Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno del estado de Jalisco y a los 125 ayuntamientos a ampliar y fortalecer los operativos de detección, retiro y disposición final de vehículos abandonados, así como implementar campañas permanentes de difusión y sensibilización dirigidas a la ciudadanía y elaboren un informe público sobre los resultados obtenidos para su publicación en el periódico oficial del estado de Jalisco, a cargo de la diputada Marcela Michel López, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Marcela Michel López , diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, numeral 2, fracciones III y IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al Gobierno del Estado de Jalisco y a los 125 ayuntamientos a que, en el ámbito de sus respectivas competencias, amplíen y fortalezcan los operativos de detección, retiro y disposición final de vehículos abandonados; implementen campañas permanentes de difusión y sensibilización dirigidas a la ciudadanía; y elaboren un informe público sobre los resultados obtenidos, para su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco , al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El abandono de vehículos en la vía pública constituye un problema creciente que afecta múltiples dimensiones de la vida urbana, desde la movilidad hasta la seguridad, el medio ambiente y la salud pública. De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el parque vehicular en México ha experimentado un crecimiento sostenido en la última década. En 2013, se registraron aproximadamente 35 millones de vehículos en circulación, cifra que aumentó a más de 61 millones en 2024.1 Este aumento significativo ha contribuido a la creciente presencia de unidades abandonadas en la vía pública, debido a factores como fallas mecánicas, pérdida de documentación o falta de interés de los propietarios en mantenerlos en circulación.

Según el estudio El costo de la congestión: vida y recursos perdidos publicado por el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) en 2019, la congestión vial en 32 ciudades mexicanas genera una pérdida económica anual de aproximadamente 94 mil millones de pesos. Esta cifra incluye tanto las oportunidades de ingreso perdidas por los usuarios del transporte público, estimadas en 69 mil millones de pesos, como las pérdidas para quienes utilizan automóvil particular, que ascienden a 25 mil millones de pesos.2

Aunque el estudio no aborda directamente el impacto de los vehículos abandonados, es razonable inferir que estos contribuyen a la congestión al ocupar espacios públicos que podrían destinarse a la circulación de vehículos y peatones, provocando congestiones y afectando la fluidez vial. Esto representa un costo económico indirecto para la sociedad debido al aumento en tiempos de traslado y consumo de combustible.

A nivel local, en Jalisco, los reportes ciudadanos sobre vehículos abandonados se han incrementado en los últimos años. Por ejemplo, en Guadalajara, la cifra pasó de 1,655 reportes en 2022 a más de 3,000 en 2024, y en Zapopan también se ha registrado un aumento significativo, con un crecimiento del 39% en reportes entre 2022 y 2025.3 Estos datos evidencian un problema no solo de magnitud, sino también de dispersión geográfica que requiere una atención integral más allá de las zonas metropolitanas.

El problema de los vehículos abandonados conlleva riesgos sanitarios, ya que estos automotores se convierten en focos infecciosos y criaderos para fauna nociva, como lo señala el Instituto Nacional de Salud Pública (INSP), que vincula la acumulación de desechos y vehículos inservibles con la proliferación de vectores transmisores de enfermedades. Además, la contaminación visual y ambiental que generan estas unidades es un factor que afecta negativamente la calidad de vida de los ciudadanos, ya que su presencia prolongada deteriora el paisaje urbano, transmite una imagen de abandono institucional y genera una percepción de inseguridad en el entorno. Estos vehículos suelen acumular residuos, óxido y materiales contaminantes que se filtran al suelo, contribuyendo a la degradación del ambiente inmediato. Asimismo, obstaculizan el uso adecuado del espacio público y afectan la convivencia social al convertir calles y banquetas en zonas descuidadas o incluso peligrosas para peatones y ciclistas.

En el ámbito de la seguridad pública, de acuerdo con el “Diagnóstico Nacional sobre el Abandono de Vehículos en Espacios Públicos” realizado por el Instituto para la Seguridad y la Democracia (Insyde) en 2020, los vehículos abandonados en la vía pública pueden ser utilizados para ocultar armas, objetos robados o incluso drogas, y son señalados recurrentemente por vecinos como puntos de riesgo para la comisión de actos vandálicos. Este mismo informe indica que, en colonias con alta concentración de unidades abandonadas, se reporta un aumento de hasta un 22% en incidentes delictivos menores, como robos a transeúnte y daños en propiedad ajena.4 Asimismo, un estudio de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), publicado en 2021, concluye que estos vehículos generan espacios que propician la impunidad al dificultar la visibilidad y vigilancia en las calles, afectando directamente la percepción de seguridad en los entornos vecinales. La acumulación de unidades abandonadas, además, debilita el tejido social al proyectar descuido institucional y abandono del espacio público.5

Desde una perspectiva económica, la presencia prolongada de vehículos abandonados representa un uso ineficiente del espacio urbano, al impedir su aprovechamiento productivo en zonas con alta demanda de estacionamiento, tránsito comercial o desarrollo habitacional. Además, su acumulación incide negativamente en la percepción de seguridad y orden, lo cual puede desacelerar la actividad económica local, desincentivar inversiones y contribuir a la depreciación del valor inmobiliario en las zonas afectadas.

En este contexto, es importante destacar que el marco jurídico vigente en el estado de Jalisco ya contempla disposiciones específicas respecto al abandono de vehículos en la vía pública, reconociendo sus implicaciones en materia de movilidad, seguridad vial, medio ambiente y salud pública.

El ámbito normativo, establece atribuciones claras para la gestión de vehículos abandonados. En particular, el artículo 61 de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco dispone que los ayuntamientos deberán:

Remitir a los depósitos vehiculares, los vehículos que se encuentren abandonados, inservibles, destruidos e inutilizados en las vías públicas y estacionamientos públicos de su jurisdicción, en los términos de la presente Ley y los reglamentos aplicables en la materia6

Por su parte, el artículo 172 de la misma ley establece que:

Los ayuntamientos podrán remitir a los depósitos vehiculares, los vehículos que se encuentren abandonados, inservibles, destruidos e inutilizados en las vías públicas y estacionamientos públicos de su jurisdicción; así como las cajas, remolques y vehículos de carga, que obstaculicen, limiten o impidan el uso adecuado de las vías, en términos de la reglamentación y normatividad aplicable7

En este sentido, el Reglamento de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco , en su Artículo 115, refuerza esta disposición al señalar que:

está prohibido que un vehículo estacionado, aún en lugar que esté permitido, permanezca en estado de abandono ”.

Este artículo define como vehículo abandonado a aquel que:

I. Contamina visiblemente, es un foco de infección o genera malos olores o fauna nociva para la salud o el medio ambiente ;

II. Provoca entorpecimiento a la circulación o molestias a los peatones, sin encontrarse la persona conductora en el lugar; y

III. Presenta huella de choque y no cuenta con el permiso correspondiente .”

Quienes incurran en estos supuestos serán acreedores a la sanción establecida en el artículo 360, fracción XIV, de la Ley, además de que el vehículo deberá ser remitido al depósito público o autorizado como medida de seguridad .8

Cabe señalar que el Ayuntamiento de Guadalajara ha implementado el programa “Limpia Tu Ciudad”9 , orientado al retiro de vehículos abandonados en la Zona Metropolitana de Guadalajara. Esta estrategia ha contribuido a mejorar la gestión del espacio público y la seguridad vial en dicha región. No obstante, su aplicación ha estado restringida territorialmente, dejando fuera a los municipios del interior del estado.

Dada la creciente presencia de vehículos abandonados en otras regiones de Jalisco, es necesario ampliar este tipo de intervenciones a todo el territorio estatal. Esto permitirá una gestión más equitativa y coordinada, atendiendo problemáticas comunes relacionadas con la movilidad, la seguridad y la calidad urbana. La extensión de este programa no solo mejoraría la cobertura geográfica, sino que facilitaría la estandarización de procesos y el uso más eficiente de los recursos públicos.

Para garantizar su efectividad, estas acciones deben acompañarse de mecanismos de seguimiento mediante informes periódicos que evalúen resultados, identifiquen áreas de mejora y aseguren la rendición de cuentas. La transparencia en la gestión pública es esencial para fortalecer la confianza ciudadana y garantizar que las políticas implementadas generen impactos reales y medibles.

Asimismo, es clave que la población conozca los procedimientos para denunciar vehículos abandonados, así como las sanciones aplicables. En el caso del Área Metropolitana de Guadalajara, el protocolo contempla la recepción del reporte ciudadano, la verificación por parte de las autoridades, la notificación al propietario y, en caso de no retiro, la remisión del vehículo a un depósito autorizado10 . Difundir este proceso de forma clara y accesible fortalece la participación social, fomenta la corresponsabilidad y mejora la eficacia de los operativos.

Diversos municipios del estado enfrentan problemáticas similares. En Puerto Vallarta, por ejemplo, colonias como López Mateos y Versalles reportan decenas de vehículos abandonados que afectan la imagen urbana y representan focos de insalubridad.11 En Tepatitlán, aunque no existen datos precisos, la acumulación de unidades en desuso ha llevado a operativos municipales para liberar calles y banquetas. En Lagos de Moreno, el problema reviste mayor gravedad: vehículos abandonados han sido utilizados como escondites para armas y drogas, lo que evidencia una relación directa entre esta situación y actividades delictivas, como lo documentaron autoridades de seguridad en 2023 y 2024.12

Por todo lo anterior, es indispensable no solo ampliar y fortalecer estas acciones operativas en todo Jalisco, sino también establecer una estrategia integral que incluya seguimiento, evaluación y comunicación constante con la ciudadanía. Solo mediante una política pública estatal, homogénea y transparente, se podrá garantizar un entorno urbano más ordenado, seguro y funcional para todas las comunidades.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Gobierno del Estado de Jalisco para que, en ejercicio de sus atribuciones, coordine con los 125 ayuntamientos la ampliación y fortalecimiento del operativo para la detección, retiro y disposición final de vehículos abandonados en todo el territorio estatal, incluyendo la zona metropolitana, las zonas conurbadas y los municipios del interior, mediante una mejor organización y aprovechamiento eficiente de los recursos humanos y materiales existentes, así como con la implementación de labores de campo constantes y sistemáticas que permitan una intervención oportuna, homogénea y eficaz.

Segundo.- La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Gobierno del Estado de Jalisco y a los ayuntamientos para que implementen campañas permanentes de información, difusión y sensibilización dirigidas a la ciudadanía, con el objetivo de dar a conocer los procedimientos para denunciar vehículos abandonados, las sanciones aplicables conforme a la legislación vigente, y fomentar la corresponsabilidad social en el mantenimiento del orden y la seguridad en el espacio público.

Tercero.- La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Gobierno del Estado de Jalisco y a las autoridades municipales competentes para que, en un plazo no mayor a un año contado a partir de la aprobación del presente punto de acuerdo, elaboren y publiquen un informe público y detallado que contenga, al menos, el número de vehículos detectados, retirados y sancionados; los municipios con mayor incidencia; las acciones emprendidas en materia de difusión ciudadana; y los avances logrados en la disminución de vehículos abandonados en la vía pública. Dicho informe deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, a fin de garantizar la transparencia, la rendición de cuentas y el acceso ciudadano a la información.

Notas:

1. Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). (2024). Vehículos de Motor Registrados en Circulación 2024. Recuperado de https://www.inegi.org.mx/temas/vehiculos/#tabulados

2. Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO). (2019). El costo de la congestión: vida y recursos perdidos. Recuperado de https://imco.org.mx/wp-content/uploads/2019/09/20190910_Costo-de-la-con gestio%CC%81n_Boleti%CC%81n.pdf

3. El Informador. (2025, 7 de abril). LISTA de colonias en Guadalajara con más autos abandonados. https://www.informador.mx/jalisco/LISTA-de-colonias-en-Guadalajara-con- mas-autos-abandonados-20250407-0074.html

4. Instituto para la Seguridad y la Democracia (Insyde). (2020). Observatorios de Seguridad y Convivencia. Recuperado de https://insyde.org.mx/observatorios-de-seguridad-y-convivencia/

5. Vizuet Álvarez, D. M. (2021). El abandono del espacio público resultado de la inseguridad en el Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México: Análisis de caso en la colonia 5 de Mayo. Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Azcapotzalco. Recuperado de https://sociologiaurbana.azc.uam.mx/wp-content/uploads/2021/04/DEFLLALY -MONZERRATH-VIZUET-ALVAREZ.pdf

6. Congreso del Estado de Jalisco. (2023). Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco. Recuperado de https://congresoweb.congresojal.gob.mx/bibliotecavirtual/legislacion/Le yes/Documentos_PDF-Leyes/Ley%20de%20Movilidad,%20Seguridad%20Vial%20y%2 0Transporte%20del%20Estado%20de%20Jalisco-140823.pdf

7. Idem

8. Congreso del Estado de Jalisco. (2023). Reglamento de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco. Recuperado de https://congresoweb.congresojal.gob.mx/bibliotecavirtual/legislacion/Re glamentos/Documentos_PDF-Reglamentos/Reglamento%20de%20la%20Ley%20de%20 Movilidad,%20Seguridad%20Vial%20y%20Transporte%20del%20Estado%20de%20Ja lisco-230224.pdf

9. Gobierno Municipal de Guadalajara. (s.f.). Limpia Guadalajara. Recuperado el 4 de junio de 2025, de https://limpia.guadalajara.gob.mx/

10. El Informador. (2025, 7 de abril). Movilidad: Lanzan operativo contra autos abandonados en calles. https://www.informador.mx/jalisco/Movilidad-Lanzan-operativo-contra-aut os-abandonados-en-calles-20250407-0026.html

11. Tribuna de la Bahía. (2024, abril 3). Retiran carros abandonados en Versalles. Tribuna de la Bahía. https://tribunadelabahia.com.mx/retiraron-carros-abandonados-versalles/

12. Animal Político. (2023, agosto 23). Localizan armamento y droga en vehículos abandonados en Lagos de Moreno, Jalisco; no hay detenidos. https://www.animalpolitico.com/estados/lagos-moreno-jalisco-armamento-d roga-vehiculos-abandonados

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2025

Diputada Marcela Michel López (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a los gobiernos de la CDMX, Guadalajara y Nuevo León a implementar acciones integrales que contrarresten los efectos de las emisiones contaminantes, derivados de la celebración de la Copa Mundial de la FIFA 2026, a cargo de la diputada Alejandra Chedraui Peralta, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Alejandra Chedraui Peralta, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXVI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos; 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La realización de la Copa Mundial de la FIFA 2026 en América del Norte representa un evento de gran magnitud, con implicaciones relevantes en términos sociales, económicos, y deportivos. No obstante, también implica retos significativos en materia ambiental, especialmente para las ciudades sede en nuestro país: Ciudad de México, Guadalajara y Monterrey.

De acuerdo con estimaciones recientes del informe “FIFA’s Climate Blind Spot”, elaborado por la organización Scientists for Global Responsibility (SGR), la Copa Mundial de 2026 podría generar hasta 9.02 millones de toneladas de CO? equivalente (tCO?e), superando ampliamente la huella de carbono de ediciones anteriores, como Brasil 2014 (2.7 millones tCO?e) o Rusia 2018 (2.1 millones tCO?e).1

Se prevé que el 85% de las emisiones provendrán del transporte aéreo internacional y doméstico necesario para trasladar a selecciones, cuerpos técnicos, organizadores y, sobre todo, a los más de 5 millones de asistentes esperados entre los tres países sede.2

En este contexto, las ciudades mexicanas involucradas tendrán un papel crucial en la implementación de estrategias de mitigación climática local.

La problemática se agrava si se considera que la FIFA ha aumentado el número de partidos de 64 a 104, lo cual también incrementará las necesidades energéticas, logísticas, de agua y de transporte en cada sede.3 Aunado a ello, la fase de grupos se ampliará a 48 selecciones, lo que representa una expansión sin precedentes y, con ello, un aumento proporcional de la huella ecológica.

Diversos estudios y medios especializados advierten que cada partido del torneo puede llegar a emitir entre 44,000 y 72,000 toneladas de CO?, una cantidad equivalente a las emisiones anuales de hasta 15,000 automóviles4 .

Es importante señalar que, si bien la FIFA se ha comprometido a reducir sus emisiones de carbono en 50 % para 2030 y alcanzar la neutralidad climática para 2040, múltiples organizaciones han cuestionado la credibilidad de estos compromisos. En la edición de Qatar 2022, por ejemplo, la FIFA fue acusada de subestimar sus emisiones reales y de implementar estrategias de compensación opacas y difíciles de verificar5 .

Además, algunas sedes seleccionadas en EE.UU. y México se ubican en zonas con altos niveles de calor extremo y estrés hídrico, lo que puede representar no solo un riesgo ambiental, sino también sanitario. Al menos seis estadios están en regiones propensas a incendios forestales, olas de calor o inundaciones.

En el caso específico de México, resulta prioritario que las autoridades de las ciudades sede tomen medidas preventivas concretas, como:

• Promover campañas de movilidad sustentable y transporte colectivo.

• Implementar programas de reciclaje y gestión responsable de residuos en recintos deportivos.

• Fomentar el uso eficiente del agua y la energía renovable.

• Desarrollar estrategias locales de compensación de emisiones, como reforestación urbana o bonos de carbono.

• Coordinar acciones con sociedad civil, sector privado y universidades para asegurar una visión climática transversal e inclusiva.

El Mundial 2026 no solo debe verse como un evento deportivo, sino como una oportunidad histórica para demostrar que México puede organizar eventos de talla mundial de forma sustentable, cumpliendo con los compromisos climáticos nacionales e internacionales, incluyendo el Acuerdo de París y la Agenda 2030.

Ventajas

• Reducción significativa de emisiones contaminantes.

Al establecer planes de movilidad sostenible, eficiencia energética y gestión de residuos, se puede mitigar una parte considerable de las emisiones proyectadas para el evento, estimadas en 9.02 millones de toneladas de CO? equivalente.

• Cumplimiento de compromisos internacionales.

La implementación de estrategias climáticas permitirá a México avanzar en el cumplimiento del Acuerdo de París y de la Agenda 2030, particularmente en el Objetivo de Desarrollo Sostenible 13: Acción por el Clima.

• Mejora de la imagen internacional de las ciudades sede.

Acciones de sostenibilidad vinculadas al Mundial pueden proyectar a CDMX, Guadalajara y Monterrey como ciudades modelo en organización de eventos verdes, atrayendo futuras inversiones y turismo responsable.

• Legado de infraestructura sostenible.

La instalación de sistemas de transporte eléctrico, energía solar en estadios y programas de reciclaje podría permanecer como infraestructura útil más allá del evento, beneficiando a la población local de forma permanente.

• Concientización ciudadana y participación social.

Las campañas ambientales asociadas al Mundial tienen el potencial de movilizar a miles de personas hacia hábitos de consumo y movilidad más sostenibles, generando un cambio cultural a mediano y largo plazo.

Desventajas

• Altos costos iniciales de implementación.

La adaptación de infraestructura (electrificación de transporte, energías renovables, plantas de reciclaje) requiere inversiones significativas, que podrían generar tensiones presupuestarias si no se gestionan con eficiencia.

• Limitaciones de tiempo para la ejecución.

Faltando menos de dos años para el inicio del Mundial, los plazos de planeación, licitación y ejecución de proyectos ambientales son ajustados, lo que podría comprometer la calidad o alcance de las medidas implementadas.

• Resistencia social o empresarial.

Algunas regulaciones, como las zonas de bajas emisiones o la prohibición de plásticos de un solo uso, podrían encontrar oposición de ciertos sectores económicos o de la población acostumbrada a prácticas menos sostenibles.

• Desafíos en la coordinación intergubernamental.

El éxito de las medidas depende de la colaboración entre gobiernos municipales, estatales y federal, lo que históricamente ha representado retos en eventos de gran escala.

El Mundial 2026, debido a su magnitud, podría tener un impacto considerable en el cambio climático, tanto por las emisiones generadas como por los impactos del cambio climático en el propio evento. Es fundamental que la FIFA y los países organizadores tomen medidas para mitigar los efectos negativos y adaptarse a un clima cambiante

En este sentido, la organización inglesa Scientists for Global Responsibility, el Fondo para la Defensa del Medio Ambiente (EDF) y la red internacional Cool Down, estiman que la próxima edición del megaevento deportivo generará más del doble de emisiones contaminantes que las últimas copas.

Tan solo los viajes en avión provocarán más de 7,7 millones de toneladas de dióxido de carbono equivalente (tCO2e). Esta medida representa la cantidad total de gases de efecto invernadero emitidos, expresada como si todo fuera dióxido de carbono, para poder comparar su impacto climático de forma unificada.

Para contextualizar: según la calculadora de emisiones de la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos, una tonelada de CO? es el equivalente a conducir un auto a base de gasolina durante más de 4.000 kilómetros.

Asimismo, los expertos afirman que consideraron un escenario de emisiones aún mayor: “Nuestra estimación máxima de emisiones del transporte aéreo para este torneo es de 13,66 millones de toneladas de CO ? equivalentes ”.6

Además del transporte, el informe detalla otras fuentes de contaminación asociadas al torneo: el consumo de energía en estadios y alojamientos, la generación de residuos, la fabricación de souvenirs y la distribución de alimentos.

En conjunto, esas actividades sumarían al menos 1,3 millones de toneladas adicionales.

Es importante referir que en la Copa Mundial de la FIFA 2018 en Rusia, se generaron alrededor de 1.2 millones de toneladas de residuos, según estimaciones de la ONU Medio Ambiente.

Se espera que el Mundial 2026 genere una cantidad similar o mayor de residuos, dado que se celebrará en tres países (Canadá, México y Estados Unidos) y habrá más partidos y sedes.

Proyecciones para el Mundial 2026:

Es probable que se generen varios millones de toneladas de residuos, aunque la cifra exacta dependerá de las medidas de sostenibilidad implementadas.

La gestión adecuada de los residuos será crucial para minimizar el impacto ambiental del evento.

No debemos soslayar que el conflicto inherente entre maximizar las ganancias a través del crecimiento y minimizar la huella ambiental presenta un dilema para los deportes.

Varias organizaciones deportivas han prometido reducir su impacto en el clima, incluso suscribiéndose a iniciativas como el Marco de Acción Climática del Deporte de las Naciones Unidas7 , el cual trabaja en pos de dos objetivos generales:

• Lograr una trayectoria clara para que la comunidad deportiva mundial combata el cambio climático, mediante compromisos y asociaciones de acuerdo con estándares verificados, incluida la medición, reducción y notificación de las emisiones de gases de efecto invernadero, de acuerdo con el escenario muy por debajo de los 2 grados consagrado en el Acuerdo de París;

• Usar el deporte como herramienta unificadora para federar y crear solidaridad entre los ciudadanos del mundo para la acción climática.

En el tema que nos ocupa, resulta pertinente hacer referencia al marco jurídico vigente que sustenta la obligación de las autoridades, en sus distintos órdenes de gobierno, de garantizar el derecho humano a un medio ambiente sano, así como de implementar acciones para prevenir y mitigar los efectos del cambio climático.

En primer término, el artículo 4o, párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece de manera expresa:

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley ”.

Por su parte, la Ley General de Cambio Climático (LGCC), en su artículo 26, dispone que la Federación, las entidades federativas y los municipios deberán coordinar acciones para la mitigación de emisiones de gases de efecto invernadero, así como para la adaptación a los efectos adversos del cambio climático. Este mandato cobra especial relevancia ante la magnitud del impacto ambiental proyectado para la Copa Mundial de la FIFA 2026.

Visto lo anterior, la magnitud y relevancia de la Copa Mundial de la FIFA 2026 representan, para las ciudades de la Ciudad de México, Guadalajara y Monterrey, un reto sin precedentes en materia ambiental, logística y de gestión de recursos.

La proyección de emisiones contaminantes, el incremento de la demanda de energía, agua y transporte, así como la generación de residuos derivados del evento, hacen imprescindible la adopción de medidas integrales y coordinadas que permitan mitigar su impacto negativo.

Más allá de su dimensión deportiva, este evento constituye una oportunidad histórica para demostrar que México puede organizar acontecimientos internacionales de gran envergadura bajo principios de sostenibilidad, innovación y responsabilidad social. Implementar acciones preventivas y correctivas no solo contribuirá a reducir la huella ecológica del torneo, sino que dejará un legado positivo en infraestructura, cultura ambiental y calidad de vida para las y los habitantes de las ciudades sede.

La trascendencia del Mundial 2026 obliga a actuar con visión de largo plazo, privilegiando la salud de la población, la protección de los ecosistemas y la imagen internacional del país. Por ello, este punto de acuerdo se presenta como una medida necesaria y estratégica para asegurar que la celebración del torneo no comprometa el bienestar presente ni el de las generaciones futuras, consolidando a nuestras ciudades como referentes de organización responsable y compromiso con el medio ambiente.

En este sentido, resulta imperante que las ciudades sede implementen de manera coordinada y oportuna acciones integrales para contrarrestar los efectos de las emisiones contaminantes, garantizando que la celebración del Mundial 2026 contribuya al bienestar de la población sin comprometer el equilibrio ecológico ni los derechos de las generaciones futuras.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración del pleno de esta Honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión solicita respetuosamente a los gobiernos de la Ciudad de México, Guadalajara y Nuevo León, para que implementen acciones integrales que contrarresten los efectos de las emisiones contaminantes, derivados de la celebración de la Copa Mundial de la FIFA 2026.

Notas:

1. Scientists for Global Responsibility, FIFA’s Climate Blind Spot, 2025. Disponible en: https://www.sgr.org.uk/resources/2026-fifa-men-s-world-cup-be-most-poll uting-ever

2. Infobae, Alertan que el Mundial 2026 podría dejar un récord histórico de emisiones contaminantes, 15 de julio de 2025. Disponible en: https://www.infobae.com/america/medio-ambiente/2025/07/15/alertan-que-e l-mundial-2026-podria-dejar-un-record-historico-de-emisiones-contaminan tes

3. El Diario.es, La FIFA enfrenta un reto ambiental grave: el Mundial 2026 batirá récords de contaminación, 2025. Disponible en: https://www.eldiario.es/spin/deportes/fifa-enfrenta-reto-ambiental-grav e-mundial-2026-batira-records-contaminacion-pm_1_12474653.html

4. 4.Wired Español, La Copa Mundial 2026 será histórica por sus grandes emisiones de carbono, 2025. Disponible en: https://es.wired.com/articulos/la-copa-mundial-de-2026-sera-historicapo r-sus-grandes-emisiones-de-carbono

5. The Guardian, FIFA again under scrutiny for a World Cup’s increased carbon footprint, 18 de junio de 2025. Disponible en: https://www.theguardian.com/football/2025/jun/18/fifa-again-under-scrut iny-for-a-world-cups-increased-carbon-footprint

6. El Mundial 2026 podría marcar un récord en emisiones de gases contaminantes, advierten científicos. Infobae. 14 de julio de 2025. Disponible en la Web https://www.infobae.com/america/medio-ambiente/2025/07/15/alertan-que-e l-mundial-2026-podria-dejar-un-record-historico-de-emisiones-contaminan tes/

7. Deportes para la acción climática. United Nations Climate Change. Disponible en la Web https://unfccc.int/climate-action/sectoral-engagement/sports-for-climat e-action

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2025.

Diputada Alejandra Chedraui Peralta (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México a adoptar de inmediato las medidas necesarias para separar del cargo al director de la Dirección de Asesoría Jurídica Pública, Omar Pérez Huerta, vinculado a proceso por abuso y acoso sexual agravado, a cargo de la diputada María Teresa Ealy Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, María Teresa Ealy Díaz , diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primero. Que el pasado 15 de agosto de 2025 el director de la Dirección de Asesoría Jurídica Pública de la Fiscalía fue vinculado a proceso por abuso y acoso sexual agravado, en agravio de la Asesora Jurídica Mariana Flores Parra, así como por hostigamiento sexual laboral.

Segundo . Que a pesar de la gravedad de los delitos imputados y de encontrarse en proceso penal, el funcionario continúa en el ejercicio de su cargo, lo que constituye una situación de riesgo para la víctima, para las testigos y para el correcto desempeño de la función pública en la Fiscalía.

Tercero. Que se tiene conocimiento de que testigos del caso han sido objeto de represalias mediante denuncias infundadas por extorsión, lo cual evidencia un patrón de intimidación y violencia institucional en contra de quienes colaboran con la justicia.

Cuarto . Que el primer acto de hostigamiento consistió en cambiar de lugar de trabajo a la víctima, Licenciada Mariana Flores Parra, quien llevaba ocho años laborando en la UGA 003 sin ningún tipo de queja o apercibimiento en su contra. Mediante oficio de fecha 1 de agosto de 2025, se le notificó su reasignación a la Unidad Judicial 15, ubicada en San Lorenzo Tezonco, Iztapalapa, bajo el argumento administrativo de “aprovechamiento de recursos”, a pesar de encontrarse en calidad de víctima y en medio de un proceso penal en curso.

Quinto . Que, además, una de las testigos de la víctima, la Licenciada Ana Laura Rivera Morales, al no acceder a retirar su testimonio, fue también objeto de represalia. Según consta en oficio notificado en el mismo mes, en su carácter de Asesora Jurídica de la UGA 003, fue reasignada a la Unidad de Gestión Judicial 005, obligándola a dejar sus funciones en la unidad de origen y a realizar la entrega correspondiente precisamente a la víctima, Licenciada Mariana Flores Parra.

Sexto . Que ambos oficios, lejos de justificar una verdadera “necesidad del servicio”, muestran un patrón de uso discrecional de las reasignaciones laborales como mecanismo de presión e intimidación contra la víctima y sus testigos, constituyendo un claro caso de violencia institucional y laboral.

Séptimo . Que la madre de la víctima enfrenta actualmente un diagnóstico de cáncer, circunstancia que agrava la vulnerabilidad familiar frente a las represalias y el desgaste emocional derivado del proceso penal.

Octavo. Que la permanencia en el cargo del servidor público imputado contraviene los principios de legalidad, imparcialidad y perspectiva de género que deben regir la actuación de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, así como los compromisos internacionales asumidos por México en materia de derechos humanos de las mujeres.

Punto de Acuerdo

Único . La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión solicite respetuosamente a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México para que, con base en sus atribuciones y conforme al principio de debida diligencia reforzada en casos de violencia contra las mujeres, adopte de inmediato las medidas necesarias para separar del cargo al Director de la Dirección de Asesoría Jurídica Pública, Omar Pérez Huerta, vinculado a proceso por abuso y acoso sexual agravado

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2025

Diputada María Teresa Ealy Díaz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Fiscalía General del estado de Coahuila a llevar a cabo las investigaciones correspondientes de manera pronta, completa e imparcial, a fin de deslindar responsabilidades que derivaron en la muerte del ciudadano Carlos Gurrola, a cargo de la diputada Cintia Cuevas Sánchez, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, la diputada Cintia Cuevas Sánchez integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2 fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta Honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes consideraciones

Consideraciones

El pasado 18 de septiembre, en Torreón, Coahuila, un hombre de 47 años murió a causa de graves lesiones por la ingesta accidental de un desengrasante industrial, presuntamente colocado en su botella de agua por compañeros de trabajo a manera de broma.

De acuerdo con la revisión hemerográfica: el pasado 30 de agosto de 2025, tras regresar de su almuerzo, “Papayita”, como le decían a Carlos Gurrola, tomó un sorbo de su botella de suero, sin saber que contenía un líquido desengrasante colocado por sus compañeros como parte de una broma pesada.

Horas después presentó una intoxicación severa y fue hospitalizado en la Clínica 71 del IMSS, donde permaneció en estado crítico hasta que falleció el 18 de septiembre.

Los reportes médicos señalaron, que el desengrasante ocasionó severas quemaduras en el esófago y estómago de Gurrola, complicaciones que mantuvieron su estado de salud crítico hasta su decesoi .

De acuerdo con familiares y medios locales, “Papayita” era empleado de limpieza en el HEB de Senderos de Torreón, pero sufría bullying de sus compañeros, quienes constantemente le hacían bromas como quitarle su comida o esconderle el celularii .

De acuerdo con el periódico “Excélsior”, la madre de “Papayita” relató:

Ese día vino a almorzar a las 11 de la mañana y entro a las 2 de la tarde a trabajar, le paso el accidente a las 3:30, a las seis de la tarde me hablaron que fuera por él para que lo llevara a la Cruz Roja, se supone que la empresa donde trabaja mi hijo debe tener un auxiliar y hasta las seis de la tarde me hablaron .

Él no más me dijo ¨es que yo traía una botella de agua y un suero de electrolito lila y como me tome el agua como andaba barriendo, ya cuando regrese le di un trago al electrolito y lo metí al locker. Después regresé al locker, le di un trago al electrolito y me supo feo y lo tiré¨, cuenta la madre de Gurrolaiii .

La misma madre de Carlos Gurrola compartió que su hijo llegaba con hambre, y la bicicleta dañada, debido a que le habían ponchado las llantasiv .

Al respecto, es importante recordar que la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo define a la Violencia Laboral como:

aquella que se ejerce por las personas que tienen un vínculo laboral, independientemente de la relación jerárquica, consistente en un acto o una omisión en abuso de poder que daña la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de la víctima, e impide su desarrollo y atenta contra la igualdad. Puede consistir en un solo evento dañino o en una serie de eventos cuya suma produce el daño. La definición de violencia laboral incluye el acoso laboral, el hostigamiento sexual y el acoso sexualv .

En cuanto a la definición del acoso laboral, la PROFEDET señala:

Acoso laboral: forma de violencia que se presenta en una serie de eventos que tienen como objetivo intimidar, excluir, opacar, aplanar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente a la víctima causando un daño físico, psicológico, económico y laboral-profesional. Esta se puede presentar en forma horizontal, vertical ascendente o vertical descendente, ya sea en el centro del trabajo o fuera de este siempre que esté vinculado a la relación laboral” vi .

En materia internacional, el 6 de julio de 2022 México ratificó el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el cual busca erradicar la violencia y el acoso laboralvii .

De acuerdo con el artículo 1 del Convenio 190 de la OIT:

1. A efectos del presente Convenio:

a) La expresión ¨violencia y acoso¨ en el mundo del trabajo designa un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género, y (...)

Por su parte, el artículo 3 del citado Convenio menciona:

El presente Convenio se aplica a la violencia y el acoso en el mundo del trabajo que ocurren durante el trabajo, en relación con el trabajo o como resultado del mismo:

a) en el lugar de trabajo, inclusive en los espacios públicos y privados cuando son un lugar de trabajo;

b) en los lugares donde se paga al trabajador, donde éste toma su descanso o donde come, o en los que utiliza instalaciones sanitarias o de aseo y en los vestuarios; [...]

Mientras que, el artículo 4 establece que:

1. Todo Miembro que ratifique el presente Convenio deberá respetar, promover y asegurar el disfrute del derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso.

Como es posible observar, los trabajadores tienen derecho a un entorno libre de violencia laboral, situación que lamentablemente no sucedió en el caso de Carlos Gurrola, pues como se puede apreciar en las notas periodísticas, aunque se habló de que fue una broma; no, las bromas nunca terminan de esta lamentable forma, se trató de violencia y acoso laboral. De acuerdo con algunos testimonios se trataba de una violencia sistemática hacia su persona y no de un acto aislado.

La empresa HEB emitió un comunicado a través de sus redes sociales en el que menciona que Carlos Gurrola era empleado directo del proveedor de servicios de limpieza Multiservicios Rocasa S.A. de C.Vviii . no obstante, su trabajo lo desempeñaba dentro de las instalaciones de dicha empresa (HEB), por lo que de acuerdo con el artículo 3 del Convenio 190 de la OIT, ese era su lugar de trabajo, de esta manera la colaboración de la empresa HEB resulta de suma importancia para garantizar justicia no solo a Carlos, sino también a su familia.

Este hecho no puede quedar impune y es por ello que, por lo anteriormente expuesto, someto a consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta a la Fiscalía General del Estado de Coahuila a llevar a cabo las investigaciones correspondientes de manera pronta, completa e imparcial a fin de deslindar responsabilidades que derivaron en la muerte del ciudadano Carlos Gurrola.

Notas:

i. N+. (2025). Un empleado, una broma y un posible envenenamiento, las claves sobre la muerte de ¨Papayita¨. Disponible en: https://www.nmas.com.mx/nacional/claves-muerte-carlos-papayita-empleado -broma-envenenamiento-como-murio/

ii. Lara, Ricardo. (2025). Murió Carlos Gurrola, ¨El Papayita¨, trabajador que tomó desengrasante por broma de sus compañeros. Portal de noticias Excélsior. Disponible en: https://www.excelsior.com.mx/nacional/murio-carlos-gurrola-el-papayita- trabajador-al-que-sus-companeros-envenenaron/1740557

iii. Ibidem

iv. El Financiero. (2025). Caso Carlos Gurrola: ¿Qué sabemos del empleado que sufría bullying y murió por beber desengrasante? Nota disponible en: https://www.elfinanciero.com.mx/estados/2025/09/19/caso-carlos-gurrola- que-sabemos-del-empleado-que-sufria-bullying-y-murio-por-beber-desengra sante/

v. Protocolo para detectar, atender y acompñar a las personas usuarias de la PROFEDET en casos de hostigamiento y acoso sexual/laboral. (2020). Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Disponible en: https://www.profedet.gob.mx/Profedet/archivos/protocolos/Protocolo_Host igamiento_y_Acoso_PROFEDET.pdf

vi. Ibidem

vii. Instituto Nacional de las Mujeres. (2022). Ratifica México, Convenio 190 de la OIT. Disponible en: https://www.gob.mx/historico-instituto/es/articulos/ratifica-mexico-con venio-190-de-la-oit

viii. Escobar, José. (2025). H-E-B emite comunicado tras muerte de empleado Carlos Gurrola en sucursal de Torreón. El Sol de la Laguna. Nota disponible en: https://oem.com.mx/elsoldelalaguna/mexico/h-e-b-emite-comunicado-tras-m uerte-de-empleado-carlos-gurrola-en-sucursal-de-torreon-25847575

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a 30 de septiembre de 2025.

Diputada Cintia Cuevas Sánchez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al CSN a expedir el Programa para la Seguridad Nacional, con el propósito de dotar al Estado mexicano de las herramientas estratégicas necesarias para enfrentar de manera integral y eficaz las amenazas actuales y futuras, a cargo de la diputada Dionicia Vázquez García, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Dionicia Vázquez García , diputada de la LXVI Legislatura de la Honorable Cámara de Diputados, Integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente al Consejo de Seguridad Nacional que, en ejercicio de sus atribuciones, expida el Programa para la Seguridad Nacional , con el propósito de dotar al Estado Mexicano de las herramientas estratégicas necesarias para enfrentar de manera integral y eficaz las amenazas actuales y futuras, bajo las siguientes

Consideraciones

La seguridad nacional es un requisito esencial para preservar la integridad, la estabilidad y la soberanía del Estado frente a amenazas internas y externas, siendo un elemento clave para asegurar la paz y el desarrollo de un país. En este sentido, el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 identifica amenazas concretas como el crimen organizado transnacional, incluyendo delitos como el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo, así como los ciberataques y otras amenazas digitales.1

Recientemente importantes aeropuertos de Europa, destacando Bruselas, Berlín y Londres-Heathrow sufrieron un ataque cibernético que paralizó sus sistemas electrónicos de facturación y embarque, provocando cancelaciones, retrasos y caos para miles de pasajeros.2 Este incidente, perpetrado a través de un ransomware dirigido a sistemas críticos, evidencia la creciente sofisticación y peligro de los ciberdelitos para las infraestructuras estratégicas. Por ello, es indispensable que se cuente con un Programa para la Seguridad Nacional actualizado e integral, que permita proteger las tecnologías y operaciones críticas del Estado contra amenazas digitales con impactos en la estabilidad social, económica y política de la Nación.

En esta tesitura, en el Anexo 1 del PND 2025-2030, denominado “Sistema Nacional de Planeación Democrática, Programas Derivados del Plan Nacional de Desarrollo, Eje General 1. Gobernanza con justicia y participación ciudadana”3 , las dependencias deben integrar, publicar y dar seguimiento a los programas sectoriales, especiales, regionales e institucionales (entre ellos, el Programa para la Seguridad Nacional), mismo que a la fecha no ha sido publicado.

En este sentido, la Ley de Seguridad Nacional, en su artículo 3, define explícitamente la seguridad nacional como las acciones destinadas a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano:

Artículo 3.- Para efectos de esta Ley, por Seguridad Nacional se entienden las acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano, que conlleven a:

I. La protección de la nación mexicana frente a las amenazas y riesgos que enfrente nuestro país;

II. La preservación de la soberanía e independencia nacionales y la defensa del territorio;

III. El mantenimiento del orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno;

IV. El mantenimiento de la unidad de las partes integrantes de la Federación señaladas en el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

V. La defensa legítima del Estado Mexicano respecto de otros Estados o sujetos de derecho internacional, y

VI. La preservación de la democracia, fundada en el desarrollo económico social y político del país y sus habitantes.”4

La atribución de la elaboración del Programa para la Seguridad Nacional recae en el Ejecutivo federal a través del Consejo de Seguridad Nacional, que de acuerdo con el Artículo 12 de la Ley de Seguridad Nacional, se integra por:

“...

I. El Titular del Ejecutivo federal, quien lo presidirá;

II. El Secretario de Gobernación, quien fungirá como Secretario Ejecutivo;

III. El Secretario de la Defensa Nacional;

IV. El Secretario de Marina;

V. El Secretario de Seguridad Pública; [hoy Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, SSPC].

VI. El Secretario de Hacienda y Crédito Público;

VII. El Secretario de la Función Pública; [hoy Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno]

VIII. El Secretario de Relaciones Exteriores;

IX. El Secretario de Comunicaciones y Transportes; [hoy Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes]

X. El Fiscal General de la República, y

XI. El Director General del Centro de Investigación y Seguridad Nacional. [Sustituido por el Centro Nacional de Inteligencia]

...”

Mientras que en la fracción III del artículo 13 de la Ley de Seguridad Nacional se estipula que el Consejo de Seguridad Nacional es una instancia deliberativa cuya finalidad es establecer y articular la política en la materia. Por tanto, conocerá:

“...

III. El Programa para la Seguridad Nacional y la definición anual de la Agenda Nacional de Riesgos;

...”

Por su parte, la fracción VI del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que, dentro de las facultades y obligaciones del Presidente, se encuentra:

“VI. Preservar la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente, o sea del Ejército, de la Armada, de la Fuerza Aérea y de la Guardia Nacional para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación;”5

En los últimos años, el concepto de seguridad nacional ha experimentado una notable evolución, transitando desde una visión centrada principalmente en el Estado y lo militar, hacia enfoques más integrales.6 Actualmente, se entiende como un concepto multidimensional que abarca desde la defensa militar y civil hasta la protección de infraestructuras críticas, así como la seguridad energética, alimentaria, sanitaria y medioambiental. Esto refleja claramente la diversidad y complejidad de las amenazas contemporáneas.

Al respecto, el General de Brigada del Estado Mayor, José Alfredo Ortega Reyes, define la seguridad nacional como “... la condición necesaria que proporciona el Estado para garantizar la prevalencia de su integridad territorial, independencia, soberanía, Estado de Derecho, estabilidad política, social, económica y la consecución de los objetivos nacionales a través de las cuatro líneas de organización política, de arreglo social, de viabilidad cultural y organización económica, de los cuales se establecen los objetivos nacionales, que son objetivos nacionales de seguridad, objetivos nacionales de bienestar y objetivos nacionales de prestigio. Y el Estado es la cristalización de estas aspiraciones, erigiéndose como un poder frente a otros estados...”7

En la conferencia magistral “Dimensiones de la Seguridad Nacional”, en su segunda edición llevada a cabo el 11 de julio del presente año en las instalaciones del Senado de la República Mexicana, organizados por el Colegio de la Defensa Nacional y la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados, el especialista, José Alfredo Ortega Reyes, General de Brigada de Estado Mayor afirmó que, en la actualidad, México “...carece de un Programa para la Seguridad Nacional”8 .

En el mismo evento, Gerardo Rodríguez Sánchez Lara, profesor de la Universidad de las Américas Puebla y asesor en seguridad, subrayó: “...El Consejo de Seguridad Nacional para eso está, para determinar la Agenda Nacional de Riesgos, para tener diálogo con la Comisión Bicameral de Seguridad Nacional, para hacer el Programa para la Seguridad Nacional. Entonces, en la medida en que tengamos estos foros para desmitificar el tema de seguridad nacional, la seguridad nacional no es un tema, exclusivo de militares o de agentes de inteligencia del Estado mexicano, es un tema que compete a los otros tres poderes de la Unión...”9

Estos señalamientos ponen de relieve la urgencia de cumplir con el mandato normativo vigente para dotar al Estado Mexicano de herramientas estratégicas necesarias para enfrentar integral y eficazmente los desafíos presentes y futuros. México enfrenta hoy amenazas emergentes que afectan no sólo la integridad territorial y la soberanía, sino también la estabilidad económica, social y política. Entre estas amenazas destacan la ciberseguridad, el terrorismo internacional, el tráfico de armas y la delincuencia organizada transnacional, así como las amenazas a la infraestructura crítica.

Para poner de relieve la urgencia de atender este tema con sólo un ejemplo, próximamente tendremos el próximo Mundial de Fútbol 2026, evento que se realizará conjuntamente en México, Estados Unidos y Canadá. La realización de un evento de tal magnitud requiere que México cuente con una estrategia integral de seguridad nacional.

Por todo lo anterior, resulta impostergable que el Consejo de Seguridad Nacional, en el ejercicio de sus atribuciones, elabore, apruebe y publique en el Diario Oficial de la Federación el Programa para la Seguridad Nacional 2025–2030, alineado al Plan Nacional de Desarrollo 2025–2030 y su Sistema de Planeación Democrática. Este programa permitirá fortalecer la coordinación entre los tres Poderes de la Unión y los distintos órdenes de gobierno consolidando un marco de acción sólido, transparente y eficaz frente a las amenazas actuales y futuras.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente propuesta con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión solicita respetuosamente al Consejo de Seguridad Nacional que, en ejercicio de sus atribuciones, expida el Programa para la Seguridad Nacional, con el propósito de dotar al Estado Mexicano de las herramientas estratégicas necesarias para enfrentar de manera integral y eficaz las amenazas actuales y futuras.

Notas:

1. México. Presidencia de la República. Plan Nacional de Desarrollo 2025–2030. DOF, 15 de abril de 2025. PDF, https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5755162&fecha=15/04/ 2025.

2. Reuters. “European airports snarled by cyberattack...” 20 de septiembre de 2025, https://www.reuters.com/en/cyberattack-causes-flight-delays-cancellatio ns-brussels-airport-2025-09-20

3. Ibid.

4. México. Cámara de Diputados. Ley de Seguridad Nacional. Última reforma DOF 20 de mayo de 2021. PDF, disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LSN.pdf

5. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

6. Rodríguez Sánchez Lara, Gerardo, “Ensayo Antiguas y Nuevas Amenazas a la Seguridad de América Latina” Revista Bien Común, Fundación Rafael Preciado, México, http://www.fundacionpreciado.org.mx/biencomun/bc152/gerardo_rodriguez.p df

7. Colegio de la Defensa Nacional y Comisión de Defensa Nacional. Ciclo de Conferencias “Cultura de Seguridad Nacional, 11 de julio de 2025. Panel II: Senado de la República.

8. Ibid.

9. Colegio de la Defensa Nacional y Comisión de Defensa Nacional. Ciclo de Conferencias “Cultura de Seguridad Nacional.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre del 2025.

Diputada Dionicia Vázquez García (rúbrica)