Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Cofepris a realizar un análisis de riesgos con relación al rojo no. 3 FD&CA, también llamado eritrosina (colorantes con una ida establecida), a cargo de la diputada María Isidra de la Luz Rivas, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita María Isidra De La Luz Rivas, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXVI Legislatura de este H. Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, así como 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Recientemente el colorante Rojo No. 3 FD&C también conocido como eritrosina ha sido objeto de estudios científicos debido a los efectos secundarios que habría estado causando y que sentaron las bases para relacionarlo con el cáncer y demás padecimientos que afectan a la salud, dichos estudios han demostrado que este ingrediente causa cáncer en ratas de laboratorio macho expuestas a niveles elevados de FD&C Red No. 31 debido a un mecanismo hormonal que se produce en las ratas macho. Los estudios realizados en otros animales o en seres humanos no han demostrado el mismo efecto y no hay pruebas concretas de que el FD&C Red No. 3 cause cáncer en seres humanos; sin embargo, se ha considerado un factor de cáncer bastante probable y que no vale la pena su uso en contra de la salud y bienestar de las personas.

La Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA por sus siglas en inglés) emitió una orden para revocar las autorizaciones para el uso de FD&C Rojo No. 3 en alimentos y drogas ingeridas, esto, basándose en la Cláusula Delaney de la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos (FD&C Act). La Cláusula Delaney, promulgada en 1960 como parte de la Enmienda de Aditivos Colorantes a la Ley FD&C, prohíbe la autorización por parte de la FDA de un aditivo alimentario o colorante si se ha descubierto que induce cáncer en seres humanos o animales.2

De acuerdo a la normativa de la FDA, los fabricantes que utilicen FD&C Red No. 3 en alimentos y medicamentos ingeridos tendrán hasta el 15 de enero de 2027 o el 18 de enero de 2028, respectivamente, para reformular sus productos.

Sin embargo, el gobierno de México no ha publicado ningún estudio con respecto a este aditivo y no ha fijado ninguna postura ante el uso del mismo.

En relación con el mismo, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) analiza las acciones referentes al uso del colorante Rojo No. 3 FD&C en alimentos, bebidas y medicamentos; a través del comunicado 03/2025, declaró que como autoridad sanitaria nacional, evalúa de manera permanente los aditivos para el uso en alimentos, bebidas y medicamentos. Sin embargo, no ha emitido algún resultado de estudio sobre el mismo.

De igual forma, la COFEPRIS indicó que toma en consideración hallazgos o decisiones a nivel internacional, por lo que están realizando un análisis de riesgos en relación al Rojo No. 3 FD&C, conforme al uso del Anexo III Colorantes con una IDA establecida en el Acuerdo de aditivos en materia de alimentos y bebidas.

En tanto; respecto a los medicamentos, la COFEPRIS informa que se realiza el análisis del uso del Rojo No. 3 FD&C en el capítulo de aditivos de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos (FEUM), específicamente en la lista de colorantes.3

Tomando en cuenta lo anterior, es importante recalcar que no se trata de un tema menor, sino de uno que podría afectar en gran manera en la salud de las y los mexicanos y permitir más tiempo el uso de este colorante en los productos de consumo humano puede representar grandes afectaciones a futuro.

Es por ello que, promover las investigaciones por parte de las Instituciones de salud mexicanas, generarían más y mejores datos que brinden claridad ante esta situación y que coadyuven a la prevención del cáncer u otras enfermedades posiblemente relacionadas con este colorante artificial.

De encontrarse datos y resultados que indiquen que el FD&C Red No. 3 cause cáncer en seres humanos, u otros daños considerables colaterales a la salud, la COFEPRIS deberá eliminarlo del listado de aditivos alimentarios Anexo III Colorantes con una IDA establecida.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este pleno de la Honorable Cámara de Diputados, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.- La Honorable Cámara del Congreso de la Unión, exhorta a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), a que realice los análisis de riesgos en relación al Rojo No. 3 FD&CA, también llamado eritrosina y en su caso, lo excluya del listado de aditivos alimentarios Anexo III (Colorantes con una IDA establecida) permitidos para su uso de manera inmediata.

Notas:

1. FD&C Rojo N° 3, U.S. FOOD & DRUG ADMINISTRATION, en línea,
https://www-fdagov.translate.goog/industry/color-additives/fdc-red-no-3?_x_tr_sl=en&_x_tr_tl=es&_x_tr_hl=es&
_x_tr_ pto=wa, consulta en línea el 01 de febrero de 2025.

2. CFR, FD&C Rojo N° 3, U.S. FOOD & DRUG ADMINISTRATION, en línea,
https://www-fdagov.translate.goog/industry/color-additives/fdc-red-no-3?_x_tr_sl=en&_x_tr_tl=es&_x_tr_hl=es&
_x_tr_ pto=wa, consulta en línea el 01 de febrero de 2025.

3. CFR, COFEPRIS analiza las acciones referentes al uso del colorante Rojo No. 3 FD&C en alimentos, bebidas y medicamentos, comunicado 03/2025, COFEPRIS, en línea, https://www.gob.mx/cofepris/articulos/cofepris-analiza-las-acciones-ref erentes-al-uso-del-colorante-rojo-no-3-fd-c-en-alimentos-bebidas-y-medi camentos?idiom=es, consulta el 02 de febrero de 2025.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de febrero de 2025.

Diputada María Isidra De La Luz Rivas (rúbrica)