Gaceta Parlamentaria, año XXVIII, número 6752-III-1, martes 1 de abril de 2025
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE a implementar convenios de colaboración con organizaciones civiles, clínicas jurídicas universitarias y aliados estratégicos identificables en Estados Unidos de América, con el objeto de brindar asistencia jurídica, orientación y protección a los migrantes mexicanos afectados por las nuevas políticas migratorias, a cargo del diputado Fernando Jorge Castro Trenti, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, Fernando Jorge Castro Trenti, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6 numeral I, fracción I; y 79 numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores implementar convenios de colaboración con organizaciones civiles, clínicas jurídicas universitarias y aliados estratégicos identificables en los Estados Unidos de América con el objeto de brindar asistencia jurídica, orientación y protección a los migrantes mexicanos afectados por las nuevas políticas migratorias de ese país, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La migración se refiere al desplazamiento de las personas fuera de su lugar de origen y residencia habitual; clasificada principalmente entre la interna y la internacional. Por un lado, la migración interna es aquel desplazamiento de personas o grupos dentro de los límites territoriales de un mismo país; y por el otro, la migración internacional es el movimiento de las personas o grupos que cruzan la frontera de un Estado para establecerse en otro país.1
La migración a lo largo de la historia ha estado paralelamente ligada con la búsqueda de una vida con mejores condiciones sociales, económicas, políticas e inclusive ambientales para una persona o grupo poblacional de otro territorio2 .
En el caso de México, desde el siglo XIX ha sido un país con gran flujo migratorio hacia los Estados Unidos que persiste en la actualidad y que ha variado en forma e intensidad, debido a la oferta y demanda de mano de obra entre estos países que juegan un papel asimétrico3 .
Sin embargo, en los últimos años la situación migratoria entre México y Estados Unidos de América se ha convertido en un tema de gran relevancia en la agenda política tras el cambio de gobierno en ambas naciones, sobre todo con las recientes políticas migratorias promovidas por el presidente de los Estados Unidos de América.
Dichas políticas migratorias incluyen la ruptura del sistema de asilo estadounidense, que tenía el objetivo de resguardar a las personas que buscaran refugio fuera de su país de origen independientemente de su raza, religión, nacionalidad y opinión política.4 Asimismo, se emitió una declaración de emergencia nacional, y con ello, se ordenó el despliegue de militares en la frontera sur el 20 de enero de 2025, no solo para controlar el flujo de las personas migrantes, sino también para comenzar con una serie de deportaciones y expulsiones masivas que incrementaría la vulnerabilidad de este sector poblacional.
Una de las acciones que más impactó en el sistema de asilo fue la suspensión de la plataforma CBP One el mismo 20 de enero a las 11:00 pm; aplicación que se utilizó como una herramienta para agendar citas y posteriormente presentarse en uno de los ocho puntos fronterizos con el fin de solicitar dicho asilo en el país, pero que ha dejado a más de 270,000 personas solicitantes sin la opción de acceder a una cita en Estados Unidos; cancelando todas las entrevistas programadas y su prohibición sin previo aviso.5
Asimismo, una de las políticas implementadas fue la reactivación del programa Quédate en México del año 2019 al 2022, y actualmente activa a partir del 21 de enero de 2025;6 conocido también como Protocolos de Protección Migrante (MPP, por sus siglas en inglés), que ha fungido como respuesta ante la crisis subsecuente del cierre de la aplicación CBP One en enero de 2025. Este programa cuenta con la finalidad de retener en México a las personas migrantes que solicitan asilo en los Estados Unidos, durante todo el periodo de petición hasta la fecha de su entrevista; volviendo a México un país de punto de llegada y contención de otros grupos migratorios que permanecen a la espera de una respuesta del gobierno estadounidense.7 Teniendo como efecto adicional, el que las personas en situación de movilidad, provenientes de países como Venezuela, Cuba, Colombia, Perú, etc., han empezado a establecerse y laborar en México con la intención de radicar indefinidamente en nuestro país y descartando la posibilidad de retornar a su territorio de nacimiento por diversos factores económicos, políticos y sociales.
En la implementación de las políticas estadunidenses se ha vuelto evidente la violación de derechos humanos de migrantes, así como la falta de acceso a la asistencia jurídica y las limitadas protecciones legales; causando un aumento en las inquietudes y preocupaciones de las personas que han abandonado su país de origen, quedando atrapadas en una espera indefinida.8
Las instituciones del gobierno mexicano tras estas iniciativas estadounidenses han identificado a 6 grupos vulnerables de migrantes no autorizados dentro de los Estados Unidos, clasificando a las personas con mayor riesgo de deportación en el nivel 1 y a las personas con menor riesgo de deportación en el nivel 6:
Aquellos en el nivel 1 son los migrantes con orden final de deportación, teniendo un total de 265 mil 524 mexicanos; en el nivel 2 los migrantes con cargos por delitos (con condena o cargos pendientes) con un total de 276 mil 290 personas mexicanas; en el nivel 3 los migrantes que llegaron a Estados Unidos en los últimos 4 años, sumando un total de 619 mil 852 personas mexicanas.
En cuanto al nivel 4 se encuentran los migrantes que no son padres de hijos ciudadanos americanos menores de 18 años, no son beneficiarios del programa de Acción diferida para los llegados en la infancia (DACA, por sus siglas en inglés) y no tienen orden de deportación ni cargos por delitos, siendo 1 millón 933 mil 208 personas mexicanas; en el nivel 5 los migrantes que tienen hijos ciudadanos americanos menores de 18 años, con 1 millón 395 mil 220 personas mexicanas.
Y finalmente, en el grupo 6 los DREAMers o beneficiarios DACA donde solo 436 mil 300 personas mexicanas son beneficiarias pero al mismo tiempo fácilmente localizables por los datos que han proporcionado para ser acreedores al programa.9
Es preciso enfatizar que, para lograr el freno absoluto del flujo migratorio, el gobierno de los Estados Unidos advirtió a México sobre la implementación de un conjunto de aranceles si el Estado mexicano no colaboraba con la detención del tránsito y desplazamiento de la población migrante.
De ello se puede advertir que la aplicación de aranceles tendría como consecuencia un aumento de precios de los productos importados que, por una parte, fomentarían el consumo de productos y bienes locales; pero asimismo, abriría la posibilidad de conflictos comerciales y una fractura del Acuerdo comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC, por sus siglas en inglés); causando una reducción en el poder adquisitivo y cambios en el comportamiento del consumidor.10
Por su parte, una de las primeras respuestas de México ante las nuevas políticas migratorias ha sido la implementación del programa Apoyo para las y los mexicanos en Estados Unidos en enero del 2025, el fortalecimiento de los 53 consulados que el gobierno mexicano tiene en el país norteamericano, y la puesta en marcha de un Centro de Información y Asistencia a Personas Mexicanas (CIAM), que brindará apoyo legal y que contará con un botón de alerta , así como la implementación de una Ventanilla única de trámites consulares, la cual estará activa las 24 horas de los siete días de la semana.11 Adicionalmente, se ha creado el programa México te abraza, que tiene el objetivo de recibir de forma empática y humana a la población mexicana retornada de Estados Unidos, dándoles asistencia por medio de la red consular, la búsqueda de su reintegración al país y una recepción de apoyo en seis estados fronterizos12 , el cual ha ayudado desde el 20 de enero de 2025 hasta el 3 de marzo del mismo año a la reintegración de 19 mil 663 personas deportadas de las cuales 15 mil 611 son mexicanas y 4 mil 052 son extranjeras.13
También desde el 22 de enero del 2025, se le está proporcionando a la población repatriada una tarjeta de Bienestar paisano, que forma parte del programa México te abraza, con un saldo de $2,000 pesos mexicanos para los gastos de transporte que los pueda trasladar a su lugar de origen de manera rápida y eficaz.14
Los datos presentados por el gobierno de México el 3 de marzo del 2025, indican que el estado de Baja California y Sonora se encuentran a la cabeza de la lista con el mayor número de tarjetas entregadas; destacando a Tijuana con la distribución 971 tarjetas y a Nogales con 971.15
Aunado a lo anterior, el Consejo Coordinador Empresarial (CCE), junto con el Gobierno federal han pronunciado hasta 126 empresas en México que tienen la intención de ofrecer empleos a los migrantes mexicanos repatriados, ofreciendo más de 45,000 vacantes.16
Entre estas se encuentran vacantes de empleos en empresas de comercio, alimentos, bebidas, seguridad, logística, manufactura, industria y servicios de atención a clientes. Los cuales se presentan en el módulo portátil Conexión Empresarial Paisano, que tiene el objetivo de reintegrar y darle una oportunidad laboral digna a todos los mexicanos repatriados.17
Cabe destacar que, según datos de El Colegio de la Frontera Norte (COLEF), hasta el año 2024 se registraron 39 millones de personas de origen mexicano en los Estados Unidos, lo que equivale al 12% de la población del país mencionado, de las que solo 4.9 millones se encuentran en estado no autorizado.18
No obstante, tras las deportaciones masivas y el control de la frontera de los Estados Unidos las personas en estado autorizado no cuentan con la seguridad de su estadía dentro de ese país.
Además del impacto económico que causará en el Producto Interno Bruto (PIB) las deportaciones masivas, debido a la importancia que tienen en el país mexicano las remesas enviadas de los ciudadanos en el extranjero.
Según datos del Banco Mundial, en el año 2024 estas remesas sumaron 685 mil millones de dólares, con una tasa de crecimiento de 5.8% mayor a la del año 2023; la cual represento el 0.81% del PIB que juega un papel fundamental en la economía de las familias mexicanas.19
Debido a lo anterior, el gobierno de México anunció un aumento de 489% en el presupuesto económico designado al Instituto Nacional de Migración (INM) y un 110.1% al presupuesto de la Comisión Nacional de Ayuda a Refugiados (COMAR). Encargada de recibir y analizar las solicitudes de refugio de la población migrante, para posteriormente establecer convenios con organismos internacionales que salvaguarden sus derechos humanos.20
Adicionalmente, otra de las acciones que se implemento fue el aumento de los centros de atención en los estados fronterizos, los cuales cuentan con servicios básicos como luz, agua, regadera, internet, baños y dormitorios.
Asimismo, dentro de estos centros de atención se dan servicios como la entrega de una carta de repatriación y trámites para obtener el acta de nacimiento, credencial de elector, CURP, afiliación al IMSS-Bienestar e información para poder ingresar a programas sociales.21
No obstante, pese a las acciones que el gobierno mexicano ha implementado, en Estados Unidos es donde se mantiene y desarrolla la problemática de violación a los derechos de los migrantes, sumándose el fenómeno de criminalización de este sector poblacional, conocido también como crimmigration el cual genera situaciones en donde se trata a los migrantes como delincuentes en lugar de sujetos con derechos.
A pesar de que organizaciones gubernamentales americanas como la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas en inglés) han tomado medidas para denunciar a la administración federal estadounidense por sus actos de injusticia y discriminación contra la población migrante, a nivel local también se presentan políticas que fomentan el trato deshumanizado a esta población.
Un ejemplo de esto son los proyectos de ley estatales presentados en Misuri y Mississippi, que proponen incentivar a los ciudadanos estadounidenses a denunciar o dar información sobre cualquier irregularidad a instituciones como el Servicio de Control de Inmigración y Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés), a cambio de apoyos monetarios para poder detener a la persona denunciada y una vez detenida enfrentar posibles cargos por allanamiento por extranjero ilegal al país, proponiendo en el caso de Misuri, penas de prisión de por vida, sin posibilidad de libertad condicional, excepto por acción del gobernador.22
En febrero de 2025 la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Universidad Nacional Autónoma de México, anunciaron la creación de la «Plataforma UNAM, Acción Migrante», mediante la cual se ofrecerá en línea asistencia en dos rubros principales: psicológica y orientación jurídica, por parte de especialistas de la misma universidad, participando las cinco sedes que la UNAM tiene en Estados Unidos (Los Ángeles, Tucson, San Antonio, Chicago y Boston) y la estación noroeste del Instituto de Investigaciones Jurídicas, en Tijuana, así como la Red Consular de México en Estados Unidos, compuesta por 53 oficinas.23
La implementación de dicha plataforma permite identificar la importancia de ampliar la red de aliados para fortalecer la protección de los derechos de los migrantes mexicanos en los Estados Unidos, siendo fundamental establecer mecanismos adicionales para fortalecer la colaboración con organizaciones civiles, clínicas jurídicas universitarias y aliados estratégicos con presencia y experiencia local en dicho país.
En este sentido, la Secretaría de Relaciones Exteriores, en coordinación con actores clave de la sociedad civil y la academia, debe continuar promoviendo acuerdos estratégicos que fortalezcan la asistencia y protección a los connacionales en situación de vulnerabilidad, lo que contribuirá a reducir el impacto de las políticas restrictivas y a garantizar la defensa de los derechos fundamentales de la comunidad migrante.
Por lo anteriormente expuesto se somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente preposición con
Punto de Acuerdo
Único.- La H. Cámara de Diputados solicita respetuosamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores implementar convenios de colaboración con organizaciones civiles, clínicas jurídicas universitarias y demás aliados estratégicos identificables con presencia y experiencia local en los Estados Unidos de América, adoptando un enfoque territorial diferenciado que considere las capacidades y particularidades de cada circunscripción consular mexicana, con el objeto de brindar asistencia jurídica, orientación y protección a los migrantes mexicanos afectados por las nuevas políticas migratorias de los Estados Unidos de América, garantizando el acceso a recursos legales y apoyo en la regularización de su estatus migratorio, con el fin de salvaguardar sus derechos humanos y su dignidad.
Notas:
1. Organización Internacional para las Migraciones
(s.f.). Fundamentos de la migración. Disponible en HYPERLINK
https://www.iom.int/es/fundamentos-de-la-migracion#:~:text=La%20migraci%C3%B3n%20es%20el%20movimiento,
o%20dentro%20de%20un%20pa%C3%ADs
https://www.iom.int/es/fundamentos-de-la-migracion#:~:text=La%20migraci%C3%B3n%20es%20el%20movimiento,
o%20dentro%20de%20un%20pa%C3%ADs.
2. Esneca (6 de junio, 2023). Qué son y cuál es la historia de las migraciones. Disponible en https://www.esneca.com/blog/historia-migraciones-origen/
3. Durand, J. (2016). Historia mínima de la migración México-Estados Unidos. El colegio de México. Disponible en https://books.google.com.mx/books?id=JmRADwAAQBAJ
4. WOLA. (24 de enero, 2025). Las órdenes ejecutivas de Trump y América Latina: Lo que hay que saber. Washington Office on Latin America. Disponible en https://www.wola.org/es/analysis/las-ordenes-ejecutivas-de-trump-americ a-latina-lo-que-hay-que-saber/
5. Observatorio Legislativo de Asuntos Globales. (2025). Reforzamiento de medidas migratorias bajo la administración de Trump: retos y perspectivas. Cámara de Diputados.
6. Instituto Belisario Domínguez. (s.f). Programa
Quédate en México. Senado de la República. Disponible en
http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/bitstream/handle/123456789/6430/Programa%20Qu%c3%a9date%20en%20M%c3%a9xico.pdf
?sequence=3&isAllowed=y
7. Cámara de Diputados. (17 de febrero, 2025). Panorama general de los mexicanos en Estados Unidos en el contexto de la nueva administración. [Nota informativa]. LXVI Legislatura.
8. Observador de derechos humanos. (7 de febrero, 2022). Quédate en México: Información general y recursos. Disponible en https://www.hrw.org/es/news/2022/02/07/quedate-en-mexico-informacion-ge neral-y-recursos
9. Ídem 7
10. Grupo Estrategia Política. (2025). Donald Trump, presidente de EE.UU: Escenarios e implicaciones
11. Presidencia de la República. (27 de diciembre,
2024). Presenta presidenta Claudia Sheinbaum programa de apoyo para las
y los mexicanos en Estados Unidos. Gobierno de México. Disponible en
https://www.gob.mx/presidencia/prensa/presenta-presidenta-claudia-sheinbaum-programa-de-apoyo-para-las-y-los
-mexicanos-en-estados-unidos#:~:text=Las%20y%20los%20mexicanos%20en%20Estados%20Unidos%20
podr%C3%A1n%20solicitar%20apoyo,520%20623%207874%20desde%20M%C3%A9xico
12. Secretaría de Gobernación. (28 de enero, 2025). México te abraza. Gobierno de México. Disponible en https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/971337/28enero25_M_xico_ te_abraza.pdf
13. El Financiero (2025). México ha recibido casi 20 mil deportados desde la llegada de Trump a la Casa Blanca. Disponible en: https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2025/03/03/mexico-ha-recibido- casi-20-mil-deportados-desde-la-llegada-de-trump-a-la-casa-blanca/
14. O., M. (3 de febrero, 2025). Tarjeta Bienestar Paisano 2025: Cómo solicitarla, beneficios y fechas de pago. Ecoportal. Disponible en https://www.ecoportal.net/economia-2/tarjeta-bienestar-paisano-en-2025/
15. Municipios Puebla. (3 de marzo, 2025). Programa México Te Abraza ayuda a más de 5 mil connacionales. Disponible en https://municipiospuebla.mx/nota/2025-03-03/naci%C3%B3n/programa-m%C3%A 9xico-te-abraza-ayuda-m%C3%A1s-de-5mil-connacionales
16. El contribuyente. (2025). Empresas en México
ofrecen empleos para migrantes repatriados por Trump. Disponible en
https://www.elcontribuyente.mx/2025/02/empresas-en-mexico-ofrecen-empleos-para-migrantes-repatriados-por-trump/
#:~:text=Algunas%20de%20las%20empresas%20m%C3%A1s%20destacadas%20que%20han,Teleperformance
%2C%20Hilton%20Garden%20Monterrey%2C%20Executive%20Search%20%26%20Consulting.
17. Ídem 32
18. Ídem 7
19. Consejo Nacional de Población. (20 de febrero, 2025). Panorama sobre las remesas internacionales en México, 2024. Gobierno de México. Disponible en https://www.gob.mx/conapo/documentos/128713
20. Secretaría de Gobernación. (10 de febrero, 2025). Tarjeta migratoria matutina: Información Migratoria Nacional. Instituto Nacional de Migración. Gobierno de México.
21. Ídem 14
22. Ídem 5
23. Gobierno de México (2025). La UNAM y la SRE lanzan plataforma para apoyo a migrantes en Estados Unidos, Acción migrante. Disponible en: https://www.gob.mx/sre/prensa/la-unam-y-la-sre-lanzan-plataforma-para-a poyo-a-migrantes-en-estados-unidos-accion-migrante?idiom=es
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de abril de 2025.
Diputado Fernando Jorge Castro Trenti (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la FGR y a las fiscalías de las 32 entidades federativas a garantizar que todas las denuncias presentadas por la ciudadanía, en especial aquellas interpuestas por mujeres, niñas y adolescentes, sean integradas con perspectiva de género y derechos humanos. Asimismo, se solicita la actualización de protocolos, guías y directivas en la materia, y la capacitación periódica y obligatoria de todo el personal ministerial, incluyendo el administrativo y operativo, en temas de género y derechos humanos, suscrita por las diputadas Rosario del Carmen Moreno Villatoro y Karina Margarita del Río Zenteno, del Grupo Parlamentario de Morena
Quienes suscriben, diputadas Rosario del Carmen Moreno Villatoro y Karina Margarita del Río Zenteno, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I, II y III; todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito someter ante esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes
Consideraciones
La necesidad de la perspectiva de género en la procuración de justicia en México
El acceso a la justicia es un derecho fundamental que debe garantizarse sin discriminación alguna. Sin embargo, en México, el sistema de procuración de justicia ha sido históricamente un espacio donde los estereotipos de género, la revictimización y la falta de un enfoque diferenciado han obstaculizado el acceso efectivo a la justicia para mujeres, niñas y adolescentes. La aplicación de la perspectiva de género por parte de los operadores de justicia, en particular del Ministerio Público y su personal administrativo y operativo, no es solo una exigencia legal, sino una condición indispensable para garantizar la igualdad y erradicar la impunidad.
Desde una perspectiva jurídica, la Constitución mexicana establece en su artículo 1° la obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad . En este marco, la perspectiva de género se convierte en una herramienta fundamental para materializar el principio de igualdad y no discriminación , contenido en el artículo 4o constitucional. Además, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código Nacional de Procedimientos Penales establecen la obligación de investigar con debida diligencia , garantizando que los casos de violencia de género sean atendidos con un enfoque especializado.
Más allá de la legislación interna, México ha asumido compromisos internacionales que refuerzan esta obligación. Instrumentos como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención de Belém do Pará exigen a los Estados garantizar el acceso a la justicia sin sesgos de género. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sido enfática en señalar que la falta de perspectiva de género en la investigación y juzgamiento de casos de violencia representa una violación a los derechos humanos , como lo evidenció en el caso Campo Algodonero vs. México.
Desde un enfoque social, la realidad mexicana refleja una grave crisis de violencia de género que impacta a miles de mujeres, niñas y adolescentes. La revictimización en los procesos judiciales, la indiferencia de las autoridades y la normalización de la violencia contribuyen a la desconfianza en el sistema de justicia. Enfrentar esta crisis requiere un cambio estructural en la forma en que las instituciones operan, asegurando que las víctimas sean tratadas con dignidad, que sus testimonios sean valorados adecuadamente y que los casos se investiguen con rigor.
Las instituciones de procuración de justicia tienen una responsabilidad clave en este proceso. La correcta aplicación de la perspectiva de género implica no solo capacitar al personal ministerial y operativo, sino también implementar protocolos de atención diferenciada, evaluar el desempeño de los funcionarios y garantizar la integración adecuada de las carpetas de investigación . Sin estos mecanismos, la impunidad prevalece y el Estado incumple con su deber de proteger a las víctimas.
Desde una perspectiva operativa, el desconocimiento o desinterés de los operadores de justicia en aplicar la perspectiva de género genera errores procesales que pueden derivar en la impunidad . La falta de análisis del contexto de violencia, la omisión de pruebas clave o la indiferencia ante denuncias de mujeres y niñas afecta la calidad de la investigación y el acceso a la justicia . Por el contrario, cuando se incorpora este enfoque, se logra una valoración objetiva de las pruebas, una investigación con debida diligencia y la garantía de sentencias justas .
El acceso a la justicia no puede depender de la voluntad individual de los funcionarios que integran el sistema penal. La perspectiva de género debe ser una directriz obligatoria y sistemática en todas las etapas del proceso judicial. Garantizar su aplicación es una deuda histórica con las víctimas y un imperativo para consolidar un Estado de derecho que verdaderamente respete los derechos humanos.
Fundamento jurídico: Obligación constitucional e internacional
Constitución y legislación nacional
Artículo 1o Constitucional: Obliga a todas las autoridades a garantizar los derechos humanos con base en los principios de igualdad, no discriminación y perspectiva de género .
Artículo 4o Constitucional: Establece la igualdad entre hombres y mujeres , lo que implica la erradicación de cualquier forma de violencia o discriminación en la impartición de justicia.
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: Ordena la investigación de delitos con perspectiva de género y el uso de protocolos especializados para atender a las víctimas.
Ley General de Víctimas: Garantiza la protección de los derechos de las víctimas con enfoque diferencial y especializado.
Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP): Ordena que el personal ministerial, administrativo y operativo actúe con imparcialidad y sin discriminación .
Tratados internacionales ratificados por México
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW): México debe garantizar el acceso a la justicia sin sesgos de género.
Convención de Belém do Pará: Ordena que los Estados implementen mecanismos eficaces para la atención de las víctimas de violencia de género.
Corte Interamericana de Derechos Humanos: En casos como González y Otras (Campo Algodonero) vs. México , ha señalado que las fiscalías tienen el deber de aplicar un enfoque de género en la investigación para evitar impunidad.
El incumplimiento de estas obligaciones puede generar responsabilidad internacional para el Estado mexicano.
Razón social: Erradicar la discriminación y la revictimización
La violencia de género es un problema estructural en México, y el sistema de justicia históricamente ha sido una barrera para las víctimas debido a la falta de sensibilidad y preparación de los operadores jurídicos. La revictimización , el desinterés en investigar adecuadamente los casos de violencia y los prejuicios de género son prácticas comunes que afectan a mujeres, niñas y adolescentes.
La aplicación de la perspectiva de género por parte del Ministerio Público y el personal administrativo y operativo permite:
Garantizar que las víctimas sean tratadas con dignidad y respeto .
Evitar que los estereotipos de género influyan en la valoración de las pruebas.
Asegurar investigaciones efectivas y libres de discriminación .
Brindar medidas de protección inmediata y adecuada .
Sin este enfoque, las víctimas se enfrentan a un sistema de justicia indiferente , lo que desalienta la denuncia y perpetúa la impunidad.
Razón institucional: Profesionalización y cumplimiento de la función pública
El personal ministerial y operativo tiene la responsabilidad de aplicar la ley de manera objetiva , y esto implica actuar con perspectiva de género en todos los procedimientos. Para ello, se requiere:
Capacitación continua en derechos humanos y violencia de género.
Protocolos de atención diferenciada para víctimas de violencia.
Monitoreo y evaluación del desempeño de los operadores de justicia.
El fortalecimiento institucional del Ministerio Público y las fiscalías es fundamental para recuperar la confianza de la ciudadanía en la justicia.
Razón operativa: Eficacia en la procuración de justicia
La falta de perspectiva de género en la investigación penal genera errores procesales que pueden derivar en impunidad, como:
Falta de análisis del contexto de violencia de género .
Omisión de pruebas clave por prejuicios de los agentes ministeriales .
Negligencia en la integración de la carpeta de investigación .
Por ello, aplicar la perspectiva de género permite que:
Se valore correctamente la prueba y el testimonio de la víctima .
Se investigue con debida diligencia y sin sesgos
Se logren sentencias justas y con perspectiva de derechos humanos .
Conclusión
La aplicación de la perspectiva de género por parte del Ministerio Público y todo el personal administrativo y operativo no es una cuestión opcional, sino una obligación legal, ética y social. Su correcta implementación fortalece el Estado de Derecho, garantiza el acceso a la justicia para las víctimas de violencia de género y contribuye a erradicar la impunidad en México.
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Fiscalía General de la República y a las fiscalías de las 32 entidades federativas a garantizar que todas las denuncias presentadas por la ciudadanía, en especial aquellas interpuestas por mujeres, niñas y adolescentes, sean integradas con perspectiva de género y derechos humanos. Asimismo, se solicita la actualización de protocolos, guías y directivas en la materia, y la capacitación periódica y obligatoria de todo el personal ministerial, incluyendo el administrativo y operativo, en temas de género y derechos humanos.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de abril de 2025
Diputadas: Rosario del Carmen Moreno Villatoro y Karina Margarita del Río Zenteno (rúbricas)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Conagua a intervenir y tomar conocimiento de la situación que actualmente afecta a los cuerpos de agua denominados parque estatal Santuario del Agua y Forestal Presa Guadalupe, Presa El Ángulo, Presa la Piedad, laguna de Axotlán, a fin de resolver sus problemáticas, a cargo de la diputada Xóchitl Nashielly Zagal Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena
De la diputada Xóchitl Nashielly Zagal Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en el artículo 79 numeral 2 fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, se somete a consideración de esta soberanía la proposición de punto de acuerdo, a fin de resolver las problemáticas que a continuación se expone, se solicita respetuosamente a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) para que, en el ámbito de sus atribuciones intervengan y tomen conocimiento de la situación que actualmente afecta a los cuerpos de agua denominados: Parque estatal Santuario del agua y forestal presa Guadalupe, Presa el ángulo, Presa la piedad, Laguna de Axotlán, a fin de resolver las problemáticas que a continuación se exponen.
Consideraciones
Parque estatal Santuario del Agua y Forestal Presa Guadalupe.
La Presa de Guadalupe conocida como Lago de Guadalupe fue construida entre 1936 y 1943 para el control de inundaciones y riego, con un espejo de agua de 348.0 hectáreas, es el segundo cuerpo de agua más importante del Valle de México. El embalse es alimentado por los ríos San Pedro, San Idelfonso, Xinté y el arroyo El Muerto.
La presa fue declarada área natural protegida con categoría de Parque estatal Santuario del Agua y Forestal Presa de Guadalupe con un perímetro de 16.5 km, el 13 de octubre de 2004 publicado en la Gaceta del gobierno, Periódico Oficial del Gobierno del Estado de México en la misma fecha y el Programa de Manejo se publicó en el Diario Oficial Gaceta de Gobierno el 13 de octubre de 2008.
El lago de Guadalupe recibe aguas negras provenientes de La Colmena y las descargas domiciliarias del municipio de Nicolás Romero que llegan a los arroyos San Pedro, San Idelfonso y Xinté que alimentan el embalse, por lo tanto, presenta un alto nivel de contaminación.
Aunado a lo anterior, una persona identificada como Germán Lucciolino1 que dice coordinar a un grupo de vecinos (haciéndose pasar por colaborador de diversas instituciones públicas tales como: Tecnológico de Monterrey Campus Estado de México, Universidad Anáhuac, Universidad Iberoamericana, Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto Politécnico Nacional2 , construyó cinco diques en el lago de Guadalupe con cascajo que ingresaron con cientos de camiones desde el mes de octubre de 2023 al mes de agosto de 2024, los cuales ya formaron represas que los vecinos de las colonias aledañas denunciaron por malos olores y el crecimiento de lenteja de agua (Lemna minor ).
En el caso, esta persona identificada como Germán Lucciolino, en escritos dirigidos a las autoridades y Comunidad de Bosques del Lago , se ostenta como el responsable del proyecto de conservación y rescate del santuario y reserva forestal Lago de Guadalupe con el corredor de polinizadores del lago , afirmando que para ello se basa en el plan de manejo vigente usando lineamientos de Semarnat, Cepanaf y la Conabio.
A este crimen ecológico le ha denominado corredor de polinizadores Lago de Guadalupe, situación que dista mucho de esta categoría ambiental de acuerdo con las normas y parámetros que existen para ello.
Cabe indicar, que para llevar a cabo cualquier obra y actividades en lagos y humedales se requiere de la autorización en impacto ambiental, así lo establece el Artículo 28 fracción X de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (Lgeepa) y el Artículo 5, inciso A, Fracción VII e inciso R del Reglamento de la LGEEPA en materia de Evaluación del Impacto Ambiental. Además de lo que establece el Código de Biodiversidad del Estado de México por ser un Parque estatal.
Laguna de La Piedad
La laguna de La Piedad, se ubica en el Ejido de San José Huilango y San José Tepojaco, ambos de Cuautitlán Izcalli, Estado de México.
De acuerdo al Programa Hídrico Regional 2021-2024 correspondiente a la Región Hidrológico-Administrativa XIII Aguas del Valle de México3 , la Laguna La Piedad es un bordo de propiedad nacional, tiene una superficie de 39 hectáreas y una capacidad de alrededor de 768,000 metros cúbicos (setecientos sesenta y ocho mil metros cúbicos), con una profundidad promedio de 1.5 a 2 metros. Se alimenta de retornos agrícolas, escorrentías, descargas de aguas residuales sin tratar y volúmenes anuales de recambio procedentes del Parque estatal Santuario del Agua y Forestal Presa Guadalupe, conducidas por el canal Aurora.
El referido Programa Hídrico Regional, señala que este cuerpo de agua forma parte del Parque estatal para la Protección y Fomento del Santuario del Agua Laguna de Zumpango. Las zonas circundantes presentan un desarrollo urbano incipiente, tiraderos de cascajo, y en general condiciones muy poco saludables. Sin embargo, aún presenta poblaciones importantes de aves, vestigios de vegetación ribereña, y el potencial de mantener la conectividad en el río Cuautitlán.
De igual forma, el Programa Hídrico Regional señala que en la subcuenca de la laguna La Piedad existe obras inconclusas de tres plantas de tratamiento de aguas residuales: la Piedad II con capacidad de 18 litros por segundo, Tepojaco II de 55 litros por segundo y la Mega planta de la Comisión del Agua del Estado de México de 750 litros por segundo, que trataría las aguas de los colectores marginales de la Presa Guadalupe. El gasto potencial de aguas tratadas es de 823 litros por segundo que equivale a alrededor de 26 metros cúbicos anuales, es decir, en una década se habrán ocupado 260 metros cúbicos.
La laguna La Piedad igualmente recibe descarga de aguas negras provenientes del Conjunto urbano La Piedad, la colonia La Piedad, el Ejido La Piedad y San Francisco Tepojaco del municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México.
Aunado a lo anterior, los vecinos han observado camiones materialistas que han descargado residuos de construcción dentro de la laguna y la zona federal.
De acuerdo a la Doctora Fabiola Sosa Rodríguez4 , jefa del Área de Investigación en Crecimiento Económico y Medio Ambiente de la Universidad Autónoma de México - Azcapotzalco, pese a los niveles de contaminación posee gran riqueza biológica, con casi mil 500 especies de flora y fauna que requieren un hábitat ribereño. La enorme cantidad de aves cerca de 172 variedades en el área evidencia el gran potencial ambiental para esta zona.
De acuerdo con esta investigadora, previo al daño a los ecosistemas del lugar, los habitantes de los pueblos de San José Huilango y San Francisco Tepojaco cultivaban alimentos y obtenían ingresos por la pesca; en la actualidad las fuentes de abastecimiento desafían severas condiciones, como en el caso del acuífero Cuautitlán-Pachuca, sobreexplotado en 189,000 (ciento ochenta y nueve mil metros cúbicos) por año. Además, el fenómeno de cambio climático podría reducir la disponibilidad del líquido en cuarenta por ciento, una problemática a la que se añade el nulo tratamiento de aguas residuales, con un impacto negativo en la salud de la gente y el entorno.
En la publicación en cita, se señala que desde 2003, los ejidatarios han solicitado el saneamiento de la laguna, ya que su polución se atribuye a las descargas de aguas residuales de los fraccionamientos La Piedad y Lomas de Cuautitlán, por lo que más de 37,000 personas han visto afectados su salud, ingresos y el hábitat.
De acuerdo con la académica en cita, los beneficiarios indirectos de una intervención para el saneamiento de la Laguna La Piedad alcanzarían a 15 colonias alrededor de ese cuerpo de agua, con una población de 95 mil hombres y mujeres, así como a los residentes de Cuautitlán Izcalli 555 mil y de la subcuenca de Cuautitlán, que ascienden a 1.12 millones de los municipios de Cuautitlán Izcalli, Jilotzingo, Villa Nicolás Romero y Teoloyucan.
Presa el Angulo
La presa fue construida hace más de 100 años para contener el agua de lluvia que procedía de la parte alta del municipio de Atizapán de Zaragoza. Según fuentes periodísticas entre 1996 y 1997 los predios ejidales que conformaban la Presa el Ángulo fueron vendidos a particulares y se creó la empresa San Martin Obispo (SANMO), quienes construyeron el Parque Industrial del mismo nombre y el cuerpo de agua quedo dentro de sus terrenos.
Aparentemente, el gobierno del Estado de México autorizó la construcción del Parque Industrial San Martin Obispo por lo cual se redujo el área de regulación de la presa de 123 hectáreas a solo 7 hectáreas, provocando disminución de la capacidad de almacenamiento de agua y como consecuencia un riesgo hidrológico.
En este sentido, no existe certeza respecto de si las empresas que se encuentran alrededor de la presa cumplieron con las autorizaciones tanto de impacto ambiental como de cambio de uso de suelo y si han observado las medidas de mitigación.
De acuerdo al Dr. Víctor Hugo Alcocer Yamanaka5 , en un estudio realizado por la Red del Agua de la Universidad Nacional Autónoma de México, la presa el Angulo resultó ser hidrológicamente insegura , con una disminución de la capacidad reguladora del vaso a través del tiempo; en este estudio se concluye que, de la revisión funcional y operacional, la obra de descarga actual trabaja inadecuadamente, afectando a las viviendas ubicadas aguas abajo, es este sentido, se señala que existe una reducción del vaso en un sesenta por ciento, ello por la ocupación industrial.
La Presa El Ángulo se encuentra en el Atlas de Riesgo Municipal, porque capta grandes cantidades de aguas pluviales de arroyos, del Parque industrial San Martin Obispo, aguas residuales y toneladas de basura del municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
Cada año los vecinos de las comunidades de las Gaviotas, Huertas, Hacienda del Parque, Los Héroes, Ejidos de San Isidro y Plan de Guadalupe, Ampliación Ejidal San Isidro y La Presita sufren de inundaciones que ponen en riesgo su salud y su integridad física. El 5 de agosto de 2019, el agua subió a su máximo nivel y la presa se volvió a desbordar afectando bienes muebles e inmuebles.
Laguna de Axotlán
La laguna de Axotlán debe entenderse a partir de su estrecha relación con el Pueblo de Axotlán, ubicado en Cuautitlán Izcalli, Estado de México, situado en el noreste de la zona metropolitana del Valle de México; sus áreas colindantes son hacia la parte norte con el municipio de Tepotzotlán, al cual perteneció jurisdiccionalmente, del lado sur con el pueblo de San Francisco Tepojaco, hacia el lado oriente con la autopista México-Querétaro y en la parte poniente con el pueblo de Huilango.
La laguna de Axotlán, es uno de los cuerpos de agua de Cuautitlán Izcalli, cuenta con aproximadamente 32 hectáreas, en tiempos antiguos sirvió como el abastecimiento de agua desde Tepotzotlán hasta las haciendas de San Miguel y San Isidro.
Desde el año 2002 se ha documentado diversos intentos de para secar la laguna o disminuir su superficie para hacer construcciones de tipo habitacional o industrial6 .
Ante esto, el 23 de junio de 2003, el pueblo de Axotlán fundó el «Movimiento de defensa», con el que se logró que la laguna quedara incluida en la Declaratoria de la Poligonal Laguna de Zumpango como área natural protegida.
Aún contando con dicha denominación, en 2010 nuevamente se intentó secarla, pero, a pesar de ello, las y los habitantes del pueblo de Axotlán rescataron y dan mantenimiento a la laguna de su comunidad con recursos propios. En año 2013 las y los pobladores del pueblo drenaron la Laguna completamente y retiraron manualmente el lirio acuático que lo había invadido, con lo que lograron contenerlo7 .
A principios del año 20248 , pobladores y defensores de la Laguna de Axotlán denunciaron que un grupo de operadores de transporte público (agrupados en la Empresa Izgaza), intentaron apoderarse de más de mil metros cuadrados de la región, todo esto a través de la colocación de postes de madera y malla ciclónica para delimitar un pedazo de tierra, todo ello, a pesar de que el cuerpo de agua es un área natural protegida.
Ese intento de apropiación indebida, no fue el único que ocurrió en el año 2024, hacía finales de este año, pobladores del pueblo de Axotlán denunciaron a autoridades del Organismo Operador del Agua (Operagua) del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, luego de que estas autorizaran a una empresa privada la conexión del drenaje, cerca de la Laguna de Axotlán9 .
Los habitantes expusieron, a través de redes sociales, que los trabajos que se pretendían llevar a cabo eran ilegales, pues no existe un dictamen ambiental por parte de la empresa que realiza las labores en la zona lacustre.
Tutela Constitucional e Internacional del Derecho al Agua
El derecho humano al agua reconocido en el artículo 4 párrafo sexto de la Constitución General de la República, implica que todas las personas, en condiciones de igualdad y no discriminación, puedan contar con agua suficiente, segura y asequible para usos personales y domésticos, incluyendo el consumo para bebidas y alimentos, la higiene personal y doméstica, y la preparación de alimentos en el hogar.
El derecho al agua también está expresamente reconocido en instrumentos internacionales sobre derechos humanos suscritos por el Estado mexicano, como la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño10 .
La Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas reconoció en una resolución emitida en 2010 que el derecho al agua potable y el saneamiento es un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos 11 .
Por su parte, el artículo 27 de la Constitución General de la República establece que la propiedad de las aguas corresponde originalmente a la Nación y menciona los tipos de cuerpos de agua y las condiciones para que las aguas sean consideradas como federales; fuera de estos casos, podrán ser de jurisdicción estatal o privadas, lo anterior, de acuerdo a lo siguiente:
La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.
[...]
Son propiedad de la Nación las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fije el Derecho Internacional; las aguas marinas interiores; las de las lagunas y esteros que se comuniquen permanente o intermitentemente con el mar; las de los lagos interiores de formación natural que estén ligados directamente a corrientes constantes; las de los ríos y sus afluentes directos o indirectos, desde el punto del cauce en que se inicien las primeras aguas permanentes, intermitentes o torrenciales, hasta su desembocadura en el mar, lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional; las de las corrientes constantes o intermitentes y sus afluentes directos o indirectos, cuando el cauce de aquéllas en toda su extensión o en parte de ellas, sirva de límite al territorio nacional o a dos entidades federativas, o cuando pase de una entidad federativa a otra o cruce la línea divisoria de la República; la de los lagos, lagunas o esteros cuyos vasos, zonas o riberas, estén cruzadas por líneas divisorias de dos o más entidades o entre la República y un país vecino, o cuando el límite de las riberas sirva de lindero entre dos entidades federativas o a la República con un país vecino; las de los manantiales que broten en las playas, zonas marítimas, cauces, vasos o riberas de los lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional, y las que se extraigan de las minas; y los cauces, lechos o riberas de los lagos y corrientes interiores en la extensión que fija la ley. Las aguas del subsuelo pueden ser libremente alumbradas mediante obras artificiales y apropiarse por el dueño del terreno, pero cuando lo exija el interés público o se afecten otros aprovechamientos, el Ejecutivo federal podrá reglamentar su extracción y utilización y aún establecer zonas vedadas, al igual que para las demás aguas de propiedad nacional. Cualesquiera otras aguas no incluidas en la enumeración anterior, se considerarán como parte integrante de la propiedad de los terrenos por los que corran o en los que se encuentren sus depósitos, pero si se localizaren en dos o más predios, el aprovechamiento de estas aguas se considerará de utilidad pública, y quedará sujeto a las disposiciones que dicten las entidades federativas.
En este contexto, la Comisión Nacional del Agua (Conagua) es un órgano administrativo que se encarga de administrar y preservar las aguas del país. Su objetivo es garantizar el uso sostenible de este recurso natural.
Así, dentro de sus atribuciones y funciones la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) tiene las siguientes:
Administrar y preservar las aguas nacionales y sus bienes públicos.
Prevenir la contaminación de aguas concesionadas.
Mantener limpios los cauces.
Promover la participación de la sociedad.
Dentro de sus acciones principales se encuentran: apoyar a los Organismos de Cuenca y Direcciones Locales en la realización de las acciones necesarias para lograr el uso sustentable del agua en cada región del país, establecer la política y estrategias hidráulicas nacionales, integrar el presupuesto de la institución y vigilar su aplicación, concertar con los organismos financieros nacionales e internacionales los créditos que requiere el sector hidráulico, establecer los programas para apoyar a los municipios en el suministro de los servicios de agua potable y saneamiento en las ciudades y comunidades rurales y para promover el uso eficiente del agua en el riego y la industria.
Así entonces, el principal objetivo de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) consiste en administrar y preservar las aguas nacionales, con la participación de la sociedad, para lograr el uso sustentable del recurso.
Punto de Acuerdo
Primero.- La Cámara de Diputados solicita respetuosamente a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) que, en el ámbito de su competencia, intervenga y tome las acciones respectivas de los hechos que han sido narrados en el presente Punto de Acuerdo respecto de cada uno de los cuerpos de agua identificados como: Parque Estatal Santuario del Agua y Forestal Presa Guadalupe, Presa el Angulo, Presa la Piedad, Laguna de Axotlán, todos ellos ubicados en el Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México.
Segundo.- La Cámara de Diputados solicita respetuosamente a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) que de vista a las autoridades competentes respecto de los probables delitos o infracciones que se estén suscitando en cada uno de los cuerpos de agua identificados como: Parque Estatal Santuario del Agua y Forestal Presa Guadalupe, Presa el Ángulo, Presa la Piedad, Laguna de Axotlán, todos ellos ubicados en el Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México.
Tercero.- Hágase del conocimiento de la Comisión del Agua del Estado de México, el presente punto de acuerdo a fin de que tome las acciones que estime pertinentes respecto de los hechos que se contienen en el presente escrito.
Notas:
1. Información que se encuentra disponible para su
consulta en el siguiente enlace electrónico:
https://periodicodeizcalli.com/2024/06/17/de-la-imaginacion-a-la-realidad-crean-el-corredor-ecologico-en-izcalli/.
2. El propio Germán Lucciolino afirmó esta circunstancia en una entrevista que concedió el 18 de julio de 2024 para el Periódico de Izcalli, la cual se encuentra disponible en el siguiente enlace electrónico: https://www.facebo<ion-fue-el-primer-paso-el-resultado-es-la-colabor acion-social/874415681260527/.
3. Información del Gobierno de México disponible para
consulta en la siguiente dirección electrónica:
https://files.conagua.gob.mx/conagua/generico/PNH/PHR_2021-2024_RHA_XIII_OCAVM.pdf.
4. Artículo publicado en el Semanario de la UAM, bajo el título Investigadora de la UAM aporta al rescate de la Laguna La Piedad, en Cuautitlán Izcalli, el cual puede ser consultado en la dirección: https://semanario.uam.mx/wp-content/uploads/2023/04/SemanarioUAM42ok.pd f.
5. Esta información se encuentra disponible para su
consulta en la siguiente dirección electrónica:
https://www.agua.unam.mx/assets/pdfs/eventos/Webinars_PresasyCambioClimatico/AlcocerVictor_LeccionesAprendidas.pdf.
6. Esta situación fue documentada por el periódico La Jornada en el artículo titulado Ecocidio en Axotlán, estado de México, Una laguna en peligro de muerte, cuyo autor es Agustín Escobar Ledesma, este artículo se encuentra disponible para su consulta en la siguiente dirección electrónica: https://www.jornada.com.mx/2002/11/10/mas-escobar.html.
7. Nota de Patricia Venegas publicada en el periódico El Sol de Toluca, misma que puede ser consultada en el siguiente enlace electrónico: https://oem.com.mx/elsoldetoluca/local/habitantes-de-axotlan-denuncian- obras-en-la-laguna-20867375.
8. Nota de Alejandra Reyes publicada en el periódico
La Jornada en el artículo Cuautitlán Izcalli: Habitantes logran
retirar letrinas del humedal de la laguna de Axotlán, la cual puede
ser consultada en el siguiente enlace:
https://lajornadaestadodemexico.com/cuautitlan-izcalli-habitantes-logran-retirar-letrinas-del-humedal-de-la-laguna-de-axotlan/.
9. Nota de Alejandra Reyes publicada en La Jornada, Estado de México, bajo el título: Habitantes de Axotlán denuncian a Operagua por obras clandestinas, la cual se encuentra disponible para su consulta en la siguiente dirección electrónica: https://lajornadaestadodemexico.com/habitantes-de-axotlan-denuncian-a-o peragua-por-obras-clandestinas/.
10. La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer establece en su artículo 14.2 que los Estados parte asegurarán a las mujeres el derecho a gozar de condiciones de vida adecuadas, particularmente en las esferas de [...] el abastecimiento de agua. La Convención sobre los Derechos del Niño refiere en su artículo 24.2 las obligaciones de los Estados parte para luchar contra las enfermedades y la malnutrición mediante el suministro de alimentos nutritivos adecuados y agua potable salubre.
11. Dada por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU), en la Resolución A/RES/64/292, la cual se encuentra disponible para su consulta en la siguiente dirección electrónica: https://www.un.org/en/ga/search/view_doc.asp?symbol=A/RES/64/292&La ng=S.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de abril de 2025
Diputada Xóchitl Nashielly Zagal Ramírez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE a adecuar el artículo 15 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad de Viaje, respecto a la obtención del pasaporte para mexicanos en el exterior en caso de Acta de Nacimiento extemporánea, a cargo de la diputada Nadia Yadira Sepúlveda García, del Grupo Parlamentario de Morena
La suscrita, diputada Nadia Sepúlveda García, del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración del pleno proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente al titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores flexibilizar el artículo 15 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad de Viaje, en materia de actas de nacimiento extemporáneas, al tenor de las siguientes
Consideraciones
1. El 28 de julio de 1859, el presidente Benito Juárez promulgó en Veracruz la Ley Orgánica del Registro Civil. En ese momento el Gobierno Liberal se encontraba asediado por las tropas conservadoras del General Miguel Miramón, previamente el organizador de las Leyes de Reforma Don Melchor Ocampo fue fusilado por órdenes de General Conservador Leonardo Márquez.
El ordenamiento legal no pudo entrar en vigor sino hasta 1861, cuando los liberales retornaron triunfantes a la capital.
Como antecedente tenemos que el 27 de octubre de 1851, se presentó un proyecto de Registro Civil, el cual tenía como objeto el reconocimiento de las partidas eclesiásticas.1
En el registro de nacimientos ha existido una evolución en favor de la dignidad de las personas, y por ellos han desaparecido conceptos de tipos de hijos , como en distintas épocas se registró, a saber; adoptados, legítimos, ilegítimos, naturales, o con connotaciones que se prestaban a la segregación con motivo de casta.
2. Cobertura de las Actas de Nacimiento:
Aunque el 98% de la población en México cuenta con un acta de nacimiento, todavía existen miles de niños, niñas y adolescentes que carecen de este documento por vivir en zonas rurales, comunidades indígenas alejadas o condiciones de alta marginación, informó el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) al presentar la publicación Derecho a la identidad. La cobertura del registro de nacimiento en México.2
3. Las Costumbres de los Registros de Nacimiento.
Gracias a las recientes reformas legales como la expedición de La Ley General de Operación de los Registros Civiles, se establecen las normas y principios que rigen el funcionamiento de los Registros Civiles en México (2023), los infantes son registrados el mismo día del alumbramiento o al día siguiente.
Sin embargo, hace no muchos años los infantes eran registrados unos meses después del alumbramiento e incluso años después, este fenómeno ocurría por diversas razones que van desde la omisión o irregularidades de la unión conyugal y un largo etcétera.
4. ¿Qué es un acta de nacimiento extemporánea?
Todo registro de nacimiento realizado con posterioridad al primer año en que tuvo lugar de nacimiento, se considera un registro extemporáneo. Para poder solicitar un pasaporte deberá presentar alguno de los siguientes documentos llamados, Pruebas Complementarias al Acta de Nacimiento Extemporánea :
- Copia certificada del acta de matrimonio de los padres, expedida por la oficina del registro civil mexicano, si éstos contrajeron matrimonio en territorio nacional antes del nacimiento del solicitante.
- Copia certificada del acta de nacimiento de un hermano mayor, expedida por la oficina del registro civil mexicano, siempre y cuando este haya nacido en territorio nacional y registrado dentro de los tres años posteriores al nacimiento.
- Copia certificada del acta de nacimiento del padre o madre mexicano, expedida por la oficina del registro civil mexicano, si fueron registrados dentro de los tres años posteriores al nacimiento.
- Tratándose de personas menores de 12 años, podrán presentar constancia de alumbramiento o el certificado médico de nacimiento. Para los registros anteriores a 1978, los criterios de extemporaneidad se tomarán en cuenta considerando los siguientes periodos:
Personas nacidas antes de 1931, se aceptará una extemporaneidad de hasta 50 años.
Personas nacidas entre 1931 y 1940, se aceptará una extemporaneidad de hasta 30 años.
Personas nacidas entre 1940 y 1950, se aceptará una extemporaneidad de hasta 10 años.
Personas nacidas entre 1951 y 1977, se aceptará una extemporaneidad de hasta 5 años.3
Como es de observar, son requisitos que dificultan, en grado extremo la contingente obtención de pasaporte por parte de los connacionales radicados específicamente en Norteamérica.
En las actuales circunstancias es necesario emprender acciones que faciliten a nuestros connacionales la obtención de documentos de identidad y pertenencia.
Por lo expuesto se somete a consideración de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados solicita respetuosamente al Titular de la Secretaria de Relaciones Exteriores adecuar el Artículo 15 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad de Viaje, respecto a la obtención del pasaporte, para mexicanos en el exterior, en caso de acta de nacimiento extemporánea.
Notas:
1 Conmemoración del 150 Aniversario Del Registro
Civil. Fundamentos y Reflexiones Luz María
Valdés
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3067/3.pdf
2 UNICEF,2019, Acta de nacimiento es indispensable para garantizar el cumplimiento de los derechos de niños y niñas en México, señalan INEGI y UNICEF, puede verse en https://www.unicef.org/mexico/comunicados-prensa/acta-de-nacimiento-es- indispensable-para-garantizar-el-cumplimiento-de-los
3 Consulado de México en Raleigh ,2020 ¿Qué es un acta de nacimiento extemporánea?, SRE, puede verse en https://consulmex.sre.gob.mx/raleigh/images/documentacion2016/Extempora neidad.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de abril del 2025.
Diputada Nadia Sepúlveda García (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de la CDMX a implementar las medidas necesarias para garantizar que las multas generadas por los radares y cámaras de tránsito sean notificadas a los infractores dentro del mismo mes en que se cometió la infracción, lo anterior con el propósito de evitar retrasos en su registro que impidan a los ciudadanos acceder a los descuentos aplicables al pago oportuno de dichas multas, a cargo del diputado Armando Corona Arvizu, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito diputado Armando Corona Arvizu , integrante del Grupo Parlamentario de Morena e integrante de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 numeral 1, fracción II, y numeral 2 fracciones IV, V y VI del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente al Gobierno de la Ciudad de México, a implementar las medidas necesarias para garantizar que las multas generadas por los radares y cámaras de tránsito sean notificadas a los infractores dentro del mismo mes en que se cometió la infracción, lo anterior con el propósito de evitar retrasos en su registro que impidan a los ciudadanos acceder a los descuentos aplicables al pago oportuno de dichas multas ; al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
En la Ciudad de México, los radares y cámaras de tránsito juegan un papel fundamental en la regulación de la movilidad y el cumplimiento del Reglamento de Tránsito. Sin embargo, diversos ciudadanos han manifestado que las multas generadas por estos dispositivos no aparecen reflejadas en los sistemas de consulta en tiempo y forma, lo que provoca que, en muchos casos, los infractores sean notificados hasta dos meses después de haber cometido la falta.
Este retraso en la actualización del sistema de infracciones genera diversas problemáticas, entre ellas la imposibilidad de acceder a los descuentos que el Gobierno de la Ciudad de México ofrece por el pronto pago de multas. Actualmente, de acuerdo con el Reglamento de Tránsito, los conductores pueden obtener un beneficio económico si liquidan la sanción en los primeros días posteriores a su emisión. Sin embargo, al recibir la notificación tardíamente, esta opción queda anulada, afectando la economía de los ciudadanos y vulnerando el principio de certeza jurídica.
Además, la demora en la notificación de multas puede generar acumulación de sanciones sin que el conductor tenga conocimiento oportuno de su situación, lo que puede derivar en un aumento de adeudos y, en algunos casos, en la imposibilidad de realizar trámites vehiculares sin previo pago de infracciones desconocidas hasta ese momento. Esta situación representa una carga económica significativa para los ciudadanos, especialmente para aquellos que dependen de su vehículo para trabajar o trasladarse diariamente a sus actividades.
Por otro lado, la falta de actualización oportuna en el sistema de consulta de multas afecta la confianza de los ciudadanos en las instituciones encargadas de la movilidad y la seguridad vial. Un sistema eficiente y transparente fortalece la cultura de la legalidad y la responsabilidad vial, promoviendo el respeto a las normas de tránsito y el cumplimiento oportuno de las obligaciones derivadas de las infracciones. La demora en la notificación de las multas genera incertidumbre y descontento entre los ciudadanos, quienes se ven imposibilitados de planificar adecuadamente sus gastos y compromisos financieros.
Es importante destacar que la tecnología con la que operan los radares y cámaras de tránsito permite la captura instantánea de infracciones, lo que implica que su procesamiento y notificación deberían realizarse en un plazo razonable.
La digitalización y modernización de los sistemas de gobierno deben orientarse a la eficiencia y la transparencia, evitando cualquier afectación injustificada a la ciudadanía. Implementar mecanismos que garanticen la notificación oportuna de las multas es un paso esencial para lograr una administración pública más eficiente y orientada al servicio de los ciudadanos.
Asimismo, es fundamental considerar que la notificación tardía de las multas puede derivar en el incremento de la morosidad en el pago de las infracciones, ya que los ciudadanos que no reciben la información a tiempo pueden acumular deudas sin tener conocimiento de su situación. Esto no solo afecta a los conductores, sino que también impacta en la recaudación de recursos destinados al mejoramiento de la infraestructura vial y a programas de seguridad vial en la Ciudad de México. Un sistema de notificación eficiente y oportuno contribuiría a mejorar los índices de recaudación y a garantizar que los recursos derivados de las multas se utilicen en beneficio de la comunidad.
Por todo lo anterior, es imperativo que el Gobierno de la Ciudad de México adopte medidas concretas para garantizar la notificación oportuna de las multas generadas por radares y cámaras de tránsito. Esto permitirá a los ciudadanos ejercer su derecho a pagar en los tiempos establecidos para obtener los descuentos previstos en la normatividad vigente y evitará afectaciones económicas innecesarias a los infractores. Además, contribuirá a fortalecer la confianza en las instituciones y a mejorar la eficiencia de los mecanismos de control y sanción de infracciones viales.
Punto de Acuerdo
Único.- La Cámara de Diputados solicita respetuosamente al Gobierno de la Ciudad de México, a implementar las medidas necesarias para garantizar que las multas generadas por los radares y cámaras de tránsito sean notificadas a los infractores dentro del mismo mes en que se cometió la infracción . Lo anterior, con el propósito de evitar retrasos en su registro que impidan a los ciudadanos acceder a los descuentos aplicables al pago oportuno de dichas multas.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de abril de 2025.
Diputado Armando Corona Arvizu (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a los congresos de las entidades federativas a considerar incluir y regular las figuras de policías comunitarias o similares, así como a las policías de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas de acuerdo con sus sistemas normativos internos, con la finalidad de garantizar la legalidad y la certeza jurídica de estas figuras, fortalecer la seguridad pública, fomentar la colaboración efectiva con las instituciones de seguridad estatales y contribuir a la prevención y combate de la comisión de delitos en general, a cargo de la diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, del Grupo Parlamentario de Morena
Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez , diputada a la LXVI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6 numeral 1 fracción I y artículo 79 numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea, el presente punto de acuerdo de urgente u obvia resolución por el que se solicita respetuosamente a los Congresos de las entidades federativas para que en el ámbito de sus respectivas competencias, consideren incluir y regular las figuras de policías comunitarias o similares, así como a las policías de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas de acuerdo con sus sistemas normativos internos, con la finalidad de garantizar la legalidad y la certeza jurídica de estas figuras, fortalecer la seguridad pública, fomentar la colaboración efectiva con las instituciones de seguridad estatales y contribuir a la prevención y combate de la comisión de delitos en general., bajo las siguientes
Consideraciones
México es una Nación compuesta de diversas clases sociales, culturas, órganos de gobierno, instituciones, y demás formas de organización tanto a nivel federal como a nivel local. Esta pluralidad, aunque es una de las mayores fortalezas del país, también representa un desafío significativo en términos de cohesión y equidad, pues entre las entidades federativas encontramos diferencias y necesidades que deben de ser atendidas en lo particular antes de encontrarnos en un conflicto en lo general.
Ejemplo de lo expuesto, es la seguridad ciudadana, es fundamental en el desarrollo de una sociedad. El artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su noveno párrafo establece que la Federación, las entidades federativas y sus municipios son los encargados de salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, también la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública en su artículo 2 párrafo segundo señala que el Estado es quien desarrollará las políticas en materia de prevención social, así como la implementación de programas y acciones que fomenten valores que induzcan a la seguridad pública, siendo este articulado el principal fundamento jurídico para el respeto y protección del derecho a la Seguridad Ciudadana no solo como un derecho constitucional, sino como un derecho humano.
De igual manera, cabe referir que este derecho se encuentra reconocido en instrumentos internacionales como lo es el artículo 3o de la Declaración Universal de Derechos Humanos mismo que reconoce el derecho a la vida, libertad y seguridad de toda persona, además de los artículos 5 y 7 de la Convención Americana de Derechos Humanos que establecen el derecho al respeto de la integridad física, psicológica y moral de toda persona, así como del derecho a la libertad y seguridad personal respectivamente.
De acuerdo al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, la Seguridad Ciudadana es entendida como:
... el proceso de establecer, fortalecer y proteger el orden civil democrático, eliminando las amenazas de violencia en la población y permitiendo una coexistencia segura y pacífica. Se le considera un bien público e implica la salvaguarda eficaz de los derechos humanos inherentes a la persona, especialmente el derecho a la vida, la integridad personal, la inviolabilidad del domicilio y la libertad de movimiento. 1
Como ha quedado establecido, la seguridad ciudadana es un derecho humano e indispensable para el desarrollo de otros más, sin embargo, la violencia e inseguridad limita el ejercicio pleno de derechos como la libertad personal, la integridad física y psicológica, la integración social, la recreación, el libre desarrollo de la personalidad, la libertad de asociación, entre otros.
Aunado a lo anterior, la seguridad ciudadana es un pilar fundamental para el desarrollo integral de una sociedad que incide directamente en la calidad de vida de las personas, la estabilidad social y el progreso económico, por ello es necesario emplear políticas públicas y programas sociales que tengan por objetivo el respeto y promoción de la seguridad como eje rector de la sociedad, considerando la participación que tienen nuestras policías y ministerios públicos como órganos investigadores del delito, lo anterior, derivado de que cada vez son más las personas que desconfían de las instituciones de seguridad pública tanto en su función de prevención del delito como en la persecución del mismo. A mayor abundamiento, la confianza es un papel esencial para que nuestras policías e instituciones puedan desempeñarse con efectividad, sin embargo, la percepción de la ciudadanía no es positiva debido a las cifras siguientes:
En el 2022, la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (Envipe) realizada por el INEGI estimó que por cada 100,000 habitantes, 22,587 fueron víctimas de un delito, correspondientes a 21.1 millones de personas a lo largo del país, una gran diferencia en comparación del 2023 donde fueron 21.9 millones de personas, manteniéndose de manera similar a principios del 2024; es importante mencionar que de dichas estadísticas se estimó una cifra negra, es decir, delitos que no fueron denunciados o no derivaron en la apertura de una carpeta de investigación, cifra estimada en 92.9%2 , una cifra exorbitante, por otro lado, es crucial contemplar el gasto público que tenemos como país al respecto, tan solo en el periodo 2023-2024 se tuvo un costo nacional estimado de 282 mil millones de pesos, que representan el 1.15% del PIB Nacional.
La violencia e inseguridad no deben analizarse de forma aislada, sino con base en la percepción que tiene la población, el miedo con el que vive el ciudadano representa una limitación al goce pleno de sus derechos, los cuales de acuerdo a criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son indispensables para el crecimiento económico, cultural y social de una determinada región.
Las amenazas a la seguridad son multidimensionales y afectan a diversas áreas de la vida: la económica, la social, la medioambiental, la militar, la ética y derechos humanos. Las características de estas amenazas nos hacen pensar que la búsqueda de seguridad debe ser un esfuerzo colectivo en el que todas las personas y unidades políticas deben participar 3
Cabe mencionar que existen análisis que señalan la presencia de la delincuencia organizada como uno de los principales generadores de la violencia e inseguridad en México, misma que no representa un problema en sí mismo como antes se creía, dado que esta problemática encuentra subsistencia en diversas áreas sociales que fomentan su desarrollo de manera indirecta como en el aspecto cultural 4 , ejemplo de lo anterior, es el romanticismo del narcotráfico en la industria cinematográfica y los narcocorridos de la industria musical como bien desarrolla Esther de Orduña Fernández en su estudio El Narcotraficante, entre la literatura, el cine y la mitología popular .5
Ante esta circunstancia, es importante considerar que las políticas públicas destinadas a la prevención de la problemática en comento, podrían destinarse diferenciadamente de acuerdo a las necesidades en específico de cada región y comunidad, buscando soluciones pacíficas y adecuadas dependiendo de las circunstancias en las que cada entidad federativa pudiera encontrarse.
Así, el fomento indirecto de la delincuencia organizada ha motivado un incremento considerable de delitos y de formación de grupos criminales, cada vez con más elementos, recursos materiales, inteligencia militar, incluso se presume su presencia dentro de algunos órganos de gobierno que a través de la corrupción fomentan el desarrollo de los mismos, como a la letra el autor Gabriel Rojas expone:
La corrupción es una herramienta utilizada por el crimen organizado y, al mismo tiempo, un promotor de su presencia. Por un lado, las organizaciones criminales utilizan prácticas de corrupción como el soborno, la extorsión y el tráfico de influencias para obtener beneficios de funcionarios públicos .6
Otro elemento para la aparición de grupos criminales es la impunidad, que ha incentivado de manera importante su desarrollo, permitiéndoles tener presencia inclusive a nivel federal7, 8 . De igual manera, existen organizaciones delictivas que han sido señaladas por operar de manera regional según lo indica el cartel de mapa regionales presentado por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Michoacán y elaborado por la Secretaría de Densa Nacional, la Secretaría de Marina y la SSPC *******[9] , dentro de los cuales se señalan al Cártel de Sinaloa; el Cártel de Jalisco Nueva Generación y Los Zetas; El Cártel Independiente de Acapulco, los Rojos, Guerreros Unidos, todos con presencia en Guerrero; El Cártel de Oaxaca en Oaxaca; La Barredora en Tabasco; Pura Gente Nueva-Zetas Vieja Escuela (PGN-ZVE), Fuerza Especial Grupo Sombra (FEGS), ambos en Veracruz; entre otros.
Ante esta problemática, diversos grupos de participación ciudadana se han organizado tomando medidas contra esa problemática, pues como se ha multicitado en este preámbulo, existe una gran desconfianza por parte de los ciudadanos hacia algunas instituciones de seguridad pública.
De forma enunciativa más no limitativa se describe de manera general la presencia de algunos grupos de participación ciudadana que se han organizado pretendiendo asegurar la integridad económica y social de su región, dentro de los cuales se mencionan los siguientes, según la entidad federativa:
a) Guerrero
Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias-Policía Comunitaria (CRAC-PC)
Unión de Pueblos y Organizaciones del Estado de Guerrero (UPOEG)
Frente Unido para la Seguridad y el Desarrollo del Estado de Guerrero (FUSDEG)
b) Michoacán
Policía Comunitaria de Cherán
Pueblos Unidos
Policía Comunitaria de Coalcomán, Aguililla, Aquila y Yuruécaro
c) Chiapas
Grupos de autodefensa en Altamirano y Chenalhó
Fuerza de reacción inmediata Pakal (FRIP)
Autodefensa Pantelhó
Fuerzas Armadas de Simojovel
d) Tamaulipas
Columna Cívica Pedro José Méndez
e) Morelos
Policía comunitaria de los municipios de Huazulco y Chivatero
Guardias comunitarios en la Región de los Altos de Morelos (Yecapixtla, Cuautla, Zacualpan de Amilpas, Jantetelco, Temoac, etc.)
f) Veracruz
Frente Nacional de Autodefensas en Xalapa, Minatitlán, las Choapas, Veracruz puerto, Cosamaloapan, región de los tuxtlas y Cardel
g) Tabasco
Organización de Movilización Indígena A.C.
h) Oaxaca
Mujeres autodefensas de Oaxaca
Topiles
i) San Luis Potosí
Defensa Rural de San Luis Potosí
Esta solo es una descripción general sobre la presencia de grupos organizados por la ciudadanía a lo largo de la República en respuesta a los índices de inseguridad en las regiones descritas, esto no excluye la creación y formación de otras organizaciones de este tipo, como respuesta a los índices de violencia expuestos.
Encontramos antecedentes de cooperación mutua de estas organizaciones de la sociedad civil con los cuerpos de guardia civil y el gobierno, ambos en Michoacán, a través del acuerdo de Tepalcatepec, en el cual, el poder ejecutivo del Estado pretendió incorporar a las autodefensas de Michoacán con los Cuerpos de Defensa Rurales (CDR), con la intención de regular en la normatividad local la participación y existencia de estos grupos civiles.
La mayoría de estas organizaciones buscan una cooperación coordinada con la Secretaría de Seguridad Ciudadana y en la mayoría de los casos se han tenido buenos resultados, a pesar de la negativa de muchos gobiernos a cooperar formalmente, como lo expresa el Frente Nacional de autodefensas en Veracruz, que a la letra expresan:
Seguimos invitando a la sociedad a que se sume a las filas del Frente Nacional de Autodefensas (...) En su momento pedimos al Gobierno federal que las autodefensas participáramos en la Guardia Nacional para que fuera un movimiento civil, pero no se logró .10
Existe una necesidad de la sociedad para participar a favor de la seguridad ciudadana, si bien es cierto que nuestras instituciones de seguridad pública son las únicas facultadas por la ley para realizar la detención y puesta a disposición correspondiente, los ciudadanos en estricto apego a sus derechos han buscado asociarse en organizaciones a favor de la promoción de la seguridad ciudadana y la prevención del delito sobre todo en comunidades rurales, sabiendo que:
La seguridad ciudadana no es solo la protección física del individuo, sino la convivencia pacífica entre las personas .11
La idea del establecimiento y reconocimiento de policías comunitarias tiene muchas ventajas, entre las principales es la confianza que hay por parte los locales, misma que es imprescindible en la investigación y prevención de los delitos, circunstancia que no solo es valorada en México, sino también en otros países como en Estados Unidos, donde estudios exponen que la obtención de información por parte de los locales es crucial para garantizar la seguridad pública, y esta solo puede lograrse a través de la confianza12 . Entendiendo que la seguridad ciudadana debe ser abordada desde una perspectiva integral que combine la prevención del delito, la protección de los derechos humanos y la promoción de políticas públicas que incluyan las necesidades de cada región, lo que implica no solo fortalecer las capacidades de las instituciones de seguridad, sino el fomento de la participación ciudadana y la rendición de cuentas.
Uno de los grupos más vulnerables frente a la delincuencia organizada es el de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, quienes no solamente se encuentran con problemáticas de discriminación por parte de la sociedad, sino también son excluidos por parte de nuestras instituciones de seguridad pública, pues es bien sabido que tanto las personas indígenas como afromexicanas no cuentan con la atención necesaria para atender todas sus problemáticas que por discriminación racial existen, como bien lo señala el Programa de Asistencia contra el Crimen Transnacional Organizado (EL PAcCTO):
La violación de los derechos humanos es una problemática entre las comunidades indígenas y afrodescendientes. Un ejemplo son los asesinatos a líderes, la impunidad y la violencia de género hacia las indígenas que son discriminadas por ser mujeres, pobres e indígenas . Esto las hace más vulnerables y con más posibilidades de caer en las redes de trata y tráfico de personas, así como la violencia de género .13
Es fundamental considerar que el Convenio 169 de la OIT aprobado y ratificado el 11 de Julio de 1990 por la Cámara de Senadores de este H. Congreso de la Unión mismo que respalda la aspiración de nuestros pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas a asumir el control de sus propias instituciones y formas de vida, su propio desarrollo económico y a mantener y fortalecer sus identidades, lenguas y religiones, siempre y cuando se mantengan al marco constitucional de los Estados en los que viven, es importante considerar la contribución de nuestros pueblos y comunidades en comento a la diversidad cultural, a la armonía social y ecológica no solo para nuestra Nación, sino para la humanidad en general.
Nuestros pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas mantienen territorio protegido y reconocido por el Estado mexicano, sabiendo que estas tierras tienen una amplia gama de recursos naturales y elementos geográficos que el crimen organizado ha usado para su provecho bajo la fuerza y la violencia14 ; inclusive, se han tenido registros en diversas partes de la República Mexicana del reclutamiento de menores de edad para formar parte de estos grupos delictivos15 , situación que evidencia que existen tareas pendientes para garantizar el principio internacional y constitucional del interés superior de niñas, niños y adolescentes, tomando las medidas necesarias que prioricen las vulneraciones de los mismos, los cuales deben ser visualizados como víctimas de la violencia e inseguridad en su entorno y no como responsables de la misma en caso de encontrarse en una situación delictiva.
En ese orden de ideas, el artículo 2 apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce los derechos de los pueblos y comunidades indígenas a la libre determinación, comprendiendo este derecho como la facultad de decidir e integrar sus propios sistemas normativos, los cuales incluyen la elección sus propias autoridades, formas internas de gobierno, de convivencia y organización social, económica, política y social.
Ante esta situación, los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas han optado por establecer policías comunitarias y organizaciones civiles que ayuden en tareas de seguridad, pues solo las localidades pueden saber de manera eficiente sobre las necesidades que se tienen de acuerdo a la región; siendo importante considerar que las zonas rurales; en las cuales la mayoría de las comunidades indígenas reconocidas se encuentran establecidas; están apartadas de la infraestructura y tecnología necesaria para dar una adecuada atención como víctimas de un posible delito, considerando la falta de comunicación y muchas veces aislamiento, siendo aún más susceptibles a la violación de sus derechos humanos.
Actualmente existen diversos ejemplos de policías locales que se han encargado de velar por los intereses de las comunidades indígenas, como lo son los Topiles en Oaxaca, quienes en conjunto con gobierno estatal, se han organizado y colaborado en diversos programas sociales como lo es Topiles por la Paz , programa que fomenta la cooperación entre las comunidades y el gobierno para una mejor participación social en la búsqueda de la paz y la seguridad de la población.
Esta cooperación se ha materializado a partir de diversos ejes, pues el Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública en Oaxaca ha implementado el curso denominado cultura de la Legalidad y Detención Ciudadana, con el objetivo de capacitar a los Topiles o policías comunitarias en el buen actuar respecto a la detención y respeto a los Derechos Humanos, cuestión que ha fortalecido considerablemente la confianza de la localidad en sus autoridades y nuestro marco Constitucional.16
El estado de Guerrero es otro ejemplo de reconocimiento a la problemática que puede representar la violencia y la inseguridad en el país, pero sobre todo, sus implementaciones y estrategias públicas han reconocido la vulnerabilidad en la que los pueblos y las comunidades indígenas pueden estar, dicho lo cual, ha reconocido en su Ley 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura Indígena la existencia de la policía comunitaria, como una de las autoridades estructuradas por parte de los sistemas normativos de las comunidades indígenas, las cuales han jugado un papel fundamental en la lucha contra el crimen organizado en dicha región.
Topiles por la Paz , los acuerdos de Tepalcatepec y la Ley 701 , podrían ser el comienzo de la regulación de las policías comunitarias o similares y de las organizaciones civiles que buscan la cooperación con el gobierno federal y estatal en aras de salvaguardar el derecho de la sociedad a la Seguridad Ciudadana, pero en lo particular, de salvaguardar la integridad de los grupos más vulnerables frente a esta problemática, como lo son nuestros pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, siendo que son los primeros en sufrir el daño provocado por la violencia e inseguridad, que se radicaliza principalmente en lugares rurales y aislados de la urbanidad, amenazando los poblados cercanos a su estancia que mayoritariamente son nuestros pueblos indígenas.17
El fundamento jurídico para la implementación de los programas que regulen e incluyan a las policías comunitarias, así como su coordinación con los elementos policiales de cada entidad federativa lo encontramos en el artículo 2 apartado B de nuestra Constitución, que a la letra señala:
La Federación, las entidades federativas, los Municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, deberán establecer las instituciones y determinar las políticas públicas que garanticen el ejercicio efectivo de los derechos de los pueblos indígenas y su desarrollo integral, intercultural y sostenible, las cuales deben ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos .
El compromiso radica en la promoción, el respeto, la protección y garantía de los derechos humanos, mismos que solo pueden garantizarse mediante la certeza jurídica, pues en un Estado de Derecho la legalidad es esencial para su subsistencia, la responsabilidad forma parte de la regulación que debe haber entre las organizaciones civiles y la sociedad en aras de participar en el fortalecimiento de la seguridad ciudadana, las policías comunitarias o similares ya se encuentran operando y es crucial que las entidades federativas en las que mantienen presencia regulen su actuar y formación, considerando además que los grupos civiles no reconocidos y que operan de manera informal representan un mayor perjuicio que beneficio en el ámbito de la legalidad.
Con base en lo anteriormente expuesto y fundado, la suscrita presenta ante esta soberanía los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión solicita respetuosamente a los Congresos de las Entidades Federativas para que en el ámbito de sus respectivas competencias, consideren incluir y regular las figuras de policías comunitarias o similares, así como a las policías de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas de acuerdo con sus sistemas normativos internos, con la finalidad de garantizar la legalidad y la certeza jurídica de estas figuras, fortalecer la seguridad pública, fomentar la colaboración efectiva con las instituciones de seguridad estatales y contribuir a la prevención y combate de la comisión de delitos en general.
Segundo.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión solicita respetuosamente a los Congresos de las Entidades Federativas que dispongan de las figuras expuestas en el anterior resolutivo, considerar la capacitación que deben recibir las mismas en materia de procedimientos de detención y el respeto irrestricto a los derechos humanos, asegurando que su actuación se alinee tanto con las normas comunitarias como con los estándares jurídicos nacionales e internacionales.
Notas:
1. https://www.undp.org/es/publicaciones/sinopsis-seguridad-ciudadana#:~:text=La%20seguridad%
20ciudadana%20es%20el,una%20coexistencia%20segura%20y%20pac%C3%ADfica.
2. https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2024/ENVIPE/ ENVIPE_24.pdf Pag. 5
3. https://www.corteidh.or.cr/tablas/r26029.pdf
4. https://www.infobae.com/mexico/2024/08/17/narcocultura-y-coercion-social-las-herramientas
-del-crimen-organizado-para-someter-comunidades-enteras/
5. file:///C:/Users/Escaner/Downloads/37680.pdf
6. https://contralacorrupcion.mx/se-puede-hablar-de-corrupcion-sin-incluir-al-crimen-organizado/
#:~:text=La%20corrupci%C3%B3n%20es%20una%20herramienta,obtener%20beneficios%20de%
20funcionarios%20p%C3%BAblicos.
7. https://www.aa.com.tr/es/mundo/-cu%C3%A1les-son-los-principales-carteles-del-narcotr%C3%A1fico
-en-m%C3%A9xico-/1625319
8. https://www.aa.com.tr/es/mundo/-cu%C3%A1les-son-los-principales-carteles-del-narcotr%C3%A1fico
-en-m%C3%A9xico-/1625319
9. https://www.infobae.com/mexico/2025/01/01/como-queda-el-mapa-del-narco- en-mexico-al-cierre-de-2024/
10. https://www.eluniversal.com.mx/estados/siete-grupos-de-autodefensas-ope ran-en-veracruz-david-villalobos/
11. https://www.undp.org/es/publicaciones/sinopsis-seguridad-ciudadana
12. https://www.dittotranscripts.com/blog/the-undeniable-benefits-of-commun ity-policing/
13. https://elpaccto.eu/?news=la-invisibilidad-de-las-comunidades-indigena-y-la-violencia-de-genero#
:~:text=Los%20derechos%20humanos%20y%20la,silenciadas%20por%20los%20grupos%20criminales
14. https://revistas.flacsoandes.edu.ec/urvio/article/view/6266/4894
15. https://investigaciones.derechosinfancia.org.mx/wp-content/uploads/2023/03/
Reportaje-reclutamiento-ilicito-otra-fuente_compressed-1-2.pdf
16. https://www.oaxaca.gob.mx/comunicacion/con-el-programa-topiles-por-la-paz-se-dignifica-la
-labor-policial-y-se-fortalece-la-seguridad-en-oaxaca/
17. https://rimisp.org/wp-content/files_mf/1566234853OriginalWorkingPaper_V iolenciaenmunicipiosrurales.pdf
Dado en el palacio legislativo de San lázaro, a 1 de abril de 2025.
Diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a evaluar la viabilidad de declarar la ampliación del Programa de Apoyo a las Familias de Niñas y Niños con Cáncer sin Seguridad Social, para incluir a las niñas y niños de enfermedades autoinmunes y raras, a cargo de la diputada Alma Marina Vitela Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, Alma Marina Vitela Rodríguez, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral I, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, y demás aplicables al Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El 4 de marzo de 2025, en la conferencia matutina encabezada por la presidenta de México, en Palacio Nacional fue anunciado el Programa de apoyo a las familias de niños y niñas con cáncer, sin seguridad social. Fue el subsecretario de Servicios de Atención Médica, Eduardo Clark, quien detalló las características del programa enfocado a entregar de manera directa a través del Banco de Bienestar la cantidad de 6 mil 400 pesos bimestrales en beneficio de 3 mil madres, padres, tutores de infantes con este padecimiento que son atendidos en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), o en los Institutos Nacionales de Salud1 .
Aunado a este apoyo, se anunciaron diversas acciones para la atención integral del abasto de medicamentos contra el cáncer infantil.
Algunas de las situaciones que enfrentan las infancias con cáncer es el difícil acceso para llegar al hospital en donde reciben tratamiento, ya que varios residen en el interior del país y en zonas rurales, además de que en ocasiones tarda hasta ocho meses en tratamiento.
Por ello, en este contexto, y en tanto que con el programa los hospitales del IMSS Bienestar y los Institutos Nacionales de Salud generarán un padrón hospitalario de las niñas y los niños que son atendidos para conocer su tipo de padecimiento, estatus de tratamiento y medicamentos, considero importante incluir a las infancias con trastornos autoinmunes y enfermedades raras, debido a que ellas y ellos también enfrentan problemáticas similares: condiciones difíciles para su salud y un manejo complicado para sus familiares, diagnósticos tardados, medicamentos difíciles de conseguir y gastos extras por traslados o permanencias en espera de recibir atención médica.
En México, las enfermedades autoinmunes en niñas y niños pueden incluir el lupus, la diabetes mellitus tipo 1, la artritis idiopática, la psoriasis, entre otras.
En el caso de la hepatitis autoinmune, es frecuente que se presente en niñas y niños en edad escolar.
En el caso del lupus, afecta más a niñas y niños más que a los adultos, y se puede ver en la piel, las articulaciones y los principales órganos internos, como los riñones, el hígado, el cerebro, el corazón, o los pulmones.2
Vivir con una enfermedad autoinmune, durante la infancia y la adolescencia muchas veces se convierte en un obstáculo en tanto afecta su vida social, la escuela y las actividades3 , y sobre todo, su autoestima.
Las infancias con un trastorno autoinmune necesitan el apoyo médico, en el hogar, y un apoyo emocional; algunas asociaciones4 , han dedicado parte de su vida a revelar cifras cuando no existen y gestionar atención médica pronta, sin que sea una garantía de atención.5
Las enfermedades autoinmunes, son enfermedades en las que el sistema inmunitario ataca por error a las células sanas del cuerpo6 , de ahí la razón por la que se necesita un diagnóstico adecuado, correcto y a tiempo.
En la actualidad, no hay tratamiento que cure las enfermedades autoinmunes, el tratamiento solo se basa en controlar la respuesta inmune hiperactiva y reducir la inflamación o el dolor, dependiendo de la enfermedad.
Los gastos médicos para su atención, se incrementan cuando además de los padecimientos de la enfermedad, se debe pagar medicinas o atención médica privada para obtener un diagnóstico correcto y cuando se tiene el diagnóstico los medicamentos no están disponibles. Un testimonio, da cuenta que un paciente puede invertir de 15 mil a 25 mil pesos mensuales en medicamentos, eso dependerá de la etapa del lupus, si está activo o agresivo las dosis son altas. Por ejemplo, el ácido micofenólico o micofenolato, un medicamento inmunosupresor, tiene un costo por caja de cuatro mil hasta seis mil pesos, con 50 tabletas, y una persona en estado crítico toma seis tabletas al día, a las que se agregan otros fármacos.7
Para el caso de las y los niños, el lupus pediátrico afecta cuatro veces más a las niñas que a los niños y los primeros síntomas suelen presentarse con mayor frecuencia durante la pubertad, con una edad de inicio promedio de 12 años.8
Por otra parte, la artritis idiopática juvenil, es una enfermedad autoinmune, considerada popularmente como una enfermedad del adulto mayor, es una afección de graves consecuencias, y se presenta de 16 a 150 casos por cada 100 mil personas, incluyendo niños y adolescentes. Incluso, se estima que cada año se presentan 20 nuevos casos por cada cien mil niños menores de 16 años de edad9 .
En el caso de las enfermedades raras, son aquellas que se presentan en menos de cinco personas por cada 10 mil habitantes y existen más de siete mil enfermedades. En México se reconocen 20 enfermedades raras, entre ellas el Síndrome de Turner, Enfermedad de Pompe, Hemofilia, Espina Bífida, Fibrosis Quística, entre otras.10
De acuerdo con Acta pediátrica, Órgano Oficial del Instituto Nacional de Pediatría (INP), las enfermedades raras tienen altas tasas de mortalidad con evolución crónica muy severa y múltiples deficiencias motoras, sensoriales y cognitivas. Este Instituto, ha documentado que aproximadamente 50% (de las enfermedades raras) aparece en la edad pediátrica pero la mayor prevalencia es en adultos debido a la excesiva mortalidad de algunas enfermedades infantiles: 30% de los niños con este tipo de enfermedades fallece antes de los 5 años y en 35% de los casos son responsables de las muertes antes del año de edad.11
Tanto las enfermedades autoinmunes y raras son en detrimento de la condición de salud de niño o niña que la padece, de la familia que le apoya para intentar brindar una mejor condición de salud y de vida, por lo que es necesario voltear a verlos y apoyarlos.
Garantizar su derecho a la salud y su atención, comienza por reconocer las dificultades que enfrentan enfermo y familia; al igual que las infancias con cáncer, las y los niños con enfermedades autoinmunes y raras estarán apoyados si lograran ser considerados como beneficiarios del programa que se anunció a inicio del mes de marzo y tiene como denominación Programa de Apoyo a las Familias de Niñas y Niños con Cáncer, sin Seguridad Social.
Punto de Acuerdo
Único.- La Honorable Cámara de Diputados solicita respetuosamente al titular de la Secretaría de Salud, para que se evalúe la viabilidad de declarar la ampliación del Programa de Apoyo a las Familias de Niñas y Niños con Cáncer, sin Seguridad Social, para incluir a las niñas y niños de enfermedades autoinmunes y raras.
Notas:
1. https://www.gob.mx/salud/prensa/042-secretaria-de-salud-anuncia-programa-de-apoyo-a-las-familias
-de-ninas-y-ninos-con-cancer-sin-seguridad-social-se-otorgaran-6-mil-400-pesos-bimestrales#
:~:text=El%20Gobierno%20de%20M%C3%A9xico%2C%20a,padecimiento%20que%20son%20atendidos%20en
2. https://www.lupus.org/es/resources/el-lupus-y-ninos#:~:text=El%20lupus%20es%20una%20enfermedad,
que%20est%C3%A1n%20hechos%20los%20%C3%B3rganos).
3. https://www.bannerhealth.com/es/healthcareblog/teach-me/autoimmune-dise ases-that-can-develop-in-adolescence
4. https://fumeni.org.mx/senales-de-alerta/
5. https://unamglobal.unam.mx/global_revista/enfermedades-autoinmunes-avan ces-su-tratamiento/
7. https://oem.com.mx/elsoldemexico/mexico/historias-de-hospitales-errores -administrativos-dejan-a-ingrid-sin-tratamiento-para-el-lupus-16704826
8. https://enfermedadesraras.liigh.unam.mx/?p=381
9. https://www.gob.mx/salud/articulos/la-artritis-tambien-afecta-a-ninos-y -adolescentes
10. https://www.gob.mx/salud/articulos/que-son-las-enfermedades-raras-19328 0
11. https://actapediatrica.org.mx/article/enfermedades-raras/
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a 1 de abril de 2025.
Diputada Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SE a valorar la actualización del Tratado de Libre Comercio con Centroamérica, a cargo de la diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra, del Grupo Parlamentario de Morena
La suscrita, diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de la honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a la Secretaría de Economía, a valorar la actualización del Tratado de Libre Comercio con Centroamérica, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Objeto
El presente punto de acuerdo tiene como objetivo hacer un respetuoso llamado a la Secretaría de Economía para valorar la actualización del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, para acrecentar el valor de las hoy fructíferas relaciones comerciales en la región, mediante la inclusión de disposiciones en materia de infraestructura que facilite el transporte marítimo terrestre, la supervisión de aduanas y aspectos de migración, migración laboral y capacitación para el trabajo.
De la importancia de la cooperación internacional y los tratados comerciales
Los países centroamericanos comparten condiciones naturales similares y procesos históricos vinculados. Desde la presencia de culturas prehispánicas hasta los movimientos migratorios actuales, los países de la región tienen retos y problemáticas similares que han requerido la elaboración de políticas comunes, una de ellas es la de lograr el desarrollo económico de la región de manera conjunta y equilibrada como parte de la solución a sus problemas conjuntos, por ello la creación de un bloque comercial centroamericano, desde su inicios, constituye un paso importante para lograr ese objetivo de desarrollo común.
Para México es importante consolidar la región, principalmente para las entidades federativas del sur del país, pues son los vecinos naturales con los que se comparten tanto frontera como cultura, tradición, condiciones económicas, condiciones naturales y de biodiversidad, así como corredores económicos y comerciales con flujo constante de mercancías.
Más aún, hoy con los proyectos regionales estratégicos en marcha como son el Tren Maya, la refinería de Dos Bocas y el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec como parte de los Polos de Desarrollo del Bienestar, que permitirá el establecimiento de parques industriales y el movimiento interoceánico de mercancías en la región sur de México.
Gracias a ello, poco a poco, la economía de la región ha comenzado a potenciar su crecimiento económico, lo que abre nuevas oportunidades para fortalecer los ya existentes y fructíferos lazos culturales y económicos con las Naciones de la región sur.
En ese sentido, se hace cada vez más necesario integrar en las cadenas de valor temas novedosos que permitan mejorar la competitividad del comercio en la región frente al mercado global.
De manera que no basta contar con un instrumento internacional que permita el intercambio comercial si este se mantiene rezagado frente al presente y futuro, ya que de forma indirecta se limita el potencial del propio acuerdo, lo que al mismo tiempo limita la capacidad económica de los países firmantes en perjuicio de una integración productiva que derive en la generación de bloques económicos fuertes, tal y como sucedió en un inicio con la Unión Europea.
A pesar de que México tiene una amplia y larga historia de cooperación económica con otros países y que parte de sus esfuerzos internacionales se han dirigido en el sentido de detonar una mayor integración con naciones aliadas, como es el caso del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) o la Alianza del Pacífico, esta última, que constituye un esfuerzo sin precedentes para dotar a Chile, Colombia, Perú y México -cuatro de las economías más fuertes de Latinoamérica- de un marco jurídico común que les permita integrar objetivos primordialmente económicos, pero también políticos y de cooperación para permitir un avance progresivo de la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas.1
En tales circunstancias, se estima pertinente aprovechar el momento económico que la región está viviendo para ir más allá y actualizar el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, firmado el 22 de noviembre de 2011 y en vigor desde el 1o de septiembre de 20122 , toda vez que el mismo lleva más de una década sin ser revisado y actualizado, a pesar de los importantes cambios que ha enfrentado la región, así como del desarrollo de nuevos retos comunes en nuestras fronteras.
TLC de Centroamérica, sus antecedentes
Este documento internacional constituye el principal instrumento multilateral que ha coadyuvado al desarrollo de las relaciones comerciales entre los Estados firmantes, consolidándose como el resultado de la unificación de los Tratados que el Estado mexicano había celebrado de manera particular con las partes centroamericanas en los años noventa.
Sin embargo, ante el avance del Mercado Común Centroamericano y tras los acuerdos comerciales con América del Norte, México tuvo la oportunidad de dinamizar y expandir los mercados internacionales a la vez de revitalizar y afianzar sus relaciones internacionales con sus pares centroamericanos, los que, además, poseían la cualidad de tener una historia económica y social similar3 , además de compartir determinadas agendas por su vecindad geográfica.
Ello resulta evidente en los indicadores de inversión extranjera de salida, que entre 1990 y 2000 se multiplicaron un 209.6%, siendo que en 1990 la inversión mexicana en el extranjero ascendía a 2.672 millones de dólares, y para el año 2000 aumentó a 8.273 millones de dólares.4
Como se muestra en la gráfica anterior, la creciente inversión extranjera de salida a partir del año 2000 permitió que empresas mexicanas que tenían un mercado nacional consolidado, expandieran sus capitales financieros a regiones como Centroamérica, cuyos stocks representaban el 1.5% del mercado mexicano.
Durante este periodo los flujos de inversión favorecieron a empresas mexicanas especializadas en sectores como la construcción, las telecomunicaciones o la industria alimentaria. Destacando los casos de: CEMEX, Grupo Vitro, FEMSA, América Móvil, Grupo Bimbo, Grupo GRUMA, Televisa y Grupo México.5
TLC de Centroamérica, hoy
Asimismo, un nuevo enfoque en la política exterior, permitió que además del crecimiento económico, México optara por incluir en la renovación de dicho tratado económico elementos como el cuidado al medio ambiente, la inclusión o el progreso social por mencionar algunos aspectos, direccionando su política exterior al concepto de desarrollo humano sostenible .6
En ese esfuerzo, el Estado mexicano desplegó su interés en la innovación, actualización y homologación de un Tratado de Libre Comercio con la región centroamericana, en el cual, se plasmaran las preocupaciones de las partes, de tal manera que en su primera modernización se agregaron temas vinculados con: los compromisos de los acuerdos previos en el tema de comercio de bienes, contratación pública, inversión, comercio de servicios, comercio electrónico, propiedad intelectual, administración del tratado y mecanismos de solución de controversias.7
De esta forma, el Tratado México-Centroamérica contiene una serie de principios y acuerdos que se han adaptado a un contexto internacional caracterizado por la globalización y el intercambio comercial entre los proveedores y usuarios de los servicios e inversiones, mismo que se ha visto potenciado gracias a la desgravación de aranceles a diversos productos conforme a los principios enmarcados en el Acuerdo General de Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT, por sus siglas en inglés).
Tratado que desde1995 y hasta 2017 permitió que las exportaciones de Centroamérica a México crecieran a un ritmo de 8.4% anual, mientras que las importaciones de México aumentaron a un ritmo de 10.6% anual8 ; al mismo tiempo que se incentivó la Inversión Extranjera Directa mexicana en territorio centroamericano, que de acuerdo a datos de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) asciende a un 5.6%9 ; misma que durante el periodo comprendido entre 1999-2017 sumó un total de 898 millones de dólares10 ; distribuida de la siguiente manera:
TLC de Centroamérica, áreas de oportunidad para su modernización
Infraestructura que facilite el transporte marítimo-terrestre
Con la cada vez más grande demanda de mercancías provenientes del extranjero, las rutas comerciales han visto probados sus límites, así como los retos logísticos que conlleva un error en la cadena de suministro o problemas en las principales rutas marítimas.
Ante tales desafíos, el establecimiento de nuevas rutas comerciales es un asunto primordial para quienes buscan acrecentar su influencia global, así como desarrollar una economía de servicios portuarios para acortar los tiempos y distancias a las que se sujetan hoy por día las mercancías internacionales.
En ese sentido, la conectividad intermodal que ofrece el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, es única en la región, ya que representa una alternativa para mover en menor tiempo las mercancías provenientes de Asia a la región Este de los Estados Unidos y Europa frente a los cada vez mayores tiempos de espera del saturado Canal de Panamá.
Intermodalidad que combinada con el desarrollo de parques industriales en el Sur de México, como parte de la estrategia de Polos de Desarrollo del Bienestar, tiene el potencial de simplificar en gran medida el comercio de América, al reducir costos y tiempos de transporte de mercancías gracias a la ubicación geográfica de estos nuevos desarrollos industriales.
Razón por la cual, se hace necesario unir esfuerzos en la región centroamericana, para fomentar un crecimiento sostenido que complemente las disposiciones comerciales ya existentes, aprovechando la infraestructura de México, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua para fortalecer nuestras economías mediante la producción local de bienes y servicios, dándole mayor competitividad a lo que ahora se produce y comercializa mediante los acuerdos vigentes.
Supervisión de aduanas y cooperación aduanera
Parte importante de este puente económico interoceánico, deriva del establecimiento de reglas claras y consensadas entre los actuales miembros del tratado comercial entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua para el buen desarrollo de nuevas formas de comercio, sin embargo, uno de los grandes pendientes de la región tiene que ver con la correcta supervisión de nuestras fronteras, puertos y aduanas, lo que hoy por hoy representa uno de los temas principales de la agenda común centroamericana y que, sin lugar a dudas no puede verse como ajena a los aspectos económicos de la región.
En tales circunstancias, se requiere de un esfuerzo internacional conjunto entre las naciones que integran el TLC de Centroamérica para afrontar de forma simultánea y coordinada males como el contrabando y la porosidad fiscal en la región, para dar certeza a las empresas que invierten en nuestros países, ordenando la supervisión y en última instancia facilitando el comercio entre naciones, para evitar prácticas desleales de comercio internacional, particularmente con productos provenientes de Asia.
Migración, migración laboral y capacitación para el trabajo
De la misma forma que con el punto anterior, se estima pertinente analizar el fenómeno migratorio de la zona desde una óptica económica, que permita repensar los retos que actualmente enfrentamos en la materia, para desarrollar estrategias comunes de control migratorio, movilidad humana y en general el desarrollo local de la fuerza productiva humana en cada uno de los países que integran dicho tratado comercial.
Ello, para que, de la misma forma que con la alianza del Pacífico, se exploren alternativas como la derivada de la Declaración de Lima de 201111 , que facilita el movimiento de personas de negocios y facilitación para el tránsito migratorio (...) servicios y capitales encaminado a una libre circulación de personas entre los países firmantes.
Destacando que en la actualidad, la circulación de personas entre México, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, ya ocurre de una forma poco ordenada debido a la ausencia de reglas especiales que atiendan la realidad de la zona y se enfoquen en una solución común que permita integrar nuestros lazos de una manera más productiva, enfocada en la capacitación para el trabajo, los permisos laborales para aprovechar el crecimiento en las zonas industriales de la zona sur de México, y que sienten las bases para en última instancia, buscar un arreglo migratorio que se enfoque en los aspectos no económicos de los países firmantes.
Por todo lo anterior, someto a consideración de esta soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría de Economía, a valorar la actualización del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, para acrecentar el valor de las hoy fructíferas relaciones comerciales en la región, mediante la inclusión de disposiciones en materia de infraestructura que facilite el transporte marítimo terrestre, la supervisión de aduanas y aspectos de migración, migración laboral y capacitación para el trabajo, así como a informar de las acciones emprendidas en la materia.
Notas:
1. Disponible en: https://alianzapacifico.net/que-es-la-alianza/ última fecha de consulta: 10 de marzo de 2025.
2. Disponible en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/224505/2.4.6_Mx-Centroam _rica.pdf última fecha de consulta: 10 de marzo de 2025.
3. Aderak Quintana Estrada. Acuerdo Comercial entre México y Centroámerica. Observatorio del Desarrollo. p. 26. Disponible en: https://estudiosdeldesarrollo.mx/observatoriodeldesarrollo/wp-content/u ploads/2019/05/OD1-6.pdf última fecha de consulta: 10 de marzo de 2025.
4. Martha Cordero Sánchez. La inversión mexicana en Centroamérica. Comisión Económica para América Latina y el Caribe. 2019. p. 24. Consultado en:
https://repositorio.cepal.org/server/api/core/bitstreams /2f9376c7-a42c-4b23-a01c-01332a96fbd5/content última fecha de consulta: 10 de marzo de 2025.
5. Ídem
6. Centro de Estudios de Finanzas Públicas. Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012. Cámara de Diputados. LX Legislatura. p. 26. Disponible en: https://cefp.gob.mx/intr/edocumentos/pdf/cefp/cefp0962007.pdf última fecha de consulta: 10 de marzo de 2025.
7. Martha Cordero. Relaciones comerciales entre México y Centroamérica. Comisión Económica para América Latina y el Caribe. 2019. p. 15. Disponible en: https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/44347/4/S1900018_e s.pdf última fecha de consulta: 10 de marzo de 2025.
8. Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública.
Tratados de libre comercio ratificados por México en Centroamérica, a
propósito de la migración hacia Estados Unidos. Disponible en:
https://portalhcd.diputados.gob.mx/PortalWeb/Micrositios/9e04074d-872c-48db-9834-9c5d8263d315.pdf última fecha de consulta: 10 de marzo de
2025.
9. Óp. cit. Martha Cordero
10. Ídem
11. Disponible en: https://alianzapacifico.net/download/declaracion-de-lima-abril-28-de-20 11/ última fecha de consulta: 10 de marzo de 2025.
Salón de sesiones del recinto Legislativo de San Lázaro, a 1 de abril de 2025
Diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra (rúbrica)