Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades en materia de movilidad y seguridad ciudadana de diversas entidades federativas a reforzar políticas de seguridad vial para motociclistas, a cargo del diputado Pedro Vázquez González, del Grupo Parlamentario del PT

Quien suscribe, diputado Pedro Vázquez González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo , integrante de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción 1; y 79, numeral 1, fracción ll, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las Secretarías de Movilidad y Órganos Encargados en temas de Movilidad, como también a las Secretarías de Seguridad Ciudadana, en materia de seguridad vial de motociclistas, en los estados de Puebla, Jalisco, Estado de México, Veracruz, Oaxaca, Guanajuato, Chiapas, Ciudad de México, Sinaloa, Nuevo León, Tamaulipas, Morelos y Tabasco.

Exposición de Motivos

En los últimos años ha incrementado el uso de motocicletas como medio de transporte, y su uso en actividades laborales, como el reparto de bienes y servicios.

Este incremento ha traído consigo una preocupante alza en los índices de accidentes viales. De acuerdo con cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), durante el 2022 se registraron 377 mil 231 accidentes de tránsito, de los cuales, hubo 53 mil 629 accidentes en moto. Así mismo, con respecto a cifras del 2021, en 2022 hubo un aumento de poco más de siete mil accidentes en motocicleta. (Gutiérrez, 2023)

Los accidentes en motocicleta se convirtieron en uno de los accidentes con mayor número de víctimas mortales, ocupando el tercer lugar después de los accidentes en auto y los atropellamientos.

Esto no solo nos revela una falta de regulación efectiva, sino también una falta de coordinación entre autoridades de seguridad pública y de movilidad para atender a esta problemática.

La circulación sin equipo de protección, el desconocimiento de las normas de tránsito, el exceso de velocidad y la conducción entre carriles, constituyen factores que incrementan el riesgo de tener algún accidente, al que diariamente, muchos motociclistas que circulan en todo el país están expuestos.

Algunos de los ejemplos de lo anterior, son los siguientes: Los accidentes en motocicleta se volvieron una de las principales causas de muerte en México; médicos del IMSS reportaron hasta 140 lesionados diarios y alertaron por secuelas permanentes. (nmas, 2025)

En Coatzacoalcos, se han registrado más de 700 accidentes y 8 personas muertas en accidentes de motocicleta durante el primer semestre de 2025. (Nmas, 2025)

Aumentan las motocicletas en la CDMX, pero también los accidentes, en 2024 hubo 232 motociclistas fallecidos y 15,730 motociclistas lesionados. (Noticias, 2025)

Por ello, es prioritario que las Secretarías de Movilidad y Órganos Encargados en temas de Movilidad, en coordinación con las Secretarías de Seguridad Ciudadana refuercen políticas de prevención y seguridad vial.

El país que destaca de la lista a nivel regional tras lograr la mayor reducción de la tasa de mortalidad es Trinidad y Tobago, que logró una disminución del 70 por ciento. Esto convierte al país en el primero de la región en cumplir con el objetivo de reducir en un 50 por ciento las muertes por siniestros de tránsito.

Algunas de las iniciativas del país fueron: la realización de un plan nacional de seguridad vial, la inversión de aproximadamente 40 millones de dólares en mejoras de infraestructura, y la introducción de regulaciones para mejorar la calidad de los vehículos importados. (Unidas, 2025)

“Para reducir este tipo de muertes, es fundamental mejorar la infraestructura vial, aplicar leyes más estrictas sobre el uso de cascos, cinturones de seguridad y la conducción bajo los efectos del alcohol, y promover prácticas de conducción más seguras”, explicó Ricardo Pérez-Núñez, asesor regional en seguridad vial de la OPS. (ONU, 2025)

Es claro que se necesitan sumar esfuerzos para reducir las cifras de accidentes y muertes de motociclistas.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Única . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a las Secretarías de Movilidad y de Seguridad Ciudadana de las entidades federativas, de los estados de Puebla, Jalisco, Estado de México, Veracruz, Oaxaca, Guanajuato, Chiapas, Ciudad de México, Sinaloa, Nuevo León, Tamaulipas, Morelos y Tabasco, que, en el ámbito de sus competencias, diseñen e implementen estrategias integrales de prevención y seguridad vial, con el objetivo de reducir los accidentes y muertes de motociclistas.

Notas:

Gutiérrez, A. (14 de Agosto de 2023). GNP SEGUROS. Obtenido de GNP SEGUROS:
https://gnpautos.mx/blog/estadisticas-de-accidentes-en-moto-en-mexico/#:~:text=De%20acuerdo%20con%20cifras%
20del%20Instituto%20Nacional,hubo%2053%20mil%20629%20accidentes%20en%20moto

Nmas. (28 de Junio de 2025). nmas. Obtenido de nmas: https://www.nmas.com.mx/foro-tv/programas/sabados-de-foro/videos/accide ntes-motocicleta-aumentan-mexico-medicos-alertan-secuelas-graves/

Nmas. (10 de Julio de 2025). Nmas. Obtenido de Nmas: https://www.nmas.com.mx/nmas-local/programas/las-noticias-veracruz/vide os/van-700-accidentes-motocicletas-coatzacoalcos-durante-2025-suman-och o-muertos/

Noticias, I. (27 de Junio de 2025). Youtube. Obtenido de Youtube: https://www.youtube.com/watch?v=_jXF6TPcEBE

ONU, N. (23 de Enero de 2025). Noticias ONU. Obtenido de Noticias ONU:
https://news.un.org/es/story/2025/01/1535931#:~:text=Progreso%20notable:%20Trinidad%20y%20Tabago,
calidad%20de%20los%20veh%C3%ADculos%20importados.

Unidas, N. (23 de Enero de 2025). UN News. Obtenido de UN News:
https://news.un.org/es/story/2025/01/1535931#:~:text=Progreso%20notable:%20Trinidad%20y%20Tabago,
calidad%20de%20los%20veh%C3%ADculos%20importados.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 22 de septiembre de 2025.

Diputado Pedro Vázquez González (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a fortalecer la regulación, supervisión y protocolos de emergencia en el transporte y distribución de Gas LP, a fin de prevenir accidentes y garantizar la atención oportuna a las víctimas, a cargo del diputado Emilio Manzanilla Téllez, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, Emilio Manzanilla Téllez, diputado federal e Integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 79, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, a las personas titulares de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes; Secretaría de Energía; Comisión Reguladora de Energía; Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente; Coordinación Nacional de Protección Civil; Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al gobierno de la Ciudad de México, para que fortalezcan la regulación, supervisión y protocolos de emergencia en el transporte y distribución de Gas LP, a fin de prevenir accidentes y garantizar la atención oportuna a las víctimas, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La seguridad de las personas y la prevención de riesgos en el transporte de hidrocarburos constituyen una obligación indeclinable del Estado mexicano.

El Gas Licuado de Petróleo (Gas LP) es un combustible de uso cotidiano en más del 70 por ciento de los hogares del país, lo que lo convierte en un insumo esencial para la vida diaria.

Sin embargo, su manejo, transporte y distribución implican riesgos inherentes que, si no se gestionan de manera adecuada, pueden derivar en tragedias con consecuencias humanas y materiales de gran magnitud.

En días recientes en la Alcaldía Iztapalapa de la Ciudad de México, ocurrió un lamentable accidente en el que una pipa de Gas LP volcó y explotó, provocando la muerte de varias personas, así como lesiones graves y afectaciones a la salud de decenas de vecinos, además de daños irreparables en viviendas, comercios e infraestructura urbana.

Este hecho, ampliamente documentado por autoridades y medios de comunicación, recordó la vulnerabilidad de nuestras zonas urbanas ante el tránsito diario de unidades que transportan materiales peligrosos.

La magnitud de los daños evidenció la necesidad de reforzar la regulación y vigilancia del transporte de Gas LP en el país.

Si bien existen marcos normativos como la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, la Ley de Hidrocarburos, el Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, así como diversas Normas Oficiales Mexicanas que establecen condiciones de seguridad para el autotransporte de este combustible, los hechos ocurridos en Iztapalapa ponen de manifiesto que su aplicación no ha sido suficiente para garantizar la protección de la vida humana ni para evitar fallas mecánicas o de operación.

La legislación federal en materia de hidrocarburos otorga a la Secretaría de Energía y a la Comisión Reguladora de Energía la facultad de expedir permisos, supervisar su cumplimiento y establecer condiciones técnicas para el transporte y distribución de Gas LP.

Sin embargo, resulta indispensable revisar y actualizar estos requisitos para hacer obligatoria la instalación de sistemas de telemetría en las unidades, reducir la edad máxima de los autotanques, establecer inspecciones periódicas y condicionar la permanencia de los permisos al cumplimiento estricto de normas de seguridad.

Por su parte, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes tiene la atribución de regular el autotransporte federal y puede emitir disposiciones que establezcan rutas seguras, horarios de circulación y requisitos de certificación para los conductores de vehículos que trasladan sustancias peligrosas.

Una adecuada coordinación con la Coordinación Nacional de Protección Civil permitiría diseñar planes de gestión de riesgos y protocolos de evacuación para las colonias y barrios cercanos a las principales rutas de transporte, con el fin de reducir el tiempo de respuesta en caso de emergencia.

Igualmente, relevante es la participación de la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente, a quien corresponde supervisar que las actividades del sector hidrocarburos se realicen con estándares de seguridad industrial y operativa, así como prevenir impactos al medio ambiente.

Su intervención temprana en el monitoreo de autotanques y su facultad de imponer clausuras temporales puede ser determinante para evitar nuevas catástrofes.

Desde el punto de vista de protección a las víctimas, la Ley sobre el Contrato de Seguro y el Código Civil Federal deben garantizar que las sumas aseguradas obligatorias para el transporte de materiales peligrosos sean suficientes para cubrir gastos médicos, reparación de daños y compensaciones económicas de manera inmediata, sin necesidad de juicios prolongados que re victimizan a las familias afectadas.

De igual forma, es indispensable fortalecer la protección de las y los consumidores mediante la regulación, verificación y calibración de los medidores utilizados en el despacho de Gas LP.

Ello no solo asegura que la cantidad despachada corresponda a lo pagado, sino que contribuye a la seguridad de la cadena de distribución al evitar sobrellenados y riesgos de fugas.

La Procuraduría Federal del Consumidor, en coordinación con la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, debe reforzar los programas de inspección y sanción a fin de brindar certeza, transparencia y confianza en cada etapa del suministro de este combustible esencial.

Finalmente, la participación de las autoridades locales es indispensable, en particular del gobierno de la Ciudad de México, dado que el tránsito de pipas ocurre en zonas urbanas de alta densidad poblacional.

La colaboración interinstitucional permitirá diseñar estrategias preventivas y acciones de mitigación que consideren la realidad del territorio, la infraestructura vial y la capacidad de respuesta de los cuerpos de emergencia.

Por todo lo anterior, es de suma importancia exhortar a las autoridades federales y locales competentes para que, en el marco de sus facultades, revisen, actualicen y fortalezcan la normatividad aplicable, ejecuten planes de gestión de riesgos, mejoren los mecanismos de inspección y sanción, y garanticen que hechos tan lamentables como los ocurridos en Iztapalapa no vuelvan a repetirse en ninguna comunidad del país.

Por lo expuesto, fundado y motivado, someto a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la persona titular de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, así como a la persona titular de la Secretaría de Energía y a la persona titular de la Comisión Reguladora de Energía, para que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, fortalezcan y actualicen las Normas Oficiales Mexicanas y lineamientos de seguridad aplicables al transporte y distribución de Gas LP, estableciendo requisitos más estrictos de mantenimiento de auto tanques, sistemas de telemetría y certificación de operadores.

Segundo.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la persona titular de la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente y a la persona titular de la Coordinación Nacional de Protección Civil, para que elaboren y ejecuten planes integrales de gestión de riesgos y protocolos de evacuación en zonas urbanas de alta densidad, en coordinación con autoridades locales, y se refuercen los mecanismos de inspección y sanción inmediata para permisionarios y transportistas que incumplan la normativa vigente.

Tercero. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la persona titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que promueva mecanismos de reparación integral del daño ambiental y acciones preventivas frente a los riesgos que representa el transporte de Gas LP. Finalmente, se exhorta a la persona titular del gobierno de la Ciudad de México para que, en coordinación con las dependencias federales, participe en la instalación de una mesa de trabajo interinstitucional con la participación de legisladores, con el fin de proponer reformas legales y políticas públicas que garanticen la prevención de siniestros y la atención oportuna a las víctimas.

Cuarto. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la persona titular de la Procuraduría Federal del Consumidor y a la persona titular de la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía para que, en el marco de sus atribuciones, refuercen la verificación y calibración de medidores utilizados para el despacho de Gas LP, a fin de garantizar exactitud en la cantidad entregada a las y los consumidores, seguridad en los equipos de medición y sanciones efectivas a quienes incumplan con la normatividad vigente.

Notas:

1. Congreso de la Unión. (2023). Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Diario Oficial de la Federación. Recuperado de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/108.pdf

2. Congreso de la Unión. (2023). Ley de Hidrocarburos. Diario Oficial de la Federación.
Recuperado de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LHidro.pdf

3. Congreso de la Unión. (2022). Ley General de Protección Civil. Diario Oficial de la Federación. Recuperado de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPC.pdf

4. Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes. (2022). Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos. Diario Oficial de la Federación. Recuperado de https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5099354

5. Secretaría de Energía/Comisión Reguladora de Energía. (2010). NOM-007-SESH-2010, Vehículos para el transporte y distribución de Gas LP-condiciones de seguridad, operación y mantenimiento. Diario Oficial de la Federación. Recuperado de https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5178676

6. Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente. (2019). PROY-NOM-002-ASEA-2019, Transporte de gas licuado de petróleo por medio de auto tanques. Diario Oficial de la Federación. Recuperado de https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5563178

7. Gobierno de México. (2025). Reglamento de la Ley de Hidrocarburos. Diario Oficial de la Federación. Recuperado de https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5432345

8. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. (2021). Ley Federal de Responsabilidad Ambiental. Diario Oficial de la Federación. Recuperado de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFRA.pdf

9. Coordinación Nacional de Protección Civil. (2024). Programas Especiales de Protección Civil para el Transporte de Sustancias Peligrosas. Gobierno de México. Recuperado de https://www.gob.mx/proteccion-civil

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 22 días del mes de septiembre del 2025.

Diputado Emilio Manzanilla Téllez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Fiscalía General del estado de Coahuila a realizar una investigación pronta, imparcial y exhaustiva que permita esclarecer las circunstancias del fallecimiento del ciudadano Carlos Gurrola, conocido como “Papayita”, a cargo del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del PT

El que suscribe, diputado Ricardo Mejía Berdeja, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2 fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como demás disposiciones aplicables, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, a la Fiscalía General del estado de Coahuila a realizar una investigación pronta, imparcial y exhaustiva que permita esclarecer las circunstancias del fallecimiento del ciudadano Carlos Gurrola, conocido como “Papayita”; conforme a las siguientes:

Consideraciones

“El pasado 18 de septiembre se confirmó el fallecimiento de Carlos Gurrola Arguijo, conocido como “Papayita”, en la clínica 71 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de Torreón en Coahuila, luego de que médicos confirmaran un daño severo en tráquea y pulmones.

Carlos fue intervenido de urgencia el pasado 30 de agosto al presentar síntomas de intoxicación luego de beber un líquido que presuntamente había sido alterado como parte de una “broma” de sus compañeros, mientras se desempeñaba en su turno diario como trabajador de limpieza en la sucursal H-E-B Senderos por parte de la empresa Multiservicios Rocasa S.A. de C.V.

La familia denunció que Carlos era víctima de acoso laboral por parte de sus compañeros, mientras que las autoridades de la Fiscalía General del estado de Torreón mantienen abierta una carpeta de investigación para determinar si hubo un “envenenamiento provocado”.1

“La familia del hombre, de 47 años de edad, declaró que debido a la ingesta del líquido desengrasante la gravedad de las lesiones que presentaba en garganta, tráquea y vías respiratorias provocada por beber de una botella que contenía aparente líquido desengrasante colocado por sus compañeros de trabajo, fue internado de emergencia, su salud se deterioró rápidamente, fue entubado, trasladado a otra clínica y posteriormente murió.

Le dio sed porque anduvo en el sol. Ingresó al área donde tiene su locker, ahí tenía una botellita de agua con suero y le dio un trago, porque era de él. Después dice que él sintió feo y escupió (el líquido).

Ese mismo día, el sábado 30 de agosto, lo trasladaron a la clínica 16, ya en la clínica él estuvo grave porque el líquido le quemó parte de su garganta, varios órganos de su cuerpo. Lo pasaron el martes en la madrugada a la clínica 71 a terapia intensiva, él ya iba entubado por el daño severo que tenía en su garganta y ya de ahí ya no salió con vida, declaró una integrante de la familia de Carlos”.2

El trabajo no sólo es un medio de subsistencia, sino también una dimensión esencial de la dignidad humana. El artículo 123 de nuestra Constitución establece el derecho de toda persona a un trabajo digno y socialmente útil. Este mandato se articula con compromisos internacionales que México ha asumido, particularmente en el marco de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

En 2019, la OIT adoptó el Convenio 190 sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, mismo que México ratificó en 2022. Dicho instrumento reconoce que la violencia y el acoso en el ámbito laboral “pueden constituir una violación o un abuso de los derechos humanos, y una amenaza para la igualdad de oportunidades”. El Convenio 190 obliga a los estados a garantizar un entorno de trabajo libre de violencia y acoso, incluyendo el acoso por razón de género, y a proteger a las y los trabajadores independientemente de su situación contractual.

De manera complementaria, la Recomendación 206 de la OIT establece medidas preventivas, de protección y de reparación, subrayando la importancia de que los lugares de trabajo cuenten con políticas de tolerancia cero al bullying, al acoso y a toda forma de hostigamiento.

Asimismo, la OCDE, en sus Directrices para Empresas Multinacionales, enfatiza que las empresas deben promover un entorno laboral seguro y saludable, evitando cualquier forma de violencia, discriminación o trato degradante. La propia OCDE ha advertido que la violencia laboral no sólo afecta la salud física y mental de las personas trabajadoras, sino que también genera altos costos sociales y económicos derivados de la pérdida de productividad, el ausentismo y la rotación de personal.

El lamentable fallecimiento del ciudadano Carlos Gurrola, conocido como “Papayita” , expone con crudeza la urgencia de aplicar de manera efectiva estos estándares internacionales en nuestro país. No se trata únicamente de un caso individual, sino de una alerta sobre la necesidad de reforzar la prevención, atención y sanción de la violencia laboral como un problema estructural que afecta a miles de trabajadoras y trabajadores.

El bullying y acoso laboral son prácticas que minan la dignidad humana, perpetúan climas de miedo y exclusión, y pueden derivar en consecuencias irreparables como lo ocurrido en este caso. No podemos permitir que los espacios de trabajo, que deberían ser lugares de desarrollo humano y social, se conviertan en entornos de sufrimiento, exclusión o violencia.

El Partido del Trabajo reitera su compromiso con la justicia social, la defensa de la dignidad humana y el cumplimiento de los compromisos internacionales de México, y se manifiesta en contra de la impunidad y toda clase de violencia y trasgresión a los derechos humanos.

Es momento de actuar con firmeza para que ninguna otra persona trabajadora en nuestro país le cueste la vida al estar inmersa en una espiral de violencia, debemos visibilizar que persiste el hostigamiento, la violencia en los centros de trabajo a pesar de contemplarse en la ley federal en materia que las personas empleadoras tienen el deber de garantizar un ambiente laboral libre de discriminación y de violencia a todas las personas trabajadoras.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este pleno, los siguientes:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Fiscalía General del estado de Coahuila a realizar una investigación pronta, imparcial y exhaustiva que permita esclarecer las circunstancias del fallecimiento del ciudadano Carlos Gurrola, conocido como “Papayita”.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como a sus homólogas en las entidades federativas, a reforzar las inspecciones y mecanismos de prevención del bullying, acoso y hostigamiento laboral, a fin de garantizar espacios de trabajo libres de violencia, en cumplimiento con el Convenio 190 de la OIT, la Recomendación 206, y las Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales.

Notas:

1 De Santos M. (2025/09/21) Fallece Carlos Gurrola “Papayita” por presunta broma de colegas, HEB México se pronuncia y ofrece apoyo. El Universal. Disponible en: https://www.eluniversal.com.mx/tendencias/fallece-carlos-gurrola-papayi ta-por-presunta-broma-de-colegas-heb-mexico-se-pronuncia-y-ofrece-apoyo /

2 Salas C. (2025/09/21) Familiares de ‘papayita’ afirman que Carlos Gurrola sí presentaba quemaduras internas, FGE continúa investigaciones. Infobae. Disponible en línea: https://www.infobae.com/mexico/2025/09/21/familiares-de-papayita-afirma n-que-carlos-gurrola-si-presentaba-quemaduras-internas-fge-continua-inv estigaciones/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de septiembre de 2025.

Diputado Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a las autoridades competentes, a investigar el fallecimiento del trabajador Carlos Gurrola, derivado de hechos ocurridos en la sucursal H-E-B de Torreón, así como sancionar prácticas de subcontratación ilegal y a garantizar reparación integral del daño a su familia, a cargo del diputado Brígido Ramiro Moreno Hernández, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, Brígido Ramiro Moreno Hernández, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, de esta LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I, III, IV y VI, y demás relativos y aplicables del reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades competentes a investigar el fallecimiento del trabajador Carlos Gurrola, derivado de hechos ocurridos en la sucursal h-E-B de Torreón; a sancionar prácticas de subcontratación ilegal; y a garantizar reparación integral del daño a su familia

Consideraciones

En días pasados tuvo lugar un terrible hecho que consternó a todo el país. En la Ciudad de Torreón, Coahuila, un trabajador falleció tras haber ingerido líquido de una botella que, de acuerdo con múltiples versiones, habría sido alterada con una sustancia corrosiva. Su nombre era Carlos Gurrola Arguijo, mejor conocido como “Papayita”, un hombre de 47 años, conocido por su esfuerzo cotidiano y por desempeñarse en las labores de limpieza en la sucursal H-E-B Senderos, pero también conocido por sufrir bullying y acoso laboral por parte de sus compañeros de trabajo.1

El 30 de agosto de 2025, mientras cumplía con su jornada laboral, Carlos bebió de su botella y comenzó a presentar síntomas de intoxicación. Después de algunas horas recibió atención médica, sin embargo, por su situación crítica permaneció más de tres semanas hospitalizado, hasta que finalmente, el 18 de septiembre de 2025, perdió la vida debido a las severas quemaduras internas ocasionadas por el químico ingerido.2

Este lamentable suceso no puede explicarse como un accidente aislado. Familiares y amigos han denunciado que Carlos había sido víctima de acoso y hostigamiento laboral: le escondían sus pertenencias, dañaban su bicicleta, lo humillaban en repetidas ocasiones. A ese entorno hostil se suma la sospecha de que la atención médica no se le brindó con la inmediatez necesaria, lo que pudo agravar su estado de salud.3

Tras el fallecimiento, la empresa H-E-B México se limitó a expresar condolencias y a deslindarse de la responsabilidad, argumentando que Carlos no era su empleado directo, sino que pertenecía a la empresa de limpieza Multiservicios Rocasa, S.A. de C.V. Este deslinde pone en evidencia un problema estructural: la persistencia de la subcontratación encubierta, práctica prohibida en nuestro país desde la reforma laboral de 2021.

La Ley Federal del Trabajo es clara, la subcontratación de personal está prohibida cuando se trata de actividades propias del objeto social o de la actividad preponderante de la empresa. La limpieza en una tienda de autoservicio es parte intrínseca de su operación cotidiana y no puede considerarse un servicio especializado ajeno. Eludir esa obligación laboral mediante intermediarios significa negar derechos, precarizar el trabajo y evadir responsabilidades patronales.

La tragedia de Carlos Gurrola también revela un problema más profundo: la fragilidad del derecho a la vida y a la integridad cuando se intersecta con la pobreza y la subcontratación. El artículo 123 de la Constitución garantiza el derecho a condiciones seguras e higiénicas de trabajo. El artículo 1 establece que todas las autoridades deben promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. Sin embargo, ambos principios fueron vulnerados cuando un trabajador perdió la vida a causa de un hecho que tuvo lugar en su centro laboral y la empresa principal se deslindó de toda obligación.

Esta Cámara no puede permanecer indiferente ante una tragedia que, de manera dolorosa, refleja que aún persisten prácticas contrarias a la dignidad laboral. Es importante recordar que con la reforma laboral de 2021 se prohibió en nuestro país la subcontratación de personal en actividades esenciales. Sin embargo, este caso evidencia que todavía existen empresas que buscan evadir la ley, trasladando los costos a los más vulnerables. Por ello, esta soberanía debe pronunciarse con firmeza para exigir que las autoridades competentes realicen las investigaciones, sanciones y acciones necesarias, no solo en favor de la familia del trabajador fallecido, sino también para garantizar que la prohibición de la subcontratación se cumpla plenamente y que todos los trabajadores en México puedan ejercer su derecho a un trabajo digno, seguro y libre de violencia.

En razón de lo antes expuesto y fundado, someto a esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades competentes a investigar el fallecimiento del trabajador Carlos Gurrola, derivado de hechos ocurridos en la sucursal H-E-B de Torreón; a sancionar prácticas de subcontratación ilegal; y a garantizar reparación integral del daño a su familia:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, a garantizar las acciones necesarias para que la relación laboral de Carlos Gurrola Arguijo sea reconocida frente a la empresa H-E-B, en cumplimiento con la prohibición de la subcontratación y con el fin de que su familia pueda acceder a todas las prestaciones, indemnizaciones y derechos derivados de su condición de trabajador.

Segundo . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y a la Secretaría del Trabajo de Coahuila, a investigar si en la sucursal H-E-B Senderos de Torreón existieron prácticas de subcontratación prohibida y, en su caso, a imponer las sanciones correspondientes conforme a la Ley Federal del Trabajo.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) y a su homóloga estatal, a otorgar a la familia de Carlos Gurrola Arguijo medidas de reparación integral que incluyan compensación económica, apoyo psicológico, acompañamiento jurídico y acceso a la justicia pronta y efectiva.

Cuarto. La Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a realizar una inspección nacional en cadenas comerciales y de autoservicio, con el fin de detectar y sancionar posibles casos de subcontratación ilegal, asegurando condiciones de trabajo dignas y seguras. Así mismo, se exhorta a diseñar e implementar, en coordinación con sus homólogas estatales, campañas nacionales de prevención y sensibilización contra la violencia, el acoso y el bullying en los centros de trabajo, a fin de garantizar entornos laborales libres de hostigamiento y discriminación.

Notas:

1 La Jornada, Sujetos al parecer envenenan a compañeros de trabajo en tienda HEB en Coahuila, disponible en: https://www.jornada.com.mx/noticia/2025/09/18/estados/sujetos-envenenan -a-companero-de-trabajo-en-tienda-heb-en-coahuila consultado el 21 de septiembre de 2025.

2 Reforma, Indagan muerte de trabajador tras presunta broma, disponible en: https://www.reforma.com/indagan-muerte-de-trabajador-tras-presunta-brom a/ar3075392 consultado el 21 de septiembre de 2025.

3 El Sol de la Laguna, La tragedia de “Papayita”: el trabajador lagunero que murió tras ingerir una sustancia tóxica, disponible en: https://oem.com.mx/elsoldelalaguna/mexico/carlos-gurrola-arguijo-la-tra gedia-de-papayita-el-trabajador-lagunero-que-murio-tras-ingerir-una-sus tancia-toxica-25845556 consultado el 20 de septiembre de 2025.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 22 de septiembre de 2025.

Diputado Brígido Ramiro Moreno Hernández (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a los gobiernos de las 32 entidades federativas a suscribir o fortalecer la aplicación del Convenio de Coordinación firmado el 16 de diciembre de 2021 con el gobierno de México, con el fin de avanzar hacia la cobertura universal de la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad, a cargo de la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del PT

La que suscribe, diputada federal Ana Karina Rojo Pimentel, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXVI Legislatura en la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 numeral 1, fracción II, del Reglamento de la honorable Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

En México, las personas con discapacidad enfrentan diversos desafíos que limitan su plena participación en la vida social, económica y comunitaria. Aunque se han logrado avances importantes en materia legislativa y de política pública, aún persisten condiciones estructurales que dificultan el ejercicio efectivo de sus derechos en igualdad de condiciones con los demás. Entre estos desafíos se encuentran la discriminación persistente, las barreras en el acceso a servicios esenciales como salud, empleo, educación y movilidad, así como la necesidad de fortalecer su inclusión dentro de los programas orientados al bienestar social.

Si bien el marco jurídico mexicano reconoce de manera explícita los derechos de las personas con discapacidad, tanto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como en diversos tratados internacionales suscritos por el Estado mexicano, la operación y cobertura de algunos programas aún puede perfeccionarse para garantizar una atención integral y sin exclusiones. Uno de los aspectos que ha generado mayor reflexión institucional es la actual restricción que limita el acceso a la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente para quienes se encuentran entre los 30 y 64 años de edad.

En este contexto, un sector importante de la población con discapacidad, comprendido entre los 30 y 64 años, queda temporalmente fuera del esquema de cobertura, a pesar de enfrentar condiciones de vulnerabilidad significativas, especialmente en el ámbito laboral y en el acceso a ingresos estables. Se trata de una población que, en muchos casos, carece de los apoyos requeridos para lograr una inclusión económica y social efectiva.

Según la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (ENADID) 2023, elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en México se estima que 8.9 millones de personas presentan alguna discapacidad, lo que equivale al 6.8 por ciento de la población nacional.1 Una proporción relevante de este grupo corresponde precisamente a personas de entre 30 y 59 años de edad, quienes, por diversos factores, no siempre cuentan con un esquema de apoyo económico específico que les permita afrontar, con mayor autonomía, los retos asociados a su condición.

Frente a este panorama, la edad no debe convertirse en un factor restrictivo para acceder a los mecanismos de protección social diseñados para garantizar el bienestar de las personas con discapacidad. La Constitución, en su artículo 1o., prohíbe toda forma de discriminación motivada por origen étnico, género, edad, discapacidad u otras condiciones que atenten contra la dignidad humana. Por tanto, ampliar el alcance de la pensión para incluir a personas con discapacidad de entre 30 y 64 años constituye una medida congruente con los principios constitucionales y refuerza el compromiso del Estado mexicano con la igualdad sustantiva.

En este contexto, y como parte del fortalecimiento de las políticas públicas orientadas al bienestar y la inclusión social, el Gobierno de México ha promovido un esquema de colaboración institucional con las entidades federativas, con el objetivo de ampliar el acceso a la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente en favor de quienes se encuentran en el rango de edad mencionado. Este esfuerzo se concretó el 16 de diciembre de 2021, mediante la firma de un convenio de coordinación administrativa entre el Gobierno Federal y diversos gobiernos estatales interesados en extender este derecho social de manera corresponsable y progresiva.

El citado convenio establece las bases para un esquema de cofinanciamiento en el que la Federación y las entidades participantes contribuyen con recursos equitativos, permitiendo así la cobertura de un grupo poblacional que, por razones normativas, no estaba contemplado originalmente en el diseño del programa federal. A través de este instrumento se consolida un mecanismo legal y presupuestal que armoniza capacidades institucionales y suma voluntades en favor de la inclusión y la equidad. Su suscripción representa un acto de corresponsabilidad entre niveles de gobierno para atender de manera conjunta las necesidades de personas con discapacidad en edad laboral activa, particularmente aquellas que enfrentan mayores obstáculos para integrarse plenamente a la vida productiva.

Hasta la fecha, 29 entidades federativas han suscrito este convenio, lo cual representa un avance significativo hacia la construcción de un modelo de atención más amplio, justo y equitativo.2 Esta coordinación intergubernamental ha permitido ampliar la cobertura del programa y brindar un respaldo concreto a miles de personas que, sin esta medida, quedarían sin un ingreso que contribuya a mejorar sus condiciones de vida. La participación estatal ha sido clave para el éxito de este modelo, al permitir que la política pública se adapte a los contextos y necesidades particulares de cada entidad federativa.

La relevancia de este convenio radica en que constituye un ejemplo concreto de cooperación federalista en materia de derechos sociales. No se trata únicamente de un acuerdo administrativo, sino de un compromiso institucional orientado a garantizar que ninguna persona con discapacidad quede excluida del acceso a un apoyo fundamental. Este modelo refleja una visión de Estado que busca cerrar brechas estructurales, consolidar un piso mínimo de bienestar y promover la justicia social como principio rector de la acción gubernamental. Si bien 29 entidades federativas firmaron el convenio en diciembre de 2021, su ejecución plena se ha concretado, hasta la fecha, en 24 estados del país, lo que evidencia tanto el alcance del esfuerzo como la necesidad de continuar fortaleciendo la voluntad y la coordinación intergubernamental para lograr su implementación universal.3

Por ello, la adhesión de todas las entidades federativas a este convenio es indispensable. La universalización del programa no solo fortalece la cohesión social y da cumplimiento al principio de no discriminación consagrado en la Constitución, sino que también asegura que la política de bienestar llegue a quienes más lo necesitan, sin importar su lugar de residencia. Asimismo, la implementación puntual y efectiva de los compromisos adquiridos en el marco del convenio es esencial para garantizar su sostenibilidad y para consolidar la confianza ciudadana en las instituciones responsables de su operación.

En definitiva, lograr que los 32 estados del país estén incorporados a este esfuerzo conjunto representa un paso decisivo hacia la construcción de una sociedad más justa, incluyente y solidaria. La articulación institucional entre la federación y las entidades federativas no solo amplía derechos, sino que reafirma el compromiso del Estado mexicano con la dignidad, la igualdad y el bienestar de todas las personas con discapacidad.

Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único . La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión formula un respetuoso exhorto a los gobiernos de las 32 entidades federativas para que, en el ejercicio de sus atribuciones, suscriban o fortalezcan la aplicación del convenio de coordinación firmado el 16 de diciembre de 2021 con el Gobierno de México, con el fin de avanzar hacia la cobertura universal de la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad, sin distinción por edad, reafirmando su compromiso con una política social equitativa, incluyente y libre de discriminación.

Notas

1 https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/enadid/2023/doc/resultado s_enadid23.pdf?utm_source=chatgpt.com

2 https://ejecutivo.sonora.gob.mx/archivos/acue_2022-10-07-12-03-47_acuer dos_D.pdf

3 https://programasparaelbienestar.gob.mx/pension-para-personas-con-discapacidad-se-incrementa-a-3200-pesos
-bimestrales-este-2025/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a 18 de septiembre de 2025.

Diputada Ana Karina Rojo Pimentel (rúbrica)