Iniciativas


Iniciativas

Que adiciona el artículo 46 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, suscrita por la diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Annia Sarahí Gómez Cárdenas, y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona un segundo párrafo, con lo que se recorre el subsecuente, al artículo 46 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La movilidad urbana es un reto que año con año presenta nuevas dificultades, la creciente demanda de desplazamientos, el aumento de la población urbana y la escasez de infraestructura adecuada son solo algunos de los factores que contribuyen a la complejidad de este desafío. Además, la necesidad de reducir la dependencia de los vehículos privados y promover medios de transporte más sostenibles y eficientes se ha convertido en una prioridad para los Estados que buscan mejorar la calidad de vida de sus habitantes.

Sin embargo, pese a estos desafíos, hay oportunidades para innovar y mejorar el movimiento urbano, la implantación de tecnologías inteligentes, la promoción de transporte compartido son sólo algunas de las estrategias que pueden ayudar a abordar los retos de la movilidad urbana.

Una de las claves para mejorar la movilidad urbana es el transporte público, pero tiene que ser eficiente y confiable para reducir la congestión vehicular, disminuir la contaminación ambiental y mejorar la calidad de vida de las personas. Sin embargo, en muchas ciudades, el desplazamiento enfrenta desafíos significativos, la escasez de rutas, los horarios y la deficiencia en la calidad del servicio son sólo algunos de los problemas que afectan la eficacia del traslado de un lugar a otro.

Para abordar estos desafíos, es fundamental implementar soluciones innovadoras y sostenibles, algunas de las estrategias más prometedoras incluyen

- La implementación de sistemas de transporte público inteligentes, que utilicen tecnologías como la inteligencia artificial e internet para optimizar rutas y horarios.

- La promoción de la movilidad compartida, a través de servicios como el transbordo compartido y el alquiler de bicicletas.

Como ejemplo, Nuevo León tiene más afluencia, aunado con la zona metropolitana concentran el mayor porcentaje de la población estatal. Esta gran concentración de personas genera una alta demanda de transporte público, lo que puede ser un desafío. “Nuevo León está conformado por 51 municipios, pero 88 por ciento de la población vive en los 17 que conforman la zona metropolitana de Monterrey”.1

La conducción de vehículos públicos es proporcionada por una variedad de operadores, incluyendo autobuses, metro y taxis. Sin embargo, a pesar de la disponibilidad de estos servicios, muchos ciudadanos siguen prefiriendo utilizar vehículos privados, lo que contribuye a la congestión vehicular y la contaminación ambiental.

Además, la ciudad ha invertido en tecnologías inteligentes para mejorar la eficiencia y la seguridad del transporte público, como la implementación de sistemas de información en tiempo real y la instalación de cámaras de seguridad en los autobuses y estaciones de metro.

“La movilidad urbana ha sido uno de los principales problemas en la zona metropolitana de Monterrey (ZMM) que se ha dificultado con el paso de los años, pues el desarrollo social ha evolucionado y con ello han llegado nuevos retos y prioridades, como lo es la sostenibilidad, que incorpora recursos naturales y ambiente. De esta manera, se abre camino para la formación de soluciones, y al mismo tiempo involucra la participación de distintos actores entre los que destacan: gobierno y la sociedad civil).2

La Agenda 2030 de la ONU establece 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) que buscan abordar los desafíos más urgentes del mundo, incluyendo la sostenibilidad urbana. A través de la recopilación y análisis de datos estadísticos del Inegi, se identifican los retos y oportunidades en la ZMM, relacionados con la movilidad urbana. Algunos de los indicadores analizados incluyen la tasa de motorización, la calidad del aire, la disponibilidad de transporte público, la seguridad vial.

Aunque la ZMM ha logrado avances en la mejora de la infraestructura vial y la expansión del transporte público, todavía existen desafíos significativos en términos de sostenibilidad y equidad. La tasa de motorización en la ZMM es una de las más altas del país, lo que contribuye a la congestión vial y la contaminación del aire. Sin embargo, también identifica oportunidades para mejorar la movilidad urbana en la ZMM, como la implementación de sistemas de traslado público más eficientes y sostenibles, la promoción de la movilidad activa y la participación ciudadana en la planificación urbana. A través de la colaboración entre el gobierno, la sociedad civil y el sector privado, es posible abordar los desafíos de la movilidad urbana en la ZMM y crear un futuro más sostenible y equitativo para todos los habitantes de la región.

En enero de 2022, la ciudad de Monterrey experimentó un movimiento significativo en su transporte público, con un total de 12.1 millones de pasajeros transportados. Sin embargo, este número representa una disminución de 12.7 por ciento en comparación con el mes de diciembre del año anterior. Pese a esa disminución mensual, mostró un crecimiento anual de 23.4 por ciento, lo que sugiere una tendencia positiva en el uso del transporte público; su sistema de transporte público registró una cobertura de 2.5 millones de kilómetros, lo que representa una ligera disminución de 2.4 por ciento en comparación con el mes anterior. Sin embargo, en términos anuales, mostró un crecimiento significativo de 10.8 por ciento, destacando la expansión y mejora del servicio de transporte público, como se muestra en el siguiente gráfico.3

El transporte público fue utilizado por millones de personas, siendo en la mayoría de las localidades el medio de transporte más popular, con un total de 9.3 millones de usuarios. Le siguió en popularidad el Transmetro, que atendió a 1.9 millones de personas, mientras que el Metrobús transportó a 824 mil pasajeros, siendo un sistema integral de transporte que mediante un uso generalizado por la población, da solución a las necesidades para el desplazamiento de las personas, debido a que es más económico que un transporte particular, lo que a la población le es más beneficioso usarlo, para ello tiene que ser eficaz y seguro para los usuarios, una solución para esta problemática es que los operadores estén realmente capacitados, y tengan en orden su documentación para poder brindar un mejor servicio.4

Un medio de transportamiento eficiente, seguro y asequible impacta en una mejor movilidad dentro de la ciudad, en mejores tiempos de traslado, en el aire que respiramos y la calidad de vida de cada uno de nosotros y nuestras familias.

México se enfrenta a desafíos significativos mientras se encamina hacia el 2030, año en el que se espera que el país haya avanzado considerablemente en el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) establecidos por la Organización de las Naciones Unidas, entre los aspectos más críticos se encuentran la renovación de unidades, modelos de administración, transición a energías limpias, implementación de nuevas tecnologías, políticas de tarifas y subsidios, legislación e infraestructura, señalaron especialistas durante el 15 Congreso Internacional de Transporte, además que enfrenta problemas de cobertura. Metrópolis como la Ciudad de México o Guadalajara han desarrollado sistemas relativamente modernos, pero la mayoría de las zonas urbanas y rurales del país carecen de servicios eficientes y seguros.5

Objetivo de la iniciativa: Establecer la protección e integridad de los usuarios que abordan transporte público, por lo que los usuarios deben contar con información del transporte y los datos del operador designado a cada unidad, en caso de presentar una queja o denuncia, con el objetivo de brindar un mejor servicio en el traslado de las personas, para una mejor ilustración de la propuesta de modificación se presenta el siguiente cuadro comparativo:

En virtud de lo expuesto, me permito someter a consideración de este pleno la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo, con lo que se recorre el subsecuente, al artículo 46 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial

Único. Se adiciona un segundo párrafo, con lo que se recorre el subsecuente, al artículo 46 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, para quedar como sigue:

Artículo 46. ...

A efecto de facilitar el proceso de queja o denuncia a las personas usuarias, las personas conductoras de transporte público de pasajeros deberán portar a la vista durante sus actividades, un gafete con fotografía y datos de identificación.

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Ejecutivo federal, en un plazo máximo de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, llevará a cabo las adecuaciones reglamentarias con base en lo previsto en éste.

Notas

1 Tecscience (2024) Tecnológico de Monterrey, https://tecscience.tec.mx/es/humano-social/sium-sistema-de-informacion- urbanometropolitano/#:~:text=Esta%20expansi%C3%B3n%20de%20las%20zonas,% 2C%20Escobedo%2C%20Guadalupe%2C%20Pesquer%C3%ADa%2C

2 Revista Política, Globalidad y Ciudadanía (2023), “Movilidad urbana como vía para el desarrollo sostenible: caso Nuevo León, https://www.scielo.org.mx/pdf/pgc/v9n17/2395-8448-pgc-9-17-5.pdf

3 https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/transporteurbano/doc/ETUP 2022_03.pdf

4 https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/transporteurbano/doc/ETUP 2022_03.pdf

5 The International Association of Public Transport (2024). El transporte público en México rumbo al 2030. Obtenido de https://www.uitp.org/news/el-transporte-publico-en-mexico-rumbo-al-2030 /

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2025.

Diputada Annia Sarahí Gómez Cárdenas (rúbrica)

Que reforma y adiciona el artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, Noemí Berenice Luna Ayala, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales, al tenor la siguiente

Exposición de Motivos

El campo mexicano, es de gran importancia para la vida social y económica del país, esto se coloca en relieve al señalar que más de 23 millones de hectáreas se ocupan para la agricultura y casi 109 millones1 de hectáreas son destinadas a la ganadería nacional. El campo mexicano alberga gran variedad de tierras, ecosistemas y agro ecosistemas, donde provienen los alimentos que consumimos día a día.

México ocupa el lugar número 12 de la producción de alimentos y cultivos agrícolas2 y en ganadería primaria, somos el lugar número 10. El gran trabajo de agricultores y ganaderos resultó en la producción de más de 299 millones de toneladas de alimentos en 2023.

Ese año, 2023, el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (Inegi) reportó que se obtuvieron 34.6 millones de toneladas de los principales granos que se producen: arroz, cebada grano, frijol, maíz amarillo, maíz grano blanco, sorgo grano y trigo grano, y; 26 millones 984 mil 247 personas3 formaron la mano de obra de las actividades agropecuarias en el país.

En 2024, la Comisión Nacional del Agua (Conagua) señaló que había 536 mil concesiones sobre los volúmenes de aguas nacionales y bienes inherentes por su uso. El gobierno federal confirmó en 2023 que 16 por ciento4 de las concesiones se encontraban vencidas, esto principalmente ya que los usuarios no observaron la fecha en la que debió realizar el trámite de renovación.

En el Censo Agropecuario de 2022, levantado por el Inegi, reflejó que 29 millones 806 mil 706 hectáreas,5 se destinaban a uso agrícola, obteniendo 34.6 millones de toneladas6 de los principales granos que se producen en el país (arroz, cebada grano, frijol, maíz grano amarillo, maíz grano blanco, sorgo grano y trigo grano).

Conforme al mismo censo, los problemas más comunes que percibieron los productores agropecuarios fueron con 82 por ciento los altos costos de insumos y servicios, 64.5 por ciento los factores climáticos, la disminución de ventas 37.2, factores biológicos 37, pérdida de fertilidad de los suelos 27.6 y la inseguridad 21 por ciento.7

Esta problemática se refleja con la caída del número de personas que trabajan en este sector, como se mencionó, el INEGI señaló que del tercer trimestre de 2022 al tercer trimestre de 2023 se redujo en 23 mil 500 el número de trabajadores en el estado: pasaron de 160 mil 463 a 136 mil 973, una disminución de 6.8 por ciento.8

En el caso particular de Zacatecas y tras una reunión sostenida con el Parlamento Campesino de Zacatecas, sus integrantes plantean que entre 2,500 y 3 mil pozos son utilizados en Zacatecas para el riego agrícola, siendo este el mismo número de familias las que generan 10 empleos directos y 50 de forma indirecta cada uno, productores están siendo afectados por una gran incertidumbre ante la probable cancelación de los títulos de concesión vencidos, ya sea por omisión en la realización del trámite de prórroga anticipada o por falta de respuesta por las autoridades.

Estos factores generan dificultadas para los productores agro alimentarios puesto que, por las irregularidades o falta de atención y solución a las prórrogas, se ven impedidos para acceder a los beneficios baja en de las cuotas energéticas vía la Comisión Federal de Electricidad y el acceso a diversos programas federales y estatales para el campo.

Aunada a esta problemática tenemos el incremento de insumos, como fertilizantes, semilla, energía, combustibles e implementos, aumentando hasta en 200 y 300 por ciento, sin que realmente se vean reflejados estos sobre precios de los productos, lo que causa un abandono de los campesinos a sus parcelas y comunidades, buscando alternativas distintas al campo para mejorar la calidad de vida.

Aunado a lo anterior, hay acciones gubernamentales que no han beneficiado a la totalidad de los campesinos, como lo fue el decreto de la Conagua de 2023,9 que benefició sólo para la regularización de concesiones vencidas de pozos de menos de 50 metros cúbicos, lo que dejó en indefensión un promedio de 4 mil 500 pozos.10

La importancia económica del campo zacatecano es vital para su economía, pues tomando en cuenta el número de productores, cuentan con 50 mil hectáreas, con una inversión promedio de 20 mil pesos por hectárea, por lo que hablamos de una derrama de mil millones de pesos anuales.

El clima de Zacatecas es predominantemente seco y semi seco, su extensión territorial es de 74 mil 480 km cuadrados.11 El estado aporta al producto interno bruto en sector primario 13 mil 717 millones de pesos y produce 7 millones 286 mil 853 toneladas de producto,12 entre lo que destaca:

• Chile verde: 423 mil 757 toneladas

• Frijol: 423 mil 394 toneladas

• Maíz grano: 402 mil 221 toneladas

• Tomate rojo: 182 mil 773 toneladas

• Maíz forrajero: 1,975,944 toneladas

De la agricultura del estado, 13.6 por ciento se desempeña en la modalidad de riego y 86.4 es de temporal.

Con datos del Parlamento Campesino de Zacatecas, señalan que 150 mil hectáreas de uso de riego son abastecidas en un 80 por ciento de pozos profundos y el 20 por ciento por norias, presas y bordos, y del universo de tierras de riesgo, 37 mil hectáreas son de plantas perenes como alfalfa y pastizales.

Sin embargo, la agrupación campesina nos hace mención que hay un gran número de concesiones vencidas y que, pese a ello, siguen siendo utilizados para el trabajo del campo, son sustentos de las familias mexicanas y zacatecanas, por lo que la problemática y los procesos de prórroga debe ser solventados a la brevedad posible en aras de beneficiar a los trabajadores del campo y mantener la productividad.

Uno de los principios del Estado Mexicano es fomentar el desarrollo rural, en términos del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), que establece el desarrollo rural en la Ley Agraria, que señala textualmente:

Ley Agraria

Artículo 4o. El Ejecutivo federal promoverá el desarrollo integral y equitativo del sector rural mediante el fomento de las actividades productivas y de las acciones sociales con perspectiva de género, orientadas a elevar el bienestar de la población y su participación en la vida nacional, en condiciones de igualdad y paridad.

...

Artículo 5o. Las dependencias y entidades competentes de la administración pública federal fomentarán el cuidado y conservación de los recursos naturales y promoverán su aprovechamiento racional y sostenido para preservar el equilibrio ecológico; propiciarán el mejoramiento de las condiciones de producción promoviendo y en su caso participando en obras de infraestructura e inversiones para aprovechar el potencial y aptitud de las tierras en beneficio de los pobladores y trabajadores del campo.

El artículo 27, su párrafo quinto, la CPEUM señala qué debe entenderse por aguas nacionales y, conforme a la normatividad de la Ley de Aguas Nacionales, faculta a la Conagua para ceder la explotación y el uso de éstas en términos de la CPEUM.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 27. ...

...

...

...

Son propiedad de la Nación las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fije el Derecho Internacional; ...

...

Conforme al artículo 20 de la Ley de Aguas Nacionales, la explotación y uso del recurso hídrico se hará mediante concesión o asignación otorgada por la Conagua, en términos de los artículos 20, 21, 21 Bis, 22, 24 y 25 de la ley referida.

Ley de Aguas Nacionales

Artículo 20. De conformidad con el carácter público del recurso hídrico, la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales se realizará mediante concesión o asignación otorgada por el Ejecutivo federal a través de “la Comisión” por medio de los organismos de cuenca, o directamente por ésta cuando así le competa, de acuerdo con las reglas y condiciones que dispone la presente ley y sus reglamentos. Las concesiones y asignaciones se otorgarán después de considerar a las partes involucradas, y el costo económico y ambiental de las obras proyectadas.

...

La explotación , uso o aprovechamiento de aguas nacionales por parte de personas físicas o morales se realizará mediante concesión otorgada por el Ejecutivo federal a través de “la Comisión” por medio de los organismos de cuenca, o por ésta cuando así le competa, de acuerdo con las reglas y condiciones que establece esta ley, sus reglamentos, el título y las prórrogas que al efecto se emitan.

El artículo 21 de la Ley de Aguas Nacionales, señalan los requisitos mínimos que debe contener la solicitud de la concesión y de manera concreta el artículo 24 señala los términos en los que se puede dar una concesión o asignación respecto a 5 a 30 años.

Artículo 24. El término de la concesión o asignación para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales no debe ser menor de cinco ni mayor de treinta años, de acuerdo con la prelación del uso específico del cual se trate, las prioridades de desarrollo, el beneficio social y el capital invertido o por invertir en forma comprobable en el aprovechamiento respectivo. En la duración de las concesiones y asignaciones, “la Autoridad del Agua” debe tomar en consideración las condiciones que guarde la fuente de suministro en cuanto a cantidad y calidad, la prelación de usos vigentes en la región que corresponda y las expectativas de crecimiento de dichos usos.

Respecto al planteamiento del problema puesto a consideración en este documento tenemos que en el artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales, señala que estas concesiones serán objeto de prórroga por el mismo término y características por el que fueron otorgados, siempre que sean solicitados dentro de los últimos cinco años previstos al término de si vigencia y al menos de los 6 meses antes de su vencimiento y de lo contrario, se entenderá que se renuncia al derecho de solicitar la prórroga.

Artículo 24. ...

Las concesiones o asignaciones en los términos del artículo 22 de esta ley serán objeto de prórroga hasta por igual término y características del título vigente por el que se hubieren otorgado, siempre y cuando sus titulares no incurrieren en las causales de terminación previstas en la presente ley, se cumpla con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 22 de esta ley y en el presente artículo y lo soliciten dentro de los últimos cinco años previos al término de su vigencia, al menos seis meses antes de su vencimiento.

La falta de presentación de la solicitud a que se refiere este Artículo dentro del plazo establecido, se considerará como renuncia al derecho de solicitar la prórroga.

Abarca el Derecho Agrario lo relativo a la regulación de la explotación agrícola, con contenidos preponderantemente económicos, las normas agrarias contienen principios e instituciones para regular los factores económicos referentes a la producción, circulación, distribución y consumo.

La estructura y naturaleza de los contenidos normativos que integran la materia agraria, dan caracteres y modalidades específicas, dentro de las cuales tienen relevancia, los siguientes aspectos del derecho agrario:13

• Es una rama de derecho autónoma.

• Es un derecho dinámico, por la evolución de su contenido operando en el ámbito científico, social, económico, y político.

• Es un derecho social, pues sus normas e instituciones dan énfasis a la tutela de la población campesina.

• Es un derecho singular y excepcional que inspira al derecho común, por motivos de justicia social e interés público.

Cuando entendemos la naturaleza del Derecho Agrario somos cocientes de su naturaleza social y de justicia social, en concordancia con el artículo 4 y 5 de la Ley Agraria, que fue expuesta con anterioridad, es por ello que esta reforma busca favorecer la producción económica del campo y la salvaguarda de los derechos.

Esta iniciativa tiene por objeto reformar el artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales para

• Señalar que la autoridad está obligada a notificar de la caducidad concesiones o asignaciones respecto al uso de agua, seis meses antes por medios electrónicos.

• Se considerará omisión al derecho de prórroga, la falta de presentación de la solicitud para refrendar la concesión, por lo que el titular de ella tendrá un plazo de 60 días para presentar la solicitud y de lo contrario se entenderá que renuncia a su derecho.

Para ilustrar los cambios propuestos se señala la siguiente reforma:

Por lo expuesto someto a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Único. Se reforma el párrafo tercero y se adicionan el sexto y séptimo al artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales, para quedar como sigue:

Artículo 24. ...

...

La falta de presentación de la solicitud a que se refiere este Artículo dentro del plazo establecido, será notificada al titular de inmediato por “La Autoridad del Agua” y se considerará como una omisión al derecho de prórroga, haciéndose acreedor a las sanciones y multas correspondientes establecidas en el Artículo 119 de esta ley.

...

...

La Autoridad del Agua” está obligada a notificar al titular de las concesiones o asignaciones vigentes seis meses antes de la caducidad de los títulos por todos los medios electrónicos referidos.

En el caso de omisión, el titular contará con 60 días para interponer solicitud; concluido este plazo, se considerará como renuncia al derecho de solicitar la prórroga.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Comisión Nacional del Agua dispondrá de 60 días naturales, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para realizar las adecuaciones reglamentarias necesarias con base en lo previsto en él.

Notas

1 Gobierno de México, https://www.gob.mx/segalmex/articulos/el-productivo-campo-mexicano

2 Sader, https://www.gob.mx/agricultura/articulos/numeros-del-campo-que-enorgull ecen?idiom=es

3 Inegi, https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2023/CA_Def/ CA_Def2022.pdf

4 El Economista, https://www.eleconomista.com.mx/empresas/
Conagua-renovara-concesiones-vencidas-20140422-0098.html

5 Inegi, https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2023/CA_Def/ CA_Def2022.pdf

6 Ibídem.

7 Inegi, https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2023/CA_ResO pt/CA_ResOpt2022.pdf

8 El Sol de México, https://oem.com.mx/elsoldezacatecas/finanzas/
caen-cifras-de-empleo-en-el-campo-de-zacatecas-13310993

9 Diario Oficial de la Federación, https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5682767&fecha=14/03/2023 #gsc.tab=0

10 La jornada Zacatecas, https://ljz.mx/16/03/2023/tras-decreto-de-conagua-para-la-regulariz acion-de-concesiones-de-pozos-mas-de-4-mil-productores-de-riego-en-zaca tecas-han-quedado-en-la-indefension-alberto-de-santiago/

11 Sader, http://www.gob.mx/agricultura/articulos/zacatecas-un-campo-lleno-de-produccion#
:~:text=Su%20clima%20es%20predominantemente%20seco,%25%20urbana%20y%2040.5%25%20rural

12 Ibídem.

13 Cónfer Porte Petit Moreno, Luis Octavio, Valores éticos tutelados por el derecho agrario, página 5, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Disponible en https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/3/1374/21.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2025

Diputada Noemí Berenice Luna Ayala (rúbrica)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y del Código Penal Federal, suscrita por el diputado Omar Antonio Borboa Becerra y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, Omar Antonio Borboa Becerra, y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma el inciso d de la fracción II, del artículo 5o. y se adiciona la fracción XI, con los incisos a y b, del artículo 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores; y se adiciona un último párrafo al artículo 395 del Código Penal Federal, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), “el maltrato a una persona de edad consiste en un acto o varios actos repetidos que le causan daño o sufrimiento, o también la no adopción de medidas apropiadas para evitar otros daños, cuando se tiene con dicha persona una relación de confianza. Este tipo de violencia constituye una violación de los derechos humanos y puede manifestarse en forma de maltrato físico, sexual, psicológico o emocional; maltrato por razones económicas o materiales; abandono; desatención; y del menoscabo grave de la dignidad y el respeto”.1

Según la OMS, el maltrato a las personas adultas mayores puede tener graves consecuencias físicas, mentales, económicas y sociales, por ejemplo: lesiones corporales, defunción prematura, depresión, deterioro cognitivo, ruina económica y necesidad de ingreso en una residencia para personas adultas mayores. Para estas personas, las consecuencias del maltrato pueden ser especialmente graves y la recuperación puede llevar más tiempo que para los demás grupos de edad. A esta situación, se suman los factores individuales que aumentan el riesgo de sufrir maltrato, como la dependencia funcional o la discapacidad, la mala salud física o mental, el deterioro cognitivo y la escasez de ingresos.2

En el caso de México, de acuerdo con el Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México, 97 por ciento de los casos de maltrato contra personas adultas mayores es cometido por familiares y más de la mitad es realizado por hijas e hijos. Según este organismo, 98 por ciento de los reportes de todo el país revelan que padecen violencias patrimonial, física y emocional, y tres de cada cuatro son contra mujeres; desafortunadamente el hogar y la familia son, en algunas ocasiones, espacios de vulnerabilidad para las personas adultas mayores, en situaciones que van desde ofensas, gritos o el control de su dinero, hasta abandono, golpes u omisión de cuidados.3

De acuerdo con la información proporcionada por el Consejo Ciudadano, de 2020 a mayo de 2022 fueron atendidos cerca de 3 mil reportes de todo el país, y entre 2020 y 2021 se presentó un aumento del 11 por ciento, al pasar de mil 172 a mil 278 atenciones. De éstos, en 43 por ciento de las ocasiones, las personas adultas mayores son quienes se comunicaron directamente para solicitar asesoría jurídica o psicológica gratuita, confidencial y 24/7.

Del análisis que hace este Consejo de los casos en los cuales fue necesaria una guía jurídica para adultos mayores que han sido o estuvieron a punto de ser víctimas de algún tipo de delito patrimonial o de despojo, engaño, fraude inmobiliario o presiones de la delincuencia, se encontró que 30 por ciento de los intentos de abuso fue perpetrado por familiares, 14 por hijos, 5 por conocidos y 4 por arrendatarios. A esto se suma que, de acuerdo con los reportes, los abusos se suelen dar en más proporción contra personas adultas mayores que se encuentran solas.4

Según las estadísticas del Consejo Ciudadano destacan los intentos o acciones de despojo inmobiliario en todo el país, entre los que predomina el intento de arrebatarles a las personas adultas mayores sus casas (36 por ciento), terrenos (16), departamentos (11) o locales y negocios (5 por ciento), en un tercio de los casos no se especificó en qué inmueble se daba el intento de despojo.

A pesar de esta situación, es un hecho que las personas adultas mayores generalmente son omisas a iniciar un juicio contra los miembros de su familia o no están en condiciones de hacerlo, porque muchas veces se les considera como testigos poco fiables o porque el carácter del maltrato de los adultos mayores es intrínsecamente encubierto. En el caso del despojo patrimonial, se sienten muy mal porque al que tienen que denunciar es a su hijo o hija, hermanos u otros familiares, sobre todo si sólo cuentan con ese familiar, por lo que no quieren causarle problemas, han perdido las capacidades mentales necesarias, o también se presenta el caso de que sienten vergüenza de denunciarlo.

Según los especialistas, en los casos de maltrato y en específico de despojo de bienes o propiedades contra las personas adultas mayores, intervienen los siguientes factores: a) edadismo: prejuicios vinculados hacia la vejez. La dinámica social y económica actual valora a la gente conforme a la edad y prioriza la juventud, el dinero y la productividad; b) los valores de las familias o de las personas. De las personas adultas, 54 por ciento tiene vivienda propia, y la falta de valores en familia ocasiona disputas para adjudicarse el bien; c) la cultura “protectora”. Es común que los padres apoyen a los hijos compartiendo lo que tienen, incluso la vivienda. Esa realidad económica puede jugar en contra de ellos; d) el incremento de la esperanza de vida. Hoy se vive más años, lo que implica grandes retos a la salud y la condición de ser dependiente aumenta; e) la falta de conocimientos sobre sus derechos y cómo hacerlos valer. La mayoría de este sector, según el INEGI, posee estudios que apenas rebasan el equivalente al tercer año de primaria; y f) falta de previsión y exceso de confianza. La mayoría de las personas adultas confía en su familia, pues ellos cuidaron a sus padres, dieron cobijo a sus hijos y hermanos, y jamás esperan ser traicionados. Por ello, de acuerdo con el Colegio de Notarios, sólo una de cada 20 personas emite un testamento en México.5

De acuerdo con el Informe mundial sobre la violencia y la salud , quizá la forma más dañina de maltrato de las personas adultas mayores radique en las actitudes negativas hacia ellas y en los estereotipos que se tienen y del propio proceso de envejecimiento, actitudes que se reflejan en la exaltación frecuente de la juventud. El Informe enfatiza que mientras se siga desvalorizando a este sector vulnerable y se les margine de la sociedad, sufrirán una falta de identidad propia y quedarán sumamente expuestos a la discriminación y a todas las formas de maltrato.6

Y destaca algunas prioridades relevantes para afrontar y erradicar el problema del maltrato de las personas adultas mayores: a) aumentar los conocimientos sobre el problema; b) promulgar leyes más severas y elaborar políticas más enérgicas; y c) aplicar estrategias de prevención más eficaces.

Ciertamente, en el país está reconocido plenamente el derecho de las personas adultas mayores para decidir sobre todos los aspectos de su vida, de acuerdo con la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, debe respetarse su independencia, su capacidad de decisión y su desarrollo personal y comunitario; sin embargo, la ley es omisa al no contemplar disposición expresa referente al derecho que deben tener al uso y goce de sus propiedades, bienes o patrimonio y a no ser privadas de estos por motivos de edad.

La presente iniciativa propone reforzar la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores para incorporar disposiciones que garanticen el ejercicio de su derecho a la propiedad, incluida la libre disposición de sus bienes, y para prevenir el abuso y la enajenación ilegal de su propiedad. De esta manera van a poder hacer uso y gozar de sus propiedades, bienes o patrimonio y no ser privadas de estos por motivos de edad, excepto mediante el pago de indemnización justa, por razones de utilidad pública, conforme a lo establecido en la ley de la materia.

Asimismo, se establece que, se deberá tener atención preferente en la protección de su patrimonio personal y familiar y cuando sea el caso, puedan testar o donar sin presiones ni violencia.

En el caso del Código Penal Federal, en el capítulo V, “Despojo de cosas inmuebles o de aguas”, no se considera el despojo de inmuebles propiedad de personas adultas mayores, por lo que no hay penas ni multas para quien las despoje de sus propiedades o inmuebles. Esta omisión debe ser subsanada, pues las estadísticas indican que el 30 por ciento de los intentos de abuso fueron perpetrados por familiares.

Por ello, con las modificaciones del Código Penal Federal se endurecen las penas para quienes, con uso de violencia o amenaza o engaño, despojen de sus propiedades, bienes o patrimonio a las personas adultas mayores. Las penas y multas establecidas se incrementarán al doble cuando el autor sea su hijo, hija, nieto, nieta, hermano o hermana, y/o tenga a su cargo su tutela.

Con este proyecto legislativo se busca contribuir a erradicar el maltrato, abandono y despojo contra las personas adultas mayores, es imperativo reforzar la legislación incorporando las disposiciones necesarias para facilitar que este grupo vulnerable alcance una vejez digna y libre de violencia.

Para mayor referencia de las modificaciones que propone la presente iniciativa, en los siguientes cuadros comparativos se exponen las propuestas de reforma y adiciones de las leyes correspondientes:

Por lo expuesto someto a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el inciso d. de la fracción II del artículo 5o. y se adiciona la fracción XI, con los incisos a. y b., del artículo 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y; se adiciona un último párrafo al artículo 395 del Código Penal Federal

Primero. Se reforma el inciso d. de la fracción II del artículo 5o.; y se adiciona la fracción XI, con los incisos a. y b., del artículo 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para quedar como sigue:

Artículo 5o. ...

I. ...

II. De la certeza jurídica:

a. a c. ...

d. En los procedimientos que señala el párrafo anterior, se deberá tener atención preferente en la protección de su patrimonio personal y familiar y cuando sea el caso, testar o donar sin presiones ni violencia.

III. a X. ...

XI. De la propiedad:

a. Al uso y goce de sus propiedades, bienes o patrimonio y a no ser privada de estos por motivos de edad, excepto mediante el pago de indemnización justa, por razones de utilidad pública, conforme a lo establecido en la ley de la materia.

b. A que le sea garantizado el ejercicio del derecho a la propiedad, incluida la libre disposición de sus bienes, y para prevenir el abuso y la enajenación ilegal de su propiedad.

Segundo. Se adiciona un último párrafo al artículo 395 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 395. ...

I. a III. ...

...

...

Al que de propia autoridad y haciendo violencia o furtivamente, o empleando amenaza o engaño, ocupe un inmueble o haga uso de él, propiedad de personas adultas mayores, se le impondrá pena de prisión de uno a seis años y multa de quinientas a mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización. Las sanciones señaladas en este párrafo se aumentarán al doble cuando el autor tuviere para con la víctima, la relación de hijo, hija, nieto, nieta, hermano o hermana, o tuviera a su cargo su tutela.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Información recuperada el 16 de febrero de 2025 de Maltrato de las personas mayores.

2 Ídem.

3 Información consultada el 16 de febrero de 2025 en Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de Ciudad de México.

4 Información recuperada el 16 de febrero de 2025 de “Familiares codician casas, terrenos y negocios de sus adultos mayores”, Grupo Milenio.

5 Ídem.

6 Informe mundial sobre la violencia y la salud (2003). Washington, D.C., Organización Panamericana de la Salud, Oficina Regional para las Américas de la Organización Mundial de la Salud, página 153.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2025.

Diputado Omar Antonio Borboa Becerra (rúbrica)

Que reforma el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de turismo como área prioritaria del Estado, suscrita por la diputada Tania Palacios Kuri y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Tania Palacios Kuri, y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo establecido en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo cuarto del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de turismo como área prioritaria del Estado, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Según estimaciones de la Organización Mundial del Turismo (OMT) el turismo contribuye con el 10 por ciento del PIB Mundial, representa el 30 por ciento de las exportaciones de servicios, uno de cada diez empleos y su volumen de negocio iguala o supera al de sectores clave como el de las exportaciones de petróleo, productos alimentarios o automóviles.

De acuerdo con el Barómetro de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), durante el periodo enero-septiembre de 2024 se reportaron 790 millones de turistas internacionales, cifra que representó un incremento de 11 por ciento con respecto a 2023. Estos datos, representan una recuperación de 96 por ciento del turismo internacional previo a la pandemia de Covid-19.1

Se puede afirmar que el sector turístico es uno de los principales sectores de la economía internacional y tiene un impacto económico directo en países en vías de desarrollo y también en aquellos consolidados económicamente, además, esta actividad representa un gran potencial de desarrollo en todas las urbes que apuestan por esta actividad.

México ha sabido aprovechar el dinamismo del turismo mundial y ha recobrado un papel de liderazgo en el mercado internacional, permitiendo que el sector turístico se consolide y sea uno de los sectores más grandes e importantes que tiene nuestra economía. Hoy, la participación del producto interno bruto turístico (PIBT) representa 8.6 por ciento dentro del producto interno bruto nacional (PIB), situado incluso por arriba del PIBT de países como Nueva Zelanda 3.7 por ciento, Australia 2.5 por ciento, o Colombia con 2.3 por ciento.2 Además, representa 77 por ciento de las exportaciones de servicios del país, generando más de 10 millones de empleos directos e indirectos, lo que hace de este sector una palanca de desarrollo, que impulsa y genera crecimiento económico y desarrollo en muchas regiones del país.

De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), el turismo en el país representa de forma directa fuente de empleo para 4.8 millones de personas, pero a su vez, también genera alrededor de otros 6 millones de empleos de forma indirecta. Activando así otros sectores de la economía, particularmente de las micro, pequeñas y medianas empresas, quienes generan el 86 por ciento de empleos en el sector turismo.

Según la Secretaría de Turismo (Sectur), 5.1 millones de mexicanos salieron de la pobreza de 2018 a 2022, de los cuales casi 490 mil fueron debido a la actividad turística, lo que representa 9.7 por ciento de esa cifra.

Bajo un contexto en el que muchos de los sectores de la economía de nuestro país pasan por momentos de estancamiento y desaceleración, el turismo ha permanecido como un sector en franca recuperación y que está permanentemente impulsando a otras ramas de la economía. Incluso, este sector lleva desde 2015 creciendo a un ritmo mayor al de la economía nacional.

El sector turístico en México cuenta con una amplia expectativa para continuar creciendo en la participación de la economía, considerándose incluso, que este ramo puede llegar a representar 10 por ciento del PIB en los próximos 20 años, datos objetivos y de alta expectación si se contrastan con países desarrollados en la materia como España o Italia que representan 12 por ciento y 11.8 por ciento de sus economías, respectivamente.3 De cumplirse dicha proyección, se espera que el turismo empleé de forma directa a 7.9 millones de personas en el año 2039, dato también por demás alentador en materia de reducción de brecha de género, considerando que es la segunda industria que da empleo a mujeres con un 57.4 por ciento.4

México ha venido diversificando su propuesta turística más allá del turismo de sol y playa. Muestra de ello, es el turismo comunitario recién lanzado por la Sectur, que tiene como objetivo potenciar regiones del país que cuentan con infraestructura turística y posibilidades de comercialización procurando fomentar el desarrollo económico y social en comunidades seleccionadas, o bien, el turismo gastronómico que está ganando preponderancia, con rutas culinarias que ponen de relevancia la rica diversidad de la cocina mexicana, reconocida como Patrimonio Cultural de la Humanidad. El turismo de aventura, y el ecoturismo también están nuevamente en auge, a través de nuevas rutas y experiencias en distintas partes del país.

La sostenibilidad como tendencia mundial encuentra terreno fértil y por explorar en el país. Los proyectos futuros se orientan a la conservación ambiental y el respeto a las comunidades locales. Diversos destinos ya implementan proyectos de energía renovable y gestión de residuos, en tanto que hoteles denominados boutique han adoptado prácticas para atender la demanda de turistas conscientes del cuidado del medio ambiente. Otros segmentos turísticos importantes y consolidados que se ofertan para atender al turista local e internacional, son el turismo de convenciones, religioso, médico, deportivo, náutico, social, romance y de entretenimiento.

Ahora bien, en términos de conectividad e infraestructura se está apalancando la accesibilidad y movilidad de destinos turísticos, mediante la modernización del aeropuerto internacional de la Ciudad de México y del aeropuerto internacional Felipe Ángeles, así como de los aeropuertos de Toluca y Cuernavaca, de cara al Mundial de Futbol que se celebrará en nuestro país en 2026.

Además, se apuesta a la construcción de ocho nuevas líneas de trenes de pasajeros que recorrerán 18 mil kilómetros de vías férreas, mismas que se unen a la conclusión del Tren Maya. Acciones que beneficiarán al sector turístico local e internacional, acoplándose así, a la movilidad férrea europea, y a esa misma tendencia de movilidad que se está consolidando en el Medio Oriente, en países como Emiratos Árabes y Arabia Saudita, y en el caso de Asia, particularmente en China.

Los pueblos mágicos también se han convertido en pieza clave para la diversificación y evolución del turismo en México. Actualmente concentran 77 mil 215 unidades económicas relacionadas con la actividad turística, mismas que emplean alrededor de 300 mil 260 personas. Datos de la Sectur señalan que los ingresos por suministro de bienes y servicios en estos destinos, son del orden de los 197 mil 300 millones de pesos, cantidad que representa un promedio anual por unidad económica de 2 millones 555 mil pesos.5

Actualmente, hay 177 sitios con la denominación de “pueblo mágico”, donde se asienta una población de 10 millones 700 mil habitantes, que representan 8.5 por ciento de la población del país. Sin duda, los pueblos mágicos son parte importante del rostro turístico de México, los cuales cumplen con las exigencias de turistas extranjeros y nacionales, al tiempo que contribuyen con captación de divisas, empleo, inversión y bienestar social de sus habitantes.

Pueblos Mágicos ha representado una oportunidad de desarrollo para regiones comunitarias que históricamente han quedado rezagadas de los procesos de integración económica y de atracción de capitales, incluso, muchos municipios han encontrado a través de este programa un motor económico de desarrollo.

Hoy, el país registra nuevos máximos históricos en materia turística, consolidándose como uno de los primeros lugares en captación de divisas y llegada de turistas internacionales. La Sectur en el marco del sexto Informe de labores del gobierno de la república, destaca los siguientes datos:6

• México ocupó el sexto lugar en recepción de turistas y la posición número 15 en generación de divisas por concepto de turismo en el mundo.

• Por concepto de ingresos de divisas por visitantes internacionales se muestra un crecimiento anual de 6.2 por ciento, para dar un monto de 30 mil 809 millones de dólares. Monto que se proyectó para el cierre de 2024 por 33 mil 450 millones de dólares por concepto de visitantes extranjeros.

• Los principales mercados turísticos emisores hacia México fueron Estados Unidos, Canadá, Colombia, Reino Unido, España, Argentina, Francia, Alemania, Perú, y Brasil, entre los que destacan los crecimientos de Canadá, Estados Unidos y Brasil, con porcentajes de 40.3, 4.0 y 3.7, respectivamente.

• De septiembre de 2023 a junio de 2024 ingresaron vía aérea 19.8 millones de turistas, reportando un incremento de 4 por ciento en comparación con el mismo periodo anterior. Al cierre de 2024, se registró el ingreso de 33 mil 450 millones de dólares por visitantes internacionales.

• En 2023, el número de pasajeros en cruceros que arribaron a México ascendió a 9.8 millones, lo que aportó a la economía nacional una derrama de 742 millones de dólares.

• Los cinco principales puertos que captaron el mayor número de pasajeros en crucero en 2023, fueron Cozumel, Quintana Roo (46.7 por ciento); Mahahual, Quintana Roo (21.9 por ciento), Ensenada, Baja California (10.1 por ciento), Cabo San Lucas, Baja California Sur (7 por ciento); y Puerto Vallarta, Jalisco (5.2 por ciento), que en su conjunto representan 90.9 por ciento del total nacional.

• Hasta el tercer trimestre de 2024, la población empleada en el sector turístico, ascendió a 4.8 millones de personas, cifra que representa el 9 por ciento del empleo nacional.

• Para el primer trimestre de 2024, se registraron 469.2 millones de inversión extranjera directa. Destacan dos rubros: los departamentos y casas amuebladas con servicios de hotelería, que reflejan la mayor participación con el 56.6 por ciento (265.7 millones de dólares), seguido del transporte aéreo con líneas aéreas nacionales que participa con 17.5 por ciento (82 millones de dólares), en conjunto representan una participación de 74.1 por ciento.

• En 2023 se registró la llegada de cerca de 42 millones de turistas internacionales, cifra que representó un incremento de 10 por ciento en comparación con 2022.

• El gasto promedio de los visitantes internacionales en México en 2023 fue de mil 126 dólares, un incremento de 1.8 por ciento en comparación con 2022.

Las expectativas de la Sectur para 2024 proyectaban que la participación del PIBT en el PIB nacional se ubicaría aproximadamente en 8.6 por ciento anual, mismo objetivo que se cumplió de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

Queda claro que el turismo es un sector de carácter transversal, que integra a una gran variedad de servicios y productos ligados a otros sectores y actividades, con un importante impacto en la economía nacional, en la generación de empleos y el bienestar de la población. En conclusión, la industria turística desempeña un papel crucial en el desarrollo nacional.

Lograr el desarrollo económico y proyectar la participación de nuestro país en la economía global, requiere la existencia de un marco normativo que faculte a las instituciones gubernamentales para estructurar, orientar y regular el desarrollo de los diversos ámbitos de la economía nacional, mismos que se encuentran en gran medida considerados en el párrafo cuarto, del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en el cual, por un lado se establece la rectoría económica del Estado a través de áreas estratégicas; y por otra parte, mediante las áreas prioritarias se formaliza la participación del Estado y de los agentes privados en la producción y desarrollo del país en el contexto de una economía mixta, es decir, la coexistencia del sector público y privado, conforme al párrafo sexto del artículo 25 de la propia CPEUM.

El Instituto de Investigaciones Jurídicas define en términos constitucionales la sutil diferencia entre lo estratégico y lo prioritario, de la siguiente manera:7

Áreas estratégicas: conjunto de actividades económicas (producción y distribución de bienes y servicios) que exclusivamente realiza el gobierno federal a través de organismos públicos descentralizados, y unidades de la administración pública, por imperativos de seguridad nacional, interés general o beneficio social básico para el desarrollo nacional.

Áreas prioritarias: conjunto de actividades económicas (producción y distribución de bienes y servicios) que el gobierno federal, mediante las empresas públicas, realiza por sí o en concurrencia con los sectores social y privado, a fin de impulsarlas y organizarlas con antelación a otras, por razones circunstanciales e imperativos de interés general, proveyendo de esta forma al desarrollo nacional.

Es importante traer a colación que la Ley Federal de las Entidades Paraestatales señala particularmente en el párrafo segundo del artículo 6o. lo siguiente:

...

Se consideran áreas prioritarias las que se establezcan en los términos de los artículos 25, 26, y 28 de la propia Constitución, particularmente las tendientes a la satisfacción de los intereses nacionales y necesidades populares.

Para abundar, las áreas prioritarias son las que, de acuerdo con las circunstancias, resulte más conveniente impulsar debido a las necesidades de desarrollo nacional. Toda vez que las prioridades cambian de acuerdo con el estado del desarrollo nacional.8

El turismo debe ser reconocido como un área prioritaria en nuestra Carta Magna dejando de manifiesto que es un sector transformador, y en el caso de México está llamado a convertirse en un área prioritaria de interés nacional. Por ello, la política pública y la legislación debe seguir respaldando al turismo, a fin de que detone todo su potencial y se mantenga como un catalizador de la economía nacional.

Dado ello, el presente recurso legislativo proponer elevar a rango constitucional al sector turismo, como un área prioritaria del país, reconociéndolo como sector indispensable en la programación, planeación y particularmente clave en el desarrollo de nuestra nación.

Expuesto lo anterior, y con la premisa de “Por un turismo que impulse vidas, no sólo destinos”, se presenta el cuadro comparativo de la modificación a la norma:

Por todo lo expuesto y fundado someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el párrafo cuarto del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de turismo como área prioritaria del Estado

Único. Se reforma el párrafo cuarto del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 28. ...

...

...

No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; minerales radiactivos, litio y generación de energía nuclear; el servicio de Internet que provea el Estado; la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, cuyos objetivos serán preservar la seguridad y autosuficiencia energética de la Nación y proveer al pueblo de la electricidad al menor precio posible, evitando el lucro, para garantizar la seguridad nacional y soberanía a través de la empresa pública del Estado que se establezca; así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, y la exploración y extracción del petróleo y de los demás hidrocarburos, en los términos de los párrafos sexto y séptimo del artículo 27 de esta Constitución, respectivamente; así como las actividades que realicen las empresas públicas del Estado y las que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión. La comunicación vía satélite, el turismo y los ferrocarriles, tanto para transporte de pasajeros como de carga, son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de esta Constitución; el Estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la nación, y al otorgar asignaciones, concesiones o permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las leyes de la materia; asimismo, el Estado fomentará la actividad turística de manera integral y como factor de desarrollo económico, social, cultural y regional del país.

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Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Referencias

1 Barómetro del Turismo Mundial, https://www.unwto.org

2 https://www.gob.mx/sectur/es/articulos/
pib-turistico-crecio-4-4-por-ciento-ascendio-a-2-billones-582-mil-millones-de-pesos

3, 4 y 5 Secretaría de Turismo, https://www.gob.mx/sectur

6 Sexto informe de labores 2023-2024, https://www.gob.mx/sectur

7 Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, https://www.juridicas.unam.mx/

8 Áreas prioritarias México, leydederecho.org.mx. Enciclopedia jurídica.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2025.

Diputada Tania Palacios Kuri (rúbrica)