Gaceta Parlamentaria, año XXVIII, número 6766-III-1, martes 22 de abril de 2025
Con punto de acuerdo, para exhortar a los municipios del interior de la República Mexicana y alcaldías de la Ciudad de México a cumplir en el ámbito de su competencia el acuerdo mediante el cual se establecen los lineamientos generales a los que deberán sujetarse la preparación, distribución y el expendio de los alimentos y bebidas preparados, procesados y a granel, así como el fomento de los estilos de vida saludables en alimentación, dentro de toda escuela y en las inmediaciones del sistema educativo nacional, suscrita por el diputado Arturo Roberto Hernández Tapia y diversos diputados del Grupo Parlamentario de Morena
Los (as) suscritos (as) diputados (as) federales de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de este honorable pleno, la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, con base a la siguiente:
Exposición con Motivos
De conformidad con los artículos 1°, 3° y 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado priorizará promover, garantizar y respetar los derechos humanos, dentro de los que se encuentra velar por el interés superior de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, además de que toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva y de calidad. También está obligado a garantizar el derecho a la protección de la salud, por lo que debe diseñar políticas y acciones en torno a ello, para lograr que la nación alcance mejores niveles de prosperidad.
Dando cumplimiento a lo anterior, en el Diario Oficial de la Federación, el 30 de septiembre del 2024, se publicó el acuerdo mediante el cual se establecen los Lineamientos generales a los que deberán sujetarse la preparación, distribución y el expendio de los alimentos y bebidas preparados, procesados y a granel, así como el fomento de los estilos de vida saludables en alimentación dentro de toda escuela del Sistema Educativo Nacional, mismo que tiene por objeto establecer las disposiciones correspondientes, previstas en su anexo único, así como las bases para el fomento de los estilos de vida saludables en alimentación, dentro de toda escuela del Sistema Educativo Nacional. Esto también se aplica para las inmediaciones de escuelas de acuerdo con el artículo décimo cuarto fracción IV de los lineamientos ya referidos que a la letra señala.
Décimo Cuarto. - ...
IV. Establecer, en el marco de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 75 de la LGE respecto a la prohibición de la venta y publicidad de alimentos y bebidas con bajo valor nutricional en las inmediaciones de los planteles escolares, mecanismos de coordinación y vinculación con las autoridades municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, y demás instancias competentes, para generar acciones encaminadas a exhortar, fomentar y promover el expendio de alimentos y bebidas saludables en las inmediaciones de las escuelas, en el diámetro que determine la autoridad competente. 1
Actualmente, en la mayor parte del territorio nacional se observa la presencia de venta de alimentos y bebidas procesadas, envasadas y a granel, con bajo nivel nutricional en las inmediaciones de las instituciones educativas de nivel básico, media superior y superior, siendo fundamental implementar acciones que puedan prevenir el consumo de estos alimentos y bebidas que ponen en riesgo la salud de los estudiantes, y obstaculizaron los propósitos del acuerdo referido.
El acuerdo con los lineamientos de referencia, también se precisa que la aplicación de dichos lineamientos aplica a las inmediaciones de los planteles educativos, por lo que se convierte también en competencia de los municipios y de las alcaldías de la ciudad de México, tales lineamientos en su artículo quinto fracción XXVI define que se refiere a inmediaciones:
...
Quinto. - Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:
...
XXVI. Inmediaciones: Territorio en la periferia de las escuelas en el diámetro que determine la autoridad competente conforme a las disposiciones jurídicas aplicables;
...2
De igual forma en su artículo décimo tercero en su título cuarto de la corresponsabilidad institucional precisa la atribución de los municipios y alcaldías de difundir, aplicar y vigilar el cumplimiento de los presentes Lineamientos:
título IV de la corresponsabilidad institucional
Capítulo Primero
De las autoridades escolares
Décimo Tercero.- Corresponde a las autoridades escolares, en su respectivo ámbito de competencia, y en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, difundir, aplicar y vigilar el cumplimiento de los presentes Lineamientos y su anexo único, para lo cual, deberán:
...
V.- Dar aviso a sus respectivas autoridades educativas a efecto de que fortalezcan los mecanismos a que refiere la fracción IV del numeral siguiente, en caso de que adviertan que en las inmediaciones de las escuelas se vendan y se dé publicidad a alimentos y bebidas con bajo valor nutricional en contravención a los presentes Lineamientos, su Anexo Único y demás normativa aplicable. El diámetro de las inmediaciones lo determinará la autoridad competente. 3
En lo artículos de los lineamientos anteriormente referidos se precisó quiénes pueden y deben de trabajar en coordinación con la autoridad educativa, a fin de que se cumplan los lineamientos de referencia y se proteja el interés superior de los niños, adolescentes y jóvenes a fin de acceder a una alimentación nutritiva y una vida saludable.
Para mayor abundamiento, señalamos que el 16 de marzo del 2022, el diputado Armando Contreras Castillo presentó una iniciativa de reforma a diversos artículos de la Ley General de Educación en materia de entornos escolares saludables que se aprobó por el Congreso de la Unión, en la que sentó una base política de alimentación escolar para transformar las escuelas en espacios saludables y al mismo tiempo hacer cumplir los Lineamientos Generales para el Expendio y Distribución de Alimentos y Bebidas Preparados y Procesados en las Escuelas del Sistema Educativo Nacional, en garantía a los derechos a la educación, salud y alimentación de niñas, niños y adolescentes.
La iniciativa articuló los acuerdos y marco internacional de derechos de los que México es parte y responde de manera integral al grave problema de malnutrición, incluyendo la obesidad infantil, resultado de malos hábitos de alimentación influenciados por un ambiente obesogénico, al cual niñas y niños están expuestos todos los días, incluyendo los entornos escolares.
Por otro lado, la Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible, en su artículo 17, prevé que los gobiernos de la federación, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales, en sus respectivos ámbitos de competencia, impulsarán esquemas suficientes para el suministro, distribución y adquisición de alimentos, adecuados preferentemente frescos, y agua potable para el consumo humano de las personas estudiantes, y promoverán ante las autoridades correspondientes; razón por la cual, los municipios como integrantes de las entidades federativas tienen la facultad de participar en programas y promover acciones con el fin de garantizar el interés superior de la niñez para prevenir y reducir el consumo de alimentos y bebidas procesadas, con el fin de garantizar el derecho a una alimentación saludable y digna.
Dicho artículo 17 señala en su párrafo primero a la letra:
Artículo 17. Los gobiernos de la Federación, las entidades federativas, los municipios y demarcaciones territoriales, en sus respectivos ámbitos de competencia, impulsarán esquemas eficientes para el suministro, distribución y adquisición de alimentos adecuados preferentemente frescos, y agua potable para consumo humano de las personas estudiantes, mecanismos de coordinación con los demás sectores de la población enfocados a la producción de alimentos de manera sustentable, como la agroecología, organizaciones del sector social, cooperativas, asociaciones de padres de familia, la combinación de cualquiera de estos o cualquier otro medio que asegure el consumo suficiente para la niñez y la adolescencia. ....4
Además, también refiere que promoverán ante las autoridades correspondientes, la prohibición de la venta, distribución, donación, publicidad y patrocinio de alimentos y bebidas preenvasados cuando éstos excedan los límites máximos de contenido energético, azúcares añadidos, grasas saturadas, sodio y los demás nutrimentos críticos e ingredientes que establezcan las disposiciones normativas de salud competentes, tanto al interior como en las inmediaciones de los planteles escolares de educación básica.5
Por todo ello, es urgente y necesario una coordinación entre los diversos órganos de gobierno para que las instituciones educativas en todos los municipios en sus respectivas competencias garanticen el acceso a una alimentación digna y saludable para todos los educandos, no sólo en cuestión de salud, sino promover su actividad física en su ámbito escolar como en la sociedad, reducir el riesgo de obesidad y sobrepeso, el fomento de la actividad física y el deporte.6
También la Ley General de Educación, en su artículo 75 en sus párrafos primero segundo y tercero establecen lineamientos de la SEP y las instituciones educativas para la regulación, prevención y promoción de políticas públicas para garantizar el acceso a una alimentación saludable y desarrollo integral de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes.
Artículo 75. La Secretaría, mediante disposiciones de carácter general que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación y sin perjuicio del cumplimiento de otras disposiciones que resulten aplicables, establecerá los lineamientos a que deberán sujetarse la preparación, distribución y expendio de los alimentos y bebidas preparados, procesados y a granel, dentro de toda escuela, en cuya elaboración se cumplirán los criterios nutrimentales que para tal efecto determine la Secretaría de Salud, mismos que se deberán evaluar y actualizar al menos cada cinco años.7
Las autoridades educativas promoverán ante las autoridades correspondientes, la prohibición de la venta y publicidad de alimentos y bebidas con bajo valor nutricional de acuerdo con los criterios nutrimentales incluidos en el artículo 212 de la Ley General de Salud y las demás disposiciones en la materia de los planteles escolares y sus inmediaciones.8
La Secretaría establecerá las bases para fomentar estilos de vida saludables que prevengan, atiendan y contrarresten, en su caso, el sobrepeso y la obesidad entre los educandos, como la activación física, el deporte escolar, la educación física, los buenos hábitos nutricionales, entre otros. En materia de la promoción de la salud escolar.9
Dichos ordenamientos jurídicos establecen los lineamientos primordiales para la promoción, cumplimiento, prohibición, y mejoramiento de la salud, para prevenir el sobrepeso y obesidad, a fin de garantizar una alimentación adecuada para todos los niños, niñas, adolescentes y jóvenes de todas las instituciones de educación en el país.10
Con todo lo anterior se justifica la coordinación institucional que debe existir ya que corresponde a las autoridades, en su respectivo ámbito de competencia, y en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, difundir, aplicar y vigilar el cumplimiento de los multicitados lineamientos.
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración a está honorable asamblea, la aprobación del siguiente:
Punto de Acuerdo
Ùnico. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los presidentes (as) municipales del interior de la República mexicana y alcaldes de la Ciudad de México, a cumplir en el ámbito de su competencia, el acuerdo mediante el cual se establecen los lineamientos generales a los que deberán sujetarse la preparación, distribución y el expendio de los alimentos y bebidas preparados, procesados y a granel, así como el fomento de los estilos de vida saludables en alimentación, dentro de toda escuela y en las inmediaciones del sistema educativo nacional.
Notas:
1 Lineamientos generales a los que deberán sujetarse la preparación, distribución y el expendio de los alimentos y bebidas preparados, procesados y a granel, así como el fomento de los estilos de vida saludables en alimentación dentro de toda escuela del Sistema Educativo Nacional, Artículo Décimo Cuarto.
2 Lineamientos generales a los que deberán sujetarse la preparación, distribución y el expendio de los alimentos y bebidas preparados, procesados y a granel, así como el fomento de los estilos de vida saludables en alimentación dentro de toda escuela del Sistema Educativo Nacional, Artículo Quinto
3 Lineamientos generales a los que deberán sujetarse la preparación, distribución y el expendio de los alimentos y bebidas preparados, procesados y a granel, así como el fomento de los estilos de vida saludables en alimentación dentro de toda escuela del Sistema Educativo Nacional, Artículo Decimo Tercero Frac. V
4 Ley General de la Alimentación Adecuada y Saludable, artículo 17
5 Ley General de la Alimentación Adecuada y Saludable, artículo 17
6 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGE.pdf
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5740005&fecha=30/09/2024#gsc.tab=0
https://elpoderdelconsumidor.org/2022/03/celebramos-la-iniciativa-de-reforma-a-la-ley-general-de-educacion
-para-promover-entornos-escolares-saludables-en-camara-de-diputados/
7 Ley General de Educación Art. 75
8 Ley General de Educación Art. 75
9 Ley General de Educación Art. 75
10 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAAS.pdf
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de abril de 2025.
(Rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Mesa Directiva del Senado a propiciar una reunión de las Comisiones de Relaciones Exteriores, América del Norte, Defensa Nacional, Guardia Nacional y Asuntos de la Frontera Norte con sus homólogas del Senado de Estados Unidos de América, a efecto de impulsar una estrategia bilateral y mecanismos legales para el combate al tráfico de armas, a cargo del diputado Emiliano Álvarez López, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, diputado Jesús Emiliano Álvarez López, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se permiten someter a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
A inicios del pasado mes de enero, la Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF, en inglés) dio a conocer un informe donde se confirma que 82 por ciento de las armas que ingresan a México, provienen de Estados Unidos.
De acuerdo con la misma ATF, decenas de miles de rifles, pistolas, revólveres ametralladores, y otras de mayor calibre, ingresan cada año de manera ilícita a México.
Se estima que en la línea fronteriza con Estados Unidos hay más de 13 mil tiendas donde las armas pueden ser compradas de manera legal: armerías, supermercados, tiendas deportivas y de empeño.
Los lugares de destino de esas armas traficadas ilegalmente han sido los Estados de la frontera norte: Sonora, Baja California, Chihuahua, Nuevo León, Tamaulipas, y también Guanajuato.
Cabe mencionar que la misma Embajada de Estados Unidos en México, a través de su exembajador Ken Salazar, manifestó su preocupación por el tráfico de armas que ha contribuido a la violencia en México; al respecto, ha dicho lo siguiente: El tráfico de armas es un problema grande en los Estados Unidos, reconocemos nosotros que (...) las armas que llegan a México, que causan violencia aquí en México llegan de los Estados Unidos, o son manufacturados en los Estados Unidos.
Agregó lo siguiente: dentro del marco del Bicentenario sobre seguridad entre México y Estados Unidos, nuestros gobiernos acordaron trabajar juntos para proteger la seguridad de nuestros pueblos. Una de nuestras prioridades compartidas es detener el flujo de armas y desarticular las redes de las organizaciones criminales trasnacionales que los trafican. Aseguró el representante del gobierno norteamericano.
En enero de 2024 el gobierno de Estados Unidos calculó que las armas de origen estadunidense y recuperadas en México, entre 2017 y 2021, representaban 74 por ciento de todas las empleadas en delitos rastreadas a un comprador.
De acuerdo al documento oficial denominado Evaluación Nacional sobre el Comercio y el Tráfico de Armas de Fuego, la Fiscalía General de la República (FGR) presentó, a las autoridades estadunidenses, 50 mil 409 solicitudes de rastreo de armas empleadas en delitos en México entre 2022 y 2023; lo que, según el ATF, esto representa una fracción de los aproximadamente 200 mil artefactos de origen estadunidense que el gobierno mexicano calcula son traficados a México cada año.
Las armas más decomisadas son la AK47, y la AR-15. En los aseguramientos, sin embargo, aparecen con frecuencia lanzacohetes y fusiles Barrett.
En un informe, publicado el pasado 8 de enero, se señala que muchas de esas armas utilizadas en delitos y recuperadas en México, tienen como origen tiendas con licencias federales en cuatro estados en el suroeste de Estados Unidos: Arizona, California, Nuevo México y Texas.
Datos adicionales indican que los traficantes trasnacionales de armas utilizan las mismas vías criminales para desviar armas de fuego del comercio legal que los traficantes domésticos, reporta la Evaluación Nacional del Comercio y Tráfico de Armas de Fuego (NFCTA), por sus siglas en inglés.
Colindamos en una frontera con el mayor mercado de armas del mundo. Con una frontera de 3 mil 152 kilómetros, de ahí qué el tráfico de pertrechos sea, junto con el de drogas y de personas, nuestro mayor problema como país.
Cabe hacer mención que este asunto ya había sido planteado hace algunos años mediante un punto de acuerdo; de ahí que retomaremos algunas de aquellos considerandos, se decía que: el problema no es que se vendan armas, sino que sin mayor control se expende armamento de grueso calibre. Aunque desde 1995 el gobierno mexicano ha firmado acuerdos con las autoridades estadounidenses, consistentes en el rastreo de las armas confiscadas, a fin de determinar su origen, ruta y destino final, el tráfico es imparable.
Recientemente, ha informado nuestro gobierno lo siguiente: los gobiernos de México y Estados Unidos han establecido un Grupo Binacional contra Tráfico de Armas, que incluye a las distintas agencias de seguridad y procuración de justicia de ambos países. El objetivo central es incrementar las confiscaciones de armas y municiones, en ambos lados de la frontera, destinadas a venderse de manera ilegal en territorio mexicano y llevar ante la justicia a los traficantes de armas ilegales en ambos países.
Entre otros acuerdos, se destacó agilizar la judicialización de casos, aumentar las extradiciones hacia ambos países, fortalecer los operativos espejo en la frontera común, trabajar en conjunto para modernizar la tecnología de inspección en la frontera y aumentar el intercambio de información balística y de inteligencia.
Asimismo, los dos gobiernos se comprometieron a dar seguimiento, ya que coincidieron en la necesidad de fortalecer los mecanismos de coordinación e intercambio de información para mejorar las técnicas de identificación, detección e intercepción de todo tipo de armamento.
El gobierno de México, en el marco de las buenas relaciones bilaterales, requiere un compromiso de Estados Unidos para el intercambio de información sobre el registro de vendedores y de compradores de armas. El tráfico de armas es un factor que permite la operación de la delincuencia organizada, particularmente del narcotráfico en el país, pero para Estados Unidos representa una ventana abierta para fomentar la violencia.
En varias ocasiones, el gobierno mexicano ha solicitado a sus contrapartes estadounidenses incrementar las medidas de vigilancia para prevenir el comercio negro de armamento. Esto, sin buenos resultados.
De igual manera, en diversas reuniones interparlamentarias México-Estados Unidos, se ha abordado el tema del tráfico de armas, junto con el fenómeno de la migración y el narcotráfico, temas fundamentales en la relación bilateral.
Con el respeto a sus atribuciones, consideramos que el Senado de la República debe contribuir a diseñar una estrategia bilateral para el combate del tráfico ilegal de armas. Se requieren mecanismos de la diplomacia parlamentaria. De ahí nuestra propuesta para que la Mesa Directiva propicie un encuentro entre las comisiones correspondientes, y aquí mencionadas, y su homóloga del Senado de Estados Unidos. Todo ello, en un marco de igualdad y corresponsabilidad.
El tema se ha convertido en un asunto de seguridad nacional para ambos países, toda vez que entre el equipo asegurado hay armas de alta tecnología, con poder de destrucción, con capacidad de fuego y de nueva generación. De ahí la importancia de que el Senado de la República tome cartas en el asunto y en el marco de sus competencias legales.
Es preciso señalar la pertinencia de analizar los retos comunes mediante la celebración de una reunión de dichas comisiones parlamentarias. Resulta indispensable la búsqueda de soluciones de problemas compartidos que incluya la participación plural de ambos Congresos y compartir los retos comunes sobre el tráfico de armas en la región.
Por lo expuesto, se somete a consideración la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. Para que la Mesa Directiva y su Presidencia propicien una reunión de trabajo de las Comisiones de Relaciones Exteriores, América del Norte, Defensa Nacional, Guardia Nacional y Asuntos de la Frontera Norte, con sus homólogas del Senado de Estados Unidos, a fin de impulsar una estrategia bilateral y mecanismos legales para el combate al tráfico de armas.
Segundo. A través de los canales institucionales establecidos por la diplomacia parlamentaria, se haga del conocimiento del Senado de Estados Unidos el contenido de este punto de acuerdo.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados, a 22 de abril de 2025.
Diputado Jesús Emiliano Álvarez López (rúbrica)