Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, para exhortar de la Secretaría de Bienestar a agilizar la implementación del programa para el bienestar de las personas en emergencia social o natural en Puebla, suscrita por los diputados José Antonio López Ruiz y Nora Yéssica Merino Escamilla, del Grupo Parlamentario del PT

Los que suscriben, José Antonio López Ruiz y Nora Yessica Merino Escamilla , diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 65, numeral 4; 79, numeral 1, fracción II; numeral 2, fracciones III, IV y VI, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución por el que se exhorta a la Titular de la Secretaría de Bienestar del Gobierno federal, para que agilice la implementación del Programa para el Bienestar de las Personas en Emergencia Social o Natural , en Puebla , con base en las siguientes

Consideraciones

Derivado de la reforma constitucional de 10 de junio de 2011, que integra la figura de derechos humanos a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en adelante CPEUM), el Estado mexicano tiene la salvaguardar los derechos humanos fundamentales de los gobernados de índole nacional e internacional, siguiendo lo establecido en el artículo 1o de dicho ordenamiento1 .

En este sentido, en el artículo 42 de la CPEUM se han reconocido derechos como el de la alimentación nutritiva, la protección a la salud, medio ambiente sano, acceso al agua y vivienda adecuada. Por lo cual, el Estado tiene la obligación constitucional de garantizar estos derechos plasmados. Así mismo, el derecho a la seguridad es una facultad que le pertenece al Estado, mismo que se encuentra contemplado en el artículo 213 del multicitado ordenamiento.

Esta labor constitucional se alinea a la teoría del Neoconstitucionalismo , siendo que dicha corriente radica en la idea de tutelar los derechos humanos, sin dejar de lado a ninguno, y en el centro de la discusión siempre estará el ser humano4 .

Es por ello que, tomando en consideración que el 8 de septiembre de 2025 se presentó el Paquete Económico para el ejercicio 2026, mismo que está integrado por los Criterios Generales de Política Económica, la Iniciativa de Ley de Ingresos, la Miscelánea fiscal y el Proyecto de Presupuesto de Egreso de la Federación , correspondientes al Ejercicio Fiscal 2026, se señala, en el apartado de Política de gasto pública , que “la política de gasto en 2026 respaldará un modelo de desarrollo con bienestar que garantiza los derechos sociales e impulsa la inversión con un enfoque de prosperidad compartida”5 .

Para lograr estos fines “se priorizarán proyectos de alto impacto social y económico, con énfasis en regiones históricamente rezagadas y en sectores estratégicos para el desarrollo del país”6 .

En este tenor de ideas, es necesario advertir que, en los últimos días en diversos estados del país, tales como Veracruz, Hidalgo, Puebla, San Luis Potosí y Querétaro, se han suscitado una serie de intensas lluvias, por las tormentas tropicales Raymond y Jerry , que han provocado inundaciones y afectaciones severas al bienestar social.

En el estado de Puebla, entre los municipios que presentan afectaciones urgentes de atención prioritaria, derivado de las lluvias intensas, se encuentran “Eloxochitlán, Francisco Z. Mena, Huauchinango, Jalpan, Jopala, Naupan, Nauzontla, Pahuatlán, Teziutlán, Tlacuilotepec, Tlatlauquitepec, Vicente Guerrero, Xicotepec, Zacapoaxtla y Zapotitlán de Méndez7 .

Así pues, estos municipios han presentado “afectaciones por las lluvias (que) alcanzaron 134.8 kilómetros de vialidades, más de 404 derrumbes o deslaves, 24.5 kilómetros de movimiento de asfalto8 , lo cual representa una gran inversión para remediar los daños causados por los eventos naturales.

Derivado de las anomalías climáticas, es necesario destacar que se encuentran personas que no han sido localizadas, lo cual tiene que implicar un esfuerzo por parte del poder ejecutivo para destinar los recursos económicos y humanos, que sean suficientes, con la finalidad de reestablecer un estado de bienestar social. Siendo necesario resaltar que el suscrito diputado López Ruiz ha estimado que el estado de Puebla “podría recibir más de 56 mil millones de pesos de presupuesto federal para 2026”9 .

Lo anterior, es concordante con la visión de país que la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, ha implementado con el Humanismo mexicano, que “reconoce que el crecimiento económico debe ir de la mano con el bienestar de las personas” 10 es por ello por lo que, “el Estado garantizará derechos, fortalecerá la democracia y hará de la justicia social el principio rector de la vida pública11 .

Así mismo, el viernes 17 de enero del 2025 se publicó el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa para el Bienestar de las Personas en Emergencia Social o Natural, para el ejercicio fiscal 2025, programa que opera desde el 2019 y que tiene como objetivo “mitigar los efectos negativos que provocan los fenómenos sociales y/o naturales en la esfera de los derechos sociales de las personas y/o familias, por lo que debe ser visto desde la perspectiva de protección social en una emergencia .”12 Y que tiene como población objetivo las personas que se localicen en el territorio nacional afectadas por una emergencia provocada por un fenómeno social y/o natural, que vulnere su bienestar y derechos sociales .

Así pues, con los recientes eventos y las afectaciones que se han visibilizado a lo largo de los días, es que consideramos de urgente que se agilicen los trámites administrativos a fin de que los afectados en nuestra entidad federativa puedan ser beneficiados por este programa para el Bienestar de las Personas en Emergencia Social o Natural, con la finalidad que esté en posibilidad de atender las problemáticas que se han desencadenado por las anomalías climáticas recientes.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración del pleno de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en estricto respeto al principio federalista de división de poderes, extiende un respetuoso exhorto de urgente y u obvia resolución a la persona titular de la Secretaría de Bienestar del Gobierno federal, para que en el ámbito de sus respectivas competencias, agilice la implementación del Programa para el Bienestar de las Personas en Emergencia Social o Natural, en Puebla, con la finalidad de atender de manera efectiva los eventos causados por los desastres naturales en recientes días.

Notas:

1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 5 de febrero de 1917, México, art. 1, consultado el 13 de octubre en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos .pdf

2. Ibidem, art. 4.

3. Ibidem, art. 21.

4. Carbonell Sánchez, Miguel (coord.), Neoconstitucionalismo, México, Centro de Estudios Carbonell, 2017, p. 8.

5. Presidencia de la República, PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN 2026 ESTRATEGIA PROGRAMÁTICA, RAMO 04 GOBERNACIÓN, 2025, p. 42, consultado el 13 de octubre de 2025 en https://www.ppef.hacienda.gob.mx/work/models/PP3F2609/PPEF2026/Fiw326fP /docs/04/r04_ep.pdf

6. Idem

7. Díaz, Leticia, Reportan 44 muertos en el país por intensas lluvias; Veracruz, Hidalgo y Puebla los más afectados, Revista Proceso, México, 12 de octubre de 2025 consultado el 13 de octubre de 2025 en https://www.proceso.com.mx/nacional/2025/10/12/reportan-44-muertos-en-e l-pais-por-intensas-lluvias-veracruz-hidalgo-puebla-los-mas-afectados-3 60624.html

8. Morales, Carlos, Zavala, Jesús, Ceballos, Miguel & Pérez José, Afectaciones por lluvias en Puebla Hoy: Sheinbaum garantiza que no habrá desamparados y llegan apoyos, Milenio, México, consultado el 13 de octubre de 2025 en https://www.milenio.com/estados/afectaciones-lluvias-puebla-hoy-12-octu bre-2025-vivo

9. Nuñez, Efraín, Puebla recibiría más de 56 mil millones de pesos federales en 2026: López, La Jornada de Oriente, 8 de septiembre de 2025, consultado el 13 de octubre de 2025 en https://www.lajornadadeoriente.com.mx/puebla/presupuesto-federal-puebla -2026-mas-56-mil-millones/

10. Plan Nacional de Desarrollo 2025 - 2030, Gobierno de México, 2025, p. 5, consultado el 7 de octubre de 2025 en https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/981072/PND_2025-2030_v25 0226_14.pdf

11. Idem.

12. Diario Oficial de la Federación. ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa para el Bienestar de las Personas en Emergencia Social o Natural, para el ejercicio fiscal 2025. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/967432/ROP_PESN_17_01_20 25.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de octubre de 2025.

Diputados: Nora Yessica Merino Escamilla, y José Antonio López Ruiz (rúbricas)

Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a nivel federal y del estado de Coahuila a apoyar a la Empresa Municipal de Agua y Saneamiento de Ramos Arizpe en la supervisión del sistema de abastecimiento, a fin de garantizar la potabilidad del agua y proteger la salud pública, a cargo del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del PT

El que suscribe, diputado Ricardo Mejía Berdeja integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la L XVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2 fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como demás disposiciones aplicables, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) para que, en coordinación con la Comisión Estatal de Aguas y Saneamiento de Coahuila, apoye a la Empresa Municipal de Agua y Saneamiento de Ramos Arizpe en la Supervisión del Sistema de Abastecimiento, a fin de garantizar la potabilidad del Agua y proteger la salud pública; conforme a las siguientes

Consideraciones

El acceso al agua potable es un derecho humano fundamental, consagrado en el artículo 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que “toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible ”.

En la ley de Aguas Nacionales reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución Política se establece como un asunto de prioridad y de seguridad nacional.

Asimismo, este principio está reconocido en diversos tratados internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículo 11) y la Observación General No. 15 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU, que establecen la obligación de los Estados de garantizar el acceso equitativo y no discriminatorio al agua.

Sin omitir que el Objetivo 6 de los Objetivos del Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de la ONU, es: Garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todos.

México enfrenta una crisis hídrica creciente que afecta particularmente a las regiones áridas y semiáridas del país, donde la disponibilidad natural del agua es limitada, la sobreexplotación de los acuíferos es severa, y las infraestructuras de captación, almacenamiento y distribución del recurso presentan deficiencias estructurales y técnicas. Estas condiciones han generado una presión insostenible sobre los ecosistemas, el desarrollo agrícola, el abastecimiento urbano y la seguridad hídrica de millones de personas. Además, el cambio climático ha intensificado la frecuencia y duración de las sequías, reduciendo la recarga natural de los acuíferos y aumentando la demanda del recurso hídrico.

Coahuila es un estado donde la escasez de agua tiene un impacto profundo, multifactorial y multidimensional en la población, esta situación se intensifica por el clima árido, las altas temperaturas que caracterizan a la región y las perdidas en la productividad agrícola y ganadera.

Esta situación se agrava cuando el agua que llega a los hogares de las y los coahuilenses no está en las condiciones básicas para ser utilizada.

En el municipio de Ramos Arizpe, Coahuila, la prestación del servicio de agua potable y saneamiento se encuentra a cargo de la Empresa Municipal de Agua y Saneamiento (EMAS), antes denominada COMPARA. Si bien la administración municipal1 encabezada por Tomás Gutiérrez Merino ha anunciado una inversión histórica de 160 millones de pesos para modernizar la infraestructura hídrica, incluyendo la perforación de nuevos pozos, la rehabilitación de otros 46, la instalación de sistemas de micro medición y macro medición para mejorar la gestión del servicio, donde el objetivo es proporcionar agua potable más segura y confiable para todos los hogares y negocios, y mantener un sistema de saneamiento eficiente y sostenible, sin embargo la realidad reportada por la ciudadanía muestra una situación de desabasto recurrente, deficiencia en la atención al usuario y falta de transparencia y de monitoreo de las autoridades responsables ya que la población ignora la calidad del agua que está bebiendo y que están utilizando, pero sí reportan las consecuencias de la calidad del vital líquido.

En mis recorridos, la población de Ramos Arizpe externó su preocupación, específicamente en la colonia Parajes de los Pinos un grupo de colonos ha denunciado que la empresa encargada del agua EMAS hace llegar a sus hogares agua con mal olor, la mayoría de las veces con hedor a drenaje, a veces hasta aguas negras comentan, aguas con alto olor a solventes y en otras ocasiones con mucho cloro que al utilizarla para lavar ropa se despinta y peor aún al bañarse les produce salpullido e irritación en la piel.

Al respecto hay una estrecha relación entre la calidad del agua y los riesgos a la salud. La NOM-127-SSA1-021 es una norma oficial mexicana que establece los límites permisibles de calidad del agua para uso y consumo humano.

Esta norma fue emitida por la Secretaría de Salud y se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 2 de mayo de 2022, y entró en vigor el 27 de abril de 2023. Su objetivo es garantizar que el agua que se somete a tratamientos de potabilización sea apta para el consumo humano, especificando los parámetros y tratamientos necesarios para logarlo.

Al respecto el Instituto de Geofísica y la Universidad Nacional Autónoma publicaron la obra “Hacia el cumplimiento del Derecho Humano al Agua. Arsénico y Fluoruro en agua: riesgos y perspectivas desde la sociedad civil y la academia en México ”; en 2021. La publicación de esta obra representa un avance trascendental e imprescindible porque contextualiza de manera clara y objetiva el estado actual del estudio de las aguas (subterráneas y superficiales) y sus procesos de contaminación en el país .

En ella se indica que: “la presencia de arsénico y fluoruro en el agua subterránea en concentraciones superiores a la norma nacional y a las guías internacionales para agua potable ha sido reportada en varios estados del país.

En el Norte de México, la problemática de salud relacionada con la exposición a arsénico y fluoruro ha sido resaltada en varios estudios y es de alta importancia para la región por ser el agua subterránea la principal fuente para uso y consumo humano. Los estudios indican que con frecuencia arsénico y fluoruro se presentan juntos en agua subterránea extraída en cuencas cerradas 1 y de estos trabajos se desprende que los Estados del Norte de México con mayores problemas en cuanto a estos elementos en el agua son Chihuahua, Durango, Coahuila, Zacatecas, San Luis Potosí, Baja California y Sonora .

El fluoruro y el arsénico están reconocidos como los principales contaminantes inorgánicos que se encuentran presentes en el agua de bebida y han ocasionado daño a la salud a nivel mundial. La exposición al arsénico principalmente por el agua de consumo es un problema grave de salud pública. Esta situación ha sido descrita en algunas partes de Argentina, Bangladesh, Chile, China, Hungría, India, México, Rumania, Taiwan, Vietnam y el suroeste de Estados Unidos; en estas regiones se sobrepasa varias veces el límite máximo permisible para agua de consumo humano que en nuestro país es de 0.025 mg/L. Referente al fluoruro, se han reportado concentraciones altas en el agua subterránea de países del norte y sur de América, India, China, Sri Lanka, España, Holanda, Italia y México .

El límite máximo permisible en nuestro país es de 1.5 mg/L en agua para uso y consumo humano. Aunque los valores permisibles en México son 1.5 mg /L para el fluoruro y de 0.025 mg/L referente al arsénico, organizaciones internacionales han establecido límites menores debido a la publicación de los efectos a estos niveles, resultando en 0.7 mg/L y 0.01 mg/L, respectivamente .2

En cuanto al desabasto, en recientes días “vecinos de sectores como Parajes de los Pinos, entre otros, señalaron que el suministro fue suspendido desde el viernes, y aunque ya es lunes, en algunas zonas el servicio sigue sin restablecerse.

Además de la molestia por la falta de agua, los residentes manifestaron su inconformidad por la ausencia de avisos oficiales que les permitieran prepararse para la contingencia: “No contestan en EMAS, no hay información, y nadie nos dice cuánto va a durar. La gente está cansada”, expresó una de las afectadas .

La situación ha obligado a muchas familias a contratar pipas particulares, cuyos precios van desde 300 pesos por carga, un gasto que consideran injusto: “Estamos pagando por un servicio que ya cubrimos en el recibo; no deberíamos desembolsar más por algo que es esencial”, denunció otro vecino .”3

Lo anterior visibiliza la situación hídrica del estado de Coahuila que presenta preocupaciones adicionales de calidad, como la presencia de turbidez, sales disueltas, cloro, lo que hace imperativo reforzar la vigilancia sanitaria y la evaluación técnica de los pozos y fuentes de abastecimiento, garantizando así que el agua distribuida sea apta para el consumo humano.

En este contexto, resulta indispensable que la Empresa Municipal de Agua y Saneamiento (EMAS) rinda cuentas sobre su operación, explique las causas de los cortes frecuentes, transparente su plan de acción para atender el desabasto y fortalezca sus mecanismos de atención a la ciudadanía, priorizando el acceso equitativo al agua como un derecho humano y no como un privilegio.

En el caso de los ayuntamientos la Ley de Aguas para los Municipios del Estado de Coahuila, el artículo nueve establece que

Artículo 9.- Las fuentes de abastecimiento de agua potable, cuando se trate del uso de aguas de propiedad de la nación, serán determinadas por la dependencia federal a quien legalmente competa dicha atribución, con sujeción a los ordenamientos jurídicos relativos. Los organismos operadores deberán solicitar a dicha dependencia las asignaciones respectivas y la asesoría técnica y profesional que requieran para su adecuada explotación .

La ausencia de información oportuna y la falta de comunicación efectiva vulneran los principios de transparencia, rendición de cuentas y atención ciudadana, pilares de una administración pública responsable y sensible a las necesidades de su población.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este pleno, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) y a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) a que, en coordinación con la Comisión Estatal de Aguas y Saneamiento de Coahuila, brinde asistencia técnica a la Empresa Municipal de Agua y Saneamiento de Ramos Arizpe para la supervisión técnica y sanitaria del sistema de abastecimiento, con el propósito de asegurar la potabilidad del agua y prevenir riesgos a la salud pública.

Segundo. Se exhorta a la Empresa Municipal de Agua y Saneamiento (EMAS) del municipio de Ramos Arizpe, Coahuila, a garantizar el suministro continuo y de calidad de agua potable, priorizando las colonias del poniente y demás sectores que enfrentan cortes frecuentes, y a establecer protocolos efectivos de comunicación con la ciudadanía ante contingencias hídricas.

Notas:

1. Sevilla, Maricela. (2025/04/18) https://www.elsiglodetorreon.com.mx/noticia/2025/ramos-arizpe-presenta- su-nueva-empresa-municipal-de-agua-y-saneamiento-emas.html

2. Disponible en línea: https://www.geofisica.unam.mx/libros/IGEF_derecho_humano_al_agua_2021_1 ed.pdf

3. Sevilla, Maricela. (2025/10/06) Vecinos de Ramos Arizpe reportan falta de agua. El Siglo de Torreón. Disponible en https://www.elsiglodetorreon.com.mx/noticia/2025/vecinos-de-ramos-arizp e-reportar-falta-de-agua.html

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de octubre de 2025

Diputado Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica)