Gaceta Parlamentaria, año XXVIII, número 6759-III-3, jueves 10 de abril de 2025
Con punto de acuerdo, para exhortar a Capufe a abrir los 15 carriles del puente Juárez-Lincoln en Nuevo Laredo, Tamaulipas, para agilizar el cruce fronterizo y fortalecer el desarrollo económico de la región, a cargo del diputado Carlos Enrique Canturosas Villarreal, del Grupo Parlamentario del PVEM
El que suscribe, Carlos Enrique Canturosas Villarreal, diputado a la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
El puente internacional Juárez-Lincoln, situado en Nuevo Laredo, Tamaulipas, es uno de los cruces fronterizos más importantes entre México y Estados Unidos.
Este puente representa un eje estratégico para el comercio binacional, el turismo y la movilidad de personas, siendo fundamental para la economía regional y nacional. Sin embargo, en los últimos años, se ha observado una saturación en el tránsito vehicular, lo que ha generado retrasos significativos, afectando tanto a la población local como a las actividades comerciales y logísticas.
Nuevo Laredo es uno de los corredores comerciales más activos de América del Norte, con un flujo constante de mercancías que circulan entre México y Estados Unidos.
De acuerdo con datos de la Secretaría de Economía, más de 40 por ciento del comercio bilateral entre ambos países pasa por esta región, sin embargo, hoy en día sólo operan 6 carriles en lugar de los 15 cuya infraestructura está instalada en dicho puente, con las molestias y retrasos en el tránsito de mercancías y personas.
La saturación del puente no sólo afecta la economía, sino también la seguridad y calidad de vida de los habitantes de Nuevo Laredo y de quienes transitan por la región.
Los largos tiempos de espera generan condiciones propicias para actos delictivos y dificultan la labor de las autoridades encargadas de la seguridad fronteriza. La apertura de todos los carriles contribuiría a mejorar las condiciones de seguridad y a garantizar un tránsito más fluido y ordenado.
Además, su apertura en su capacidad total con los 15 carriles permitiría agilizar el tránsito de vehículos, reducir los tiempos de espera y fortalecer la competitividad de la región.
Por ejemplo, para 2022 este puente registró1 5 millones 515 mil 543 cruces comerciales, entre unidades vacías y con carga, equivalentes a 40 por ciento de intercambio comercial entre México y Estados Unidos.
El portal Data México2 de la Secretaría de Economía señala que en la Aduana de Nuevo Laredo, punto de cruce del puente Juárez-Lincoln en noviembre de 2024, las ventas internacionales de Nuevo Laredo fueron 435 millones de dólares y un total de 519 millones de dólares en compras internacionales. Esto da cuenta de la importancia de la aduana y del cruce por el puente.
Los principales productos que transitan por el puente incluyen vehículos automotores, componentes electrónicos, maquinaria y productos agrícolas.
En 2022 el puente Juárez-Lincoln registró un flujo promedio de 1.5 millones de vehículos y 2 millones de peatones, mientras que, en el primer trimestre de 2023, se registró un aumento del 8% en el flujo de vehículos y 10 por ciento en el flujo de peatones en comparación con el mismo período de 2022.
En 2023, el valor3 de las mercancías que cruzaron por el puente internacional de Laredo hacia México fue de 114 mil millones de dólares.
Esto lo convierte en uno de los puentes más transitados de la frontera norte
Durante horas pico, los tiempos de espera4 para cruzar el puente pueden superar más de 1 hora, lo que afecta significativamente la eficiencia del comercio y la movilidad de las personas.
Ahora bien, de acuerdo con su marco normativo, Caminos y Puentes Federales (Capufe) es la entidad responsable de la administración y operación de los puentes internacionales en México.
Entre las atribuciones de Capufe, tiene la obligación de garantizar la eficiencia y funcionalidad de las infraestructuras bajo su cargo, asegurando que estas cumplan con los estándares necesarios para atender la demanda de tránsito y contribuir al desarrollo económico del país.
Por estas razones y ante la creciente demanda de cruce fronterizo y los retos que enfrenta la región, es urgente que Capufe tome medidas para optimizar la operación del puente Juárez-Lincoln.
La apertura de los 15 carriles permitiría maximizar la capacidad de la infraestructura existente, reduciendo los tiempos de espera y mejorando la experiencia de los usuarios.
Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía la presente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a Caminos y Puentes Federales a tomar las medidas necesarias para abrir los 15 carriles de cruce del Puente Internacional Juárez-Lincoln en Nuevo Laredo, Tamaulipas.
Notas
1 Véase https://mexicoindustry.com/noticia/140-millones-de-cruces-respaldan-rel acion-tamaulipas-y-texas
2 Véase https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/geo/nuevo-laredo
3 Véase https://www.elfinanciero.com.mx/economia/2024/02/08/atoron-en-aduanas-de-ciudad-juarez-y-nuevo
-laredo-hay-riesgo-de-desabasto-de-productos/#:~:text=%C2%BFPor%20qu%C3%A9%20la%20aduana%20de,
sector%20pecuario%2C%20como%20el%20ma%C3%ADz.
4 Véase https://www.segurogringo.com/Default.aspx?tabid=270
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 10 de abril de 2025.
Diputado Carlos Enrique Canturosas Villarreal (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al SAT a modificar las reglas generales de comercio exterior para 2025, a afecto de establecer en 300 dólares americanos el valor de las mercancías que los residentes en zona fronteriza pueden introducir por vía terrestre a territorio nacional, a cargo del diputado Carlos Enrique Canturosas Villarreal, del Grupo Parlamentario del PVEM
El que suscribe, Carlos Enrique Canturosas Villarreal, diputado a la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
Las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) constituyen aquellas disposiciones de carácter general aplicables al comercio exterior y aduanal, según se desprenden1 de las consideraciones de estas.
Según las RGCE 2025, la franquicia de paso es el monto máximo permitido para la importación temporal de mercancías sin el pago de impuestos al comercio exterior, para los ciudadanos mexicanos residentes en la franja fronteriza, en las que estas RGCE le establecen una franquicia permitida por ingreso a territorio nacional por vía terrestre, de 150 dólares; en cambio, los residentes temporales gozan de una franquicia superior, alcanzando los 300 dólares por persona, según lo estipulado en las RGCE.
La necesidad de establecer una franquicia adecuada para los ciudadanos mexicanos residentes en frontera radica en las condiciones socioeconómicas particulares de estas regiones.
Las comunidades fronterizas dependen en gran medida de la interacción comercial con los países vecinos, y muchos residentes realizan compras de bienes de consumo básicos y artículos de uso personal en el extranjero debido a la cercanía y, en ocasiones, mejores precios o mayor variedad.
Además, los residentes en frontera participan activamente en la dinámica económica nacional e internacional, funcionando como un puente comercial entre México y sus socios comerciales.
No obstante, la diferencia de franquicia genera un trato desigual que podría interpretarse como discriminatorio, vulnerando preceptos constitucionales y legales.
El artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos2 establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales, prohibiendo cualquier forma de discriminación.
Asimismo, el artículo 13 prohíbe los privilegios a determinadas clases sociales, mientras que el artículo 28 rechaza monopolios y prácticas que generen desigualdad económica.
Además, la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación3 , en el artículo 4o., señala que se considera discriminación toda distinción que impida o anule el reconocimiento de derechos en igualdad de condiciones.
Desde una perspectiva legal, la distinción en la franquicia constituye una medida que debe ser revisada bajo los principios de proporcionalidad y razonabilidad, conforme al artículo 16 constitucional, que exige que todo acto de autoridad esté debidamente fundado y motivado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sostenido en diversas tesis aisladas y jurisprudencias que las diferencias de trato deben sustentarse en razones objetivas, legítimas y proporcionales, evitando categorías sospechosas o discriminatorias.
Como ejemplo invoco la Tesis4 del Pleno de la SCJN, que en su parte medular señala (que) ...Cualquier tratamiento que resulte discriminatorio respecto del ejercicio de cualquiera de los derechos reconocidos en la Constitución es, per se, incompatible con ésta. Es contraria toda situación que, por considerar superior a un determinado grupo, conduzca a tratarlo con algún privilegio, o que, inversamente, por considerarlo inferior, sea tratado con hostilidad o de cualquier forma se le discrimine del goce de derechos que sí se reconocen a quienes no se consideran incursos en tal situación.
En este sentido, resulta jurídicamente cuestionable mantener una diferencia de 150 dólares entre dos tipos de residentes que, si bien tienen estatus legales distintos, comparten la misma condición de permanencia en el país y contribuyen a la economía nacional.
La diferencia en la franquicia de paso crea una barrera económica injustificada entre residentes en frontera y residentes temporales, violando estos principios de igualdad y no discriminación.
Además, la mayoría de estas zonas dependen de la movilidad constante de personas y bienes para sostener sus economías locales, y una franquicia más generosa estimularía la actividad económica transfronteriza.
La homologación en la franquicia que proponemos incentivaría el consumo, fortalecería los pequeños negocios locales que dependen de mercancías importadas y, al mismo tiempo, impulsaría la recaudación fiscal de manera indirecta a través del IVA y otros impuestos derivados de la comercialización interna de esos productos.
En caso contrario, limitar su franquicia a una cantidad baja restringe injustamente sus posibilidades de acceder a estos bienes sin incurrir en altos costos adicionales por impuestos, afectando su economía familiar.
Un aumento a 300 dólares, equivalente a la franquicia de los residentes temporales, promovería un trato más equitativo para quienes viven y contribuyen diariamente a estas regiones.
Por último, es imperiosa la necesidad de homologar la franquicia terrestre entre residentes en frontera y residentes temporales en México a 300 dólares, debido a que esta medida garantizaría la igualdad jurídica y económica entre ambos grupos, acorde a los principios constitucionales de no discriminación y equidad.
La homologación no sólo eliminaría una diferencia arbitraria, sino que fortalecería la economía regional y el comercio transfronterizo, beneficiando a las familias mexicanas y a los residentes temporales que participan activamente en la vida económica y social del país.
En conclusión, la armonización de la franquicia es una medida necesaria y urgente para garantizar la justicia tributaria y la igualdad de derechos entre quienes, por distintas vías legales, habitan y aportan al desarrollo de México.
Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía la presente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Servicio de Administración Tributaria a modificar las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025, a afecto de establecer en 300 dólares de Estados Unidos de América el valor de las mercancías que los residentes en zona fronteriza pueden introducir por vía terrestre a territorio nacional sin el pago de impuestos al comercio exterior.
Notas
1 Véase https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5746326&fecha=30/12/ 2024#gsc.tab=0
2 Véase https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
3 Véase https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPED.pdf
4 Semanario Judicial de la Federación (2016). Suprema Corte de Justicia de la Nación. Tesis: P./J. 9/2016 (10a.). Principio de igualdad y no discriminación. Algunos elementos que integran el parámetro general. Registro digital: 2012594. Recuperado de https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2012594
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 10 de abril de 2025.
Diputado Carlos Canturosas Villarreal (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a las autoridades ambientales en el ámbito federal a hacer pública la información sobre las acciones estratégicas encaminadas a frenar los ilícitos forestales como la tala ilegal y el cambio de uso del suelo en zonas de conservación, y garantizar el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales del país, a cargo del diputado José Luis Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario del PVEM
El que suscribe, José Luis Hernández Pérez, diputado del Grupo Parlamentario Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
El cambio climático regularmente es considerado como el mayor desafío que ha enfrentado la humanidad, sin embargo, algunos científicos lo consideran como uno más en los numerosos problemas ambientales que enfrenta la vida en la Tierra1 , la coincidencia se encuentra en la incertidumbre (por tratarse de sistemas complejos) y en la certeza de que los escenarios pueden ser dramáticos si no hay cambios radicales en los modelos de desarrollo económico.
Es importante analizar el alcance que tienen los actores locales para hacer frente a los impactos del cambio climático a través de la planeación de su desarrollo (sustentable), estos alcances y posibilidades están definidos por los marcos normativos de los países e intervenidos por los Estados a través de políticas públicas (políticas de Estado frente a diferentes problemáticas de índole social, económica o ambiental).2
De tal manera que es importante hacer una revisión del concepto de vulnerabilidad y su potencial uso en el análisis de socio-ecosistemas bajo escenarios de cambio climático (particularmente de socio-ecosistemas con conflictos ambientales), para abordar el estudio de las posibilidades de actuación de los actores en el marco normativo nacional vigente.
La vulnerabilidad ambiental y su introducción en las conceptualizaciones jurídicas y normativas (teniendo en cuenta también el enfoque de derechos humanos), expresa el potencial ámbito de actuación de actores que enfrentan conflictos ambientales.
La política nacional de adaptación al cambio climático había definido sus metas de manera más clara en la Contribución Nacionalmente Determinada de México. En la primera publicación se definía como actor / agente / área de enfoque y unidad de reporte a los municipios más vulnerables, cuya meta consistía en disminuir la vulnerabilidad de 50 por ciento de los municipios más vulnerables al cambio climático del país.
Esto, después del camino recorrido en la construcción de mapas de identificación de los municipios vulnerables, pasando de un primer estudio de meta análisis (en el criterio de vulnerabilidad fue la coincidencia de resultados, a parir del cruce de tres ejercicios analíticos) a un atlas de vulnerabilidad en constante construcción, que hasta el momento ha abordado por etapas los estudios de vulnerabilidad asociados a tipos de eventos específicos (cuyo origen e intensidad está asociado con el cambio climático). De esta cita se desprenden la identificación de tres tipos de vulnerabilidades:
Vulnerabilidad social,
Vulnerabilidad económica y
Vulnerabilidad ambiental.
También fueron los siguientes grupos de población o áreas de enfoque representados en los ejes de intervención:
Población humana y Territorios.
Sistemas productivos (Sistemas productivos resilientes y seguridad alimentaria),
Ecosistemas y sistemas naturales (Conservación, restauración y aprovechamiento sostenible de la biodiversidad)
Recurso Hídrico (Gestión integrada de los recursos hídricos con enfoque de cambio climático),
Infraestructura estratégica y patrimonio cultural tangible (Protección de infraestructura estratégica y patrimonio cultural tangible).
Para inicios de 2001 en México se deforestaban cerca de 500 mil hectáreas al año, esto, de acuerdo con datos del Instituto de Ecología de la UNAM, dejando en completa vulnerabilidad los bosques. Sin embargo, debido a la falta de apoyo, la tala de arboles se convierte en una práctica común que afecta gravemente los ecosistemas.
Es importante considerar que, de acuerdo con la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad en México (Conabio), un bosque produce oxígeno y es refugio para la fauna y flora silvestre. Es por ello que una de las principales afecciones al medio ambiente es la tala ilegal, incendios y cambio de uso del suelo.
Si bien para mitigar y controlar el problema de la deforestación existen diferentes programas a cargo de los tres ámbitos de gobierno, también es importante fortalecer la Ley que sanciona la tala inmoderada. Es cierto que México ha avanzado en materia de protección del medio ambiente, pero es necesario procurar la educación ambiental desde la educación básica y que ésta impacte en los propietarios de los recursos naturales.
En cuanto a la protección del medio ambiente, la diferencia entre la Tala ilegal y la Deforestación se distingue por:
La tala ilegal y la deforestación agravan el cambio climático, pero también afecta de la siguiente manera:
Pone en riesgo el bienestar de las personas y el patrimonio natural del país.
Genera desplazamiento de poblaciones originarias.
Pérdida de los suelos, de la fauna, de la flora y de la biodiversidad.
Escasez de agua.
Erosión de los suelos.
En el caso de México, para finales de 2021 existían 122 zonas críticas forestales en 20 estados de la República, afectadas por:
Tala clandestina,
Lavado de madera,
Extracción de madera sana,
Sobreexplotación de los recursos forestales.
De 2015 a 2020, la deforestación en México ha ido en aumento y la deforestación acentúa las sequías y otros factores del cambio climático, lo cual se traduce en escasez de agua para el consumo humano, la industria y la agricultura.
Por lo anterior, es importante hacer cumplir lo establecido en los artículos 189 y 190 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente ante las denuncias ambientales de la tala de árboles, no solo en la Ciudad de México si no también en el estado de México y demás zonas metropolitanas.
Capítulo VII
Denuncia popular
Artículo 189. Toda persona, grupos sociales, organizaciones no gubernamentales, asociaciones y sociedades podrán denunciar ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente o ante otras autoridades todo hecho, acto u omisión que produzca o pueda producir desequilibrio ecológico o daños al ambiente o a los recursos naturales, o contravenga las disposiciones de la presente Ley y de los demás ordenamientos que regulen materias relacionadas con la protección al ambiente y la preservación y restauración del equilibrio ecológico.
Si en la localidad no existiere representación de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, la denuncia se podrá formular ante la autoridad municipal o, a elección del denunciante, ante las oficinas más próximas de dicha representación.
Si la denuncia fuera presentada ante la autoridad municipal y resulta del orden federal, deberá ser remitida para su atención y trámite a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.
Artículo 190. La denuncia popular podrá ejercitarse por cualquier persona, bastando que se presente por escrito y contenga:
I. El nombre o razón social, domicilio, teléfono si lo tiene, del denunciante y, en su caso, de su representante legal;
II. Los actos, hechos u omisiones denunciados;
III. Los datos que permitan identificar al presunto infractor o localizar la fuente contaminante, y
IV. Las pruebas que en su caso ofrezca el denunciante.
Asimismo, podrá formularse la denuncia por vía telefónica, en cuyo supuesto el servidor público que la reciba, levantará acta circunstanciada, y el denunciante deberá ratificarla por escrito, cumpliendo con los requisitos establecidos en el presente artículo, en un término de tres días hábiles siguientes a la formulación de la denuncia, sin perjuicio de que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente investigue de oficio los hechos constitutivos de la denuncia.
No se admitirán denuncias notoriamente improcedentes o infundadas, aquéllas en las que se advierta mala fe, carencia de fundamento o inexistencia de petición, lo cual se notificará al denunciante.
Si el denunciante solicita a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente guardar secreto respecto de su identidad, por razones de seguridad e interés particular, ésta llevará a cabo el seguimiento de la denuncia conforme a las atribuciones que la presente ley y demás disposiciones jurídicas aplicables le otorgan
El cumplimiento de la ley y la suma de esfuerzos es la única forma en que se puede hacer frente a la tala ilegal y a la urbanización desordenada.
Cabe señalar que, el pasado 7 de enero, la Secretaría de Medio Ambiente y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente firmaron un convenio con la jefa de Gobierno de la Ciudad de México y las gobernadoras del estado de México y de Morelos, así como la ciudadana Lucero González, en representación de las comunidades de la zona con el objetivo de coordinar diversas acciones orientadas a preservar, conservar y proteger el medio ambiente en las zonas de influencia del Bosque de Agua, misma que es una de las principales fuentes que alimenta los acuíferos que abastecen a más de veinte millones de habitantes de la región centro del país y está conformado por 37 municipios y alcaldías.3
Lo anterior, a fin de frenar los ilícitos forestales como la tala ilegal y el cambio de uso del suelo para garantizar el aprovechamiento sustentable de los recursos hídricos de importancia estratégica para el país. Esto debería replicarse en todas las regiones y ecosistemas vulnerables del país.
Por lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las autoridades ambientales en el ámbito federal a hacer pública la información sobre las acciones estratégicas encaminadas a frenar los ilícitos forestales como la tala ilegal y el cambio de uso del suelo en zonas de conservación y garantizar el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales del país.
Notas
1 El concepto de límites planetarios fue propuesto por el Instituto Sueco de Resiliencia, identifica los límites de seguridad necesarios para los procesos ambientales que determinan la estabilidad de los componentes del sistema terrestre (Álvarez-Lires, Arias-Correa, Lorenzo-Rial, & Serrallé-Marzoa, 2017). Otros problemas que se consideran cercanos al límite planetario son la pérdida de biodiversidad y el ciclo del nitrógeno (completamente alterado por la producción agrícola).
2 Algunos casos emblemáticos que muestran esta contradicción, o restricción por su inmadurez frente a las nuevas realidades, de legislaciones con alcances limitados frente a la necesidad de gestión de un problema global son los referidos a fenómenos de migraciones climáticas y a demandas contra la insuficiente acción del Estado o contra empresas contaminantes.
3 Gobierno de México coordina esfuerzos para combatir la tala ilegal y proteger el Bosque de Agua, https://www.gob.mx/semarnat/prensa/gobierno-de-mexico-coordina-esfuerzo s-para-combatir-la-tala-ilegal-y-proteger-el-bosque-de-agua
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2025.
Diputado José Luis Hernández Pérez (rúbrica)