Gaceta Parlamentaria, año XXVIII, número 6897-III-5, miércoles 15 de octubre de 2025
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa y a la SEP a realizar campañas de información sobre la prevención del contagio del virus de papiloma humano (VPH), así como la instrumentación de una campaña de vacunación con difusión masiva, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito, diputado Emilio Suárez Licona, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión y con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta asamblea la proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Salud en coordinación con la Secretaría de Educación Pública a realizar una campaña de información sobre la prevención del contagio del virus de papiloma humano, dirigida a niñas, niños y adolescentes, a partir del quinto grado de primaria, así como una campaña de vacunación con difusión masiva, para inmunizar a las niñas, niños y adolescentes contra el virus del papiloma humano (VPH), al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
De acuerdo con cifras del Instituto Mexicano del Seguro Social, el cáncer cérvico uterino ocupa el segundo lugar en incidencia, con aproximadamente 13 casos por cada 100 mil mujeres, y una tasa de mortalidad de nueve casos por cada 100 mil pacientes1 . Aunado a lo anterior cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, Inegi, indican que los tumores malignos de cuello del útero son la segunda causa de muerte por cáncer en mujeres entre los 20 y 59 años de edad2 .
El cáncer cervical es un problema de salud pública que afecta principalmente a los países de ingresos medios y bajos. La incidencia del cáncer cervicouterino en México, en 2022, fue de 13.2 casos por 100 mil mujeres. No obstante, la tasa de este tipo cáncer en México triplica la meta de la Organización Mundial de la Salud de cuatro casos por 100 mil mujeres-año3 .
Según la Organización Panamericana de la Salud (OPS), la elevada carga de enfermedad del cáncer cervicouterino en las Américas representa un problema de salud pública de primer orden que debe ser abordado mediante una estrategia integral e interprogramática, que incluya salud sexual y reproductiva, salud en adolescentes, inmunización y control del cáncer cervicouterino. El cáncer cervicouterino es una enfermedad con una larga historia natural por lo que ofrece múltiples oportunidades de intervención a lo largo de la vida de la mujer mediante estrategias efectivas de prevención primaria y secundaria junto a un adecuado manejo diagnóstico y terapéutico de los casos4 .
La OMS, señala como uno de los principales causantes del cáncer de cuello de útero al virus del papiloma humano (VPH) considerado como uno de los mayores problemas de salud pública en el mundo.
El cáncer cervicouterino provocado por el VPH es considerado como uno de los mayores problemas de salud pública en el mundo. Hay más de 100 tipos de este virus, de los cuales 40 se transmiten sexualmente infectando los genitales de hombres y mujeres, de estos son los tipos 16 y 18 los responsables de 70 por ciento de los casos de cáncer asociados a VPH, y se suman con 20 por ciento los tipos 31, 33, 45, 52 y 58. Adicionalmente, es bien conocido que las verrugas genitales están relacionadas con los tipos 6 y 11 en 90 por ciento de los casos.
La transmisión del VPH se da por contacto sexual, sin embargo, no se necesita una relación sexual con penetración para que se realice la transmisión del virus. El contacto con la piel de la zona genital resulta ser también un modo de transmisión.
Si bien es cierto que anteriormente se asociaba el VPH con el cáncer cervicouterino, y por lo tanto con mujeres, actualmente se ha demostrado que es una enfermedad que afecta a ambos sexos.
Algunas otras enfermedades que perjudican a la mujer derivadas del virus son el cáncer vulvar, vaginal, ano, orofaringe, y la papilomatosis o condilomatosis; sin embargo, los hombres también padecen complicaciones por esta infección, tales como cáncer de ano, cáncer orofaríngeo, y quizás en menor grado, cáncer de pene, papilomatosis y condilomatosis.
Como señala la OPS, la prueba de Papanicolau ha sido utilizada históricamente para la detección precoz del cáncer cervicouterino. En muchos países en desarrollo, incluyendo países de América Latina y el Caribe (ALC), la utilización de la citología no se ha visto acompañada de una reducción de la mortalidad comparable a la registrada en los países desarrollados.
El fracaso de los programas de tamizaje en ALC no sólo se debe a las limitaciones de la citología como prueba de tamizaje sino también a la organización de los servicios sanitarios y diferentes barreras de acceso y culturales. En este contexto, el desarrollo y la disponibilidad de nuevas tecnologías para el cribado, así como vacunas contra el VPH, ofrece oportunidades sin precedentes para lograr la prevención y el control del cáncer cervicouterino.
La OPS subraya que se dispone de vacunas profilácticas seguras y eficaces frente a los tipos oncogénicos de VPH, que permiten la prevención primaria de aproximadamente 70 por ciento de los casos de cáncer cervicouterino causados por dichos tipos de VPH.
En 2018 el 56 Consejo Directivo de la OPS aprobó el Plan de Acción para la Prevención y Control del Cáncer cervicouterino 2018-2030, con el objetivo principal de ayudar a los Estados miembros a elaborar programas amplios de control del cáncer cervicouterino. La OMS lanzó en 2020 una estrategia para acelerar la eliminación del cáncer cervicouterino como un problema de salud pública, con metas específicas para la vacunación, tamizaje y tratamiento.
Para alcanzar esta meta, la Estrategia propone tres objetivos para los países para 2030:
90 por ciento de cobertura de la vacunación contra el VPH en niñas (a los 15 años)
70 por ciento de cobertura de detección (70 por ciento de las mujeres se someten a pruebas de alta precisión a las edades de 35 y 45 años);
90 por ciento de tratamiento de lesiones precancerosas y manejo de 90 por ciento de los casos de cáncer invasivo;
Ahora bien, existe un enorme desconocimiento en la población mexicana sobre este tema, incluyendo la existencia de vacunas seguras y efectivas para la prevención del VPH.
A pesar de lo anterior, en nuestro país existe un enorme desconocimiento de la prevención del VPH y no se han hecho los esfuerzos suficientes para concientizar a la población de la importancia de la vacunación para evitar contraer el virus.
La vacuna del VPH se puede aplicar a personas de cualquier sexo y en cualquier etapa de la vida, sin embargo, se considera, que lo ideal es que sea a partir de los 10 años y antes de que la persona comience su vida sexual, con el fin de evitar que haya exposición a alguna cepa de este virus.
La edad de 10 años se considera ideal para la vacunación contra el VPH porque se ha demostrado que la respuesta inmunitaria a la vacuna es más fuerte en los niños más jóvenes, antes de que estén expuestos al virus. Además, esta edad coincide con las revisiones médicas de rutina, facilitando la administración de la vacuna, y permite que los niños estén protegidos antes de iniciar su vida sexual activa.
En la última campaña de vacunación, el gobierno mexicano aplicó la vacuna tetravalente, que protege contra los tipos 6, 11, 16 y 18, en consultorios privados se puede obtener la nonavalente para los tipos 6, 11, 16, 18, 31, 33, 45, 52 y 58.
Existen tres vacunas autorizadas en el país y son efectivas contra el VPH, la diferencia radica en la cantidad de serotipos de los que protege. De hecho, los lineamientos de la campaña destacan que 70 por ciento de las enfermedades precancerosas e invasoras pueden atribuirse directamente a los tipos de VPH 16 y 18, para los que cualquiera de ellas ofrece protección6 .
De acuerdo con lo que establece la fracción VIII del artículo 134 de la Ley General de Salud:
La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, realizarán actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control de las siguientes enfermedades transmisibles:
VIII. Sífilis, infecciones gonocóccicas, virus del papiloma humano y otras enfermedades de transmisión sexual;
...
En congruencia con lo anterior, la vacuna contra el VPH se encuentra dentro del Programa de Vacunación Universal. Ahora bien, en reciente actualización respecto a los Lineamientos Generales del Programa de Vacunación 2025, se menciona que la vacuna estará disponible para los niños y niñas de quinto grado de primaria es decir de 10 años y de 11 años no escolarizados y que los menores recibirán el esquema de una monodosis contra el VPH a partir de la campaña de vacunación contra el VPH en este 2025. Sin embargo, la realidad es que ni la Secretaría de Educación Pública, ni la Secretaría de Salud han emprendido una campaña de difusión suficientemente eficaz en medios para hacerla del conocimiento de toda la población.
Es por esta razón que en el Grupo Parlamentario del PRI exigimos que se haga una difusión masiva sobre la posibilidad de inmunización contra el VPH y que se realicen los esfuerzos necesarios para que las niñas, niños y adolescentes puedan vacunarse, ya sea en sus escuelas o en los centros de salud de todo el país.
No podemos permitir que si se cuenta con una vacuna segura y eficaz para prevenir el VPH no se utilice para inmunizar a la población; por ello en el PRI queremos ser enfáticos en la necesidad de una difusión masiva a fin de conseguir vacunar al mayor número de personas y con ello prevenir una de las enfermedades que más afecta a las mujeres.
Por lo expuesto, someto a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Salud en coordinación con la Secretaría de Educación Pública a realizar una campaña de información sobre la prevención del contagio del virus de papiloma humano, dirigida a niñas, niños y adolescentes, a partir del quinto grado de primaria.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Salud en coordinación con la Secretaría de Educación Pública a realizar una campaña de vacunación con difusión masiva, para inmunizar a las niñas, niños y adolescentes contra el virus del papiloma humano.
Notas
1 IMSS, Comunicado de Prensa número 161/2025 visible
en:
https://www.imss.gob.mx/prensa/archivo/202503/161#:~:text=Inform%C3%B3%20que%20en%20M%C3%A9xico%20para,
por%20cada%20100%20mil%20pacientes;
fecha de consulta: 16 de junio de 2025.
2 Inegi, Comunicado de Prensa 39/25 Estadísticas a propósito del Día Mundial contra el Cáncer 4 de febrero de 2025, visible en: https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2025/EAP_DM vsCancer25.pdf fecha de consulta: 16 de junio de 2025
3 Tamizaje del cáncer cervical, Leith León-Maldonado, D en SP,(1,*) Nancy López-Olmedo, PhD en Epid Nutr, et alt. Fecha de Consulta: 16 de junio de 2025.
4 OPS Cáncer Cervicouterino visible en: https://www.paho.org/es/temas/cancer-cervicouterino fecha de consulta: 16 de junio de 2025.
5 Animal Político. Vacuna contra el VPH: ¿A qué edad y dónde te puedes vacunar? Visible en:
https://www.animalpolitico.com/verificacion-de-hechos/te -explico/vacuna-contra-vph-donde fecha de consulta: 16 de junio de 2025.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de octubre de 2025.
Diputado Emilio Suárez Licona (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía exhorta a diversas autoridades de la CDMX a revisar criterios de aplicación de sanciones administrativas, en materia de clausura de establecimientos, a cargo de la diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, Mónica Elizabeth Sandoval Hernández, diputada a la LXVI Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
El marco normativo de nuestro país contempla diversas sanciones como la clausura de establecimientos mercantiles, que se entiende como una sanción que la autoridad administrativa implementa frente al incumplimiento de una norma o disposición, cuya finalidad es impedir el funcionamiento del establecimiento mercantil de manera parcial o total, temporal o permanente, lo anterior bajo el supuesto de la protección de la propia ciudadanía.
Los marcos legales tanto federales como locales establecen una serie de requisitos y reglamentaciones para el funcionamiento de las diversas actividades económicas en nuestro país. Como se refiere en el párrafo anterior en el caso de la Ciudad de México, la Ley de Establecimientos Mercantiles, que se publicó en la Gaceta Oficial del entonces Distrito Federal y el Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles de la Ciudad de México en materia de aforo y de seguridad en establecimientos de impacto zonal. Establece que las autoridades que pueden imponer una clausura a un negocio mercantil son: Instituto de Verificación Administrativa, Protección Civil, la alcaldía, Agencia de Protección Sanitaria, Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial, y que las razones para las posibles clausuras se sustentan en la falta de permisos adecuados.
Señalar y reconocer las facultades administrativas de las autoridades en referencia a las clausuras resulta importante, pues para esta representación nuca será el objetivo el intentar limitar las facultades administrativas de las autoridades, consagradas en las leyes.
Empero resulta necesario a la luz de los marcos legales y de los derechos de la ciudadanía reflexionar sobre circunstancias documentadas por diversos medios tanto locales como nacionales en referencia a acciones implementada por autoridades locales de la Ciudad de México.
La Ciudad de México y el Instituto de Instituto de Verificación Administrativa, en los últimos meses han tomado relevancia como consecuencia de diversas denuncias públicas y en redes sociales de presuntas clausuras arbitrarias, extorsión y colusión con funcionarios de alcaldías ejercidas contra establecimientos que operan en la ciudad.
Notas periodísticas refieren que, tan sólo los primeros cuatro meses de 2025, las autoridades colocaron sellos en 406 establecimientos; la cifra supera a los tres años previos1 .
Ante esta representación, abogados especializados en la materia han referido que, desde finales de 2024, el instituto solicita documentación que no está dentro de sus facultades, que no forman parte de los requisitos habituales o que no son necesarios para comprobar que los negocios operan legalmente.
Empresarios y trabajadores refieren que, en el marco de operativos existe una escalada de irregularidades, que los coloca en una circunstancia de vulnerabilidad en la que se han tenido que enfrentar hasta a tres clausuras en menos de dos meses, lo anterior a pesar de contar con toda la documentación vigente. La problemática ha crecido en los últimos meses hasta el grado de la realización de manifestaciones públicas y cierre de avenidas por parte de los locarios y trabajadores. El llamado al gobierno capitalino, han declarado es que, no los clausuren, que se les permita trabajar y se dé una prórroga para poner todo en orden, pero con asesoría sobre la documentación especifica que la autoridad requiere2 .
Las circunstancias antes descritas no sólo generan preocupación en los empleados y dueños, también genera preocupación por la forma en que se está conduciendo un servidor público; toda vez que ese es el sustento de sus familias.
En este contexto es importante resaltar que, para esta representación lo importante es plantear principalmente el hecho de que estamos a favor de la garantía de la seguridad dentro de los establecimientos, sin embargo, en muchas ocasiones son los trabajadores del gremio quienes quedan desprotegidos en los cierres.
De comprobarse que durante la implementación de cierres en los que no se encuentra debidamente acredita la autoridad podría estar incurriendo en violaciones a derechos y esta estaría coartando derecho al trabajo, entendido como un derecho fundamental y esencial para la realización de otros derechos humanos y que constituye una parte inseparable e inherente a la dignidad humana3 .
Datos del Inegi y la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac), revelan que las unidades económicas de la industria restaurantera representan 12.2 por ciento de todos los negocios del país y generan poco más de dos millones de empleos. La industria restaurantera está conformada principalmente por microempresas, ya que 96 de cada 100 unidades económicas corresponden a este tamaño y ofrecen empleos a 70 de cada 100 personas ocupadas en este sector. En términos de producción, generan 55.9 de cada 100 pesos. La Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac), espera que el sector registre un crecimiento de entre 5.5 y 6 por ciento a nivel nacional, lo que sin lugar a dudas representa un avance para la economía local y nacional.
En conclusión y como respuesta a diversas reuniones y entrevistas en las que hemos platicado con diversos actores y representantes de los establecimientos y restaurantes en la Ciudad de México, consideramos indispensable reconocer que las labores para la clausura de establecimientos clandestinos no deberían de afectar a aquellos que se han forzado por cumplir con el marco legal aplicable en nuestra ciudad.
Y que como un apoyo y respaldo a los establecimientos que cumplen a cabalidad con los requisitos del marco legal aplicable en nuestra ciudad, solicitamos y exhortamos a las autoridades de la Ciudad de México a que se establezcan y definan protocolos
claramente establecidos que definan los criterios de inspección, causales de sanción, procesos para el desahogo de pruebas y fundamentalmente mecanismos y acuerdos previos que eviten se violen derecho de las personas dueñas y trabajadores de establecimientos en la Ciudad de México.
Por lo expuesto y fundado, sometemos a consideración de este honorable pleno la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados, con total respeto de la división de poderes, formula atento exhorto a autoridades de la Ciudad de México y de los gobiernos de las alcandías a revisar criterios de aplicación de sanciones administrativas en materia de clausura de establecimientos, con la finalidad de que se implementen avisos previos y mecanismos diversos para atender y regular su situación. Para después proponer acuerdos conciliatorios como medidas previas, y mecanismos de resolución a conflictos, para evitar la colocación de sellos de clausura y cierre de establecimientos, con la finalidad de que se garanticen los derechos, principalmente de las trabajadoras y los trabajadores que laboran en dichos establecimientos.
Notas
1 Mora Karla (31 de mayo de 2025). Clausuras de comercios en CDMX rompen récord en lo que va del año. El Sol de México
2 Bravo Elba M. y Pérez Mara X. Pérez (3 de julio de 2025). Restauranteros protestan contra el Invea. La Jornada.
3 Comisión Nacional de Derechos Humanos. (agosto de 2017) Derecho Humano al Trabajo y Derechos Humanos en el trabajo.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de octubre de 2025.
Diputada Mónica Elizabeth Sandoval Hernández (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a fortalecer la vigilancia de la venta de medicamentos para reducir el peso corporal y exigir receta médica para su consumo, a cargo del diputado Emilio Suárez Licona, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito, Emilio Suárez Licona, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios a vigilar la venta de medicamentos para reducir peso corporal, como es el caso de la semaglutida y exigir receta médica para su consumo, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
Existen medicamentos que, en su creación fueron pensados y autorizados para un tratamiento concreto y se emplean para patologías diferentes, a este tipo de usos se le conoce como off label o fuera de etiqueta, que sería la traducción literal.
En el uso off label puede que lo más difícil sea determinar cuándo está justificado un uso de medicamentos fuera de indicación. Por ejemplo, en medicamentos más conocidos, con muchos años en el mercado o con amplio perfil de seguridad existe menos riesgo de provocar reacciones adversas que otro con menor experiencia en el mercado o con estrecho margen terapéutico. Además, si existe una evidencia suficiente, a pesar de que no esté recogido en la ficha técnica se puede justificar su uso, incluso hay ocasiones en las que un uso durante un cierto tiempo da pie a una modificación en ficha técnica para incluir otra indicación1 .
Existen varios ejemplos de uso off label de medicamentos;
Gabapentina: En la ficha técnica está registrado como un medicamento antiepiléptico y como uso off label se emplea en enfermedades psicóticas como la depresión o trastorno bipolar.
Metformina: Está registrado como antidiabético, tiene un uso off label en tratamientos de ovarios poliquísticos, o en obesidad.
Omeprazol: Éste es un medicamento que se emplea fuera de las indicaciones de la ficha técnica en menores de un año, en casos puntuales.
En el caso de la semaglutida , mejor conocida por nombres comerciales como Ozempic o Wegovy su uso aprobado por la FDA (Food and Drug Adminstration ) es para un diagnóstico de Diabetes tipo 2 y el uso que se le ha dado fuera de etiqueta es la pérdida de peso.
La semaglutida, es un principio activo cuyo mecanismo de acción consiste en imitar la función de la hormona GLP-1 o Glucagón tipo 1, que se produce naturalmente en el intestino delgado después de las comidas. Esta hormona estimula la liberación de insulina y reduce los picos de glucosa, lo que ayuda a regular los niveles de azúcar en la sangre. Asimismo, ralentiza la velocidad en la que los alimentos abandonan el estómago. Por ello, las personas se sienten saciadas durante más tiempo2 .
Como mencionamos anteriormente, la semaglutida (Ozempic o Wegovy) es un fármaco inyectable que es imitador de la hormona GLP-1. Cuenta con presentaciones con dosis de 0.25 mg/ 0.50 mg, 1 mg y 2mg inyectables y también existe la presentación en tabletas, de uso oral.
Este medicamento se administra una vez por semana y se utiliza en pacientes con diabetes no controlada. No obstante, ha demostrado beneficios adicionales como la reducción del riesgo cardiovascular y la pérdida de peso.
De acuerdo con NIH (Institutos Nacionales de Salud de los Estados Unidos); la semaglutida puede aumentar el riesgo de desarrollar tumores de la glándula tiroidea, incluyendo carcinoma medular de tiroides (CMT; un tipo de cáncer de la tiroides). Los animales de laboratorio a los que se les dio semaglutida desarrollaron tumores, pero se desconoce si este medicamento aumenta el riesgo de desarrollo de tumores en humanos. Es por ello por lo que el uso del medicamento debe estar supervisado por un médico con conocimiento sobre CMT o síndrome de neoplasia endócrina múltiple tipo II (NEM II; afección que ocasiona tumores en más de una glándula del cuerpo)3 .
Cabe señalar que esta misma institución recomienda que el medicamento se use para control de la diabetes de la siguiente forma:
La presentación de la semaglutida debe en tabletas para tomar por vía oral. Por lo general, se toma con el estómago vacío una vez al día al levantarse. Se debe tomar la semaglutida con un sorbo de agua (no más de 4 onzas [120 ml]) por lo menos 30 minutos antes de comer o merendar, beber o tomar cualquier otro medicamento4 .
A pesar de lo anterior, la semaglutida se ha comercializado como una forma rápida para perder peso, sin considerar los riesgos que el propio NIH (Institutos Nacionales de Salud de los Estados Unidos) ha publicado; a saber: Aumento de riesgo de desarrollar tumores tiroideos, incluido un tipo de cáncer de tiroides. La inyección de semaglutida provocó tumores de tiroides en ratas. No se ha determinado si este medicamento eleva el riesgo de formación de tumores en seres humanos.
La inyección de semaglutida puede ocasionar efectos secundarios.
- náuseas
- vómitos
- diarrea
- dolor de estómago
- estreñimiento
- acidez estomacal
- eructos
- secreción nasal o dolor de garganta
- dolor de cabeza5
Figuras como Oprah Winfrey o la tenista Serena Williams han sido promotoras del uso de este tipo de medicamentos creando una demanda inusitada en personas que no cuentan con un diagnóstico o un seguimiento médico adecuado.
En las farmacias de nuestro país, a diferencia de Estados Unidos, no se exige la presentación de una receta para surtir semaglutida (Ozempic o Wegovy) cuya presentación más común es en inyecciones de 0.25 mg-0.5 mg/dosis, con un costo de 4 mil 300 pesos en promedio, es por ello por lo que se ha generado una demanda no solo para nacionales sino, para extranjeros quienes aprovechan la falta de regulación a fin de adquirir este tipo de medicamento sin receta médica.
Así, podemos ver en los principales centros turísticos como Cancún, Playa del Carmen, Los Cabos, etcétera, una proliferación de farmacias que ofrecen semaglutida (Wegovy, Ozempic) y una variedad de medicamentos para bajar de peso sin ningún tipo de vigilancia o control por parte de las autoridades sanitarias.
La venta de un medicamento con estas características requiere supervisión de un profesional de la salud, para no poner en riesgo a quien lo consume.
A nivel mundial, las ventas de la semaglutida (principio activo de Ozempic y Wegovy) siguieron siendo muy rentables para la compañía farmacéutica que lo produce, con ingresos totales de aproximadamente $26 mil millones en 2024.
América del Norte fue el mercado más grande, pero la demanda global en general generó un aumento en las ventas. Durante 2024 la diferencia de precio entre México y otros países, como Estados Unidos, generó un aumento en el llamado turismo médico, es decir, personas que cruzan la frontera para adquirir medicamentos a menor costo o sin la necesidad de presentar receta médica.
De acuerdo con lo establece la Ley General de Salud en la fracción VII del artículo 17 bis, corresponde a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, ejercer el control y vigilancia sanitarios de la publicidad de las actividades, productos y servicios a los que se refiere la ley y sus reglamentos.
Derivado de lo anterior y ante el crecimiento en la venta y consumo de la semaglutida, sin contar con receta o seguimiento de personal de salud calificado, resulta imperativo que la Cofepris exija la presentación de receta médica para su venta, a fin de reducir los riesgos en el uso de este tipo de medicamentos.
Por esta razón y por estar convencido que es nuestra obligación proteger la salud de la población, pongo a consideración de la asamblea la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del onorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios a vigilar la venta de medicamentos para reducir peso corporal, como es el caso de la semaglutida y exigir receta médica para su consumo.
Notas
1 Asefarma. ¿Qué es el uso off label de medicamentos? 16 octubre de 2018. Visible en: https://www.asefarma.com/blog-farmacia/que-es-el-uso-off-label-de-medic amentos Fecha de consulta 25 de agosto de 2025.
2 Ozempic: Una nueva esperanza para quienes luchan contra la diabetes tipo 2 y la obesidad, visible en: https://hospitalcmq.com/es/blog/ozempic/ fecha de consulta 22 de agosto de 2025.
3 NIH Medline Plus, visible en: https://medlineplus.gov/spanish/druginfo/meds/a619057-es.html fecha de consulta 25 de agosto de 2025.
4 Ídem.
5 Ídem.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de octubre de 2025.
Diputado Emilio Suárez Licona (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía expresa su solidaridad con las víctimas de las recientes inundaciones y exhorta a la Presidencia de la República a convocar al Consejo Nacional de Protección Civil, con el propósito de evaluar la situación actual del país ante los recientes desastres naturales, coordinar acciones interinstitucionales, elaborar, aprobar y publicar el programa nacional de protección, así como evaluar el modelo actual de atención a desastres con la finalidad de restablecer el Fonden, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión y con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
La semana pasada nuestro país fue testigo de una de las tragedias naturales más devastadoras que hemos vivido en los últimos años. Las intensas lluvias registradas en el dejaron afectaciones severas en los estados de Veracruz, Puebla, Hidalgo, San Luis Potosí y Querétaro. Hasta el momento se tiene conocimiento de que estas inundaciones han dejado un saldo de 64 muertos y 65 desaparecidos, además de miles de damnificados que hoy enfrentan una crisis humanitaria de grandes proporciones.
De acuerdo con reportes oficiales las lluvias torrenciales derivadas de los remanentes de los sistemas tropicales Priscilla y Raymond provocaron desbordamientos de ríos, deslaves, cortes de carreteras y destrucción de viviendas en diversas regiones de dichas entidades. En Veracruz resultaron afectados 40 municipios, de los cuales 22 presentan los daños más severos; en Puebla, se reportan 23 municipios con afectaciones graves; en Hidalgo, 28 municipios sufrieron inundaciones y deslaves; y en San Luis Potosí, 12 municipios registraron daños en viviendas, caminos y servicios básicos. A ello se suman los estragos en diversas localidades de Querétaro, donde los desbordamientos de ríos y arroyos obligaron a la evacuación de cientos de familias. A nivel nacional, se estiman más de 100 mil viviendas dañadas, decenas de comunidades aisladas y miles de personas en albergues temporales.1
Ante estos acontecimientos, la ausencia de un mecanismo institucional sólido para la atención de desastres naturales, como lo fue el Fondo de Desastres Naturales (Fonden), ha dejado al país en una situación de vulnerabilidad e improvisación ante este tipo de emergencias.
El Fonden fue creado en 1996 por el gobierno federal de México como respuesta a la necesidad de mejorar la capacidad del país para gestionar riesgos y atender desastres naturales, especialmente tras los devastadores terremotos de los años 80. Este instrumento financiero interinstitucional se diseñó para garantizar la disponibilidad inmediata de recursos tras la ocurrencia de desastres naturales, con el objetivo de financiar la reconstrucción de infraestructura pública y viviendas de personas de bajos recursos, sin comprometer los presupuestos existentes ni los programas públicos aprobados.
El Fonden buscaba mitigar los efectos de fenómenos naturales perturbadores, proporcionar asistencia de emergencia a las poblaciones afectadas y apoyar la recuperación y reconstrucción de infraestructura y viviendas dañadas. Su creación marcó un paso importante en la consolidación de la Gestión Integral de Riesgos en México, integrándola al proceso de planeación y fortaleciendo las capacidades institucionales para prevenir y responder eficazmente a desastres.
Este fideicomiso era operado por Banobras mediante el cual se canalizaban los recursos del Programa Fonden para la Reconstrucción. Una vez que el financiamiento quedaba aprobado para un fin específico, dichos recursos quedaban etiquetados en una subcuenta del Fideicomiso; también actuaba como autoridad contratante de seguros y otros instrumentos de transferencia de riesgos.
El Fideicomiso público Preventivo de Desastres Naturales, Fipreden, también operado por Banobras, canalizaba los recursos del Fondo de Prevención de Desastres Naturales, Fopreden, hacia actividades preventivas previamente autorizadas, orientadas a reducir los riesgos ante desastres naturales.2
Hasta antes de la reforma de 2020, el artículo 37 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establecía que el Fonden y sus distintos mecanismos debían contar cada año con al menos 0.4 por ciento del gasto programable, lo que garantizaba su financiamiento permanente. Sin embargo, dicha obligación fue eliminada en 2020, dejando al fondo sin una fuente presupuestal asegurada.3
Cabe destacar que el Fonden asignaba recursos conforme a reglas de operación claras, y que los recursos no utilizados al cierre del ejercicio fiscal se transferían a los fideicomisos Fonden y Fipreden como reservas financieras, destinadas a ser empleadas en ejercicios subsecuentes. Este diseño aseguraba continuidad, transparencia y disponibilidad inmediata de recursos frente a emergencias y acciones preventivas.4
Sin embargo, en 2021, la mayoría oficialista en el Congreso eliminó 109 fideicomisos públicos, incluido el Fonden, bajo la política de austeridad promovida por el expresidente Andrés Manuel López Obrador, argumentando malos manejos y duplicidad de funciones. En vez de fortalecer la transparencia y rendición de cuentas en el manejo del fondo, optaron por su desaparición.
Actualmente, la atención a desastres naturales en México ya no se realiza mediante el Fonden como un fideicomiso autónomo, sino a través de partidas presupuestales anuales controladas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).5
Este esquema implica que no existen recursos reservados ni montos preasignados que puedan liberarse de manera automática e inmediata ante una emergencia. Cada vez que ocurre un desastre, los gobiernos estatales y municipales deben presentar reportes, dictámenes de daños y solicitudes formales de apoyo a la Federación, para que Hacienda evalúe y autorice la liberación de recursos.
En la práctica, esto significa que la respuesta federal depende de decisiones discrecionales y procesos administrativos lentos, lo que retrasa la llegada de la ayuda, sobre todo durante los primeros días críticos, cuando las comunidades afectadas más la necesitan.
Además, los recursos que antes integraban el fideicomiso del Fonden fueron transferidos a la Tesorería de la Federación, lo que eliminó la autonomía operativa, las reglas de acceso automáticas y la transparencia en su ejercicio. Aunque el gobierno federal ha informado que cuenta con una partida de alrededor de 19 mil millones de pesos para emergencias, dichos recursos forman parte del presupuesto general y no constituyen un fondo permanente ni de libre disposición inmediata, además es un monto insuficiente frente a los costos históricos de reconstrucción, que en algunos casos han superado los 30 mil millones de pesos.
El análisis de la evolución presupuestaria del Fonden entre 2004 y 2022 muestra un crecimiento promedio anual real del 14.4 por ciento. El presupuesto más alto se registró en 2018, impulsado por la necesidad de atender los daños causados por los sismos de 2017. Otro incremento significativo ocurrió en 2011, coincidiendo con el año más caótico en desastres naturales según la Cruz Roja. Por otro lado, los años con menor asignación presupuestaria fueron entre 2007 y 2010, periodo en el que se consolidaron las reglas de operación y los fideicomisos. En cuanto al fideicomiso Fonden, su disponibilidad de recursos al cierre de 2021 fue de 51.5 millones de pesos, reflejando una disminución significativa en comparación con años anteriores, debido al proceso de extinción iniciado en 2020.6
De conformidad con el artículo de José Manuel Arteaga de la Silla Rota, Presupuesto actual del Fonden no alcanza frente a catástrofes: Expetos, en la entrevista realizada a Jorge Cano, coordinador del Programa de Gasto Público y Rendición de Cuentas de México Evalúa y César Augusto Rivera de Jesús, investigador en energía y medioambiente del Centro de Investigación, Económica Presupuestaria (CIEP), argumentan que, ante los desastres en Veracruz, Puebla, Hidalgo y Querétaro, hace falta revitalizar el Fonden del pasado, exponiendo lo siguiente:7
Actualmente, lo que tenemos es una línea presupuestaria en el ramo 23 de Provisiones Salariales y Económicas, que extrañamente se sigue llamando Fonden aunque ya no existe este fideicomiso. Esta línea presupuestaria cuenta para 2025 y 2026 con cerca de 19 mil 500 millones de pesos, esto ya se antoja como un presupuesto bastante limitado, tomando en cuenta que algunos desastres naturales como Otis o algunos que sucedieron en los 90 o en el 2000, han llegado a costar entre 30 mil y 50 mil millones de pesos en daños, entonces está limitado ese presupuesto, expone Cano, de México Evalúa.
Para 2026, el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación contempla una partida de 19 mil 430 millones de pesos.
César Augusto Rivera del CIEP añade que el actual Fonden al ser un programa presupuestal, si bien tiene asignado un gasto, se tiene que ajustar a lo que se le asignó para ese año y si se llega a rebasar, pues hay que depender de lo que tenga que otorgar la Secretaría de Hacienda.
Ante esto, si son montos muy altos, probablemente son recursos que no contemplabas, entonces los montos tendrías que recortar de programas presupuestales, de otros ramos para poder tenerlo o endeudarte. Son situaciones que al final son más más complicadas, asevera.
Agrega que, en los presupuestos aprobados de 2022, 2023 y 2024, no se ejerció nada.
Y si nosotros nos vamos para el 2020, el presupuesto que se tenía aprobado era de 4 mil 567 millones de pesos. Sin embargo, ese mismo año se tuvo que realizar un ejercicio del gasto por 37 212 millones de pesos, es decir, que se superó lo que se tenía aprobado y en ese año sí se ejerció, destaca.
Ante este hecho, menciona que puede haber una partida, pero no es suficiente y se tiene que alargar o se tiene que hacer un sobreejercicio de lo aprobado.
Entonces, creo que para esta situación probablemente podría estar muy por debajo de lo de lo necesario dado lo que hemos estado viendo en la situación en cómo están los estados. Entonces, es muy probablemente que de esto tengan que ser aprobado se va a tener que tener un incremento en el gasto en infraestructura, expone.
Por su parte, Jorge Cano, de México Evalúa, señaló que la eliminación del Fonden significó una gran pérdida para el país, no sólo porque se dejó de contar con un ahorro acumulado, sino porque se perdió la gobernanza presupuestaria que garantizaba su financiamiento. Antes de su desaparición, el fondo recibía 0.4 por ciento del gasto programable anual, lo que habría permitido contar hoy con cerca de 28 mil millones de pesos, es decir, 10 mil millones más de lo que actualmente se asigna. Además, al eliminarse el fideicomiso, se perdieron los ahorros y rendimientos financieros que se generaban en los años sin emergencias.
Durante más de dos décadas, el Fonden fue la herramienta financiera más importante del Estado mexicano para atender emergencias derivadas de huracanes, sismos o inundaciones, destacando por tres virtudes fundamentales: rapidez, previsión y transparencia.
Además de la eliminación del Fonden, otro de los aspectos que preocupan es la omisión del gobierno federal para instalar al Consejo Nacional de Protección Civil previsto en el artículo 26 de la Ley General de Protección Civil.
Artículo 26. El Consejo Nacional es un órgano gubernamental consultivo en materia de protección civil. Sus atribuciones son las siguientes:
I. Proponer la aprobación del Programa Nacional de Protección Civil y vigilar el cumplimiento de sus objetivos y metas;
II. Proponer el establecimiento de los instrumentos y políticas públicas integrales, sistemáticas, continuas y evaluables, tendientes a cumplir los objetivos y fines de la protección civil;
III. Proponer la emisión de acuerdos y resoluciones generales, para el funcionamiento del Sistema Nacional;
IV. Fungir como órgano de consulta y de coordinación de acciones del gobierno federal y de las entidades federativas para convocar, concertar, inducir e integrar las actividades de los diversos participantes e interesados en la materia, a fin de garantizar la consecución del objetivo del Sistema Nacional;
V. Promover la efectiva coordinación de las instancias que integran el Sistema Nacional y dar seguimiento de las acciones que para tal efecto se establezcan;
VI. Proponer el establecimiento de medidas para vincular al sistema nacional con los sistemas de las entidades federativas y municipales de protección civil;
VII. Fomentar la participación comprometida y corresponsable de todos los sectores de la sociedad, en la formulación y ejecución de los programas destinados a satisfacer las necesidades de protección civil en el territorio nacional;
VIII. Convocar, coordinar y armonizar, con pleno respeto a sus respectivas soberanías, la participación de las entidades federativas y por conducto de éstas, de los municipios, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y de los diversos grupos sociales locales organizados, en la definición y ejecución de las acciones que se convenga realizar en materia de protección civil;
IX. Proponer a la Secretaría de Relaciones Exteriores, los criterios para la celebración y el cumplimiento de los acuerdos internacionales en materia de protección civil;
X. Proponer el establecimiento de las modalidades de cooperación y auxilio internacionales en casos de desastres, de acuerdo con la Secretaría de Relaciones Exteriores y en los términos establecidos en el Reglamento;
XI. Promover el estudio, la investigación y la capacitación en materia de protección civil, identificando sus problemas y tendencias, y proponiendo las normas y programas que permitan su solución;
XII. Promover el desarrollo y la consolidación de una cultura nacional de protección civil;
XIII. Crear grupos de trabajo para el apoyo de sus funciones, y
XIV. Las demás que se establezcan en otras disposiciones normativas y las que sean necesarias para el funcionamiento del Sistema Nacional.
Dicho consejo es el órgano superior de coordinación del Sistema Nacional de Protección Civil (Sinaproc). Está integrado de conformidad con el artículo 27 de la ley, por titulares de dependencias federales, gobiernos estatales, representantes del Poder Legislativo, organismos autónomos y de la sociedad civil, y tiene como función proponer políticas, estrategias y acciones para la prevención, auxilio y recuperación frente a desastres, así como evaluar el cumplimiento de los programas nacionales en la materia.
Artículo 27. El Consejo Nacional estará integrado por el Presidente de la República, quien lo presidirá y por los titulares de las Secretarías de Estado, los Gobernadores de los Estados, el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, quienes podrán ser suplidos por servidores públicos que ostenten cargos con nivel inmediato inferior, y la Mesa Directiva de la Comisión de Protección Civil de la Cámara de Senadores y la de Diputados. En el caso del presidente de la República, lo suplirá el Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, quien a su vez será suplido por el Coordinador Nacional de Protección Civil. Párrafo reformado DOF 19-01-2018, 21-12-2023 El Consejo Nacional podrá asesorarse en la toma de decisiones en materia de protección civil del Consejo Consultivo, en los términos que se establezca en el Reglamento. Los integrantes del Consejo Consultivo podrán ser convocados a las sesiones del Consejo Nacional, por invitación que formule el Secretario Ejecutivo.
Sin embargo, a pesar de su relevancia, el Consejo Nacional no ha sesionado en los últimos años, incumpliendo su obligación legal de reunirse al menos una vez por año, conforme al propio reglamento de la Ley General de Protección Civil. Esta inactividad refleja una falta de coordinación institucional y de planeación estratégica, justo en un contexto en el que los fenómenos naturales se han intensificado y la población afectada carece de respuestas oportunas y articuladas.
Honorable asamblea
Las recientes inundaciones han puesto en evidencia las limitaciones del actual modelo de atención a desastres naturales y la urgente necesidad de restablecer un mecanismo institucional eficaz, permanente y transparente que garantice la protección de la población ante fenómenos cada vez más intensos y frecuentes.
La eliminación del Fonden significó la pérdida de una herramienta financiera probada, que aseguraba agilidad, previsión y gobernanza presupuestaria, pilares fundamentales para una respuesta oportuna del Estado mexicano.
A ello se suma la inoperancia del Consejo Nacional de Protección Civil y la falta de actualización del Programa Nacional de Protección Civil, lo que evidencia una preocupante ausencia de coordinación interinstitucional y de planeación estratégica frente a los riesgos naturales.
Por ello, resulta indispensable que el gobierno federal asuma su responsabilidad en la materia y restituya un fondo nacional con reglas claras, recursos garantizados y participación de los tres órdenes de gobierno, que permita actuar de manera inmediata ante emergencias y reconstruir con transparencia y eficiencia las zonas afectadas. Solo así el Estado podrá cumplir con su deber constitucional de proteger la vida, el patrimonio y la seguridad de las y los mexicanos frente a los desastres naturales.
Por lo expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía el siguiente:
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, expresa su más amplia solidaridad con las víctimas y las familias damnificadas por las recientes inundaciones registradas en los estados de Veracruz, Puebla, Hidalgo, San Luis Potosí y Querétaro y reconoce la labor del personal de rescate, protección civil y Fuerzas Armadas que han participado en las tareas de apoyo a la población afectada.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Presidencia de la República, para que, en su calidad de Presidenta del Consejo Nacional de Protección Civil, convoque de manera urgente a la sesión de dicho órgano, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Protección Civil, con el propósito de evaluar la situación actual del país ante los recientes desastres naturales, coordinar acciones interinstitucionales, así como elaborar, aprobar y publicar el Programa Nacional de Protección Civil, a fin de fortalecer las políticas de prevención, atención y reconstrucción frente a emergencias y fenómenos naturales de gran impacto.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Consejo Nacional de Protección Civil a que realice una revisión técnica, integral e imparcial del actual modelo presupuestal de atención a desastres naturales, con el propósito de valorar la viabilidad de restablecer un fondo nacional permanente, transparente y con reglas de operación claras, similar al extinto Fonden, que garantice la disponibilidad inmediata de recursos y la respuesta oportuna del Estado mexicano ante situaciones de emergencia y reconstrucción.
Notas
1 En coordinación, Gobiernos Federal, Estatales y Municipales, atienden a población afectada por lluvias | Presidencia de la República | Gobierno | gob.mx
2 Centro de Estudios de las Finanzas Públicas. (2022, 24 de febrero). Nota informativa: Fondo de Desastres Naturales Fonden (Nota CEFP 012-2022). https://www.cefp.gob.mx/publicaciones/nota/2022/notacefp0122022.pdf
3 Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
4 Centro de Estudios de las Finanzas Públicas. (2022, 24 de febrero). Nota informativa: Fondo de Desastres Naturales Fonden (Nota CEFP 012-2022). https://www.cefp.gob.mx/publicaciones/nota/2022/notacefp0122022.pdf
5 ¿Qué era el Fonden y por qué resurgió el tema tras las inundaciones en Veracruz? - Infobae
6 Centro de Estudios de las Finanzas Públicas. (2022, 24 de febrero). Nota informativa: Fondo de Desastres Naturales Fonden (Nota CEFP 012-2022). https://www.cefp.gob.mx/publicaciones/nota/2022/notacefp0122022.pdf
7 Exigen reinstaurar fideicomiso Fonden ante limitaciones presupuestales | La Silla Rota
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de octubre de 2025.
Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica)