Iniciativas


Iniciativas

Que reforma y adiciona los artículos 9o., 72 y 114 de la Ley General de Educación, a cargo de la senadora Olga Patricia Sosa Ruíz, del Grupo Parlamentario de Morena

Olga Patricia Sosa Ruiz, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con lo previsto en los artículos 8, numeral 1, fracción I, 164 y 169 del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración del pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de gestión menstrual, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

En algún momento en la adolescencia, el útero de las niñas y mujeres adolescentes empezará a liberar óvulos y con ello dará inicio también a la menstruación. La menstruación o período, es el sangrado vaginal normal que ocurre como parte del ciclo mensual de la mujer. Todos los meses, su cuerpo se prepara para un posible embarazo. Si esto no ocurre, el útero, se desprende de su recubrimiento. Esta es la sangre menstrual, que sale del cuerpo a través de la vagina. Esta sangre es parte sangre y parte tejido del interior del útero.1

De las niñas y adolescentes en México, 43 por ciento prefiere quedarse en casa que ir a la escuela durante su periodo menstrual, por lo que muchas de ellas, es posible que dejen de asistir a clases e interrumpan su aprendizaje, lo que hará que disminuya su participación en la sociedad y genere desigualdad.2

Por ello, niñas y adolescentes deben de tener acceso a productos de higiene menstrual como toallas sanitarias para la menstruación, así como información precisa sobre prácticas de higiene menstrual y lo que necesitan para cuidar su cuerpo durante esta etapa, para vivirla de una manera sana y digna.

La higiene menstrual implica que mujeres y niñas tengan acceso a material que absorba o recoja la sangre y que pueda ser cambiado en privado, tan a menudo como sea necesario, durante el período de la menstruación, utilizando agua y jabón para higienizar el cuerpo, cuando sea necesario y teniendo acceso a instalaciones para disponer del material ya utilizado.

De acuerdo con el UNICEF, “se considera que los beneficios de una buena higiene menstrual en la escuela (como acceso a materiales de protección sanitaria disponibles; baños limpios, seguros y privados; instalaciones de eliminación de desechos discretas y funcionales; personal comprensivo y de apoyo; información sobre higiene menstrual) incluyen: más tiempo en la escuela, mayor empoderamiento femenino, mayor participación, prevención del embarazo adolescente, aumento de la concentración, mayor autoconfianza, más confianza para ponerse de pie para responder preguntas y pedir salir del aula para usar los baños”.3

La aparición de las toallas sanitarias desechables vino a facilitar la vida de las mujeres durante su periodo menstrual, al permitirles sentirse más cómodas, seguras y con mayor libertad de movimiento en esos días, pues en la antigüedad solían utilizar algunos elementos naturales como hojas de plantas o árboles, esponjas, tiras de papel, etc., para retener el flujo menstrual. Posteriormente, también se llegaron a utilizar compresas de tela de algodón lavables que podían reutilizar.

Con el tiempo y la innovación tecnológica se han desarrollado diferentes productos de higiene femenina para esos días con el fin de proporcionar mayor comodidad y seguridad. Por ejemplo, en la década de los treinta aparecieron dos innovaciones importantes para la higiene menstrual: los tampones y la copa menstrual. El primero tiene la función de absorber y el segundo solo de contener.4

Las niñas, adolescentes y mujeres necesitan tener acceso a productos de higiene menstrual de calidad para gestionar su menstruación de forma segura, higiénica y digna. La falta de acceso a productos de higiene puede limitar su participación en la escuela.

El efecto va mucho más allá de sólo unos días al mes; para muchas de las niñas y las adolescentes es posible que dejen de asistir a clases e interrumpan su aprendizaje, lo que hará que disminuya su participación en la sociedad y se genere desigualdad, señala el UNICEF.

La ONU considera que contar con disponibilidad y acceso a agua segura, que los baños o letrinas estén en las mejores condiciones, y que haya acceso a productos para la menstruación es fundamental para tener una vida digna y para el cumplimiento de los derechos humanos.

Además, 24 por ciento de las niñas y adolescentes en edad escolar tienen miedo de manchar su ropa o que se note su menstruación; y en la mayoría de los casos sus dudas las resuelven por internet o con familiares y amigas, aunque no se sabe la calidad de la información que reciben, de acuerdo con información del Fondo de Población de las Naciones Unidas.

De acuerdo con UNICEF, la pobreza menstrual es la falta de acceso a productos y a condiciones de seguridad e higiene, como baños privados y limpios y agua corriente para cambiarse y asearse. La carencia de estos insumos lleva a las personas menstruantes a utilizar trapos viejos, calcetines, bolsas de plástico e incluso pedazos de cartón para gestionar su menstruación.

En el corto y mediano plazo, utilizar este tipo de artículos sin contar con las condiciones para esterilizarlos puede ocasionar infecciones vaginales y en el tracto urinario.5

La educación es un derecho clave, es decir ayuda a alcanzar y conocer otros derechos, y es uno de los principales medios para empoderar a las niñas y adolescentes. Además, la permanencia de las niñas en la escuela se asocia con factores sensibles como: reducción de la mortalidad materna, reducción de tasas de embarazo adolescente y aumento de las tasas de vacunación, una disminución de las tasas de infección por VIH y en general mejores índices de desarrollo.

Por ello se estima conveniente que las escuelas del sistema público desarrollen esfuerzos administrativos para que brinden acceso a una educación menstrual y se facilite, en la medida de lo posible y considerando el tamaño poblacional de las escuelas, el acceso gratuito a productos adecuados para la gestión menstrual, tales como, toallas sanitarias desechables y de tela, tampones, copas menstruales o cualquier otro bien destinado a la gestión menstrual para niñas, adolescentes y personas menstruantes que lo requieran, en las escuelas públicas pertenecientes al sistema educativo nacional.

Por lo expuesto, en el siguiente cuadro comparativo se plantean las reformas que se proponen con la presente iniciativa respecto a la Ley General de Educación:

Estas propuestas de reforma de la Ley General de Educación tienen como antecedentes reformas similares en las leyes locales, por ejemplo, en 2021 el Estado de Michoacán reformó su Ley de Educación para regular el acceso a productos para la menstruación para las alumnas y mujeres pertenecientes al sistema educativo estatal.

Muchas estudiantes se ven obligadas a faltar a clases debido a la falta de acceso a productos menstruales, lo que puede afectar su rendimiento académico y su desarrollo educativo. Tener acceso gratuito a toallas sanitarias reduce la probabilidad de que las niñas y adolescentes se queden en casa durante su menstruación, asegurando que no pierdan clases.

Además, cuando las estudiantes tienen acceso a toallas sanitarias gratuitas, pueden sentirse más empoderadas para gestionar su menstruación de manera independiente, lo que contribuye a su autoestima y autonomía.

El hecho de que las instituciones educativas públicas reconozcan y apoyen esta necesidad natural también refuerza la idea de que la menstruación no es un obstáculo, sino una parte normal del ciclo de vida.

Por lo expuesto, y con base en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, quien suscribe somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación

Único. Se reforman las fracciones XII y XIII del artículo 9, VIII del 72 y XVI del 114; y se adicionan las fracciones XIV al artículo 9 y XVII al 114, con lo que se recorre el orden de la subsecuente, de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 9. ...

I. a XI. ...

XII. Proporcionar a los educandos los libros de texto gratuitos y materiales educativos impresos o en formatos digitales para la educación básica, garantizando su distribución;

XIII. Fomentar programas que coadyuven a la mejora de la educación para alcanzar su excelencia; y

XIV. Desde una perspectiva de género, se fomentará la educación menstrual y se facilitará, el acceso gratuito a los productos de gestión menstrual para niñas, adolescentes, mujeres y personas menstruantes que lo requieran, en las escuelas públicas pertenecientes al sistema educativo nacional.

Artículo 72. ...

...

I. a VII. ...

VIII. Recibir becas, productos adecuados para la gestión menstrual, tales como, toallas sanitarias desechables y de tela, tampones, copas menstruales o cualquier otro bien destinado a la gestión menstrual y demás apoyos económicos priorizando a las y los educandos que enfrenten condiciones económicas y sociales que les impidan ejercer su derecho a la educación;

IX. a X. ...

...

Artículo 114. ...

I. a XV. ...

XVI. Presentar un informe anual sobre los principales aspectos de mejora continua de la educación que hayan sido implementados en la entidad federativa correspondiente;

XVII. Desde una perspectiva de género, fomentar la educación menstrual y facilitar, en los planteles educativos públicos de educación básica y media superior, el acceso gratuito a productos adecuados para la gestión menstrual, tales como, toallas sanitarias desechables y de tela, tampones, y copas menstruales, de acuerdo con la suficiencia presupuestal disponible, priorizando a las niñas y adolescentes educandas que se encuentren en zonas de alta marginación, lo cual les permitirá tener un desarrollo integral; para ello las instituciones educativas deberán priorizar a aquellas instituciones ubicadas en localidades con alta marginación; y

XVIII. Las demás que con tal carácter establezcan esta ley y otras disposiciones aplicables.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las erogaciones que pudieran presentarse con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se realizarán con cargo a los presupuestos aprobados a los ejecutores de gasto correspondiente para el ejercicio fiscal que corresponda.

Notas

1 Guía para la promoción de la salud e higiene menstrual, UNICEF. Recuperado de https://www.unicef.org/venezuela/media/6326/file/Gu%C3%ADa%20de%20Promo ci%C3%B3n%20de%20Higiene%20Menstrual.pdf

2 Higiene menstrual. Recuperado de https://www.unicef.org/mexico/higiene-menstrual

3 Guía para la promoción de la salud e higiene menstrual, UNICEF. Recuperado de https://www.inicef.org/venezuela/media/6326/file/Gu%C3%ADa%20de%20Promo ci%C3%B3n%20de%20Higiene%20Menstrual.pdf

4 Toallas sanitarias, Procuraduría Federal del Consumidor. Recuperado de https://www.gob.mx/profeco/documentos/toallas-sanitarias?state=publishe d

5 Toallas y tampones para romper tabúes y quedarse en la escuela. Recuperado de https://mexico.un.org/es/154784-toallas-y-tampones-para-romper-tab%C3%B Aes-y-quedarse-en-la-escuela

Sede de la Comisión Permanente, a 29 de enero de 2025.

Senadora Olga Patricia Sosa Ruiz (rúbrica)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de garantías, a cargo de la senadora Olga Patricia Sosa Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena

Olga Patricia Sosa Ruiz, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con lo previsto en los artículos 8, numeral 1, fracción I, 164 y 169 del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración del pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de garantías, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La expedición de una garantía al adquirir un bien, servicio o producto es fundamental tanto para el comprador como para el vendedor, ya que establece un entorno de confianza y seguridad en la compra.

Para el consumidor, la garantía actúa como un respaldo ante posibles fallos o defectos que puedan presentarse después de la compra, garantizando que se pueda obtener una solución o compensación. En cuanto al proveedor, ofrecer una garantía se convierte en una herramienta útil para generar confianza, fidelizar a los clientes y diferenciarse de la competencia. Además, refleja el compromiso con la calidad y la satisfacción del cliente, lo que favorece una mejor imagen y relaciones comerciales sostenibles.

De esta manera, la garantía no sólo constituye un derecho legal, sino también una estrategia clave para fortalecer los lazos entre consumidores y empresas a largo plazo.

La Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) establece como una de las obligaciones de los proveedores informar y respetar las garantías, términos y demás condiciones aplicables en la comercialización de bienes, productos o servicios.

De tal suerte que, conforme al mismo ordenamiento, la póliza debe ser entregada al consumidor al momento de recibir el producto o servicio. La LFPC establece que el cumplimiento de las garantías es exigible, indistintamente, al productor, al importador del bien o servicio y al distribuidor, salvo en los casos en que alguno de ellos o algún tercero asuma por escrito la obligación.

Y para hacer efectiva la garantía se debe acudir al domicilio en que haya sido adquirido o contratado el bien o servicio, o en el lugar o lugares que exprese la propia póliza. Es así como este ordenamiento legal dispone que el proveedor deberá cubrir al consumidor los gastos necesarios erogados para lograr el cumplimiento de la garantía en domicilio diverso al antes señalado. Si es un producto importado, la información de estos expresará su lugar de origen y, en su caso, los lugares donde puedan repararse, así como las instrucciones para su uso y las garantías correspondientes.

Conforme al capítulo IX de la LFPC si durante la vigencia de la garantía el producto que se adquiere presenta alguna falla, de inmediato el consumidor debe comunicarse con el proveedor responsable para solicitar el cambio del producto y/o en su caso la reparación correspondiente. En términos del mismo Capítulo IX "De las garantías", cuando procede el cambio de piezas, el proveedor tiene la obligación de sustituirlas por originales, así como que el servicio de reparación durante la vigencia de la garantía es gratuito, el proveedor no debe aplicar cobros adicionales ni condicionar la garantía.

No obstante, que el capítulo IX de la LFPC cuenta con ocho artículos que se refieren a las garantías de bienes, productos o servicios, en dichos preceptos no se establece expresamente qué se entiende por garantía para efectos de la misma ley, asimismo es de destacarse que el artículo 78 establece los requisitos de la póliza de garantía en los términos siguientes:

Artículo 78. La póliza de garantía deberá expedirse por el proveedor por escrito, de manera clara y precisa expresando, por lo menos, su alcance, duración, condiciones, mecanismos para hacerlas efectivas, domicilio para reclamaciones y establecimientos o talleres de servicio. La póliza debe ser entregada al consumidor al momento de recibir éste el bien o servicio de que se trate.

Del precepto transcrito y de los demás artículos que comprende el capítulo IX, "De las garantías", no se desprende que se establezca que la póliza o la garantía debe incluir "el plazo que tiene el proveedor para el cumplimiento de la garantía", lo que es distinto a la duración de la propia garantía que puede ser desde 90 días hasta 1 o 2 años o más, por lo que para otorgar certeza jurídica a los consumidores se estima necesario establecer expresamente en el capítulo IX, el plazo que tiene el proveedor para el cumplimiento de la garantía en cuanto a la reparación o mantenimiento del bien adquirido, contado a partir de que el consumidor la hace efectiva.

La importancia de esta propuesta de adición a la Ley Federal de Protección al Consumidor deviene de que a muchos consumidores les ha pasado que los productos o servicios que piden no funcionan en la manera en que deberían hacerlo y para ello recurren a la póliza de garantía, para hacerla efectiva.

Sin embargo, desafortunadamente para los consumidores en los hechos no siempre se cumple con la garantía en un plazo determinado a partir de la reclamación, ello es porque falta en la Ley la obligación al proveedor de que el cumplimiento de las garantías deberá realizarse en el plazo establecido en la póliza y el cual no podrá ser mayor a determinado plazo a partir de su reclamación o que el tiempo que transcurra desde el momento en que el consumidor solicite el cumplimiento de la garantía hasta el momento en que le sea entregado el bien reparado, que no podrá exceder de determinado plazo. La falta de este plazo ha dado lugar en diversas ocasiones, a que los proveedores apliquen el plazo que más les convenga en perjuicio del consumidor.

A manera de ejemplo se señala lo que sucedió en el pasado mes de enero de este 2025 en Reynosa, Tamaulipas, donde la empresa MG, agencia de venta de automóviles de procedencia China decidió cerrar sus instalaciones y negar el servicio a los clientes. Lo anterior, a raíz de la presión ejercida por una clienta que denunció que la agencia de autos MG le vendió un automóvil defectuoso y decidieron cerrar las instalaciones.1

Alejandra Ceccopiere compró en 2024 un ZS Elegance Red Pack de lujo, el cual a los pocos días presentó fallas, por lo cual lo llevó en Reynosa a la agencia MG para su reparación, no obstante, le tardaron 10 meses en repararlo, esos 10 meses el vehículo estuvo en la agencia y al poco tiempo que se lo entregaron le volvió a fallar. El vehículo le costó 500 mil pesos y nunca ha dejado de pagar las mensualidades y la agencia solo le da largas para darle una solución.2

El caso de Alejandra Ceccopiere no es el único, hay muchos consumidores que, como ella, han exigido el cumplimiento de la garantía y no han tenido respuesta favorable en un plazo corto o determinado, con el propósito de proteger a los consumidores de prácticas abusivas o engañosas por parte de los proveedores, se estima necesario reformar diversos artículos de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para establecer qué debe entenderse por garantía y la mención de que la póliza debe contener un plazo para el cumplimiento de ésta en caso de reparación o mantenimiento del bien adquirido, el cual se deberá contar a partir de la reclamación que presente el consumidor al proveedor.

Se estiman necesarias las reformas que se proponen con la presente iniciativa con la confianza de que la Ley Federal de Protección al Consumidor ampara a los consumidores en primera instancia, para exigir que los proveedores de productos o servicios les cumplan y así lograr que sean consumidores empoderados.

Por lo expuesto, en el siguiente cuadro comparativo se plantean las reformas que se proponen con la presente iniciativa respecto a la Ley Federal de Protección al Consumidor:

Ley Federal de Protección al Consumidor

Por lo expuesto, y con base en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, quien suscribe somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de garantías

Único. Se adicionan un párrafo tercero al artículo 77, uno tercero al artículo 79 y dos últimos al artículo 81; y se reforma el artículo 78 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para quedar como sigue:

Artículo 77. ...

...

Para efectos del presente capítulo por garantía se entenderá la obligación que, en su caso, asume el proveedor o tercero para proteger al consumidor durante un plazo o uso determinado, en contra de las posibles deficiencias del bien o servicio prestado, sus piezas, partes o sistemas específicos, de conformidad con las especificaciones de la propia garantía, así como lo dispuesto en esta ley.

Artículo 78. La póliza de garantía deberá expedirse por el proveedor por escrito, de manera clara y precisa expresando, por lo menos, su alcance, duración, condiciones, mecanismos para hacerlas efectivas, plazo que tiene el proveedor para su cumplimiento en cuanto a la reparación o mantenimiento del bien o servicio adquirido, contado a partir de que el consumidor la hace efectiva, domicilio para reclamaciones y establecimientos o talleres de servicio. La póliza debe ser entregada al consumidor al momento de recibir éste el bien o servicio de que se trate.

Artículo 79. ...

...

El cumplimiento de las garantías deberá realizarse en el plazo establecido en la póliza y a falta de plazo, su cumplimiento no podrá ser mayor a noventa días naturales contados a partir de su reclamación.

Artículo 81. ...

En caso de que el producto haya sido reparado o sometido a mantenimiento y el mismo vuelva a presentar deficiencias imputables al fabricante, el consumidor tendrá derecho a que sea reparado o mantenido de nuevo sin costo alguno. Si el plazo de la garantía es superior a los noventa días naturales, se estará a dicho plazo.

El tiempo que transcurra desde el momento en que el consumidor solicite el cumplimiento de la garantía hasta el momento en que le sea entregado el bien reparado o mantenido, no podrá exceder de noventa días naturales, salvo disposición en contrario en la póliza.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las erogaciones que pudieran presentarse con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se realizarán con cargo a los presupuestos aprobados a los ejecutores de gasto correspondiente para el ejercicio fiscal que corresponda.

Notas

1 "Empresa MG en Reynosa suspendió actividades ante presión por venta de autos defectuosos", en Hoy Tamaulipas, 17 de enero de 2025. Recuperado de https://www.hoytamaulipas.net/notas/581526/Empresa-MG-en-Reynosa-suspendio-actividadesante-presion-por-venta-de-autos-defectuosos.html

2 Agencia de autos MG en Reynosa vende autos defectuosos, Hoy Tamaulipas, 17 de enero de 205. Recuperado de https://www.hoytamaulipas.net/notas/581499/Agencia-de-autos-MG-en-Reynosavende-autos-defectuosos.html#google_vignette

Sede de la Comisión Permanente, a 29 de enero de 2025.

Senadora Olga Patricia Sosa Ruiz (rúbrica)

Que adiciona el décimo primer párrafo al artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada María de los Ángeles Ballesteros García, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, María de los Ángeles Ballesteros García, diputada del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Ya se ven lejos las dolorosas consecuencias ocasionadas por la pandemia del Covid-19, y una de ellas fueron las consecuencias negativas en materia económica y social que el cierre de actividades desencadenó.

Uno de los sectores más afectados fue el turismo y su cadena de valor, que dicho sea de paso genera 4.7 millones de empleos directos y 6 millones de indirectos, donde la mayoría son mujeres y jóvenes mismo que representa el 8.9 por ciento de la fuerza laboral a nivel nacional.

Para 2020, en plena crisis sanitaria y económica ocasionada por el virus, con base en datos del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (Inegi), el sector turístico sufrió grabes afectaciones en su desarrollo respecto del 2019, el producto interno bruto (PIB) turístico decreció 47 por ciento, el consumo turístico 49.6, el interno 41.3 y el externo 89.9.

En México, 80 por ciento de los turistas es nacional; y el restante 20, internacional.

Con el objetivo de dimensionar la importancia económica que tiene el sector turístico es preciso realizar un comparativo de los años 2019-2020, ya que la caída en la derrama económica fue de -36 por ciento. Esto equivale a casi 1.2 billones de pesos. En perspectiva esta cantidad equivalió en promedio al 19 por ciento del Presupuesto de Egresos de la Federación, aprobado en 2021 o 4.5 puntos porcentuales del PIB total.

Con relación a lo anterior en el año de 2019, se registraron ingresos por concepto de turismo internacional por el índice de 22.1 miles de millones de dólares y en 2020, por el índice de 9.7 miles de millones de dólares, datos que reflejan un decremento de -55.8 por ciento. En cuanto a turistas internacionales, en los mismos años de 2019 el número de personas fue de 40.3 millones y para el 2020 fue de 21.9 millones, datos que reflejan un decrecimiento de -46.2 por ciento.

En el mismo orden de ideas, es preciso distinguir que entorno de la actividad turístico los servicios de alojamiento participan con el 28.1 por ciento del PIB turístico y el de restaurantes con el 15.3 por ciento. siendo que estas actividades del sector turismo representa el 43.4 por ciento de toda la actividad turística del país. mismas que fueron severamente afectadas por la pandemia.

Con base en datos de la Secretaría de Turismo (Sectur), de los 22 mil 570 establecimientos de hospedaje, que suman poco más de 830 mil cuartos, las microempresas –que registran de 1 a 10 empleos– absorben 80 por ciento; las pequeñas, 15.7; las medianas y grandes, y 4.3; y también fueron duramente afectadas por la pandemia.

Para entidades que dependen del turismo internacional, la situación durante la crisis fue difícil, ya que el decrecimiento del PIB estatal, con base en datos del Inegi para el caso de Quintana Roo fue la más alta de las 32 entidades del país con -38.2 por ciento, seguido por Baja Sur con -37.9 por ciento.

Ahora bien, en la actualidad afortunadamente y tras el apoyo de diversas estrategias del gobierno, la resiliencia de los prestadores de servicios turísticos y su cadena de valor, el sector turístico muestra claros signos de recuperación.

Los destinos turísticos más visitados por extranjeros son Cancún, Riviera Maya, Ciudad de México, Los Cabos y Puerto Vallarta, por lo que resulta fundamental que se instauren programas y apoyos para que estos destinos con vocación turística sigan consolidando su desarrollo económico.

Estos destinos y todos los polos de desarrollo turístico fueron beneficiados durante la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador, a través de la Secretaría de Turismo (Sectur), que implantó diversos programas para impulsar la Estrategia Nacional de Turismo y el Plan Nacional de Desarrollo. Estos Programas fueron:

Modelo de Regionalización Turística de México

Este modelo establece las bases para un desarrollo equilibrado entre las regiones, priorizando una visión a largo plazo que fortalezca los vínculos entre entidades, localidades y personas. Su objetivo principal es aumentar el flujo de visitantes e inversiones, promoviendo la cohesión social a través del turismo.

Según la Sectur, el modelo considera la identificación de ventajas competitivas de cada región para integrarlas en estrategias turísticas más amplias, favoreciendo una distribución más equitativa de los beneficios económicos.1

Los Productos Turísticos Ancla, parte esencial de este modelo, buscan revitalizar la oferta actual mediante la creación de experiencias únicas y diferenciadas en cada destino. Por ejemplo, en Yucatán se ha potenciado el segmento cultural y arqueológico, mientras que en Baja California se ha promovido el turismo enológico y gastronómico.2

Operación Toca Puertas

Con el objetivo de diversificar los mercados turísticos internacionales, Operación Toca Puertas posiciona a México como un destino atractivo para turistas de nichos de alto poder adquisitivo en países como Alemania, Canadá, China, Corea, Emiratos Árabes, España, Francia, India, Italia, Japón, Reino Unido y Rusia. Este programa trabaja en estrecha colaboración con embajadas y consulados mexicanos, creando directorios de turoperadores e inversionistas, y estableciendo canales de información estratégica que faciliten la promoción y comercialización en mercados extranjeros.3

Reencuentro con mis Raíces

Esta estrategia, centrada en Estados Unidos y Canadá, está diseñada para incrementar tanto el número de viajes como el gasto turístico de la población mexicoamericana. El plan incluye campañas dirigidas y la creación de alianzas estratégicas con operadores turísticos en ambos países. Además, busca captar una mayor proporción del gasto turístico, especialmente en destinos que resalten las tradiciones y raíces culturales mexicanas.

Digitalización y VisitMexico

En un esfuerzo por modernizar el sector, la plataforma digital VisitMexico se ha consolidado como la ventana más importante para la promoción internacional. A través de ediciones digitales del Tianguis Turístico, la creación de catálogos electrónicos y la implementación del Centro de Geointeligencia, la Sectur se posiciona a la vanguardia de la tecnología en turismo. Estas innovaciones permiten atender las demandas de un viajero informado y exigente, maximizando el impacto de la promoción turística.

Esta novedosa estrategia articulará las políticas públicas entre diferentes dependencias y los organismos empresariales. Ejemplo de ello es la conjunción de esfuerzos con la SRE para la difusión de la imagen de México en el exterior, con el apoyo del servicio exterior mexicano y la instauración del Consejo de Diplomacia Turística.

México renace sostenible

Con la meta de promover un turismo sostenible, la estrategia México Renace Sostenible se enfoca en crear circuitos turísticos que respeten el medio ambiente, impulsen el bienestar social y fomenten la armonía con la naturaleza. Esta iniciativa está alineada con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la ONU, específicamente con los objetivos 8 (Trabajo Decente y Crecimiento Económico), 12 (Producción y Consumo Responsables) y 14 (Vida Submarina).

De acuerdo con International Congress and Convention Association, se cuentan más de doce mil 900 eventos en el mundo en constante crecimiento. En América, Estados Unidos es el líder con 947 eventos, Canadá con 315; Brasil con 233; Argentina con 232 y México con 172.

Este segmento de turismo cuenta con un estímulo fiscal de tasa cero en IVA, pero sólo para eventos de origen extranjero.

Corporación Ángeles Verdes

Desde su creación, en 1958, la Corporación Ángeles Verdes ha sido un pilar fundamental en el turismo carretero de México. Con más de 700 elementos y 310 patrullas, ofrecen asistencia mecánica, orientación y auxilio a turistas nacionales e internacionales, cubriendo más de 13 mil 900 kilómetros de carreteras. Además, su labor ha sido esencial durante desastres naturales, como los sismos de 1985 y 2017, así como los huracanes Gilberto y Paulina.4

Resulta fundamental dimensionar la riqueza turística con que cuenta el país, como sus destinos de sol y playa reconocidos a nivel mundial, los 177 Pueblos Mágicos que son ejemplo a seguir por diversas naciones, su riqueza gastronómica que es patrimonio cultural inmaterial de la humanidad y su riqueza cultural que, en la actualidad, de acuerdo con la UNESCO, México cuenta con 35 patrimonios de la humanidad, de los cuales 6 son naturales, 27 son culturales y 2 son mixtos.

Sus 7 patrimonios culturales inmateriales, como la lengua, la literatura la música la danza, los juegos y deportes, las tradiciones culinarias, los rituales y metodologías, los conocimientos, la artesanía y los espacios culturales.

Además, los productos turísticos, en todo el país de acuerdo con el Sistema de Información Cultural de México, incluyen mil 402 museos y 197 zonas arqueológicas, por mencionar algunos.

Con base en datos de la Organización Mundial del Turismo, México se mantiene posición 6 en ranking mundial de turismo como se muestra a continuación:

1. Francia. 77.5 millones de viajeros anuales.

2. España 71.7 millones de viajeros anuales.

3. Estados Unidos. 50,9 millones de viajeros anuales.

4. Turquía. 50.5 millones de viajeros anuales.

5. Italia 49.8 millones de viajeros anuales.

6. México 38.3 millones de viajeros anuales.

7. Reino Unido. 29.5 millones de viajeros anuales.

8. Alemania. 28.5 millones de viajeros anuales.

9. Grecia. 27.8 millones de viajeros anuales.

10. Austria. 26.2 millones de viajeros anuales.

A manera de resumen respecto de la actividad turística su recuperación e importancia para el país para el periodo 2023-2024, se presentan los siguientes datos, obtenidos de la Sectur:

Llegada de visitantes internacionales a México

El Inegi reportó la llegada de 34 millones 490 mil visitantes internacionales durante enero-mayo 2024, esto es 3 millones 269 mil visitantes más con respecto al mismo periodo de 2023, lo que representó un incremento de 10.5 por ciento.

Llegada de turistas internacionales a México

La llegada de turistas internacionales durante enero- mayo 2024 fue de 18 millones 128 mil, nivel superior en Un millón 41 mil turistas al observado en el mismo periodo de 2023 y equivalente a un incremento del 6.1 por ciento.

Ingreso de divisas por visitantes internacionales

El ingreso de divisas por concepto de visitantes internacionales durante enero-mayo de 2024 fue de 14 mil 975 millones de dólares, lo que representó un incremento de 8.1 por ciento respecto al mismo periodo de 2023.

Gasto promedio de los turistas de internación vía aérea

El gasto promedio de los turistas de internación vía aérea fue de mil 217.3 dólares durante enero-mayo 2024, lo que representó un incremento de 2.3 por ciento respecto al observado en el mismo periodo de 2023.

Salida de Turistas Internacionales de México.

Durante enero-mayo de 2024, el Inegi reportó la salida de 6 millones 874 mil turistas internacionales de México al exterior, lo que significó Un millón 134 mil turistas más a lo reportado en el mismo periodo de 2023, equivalente a un incremento del 19.8 por ciento.

Gasto de divisas por visitantes residentes en México al exterior

El gasto de divisas efectuado por visitantes residentes en México al salir al exterior, fue de 3 mil 991 millones de dólares durante enero-mayo 2024, superior en 783 millones 242 mil dólares a lo registrado en el mismo periodo de 2023, con un incremento de 24.4 por ciento.

Saldo de la balanza de divisas por visitantes internacionales

En el periodo enero-mayo 2024 el saldo de la balanza por concepto de visitantes internacionales se ubicó? en 10 mil 984 millones de dólares, superior en 3.2 por ciento al observado durante el mismo periodo de 2023.

Llegada de turistas internacionales vía aérea (principales países por nacionalidad)

Durante enero-mayo de 2024 llegaron 10 millones 160 mil turistas internacionales vía aérea por país de nacionalidad, superior en 5.5 por ciento respecto a lo observado en el mismo periodo de 2023.

Destaca la llegada de turistas de

• Estados Unidos con 6 millones 248 mil pasajeros, +7.6 por ciento mayor respecto a 2023, la mayoría de los cuales, arribó por los aeropuertos de Cancún y Los Cabos.

• Canadá? con Un millón 537 mil pasajeros, +11.6 por ciento mayor respecto a 2023, la mayoría de los cuales, arribaron a los aeropuertos de Cancún y Puerto Vallarta.

• Colombia con 257 mil 273 pasajeros, 14.0 por ciento menor respecto a 2023.

• Reino Unido con 191 mil 243 pasajeros, 0.3 por ciento mayor respecto a 2023.

• Francia con 154 mil 906 pasajeros, 1.0 por ciento mayor respecto a 2023.

• Resto de nacionalidades 1 millón 771 mil pasajeros, 1.5 por ciento menos respecto a 2023.

Llegada de turistas internacionales a los principales aeropuertos de México

Durante enero-mayo de 2024, los aeropuertos que recibieron el mayor número de turistas internacionales en México fueron, según su nacionalidad: Cancún, Quintana Roo; Ciudad de México; Los Cabos, Baja California Sur; Puerto Vallarta, Jalisco; Guadalajara, Jalisco; Monterrey, Nuevo León; Cozumel, Quintana Roo; y Silao, Guanajuato. En conjunto representaron 93.0 por ciento de las llegadas de turistas internacionales por nacionalidad.

Ocupación hotelera

El porcentaje de ocupación hotelera en la selección de 70 centros turísticos durante el lapso enero-mayo de 2024 fue de 60.3, misma variación porcentual respecto a lo observado en enero-mayo de 2023.

Durante enero-mayo 2024, la llegada de turistas nacionales a cuartos de hotel alcanzó 24 millones 475 mil turistas (71.4 por ciento del total); mientras que la llegada de los turistas internacionales registró 9 millones 826 mil turistas (28.6 por ciento del total).

Porcentaje de ocupación por tipo de centros

En mayo 2024, el porcentaje de ocupación por tipo de centros fue de 63.5 para los centros de playa y 53 para las ciudades.

Total de pasajeros transportados en vuelos nacionales e internacionales

Durante enero-mayo 2024 se registró un total de 49 millones 713 mil pasajeros vía aérea, lo que representó un incremento de Un millón 25 mil pasajeros, equivalente a un 2.1 por ciento mayor respecto al mismo periodo de 2023.

Pasajeros transportados en vuelos nacionales

La llegada de pasajeros en vuelos nacionales durante enero-mayo 2024, fue de 24 millones 365 mil pasajeros, registrando una disminución de 918 mil 359 pasajeros, menor en 3.6 por ciento con relación a lo observado en el mismo periodo de 2023.

Pasajeros transportados en vuelos internacionales

La llegada de pasajeros en vuelos internacionales durante enero-mayo 2024 fue de 25 millones 347 mil pasajeros, representando un incremento de 1 millón 943 mil pasajeros; 8.3 por ciento mayor con relación al observado en el mismo periodo de 2023.

Llegada de excursionistas en cruceros a México

El número de pasajeros en cruceros que arribó durante enero-mayo de 2024 fue de 4 millones 569 mil pasajeros, con un incremento de 3.3 por ciento respecto a lo registrado en el mismo periodo de 2023.

Arribo de cruceros a México

De enero-mayo 2024 se registró? la llegada de mil 370 cruceros a los puertos del país, una disminución de 2.6 por ciento a lo registrado en el mismo periodo de 2023.

Llegada de excursionistas en cruceros y arribos de cruceros a los principales puertos de México

Durante el periodo enero-mayo de 2024 los puertos que recibieron mayor número de excursionistas en crucero en México fueron Cozumel, Quintana Roo; Majahual, Quintana Roo.; Ensenada, Baja California; Cabo San Lucas, Baja California Sur; y Puerto Vallarta, Jalisco, los cuales representaron 90.2 por ciento de los pasajeros.

Visitantes de museos y zonas arqueológicas

Entre enero y mayo de 2024, el Instituto Nacional de Antropología e Historia reportó la llegada de 8 millones 484 mil visitantes a museos y zonas arqueológicas, 355 mil 403 más que lo reportado en mismo periodo de 2023, lo que representó un incremento de 4.4 por ciento. De los visitantes, 73.4 por ciento correspondió a nacionales y 26.6 a internacionales.5

Derivado de los datos anteriormente vertidos, así como, del impacto que la crisis sanitaria tubo en el sector turístico y su cadena de valor causó, es fundamental reconocer la importancia que el turismo tiene para el desarrollo económico y social del mundo y para nuestro México, la curva de aprendizaje ha sido difícil pero debemos aprender del camino recorrido, y esto fue reconocido desde el 9 de junio de 2020, en que se llevó a cabo una reunión virtual de trabajo entre integrantes del gabinete federal, el Consejo de Salubridad General y la Comisión Ejecutiva de Turismo de la Conferencia Nacional de Gobernadores, en la cual el licenciado Miguel Torruco Marqués, secretario de Turismo federal, mencionó que el turismo fuera reconocido como una actividad esencial para México. En ese entonces refirió: “Solicito de la manera más respetuosa al secretario de Salud, Jorge Alcocer Varela; y al subsecretario Hugo López-Gatell, vocero en materia de la emergencia sanitaria, que se reconsidere a la actividad turística como esencial, por el bien de la economía del país y por el bien de tantos empleos que están en riesgo”, dijo.

Añadió que la industria turística es una actividad que hay que cuidar, proteger y sobre todo, revalorar, para poder salir adelante de toda la problemática provocada por la pandemia que vivimos a nivel mundial, en aquellos años.6

Por ello, como dijo el filósofo George Santayana, “los que no pueden recordar el pasado están condenados a repetirlo”, y no debemos que a México le vuelva a pasar, es necesario modernizar el marco jurídico que rige al sector turístico y su cadena de valor y protegerla, ya que son un motor económico fundamental, tal y como lo muestran los indicadores económicos y sociales expuestos en la presente exposición de motivos.

El turismo está considerado un objetivo de interés público. Lo anterior está contenido en el artículo 10 de la Ley de Infraestructura de la Calidad y con base en el artículo 1 de la Ley General de Turismo, también es una actividad prioritaria nacional así como todos los procesos que lo integran, sin embargo para que lo anterior se ponga en práctica debe ser contenido y garantizado por nuestra carta magna tal y como ocurrió en la pandemia pasada donde uno de los pocos sectores que gozaron de beneficios fue la construcción de infraestructura.

Tras el confinamiento ocasionado por el Covid-19, la forma en que las personas vacacionan ha cambiado, pues a la gente le gusta pasar más tiempo con amigos o familia mientras exploran algunos lugares turísticos de su interés y del mismo modo los turistas nacionales e internacionales buscan nuevas y mejores experiencias, ya no solo los destinos de sol y playa es lo que buscan, las vivencias gastronómicas, culturales, el ecoturismo, el turismo rural, entre otra están en auge y nuestro país cuanta con todas estos segmentos turísticos y es nuestro deber aprovecharlos de manera sustentable y en beneficio de nuestra sociedad.

El Tren Maya es una de estas nuevas experiencias que nuestro país tiene para ofrecer al mundo, sus mil ,544 kilómetros de recorrido, conectan 5 estados: Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo. La ruta cuenta con 21 estaciones y 14 paraderos cercanos a zonas arqueológicas del área, como Chichén Itzá o Tulum, y a aeropuertos, según se muestra a continuación:

Tramo 1: Palenque-Escárcega (228 kilómetros aproximadamente).

Estaciones: Palenque, Chiapas Boca del Cerro Tabasco El Triunfo Tabasco Escárcega, Campeche.

Paraderos: Tenosique, Tabasco Candelaria, Campeche.

Tramo 2: Escárcega-Calkiní (235 kilómetros aproximadamente).

Estaciones: Escárcega, Campeche Edzná, Campeche San Francisco de Campeche, Campeche.

Paraderos: Carrillo Puerto, Campeche Tenabo, Campeche Hecelchakán, Campeche Calkiní, Campeche.

Tramo 3: Calkiní-Izamal (172 kilómetros aproximadamente).

Estaciones: Mérida Aeropuerto, Yucatán Teya, Yucatán Izamal, Yucatán.

Paraderos: Maxcanú, Yucatán Tixkokob, Yucatán.

Tramo 4: Izamal-Cancún (257 kilómetros aproximadamente).

Estaciones: Chichén Itzá, Yucatán Valladolid, Yucatán Nuevo Xcán, Quintana Roo.

Paraderos: Xibalbá, Yucatán Leona Vicario, Yucatán.

Tramo 5 Norte: Cancún-Playa del Carmen (49.8 kilómetros aproximadamente ).

Estaciones: Cancún Aeropuerto, Quintana Roo Puerto Morelos, Quintana Roo Playa del Carmen, Quintana Roo.

Tramo 5 Sur: Playa del Carmen-Tulum (60.3 kilómetros aproximadamente).

Estaciones: Tulum, Quintana Roo Tulum Aeropuerto, Quintana Roo.

Paraderos: Xcaret, Quintana Roo Puerto Aventuras, Quintana Roo Akumal, Quintana Roo.

Tramo 6: Tulum-Bacalar (254 kilómetros aproximadamente).

Estaciones: Felipe Carrillo Puerto, Quintana Roo Bacalar, Quintana Roo Chetumal, Quintana Roo.

Paraderos: Limones, Othón P. Blanco, Quintana Roo.

Tramo 7: Bacalar-Escárcega (287 kilómetros aproximadamente).

Estaciones: Xpujil, Campeche.

Paraderos: Conhuas, Campeche Centenario, Campeche.

Es fundamental salvaguardar y aprovechar las virtudes de este mega proyecto y la forma de hacerlo es protegiéndolo a nivel constitucional en pro de toda la sociedad del país.

México posee una posición geográfica privilegiada, circunstancia que lo favorece para ofrecer al mundo una riqueza natural, climática, alimentaria única en el mundo, y como ya se mencionó es justo los que los nuevos turistas buscan, es por ello que es una potencia turística mundial, es nuestro deber impulsar nuestra posición y seguir escalando peldaños y continuar con el desarrollo economía nacional, y beneficiar a otros sectores cercanos al turismo ya que este guarda intrínseca transversalidad con muchos otras como, la infraestructura, salud telecomunicaciones, etcétera.

El 25 de septiembre de 2015, 150 líderes mundiales asistieron a la Cumbre de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, a fin de aprobar la Agenda para el Desarrollo Sostenible. Y así se dio origen a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, adoptada por los 193 Estados miembros de Naciones Unidas, incluido México.

Entandamos este documento como un manual que compromete a los países firmantes y reorientar sus políticas públicas en pro del bien común, la inclusión de toda la sociedad en solo camino la mejora continua, sostenida y sustentable en todos los sectores, por lo que, para alcanzar lo anterior se establecieron 17 Objetivos del Desarrollo Sostenible cuyo propósito es poner fin a la pobreza, luchar contra la desigualdad y la injusticia, y hacer frente al cambio climático con miras a 2030.

En la Agenda 2030 se establece el objetivo de “promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos”. En la meta 8.3 se insta a “promover políticas orientadas al desarrollo que apoyen las actividades productivas, la creación de puestos de trabajo decentes, el emprendimiento, la creatividad y la innovación, y fomentar la formalización y el crecimiento de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas, incluso mediante el acceso a servicios financieros”.

Con base en ello, y derivado de todas las características con las que cuenta el sector turístico y su cadena de valor es que debe ser reorientado y priorizado para contribuir a cumplir con lo comprometido en la agenda 2030, ya que es generador de divisas, de empleo y la contribución con un alto porcentaje al producto interno bruto.

Por lo expuesto y fundado someto a consideración de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona el párrafo undécimo al artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único. Se adiciona el undécimo párrafo al artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 25. Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de la nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución. La competitividad se entenderá como el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor crecimiento económico, promoviendo la inversión y la generación de empleo.

...

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El sector turístico y su cadena de valor será considerado una actividad esencial y prioritaria para el desarrollo económico y social de México.

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Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https://www.noroeste.com.mx/nacional/amlo-implementa-estrategia-nacional-de-turismo
-CWNO1156602?utm_source=chatgpt.com

2 https://www.gob.mx/sectur/prensa/productos-ancla-potenciaran-el-turismo-en-los-estados-que
-conforman-la-alianza-del-mar-de-cortes

3 https://sistemas.sectur.gob.mx/revista_digital_turismo/Revista_Digital_ Turismo_Septiembre_2023.pdf

4 https://www.sectur.gob.mx/programas/angeles-verdes/

5 https://www.datatur.sectur.gob.mx/SitePages/versionesRAT.aspx

6 https://www.gob.mx/sectur/prensa/analiza-el-gobierno-federal-declarar-a l-turismo-actividad-esencial-244834?idiom=es

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de enero de 2025.

Diputada María de los Ángeles Ballesteros García (rúbrica)

Que adiciona la fracción XVI y se recorren las subsecuentes al artículo 30 de la Ley General de Educación, suscrita por la diputada María de los Ángeles Ballesteros García, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, María de los Ángeles Ballesteros García, diputada del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XVI y se recorren las subsecuentes al artículo 30 de la Ley General de Educación, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La corrupción se define como un complejo fenómeno social, político y económico; y constituye uno de los mayores retos para el desarrollo y la estabilidad de México. Este fenómeno socava la confianza de los ciudadanos en las instituciones, debilita el estado de derecho y perpetúa desigualdades sociales.

De acuerdo con el Índice de Percepción de la Corrupción (IPC) 2023, publicado por Transparencia Internacional la mayoría de los países a nivel mundial han registrado avances escasos o inexistentes en la lucha contra la corrupción en el sector público. Por doce años consecutivos el promedio a nivel mundial del IPC permanece estancado en 43 puntos, mientras que más de dos tercios de los países obtienen calificaciones por debajo de 50.

México no es la excepción, ocupa el lugar 126 de 180 países evaluados, con una calificación de 31 puntos sobre 100, lo que refleja la persistencia de prácticas corruptas en distintos ámbitos de la vida pública.1

De igual modo, según datos de la Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental de 2023, levantada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, reveló que 83.1 por ciento de la población considera que los actos de corrupción son frecuentes o muy frecuentes en su entidad federativa y 44.7 por ciento de las personas encuestadas declaro haber sido testigo de actos de corrupción en el último año.

En 2023, el costo total a consecuencia de la corrupción en la realización de pagos, tramites o solicitudes de servicios públicos y otros contactos con autoridades fue de 11 mil 910 millones 615 mil 651 pesos, lo que equivale a 3 mil 368 por persona afectada.2

Ante la problemática de la corrupción a nivel global varios países han implementado estrategias educativas para fomentar la transparencia y la ética desde las aulas, incorporando en sus planes de estudios temas relacionados con el combate a la corrupción. Entre ellos pueden citarse

Singapur: Este país a menudo se menciona como un ejemplo de éxito en la lucha contra la corrupción. En Singapur, la educación cívica incluye temas relacionados con la ética y la corrupción. Esto ha ayudado a crear una cultura de integridad y transparencia en el país, sin dejar de lado que las fuertes leyes anticorrupción y la aplicación estricta de las mismas han jugado un papel clave.

Dinamarca: Es otro país conocido por sus bajas tasas de corrupción. La educación sobre ética pública está integrada en el sistema educativo, y hay un enfoque cultural en la honestidad y la transparencia desde una edad temprana.

Finlandia: Ha incorporado temas de ética y transparencia en su currículum educativo. Además, el país promueve activamente la participación ciudadana en la vigilancia del gobierno, lo que ayuda a evitar y combatir la corrupción.

Colombia: Desarrollo programas educativos enfocados en ética y transparencia en las escuelas públicas y privadas. Estas Iniciativas incluyen actividades lúdicas y talleres que enseñan sobre la importancia de rechazar el soborno y la corrupción, aunque aún enfrenta retos, esta estrategia ha contribuido a la sensibilización entre los jóvenes.

Estados Unidos: En varios estados de Estados Unidos, se han implementado especialmente en educación superior cursos específicos sobre ética empresarial, gobernanza y corrupción y algunas universidades también colaboran con instituciones internacionales en proyectos de educación anticorrupción.

Estos países son exitosos en gran parte debido a la combinación de educación, políticas estrictas, y una cultura que no tolera la corrupción.

El artículo 3o. de la Carta Magna garantiza el derecho a la educación y establece que se deben promover valores como la honestidad, la responsabilidad, la igualdad y el respeto a los derechos humanos, elementos fundamentales para prevenir y combatir la corrupción.

Si bien la educación tiene el poder de moldear valores, actitudes y comportamientos desde edades tempranas, el enseñar principios éticos fomenta el respeto por las normas promoviendo una conciencia crítica frente a las prácticas corruptas. Desde el aula, se pueden implementar actividades y contenidos que sensibilicen sobre la importancia de actuar son integridad como simulaciones y juegos de rol que representen situaciones de toma de decisiones éticas, la discusión de casos reales de corrupción y sus efectos a la sociedad y talleres y campañas escolares que promuevan valores como la transparencia y la responsabilidad.

Por ello, la educación es un pilar fundamental para combatir la corrupción, que durante años ha sido vista como una práctica arraigada que se ha transmitido de generación en generación. Este fenómeno fue consecuencia de múltiples factores históricos, sociales y culturales que fueron moldeando la forma en que se ejercen el poder y las relaciones sociales en el país.

Con base en lo anterior, es necesario que los planes y programas de estudio en México incluyan contenidos que promuevan los valores de honestidad, justicia, transparencia y rendición de cuentas, así como el análisis crítico de las causas y consecuencias de la corrupción, en todos los niveles de enseñanza en el país, este enfoque no solo fortalecerá la formación ética y ciudadana de las futuras generaciones, sino que también contribuirá al desarrollo de una sociedad más justa y equitativa.

Por lo expuesto y fundado someto a consideración del pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona la fracción XVI, y se recorren las subsecuentes, al artículo 30 de la Ley General de Educación

Artículo 30. Los contenidos de los planes y programas de estudio de la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, de acuerdo con el tipo y nivel educativo, serán, entre otros, los siguientes:

I. a XV. ...

XVI. El fomento de la cultura de la legalidad y la prevención, combate y erradicación de los actos de corrupción.

XVII. a XXV. ...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Secretaría de Educación Pública, en coordinación con las autoridades educativas locales, deberá realizar las adecuaciones necesarias a los planes y programas de estudio en un plazo no mayor de 180 días contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

Notas

1 https://www.transparency.org/en/cpi/2023

2 https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/encig/2023/doc/encig2023_ principales_resultados.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de enero de 2025.

Diputada María de los Ángeles Ballesteros García (rúbrica)

De Decreto por el que se declara el 8 de octubre como el Día Nacional de la Generosidad, suscrita por el diputado Favio Castellanos Polanco, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Favio Castellanos Polanco, diputado del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura, con fundamento en los dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 8 de octubre Día Nacional de la Generosidad.

Exposición de Motivos

La generosidad es una virtud humana que implica la disposición desinteresada de dar o compartir lo que se tiene, ya sea tiempo, recursos, conocimientos, o apoyo emocional, sin esperar algo a cambio. Es un acto que refleja empatía, bondad y compromiso con el bienestar de los demás.

Ser generoso no se limita a ofrecer bienes materiales; también incluye gestos sencillos como brindar atención, escuchar a alguien en un momento difícil o colaborar en causas que buscan un impacto positivo en la comunidad. La generosidad fomenta relaciones humanas más profundas, promueve la solidaridad y contribuye a la construcción de una sociedad más justa y equitativa.

La generosidad en la sociedad es un motor fundamental para fortalecer el tejido social y promover la solidaridad entre las personas. Es a través de actos generosos que se pueden cerrar brechas de desigualdad, apoyar a los más vulnerables y fomentar un sentido de comunidad.

En una sociedad generosa, las personas comparten recursos, tiempo y conocimientos para el bienestar común, lo que genera confianza y colaboración. Además, la generosidad tiene un efecto multiplicador: un acto desinteresado puede inspirar a otros a replicarlo, creando un círculo virtuoso que beneficia a todos. Es una herramienta poderosa para construir una sociedad más equitativa, empática y cohesionada.

Un claro ejemplo de generosidad son los bancos de alimentos, ya que representan un esfuerzo colectivo para combatir el hambre y el desperdicio alimentario. Estos surgieron en la década de mil novecientos sesenta en los Estados Unidos, cuando John van Hengel creó el primer banco de alimentos en Arizona. Inspirado por la necesidad de ayudar a quienes no tenían qué comer, diseñó un sistema para recolectar excedentes de alimentos de supermercados, restaurantes y agricultores, y distribuirlos entre personas en situación vulnerable.

El propósito de los bancos de alimentos es doble: por un lado, reducir el desperdicio de alimentos, y por otro, garantizar que estos lleguen a quienes más los necesitan. Funcionan gracias a la colaboración de productores, distribuidores, voluntarios y organizaciones, quienes trabajan juntos para cumplir el derecho fundamental a la alimentación. Este modelo refleja cómo la generosidad organizada puede tener un impacto directo y positivo en la sociedad, promoviendo solidaridad y empatía hacia los más necesitados.

Los bancos de alimentos en México comenzaron a consolidarse en la década de los ochenta, inspirados en modelos internacionales de ayuda alimentaria. Estas organizaciones tienen como propósito recolectar, almacenar y distribuir alimentos a personas y familias en situación de vulnerabilidad en distintas regiones del país. Además de atender necesidades alimentarias inmediatas, muchas de ellas promueven programas educativos sobre nutrición, consumo responsable y desarrollo comunitario, buscando generar un impacto sostenible en las comunidades beneficiadas.

Estos bancos representan un claro ejemplo de cómo la generosidad y el compromiso social pueden transformar realidades. Su labor no sería posible sin la colaboración de empresas, agricultores, organizaciones y voluntarios que contribuyen con tiempo, recursos y esfuerzos para combatir el hambre y mejorar la calidad de vida de quienes más lo necesitan. Más allá de la entrega de alimentos, buscan extender esperanza, dignidad y solidaridad a quienes enfrentan adversidades.

La generosidad es el motor principal de estas iniciativas. Cada donación, cada hora de trabajo voluntario y cada esfuerzo dedicado a redistribuir recursos reflejan un compromiso colectivo con el bienestar de la sociedad. Los bancos de alimentos no solo trabajan para reducir el hambre, sino que también inspiran una cultura de solidaridad, invitando a las comunidades a participar activamente en causas que trascienden lo individual.

El impacto de estas organizaciones demuestra que la generosidad puede cambiar vidas. No solo llenan platos vacíos, sino que también construyen redes de apoyo que conectan a diferentes sectores de la sociedad con un propósito común: mejorar las condiciones de vida de los más vulnerables. Más que centros de distribución, los bancos de alimentos son espacios donde la empatía, la bondad y el compromiso social se traducen en acciones concretas.

La designación de un Día Nacional de la Generosidad en México sería un paso importante para fomentar este valor esencial en la sociedad. Una celebración de esta naturaleza tendría el potencial de movilizar comunidades, destacar actos altruistas y promover la solidaridad como un principio fundamental. Al establecer un recordatorio colectivo de la importancia de dar y compartir, se podría amplificar el impacto de estas acciones en todo el país.

La generosidad no solo fortalece el tejido social, sino que también es clave para abordar problemáticas como la pobreza, el hambre y la desigualdad. Instituir un día nacional ayudaría a generar mayor conciencia sobre estos temas y a reconocer la labor de individuos, organizaciones y comunidades que trabajan para mejorar la calidad de vida de los demás. Además, sería un momento para impulsar iniciativas como los bancos de alimentos, cuyo impacto ejemplifica cómo la generosidad organizada puede transformar vidas.

Por ello, dedicar el 8 de octubre como el Día Nacional de la Generosidad sería una extraordinaria oportunidad para promover valores fundamentales como la solidaridad, el altruismo y la empatía en nuestra sociedad. Este día podría enfocarse en reflexionar sobre la importancia de compartir con los demás, especialmente con quienes más lo necesitan, y reconocer a las personas y organizaciones que contribuyen al bienestar común.

En virtud de lo expuesto someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se declara el 8 de octubre Día Nacional de la Generosidad

Único. El Congreso de la Unión declara el 8 de octubre Día Nacional de la Generosidad.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Bibliografía

1 Bekkers, R.; y Wiepking, P. (2011). A Literature Review of Empirical Studies of Philanthropy, “Eight mechanisms that drive charitable giving”. Nonprofit and Voluntary Sector Quarterly, 40(5), 924-973.

2 Eisenberg, N.; y Mussen, P. H. (1989). The roots of prosocial behavior in children. Cambridge University Press.

3 Tarasuk, V.; y Eakin, J. M. (2005). “Food assistance through ‘surplus’ food: insights from an ethnographic study of Food Bank work”, en Agriculture and Human Values, 22(2), 177-186.

4 Food and Agriculture Organization (FAO). (2019). The state of food and agriculture: moving forward on food loss and waste reduction. FAO.

5 Banco de Alimentos de México (2023). Impacto de los bancos de alimentos en la seguridad alimentaria de México. Bamx.

Salón de plenos de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 29 de enero de 2025.

Diputado Favio Castellanos Polanco (rúbrica)

Que adiciona el artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, suscrita por el diputado Ulises Mejía Haro, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Ulises Mejía Haro, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de restricción de vehículos de autotransporte de carga, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La seguridad vial representa un componente esencial del bienestar y la protección ciudadana en México. En los últimos años, el país ha experimentado una alarmante tendencia en accidentes viales, particularmente aquellos en los que intervienen unidades de autotransporte de carga con doble remolque. Estas unidades, por su peso y dimensiones, presentan un riesgo significativo para la seguridad en carreteras, especialmente cuando circulan sin controles estrictos o sin adecuadas condiciones de mantenimiento.

La experiencia internacional ha demostrado que países que han regulado o prohibido la circulación de vehículos de carga doblemente articulados han logrado reducir notablemente el número de accidentes y mejorar la seguridad de sus sistemas de transporte. Países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, como Japón y Alemania, cuentan con normativas estrictas que limitan el uso de estos vehículos debido a su potencial de riesgo. México, sin embargo, se mantiene como uno de los pocos países que aún permite su circulación, lo que va en detrimento de la seguridad de los conductores y ciudadanos.

En Estados Unidos de América (EUA), las leyes que regulan la circulación de este tipo de vehículos varían según el Estado. Los límites federales de peso permiten hasta 36.3 toneladas en carreteras interestatales, pero algunos estados permiten el uso de doble remolque más largo en áreas menos pobladas, la regla general es 28 metros, aunque como se menciona algunos permiten hasta los 36 metros en zonas específicas. Sin embargo, la infraestructura del país vecino es robusta y permite la circulación de este tipo de vehículos de manera más segura y se realiza con restricciones estrictas que incluyen inspecciones frecuentes y requisitos de seguridad avanzada.

En Canadá, cada provincia tiene su propio enfoque, las provincias del oeste, como Alberta y Columbia Británica permiten el uso de vehículos más largos y pesados en carreteras específicas y rutas rurales. Pueden transportar 63 toneladas y deben cumplir con las regulaciones de seguridad, los sistemas avanzados de control de estabilidad y frenos.

En la Unión Europea (UE) se imponen restricciones muy estrictas en cuanto a la circulación de camiones con doble remolque debido a la infraestructura y los límites de peso en carreteras y puentes, en general los vehículos no pueden exceder los 40-44 toneladas y una longitud de 18.75 metros. Solo países como Suecia y Finlandia permiten configuraciones de mayor longitud y peso.

Mientras que México permite camiones de doble remolque de gran tamaño y peso, existen preocupaciones sobre la infraestructura y la capacidad de supervisión adecuada para garantizar su seguridad. Comparado con países como EUA y Canadá o la UE, que también tienen límites y requieren inspecciones más frecuentes y tecnología de seguridad avanzada, México enfrenta el reto de adaptar su regulación y mejorar la infraestructura para mantener la seguridad vial en las rutas con doble remolque.

De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) y el Instituto Mexicano del Transporte (IMT), en México, los accidentes de tránsito relacionados con vehículos de autotransporte de carga doblemente articulados resultan en miles de muertes y lesiones cada año. En particular, se estima que aproximadamente el 3% de los accidentes anuales involucran estos vehículos, con una incidencia desproporcionadamente alta de fatalidades y lesiones graves.

En 2021, el Inegi reportó 638 mil 352 accidentes de tránsito en zonas urbanas y suburbanas, siendo los camiones de carga responsables de una proporción significativa de estos incidentes. En carreteras, el IMT registró 15 mil 20 accidentes, con un saldo de 3 mil 298 defunciones y más de 8 mil personas heridas. En particular, los vehículos de doble remolque contribuyen de manera desproporcionada a las cifras de siniestralidad, dada la dificultad de maniobra y frenado que presentan al operar con cargas superiores a las 70 toneladas.

En México, la circulación de camiones de doble remolque está permitida bajo regulaciones específicas, establecidas principalmente por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-2017. Ésta fija, entre otras disposiciones, lo siguiente:

1. Peso y dimensiones

- El peso máximo permitido es de 75.5 toneladas, aunque en algunas rutas autorizadas pueden permitirse hasta 80 toneladas.

- La longitud máxima permitida es de 31 metros.

2. Requisitos de seguridad

- Los vehículos de doble remolque deben contar con sistemas de frenos adecuados, dispositivos de seguridad como sistemas ABS y control de estabilidad.

- Hay requisitos de velocidad y maniobrabilidad.

3. Restricciones de circulación

- Pueden circular solo en ciertas carreteras y en horarios limitados.

- Se requiere una autorización especial y licencias de conducción específicas para operar camiones de doble remolque.

4. Inspección y control

- Estos vehículos deben someterse a revisiones técnicas periódicas y respetar restricciones de velocidad en ciertas zonas.

A pesar de los lineamientos de la NOM-012-SCT-2-2017, que establece especificaciones para estos vehículos, incluyendo frenos ABS, limitadores de velocidad y distancia mínima de separación, los accidentes siguen siendo frecuentes. Los vehículos de doble remolque, debido a su peso y tamaño, tienen mayores probabilidades de fallas mecánicas, dificultad de frenado y riesgos en situaciones de emergencia, evidenciando que las normativas actuales resultan insuficientes.

Hace apenas unos días, el 26 de octubre de 2024, en la autopista Zacatecas-Aguascalientes un trágico accidente involucró a un autobús de pasajeros y un tráiler de doble remolque. El incidente ocurrió cuando el segundo remolque del tráiler, cargado de maíz, se desprendió y colisionó con el autobús, provocando su volcadura y caída en un barranco. Este lamentable suceso resultó en la muerte de 24 personas y dejó a cinco más gravemente heridas. Las autoridades han identificado a tres posibles responsables y continúan las investigaciones para esclarecer los hechos y determinar las responsabilidades correspondientes.

Frente a la crisis de seguridad vial en México, es necesario tomar medidas más estrictas para limitar la circulación de vehículos de carga doblemente articulados en carreteras federales. Al igual que en otras naciones, esta restricción en el límite de peso y longitud de las unidades de transporte contribuiría a salvar vidas, reducir accidentes y mejorar la calidad de la infraestructura carretera, evitando el deterioro acelerado de las vías. Asimismo, garantizará que la normativa mexicana se alinee con estándares internacionales en seguridad vial, proporcionando un entorno más seguro para los usuarios de la red carretera nacional.

Por lo expuesto y fundado someto a consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se adicionan un segundo y tercer párrafos al artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue:

Artículo 50. ...

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Tratándose de vehículos de autotransporte de carga con doble remolque, remolque o semirremolques, estos no podrán exceder el peso de treinta y siete toneladas y una longitud de veintiocho metros. La Secretaría deberá autorizar las carreteras y caminos federales sobre los cuales podrán circular y emitir los permisos que correspondan. Asimismo, esta autoridad deberá realizar inspecciones periódicas para garantizar el cumplimiento de la presente ley.

Los autotransportes de carga de procedencia extranjera deberán ajustarse a las dimensiones y restricciones establecidas en el presente artículo.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 29 de enero de 2025.

Diputado Ulises Mejía Haro (rúbrica)

Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de alimentación libre de maíz transgénico, suscrita por la diputada María del Rosario Orozco Caballero, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, María del Rosario Orozco Caballero, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116 y 122, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el cual se reforma el párrafo tercero del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de alimentación nutritiva, suficiente, de calidad y libre de maíz transgénico, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El maíz es uno de los pilares fundamentales de la cultura, la historia y la identidad de México. Este grano no solo representa el sustento de millones de mexicanos a lo largo de los siglos, sino que es el centro de origen y diversidad genética de una amplia variedad de maíces nativos que han acompañado al pueblo mexicano desde tiempos prehispánicos. Esta riqueza genética, que ha sido cultivada, adaptada y perfeccionada por generaciones de campesinos, es no solo un legado biológico de México, sino también un patrimonio de la humanidad, pues su conservación es clave para la seguridad alimentaria mundial.

En este contexto, la protección del maíz mexicano frente a los cultivos transgénicos se presenta como un imperativo no solo biológico, sino también cultural y político. A lo largo de los últimos años, diversas medidas han sido adoptadas para salvaguardar esta invaluable herencia.

En 2020 y 2023, el gobierno mexicano emitió decretos presidenciales que prohibieron la siembra de maíz transgénico, una acción en respuesta a la creciente preocupación sobre el riesgo de contaminación de las variedades nativas de maíz por genes modificados. A pesar de estas acciones, en 2023 México enfrentó un revés en el marco de la controversia jurídica planteada por Estados Unidos y Canadá, los cuales impugnaron la prohibición ante tribunales internacionales.

Sin embargo, el gobierno actual, liderado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, ha reiterado su compromiso con la protección del maíz nacional, anunciando su intención de impulsar una reforma constitucional que prohíba de manera definitiva la siembra y comercialización de maíz transgénico en el país.

El tema de los transgénicos en México no es nuevo, la primera alerta sobre los peligros de estos organismos modificados se dio en 2007, cuando se descubrió la contaminación con arroz transgénico en productos comerciales en México, lo que desató una serie de reacciones entre los sectores agrícola y de salud. Este episodio se inscribe en un contexto más amplio de creciente dependencia de México respecto a productos agrícolas importados, como el arroz, y la declinación de su producción nacional, que en el caso del arroz se redujo drásticamente desde finales de la década de 1990.

La apertura comercial con el Tratado de Libre Comercio de América del Norte contribuyó significativamente a este fenómeno, al otorgar subsidios a los productores estadounidenses, lo que desplazó a los productores mexicanos y agudizó la crisis de soberanía alimentaria.

El maíz, como principal sustento alimentario del país, corre un riesgo similar al del arroz si se permite la entrada masiva de variedades transgénicas. Desde 1999, México había establecido una moratoria sobre la siembra de cultivos transgénicos, sin embargo, en los últimos años se permitió la realización de ensayos experimentales, lo que abrió la puerta a la siembra comercial de maíz transgénico.

Esta decisión constituye una amenaza directa a las variedades nativas de maíz, que representan una parte esencial de la biodiversidad agrícola mexicana y mundial. En este sentido, la introducción de maíz transgénico no sólo comprometería la calidad genética de los cultivos nacionales, sino que también pondría en peligro la soberanía alimentaria de México, ya que el Estado no podría garantizar la producción de maíz blanco libre de transgénicos, esencial para la alimentación básica del pueblo mexicano.

Los riesgos asociados con la introducción del maíz transgénico son diversos y tienen implicaciones profundas para el país. Primero, la contaminación de las variedades nativas de maíz con genes modificados representaría una pérdida irreparable de biodiversidad agrícola, afectando un patrimonio que es considerado una de las mayores riquezas biológicas del planeta. Este daño sería irreversible, ya que el maíz transgénico podría diluir y homogenizar la diversidad genética que ha sido cultivada durante miles de años por las comunidades campesinas e indígenas, quienes son los verdaderos guardianes de las variedades nativas.

En segundo lugar, la siembra de maíz transgénico profundizaría la dependencia de los pequeños productores mexicanos hacia las grandes corporaciones biotecnológicas transnacionales, que controlan las semillas modificadas genéticamente. Este modelo de agricultura industrial no solo reduce la autonomía de los campesinos para producir y mejorar sus propias semillas, sino que también favorece la concentración del poder económico en manos de unas pocas empresas, incrementando las desigualdades sociales y económicas en el sector rural.

Los campesinos perderían la libertad histórica que han tenido para intercambiar, guardar y modificar sus semillas, algo que ha sido parte esencial de la agricultura tradicional en México.

Además, los cultivos de maíz transgénico están asociados con un uso intensivo de agroquímicos, lo que tendría efectos devastadores para el medio ambiente y para la salud de los consumidores.

El uso excesivo de pesticidas y herbicidas en estos cultivos, que son diseñados específicamente para ser resistentes a estos productos químicos, tendría consecuencias negativas para la salud de los ecosistemas agrícolas, así como para la salud de las personas que consumen los productos derivados del maíz transgénico.

A medida que aumenta la evidencia científica sobre los riesgos de los transgénicos, se hace más urgente la necesidad de tomar decisiones políticas basadas en la protección de la salud pública y el medio ambiente.

La reforma constitucional propuesta busca consolidar la protección del maíz mexicano y su diversidad genética, garantizando que los mexicanos puedan seguir disfrutando de maíz libre de modificaciones genéticas en productos básicos como la tortilla. Al prohibir el maíz transgénico, también se evita la contaminación de las variedades nativas, asegurando la preservación de un patrimonio único.

Además, al proteger las semillas y la autonomía de los campesinos, esta reforma contribuye a un modelo agrícola más justo, menos dependiente de las grandes corporaciones y más orientado hacia la sostenibilidad y la equidad.

Con esta reforma, México reafirma su compromiso con la soberanía alimentaria, la justicia social y la protección del medio ambiente. Es un paso hacia un futuro en el que la riqueza genética del maíz, su valor cultural y su importancia para la seguridad alimentaria de todos los mexicanos sean preservados para las futuras generaciones.

Con base en las consideraciones anteriormente sustentadas someto a esta Honorable Soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el cual se reforma el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de derecho a la alimentación nutritiva, suficiente, de calidad y libre de maíz transgénico, con el objetivo de preservar la biodiversidad agrícola, la soberanía alimentaria y la autonomía de los productores mexicanos.

Para efectos de una mejor apreciación de la propuesta, a continuación se presenta un cuadro comparativo entre los textos vigente y propuesto:

Por lo expuesto me permito someter a consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforma el párrafo tercero del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de alimentación libre de maíz transgénico

Único. Se reforma el artículo 4o., párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 4o. ...

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Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará. El maíz destinado al consumo humano estará libre de modificaciones genéticas y transgénicas. México se declara nación libre de cultivos de maíz genéticamente modificado. El Estado garantizará la preservación y desarrollo de los maíces nativos por ser la base histórica, cultural y económica de la alimentación de nuestro pueblo.

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Transitorios

Primero. El presente decreto entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. A partir de la entrada en vigor de este decreto, se derogan todas las disposiciones que se opongan a su contenido, establecidas en leyes secundarias, reglamentos, acuerdos y cualquier otro ordenamiento normativo de carácter administrativo.

Tercero. El Congreso de la Unión, en un plazo de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor de este decreto, deberá armonizar el marco jurídico de las leyes en las materias para adecuarlo al contenido del presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de enero de 2025.

Diputada María del Rosario Orozco Caballero (rúbrica)