Gaceta Parlamentaria, año XXVIII, número 6882-III-5, miércoles 24 de septiembre de 2025
Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a implementar medidas de seguridad vial, regulación del tránsito de camiones pesados y protocolos de respuesta inmediata en la CDMX y el Edomex, a cargo de la diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Primera . La Ciudad de México y el Estado de México como entidades federativas interconectadas en la Zona Metropolitana del Valle de México con más de 22 millones de habitantes y un flujo diario de mercancías que representa el 40% del PIB nacional, enfrentan desafíos estructurales profundos en su infraestructura vial que comprometen directamente la seguridad, la salud pública y el desarrollo económico de la región, en cuanto a la Ciudad de México al ser el epicentro de la actividad nacional enfrenta desafíos estructurales en su infraestructura vial que comprometen la seguridad y el bienestar de sus habitantes, en especial la alcaldía Iztapalapa con una población superior a 1.8 millones de personas y caracterizada por su alta densidad demográfica, marginación social y exposición a riesgos ambientales, ha sido el foco principal de incidentes graves que resaltan la urgencia de intervenir en el mantenimiento de vialidades, la regulación del tránsito de vehículos pesados y la prevención de riesgos asociados a materiales peligrosos, sin embargo estos eventos trascienden límites administrativos, afectando también al municipio de Chimalhuacán en el Estado de México, colindante con Iztapalapa donde el impacto se extiende a través de evacuaciones, daños colaterales y riesgos compartidos en corredores viales metropolitanos, ocurridos en un lapso de apenas tres días en septiembre de 2025, dichos siniestros han generado un saldo trágico de vidas perdidas, heridos graves, evacuaciones forzadas y daños materiales cuantiosos, evidenciando fallas sistémicas en la coordinación interinstitucional, el cumplimiento de normativas existentes y la asignación de recursos para infraestructura, lo que demanda una respuesta inmediata y estructural por parte de las autoridades competentes a nivel federal, local y estatal.
Segunda. El pasado 10 de septiembre de 2025, la Ciudad de México fue testigo de una de las tragedias más graves de los últimos años: la explosión de una pipa de gas licuado de petróleo (GLP) en el Puente de la Concordia, en la alcaldía de Iztapalapa. La unidad, cargada con aproximadamente 49 mil litros de gas, volcó y tras una fuga se produjo una explosión que generó llamas de más de 30 metros de altura.1 El saldo fue devastador: 27 personas fallecidas y más de 30 heridas, muchas de ellas en estado crítico, además de cuantiosos daños materiales, la evacuación de familias y la saturación de hospitales en la zona.2
Este siniestro no fue un evento aislado ni fortuito, sino la manifestación de una vulnerabilidad estructural: la circulación de camiones de carga y de materiales peligrosos en vías principales urbanas por donde diariamente transitan millones de personas. En este caso, la Calzada Ignacio Zaragoza y el distribuidor vial La Concordia son arterias estratégicas que conectan la capital con el oriente del país, pero también son espacios donde la densidad de tráfico, viviendas y comercios multiplica exponencialmente el impacto de cualquier accidente.
La dimensión del riesgo es múltiple:
Seguridad pública: los vehículos pesados, y en particular los que transportan sustancias inflamables o tóxicas, se convierten en una amenaza cuando circulan sin rutas exclusivas ni horarios regulados. Basta recordar que en México ya han ocurrido tragedias similares, como la explosión de una pipa en Tlahuelilpan en 2019, que dejó más de 130 muertos. Estos hechos evidencian la vulnerabilidad de la población frente a desastres derivados del transporte de hidrocarburos.
Salud pública: los accidentes con materiales peligrosos generan víctimas con quemaduras graves, intoxicaciones y lesiones permanentes que saturan el sistema hospitalario y dejan secuelas a largo plazo. En el caso del Puente de la Concordia, más de 50 heridos fueron trasladados a hospitales en condiciones críticas, lo que exigió recursos extraordinarios de atención médica y hospitalaria.
Protocolos de actuación y coordinación interinstitucional: la emergencia reveló retrasos y deficiencias en la atención inicial. La congestión vial dificultó el arribo de bomberos, ambulancias y cuerpos de rescate, mientras que las evacuaciones se realizaron de manera improvisada. Se requiere con urgencia la homologación de protocolos de respuesta entre la Ciudad de México y el Estado de México, la creación de centros de mando unificados y la capacitación constante de personal especializado en el manejo de materiales peligrosos.
En México existen normas para el transporte de materiales peligrosos, como la NOM-002-SCT/2011 y la más reciente NOM-002-1-SCT-SEMAR-ARTF/2023, que regulan embalajes, cisternas y envases.3 No obstante, estas disposiciones no contemplan de forma clara la restricción de rutas en zonas densamente pobladas ni la obligación de horarios específicos para evitar que estas unidades circulen en horas pico. Por ello, su aplicación, aunque necesaria, resulta insuficiente para proteger a millones de personas que habitan y transitan diariamente en zonas metropolitanas.
Diversos especialistas y autoridades han señalado que, tras la tragedia del Puente de la Concordia, es indispensable prohibir o limitar de manera estricta el tránsito de pipas y camiones con materiales peligrosos por vialidades principales, destinando corredores logísticos exclusivos fuera de áreas residenciales. Asimismo, es urgente establecer horarios restringidos de circulación, sanciones efectivas por incumplimiento y sistemas de monitoreo satelital (GPS) que permitan supervisar en tiempo real la movilidad de estas unidades.4
Tercero. Cabe recordar que, en abril de 2016, autoridades de la Ciudad de México y del Estado de México implementaron modificaciones al programa Hoy No Circula y en el Reglamento de Tránsito Metropolitano, para regular el tránsito de vehículos de carga. Con estas disposiciones, se estableció que los transportes de carga no podrían ingresar a la Ciudad de México ni a 18 municipios mexiquenses. Previamente, los horarios de restricción establecidos para este tipo de vehículos eran de lunes a viernes de 7:00 a 9:00 horas y de 18:00 a 20:00 horas, con el objetivo de evitar congestionamientos y accidentes viales en las horas de mayor afluencia vehicular.
En la actualidad, en el Reglamento de Tránsito Metropolitano, no existe de manera clara y obligatoria los horarios las rutas para la circulación de vehículos de carga pesada y transporte de materiales peligrosos dentro de la Ciudad de México y los municipios conurbados del Estado de México. Esta ausencia normativa genera un vacío legal que dificulta la supervisión efectiva y aumenta el riesgo de accidentes, como lo demuestra la tragedia ocurrida en el puente de La Concordia.
Por ello, resulta indispensable contar con normas precisas y de cumplimiento obligatorio, que definan horarios, rutas autorizadas y responsabilidades de los operadores, con el fin de garantizar la seguridad de la población y proteger la infraestructura vial.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente propuesta con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Gobierno de la Ciudad de México y al Gobierno del Estado de México, así como a las Secretarías de Movilidad, Seguridad Ciudadana, Obras y Servicios, y Fiscalías Generales de Justicia de ambas entidades, a:
I. Investigar de manera inmediata y exhaustiva los incidentes ocurridos en septiembre de 2025 en la zona limítrofe de Iztapalapa (CDMX) y Chimalhuacán (Edomex), determinando responsabilidades administrativas y penales, y asegurando atención integral a las víctimas y sus familias.
II. Implementar protocolos de actuación interinstitucional más ágiles para emergencias con materiales peligrosos, incluyendo la coordinación de cuerpos de bomberos, protección civil, servicios médicos y fuerzas de seguridad en una coordinación única metropolitana a través del C5.
III. Establecer horarios de circulación de camiones pesados (más de 3.5 toneladas) y de transporte de materiales peligrosos, restringiéndolos a periodos nocturnos en vialidades secundarias y urbanas, con sanciones progresivas por incumplimiento.
IV. Definir y demarcar vialidades exclusivas para el tránsito de camiones pesados y unidades que transporten hidrocarburos, limitándolos a corredores logísticos primarios y excluyendo rutas residenciales de alta densidad.
Notas:
1. https://elpais.com/mexico/2025-09-10/heridos-en-la-explosion-de-una-pipa-de-gas-en-el-puente-de-la-concordia
-en-iztapalapa.html
2. https://www.eleconomista.com.mx/politica/tragedia-puente-concordia-reportan-numero-muertos-explosion-pipa
-gas-iztapalapa-20250921-777825.html
3. https://transporte.mx/actualizan-norma-transporte-materiales-peligrosos
4. https://elpais.com/mexico/2025-09-17/la-pipa-de-gas-que-ha-dejado-19-mu ertos-si-podia-circular-por-la-calzada-ignacio-zaragoza.html
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de septiembre de 2025
Diputada Ofelia Socorro Jasso Nieto (rúbrica)