Gaceta Parlamentaria, año XXVIII, número 6896-I, martes 14 de octubre de 2025
De la Junta de Coordinación Política, con la que informa que el diputado Sergio Gil Rullán fungirá como representante suplente del Poder Legislativo por parte del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano ante el Consejo General del INE
Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 13 de octubre de 2025.
Diputada Kenia López Rabadán
Presidenta de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados
Presente
Por instrucciones del diputado Ricardo Monreal Ávila, presidente de la Junta de Coordinación Política, en atención al oficio CBN/LXVI/056/2025, signado por la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, coordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano y conforme a lo dispuesto en el artículo 41, fracción V, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como artículos 29 y 36, numerales 1 y 4, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, hago de su conocimiento que el diputado Sergio Gil Rullán fungirá como representante suplente del Poder Legislativo por parte del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
Por lo anterior, le solicito atentamente se lleven a cabo las acciones a las que haya lugar. Sin otro particular, aprovecho para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
Licenciada Andrea López Balbuena (rúbrica)
Secretaria Ejecutiva
Del Congreso de la Ciudad de México, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 3 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de sobrecalificación laboral
Recinto Legislativo, a 2 de octubre de 2025.
Diputada Kenia López Rabadán
Presidenta de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados
LXVI Legislatura
Presente
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 31, 32, fracciones XXI y XXIX, de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México, le comunico que el pleno del Congreso de la Ciudad de México, en sesión ordinaria del 2 de octubre de 2025, tuvo a bien aprobar el dictamen a la propuesta de iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se reforma el artículo 3 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de sobrecalificación laboral.
En tal razón, me dirijo a usted para remitir en versión impresa y electrónica los documentos que a continuación se enlistan:
1. Iniciativa con proyecto de decreto.
2. Dictamen de la Comisión de Asuntos Laborales, Trabajo y Previsión Social.
3. Propuesta de la iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se reforma el artículo 3 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de sobrecalificación laboral.
4. Versión estenográfica de la sesión ordinaria del 2 de octubre de 2025.
Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi consideración distinguida.
Atentamente
Diputado Jesús Sesma Suarez (rúbrica)
Presidente de la Mesa Directiva del Congreso de la Ciudad de México, III Legislatura
Diputada Kenia López Rabadán
Presidenta de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.
LXVI Legislatura
Presente
El Congreso de la Ciudad de México, III Legislatura, de conformidad con el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 29, fracción II, 325 y 326 del Reglamento del Congreso de la Ciudad de México, presenta la iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se reforma el artículo 3 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de sobrecalificación laboral, al tenor de la siguiente propuesta:
Único. Se reforma el párrafo segundo del artículo 3° de la Ley Federal del Trabajo para quedar como sigue:
Artículo 3o. ...
No podrán establecerse condiciones que impliquen discriminación entre los trabajadores por motivo de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, estado civil, ni sobrecalificación por experiencia, habilidades o preparación académica; así como cualquier otro que atente contra la dignidad humana.
...
...
Transitorios
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo del Congreso de la Ciudad de México, a los dos días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.
Por la Mesa Directiva
Diputado Jesús Sesma Suarez (rúbrica)
Presidente
Diputada Cecilia Vadillo Obregón (rúbrica),
Secretaria
Diputada Lizzette Salgado Viramontes
Secretaria
Del Congreso de la Ciudad de México, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, a fin de reducir la jornada nocturna
Recinto Legislativo, a 7 de octubre de 2025.
Diputada Kenia López Rabadán
Presidenta de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados
LXVI Legislatura
Presente
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 31, 32, fracciones XXI y XXIX de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México, le comunico que el pleno del Congreso de la Ciudad de México, en sesión ordinaria del 7 de octubre de 2025, tuvo a bien aprobar el dictamen a la propuesta de iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se reforma la Ley Federal del Trabajo, a fin de reducir la jornada nocturna.
En tal virtud, me dirijo a usted para remitir en versión impresa y electrónica los documentos que a continuación se enlistan:
1. Iniciativa con proyecto de decreto.
2. Dictamen de la Comisión de Asuntos Laborales, Trabajo y Previsión Social.
3. Propuesta de la iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se reforma la Ley Federal del Trabajo, a fin de reducir la jornada nocturna.
4. Versión estenográfica de la sesión ordinaria del 7 de octubre de 2025.
Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi consideración distinguida.
Atentamente
Diputado Jesús Sesma Suarez (rúbrica)
Presidente de la Mesa Directiva del Congreso de la Ciudad de México, III Legislatura
Del Congreso de Chihuahua, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Servicio Militar y de la Ley General de Protección Civil, en materia de validación del voluntariado como equivalencia y liberación del servicio militar
Chihuahua, Chihuahua, a 18 de septiembre de 2025.
Diputada Kenia López Rabadán
Presidenta de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presente
Para su conocimiento y los efectos conducentes, le remito copia de la iniciativa ante el Congreso de la Unión número LXVIII/INICU/0007/2025 I P.O. , por medio de la cual el honorable Congreso del Estado de Chihuahua, envía iniciativa con carácter de decreto, a fin de reformar la Ley del Servicio Militar, y adicionar diversas disposiciones a la Ley General de Protección Civil , en materia de validación del voluntariado como equivalencia y liberación del Servicio Militar.
Asimismo, me permito informarle que el dictamen que da origen a dicha resolución, se encuentra para su consulta en la página oficial del honorable Congreso del Estado: https://www.congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/dictamenes/archivosDic tamenes/13791.pdf
Sin otro particular por el momento, le reitero a usted la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.
Atentamente
Diputado Guillermo Patricio Ramírez Gutiérrez (rúbrica)
Presidente del honorable Congreso del Estado
Del Congreso de Chihuahua, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 335 y 343 Bis del Código Penal Federal
Chihuahua, Chihuahua, a 23 de septiembre de 2025.
Diputada Kenia López Rabadán
Presidenta de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presente
Para su conocimiento y los efectos conducentes, le remito copia de la iniciativa ante el Congreso de la Unión número LXVIII/INICU/0008/2025 I P.O. , por medio de la cual el honorable Congreso del Estado de Chihuahua, envía iniciativa con carácter de decreto, a fin de reformar los artículos 335 y 343 Bis, párrafo tercero; ambos del Código Penal Federal , a efecto de tipificar como delito el abandono de las personas adultas mayores.
Asimismo, me permito informarle que el dictamen que da origen a dicha resolución se encuentra para su consulta en la página oficial del honorable Congreso del Estado:
https://www.congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/dictamenes/archivosDictamenes/l3797.pdf
Sin otro particular por el momento, le reitero a usted la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.
Atentamente
Diputado Guillermo Patricio Ramírez Gutiérrez (rúbrica)
Presidente del honorable Congreso del Estado
Que reforma el artículo 195 y adiciona un último párrafo al artículo 164 de la Ley Agraria; y reforma el párrafo tercero del artículo 5o. de la Ley Federal de Derechos, presentada por el senador Agustín Dorantes Lámbarri, del Grupo Parlamentario del PAN
Ciudad de México, 7 de octubre de 2025.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presente
Comunico a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador Agustín Dorantes Lámbarri, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 195 y se adiciona un último párrafo al artículo 164 de la Ley Agraria; y se reforma el párrafo tercero del artículo 5o. de la Ley Federal de Derechos.
La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo primero, inciso a) y 67, párrafo primero, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175, párrafo primero, 176, 177, párrafo 1 y 178 del Reglamento del Senado, dispuso que dicha iniciativa, misma que se anexa, por ser asunto de su competencia, se remitiera a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senadora Mariela Gutiérrez Escalante (rúbrica)
Secretaria
Que reforma los artículos 2o. y 5o. y adiciona un inciso j) a la fracción I del artículo 8o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, presentada por la senadora Beatriz Mojica Morga, del Grupo Parlamentario de Morena
Ciudad de México, 7 de octubre de 2025.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presente
Comunico a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, la senadora Beatriz Mojica Morga, del Grupo Parlamentario Morena, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2o. y 5o. y se adiciona un inciso j), a la fracción I del artículo 8o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo primero, inciso a) y 67, párrafo primero, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175, párrafo primero, 176, 177, párrafo 1 y 178 del Reglamento del Senado, dispuso que dicha iniciativa, misma que se anexa, por ser asunto de su competencia, se remitiera a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senadora Mariela Gutiérrez Escalante (rúbrica)
Secretaria