Gaceta Parlamentaria, año XXVIII, número 6729-II-2, miércoles 26 de febrero de 2025
Que reforma los artículos 159 y 161 de la Ley de Migración, suscrita por la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, Annia Sarahí Gómez Cárdenas, diputada en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 159 y 161 de la Ley de Migración, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
1- De acuerdo con el Informe sobre las Migraciones en el Mundo 2024 de la Organización Internacional para las Migraciones, el número estimado de migrantes internacionales ha aumentado a lo largo de los últimos 50 años, es importante señalar que la gran mayoría de las personas continúan viviendo en su país de nacimiento. Según las últimas estimaciones sobre la migración internacional (que datan de mediados de 2020), cerca de 281 millones de migrantes internacionales residían en un país diferente al de su nacimiento, esto es, alrededor de 128 millones más que hace 30 años, en 1990 (153 millones), y más del triple de la cifra estimada en 1970 (84 millones). La proporción de migrantes internacionales en la población mundial total también ha aumentado, aunque de manera gradual (cuadro 1).
Respecto de los corredores bilaterales de migración internacional en el 2024 el Informe sobre las Migraciones en el Mundo señala:
Los corredores migratorios indican el número de migrantes internacionales (en millones) que nacieron en el primer país mencionado y residen en el segundo. Por consiguiente, representan una acumulación de los movimientos migratorios a lo largo del tiempo y ofrecen una instantánea de la evolución de los patrones migratorios que han llevado a la existencia de grandes poblaciones de personas nacidas en el extranjero en determinados países de destino.
Los corredores compuestos principalmente por personas desplazadas se destacan en naranja. El gráfico ha sido revisado teniendo en cuenta los grandes desplazamientos desde Ucrania hacia los países vecinos (hasta finales de octubre de 2023).
Como se puede ver en el gráfico 1, el corredor de México a Estados Unidos de América es el más grande del mundo, con cerca de 11 millones de personas. El segundo se extiende de la República Árabe Siria a Türkiye y se compone principalmente de refugiados desplazados por la guerra civil en la República Árabe Siria. Los corredores bilaterales entre la Federación de Rusia y Ucrania ocupan los puestos tercero y quinto de la lista de corredores más grandes del mundo, lo que obedece a diversas razones subyacentes que se han ido acumulando a lo largo del tiempo (en particular, por ejemplo, los desplazamientos desde Ucrania como resultado de las invasiones de la Federación de Rusia en 2014 y 2022). El caso de los refugiados se examina más adelante en este capítulo.
El corredor bilateral de migración internacional con el mayor flujo de personas se presenta entre nuestro país y Estados Unidos de América, el creciente número de personas que decide migrar se ha incrementado de manera exponencial. Siendo uno de los más importantes incrementa con ello el riesgo paras las personas que deciden migrar sobre todo para quienes lo hacen de manera irregular.
2- En este contexto es importante considerar que en nuestro país la migración irregular tanto de mexicanos como de personas de otras nacionalidades ha incrementado de manera considerable y preocupante. En 2023 se presentó el mayor número de eventos de personas en situación migratoria irregular del que se tenga registro en México. Ello supera la cifra record registrada en 2022 en un 77 por ciento.
Se advierte un mínimo de eventos registrados durante abril, el cual fue seguido por un claro aumento de los eventos mensuales registrados de mayo en adelante. En promedio, se observó un incremento mensual de 14 por ciento entre junio y diciembre.
Por otro lado, el informe muestra la nacionalidad de las personas que migran en situación irregular:
Un poco más de la mitad de los eventos de personas en situación irregular correspondieron a personas originarias de Venezuela (29 por ciento), Honduras (15 por ciento) y Guatemala (10 por ciento). En particular, llama la atención el aumento de eventos de personas de Senegal, Haití y Ecuador, ya que el total de estos aumentaron 1.990 por ciento, 901 por ciento y 220 por ciento entre los registrados en 2022 y 2023, respectivamente. Es el segundo año consecutivo que Ecuador figura como una de las principales nacionalidades registradas. En el caso de Haití, volvió a formar parte de la lista después de una disminución de 96 por ciento de los eventos observada entre 2021 y 2022. Asimismo, los eventos de personas venezolanas aumentaron 130 por ciento entre ambos años. Caso contrario, se advierte una disminución de 52 por ciento de los eventos de personas nicaragüenses y 35 por ciento de eventos de personas cubanas.
En nuestro país existe una enorme disparidad entre las ciudades y estados donde se registraron los eventos de personas en situación irregular: Los eventos de 2023 se concentraron principalmente en Tabasco, Chiapas y Veracruz donde se reportaron tres de cada cuatro eventos. Si bien Baja California y Coahuila se mantienen en los primeros lugares en contraste con el resto de las entidades del país, se advierte una disminución de 24 por ciento y 25 por ciento respectivamente en comparación con lo reportado para 2022. En el mismo sentido,
Tabasco fue la entidad donde se identifica un mayor aumento de eventos durante 2023 (37 por ciento).
3- Por el creciente número de personas en situación de migración, el gobierno de nuestro país implementó mediadas de devolución, sin embargo, esta actividad ha cambiado y fue disminuyendo de manera importante en comparación con otros años. Referente a este escenario el informe señala: La cantidad de eventos de devoluciones realizadas por la autoridad mexicana en 2023 disminuyó en 56 por ciento en comparación con los registros de 2022. De los 53.348 eventos de devolución para 2023, el 77 por ciento fueron hombres y 23 por ciento mujeres. En el mismo sentido, se reportan 28 nacionalidades devueltas durante 2023. El 83 por ciento de estas corresponden a personas originarias de Guatemala y Honduras.
En este sentido es importante considera como la política migratoria en nuestro país fue cambiando y muchos de los controles se han trasformado de acuerdo a diferentes circunstancias, algunas de ellas son consecuencia de situaciones o de decisiones que nuestra nación debe tomar por las condiciones del vecino país del norte.
Con la tomó de posesión como presidente número 47 de los Estados Unidos de América, Donald Trump, la política migratoria se tendrá que transformar de manera drástica, basta recordad que desde el primer día como presidente ordenó la detención de manera inmediata de toda persona indocumentada al país e incrementó a el número de deportaciones. Al mismo tiempo restituyó la política de Remain in Mexico (Quédate en México) que obliga a migrantes y solicitantes de asilo en la frontera sur a esperar en México hasta la fecha de sus audiencias en los tribunales de inmigración estadounidenses.
En este sentido, el presidente de los Estados Unidos de América anunció seis medias para reducir la migración, conciten en:
1. Reinstauración del Quédate en México y medidas contra los santuarios para migrantes.
2. Militarización de la frontera y construcción del muro.
3. Deportaciones.
4. Suspensión del reasentamiento de refugiados.
5. Declaración de organizaciones terroristas.
6. Pena de muerte para migrantes.
Como se puede observar las medidas que se pretenden aplicar son muy preocupantes, algunas medidas ya son aplicadas de manera inmediata. Referente a las deportaciones, la presidenta de la República informó el jueves 30 de enero que:
Van más de 4 mil migrantes mexicanos deportados desde que inició el gobierno de Donald Trump. Del 20 al 26 de enero de 2025 se han repatriado 5 mil 282 personas, de ellas, 4 mil 083 son mexicanas. El 27 de enero fueron 527 personas, de las cuales 355 son mexicanas. El 28 de enero de 2025 435 personas fueron deportadas.
4- Por todas estas medidas que se anunciaron y ahora se aplican, es urgente que se tomen medidas de carácter legislativas consideran las circunstancias y las necesidades que hoy exige una adecuación al marco jurídico que rige la migración como un fenómeno humano que siempre nos ha acompañado como una garantía de la especie humana. Sin embargo, la actual política migratoria del gobierno debe ser completamente distinta considerando las exigencias del vecino país y nuestra realidad, en este sentido los traficantes de personas y quienes se benefician del tráfico de humanos incrementará, venden la falsa idea de hacer llegar las personas a sus destinos y terminan extorsionado y robando a las personas extranjeras quienes solo se encuentran de tránsito en México. El objetivo de la iniciativa es actualizar las penas y reemplazar las mimas en Unidad de Medida y Actualización y no en salario mínimo general vigente en el Distrito Federal como actualmente se contemplan en la Ley de Migración con la intención de desincentivar y prevenir el tráfico de personas con el objeto de internarse en otro país sin la documentación correspondiente, es decir, de forma ilegal, esta actividad tiene la intención de obtener directa o indirectamente un lucro.
Por las razones y argumentos antes expuestos considero necesario y urgente que legislemos en la materia que busquemos iniciar una discusión a nivel nacional para tratar de adecuar nuestro marco jurídico a la realidad actual, si bien es cierto, ya vamos muy tarde a esta discusión y el fenómeno se encuentra presente en nuestra sociedad todos los días y es casi común ver como se trafica con personas, por ello, es necesario que se busque corregir esta conducta a través de una reforma la Ley de Migración.
Para explicar de manera detallada la iniciativa propuesta, a continuación, expongo el siguiente cuadro comparativo:
Ley de Migración
Por lo anteriormente expuesto, propongo a esta soberanía la siguiente: iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman los artículos 159 y 161 de la Ley de Migración
Artículo Único: Se reforma el párrafo primero del artículo 159 y el artículo 161 de la Ley de Migración:
Artículo 159. Se impondrá pena de veinte a veinticinco años de prisión y multa de 15,000 a 20,000 de veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien :
I. a III.-
...
...
Artículo 161. Al servidor público que auxilie, encubra o induzca a cualquier persona a violar las disposiciones contenidas en la presente Ley, con el objeto de obtener directa o indirectamente un lucro en dinero o en especie, se le impondrá una pena de cinco a diez años de prisión y multa de 5,000 a 10,000 de veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización .
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 26 febrero de 2025.
Diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas (rúbrica)
Que reforma el artículo 8o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, diputada federal Noemí Berenice Luna Ayala, y las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I; 77; 78 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 8, fracción V, de Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Se estima que nuestros bosques mantienen el 80 por ciento de todas las especies de anfibios, el 75 por ciento de las especies de aves y el 68 por ciento de las especies de mamíferos, las masas de aguas dulces albergan un tercio de las especies vertebradas y un 10 por ciento de todas las especies conocidas.1
Los ecosistemas montañosos albergan la mitad de las zonas críticas para la biodiversidad, y los océanos representan el 99 por ciento del espacio vital de todo el mundo. Los ecosistemas ofrecen servicios esenciales, desde la diversidad biológica y adaptación al cambio climático y mitigación de sus efectos
Sin duda alguna, nos encontramos en un problema medioambiental (no solo en nuestro país sino a nivel mundial), el cual se debate con gran alarma desde las naciones y asociaciones internacionales, por lo que se han creado y firmado tratados y acuerdos de cooperación internacional para atender dicha problemática.
La contaminación atmosférica tiene un impacto mayor sobre la salud humana, siendo el segundo factor de riesgo de muerte a nivel mundial.2
Con base en cifras de la quinta edición del Informe del Estado del Aire Global, las muertes por la contaminación atmosférica se ubican en 7 millones anuales.3
Los niveles de contaminación son peligrosamente altos. De acuerdo con datos de la Organización Mundial de la Salud, 9 de cada diez4 personas en el mundo, respiran altos niveles de contaminantes, por lo que las estimaciones corresponden a 7 millones de defunciones por esta causa.
Ello obedece a la actividad humana, creando un notorio desequilibrio natural.
Conforme a estimaciones de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), desde 1990 se han perdido 420 millones5 de hectáreas de bosques en el mundo, a causa de la deforestación, y si observamos en 2021 -según análisis de la Universidad de Maryland- se perdieron 11,1 millones6 de hectáreas de cobertura arbórea, equivalentes a la pérdida de 10 canchas de fútbol americano por minuto.
México es uno de los países con mayor biodiversidad en el mundo, pues casi el 70 por ciento7 de la variedad de plantas y animales del planeta se albergan en este país. Ostentamos el quinto lugar entre 12 países megadiversos del mundo, y -junto a otros dos países más- compartimos la característica de contar con litorales en dos océanos.
En 2014 conforme a la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad se tenían registradas 27 mil 322 especies de plantas vasculares, 4 mil 476 especies de hongos, 5 mil 714 especies de vertebrados y 48 mil198 especies de invertebrados.8 y la diversidad se encuentra en todas las entidades federativas, compartiendo la gran riqueza medioambiental de México.
Desafortunadamente, también nuestro país ha sido fuertemente deforestado, pues entre 2001 y 2023, perdió 4.89 millones9 de hectáreas arbóreas, lo equivalente a un 9.2 por ciento de disminución desde el año 2000, y tan solo en 2023 perdió 226 mil hectáreas de bosque.
Nuestro país ha sufrido una degradación y pérdida sostenida en sus ecosistemas; la degradación de los ecosistemas es alarmante, pues entre el 1 de enero al 3 de junio de 2018, la Comisión Nacional Forestal (Conafor) registró 5 mil 813 incendios forestales que afectaron cerca de 410 mil 908 hectáreas de superficie.10
A todo lo anterior se suma que ocupamos el quinto lugar en deforestación, con un promedio de 600 mil hectáreas de bosques y selvas pérdidas; frente a proyectos de restauración terrestre a muy pequeña escala (el 67 por ciento son < a 100 ha)11
México es uno de los países con más especies en peligro de extinción a nivel global, y con más especies amenazadas de América Latina, por lo que los datos dan lugar a la necesidad de un urgente cambio de políticas orientadas a revertir los daños causados, con alternativas en un nuevo marco legal tenaz y políticas públicas adecuadas que lleven al cabo una recuperación de nuestros ecosistemas.
Necesitamos entornos sanos y productivos para beneficiarnos de las ventajas económicas y sociales que nos ofrecen.
La restauración de los ecosistemas brinda una oportunidad no solo de frenar, sino de revertir la degradación ambiental de manera eficaz; mejorar los servicios ecosistémicos y recuperar la diversidad biológica.
Mediante una restauración eficaz del 15 por ciento de las tierras, se podría evitar el 60 por ciento12 de las extinciones previstas, y se tendría el potencial para contribuir en la disminución de más de un tercio del Cambio Climático total para el año 2030.
De acuerdo con el Programa de Medio Ambiente de Naciones Unidas, la regeneración ambiental se define como el proceso de revertir la degradación de los ecosistemas, para recuperar su funcionalidad ecológica.13 Ello se entiende como la búsqueda de la mejora en la producción y capacidad de los ecosistemas para satisfacer las necesidades de la sociedad.
La regeneración busca reducir y mitigar los daños causados por actividades humanas, como la extracción de combustibles fósiles; la minería; obras de ingeniería, y transporte, entre otros.
También se prevé un enfoque preventivo, pues se promueven técnicas de manejo que contribuyen a la conservación de la biodiversidad.
Cuando hablamos del Derecho Humano a un medio ambiente sano, nos referimos a los seres vivos y el entorno bajo el cual se desarrollan, incluyendo el derecho al aire limpio, clima estable, biodiversidad próspera y ecosistemas saludables.
Este es un Derecho reconocido por la Asamblea de la ONU, tratados internacionales, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y la Ley reglamentaria en el tema.
El 28 de julio de 2022, la Asamblea General de las Naciones Unidas (76/300) declaró que todas las personas en el mundo tienen derecho a un ambiente sano, por lo que solicitó a los Estados miembros redoblar esfuerzos para garantizar que todas las personas tengan acceso a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible.
Resolución aprobada por la Asamblea General el 28 de julio de 2022
76/300 El derecho humano a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible
1. Reconoce el derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible como un derecho humano;
2. Observa que el derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible está relacionado con otros derechos y el derecho internacional vigente
3. Afirma que la promoción del derecho humano a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible requiere la plena aplicación de los acuerdos multilaterales relativos al medio ambiente con arreglo a los principios del derecho ambiental internacional;
4. Exhorta a los Estados, las organizaciones internacionales, las empresas y otros interesados pertinentes, a que adopten políticas, aumenten la cooperación internacional, refuercen la creación de capacidad y sigan compartiendo buenas prácticas con el fin de intensificar los esfuerzos para garantizar un medio ambiente limpio, saludable y sostenible para todos.
En México, el derecho al medio ambiente se instituyó en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) en el año 1999, estando en nuestro catálogo conformado por la CPEUM y tratados internacionales.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 4 ...
...
...
...
...
Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.
Este derecho humano su ejercicio se prevé en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), señalando términos esenciales que se deben entender en la materia y facultades específicas.
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Artículo 1o.- La presente ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases para:
I.- Garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano para su desarrollo, salud y bienestar;
II...
II.- La preservación, la restauración y el mejoramiento del ambiente;
La ley mencionada, señala en su Capítulo II, la distribución de competencias, respecto a órdenes de gobierno y autoridades, cumpliendo con la función específica de una Ley general al ser una actividad transversal.
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Artículo 4o.- La federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México ejercerán sus atribuciones en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, de conformidad con la distribución de competencias prevista en esta ley y en otros ordenamientos legales.
Es así que se destaca la importancia de fomentar acciones de regeneración ambiental que sean una facultad gubernamental, al ser garantía para el ejercicio del derecho humano al acceso a un medio ambiente sano.
Es menester que esta actividad sea principalmente realizada por los municipios, al conocer la realidad y características únicas del ecosistema territorial donde se instaura el propio municipio.
Esta propuesta es en favor del futuro de las generaciones venideras y en trabajo para cumplir los compromisos internacionales de México, además de la obligación de los estados conforme a lo dispuesto por la Asamblea General de la ONU.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con Proyecto de:
Decreto
Artículo Único. Se reforma la fracción V del artículo 8 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:
Artículo 8o.- ...
I. a IV.- ...
V.- La creación de áreas de restauración y conservación ecológica acorde a cada ecosistema del territorio, que contemple esquemas de georreferenciación para la siembra de árboles nativos, el aumento de la cobertura vegetal y reforestación, la creación y administración de zonas de preservación ecológica de los centros de población, parques urbanos, jardines públicos y demás áreas análogas previstas por la legislación local; estas áreas comprenderán, preferentemente, los nacimientos de agua, rondas hídricas, humedales y demás espacios de importancia ambiental
VI. a XVII.- ...
Transitorio
Único. - El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 ONU https://www.un.org/es/cr%C3%B3nica-onu/ventajas-de-la-restauraci%C3%B3n-de-los-ecosistemas-y-la
-recuperaci%C3%B3n-de-especies-para-las#:~:text=La%20restauraci%C3%B3n%20de%20los%20ecosistemas
%20brinda%20la%20oportunidad%20de%20detener,de%20recuperar%20la%20diversidad%20biol%C3%B3gica.
2 ONU https://news.un.org/es/story/2024/06/1530631#:~:text=la%20salud%20infantil.-La%20contaminaci%C3%B3n
%20atmosf%C3%A9rica%20caus%C3%B3%208%2C1%20millones%20de%20muertes,todo%20el%20mundo%20
en%202021&text=Un%20nuevo%20y%20exhaustivo%20informe,las%20econom%C3%ADas%20y%20las%20sociedades.
3 Ibídem.
4 OMS https://www.who.int/es/news/item/02-05-2018-9-out-of-10-people-worldwide-breathe-polluted-air-but-more
-countries-are-taking-action#:~:text=Siete%20millones%20de%20muertes%20cada%20a%C3%B1o&text
=Aproximadamente%203000%20millones%20de%20personas,de%20contaminaci%C3%B3n%20del%20aire%20dom%C3%A9stico.
5 Organización de las Naciones Unidas para la
Alimentación y la Agricultura
https://www.fao.org/interactive/forest-resources-assessment/2020/es/#:~:text=Se%20estima%20que%20desde%201990,
de%20bosques%20ha%20disminuido%20considerablemente.
6 World Resources Institute https://research.wri.org/es/gfr/global-tree-cover-loss-data-2021#:~:text=
La%20p%C3%A9rdida%20de%20bosques%20se%20mantuvo%20obstinadamente%20elevada%20en%202021&
text=De%20acuerdo%20con%20los%20datos,de%20combustibles%20f%C3%B3siles%20de%20India.
7 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales https://www.gob.mx/semarnat/articulos/mexico-biodiversidad-que-asombra# :~:text=Con%20casi%20el%2070%25%20de,el%20Pac%C3%ADfico%20y%20el%20Atl% C3%A1ntico
8 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
https://apps1.semarnat.gob.mx:8443/dgeia/informe15/tema/cap4.html#tema1
9 Global Forest Watch https://www.globalforestwatch.org/dashboards/country/MEX/
10 Conacyt https://secihti.mx/dia-mundial-del-medio-ambiente/
#:~:text=La%20degradaci%C3%B3n%20de%20los%20ecosistemas,superficie%20(Conafor%2C%202021).
11 Ibídem.
12 Nature https://www.nature.com/articles/s41586-020-2784-9
13 https://www.geosoluciones.com.ar/blog/post/la-regeneraci%C3%B3n-ambient al-y-su-importancia-en-la-salud-de-los-ecosistemas
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2025.
Diputada Noemí Berenice Luna Ayala (rúbrica)
Que reforma y adiciona los artículos 12 y 115 de la Ley General de Educación, en materia de educación financiera y fomento al ahorro, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, diputada federal Noemí Berenice Luna Ayala, y las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I; 77; 78 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 12, y se adiciona una fracción XXII al artículo 115 recorriéndose las demás, ambas de la Ley General de Educación, en materia de educación financiera y fomento al ahorro.
Exposición de Motivos
Implementar una educación financiera en las escuelas mexicanas es de gran importancia para que desde pequeños las niñas, niños y adolescentes desempeñen una cultura de ahorro, además de saber tomar decisiones sobre los ingresos y gastos que se tienen día con día.
Si bien es cierto, la Ley General de Educación en su artículo 30 fracción XIV señala someramente la incorporación de la cultura del ahorro y la educación financiera como textualmente lo refiere:
Artículo 30 . Los contenidos de los planes y programas de estudio de la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, de acuerdo al tipo y nivel educativo, serán, entre otros, los siguientes:
I. a XIII. ...
XIV. La promoción del emprendimiento, el fomento de la cultura del ahorro y la educación financiera;1
Sin embargo, es insuficiente lo establecido en el marco normativo, ya que como podemos analizar la cultura del ahorro en México no es considerada como prioridad. Se considera que para tener más y mejores resultados es necesario fortalecer la educación financiera y el fomento a la cultura del ahorro en tiempos en los que la inflación crece día con día como también la constante volatilidad de la economía a nivel global.
Otro aspecto que incorpora esta iniciativa es la participación activa de las de madres y padres de familia o tutores. Sin duda, es importante dicha participación, así como la necesidad de aumentar la capacitación a través de formación adicional y continua que conduzca a la planificación del ahorro para lograr los objetivos deseados de cada familia mejorando su calidad de vida.
Esto radica en la importancia en que las familias conozcan las diversas herramientas que les permitan administrar sus gastos de manera responsable y, con ello, mejorar su salud financiera.
Y como muestra de la importancia de la educación financiera citamos una publicación de BBVA2 que señala:
Gran parte de las decisiones que tomas en el día a día tienen un impacto, directo o indirecto, en tus finanzas. Por eso, la educación financiera puede ayudarte a prevenir riesgos que ponen en peligro tu estabilidad económica y, con eso, tus planes a futuro.
Sin embargo, a pesar de su importancia, pocos saben de qué se trata. En la escuela te hablaron de matemáticas, ciencias e idiomas, pero ¿sabes en qué consiste la educación financiera? Esta disciplina te enseña cómo funciona el dinero y cómo gestionar tus inversiones y gastos de manera estratégica para generar valor.
Por eso, la mejor inversión que puedes hacer si quieres cumplir metas es aprender de finanzas, todo lo que necesitas es invertir tu tiempo y energía en esta tarea.
En este contexto podemos decir que iniciar desde la infancia la cultura del ahorro y la educación financiera contribuye y facilita generar hábitos de ahorro, así como conductas y disciplinas que se verán reflejadas en una posible independencia económica. Enseñarles en las escuelas desde pequeños la importancia de manejar su dinero de manera responsable y adecuada puede ayudar a mejorar su salud financiera en un futuro, más en una sociedad como la mexicana, que de acuerdo a BBVA cuatro de cada 10 personas no ahorran de forma habitual.3
Aunado a lo anterior, estamos convencidos que incorporar una cultura financiera desde temprana edad, permitirá mejorar las habilidades para generar y multiplicar el capital que traiga consigo una mejor calidad de vida para las niñas, niños y adolescentes y sus familias.
Por lo anterior, es importante incorporar con más énfasis estos conceptos y la mejor manera es reforzando la legislación correspondiente.
Lo que se propone es lo siguiente:
Como podemos analizar, las reformas planteadas son los instrumentos para la capacitación, la inclusión y el fortalecimiento de una cultura financiera en las escuelas para beneficio de las familias mexicanas.
Es esencial educar desde la primera infancia para adquirir el hábito de una cultura del ahorro, a partir de los conocimientos básicos y a una edad temprana los menores podrían ser usuarios de un producto financiero, sin duda es el primer paso para tener una planeación financiera exitosa y así lograr las metas y los objetivos de vida.
En este tenor compartimos fragmentos de la publicación realizada por la Universidad Autónoma de México4 en la materia del 12 de marzo de 2018 que menciona en su texto lo siguiente:
Actualmente en México no existe una cultura de ahorro que permita solventar una posible crisis personal, o en el sistema de pensiones y del retiro dentro de los próximos años.
Por lo general, las personas jóvenes no ahorran porque no tienen ingresos, pero cuando empiezan a trabajar ya tienen oportunidad de hacerlo, señala la doctora Isalia Nava Bolaños, del Instituto de Investigaciones Económicas de la UNAM.
No debemos perder de vista los esfuerzos que realizan la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) y la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros con la creación del Proyecto Minerva, que fue creado con el objetivo de que las mujeres desarrollen una educación financiera para comparar y escoger servicios apropiados para ellas, sus familias y sus empresas.
Se trata de una plataforma en la cual se dan estos talleres sobre finanzas personales de forma gratuita. Según lo publicado por el financiero el 27 de febrero de 2023.5
En este sentido, debemos preocupar suscribir convenios de colaboración con las instituciones y organismos públicos, privados y sociales que coadyuven en el fortalecimiento de la educación financiera y el fomento a la cultura del ahorro en todos los niveles educativos como herramientas que tenemos a la mano para mejorar la economía y la calidad de vida de las y los mexicanos.
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta soberanía el siguiente;
Decreto
Por el que se reforma la fracción III del artículo 12 y se adiciona una fracción XXII al artículo 115 recorriéndose las demás, ambas de la Ley General de Educación
Único. Se reforma la fracción III del artículo 12 y se adiciona una fracción XXII al artículo 115 recorriéndose las demás, ambas de la Ley General de Educación para quedar como sigue:
Artículo 12. En la prestación de los servicios educativos se impulsará el desarrollo humano integral para:
I y II. ...
III. Fortalecer el tejido social para evitar la corrupción, a través del fomento de la honestidad y la integridad, además de proteger la naturaleza, impulsar el desarrollo en lo social, ambiental, económico, así como favorecer la generación de capacidades productivas, de una cultura financiera y fomentar una justa distribución del ingreso;
Artículo 115. Adicionalmente a las atribuciones exclusivas a las que se refieren los artículos 113 y 114, corresponde a las autoridades educativas federal, de los estados y Ciudad de México, de manera concurrente, las atribuciones siguientes:
I. a XXI. ...
XXII. En coordinación con las autoridades correspondientes, promover en la educación obligatoria acciones formativas en materia de educación financiera y el fomento a la cultura del ahorro, con la participación activa de madres y padres de familia o tutores para el mejoramiento de la calidad de vida.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGE.pdf
2 https://www.bbva.mx/educacion-financiera/blog/cumplir-metas.html
3 https://www.bbva.com/es/mx/salud-financiera/la-importancia-de-educar-a- los-ninos-en-el-cuidado-del-dinero/
4 https://ciencia.unam.mx/contenido/infografia/27/la-cultura-del-ahorro-e n-mexico
5 https://www.elfinanciero.com.mx/economia/2023/02/25/educacion-financiera-que-es-y-como-funciona
-el-proyecto-minerva-de-condusef/
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero 2024.
Diputada Noemí Berenice Luna Ayala (rúbrica)
Que reforma y adiciona los artículos 4o., 14 y 15 de la Ley Federal de Defensoría Pública, en materia de garantizar la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, suscrita por la diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
La diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo y las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXVI Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y en los artículos 6 numeral 1 fracción I, 77, 78 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa, con base en la siguiente
I. Exposición de Motivos
La infancia y la adolescencia son etapas fundamentales en la vida de toda persona; el entorno familiar y social influyen en su desarrollo y bienestar integral. Sin embargo, para muchas niñas, niños y adolescentes en México, estas etapas están marcadas por conflictos familiares, violencia y situaciones que ponen en riesgo sus derechos. En estos casos, la falta de acceso a una representación legal adecuada puede agravar su vulnerabilidad, dejándolos en una posición en la que no pueden hacer valer su voz ni sus necesidades dentro de los procesos legales que los involucran.
El acceso a la justicia es un derecho fundamental, pero para las niñas, niños y adolescentes es todavía más crucial. Ellas y ellos se encuentran en una etapa de formación y desarrollo donde cualquier decisión puede marcar su futuro. Lamentablemente, un alto porcentaje de niñas, niños y adolescentes en México han sido víctimas de violencia dentro de su propio hogar, lo que pone en evidencia la necesidad de que el Estado garantice su protección.
Además, en muchos procesos de divorcio, la custodia y la manutención de las y los hijos son puntos de conflicto, en donde los más afectados son ellos. Es necesario que cuando ellos se enfrenten a diversas situaciones en las que no puedan defenderse, puedan tener el acceso a una defensoría que vele por su bienestar.
El derecho de acceso a la justicia no depende de la edad ni de la capacidad económica de una persona. Cuando una niña, niño o adolescente se encuentra en una situación de conflicto familiar, es fundamental que, en atención al interés superior de la niñez, tenga una representación legal que garantice su bienestar y haga valer su voz en el proceso.
Garantizar el desarrollo y bienestar integral y velar por el interés superior de la niñez es responsabilidad del Estado. No se trata solo de una cuestión legal, sino de un compromiso con el presente y el futuro de nuestro país. Brindarles defensa y acompañamiento en los momentos más críticos de su vida es un paso necesario para construir una sociedad más justa e igualitaria.
Con el objetivo de exponer con mayor claridad el contenido de esta iniciativa, se muestra el siguiente cuadro comparativo:
II. Ordenamiento a modificar
Ley Federal de Defensoría Pública
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se reforma el artículo 4, se adiciona un penúltimo párrafo del artículo 14 y se adiciona una fracción al artículo 15 de la Ley Federal de Defensoría Pública
Único. Se reforma el artículo 4, se adiciona un penúltimo párrafo al artículo 14 y se adiciona una fracción al artículo 15 de la Ley Federal de Defensoría Pública, para quedar como sigue:
Artículo 4. Los servicios de defensoría pública se prestarán a través de:
I. Defensores públicos, en los asuntos del orden penal federal y del Sistema de Justicia Penal Integral para Adolescentes, desde la averiguación previa o investigación hasta la ejecución de las penas, medidas u otra consecuencia, hasta la extinción de éstas, y en materia familiar para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, y
II. Asesores jurídicos, en asuntos de orden no penal, salvo los expresamente otorgados por la Ley a otras instituciones.
Artículo 14. Para gozar de los beneficios de la asesoría jurídica, se llenará solicitud en los formatos que para tal efecto elabore el Instituto Federal de Defensoría Pública, y se deberán cumplir con los requisitos previstos en las bases generales de organización y funcionamiento.
En la asignación de un asesor jurídico se dará preferencia a la elección del usuario, a fin de lograr mayor confianza en la prestación del servicio.
En materia familiar para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes se velará por el interés superior de la niñez.
En caso de que el servicio de asesoría sea solicitado por partes contrarias o con intereses opuestos, se prestará a quien lo haya solicitado primero.
Artículo 15. Los servicios de asesoría jurídica se prestarán, preferentemente, a:
I. a V. ...
VI. Las personas que por cualquier razón social o económica tengan la necesidad de estos servicios
VII. Quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia de las niñas, niños y adolescentes, y
VIII. Las personas que dispongan los tribunales federales en materia laboral, en términos de la normatividad aplicable.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2025.
Diputada Margarita Ester Zavala Gómez del Campo (rúbrica)