Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Conagua a realizar los trabajos necesarios de limpieza, desazolve y la correcta canalización del arroyo Las Tortolitas, en el municipio de Guadalupe, Nuevo León, a cargo de la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, del Grupo Parlamentario del PRI

Quién suscribe, diputada Ma. de Jesús Aguirre Maldonado, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículos 6, numeral 1, fracción l; y 79, numeral 2, fracción ll, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de la Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de acuerdo mediante el cual se exhorta al titular de la Comisión Nacional del Agua a llevar a cabo los trabajos necesarios de limpieza, desazolve y realizar la correcta canalización del arroyo “Las Tortolitas” que atraviesa la Colonia Jardines del Río en el municipio de Guadalupe del estado de Nuevo León.

Exposición de Motivos

Una vez más, vuelvo a insistir sobre la gran necesidad de atender el gran problema por el atraviesan los vecinos de la colonia Jardines del Rio que viven al lado del arroyo “Las Tortolitas”.

El artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su sexto párrafo dispone que:

“Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines”.

La fracción IX del artículo 86 de la Ley de Aguas Nacionales establece que:

“La Autoridad del Agua” tendrá a su cargo, en términos de ley: Promover o realizar las medidas necesarias para evitar que basura, desechos, materiales y sustancias tóxicas, así como lodos producto de los tratamientos de aguas residuales, de la potabilización del agua y del desazolve de los sistemas de alcantarillado urbano o municipal, contaminen las aguas superficiales o del subsuelo y los bienes que señala el artículo 113 de la presente ley”.

Es por lo anteriormente señalado, que vengo a exponer la situación que se presente en el cauce del arroyo “Las Tortolitas” que atraviesa la colonia Jardines del Río, desde la calle Brígida García al Poniente, pasando por la calle Río Colorado hasta desembocar en las calles río Mississippi y Río San Juan al Oriente, siendo enmarcado al norte por la calle Río Amazonas y al Sur por la calle Río Salado.

Dicho cauce, se encuentra lleno de basura, escombro, maleza y presenta agua estancada que despide olores fétidos, los cuales son insoportables para los vecinos que habiten en los alrededores del cauce antes mencionado, como lo podrán constatar en las gráficas contenidas en el Anexo I, el cual adjunto al presente punto de acuerdo, los habitantes se ven afectados en su calidad de vida y en reiteradas ocasiones me han manifestado el no poder soportar dicha situación, ya que los olores son percibidos las 24 horas del día.

Este cauce, en la situación en la que se encuentra al día de hoy, es un foco de infecciones y generador de todo tipo de enfermedades, ya que al encontrarse el agua estancada, se dan las circunstancias propicias para el desarrollo y proliferación del mosquito transmisor de las enfermedades del dengue, zika y chikungunya, que pueden llegar a ser mortales si no se atienden debidamente y que dicha proliferación se acrecienta más con la temporada de calor, misma que está próxima a llegar al estado de Nuevo León.

Además de la fauna nociva que se puede desarrollar por la insalubridad y falta de saneamiento, que presenta el caudal en comento, al acumularse basura en varios puntos, lo que podría llegar atestar viviendas que se encuentran en los márgenes del mismo.

Y más aún que dicho cauce, carece de una buena canalización y una adecuada infraestructura; por lo que las personas, los niños y las niñas, para poder llegar a sus centros educativos, ubicados al otro lado del río, se ven obligados a cruzarlo, a través de puentes improvisados, fabricados con maderas o tablas, convirtiéndose en una situación denigrante y humillante.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. – La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Comisión Nacional del Agua (Conagua), a llevar a cabo los trabajos necesarios de limpieza, desazolve y realizar la correcta canalización del arroyo “Las Tortolitas” que atraviesa la Colonia Jardines del Río en el municipio de Guadalupe del estado de Nuevo León.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de marzo de 2024

Diputada Ma. De Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica)

Anexo

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Conagua a realizar los trabajos necesarios de limpieza, desazolve y la correcta canalización del arroyo Las Tinajas, en el municipio de Guadalupe, Nuevo León, a cargo de la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, del Grupo Parlamentario del PRI

Quién suscribe, diputada Ma. de Jesús Aguirre Maldonado, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículos 6, numeral 1, fracción l; y 79, numeral 2, fracción ll, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de la Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de acuerdo mediante el cual se exhorta al titular de la Comisión Nacional del Agua a llevar a cabo los trabajos necesarios de limpieza, desazolve y realizar la correcta canalización del arroyo “Las Tinajas” en el municipio de Guadalupe del estado de Nuevo León.

Exposición de Motivos

El artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su sexto párrafo dispone que:

“Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines”.

La fracción IX del artículo 86 de la Ley de Aguas Nacionales establece que:

“La autoridad del agua” tendrá a su cargo, en términos de ley: Promover o realizar las medidas necesarias para evitar que basura, desechos, materiales y sustancias tóxicas, así como lodos producto de los tratamientos de aguas residuales, de la potabilización del agua y del desazolve de los sistemas de alcantarillado urbano o municipal, contaminen las aguas superficiales o del subsuelo y los bienes que señala el artículo 113 de la presente ley”.

Arroyo Las Tinajas lleva 10 años siendo foco de infección en Guadalupe, Nuevo León.

Este arroyo está ubicado en la colonia Nuevo León, en donde corren aguas negras y líquidos contaminados.

El agua estancada ha generado fuertes olores que entran hasta sus hogares, y que han presentado muchos malestares por los habitantes de la Colonia Nuevo León.

Ante esta situación, los ciudadanos han solicitado a las autoridades correspondientes que acudan a verificar y resolver el problema.

Punto de Acuerdo

Único. – La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Comisión Nacional del Agua (Conagua), a llevar a cabo los trabajos necesarios de limpieza, desazolve del arroyo “Las Tinajas” en el municipio de Guadalupe del estado de Nuevo León.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de marzo del 2024

Diputada Ma. Del Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SSPC, junto a sus homólogos estatales, así como a la GN, a reforzar en sus medidas de seguridad a las y los candidatos del proceso electoral 2024, a cargo del diputado Óscar Ernesto Salazar Lucas, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputado federal Oscar Ernesto Salazar Lucas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

En el panorama electoral que vive México, la violencia es una constante. Ya, las pasadas elecciones presidenciales de 2018, cuentan con un preocupante índice de violencia, así como en las elecciones de 2021. Aunque no sea un mal que aqueja únicamente a México, pues en gran parte de América latina se pueden constatar casos similares a los que se viven en el territorio nacional; no es algo que se tiene que tolerar y mucho menos aceptarlo como una normalidad en el escenario político del país.

De acuerdo con Víctor Hernández, en un artículo que escribe sobre los asesinatos de las elecciones presidenciales de 2018, el número total de precandidatos y candidatos a puestos de elección popular asesinados fue de 48.1 Estos asesinatos, según se comenta en el artículo, contienen un origen de la actividad de organizaciones criminales.2 Aunque la cifra puede variar dependiendo la fuente, pues dentro de las cifras se pueden incluir tanto los gobernantes en curso, militantes, funcionarios de casilla, etc.

El hecho es que la violencia electoral existe, y es algo que no se debe ignorar, en este caso, la violencia electoral no se limita al asesinato, si bien es su consecuencia última, también existen amenazas y secuestros, los cuales, si son contemplados, la cifra se vuelve aún mayor.

Asimismo, no es diferente el escenario en el proceso electoral de 2021, según Juan Pablo Aguirre, el número de asesinatos a miembros de partidos políticos y políticos fue de 91, y de esta cifra, 36 eran aspirantes y candidatos a elección popular.3

Lo que esta cantidad de personas que fenecieron en el ejercicio de su derecho constitucional como ciudadanos mexicanos a ser votados, nos da a entender, es que existe un panorama de inseguridad en el que viven las y los candidatos. Incluso, a fecha del 15 de marzo, se escribe en un artículo de El Financiero (firmado por el mismo periódico y no por su autor), que son ya 10 los candidatos y aspirantes a un cargo de elección popular que fueron asesinados.4 Todo indica que este número no se quedará estable y que aumentará.

Apenas han empezado las campañas, y el número de candidatos y aspirantes a una elección popular ya es demasiado elevado. Tomando en cuenta las cifras de violencia electoral de 2018 y 2021 que aquí se presentaron, los asesinatos de este proceso electoral ya han superado el 20 por ciento de la media de los dos procesos pasados.

Con base en el quinto párrafo del artículo 4° constitucional, toda persona tiene derecho a un ambiente sano en donde se pueda desarrollar y obtenga bienestar.5 De igual manera, en el artículo 5° de la misma carta magna, se garantiza el libre ejercicio de la profesión de cada persona, si y sólo si es una actividad lícita, así como en el sexto y séptimo párrafo del mismo artículo en donde se establece que el Estado no puede permitir la efectividad de ningún tipo de pacto, contrato o convenio que menoscabe de cualquier forma la libertad de la persona que acepta, y tampoco se permite ningún convenio en donde se pacte la renuncia temporal ni permanente a ejercer una profesión.6

Sumando a eso, está el artículo 3° de la Declaración Universal de los Derechos Humanos prescribe que “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.”7 Y, con apoyo a esto, el numeral 2 del primer artículo de la Declaración Universal de Derechos Humanos Emergentes, dispone la garantía a la integridad personal, ya sea física o psíquica.8

Es que el Estado mexicano no puede permitir que esta violencia electoral siga continuando, ya que afectan los derechos constitucionales y al mismo tiempo los derechos humanos de todos y todas las ciudadanas que participan en los procesos electorales.

Dando ejemplos de la violencia electoral que vive el país en estos momentos, se adjuntan algunos artículos:

Violencia electoral en México: Suman 10 candidatos asesinados rumbo a las elecciones 2024.

Se registran 5 nuevos asesinatos de candidatos a elección popular, dando un total de 10 asesinados en febrero de este mismo año.9

Urnas y tumbas: la delgada línea entre la política y el narco en las elecciones de 2024.

Se narra la violencia electoral que ha vivido el país, dando a entender que, al momento de ser asesinados, es indistinto el color del partido, y que la violencia es mayoritariamente local.10

Avanza la violencia electoral

Reporte sobre la escalada de violencia electoral y cómo es que esta se está extendiendo a los familiares de los candidatos.11

Votos y balas

La violencia electoral es un mecanismo por el cual el crimen organizado tiene injerencia en las elecciones, lo que incrementa su influencia política, económica y social.1

Mapa de la violencia electoral: ¿Cuántos candidatos a un cargo público han sido asesinados en lo que va del 2024?

Recuento de los candidatos asesinados en lo que va del 1 de enero al 26 de febrero del 2024 en donde se habla de los estados y municipios más violentos.13

Cada día una persona vinculada al ámbito político sufre una agresión en México, según una consultora.

Cada día se registra un caso de violencia electoral. En el caso de los candidatos, cada cuatro días sufren un acto de violencia electoral.14

De acuerdo con lo que se ha expuesto, no se puede entender como un asunto menos el cuidado de los candidatos electorales, y fortalecer la seguridad que ya se les está brindando.

Es por lo que, se necesita un refuerzo en las acciones que lleva a cabo la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana a nivel federal, y sus homólogas a nivel estatal. Esto conforme a los que se establece en el artículo 30 Bis, fracción I de la Ley Orgánica de Administración Pública Federal:

Formular la Estrategia Nacional de Seguridad Pública y la propuesta de Programa Nacional de Seguridad Pública, y ejecutar, en el marco de sus atribuciones, las políticas, programas y acciones, así como el programa sectorial correspondiente, con el fin de coadyuvar a la prevención del delito; proteger a la población ante todo tipo de amenazas y riesgos, con plena sujeción a los derechos humanos y libertades fundamentales; salvaguardar la integridad y los derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos.15

Así como en su fracción III que le atribuye la función de “Organizar, dirigir y supervisar las instituciones de seguridad pública bajo su adscripción, con plena sujeción a los derechos humanos y libertades fundamentales, en coordinación con las dependencias competentes y conforme a las disposiciones jurídicas aplicables”.16 Tanto como en su fracción V, dictaminando que, entre sus funciones, está:

Auxiliar a las autoridades federales, estatales, municipales y de la Ciudad de México que soliciten apoyo, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para la protección de la integridad física de las personas y la preservación de sus bienes; reforzar, cuando así lo soliciten, la tarea policial y de seguridad de los municipios y localidades rurales y urbanas que lo requieran, intervenir ante situaciones de peligro cuando se vean amenazados por aquellas que impliquen violencia o riesgo inminente; promover la celebración de convenios entre las autoridades federales, y de éstas, con las estatales, municipales y de la Ciudad de México para la coordinación y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el combate a la delincuencia, así como establecer acuerdos de colaboración con instituciones similares, en los términos de los tratados internacionales, conforme a la legislación.17

Aunado a esto, también será necesaria la coordinación con la Guardia Nacional para poder salvaguardar la seguridad de los candidatos electorales. Conforme a la Ley de la Guardia Nacional, en su artículo 15, fracción XI. Esta fracción del artículo 15, le da la función a la persona titular de la comandancia de “Ser el enlace institucional con organismos policiales, nacionales y extranjeros que se relacionen con el ámbito de sus atribuciones”.18 También se contempla el artículo 19, fracción V del Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional atribuyendo que debe:

Proponer, a solicitud de las entidades federativas y municipios, la celebración de convenios de colaboración con la Institución, para la atención de las tareas de seguridad pública de competencia local. Dichos convenios podrán ser suscritos por el Comandante previa delegación de facultades;19

Si todos estos órganos institucionales refuerzan su actividad y la coordinan de manera efectiva, garantizarán los derechos constitucionales y los derechos humanos de las y los candidatos.

Es entonces que, en el actual contexto electoral de México, la violencia constituye una amenaza constante para los y las candidatas electorales, comprometiendo el ejercicio democrático y los derechos fundamentales de la ciudadanía.

De igual modo la violencia electoral, que se manifiesta en forma de amenazas, secuestros y asesinatos, socava los principios democráticos y vulnera los derechos humanos de las y los candidatos, así como de la población en general.

Además, es responsabilidad del Estado mexicano garantizar un ambiente seguro y propicio para el ejercicio de los derechos políticos de todas las personas, incluidas las y los candidatos electorales.

Por lo tanto, es necesario fortalecer las medidas de seguridad implementadas por las autoridades competentes para proteger la integridad física y la vida de las y los candidatos electorales, en estricto apego a las disposiciones constitucionales y a los principios de respeto a los derechos humanos.

Finalmente, es imprescindible reconocer la gravedad de la situación de violencia electoral en México y la necesidad de adoptar medidas efectivas para prevenirla y erradicarla.

Garantizar la plena colaboración y coordinación entre la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, las autoridades estatales correspondientes y la Guardia Nacional, en el diseño e implementación de estrategias de seguridad destinadas a proteger a las y los candidatos electorales.

Fortalecer los mecanismos de protección a las y los candidatos electorales, mediante acciones preventivas, de vigilancia y respuesta inmediata ante cualquier amenaza o acto de violencia.

Promover la participación activa de la sociedad civil, las organizaciones políticas y los órganos electorales en la construcción de un ambiente democrático y seguro para el desarrollo de los procesos electorales.

Es por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración del pleno de esta honorable asamblea, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana en coordinación con las autoridades estatales correspondientes, a reforzar las medidas de seguridad destinadas a proteger la integridad física y la vida de las y los candidatos electorales, en el marco del proceso electoral de 2024.

Segundo . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Guardia Nacional a intensificar sus acciones de vigilancia y protección en apoyo a las autoridades civiles, con el fin de garantizar un ambiente seguro y pacífico para el desarrollo de las actividades políticas y electorales.

Tercero . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión insta a las autoridades competentes a establecer mecanismos de coordinación y colaboración.

Notas:

1 Hernández, V. (2020) Candidatos asesinados en México, ¿competencia electoral o violencia criminal? En Política y gobierno. Volumen XXVIII. Número 2. p. 2. Obtenido de: https://www.scielo.org.mx/pdf/pyg/v27n2/1665-2037-pyg-27-02-ePYG1307.pd f

2 Ibid. p. 3

3 Aguirre, J. (2021) Asesinatos políticos en el proceso electoral. En Cuaderno de investigación No. 80, instituto Belisario Domínguez, Senado de la República. pp. 1, 7. Obtenido de: http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/bitstream/handle/123456789/5361/C I%2080%20Asesinatos%20Poli%CC%81ticos.pdf?sequence=1&isAllowed=y

4 El Financiero (15/04/2024) Violencia electoral en México: Suman 10 candidatos asesinados rumbo a las elecciones 2024. El Financiero. Obtenido de: https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2024/03/15/violencia-electoral -en-mexico-suman-10-candidatos-asesinados-rumbo-a-las-elecciones-2024/

5 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (DOF 24-01-2024). Artículo 4. México. Obtenido de: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

6 Ibid. Artículo 5

7 Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) artículo 3. Obtenido de: https://www.ohchr.org/en/human-rights/universal-declaration/translation s/spanish

8 Declaración Universal De Derechos Humanos Emergentes (2009) artículo 1. Obtenido de: https://www.idhc.org/arxius/recerca/1416309302-DUDHE.pdf

9 El Financiero (15/04/2024) Violencia electoral en México: Suman 10 candidatos asesinados rumbo a las elecciones 2024. El Financiero. Obtenido de: https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2024/03/15/violencia-electoral -en-mexico-suman-10-candidatos-asesinados-rumbo-a-las-elecciones-2024/

10 Camhaji, E. (14/02/2024) Urnas y tumbas: la delgada línea entre la política y el narco en las elecciones de 2024. El país. Obtenido de: https://elpais.com/mexico/elecciones-mexicanas/2024-02-14/urnas-y-tumba s-la-delgada-linea-entre-la-politica-y-el-narco-en-las-elecciones-de-20 24.html

11 Puig, C. (15/03/24) Avanza la violencia electoral. Milenio. Obtenido de: https://www.milenio.com/opinion/carlos-puig/duda-razonable/avanza-la-vi olencia-electoral

12 Aparicio, J. (s/f) Votos y balas. Excelsior. Obtenido de: https://www.excelsior.com.mx/opinion/javier-aparicio/votos-y-balas/1640 997

13 Tapia, A. (27/02/24) MAPA de la violencia electoral: ¿Cuántos candidatos a un cargo público han sido asesinados en lo que va del 2024? Infonabe. Obtenido de:

https://www.infobae.com/mexico/2024/02/27/mapa-de-la-vio lencia-electoral-cuantos-candidatos-a-un-cargo-publico-han-sido-asesina dos-en-lo-que-va-del-2024/

14 Zapata, B. (18/03/24) Cada día una persona vinculada al ámbito político sufre una agresión en México, según una consultora. CNN. Obtenido de: https://cnnespanol.cnn.com/2024/03/18/cada-dia-mexico-politico-sufre-ag resion-orix/

15 Ley Orgánica de Administración Pública Federal (DOF 01-12-2023). Artículo 30 Bis, Fracción I

16 Ibid. Artículo 30 Bis, Fracción III

17 Ibid. Artículo 30 Bis, Fracción V

18 Ley de la Guardia Nacional (DOF 09-09-2022). Artículo 15, Fracción XI

19 Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional (DOF 11-12-2020). Artículo 19, Fracción V.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de marzo de 2024.

Diputado Oscar Ernesto Salazar Lucas (rúbrica)