Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Conagua y a la Semarnat a atender la crisis hídrica en el país, suscrita por el senador Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 116, 117 y 118 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y artículo 8, numeral 1, fracción II, del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) a atender el problema de la crisis hídrica en el país.

Exposición de Motivos

En la actualidad, la humanidad atraviesa un escenario de crisis hídrica que ya afecta a más de la mitad de la población mundial y que, día con día, provoca que 2 mil 200 millones de personas carezcan de agua potable y otras 3 mil 500 millones, de accesos servicios adecuados de saneamiento.1 Esto supone un panorama que pone en peligro la vida humana tal y como se conoce en la actualidad, cuyos estragos ya son latentes y que se acentuarán en el futuro debido al crecimiento poblacional con el que, se espera, la población mundial llegue a los 10 mil millones de personas para 2050.2

México no está exento de este panorama de crisis que se vive en todo el mundo, a pesar de que es de por sí un país “privilegiado” en cuanto a disponibilidad de cuerpos de agua.3 Si bien se calcula que en territorio nacional existen 29 mil kilómetros cuadrados de cuerpos de agua interiores, además de 757 cuencas y 142 humedales –cuya extensión llega a los 8.6 millones de hectáreas–, nuestro país atraviesa por una escasez de agua sin precedentes. Actualmente, las presas a nivel nacional se encuentran, en promedio, a 45 por ciento de su capacidad4 dado el aumento de las sequías en México y el breve periodo de lluvia que ocurre a lo largo del año; en sólo cuatro meses, se concentra 72 por ciento de las lluvias.5

Un estado que ha sido víctima de estas sequías es la Ciudad de México; durante 2024, cien por ciento de sus alcaldías presentaron un nivel de sequía severa.6 Además, a causa de la falta de lluvia, los niveles de embalses de la Ciudad se encuentran a menos de 27 por ciento de su capacidad.7 Este bajo almacenamiento del agua afecta directamente al abastecimiento de la Ciudad, por lo que las y los habitantes de la capital del país se han tenido, desde hace varios años, que enfrentar a recortes regulares de agua durante todo el año, lo que impacta de manera importante en su calidad de vida.

Además del desabasto de agua que atraviesan las alcaldías de la Ciudad de México, algunas han enfrentado casos de contaminación de este líquido. En 2024, vecinas y vecinos de la alcaldía Benito Juárez denunciaron que el agua que les llegaba de las tuberías contenía lo que parecían ser productos derivados del petróleo, lo que afectó a cientos de habitantes y les provocó afectaciones en piel y estómago por el contacto y consumo del agua contaminada, respectivamente.8 Es importante destacar que, hasta el momento, no se conocen con exactitud los contaminantes presentes en la alcaldía, dado que el gobierno capitalino reservó, por los siguientes tres años, los resultados del análisis realizado en las tuberías.9

Aunado a esto, el uso excesivo del agua en México derivado de la producción industrial en masa ha provocado que, al día de hoy, 114 de los 653 acuíferos con los que se cuenta a nivel nacional se encuentren sobreexplotados10 y 325 estén en déficit debido a las concesiones otorgadas por el Gobierno mexicano a través de los años.11

Esta explotación desmedida pone en un estado de incertidumbre a la población mexicana en cuanto a la seguridad hídrica se refiere. Las y los mexicanos no tienen agua para beber, ni para desempeñar sus actividades diarias, mientras sí la tienen quienes se aprovechan de este recurso escaso. Muestra de ello es que, en 2020, México fue el país con el mayor consumo de agua embotellada a nivel mundial,12 lo que indica una deficiencia en el suministro público de agua potable que está siendo cubierta por las mismas empresas que sobreexplotan los cuerpos de agua en nuestro país.

Un ejemplo de esto es lo que se vive en San Cristóbal de las Casas, Chiapas. La empresa Fomento Económico Mexicano (FEMSA) tiene dos concesiones con el Gobierno mexicano que le permite extraer 481 mil 982 metros cúbicos anuales de agua en dos pozos de 180 metros de profundidad; de esta manera, la empresa extrae 1 millón 320 mil litros al día para la producción de bebidas como la Coca Cola y demás productos de esta familia.13

Organizaciones de la sociedad civil, junto con el Ayuntamiento de San Cristóbal de las Casas –a través de su síndico municipal–, ya han denunciado estas prácticas extractivas y han pedido que se revoque la concesión a Coca-Cola por el impacto ambiental desmedido que tiene sobre los recursos naturales de la ciudad.14

Todas estas experiencias a nivel nacional evidencian la grave crisis hídrica por la que se enfrenta el país. Sin embargo, algunos agravantes de ésta se pueden revertir con acciones concretas como la revisión y, en su caso, revocación de concesiones a las grandes empresas cuyas actividades extractivas y dañinas para el medio ambiente son evidentes. De igual manera, resulta fundamental que la Comisión Nacional del Agua realice visitas regulares a los centros de trabajo de las empresas concesionarias con el objetivo de inspeccionar y detectar irregularidades en cuanto a la extracción de agua. De esta forma, se podrían ahorrar cientos de miles de litros de agua que podrían ser aprovechados por la población en general.

Por lo anteriormente expuesto, me permito presentar la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. El Senado de la República exhorta a la Comisión Nacional del Agua a revisar las concesiones de extracción de agua en todo el territorio mexicano y, en caso de existir alguna violación a la Ley de Aguas Nacionales, revocar las concesiones pertinentes.

Segundo. El Senado de la República exhorta a la Comisión Nacional del Agua a garantizar la seguridad hídrica en el país a través de una adecuada gestión de los recursos hídricos y el mantenimiento constante de la infraestructura hidráulica en territorio mexicano.

Tercero. El Senado de la República exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a evaluar el impacto medioambiental que las concesiones de extracción de agua en los 32 estados de la República tienen en el equilibrio hídrico en el país, así como a transparentar dichos resultados.

Notas

1 Unesco. Las crisis del agua amenazan la paz mundial (informe). Recuperado de https://www.unesco.org/es/articles/las-crisis-del-agua-amenazan-la-paz- mundial-informe

2 Noticias ONU. La población mundial sigue en aumento, aunque sea cada vez más vieja. Recuperado de

https://news.un.org/es/story/2019/06/1457891

3 CEMDA. Posicionamiento sobre la crisis hídrica nacional. Recuperado de https://cemda.org.mx/posicionamiento-sobre-la-crisis-hidrica-nacional/

4 López, S. (2023). Escasez de agua y sequía en México: crisis actual. Recuperado de https://imco.org.mx/escasez-de-agua-y-sequia-en-mexico-crisis-actual/

5 UNAM. Enfrenta México crisis hídrica. Recuperado de https://www.dgcs.unam.mx/boletin/bdboletin/2023_370.html

6 El Economista . CDMX necesitaría una inversión de 70,000 millones de pesos para afrontar la crisis del agua. Recuperado de https://www.eleconomista.com.mx/estados/CDMX-necesitaria-inversion-de-7 0000-millones- de-pesos-para-afrontar-crisis-del-agua-20240422-0129.html

7 Shortell, D. Ciudad de México se está quedando sin agua ¿serán estas ciudades las siguientes? Recuperado de https://www.nationalgeographic.es/medio-ambiente/2024/06/ciudad-mexico- agota-agua-que-ciudades-seran-siguientes

8 El Sol de México . Pemex confirma aceite en agua de Benito Juárez, pero omite origen. Recuperado de https://oem.com.mx/elsoldemexico/metropoli/pemex-informa-que-contaminan te-de-agua-en-la-alcaldia- benito-juarez-es-mezcla-de-aceites-13078449

9 El Financiero . GCDMX reserva por 3 años los resultados sobre agua contaminada en la BJ. Recuperado de https://www.elfinanciero.com.mx/cdmx/2024/05/09/gcdmx-reserva-por-3-ano s-los-resultados-sobre-agua-contaminada-en-la-bj/

10 Conagua. Gerencia de Aguas Subterráneas. Acuíferos sobreexplotados. Recuperado de https://sigagis.conagua.gob.mx/sobreexplotados/

11 Excelsior . Sobreexplotación seca los acuíferos; aumentó 256% en los últimos 50 años. Recuperado de https://www.excelsior.com.mx/nacional/sobreexplotacion-seca-los-acuifer os-aumento-256-en-los-ultimos- 50-anos/1642501

12 Ibídem.

13 Cuarto Poder de Chiapas . (2024). Quieren frenar el despojo de agua por multinacional. Recuperado de https://www.cuartopoder.mx/chiapas/quieren-frenar-el-despojo-de-agua-po r-multinacional/485036

14 Agua para todos. Ayuntamiento de San Cristóbal de las Casas pide a Conagua revocar concesión a FEMSA- Coca Cola. Recuperado de https://aguaparatodos.org.mx/ayuntamiento-de-san-cristobal-de-las-casas -pide- a-conagua-revocar-concesion-a-femsa-coca-cola/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de enero de 2025.

Senador Clemente Castañeda Hoeflich (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a actualizar los profesiogramas y tabuladores de las instituciones de salud federales para otorgar a las personas profesionistas de la nutrición categorías, funciones y salarios equivalentes a otros profesionales de la institución, a cargo de la diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, coordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 78, segundo párrafo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente

Exposición de Motivos

De acuerdo con la Confederación Internacional de Asociaciones Dietéticas (ICDA) la persona dietista nutricionista es la profesionista que aplica la ciencia de la alimentación y la nutrición para promover la prevención y tratamiento de padecimientos para optimizar la salud de individuos, grupos, comunidades y poblaciones.1

En nuestro país las bases de las ciencias de la nutrición fueron desarrolladas por el doctor José Quintín Olascoaga Moncada, quien en 1945 fundó la Escuela Mexicana de Dietética, teniendo su primera sede en el Instituto Nacional de Cardiología, para posteriormente ocupar instalaciones del Instituto de Nutriología y del Hospital de Ferrocarriles, finalmente siendo incorporada al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) como Escuela de Dietética y Nutrición en 1971 con la creación del Hospital Adolfo López Mateos.2

Además, desde 1975 se conmemora cada 27 de enero el Día del Profesional en Nutrición, fecha en que se fundó la Asociación Mexicana de Nutriología, AC (Amenac).

Para la Organización Panamericana de la Salud “una nutrición saludable es fundamental para la prevención de factores de riesgo relacionados con la dieta, como el sobrepeso y la obesidad, y las enfermedades no transmisibles asociadas” pues “el consumo de alimentos y bebidas con alto contenido de nutrimentos críticos (sal/sodio, azúcar, grasas saturadas y grasas trans) se ha asociado con un mayor riesgo de factores de riesgo relacionados con la dieta y enfermedades no transmisibles asociadas, así como emaciación, retraso de crecimiento y enfermedades por deficiencia”.3

Ello resulta particularmente importante para la población mexicana, pues de acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2020-2023, en los próximos años el sistema de salud en México “enfrentará un escenario con 40 por ciento de personas con diabetes, 50 por ciento con hipertensión y, lo que ya estamos experimentando en la población adulta, 70 por ciento con sobrepeso y obesidad”.4

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), las enfermedades no transmisibles actualmente son causantes de 7 de cada 10 muertes en el mundo,5 incluyendo padecimientos cardiovasculares, diabetes, cáncer y padecimientos respiratorios, siendo posible prevenir la mayoría de dichas muertes a través de intervenciones costeables de prevención6 para así reducir el uso de tabaco y alcohol, y promover dietas más sanas y actividad física regular.

A pesar de lo anterior, el sistema de salud de nuestro país ha otorgado escasa importancia y recursos a la prevención, por ejemplo, en “el presupuesto propuesto para 2020, el gasto per cápita en prevención fue de 390 pesos en el ISSSTE, 113 pesos en la Secretaría de Salud (Ssa) y 98 pesos en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)”, cifras que palidecen al ponerlas en contexto con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) pues “en términos per cápita, en 2015 el promedio de gasto en prevención en los mismos países fue de 116 dólares estadounidenses, equivalentes a mil 840 pesos”.7

En septiembre de 2023, el entonces director del IMSS señaló8 durante la novena edición del foro de negocios Expansión summit 2023 , que el Instituto atiende a 3 millones de derechohabientes con diabetes, 4.7 millones con hipertensión arterial y 66 mil con insuficiencia renal que reciben diálisis y hemodiálisis, enfermedades que se pueden prevenir, pero no se pueden curar, destinando al año 94 mil millones de pesos para su atención.

En 2017, en el marco de la conmemoración por el Día Mundial del Riñón, el ISSSTE reveló que se destinan “anualmente más de 15 mil millones de pesos en atender cinco enfermedades crónico-degenerativas: cáncer, padecimientos cardiovasculares, insuficiencia renal, hipertensión y diabetes”,9 reconociendo la necesidad de transitar del modelo de salud curativo al preventivo.

En el caso de las personas profesionistas de la nutrición en el año 1979,10 el IMSS consideró para las unidades médicas un dietista por cada 66 mil derechohabientes en zonas suburbanas/rurales y por cada 88 mil derechohabientes en zonas urbanas, mientras que para hospitales generales de zona se consideraba un dietista por unidad, lo cual resultaba insuficiente para generar impactos cuantificables en la salud de la población.

Ya desde entonces se menciona la necesidad de “un estudio profundo para valorar la conveniencia de incorporar al licenciado en nutrición como una nueva categoría en el profesiograma, con el objetivo de encargarlo de las acciones que en nutrición social desarrolle la Institución”,11 ya que en ese momento las personas dietistas desempeñaban sus funciones en calidad de técnicos, no de profesionistas.

En el Contrato Colectivo de Trabajo 2023-2025 del IMSS,12 el profesiograma ya requiere el título de licenciado en nutrición desde la primera categoría del escalafón en nutrición y dietética, correspondiente a nutricionista dietista, es decir, los requisitos ya no corresponden a técnicos sino a profesionistas.

Sin embargo, el sueldo base de dicha categoría establecido en 5 mil 553.48 pesos mensuales se encuentra en nivel similar al del ayudante de limpieza e higiene con 5 mil 319.16 pesos mensuales.

Comparativamente, el sueldo base para otros profesionistas asciende a casi el doble, por ejemplo, a la categoría de médico general corresponden 9 mil 183.08 pesos mensuales mientras que, como abogado, arquitecto, bibliotecario, biólogo, contador, economista, ingeniero, psicólogo, entre otros profesionistas, corresponden 10 mil 575.68 pesos mensuales.

Dicha disparidad salarial no se explica ante requisitos académicos similares, así como ante funciones y cargas de trabajo que corresponden a profesionistas, no a técnicos, por lo que resulta impostergable el que las personas profesionistas de la nutrición en las instituciones públicas de salud perciban un salario digno que se refleje en una remuneración a un nivel equitativo al de otros profesionistas, y que corresponda a su perfil profesional, así como a las funciones que tienen asignadas, ello en beneficio no sólo de la fuerza laboral de este gremio, sino de la población beneficiaria de los servicios de salud que como ya se ha señalado, requiere de intervenciones más efectivas en el ámbito nutricional y preventivo con el objetivo de reducir la carga laboral y financiera que los padecimientos crónicos imponen al sistema de salud.

Finalmente, de acuerdo con la Secretaría de Economía,13 la fuerza laboral en el sector de nutriología se compone por 57.4 por ciento mujeres con salario promedio de 5 mil 730 pesos y 42.6 por ciento hombres con salario promedio de 14 mil pesos, por lo que mejorar las condiciones laborales y salariales también se traduce en una acción afirmativa de género en un gremio que refleja considerable disparidad salarial entre hombres y mujeres.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Gobierno federal, a través de la Secretaría de Salud, a actualizar los profesiogramas y tabuladores de las instituciones de salud federales para otorgar a las personas profesionistas de la nutrición categorías, funciones y salarios equivalentes a otros profesionales de la salud.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Gobierno federal, a través de la Secretaría de Salud, a reforzar las estrategias y presupuesto para salud preventiva en las instituciones de salud federales.

Notas

1 International Confederation of Dietetic Associations. “International Competency Standards for Dietitian-Nutritionists.” 2016. Disponible en: https://internationaldietetics.org/wp-content/uploads/2023/05/Internati onal-Competency-Standards-for-Dietitian-Nutritionists.pdf

2 Pale Montero, Luz Elena. “Homenaje a Doctor José ?uintín Olascoaga Moncada. Nuestra formación profesional proviene del pionero de la Nutrición en México.” Rednutrición. México, 2010. Disponible en: https://edn.issste.gob.mx/Imagenes/Biblioteca/Rev/RED2010112830.pdf

3 Organización Panamericana de la Salud. “Nutrición”. Disponible en: https://www.paho.org/es/temas/nutricion

4 Lazcano Ponce, Eduardo. “PRESENTACIÓN. Recomendaciones de salud pública para fortalecer el derecho a la salud, Ensanut 2020-2023” Salud Pública de México, 2024. Disponible en: https://saludpublica.mx/index.php/spm/article/view/16153/12563

5 Organización Mundial de la Salud. “Investing 1 dollar per person per year could save 7 million lives in low- and lower-middle-income countries.” Disponible en: https://www.who.int/news/item/13-12-2021- investing-1-dollar-per-person-per-year-could-save-7-million-lives-in-lo w-and-lower-middle-income-countries

6 Organización Mundial de la Salud. “NCD Best Buys and other effective interventions.” Disponible en: https://applications.emro.who.int/docs/EMROPUB_2018_EN_17036.pdf

7 Méndez Méndez, Judith Senyacen. “Presupuesto para prevención y control de enfermedades.” Centro de Investigación Económica y Presupuestaria. México, 2019. Disponible en:https://ciep.mx/presupuesto-para-prevencion-y-control-de-enfermedade s/

8 Instituto Mexicano del Seguro Social. “Invierte IMSS S4 mmdp al año en tres enfermedades crónicas. La receta es la prevención: Zoé Robledo.” Disponible en:https://www.imss.gob.mx/prensa/archivo/202309/483

9 ISSSTE. “Hasta 35 mil pesos por paciente es el costo total promedio mensual en terapias renales.” Disponible en: https://www.gob.mx/issste/prensa/hasta-35-mil-pesos-por-paciente-es-el- costo-total- promedio-mensual-en-terapias-renales?idiom=es-MX

10 IMSS. “Plan General de Reformas al Sistema de Atención Médica. Funciones y Actividades de la Dietista” Gobierno de México, 1979.

11 Ibíd.

12 IMSS. “Contrato Colectivo de Trabajo 2023-2025.” Disponible en: https://sntss.org.mx/images/site/files/contrato.pdf

13 Secretaría de Economía. Data México. Nutriólogos” Gobierno de México, 2024. Disponible en: https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/occupation/nutriologo s

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de enero de 2025.

Diputada Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a realizar un parlamento abierto para la construcción de una nueva legislación en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales, suscrita por diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quienes suscriben, Gustavo Adolfo de Hoyos Walther, Laura Iraís Ballesteros Mancilla, Gildardo Pérez Gabino, y Patricia Flores Elizondo, diputados y diputadas integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado por los artículos 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentan ante esta soberanía proposición con punto de acuerdo.

Exposición de Motivos

1. Reforma constitucional mediante la cual se desapareció el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

El 5 de febrero de 2024, el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador, presentó ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la iniciativa con proyecto de decreto que propone la modificación de diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación orgánica. Esta iniciativa fue aprobada por el poder reformador de la Constitución y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2024.

Mediante esta reforma, se propuso la desaparición del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAI) y otros órganos constitucionales autónomos, que fueron construidos a lo largo de varias décadas para evitar la concentración extrema de poder en la Presidencia de la República y garantizar varios derechos humanos de forma independiente.

La aprobación de esta reforma implicó un grave retroceso en la protección de derechos fundamentales, en contravención del artículo 1o. constitucional. Esto, debido a la desaparición del órgano que garantiza que más de 7 mil entes públicos sean transparentes y entreguen a la ciudadanía la información que ésta necesita para vigilar a su gobierno y exigir rendición de cuentas. Además, se pone en riesgo casi 15 mil millones de documentos públicos generados desde 2002, albergados en la Plataforma Nacional de Transparencia, que podrían desaparecer.

Es relevante destacar que la reforma estableció en su artículo transitorio segundo lo siguiente:

“Segundo. El Congreso de la Unión tendrá un plazo de noventa días naturales a partir de la entrada en vigor del presente decreto para realizar las adecuaciones necesarias a las leyes que correspondan para dar cumplimiento a éste, salvo lo dispuesto en el artículo décimo transitorio.

Respecto a lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 134 constitucional del presente decreto, las adecuaciones legislativas que se realicen deberán considerar la eliminación de los organismos, unidades administrativas o estructuras que representen duplicidad de funciones, así como la integración de los órganos desconcentrados y descentralizados o unidades administrativas en las dependencias de la administración pública centralizada que puedan asumir su competencia.

El Ejecutivo federal deberá emitir los decretos de extinción correspondientes a efecto de dar cumplimiento al artículo 134, párrafo tercero, del presente decreto”.

Por lo anterior, resulta necesario realizar un ejercicio de parlamento abierto para involucrar a personas activistas, periodistas, investigadoras, defensoras de derechos humanos, integrantes de universidades y otros actores clave. Esto permitirá construir las mejores leyes posibles en materia de transparencia y garantizar que las autoridades rindan cuentas ante la sociedad.

Con este parlamento abierto, también se busca garantizar el cumplimiento del artículo quinto transitorio de la reforma, que establece que las “plataformas y sistemas electrónicos de los entes públicos que se extinguen (...) pasarán a formar parte de las dependencias del Ejecutivo federal o al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), según corresponda”. Sin embargo, no se asegura que la ciudadanía mantendrá el acceso a la Plataforma Nacional de Transparencia.

Para reformas de esta envergadura, es fundamental llevar a cabo ejercicios de parlamento abierto que garanticen la participación ciudadana, el diálogo plural y la inclusión de voces técnicas diversas. En precedentes recientes, como la reforma judicial de 2024 y la propia reforma constitucional que estableció la desaparición del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAI), se realizaron ejercicios de parlamento abierto. Estos ejemplos demuestran que, en temas de alto impacto, los parlamentos abiertos son esenciales para fortalecer la deliberación democrática y garantizar que las reformas respondan a las necesidades reales de la ciudadanía. Replicar este enfoque en la elaboración de la legislación secundaria derivada de la desaparición del INAI permitirá construir leyes con mayores niveles de legitimidad y transparencia.

2. Parlamento abierto para la redacción de las leyes secundarias

La implementación de un parlamento abierto para la redacción de las leyes secundarias derivadas de la desaparición del INAI encuentra su justificación en criterios internacionales, en principios democráticos y en la necesidad de garantizar una participación incluyente en el proceso legislativo.

Desde una perspectiva jurídica, el principio de transparencia y participación ciudadana se encuentra consagrado en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Ambos instrumentos destacan que el acceso a la información es un derecho fundamental indispensable para la democracia. Además, la Alianza para el Gobierno Abierto (Open Government Partnership) subraya que los ejercicios de parlamento abierto son una buena práctica internacional para fortalecer la legitimidad y eficacia de las decisiones legislativas.

En el ámbito social, el parlamento abierto promueve un diálogo plural que fomenta la confianza entre la ciudadanía y sus representantes. La inclusión de personas activistas, académicas y periodistas permite identificar los problemas específicos que enfrentan diversos sectores sociales, asegurando que las leyes secundarias reflejen las necesidades reales de la población.

Desde una perspectiva política, el parlamento abierto fortalece la rendición de cuentas al someter las decisiones públicas al escrutinio ciudadano. Esto no sólo refuerza el principio de soberanía popular, sino que también disminuye el riesgo de que las leyes secundarias resulten en medidas regresivas o inconsistentes con el derecho a la transparencia. Como lo señalan los lineamientos de la Comisión de Venecia, la apertura del proceso legislativo a múltiples voces asegura que las leyes tengan una mayor legitimidad y sustentabilidad. Finalmente, los artículos 66 y 67 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública obligan a las Cámaras del Congreso de la Unión a garantizar mecanismos de participación ciudadana. Esto incluye la obligación de realizar ejercicios de apertura parlamentaria que cumplan con los estándares internacionales. En este contexto, la ausencia de un parlamento abierto sería una violación directa de estos mandatos.

En síntesis, un parlamento abierto no es sólo deseable, sino imprescindible para garantizar que la redacción de las leyes secundarias cumpla con los principios de legalidad, transparencia y democracia deliberativa. Esto asegura que los derechos de acceso a la información y protección de datos personales se mantengan como pilares fundamentales de un estado de derecho moderno y participativo.

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Cámara de Diputados, el Senado de la República, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales y la Agencia de Transformación Digital a realizar un parlamento abierto con personas activistas, periodistas, investigadoras, defensoras de derechos humanos, integrantes de universidades y otros actores para construir una legislación en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales que realmente garantice estos derechos, en observancia del artículo segundo transitorio de la reforma constitucional publicada el 20 de diciembre de 2024.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de enero de 2025.

Diputados: Gustavo Adolfo de Hoyos Walther (rúbrica), Laura Iraís Ballesteros Mancilla (rúbrica), Gildardo Pérez Gabino (rúbrica), Patricia Flores Elizondo.

Con punto de acuerdo, para exhortar a los Comités de Evaluación de los tres Poderes de la Unión encargados de la elección extraordinaria de 2025, a implementar medidas para la transparencia y participación ciudadana en la elección judicial, suscrita por las diputadas Laura Iraís Ballesteros Mancilla, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La diputada Laura Iraís Ballesteros Mancilla, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo señalado por los artículos 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados punto de acuerdo con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La transparencia y la participación ciudadana en los procesos de selección judicial son fundamentales para fortalecer la independencia del Poder Judicial y garantizar la confianza pública en las instituciones de justicia, en ese sentido, el 16 de diciembre de 2024, el movimiento estudiantil y juvenil Generación del 24, en conjunto con el Observatorio de Designaciones Públicas y la iniciativa Práctica: Laboratorio para la Democracia, presentaron una solicitud dirigida a los Comités de Evaluación encargados de la valoración de perfiles para la elección extraordinaria de 2025 de personas juzgadoras, en el que plantean una serie de medidas concretas para implementar en México en el proceso de selección de candidatos judiciales de 2024-2025, alineadas con los estándares internacionales y las mejores prácticas en la materia para asegurar que el proceso de selección judicial sea transparente, objetivo y participativo, con un enfoque en la rendición de cuentas y el fortalecimiento de la independencia judicial.

En este sentido, los miembros de los colectivos firmantes respaldan las recomendaciones planteadas por la Relatora Especial de Naciones Unidas sobre la Independencia de los Magistrados y Abogados, Margaret Satterhwaite, quien en su informe Salvaguardar la independencia de los sistemas judiciales frente a los desafíos contemporáneos a la democracia , resalta la creciente preocupación sobre el debilitamiento de la democracia a través de ataques al estado de derecho y la independencia de los sistemas judiciales. Satterhwaite advierte que este tipo de acciones por parte de los gobiernos pone en peligro no sólo la autonomía judicial, sino también la propia esencia de los valores democráticos.

Por ello, se hace urgente y necesario que el proceso de selección judicial que se llevará a cabo en el país incorpore mecanismos efectivos de transparencia y participación ciudadana, alineándose con los principios internacionales que promueven una mayor rendición de cuentas y la vigilancia social. La implementación de estas medidas fortalecerá no sólo la independencia del Poder Judicial, sino también la confianza de la ciudadanía en la imparcialidad y legitimidad de sus decisiones, asegurando que el proceso sea realmente representativo de los valores democráticos que buscamos proteger.

Además, en el documento presentado, se hace referencia a las experiencias internacionales que pueden servir como buena práctica, para el proceso de selección judicial en nuestro país. En este sentido, países como Bolivia, Canadá y Sudáfrica han implementado mecanismos de transparencia e inclusión ciudadana que podrían fortalecer la experiencia electoral de personas juzgadoras inédita en México durante el proceso electoral extraordinario en 2025.

En Bolivia, por ejemplo, la Fundación Construir ha desarrollado un observatorio ciudadano que supervisa los procesos de selección judicial. Este observatorio brinda a la ciudadanía informes independientes que permiten identificar áreas de mejora y fortalecer la confianza pública en el proceso judicial. En Canadá, la práctica de realizar entrevistas públicas a los aspirantes a jueces y la publicación anticipada de los criterios de evaluación han sido fundamentales para garantizar la objetividad y legitimidad de los procesos de selección, generando un entorno de confianza y transparencia. Por su parte, en Sudáfrica, la Judicial Service Commission ha incluido a representantes de la sociedad civil en sus comités evaluadores, lo que asegura pluralidad, transparencia y rendición de cuentas, contribuyendo a una mayor imparcialidad en la toma de decisiones judiciales.

Estas buenas prácticas internacionales son un ejemplo claro de cómo los mecanismos de transparencia y la participación activa de la ciudadanía no sólo refuerzan la legitimidad de los procesos judiciales, sino que también promueven un sistema de justicia más equitativo y democrático. En México, el proceso de selección de candidaturas judiciales para la elección extraordinaria 2024-2025 representa una oportunidad para implementar medidas de transparencia y participación ciudadana que alineen el proceso con los estándares internacionales en materia de designación de altas responsabilidades públicas. Estas medidas no sólo fortalecerán la independencia judicial, sino que también garantizarán que las decisiones sean percibidas como imparciales y legítimas por la ciudadanía.

La vinculación entre transparencia y democracia ha sido ampliamente explorada por la doctrina y existe un consenso general en la función de la transparencia –entendida como la maximización del principio de publicidad de los actos públicos– como parte del sistema de control del poder que garantiza los derechos fundamentales, fomenta la deliberación pública y la vigencia del propio régimen democrático. Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso Claude Reyes y otros vs. Chile, destacó que:

“El actuar del Estado debe encontrarse regido por los principios de publicidad y transparencia en la gestión pública, lo que hace posible que las personas que se encuentran bajo su jurisdicción ejerzan el control democrático de las gestiones estatales, de forma tal que puedan cuestionar, indagar y considerar si se está dando un adecuado cumplimiento de las funciones públicas. El acceso a la información bajo el control del Estado, que sea de interés público, puede permitir la participación en la gestión pública, a través del control social que se puede ejercer con dicho acceso”.

El principio de transparencia o de máxima publicidad en el contexto de las elecciones democráticas es muy relevante. Sólo así es posible el ejercicio pleno de los derechos político-electorales fundamentales de votar, ser votado, asociación y afiliación, puesto que se requiere, la mayoría de las veces, contar con información respecto a los partidos y sus procesos internos a fin de definir una opción política ya sea para la emisión del sufragio, o para definir una militancia o una candidatura. Además, la organización transparente del proceso electoral es una condición necesaria de su validez y legitimidad, particularmente por cuanto hace al escrutinio y cómputo de la votación emitida y de los resultados de la elección. En el proceso electoral judicial por venir, y toda vez que las personas aspirantes legalmente no tendrán apoyo de plataformas o partidos políticos, así como financiamiento público para su elección, esto de acuerdo con el 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, resulta sumamente importante que la ciudadanía y electores tengan información sobre los postulantes a los cargos de juez y magistrado.

Por lo anterior, tomando en cuenta con la propuesta del movimiento estudiantil y juvenil Generación del 24, el Observatorio de Designaciones Públicas y la iniciativa Práctica: Laboratorio para la Democracia se proponen las siguientes:

Medidas para la transparencia y participación ciudadana en el proceso de evaluación y selección judicial 2024-2025.

1. Portal interactivo de transparencia judicial

Se propone ampliar y optimizar el micrositio ya habilitado para que centralice toda la información relevante del proceso judicial. Este portal debe incluir:

a. Marco normativo constitucional por el que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 17, 20, 76, 89, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 105, 107, 110, 111, 113, 116, 122 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

b. Marco normativo de: Ley Orgánica del Poder Judicial Federal; Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación y; Ley General de Responsabilidades Administrativas.

c. Expedientes completos de las personas aspirantes, con sus currículums, cartas de recomendación, ensayos y declaraciones juradas sobre posibles conflictos de interés.

d. Contacto de las personas aspirantes: Redes sociales y/o correo electrónico institucional.

e. Un formulario accesible para que la ciudadanía pueda enviar observaciones, comentarios y/o información adicional para la valoración sobre los perfiles.

Adicionalmente, el portal debe incorporar una línea de tiempo interactiva que permita monitorear, en tiempo real, el estado del proceso y el avance de cada aspirante. Esta funcionalidad asegurará que las y los ciudadanos puedan verificar el cumplimiento de los plazos y la transparencia en las decisiones.

2. Audiencias públicas interactivas

Se propone que las entrevistas de las personas aspirantes sean abiertas al público mediante transmisiones en vivo, con grabaciones que se publiquen oportunamente en el micrositio. Durante estas entrevistas:

a. Se habilitará un segmento para preguntas ciudadanas, previamente recopiladas y revisadas por el Comité de Evaluación para garantizar su pertinencia.

b. Las grabaciones de estas audiencias se integrarán al micrositio para consulta permanente, asegurando accesibilidad y transparencia.

c. Garantizar la accesibilidad de personas con discapacidad a través del uso de intérpretes de Lengua de Señas Mexicana de manera presencial y en las transmisiones a distancia.

Estas medidas permitirán que la ciudadanía participe activamente en el escrutinio de los perfiles y se fomente la imparcialidad en la toma de decisiones.

3. Mecanismos de denuncia ciudadana

Se propone la implementación de un sistema accesible y seguro para recibir denuncias sobre posibles irregularidades en los antecedentes de las personas aspirantes, como conflictos de interés, actos de corrupción, omisiones documentales, o cualquier otro hecho que implique la inelegibilidad de la persona candidata.

Las denuncias serán revisadas por el Comité de Evaluación, quien a su vez podrá conformar un panel técnico independiente compuesto por organizaciones de la sociedad civil, personas académicas y expertas en transparencia, anticorrupción o rendición de cuentas para efectos de evaluar los hechos u omisiones y emitir recomendaciones al Comité de Evaluación. Los resultados de las revisiones y las acciones tomadas deberán ser publicadas en el micrositio habilitado.

Una vez recibida una denuncia, el Comité de Evaluación será el encargado de iniciar el proceso de investigación. Este Comité deberá contar con un conjunto de criterios predefinidos y transparentes para la evaluación de las denuncias, garantizando la objetividad y la equidad en la toma de decisiones.

Para asegurar una evaluación imparcial y basada en la experiencia técnica, el Comité podrá conformar un panel técnico independiente. Este panel estará compuesto por representantes de la sociedad civil, académicos, expertos en temas de transparencia, anticorrupción y rendición de cuentas, además de profesionales con experiencia en auditoría pública y gobernanza. La composición del panel debe ser diversa e incluir a actores con un historial comprobado de trabajo en temas de integridad y ética pública.

El proceso de revisión consistirá en:

1. Investigación preliminar: El Comité de Evaluación realizará una investigación preliminar sobre los hechos denunciados, recabando la mayor cantidad de pruebas posibles.

2. Análisis técnico y legal: El panel técnico independiente proporcionará un análisis detallado de la denuncia, considerando los marcos legales aplicables.

3. Emisión de recomendaciones: El panel emitirá una serie de recomendaciones al Comité de Evaluación sobre si los hechos denunciados afectan la elegibilidad de la persona candidata y qué medidas deben tomarse al respecto. Estas recomendaciones pueden incluir la suspensión temporal de la candidatura, la remoción del proceso de selección o la remisión del caso a las autoridades pertinentes para su sanción.

Una vez concluido el proceso de revisión, los resultados de las investigaciones y las acciones tomadas serán publicados de manera transparente en el micrositio oficial habilitado para este propósito. En este micrositio se podrán consultar:

• Un resumen de las denuncias recibidas y su estado de resolución.

• La composición del panel técnico independiente y del Comité de Evaluación.

• Las decisiones adoptadas, incluyendo las medidas correctivas o sancionadoras.

• Los plazos de revisión y las justificaciones de cada decisión tomada.

Además, para fortalecer la rendición de cuentas y la transparencia, se establecerá un mecanismo de retroalimentación para que los denunciantes puedan conocer el estado del proceso y recibir respuestas a sus inquietudes dentro de un marco de tiempo razonable. Este sistema permitirá garantizar que la ciudadanía tenga acceso a la información sobre cómo se están resolviendo los casos y si las personas candidatas cumplen con los estándares éticos y legales establecidos.

4. Panel mixto de supervisión en la evaluación de idoneidad

Se propone la integración de un panel mixto de supervisión dentro de la etapa de evaluación de la idoneidad de las personas postuladas. Este panel estará conformado por representantes de organizaciones de la sociedad civil, académicos, estudiantes de derecho y, en su caso, observadores internacionales con experiencia en procesos judiciales, seleccionados mediante una convocatoria pública que deberá publicarse por el Comité de Evaluación.

El objetivo principal del panel será supervisar las deliberaciones del Comité de Evaluación durante sus sesiones de trabajo, asegurando que las decisiones se ajusten a los principios de imparcialidad, transparencia y objetividad. Sus funciones específicas serán:

a. Observar y monitorear las deliberaciones del Comité de Evaluación, garantizando que se desarrollen conforme a los criterios establecidos en la Constitución, la legislación aplicable y la convocatoria, así como bajo los principios de máxima publicidad y rendición de cuentas.

b. Emitir informes independientes al finalizar cada sesión de trabajo, en los que se evalúe el cumplimiento de los estándares de transparencia y los criterios de idoneidad aplicados. Estos Informes deberán publicarse en el micrositio habilitado para el proceso.

c. Proponer medidas correctivas en caso de detectar irregularidades o inconsistencias en las deliberaciones o decisiones del Comité.

La incorporación de este panel dentro de la etapa de evaluación de idoneidad fortalecerá la supervisión técnica y confianza pública en las decisiones del Comité de Evaluación, garantizando un escrutinio riguroso y transparente.

5. Publicación continua de la ejecución de la metodología de evaluación

Se propone que el Comité de Evaluación publique, de manera continua y accesible, cómo se implementa la metodología de evaluación de idoneidad de los perfiles. Esto Incluirá:

a. Descripción de la metodología: Difundir los criterios de evaluación, puntajes asignados a cada componente y el procedimiento que se seguirá en cada sub-etapa.

b. Actualizaciones regulares: Informar sobre el avance del proceso, el número de personas aspirantes evaluada: y las herramientas aplicadas (como casos prácticos o preguntas técnicas), asegurando la confidencialidad de resultados individuales hasta la conclusión de la etapa.

c. Informe consolidado final: Publicar un reporte que detalle las calificaciones globales, cómo se aplicaron los criterios y las justificaciones específicas que respalden cada una de las decisiones tomadas.

Estas medidas, fundamentadas en los principios constitucionales de máxima publicidad, participación ciudadana y rendición de cuentas, y enriquecidas por las mejores prácticas internacionales, no sólo garantizan estos estándares, sino que, de implementarse, podrían materializar la exigencia indispensable de salvaguardar la independencia del Poder Judicial y el estado de derecho. Por ello, su implementación trasciende a una mejor técnica en el proceso de evaluación y selección judicial, al constituirse como un paso decisivo para consolidar un sistema de justicia que inspire confianza, garantice la imparcialidad y cumpla con las aspiraciones democráticas de un México más justo y transparente.

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a los Comités de evaluación de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial encargados de la elección extraordinaria de 2025 de personas juzgadoras, a efecto de implementar medidas para la transparencia y participación ciudadana en la elección judicial de 2025.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de enero de 2025.

Diputada Laura Iraís Ballesteros Mancilla (rúbrica)