Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno de la Ciudad de México a considerar la modificación del sonido actual de la alerta sísmica, en favor de la salud mental de las personas habitantes de dicha entidad, a cargo del diputado Carlos Alonso Castillo Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado Carlos Alonso Castillo Pérez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79 numerales 1, fracción II, y 2 fracción I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

1. A raíz del terremoto del 19 de septiembre de 1985, cuyo epicentro fue en las costas de los estados de Guerrero y Michoacán, dejando una gran devastación en la Ciudad de México, fue cuando se comenzaron a tomar medidas preventivas para proteger la vida de las personas.

Bajo la dirección de Juan Manuel Espinoza Aranda, Ingeniero Mecánico Electricista de la Facultad de Ingeniería, UNAM, en junio de 1986 se inauguró el Centro de Instrumentación y Registro Sísmico (Cires), asociación civil dedicada a promover el desarrollo de la instrumentación sísmica y mitigar los daños a la población a través de la investigación científica y tecnología.

Fue en 1989 cuando el Cires desarrolló el Sistema de Alerta Sísmica de la Ciudad de México (Sasmex), pero no fue hasta 1991 cuando este comenzó a operar con doce estaciones que cubrían parcialmente la costa de Acapulco, Guerrero, convirtiéndola en la primera alerta sísmica del mundo.

Para el año 1993, el centro estuvo en búsqueda de un sonido particular para la alerta, que resultara difícil de imitar. Fue así como seleccionaron a Manuel de la Llata García, locutor mexicano con particular voz grave y fuera de lo común.

2. La invención de la alerta sísmica permitió advertir a la población sobre un sismo, segundos antes de que llegara a las ciudades. Para que la alerta funcione, es necesario que se cumpla con características específicas para su activación:

• En los primeros segundos, la intensidad del movimiento telúrico debe rebasar, al menos, dos estaciones de energía preestablecidas.

• La estimación de energía.

• La magnitud estimada y distancia entre ciudades.

Para el año 2010, el gobierno de la Ciudad de México priorizó el invertir en una actualización del Sasmex, buscando ampliar la cobertura sísmica en las regiones de Jalisco, Colima, Michoacán, Puebla y Guerrero, zonas cuya actividad sísmica podría afectar a la capital del país.

Dicha actualización logró modernizar la infraestructura, haciéndola compatible con la del SASO en Oaxaca, acciones que hoy en día permiten advertir del peligro sísmico en las ciudades de Acapulco, Chilpancingo, Toluca y Ciudad de México.

Actualmente se busca que el Sasmex difunda avisos de alerta a otras ciudades, dependiendo de su densidad de población, desarrollo urbano y cercanía a las zonas de peligro sísmico en la Ciudad de México.

3. La razón para elegir el sonido peculiar de la alerta, se justificó con la necesidad que no confundiera a nadie. El de la alerta sísmica es agudo, repetitivo y claro. Al escucharlo, no lo relacionamos con ambulancias, bomberos o policías. Esto reduce el riesgo de malos entendidos y motiva a actuar solo en caso de un sismo fuerte.

Además, con su duración de un minuto tiene un objetivo. En ese lapso, la mayoría de las personas pueden alejarse de zonas de peligro, buscar refugio o salir de edificios inseguros. Por eso, su sonido y tiempo fueron pensados para salvar vidas.

Consideraciones

1. Que la Constitución Política de la Ciudad de México, publicada el 5 de febrero de 2017 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México establece que toda persona tiene derecho a vivir en un entorno seguro, a la protección civil, a la atención en caso de que ocurran fenómenos de carácter natural o antropogénico, así como en caso de accidentes por fallas en la infraestructura de la ciudad y serán las autoridades quienes adoptarán las medidas necesarias para proteger a las personas y comunidades frente a riesgos y amenazas derivados de esos fenómenos.

La Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil garantiza la seguridad de las personas y establecerá las medidas de prevención, mitigación y gestión integral de riesgos que reduzcan la vulnerabilidad ante eventos originados por fenómenos naturales y por la actividad humana y su deber de informar y prevenir a la población en formatos accesibles para todos, mediante la elaboración de diagnósticos y atlas de riesgos, instrumentos de monitoreo, pronósticos, alerta temprana y los demás que establezca la ley.

El sistema oficial del gobierno de la Ciudad de México bajo sus siglas SASMEX-CDMX tiene la función de alertar la inminencia de un sismo que puede poner en riesgo la integridad de la población que habita y transita por la Ciudad de México, así como de la infraestructura física expuesta en la entidad; adicional a ello, la señal de alerta oficial será la que indique a las autoridades y primeros respondientes en sus órdenes estratégico, táctico y operativo, el inicio de protocolos y procedimientos de reacción y preparación ante los efectos de un sismo.

2. De acuerdo con el artículo 25 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, quien active de manera dolosa la Alerta Sísmica se hará acreedor a una multa que puede alcanzar hasta los 88 mil pesos. Además, podría enfrentar cargos penales por la comisión de delitos como provocación de alarma y perturbación del orden público.

En tanto que el Reglamento de la Ley del Sistema de Protección Civil de la CDMX, indica en su artículo 176, fracción IV, que se impondrá multa de mil a mil 500 veces la Unidad de Medida y Actualización –hasta 113 mil 235 pesos- a quien indebidamente emita alerta o active alguna alarma, independientemente de las sanciones penales aplicables.

3. Que el día 2 de agosto de 2023 se registró la activación errónea de la alerta sísmica en la capital del país, lo que provocó la evacuación inmediata de oficinas, viviendas y escuelas. Durante varios minutos, la ciudad se paralizó a la espera de un sismo que nunca ocurrió. Este hecho generó confusión y evidenció la alta sensibilidad de la ciudadanía frente al sonido de la alerta.

Múltiples testimonios de habitantes de la Ciudad de México reflejan que el sonido de la alerta sísmica provoca ansiedad y pánico, particularmente en quienes vivieron los terremotos de 1985 y 2017, sucesos que dejaron profundas huellas en la memoria colectiva. El simple timbre de la alerta puede detonar reacciones descontroladas, caídas, aglomeraciones e incluso accidentes, en lugar de fomentar evacuaciones ordenadas.

Especialistas en psicología y salud mental de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) han advertido que la alarma puede detonar ataques de pánico, crisis nerviosas o incluso infartos en personas vulnerables. En septiembre de 2017, dos mujeres de edad avanzada fallecieron en la Ciudad de México a causa del impacto emocional que les provocó escuchar la alerta durante un sismo.1

Asimismo, en septiembre de 2022, en la Colonia Doctores una mujer cayó por las escaleras y se golpeó la cabeza al tratar de evacuar su inmueble, mientras que en Coyoacán un hombre falleció de un infarto.2

En ambos casos, recientemente hubo terremotos en la ciudad de México, los del 19 de septiembre de 2017 y de 2022. El pánico que generó la alerta sísmica cobró la vida de 4 personas.

4. Esta proposición tiene como objetivo modernizar la alerta sísmica, para que sea más humana, menos traumatizante y más pedagógica. La alerta sísmica es un instrumento indispensable que ha demostrado salvar incontables vidas; su eficacia no está en duda. Sin embargo, la experiencia acumulada en la Ciudad de México ha evidenciado que el diseño actual del sonido provoca un efecto colateral indeseable: miedo paralizante, estrés anticipatorio y un recuerdo constante de tragedias pasadas. Es decir, cumple con su objetivo técnico, pero al mismo tiempo impacta negativamente en la salud mental de la población.

Modernizarla implica reconocer que la seguridad integral no se limita a prevenir pérdidas materiales y humanas inmediatas, sino también a generar condiciones de bienestar emocional y social en cada activación. Una señal auditiva puede ser igualmente clara y urgente sin convertirse en detonante de pánico colectivo. Otros países con alta sismicidad, como Japón, han apostado por sonidos distintivos, pero más armónicos, combinados con mensajes de voz que orientan sobre las acciones a tomar, logrando un equilibrio entre eficacia técnica y cuidado psicológico.

Además, una alerta pedagógica contribuye a reforzar la cultura de prevención: si el sonido va acompañado de un breve recordatorio —“mantenga la calma, protéjase”—, no solo avisa, sino que educa en tiempo real, transformando la reacción automática del miedo en una respuesta consciente y organizada. Se trata de dar un paso adelante en la manera en que concebimos la protección civil: no como un mecanismo reactivo, sino como un proceso de aprendizaje social continuo.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente punto de acuerdo mediante el cual, la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados solicita, respetuosamente, al gobierno de la Ciudad de México a evaluar la modernización y el posible cambio del sonido de la alerta sísmica en la Ciudad de México, lo anterior a efecto de reducir efectos negativos en la salud mental y física de las personas habitantes de la Ciudad de México.

Notas:

1 https://oem.com.mx/elsoldemexico/metropoli/tras-alerta-sismica-en-cdmx-mueren-dos-personas-por-infarto-23677988

2 https://www.excelsior.com.mx/comunidad/muere-mujer-en-cdmx-tras-activarse-alerta-sismica-por-temblor-en-michoacan/
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Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el día 10 de septiembre de 2025.

Diputado Carlos Alonso Castillo Pérez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades a firmar el convenio para la universalidad de la pensión para el bienestar de las personas con discapacidad, a cargo del diputado Carlos Alonso Castillo Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado Carlos Alonso Castillo Pérez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6 numeral 1 fracción I; y 79 numerales 1, fracción II, y 2 fracción I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

1. Que el día 16 de diciembre del año 2021, el presidente Andrés Manuel López Obrador y 22 gobernadores de entidades federativas firmaron el Convenio para la Universalidad de la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad, con el objetivo de buscar mejorar el ingreso monetario de las personas con discapacidad permanente y de esta manera contribuir a lograr la vigencia efectiva de los derechos de niñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas indígenas y afromexicanas que viven con discapacidad, para así eliminar la marginación, la discriminación y el racismo que enfrentan.

2. El programa de pensión está dirigido a distintos sectores de la población en situación de vulnerabilidad. Entre los beneficiarios se consideran niñas, niños y jóvenes de entre 0 y 29 años de edad. Asimismo, pueden acceder las personas de 30 a 64 años que residan en comunidades indígenas o afromexicanas. Finalmente, también son sujetos de esta pensión quienes habiten en zonas con alto o muy alto grado de marginación. El apoyo económico consiste en un monto de 3,200 pesos bimestrales, que puede entregarse en efectivo o mediante depósito, dependiendo de la forma de pago establecida.

3. A la fecha, veinticuatro entidades federativas han formalizado la firma de los anexos estatales del Convenio para la Pensión Universal dirigida a personas con discapacidad. Entre ellas se encuentran: Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Ciudad de México, Colima, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos y Nayarit. Asimismo, también se han sumado Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.

Con esta acción, los gobiernos estatales se comprometen a garantizar la operación conjunta del programa con la federación, lo que asegura que las personas con discapacidad en estas entidades reciban el apoyo económico correspondiente en condiciones de igualdad y sin exclusión territorial.

4. Hoy, a nivel nacional, 1,606,382 personas son beneficiarias de esta pensión, lo que representa no solo un número, sino millones de historias de niñas, niños, jóvenes y adultos con discapacidad que cuentan con un ingreso seguro para atender sus necesidades básicas, acceder a mayor autonomía y, sobre todo, recuperar su derecho a la esperanza. Este esfuerzo implica una inversión anual de 28,961 millones de pesos, lo que refleja con claridad que cuando se habla de justicia social, no se trata de discursos, sino de hechos y de recursos que se ponen al servicio del pueblo.

Consideraciones

1. Que el presidente Andrés Manuel López Obrador envío al Congreso de la Unión la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Constitución en materia de bienestar, para que se establezca en el artículo 4 constitucional que, tanto la Federación como las entidades federativas, tienen la obligación de garantizar la entrega de una pensión no contributiva a las personas con discapacidad permanente menores de sesenta y cinco años.

El 2 de diciembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma el artículo 4 y 27 de la Constitución en materia de bienestar, convirtiéndose desde ese momento en un mandato constitucional.

La reforma al articulo 4 menciona a la letra lo siguiente:

La Federación y las entidades federativas garantizarán la entrega de una pensión no contributiva a las personas con discapacidad permanente menores de sesenta y cinco años, en los términos que fije la ley.

El Estado garantizará la rehabilitación y habilitación de las personas que viven con discapacidad permanente, dando prioridad a las personas menores de dieciocho años de edad, en términos que fije la ley.

Las personas adultas mayores de sesenta y cinco años tienen derecho a recibir por parte del Estado una pensión no contributiva en los términos que fije la ley.

A las personas con discapacidad permanente menores de sesenta y cinco años les corresponde la pensión no contributiva por discapacidad, y a todas las personas mayores de esa edad les corresponde la pensión no contributiva de adultos mayores .

2. La adhesión de las entidades federativas al Convenio de Universalidad de la Pensión para Personas con Discapacidad Permanente no es únicamente un acto de voluntad política, sino el cumplimiento de una responsabilidad constitucional y social.

Tras la reforma al artículo 4 constitucional, se estableció que tanto la Federación como las entidades federativas tienen la obligación de garantizar la entrega de esta pensión no contributiva. En consecuencia, la firma del acuerdo representa la materialización de un mandato constitucional, que no puede quedar en letra muerta, sino que debe traducirse en acciones concretas que hagan efectivo este derecho.

La firma del convenio es un mecanismo de corresponsabilidad y coordinación institucional toda vez que la universalidad de la pensión no puede lograrse de manera aislada por la Federación; requiere de la cooperación activa de los estados para garantizar que ningún beneficiario quede fuera por razones administrativas, presupuestales o políticas. Con ello se avanza hacia una política nacional integral de bienestar.

El convenio expresa sensibilidad política y compromiso social pues los gobiernos estatales tienen la oportunidad de demostrar que están del lado de la inclusión, la igualdad y la dignidad humana, alineando sus políticas locales a un principio de justicia social que ya no admite retrocesos. Además, al garantizar este derecho, se contribuye a fortalecer el tejido social, reducir las brechas históricas de discriminación y generar condiciones de mayor equidad.

3. La firma del convenio y la política de bienestar del gobierno de México, no puede quedar subsumida a capricho de las y los gobernantes en turno por su filiación política, pues resulta de manera notable que las entidades que no se han comprometido a otorgar la universalidad de la pensión, son gobiernos de oposición. Al no firmar y comprometerse, han retrasado por 4 años la implementación de la pensión universal y a su vez, son 10 meses de la entrada en vigor de la reforma constitucional y siguen retrasando este derecho de las personas con discapacidad en sus entidades federativas.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente punto de acuerdo mediante el cual, la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa a las y los titulares de los Poderes Ejecutivo de las entidades federativas de Aguascalientes, Chihuahua, Coahuila, Durango, Guanajuato, Jalisco, Nuevo León y Querétaro, a firmar el Convenio para la Universalidad de la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad y así garantizar su derecho constitucional.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el día 10 de septiembre de 2025.

Diputado Carlos Alonso Castillo Pérez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas instituciones públicas de vivienda y financieras de nuestro país, a realizar o, en su caso, continuar realizando las acciones tendentes a mejorar las condiciones de acceso de las personas derechohabientes jóvenes y mujeres de todas las edades a tasas preferenciales para adquisición de vivienda, a cargo de la diputada Carina Piceno Navarro, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, Carina Piceno Navarro, diputada federal por el 16 distrito electoral de la Ciudad de México, integrante del Grupo Parlamentario de morena de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, por este medio y con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción II, y demás relativas y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito someter a la consideración del pleno de esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes:

Considerandos

1. Que el artículo 4, noveno párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece textualmente que “Toda persona tiene derecho a disfrutar de vivienda adecuada.”

2. Que el artículo 123, apartado A, fracción XII, segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que se debe establecer un sistema de vivienda con orientación social para las personas trabajadoras derechohabientes que permita obtener crédito barato y suficiente para su adquisición.

3. Que el artículo 57 de la Ley de Vivienda establece claramente la obligación diversos organismos de vivienda entre ellos la Comisión Nacional de Vivienda, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, la Sociedad Hipotecaria Federal, la Sociedad Nacional de Crédito, entre otras, de emitir reglas de carácter general que permitan canalizar recursos a tasas preferenciales para la población de bajos recursos.

4. Que durante el mes de marzo de 2025, se publicó en la página de Comunicación Social del gobierno federal que el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado lanzó un programa para impulsar el derecho a la vivienda de las mujeres en el cual los financiamientos que se otorgaron en el marco de este anuncio fueron con tasa de interés preferencial de entre el 2.0 por ciento al 3.5 por ciento como máximo, lo que les permitió a miles de mujeres contar con mayores oportunidades para la adquisición de vivienda.1

5. Que de conformidad con lo acordado por la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, aprobó por unanimidad durante su Sesión Ordinaria 950, el programa “FOVISSSTE – Mujeres”, el cual fue un programa concebido para beneficiar a más de 7 mil mujeres trabajadoras y pensionadas, quienes gracias a la puesta en marcha de este programa, tuvieron la posibilidad de comprar una propiedad nueva o usada o construir en terreno propio o adquirido con préstamos baratos y accesibles con una tasa de interés baja.

6. Que con extrañeza acudieron a mi Casa de Enlace Legislativo diversas vecinas y vecinos cuya identidad se encuentra reservada con motivo de guarda de datos personales en posesión de la suscrita, quienes me hacen saber que ya no se están otorgando este tipo de créditos con tasas de financiamiento preferenciales, al menos en lo que respecta al programa “FOVISSSTE – Mujeres”, el cual al parecer fue suspendido.

7. Que, durante el mes de octubre de 2024, la doctora Claudia Sheinbaum Pardo, presidenta de la República, hizo público que durante su gobierno se creará el Programa de Vivienda para Jóvenes.

8. Que varias entidades federativas han realizado esfuerzos en dicha dirección, sin embargo, no todas cuentan con programas que atiendan tanto a jóvenes como a mujeres, en cuanto a su derecho social de acceso a la vivienda.

9. Que destaca positivamente el caso del gobierno de la Ciudad de México, en donde la licenciada Clara Marina Brugada Molina, jefa de Gobierno de la capital de nuestro país, lanzó el programa denominado “Vivienda en Conjunto”, el cual ha sido diseñado con el objetivo de otorgar financiamientos para proyectos de vivienda, con cero intereses, otorgando ayudas de beneficio social a la población residente en la Ciudad de México, prioritariamente a la de bajos recursos económicos, en condición de vulnerabilidad (indígenas, adultos mayores, madres solteras, mujeres jefas de familia y personas con discapacidad) o que habitan en sitios de alto riesgo, así como a población asentada en campamentos o en inmuebles con valor patrimonial, incentivando al mismo tiempo la producción social de vivienda mediante el uso óptimo del suelo habitacional en delegaciones que cuentan con servicios y equipamiento urbano, a fin de coadyuvar a la realización del derecho humano a la vivienda, reconocido tanto en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como en el artículo 9, apartado E, numerales 1 al 3 de la Constitución Política de la Ciudad de México, así como para dar cumplimiento al ejercicio de esta garantía individual enmarcada en la Ley de Vivienda de la Ciudad de México.

10. Que el programa denominado “Vivienda en Conjunto”, cuenta con diversas modalidades para la adquisición de vivienda, los cuales se pueden revisar en la liga al pie de página.2

11. Que de acuerdo con la Encuesta Nacional de Vivienda 2020, del total de viviendas propias adquiridas, el 14.8 por ciento obtuvo acceso a créditos vía un financiamiento de una institución financiera privada, lamentablemente con condiciones de altísimas tasas de interés a través de instituciones de financieras de banca múltiple.

12. Que de conformidad con el artículo 4 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, la protección y defensa de los derechos e intereses de los Usuarios, esta a cargo de un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, el cual se encuentra sectorizado a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

13. Que de conformidad con el artículo 11, fracción VII de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, es responsabilidad de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros el coadyuvar con otras autoridades en materia financiera para lograr una relación equitativa entre las instituciones financieras y los usuarios, así como un sano desarrollo del sistema financiero mexicano.

14. Que entre las autoridades con las que puede coadyuvar la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, se encuentra el Banco de México, el cual influye indirectamente en las tasas hipotecarias al establecer su tasa de interés de referencia, la cual afecta el costo del dinero para los bancos comerciales.

15. Que de conformidad con el artículo 1 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, es responsabilidad del Banco de México el emitir las disposiciones relativas a los servicios financieros y el otorgamiento de créditos de cualquier naturaleza que realicen las entidades, con el fin de garantizar la transparencia, la eficiencia del sistema de pagos y proteger los intereses del público.

16. Que de conformidad con el artículo 4, párrafo primero de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, es responsabilidad del Banco de México el emitir disposiciones de carácter general para regular las tasas de interés, activas y pasivas, comisiones y pagos anticipados y adelantados de las operaciones que realicen con sus clientes, las instituciones de crédito y las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas.

17. Que de conformidad con el artículo 4, párrafo segundo de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, el Banco de México regulará las comisiones y tasas de interés, así como cualquier otro concepto de cobro de las operaciones celebradas por las entidades financieras con clientes.

18. Que de conformidad con el artículo 4, párrafo segundo de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, para efecto de la emisión de las regulaciones anteriormente mencionadas, el Banco de México podrá solicitar la opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros o de la Comisión Federal de Competencia Económica.

19. Que el Sistema de Información Económica del Banco de México establece que para el mes de mayo de 2025, la tasa de interés para la adquisición de bienes inmuebles oscila entre el 9.36 por ciento y el 21.64 por ciento, muy alta si se le compara con la tasa cero ofrecida por el gobierno de la Ciudad de México a través del programa denominado “Vivienda en Conjunto” e incluso resultando bastante elevada al contrastar estas tasas contra las ofrecidas de entre 2 por ciento y 3.5 por ciento por el programa “FOVISSSTE – Mujeres”.3

20. Que a manera de comparación entre 70 países, existen a lo largo y ancho del mundo tasas de interés mucho más accesibles y dignas para los consumidores de créditos hipotecarios, de hecho tristemente el 90 por ciento de ellas (63), tal y como se puede apreciar en la tabla que se presenta a continuación:4, 5, 6, 7, 8, 9

Hay que mencionar que en varios países como Pakistán, Irak, Irán, Cuba, Venezuela, Corea del Norte, entre otros, no existen datos públicos relativo a estos indicadores.

21. Que en México, tenemos trabajadores, jóvenes, mujeres y hombres de primera y nos merecemos las mejores condiciones posibles para tener acceso a nuestros derechos humanos, en este caso el de la vivienda, por lo cual la doctor Claudia Sheinbaum Pardo, presidenta de la República, decididamente y con el respaldo incuestionable e inquebrantable de la mayoría del pueblo representado por las y los legisladores del Segundo Piso de la Cuarta Transformación en esta legislatura de la Cámara de Diputados, ha hecho suyo el valiente compromiso para con todas y todos los mexicanos, de poder acceder a una vivienda digna y de calidad a bajo costo.

En ese orden de ideas, me permito someter a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero .- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita atenta y respetuosamente a la Comisión Nacional de Vivienda, al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a la Sociedad Nacional de Crédito, a la Sociedad Hipotecaria Federal y a los institutos garantes del derecho de acceso a la vivienda en las entidades federativas, que en coordinación con la Secretaría de las Mujeres, el Instituto Nacional de la Juventud y sus respectivas homólogas en las 32 entidades federativas, realicen o en su caso continúen realizando las acciones tendientes a mejorar las condiciones de acceso de sus derechohabientes jóvenes y mujeres de todas las edades a tasas preferenciales para adquisición de vivienda como prestación social.

Segundo .- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita atenta y respetuosamente al Banco de México y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, que en el marco de sus respectivas facultades y atribuciones, realicen o en su caso continúen realizando las acciones tendientes a mejorar las condiciones de acceso de sus derechohabientes jóvenes y mujeres de todas las edades a tasas preferenciales para adquisición de vivienda, a través de los créditos contratados con las instituciones financieras de nuestro país.

Notas:

1 https://www.gob.mx/Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado /articulos/lanza-Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado -programa-para-impulsar-el-derecho-a-la-vivienda-de-las-mujeres-392309? idiom=es

2 https://www.invi.cdmx.gob.mx/programas/programa/pvc

3 https://www.banxico.org.mx/SieInternet/consultarDirectorioInternetAction.do?sector=18&accion=consultar
Cuadro&idCuadro=CF303&locale=es

4 https://www.bankinter.com/blog/finanzas-personales/comparativa-hipotecas-europa

5 https://www.eleconomista.com.mx/econohabitat/
mexico-europa-estados-unidos-tres-mundos-condiciones-hipotecarias-distintas-20241227-739764.html

6 https://habitaro.com/creditos-hipotecarios-latinoamerica-2025/

7 https://es.tradingeconomics.com/australia/mortgage-rate#:~:text=abril%20de%202022.-,
La%20tasa%20hipotecaria%20en%20Australia%20promedi%C3%B3%20el%204.30%20por%20ciento,
ciento%20en%20abril%20de%202022.

8 https://www.nytimes.com/2024/09/04/business/japan-mortgage-rates.html

9 https://datos.bancomundial.org/indicador/FR.INR.RINR?locations=ZJ

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 9 días del mes de septiembre de 2025.

Diputada Carina Piceno Navarro (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de Coahuila y al municipal de Saltillo, a instalar las juntas de protección al patrimonio previstas en el programa estatal de infraestructura, desarrollo urbano y movilidad, y a implementar un plan emergente de rescate de las esculturas del Paseo de la Reforma, a cargo del diputado Antonio Lorenzo Castro Villarreal, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, el diputado Antonio Lorenzo Castro Villarreal, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás disposiciones aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

En Saltillo, el deterioro del patrimonio histórico y cultural se observa con crudeza en el Paseo de la Reforma. Este corredor, inaugurado en 1977 durante el gobierno de Óscar Flores Tapia, fue concebido como una galería al aire libre para rendir homenaje a figuras clave de la historia nacional y regional. Lo que debería ser un referente de memoria cívica hoy se ha transformado en un espacio marcado por el abandono, la falta de mantenimiento y la omisión institucional.

Los reportes periodísticos más recientes son contundentes. En el tramo entre la calle Urdiñola y el periférico, varias esculturas presentan daños graves: la de Jesús Carranza muestra su pedestal fracturado; la de Juan Antonio de la Fuente luce grafiteada y con desprendimientos en la base; la de Victoriano Cepeda ha perdido su placa conmemorativa; y la de Miguel Blanco está cubierta de pintas y con partes de la cantera desmoronadas. La de Mariano Escobedo apenas conserva sus rasgos faciales, borrados por la erosión, mientras que la de Benito Juárez se encuentra entre basura y maleza. Una escultura más ha desaparecido por completo, dejando solo el pedestal vacío. Estos daños no son incidentales: son el resultado acumulado de años sin acciones preventivas.

El deterioro está estrechamente relacionado con la vulnerabilidad del material. A diferencia de la Ciudad de México, donde las esculturas del Paseo de la Reforma son de bronce, en Saltillo se optó por cantera, mucho más frágil frente al tiempo y a los contaminantes. La lluvia ácida, derivada de los óxidos de nitrógeno emitidos por un parque vehicular en crecimiento constante —tan solo entre 2018 y 2022 se incrementó en un 20 por ciento el número de autos registrados en la ciudad—, ha acelerado la corrosión y desdibujado los rasgos de los personajes históricos. Lo que antes fueron monumentos con detalles nítidos hoy son figuras desgastadas, sin rostro ni fuerza simbólica.

No se trata de un caso aislado, sino de una constante en Saltillo. La pérdida de patrimonio ya ha sido dolorosamente documentada: inmuebles como la casa de Venustiano Carranza en Santa Anita, la residencia de la familia Gutiérrez o la casona de la calle Aldama fueron demolidos sin que existiera un mecanismo eficaz de protección. La ciudad ha visto desaparecer parte de su memoria arquitectónica por la permisividad institucional y la falta de regulación. Estos precedentes demuestran que cuando el Estado omite actuar, el patrimonio se pierde de manera irreversible.

Lo más grave es que la propia planeación estatal ya reconoce la urgencia. El Programa Estatal de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad 2023–2029 establece como acción prioritaria la instalación de juntas municipales de Protección y Conservación del Patrimonio Edificado para coordinar estrategias de conservación entre autoridades estatales, municipales y especialistas. Sin embargo, al día de hoy esas juntas no existen, y no hay un plan público para atender el abandono del Paseo de la Reforma. El vacío institucional se traduce en omisiones: anuncios de proyectos sin seguimiento, intervenciones parciales y ausencia de inversión multianual.

El delegado del INAH en Coahuila ha sido claro: la responsabilidad directa de mantener los monumentos recae en los municipios; el Instituto puede asesorar, pero no sustituir la labor de las autoridades locales. Esa claridad legal y administrativa contrasta con la inacción del gobierno municipal y la permisividad del gobierno estatal, que siguen postergando decisiones mientras el patrimonio se erosiona día tras día.

No se trata únicamente de un tema estético. El artículo 4 de la Constitución reconoce el derecho de toda persona a la cultura y a gozar de los bienes y servicios que presta el Estado en esta materia. Cada pedestal vacío, cada rostro borrado por la lluvia ácida y cada inmueble demolido representan la vulneración de ese derecho. La omisión institucional no solo degrada el paisaje urbano: compromete la memoria colectiva y el sentido de pertenencia de las nuevas generaciones.

Las familias de Saltillo no exigen imposibles: reclaman seriedad y cumplimiento de compromisos. La información técnica existe, las denuncias ciudadanas son reiteradas y los daños están a la vista de cualquiera que camine por el Paseo de la Reforma. Lo que falta no es diagnóstico, sino voluntad política para evitar que este corredor cívico se convierta en un cementerio de estatuas olvidadas.

Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno del estado de Coahuila y al gobierno municipal de Saltillo a instalar de inmediato las juntas municipales de Protección y Conservación del Patrimonio Edificado previstas en el Programa Estatal de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad 2023–2029, y a poner en marcha un plan emergente de rescate y restauración de las esculturas del Paseo de la Reforma, que incluya:

1. Un diagnóstico técnico de los daños;

2. Limpieza y restauración especializada;

3. Reposición de piezas y placas faltantes;

4. Medidas de protección contra vandalismo y contaminación;

5. Un calendario público de intervención; y

6. Mecanismos de seguimiento ciudadano en coordinación con el INAH.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de agosto de 2025.

Diputado Antonio Lorenzo Castro Villarreal (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades del estado de Coahuila, de Zaragoza y de los municipios de Saltillo, Arteaga y Ramos Arizpe, a reforzar la infraestructura de monitoreo, la transparencia industrial y la vigilancia ciudadana en materia de calidad del aire en la zona metropolitana de Saltillo, a cargo del diputado Antonio Lorenzo Castro Villarreal, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, el diputado Antonio Lorenzo Castro Villarreal, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás disposiciones aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La Zona Metropolitana de Saltillo atraviesa en 2025 una situación crítica en materia de calidad del aire. El problema ya no puede considerarse coyuntural ni resultado de episodios aislados. Se trata de un fenómeno estructural que cada vez con mayor frecuencia coloca a la población en riesgo, con picos de contaminación que ponen en entredicho la salud pública y la responsabilidad de las autoridades.

De acuerdo con la Secretaría de Medio Ambiente estatal, entre diciembre de 2023 y octubre de 2024 el 46 por ciento de los días presentaron calidad del aire catalogada de mala a extremadamente mala, y al corte de junio de 2024, el 69 por ciento de los días con datos disponibles se ubicaron en rangos negativos. En 2025 la situación se agravó con episodios críticos que ya forman parte de la vida cotidiana: el 13 de febrero se registraron tres días consecutivos con calidad del aire extremadamente mala, el 19 de marzo el centro y norte de la ciudad alcanzaron niveles críticos y el 3 de agosto tolvaneras intensas ocasionaron un nuevo episodio de mala calidad.

Registros internacionales confirman la gravedad del problema. La plataforma IQAir reportó en agosto de 2025 un Índice de Calidad del Aire de 582 clasificado como peligroso, con una concentración de PM2.5 de 366.4 microgramos por metro cúbico, setenta y tres veces por encima del límite recomendado por la Organización Mundial de la Salud. Datos de AQI.in evidencian además la variabilidad intradía: en la madrugada los índices alcanzan 53 y horas después descienden a menos de 30, lo que muestra un ambiente fluctuante que expone a la población a riesgos constantes.

A pesar de avances puntuales como la instalación de una red municipal de microsensores o la operación de la planta Eberspächer en Ramos Arizpe, especializada en sistemas de control de emisiones, estas medidas resultan claramente insuficientes frente a la magnitud del deterioro. La estación de Ramos Arizpe dejó de reportar desde noviembre de 2024 y no existe un esquema sólido de transparencia industrial que obligue a las empresas a rendir cuentas sobre el tipo de filtros que emplean, el estado de sus precipitadores, el uso de tecnologías limpias o los planes reales de reducción de emisiones.

Lo anterior dibuja un panorama alarmante: la población de Saltillo respira aire nocivo todos los días mientras las autoridades minimizan el problema y evaden su responsabilidad. El derecho constitucional a un medio ambiente sano, consagrado en el artículo 4, se convierte en letra muerta cuando los gobiernos no actúan con decisión ni destinan recursos suficientes para enfrentar la crisis. Niñas, niños, personas mayores y quienes padecen enfermedades respiratorias o cardiovasculares cargan con las consecuencias de una inacción que favorece la impunidad de las fuentes contaminantes.

La urgencia es clara. Se requiere una respuesta inmediata de los tres niveles de gobierno que garantice la operación ininterrumpida de estaciones de monitoreo, obligue a la industria a transparentar sus emisiones, sancione con rigor la quema ilegal de residuos y abra la participación ciudadana en la vigilancia ambiental. Cualquier omisión en este sentido prolongará un escenario de deterioro que ya cobra vidas y compromete el futuro de la ciudad.

Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno del estado de Coahuila de Zaragoza y a los gobiernos municipales de Saltillo, Arteaga y Ramos Arizpe para que:

1) Refuercen la operación y cobertura del sistema de monitoreo atmosférico en la Zona Metropolitana de Saltillo, para garantizar que las estaciones normadas funcionen sin interrupciones y que los datos se reporten de manera pública y continua en el Sistema Nacional de Información de la Calidad del Aire y en los tableros municipales.

2) Establezcan mecanismos de transparencia obligatoria para las industrias de la región, con reportes periódicos sobre tecnologías de control de emisiones, mantenimiento de filtros y registros de descargas a la atmósfera.

3) Implementen un programa de vigilancia ambiental con participación ciudadana, que incluya a colectivos, universidades y observatorios independientes, para verificar de manera abierta las emisiones y planes de mitigación de las principales fuentes contaminantes.

4) Refuercen la prevención y sanción de quemas ilegales de residuos, en especial de llantas, que generan contaminantes altamente dañinos y episodios críticos de mala calidad del aire.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de agosto de 2025.

Diputado Antonio Lorenzo Castro Villarreal (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Gobierno de la República a incluir, a través de la SEP y de la Secretaría de Salud, en la campaña denominada “Aléjate de las Drogas. El Fentanilo te Mata”, la prevención y atención del consumo de la Xilacina como droga, a cargo del diputado César Agustín Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, César Agustín Hernández Pérez, diputado federal integrante de la LXVI Legislatura, perteneciente al Grupo Parlamentario de Morena con fundamento en el artículo 3, numeral 1, fracción XX; artículo 6, numeral 1, fracción I; y artículo 79, numeral 2, fracción II y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto ante el pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El gran consumo de drogas representa uno de los desafíos más complejos para la salud pública en nuestro país. Tan solo “en 2022 se estimó que 64 millones de personas en el mundo presentaban algún trastorno por consumo de sustancias. Sin embargo, se ha calculado que solamente 1 de cada 11 personas que padecen este tipo de trastornos ha recibido tratamiento”.1

Aunado a lo anterior, en las últimas décadas hemos enfrentado un aumento masivo en el uso de una sustancia denominada como xilacina, también conocida como “tranq”, “tranq dope”, “zombie drug” o “sleep-cut” y en español como “anestesia de caballo” o “droga zombie”.

La “xilacina”, es un sedante no opioide de uso veterinario, utilizado en animales de gran tamaño para evitar el dolor y sedarlos, la cual, no está aprobada para consumo humano, sin embargo, las personas la están consumiendo de forma inyectada, fumada, inhalada o por vía oral.

Algunos de sus efectos son: sensación de euforia, sedación, sequedad de boca, disartria, hiporreflexia, desorientación, dismetría, miosis, hipotensión, bradicardia, hipotermia e hiperglucemia. Al mismo tiempo, esta droga prolonga el efecto de anestesia, lo que reduce costos para los traficantes y aumenta la demanda entre consumidores que buscan una dosis de droga más prolongada para un mayor placebo.

Además, este fármaco ha empezado a ser adulterado con otras sustancias, tales como el fentanilo o la heroína, “los efectos pueden durar unos pocos minutos e incluso horas”,2 provocando hipotensión o hipertensión, depresión respiratoria, arreflexia, astenia o apnea, insuficiencia cardíaca, coma e incluso la muerte. “En México, un estudio llevado en las ciudades de Tijuana y Mexicali se encontró a la xilacina como adulterante en 35 residuos de heroína mezclada con fentanilo y de 26 residuos de fentanilo, de un total de 300 muestras analizadas con cromatografía de gases acoplado a espectrómetro de masas”.3

Esta sustancia ha sido identificada como una amenaza emergente en Estados Unidos, su presencia se ha documentado en México y América Latina, lo cual, motivó a que la directora ejecutiva de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), Ghada Waly, realizara en recientes fechas (26 de junio 2025) un comunicado de prensa sobre: El Informe Mundial sobre las Drogas 2025 de UNODC: La inestabilidad mundial agrava el impacto social, económico y de seguridad del fenómeno mundial de las drogas, en el que, se puede apreciar lo siguiente:

“El costo social por no abordar los trastornos vinculados con el uso de drogas es elevado – casi medio millón de muertes y 28 millones de años de vida saludable se perdieron por discapacidad y muertes prematuras (AVAD) en 2021. Se calcula que sólo una de cada 12 personas con trastornos por consumo de drogas recibió algún tipo de tratamiento en 2023. Factores como las políticas públicas contextualizadas y la disponibilidad de servicios de salud y sociales basados en la evidencia pueden ayudar a mitigar el impacto del consumo de drogas en las personas y las comunidades”. (Waly, 2025).4

Lamentablemente, son los jóvenes quienes más la ingieren, causándose un grave daño en una etapa en la que el cerebro se encuentra en maduración, ya que, la corteza prefrontal, encargada de funciones como la planificación, el autocontrol y la toma de decisiones, no alcanza su desarrollo completo hasta los 25 años, mientras tanto, el sistema límbico, asociado a las emociones y recompensas, está más activo, lo que puede llevar a los adolescentes a priorizar gratificaciones inmediatas sobre las consecuencias a largo plazo. Esta descompensación entre las áreas cerebrales en complemento con el entorno en el que los adolescentes viven puede generar cambios neuroadaptativos que predispongan al consumo repetido de drogas, es decir, puede aumentar la impulsividad y la búsqueda de sensaciones y factores que favorecen la experimentación con sustancias como la xilacina, el fentanilo o la heroína.

Muchos de los jóvenes que consumen drogas lo hacen por la búsqueda de nuevas sensaciones y la creencia de invulnerabilidad al peligro, si a esto le agregamos el entorno social y familiar, además de la influencia de las redes, la presión de grupo, la disponibilidad accesible de sustancias en la comunidad, la normalización del consumo en su entorno cercano y, los mensajes mediáticos que lo suavizan, contribuyen significativamente a que los jóvenes inicien o mantengan conductas de consumo sin considerar los riesgos que esto contrae.

Afortunadamente, el gobierno de México ha demostrado un gran compromiso con el combate a los problemas de salud pública derivados del consumo de sustancias psicoactivas, así, el 7 de enero del presente año, nuestra presidenta Claudia Sheinbaum Pardo en coordinación con todo el equipo del gobierno federal, lanzó una campaña nacional y permanente denominada: “Aléjate de las drogas. El fentanilo te mata”,5 dirigida a las y los jóvenes, adolescentes y familias de todo el país, con el propósito de prevenir y atender el consumo de drogas, esta estrategia incluye contenido científico, actividades escolares, fortalecimiento del autocuidado y la activación de la Línea de Vida para orientación y apoyo especializado; de igual manera, combina esfuerzos para la prevención a cargo de la Secretaría de Educación, la Secretaría de Cultura y, la atención liderada por el sector salud del gobierno de la República, es decir: la Secretaría de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social, IMSS, el IMSS-Bienestar, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, ISSSTE, apoyados también con la Secretaría de las Mujeres.

Sin duda esta acción ya ha generado reflexión entre la ciudadanía, sin embargo, es pertinente señalar que, en esta campaña, no se contempla la droga conocida como la xilacina, la cual, como ya se mencionó, es un medicamento para los animales que, actualmente se está utilizando sola o como adulterante de otra droga, lo que hace que sus consecuencias puedan ser incluso fatales.

Es importante referir que, desde julio hasta octubre de 2025, la Secretaría de Salud, junto con el Instituto Nacional de Salud Pública (INSP), el Instituto Nacional de Psiquiatría “Ramón de la Fuente Muñiz” (INPRFM) y el Consejo Nacional de Salud Mental y Adicciones, lanzó la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco (Encodat) 2025, un instrumento representativo y técnicamente riguroso a nivel regional que recogerá datos en cerca de 23,950 viviendas para entrevistar a 17,591 personas seleccionadas al azar.6 Los datos recolectados permitirán estimar con mayor precisión los porcentajes de consumidores de tabaco, alcohol, drogas lícitas e ilícitas, así como identificar tendencias en salud mental y conductas de riesgo en nuestro país.

Recordemos que prevenir es salvar vidas, por ello, la finalidad de este punto de acuerdo es integrar la prevención y atención del consumo de la droga denominada xilacina en esta campaña, lo cual, permitiría generar una mayor conciencia pública sobre los peligros asociados a su consumo y se fortalecerían las estrategias de tratamiento.

La educación en salud debe enfocarse en fortalecer la percepción del riesgo que causa el consumo de las drogas, promover habilidades de toma de decisiones y ofrecer apoyo emocional, para reducir la vulnerabilidad de los jóvenes frente a la tentación.

Informar, prevenir y atender son necesidades urgentes que se deben de cumplir bajo los propósitos de proteger la vida, el desarrollo del país y el futuro de la población en general.

La información basada en evidencia es fundamental para construir una conciencia realista y efectiva sobre los efectos biológicos y sociales del consumo de drogas. En tanto que, la prevención implica dotar de herramientas para reconocer y rechazar situaciones de riesgo, enseñar a decir “no” mediante estrategias que ayuden a concientizar del daño y explicar cómo lograr evitar o retirarse cuando se presentan ofertas de sustancia.

Las drogas no solo afectan la salud física, sino que también pueden tener consecuencias sociales devastadoras, como el aislamiento, la pérdida de empleo y el deterioro de las relaciones personales. Informar a la población sobre estos riesgos, junto con el fortalecimiento de su bienestar emocional y habilidades para la toma de decisiones, puede ayudar a prevenir el consumo de xilacina y otras sustancias peligrosas.

Finalmente, la atención frente a casos de consumo, intoxicación o sobredosis es esencial para salvar vidas ya que, es fundamental garantizar la protección de la infancia, fortalecer el núcleo familiar y promover un entorno seguro para todos.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en pleno respeto a sus facultades, solicita, respetuosamente, al gobierno de la República, para que, a través de la Secretarías de Educación y de Salud, se incluya en la campaña denominada “Aléjate de las drogas. El fentanilo te mata”, la prevención y atención del consumo de la xilacina como droga, esto, ante el creciente riesgo sanitario y social que representa esta sustancia: “Aléjate de las drogas. El fentanilo y la xilacina te matan”.

Notas:

1 Gobierno de México. (2025, 26 de junio). Hoja de datos. Demanda de tratamiento por consumo de sustancias psicoactivas en México, 2025, Consultado el 21 de agosto del 2025. Visible en:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1004600/Hoja_de_datos_26_de_Junio__2025.pdf

2 Servicio de Administración Tributaria. (s.?f.). Alerta en ciudades fronterizas por uso de xilacina, Gobierno de México. Consultado el 21 de agosto del 2025. Visible en:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/906959/SAT._Alerta_en_ciudades_fronterizas_por_uso_de_Xilacina.pdf

3 Ibidem

4 Informe Mundial sobre las Drogas 2025 de UNODC: La inestabilidad mundial agrava el impacto social, económico y de seguridad del fenómeno mundial de las drogas. (2025, 26 de junio). Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC). Consultado el: 30 de agosto del 2025. Visible en: https://www.unodc.org/unodc/es/press/releases/2025/June/unodc-world-dru g-report-2025_-global-instability-compounding-social—economic-and-secur ity-costs-of-the-world-drug-problem.html

5 Presidenta Claudia Sheinbaum presenta campaña preventiva, nacional y permanente “Aléjate de las drogas. El fentanilo te mata”. Consultado el 1 de septiembre de 2025. Visible en Presidenta Claudia Sheinbaum presenta campaña preventiva, nacional y permanente “Aléjate de las drogas. El fentanilo te mata” | Presidencia de la República | Gobierno | gob.mx

6 Instituto Nacional de Salud Pública. (2025). Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco (ENCODAT 2025). Consultado el 21 de agosto de 2025. Visible en:
https://encuestas.insp.mx/repositorio/encuestas/ENCODAT2025/index.php

Palacio Legislativo, 10 de septiembre de 2025.

Diputado César Agustín Hernández Pérez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las personas titulares de las presidencias municipales del interior de la República Mexicana y de las alcaldías de la Ciudad de México a cumplir, en el ámbito de su competencia, el acuerdo mediante el cual se establecen los lineamientos generales a los que deberán sujetarse la preparación, distribución y el expendio de los alimentos y bebidas preparados, procesados y a granel, así como el fomento de los estilos de vida saludables en alimentación, dentro de toda escuela y en las inmediaciones del sistema educativo nacional, suscrito por el diputado Arturo Roberto Hernández Tapia y diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, diputado Arturo Hernández Tapia, y personas legisladoras federales de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de este honorable pleno, la presente proposición con punto de acuerdo, con base a la siguiente:

Exposición con Motivos

De conformidad con los artículos 1, 3 y 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado priorizará promover, garantizar y respetar los derechos humanos, dentro de los que se encuentra velar por el interés superior de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, además de que toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva y de calidad. También está obligado a garantizar el derecho a la protección de la salud, por lo que debe diseñar políticas y acciones en torno a ello, para lograr que la nación alcance mejores niveles de prosperidad.

Dando cumplimiento a lo anterior, en el Diario Oficial de la Federación, el 30 de septiembre del 2024, se publicó el acuerdo mediante el cual se establecen los Lineamientos generales a los que deberán sujetarse la preparación, distribución y el expendio de los alimentos y bebidas preparados, procesados y a granel, así como el fomento de los estilos de vida saludables en alimentación dentro de toda escuela del Sistema Educativo Nacional, mismo que tiene por objeto establecer las disposiciones correspondientes, previstas en su Anexo Único, así como las bases para el fomento de los estilos de vida saludables en alimentación, dentro de toda escuela del Sistema Educativo Nacional. Esto también se aplica para las inmediaciones de escuelas de acuerdo con el artículo décimo cuarto fracción IV de los lineamientos ya referidos que a la letra señala.

“Décimo Cuarto. - ...

IV. Establecer, en el marco de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 75 de la LGE respecto a la prohibición de la venta y publicidad de alimentos y bebidas con bajo valor nutricional en las inmediaciones de los planteles escolares, mecanismos de coordinación y vinculación con las autoridades municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, y demás instancias competentes, para generar acciones encaminadas a exhortar, fomentar y promover el expendio de alimentos y bebidas saludables en las inmediaciones de las escuelas, en el diámetro que determine la autoridad competente.1

Actualmente, en la mayor parte del territorio nacional se observa la presencia de venta de alimentos y bebidas procesadas, envasadas y a granel, con bajo nivel nutricional en las inmediaciones de las instituciones educativas de nivel básico, media superior y superior, siendo fundamental implementar acciones que puedan prevenir el consumo de estos alimentos y bebidas que ponen en riesgo la salud de los estudiantes, y obstaculizaron los propósitos del acuerdo referido.

El acuerdo con los Lineamientos de referencia, también se precisa que la aplicación de dichos lineamientos aplica a las inmediaciones de los planteles educativos, por lo que se convierte también en competencia de los municipios y de las alcaldías de la ciudad de México, tales lineamientos en su artículo quinto, fracción XXVI, define que se refiere a inmediaciones:

“...

Quinto. - Para los efectos de los presentes lineamientos se entenderá por:

...

XXVI. Inmediaciones: Territorio en la periferia de las escuelas en el diámetro que determine la autoridad competente conforme a las disposiciones jurídicas aplicables;

...”2

De igual forma en su artículo décimo tercero en su título cuarto de la corresponsabilidad institucional precisa la atribución de los municipios y alcaldías de difundir, aplicar y vigilar el cumplimiento de los presentes Lineamientos:

“Título IV
De la corresponsabilidad institucional

Capítulo Primero
De las autoridades escolares

Décimo Tercero.- Corresponde a las autoridades escolares, en su respectivo ámbito de competencia, y en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, difundir, aplicar y vigilar el cumplimiento de los presentes lineamientos y su anexo único, para lo cual, deberán:

...

V.- Dar aviso a sus respectivas autoridades educativas a efecto de que fortalezcan los mecanismos a que refiere la fracción IV del numeral siguiente, en caso de que adviertan que en las inmediaciones de las escuelas se vendan y se dé publicidad a alimentos y bebidas con bajo valor nutricional en contravención a los presentes lineamientos, su anexo único y demás normativa aplicable. El diámetro de las inmediaciones lo determinará la autoridad competente.” 3

En lo artículos de los lineamientos anteriormente referidos se precisó quienes pueden y deben de trabajar en coordinación con la autoridad educativa, a fin de que se cumplan los lineamientos de referencia y se proteja el interés superior de los niños, adolescentes y jóvenes a fin de acceder a una alimentación nutritiva y una vida saludable.

Para mayor abundamiento, señalamos que el 16 de marzo del 2022, el diputado Armando Contreras Castillo presentó una iniciativa de reforma a diversos artículos de la Ley General de Educación en materia de entornos escolares saludables que se aprobó por el Congreso de la Unión, en la que sentó una base política de alimentación escolar para transformar las escuelas en espacios saludables y al mismo tiempo hacer cumplir los Lineamientos Generales para el Expendio y Distribución de Alimentos y Bebidas Preparados y Procesados en las Escuelas del Sistema Educativo Nacional, en garantía a los derechos a la educación, salud y alimentación de niñas, niños y adolescentes.

La iniciativa articuló los acuerdos y marco internacional de derechos de los que México es parte y responde de manera integral al grave problema de malnutrición, incluyendo la obesidad infantil, resultado de malos hábitos de alimentación influenciados por un ambiente obesogénico, al cual niñas y niños están expuestos todos los días, incluyendo los entornos escolares.

Por otro lado, la Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible, en su artículo 17, prevé que los gobiernos de la federación, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales, en sus respectivos ámbitos de competencia, impulsarán esquemas suficientes para el suministro, distribución y adquisición de alimentos, adecuados preferentemente frescos, y agua potable para el consumo humano de las personas estudiantes, y promoverán ante las autoridades correspondientes; razón por la cual, los municipios como integrantes de las entidades federativas tienen la facultad de participar en programas y promover acciones con el fin de garantizar el interés superior de la niñez para prevenir y reducir el consumo de alimentos y bebidas procesadas, con el fin de garantizar el derecho a una alimentación saludable y digna.

Dicho artículo 17, señala en su párrafo primero a la letra:

“Artículo 17. Los gobiernos de la Federación, las entidades federativas, los municipios y demarcaciones territoriales, en sus respectivos ámbitos de competencia, impulsarán esquemas eficientes para el suministro, distribución y adquisición de alimentos adecuados preferentemente frescos, y agua potable para consumo humano de las personas estudiantes, mecanismos de coordinación con los demás sectores de la población enfocados a la producción de alimentos de manera sustentable, como la agroecología, organizaciones del sector social, cooperativas, asociaciones de padres de familia, la combinación de cualquiera de estos o cualquier otro medio que asegure el consumo suficiente para la niñez y la adolescencia. ...”.4

Además, también refiere que promoverán ante las autoridades correspondientes, “la prohibición de la venta, distribución, donación, publicidad y patrocinio de alimentos y bebidas preenvasados cuando éstos excedan los límites máximos de contenido energético, azúcares añadidos, grasas saturadas, sodio y los demás nutrimentos críticos e ingredientes que establezcan las disposiciones normativas de salud competentes, tanto al interior como en las inmediaciones de los planteles escolares de educación básica”.5

Por todo ello, es urgente y necesario “una coordinación entre los diversos órganos de gobierno para que las instituciones educativas en todos los municipios en sus respectivas competencias garanticen el acceso a una alimentación digna y saludable para todos los educandos, no sólo en cuestión de salud, sino promover su actividad física en su ámbito escolar como en la sociedad, reducir el riesgo de obesidad y sobrepeso, el fomento de la actividad física y el deporte.”6

También la Ley General de Educación, en su artículo 75 en sus párrafos primero segundo y tercero establecen lineamientos de la SEP y las instituciones educativas para la regulación, prevención y promoción de políticas públicas para garantizar el acceso a una alimentación saludable y desarrollo integral de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes.

“Artículo 75. La Secretaría, mediante disposiciones de carácter general que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación y sin perjuicio del cumplimiento de otras disposiciones que resulten aplicables, establecerá los lineamientos a que deberán sujetarse la preparación, distribución y expendio de los alimentos y bebidas preparados, procesados y a granel, dentro de toda escuela, en cuya elaboración se cumplirán los criterios nutrimentales que para tal efecto determine la Secretaría de Salud, mismos que se deberán evaluar y actualizar al menos cada cinco años”.7

“Las autoridades educativas promoverán ante las autoridades correspondientes, la prohibición de la venta y publicidad de alimentos y bebidas con bajo valor nutricional de acuerdo con los criterios nutrimentales incluidos en el artículo 212 de la Ley General de Salud y las demás disposiciones en la materia de los planteles escolares y sus inmediaciones”.8

“La Secretaría establecerá las bases para fomentar estilos de vida saludables que prevengan, atiendan y contrarresten, en su caso, el sobrepeso y la obesidad entre los educandos, como la activación física, el deporte escolar, la educación física, los buenos hábitos nutricionales, entre otros. En materia de la promoción de la salud escolar”.9

Dichos ordenamientos jurídicos establecen los lineamientos primordiales para la promoción, cumplimiento, prohibición, y mejoramiento de la salud, para prevenir el sobrepeso y obesidad, a fin de garantizar una alimentación adecuada para todos los niños, niñas, adolescentes y jóvenes de todas las instituciones de educación en el país.”10

Con todo lo anterior se justifica la coordinación institucional que debe existir ya que corresponde a las autoridades, en su respectivo ámbito de competencia, y en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, difundir, aplicar y vigilar el cumplimiento de los multicitados lineamientos.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración a está honorable asamblea, la aprobación del siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados solicita, respetuosamente, a las personas titulares de las Presidencias municipales del interior de la República Mexicana y de las alcaldías de la Ciudad de México a cumplir, en el ámbito de su competencia, el acuerdo mediante el cual se establecen los lineamientos generales a los que deberán sujetarse la preparación, distribución y el expendio de los alimentos y bebidas preparados, procesados y a granel, así como el fomento de los estilos de vida saludables en alimentación, dentro de toda escuela y en las inmediaciones del sistema educativo nacional.

Notas:

1 Lineamientos generales a los que deberán sujetarse la preparación, distribución y el expendio de los alimentos y bebidas preparados, procesados y a granel, así como el fomento de los estilos de vida saludables en alimentación dentro de toda escuela del Sistema Educativo Nacional, Articulo Décimo Cuarto.

2 Lineamientos generales a los que deberán sujetarse la preparación, distribución y el expendio de los alimentos y bebidas preparados, procesados y a granel, así como el fomento de los estilos de vida saludables en alimentación dentro de toda escuela del Sistema Educativo Nacional, Artículo Quinto

3 Lineamientos generales a los que deberán sujetarse la preparación, distribución y el expendio de los alimentos y bebidas preparados, procesados y a granel, así como el fomento de los estilos de vida saludables en alimentación dentro de toda escuela del Sistema Educativo Nacional, Artículo Decimo Tercero Frac. V

4 Ley General de la Alimentación Adecuada y Saludable, artículo 17

5 Ley General de la Alimentación Adecuada y Saludable, artículo 17

6 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGE.pdf
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5740005&fecha=30/09/2024#gsc.tab=0
https://elpoderdelconsumidor.org/2022/03/celebramos-la-iniciativa-de-reforma-a-la-ley-general-de-educacion-para
-promover-entornos-escolares-saludables-en-camara-de-diputados/

7 Ley General de Educación Art. 75

8 Ley General de Educación Art. 75

9 Ley General de Educación Art. 75

10 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAAS.pdf

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de septiembre de 2025.

Diputados: Arturo Hernández Tapia (rúbrica), Mónica Angélica Álvarez Nemer (rúbrica), Pedro Mario Zenteno Santaella (rúbrica), Leide Avilés Domínguez (rúbrica), Dionicia Vázquez García (rúbrica), Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado (rúbrica), María del Rosario Orozco Caballero (rúbrica), María Magdalena Rosales Cruz (rúbrica), Eduardo Castillo López (rúbrica), Anay Beltrán Reyes (rúbrica), Leonel Godoy Rangel (rúbrica), Emilio Ramón Ramírez Guzmán (rúbrica), Azucena Arreola Trinidad (rúbrica), María Damaris Silva Santiago (rúbrica), Rosalinda Savala Díaz (rúbrica), Enrique Vázquez Navarro (rúbrica).

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob y a la Secretaría de Bienestar a realizar las acciones necesarias, en el ámbito de sus atribuciones, para atender los daños ocasionados por las lluvias e inundaciones en diversos municipios del estado de Durango durante la primera semana de septiembre de 2025, a cargo de la diputada Martha Olivia García Vidaña, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Martha Olivia García Vidaña, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Primera.- La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece, en su artículo 1, la obligación del Estado de garantizar los derechos humanos de todas las personas, así como de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los mismos. Entre esos derechos se encuentran el derecho a la vida, a la integridad personal y a una vivienda digna, todos ellos vulnerados cuando fenómenos naturales afectan gravemente a la población.

En su artículo 73, fracción XXIX-G, la Carta Magna otorga al Congreso de la Unión la facultad de legislar en materia de protección civil, estableciendo la obligación de coordinar los tres órdenes de gobierno frente a fenómenos naturales que rebasen la capacidad de respuesta local y estatal.

En este marco, la Ley General de Protección Civil establece en su artículo 5 que la protección civil es una responsabilidad compartida entre Federación, estados y municipios, siendo la Secretaría de Gobernación la autoridad responsable de emitir las declaratorias de emergencia y de desastre natural, previa valoración técnica de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y con la participación de la Coordinación Nacional de Protección Civil.

Segunda.- Durante la primera semana de septiembre de 2025, el estado de Durango sufrió graves afectaciones derivadas de lluvias extraordinarias ocasionadas por el huracán Lorena, que impactaron con fuerza en diversas regiones del estado.

El 3 de septiembre de 2025, intensas precipitaciones ocasionaron inundaciones en al menos 40 zonas de la capital del estado, alcanzando niveles de hasta 1.5 metros de altura en fraccionamientos y colonias, lo que obligó a la intervención de cuerpos de auxilio y a la recepción de al menos 42 llamadas de emergencia.

Tercera.- El 7 de septiembre de 2025, la situación se agravó en el municipio de Santiago Papasquiaro, donde el desbordamiento del arroyo La Palestina dejó prácticamente bajo el agua a la comunidad homónima. De acuerdo con reportes periodísticos, cerca de 80 viviendas resultaron dañadas y al menos 150 personas fueron evacuadas hacia refugios temporales en la comunidad de Chinacates.

De igual manera, se mantienen en riesgo municipios como Guadalupe Victoria y Canatlán, donde el incremento en los niveles de presas y caudales amenaza con provocar nuevas inundaciones.

Cuarta.- La magnitud de los daños y el número de familias damnificadas superan claramente la capacidad de respuesta de las autoridades municipales y estatales. En consecuencia, resulta indispensable que el gobierno federal intervenga de manera inmediata, no solo mediante la declaratoria de desastre natural, sino también el despliegue de programas sociales a la población.

En este sentido:

• La Secretaría de Gobernación es la autoridad competente para emitir la declaratoria de desastre natural.

• La Secretaría de Bienestar cuenta con programas sociales de apoyo inmediato a damnificados, como la entrega de enseres domésticos, apoyos a la vivienda y transferencias directas.

Negar o retrasar esta intervención federal sería tanto como dejar a miles de duranguenses a su suerte frente a un fenómeno natural que amenaza sus bienes, su seguridad y su integridad. La solidaridad nacional exige actuar con prontitud.

Por lo expuesto y en cumplimiento de nuestra alta responsabilidad constitucional de velar por la protección de las y los mexicanos, someto a la consideración de la honorable Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita, respetuosamente, a la Secretaría de Gobernación que, una vez realizadas las valoraciones técnicas correspondientes por parte de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y en coordinación con la Coordinación Nacional de Protección Civil, declare a la brevedad posible zona de desastre natural en los municipios de Santiago Papasquiaro (incluyendo el poblado de La Palestina y comunidades aledañas), Durango capital, así como Guadalupe Victoria, Canatlán y demás municipios afectados por las lluvias e inundaciones recientes.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita, respetuosamente, a la Secretaría de Bienestar, para que, en el ámbito de sus atribuciones, active de manera inmediata los programas sociales destinados a la atención de las familias damnificadas en el estado de Durango.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de septiembre de 2025.

Diputada Martha Olivia García Vidaña (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno del estado de Chihuahua y al titular de la Coordinación Estatal de Protección Civil de dicha entidad a emitir de manera inmediata, en el ámbito de sus respectivas competencias, las declaratorias emergencia y desastre para la colonia Juárez, Casas Grandes, Chihuahua, derivado a las graves inundaciones ocasionadas por el desbordamiento del río Piedras Verdes, a cargo de la diputada Teresita de Jesús Vargas Meraz, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, diputada Teresita de Jesús Vargas Meraz, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución por el que se solicita respetuosamente al gobierno del estado de Chihuahua y al titular de la Coordinación Estatal de Protección Civil de Chihuahua, Luis Corral Torresdey, a emitir de manera inmediata, en el ámbito de sus respectivas competencias, las declaratorias emergencia y desastre para la colonia Juárez, Casas Grandes, Chihuahua, derivado a las graves inundaciones ocasionadas por el desbordamiento del río Piedras Verdes.

Consideraciones

El pasado 7 de septiembre de 2025, la colonia Juárez, ubicada en el municipio de Casas Grandes, Chihuahua, fue severamente impactada por el desbordamiento del río Piedras Verdes. Lluvias extraordinarias, generadas por sistemas de baja presión y remanentes de tormentas tropicales, provocaron un incremento súbito del caudal del río, lo que resultó en inundaciones masivas que afectaron viviendas, comercios, tierras agrícolas e infraestructura carretera.

De acuerdo con reportes de Protección Civil de Chihuahua y medios locales, escuelas de la comunidad quedaron completamente dañadas y alrededor de 100 viviendas quedaron destrozadas, por lo que más de 150 familias resultaron directamente afectadas, y cientos más se vieron afectadas de manera indirecta debido a la interrupción de servicios básicos como agua potable y electricidad. Asimismo, caminos rurales y puentes quedaron intransitables, lo que ha dificultado la llegada de ayuda humanitaria y de insumos básicos a las comunidades cercanas.1

La colonia Juárez es un asentamiento histórico y productivo que concentra actividades agrícolas de alto impacto regional, como la producción de manzana, nuez y durazno. Estos productos no solo son esenciales para el consumo interno, sino que forman parte de las cadenas de exportación que posicionan a Chihuahua como uno de los principales estados productores del país. La afectación de estas zonas agrícolas compromete no solo la economía local, sino también el bienestar de cientos de familias que dependen de la agroindustria.2

Por otra parte, la magnitud del desastre no se limita a lo económico. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía.3 reporta que la población de la colonia Juárez asciende a cerca de 1,400 personas. De estas, una proporción significativa pertenece a grupos vulnerables, como niñas, niños, personas adultas mayores y personas con discapacidad. Las inundaciones han generado condiciones de hacinamiento en albergues improvisados, exponiendo a la población a riesgos de salud derivados de enfermedades gastrointestinales, dermatológicas y respiratorias.

Cabe resaltar que el cambio climático ha intensificado la ocurrencia de fenómenos hidrometeorológicos extremos en el norte del país. Según la Comisión Nacional del Agua (Conagua), en su Informe Hidrológico 2024, Chihuahua enfrenta cada vez con mayor frecuencia un patrón dual de sequías extremas y lluvias torrenciales. Esta vulnerabilidad estructural exige una respuesta inmediata de las autoridades para prevenir mayores pérdidas humanas y materiales.4

La Ley General de Protección Civil y la normatividad aplicable en materia de atención a desastres establecen que la emisión de las declaratorias de emergencia y de desastre es un mecanismo fundamental para activar recursos extraordinarios, brindar ayuda humanitaria, rehabilitar infraestructura y garantizar la seguridad de las comunidades afectadas. La omisión o dilación en su emisión puede traducirse en un agravamiento de las condiciones de vulnerabilidad de la población.5

En consecuencia, resulta indispensable que este honorable Congreso de la Unión solicite, con carácter de urgente u obvia resolución, al gobierno del estado de Chihuahua y al titular de la Coordinación Estatal de Protección Civil de Chihuahua, Luis Corral Torresdey, que emitan de manera inmediata, en el ámbito de sus respectivas competencias, las declaratorias emergencia y desastre para la colonia Juárez, Casas Grandes, Chihuahua, derivado a las graves inundaciones ocasionadas por el desbordamiento del río Piedras Verdes.

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados solicita de manera respetuosa al gobierno del estado de Chihuahua y al titular de la Coordinación Estatal de Protección Civil de Chihuahua, Luis Corral Torresdey, que emitan de manera inmediata, en el ámbito de sus respectivas competencias, las declaratorias emergencia y desastre para la colonia Juárez, Casas Grandes, Chihuahua, derivadas de las graves inundaciones ocasionadas por el desbordamiento del río Piedras Verdes y sus afectaciones.

Notas

1 El Heraldo de Chihuahua. (2025). “Graves afectaciones en Colonia Juárez por desbordamiento del río Piedras Verdes”. Chihuahua, México.

2 Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader). (2023). Panorama agroalimentario: Frutales en México. Gobierno de México.

3 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). (2020). Censo de Población y Vivienda.

4 Comisión Nacional del Agua (Conagua). Informe Hidrológico 2024. Gobierno de México.

5 Ley General de Protección Civil. Diario Oficial de la Federación, última reforma 2023.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de septiembre del año 2025.

Diputada Teresita de Jesús Vargas (rúbrica)