Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conafrec a conminar al oficial del Registro Civil de Pachuca, Hidalgo, a actualizar la plataforma digital que es consultada por las dependencias de gobierno, en especial por la SRE, a fin de mantener actualizada la información que sirve de base para los trámites administrativos, a cargo de la diputada Fátima Almendra Cruz Peláez, del Grupo Parlamentario del Partido PVEM

La suscrita, diputada Fátima Almendra Cruz Peláez , integrante del Grupo Parlamentario del Partido verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

De acuerdo con el artículo 7, fracción XXIX-R, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Congreso de la Unión tiene facultad para expedir las leyes generales que armonicen y homologuen la organización y el funcionamiento de los registros civiles, los registros públicos inmobiliarios y de personas morales de las entidades federativas y los catastros municipales;1 .

Por su parte, el Código Civil Federal en su artículo 134 señala que la rectificación o modificación de un acta de estado civil, no puede hacerse sino ante el Poder Judicial y en virtud de sentencia de éste, salvo el reconocimiento que voluntariamente haga un padre de su hijo, el cual se sujetará a las prescripciones de este Código.2

El Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil (Conafrec) es el órgano operativo, de apoyo y consulta, que coordina el titular de la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal, cuyo fin es el desarrollo y perfeccionamiento de los registros civiles de las treinta y dos entidades federativas del país, para responder a las necesidades del servicio de la población.3

Asumiendo todo lo anterior, se tiene que el Registro Civil es una institución pública encargada de registrar los hechos y actos del estado civil de las personas, como nacimientos, matrimonios, defunciones, y otras situaciones relevantes, y su principal función es garantizar la identificación y el registro oficial de estos actos, proporcionando a los ciudadanos un medio de acreditar su estado civil y ejercer sus derechos.

Es un derecho de los ciudadanos solicitar ante el juez competente la rectificación de alguno de sus datos en actas de nacimiento, matrimonio, defunción, etcétera, así como es un deber del Oficial del Registro Civil correspondiente hacer las modificaciones que el juez dicté, previo procedimiento.

Estando inmersos en una época digital, en la que la información de la mayoría de las dependencias federales se maneja en bases de datos que permiten checarla en tiempo real entre las dependencias, es importante mantener las plataformas digitales de información actualizadas.

Sin embargo, existen algunas entidades como la oficina del Registro Civil de Pachuca, en el estado de Hidalgo, en donde no ocurre así, pues lleva un rezago de más de dos meses en la actualización de sus registros electrónicos, generando una inconsistencia en virtud de que en la base de datos electrónica con la que cuentan al no estar actualizada, las rectificaciones dictadas por un juez, no resultan ser los mismos datos que entregan en papel que los que tienen para que sean revisados por otras dependencias, generando una confusión a algunas dependencias, en particular a la Secretaría de Relaciones Exteriores, que al querer corroborar los datos en tiempo real, para la emisión de pasaportes, no puede ver las últimas actualizaciones emitidas por juzgados, ocasionando un problema para los ciudadanos que están haciendo trámites posteriores a una rectificación de datos en acta de nacimiento, matrimonio, divorcio, defunción, etcétera.

Las modificaciones ante registro civil, previo juicio correspondiente, representan una seguridad de los ciudadanos de que el Estado es garante de sus derechos, no siendo así el que se dé una sentencia y no se hagan las modificaciones inmediatamente, no solo en el libro, sino también en la base de datos, para garantizar a los ciudadanos que el trámite está concluido.

Exigimos acciones concretas y urgentes que aporten soluciones ante dicha problemática, por parte del titular de la CONAFREC, para que los ciudadanos puedan hacer sus trámites de forma oportuna sin tener contratiempos en otras dependencias por no estar actualizada la plataforma de datos, en el caso que nos ocupa del Oficial de Registro Civil de Pachuca, Hidalgo.

Hago un llamado también a la ciudadanía a mantenernos atentos y reportar procedimientos y cualquier actividad de las autoridades que no cumpla con su función. Juntos podemos lograr un México con un gobierno más ágil y eficiente.

Por lo aquí expuesto, propongo a esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil para que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, conmine al Oficial del Registro Civil de Pachuca, Hidalgo a actualizar la plataforma digital que es consultada por las dependencias de gobierno, en especial por la Secretaría de Relaciones Exteriores, a fin de mantener actualizada la información que sirve de base para realizar trámites administrativos, sin la cual muchos de ellos no se pueden realizar porque los datos no coinciden en los documentos en papel y los que obran en la plataforma digital.

Notas:

1. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

2. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CCF.pdf

3. http://conafrec.registrocivil.gob.mx:8003/bd/CONAFREC.html

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de abril de 2025.

Diputada Fátima Almendra Cruz Peláez