Gaceta Parlamentaria, año XXIX, número 7010-III-5, martes 7 de abril de 2026
Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a garantizar el derecho a un medio ambiente sano por los daños ocasionados por el derrame petrolero recién detectado en diversas playas y lagunas de los estados de Veracruz y Tabasco, suscrita por diversas diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRI
Quienes suscribimos, Christian Castro Bello, Lorena Piñón Rivera, Ariana del Rocío Rejón Lara, Erubiel Lorenzo Alonso Que y Emilio Lara Calderón, legisladores federales de la LXVI Legislatura e integrantes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción III; numeral 2, fracciones I y II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, por el que se exhorta al Poder Ejecutivo federal, a través de las Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Energía, así como a Petróleos Mexicanos, empresa pública del Estado mexicano, a garantizar el derecho a un medio ambiente sano por los daños ocasionados por el derrame petrolero detectado en playas y lagunas de los estados de Veracruz y Tabasco; atendiendo a las siguientes
Consideraciones
I. El artículo 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su párrafo sexto, establece que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, siendo el Estado Mexicano el que garantizará el respeto a este derecho; por lo que el daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.
II. De igual forma, el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada. Continúa el mismo numeral en su párrafo cuarto disponiendo que corresponde al dominio directo de la nación el petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos.
III. Asimismo, el párrafo séptimo del referido artículo 27 constitucional señala que, tratándose del petróleo y de los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos, en el subsuelo, la propiedad de la Nación es inalienable e imprescriptible y no se otorgarán concesiones. Con el propósito de obtener ingresos para el Estado que contribuyan al desarrollo de largo plazo de la nación, ésta llevará a cabo las actividades de exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos mediante asignaciones a empresas públicas del Estado o a través de contratos con éstas o con particulares, en los términos de la ley reglamentaria. Para cumplir con el objeto de dichas asignaciones o contratos las empresas públicas del Estado podrán contratar con particulares. En cualquier caso, los hidrocarburos en el subsuelo son propiedad de la Nación y así deberá afirmarse en las asignaciones o contratos.
IV. Ahora bien, a través de diversos medios de comunicación, y en publicaciones realizadas en diversas plataformas digitales, se ha denunciado el hallazgo, desde el 1 de marzo del año en curso, un derrame de petróleo en playas y lagunas de los Estados de Veracruz y Tabasco, mismo que, según reportes de la Organización Greenpeace,1 se ha ido extendiendo a lo largo de 630 kilómetros de litoral en el Golfo de México que va desde la laguna de Tamiahua, en Veracruz, hasta Paraíso, Tabasco, lo cual sin duda alguna está generando daños tanto en los ecosistemas como en las propias comunidades, afectando la economía de las miles de familias que se dedican a la actividad pesquera en esa zona, máxime que nos encontramos en la temporada donde deberían de percibir mayores recursos por dicha actividad, por el alto consumo de productos pesqueros con motivo de la Cuaresma y la Semana Santa.
V. De igual forma, como puede observarse, existe el riesgo potencial de que el derrame en comento alcance las costas del Estado de Campeche, por lo que resulta necesaria la atención inmediata del mismo, a fin de que el Estado Mexicano, por medio del Ejecutivo Federal, prevenga la extensión del daño hacia las costas campechanas, lo cual agudizaría la situación de las familias de dicha entidad federativa que tienen su principal sustento en la actividad pesquera, misma que ya ha sido impactada por la actividad de Pemex.
VI. Por todo lo anterior, resulta importante exhortar al Poder Ejecutivo federal, quien tiene a su cargo la política pública medioambiental, como parte del Estado Mexicano, para que, a través de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, que tienen injerencia directa en estos temas, como lo son la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Secretaría de Energía, así como Petróleos Mexicanos, empresa pública del estado mexicano, garantice el derecho humano a un medio ambiente sano y, en el mismo tenor, determinen a los responsables de dicho derrame y se compense económicamente a las personas con actividades pesqueras afectadas por dicho derrame.
Por todo lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración del pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición, con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Poder Ejecutivo Federal, a través de las Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Energía, así como a Petróleos Mexicanos, Empresa Pública del Estado Mexicano, para que se garantice el Derecho a un medio ambiente sano ante los daños ocasionados por el derrame petrolero detectado en playas y lagunas de los Estados de Veracruz y Tabasco.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Poder Ejecutivo Federal, a través de las Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Energía, así como a Petróleos Mexicanos, Empresa Pública del Estado Mexicano, para que se determinen responsabilidades y se sancione a los responsables por los daños al medio ambiente ocasionados por el derrame petrolero detectado en playas y lagunas de los estados de Veracruz y Tabasco.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Poder Ejecutivo federal, a través de las Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Energía, así como a Petróleos Mexicanos, empresa pública del Estado mexicano para que, a la brevedad, se determinen y procedan a la reparación del daño económico generado a las personas con actividad pesquera en playas y lagunas de los Estados de Veracruz y Tabasco, afectadas en su actividad económica por el derrame petrolero referido en el presente documento legislativo, y conforme al marco jurídico vigente.
Nota
1 Consultable en: https://www.greenpeace.org/mexico/informacion-prensa/62546/desastre-pet rolero-sigue-afectando-golfo-de-mexico/?utm_content=FbComunicadoDerrame 260323014008&utm_medium=social&utm_source=facebook&utm_camp aign=fossil%20fuels&hs_resource__c=Fundraising
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, el 24 de marzo de 2026.
Diputados: Christian Castro Bello, Lorena Piñón Rivera, Erubiel Lorenzo Alonso Que, Ariana del Rocío Rejón Lara, Emilio Lara Calderón (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a realizar las investigaciones correspondientes y elaborar un diagnóstico integral de los daños ambientales, a fin de implementar las acciones y medidas necesarias para la restauración ecológica del área afectada y la reparación de los daños, con motivo del derrame de petróleo crudo reportado desde el 1 de marzo de 2026 en playas del estado de Veracruz, a cargo de la diputada Graciela Ortiz González, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, diputada Graciela Ortiz González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás aplicables, somete a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, conforme a lo siguiente:
Considerandos
Desde el pasado domingo, 1 de marzo de 2026, comenzaron a surgir diversos reportes de presencia de chapopote de petróleo crudo en las playas y mar de los estados de Veracruz (playas Punta San Juan, Linda, Zapotitlán, Tecuanapan y Jucal, además de la Bocana, Paquital, Punta Huazuntlán, Bocana Río Temoloapan en la laguna del Ostión, en Pajapan, Los Arrecifes y el Salado en Mecayapan, Peña Hermosa y Mirador Pilapa en Tatahuicapan y Barrillas en Coatzacoalcos.) y Tabasco (Barra Panteones en Paraíso y Sánchez Magallanes en Cárdenas), siendo en total dieciséis sitios afectados en una línea de costa de casi 170 kilómetros.1 Entre los impactos que ha tenido este suceso se encuentran las afectaciones severas en los ecosistemas de tales lugares, con la muerte de tortugas, manatíes y peces, así como afectaciones en la salud de las comunidades, cooperativas y familias pesqueras.
Las diversas comunidades pesqueras y organizaciones ambientalistas, documentadas en medios de comunicación, han exigido que se lleve a cabo una investigación concreta sobre las causas que originaron tal derrame. Entre las peticiones que se han realizado se encuentra la atención inmediata a este suceso, de manera que sea posible recuperar los ecosistemas, la reparación del daño a las comunidades afectadas y la elaboración de mejores protocolos que permitan prevenir este tipo de accidentes, además de esquemas de protección especial en el Golfo de México.2 Hasta el momento, no existe una noción real del impacto de las consecuencias en la flora y fauna de los ecosistemas costeros, pero, tomando como antecedente los accidentes previos de tal tipo, se da cuenta de la alta gravedad del problema en tanto que conlleva consecuencias irreversibles.
Los impactos de este incidente no radican exclusivamente en lo ambiental y económico, pues también han afectado a las comunidades indígenas aledañas a la zona del desastre. Representantes de la comunidad náhuatl aseguraron que el derrame de chapopote ha afectado sus tradiciones y formas de vida, debido a que una de sus principales actividades es la pesca, una tradición cultural producto de herencias ancestrales. Obed Hernández, uno de los miembros de tales comunidades, ha calificado este ecocidio también como un etnocidio en tanto que está perjudicando a su etnia, su cultura, sus tradiciones, estableciendo esto como un agravio al Derecho a un medio ambiente sano.3 No siendo suficiente con estas devastadoras consecuencias, también es necesario apuntar que existe un impacto en la industria turística, pues se desalientan las visitas a estos lugares.
Las autoridades competentes no han informado acerca del origen del petróleo derramado, donde la paraestatal Petróleos Mexicanos (Pemex) ha negado cualquier tipo de responsabilidad, a pesar de que esta empresa ya ha estado involucrada en otros accidentes de este tipo en el pasado. Existe una negativa a reconocer que el derrame haya ocurrido en alguna de sus instalaciones y únicamente respondió con una revisión del problema. Se informó desde el 6 de marzo de 2026 que se instalaría un Comando Unificado, integrado por la petrolera, la Secretaría de Marina, la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector de Hidrocarburos (ASEA), entre otras.4 Esto último para atender la emergencia ambiental causada por el derrame, sin embargo, no existe información que detalle que se llevarán a cabo investigaciones correspondientes para conocer las causas y las posibles responsabilidades.
Esta situación no es menor cuando se tiene en cuenta que México es uno de los países con mayor biodiversidad del mundo, pues cuenta con una gran cantidad de playas que son vitales para la economía y la convivencia local. Hoy, las playas y la población misma se han visto afectadas por el negligente actuar de Pemex, ya que el reciente derrame de hidrocarburo ha causado una severa contaminación al sur del estado de Veracruz con extensión hacia el estado de Tabasco. En los últimos cuatro años se han registrado alrededor de 116 derrames de petróleo en estas costas, derivando en las mismas consecuencias que se han descrito previamente. Veracruz lidera con 181 campos de hidrocarburo, seguido de Tamaulipas y Tabasco, de manera que concentra una gran parte de las reservas nacionales; la actividad de la petrolera paraestatal genera preocupaciones, pues el Centro de Coordinación y Apoyo de Emergencias de Pemex ha reportado 70 derrames graves o moderados, con la entidad en comento encabezando la lista en 2024.5
Según la Oficina Nacional de Administración Oceánica y Atmosférica (NOAA, por sus siglas en inglés) de Estados Unidos, los derrames petroleros causan daños que resultan más alarmantes si estos se dan en entornos sensibles, tales como playas, manglares y humedales. Estos suelen ocurrir cuando se rompen oleoductos, o bien, fallan las operaciones de perforación, cuyas consecuencias pueden resentirse durante décadas en caso de un gran derrame. Los daños que estos desastres causan a la vida oceánica incumben a plantas, animales y hábitats radicados en la zona, pues existe un ensuciamiento o contaminación por petróleo con toxicidad alta que causa graves problemas, no solamente en la flora y fauna, sino también en la salud. La recuperación, limpieza y rehabilitación de la fauna es una labor importante después de un suceso así, pero es una actividad complicada al ser difícil de encontrar y capturar, por lo que no es posible rescatar a todos los animales a plenitud.6
Además, los derrames de petróleo de gran escala en el Golfo de México causan afectaciones económicas severas a largo plazo, lo que pone en una situación de riesgo las actividades como la pesca y el turismo que, a su vez, se sustentan en el entorno medioambiental de las zonas en cuestión. De conformidad con el Consorcio de Investigación del Golfo de México (Cigom), se ha advertido que los riesgos se dan, principalmente, en las actividades de alto valor comercial que dependen del estado de salud en el que se encuentren los ecosistemas. La afectación de especies de alta importancia para el comercio (como el atún aleta amarilla, el marlín, los tiburones, entre otros) compromete la estabilidad de tales industrias. Aun cuando la producción petrolera es una de las mayores actividades de la zona, su operación en aguas profundas conlleva peligros de accidentes que revelan una falta de herramientas para el diseño de estrategias de planeación.7
Como se puede observar, la información técnica que ha sido proporcionada por organizaciones nacionales e internacionales da cuenta de que lo ocurrido a inicios del mes de marzo tiene alcances en muchas materias. Por tal motivo, es necesario señalar que la mala administración de los recursos petroleros no solamente representa un riesgo inminente para la salud de la fauna marina, de las personas y de las actividades económicas que se sustentan por medio del ecosistema, sino que resulta ser una amenaza completa hacia el progreso del país dados los alcances que se tienen. Habiendo ocurrido tal suceso, la respuesta adecuada de las autoridades responsables del manejo de este recurso deben encaminarse a, en primer lugar, reconocer el error, así como a la debida reparación del daño en todos los rubros, situaciones que no se prevé que ocurran.
El Estado Mexicano, por medio del gobierno, está facultado para ser garante del Derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, donde específicamente se establece la posibilidad generar responsabilidades a quienes lo dañen o deterioren, tal como lo consagra el Artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esto en el párrafo sexto. No obstante, resulta ser el propio Estado quien está causando daños aun cuando las mismas leyes lo mandatan a garantizar tal Derecho y a dar responsabilidades a quienes atenten contra el medio ambiente. Resulta mayormente alarmante cuando es el propio gobierno el que no presenta una actitud adecuada con respecto a la situación comentada. Por tanto, es urgente advertir a la sociedad misma de las negligentes gestiones que dan pauta a emergencias ambientales causadas por empresas del mismo gobierno, así como señalar a estas para que actúen de manera adecuada.
Las leyes mexicanas son claras con respecto al actuar del gobierno en los escenarios de emergencias ambientales, pues existe una serie de competencias entre las dependencias y los órganos del Poder Ejecutivo que les permiten intervenir en tales situaciones. La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) establece las facultades de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), entre las que resultan el fomento a la protección, restauración, conservación, preservación y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas y; ejercer acciones para realizar la defensa del Derecho a un medio ambiente sano.
La Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente establece que la federación está facultada para participar en la prevención y control de emergencias y contingencias ambientales, así como en lo respectivo a la regulación de actividades relacionadas con la explotación, exploración y beneficio de los minerales, substancias y demás recursos del subsuelo correspondientes a la Nación, en lo que respecta a los efectos que puede causar al medio ambiente. De igual forma, se mandata que quien realice obras o actividades que afecten al medio ambiente está obligado a prevenir la contaminación de ríos, cuencas, vasos, aguas marinas, así como otros depósitos y corrientes de agua, incluyendo aguas del subsuelo; para la prevención y control de la contaminación del agua corresponde al Estado y a la sociedad prevenirla; se especifica que, en caso de un riesgo inminente de desequilibrio ecológico, la Semarnat está facultada para clausurar, asegurar y neutralizar instalaciones, pudiendo denunciar ante el Ministerio Público en caso de conocer actos u omisiones que impliquen delitos..
Las comunidades aledañas a este desastre han exigido a la Agencia de Seguridad Industrial y Protección al Medio Ambiente del Sector de Hidrocarburos (ASEA) que comience con las investigaciones pertinentes para dar cuenta de las causas y determinar consecuencias dado el negligente manejo de esta actividad petrolera. Existe facultad para que este órgano desconcentrado de la Semarnat pueda llevar a cabo una investigación sobre los hechos, ya que su Reglamento le permite, entre otras cosas, a expedir las reglas para que los regulados por éste (Pemex, en tal caso) puedan realizar investigaciones causa-raíz tras incidentes y operativos industriales y ambientales. Esto último a manera de que la ASEA pueda coordinar tales investigaciones por medio de la Unidad de Supervisión, Inspección y Vigilancia Industrial para determinar infracciones ambientales. Además, las investigaciones de causa-raíz también pueden ser dirigidas por Agencia en comento, por medio de la Dirección General de Supervisión, Inspección y Vigilancia de Procesos Industriales.
Por ello mismo es que existen las condiciones adecuadas para que el propio gobierno realice un proceso de análisis que permita observar, con herramientas adecuadas, las razones de tal suceso, pudiendo denunciar ante el Ministerio Público cualquier acto u omisión que constituya un delito ambiental.
Desde el GPPRI hacemos un llamado urgente a las autoridades ambientales a que ejerzan acciones que den pauta para determinar lo que realmente ocurrió con este derrame de petróleo crudo. Dada la magnitud del problema, la frecuencia y los antecedentes que se han tenido con respecto a este tipo de accidentes, consideramos de suma importancia que se le otorgue la seriedad necesaria, ya que las víctimas, en este caso, constituyen un pilar fundamental para el progreso de México, en tanto que se trata de comunidades indígenas y pesqueras importantes para el comercio; de igual forma, el ecocidio que da lugar este suceso tiene implicaciones negativas que afectan al medio ambiente de una manera alarmante.
Existe un marco legal que obliga a las autoridades a poner en práctica acciones sobre tema, sin embargo, consideramos pertinente exhortar a las misma a hacerlas cumplir, ya que no se trata de algo menor, sino de la obligación que el Estado tiene de garantizar un medio ambiente sano, mismo que omite al optar por posturas negligentes bajo la negativa de cualquier responsabilidad. Queremos un país que opte por la defensa irrestricta del medio ambiente, donde las actividades respectivas a los recursos estratégicos no constituyan un elemento para pasar por alto esta necesidad. Por ello mismo es que también hacemos eco en estrictas medidas que regulen a quienes son más susceptibles de contaminar, esto por los antecedentes que se tienen con respecto a problemáticas iguales o similares. El principio de legalidad es crucial en el servicio público, pero más importante es hacer cumplir las leyes en beneficio de la República, donde al mismo tiempo se defienda un medio ambiente sustentable y sostenible.
Por estas razones se somete a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con el siguiente
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a que, por medio de la Agencia de Seguridad Industrial y Protección al Medio Ambiente del Sector de Hidrocarburos, en coordinación con Petróleos Mexicanos, realicen de manera urgente y prioritaria una investigación profunda a fin de determinar las razones por las que dio lugar el derrame de petróleo crudo en las costas del Golfo de México, reportado desde el 1 de marzo de 2026, determinando las responsabilidades correspondientes.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a Petróleos Mexicanos en coordinación con la Semarnat, a realizar un diagnóstico integral sobre los daños producidos a raíz del derrame de petróleo para que, con base en los resultados, se implementen las acciones y medidas necesarias para la restauración ecológica del área afectada con miras a recuperar las condiciones ambientales del ecosistema. Asimismo, se solicita la atención pronta a las demandas y exigencias de las comunidades aledañas, a fin de garantizar que los daños ocasionados puedan ser resarcidos conforme a las disposiciones aplicables.
Notas
1 S.a. Petróleo envenena playas y una laguna entre Pajapan, Veracruz y Paraíso, Tabasco. México: Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C., 2026. Disponible en https://cemda.org.mx/petroleo-envenena-playas-y-una-laguna-entre-pajapa n-veracruz-y-paraiso-tabasco-comunidades-y-organizaciones-denuncian-fal ta-de-acciones-efectivas-ante-la-contaminacion-petrolera-en-el-golfo-de -mexi/
2 Redacción de Milenio. Derrame de petróleo afecta ecosistemas en playas del sur de Veracruz. México: Milenio, 5 de marzo de 2026. Disponible en https://www.milenio.com/videos/estados/derrame-petroleo-afecta-ecosiste mas-playas-sur-veracruz
3 Sánchez, I. Califican de etnocidio el derrame de combustible en costas de Veracruz. México: La Jornada, 5 de marzo de 2026. Disponible en https://www.jornada.com.mx/noticia/2026/03/05/estados/califican-de-etno cidio-el-derrame-de-combustible-en-costas-de-veracruz
4 Redacción de El Universal. Instalan Comando Unificado para atender emergencia ambiental por derrame de crudo en el sur de Veracruz; hay numerosas afectaciones en el Golfo. México: La Jornada, 6 de marzo de 2026. Disponible en https://www.eluniversal.com.mx/estados/instalan-comando-unificado-para- atender-emergencia-ambiental-por-derrame-de-crudo-en-sur-de-veracruz-ha y-numerosas-afectaciones-en-el-golfo/
5 González, F. 45 municipios hacen a Veracruz uno de los líderes de la industria petroquímica de México. México: Diario Xalapa, 18 de noviembre de 2024. Disponible en https://oem.com.mx/diariodexalapa/local/complejos-petroquimicos-histori cos-en-veracruz-cuales-son-y-que-producen-18427538
6 S.A. Derrames de petróleo. EEUU: Administración Nacional Oceánica y Atmosférica, 25 de febrero de 2025. Disponible en https://www.noaa.gov/education/resource-collections/ocean-coasts/oil-sp ills
7 Aguirre Macedo, L., Pérez Brunius, P., Saldaña Ruiz, L. E., et. al. Afectación a los ecosistemas marinos por derrames de petróleo. México: Cigom, 14 de abril de 2026. Disponible en https://cigom.org/en/noticias/afectacion-a-los-ecosistemas-marinos-por- derrames-de-petroleo/
Cámara de Diputados, a 7 de abril de 2026.
Diputada Graciela Ortiz González (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la CNDH, a la Segob y a la FGR a implementar de manera inmediata medidas preventivas y urgentes de protección a favor de las personas defensoras de derechos humanos en materia ambiental, a fin de salvaguardar su vida, integridad y seguridad, a cargo de la diputada Graciela Ortiz González, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, diputada Graciela Ortiz González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás aplicables, somete a consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, conforme a lo siguiente:
Consideraciones
Las personas defensoras del medio ambiente desempeñan una labor fundamental en la protección de la biodiversidad y en la salvaguarda de condiciones indispensables para la vida de millones de personas y especies. No obstante, en México, esta actividad se desarrolla en un contexto de riesgo creciente, derivado de insuficiencias institucionales en materia de prevención, protección e investigación, lo que ha propiciado que, en los últimos años, diversos defensores de la biodiversidad hayan sido objeto de agresiones e incluso privados de la vida. En este sentido, la defensa del medio ambiente no debería implicar un riesgo para la integridad personal, sino constituir una actividad plenamente protegida por el Estado, en concordancia con el derecho a la vida y a un medio ambiente sano.
A nivel global, tanto las condiciones meteorológicas extremas como diversas actividades humanas han incrementado la presión sobre los ecosistemas, comprometiendo la supervivencia de múltiples especies animales y vegetales. Frente a este escenario, han surgido colectivos y personas defensoras que, desde distintos ámbitos y en muchos casos sin fines de lucro, contribuyen activamente a la conservación ambiental. Resulta relevante destacar que, en numerosas ocasiones, estas acciones se realizan con recursos propios y ante la limitada presencia institucional, logrando la protección de especies emblemáticas en México, como la ballena gris, el lobo mexicano, la tortuga carey, el jaguar y el ajolote.
La labor de las personas defensoras del medio ambiente es una función social de alto riesgo en nuestro país, quienes dedican su vida a la protección del patrimonio natural, enfrentan represalias directas por confrontar intereses económicos y proyectos de alto impacto económico. Muestra de ello fue el reciente ataque llevado acabado el pasado 11 de marzo de 2026 contra el ciudadano Erik Saracho Aguilar, reconocido ambientalista y director de la organización Alianza Jaguar, quien fue víctima de un ataque directo con arma de fuego en la comunidad de San Pancho, municipio de Bahía de Banderas, Nayarit. El hecho ocurrió momentos después de que Saracho dejara a su hija en el transporte escolar, resultando con heridas de gravedad en ambos brazos.
La víctima ha destacado por su labor histórica en la participación en temas de carácter social, ya que desde hace tres décadas ha trabajado por la conservación del jaguar y su hábitat desde finales de los 90´s. Así como en la defensa del territorio frente a desarrollos turísticos e inmobiliarios que amenazan la integridad de los ecosistemas costeros y el sustento de las comunidades locales.1
Este ataque no es solo una agresión individual, sino un intento de silenciar la educación ambiental y la resistencia legítima de la comunidad. Ante la gravedad de estos hechos en Nayarit, es necesario que el Estado mexicano active sus mecanismos de protección e investigación con urgencia. Este ataque constituye no solo una agresión individual, sino que muestra el grave aumento de la violencia en contra de los ambientalistas.
Aunado a lo anterior, es necesario contemplar la implementación del Acuerdo Escazú como un mecanismo de protección ante la evidente omisión del Estado y la violencia que prolifera en el país. Este tratado internacional del cual México es parte impulsa el multilateralismo de la región latinoamericana. El acuerdo garantiza el acceso a la información sobre el medio ambiente, ayuda a proteger a defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales, así como a investigar y castigar la violencia en su contra, acuerdo que es fundamental porque preserva la biodiversidad de América Latina.
América Latina es la región más peligrosa para defensores ambientalistas, y en consecuencia decenas son asesinados cada año. Debido a la situación actual, 15 países han ratificado el Acuerdo de Escazú, el cual fue ratificado por el Estado Mexicano y entró en vigor el 22 de abril de 2021. Dicho tratado se conforma por 26 artículos.2
Específicamente, su Artículo 9 establece una obligación histórica y vinculante para el Estado: garantizará un entorno seguro y propicio en el que las personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridad.3
Es fundamental reconocer que el Acuerdo de Escazú surgió precisamente para fortalecer la legislación nacional ante el evidente aumento de la inseguridad para las personas activistas ambientales. Esta crisis se ha visto agravada por la omisión y la falta de legitimidad de las autoridades encargadas de brindar protección, lo que constituye un grave problema en derechos humanos para México. Por lo anterior, la capacidad institucional y marco normativo para la protección y garantía de los derechos humanos en las entidades federativas permite identificar avances importantes, pero es necesario y urgente revertir los datos sobre agresiones a personas y comunidades defensoras en asuntos ambientales.
Ahora bien, el atentado contra Erik Saracho no es un caso aislado. México está entre los cinco países más peligrosos para ser defensor ambiental en Latinoamérica. Según datos de Forbes, indican que el sistema de justicia penal afecta a defensores de los pueblos indígenas, lo que limita su derecho a defender sus intereses y derechos colectivos, lo que los expone a ser víctimas de todo tipo de vulneraciones.4
En 2019, México ocupó el tercer lugar en asesinatos de personas defensoras ambientales, lo que marcó un punto de inflexión por el incremento sustancial en las agresiones.
De acuerdo con datos del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), cuya función es ser una organización sin fines de lucro para la defensa del medio ambiente y recursos naturales en México, el número de asesinatos registrados por periodo y año es el siguiente:
Desde el 1 de diciembre de 2018 hasta el último día de octubre de 2024, en México se contabilizaron 252 activistas ambientales agredidos con violencia letal y asesinados por motivos relacionados a su activismo por el medio ambiente.
En 2021 se contabilizaron 25 asesinatos.
En 2020 se contabilizaron 54 activistas asesinados; sin embargo, un informe del grupo gubernamental Global Witness, indicó que México fue el país más peligroso para ambientalistas en ese año.
En 2023 se contabilizaron 20 asesinatos.
En 2024 se documentaron 94 eventos de agresiones, de los cuales 21 fueron letales y 4 ejecuciones extrajudiciales, junto con el 2021 se coloca como la segunda cifra más alta de los últimos 10 años.5
De acuerdo con información recabada por CEMDA, el periodo de 2020-2024 fue el periodo más letal para defensores del medio ambiente, ya que se concentra la mayor parte de casos registrados en los últimos 10 años.
Para el año 2025, aún no existe un reporte final consolidado por parte de organizaciones internacionales como (Global Witness), ya que los informes suelen publicarse al siguiente año, esto debido a la verificación de cada caso. Sin embargo, los datos más recientes expedidos por CEMDA muestran un incremento sustancial en violencia, especialmente en conflictos mineros y forestales.
Además, con base a datos de CEMDA es fundamental entender que la violencia contra las personas defensoras no se manifiesta exclusivamente a través de agresiones letales. Según los registros documentados, existen eventos de agresión que constituyen una vulneración sistemática y significativa, tal como se presenta en la siguiente gráfica:
Con ello no sólo se transgrede la vida de las personas y las familias que defienden la biodiversidad. Esta vulnerabilidad no es exclusiva de Nayarit, pues también se tiene registro del caso de Homero Gómez González, activista que dirigió la Reserva de la Biosfera de la Mariposa Monarca en Michoacán, quien previo a su asesinato fue objeto de amenazas de muerte con motivo de su labor de defensa ambiental.
Patrón de agresiones que se repite donde hay intereses inmobiliarios, tal como ocurrió con Paulina Gómez Palacio, defensora de derechos humanos del territorio sagrado indígena de Wirikuta, que se opuso a proyectos que buscaban imponer en la región grandes desarrollos turísticos, de minería tóxica, agroindustriales y de sobrepastoreo.6
Estos casos evidencian que los usos y costumbres locales se ven desplazados por demandas externas como el uso inmobiliario o turístico, que altera el equilibrio de las comunidades. Esta irrupción atrae presencias ajenas que vulneran tanto la seguridad de los habitantes como la integridad del ecosistema.
Es necesario contemplar el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que obliga a todas las autoridades a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, por tanto, el Estado Mexicano debe prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos de los ambientalistas que han sido vulnerados ante su ayuda a la preservación ambiental de México. Así como también el artículo 4° constitucional, que establece el derecho al medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar.
Por su parte, el artículo 17 de la Carta Magna establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia expedita y emitiendo sus resoluciones de manera completa e imparcial.
Actualmente, el artículo 102 constitucional, en su apartado B, párrafo uno, reconoce que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos podrá investigar hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos, cuando así lo juzgue conveniente, ante actos u omisiones de naturaleza administrativa que vulneren estos derechos.
Asimismo, se contempla que los activistas ambientales al realizar acciones a favor del medio ambiente se consideran defensores de derechos humanos, por tanto, es evidente su relación directa con la Ley para la Protección de las Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, establece las facultades a la Junta de Gobierno para la prevención y protección de personas defensoras.
Es de vital importancia señalar que la Junta de Gobierno está conformada por 9 integrantes con derecho a voz y voto. En ellos se encuentran: Personas representantes de la Secretaría de Gobernación, Fiscalía General de la República, Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, Secretaría de Relaciones Exteriores, y Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Bajo este marco, en sus artículos 1, 2 y 26, ante situaciones de peligro el Estado tiene por objeto establecer cooperación entre la Federación y las Entidades Federativas para implementar y operar medidas de prevención, medidas preventivas, medidas urgentes de protección que garanticen la vida. Por lo que es obligación de dicho Mecanismo implementar Medidas Urgentes de Protección de manera inmediata para salvaguardar la vida del defensor ambiental y periodista afectado.7
Ahora bien, ante esta crisis de inseguridad hacia los activistas ambientales, al inicio de la LXVI Legislatura, el diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del grupo parlamentario PRI previamente ya había presentado una iniciativa de reforma para adicionar disposiciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, con el objetivo de que personas, grupos y organizaciones que defienden los derechos humanos en asuntos ambientales pueden actuar sin amenazas, restricciones ni inseguridad.
Por tal motivo, sostenemos que la protección del medio ambiente y de sus defensores ha sido una preocupación constante en nuestra agenda; por ello, ya habíamos advertido la necesidad de visibilizar la protección de activistas ambientales.
Ante estos argumentos, en el Partido Revolucionario Institucional sostenemos que defender al medio ambiente, no debería ser un acto de peligro para la integridad de aquellas personas que en muchas ocasiones y con sus propios recursos, cuidan lo que las autoridades han invisibilizado, el medio ambiente es vital no sólo para la población, sino también para especies que hoy se han visto amenazas mayormente con causas humanas.
Por estas razones se somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para que, en el ámbito de sus atribuciones, fortalezca el monitoreo, documentación e investigación de violaciones a derechos humanos en contra de personas defensoras del medio ambiente, así como la emisión y seguimiento de las recomendaciones correspondientes.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación para que, a través del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, fortalezca de manera inmediata sus capacidades operativas, presupuestales y de coordinación interinstitucional, he implemente en coordinación con las entidades federativas protocolos específicos de prevención, atención y reacción frente a agresiones contra personas defensoras del medio ambiente, considerando el alto nivel de riesgo que enfrentan.
Tercero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Fiscalía General de la República y a sus homólogas en las entidades federativas, para que fortalezcan las capacidades institucionales para la investigación de delitos cometidos contra personas defensoras del medio ambiente, incluyendo la especialización de unidades, la adopción de enfoques diferenciados y la garantía de investigaciones prontas, exhaustivas e imparciales.
Notas
1 Rodríguez, A. Condenan atentado contra defensor ambiental y periodista Erick Saracho en Nayarit. La Jornada. 14 de marzo de 2026. Disponible en:https://www.jornada.com.mx/noticia/2026/03/12/estados/condenan-atent ado-contra-defensor-ambiental-y-periodista-erick-saracho-en-nayarit
2 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Acuerdo de Escazú. Acciones de implementación en el Sector Ambiental. 14 de marzo de 2026. Disponible en: https://www.gob.mx/semarnat/acciones-y-programas/el-acuerdo-de-escazu#: ~:text=El%20Acuerdo%20de%20Escaz%C3%BA%20es,personas%20al%20acceso%20a% 20la
3 Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas. Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública Y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales En América Latina y el Caribe. 14 de marzo de 2026. Disponible en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/631476/esp-acuerdo-de-es cazu-inpi.pdf
4 Forbes. México está entre los cinco países más peligrosos para ser defensor ambiental en Latinoamérica. La jornada. 14 de marzo de 2026. Disponible en: https://forbes.com.mx/mexico-esta-entre-los-cinco-paises-mas-peligrosos -para-ser-defensor-ambiental-en-latinoamerica/
5 Ortega, R. Se incrementa el número de personas defensoras del medio ambiente asesinadas en México en el 2024. 14 de marzo de 2026. Disponible en: https://forbes.com.mx/mexico-esta-entre-los-cinco-paises-mas-peligrosos -para-ser-defensor-ambiental-en-latinoamerica/
6 Hernández, M. Defensores ambientales y territoriales. Gobierno de México, 14 de marzo de 2026. Disponible en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/581427/Defensores_ambien tales_y_territoriales.pdf
7 México, Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Diario Oficial de la Federación, promulgada el 25 de junio de 2012.
Cámara de diputados, a 7 de abril de 2026.
Diputada Graciela Ortiz González (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a atender de manera inmediata el derrame de hidrocarburos en el Golfo de México, particularmente en los estados de Veracruz, Tabasco, Tamaulipas y Campeche, garantizando la protección ambiental, la salud de la población y el apoyo a las comunidades afectadas, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, Rubén Ignacio Moreira Valdez, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción 1; y 79, numeral 2, fracción II, y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes
Consideraciones
En materia ambiental, la inacción, la negligencia o la mala planeación rara vez permanecen ocultas de manera indefinida; tarde o temprano, sus efectos se hacen visibles y terminan por evidenciar las fallas estructurales en la actuación de las autoridades. Lo que hoy ocurre en el Golfo de México es una muestra clara de ello: un fenómeno que, lejos de surgir de manera repentina, ha sido el resultado de una serie de omisiones, decisiones cuestionables y una respuesta tardía de las autoridades responsables.
En las últimas semanas, diversos reportes han dado cuenta de un derrame de hidrocarburos en el Golfo de México, cuya presencia en zonas costeras ha dejado de ser un hecho aislado para convertirse en un problema de carácter regional que ha encendido alertas en distintos puntos del país. Particularmente en los estados de Veracruz y Tabasco, se han documentado afectaciones que, de acuerdo con información pública y estimaciones de organizaciones y medios de comunicación, podrían haberse extendido de manera progresiva a lo largo de cientos de kilómetros de litoral, alcanzando aproximadamente 630 kilómetros de costa, incluyendo playas, lagunas costeras, sistemas estuarinos y ecosistemas de alto valor ambiental, sin que se descarte su dispersión hacia otras entidades del Golfo de México, como Tamaulipas y Campeche.
La cronología de este desastre fue retratada por Alejandro I. López en su artículo publicado Cronología de un mes de derrame petrolero en el Golfo de México1 periódico El País, el 25 de marzo de 2026, en el cual se mencionan los siguientes hechos:
El derrame de hidrocarburos en el Golfo de México comenzó a inicios del mes de marzo, cuando comunidades costeras del sur de Veracruz y del norte de Tabasco alertaron sobre la presencia de chapopote en redes de pesca, embarcaciones y zonas de trabajo. En un primer momento, la afectación se concentraba en aproximadamente 150 kilómetros de litoral; sin embargo, desde entonces el fenómeno mostró una expansión progresiva.
A pesar de estos primeros indicios, al día siguiente de los reportes iniciales se descartó públicamente la existencia de un derrame en instalaciones petroleras, lo que contrastó con la evolución posterior del fenómeno. Para el 4 de marzo, el hidrocarburo ya había alcanzado cuerpos de agua como la Laguna de Ostión, afectando directamente a comunidades pesqueras y poniendo en riesgo el sustento de miles de familias.
Para el 8 de marzo, el derrame había alcanzado al menos 39 localidades y cubría una franja aproximada de 230 kilómetros de litoral, con impactos visibles en la fauna marina, incluyendo la presencia de especies muertas en distintas zonas.
El 12 de marzo, mientras autoridades locales señalaban posibles responsables, organizaciones civiles denunciaban omisiones en la atención del siniestro, evidenciando una falta de respuesta integral frente al problema. Días después, el 13 de marzo, el Ejecutivo federal se pronunció por primera vez sobre el tema, reconociendo la necesidad de contar con mayor información.
Para el 19 de marzo, el derrame había superado los 500 kilómetros de litoral, alcanzando nuevas localidades al norte de Veracruz, mientras persistían cuestionamientos sobre la cobertura real de las labores de limpieza, señalándose que estas se concentraban principalmente en zonas turísticas.
El 23 de marzo, se estimó que la afectación había alcanzado aproximadamente 630 kilómetros de costa, con al menos 51 sitios impactados, sin que hasta ese momento se hubiera identificado con claridad el origen del derrame ni a los responsables del mismo.
Finalmente, hacia el 24 y 25 de marzo, se anunció la creación de un grupo interdisciplinario para investigar el caso, sin descartarse que la fuga continuara activa, mientras las labores de limpieza seguían en curso y se reportaban acciones de apoyo a las comunidades afectadas.
La evolución de los hechos descritos pone en evidencia una respuesta institucional insuficiente y desarticulada frente a una contingencia ambiental de gran escala. La progresiva expansión del derrame, desde los primeros reportes hasta alcanzar cientos de kilómetros de litoral, refleja la incapacidad de las autoridades para contener oportunamente el fenómeno, así como la ausencia de mecanismos eficaces de prevención, monitoreo y reacción inmediata. Lejos de ser un evento controlado, el comportamiento del derrame demuestra que las acciones implementadas resultaron tardías frente a la magnitud del problema.
A ello se suma que, en las primeras etapas del evento, se descartó públicamente la existencia del derrame, mientras la mancha de hidrocarburos continuaba avanzando y afectando a comunidades y ecosistemas. Esta discrepancia entre la realidad observada y las declaraciones oficiales evidencia no sólo una falta de información clara, sino también una tendencia a minimizar la gravedad de los hechos. La magnitud alcanzada por la afectación que se extendió a lo largo de cientos de kilómetros de costa fue tal que ya no resultó posible ignorarla ni contener su visibilidad, obligando a las autoridades a reconocer un problema que desde sus inicios había sido advertido por las propias comunidades afectadas.
En este contexto, organizaciones ambientales como Greenpeace han señalado que las autoridades mexicanas habrían tenido conocimiento previo del derrame de hidrocarburos en el Golfo de México, sin que ello se tradujera en una respuesta oportuna y eficaz para evitar su expansión. De acuerdo con dicha organización, imágenes satelitales evidencian que desde el mes de febrero ya existían indicios claros del vertido, así como labores iniciales de contención que resultaron insuficientes. Asimismo, han denunciado que el manejo de esta contingencia habría ignorado disposiciones clave del Plan Nacional de Contingencia para Derrames de Hidrocarburos, particularmente en lo relativo a la notificación inmediata, la difusión de información pública y la implementación de instrumentos técnicos para evaluar y mitigar el daño ambiental.2
En esa misma línea, Greenpeace ha advertido que, a más de un mes del incidente, persiste la falta de información clara sobre el origen del derrame, la identidad de la empresa responsable y los mecanismos de compensación para las comunidades afectadas, lo que refuerza la percepción de opacidad y de una gestión deficiente del siniestro. Incluso, ha señalado que no se activaron oportunamente los mecanismos de respuesta previstos para este tipo de emergencias, lo que habría contribuido a que la afectación se extendiera a lo largo de cientos de kilómetros de litoral y alcanzara zonas de alta relevancia ecológica.
A estos hechos se suma una serie de incidentes recientes en la Refinería de Dos Bocas, en Tabasco, que refuerzan la preocupación sobre las condiciones en las que opera esta infraestructura estratégica. El 17 de marzo se registró un incendio en las inmediaciones del complejo que dejó un saldo de cinco personas fallecidas, originado, según reportes preliminares, por el desbordamiento de aguas contaminadas con hidrocarburos tras intensas lluvias, lo que evidencia fallas en el manejo de residuos y en los sistemas de contención.3
Días después, autoridades detectaron la presencia de residuos de hidrocarburos en cuerpos de agua cercanos a la refinería, lo que obligó a restringir actividades en la zona por riesgos ambientales, confirmando que la afectación no se limitó al interior del complejo.
Aunado a ello, Petróleos Mexicanos confirmó un nuevo derrame en las inmediaciones de Dos Bocas, activando operativos de contención ante la presencia de hidrocarburos, con lo que suman al menos tres incidentes relevantes en menos de un mes en torno a esta instalación, incluyendo el derrame en el Golfo de México y el incendio previamente referido.
En conjunto, estos hechos no sólo evidencian una recurrencia de fallas operativas, sino que plantean serias dudas sobre la planeación, supervisión y control de riesgos en una de las principales apuestas energéticas del país. La reiteración de incidentes en un periodo tan corto de tiempo sugiere la existencia de problemas estructurales que no han sido atendidos con la debida oportunidad, lo que incrementa la vulnerabilidad ambiental de la región y pone en riesgo tanto a las comunidades cercanas como a los ecosistemas del Golfo de México.
En este sentido, la coincidencia temporal y geográfica entre estos eventos y la expansión del derrame en el Golfo de México no puede ser ignorada. Más allá de la determinación final de responsabilidades, estos hechos refuerzan la preocupación sobre la planeación, operación y supervisión de la refinería de Dos Bocas, así como sobre la capacidad de las autoridades para prevenir, contener y transparentar incidentes en una región donde se concentra una parte sustancial de la actividad petrolera del país.
La magnitud de este fenómeno no sólo debe medirse en términos de extensión territorial, sino en la complejidad de sus impactos. Se trata de zonas que albergan manglares, arrecifes, humedales y cuerpos lagunares que cumplen funciones esenciales para la biodiversidad, la protección costera y el equilibrio ecológico. La afectación a estos ecosistemas no es menor: implica riesgos de largo plazo que pueden alterar cadenas tróficas, procesos de reproducción de especies y la estabilidad de recursos naturales estratégicos para el país.
Sin embargo, frente a la dimensión del problema, la respuesta institucional ha sido, cuando menos, insuficiente. La información oficial disponible ha sido fragmentada, tardía y, en algunos casos, contradictoria. A la fecha, no existe una explicación clara, técnica y verificable sobre el origen del derrame, su verdadera magnitud ni los posibles responsables, lo que evidencia una preocupante falta de transparencia en el manejo de la información pública.
Más aún, diversas declaraciones de autoridades han buscado minimizar la gravedad del evento o descartar responsabilidades de manera anticipada, incluso antes de que concluyan las investigaciones correspondientes. Este tipo de posicionamientos no sólo debilita la confianza ciudadana en las instituciones, sino que envía un mensaje equivocado frente a un evento que requiere ser atendido con seriedad, rigor técnico y total apertura.
El impacto de este derrame sobre la actividad pesquera ya es tangible y documentado. En diversas zonas costeras de Veracruz, autoridades locales se han visto obligadas a suspender actividades pesqueras como medida preventiva ante la presencia de hidrocarburos en el mar, lo que ha paralizado temporalmente una de las principales fuentes de ingreso de la región. Asimismo, reportes recientes advierten que la contaminación por crudo no sólo reduce la disponibilidad de especies marinas, sino que también contamina la cadena alimentaria, obligando a restringir la captura y el consumo de productos del mar, con efectos directos en pescadores, comercializadores y toda la economía local vinculada a esta actividad.
Aunado a ello, la incertidumbre sobre la calidad del agua y de los productos pesqueros ha generado una caída en la demanda, afectando no sólo la captura, sino también la venta y distribución, lo que agrava la situación económica de comunidades que dependen casi exclusivamente de esta actividad. En este contexto, el derrame no sólo representa un desastre ambiental, sino una crisis productiva que amenaza la subsistencia de miles de familias en la región costera del Golfo de México.
Adicionalmente, este derrame tiene consecuencias directas sobre la salud de la población y sobre la economía de miles de familias que dependen de la actividad pesquera y del aprovechamiento de los recursos marinos. Pescadores, cooperativas, prestadores de servicios turísticos y comunidades costeras han comenzado a resentir los efectos de la contaminación, tanto por la disminución en la actividad productiva como por los riesgos asociados a la exposición a hidrocarburos en agua, playas y alimentos.
En este contexto, resulta especialmente preocupante la ausencia de una estrategia integral que atienda simultáneamente la dimensión ambiental, sanitaria y económica del problema. No se trata únicamente de limpiar playas o contener el avance del contaminante; se trata de garantizar la seguridad alimentaria, proteger la salud de las comunidades y evitar el deterioro de actividades productivas que constituyen el sustento de regiones enteras.
Si bien el Estado mexicano cuenta con un marco jurídico e institucional que establece con claridad las facultades y responsabilidades de distintas autoridades en materia de protección ambiental y atención de contingencias, los hechos recientes ponen en evidencia deficiencias en la capacidad de respuesta, en la coordinación interinstitucional y en los mecanismos de prevención. La falta de una reacción oportuna y eficaz ha permitido que el problema escale y que sus efectos se prolonguen más allá de lo que habría sido evitable con una actuación más diligente.
A ello se suma la necesidad de garantizar la rendición de cuentas. En un evento de esta naturaleza, resulta indispensable conocer con precisión qué ocurrió, por qué ocurrió y quiénes son responsables. La opacidad no sólo impide una correcta atención del problema, sino que abre la puerta a la repetición de eventos similares en el futuro.
La Cámara de Diputados no puede permanecer al margen frente a una situación que compromete el patrimonio natural de la Nación, la salud de la población y la estabilidad económica de comunidades enteras. Este no es un asunto menor ni un tema que pueda ser minimizado. Es un problema que exige atención inmediata, claridad en la información y responsabilidad en la actuación de las autoridades.
Hoy más que nunca, se requiere que el Estado actúe con eficacia, con transparencia y con un verdadero sentido de responsabilidad pública. La protección del medio ambiente, de la salud de las personas y de la actividad pesquera no puede quedar sujeta a la incertidumbre ni a la improvisación.
Honorable asamblea, la Cámara de Diputados no puede ni debe guardar silencio frente a un desastre que ha evidenciado no sólo un grave daño ambiental, sino también la incapacidad del gobierno para prevenir, contener y transparentar una crisis de esta magnitud.
Lo que hoy ocurre en el Golfo de México no es producto de la casualidad, es consecuencia de decisiones mal planeadas, de omisiones reiteradas y de una política energética que ha privilegiado la expansión sin garantizar condiciones mínimas de seguridad y control. La falta de reacción oportuna permitió que el problema creciera; la falta de transparencia permitió que se ocultara; y la falta de responsabilidad ha impedido que, hasta hoy, se conozca la verdad completa.
No se puede gobernar negando los problemas ni administrando la opacidad. México no puede normalizar que un desastre ambiental de esta magnitud ocurra sin responsables claros, sin información transparente y sin una respuesta eficaz del Estado. Desde esta tribuna, exigimos claridad, responsabilidad y acciones inmediatas, porque lo que está en juego no es sólo un ecosistema, sino la vida, la salud y el futuro de comunidades enteras.
La protección del medio ambiente no admite simulaciones. La rendición de cuentas no es opcional y frente a la magnitud de este desastre, el Estado mexicano está obligado a responder con la verdad y con resultados.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados hace un urgente y respetuoso llamado a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, a la Secretaría de Marina y a Petróleos Mexicanos, así como a las autoridades de los estados de Veracruz. Tabasco, Tamaulipas y Campeche para que, en el ámbito de sus atribuciones, refuercen de manera inmediata las acciones de atención, contención, limpieza y remediación del daño ambiental, priorizando la protección de los ecosistemas costeros y marinos, mediante el fortalecimiento de labores de monitoreo permanente, control de la dispersión del contaminante, manejo adecuado de residuos, así como la implementación de medidas preventivas que eviten que eviten la ampliación de la afectación y contribuyan a la restauración ambiental de las áreas afectadas.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a los gobiernos de los estados de Veracruz, Tabasco, Tamaulipas y Campeche para que, en coordinación con las autoridades federales y municipales, implementen de manera inmediata mecanismos efectivos de atención y apoyo a las comunidades afectadas por la presencia de hidrocarburos, priorizando la protección de la salud, el acompañamiento técnico a comunidades costeras y la atención a posibles afectaciones en las actividades productivas, particularmente en los sectores pesquero y turístico, mediante esquemas de apoyo, mecanismos de información pública y una efectiva coordinación institucional que permita atender de manera oportuna las consecuencias ambientales, sociales y económicas derivadas de dicho derrame
Tercero. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Salud y a sus homólogas en los estados de Veracruz. Tabasco, Tamaulipas y Campeche para que, en coordinación con las autoridades competentes, establezcan e intensifiquen de manera urgente las acciones de vigilancia sanitaria, prevención y atención a posibles afectaciones a la salud derivadas de la exposición a hidrocarburos, así como la difusión de información oportuna a la población sobre riesgos y medidas de protección.
Notas
1 Cronología de un mes de derrame petrolero en el Golfo de México | El País, México
2 Greenpeace acusa que autoridades sabían con anticipación sobre el riesgo del derrame de crudo en el Golfo - El Sol de Chiapas
3 Nuevo derrame en Dos Bocas, el tercer incidente en un mes | Aristegui Noticias
Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 7 de abril de 2026.
Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Conafor y a la CNPC, en coordinación con las autoridades estatales y municipales competentes, a atender, prevenir y combatir los incendios forestales en el estado de Querétaro, a cargo de la diputada Abigail Arredondo Ramos, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, diputada Abigail Arredondo Ramos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, numeral 2, fracciones I y II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, tomando en cuenta las siguientes
Consideraciones
De conformidad con el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar y el Estado tiene la obligación de garantizar el respeto a este derecho.
En los últimos años, producto en gran medida del cambio climático, nuestro país se ha visto afectado por constantes incendios forestales en grandes extensiones de la República. Los bosques representan importantes puntos de oxígeno para nuestro país y el planeta, por lo que su destrucción, a manos del fuego, representa un daño significativo de consecuencias casi irreversibles.
La ausencia de un plan emergente para prevenir los incendios forestales ha tenido consecuencias graves en la población del estado de Querétaro. La falta de coordinación y respuesta oportuna ha provocado que muchas comunidades se vean obligadas a suspender actividades productivas y escolares, afectando el desarrollo económico y social de la región. Además, los habitantes han tenido que enfrentar evacuaciones, pérdidas materiales y daños en infraestructura esencial debido a la propagación del fuego sin control.
Por otro lado, los incendios forestales han contribuido a elevar de manera significativa los índices de contaminación atmosférica. El humo y las partículas liberadas durante los siniestros han generado problemas de salud como enfermedades respiratorias y alergias, especialmente entre niños y personas mayores. Estos altos niveles de contaminación han deteriorado la calidad del aire, afectando tanto la vida cotidiana como el bienestar general de la población queretana.
De acuerdo con la información preliminar difundida por el Reporte Semanal Nacional de Incendios Forestales, emitido por la Coordinación General de Conservación y Restauración de la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR), del 01 de enero al 19 de marzo de 2026, se han registrado más de 1,700 incendios forestales en las 31 entidades federativas, afectando una superficie total de 83,618.65 hectáreas. Tan solo durante la semana del 13 al 19 de marzo, se registraron 150 incendios forestales en el país que afectaron un total de 8,437.05 hectáreas.1
Con relación al estado de Querétaro, estos fenómenos se han presentado con notable intensidad. En lo que va de este 2026 se ha registrado un total acumulado de 20 incendios forestales con una afectación de 278.49 hectáreas; número de incendios y hectáreas superior a los últimos 4 años.2
Ello pone en grave riesgo la Reserva de la Biosfera Sierra Gorda, ubicada en el estado de Querétaro, conformada por el territorio de los Municipios de Landa de Matamoros, Arroyo Seco, Jalpan de Serra, San Joaquín, Pinal de Amoles y Peñamiller, y que fue declarada área natural protegida mediante decreto publicado el 19 de mayo de 1997 en el Diario Oficial de la Federación (DOF),3 misma que alberga más de 15 tipos y subtipos de vegetación diferente y más de mil 800 especies de plantas, 124 de hongos y 550 especies de vertebrados, entre los que se incluyen especies protegidas y en peligro de extinción, como el jaguar, los guacamayos y la mariposa Humboldt.4
Asimismo, la gravedad del problema se advierte con la declaratoria de emergencia emitida por el titular del Poder Ejecutivo del estado de Querétaro, publicada el 27 de marzo de 2026 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, La Sombra de Arteaga, donde se precisó la necesidad de fortalecer acciones a causa de la temporada de incendios del año 2026, ...cuyos efectos pueden representar un riesgo o causar daños para la seguridad, integridad y salud física y psicológica de la población de esta entidad federativa, con el objetivo de salvaguardar la vida, la salud, el entorno y el patrimonio de las personas, así como al patrimonio natural del Estado.5
En este contexto, resulta necesario y urgente que el Estado mexicano en su conjunto, a través de sus instituciones y organizaciones gubernamentales, implementen acciones eficaces para prevenir, detener y reparar los daños provocados por los incendios forestales.
Al respecto, el artículo 119 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable establece que la Comisión Nacional Forestal coordinará el Programa de Manejo del Fuego y coadyuvará con las Entidades Federativas, Municipios y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México a través del combate ampliado de incendios forestales y promoverá la asistencia de las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, conforme a los términos de la distribución de competencias y de los acuerdos o convenios que, para tal efecto, se celebren.6
Asimismo, refiere que la autoridad municipal o de la Demarcación Territorial de la Ciudad de México deberá atender el combate inicial de incendios forestales; y en el caso de que éstos superen su capacidad operativa de respuesta, acudirá a la instancia estatal. Si ésta resultase insuficiente, se procederá a informar a la Comisión, la cual actuará de acuerdo con los programas y procedimientos respectivos y que la Comisión definirá los mecanismos de coordinación pertinentes con el Sistema Nacional de Protección Civil.7
De igual manera, el artículo 7 fracción VII de la Ley General de Protección Civil, establece que corresponde al Ejecutivo Federal en materia de protección civil, entre otras atribuciones, la de promover, ante la eventualidad de los desastres de origen natural, la realización de acciones dirigidas a una estrategia integral de transferencia de riesgos, a través de herramientas tales como la identificación de la infraestructura por asegurar, el análisis de los riesgos, las medidas para su reducción y la definición de los esquemas de retención y aseguramiento, entre otros.8
Tomando en cuenta el papel protagónico que tiene la Comisión Nacional Forestal y la Coordinación Nacional de Protección Civil en la prevención y atención de incendios forestales, es indispensable que actúen de manera coordinada con las autoridades estatales y municipales para atender esta situación de emergencia.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, respetuosamente exhorta a la comisión nacional forestal y a la coordinación nacional de protección civil para que, en coordinación con las autoridades estatales y municipales competentes, atiendan, prevengan y combatan los incendios forestales que se presenten en el estado de Querétaro durante el año 2026.
Notas
1 Véase: https://www.gob.mx/conafor/documentos/reporte-semanal-de-incendios 30/03/2026, 11:00 horas.
2 Ídem.
3 Consultable en: DOF,
https://www.dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.php?codnota=4879875&fecha=19/05/1997&cod
_diario=209278
4 Véase: https://es.wikipedia.org/wiki/Reserva_de_la_biosfera_Sierra_Gorda
5 Consultable en: https://lasombradearteaga.segobqueretaro.gob.mx/ 27/03/2026
6 Consultable en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDFS.pdf
7 Ídem.
8 Consultable en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPC.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el martes 7 de abril de 2026.
Diputada Abigail Arredondo Ramos (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a fincar responsabilidades, constituir un fideicomiso de reparación del daño e implementar mecanismos permanentes de prevención, con motivo del derrame de hidrocarburos que afecta las costas del Golfo de México y que tiene como posible punto de origen la bahía de Campeche, a cargo de la diputada Ariana del Rocío Rejón Lara, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, Ariana del Rocío Rejón Lara, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivoss
Las y los campechanos conocemos de primera mano lo que significa vivir en un estado cuya historia, identidad y economía están entrelazadas con el mar.
El Golfo de México no es para los campechanos una postal turística ni un dato geográfico: es el sustento de miles de familias de pescadores, el hogar de ecosistemas únicos en el mundo y el patrimonio natural más preciado de nuestra región.
Por eso, hablar hoy de este derrame no es para esta legisladora un tema de agenda política abstracta. Es una herida abierta en el corazón de su tierra.
La crisis ambiental que en estas semanas ha devastado las costas de Veracruz y Tabasco no comenzó, como podría pensarse, en las playas veracruzanas donde el chapopote se hizo visible a principios de marzo. A fines de febrero ya se reportó contaminación por petróleo en Campeche.
El 20 de febrero, investigadores detectaron una mancha de petróleo de unos 37 kilómetros mar adentro frente a Campeche, la cual podría estar relacionada con infraestructura petrolera; de acuerdo con estudios científicos sobre la dinámica del Golfo de México, las corrientes marinas en esta temporada pueden trasladar hidrocarburos desde Campeche hacia las costas de Veracruz y Tamaulipas, con tiempos estimados de arribo de entre 10 y 30 días.
Las matemáticas son implacables: si la mancha fue detectada en Campeche a finales de febrero, su llegada a Veracruz a principios de marzo encaja con precisión con ese modelo. Campeche, una vez más, fue el primero en sufrir y el último en ser nombrado.
Pemex aseguró que se mantienen monitoreos en la zona de plataformas de la Sonda de Campeche para determinar el origen del derrame, mientras que los pescadores de la región exigen la verdad: ¿Quién está contaminando los mares? No más mentiras. Esta pregunta, lanzada por hombres y mujeres que dependen del mar para alimentar a sus familias, resume con más claridad que cualquier informe técnico la magnitud del fracaso institucional que hoy nos ocupa.
Lo que inició como reportes aislados se ha convertido en una catástrofe de proporciones regionales.
La mancha de hidrocarburos avanza sobre el Golfo de México cubriendo una franja costera de aproximadamente 630 kilómetros, una extensión que prácticamente coincide con la totalidad del Corredor Arrecifal del Suroeste.
La afectación abarca al menos 51 sitios críticos, con hallazgos de al menos siete tortugas marinas, dos delfines, dos manatíes y un pelícano muertos por contacto con hidrocarburos, además de daños en los manglares de la Laguna del Ostión.
Para dimensionar esos 630 kilómetros: es la distancia entre la Ciudad de México y Guadalajara, convertida en una cicatriz negra de crudo sobre el mar.
Esta tragedia no llegó sola. En menos de 30 días se han producido tres incidentes vinculados a la misma zona: primero el derrame inicial que contaminó las costas desde principios de marzo; después el incendio del 17 de marzo en la Refinería Olmeca de Dos Bocas que cobró la vida de cinco trabajadores; y finalmente un nuevo derrame confirmado por Pemex en el Río Seco, en el municipio de Paraíso, Tabasco.
Tres emergencias en un mes en el mismo corredor marino no son casualidad: son el síntoma de un sistema que opera sin los estándares mínimos de seguridad que la ley exige y la población merece.
No se puede entender este desastre sin su contexto histórico, y ese contexto tiene nombre propio: Campeche. La Sonda de Campeche ha sido durante décadas el epicentro de la extracción petrolera mexicana y, consecuentemente, el escenario recurrente de sus peores accidentes.
El pozo Ixtoc I protagonizó el peor derrame de crudo en la historia de México, vertiendo 560 millones de litros de petróleo crudo frente a las costas de Campeche en el Golfo de México; además del derrame hubo un incendio que duró 280 días.
Décadas después, la historia se repite con distintos actores, pero la misma impunidad de fondo. Algunas fuentes señalan que los hidrocarburos del derrame actual provienen de plataformas de la Sonda de Campeche, donde hay actividades de extracción de crudo.
A pesar de ello, el gobierno federal ha optado por apuntar hacia una embarcación privada cuyo nombre se niega a revelar, mientras las costas siguen cubiertas de chapopote y los pescadores siguen sin poder trabajar.
La respuesta de las autoridades ante esta catástrofe ha sido, en el mejor de los casos, tardía y confusa, y en el peor, deliberadamente opaca para proteger intereses políticos. El Relator Especial de la ONU sobre Sustancias Tóxicas y Derechos Humanos, Marcos Orellana, señaló que la refinería de Dos Bocas ha puesto en evidencia la necesidad de información oficial más oportuna y completa, y que la información llegó primero de los propios vecinos, no de las autoridades.
La negación inicial del derrame y su atribución a chapopoteras naturales por parte de la gobernadora Rocío Nahle, así como el retraso en la activación del Plan Nacional de Contingencias por parte de la Secretaría de Marina, dejaron a los afectados completamente a su suerte.
Hasta el momento no existe ninguna empresa responsable identificada, sancionada ni obligada a reparar el daño, mientras las manchas de hidrocarburos, las afecciones a comunidades que dependen de la pesca y diversas especies de fauna siguen presentes.
Muchas familias que dependen de la pesca y el turismo han tenido que detener completamente sus actividades, lo que representa pérdidas económicas inmediatas para cientos de personas, y comunidades pesqueras, indígenas y afrodescendientes han realizado labores de limpieza sin contar con equipo adecuado ni indemnización alguna.
Este escenario (desastre ambiental masivo, comunidades sin apoyo, responsables sin identificar) lo hemos vivido antes en México. En 2014, el derrame tóxico de la mina Buenavista del Cobre en el Río Sonora envenenó más de 250 kilómetros de cuenca hídrica y afectó a decenas de miles de personas.
Ante esa tragedia, el Poder Legislativo impulsó la creación de un fideicomiso específico para atender e indemnizar a las comunidades afectadas. Ese instrumento, imperfecto como fue, representó al menos el reconocimiento de que el Estado tiene una deuda con quienes pagan las consecuencias de la negligencia empresarial. Hoy, frente a un daño de dimensiones aún mayores, la respuesta no puede ser menor.
El artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantiza a toda persona el derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, y establece la responsabilidad del Estado de garantizarlo.
La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente consagra el principio de responsabilidad ambiental y la obligación de reparación integral del daño. El marco jurídico existe y es claro. Lo que ha faltado, lo que sigue faltando, es voluntad política para aplicarlo.
Esta Soberanía tiene la obligación de alzar la voz por quienes el mar ya no les da para comer, por los pescadores campechanos, veracruzanos y tabasqueños que ven sus redes embarradas de crudo mientras el gobierno de la Cuarta Transformación debate de quién es la culpa sin reparar el daño. Basta de simulación. Basta de versiones contradictorias. El Golfo de México se está muriendo y alguien tiene que responder.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La honorable Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal y a la Dirección General de Petróleos Mexicanos a hacer pública, de manera inmediata y sin reservas, la información técnica completa sobre el origen, trayectoria, extensión y volumen del derrame de hidrocarburos registrado en el Golfo de México desde finales de febrero de 2026, con especial atención a los reportes de contaminación detectados en la Bahía de Campeche el 20 de febrero del mismo año, a fin de esclarecer si las plataformas e instalaciones de la Sonda de Campeche tienen alguna responsabilidad en el origen del desastre, y a identificar, individualizar y fincar las responsabilidades administrativas, civiles y penales que correspondan a los servidores públicos, empresas y embarcaciones cuya acción u omisión haya contribuido a la ocurrencia, agravamiento o deficiente atención de los derrames registrados.
Segundo. La honorable Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a constituya, a la brevedad posible, un fideicomiso público de reparación del daño ambiental y resarcimiento a los afectados por los derrames de hidrocarburos ocurridos en el Golfo de México, con el fin de garantizar la indemnización efectiva de pescadores, comunidades costeras, pueblos indígenas y afrodescendientes de Campeche, Veracruz y Tabasco, así como de cualquier persona cuya actividad económica, salud o patrimonio se hayan visto afectados; dicho fideicomiso deberá contar con mecanismos vinculantes de transparencia, rendición de cuentas y participación ciudadana en su diseño y operación, con representación de las comunidades afectadas.
Tercero. La honorable Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente, a Petróleos Mexicanos y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a diseñar e implementar, en un plazo no mayor a ciento ochenta días naturales, un programa integral de prevención de derrames y contingencias ambientales en instalaciones petroleras costeras y marinas del Golfo de México, que contemple de manera específica las plataformas e infraestructura de la Sonda de Campeche, la Refinería Olmeca de Dos Bocas y los ductos submarinos de la región, e incluya protocolos de respuesta inmediata, sistemas de monitoreo permanente con participación de la comunidad científica, evaluaciones periódicas de riesgo y simulacros de atención a emergencias; dicho programa deberá ser público, auditable y evaluado anualmente por instancias independientes con presencia de las comunidades costeras.
Cuarto. La honorable Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Fiscalía General de la República a ejercer de manera pronta, diligente e imparcial sus facultades de investigación penal en relación con todos los hechos que motivaron el presente punto de acuerdo, incluyendo la identificación de la embarcación o instalación de origen del derrame inicial en el Golfo de México, la clarificación del papel de las plataformas de la Sonda de Campeche en la génesis del desastre, así como los eventos ocurridos al interior de la Refinería Olmeca de Dos Bocas, garantizando que ningún responsable quede en la impunidad a costa del sufrimiento de las comunidades afectadas
Dado en el salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 7 de abril de 2026.
Diputada Ariana del Rocío Rejón Lara (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a fortalecer la implementación del programa Héroes Paisano durante el periodo vacacional de Semana Santa 2026, suscrita por las diputadas y diputados de la Comisión de Asuntos Migratorios
Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, las y los suscritos diputadas y diputados federales integrantes de la Comisión de Asuntos Migratorios de la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numerales 1, fracción II, y 2; del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
I. Origen y propósito del Programa Héroes Paisano
El Programa Héroes Paisano (PHP), coordinado por el Instituto Nacional de Migración (INM), fue creado en 1989 mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, con el objetivo de prevenir y erradicar actos de abuso, corrupción, extorsión y maltrato hacia mexicanas y mexicanos que ingresan, transitan o salen del país. Su misión consiste en garantizar un retorno y tránsito dignos, seguros y libres de violaciones a derechos.
II. Operación permanente y refuerzo en temporadas vacacionales
El programa opera de manera permanente y refuerza sus acciones en los periodos de mayor movilidad Semana Santa, verano e invierno debido al incremento significativo de connacionales que visitan México. En estas temporadas se amplía la instalación de módulos, la presencia institucional y el despliegue de observadores ciudadanos.
III. Servicios y atención brindada
Durante los operativos especiales, el PHP instala módulos en aeropuertos, centrales de autobuses, plazas públicas y cruces fronterizos, donde se proporciona información y orientación sobre trámites migratorios y aduaneros; declaración de bienes; franquicias; permisos de importación temporal de vehículos; así como acceso a mecanismos de denuncia inmediata.
IV. Coordinación interinstitucional
El programa articula a más de 40 dependencias de los tres órdenes de gobierno, además de organizaciones civiles. Destacan, entre otras, la Agencia Nacional de Aduanas de México, Guardia Nacional, Caminos y Puentes Federales, Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, Secretaría de Turismo (incluidos Ángeles Verdes), Procuraduría Federal del Consumidor, Banjército, así como autoridades estatales y municipales. Esta coordinación permite ampliar los servicios de información, seguridad, auxilio vial y denuncia.
V. Incremento de movilidad en Semana Santa 2026
Para 2026, el Operativo de Semana Santa se desarrollará del 18 de marzo al 18 de abril e incluirá 194 puntos de atención, de los cuales 56 se ubican en la frontera norte. El inicio oficial tuvo lugar el 18 de marzo en la Garita 1 de Nogales. Ante el incremento estacional de visitantes, resulta necesario reforzar acciones para garantizar que los traslados se realicen en condiciones de seguridad, legalidad y respeto a los derechos de las personas migrantes y viajeras.
VI. Necesidad del reforzamiento operativo
Con el fin de prevenir abusos y fortalecer la movilidad segura, las y los integrantes de esta Comisión de Asuntos Migratorios, consideramos indispensable incrementar módulos, personal capacitado, observadores ciudadanos, difusión de la Guía Héroes Paisano y accesibilidad a los mecanismos de denuncia. Asimismo, se requiere fortalecer la coordinación entre autoridades federales, estatales y municipales.
VII. Información sobre rutas carreteras seguras
Resulta fundamental que las autoridades difundan información clara, verificada y actualizada sobre rutas carreteras seguras, considerando los informes del INM, los servicios de la Guardia Nacional y Ángeles Verdes, así como la Guía Héroes Paisano. Esto permite a las personas viajeras planear traslados informados y con mayores garantías de seguridad.
VIII. Implementación y despliegue del Operativo Semana Santa 2026
El Operativo Semana Santa 2026 estará vigente del 18 de marzo al 18 de abril y contará con 194 puntos de atención en todo el territorio nacional, de los cuales 56 se ubican estratégicamente en la frontera norte. El banderazo oficial de arranque del operativo se programó para el 18 de marzo a las 11:00 horas, en la Garita 1 de Nogales.
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Instituto Nacional de Migración a reforzar el operativo de Semana Santa del Programa Héroes Paisano mediante:
a) El incremento de módulos de atención en aeropuertos, centrales de autobuses, plazas públicas y puntos fronterizos;
b) La ampliación del personal capacitado y de observadores ciudadanos; y
c) La difusión reforzada de la Guía Héroes Paisano y de los mecanismos de denuncia para prevenir abusos o actos de corrupción.
Segundo. Se exhorta a las dependencias federales involucradas Secretaría de Gobernación, Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, Guardia Nacional, Agencia Nacional de Aduanas de México, Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, Caminos y Puentes Federales, Secretaría de Turismo (incluidos Ángeles Verdes), Procuraduría Federal del Consumidor, Secretaría de Relaciones Exteriores, Banjército, así como a los gobiernos estatales y municipales..., a fortalecer la coordinación interinstitucional y las acciones de prevención, seguridad y orientación durante el periodo vacacional.
Tercero. Se invita respetuosamente a las diputadas y los diputados que así lo deseen a participar como enlaces legislativos de apoyo al operativo de Semana Santa del Programa Héroes Paisano, en coordinación con el INM, autoridades locales y sociedad civil, sin interferir en atribuciones administrativas y respetando los protocolos del operativo.
Cuarto. Se exhorta al INM a remitir, al concluir el operativo, un informe público a esta soberanía que incluya: número y ubicación de módulos instalados; personal desplegado y observadores ciudadanos; atenciones brindadas; incidencias reportadas; denuncias canalizadas; y recomendaciones para futuros operativos.
Quinto. Se solicita al INM y a las dependencias participantes reforzar la difusión en medios y redes sociales oficiales respecto a:
a) Declaración de bienes y franquicias aplicables en periodos vacacionales;
b) Permisos de importación temporal de vehículos;
c) Documentación necesaria para el ingreso y tránsito; y
d) Canales oficiales de denuncia por actos de corrupción o abuso.
Sexto. Se exhorta a Caminos y Puentes Federales a publicar en medios digitales, electrónicos y físicos información actualizada sobre carreteras federales con mayor vigilancia por parte de la Guardia Nacional y con asistencia de Ángeles Verdes, incluyendo rutas seguras verificadas por las autoridades competentes.
Asimismo, se deberá promover el uso de líneas de atención como el número 088, para la consulta del estado de las carreteras y la ubicación de sitios seguros.
Séptimo. Remítase el presente acuerdo al Instituto Nacional de Migración y a las dependencias federales y locales señaladas, para los efectos conducentes, e infórmese a esta Soberanía sobre las acciones implementadas.
Transitorio
Único. El presente punto de acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación.
Palacio Legislativo de San Lázaro a 7 de abril de 2026.
Diputadas y diputados: Marcela Guerra Castillo (rúbrica), Eduardo Castillo López (rúbrica), Deliamaria González Flandez (rúbrica), Víctor Adrián Martínez Terrazas (rúbrica), Nora Yessica Merino Escamilla (rúbrica), Nadia Navarro Acevedo (rúbrica), Gildardo Pérez Gabino (rúbrica), Aniceto Polanco Morales (rúbrica), Diego Ángel Rodríguez Barroso (rúbrica), Nadia Yadira Sepúlveda García (rúbrica), Damaris Silva Santiago (rúbrica), Roselia Suárez Montes de Oca (rúbrica), Rosa Irene Urbina Castañeda (rúbrica), Adolfo Alatriste Cantú (rúbrica), Miguel Alejandro Alonso Reyes (rúbrica), Olga Leticia Chávez Rojas (rúbrica), César Israel Damián Retes (rúbrica), María Isidra de la Luz Rivas (rúbrica), Blanca Leticia Gutiérrez Garza (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica), Brígido Moreno Hernández (rúbrica), Jonathan Puertos Chimalhua (rúbrica), Jessica Ramírez Cisneros (rúbrica).
Con punto de acuerdo, para exhortar a las autoridades federales y estatales a investigar los allanamientos ocurridos en el Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdova, así como a garantizar la protección, seguridad y continuidad de su labor de defensa de derechos humanos, suscrita por las diputadas y diputados de la Comisión de Asuntos Migratorios
Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, las y los diputados federales integrantes de la Comisión de Asuntos Migratorios de la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
I. Trayectoria y relevancia del Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdova
El Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdova (CDHFMC) cuenta con casi treinta años de labor ininterrumpida en Tapachula, Chiapas, siendo una organización referente en la defensa, acompañamiento y documentación de violaciones a derechos humanos de personas migrantes, solicitantes de protección internacional y población en contexto de movilidad.
Su trabajo técnico, jurídico y humanitario ha sido determinante para fortalecer políticas públicas, así como para generar insumos legislativos y articular redes con instituciones nacionales e internacionales.
II. Allanamientos del 20 y 22 de marzo de 2026
La madrugada del 20 de marzo de 2026, personas no identificadas irrumpieron en las instalaciones del CDHFMC, sustrayendo equipos de cómputo, teléfonos y documentación sensible directamente vinculada con su labor de defensa de derechos humanos.
Pese a que la organización denunció los hechos y solicitó formalmente el resguardo de las oficinas, el 22 de marzo nuevamente fueron violentadas sus instalaciones, evidenciando un patrón de agresiones con intención de intimidar y obstaculizar su labor.
III. Inacción institucional y riesgo inminente
En un comunicado oficial emitido el 23 de marzo de 2026, el Centro denunció que enfrenta un riesgo inminente debido a la omisión y falta de actuación del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, así como de autoridades de seguridad, quienes no implementaron medidas inmediatas pese a conocer la gravedad del contexto.
Como consecuencia, por primera vez en casi tres décadas, el CDHFMC anunció el cierre temporal de sus oficinas, afectando la continuidad del acompañamiento humanitario y jurídico que brindan a miles de personas migrantes en la frontera sur.
IV. Contexto estructural de riesgo en Chiapas
Los ataques contra personas defensoras de derechos humanos en Chiapas se dan en un entorno de creciente vulnerabilidad. La presión migratoria, la insuficiencia de mecanismos de protección y la falta de coordinación institucional han agravado el escenario para quienes realizan trabajo humanitario.
Garantizar la seguridad del CDHFMC es indispensable para preservar la vigencia de los derechos humanos y el Estado democrático de derecho.
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión condena enérgicamente los allanamientos ocurridos el 20 y 22 de marzo de 2026 en contra del Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdova, en Tapachula, Chiapas.
Segundo. Se exhorta respetuosamente a la Fiscalía General de la República (FGR) a realizar una investigación exhaustiva, imparcial y con debida diligencia, que permita esclarecer los hechos y sancionar a quienes resulten responsables.
Tercero. Se exhorta respetuosamente a la Fiscalía General del Estado de Chiapas a investigar los hechos dentro del ámbito de su competencia, garantizando el debido proceso y adoptando medidas inmediatas para evitar nuevos ataques.
Cuarto. Se exhorta a la Secretaría de Gobernación, por conducto del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, a reforzar y, en su caso, ampliar las medidas de protección otorgadas al CDHFMC, implementando rutas efectivas de seguridad para su personal, instalaciones e información.
Quinto. Se exhorta al gobierno del estado de Chiapas y al Estado mexicano a garantizar condiciones óptimas de seguridad para el ejercicio libre, seguro y sin represalias de la labor de defensa de derechos humanos en la frontera sur.
Sexto. Se reconoce y respalda públicamente la labor del Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdova y de todas las personas defensoras que trabajan por la protección de los derechos de personas migrantes y sujetas de protección internacional.
Transitorio
Único. El presente punto de acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de abril de 2026.
Diputadas y diputados: Marcela Guerra Castillo (rúbrica), Eduardo Castillo López (rúbrica), Deliamaria González Flandez, Víctor Adrián Martínez Terrazas (rúbrica), Nora Yessica Merino Escamilla, Nadia Navarro Acevedo, Gildardo Pérez Gabino (rúbrica), Aniceto Polanco Morales (rúbrica), Diego Ángel Rodríguez Barroso, Nadia Yadira Sepúlveda García (rúbrica), Damaris Silva Santiago, Roselia Suárez Montes de Oca (rúbrica), Rosa Urbina Castañeda, Adolfo Alatriste Cantú, Miguel Alejandro Alonso Reyes (rúbrica), Olga Leticia Chávez Rojas, César Israel Damián Retes, María Isidra de la Luz Rivas (rúbrica), Blanca Leticia Gutiérrez Garza (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez, Brígido Moreno Hernández, Jonathan Puertos Chimalhua, Jessica Ramírez Cisneros (rúbrica).
Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno federal, a través de la SSPC, a revisar y, en su caso, retirar retenes irregulares en la carretera federal 45, en el tramo Ciudad JuárezChihuahua, a cargo del diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, César Alejandro Domínguez Domínguez, en mi carácter de diputado, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa, al tenor de lo siguiente:
Consideraciones
La seguridad en las carreteras federales constituye una de las funciones esenciales del Estado mexicano, en tanto representa una condición indispensable para garantizar la movilidad de las personas, el desarrollo económico, la circulación de mercancías, el comercio interestatal e internacional, así como la integridad física y patrimonial de quienes transitan por las vías de comunicación del país, sin embargo, dicha función debe ejercerse bajo los principios de legalidad, eficiencia, honradez y respeto irrestricto a los derechos humanos, evitando en todo momento que los mecanismos de control se conviertan en instrumentos de afectación a la ciudadanía.
En este contexto, en los últimos meses se ha documentado la presencia de retenes adicionales en la carretera federal 45, en el tramo Ciudad JuárezChihuahua, particularmente en las inmediaciones de Samalayuca, a escasos kilómetros de un retén previamente establecido por fuerzas armadas, lo que evidencia una posible duplicidad de funciones, una falta de coordinación institucional y una deficiente planeación en la implementación de estrategias de seguridad carretera, generando con ello molestias, retrasos significativos, filas prolongadas y afectaciones económicas a quienes transitan por esta vía.
Dicha problemática no es una percepción aislada, sino que se encuentra respaldada por testimonios ciudadanos difundidos en medios de comunicación, como el publicado el 14 de enero de 2026 por el medio El Diario de Juárez, 1 en el cual se documenta la denuncia de una persona usuaria de la carretera federal 45, quien señaló la existencia de retenes operados por elementos de seguridad pública federal que presuntamente actuaban de manera irregular, obligando a los conductores a detenerse sin una justificación clara, realizando revisiones cuestionables y generando un ambiente de incertidumbre entre quienes transitan por la zona.
En dicho testimonio se refiere que, aun habiendo acreditado la legal propiedad y estancia del vehículo, los elementos procedieron a exigir una cantidad de dinero para permitir la continuación del trayecto, señalándose incluso una cifra de hasta 10 mil pesos, conducta que, de confirmarse, podría constituir un acto de extorsión o cohecho por parte de servidores públicos, situación que resulta absolutamente incompatible con los principios que rigen el servicio público y que vulnera de manera directa el Estado de Derecho.
Asimismo, se ha señalado que en este mismo tramo carretero operan de manera simultánea diversos puntos de revisión, incluyendo retenes militares, de la Fiscalía General de la República y de autoridades de seguridad pública, lo que genera una saturación operativa innecesaria, afectando de manera directa la movilidad, incrementando los tiempos de traslado y generando pérdidas económicas para el sector del autotransporte, el cual depende de la eficiencia en las vías de comunicación para el desarrollo de sus actividades.
Aunado a lo anterior, existen indicios de que algunos de estos retenes carecen de una justificación plenamente acreditada o de la debida documentación que sustente su instalación, lo que ha motivado quejas ciudadanas y revisiones por parte de autoridades, evidenciando posibles irregularidades en su operación y en el ejercicio de las facultades de quienes los integran.
Es importante señalar que esta situación no es reciente, sino que ha persistido desde finales del año 2025, particularmente desde el mes de noviembre, continuando durante el mes de enero de 2026 y extendiéndose hasta la fecha, lo que evidencia una falta de atención oportuna por parte de las autoridades competentes, problemática que ha sido incluso señalada públicamente por un servidor en diferentes medios y redes sociales al ser testigo de este retén, advirtiendo sobre la necesidad de revisar estos operativos y garantizar que no se vulneren los derechos de la ciudadanía.
Desde el punto de vista constitucional, resulta indispensable señalar que el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el principio de seguridad jurídica, al establecer que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino mediante mandamiento escrito de la autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento, principio que obliga a todas las autoridades a actuar dentro de un marco de legalidad estricta, evitando actos arbitrarios o discrecionales.
En este sentido, si bien los retenes pueden constituir una medida válida dentro de las estrategias de seguridad pública, su implementación debe cumplir con criterios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, sustentados en diagnósticos de riesgo y en una planeación adecuada, por lo que la instalación de múltiples retenes en un mismo tramo carretero, sin una justificación objetiva, no solo resulta ineficiente, sino que puede traducirse en una violación a los derechos fundamentales de las personas, particularmente al derecho a la seguridad jurídica y a la libertad de tránsito.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que los controles preventivos son constitucionales únicamente cuando se encuentran debidamente delimitados, cuando no implican revisiones arbitrarias y cuando se realizan con fines legítimos de seguridad, lo que implica que cualquier desviación de estos principios, como la solicitud de dinero, la intimidación o la detención injustificada, constituye un abuso de autoridad que debe ser investigado y sancionado.
En este contexto, el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional reitera su compromiso histórico con la defensa del Estado de Derecho, la legalidad y el respeto a las instituciones, por lo que no puede ni debe permanecer omiso ante prácticas que, bajo el argumento de la seguridad, puedan derivar en actos de corrupción, abuso de autoridad o afectaciones directas a la ciudadanía, particularmente cuando estas ocurren en un estado estratégico como Chihuahua, donde la movilidad y el comercio representan pilares fundamentales para el desarrollo económico y social.
Asimismo, el Partido Revolucionario Institucional en México y en Chihuahua manifiesta con firmeza que no se permitirá la normalización de conductas que vulneren el orden constitucional, ni aquellas que atenten contra la seguridad, el patrimonio y la dignidad de las y los chihuahuenses, por lo que resulta indispensable exigir a las autoridades federales que actúen con estricto apego a la ley, que corrijan cualquier irregularidad y que garanticen que los operativos de seguridad en carreteras cumplan verdaderamente con su objetivo de proteger, y no de perjudicar, a la población.
No se puede permitir que instrumentos diseñados para proteger a la ciudadanía se conviertan en mecanismos de intimidación, extorsión o afectación económica, ni que la falta de supervisión derive en prácticas que lesionen la confianza en las instituciones públicas, por el contrario, es obligación del Estado garantizar que toda acción en materia de seguridad pública se encuentre debidamente fundada, motivada y orientada al bienestar de la población.
Bajo esta lógica, se vuelve indispensable que el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y de las instancias competentes, realice una revisión exhaustiva de la legalidad, necesidad y funcionamiento de estos retenes, investigue las denuncias de posibles actos de corrupción y adopte las medidas necesarias para evitar que continúen afectando a la ciudadanía.
Finalmente, es importante subrayar que la seguridad pública no debe entenderse como un obstáculo para la movilidad, sino como una garantía para su ejercicio pleno, por lo que cualquier medida que genere efectos contrarios a este principio debe ser replanteada o eliminada, privilegiando siempre el interés superior de la población y el respeto al Estado de derecho.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno federal, a través de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, así como a las autoridades competentes en materia de seguridad en carreteras federales:
I. A realizar una revisión inmediata de la legalidad, necesidad y funcionamiento de los retenes ubicados en la carretera federal 45, en el tramo Ciudad JuárezChihuahua, particularmente en las inmediaciones de Samalayuca;
II. A que, en caso de no existir una justificación plenamente acreditada en términos de seguridad pública, procedan a su retiro inmediato, evitando duplicidad de funciones y afectaciones innecesarias a la ciudadanía;
III. A investigar de manera exhaustiva las denuncias ciudadanas relacionadas con posibles actos de corrupción, extorsión o abuso de autoridad en dichos puntos de revisión, y en su caso, se sancione conforme a derecho a los responsables;
IV. A implementar mecanismos de supervisión, transparencia y rendición de cuentas en los operativos carreteros, garantizando el respeto a los derechos humanos de las personas.
Nota
1 https://diario.mx/juarez/2026/jan/14/video-denuncian-dos-retenes-ilegal es-en-la-carretera-federal-45-1101672.html
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de abril de 2026.
Diputado César Alejandro Domínguez Domínguez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la CNBBBJ a modificar las reglas de operación del programa Jóvenes Escribiendo el Futuro del ejercicio 2026, en el apartado 3, correspondiente a los lineamientos para que se incluya a los institutos tecnológicos del país dentro del catálogo de escuelas públicas de nivel superior, prioritarias para que sus estudiantes sean beneficiados con beca para este ejercicio, a cargo del diputado Humberto Ambriz Delgadillo, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, diputado Humberto Ambriz Delgadillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 4, párrafo veinte, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, numeral 2, fracción I, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo:
Consideraciones
Primera: Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4 párrafo veinte, establece que El Estado establecerá un sistema de becas para las y los estudiantes de todos los niveles escolares del sistema de educación pública, con prioridad a las y los pertenecientes a las familias que se encuentren en condición de pobreza, para garantizar con equidad el derecho a la educación, y como consecuencia el Estado crea la Coordinación Nacional de Becas para el Bienestar Benito Juárez para que implemente y ejecute los Programas de Becas para Educación Básica Rita Cétina, media superior Benito Juárez, superior -jóvenes escribiendo el futuro- y beca de apoyo para transporte Gertrudis Bocanegra.
Segunda: Mediante acuerdo 33/12/25, fueron expedidas las Reglas de Operación del Programa Jóvenes Escribiendo el Futuro para el ejercicio 2026, en el que se incluye en el apartado 3, correspondiente a los Lineamientos, las escuelas de Educación Superior prioritarias, siendo las siguientes: Universidades Interculturales; Escuelas Normales indígenas; Escuelas Normales que imparten el modelo de educación intercultural; Escuelas Normales Rurales; Sede educativas del Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García; Universidad de la Salud de la Ciudad de México; Universidad de la Salud del Estado de Puebla; Universidad de lenguas indígenas de México; Las escuelas clasificadas como escuelas de interés, y las escuelas de Educación Superior ubicadas en alguna localidad prioritaria.
Tercera: Que el Tecnológico Nacional de México, es una institución pública educativa que forma Profesionistas altamente competitivos en el campo de la ciencia, tecnología, ingeniería, administración y otras áreas del conocimiento, convirtiéndose en la institución de educación superior tecnológica más grande de México y Latinoamérica, además de ser una institución de educación superior tecnológica de vanguardia, con reconocimiento internacional por el destacado desempeño de sus egresados y por su capacidad innovadora en la generación y aplicación de conocimientos. Tecnológico que se compone de 254 instituciones, de las cuales 126 son Institutos Tecnológicos Federales, 122 Institutos Tecnológicos Descentralizados, cuatro Centros Regionales de Optimización y Desarrollo de Equipo (CRODE), un Centro Interdisciplinario de Investigación y Docencia en Educación Técnica (CIIDET) y un Centro Nacional de Investigación y Desarrollo Tecnológico (Cenidet).
Cuarta: La educación es un derecho humano fundamental irrenunciable y debe ser accesible para todos con el fin de contribuir al desarrollo integral de la persona, además de mejorar las condiciones de vida de la ciudadanía, Derecho que debe ser garantizado por el Estado a través de mecanismos, políticas públicas y programas que de manera oportuna lleguen a la población estudiantil de nuestro país.
En ese tenor, es importante resaltar el impacto positivo del Tecnológico Nacional de México, tanto en el ámbito académico como en la formación de profesionistas, situación que debemos fortalecer con acciones y programas para que las y los estudiantes permanezcan y concluyan sus estudios de educación superior.
Quinta: Que dentro de las Reglas de Operación del Programa Jóvenes Escribiendo el Futuro para el ejercicio 2026, no se encuentran como escuela prioritaria a los Institutos Tecnológicos a pesar de que la mayoría de las familias de las y los estudiantes de estos entes cuentan con recursos limitados para solventar su estancia y conclusión de estudios a nivel superior. Por ello, los Institutos Tecnológicos deben formar parte de este Catálogo de escuelas de Educación Superior con carácter prioritario, con el fin de que sus estudiantes sean beneficiarios de una beca y así garantizar la permanencia y conclusión de sus estudios.
Por lo anterior, se somete a la consideración el siguiente
Punto de Acuerdo
De urgente y obvia resolución:
Único: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Coordinación Nacional de Becas para el Bienestar Benito Juárez, para que modifique las Reglas de Operación del Programa Jóvenes escribiendo el futuro, del ejercicio 2026, en el apartado 3, correspondiente a los lineamientos, para que se incluya a los institutos tecnológicos del país dentro del catálogo de escuelas públicas de nivel superior prioritarias para que sus estudiantes sean beneficiados con beca para este ejercicio fiscal 2026 y subsecuentes.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de abril de 2026.
Diputado Humberto Ambriz Delgadillo (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP a realizar la dispersión del recurso del proceder 2025 (programa de devolución de derechos), a fin de que los organismos operadores de agua en el país estén en condiciones de invertir en mejorar la eficiencia, así como la infraestructura para fortalecer y brindar servicios de calidad en cuanto al agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales en beneficio de toda la población mexicana, a cargo del diputado Humberto Ambriz Delgadillo, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, diputado Humberto Ambriz Delgadillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, numeral 2, fracciones I y III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo:
Consideraciones
Primera: El artículo 231-A, primer párrafo de la Ley Federal de Derechos establece que Los ingresos que se obtengan de las entidades y organismos públicos o privados a que se refiere el apartado B, fracción I del artículo 223 de esta Ley, se destinarán a la Comisión Nacional del Agua para la realización de programas que contemplen acciones de mejoramiento de eficiencia y de infraestructura de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales en una cantidad equivalente de hasta por el monto de los derechos cubiertos por las personas antes mencionadas, en el ejercicio de que se trate.
Con el fin de acceder a estos recursos, los interesados deberán presentar la solicitud adjuntando el programa, acciones o proyectos que especifiquen las mejoras a la infraestructura que desean realizar ante la Comisión Nacional de Agua, para que con posterioridad esta dependencia evalúe las solicitudes y asigne los recursos de acuerdo a la disponibilidad y lineamientos aplicables.
Segunda: La Secretaría de Hacienda y Crédito Público tiene como misión proponer, dirigir y controlar la política del gobierno federal en materia financiera, fiscal, de gasto, de ingresos y deuda pública, con el propósito de consolidar un país con crecimiento económico de calidad, equitativo, incluyente y sostenido, que fortalezca el bienestar de las y los mexicanos.
Y en este contexto, es la Autoridad encargada de dispersar los recursos provenientes del Prodder a las entidades estatales, municipios, organismos públicos, entre otros.
Tercera: Que los organismos operadores de agua que en su momento identificaron necesidades dentro de su territorio y, que además realizaron las gestiones necesarias para acceder a los fondos Prodder del ejercicio fiscal 2025, se encuentran en espera de que dicho fondo les sea dispersado y así poder ejecutar los proyectos, previamente aprobados por la Conagua, para mejorar la eficiencia, fortaleciendo el servicio de agua potable, alcantarillado y saneamiento de aguas residuales, brindado a la ciudadanía.
La falta de entrega de este recurso por la autoridad competente, limita la prestación de servicios de calidad como lo es el agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales, a toda la población del país, además de crear incertidumbre en la proyección y planeación financiera de los organismos operadores, lo cual repercute directamente en la operatividad de dichos organismos.
Por lo anterior, se somete a la consideración el siguiente
Punto de Acuerdo
De urgente y obvia resolución:
Único: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que en el ámbito de sus atribuciones realice la dispersión del recurso del Prodder 2025 (Programa de Devolución de Derechos), a fin de que los organismos operadores de agua en el país estén en condiciones de invertir en mejorar la eficiencia, así como la infraestructura para fortalecer y brindar servicios de calidad en cuanto al agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales en beneficio de toda la población mexicana.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de abril de 2026.
Diputado Humberto Ambriz Delgadillo (rúbrica)