Gaceta Parlamentaria, año XXVII, número 6633-I-5, miércoles 9 de octubre de 2024
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de protección a defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea iniciativa al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Los derechos humanos son el eje fundamental para realizar cualquier acción de gobierno. Desde el año 2011, el cambio de paradigma que se llevó a cabo en nuestro país, ha obligado a todas las autoridades de todos los órdenes de gobierno a llevar a cabo sus actuaciones bajo un nuevo esquema, donde los derechos humanos estén en el centro de su toma de decisiones.
Los derechos humanos son facultades, prerrogativas, intereses y bienes de carácter civil, político, económico, social, cultural, psíquico, personal e íntimo, que posee el ser humano, y que se reconocen en instrumentos jurídicos nacionales e internacionales. La importancia de los derechos humanos radica en que su finalidad es proteger la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la integridad de cada persona frente a la autoridad. Se fundamentan en el reconocimiento de que la dignidad es un atributo común a todos los seres humanos.1
Como sabemos, la reforma constitucional en materia de derechos humanos publicada el 10 de junio de 2011,2 significó un total cambio de paradigma respecto a la forma de gobernar y ejercer el poder bajo la premisa del irrestricto respeto por los derechos humanos.
Uno de los ejes fundamentales que modificó esta reforma fue el artículo primero, donde se establece que:
En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Como podemos analizar en esta norma constitucional, la gran innovación que tuvo esta reforma, consistió en el reconocimiento de los derechos humanos contemplados tanto en la Constitución como en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte. Dicho de otra manera, el principio fundamental que guía los derechos humanos es el reconocimiento de la dignidad intrínseca de cada persona.
Asimismo, desde el año 1999,3 nuestra Constitución general incluyó dentro de sus disposiciones protectoras, el derecho al medio ambiente, sin embargo, fue hasta el año 20124 que se reformó para clarificar este texto al establecer el derecho humano de toda persona al medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar.
Conforme a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en su artículo 3o., fracción I, se define al ambiente como el conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinados.
Sin embargo, este derecho humano es mucho más complejo de lo que se podría apreciar en un inicio. De acuerdo con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos,5 el derecho humano al medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar posee una doble dimensión; por una parte, dicha prerrogativa protege el ambiente como un bien jurídico fundamental y expresa el papel indiscutible que éste tiene en la realización de un plan de vida digno, a través del aseguramiento de las condiciones óptimas del entorno y la naturaleza, más allá de su relación con el ser humano y de la apreciación que éste haga sobre aquellos y, por otra parte, la protección de este derecho humano constituye una garantía para la realización y vigencia de los demás derechos, atendiendo al principio de interdependencia, ya que, como se acaba de señalar, el ser humano se encuentra en una relación indisoluble con su entorno y la naturaleza, por lo que nuestra calidad de vida, presente y futura, nuestra salud e incluso nuestros patrimonios material y culturales están vinculados con la biosfera; en este sentido, la dignidad, la autonomía y la inviolabilidad de la persona dependen de su efectiva defensa. En otras palabras, nuestra vida depende de la vida del planeta, sus recursos y sus especies.
Una parte fundamental para garantizar y proteger este derecho humano, lo constituyen sin duda, las y los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales. Los defensores ambientalistas desempeñan un papel crucial en la protección de nuestro planeta y la promoción de prácticas sostenibles. Este documento explora sus orígenes, evolución, situación actual, riesgos y perspectivas futuras, respaldado por datos estadísticos y las necesidades que enfrentan.
Los defensores ambientalistas han existido a lo largo de la historia, pero su movimiento moderno ganó impulso en la década de 1960 con eventos como la publicación del libro Silent spring, de Rachel Carson, el cual contaba cómo el DDT y otros pesticidas de uso habitual se acumulaban de manera invisible en la cadena alimenticia, causaban graves daños a la flora y fauna y planteaban serios riesgos para la salud humana. Y lo explicaba a la vez con rigor científico y con suficiente sencillez para hacerlo legible a la gente de a pie, que podía así comprender la fragilidad e interconexión de los ecosistemas y la propia fragilidad humana en ese contexto.6
Asimismo, otro gran impulso a la lucha por la preservación y conservación del medio ambiente, lo podemos encontrar en la creación de organizaciones como Greenpeace. En 1971, un grupo de activistas antinucleares canadienses se embarcaron a bordo del viejo pesquero Phyllis Cormack para protestar contra las pruebas nucleares que Estados Unidos de América (EUA) estaba llevando a cabo en el archipiélago de Amchitka, en Alaska. Su objetivo: impedir que la bomba fuese detonada colocándose en el centro de la zona de pruebas. Como acción directa, la expedición a Amchitka no salió como se esperaba. Sin embargo, como estrategia de campaña resultó un éxito extraordinario. Un año después, EUA se vio forzado a anunciar que detendría las pruebas nucleares en la zona. Amchitka es desde entonces una reserva ornitológica.7
En la actualidad, como sabemos, las y los defensores ambientalistas enfrentan una creciente crisis climática, la pérdida de biodiversidad y la degradación del medio ambiente. Luchan contra la explotación de recursos naturales, la contaminación y el cambio climático. Muchos trabajan en la promoción de políticas ecológicas y la concienciación pública. Es por ello que, en diversas ocasiones, las y los defensores ambientalistas enfrentan amenazas a su seguridad, incluidos ataques físicos y legales. La defensa del medio ambiente puede ponerlos en conflicto con intereses económicos poderosos, lo que aumenta los riesgos asociados a su labor.
Desde 2018, la crisis que han vivido los ambientalistas a su vida e integridad física, se han agravado considerablemente. De acuerdo con el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, AC (Cemda), en su Informe sobre la situación de las personas y comunidades defensoras de los derechos humanos ambientales 2021 , durante los tres primeros años del actual gobierno, se tienen acumulados 58 asesinatos de personas defensoras del medio ambiente. Esta organización ambiental señala también que, se presentan otro tipo de agresiones físicas que documentó, destacando que la agresión más común es la intimidación, con 65 registros; seguida por el hostigamiento (36); las amenazas (31); y las agresiones físicas (24).8
Para 2022, esta organización registró un total de 25 asesinatos de personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales. Asimismo, el Cemda presentó diversas gráficas comparativas en su Informe 2022 sobre la situación de las personas y comunidades defensoras de los derechos humanos ambientales en México ,9 para comprobar la grave situación que estamos padeciendo contra las personas que protegen nuestro medio ambiente.
En el primer semestre de 2023, de acuerdo con Cemda, se tienen registrados 13 asesinatos,10 con lo cual, en lo que va del gobierno de esta administración, van 96 personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales asesinados. Esta organización estima un horizonte de 2023 y 2024, donde no hay nada que indique que se habrá de reducir el número de las agresiones y asesinatos de los ambientalistas en el país.
Asimismo, de acuerdo con el informe anual 2022 de la organización no gubernamental Global Witness,11 200 activistas ambientales fueron asesinados en el mundo en 2021, incluidos 54 en nuestro país, con lo cual, México se convirtió en el lugar más peligroso en el mundo para los luchadores sociales. Global Witness considera que su informe muestra datos sobre los asesinatos que posiblemente sean menores a los reales, dado que muchos no son denunciados, en particular en zonas rurales y en ciertos países. Las víctimas murieron luchando contra la explotación de recursos y en disputas relacionadas con tierras. Los conflictos en torno a actividades de minería dejaron 27 homicidios en el mundo, la cifra más alta de cualquier sector.
Esta organización Global Witness exhortó a los gobiernos a que pongan en marcha leyes que protejan a los activistas y exijan el consentimiento informado de grupos indígenas, y que a su vez requieran que las compañías rindan cuentas por sus actividades globales y tengan tolerancia cero hacia los ataques contra los defensores de la tierra.12
Como observamos, esta grave crisis en contra de las personas defensoras de los derechos humanos en asuntos ambientales, se presenta en otras zonas de América Latina y el mundo, por lo cual, ha sido motivo de alerta en el concierto internacional.
Ante este preocupante panorama, los países de América Latina y el Caribe, a través de iniciativas multilaterales, tradujeron en la adopción del único acuerdo jurídicamente vinculante derivado de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible y, realizaron el primer tratado sobre asuntos ambientales de la región y el primero en el mundo que incluye disposiciones sobre los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales.
El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, adoptado en Escazú (Costa Rica) el 4 de marzo de 2018 y negociado por los estados con la participación significativa de la sociedad civil y del público en general, confirma el valor de la dimensión regional del multilateralismo para el desarrollo sostenible.
Este tratado tiene por objeto luchar contra la desigualdad y la discriminación y, garantizar los derechos de todas las personas a un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible, dedicando especial atención a las personas y grupos en situación de vulnerabilidad y colocando la igualdad en el centro del desarrollo sostenible.13
El Estado mexicano firmó este tratado internacional en materia de derechos humanos sobre asuntos ambientales el 27 de septiembre de 2018, ratificado el 22 de enero de 2021 y es considerado estado parte desde el 22 de abril de 2021.14 Por lo tanto, estas normas internacionales forman parte de nuestro sistema jurídico y del bloque de convencionalidad.
Ante todos estos argumentos sólidos, en el Partido Revolucionario Institucional (PRI), comprometidos con la ampliación del reconocimiento de los derechos humanos de las y los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales, proponemos esta iniciativa progresista y acorde con los principios de universalidad, progresividad e interdependencia, que sin duda beneficiará a las y los defensores del medio ambiente y en general a todo el pueblo de México, lo cual abonará en un lugar más sano para vivir y darle continuidad a las futuras generaciones a contar con un medio ambiente digno.
El PRI como parte integrante del Estado mexicano y del Poder Legislativo, propone que las y los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales, gocen de la protección por parte del Estado mexicano para realizar la noble labor de proteger el medio ambiente y nuestros recursos naturales.
En primer lugar, con esta iniciativa se incluyen las disposiciones contenidas en el artículo 9 del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, concretamente, creando un Capítulo III Protección a Defensores de los Derechos Humanos en Asuntos Ambientales, que como he argumentado, forma parte de nuestro bloque de convencionalidad y del cual, como Estado mexicano parte de dicho tratado internacional, estamos obligados a adoptar todas las medidas legislativas necesarias, para garantizar los derechos humanos contemplados en ella, entre ellas, la protección a las personas ambientalistas.
Asimismo, se faculta a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para ser el operador institucional que se encargue de coordinar a las demás dependencias y entidades de la administración pública federal, a efecto de garantizar un entorno seguro y propicio en el que las personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridad.
De igual forma, se faculta a la Semarnat para que tome las medidas adecuadas y efectivas para reconocer, proteger y promover todos los derechos de las y los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales, incluidos su derecho a la vida, integridad personal, libertad de opinión y expresión, derecho de reunión y asociación pacíficas y derecho a circular libremente, así como su capacidad para ejercer los derechos de acceso a la información ambiental, el derecho a la participación pública en los procesos de toma de decisiones en asuntos ambientales y el derecho al acceso a la justicia en asuntos ambientales.
La parte más importante de esta iniciativa consiste en que las y los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales que se encuentren en situación de riesgo, tendrán el acceso al Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, como beneficiarios del mismo, gozando con ello, de las medidas de prevención y medidas urgentes, establecidas para garantizar su vida, integridad, libertad y seguridad.
Con esta reforma planteada, las y los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales podrán tener acceso a este importante mecanismo que ha sido benéfico para miles de personas que se dedican a proteger los derechos humanos y que están en riesgo inminente por amenazas de agentes que ponen en peligro su integridad física.
Es importante destacar que, con la entrada en vigor del decreto, no se generará impacto presupuestario alguno, toda vez que, el Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas ya está contemplado en la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, dentro de su artículo 48, donde expresamente se establece que:
Artículo 48. Para cumplir el objeto de esta Ley, la Secretaría de Gobernación deberá prever los recursos necesarios en el anteproyecto de presupuesto de cada ejercicio fiscal para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
De esta manera, las erogaciones que se generen con motivo de la futura aprobación de esta iniciativa, se realizarán con cargo a los recursos aprobados expresamente para esos fines por la Cámara de Diputados en los respectivos presupuestos de egresos de los ejecutores de gasto correspondientes.
Finalmente, se faculta a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, la Guardia Nacional y la Fiscalía General de la República, para que, conforme a sus atribuciones legales correspondientes, realicen medidas apropiadas, efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones que los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales puedan sufrir.
Para ejemplificar los cambios, presento un cuadro comparativo de la reforma propuesta:
Como representante popular, asumo el compromiso de lograr un cambio radical en los derechos sociales en materia de medio ambiente. El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados.
En el PRI estamos conscientes sobre la importancia del trabajo y las contribuciones fundamentales del público, pero sobre todo de las y los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales para el fortalecimiento de la democracia, los derechos de acceso y el desarrollo sostenible, con la presentación de esta iniciativa, materializamos este agradecimiento y admiración por todas y todos ellos.
Cada medida legislativa que proponemos ante el Congreso de la Unión está enfocada en ampliar el marco protector de los derechos humanos y sociales de las y los mexicanos, nuestro compromiso histórico así nos lo estipula, esperamos contar con el apoyo de las demás fuerzas políticas para que esta propuesta sea una realidad.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Único. Se reforma la denominación del Título Quinto, y se adiciona un capítulo III Protección a Defensores de los Derechos Humanos en Asuntos Ambientales, con los artículos 159 Ter 1, 159 Ter 2 y 159 Ter 3, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:
Título Quinto
Participación Social, Información
Ambiental y Protección a Defensores de los Derechos Humanos en Asuntos
Ambientales
Capítulo III
Protección a Defensores de los Derechos
Humanos en Asuntos Ambientales
Artículo 159 Ter 1. La Secretaría, en coordinación con todas las dependencias y entidades de la administración pública federal, garantizarán un entorno seguro y propicio en el que las personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridad.
Artículo 159 Ter 2. La Secretaría, en coordinación con todas las dependencias y entidades de la administración pública federal, tomarán las medidas adecuadas y efectivas para reconocer, proteger y promover todos los derechos de las y los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales, incluidos su derecho a la vida, integridad personal, libertad de opinión y expresión, derecho de reunión y asociación pacíficas y derecho a circular libremente, así como su capacidad para ejercer los derechos de acceso a la información ambiental, el derecho a la participación pública en los procesos de toma de decisiones en asuntos ambientales y el derecho al acceso a la justicia en asuntos ambientales, de conformidad con los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección y las demás leyes aplicables.
Para el cumplimiento de estas disposiciones, las y los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales que se encuentren en situación de riesgo, tendrán el acceso al Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, como beneficiarios del mismo, gozando con ello, de las Medidas de Prevención, Medidas Preventivas y Medidas Urgentes, establecidas para garantizar su vida, integridad, libertad y seguridad.
Artículo 159 Ter 3. Corresponde a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, la Guardia Nacional y la Fiscalía General de la República, conforme a sus atribuciones legales correspondientes, la toma de medidas apropiadas, efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones que los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales puedan sufrir, en el ejercicio de los derechos contemplados en el presente capítulo.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se realizarán con cargo a los recursos aprobados expresamente para esos fines por la Cámara de Diputados en los respectivos presupuestos de egresos de los ejecutores de gasto correspondientes; en caso de que se realice alguna modificación a la estructura orgánica de los mismos, ésta deberá llevarse a cabo mediante movimientos compensados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, por lo que en ningún caso se autorizarán ampliaciones a sus presupuestos de egresos para el presente ejercicio fiscal.
Tercero. Dentro de un plazo de ciento ochenta días naturales, el Ejecutivo federal deberá realizar las adecuaciones correspondientes al reglamento de la ley que se reforma por virtud de la entrada en vigor del presente decreto, en lo que resulte conducente.
Notas
1 http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/100850.pdf
2 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5194486&fecha=10/06/ 2011#gsc.tab=0
3 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_141_28jun99_ ima.pdf
4 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_200_08feb12. pdf
5 https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2019-08/cartilla _DH_medioAmbienteSano.pdf
6 https://www.es.amnesty.org/en-que-estamos/blog/historia/articulo/rachel -carson-pionera-y-referente-en-la-lucha-contra-el-cambio-climatico/
7 https://es.greenpeace.org/es/quienes-somos/historia-de-greenpeace/
8 https://politica.expansion.mx/mexico/022/03/29/58-defensores-ambiental es-asesinados-gobierno-amlo
9 https://www.cemda.org.mx/informe-2022/
10 https://www.noroeste.com.mx/colaboraciones/ambientalistas-asesinados-DD 4360959
11 https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2022/09/29/
mexico-el-pais-mas-letal-para-defensores-ambientales-global-witness/
12 Ibidem
13 https://repositorio.cepal.org/server/api/core/bitstreams/a6049491-a9ee- 4c53-ae7c-a8a17ca9504e/content
14 https://observatoriop10.cepal.org/es/tratado/
acuerdo-regional-acceso-la-informacion-la-participacion-publica-acceso-la-justicia-asuntos
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de octubre de 2024.
Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica)
Que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, para establecer el día 12 de diciembre de cada año como día inhábil, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, Rubén Ignacio Moreira Valdez, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto con base en la siguiente
Exposición de Motivos
Las tradiciones de México son un patrimonio cultural muy apreciado y ampliamente reconocido en muchos países del mundo. Todas ellas derivan del encuentro cultural de dos grandes mundos: la cultura mesoamericana y la cultura europea.
Esta unión de formas de vida, dio como resultado una serie de rasgos culturales que definen al México moderno y le dan una identidad única ante la comunidad internacional. Además, son motivo de orgullo para todos los que se identifican como mexicanos.
Las costumbres y tradiciones de México son diversas en todo el país. Esto obedece a que cada región tiene su propia identidad que se ve reflejada en el diario vivir de sus habitantes. Así pues, es posible señalar que existe un gran número de aspectos comunes en todo el país, rasgos, creencias, tradiciones, fiestas y costumbres que dotan al mexicano de su propia identidad.
Esa identificación única se conforma de celebraciones mexicanas importantes, de acuerdo con el portal digital México Ruta Mágica1 dedicado a propuestas turísticas e información sobre la cultura mexicana, identifica ocho festividades significativas para el país, entre las que se encuentra: el Día de Muertos, La Guelaguetza, el Día de la Virgen de Guadalupe, la Batalla de Puebla, el Día de Reyes, Grito de Independencia, le Feria de San Marcos y el Carnaval de Veracruz.
Estas fiestas albergan tradiciones ancestrales, creencias religiosas, música y una exquisita oferta gastronómica, reflejando la riqueza histórica de nuestro país. Cada año, las y los mexicanos las celebran con la misma pasión, generando un sentimiento de pertenencia y de identidad nacional.
Específicamente el Día de la Virgen de Guadalupe tiene su origen en tradiciones populares que aluden al martes 12 de diciembre de 1531, como la fecha en que la Virgen de Guadalupe se le apareció por cuarta ocasión al indígena Juan Diego. El hecho sucedió cuando el originario de Cuautitlán salió en busca de ayuda para su familiar enfermo. La conocida como la Patrona de México se encontró con el hombre donde le informó que su familiar ya se encontraba sano.
El 12 de diciembre se reconoce como una de las celebraciones más importantes de la cultura mexicana, en esta fecha se rinde culto visitando la Basílica de Guadalupe, se le cantan las mañanitas a primera hora de la madrugada, millones de peregrinos nacionales e internacionales acuden a la Basílica de Nuestra Señora de Guadalupe en la Ciudad de México. En el resto de la República Mexicana las personas acuden a los templos religiosos con flores y velas a rendir culto a la Virgen de Guadalupe, varias personas del medio artístico realizan un concierto que es televisado, en las casas las familias ponen altares y se llevan a cabo misas por todo el país.
De igual forma, en diversas empresas en México, realizan prácticas similares, los trabajadores celebran actos religiosos, en muchos casos, se continúa con convivios laborales, por ejemplo, los trabajadores de la banca retomaron la celebración para conmemorar el Día del Trabajador Bancario, por lo que no hay servicio a nivel nacional.
Luego de dos años de que el país padeció el confinamiento con motivo de la pandemia de Covid-19 la celebración se vio afectada; en 2020, no hubo festejo por el cierre de las instalaciones del recinto de la Basílica de Guadalupe; en 2021, se permitió un aforo limitado; pero en 2022 las celebraciones se retoman de manera presencial, la Iglesia mexicana estimó que hubo un récord histórico de peregrinos en los festejos.
De acuerdo con el titular de la Secretaría de Desarrollo Económico (Sedeco) de la Ciudad de México, Fadlala Akabani Hneide, desde finales de noviembre y hasta el 12 de diciembre, contemplaron la llegada de al menos 10 millones de personas a la Basílica de Guadalupe. Asimismo, aseguró que con esta afluencia la derrama económica fue aproximadamente de 225 millones de pesos en 2022, superando en 7.2 por ciento lo registrado en 2021 y en 40.9 por ciento a lo producido en 2019.2
De igual forma, esta celebración moviliza al turismo religioso que representa a millones de visitantes nacionales e internacionales cada año, beneficiando al sector de Comercio, Servicios y Turismo de todo el país. El último año la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco-Servytur) estimó una derrama económica superior a los 14 mil millones de pesos a nivel nacional.3
La Concanaco-Servytur destacó que el comercio minorista fue el más beneficiado, especialmente con la venta de artículos y recuerdos de índole religiosos, también alimentos, bebidas, hoteles, moteles y transporte.
A pesar de que la dinámica familiar, laboral y escolar se ve tocada por esta celebración, el 12 de diciembre no es una fecha establecida como de descanso obligatorio según el artículo 74 de la Ley Federal de Trabajo (LFT), a pesar de que algunos empleadores sí otorgan esta fecha de descanso.
De igual forma, en el calendario escolar 2022-2023 de la Secretaría de Educación Pública (SEP) indica que el 12 de diciembre no se suspenden labores docentes, por lo que oficialmente los niños y niñas asisten a clases.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo4 estos son los días de descanso obligatorio, además de los días sin clases por la SEP:
I. 1 de enero, Año nuevo.
II. 5 de febrero, día de la Constitución Mexicana.
III. 21 de marzo, natalicio de Benito Juárez.
IV. 1 de mayo, Día del Trabajo.
V. 16 de septiembre, día de la Independencia.
VI. 20 de noviembre, día de la Revolución Mexicana.
VII. 1 de diciembre de cada seis años, transición del Poder Ejecutivo Federal.
VIII. 25 de diciembre, Navidad.
Por su parte, anualmente la SEP programa los periodos vacacionales para que coincida con los días reconocidos como Semana Santa y con las celebraciones decembrinas.
Por lo anteriormente expuesto, es importante reconocer el 12 de diciembre como una fecha de importancia religiosa y cultural; pero, además, es un día que provee a la sociedad un sentimiento de pertenencia, identidad y al mismo tiempo de importancia para el sector laboral y un elemento de derrama económica para las micro y medianas empresas.
De ahí la importancia de adicionar una fracción al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo para establecer el 12 de diciembre como día de descanso obligatorio, reconociendo que esta ley acepta como no laborales diversas celebraciones con motivos religiosos.
Con esta reforma al artículo 74 de la Ley laboral, apoyamos las celebraciones nacionales, pero al mismo tiempo será un elemento para fomentar el desarrollo económico de diversos sectores del país.
Al respecto, los cambios propuestos quedarían como sigue:
Ley Federal del Trabajo
Por lo anteriormente fundado y motivado, someto a consideración del pleno de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo
Único. Se reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo para quedar como sigue:
Artículo 74. Son días de descanso obligatorio:
I. El 1o. de enero;
II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
IV. El 1o. de mayo;
V. El 16 de septiembre;
VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
VIII. El 12 de diciembre;
IX. El 25 de diciembre, y
X. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Estas son las festividades mexicanas más importantes https://mexicorutamagica.mx/2022/05/25/estas-son-las-festividades-mexic anas-mas-importantes/
2 Estima SEDECO derrama económica de 225 mdp por celebraciones religiosas del 12 de diciembre en la Ciudad de México https://www.sedeco.cdmx.gob.mx/comunicacion/nota/estima-sedeco-derrama- economica-de-225-mdp-por-celebraciones-religiosas-del-12-de-diciembre-e n-la-ciudad-de-mexico
3 Día de la Virgen de Guadalupe: Concanaco estima derrama económica de 14,000 millones de pesos https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Dia-de-la-Virgen-de-Guadalupe- Concanaco-estima-derrama-economica-de-14000-millones-de-pesos-20221211- 0027.html
4 Ley Federal del Trabajo https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de octubre de 2024.
Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica)
De decreto por el que se declara el 10 de octubre de cada año como Día Nacional de la Salud Mental, a cargo de la diputada Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, del Grupo Parlamentario del PRI
Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel y Laura Ivonne Ruiz Moreno, diputadas del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXVI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que declara el 10 de octubre de cada año como Día Nacional de la Salud Mental, considerando la siguiente
Exposición de Motivos
La salud mental es un tema cada vez más relevante a nivel mundial, y México no es la excepción. Aunque en el pasado la atención a la salud mental se relegaba a un segundo plano, en la actualidad, el reconocimiento de su importancia ha crecido, impulsado por un contexto de creciente estrés social, económico y político.
Los trastornos mentales, como la depresión, la ansiedad, el suicidio y la adicción, afectan a un gran número de mexicanos y se han convertido en problemas de salud pública. La situación actual de la salud mental en México enfrenta retos importantes, sobre todo en el sistema de salud.
De acuerdo con datos oficiales, sólo 2 de cada 10 personas con algún problema o condición mental que requiere atención la obtiene. Asimismo, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) hay 1 millón 590 mil 583 personas con algún problema o condición mental; 54 por ciento hombres y 46 por ciento mujeres.1
Entre los trastornos más comunes se encuentran la depresión, la ansiedad y los trastornos por consumo de sustancias. Además, las tasas de suicidio han ido en aumento, especialmente entre los jóvenes, lo que ha generado una alarma entre especialistas y autoridades.
Uno de los factores que ha contribuido a esta situación es el estigma asociado con las enfermedades mentales. Muchas personas en México ven los trastornos mentales como una debilidad de carácter o algo vergonzoso, lo que dificulta que quienes lo padecen busquen ayuda.
Este estigma también influye en las políticas públicas, ya que, históricamente, la salud mental ha recibido una fracción mínima del presupuesto destinado a la salud. Actualmente, se estima que menos de 2 por ciento del presupuesto total del sector salud se destina a la salud mental, una cifra insuficiente para cubrir las necesidades de la población.2
De 2016 a 2023, el presupuesto para salud mental se ha ubicado entre 1.3 y 1.6 por ciento del presupuesto total de salud. Para 2024 se propone un total de 3 mil 724.5 millones de pesos (mdp) para salud mental, esto representaría un aumento, en términos reales, de 0.47 por ciento y sería equivalente a 1.3 por ciento del presupuesto total para salud de la población sin seguridad social.3
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El sistema de salud mexicano enfrenta importantes retos en la atención de la salud mental. Uno de los principales obstáculos es la falta de recursos tanto humanos como materiales.
Hay una escasez de profesionales de la salud mental, como psiquiatras, psicólogos y trabajadores sociales especializados. Según datos del Instituto Nacional de Psiquiatría, hay sólo cuatro psiquiatras por cada 100 mil habitantes,5 lo cual es insuficiente para atender a la población que necesita apoyo especializado.
Otro reto importante es la infraestructura. En muchas regiones de México, especialmente en las áreas rurales y marginadas, no existen centros de atención especializados en salud mental. Las personas que viven en estas áreas tienen un acceso limitado o nulo a los servicios de salud mental, lo que exacerba el problema. A menudo, el primer punto de contacto para quienes sufren de trastornos mentales son los hospitales generales, que no cuentan con los recursos ni el personal capacitado para atender adecuadamente estos casos.
Además, la pandemia de Covid-19 ha exacerbado la crisis de salud mental en México. El confinamiento, la incertidumbre económica y las pérdidas humanas han generado un aumento en los niveles de ansiedad, depresión y estrés postraumático entre la población. Aunque el gobierno ha implementado algunas líneas telefónicas de apoyo psicológico, estas iniciativas no han sido suficientes para cubrir la creciente demanda de atención.
A pesar de los retos mencionados, existen oportunidades para mejorar la situación de la salud mental en México.
En primer lugar, es crucial aumentar el presupuesto destinado a la atención de salud mental. Un mayor financiamiento permitiría la creación de más centros de atención especializados, la contratación de más profesionales y la capacitación del personal existente.
También es necesario invertir en la prevención de los trastornos mentales, promoviendo campañas de concientización y eliminando el estigma asociado a las enfermedades mentales.
En este sentido, el gobierno puede colaborar con organizaciones no gubernamentales y universidades para desarrollar programas de educación y sensibilización sobre la salud mental. Estas iniciativas deben dirigirse tanto a la población general como a los profesionales de la salud, a fin de que puedan identificar de manera temprana los signos de trastornos mentales y ofrecer una intervención oportuna.
Otra oportunidad es la implementación de políticas públicas que fomenten la integración de la atención de salud mental en los servicios de salud primaria. Esto facilitaría el acceso de más personas a tratamientos adecuados y continuos. La integración de la tecnología también puede ser clave para mejorar el acceso a la atención de salud mental en México.
Plataformas digitales y aplicaciones móviles podrían ofrecer terapias en línea, consultas psicológicas remotas y recursos de apoyo para personas en crisis, lo cual sería especialmente útil en áreas rurales.
Es importante promover la investigación en salud mental en México, necesita estudios epidemiológicos actualizados y detallados para comprender mejor la prevalencia de los trastornos mentales y su impacto en la población.
Y es en este punto que cobra relevancia el destinar un día para conmemorar la lucha que millones de personas dan al día para tener una salud mental digna. Un acto de reflexión, pero también un día para centrar la atención del país en este tema tan importante, pues sólo a través del fomento de mayor consciencia y con estrategias claras e impulso de gobierno y sociedad civil, la salud mental de las y los mexicanos se fortalecerá y muchas vidas serán salvadas.
Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se declara el 10 de octubre de cada año como el Día Nacional de la Salud Mental
Único. Se declara el 10 de octubre de cada año como el Día Nacional de la Salud Mental.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.eleconomista.com.mx/politica/
En-Mexico-se-ignora-a-ocho-de-cada-10-personas-con-algun-problema-o-condicion-mental-20220401-0064.html
2 https://ciep.mx/presupuesto-para-salud-mental-relevancia-ante-la-covid19/
#:~:text=De%202013%20a%202021%2C%20M%C3%A9xico,mental%20se%20relaciona%20con%20telemedicina.
3 https://ciep.mx/presupuesto-para-salud-mental-un-derecho-humano-univers al/
4 Ibid.
5 https://saludmental.mx/blog/los-psiquiatras-en-mxico
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de octubre de 2024.
Diputadas: Fuensanta Guadalupe Guerrero Esquivel, Laura Ivonne Ruiz Moreno (rúbricas).