Gaceta Parlamentaria, año XXVIII, número 6911-III-4, martes 4 de noviembre de 2025
Con punto de acuerdo, para exhortar a la CFE y a la SICT a realizar las gestiones necesarias para la instalación de una antena de telecomunicaciones que permita brindar servicios de telefonía móvil e internet en las localidades de San Buenaventura, Coahuila, a cargo del diputado Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario del PT
El que suscribe, diputado Ricardo Mejía Berdeja, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2 fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como demás disposiciones aplicables, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, a la Comisión Federal de Electricidad y a su Empresa Productiva Subsidiaria de la Comisión Federal de Electricidad, Telecomunicaciones e Internet para todos, y a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes a realizar las gestiones necesarias para la instalación de una antena de telecomunicaciones que permita brindar servicios de telefonía móvil e internet en las localidades de San Buenaventura ; conforme a los siguientes
Antecedentes
1. La Constitución Política reconoce que el Estado debe garantizar el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, incluidos banda ancha e internet , al establecer a las telecomunicaciones como servicios públicos de interés general ; este mandato deriva del artículo 6o constitucional.1
2. La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) marco rector en la materia incorpora los principios de cobertura social y cobertura universal para asegurar que la población acceda a los servicios de telecomunicaciones bajo condiciones de calidad y asequibilidad.2
3. Corresponde a la autoridad federal diseñar e implementar programas para cerrar la brecha de acceso. En particular, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) ha instrumentado programas de cobertura social y conectividad en sitios públicos como herramientas para llevar servicios a zonas rezagadas.3
4. Asimismo, CFE Telecomunicaciones e Internet para Todos (CFE TEIT) fue creada con el objeto de prestar servicios de telecomunicaciones sin fines de lucro para garantizar el derecho de acceso , lo que la faculta a desplegar infraestructura (torres, radioenlaces y otras soluciones) en regiones con menor cobertura.4
5. De acuerdo con la ENDUTIH 2024 , en México 83.1% de las personas (6+ años) usó internet, pero sólo 73.6% de los hogares cuenta con acceso; la desigualdad territorial persiste: 86.9 % de la población urbana usa internet vs 68.5% en zonas rurales .5
6. Persisten entidades con menor acceso en hogares: Guerrero (58.9%), Oaxaca (55.5%) y Chiapas (50.7%) , lo que ilustra el rezago en regiones rurales y de alta marginación, análogo al que enfrentan nuestras localidades.6
7. Los mapas de cobertura móvil del regulador muestran diferencias notables entre cobertura poblacional y territorial por operador; al 4º trimestre de 2024 subsisten áreas sin cobertura garantizada, especialmente en localidades de baja densidad, lo que exige intervenciones focalizadas de infraestructura como antenas y soluciones complementarias.7
Consideraciones
1. La instalación de una antena de telecomunicaciones en nuestras localidades se ajusta al mandato constitucional de garantizar acceso a internet y telecomunicaciones como servicios de interés general , y constituye una medida idónea y proporcional para materializar el derecho en contextos rurales.
2. Dado el rezago demostrado por la ENDUTIH en zonas rurales, la acción inmediata de despliegue de infraestructura reduce brechas digitales , habilita servicios críticos (telemedicina, educación a distancia, seguridad, trámites y productividad local) y contribuye a la igualdad sustantiva en el ejercicio de derechos.
3. La LFTR y los programas sectoriales vigentes prevén instrumentos de coordinación interinstitucional y de colaboración con concesionarios (p. ej., alineación a cobertura social/universal y programas de conectividad ), por lo que existen bases legales y operativas para gestionar, autorizar e instalar una antena en el corto plazo con la participación de SICT, CFE TEIT y los operadores.
4. La viabilidad técnica de la solución incluye opciones de acceso terrestre (4G/5G) o enlaces de última milla apoyados en radioenlaces o satélite, según el diagnóstico de brecha y las condiciones topográficas de las localidades; esto es congruente con el enfoque público para extender cobertura en zonas no servidas .
Punto de Acuerdo
Primero.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Federal de Electricidad y a su empresa Productiva Subsidiaria Telecomunicaciones e Internet para Todos , para que coordinación con las autoridades estatales y municipales correspondientes, a realice las gestiones técnicas, administrativas y presupuestales necesarias para la instalación de una antena de telecomunicaciones que permita brindar servicios de telefonía móvil e internet en las localidades de: San Blas; San Antonio de las Higueras; San Lorenzo; San Antonio de la Cascada; Guadalupe Victoria; Rosa de Guadalupe; Sombrerete; San Francisco; Congregación Santa Gertrudis, todas estas del Municipio de San Buenaventura .
Segundo.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), utilizar los mecanismos de coordinación con la Comisión Federal de Electricidad y los concesionarios , así como con las autoridades locales para el acceso a sitios, derechos de vía y permisos , priorizando su inclusión en los programas de cobertura social universal y de conectividad en sitios públicos en la cabecera municipal y comunidades del Municipio de San Buenaventura, Coahuila .
Notas:
1. Suprema Corte de Justicia de la Nación, Artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, [en línea] https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/marco_normativo/documeto/2019-06/Articulo_6_Constitucional.pdf?utm_source=.com [Consultado el 27 de octubre de 2025]
2. Cámara de Diputados, Ley en Materia de
Telecomunicaciones y Radiodifusión, [en línea]
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LMTR.pdf?utm_source=.com
[Consultado el 27 de octubre de 2025]
3. Secretaría de Gobierno, Diario Oficial de la
Federación, Acuerdo por el que se da a conocer el Programa de
Conectividad en Sitios Públicos 2020-2021 de la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes, [en línea]
https://sidof.segob.gob.mx/notas/5616105?utm_source=.com [Consultado el
27 de octubre de 2025]
4. CFE Telecomunicaciones e Internet para Todos, [en línea] https://www.cfe.gob.mx/internet-para-todos/Pages/default.aspx?utm_sourc e=.com [Consultado el 27 de octubre de 2025]
5. INEGI, Comunicado De Prensa 57/25, Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (ENDUTIH), [en línea] https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025/endutih /ENDUTIH_24.pdf [Consultado el 27 de octubre de 2025]
6. Ídem.
7. IFT, Quién es quién, en Cobertura Móvil en México
Cuarto Trimestre de 2024, [en línea]
https://www.ift.org.mx/sites/default/files/contenidogeneral/politica-regulatoria/reporteqesq2024t4.pdf?utm_source=com [Consultado el 27 de
octubre de 2025]
Dado en el Palacio de San Lázaro, a 4 de noviembre de 2025
Diputado Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica)