Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar al ISSSTE y a la Jucopo, en coordinación, a estudiar la viabilidad de abrir en las instalaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro una tienda SUPERISSSTE, a cargo de la diputada Evangelina Moreno Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena

Evangelina Moreno Guerra, diputada e integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la presente proposición con punto de acuerdo, por el que la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, solicita respetuosamente a la al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados del h. Congreso de la Unión, a que conjuntamente estudien la viabilidad de abrir del Palacio Legislativo de San Lázaro, una tienda del SuperISSSTE, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Existen diferentes formas de apoyar a la economía de las familias, entre ellas la de dar acceso a las personas para que puedan adquirir productos básicos a precios justos. Con este propósito surgieron tiendas de productos de primera necesidad administradas por el Estado para permitir ofrecer productos y servicios de buena calidad y bajo precio, coadyuvando con ello a la economía de los trabajadores.

Dentro de las tiendas creadas para beneficiar a trabajadores, como son los que prestan sus servicios al Estado, tenemos actualmente a las del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste), denominadas como “SuperISSSTE ”.

Los antecedentes del SuperISSSTE se remontan a la inauguración de la primera tienda el 13 de julio de 1953, con la presencia del entonces Presidente de la República Adolfo Ruiz Cortines. La tienda se estableció pasó a estar bajo la tutela de la antigua Dirección de Pensiones y Retiro.

Posteriormente, el 28 de diciembre de 1959, se promulgó de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste), por lo cual la tienda se incorporó al organismo naciente.1

A principios de la década de los sesenta, el Sistema de Tiendas y Farmacias del ISSSTE estaba adscrito a la Subdirección General de Servicios Sociales y Culturales, y ya en 1982 dicho sistema contaba con 149 tiendas en diversos tamaños y configuraciones en sus ventas, diseminadas en el Distrito Federal y en el interior del país.2

El 30 de agosto de 1995, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo por el que se creaba el Sistema Integral de Tiendas y Farmacias (SITyF) como unidad administrativa desconcentrada del ISSSTE. Por último, el 29 de junio de 2009, mediante el acuerdo núm. 74.1318.2009, la Junta Directiva del ISSSTE aprobó cambiar la denominación del Sistema a SuperISSSTE.

Como se dijo anteriormente, una de las características peculiares de estas tiendas, ha sido su enfoque para el rendimiento del ingreso de las familias, ya que los productos ofrecidos se han caracterizado por un costo bajo.

Desafortunadamente, la cadena de estas tiendas fue disminuyendo su presencia en el país, ya que los grandes consorcios de supermercados del capital privado han acaparado el mercado y también debido a las administraciones deficientes.

No obstante, la Ley del ISSSTE vigente, dispone que dicha institución tiene la obligación de ayudar a la economía de los trabajadores y sus familias como bien lo establece los siguientes numerales de dicha ley:

Artículo 195. El Instituto atenderá de acuerdo con esta Ley, a las necesidades básicas del Trabajador y su familia a través de la prestación de servicios que contribuyan al apoyo asistencial, a la protección del poder adquisitivo de sus salarios, con orientación hacia patrones racionales y sanos de consumo.

Artículo 196. Para los efectos del artículo anterior, el Instituto, de acuerdo con las posibilidades financieras del Fondo de servicios sociales y culturales, proporcionará a precios módicos los servicios sociales siguientes:

Programas y servicios de apoyo para la adquisición de productos básicos y de consumo para el hogar;

...”

Ahora bien, desde el inicio de la administración de la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo se anunció el rescate de las tiendas del ISSSTE luego de ser desahuciadas por los gobiernos neoliberales.3

Un ejemplo fue la apertura de la tienda SuperISSSTE ubicada en las oficinas del Sistema de Administración Tributaria (SAT) “El Reloj” al sur de la Ciudad de México en octubre del año pasado, con el fin de acercar productos de calidad a sus trabajadores. Esta acción hace manifiesta la modalidad de instalar las tiendas SuperISSSTE en centros laborales, como parte del apoyo del instituto para sus trabajadores y trabajadoras.4

En este tenor y con estos antecedentes, la suscrita pone a consideración de esta H. asamblea la pertinencia de aperturar una tienda SuperISSSTE en las instalaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro en razón de ser un centro laboral con un universo de personas considerable ya que, de acuerdo al reporte del tercer trimestre disponible en el portal de transparencia de la Cámara de Diputados, la plantilla laboral y de prestadores de servicios es de 5312 personas.

Pero no es sólo la cuestión cuantitativa la que impulsa la presentación de esta proposición, sino que el principal motivo es el que las trabajadoras y trabajadores, madres y padres que presten sus servicios en esta H. Cámara de Diputados, cuenten con el apoyo se realizar sus compras de primera necesidad ahorrando sobretodo tiempo.

Debe considerarse que esta Cámara desde hace varias décadas ha acondicionado locales para que Instituciones Bancarias, Empresas de Alimentos y estéticas brinden sus servicios a la comunidad de esta Cámara de Diputados, y en el caso del SuperISSSTE por tratarse de una unidad perteneciente al ISSSTE no antepone un interés particular, sino al contrario permite el cumplimiento de la Ley.

El ejemplo del SuperISSSTE del SAT en el sur de la Ciudad de México, el cual requirió de un espacio no muy grande para su funcionalidad es la referencia para que en el Palacio Legislativo pueda instalarse una tienda con características similares.

Por todo lo anterior, se propone a esta Honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, solicita respetuosamente al Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados a que en el ámbito de sus facultades estudien conjuntamente la viabilidad de establecer una tienda del SuperISSSTE en el Palacio Legislativo de San Lázaro, para beneficio de la economía de las personas que laboran y prestan sus servicios en la Cámara de Diputados.

Notas:

1. Consultado en: https://www.asf.gob.mx/Trans/Informes/IR2018b/Documentos/Auditorias/201 8_0286_a.pdf

2. Idem.

3. Consultado en: https://www.milenio.com/politica/sheinbaum-asegura-que-se-van-a-recuperara-las-tiendas-del-issste

4. Consultado en https://www.cronica.com.mx/nacional/2024/10/17/marti-batres-inaugura-ti enda-superissste-en-oficina-sat-el-reloj-en-la-cdmx/

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro a 18 de febrero de 2025.

Diputada Evangelina Moreno Guerra (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SE y a la SRE, así como a la colegisladora, a dar seguimiento a la relación bilateral México-Singapur, en el marco de la Alianza del Pacífico, a cargo de la diputada Gabriela Valdepeñas González, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, diputada Gabriela Valdepeñas González, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión y, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2 fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento a esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo a tenor de las siguientes

Consideraciones

En 1975 México y Singapur establecieron relaciones diplomáticas para el intercambio cultural, la cooperación educativa, en materia económica e internacional, en la que ambos países comparten intereses.

?El 6 de junio de 2012, Chile, Colombia, México y Perú constituyeron formal y jurídicamente el Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico como un mecanismo de integración regional con proyección al mundo, con el objetivo de construir de manera participativa y consensuada la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas; impulsar un mayor crecimiento, desarrollo y competitividad de las economías de sus Estados Miembros para lograr un mayor bienestar de sus habitantes y, convertirse en una plataforma de integración económica y comercial y de proyección al mundo, con especial énfasis al Asia Pacífico.1

En 2019 México recibió al Primer Ministro del país asiático, Lee Hsien Loong, en la que se anunció la incorporación de Singapur como primer Estado asociado de la Alianza del Pacífico. En esa “visita oficial, el Presidente Andrés Manuel López Obrador y el Premier Lee se comprometieron a impulsar nuestra relación al nivel de una alianza estratégica y de amplio alcance”.2

El Acuerdo de Libre Comercio de la Alianza Pacífico y Singapur (ALCAPS), cuyas bases fueron sentadas en 2019, fue ratificado por Perú y Singapur en febrero de 2023; y el pasado 30 de enero de 2025, la sala del Senado chileno aprobó por unanimidad el Acuerdo de Libre Comercio entre la Alianza del Pacífico y Singapur (ALCAPS), lo que significa un paso para la incorporación de ese país como primer

Estado Asociado de la Alianza del Pacífico.

La Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales de Chile destacó que “Singapur es la tercera mayor economía de la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático, cuenta con 5,9 millones de habitantes, tiene un PIB per cápita de US$ 141.554 (PPA), y su proyección de crecimiento para 2024 fue de 2,6% del PIB”.

“El comercio entre la AP y Singapur ha crecido un promedio de 6,5% anual durante el período 2014-2023; las exportaciones han aumentado un 5,5% en promedio por año, mientras que las importaciones han crecido en un 7%”.3

En diciembre de 2024, el Ministerio de Asuntos Exteriores de Singapur informó oficialmente, la apertura de la Embajada de Singapur en nuestro país, así como la visita de Estado del Presidente de Singapur, Tharman Shanmugaratnam, prevista para octubre o noviembre de 2025. En dicha visita se buscaría inaugurar la Embajada de Singapur en nuestro país, junto con la Presidenta Claudia Sheinbaum, hecho que marcaría de manera emblemática las celebraciones del 50º aniversario de las relaciones bilaterales que tendrá lugar en este año.

Para lograr tal objetivo, es necesario el seguimiento y el apoyo institucional para el envío de la carta de invitación dirigida al Presidente Tharman, por parte de nuestro gobierno, con el fin de formalizar la visita de Estado del mandatario singapurense a México, por solicitud de las autoridades singapurenses.

Por lo que el fortalecimiento de la relación comercial bilateral México-Singapur, para el incremento de exportaciones e intercambios en materias de turismo, cultura, investigación, tecnología, economía, proyectos para la construcción de puertos y el desarrollo sustentable, entre otros, representa una oportunidad de colaboración.

Por citar algunos datos de la Secretaría de Economía: en noviembre de 2024, las ventas internacionales de México a Singapur fueron de US$113 millones, mientras que las compras internacionales alcanzaron US$174 millones. Lo que resulta en un balance comercial de US$60.8 millones.4

La principal venta de México a Singapur en noviembre 2024, fue Máquinas y Unidades de Procesamiento de Datos, no Especificados o Incluidos en otro Lugar (US$58 millones). Los principales orígenes de las ventas hacia Singapur fueron Nuevo León (US$49.9 millones), Jalisco (US$21.1 millones) y Ciudad de México (US$18 millones).

La principal compra de México a Singapur en noviembre 2024 fue Diodos, Transistores y Semiconductores Similares (US$20.9 millones). Los principales destinos de las compras realizadas a Singapur fueron Ciudad de México (US$39.9 millones), Baja California (US$36 millones) y Chihuahua (US$34.5 millones).

Por su parte, el Banco de México informó que la Inversión Extranjera Directa (IED) proveniente de Singapur a México acumulada en el año 2024, es de US$31 millones, siendo las principales entidades federativas que recibieron mayor IED, la Ciudad de México (US$12.9 millones), Jalisco (US$12.9 millones) y Querétaro (confidencial).

Asimismo, como parte del proceso de industrialización nacional emprendido desde 2018 y en el marco del Plan México, presentado por la titular del Ejecutivo federal, Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, el pasado 13 de enero, la experiencia de Singapur en el manejo de puertos, podría impactar en la Inversión Extranjera Directa en nuestro país, entre otros, con los proyectos del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, la expansión de puertos como Salina Cruz, Ensenada y Manzanillo, y la creación de nuevos puertos, así como el fomento del turismo para cumplir con las metas del Plan México.

Es por todo lo anterior que pongo a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.– La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría de Economía, a la Secretaría de Relaciones Exteriores y al Senado de la República a que, en el marco de sus atribuciones, den seguimiento a los acuerdos generados de la relación bilateral México-Singapur, en el marco de la Alianza del Pacífico.

Notas:

1. ABC Alianza del Pacífico, recuperado desde: https://alianzapacifico.net/wp-content/uploads/2021/05/ABC2021.pdf

2. SRE, 2022, “México-Singapur: Alianza Estratégica”, No. 4 Vol. 1, Diciembre de 2022, Gobierno de México, recuperado desde: https://embamex.sre.gob.mx/singapur/images/PDFs/No04_Vol01_MSAE.pdf

3. Ministerio de Relaciones Exteriores, 2025, “Senado aprueba acuerdo económico.comercial entre la Alianza del Pacífico y Singapur”, Gobierno de Chile, recuperado desde: https://www.subrei.gob.cl/sala-de-prensa/noticias/detalle-noticias/2025 /01/30/senado-aprueba-acuerdo-econ%C3%B3mico-comercial-entre-la-alianza -del-pac%C3%ADfico-y-singapur

4. SE, 2024, “Singapur”, DATA-México, recuperado desde: https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/country/
singapur#:~:text=Comercio%20internacional%20mensual&text=La%20principal%20compra%20de%20M%C3%A9xico%
20a%20Singapur%20en%20noviembre%202024,Chihuahua%20(US%2434.5M).

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2025.

Diputada Gabriela Valdepeñas González (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Sedatu y al Inegi a establecer una mesa de trabajo con el gobierno del estado de Baja California y el municipio de Ensenada, con la participación de representantes del grupo interinstitucional, para analizar los criterios empleados para la nueva delimitación de la metrópolis y procurar la reclasificación del municipio de Ensenada nuevamente como “Zona Metropolitana”, con la finalidad de garantizar su acceso a recursos, políticas y programas públicos que impulsen el desarrollo del municipio, a cargo del diputado Fernando Jorge Castro Trenti, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Fernando Jorge Castro Trenti, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral I, fracción I, y 79, numeral I, fracción I y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a los representantes de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y el Consejo Nacional de Población a establecer una mesa de trabajo con el Gobierno del Estado de Baja California y el municipio de Ensenada, con la participación de los representantes del Grupo Interinstitucional para analizar los criterios empleados para la nueva delimitación de la metrópolis y procurar la reclasificación del municipio de Ensenada nuevamente como zona metropolitana, con la finalidad de garantizar su acceso a recursos, políticas y programas públicos que impulsen el desarrollo del municipio, al tenor de las siguientes

Consideraciones

I. El proceso de metropolización en México inició en 1940 a partir de la conurbación entre la Delegación Miguel Hidalgo de la Ciudad de México y el municipio de Naucalpan en el Estado de México inducida por la construcción de Ciudad Satélite.1 Desde entonces tanto los gobiernos como académicos han elaborado instrumentos para definir y delimitar las zonas metropolitanas del país, ya sea con fines colegiales o científicos.

II. En 1976 Luis Unikel definió el concepto de zonas metropolitanas como la extensión territorial que incluye a la unidad político-administrativa que contiene la ciudad central, y las unidades político-administrativas contiguas a ésta que tienen características urbanas, tales como sitios de trabajo o lugares de residencia de trabajadores dedicados a actividades no agrícolas y que mantienen una interrelación socioeconómica directa, constante e intensa con la ciudad central, y viceversa. 2 En su libro El desarrollo urbano de México: diagnóstico e implicaciones futuras , mencionó que en 1940 el país contaba con 5 zonas metropolitanas, en 1950 pasó 7 y en 1960 el país ya contaba con 12 zonas metropolitanas.

III. Con la promulgación de la Ley General de Asentamientos Humanos en los años setenta, se reconoció el fenómeno de conurbación como la continuidad física y demográfica que formen o tiendan a formar dos o más centros de población .3 Como resultado, en 1976 se emitieron seis declaratorias de conurbaciones para las zonas metropolitanas del Valle de México, Puebla – Tlaxcala, Tampico, Orizaba, Monterrey y La Laguna.4

IV. Entre los años ochenta y noventa, las únicas referencias académicas en la materia son las de Eugenia Negrete y Héctor Salazar (1986) Zonas metropolitanas en México , Estudios Demográficos y Urbanos , quienes delimitaron 26 zonas metropolitanas en México en 1980; y la de Jaime Sobrino (1993) Gobierno y administración metropolitana y regional , quien identificó 37 zonas metropolitanas dentro del país en 1990.

V. Nuevamente Jaime Sobrino en 2003 publicó el artículo Zonas metropolitanas de México en 2000: conformación territorial y movilidad de la población ocupada ; en este documento propuso que para la delimitación de dichas zonas se utilicen criterios básicos como el carácter urbano del municipio y los viajes intermunicipales por motivo de trabajo, así como criterios complementarios como la dinámica demográfica y la importancia económica del municipio. Con estos criterios identificó un total de 48 zonas metropolitanas, cuya población representaba casi la mitad de la población nacional del año 2000.

VI. En el año 2003, la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) y el Consejo Nacional de Población (Conapo), integraron un grupo de trabajo encargado de exponer una delimitación de las zonas metropolitanas en el territorio. En su exposición determinaron la integración de 55 zonas metropolitanas en México, esta fue la primera publicación sobre la Delimitación de las zonas metropolitanas de México que se realizó por parte del gobierno federal.

VII. En 2006, el Ejecutivo federal creó el Fondo Metropolitano, sin embargo, sus reglas de operación se publicaron hasta 2008. El fondo fue creado para atender las necesidades de las metrópolis de país bajo dos principios: la tendencia acelerada de concentrar mayor población y actividad económica, y el segundo, el reconocimiento de las metrópolis como territorios con particularidades que exigen acciones específicas por parte del Estado Mexicano, ya que para gobernarlas, administrarlas y planificarlas requiere de la concurrencia y coordinación conjunta de jurisdicciones político-administrativas; por ello, los recursos asignados responden a estudios, proyectos y acciones diversas con el propósito de avanzar en un desarrollo coordinado, ordenado y sustentable de las metrópolis.5

VIII. En 2007 se publicó la Delimitación de las zonas metropolitanas de México 2005 identificando 56 zonas metropolitanas las cuales concentraban el 56% de la población del país, 79% de la población humana y el 75% del producto interno bruto del país. Dentro de las principales recomendaciones para hacer de las zonas metropolitanas ciudades económicamente competitivas sobresalieron la planeación, coordinación y administración metropolitana como instrumentos clave al incidir positivamente en el patrón de organización espacial.

IX. Con la Delimitación de las zonas metropolitanas de México 2010 se identificaron 59 zonas metropolitanas, concentrando 63.8 millones de personas lo que correspondía al 56.8% de la población nacional. En términos generales, para las autoridades federales el fenómeno metropolitano conjugaba cuatro elementos: el tamaño de la población; expansión urbana y continuidad; densidad de población y los desplazamientos laborales y dependencia.

X. Del trabajo interinstitucional de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Consejo Nacional de Población y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, del 2010 al 2015 las zonas metropolitanas del país pasaron de 59 a 74 y la población residente pasó de 63.8 millones a 75.1 millones de habitantes, lo que equivalió al 62.8% de la población total del país.6

XI. De acuerdo con la información publicada sobre las Zonas Metropolitanas del país por parte de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el fenómeno metropolitano no ha dejado de crecer, aumentando tanto el número de zonas urbanas que se convierten en zonas metropolitanas, como el porcentaje de población urbana que vive en estas demarcaciones territoriales. En la siguiente gráfica se muestra el crecimiento de las zonas metropolitanas, así como la población habitante en dichas urbes.

Las 10 zonas metropolitanas con mayor población se encontraron: la zona metropolitana del Valle de México con 20,892,724; Guadalajara con 4,887,383; Monterrey con 4,689,601; Puebla –Tlaxcala 2,941,988; Toluca con 2,202,886; Tijuana con 1,840,710; León con 1,768,193; Juárez con 1,391,180; La Laguna con 1,342,195 y Querétaro con 1,323,640 habitantes respectivamente.7

Para esta nueva delimitación Baja California cuenta con tres zonas metropolitanas, conformadas por: zona metropolitana de Ensenada con 19 localidades, zona metropolitana de Mexicali, también con 19 localidades y la zona metropolitana de Tijuana con 23 localidades.

XII. En 2016 se llevó a cabo la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Sostenible, conocida como Hábitat III en la que se presentó la Nueva Agenda Urbana. Para dar respuesta a los compromisos asumidos en dicho encuentro, así como en los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2030, el Estado Mexicano publicó la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; que por primera vez se incorporan términos como Derecho a la Ciudad, Derecho a la propiedad urbana, resiliencia, sustentabilidad ambiental, accesibilidad universal y movilidad , entre otras, con el fin de afirmar que toda política pública de ordenamiento territorial, desarrollo y planeación urbana, así como de coordinación metropolitana deberá contar con esos principios.

XIII. En 2019 la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano impulsó la creación del Programa presupuestario S273 Programa de Mejoramiento Urbano (PMU) el cual busca atender la deficiencia en infraestructura urbana y equipamientos, los problemas de movilidad y limitada conectividad urbana, así como las limitaciones que enfrentan los gobiernos para la elaboración, actualización, implementación y evaluación de instrumentos de planeación territorial y urbana, para contribuir al acceso y ejercicio del derecho a la ciudad de las personas. Con el propósito de ordenar el funcionamiento de diversos fideicomisos y transparentar la rendición de cuentas, los recursos del Fondo Metropolitano (FonMetro) se destinaron al programa de Mejoramiento Urbano (PMU) para fomentar el ordenamiento territorial y urbano.8

XIV. De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020 en México habitamos 126,014,024 personas, trayendo consigo un conjunto de cambios económicos y productivos que han incentivado la relocalización de las actividades económicas, lo que ha detonado una acelerada expansión urbana. Por ende, fue necesaria una nueva reconfiguración de las zonas metropolitanas y en 2023 se presentó el documento Metrópolis de México 2020 . En dicho instrumento el grupo interinstitucional conformado por la SEDATU, el INEGI y la CONAPO realizaron ajustes metodológicos dando como resultado que en el Estado de Baja California únicamente se considere a Tijuana como zona metropolitana, mientras que Ensenada y Mexicali se categorizan como metrópolis municipales.

XV. De 2019 a 2024 la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano intervino a través del programa de Mejoramiento Urbano en los municipios de Ensenada, Mexicali, Tecate, Tijuana y Rosarito del estado de Baja California. Se realizaron 51 obras y se invirtieron $1,230 millones de pesos;9 las obras van desde centros de desarrollo comunitario, parques y equipamientos deportivo, complementos de instalaciones escolares, pavimentaciones hasta mercados. Gracias a estas acciones se han mejorado las condiciones de habitabilidad en el entorno inmediato de viviendas, así como aumentar la infraestructura urbana que contribuye en garantizar el derecho a la ciudad y sobre todo promover un desarrollo ordenado y regulado que tanto necesitan las metrópolis de nuestro país.

XVI. Ensenada cuenta con 444,807 habitantes, en comparación a 2010, la población decreció un -4.93%. Es la segunda metrópoli municipal con mayor PIB en el sector primario con 36,947 millones de pesos, convirtiéndose en su principal actividad económica al aportar el 41.2% respecto a su PIB total.10 Sus principales ventas en 2023 fueron Otras Frutas y Nueces 11 con 340 millones de dólares, camisetas de punto con 218 millones de dólares y pescado fresco o refrigerado con 125 millones de dólares.12

XVII. Desde hace más de 20 años México es un país metropolitano, este fenómeno constituye en un elemento de gran relevancia e importancia en el desarrollo y la planificación del país. Las metrópolis como concentraciones urbanas desempeñan un papel crucial en la economía y demografía de México, ya que aportan el 80% del Producto Interno Bruto (PIB) nacional.13

XVIII. Baja California cuenta con una Ley de Zonas Metropolitanas, en ella se establecen los lineamientos y bases generales de la planeación estratégica para fomentar el desarrollo armónico y sustentable, así como una adecuada coordinación entre los diferentes órdenes de gobierno que interactúan en las zonas metropolitanas del Estado. Al reconfigurar la zona metropolitana de Ensenada como metrópoli municipal impacta en su capacidad para planificar y ejecutar proyectos estratégicos de desarrollo urbano, al no contar con la denominación de zona metropolitana, se puede perder prioridad en la asignación de apoyos interinstitucionales y recursos específicos tanto federales como internacionales que pueden destinarse a áreas urbanas de alta densidad para fomentar su crecimiento ordenado. Esto implica que el gobierno local deberá redefinir sus estrategias de desarrollo con un margen de autonomía más limitado. La falta de una clasificación metropolitana limita la colaboración técnica y la planificación conjunta entre los distintos niveles de gobierno, lo cual es crucial para enfrentar problemas de crecimiento urbano, movilidad y acceso a servicios básicos en ciudades de esta magnitud.

XIX. Es importante abordar el impacto de la reclasificación de Ensenada porque se afecta el desarrollo urbano sostenido. Esta categoría no solo implica la densidad poblacional, sino que trae beneficios en términos de acceso a políticas públicas y colaboración entre niveles de gobierno que están diseñados para áreas urbanas de gran tamaño. Al no contar con esta categoría, Ensenada podría quedar en desventaja para abordar problemas como el crecimiento urbano, la movilidad, vivienda que requieren de una planeación estratégica.

El diálogo propuesto permitiría que Ensenada reciba la atención para establecer criterios sobre las políticas urbanas en la configuración y evite un rezago en infraestructura y facilita que el gobierno local ajuste sus estrategias de planeación de forma eficiente.

XX. En 2024, se publicó el documento “Metrópolis de México 2020” emitido por el Grupo Interinstitucional conformado por el Consejo Nacional de Población, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y la Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en el que se llevó a cabo la delimitación de las zonas metropolitanas del país, ejercicio que se realiza cada 5 años desde el año 2000. Corresponde de manera exclusiva a dicho Grupo Interinstitucional llevar a cabo la delimitación y determinación de criterios, por lo que, se han realizado ajustes metodológicos y establecido 3 categorías para las metrópolis, dando como resultado 92 metrópolis conformada por 421 municipios que se clasifican en: 48 zonas metropolitanas, 22 metrópolis municipales y 22 zonas conurbanas, con la finalidad de caracterizar y diferenciar el fenómeno metropolitano en sus distintas escalas demográficas, económicas y espaciales.

Por lo anteriormente expuesto sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados solicita respetuosamente a los representantes de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; al Instituto Nacional de Estadística y Geografía y al Consejo Nacional de Población a establecer una mesa de trabajo con el gobierno del Estado de Baja California y el municipio de Ensenada, con la participación de representantes del Grupo Interinstitucional, con el objeto de analizar los criterios empleados para la nueva delimitación de las metrópolis y procurar la reclasificación del municipio de Ensenada nuevamente como “zona metropolitana”, con la finalidad de garantizar su acceso a recursos, políticas y programas públicos que impulsen el desarrollo del municipio.

Notas:

1. Delimitación de las zonas metropolitanas 2005, México, INEGI, 2007, pp. 7 y 9.

2. Unikel, Luis. (1976) El desarrollo urbano de México: diagnóstico e implicaciones futuras.

3. Fracción IV del artículo Segundo de la Ley General de Asentamientos Humanos (Ley Abrogada en 1993)

4. Secretaría de Desarrollo Social (1993)

5. Evaluación del Fondo Metropolitano 2006-2009. Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

6. Delimitación de las Zonas metropolitanas de México 2015.

7. Ídem

8. Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. Programa de Mejoramiento Urbano (Pp273). Estrategia de Cobertura. https://mimexicolate.gob.mx/wp-content/uploads/2022/08/Estrategia-de-co bertura-PMU.pdf

9. Programa de Mejoramiento Urbano en Baja California 2019- 2024.
https://mimexicolate.gob.mx/wp-content/uploads/2024/05/24.05.03-Sedatu-en-BCN-2019-2024.pdf

10. Ídem

11. Clasificación de la Secretaría de Economía, sin mencionar específicamente a qué frutas se refiere.

12. Secretaría de Economía. https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/geo/ensenada

13. Metrópolis de México 2020.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2025.

Diputado Fernando Jorge Castro Trenti (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Movilidad y Transporte del estado de Hidalgo a revisar y atender el incremento injustificado en las tarifas del transporte público en la ruta el Cardonal – Ixmiquilpan, y a garantizar el respeto a los acuerdos establecidos en materia de tarifas, a cargo de la diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena

La presente Eunice Abigail Mendoza Ramírez, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXVI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 79, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primero: Durante los recorridos realizados en el municipio de El Cardonal, ciudadanas y ciudadanos manifestaron su inconformidad ante el incremento en las tarifas del transporte público en la ruta El Cardonal – Ixmiquilpan. Este aumento pasó de $10 a $11 pesos en el trayecto mínimo y de $17 a $19 pesos en el trayecto completo, lo que representa un incremento del 10% y 11.76% respectivamente. Sin embargo, este ajuste tarifario no ha sido debidamente justificado con base en estudios técnicos ni ha sido autorizado por la Secretaría de Movilidad y Transporte del Estado de Hidalgo, lo que genera incertidumbre en la población y pone en entredicho la legalidad de dicho aumento.

La Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Hidalgo establece con claridad que las tarifas del transporte público deben ser reguladas por las autoridades competentes, garantizando su accesibilidad, proporcionalidad y legalidad. En este sentido, el Artículo 7, fracción XVI, inciso e, otorga a la Secretaría de Movilidad y Transporte, en coordinación con los organismos encargados del transporte, la facultad de definir, modificar, normar, regular y vigilar las tarifas aplicables a los usuarios.

Aunado a ello, el Artículo 126 señala que las tarifas del servicio de transporte público deben ser determinadas por la autoridad competente, estableciendo con precisión el precio y las condiciones bajo las cuales se aplicarán. Además, el Artículo 127 dispone que la revisión tarifaria se llevará a cabo anualmente y únicamente a petición del concesionario o permisionario, siempre que dicha solicitud esté respaldada por estudios técnicos que justifiquen la modificación de los costos.

Ante estos preceptos legales, el incremento en la tarifa de la ruta El Cardonal – Ixmiquilpan resulta arbitrario y violatorio de la normatividad vigente, pues no se ha realizado bajo los mecanismos legales ni con la validación de la autoridad competente.

Segundo: Este aumento afecta de manera directa a cientos de familias que dependen del transporte público como su principal medio de movilidad. La ruta El Cardonal – Ixmiquilpan es utilizada diariamente por personas trabajadoras, estudiantes, adultos mayores y madres de familia, quienes ahora deben asumir un gasto mayor sin previo aviso ni consulta ciudadana.

El incremento es aún más preocupante porque la mayoría de las y los usuarios provienen de sectores de escasos recursos, lo que significa que su economía se ve severamente afectada por este ajuste tarifario. En muchos casos, se trata de trabajadores que deben tomar el transporte público dos veces al día, lo que incrementa el gasto mensual en movilidad y disminuye su capacidad para cubrir otras necesidades básicas como alimentación, salud y educación.

Cabe destacar que el derecho a la movilidad, reconocido en el artículo 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que el Estado debe garantizar condiciones de seguridad, accesibilidad, eficiencia, calidad, inclusión e igualdad en los servicios de transporte. Un aumento arbitrario de tarifas sin estudios técnicos ni autorización oficial vulnera este derecho fundamental y afecta el acceso de la ciudadanía a un servicio público indispensable.

Adicionalmente, el artículo 151 de la Ley de Movilidad y Transporte del estado de Hidalgo obliga a los concesionarios y permisionarios a prestar el servicio conforme a las tarifas autorizadas por la autoridad competente. Cualquier cobro superior a las tarifas establecidas es ilegal y debe ser objeto de supervisión y sanción por parte de las instancias correspondientes.

Tercero: El Secretario de Gobierno del estado de Hidalgo, Guillermo Olivares Reyna, en una reciente visita en la región, afirmó de manera contundente que no se había autorizado un incremento en las tarifas del transporte público en la entidad. Esta postura fue respaldada por la Secretaría de Movilidad y Transporte, que reiteró su compromiso de mantener las tarifas vigentes sin aumentos durante el año 2025.

Sin embargo, los operadores de la ruta El Cardonal – Ixmiquilpan han implementado este aumento de manera unilateral, sin autorización de la Secretaría de Movilidad y Transporte, lo que contraviene los acuerdos gubernamentales y genera desconfianza en la ciudadanía. Además, la falta de una supervisión efectiva ha permitido que los concesionarios colocaran tarifarios ilegales dentro de las unidades de transporte, estableciendo unilateralmente nuevos costos sin contar con la publicación oficial en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, que es el único documento válido para establecer modificaciones tarifarias.

Este incremento irregular y sin sustento podría derivar en sanciones administrativas para los concesionarios que lo han implementado, pues contraviene las disposiciones establecidas en la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Hidalgo.

Cuarto: El transporte público es un servicio esencial para el desarrollo social y económico de las comunidades, por lo que su regulación debe garantizar que sea asequible, seguro y eficiente para la población. Un incremento injustificado en las tarifas no solo representa una afectación directa a la economía de las familias hidalguenses, sino que también limita su acceso a derechos básicos como la educación, la salud y el empleo.

Este punto de acuerdo busca proteger los derechos de las y los usuarios del transporte público en Hidalgo, garantizando que las tarifas se mantengan accesibles y acordes con los acuerdos establecidos por las autoridades. Confiamos en que la Secretaría de Movilidad y Transporte atenderá este llamado y tomará las medidas necesarias para evitar afectaciones a la economía familiar y al derecho a la movilidad de las personas.

Por lo expuesto y fundado, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la a la Secretaría de Movilidad y Transporte del Estado de Hidalgo, a Realizar una revisión exhaustiva del incremento en las tarifas del transporte público en la ruta El Cardonal – Ixmiquilpan, y determinar si dicho aumento cuenta con la justificación y autorización correspondiente, garantizando con ello que las tarifas del transporte público en el Estado de Hidalgo se ajusten a los acuerdos y lineamientos establecidos por las autoridades competentes, respetando los compromisos adquiridos con la ciudadanía.

Segundo.- La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la a la Secretaría de Movilidad y Transporte del Estado de Hidalgo, a establecer mecanismos de supervisión y control para evitar incrementos injustificados en las tarifas del transporte público, y sancionar a los operadores que incumplan con las disposiciones vigentes, así como a realizar una campaña de información dirigida a las y los usuarios, explicando las tarifas vigentes y los mecanismos de denuncia en caso de incrementos injustificados.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2025.

Diputada Eunice Abigail Mendoza Ramírez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Dirección General del Instituto de Movilidad y Accesibilidad a suspender de inmediato el aumento a las tarifas del transporte público impuestas en el estado de Nuevo León, a cargo de la diputada Petra Romero Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, diputada Petra Romero Gómez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta de manera respetuosa al Ing. Roberto Abraham Vargas Molina, Encargado del Despacho de la Dirección General del Instituto de Movilidad y Accesibilidad, para suspender de inmediato el aumento a las tarifas del transporte público impuestas en el Estado de Nuevo León, conforme a las siguientes

Consideraciones

El pasado viernes 7 de febrero del 2025, la Junta de Gobierno del Instituto de Movilidad y Accesibilidad, aprobó el aumento de $15 a $17 pesos en la tarifa en rutas de transporte publico de Nuevo León, la reunión fue presidida por Abraham Vargas, encargado del despacho del IMA, quien fue el proponente de este aumento.1

Y aunque el secretario de Movilidad, Hernán Villarreal, pidió llamarlo deslizamiento de 10 centavos que iniciaría a partir de febrero y durante 20 meses hasta llegar a los 17 pesos, es innegable el aumento y el impacto que habrá en los bolsillos de miles de ciudadanos.

La baja frecuencia de las unidades y la calidad insuficiente del servicio son constantes problemáticas que han manifestado los usuarios. Sin embargo, subir el precio del pasaje no es la solución, pues se arremete en contra del pueblo, es una medida que perjudica sobre todo a los estudiantes que buscan prepararse para tener un mejor futuro y a los miles de trabajadores que día a día salen a buscar un sustento para su hogar.

Debemos ser más conscientes y empáticos, hay trabajadores que reciben el sueldo mínimo y destinan una parte considerable de su sueldo para poder llegar a sus lugares de empleo y regresar a sus viviendas, el trasporte público no es un lujo para ellos, es una necesidad.

Estos aumentos no contemplan el impacto social y económico que generara en miles de familias, además de que afectan de manera directa el derecho a la movilidad.2

Como Secretaria de la Comisión de Trabajo y Previsión social en la H. Cámara de Diputados, es mi obligación velar por el bienestar de las y los trabajadores en mi Estado, por ello presento el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa al Ing. Roberto Abraham Vargas Molina, Encargado del Despacho de la Dirección General del Instituto de Movilidad y Accesibilidad, para suspender de inmediato el aumento a las tarifas del transporte público impuestas en el Estado de Nuevo León.

Segundo.- La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa al Dr. Hernán Manuel Villarreal Rodríguez, Secretario de Movilidad y Planeación Urbana a mejorar el sistema de transporte del Estado de Nuevo león para que existan unidades suficientes y en buenas condiciones.

Tercero.- La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa al Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, Samuel Alejandro García Sepúlveda, para que intervenga y se suspenda el alza a la tarifa del transporte público en Nuevo León.

Notas:

1. https://www.milenio.com/politica/comunidad/aprueban-aumento-tarifa-tran sporte-publico-nuevo-leon-2025

2. https://www.milenio.com/politica/comision-derechos-nuevo-leon-pide-susp ender-aumento-transporte-publico

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero de 2025.

Diputada Petra Romero Gómez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Querétaro a hacer de conocimiento público sobre los hechos ocurridos el pasado 25 de octubre y 9 de noviembre de 2024, referentes al desalojo de comerciantes y los actos de violencia ocurridos en el bar Los Cantaritos, a cargo del diputado Luis Humberto Fernández Fuentes, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito diputado Luis Humberto Fernández Fuentes, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y con las facultades conferidas por lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Presidencia Municipal de Querétaro, para hacer de conocimiento público sobre los hechos ocurridos el pasado 25 de octubre y 9 de noviembre de 2024, referentes al desalojo de comerciantes, así como los actos de violencia ocurridos en el bar “Los Cantaritos”, misma que tiene sustento con las siguientes consideraciones

Consideraciones

El pasado 25 de octubre de 2024, la Presidencia Municipal de Querétaro, actuó con uso excesivo de elementos de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, contra las mujeres, niños y hombres; que se encontraban vendiendo sus artesanías en el Centro Histórico de la Ciudad de Querétaro, lo cual constituye su patrimonio cultural, material e inmaterial.

De dichos acontecidos dieron cuenta diversos medios periodísticos;

https://www.infobae.com/mexico/2024/10/26/denuncian-a-p olicias-de-queretaro-por-detencion-violenta-y-arbitraria-de-comerciante s-indigenas-llevaban-bebes-en-brazos/

https://tribunadequeretaro.com/informacion/represion-en -el-centro-historico-de-queretaro-deja-cinco-detenidos-y-varios-lesiona dos/

A unos días después de tomar protesta, Felipe Fernando Macías Olvera, Presidente Municipal de Querétaro, dijo que el diálogo se agotó y dispuso de policías con perros para reprimir a los comerciantes, constituyendo un hecho público y notorio.

Lo anterior es una violación al artículo 2o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, referente a la composición pluricultural de la Nación y a las comunidades indígenas.

El apartado B del artículo 2o de la Constitución federal, es categórico al señalar que:

La Federación, las entidades federativas, los Municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, deberán establecer las instituciones y determinar las políticas públicas que garanticen el ejercicio efectivo de los derechos de los pueblos indígenas y su desarrollo integral, intercultural y sostenible, las cuales deben ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos.”

Sin embargo, el 25 de octubre del 2024, se realizó un operativo ordenado por la Presidencia Municipal de Querétaro, con el que puso en marcha su programa de limpia del Centro Histórico de comerciantes ambulantes con un operativo encabezado por Inspección Municipal, la Secretaría de Movilidad, el Sistema Municipal del DIF, Protección Civil y Seguridad Pública Municipal (SSPMQ) junto con el equipo táctico K9; con más de 120 efectivos de seguridad.

La Presidencia Municipal de Querétaro, debió establecer, estrategias de desarrollo como el “Comercio Justo”, dignificar el trabajo de producción de arte y patrimonio cultural indígena, fortalecen su identidad, preservan sus técnicas ancestrales de trabajo y potencializan el desarrollo económico y consecuentemente su desarrollo colectivo.

Los Derechos Humanos son inherentes a toda la especie humana, sin discriminación alguna, sin embargo, la Presidencia Municipal de Querétaro, no los respetó, al ordenar el desalojo de las y los artesanos del Centro Histórico de la Ciudad de Querétaro, el 25 de octubre del 2024.

Adicionalmente, se suscitó un hecho de violencia, sin precedentes en la Ciudad de Querétaro; el día 9 de noviembre del 2024, se dio un tiroteo en el Bar “Los Cantaritos”, que dejó un saldo de una decena de muertos y heridos. Por lo que resulta de la mayor conveniencia conocer toda la información relacionada con este establecimiento, que se encuentre a disposición de la Presidencia Municipal de Querétaro.

Por lo anterior, se exhorta a la Presidencia Municipal, hacer de conocimiento público:

• Solicitud de Licencia Municipal, de apertura del Bar en cuestión.

• Licencia Municipal para operar.

• Visto Bueno de Protección Civil Municipal, para operar el citado Bar.

• Padrón actual 2024 y 2025, de bares y restaurantes que operan en el Municipio de Querétaro.

• Estadística de Licencias Municipales de bares y restaurantes, existentes en el 2024, agrupadas por cada Delegación Municipal; identificando nombre del establecimiento, domicilio, teléfono y solicitante de la Licencia Municipal.

Mención especial es conocer si existen Licencia (s) de funcionamiento de bares o restaurantes, a nombre funcionarios del Municipio de Querétaro, o de sus familiares hasta tercer grado.

Ante estas consideraciones, me permito presentar a esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión hace un respetuoso exhorto a la Presidencia Municipal de Querétaro, a hacer de conocimiento público la información de los hechos suscitados el 25 de octubre y del 9 de noviembre del 2024, relacionada a los actos de desalojo de comerciales; así como de lo sucedido en el Bar “Los Cantaritos” y la documentación de carácter administrativo relacionada al otorgamiento de licencias de funcionamiento, respectivamente.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de febrero del 2025.

Diputado Luis Humberto Fernández Fuentes (rúbrica)