Gaceta Parlamentaria, año XXVIII, número 6663-III-1, miércoles 20 de noviembre de 2024
Con punto de acuerdo, para exhortar a los estados de la República a realizar las adecuaciones a sus ordenamientos legales para que la lengua de señas mexicana sea reconocida como patrimonio lingüístico, a cargo de la diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, diputada Mónica Herrera Villavicencio, del Grupo Parlamentario de Morena integrante de la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La comunicación es una necesidad básica de los seres humanos y es fundamental para el desarrollo de la humanidad. Es un proceso de interacción social en el que se intercambian mensajes a través de un lenguaje o forma de expresión.
Para que la comunicación se dé de manera exitosa, es fundamental contar con una lengua o lenguaje común entre los protagonistas de la interacción, considerando que el lenguaje, de acuerdo con el diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, es la facultad del ser humano de expresarse y comunicarse con los demás a través del sonido articulado o de otros sistemas de signos.1
Dentro de los idiomas que la humanidad en su historia ha utilizado para poder comunicarse, también ha existido el lenguaje de señas, mismo que ha sido ocupado principalmente por las personas pertenecientes a la comunidad sorda de cada país, plasmando en ese lenguaje signos o símbolos particulares y característicos de su territorio o comunidad.
¿Qué es la Lengua de Signos? Es una lengua natural de carácter visual, gestual y espacial con gramática propia que reúne todas las características y cumple las mismas funciones que cualquier otra lengua. No hay una única lengua de signos en el mundo, cada país tiene una o varias lenguas de signos que han evolucionado en el seno de sus comunidades lingüísticas, con independencia de las lenguas orales.2
La lengua de signos facilita el aprendizaje en general, así como el acceso y comprensión de la lengua oral, además de propiciar la participación e inclusión social.3
Las lenguas de señas existen desde hace siglos y han surgido y permanecido en uso por las comunidades sordas de todo el mundo. En algunos países existen evidencias de lenguas de señas que se han documentado de diversas formas como ilustraciones, grabados, fotografías y más recientemente a través de vídeos. Las lenguas de señas fueron documentadas en textos antiguos y por autores como Sócrates, sin embargo, en varios países del mundo, las lenguas de señas siguen considerándose inferiores y carecen del debido reconocimiento gubernamental y jurídico.4
Uno de los errores más comunes sobre las lenguas de señas es considerar que todas son iguales. Muchas personas piensan que las lenguas de señas son iguales porque a sus ojos son bastantes parecidas o exactamente iguales, y aunque las lenguas de señas se parecen en cuanto al uso de las manos, la cara y el cuerpo, para dar significado, las descripciones detalladas de estas lenguas muestran que difieren entre sí al igual que las lenguas habladas. El léxico el vocabulario y la gramática varían de una lengua de señas a otra como ocurre con las lenguas hablada.5
Actualmente la Federación Mundial de Sordos trabaja con más de 135 países del mundo para garantizar que sus lenguas de señas nacionales sean reconocidas, respetadas y salvaguardadas.6 Nuestro país no es la excepción y con el apoyo y orientación de la Federación Mundial de Sordos, se ha logrado que en algunos estados de la república sea reconocida la lengua de señas mexicana como un patrimonio intangible y cultural de cada región.
Las personas sordas de todo el mundo se han enfrentado históricamente y siguen enfrentándose a situaciones de discriminación en el uso de sus lenguas de señas nacionales, estas situaciones de discriminación se producen de forma sistemática y frecuente en diversos momentos de su vida al no tener un acceso igualitario y tiempo real a la información y la comunicación, uno de los aspectos más afectados es la educación.
Por tal razón es importante hacer las modificaciones necesarias al cúmulo de leyes de cada estado, empezando por su propia constitución, a fin de que se reconozca a la Lengua de Señas Mexicana como parte del patrimonio lingüístico de cada Estado, esto con base en sus aportes para el desarrollo social de las personas sordas y su uso trascendental en la educación.
El reconocimiento de la Lengua de Señas Mexicanas como Patrimonio Lingüístico, busca sentar principios más certeros, justos y explícitos para la relación entre el Estado, sus instituciones, sus leyes y las comunidades de personas sordas mexicanas, por medio de la convalidación de una percepción positiva de las lenguas y su aporte a la cultura de las comunidades de personas sordas.
La Comunidad de Sordos Mexicana y su Lengua de Señas Mexicana se encuentra extendida por todas las ciudades del territorio nacional, por lo que, en consecuencia, el reconocimiento de este Lenguaje como Patrimonio cultural de esta comunidad y de toda la sociedad mexicana, establece la premisa de que la Lengua de Señas Mexicana ha cumplido un papel central en la política educativa y de desarrollo social para con todas las personas que integran este grupo y todos los mexicanos.
La lengua de señas mexicana está conceptualizada en la fracción XXII del artículo 2 de la Ley General para la Inclusión de Personas con Discapacidad, concepto que versa de la manera siguiente: Lengua de Señas Mexicana. Lengua de una comunidad de sordos, que consiste en una serie de signos gestuales articulados con las manos y acompañados de expresiones faciales, mirada intencional y movimiento corporal, dotados de función lingüística, forma parte del patrimonio lingüístico de dicha comunidad y es tan rica y compleja en gramática y vocabulario como cualquier lengua oral
Así también en el Artículo 65 de la Ley General de Educación de nuestro país la Lengua de Señas mexicana se encuentra mencionada al establecer en dicho texto que, para asegurar la educación inclusiva, las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, ofrecerán las medidas pertinentes, entre ellas: la de Garantizar la adquisición y aprendizaje de la Lengua de Señas Mexicana y el español como segunda lengua para las personas con discapacidad auditiva;
La Federación Mundial de Sordos estima que hay cerca de 72 millones de personas sordas en todo el planeta. En México, de acuerdo con la Secretaría de Salud del gobierno federal la comunidad de personas sordas asciende a 2.3 millones de personas distribuidas en todo el país agrupada en los siguientes grupos de edad: más de 50% son mayores de 60 años; poco más de 34% tienen entre 30 y 59 años y cerca de 2% por ciento son niñas y niños.7
El 23 de septiembre se conmemora el Día Internacional de la Lengua de Señas, establecido así por la Organización de las Naciones Unidas (ONU). En México hay entre 87,000 y 100,000 señantes (quienes se comunican con lengua de señas) que la dominan y la utilizan como vía de comunicación, siendo incluso una población mucho más grande que algunas comunidades hablantes de lenguas indígenas en el país.8
De acuerdo con la Doctora Dora Pellicer en su ensayo denominado México: patrimonio lingüístico y Tratado de Libre Comercio, Hablar del patrimonio lingüístico de un país como México, es hacer referencia a la lengua del Estado, llamando lenguas del Estado a aquéllas que, sin estar oficializadas en la Constitución, como el español en México y el inglés en Estados Unidos, llenan todas las funciones de una lengua oficial que es común a la mayoría de los ciudadanos mexicanos, así como a las lenguas de los pueblos de origen precolombino cuyas culturas forman parte constitutiva de nuestra identidad.9
En México la lengua de señas Mexicana ocupa toda el espectro comunicacional para la comunidad sorda del país, y así ha sido desde hace muchos años, por dicha razón es que es considerada el lenguaje oficial del estado mexicano ya que es utilizado por las personas sordas en el territorio especificado y por dicha razón de acuerdo con los conceptos antropológicos es que debe ser considerada como patrimonio lingüístico de cada estado.
Es por todo lo anterior y con el fin de reconocer la riqueza, la importancia y los aportes que la lengua de señas mexicana ha brindado al desarrollo de nuestro país y al bienestar de millones de personas con discapacidad auditiva en México, que se requiere que la lengua de señas mexicana sea reconocida como patrimonio lingüístico de cada estado.
Por todo lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único . La Cámara de Diputados solicita respetuosamente a los titulares de los Poderes Ejecutivos de los Estados de la República Mexicana, para que, realicen los esfuerzos legislativos necesarios para declarar a la lengua de señas mexicana, como patrimonio lingüístico de sus estados.
Notas:
1. https://dle.rae.es/lenguaje
2. https://www.cnse.es/index.php/lengua-de-signos
3. Idem
4. https://wfdeaf.org/news/resources/guidelines-for-achieving-sign-languag e-rights-spanish/
5. https://wfdeaf.org/news/resources/guidelines-for-achieving-sign-languag e-rights-spanish/
6. https://www.cnse.es/index.php/lengua-de-signos
7. https://www.gob.mx/salud/prensa/530-con-discapacidad-auditiva-2-3-millones-de-personas-instituto
-nacional-derehabilitacion
8. https://www.forbes.com.mx/que-tan-acceible-es-aprender-lengua-de-senas
9. https://ela.enallt.unam.mx/index.php/ela/article/download/330/310#:~:text=Hablar%20del%
20patrimonio%20ling%C3%BC%C3%ADstico%20de,cons%20titutiva%20de%20nuestra%20identidad.
Ciudad de México, Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de noviembre del 2024
Diputada Mónica Herrera Villavicencio (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al ayuntamiento de Guadalajara, Jalisco, a concluir con la adquisición de las 55 calandrias eléctricas que sustituirán las calandrias tiradas por animales, para que se aplique con obligatoriedad inmediata el artículo 46 Bis del Reglamento Sanitario de Control y Protección a los Animales para el municipio de Guadalajara, con el objetivo de prohibir la utilización de calandrias tiradas por animales, así como el uso de animales de tiro o carga en la vía pública, a cargo de la diputada Merilyn Gómez Pozos, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, diputada Merilyn Gómez Pozos, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados de la LXVI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79 numeral 2 fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de este pleno, la presente proposición con punto de acuerdo para exhortar respetuosamente al Ayuntamiento de Guadalajara, Jalisco, a concluir con la adquisición de las 55 calandrias eléctricas que sustituirán las calandrias tiradas por animales, para que se aplique con obligatoriedad inmediata el artículo 46 bis del Reglamento Sanitario de Control y Protección a los Animales para el Municipio de Guadalajara, con el objetivo de prohibir la utilización de calandrias tiradas por animales, así como el uso de animales de tiro o carga en la vía pública, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La grandeza de una nación y su progreso moral puede ser juzgado por la forma en que sus animales son tratados. Estas son palabras de Mahatma Gandhi para reflexionar sobre las conductas de la sociedad en su relación con otros seres sintientes1 que le acompañan como parte de la naturaleza del planeta Tierra.
Desafortunadamente, en el entorno mundial actual de violencia o de guerra en diferentes partes del mundo, el maltrato contra los animales no humanos o los seres sintientes, pierde fuerza y visibilidad.
Existen diversas organizaciones a nivel internacional que se preocupan por exponer este grave problema para que los países busquen soluciones y planteen respuestas adecuadas, o cuando menos para evidenciar las condiciones en las que se presenta la coexistencia de las personas con los animales y la naturaleza.
En este sentido, la publicación digital Sentient 2 , destaca que no es nada sencillo medir el bienestar animal con indicadores homologados para todos los países, sobre todo porque los marcos legales y las prácticas culturales definen características particulares por país o por región.
Sería necesario ir caso por caso para comprender cuál es el sentido y naturaleza que se ha construido sobre el bienestar animal en cada Estado. Sin embargo, existen clasificaciones realizadas por diferentes organizaciones interesadas en la lucha por los derechos de los animales.
Por ejemplo, el Proyecto Voiceless3 , organización de protección animal con sede en Australia, cuyo Índice de Crueldad de los Animales sin voz (VACI, por sus siglas en inglés) analizó información de cincuenta países para identificar a los más crueles en el trato a los animales no humanos. Australia y Bielorrusia fueron los calificados con más baja puntuación y empataron como los peores, seguidos de Estados Unidos, Argentina y Birmania. Los países mejor calificados fueron India, Tanzania y Kenia.
Entre los criterios que pondera el VACI están las legislaciones de los países, es decir, dónde se reconocen y garantizan mayores derechos de protección animal en el mundo.
A propósito de lo anterior, es importante recordar lo que establece la Declaración Universal de los Derechos de los Animales4 , en dos de sus catorce artículos: el artículo 3, inciso a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni actos crueles...; y el artículo 10, inciso a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre....
Por otra parte, pese a que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no establece de manera explícita la protección o cuidado de los animales como un derecho, el artículo 73 faculta al Congreso para ...expedir leyes (...) en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico.
Adicionalmente, la fracción VI, del artículo octavo de la Ley de Protección y Cuidado de los Animales del Estado de Jalisco, determina la correspondencia de los municipios para ...Intervenir, en los casos de crueldad en contra de animales, en el rescate de los especímenes maltratados y en la aplicación de las sanciones que correspondan....
Es así también, que el Ayuntamiento del Municipio de Guadalajara, Jalisco, aprobó en su sesión ordinaria celebrada el 15 de septiembre de 2017, la reforma al Reglamento Sanitario de Control y Protección a los Animales para el Municipio de Guadalajara para establecer en el Artículo 46 Bis lo siguiente: Queda prohibida la utilización de calandrias tiradas por animales, por lo cual no se dará permiso alguno ni se permitirá la circulación en las vialidades del municipio. Asimismo, queda prohibido el uso de animales de tiro o carga en la vía pública...
Esta reforma fue publicada el 27 de septiembre del 2017, por lo tanto, ha estado vigente desde entonces. Sin embargo, a más de siete años de este hecho, han transcurrido tres administraciones municipales y aún se pueden observar calandrias tiradas por animales en las calles de la capital jalisciense.
Es decir, no sólo se ha inaplicado el artículo 46 bis del citado Reglamento, al mismo tiempo, el gobierno municipal ha sido omiso en la aplicación del Artículo Segundo Transitorio para adquirir, poner en funcionamiento y establecer un espacio seguro de resguardo para las 55 calandrias eléctricas que sustituirán a las calandras tiradas por animales.
Hasta aquí, cabe hacer una reflexión, las leyes y los reglamentos son normas jurídicas, por lo tanto, obedecen a una serie de características entre las que se encuentra la obligatoriedad, es decir, la ...calidad que tiene algo para que pueda ser exigido como obligatorio, (...) incondicionalmente, de manera absoluta, sin tolerar excusas, evasivas o pretextos...5
En este punto, es insostenible que, después de tanto tiempo, las autoridades del gobierno municipal de Guadalajara, sigan inaplicando el Reglamento Sanitario de Control y Protección a los Animales, con las consecuentes afectaciones a la salud, integridad y debida salvaguarda del bienestar de los animales utilizados para tirar de las calandrias.
Por las razones anteriormente expuestas, someto a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ayuntamiento de Guadalajara, Jalisco, para que, en el ámbito de sus facultades y atribuciones, concluya con la adquisición de las 55 calandrias eléctricas que sustituirán las calandrias tiradas por animales, como lo estableció el Artículo Segundo Transitorio de la reforma al Artículo 46 bis del Reglamento Sanitario de Control y Protección a los Animales para el Municipio de Guadalajara.
Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ayuntamiento de Guadalajara, Jalisco, para que, en el ámbito de sus facultades y atribuciones, aplique con obligatoriedad inmediata el artículo 46 bis del Reglamento Sanitario de Control y Protección a los Animales para el Municipio de Guadalajara, con el objetivo de prohibir la utilización de calandrias tiradas por animales, así como el uso de animales de tiro o carga en la vía pública.
Notas:
1. De acuerdo con la organización World Animal Protection, los seres sintientes son aquellos animales que tienen la capacidad ...de sentir una variedad de emociones y sentimientos, como placer, dolor, alegría y miedo. Algunos animales incluso experimentan emociones complejas, como el duelo y la empatía. Página electrónica de la World Animal Protection. Recuperado el 06 de noviembre de 2024 de
https://www.worldanimalprotection.cr/nuestras-campanas/s intiencia-animal/
2. Millstein, Seth (2024, marzo). Los mejores y peores países en materia de bienestar animal son difíciles de medir. Sentient, https://sentientmedia.org/es/los-mejores-y-peores-paises-en-cuanto-a-lo s-derechos-de-los-animales/
3. Ibid.
4. Proclamada en 1978 por la Liga Internacional de los Derechos de los Animales y las Ligas Nacionales afiliadas, reconocida por la UNESCO y la Organización de las Naciones Unidas.
5. Villoro, Toranzo M. La norma jurídica y sus características. Revista de la Facultad de Derecho de México. Número 11, pág. 860, https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/rev-facultad- derecho-mx/article/view/27194/24541
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de noviembre de 2024
Diputada Merilyn Gómez Pozos (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a dar continuidad, fortalecer y difundir los programas educativos centrados en la atención de niños, adolescentes y sus familias en situación de retorno, con objeto de lograr una integral adaptación al sistema educativo nacional, a cargo de la diputada Nadia Yadira Sepúlveda García, del Grupo Parlamentario de Morena
La suscrita, diputada Nadia Sepúlveda García, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados de la LXVI Legislatura del H. Congreso de la Unión con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes
Consideraciones
1. A nivel internacional, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 26, reconoce a la educación como un derecho fundamental y en la Convención sobre los Derechos del Niño establece, en su artículo 28, se establece el derecho de la niñez a la educación, en condiciones de igualdad de oportunidades.1
A nivel nacional, el derecho a la educación de todas las personas se encuentra consagrado en el Artículo 3o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Durante los décadas recientes un nuevo escenario enfrentó el Sistema Educativo Nacional y son los mexicanos, menores de edad, en situación de retorno 2 , sea por deportación o regreso voluntario principalmente desde los Estados Unidos de América.
El retorno voluntario es, técnicamente, una decisión que un individuo toma con autodeterminación, si bien hay circunstancias familiares y sociales que pueden influir en el proceso. El retorno forzado, por su parte, es el que resulta de una decisión administrativa o judicial del país al que se migró (expulsión, remoción, repatriación voluntaria, deportación), o de la coacción ejercida sobre la persona migrante para hacerla abandonar esa nación (deportación arbitraria).3
Los retos, las inercias y las inconsistencias que enfrentan estos menores y sus padres o tutores en el Sistema Educativo Nacional son variados, pero también un cumulo de oportunidades que deben publicitarse.4
Sin embargo, resaltan las oportunidades que se abren para ellos y los esfuerzos que en su beneficio se han puesto en marcha a nivel institucional, así como las perspectivas y propuestas que se incluyen al final del presente.
2. La educación es un derecho y un recurso indispensable, pues mediante ella es posible, adquirir conocimientos y habilidades, recibir valores y la forma de aplicarlos, desarrollar competencias y pasajes donde lograr una cosmovisión de vida en beneficio de la familia y la sociedad.
De acuerdo a con la Ley General de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (Cámara de Diputados 2004 ) la niñez está integrada por personas de entre cero y doce años y la adolescencia por personas de entre doce y dieciocho. Por lo anterior definimos la niñez y adolescencia migrante como aquella integrada por personas menores de doce y dieciocho años, respectivamente, que participan en procesos de movilidad nacional o internacional.
Cuando la familia se reúne en el nuevo lugar de residencia, los hijos pueden enfrentar barreras de acceso a la educación, cuyas consecuencias es posible que deriven en el abandono escolar o que tengan trayectorias educativas erráticas, para ello, se han desarrollado programas y estrategias de atención para este grupo poblacional en particular.
Las dificultades para los estudiantes de retorno van desde las barreras estructurales, culturales y sociales.
Las estructurales son principalmente administrativas y económicas., entre ellas, se puede enumerar las siguientes: falta de acceso a escuelas, supeditar la matriculación, del estudiante trasnacional y la carencia de bilingüismo del personal educativo, adicionalmente las diferencias socioculturales en los contextos escolares y los contenidos curriculares entre los sistemas estadounidenses y el mexicano.
3. Las familias en retorno, que es en sí, un nuevo concepto, nos enuncia que la problemática debe ser tratada de una manera integral a través del trabajo conjunto de las distintas instituciones del gobierno federal y de los particulares, que pudieran beneficiarlas, así como eliminar las barreras institucionales y prejuicios para el ejercicio de sus derechos sociales.
4. La barrera del Idioma. Los niños de padres mexicanos nacidos en USA en muchos casos recibieron varios años educación en los diversos sistemas de educación de aquel país, piensan y comprenden en inglés, el choque cultural con México es muy amplio, pues, aunque llegan a comprender el español les es muy complicado asimilarlo, y esto se acentúa cuando el periodo es la adolescencia y se retorna, lo que aumenta los índices de deserción por no comprender las lecciones, ni tener los referentes históricos, lo anterior tiene serias repercusiones en el entorno familiar y desde luego social.
Los jóvenes esperan el retorno ahora hacia USA, lo cual da origen a otro tipo de conflictos emocionales y sociales, tienen también sensaciones de pérdida y de no adaptación.
A diferencia del modelo norteamericano, en México no existe un sistema de español como segunda lengua, lo que genera incomprensión entre los hispanohablantes para entender los contenidos de sus clases.
El compromiso recae entonces en la familia , los maestros y sus compañeros , quienes apoyan a esta población por costumbre por hospitalidad y fraternidad
En el desarrollo escolar es importante resaltar que existen materias como geografía, historia, lengua nacional (o de pueblos originarios) e incluso aritmética en las cuales el currículum de México y Estados Unidos es muy diferente, lo que genera problemas para niñas, niños y adolescentes retornados.
5. En el Censo de Población y Vivienda 2020 (Censo 2020). Este conteo indica que en el quinquenio de 2015-2020 retornaron 319,183 personas. De ellas, 286,037 residían en Estados Unidos y 33,146 en el resto del mundo de estas personas se estima que 15,418 tienen 19 años o menos. Una población considerable y dispersa por el territorio nacional.
Otro problema que enfrentan ambas poblaciones es que, en varios casos, no toda la familia retorna de manera conjunta, lo que puede derivar en que los alumnos obtengan apoyo muy limitado para realizar sus tareas, sobre todo si se da la ausencia de la madre.
Gracias al Acuerdo 2865 , los requisitos de presentación de un acta de nacimiento u otro tipo de identificación se han ido flexibilizando, aunque debido al desconocimiento del personal educativo, este problema sigue suscitándose en algunas localidades donde se solicita el ingreso al sistema de educación.
Si se toma en cuenta que las escuelas son el lugar por excelencia para la socialización y aculturación de la población más joven, es importante que éstas actúen como un agente de integración de la población en retorno.
Adicionalmente, la SEP proyectó la línea telefónica Educatel Migrante (IME 2021) la cual da atención sobre estos servicios de manera centralizada, con la intención de resolver dudas que las personas en situación de retorno y sus familias pudieran tener.
En los últimos años, el Gobierno de nuestro país ha buscado facilitar el derecho a la educación para niñas, niños y adolescentes retornados con el objetivo de que esta población pueda integrarse a su nuevo lugar de residencia. Es un esfuerzo profesional que debe mantener continuidad es por lógica parte potencial de la Nueva Escuela Mexicana
Con una administración más laxa en requisitos administrativos, tales como identificaciones, traducciones oficiales y apostillas incorporando el uso de las tecnologías de la información y comunicación para que los alumnos tengan contacto con personal docente especializado y recursos de manera virtual en los lugares donde no exista la figura presencial. Igualmente, crear protocolos para maestros que contengan estrategias pedagógicas incluyentes enfocadas a la población migrante retornada .
6. Los programas que proponemos sean fortalecidos son los siguientes:
MEXTERIOR brinda información actualizada sobre los servicios y la oferta educativa que tiene el gobierno mexicano para los connacionales que radican fuera del país, con especial énfasis para aquellos que residen o retornan de Estados Unidos.
Información relacionada con trámites educativos para el ingreso al Sistema Educativo Nacional, entre ellos, revalidación de estudios y normas de controlo escolar, así como orientación sobre todos los servicios y programas desplegados para la atención educativa a los migrantes mexicanos que retornan al país y que desean continuar sus estudios en instituciones educativas de todo el territorio nacional.6
Por medio de los Servicios Educativos para Mexicanos en el Exterior .
Plazas Comunitarias
Prepa en línea
Prepa abierta
Ventanilla de Orientación Educativa
Certificación de Competencias laborales
Instituto de los Mexicanos en el Exterior
Bachillerato UNAM
Universidad Abierta y a Distancias en México
Instituto Nacional para la Educación de los Adultos.
Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica
Dirección General de Centros de Formación para el Trabajo
Lo bueno debe tener continuidad y como toda misión educativa se va perfeccionando con la práctica y la acción, la Cuarta Transformación debe potencializar los mencionados programas como una forma de y servir a nuestro pueblo, a los mexicanos en el exterior y muy en especial a los que se encuentran en situación de retorno.
Por lo expuesto se somete a consideración de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados solicita respetuosamente al Titular de la Secretaria de Educación Pública a dar continuidad, fortalecer y difundir los programas educativos centrados en la atención de niños, adolescentes y sus familias en situación de retorno, con objeto de lograr una integral adaptación al Sistema Educativo Nacional.
Notas:
1. ONU, 2020, La Convención sobre los Derechos del
Niño, puede verse en
https://portales.segob.gob.mx/work/models/PoliticaMigratoria/CEM/UPM/MJ/II_20.pdf
2. 154 203, (2024) Eventos de devolución de mexicanas y mexicanos desde Estados Unidos, Devolución de mexicanas y mexicanos desde Estados Unidos (antes, repatriación de mexicanos), puede verse en https://portales.segob.gob.mx/es/PoliticaMigratoria/CuadrosBOLETIN?Anua l=2024&Secc=5
3. Estudio sobre Reintegración: migración y ciudades,2019, Organización Internacional para las Migraciones, puede verse en https://kmhub.iom.int/sites/default/files/estudioreintegracion_informe_ regional_completo.pdf
4. Blog de Posgrado, (2022) Anáhuac Mayab. Problemas del sistema educativo en México y sus posibles soluciones puede verse en https://merida.anahuac.mx/posgrado/blog/problemas-del-sistema-educativo -en-mexico-y-sus-posibles-soluciones
5. Consiste en acreditar los conocimientos que, a lo largo de la vida, una persona ha adquirido de forma autodidacta o mediante la experiencia laboral, a quienes cuenten con las competencias profesionales referente a los conocimientos, habilidades y destrezas equiparables a cierta área del saber y competencias genéricas. puede verse en https://dgair.sep.gob.mx/acuerdo_286
6. Mexterior, (2021) Secretaria de Educación Pública, puede verse en https://sep.gob.mx/mexterior/index.html
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de noviembre del 2024
Diputada Nadia Sepúlveda García (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP, a la Secretaría de Bienestar y SRE a incluir a las personas adultas mayores residentes en el exterior en el programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores a partir del 2025, a cargo de la diputada Roselia Suárez Montes de Oca, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, Roselia Suárez Montes de Oca, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79 numeral 1, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de este Honorable pleno, la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución con base en la siguiente
Exposición de Motivos
Resulta indiscutible que, a partir de la llegada al poder de la denominada Cuarta transformación en el 2018, se da un viraje en las políticas públicas y se puso en el centro a las personas, de tal manera que lo que se busca es visibilizar y dignificar a quienes nunca contaron para el neoliberalismo. Mediante el humanismo mexicano como filosofía se busca un reencuentro con nuestras raíces ancestrales, de entender y comprender al otro, de respetar las luchas sociales, de solidarizarse con quien lo necesite, de entender que antes del bien personal está el bien común.
El movimiento de transformación ha crecido de manera acelerada por los resultados obtenidos en materia de políticas públicas y con ello también la expectativa por mejorar las condiciones de vida de todas aquellas personas en situación de vulnerabilidad, en este sentido es loable que se reconozca el trabajo y contribución de los adultos mayores, a quienes hoy se les otorga una pensión para el bienestar, misma que se encuentra ya consagrada en el artículo 4o de la Constitución.
Sin embargo, es necesario mencionar que en la exposición de motivos de aquella reforma constitucional se acentuaba lo siguiente:
En atención a que los adultos mayores, por cuestiones de edad y de su estado general de vulnerabilidad, requieren de una protección reforzada por parte del Estado en el resguardo de sus intereses y derechos, frente a cualquier acto los violente o transgreda, razón por la que existe la necesidad de establecer en el cuerpo constitucional la obligatoriedad para el Estado de respetar y reconocer el derecho a recibir una pensión no contributiva para los adultos mayores .
Es notorio que dicha obligatoriedad para el Estado mexicano es la base para la dignificación de las poblaciones vulnerables y que ésta, en lo particular, busca contribuir al bienestar de las personas adultas mayores a través de la entrega de una pensión no contributiva que ayude a mejorar las condiciones de vida y que a su vez permita el acceso a la protección social, por lo que se entrega a todo mexicano adulto mayor de 65 años que lo solicite.
En razón de lo anterior y de conformidad con el artículo 1o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se garantiza el libre ejercicio de los derechos humanos y señala la obligatoriedad que tienen las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar su aplicación. Asimismo, se establece que se prohíbe todo tipo de discriminación que atente contra la dignidad humana y menoscabe los derechos y libertades de las personas.
Entre 2019 y 2024, el Gobierno de México ha invertido la cifra histórica de 1 billón 440 mil 109 millones de pesos en la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores. El padrón de beneficiarios ya suma 11 millones 841 mil 561 personas .1
De acuerdo con las cifras presentadas en la conferencia mañanera del día 8 de diciembre de 2023, el Presidente Andrés Manuel López Obrador , indico que el incremento en la inversión social anual del programa se ve reflejado en el aumento del monto que reciben los beneficiarios, el cual, en este sexenio creció un 417% al pasar de mil 160 pesos bimestrales en 2018 a 6 mil pesos bimestrales en 2024 .
Durante los dos sexenios anteriores tan solo se invirtieron en este rubro 279 mil 886 millones de pesos y el apoyo económico que recibían las y los adultos mayores, entre 2007 y 2018, no superó los mil 160 pesos bimestrales.
En 2023 la inversión total para este programa fue de 339 mil 341 millones de pesos , mientras que, el presupuesto asignado para 2024 contempla 465 mil 048 millones de pesos , de manera que, el crecimiento entre ambos años es de 125 mil 707 millones de pesos .
Y termina diciendo el Presidente en su conferencia mañanera que la inversión que el Gobierno de la Cuarta Transformación realiza en beneficio de las y los adultos mayores tiene la finalidad de reconocer su esfuerzo y empeño en la construcción de nuestro país, así como garantizarles una vejez digna .
Sin duda es loable todo lo que se ha hecho, sin embargo, existe una población a la que solo volteamos a ver cuándo de remesas se trata, son los mexicanos y mexicanas residentes en el exterior. De acuerdo con datos del Anuario de Migración y Remesas en su onceava edición2 únicamente considerando la población mexicana en Estados Unidos, al cierre de 2022, se compone de 12.24 millones de primera generación, 13.6 millones de segunda generación y 13.8 de millones de tercera generación, de los mexicanos de primera generación 2.43 millones tienen una edad superior a 59 años lo que representa el 19.83% del total de la población de primera generación, dichos datos reflejan la dimensión de los connacionales que radican solo en Estados Unidos y que tuvieron que salir, en su gran mayoría por la búsqueda de mejores condiciones para su familia, de la misma manera, es notorio que hay una gran población de personas adultas mayores, que se encuentran en una situación de precariedad por trabajos eventuales y mal pagados ante la ausencia de documentos que le den certeza a su estancia en el país vecino, por tanto, requieren la protección del gobierno de México al menos para contar con una Pensión para el bienestar.
Es importante mencionar que los mexicanos en el exterior han sido referidos como los héroes anónimos de México, y es debido a que la cantidad de remesas que recibió el país en 2023, asciende a 63,313 millones de dólares, cifra significativamente superior a los 36,058 millones de dólares3 obtenidos por inversión extranjera directa, en el mismo periodo.
Diversos estudios demuestran que las remesas contribuyen en los hogares a generar resiliencia, ya que permiten realizar gastos en educación, salud o bienes de consumo, así como a generar un ahorro. La resiliencia de las remesas durante la pandemia, y en momentos críticos en la economía mundial, se debe, ante todo a la determinación de los migrantes que envían dinero a sus hogares para ayudar en las necesidades.
El esfuerzo realizado por los connacionales ha significado un estado de bienestar para sus familias en territorio nacional, así como al gobierno, ya que se mejoran las finanzas públicas mediante la recuperación del impuesto al valor agregado (IVA), en poco más de 200 mil millones de pesos. De acuerdo con la Estimación del impacto presupuestario de la ampliación del programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores a la población mexicana de adultos mayores que radica en Estados Unidos , estudio realizado por el Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República en la LXVI Legislatura a partir de datos del Instituto de Política de Migración de los Estados Unidos (MPI por sus siglas en inglés), la estimación del total de la población migrante de origen mexicano -considerando la sumatoria de todos los estados de Estados Unidos- que podría ser beneficiaria del programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores es de 1,292,052, por lo que, el mismo Estudio considera que serían necesarios 46,513.9 millones de pesos mexicanos corrientes para financiar el otorgamiento de apoyo de 6,000 pesos bimestrales a la potencial población beneficiaria del programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores en la población migrante de origen mexicano que radica en Estados Unidos El estudio destaca que podrían requerirse recursos presupuestales adicionales para financiar gastos de operación, dispersión de recursos, entre otros, en la ampliación del programa analizado en la potencial población beneficiaria de migrantes mexicanos en EE.UU.
Todos los derechos para todos los mexicanos independientemente de su lugar de residencia, por ello exhortamos al Gobierno de México, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría del Bienestar y la Secretaría de Relaciones Exteriores, en el ámbito de sus competencias para que lleven a cabo las acciones necesarias y definir la gradualidad en la implementación para que las personas adultas mayores residentes en el exterior reciban la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores .
Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a la consideración de esta asamblea, la aprobación del siguiente
Punto de Acuerdo
Único.- La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a las personas titulares de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de la Secretaría de Bienestar y de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en el ámbito de sus respectivas competencias a incluir a las personas adultas mayores residentes en el exterior, en el Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores a partir del ejercicio fiscal 2025.
Notas:
1. Inversión en Pensión para Personas Adultas Mayores supera los 1.4 billones de pesos en este sexenio, boletín informativo Programas del Boemestar.https://programasparaelbienestar.gob.mx/inversion-en-pension- para-personas-adultas-mayores-supera-los-1-4-billones-de-pesos-en-este- sexenio/
2. Elaborado en colaboración técnica entre el Consejo Nacional de Población, la Fundación BBVA y BBVA Research.https://www.gob.mx/conapo/documentos/anuario-de-migracion-y-re mesas-mexico-2023-aborda-la-migracion-de-las-nna-la-movilidad-la-poblac ion-mexicana-en-ee-uu-el-refugio-y-la
3. Comentarios al Informe Estadístico sobre el Comportamiento de la Inversión Extranjera Directa en México https://www.cefp.gob.mx/publicaciones/documento/2024/cefp0082024.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de noviembre de 2024.
Diputada Roselia Suárez Montes de Oca (rúbrica)