Iniciativas


Iniciativas

Que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, en materia de política nacional de juventud, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, Jesús Fernando García Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXVI Legislatura, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el capítulo I Bis a la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, con el propósito de garantizar la inclusión de este sector de la población en una sociedad más justa, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Conforme al razonamiento de que “la imaginación, los ideales y la energía de los jóvenes son vitales para el desarrollo continuo de las sociedades en las que viven”, la Organización de las Naciones Unidas aprobó en 1965 la Declaración sobre el Fomento entre la Juventud de los Ideales de Paz, Respeto Mutuo y Entendimiento entre los Pueblos.

Transcurrido un par de décadas, la Asamblea General del organismo conmemoró el Año Internacional de la Juventud: Participación, Desarrollo y Paz, como una celebración que “atrajo la atención internacional sobre el importante papel que juegan los jóvenes en el mundo y, en particular, sobre su posible contribución al desarrollo”.

Un decenio después, en el marco del Año Internacional de la Juventud, el organismo fortaleció su compromiso con los jóvenes, al adoptar la estrategia internacional denominada “Programa de Acción Mundial para los Jóvenes hasta el año 2000 y subsiguientes”, que implicó una respuesta a los desafíos a los que se enfrentarán los jóvenes en el próximo milenio”.

La ONU precisa que “a medida que los jóvenes exigen más oportunidades y soluciones más justas, equitativas y progresistas en sus sociedades”, en esa proporción “se necesita abordar con urgencia los desafíos a los que este sector poblacional se enfrenta”. Entre estos, “el acceso a la educación, la salud, el empleo y la igualdad de género”.

El organismo argumenta que “los jóvenes pueden ser una fuerza positiva para el desarrollo cuando se les brinda el conocimiento y las oportunidades que necesitan para prosperar”. Respecto a ello, refiere que “en particular los jóvenes deben adquirir la educación y las habilidades necesarias para contribuir en una economía productiva”, necesitando para esto “acceso a un mercado laboral que pueda absorberlos en su tejido”.

Basado en “instrumentos internacionales generales y especiales relacionados con las políticas y los programas para los jóvenes”, el Programa de Acción Mundial para la Juventud cumplirá el 2025 su 30 aniversario. La ocasión “presenta una valiosa oportunidad para reconocer los logros, sí como los desafíos clave que afrontan los jóvenes, al tiempo que fortalece el compromiso político con las normativas y programas que los apoyan”.

Se trata de un mecanismo que “se distingue porque incluye una norma multisectorial relativa a la formulación de políticas y a la elaboración y ejecución de programas”, el cual dicta que “servirá de modelo para la adopción de medidas integradas a todos los niveles a fin de abocarse con más eficacia a los problemas que tienen los jóvenes en diversos ámbitos y mejorar su participación en la sociedad”.

Naciones Unidas explica que la aplicación del Programa en comento “requiere que los jóvenes disfruten plenamente de todos los derechos humanos y libertades fundamentales y requiere asimismo que los gobiernos tomen medidas eficaces contra las violaciones de esos derechos y libertades y promuevan la no discriminación, la tolerancia, el respeto de la diversidad, respetando plenamente los diversos valores religiosos y éticos, culturas y convicciones filosóficas de los jóvenes de sus países, la igualdad de oportunidades, la solidaridad, la seguridad y la participación de todos los jóvenes de ambos sexos”.

Revela que para ello, la comunidad internacional ha identificado diez esferas prioritarias. A saber, estas son: “la educación, el empleo, la malnutrición y la pobreza, la salud, el medio ambiente, el uso indebido de drogas, la delincuencia juvenil y las actividades recreativas, las niñas y las jóvenes y la participación plena y eficaz de los jóvenes en la vida de la sociedad y en la adopción de decisiones”; sin menoscabo de que el programa permita incorporar en el futuro nuevas prioridades.

Al citar también que la juventud “tiene un papel fundamental que desempeñar” en la agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la ONU menciona que el logro de este propósito “requiere asociaciones sólidas e inclusivas entre los jóvenes y todas las partes interesadas, de modo que se aborden los desafíos de desarrollo a los que se enfrentan los jóvenes”; como lo son “el desempleo, la exclusión política, la marginación, el acceso problemático a la educación y la salud”, entre otros. Donde además se les reconozca “su papel como socios en la promoción del desarrollo y el mantenimiento de la paz”.

En la realidad de México, un tercio de la población total del país son jóvenes. Se trata de un grupo etario que requiere de mayores oportunidades y condiciones que les garanticen el goce pleno de sus derechos; con la aplicación de políticas públicas que les asegure alcanzar así su desarrollo integral.

Políticas públicas que pongan en el centro de atención las necesidades de la juventud, que garantice a este grupo poblacional mecanismos articulados de atención a requerimientos elementales en los aspectos de la salud, la educación, la capacitación, el empleo y la alimentación.

El sector público de México, a partir de la aprobación de la legislación respectiva, creó en 1999 el Instituto Mexicano de la Juventud, como entidad rectora de los asuntos de este sector de la población y cuyo trabajo consiste en diseñar y aplicar políticas a través del otorgamiento de herramientas necesarias en materia educativa, de salud, de empleo y en general, de participación social.

La misión del Instituto es clara cuando desde el marco legal se ha definido el compromiso de trabajo a su cargo. Esto es, impulsar y promover el desarrollo integral de los jóvenes. Lo realiza a través del diseño, la coordinación, la articulación y el monitoreo de la política nacional de la juventud, reconociendo a quienes integran este sector poblacional, como sujetos de derechos y actores estratégicos del desarrollo.

Sustentado en la legislación respectiva, el Imjuve considera e integra en sus programas la diversidad que caracteriza a la juventud, tanto como el carácter transversal de las acciones públicas que procuren cubrir necesidades básicas de los jóvenes para promover así el desarrollo personal, económico y social de los mismos.

La juventud está llamada a ser parte destacada y decisiva de los cambios y el desarrollo social continuado en todos los diversos órdenes de la vida pública, en cuyo proceso requiere del apoyo indiscutible de esquemas de políticas públicas, caracterizadas por mecanismos que no únicamente reviertan deficiencias; sino que paralelamente generen oportunidades para que el mayor número de jóvenes puedan acceder a los beneficios de los servicios sociales, tanto en suficiencia como en calidad.

Especialistas en el tema coinciden en un punto sustantivo: los jóvenes demandan sean instauradas acciones públicas direccionadas a una integración cada vez más plena de estos al desarrollo nacional, donde logren insertarse en el conjunto de oportunidades que para este propósito se generen.

Es condición el hecho no sólo para asegurarles en lo inmediato la atención que necesitan, sino que la inclusión de los jóvenes en todos los órdenes del desarrollo y crecimiento personal, representará en consecuencia oportunidades para un mejor modo y nivel de vida en el presente y el día de mañana; no únicamente para ellos sino para toda la sociedad en su conjunto. Garantizar esto es apostar por el futuro.

Para satisfacer esto se requieren desde luego políticas públicas que, con un criterio de transversalidad, especifiquen y puntualicen con claridad que la juventud es diversa para atenderla así conforme a la realidad de cada grupo, que vaya desde la adolescencia a la edad límite de cada persona.

Se necesita para estos de iniciativas y mecanismos públicos de atención que sean efectivos y medibles, procurando para los jóvenes mayores y mejores oportunidades de formación académica y capacitación para el desarrollo de habilidades, de manera tal que accedan a las oportunidades del mercado laboral en mejores condiciones de aptitud.

El número de jóvenes de hoy, que en el mañana tendrán a su cargo la responsabilidad de compromisos sociales mayores, impera de acciones precisas para garantizarle a la sociedad cohesión y estabilidad. Es tiempo de actuar, con la seguridad de que cuando llegue el futuro, éste con sus retos y necesidades pueda ser enfrentado y atendido en mejores condiciones.

Los jóvenes constituyen un grupo de población determinante para el futuro. La asistencia que se les brinde seguramente marcará el rumbo y comportamiento de la sociedad. La integración de estos al desarrollo debe estar garantizada con oportunidades; cumplimentando así sus derechos fundamentales, con la premisa de que su atención e integración es y debe ser un asunto estratégico para el bien común.

Sabemos que el reto para el sector público es grande, pero también que no hacer las cosas a tiempo o dejar de hacerlas tiene un costo mayor. La atención a los jóvenes no es tema que deba esperar. Es un asunto que por su importancia requiere de acciones ya. Se ha dicho y lo reiteramos: la juventud necesita de oportunidades y acciones integrales de apoyo en todos los órdenes del crecimiento y superación personal, como condiciones necesarias que lleve a la sociedad en su conjunto a acceder a estadios de armonía y mayor desarrollo.

Si bien la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud determina sea definida e instrumentada una Política Nacional de Juventud en colaboración con la Secretaría de Bienestar, derivada ésta del programa nacional correspondiente, lo cual ha sido cumplimentado en sus términos; lo es también el hecho de que tal disposición tiene un carácter de normatividad administrativa, sujeta por esta condición a eventuales modificaciones repentinas.

La presente iniciativa, que atiende y responde a inquietudes legítimas de grupos de jóvenes, propone adicionar un capítulo a la ley, donde estén preceptuados expresamente y ocurra así un cumplimiento cabal de los objetivos contenidos en el programa de juventud y se determine sea el Instituto la instancia responsable de coordinar las acciones de la política nacional correspondiente que se hayan definido en congruencia con lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo.

Por lo expuesto y fundado someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona el capítulo I Bis a la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud

Único. Se adiciona el capítulo I Bis a la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, para quedar como sigue:

Capítulo I Bis
De la Política Nacional de Juventud

Artículo 6 Bis. El instituto trabajará la política nacional de juventud en coordinación con las autoridades de los tres niveles de gobierno, la cuál será definida en congruencia con lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo y los programas sectoriales, institucionales y especiales que correspondan.

El programa contenido en la política nacional de juventud tendrá por objetivos los siguientes:

I. Garantizar acciones para el bienestar de los jóvenes, promoviendo el ejercicio pleno de los derechos de estas personas;

II. Garantizar la inclusión e igualdad efectiva de oportunidades para los jóvenes;

III. Procurar la participación de los jóvenes en los asuntos públicos;

IV. Garantizar la emancipación de los jóvenes, como medida que contribuya a la construcción de autonomía;

V. Procurar mecanismos que garanticen a los jóvenes el derecho a vivir en paz y libres de violencia; y

VI. Promover en favor de los jóvenes la generación de entornos adecuados y habitables para el desarrollo integral de los mismos.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Instituto Mexicano de la Juventud instrumentará los convenios de coordinación necesarios con autoridades federales, estatales y municipales, a efectos de proponer la Política Nacional de Juventud.

Fuentes de consulta

https://www.un.org/es/global-issues/youth

https://www.un.org/esa/socdev/documents/youth/publicatio ns/wpay2010SP.pdf

https://www.gob.mx/imjuve/que-hacemos

https://simejuv.imjuventud.gob.mx/projuventud/quees

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2025.

Diputado Jesús Fernando García Hernández (rúbrica)