; las Embajadas de México en España, Italia, Túnez, Israel, Jordania y Egipto; y la Oficina de Representación de México en Palestina, a instalar una mesa de seguimiento y asistencia consular para los mexicanos que participarán en la misión humanitaria denominada “Global Sumud Flotilla”.

Consideraciones

El conflicto entre Israel y Palestina constituye uno de los más prolongados y complejos del sistema internacional contemporáneo. Sus antecedentes se remontan a la primera mitad del siglo XX, con una intensificación a partir de la adopción de la Resolución 181 de 1947 y la proclamación del Estado de Israel en 1948. Este conflicto ha derivado en ocupaciones territoriales y ciclos recurrentes de violencia que han afectado de manera desproporcionada a la población civil.

A partir del 7 de octubre de 2023, tras el ataque perpetrado por combatientes de Hamás contra Israel, se ha registrado una escalada significativa de violencia en la región. En respuesta, el Estado de Israel declaró la guerra e impuso un asedio total a la Franja de Gaza, configurando uno de los episodios más graves del conflicto en décadas recientes.

A pesar de diversos intentos de cese al fuego, entre 2023 y marzo de 2026 han perdido más de 70,000 personas en la Franja de Gaza, mientras que 171,959 han resultado heridas. Asimismo, se estima que 67,000 personas desplazadas viven en albergues colectivos de emergencia, enfrentando condiciones de extrema vulnerabilidad.1

Para agosto de 2025, aproximadamente el 90 por ciento de la población de Gaza se encontraba desplazada y padecía niveles agudos o catastróficos de inseguridad alimentaria. Además, se han documentado ataques contra infraestructura civil, incluyendo escuelas, hospitales y zonas designadas para asistencia humanitaria. Se estima que el 94 por ciento de los hospitales de Gaza están dañados o destruidos y se calcula que solo hay 2,000 camas de hospital disponibles.2

La ofensiva militar, los bombardeos sistemáticos y el bloqueo prolongado han generado una crisis humanitaria de gran magnitud, caracterizada por la destrucción de infraestructura crítica, la interrupción de servicios básicos y la insuficiencia de bienes esenciales para la supervivencia.

Diversos informes de la Organización de las Naciones Unidas y sus agencias especializadas han calificado la situación en Gaza ha sido calificada como catastrófica. Se ha documentado la muerte de decenas de miles de personas, incluyendo un número significativo de niñas, niños y mujeres, así como el desplazamiento forzado de la mayoría de la población.

Asimismo, se ha impuesto un cerco sobre la Franja de Gaza que limita el acceso a alimentos, agua potable, medicamentos y suministros básicos. Restricciones normativas y operativas que han afectado la labor de organismos internacionales.

Ejemplo de ello es la aplicación de leyes aprobadas por el parlamento de Israel en 2024, que buscaron prohibir las operaciones de la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en Oriente Próximo (UNRWA por sus siglas en inglés) en zonas que Israel considera su territorio soberano, incluida Jerusalén Oriental ocupada.

Desde marzo de 2025, autoridades han impedido que esta agencia introduzca directamente personal humanitario y ayuda en la Franja de Gaza. Ya que, también ha habido víctimas en la Cisjordania ocupada, incluida Jerusalén. Entre el 7 de octubre de 2023 y el 28 de marzo de 2026, 1,073 palestinos fueron asesinados cifra de los que al menos 233 eran menores de edad.3

En este contexto, la Organización de las Naciones Unidas ha advertido sobre la presencia de condiciones de hambruna provocada por factores humanos, con cientos de miles de personas en situación de hambre extrema. Al menos medio millón de personas padecen hambre extrema y la cifra va en aumento; tanto autoridades locales como organismos internacionales han reportado miles de muertes por desnutrición y violencia en centros de distribución.4

La comunidad internacional ha presionado para detener la operación sobre Gaza y disminuir la emergencia humanitaria actual. Han surgido intentos como el plan de paz entre Israel y Hamás, negociado con la mediación de Estados Unidos. Sin embargo, aún hay retos presentes y no se ha logrado mitigar la emergencia que atraviesa la población palestina.

El derecho internacional humanitario, particularmente el Convenio de Ginebra relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra, establece obligaciones claras para las partes en conflicto, incluyendo la protección de la población civil, la prohibición de castigos colectivos y la garantía de acceso a la ayuda humanitaria. Sin embargo, diversos reportes internacionales han señalado posibles violaciones a estos principios, lo que ha intensificado la preocupación de la comunidad internacional y ha motivado reiterados llamados a un alto al fuego inmediato.

Israel mantiene un bloqueo terrestre, aéreo y marítimo sobre la Franja de Gaza desde 2007 y se ha intensificado durante el conflicto reciente. Se han restringido rutas de evacuación, corredores humanitarios y acceso de organizaciones internacionales. La Clasificación Integrada de las Fases de la Seguridad Alimentaria (CIF) advirtió de que se habían alcanzado los umbrales de hambruna para el consumo de alimentos en la mayor parte de Gaza, concluyendo que seguirá aumentando el número de personas que mueren de inanición.5

En este contexto, la comunidad internacional ha impulsado distintos esfuerzos diplomáticos orientados a la desescalada del conflicto. El secretario general de la Organización de las Naciones Unidas ha reiterado la necesidad urgente de establecer un cese al fuego, mientras que múltiples Estados han abogado por soluciones negociadas que permitan avanzar hacia una paz duradera basada en el reconocimiento mutuo y el respeto al derecho internacional.

De igual forma, la Organización de las Naciones Unidas ha reiterado estar lista para brindar todo su apoyo para ampliar la asistencia alimentaria, de agua, médica y de alojamiento. Precisando que para lograr un progreso real es necesario contar con acceso pleno, seguro y sostenido para el personal humanitario; la eliminación de trámites burocráticos y obstáculos; y la reconstrucción de la infraestructura destruida.6

Ante este escenario, la sociedad civil global ha tomado acción, ejemplo de ello es la organización de la Flotilla Global Sumud, una iniciativa pacífica que busca romper el cerco humanitario y brindar auxilio directo. En 2025 partió su misión inaugural, no obstante, Israel ha interceptado las naves en aguas internacionales y detenido a tripulantes que posteriormente fueron deportados a sus respectivos países.

En 2025 la Secretaría de Relaciones Exteriores brindó asistencia consular a los mexicanos antes y durante su participación en la flotilla Global Sumud. En esa ocasión seis mexicanos formaron parte de la iniciativa. Sin embargo, fueron detenidos y trasladados al centro penitenciario Ketziot, en el sur de Israel, junto con otros participantes de 46 países.7

No obstante, a la fecha el acceso humanitario sigue limitado con restricciones en cruces fronterizos y falta de despliegue de ayuda internacional comprometida. Por lo que, está programada una misión para el 12 de abril 2026 con más de 100 embarcaciones y 3,000 participantes de más de 100 países, entre ellos México. Su objetivo es ayudar a romper el bloqueo, distribuir ayuda humanitaria, establecer un corredor marítimo, apoyar a la reconstrucción e impulsar la acción ciudadana.8

Estas iniciativas de la sociedad civil internacional buscan aliviar el sufrimiento de la población afectada con el propósito de transportar ayuda humanitaria a la Franja de Gaza, visibilizar la crisis y ejercer presión internacional para el levantamiento del bloqueo.

La participación de civiles en este tipo de misiones humanitarias se inscribe dentro de una larga tradición de solidaridad internacional; sin embargo, también implica riesgos significativos, especialmente en contextos de conflicto armado activo. El involucramiento en una zona de alto riesgo los coloca en una situación de vulnerabilidad, evidenciada por la pasada detención, traslado a centros de reclusión y la necesidad de asistencia consular para garantizar la integridad y eventual repatriación.

Este hecho pone de relieve la importancia de los mecanismos de protección consular del Estado mexicano. La Secretaría de Relaciones Exteriores tiene el mandato legal de proteger a las personas mexicanas en el exterior, particularmente en situaciones de riesgo, detención o vulneración de sus derechos. Este mandato se sustenta tanto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como en la Ley del Servicio Exterior Mexicano, así como en instrumentos internacionales como la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares.

La Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963 establece el derecho a asistencia consular, en su artículo 5 determina que es función consular el otorgar ayuda y asistencia a los nacionales además de proteger sus intereses. Así como en su artículo 36 que determina la compañía en casos como alguna detención.

Por su parte, el Estado mexicano tiene obligaciones claras de protección consular. En el artículo 1 constitucional se establece que las personas gozan de derechos humanos y la obligación de promoverlos, respetarlos y protegerlos conforme a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

De igual forma, la fracción X del artículo 89 constitucional determina la conducción de la política exterior bajo principios de protección y promoción de los derechos humanos, la lucha por la paz y la seguridad internacionales. Así como la Ley del Servicio Exterior Mexicano que en su artículo 2 determina la protección de la dignidad y derechos de los mexicanos en el extranjero.

La protección consular no sólo implica brindar asistencia jurídica y acompañamiento, sino también desplegar acciones que salvaguarden la integridad física y los derechos fundamentales de las personas mexicanas en el extranjero. En contextos de conflicto armado, esta responsabilidad adquiere una dimensión aún más relevante, dada la complejidad de las circunstancias y los riesgos asociados.

Asimismo, la participación de personas mexicanas en misiones humanitarias internacionales plantea la necesidad de fortalecer los protocolos de prevención, seguimiento y atención por parte del Estado mexicano, a fin de garantizar que, en todo momento, cuenten con respaldo institucional suficiente.

En este sentido, resulta fundamental que el Estado mexicano no sólo reaccione ante situaciones de emergencia, sino que adopte un enfoque preventivo y proactivo en la protección de sus nacionales, particularmente cuando se encuentran en zonas de conflicto o participan en iniciativas de alto riesgo.

Por lo anterior, la presente proposición con punto de acuerdo tiene como finalidad exhortar a las autoridades competentes a reforzar las acciones de protección, asistencia y seguimiento consular para las personas mexicanas involucradas en la Flotilla Global Sumud, así como reiterar el compromiso de México con el respeto al derecho internacional humanitario y la protección de la población civil en contextos de conflicto armado.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía, de urgente y obvia resolución, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de las áreas competentes como la Dirección General de Protección Consular y Planeación Estratégica, y la Dirección General para África, Asia Central y Medio Oriente; las Embajadas de México en España, Italia, Túnez, Israel, Jordania y Egipto; y la Oficina de Representación de México en Palestina, por su relevancia estratégica, tenga a bien instalar, a la mayor brevedad posible, una mesa de seguimiento y asistencia consular especial para las y los mexicanos que participarán en la próxima incursión humanitaria de la Flotilla Global Sumud a la Franja de Gaza, con el objetivo fundamental de velar por su protección e integridad.

Notas

1 UNRWA, Situation Report #215 on the Humanitarian Crisis in the Gaza Strip and the Occupied West Bank, including East Jerusalem, https://www.unrwa.org/resources/reports/unrwa-situation-report-215-huma nitarian-crisis-gaza-strip-and-occupied-west-bank

2 Global Conflict Tracker, Israeli-Palestinian Conflict, https://www.cfr.org/global-conflict-tracker/conflict/israeli-palestinia n-conflict

3 UNRWA, Op. Cit.

4 Council on Foreign Relations, Famine Declared in Gaza: What to Know, https://www.cfr.org/articles/gazas-food-crisis-worsening-what-know?utm_ =

5 Amnistía Internacional, Levanten el bloqueo de Gaza y detengan el genocidio, https://www.amnesty.org/es/petition/lift-the-blockade-on-gaza-and-stop- the-genocide/

6 Naciones Unidas, Gaza: Debe garantizarse un alto el fuego permanente, la ONU está lista para apoyar, dice Guterres, https://news.un.org/es/story/2025/10/1540550

7 IMER Noticias, Mexicanos de la Global Sumud Flotilla llegan a CDMX; denuncian maltrato y tortura, https://noticias.imer.mx/blog/mexicanos-de-la-global-sumud-flotilla-lle gan-a-cdmx-denuncian-maltrato-y-tortura/

8 Global Sumud Flotilla, The Spring 2026 Mission, https://globalsumudflotilla.org/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2026.

Diputada Lilia Aguilar Gil (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Profepa a investigar todo hecho, acto u omisión relacionados con el evento denominado “Jimulcazo”, realizado en el área natural protegida y reserva ecológica cañón de Jimulco, Torreón, Coahuila, a cargo del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del PT

El que suscribe, diputado Ricardo Mejía Berdeja, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2 fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como demás disposiciones aplicables, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para que conforme a sus atribuciones, investigue todo hecho, acto u omisión relacionados con el evento denominado “Jimulcazo” realizado en el área natural protegida y reserva ecológica Cañón de Jimulco; Torreón, Coahuila, conforme a los siguientes

Antecedentes

“La Reserva Ecológica Municipal Sierra y Cañón de Jimulco se crea por iniciativa de un amplio grupo de actores sociales e institucionales, que en el año 2002 realizan acciones para proteger los recursos naturales existentes en los terrenos de seis ejidos ubicados en la zona denominada Cañón de Jimulco, en el municipio de Torreón, Coahuila.

El origen de las gestiones que derivaron en la declaración de esta área natural protegida se encuentran en la denuncia que comisariados ejidales y lugareños hicieron de la extracción ilícita de plantas nativas que una empresa realizaba para ornamentar un desarrollo urbano-turístico en esta ciudad, la cual es atendida por la Dirección de Ecología Municipal que convoca a académicos de las universidades, servidores públicos y ciudadanos, quienes constituyen un grupo de trabajo que asume la gestión para la protección del área, a la vez de que le proporcionan un espíritu ciudadano-gubernamental a este proyecto.

La primera acción que implementa este grupo de trabajo es la realización de una consulta comunitaria entre los ejidatarios que poseen legalmente los terrenos donde se ubica el área, obteniendo de ellos la anuencia que por asamblea general determinaron incluir sus superficies en un área natural protegida.”

Resultado de unir esfuerzos es que el 27 de junio de 2003 el honorable ayuntamiento de Torreón, Coahuila, declaró Área Natural Protegida y Reserva Ecológica a la Sierra y Cañón de Jimulco,1 ese mismo día fue publicado el decreto en la Gaceta municipal.

Es también durante 2003 cuando Biodesert, A. C., facilita al grupo de trabajo la gestión para elaborar el plan de manejo de la reserva con apoyo de World Wildlife Fund y el municipio de Torreón que recibió recursos de la Semarnat, el cual es validado por grupos de especialistas, los ejidatarios de la zona y servidores públicos; en este plan se fundamenta la importancia biológica del área, su estrategia de manejo con base a su zonificación y el modelo de gestión con el cual se operará la reserva.2

Sin embargo, pese a ser declarada Área Natural Protegida y Reserva Ecológica a la Sierra y Cañón de Jimulco, el pasado 28 de febrero del año en curso de acuerdo con información difundida en medios de comunicación locales, particularmente el diario El Siglo de Torreón,3 se llevó a cabo un evento denominado “Jimulcazo” , en el cual diversos vehículos todo terreno tipo razer ingresaron al cauce del río Aguanaval, dentro de los límites de dicha reserva ecológica.

La Fundación Jimulco, A.C. organismo ciudadano que desde 2010 coadministra junto con el municipio la Reserva Ecológica Municipal Sierra y Cañón de Jimulco, fijó su postura pública tras los hechos ocurridos:

“Roberto Muñoz del Río, presidente del Consejo Directivo de la Fundación, lamentó que actividades como la realizada con vehículos tipo razer contravengan los lineamientos de protección ambiental establecidos para la zona.

La Fundación recordó que, de acuerdo con el Reglamento y el Programa de Manejo de la Reserva, están prohibidos los eventos que impliquen tránsito de vehículos motorizados en áreas naturales, debido al impacto negativo que generan en la flora y fauna silvestre . En el pasado, se han autorizado actividades recreativas de bajo impacto, como carreras pedestres y ciclistas, pero nunca el uso de unidades que invadan cauces o terrenos ejidales.

Muñoz del Río detalló que, previo al evento, la Dirección General de Medio Ambiente Municipal convocó a los organizadores a una reunión informativa en la que se les notificó la prohibición y se les negó el permiso correspondiente. En ese encuentro, los responsables se comprometieron a limitar la circulación a la carretera y evitar el cauce del río. Sin embargo, el compromiso no se cumplió y los participantes ingresaron de manera irresponsable al río Aguanaval.

La fundación también señaló que los organizadores omitieron solicitar autorización a las autoridades ejidales, pese a que los terrenos son propiedad legítima de las comunidades, quienes tienen el derecho de decidir sobre el uso de sus espacios”.4

Para el ambientalista Miguel Garza, las autoridades incurrieron en omisiones al no ejercer la debida vigilancia, lo que dio lugar a que se pusiera en riesgo la flora y fauna de la Reserva Ecológica Municipal Sierra y Cañón de Jimulco.5

Así el evento denominado “Jimulcazo”, no contaba con autorización ambiental y se realizó en contravención a los lineamientos del programa de manejo de la reserva, el cual prohíbe el tránsito de vehículos motorizados dentro de la zona debido al impacto que generan sobre la flora y fauna silvestre.

Por su parte, el artículo 6 del Reglamento de la Reserva Ecológica Municipal “Sierra y Cañón se establece que:

Artículo 6. La aplicación del presente Reglamento corresponde a la dirección, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias municipales, así como de los gobiernos federal y estatal.

De igual forma, se establece que el personal que conforma la administración de la reserva estará jerárquicamente subordinado a la Dirección de Medio Ambiente del municipio de Torreón, cuyo titular es el ciudadano Marcelo Sánchez Adame.

Consideraciones

El artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, estableciendo la obligación del Estado de garantizar el respeto a este derecho y generando responsabilidad para quien provoque daños ambientales en términos de lo dispuesto por la ley, particularmente cuando se trata de áreas naturales protegidas.

Los hechos denunciados respecto del evento denominado “Jimulcazo” constituyen afectaciones al ecosistema local y a la fauna silvestre. El ingreso de vehículos motorizados a cauces naturales dentro de una zona protegida podría generar daños al suelo, perturbaciones a la fauna silvestre y alteraciones en los ecosistemas, lo cual debe ser investigado por las autoridades competentes.

La falta de supervisión puede representar incumplimiento de las obligaciones de inspección y vigilancia ambiental, lo cual debe ser investigado a fin de determinar si existieron responsabilidades administrativas.

La ausencia de investigación y sanción frente a estos hechos podría generar un precedente de impunidad ambiental, debilitando los instrumentos de protección ecológica.

Por el contrario, una actuación firme de las autoridades contribuirá a fortalecer la conservación de la Reserva Ecológica Sierra y Cañón de Jimulco y garantizar el respeto a las comunidades locales.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este pleno, los siguientes:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) para que, en el ámbito de sus atribuciones, investiguen todo hecho, acto u omisión relacionados con el evento denominado “Jimulcazo” realizado en el Área Natural Protegida y Reserva Ecológica Cañón de Jimulco, que haya producido daño o que contravenga disposiciones en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico. Así como de los posibles actos, hechos u omisiones en que hubieren incurrido autoridades estatales o municipales, a fin de promover la ejecución de las acciones procedentes.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al titular de Dirección de Medio Ambiente del municipio de Torreón, ciudadano Marcelo Sánchez Adame, de Torreón, a atender las investigaciones correspondientes y determinar las responsabilidades administrativas o ambientales que pudieran derivarse de la realización de dicho evento.

Notas

1 Gobierno del estado de Coahuila. Secretaría de Medio Ambiente. Área Natural Protegida Estatal Reserva Natural Voluntaria Sierra y Cañón de Jimulco. Disponible en: https://sma.gob.mx/wp-content/uploads/2021/08/Declaratoria_Jimulco.pdf

2 Fundación Jimulco. http://fundjimulcoac.com.mx/

3 Pérez-Canedo, F. (9, marzo 2026). Exigen sanción a responsables de ‘Jimulcazo’; organizadores no respetaron a ejidatarios ni río Aguanaval. El Siglo de Torreón. Disponible en: https://www.elsiglodetorreon.com.mx/noticia/2026/exigen-sancion-a-respo nsables-de-jimulcazo-organizadores-ignoraron-acuerdo-de-respetar-rio-ag uanaval.html

4 Pérez-Canedo (2026)

5 Holguin, M. (8, marzo 2026) Miguel Garza, ambientalista: Autoridades pusieron en riesgo flora y fauna del Cañón de Jimulco al omitir vigilancia. El Siglo de Torreón. Disponible en: https://www.elsiglodetorreon.com.mx/noticia/2026/miguel-garza-ambiental ista-autoridades-pusieron-en-riesgo-flora-y-fauna-del-canon-de-jimulco- al-omitir-vigil.html

Dado en el Palacio de San Lázaro, a 14 de abril de 2026.

Diputado Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica)