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Comunicaciones

De la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, con la que remite la información de la SHCP relativa a la evolución de las finanzas y deuda públicas, a los presidentes de las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados y al Senado de la República

Ciudad de México, a 6 de junio de 2024.

Diputado Luis Armando Melgar Bravo

Presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

Presente

Comunico a usted que, en sesión celebrada en esta fecha, se recibió de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), oficio con el que remite la información relativa a la evolución de las finanzas públicas, incluyendo los requerimientos financieros del sector público y su saldo histórico, los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal en los términos de la Ley Federal de Deuda Pública, y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa correspondientes a abril de 2024. Asimismo. informa sobre la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas, así como el pago de esta desagregada por tipo de fondo, efectuando la comparación en ambos casos con abril de 2023, y se proporciona la información sobre la evolución de la recaudación para abril de 2024.

La Presidencia, con fundamento en el artículo 21, fracción III, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, dispuso que dicha documentación, misma que se anexa, se remitiera a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Senadores y a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público; y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados.

Atentamente

Diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos (rúbrica)

Secretaria


Ciudad de México, a 6 de junio de 2024

Diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana

Presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Presente

Comunico a usted que, en sesión celebrada en esta fecha ,se recibió de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oficio con el que remite la información relativa a la evolución de las finanzas públicas, incluyendo los requerimientos financieros del sector público y su saldo histórico, los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal, en los términos de la Ley Federal de Deuda Pública, y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa correspondientes a abril de 2024. Asimismo, informa sobre la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas, así como el pago de estas, desagregada por tipo de fondo, efectuando la comparación en ambos casos con abril de 2023, y se proporciona la información sobre la evolución de la recaudación para abril de 2024.

La Presidencia, con fundamento en el artículo 21, fracción III, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, dispuso que dicha documentación, que se anexa, se remitiera a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Senadores y a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público; y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados.

Atentamente

Diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos (rúbrica)

Secretaria


Ciudad de México, a 30 de mayo de 2024

Senadora Ana Lilia Rivera Rivera

Presidenta de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 107, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, me permito enviar la información relativa a la evolución de las finanzas públicas, incluyendo los requerimientos financieros del sector público y su saldo histórico, los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal, en los términos de la Ley Federal de Deuda Pública, y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa correspondientes a abril de 2024.

Asimismo, con fundamento en el artículo 107, párrafos segundo y tercero, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se informa sobre la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas, así como el pago de estas, desagregada por tipo de fondo, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal, y por entidad federativa, efectuando en ambos casos la comparación correspondiente con abril de 2023.

De igual forma, en términos del artículo 22, fracción I, de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, se proporciona la información sobre la evolución de la recaudación para abril de 2024.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Gabriel Yorio González (rúbrica)

Subsecretario

De la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, con la que remite información del Banco de México acerca de la inflación, la evolución económica y el comportamiento de los indicadores económicos del país en el trimestre enero-marzo de 2024 a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

Ciudad de México, 6 de junio de 2024

Diputado Luis Armando Melgar Bravo

Presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

Presente

Comunico a usted que, en sesión celebrada en esta fecha, se recibió del Banco de México, oficio con el que remite informe en el que se analiza la inflación, la evolución económica y el comportamiento de los indicadores económicos del país en el trimestre enero-marzo de 2024, así como la ejecución de la política monetaria y, en general, las actividades del Banco de México durante dicho periodo, en el contexto de la situación económica nacional e internacional, aprobado por la Junta de Gobierno del Banco.

La Presidencia, con fundamento en el artículo 21, fracción III, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, dispuso que dicha documentación, misma que se anexa, se remitiera a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Diputados.

Atentamente

Diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos (rúbrica)

Secretaria


Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 51, fracción II, de la Ley del Banco de México, me complace enviarles el informe en el que se analiza la inflación, la evolución económica y el comportamiento de los indicadores económicos del país en el trimestre enero-marzo de 2024, así como la ejecución de la política monetaria y, en general, las actividades del instituto central durante dicho periodo, en el contexto de la situación económica nacional e internacional, aprobado por la Junta de Gobierno del Banco en sesión del 28 de mayo del año en curso.

Pido a ustedes dar el trámite que corresponda en los términos establecidos por los ordenamientos aplicables.

Atentamente

Licenciada Victoria Rodríguez Ceja (rúbrica)

Gobernadora del Banco de México

De la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, con la que remite informe del IMSS relativo a la composición y sustitución financiera de sus inversiones correspondientes al primer trimestre de 2024 a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Seguridad Social de ambas Cámaras del Congreso

Ciudad de México, 6 de junio de 2024.

Diputado Luis Armando Melgar Bravo

Presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

Presente

Comunico a usted que, en sesión celebrada en esta fecha, se recibió del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), oficio con el que remite el informe sobre la composición y sustitución financiera de sus inversiones correspondientes al primer trimestre de 2024.

La Presidencia, con fundamento en el artículo 21, fracción III, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, dispuso que dicha documentación, que se anexa, se remitiera a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público; y de Seguridad Social de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Diputados.

Atentamente

Diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos (rúbrica)

Secretaria


Ciudad de México, a 6 de junio de 2024.

Diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján

Presidenta de la Comisión de Seguridad Social

Presente

Comunico a usted que, e sesión celebrada en esta fecha, se recibió del Instituto Mexicano del Seguro Social, oficio con el que remite el informe sobre la composición y sustitución financiera de sus inversiones correspondientes al primer trimestre de 2024.

La Presidencia, con fundamento en el artículo 21, fracción III, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, dispuso que dicha documentación, que se anexa, se remitiera a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público; y de Seguridad Social de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Diputados.

Atentamente

Diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos (rúbrica)

Secretaria


Ciudad de México, a 4 de junio de 2024.

Senadora Ana Lilia Rivera Rivera

Presidenta de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Senadores

Presente

Estimada senadora Rivera Rivera:

Hago referencia a los artículos 286 C de la Ley del Seguro Social y 70, fracción XIII, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, los cuales señalan que, de manera trimestral, el Instituto Mexicano del Seguro Social, debe remitir al Congreso de la Unión un informe sobre la composición y situación financiera de sus inversiones, previo dictamen favorable de la Comisión de Inversiones Financieras del propio instituto.

Al respecto, con fundamento en las disposiciones jurídicas antes citadas, así como en los artículos 251, fracciones III, IV y XXXV II, de la Ley del Seguro Social; 2, fracción V; 3, fracción II, inciso b), y 70, fracciones I y XXV, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, adjunto al presente encontrará el informe sobre la composición y situación financiera de las inversiones del Instituto Mexicano del Seguro Social, correspondiente al primer trimestre de 2024, el cual fue revisado y aprobado por la Comisión de Inversiones Financieras del IMSS en su sesión ordinaria número 815, de fecha 17 de mayo de 2024.

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Marco Aurelio Ramírez Corzo (rúbrica)

Director de Finanzas del IMSS



Iniciativas

Con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 65 y 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recibida del diputado Braulio López Ochoa Mijares, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 28 de mayo de 2024

Quien suscribe, Braulio López Ochoa Mijares, coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la Comisión Permanente iniciativa con proyecto de decreto por el cual se reforman los artículos 65 y 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

La redacción vigente de los artículos 65 y 66 constitucionales establece las fechas de inicio y término de los periodos ordinarios de sesiones del Congreso de la Unión, disponiendo la celebración de dos periodos ordinarios por año legislativo, el primero de los cuales inicia el 1 de septiembre y concluye el 15 de diciembre, mientras que el segundo inicia el 1 de febrero y concluye el 30 de abril.

Conforme a estas disposiciones, el Congreso de la Unión se encuentra en receso por cinco meses y medio cada año, durante los cuales entra en funciones la Comisión Permanente y únicamente a convocatoria de esta es posible celebrar periodos extraordinarios para ocuparse de asuntos específicos establecidos en la convocatoria.

Dicha configuración encuentra sus antecedentes en las Constituciones que precedieron a la de 1917, con variaciones en las fechas de inicio y término, así como en la existencia de uno o dos periodos ordinarios, derivado de lo cual los Congresos respectivos estaban llamados a sesionar entre 3 y 6 meses por año, conforme a las siguientes configuraciones:

Fechas de los periodos de sesiones en las Constituciones de México a partir de 1824 y reformas constitucionales a la de 1917.

1824, 1 de enero al 15 de abril (tres meses y medio con prórroga hasta de cinco meses).

1836, 1 de enero al 31 de marzo y del 1 de julio hasta agotar asuntos (tres meses más prórroga.

1843, 1 de enero al 31 de marzo y del 1 de julio al 1 de octubre (seis meses).

1857, 16 de septiembre al 15 de diciembre y del 1 de abril al 31 de mayo (cinco meses).

1917, 1 de septiembre al 31 de diciembre (4 meses).

1986, 1 de noviembre al 31 de diciembre y del 15 de abril al 15 de julio (5 meses).

1993, 1 de septiembre al 15 de diciembre y del 15 de marzo al 30 de abril (5 meses).1

Considerando que en épocas pasadas los traslados de las y los legisladores desde todas las entidades del país eran mucho más largos y complejos, estaba justificado que existieran prolongados periodos de receso durante los cuales las personas integrantes del Poder Legislativo pudiesen retornar a sus comunidades de origen para conocer las circunstancias y demandas de la ciudadanía representada.

Pero dadas las posibilidades de movilidad y comunicación existentes hoy, la necesidad de prolongados periodos de receso ha perdido razón de ser, resultando obligado cuestionarse si el funcionamiento del Congreso de la Unión se ve afectado consecuencia del limitado tiempo disponible durante los periodos ordinarios de sesiones.

Para ejemplificar la carga de trabajo que ha enfrentado la Cámara de Diputados en años recientes y la imposibilidad de atenderla plenamente, resulta pertinente citar el acuerdo de la Mesa Directiva relativo a las iniciativas con proyecto de ley o decreto presentadas en la LXII y LXIII Legislaturas, cuyo plazo o prórroga para ser dictaminadas ha precluido,2 publicado en la Gaceta Parlamentaria el 11 de octubre de 2018, por el cual “se declaran como asuntos totalmente concluidos, procediéndose a su archivo definitivo, todas las iniciativas con proyecto de ley o decreto presentadas durante las LXII y LXIII Legislaturas, cuyo plazo para ser dictaminadas y/o resueltas ha vencido, y que se detallan en el listado anexo al presente”.

En dicho listado anexo se hace una relación de 3 mil 582 iniciativas que no fueron dictaminadas durante los plazos reglamentarios y que, consecuencia de este acuerdo, fueron declaradas asuntos concluidos, sin que hayan sido analizadas y dictaminadas por las comisiones a que fueron turnadas.

En los considerandos de dicho acuerdo se citan acuerdos similares que se tomaron en legislaturas anteriores, evidenciando que el rezago legislativo que enfrenta la Cámara de Diputados ha sido una problemática recurrente que requiere ser atendida.

Adicionalmente al evidente rezago legislativo, nuestro país enfrenta graves problemáticas en el ámbito fiscal, educativo, ambiental, de salud, seguridad pública, por mencionar algunos, que demandan reformas estructurales urgentes para las cuales resulta indispensable llevar a cabo análisis responsables y construir los consensos necesarios, lo cual solo puede lograrse incrementando el tiempo efectivo de trabajo de las Cámaras y sus respectivas instancias dictaminadoras.

Ejemplo de ello es la reforma a la legislación secundaria en materia de derecho humano al agua y saneamiento, mandato derivado de los transitorios de la reforma de 2012 al artículo 4o constitucional, que doce años después sigue pendiente al haberse dado prioridad en el limitado tiempo de sesiones ordinarias a muchos otros asuntos por encima de este.

La presente iniciativa propone modificar las fechas de inicio y conclusión del segundo periodo ordinario de sesiones, con lo cual se incrementa su duración desde los tres meses que dispone la legislación vigente hasta los seis y medio meses que resultan de estas modificaciones. En consecuencia, los periodos de receso del Congreso se reducen de cinco y medio meses anuales vigentes a dos meses por año.

Para claridad de la propuesta se incluye a continuación un cuadro comparativo de las modificaciones planteadas:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 65. El Congreso se reunirá a partir del 1o. de septiembre de cada año para celebrar un primer periodo de sesiones ordinarias, y a partir del 1o. de febrero para celebrar un segundo periodo de sesiones ordinarias.

En ambos Periodos de Sesiones el Congreso se ocupará del estudio, discusión y votación de las Iniciativas de Ley que se le presenten y de la resolución de los demás asuntos que le correspondan conforme a esta Constitución.

En cada Periodo de Sesiones Ordinarias el Congreso se ocupará de manera preferente de los asuntos que señale su Ley Orgánica.

Artículo 66. Cada periodo de sesiones ordinarias durará el tiempo necesario para tratar todos los asuntos mencionados en el artículo anterior. El primer periodo no podrá prolongarse sino hasta el 15 de diciembre del mismo año, excepto cuando el Presidente de la República inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83, en cuyo caso las sesiones podrán extenderse hasta el 31 de diciembre de ese mismo año. El segundo periodo no podrá prolongarse más allá del 30 de abril del mismo año.

Si las dos Cámaras no estuvieren de acuerdo para poner término a las Sesiones antes de las fechas indicadas, resolverá el Presidente de la República.

TEXTO PROPUESTO

Artículo 65. El Congreso se reunirá a partir del 1o. de septiembre de cada año para celebrar un primer periodo de sesiones ordinarias, y a partir del 15 de enero para celebrar un segundo periodo de sesiones ordinarias.

En ambos periodos de sesiones, el Congreso se ocupará del estudio, discusión y votación de las iniciativas de ley que se le presenten y de la resolución de los demás asuntos que le correspondan conforme a esta Constitución.

En cada periodo de sesiones ordinarias el Congreso se ocupará de manera preferente de los asuntos que señale su Ley Orgánica.

Artículo 66. Cada periodo de sesiones ordinarias durará el tiempo necesario para tratar todos los asuntos mencionados en el artículo anterior. El primer periodo no podrá prolongarse sino hasta el 15 de diciembre del mismo año, excepto cuando el presidente de la República inicie su encargo en la fecha prevista en el artículo 83, en cuyo caso las sesiones podrán extenderse hasta el 31 de diciembre de ese mismo año. El segundo periodo no podrá prolongarse más allá del 31 de julio del mismo año.

Si las dos Cámaras no estuvieren de acuerdo para poner término a las sesiones antes de las fechas indicadas, resolverá el presidente de la República.

Quienes integramos alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión tenemos un deber y una enorme responsabilidad para con la ciudadanía a quien representamos, por lo que desde la bancada naranja estamos convencidos de la necesidad de redoblar esfuerzos para satisfacer las demandas justas y atender los rezagos históricos que le corresponden al Poder Legislativo federal.

Por lo expuesto me permito someter a consideración de la Comisión Permanente la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman los párrafos primero de los artículos 65 y 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único. Se reforman los artículos 65, primer párrafo; y 66, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 65. El Congreso se reunirá a partir del 1o. de septiembre de cada año para celebrar un primer periodo de sesiones ordinarias, y a partir del 15 de enero para celebrar un segundo periodo de sesiones ordinarias.

[...]

[...]

Artículo 66. Cada periodo de sesiones ordinarias durará el tiempo necesario para tratar todos los asuntos mencionados en el artículo anterior. El primer periodo no podrá prolongarse sino hasta el 15 de diciembre del mismo año, excepto cuando el Presidente de la República inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83, en cuyo caso las sesiones podrán extenderse hasta el 31 de diciembre de ese mismo año. El segundo periodo no podrá prolongarse más allá del 31 de julio del mismo año.

[...]

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Cámara de Diputados. “Antecedentes constitucionales”. Disponible en https://www.diputados.gob.mx/sia/polint/dpi41/antcons3.htm

2 Gaceta Parlamentaria, 11 de octubre de 2018. Disponible en https://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/64/2018/oct/20181011-III.pdf

Sede de la Comisión Permanente, a 28 de mayo de 2024.

Diputado Braulio López Ochoa Mijares (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Mayo 28 de 2024.)

Con proyecto de decreto, por el que se reforma el primer párrafo y se adiciona la fracción XXI, con lo cual se recorren las subsecuentes, al artículo 7o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, recibida de la diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, del Grupo Parlamentario del PRD, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 28 de mayo de 2024

Quien suscribe, Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, inciso H, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, 78 y 102, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo y adiciona la fracción XXI, con lo cual se recorren las subsecuentes, al artículo 7o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La presente iniciativa tiene por objeto establecer en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente la facultad que tienen las entidades federativas con lo dispuesto en la ley y las leyes locales en la materia para que en casos donde se constate de manera fehaciente que un animal está sufriendo maltrato o crueldad aun cuando se encuentre en un domicilio cerrado, pueda acceder hasta él con el auxilio de la fuerza pública, para impedir o hacer cesar esa condición de crueldad o maltrato en su contra para que estas, independientemente si se trata de un lugar deshabitado o no, lo anterior, con el propósito de garantizar que a los animales de compañía se les trate con respeto y el cuidado que se merecen.

En los últimos años, la sociedad ha logrado generar un cambio en la percepción en cuanto a la protección de la vida animal y, particularmente, de los animales de compañía, como los perros y gatos. Cada vez resulta más frecuente, encontrar personas o asociaciones civiles dedicadas al rescate animal, financiándose principalmente con fondos privados, sin ninguna regulación. Por ello proponemos el reconocimiento de los animales como seres con sensibilidad, dignos de un trato respetuoso y objeto de protección.

A escala federal hay protección para la vida silvestre, pero no para los animales de compañía que, cada vez con mayor frecuencia, abundan en los hogares de nuestro país. Muchos congresos locales han avanzado en el reconocimiento de su carácter y sus derechos, en respuesta a una tendencia mundial para generar redes de protección y bienestar para ellos. Si bien en nuestro país tenemos una Ley General de Vida Silvestre, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Sin embargo, a escala nacional no hemos avanzado en una legislación que proteja los derechos de los animales de compañía.

La primera Encuesta Nacional de Bienestar Autorreportado de 2021, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), revela que 69.8 por ciento de los hogares cuenta con algún tipo de mascotas. En total se tiene un acumulado de 80 millones de mascotas: 43.8 millones de ellas son caninas, 16.2 millones felinas y 20 millones una variedad miscelánea de otras mascotas pequeñas. Teniendo en cuenta los datos anteriores se puede observar un vínculo significativo del papel que cumplen las mascotas a nivel sentimental, cultural y social en las familias mexicanas.

Sin embargo, México cuenta con el tercer lugar en maltrato animal y el primer lugar en Latinoamérica, de acuerdo con el Inegi 70 por ciento de las mascotas viven en situación de calle y 6 de cada 10 sufren algún tipo de maltrato. Sólo en Ciudad de México, entre 2020 y 2022, el Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia ha contabilizado más de 17 mil 600 reportes por maltrato animal. De esa cifra, 87 por ciento está relacionado con perros.

Conforme a la información anterior, se puede considerar que los animales, aun cuando tienen un propietario, la propiedad o tenencia no genera un derecho absoluto, por lo que la crueldad animal implica desde la negligencia en cuidados básicos hasta el sufrimiento, humillación, dolor físico o psicológico a un animal de compañía, urbano o silvestre y estos pueden ser ejercidos de manera dolosa o culposa.

Por ello no sólo resulta indispensable el reconocimiento de su identidad como seres con sensibilidad y objeto de derechos y protección, sino que es importante la emisión de una que nos permita establecer lineamientos para que todas las autoridades federales, de las entidades federativas y municipios, tengan obligación de promover y respetar estos derechos, por ello la importancia de establecer que dentro de las funciones de las autoridades de las entidades Federativas este el rescate de animales compañía víctimas de maltrato que se encuentren dentro de la propiedad privada, independientemente si se trata de un lugar deshabitado o no.

Para mayor claridad de la iniciativa a continuación se presenta un cuadro comparativo con el cambio propuesto

Decreto que reforma el primer párrafo y adiciona la fracción XXI, con lo que se recorren las subsecuentes, al artículo 7o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Único. Se reforma el primer párrafo y se adiciona la fracción XXI, con lo que se recorren las subsecuentes, al artículo 7 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 7o. Corresponden a las entidades federativas , de conformidad con lo dispuesto en esta ley y las leyes locales en la materia, las siguientes facultades:

I. a XX. ...

XXI. El rescate de animales de compañía, a fin de preservar su vida, víctimas de maltrato, abandono, daño o tortura, que se encuentren dentro de predios, patios, pasillos, balcones, terrazas, azoteas, sótanos o cualquier otro lugar de naturaleza similar, independientemente si se trata de un lugar deshabitado o no;

XXII. La formulación y ejecución de acciones de mitigación y adaptación al cambio climático; y

XXIII. La atención de los demás asuntos que en materia de preservación del equilibrio ecológico y protección al ambiente les conceda esta ley u otros ordenamientos en concordancia con ella y que no estén otorgados expresamente a la federación.

Transitorio

Único. Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sede de la Comisión Permanente, a 28 de mayo de 2024.

Diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Mayo 28 de 2024.)

Que reforma los artículos 17 y 116 del Código Nacional de Procedimientos Penales, recibida de la diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente del jueves 6 de junio de 2024

La que suscribe, diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 6, numeral 1, fracción I, y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 17 y 116 del Código Nacional de Procedimientos Penales, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El sistema penal mexicano enfrenta una serie de desafíos que afectan su eficacia y accesibilidad además de una crisis de impunidad alarmante, con un promedio nacional de 96.3 por ciento de los delitos no resueltos, lo que socava la confianza pública en la justicia y aumenta la percepción de inseguridad.1

La implementación del nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio, iniciado en 2008 y plenamente vigente desde 2016, ha buscado promover principios como la transparencia, agilidad procesal y respeto a los derechos fundamentales. Sin embargo, persisten obstáculos significativos que requieren atención y solución. Además, la escasez de jueces y peritos, así como el colapso de las fiscalías, agravan la situación.

Bajo el entendido que existen problemas antiguos que se han heredado de un sistema penal inquisitivo, así como de las inercias nacionales que obstaculizan su consolidación, se agregan problemas nuevos. Una de las barreras actuales es la obligatoriedad de que los abogados registren su cédula profesional ante el Poder Judicial de la Federación (PJF) para poder comparecer.

Esta medida, que también se está adoptando en algunos tribunales locales, podría requerir que los litigantes registren su cédula profesional en hasta 32 jurisdicciones diferentes, lo que resulta en una carga administrativa excesiva y una formalidad innecesaria.

El primer antecedente del registro se da mediante el acuerdo general 24/2005 del pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece el Sistema Computarizado para el Registro Único de Profesionales del Derecho, ante los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito del 29 de junio de 2005.2

Este acuerdo se acompañó del siguiente criterio en materia administrativa:

Registro digital: 175204
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Novena Época
Materia(s): Administrativa
Tesis: I.11o.A.4 A
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXIII, abril de 2006, página 1188
Tipo: Aislada

Sistema computarizado para el registro único de profesionales del derecho ante los tribunales de circuito y juzgados de distrito. Para tener reconocido el carácter de autorizado en términos del artículo 27 de la Ley de Amparo, el abogado debe acreditar su inscripción, previo a la promoción de algún medio de defensa.

El sistema informático establecido por el Consejo de la Judicatura Federal en el Acuerdo General 24/2005 , publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2005, tiene por objeto que efectuada la inscripción de la cédula de licenciados en derecho ante los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación, surta sus efectos; sin embargo, requiere para su efectividad que el profesional autorizado en términos amplios del segundo párrafo del artículo 27 de la Ley de Amparo , haya registrado los datos de su cédula con fecha anterior a aquella en que intente hacer valer en beneficio de su autorizante algún medio de defensa establecido por la citada ley. Por ello, si de la consulta a dicho sistema se acredita que el registro se efectuó con posterioridad a la promoción, resulta evidente que al momento de presentar el medio de defensa carecía de legitimación en el procedimiento, atento a que este presupuesto procesal debió estar previamente acreditado porque no puede ser convalidado.

Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.

Amparo en revisión 275/2005. Gerardo Pilgram Cortina. 25 de noviembre de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Guadalupe Ramírez Chávez. Secretaria: María Guadalupe Casillas Quintero.

Nota: El Acuerdo General 24/2005 citado, también aparece publicado en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, julio de 2005, página 1599.

Adicionalmente, en materia penal, los tribunales del poder judicial de la federación emitieron el siguiente criterio:

Registro digital: 2015453
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Décima Época
Materia(s): Común, Penal
Tesis: I.6o.P.88 P (10a.)


Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 47, octubre de 2017, Tomo IV, página 2535
Tipo: Aislada

Recurso de queja en materia penal. Debe desecharse por improcedente el interpuesto por el autorizado que no acreditó estar legalmente facultado para ejercer la profesión de licenciado en derecho o abogado, ni estar registrado en el sistema computarizado para el registro único de profesionales del derecho ante el Consejo de la Judicatura Federal.

El artículo 12 de la Ley de Amparo establece que el quejoso y el tercero interesado podrán autorizar a cualquier persona con capacidad legal, en términos amplios o restringidos; en el primer supuesto, ésta queda facultada, entre otras cuestiones, para interponer recursos; en el segundo, sólo podrá oír y recibir notificaciones e imponerse de los autos. Ahora bien, conforme a su reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de junio de 2016, en materia penal, es requisito sine qua non que el autorizado en términos amplios, acredite estar legalmente facultado para ejercer la profesión de licenciado en derecho o abogado o, en su caso, aportar los datos necesarios para verificar su registro en el Sistema Computarizado para el Registro Único de Profesionales del Derecho ante los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, implementado por el Consejo de la Judicatura Federal. Por lo anterior, si en el juicio de amparo indirecto no se aportan esos datos, el autorizado estará legitimado en términos restringidos, esto es, sólo para oír y recibir notificaciones e imponerse de los autos y, en ese sentido, el recurso de queja que interponga contra la determinación que desecha la ampliación de la demanda de amparo es improcedente y, en consecuencia, debe desecharse.

Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito.

Queja 79/2017. 29 de junio de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Lara Hernández. Secretario: Gabriel Casas García.

No obstante, esta práctica no está contemplada en la legislación vigente y se considera un exceso que dificulta el acceso a la justicia tanto para los abogados como para sus clientes, esto se puede interpretar como una obstrucción al acceso a la justicia, un derecho fundamental que debe ser protegido.

Existen métodos alternativos para corroborar la identidad del abogado, como el uso de la credencial del Instituto Nacional Electoral (INE), pasaporte, y la consulta obligatoria del número de cédula en la página de la Secretaría de Educación Pública (SEP), situación que está contemplada en el propio Código Nacional de Procedimientos Penales en el artículo 17 y en el 116 que a la letra señalan:

Artículo 17. Derecho a una defensa y asesoría jurídica adecuada e inmediata.

La defensa es un derecho fundamental e irrenunciable que asiste a todo imputado, no obstante, deberá ejercerlo siempre con la asistencia de su Defensor o a través de éste. El Defensor deberá ser licenciado en derecho o abogado titulado, con cédula profesional.

...

...

...

Artículo 116. Acreditación

Los Defensores designados deberán acreditar su profesión ante el Órgano jurisdiccional desde el inicio de su intervención en el procedimiento, mediante cédula profesional legalmente expedida por la autoridad competente.

Ante este requisito adicional, este Congreso de la Unión incorporó disposiciones al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCyF) para eliminar estas prácticas en los tribunales. Al respecto, el código determina en sus artículos 235 y 241 lo siguiente:

Artículo 235: Establece que la demanda debe incluir el nombre de la persona representante autorizada, sin exigir el registro ante el tribunal o Poder Judicial correspondiente.

Artículo 241: Dispone que la contestación a la demanda debe cumplir con los mismos requisitos en cuanto a la representación autorizada.

La obligatoriedad del registro de la cédula profesional coarta el derecho al ejercicio profesional. En tanto que con el hecho de poseer cédula y título se otorga la patente para ejercer como profesional en derecho, y la imposición de trámites adicionales no previstos en la ley vulnera este derecho. Ello resalta la necesidad de que las disposiciones administrativas no sobrepasen los límites establecidos por la ley, asegurando el libre ejercicio de la profesión y el acceso a la justicia.

La reforma propuesta al Código Nacional de Procedimientos Penales busca eliminar esta exigencia administrativa, asegurando que los abogados puedan ejercer sin trabas adicionales y que los ciudadanos tengan garantizado su derecho a una representación legal adecuada.

Por lo anteriormente expuesto, se presenta la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Único. Se reforman los artículos 17 y 116 del Código Nacional de Procedimientos Penales para quedar como sigue:

Artículo 17. ...

...

...

...

...

Los tribunales no podrán establecer como requisito que Defensores o Asesores Jurídicos cuenten con un registro previo.

Artículo 116. ...

...

Queda prohibida la imposición de cualquier tipo de registro previo ante los órganos jurisdiccionales.

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Forbes. Crece la impunidad en el país; sólo 4 de cada 100 delitos son investigados: México Evalúa. Nota del 11 de octubre de 2023. Disponible en: https://www.forbes.com.mx/crece-la-impunidad-en-el-pais-solo-4-de-cada- 100-delitos-son-investigados-mexico-evalua/

2 CJF. Acuerdo General 24/2005, Del Pleno Del Consejo De La Judicatura Federal, Que Establece El Sistema Computarizado Para El Registro Único De Profesionales Del Derecho, Ante Los Tribunales De Circuito Y Juzgados De Distrito. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXII, Julio de 2005, página 1599. Registro digital: 1265. Disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/acuerdo/1265

Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, a 6 de junio de 2024.

Diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Justicia. Junio 6 de 2024.)

Que adiciona los artículos 91 y 93 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, recibida del diputado Rodolfo Cardona Pérez, del Grupo Parlamentario del PT, en la sesión de la Comisión Permanente del jueves 6 de junio de 2024

El que suscribe, Rodolfo Cardona Pérez, diputado de la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 55, fracción II; 56 y 57 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo tercero al artículo 91 y se adiciona un párrafo segundo al artículo 93, ambos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

De acuerdo con la Organización de la Naciones Unidas1 el mundo actual se enfrenta a algunos de sus mayores retos para muchas generaciones, retos que amenazan la prosperidad y la estabilidad de los pueblos de todo el planeta. La plaga de la corrupción se entrelaza en la mayoría de ellos .

La corrupción tiene repercusiones negativas en todos los aspectos de la sociedad y está profundamente ligada a los conflictos y la inestabilidad, poniendo en peligro el desarrollo social y económico y las instituciones democráticas y el estado de derecho . La corrupción no sólo sigue al conflicto, sino que a menudo es una de sus causas fundamentales. Alimenta los conflictos e inhibe los procesos de paz al socavar el estado de derecho, agravar la pobreza, facilitar el uso ilícito de recursos.

La prevención de la corrupción, el fomento de la transparencia y el fortalecimiento de las instituciones son fundamentales para alcanzar las metas previstas en los Objetivos de Desarrollo Sostenible , en los cuales el Estado mexicano ha mostrado su compromiso con los mismos.

En el Día Internacional contra la Corrupción del año 2022, Naciones Unidas aseveró que tiene por objetivo poner de relieve el vínculo crucial entre la lucha contra la corrupción y la paz, la seguridad y el desarrollo . Su núcleo es la noción de que la lucha contra este delito (sic) es un derecho y una responsabilidad de todos, y que sólo a través de la cooperación y la implicación de todas y cada una de las personas e instituciones podremos superar el impacto negativo de este delito (sic). Los estados, los funcionarios públicos, los agentes de la ley, los representantes de los medios de comunicación, el sector privado, la sociedad civil, el mundo académico, el público y los jóvenes tienen un papel que desempeñar para unir al mundo contra la corrupción .

Así pues, la Organización de las Naciones Unidas ha sido clara en el exhorto que hace a los diversos sectores de la población, entre ellos “los estados”, “los funcionarios públicos” y “la sociedad civil”.

Por lo anterior, he tomado a bien someter a esta Legislatura una iniciativa con proyecto de decreto que pretende adicionar diversas disposiciones a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, con el único objetivo de poner a discusión en el Poder Legislativo la urgente necesidad de mejorar lo concerniente al desarrollo de las investigaciones por presuntas faltas administrativas cometidas tanto por servidores públicos como por particulares. Lo anterior, motivado por los hechos históricos y prácticos que a continuación detallaremos.

El 27 de mayo de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma constitucional que dio vida jurídica y material al Sistema Nacional Anticorrupción, como una instancia de coordinación entre autoridades de los tres órdenes de gobierno, y sobre todo, la posibilidad de que representantes de la sociedad civil (Comités de Participación Ciudadana) tuvieran la oportunidad de sentarse en una misma mesa con las/los titulares de autoridades tan representativas en el combate a la corrupción, transparencia y rendición de cuentas, como lo son: las fiscalías generales, las auditorías superiores, los poderes judiciales, los órganos garantes del derecho al acceso a la información pública y transparencia y las contralorías o secretarías de la función pública.

Una vez publicada la reforma, los artículos transitorios de la ley general establecieron cómo se debería llevar a cabo la homologación de la misma en las entidades federativas, por lo que los estados comenzaron con los procesos legislativos correspondientes para la creación y modificación de los ordenamientos jurídicos relacionados a la materia, más el cambio de denominación de algunas instituciones públicas ya existentes.

Así pues, tras casi nueve años de la publicación de la reforma constitucional en el Diario Oficial de la Federación, las autoridades competentes para la ejecución de las diversas normas que engloban el Sistema Nacional y Estatales Anticorrupción todavía sufren de algunas deficiencias que el legislado/a no previó en su momento oportuno. Razón que motiva la presentación de esta iniciativa y que más adelante se detalla específicamente en qué consiste.

Nos hemos encontrado, pues, con personal que integran las contralorías que han externado comentarios en el sentido de que “la ley (es específico la Ley de Responsabilidades Administrativas, tanto general como estatales) no es clara en el apartado relacionado a las investigaciones por la comisión de presuntas faltas administrativas”. Así como personal dentro de los mismos órganos internos de control que desconocen completamente el funcionamiento de los sistemas anticorrupción. Lo que puede ser considerado como un reto a enfrentar tanto por el gobierno como por las organizaciones no gubernamentales de la sociedad civil.

Como bien menciona la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en el artículo que se cita al inicio de la presente iniciativa, la lucha del combate a la corrupción está en manos de todos y todas, no solamente del lado de la cancha de los gobiernos, sino también de la sociedad civil, academia, sector privado, entre otros. Por lo que más que una crítica y un señalamiento, la presente iniciativa pretende, como se dijo anteriormente, poner en la discusión pública la necesidad de mejorar el libro y título relacionado al desarrollo de las investigaciones de faltas administrativas de la ley en la materia, es decir, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, buscando que en su momento se pueda extrapolar la presente propuesta a la materia penal, es decir, a los delitos por hechos de corrupción, competencia de las fiscalías generales.

Existen diversos textos académicos que estudian lo relacionado a las omisiones de las autoridades gubernamentales, sobre todo de las investigadoras, las cuales aquí nos interesan.

Como ha dicho Mortati2 “La discrecionalidad del legislador debe ceder frente a prescripciones constitucionales que le impongan la obligación de proveer a la tutela de tales derechos, lo que no excluye la especificación de cómo cumplirlas, de tal manera que de la elección del modo considerado como el más adecuado para satisfacerlos no se derive la reducción del contenido mínimo necesario para no tornar puramente ilusoria la satisfacción del interés protegido”.

Lo que podemos tomar del párrafo que antecede son dos temas importantes, en primer lugar, el texto constitucional y, en segundo lugar, la discrecionalidad legislativa por parte de las y los legisladores que conocen, estudian, dictaminan y aprueban legislaciones relacionadas al desarrollo de las investigaciones jurídicas.

En este caso particular, a las investigaciones por posibles comisiones de faltas administrativas.

Respecto al texto constitucional, nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 173 lo siguiente:

“Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.

Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales...”.

De lo cual podemos advertir que la Constitución federal no establece un plazo específico para la administración de justicia, limitándose a mencionar que serán los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones “de manera pronta, completa e imparcial”.

Lo que nos lleva a conducirnos a la legislación general relacionada al proceso de investigación por presuntas comisiones de faltas administrativas, graves, no graves y de particulares, es decir, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en específico su libro segundo, título primero denominado “De la investigación y calificación de las faltas graves y no graves” en el cual se establece lo relacionado a los principios que deberán observarse en el curso de toda investigación, siendo los siguientes: legalidad, imparcialidad, objetividad, congruencia, verdad material y respeto a los derechos humanos.

Sin embargo, dicho Libro Segundo, a pesar de establecer todo lo relacionado a las investigaciones de presuntas comisiones de faltas administrativas que realizarán las autoridades investigadoras una vez tengan conocimiento por medio de una denuncia, de oficio o de derivado de las auditorías practicadas por parte de las autoridades competentes, de algún hecho que podría encuadrar en las faltas administrativas descritas en la propia ley, no establece plazos concretos a los cuales deberán de apegarse las autoridades investigadoras en el ejercicio de sus facultades. Lo que deja en total discreción el tiempo que dura el desarrollo de una investigación.

Al revisar las legislaciones locales, nos encontramos con el mismo Libro Segundo, Título Primero, denominado de igual manera “De la investigación y calificación de las faltas graves y no graves”, el cual también, como en el orden federal, regula todo lo relacionado a los principios que deberán observarse en el curso de toda investigación, siendo los mismos que prevé la ley general, es decir: legalidad, imparcialidad, objetividad, congruencia, verdad material y respeto a los derechos humanos.

Tanto la Constitución federal, como los principios que deberán observarse en desarrollo de toda investigación establecidos en la legislación secundaria, hablan sobre el respeto a los derechos humanos y que las autoridades competentes y facultadas para ello emitirán de manera pronta sus resoluciones.

Sin embargo, la ejecución de dichos numerales no se realiza de tal manera. Un ejemplo, tan sólo la organización civil Iniciativa Sinaloa, presentó en el norte de la frontera de México, de marzo de 2020 a octubre de 2023, 36 denuncias relacionadas por posibles comisiones de faltas administrativas graves, cometidas principalmente por servidores públicos.

De las mencionadas denuncias, sólo una ha tenido una resolución condenatoria, por parte de un Órgano Interno de Control, que además, dicho órgano aplicó la sanción por la realización de una falta administrativa grave, que impuso a una exservidora pública en materia de salud, cuando claramente la Ley General de Responsabilidades Administrativas establece que tratándose de faltas administrativas graves la autoridad competente para aplicar la sanción correspondiente a dicha falta es el Tribunal de Justicia Administrativa.

Lo anterior evidencia la falta de capacidad técnica por quienes forman parte de las Autoridades Investigadoras y Autoridades Substanciadoras de sanciones por faltas administrativas. Es decir, a pesar de que existe una legislación en la materia (Leyes de Responsabilidades Administrativas) quienes forman parte de dichas instituciones públicas quienes contamos con la práctica en la presentación de denuncias y acompañamiento del desarrollo de investigaciones por faltas administrativas y en la ejecución de las sanciones aplicables, hemos constatado que en algunas ocasiones no cuentan con la capacidad exigida por las circunstancias actuales en la lucha del combate a la corrupción.

Respecto a lo anterior, las autoridades investigadoras han dejado ver entre líneas la discrecionalidad y falta de “prontitud” con la que investigan las denuncias presentadas por personas físicas, morales y autoridades gubernamentales competentes al transcurrir un periodo de tiempo razonable para emitir una resolución, ya sea en sentido afirmativo o no sobre si se tienen los elementos e indicios suficientes para comprobar la existencia de una falta administrativa por algún servidor público o particular.

Tomando como ejemplo la experiencia de dicha organización civil, existen denuncias que fueron presentadas en junio de 2020 y que a la fecha (abril de 2024) no se cuenta con un avance concreto o sólido respecto al estatus de dichas investigaciones que derivaron de la presentación de nuestras denuncias.

El modo en el que el denunciante busca obtener información sobre el estatus de la denuncia que presentó, es mediante llamadas telefónicas que pueden terminar en 45 minutos frente al teléfono y terminen por no estar presente en la oficina gubernamental el servidor públicos competente, o mediante solicitudes de acceso a la información, que en muchas ocasiones se limitan a contestar que la denuncia en cuestión de encuentra “en etapa de investigación” sin proporcionar mayor información al denunciante, causando un estado de incertidumbre jurídica en el mismo.

A pesar de que la propaganda gubernamental de los últimos 20 años ha ido enfocada al respeto a los derechos humanos (mediante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos) y una cultura de la denuncia por parte de ciudadanos cuando éstos tengan conocimiento de algún hecho delictivo o que viole alguna disposición legal (como es el caso de los delitos electores mediante la Fisel) y ahora también relacionada a actos de corrupción (mediante las contralorías sociales o secretarías de la función pública/transparencia y rendición de cuentas), la práctica ha sido muy distinta, ya que no se ha tomado en consideración la valentía y compromiso de las y los ciudadanos que gastan tiempo, dinero y esfuerzo en la presentación de una denuncia (administrativa o penal).

De lo anterior surge la necesidad de obligar mediante la legislación a las autoridades investigadoras a informar periódicamente a los denunciantes (sean personas físicas, morales, privadas o alguna institución pública facultada para la presentación de denuncias) el estado que guarda el desarrollo de la investigación que derivó de la denuncia presentada.

Es decir, que cada dos meses, la autoridad investigadora, tenga la obligación de dar aviso a la parte denunciante de manera breve y siendo respetuoso de la legislación sobre el cuidado de los datos personales, sobre el estado procesal que guarda la investigación que se abrió con motivo de su denuncia.

Además, sumado a lo anterior, como se ha mencionado en los párrafos que anteceden, las investigaciones deberán apegarse al principio de respeto a los derechos humanos. Sin embargo, dicho principio no establece el acotamiento de la interpretación del respeto a los derechos humanos en la investigación. Por lo que la parte denunciante, asistiendo el derecho, puede exigir que, en cumplimiento de dicho principio, se respete su derecho humano del acceso a la justicia pronta y expedita.

Y es que, muchos denunciantes optan por la presentación de amparos que son costosos y algunas veces tardados, en donde solicitan al juzgador de amparo que le ordene a la autoridad investigadora competente realizar precisamente una investigación pronta. Incluso, respecto a lo anterior, nuestros tribunales colegiados ya han emitido una interpretación armónica utilizando como principio hermenéutico el principio pro persona, como se establece a continuación:

Acceso a la impartición de justicia. Las garantías y mecanismos contenidos en los artículos 8, numeral 1 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, tendentes a hacer efectiva su protección, subyacen en el derecho fundamental previsto en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, interpretado de manera sistemática con el artículo 1o. de la ley fundamental, en su texto reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el diez de junio de dos mil once, en vigor al día siguiente, establece el derecho fundamental de acceso a la impartición de justicia, que se integra a su vez por los principios de justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, como lo ha sostenido jurisprudencialmente la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia 2a./J. 192/2007 de su índice, de rubro: “Acceso a la impartición de justicia. El artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece diversos principios que integran la garantía individual relativa, a cuya observancia están obligadas las autoridades que realizan actos materialmente jurisdiccionales”.

Sin embargo, dicho derecho fundamental previsto como el género de acceso a la impartición de justicia, se encuentra detallado a su vez por diversas especies de garantías o mecanismos tendentes a hacer efectiva su protección, cuya fuente se encuentra en el derecho internacional, y que consisten en las garantías judiciales y de protección efectiva previstas respectivamente en los artículos 8, numeral 1 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, adoptada en la ciudad de San José de Costa Rica el veintidós de noviembre de mil novecientos sesenta y nueve, cuyo decreto promulgatorio se publicó el siete de mayo de mil novecientos ochenta y uno en el Diario Oficial de la Federación. Las garantías mencionadas subyacen en el derecho fundamental de acceso a la justicia previsto en el artículo 17 constitucional, y detallan sus alcances en cuanto establecen lo siguiente: 1. El derecho de toda persona a ser oída con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un Juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter; 2. La existencia de un recurso judicial efectivo contra actos que violen derechos fundamentales; 3. El requisito de que sea la autoridad competente prevista por el respectivo sistema legal quien decida sobre los derechos de toda persona que lo interponga; 4. El desarrollo de las posibilidades de recurso judicial; y, 5. El cumplimiento, por las autoridades competentes, de toda decisión en que se haya estimado procedente el recurso. Por tanto, atento al nuevo paradigma del orden jurídico nacional surgido a virtud de las reformas que en materia de derechos humanos se realizaron a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el diez de junio de dos mil once, en vigor al día siguiente, se estima que el artículo 17 constitucional establece como género el derecho fundamental de acceso a la justicia con los principios que se derivan de ese propio precepto (justicia pronta, completa, imparcial y gratuita), mientras que los artículos 8, numeral 1 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos prevén garantías o mecanismos que como especies de aquél subyacen en el precepto constitucional citado, de tal manera que no constituyen cuestiones distintas o accesorias a esa prerrogativa fundamental, sino que tienden más bien a especificar y a hacer efectivo el derecho mencionado, debiendo interpretarse la totalidad de dichos preceptos de modo sistemático, a fin de hacer valer para los gobernados, atento al principio pro homine o pro persona, la interpretación más favorable que les permita el más amplio acceso a la impartición de justicia”.

(Subrayado añadido)

“Acceso a la justicia. Los órganos jurisdiccionales deben evitar, en todo momento, prácticas que tiendan a denegar o limitar ese derecho.

A fin de satisfacer efectivamente el derecho fundamental de acceso a la justicia, debe acudirse al artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el cual prescribe la obligación por parte del Estado, de conceder a toda persona bajo su jurisdicción, un recurso judicial efectivo contra actos violatorios de derechos, los cuales pueden estar reconocidos tanto en la legislación interna, como en la propia convención. Asimismo, en la interpretación que se ha hecho de este numeral por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ha sido criterio sostenido que, para la satisfacción de dicha prerrogativa, no basta con la existencia formal de un recurso, sino que éste debe ser efectivo; es decir, capaz de producir resultados o respuestas y tener plena eficacia restitutoria ante la violación de derechos alegada; en otras palabras, la obligación a cargo del Estado no se agota con la existencia legal de un recurso, pues éste debe ser idóneo para impugnar la violación y brindar la posibilidad real, no ilusoria, de interponer un recurso sencillo y rápido que permita alcanzar, en su caso, la protección judicial requerida. En estas condiciones, la existencia de esta garantía constituye uno de los pilares básicos, no sólo de la Convención Americana citada, sino de todo Estado de derecho. Por tanto, los órganos jurisdiccionales deben evitar, en todo momento, prácticas que tiendan a denegar o limitar el referido derecho de acceso a la justicia”.

(Subrayado añadido)

De acuerdo con la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos4 “La impunidad es la consecuencia de la falta de investigación y castigo de quienes cometen delitos y violaciones a derechos humanos. En México, la impunidad se debe en gran medida a que las víctimas no denuncian los delitos, ya que no confían en las instituciones por considerar que actúan de forma negligente5 , o bien porque consideran que es una pérdida de tiempo acudir a la justicia.

Para combatir la grave crisis de impunidad que enfrenta nuestro país requerimos una serie de medidas que nos ayuden a fortalecer las instituciones para que investiguen correctamente los delitos relacionados con violaciones graves, sistemáticas y generalizadas de derechos humanos cometidas en el contexto de la política de seguridad vigente, así como los de corrupción . Con ello se podrán llevar ante la justicia a las personas responsables de cometerlos, así como a los superiores que ordenaron, participaron o permitieron que se cometieron esos crímenes o faltas administrativas ”.6

Lo que resulta grave es lo relacionado a “no confían en las instituciones por considerar que actúan de forma negligente” y discrecional, añadiría yo, y se debe de trabajar, como lo mencionó la Organización de las Naciones Unidas, de manera conjunta. Sociedad civil y gobierno, buscar las diversas opciones administrativas y políticas que existan para lograr que la sociedad en general comience a confiar en las instituciones investigadoras.

¿Cómo lograrlo o por dónde empezar? Sin duda por la legislación. Al estar obligados los servidores públicos a cumplir con lo que les ordena la ley, es fundamental que existan marcos normativos claros en los apartados relacionados al desarrollo de las investigaciones.

De esta manera, se acota la discrecionalidad con la que cuentan actualmente para realizar muchas o pocas acciones dentro de las investigaciones abiertas por presuntas comisiones de faltas administrativas.

Entonces, hasta el momento, el problema de 1) no contar con una pronta justicia (pronta investigación) por parte de las autoridades competentes y 2) no contar con una autoridad investigadora que esté obligada a rendir cuentas sobre sus actividades ha llegado a nuestro país y a nuestra entidad a contar con un alto grado de impunidad.

Impunidad que no suma en nada a las diversas fuerzas de gobierno, sociedad y sector privado que se han estado realizando desde hace aproximadamente 8 ocho años oficialmente.

El funcionamiento del Sistema Nacional Anticorrupción y sus homólogos en los estados y al cumplirse casi nueve años de la entrada en vigor de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y las demás leyes secundarias, ha evidenciado las autoridades que forman un “cuello de botella” en la búsqueda de la impartición de justicia relacionada al combate a la corrupción.

Dichas instituciones son precisamente las investigadoras. Es decir, las fiscalías especializadas en combate a la corrupción y las contralorías o secretarías de la función pública / transparencia y rendición de cuentas.

Ya que como se ha estado mencionado a lo largo de la presente iniciativa, no ha servido de mucho contar con ciudadanos y ciudadanas participativas que presenten denuncias con pruebas e indicios para demostrar la realización de una falta administrativa o la presentación de una denuncia administrativa o penal por parte de las autoridades de auditoría y fiscalización.

La organización mundial Transparencia Internacional7 , nos ha mostrado a través de su estudio denominado Índice de percepción de la corrupción 2023 , que realiza todos los años, que, a pesar de los esfuerzos del Gobierno mexicano por establecer un nuevo sistema nacional anticorrupción, nuestro país se mantiene con altos niveles de corrupción, quedando en el lugar 126 de 180 países evaluados en el Índice, donde el nivel mejor evaluado es 1.

De acuerdo con el Comité Estatal de Participación Ciudadana de Tamaulipas8 “Los orígenes de la corrupción pueden dividirse principalmente en dos tipos: los sociales, es decir, aquellos relacionados con cuestiones culturales y sociológicas; y los institucionales, provenientes del diseño normativo de las instancias gubernamentales, así como de los distintos incentivos y sanciones ligados al actuar de los servidores públicos”.

Dejando ver, una vez más, la importancia de contar con marcos normativos que regulen el actuar de las instituciones públicas. En este caso, para efectos de la presente iniciativa, es el actuar claro de las autoridades investigadoras de faltas administrativas.

Sumando a lo que se ha venido externando a lo largo de la presente iniciativa, si extrapolamos las investigaciones al desarrollo de un juicio, nos encontraríamos forzosamente con la existencia de plazos claros dentro de la legislación (Códigos de procedimientos o cualquier otra legislación que regule procesos).

Dichas autoridades competentes de conocer los juicios desarrollados ante ellas, cuentan con plazos para efectuar interpretaciones, abrir la etapa probatoria, así como dictar sentencias y resoluciones condenatorias, que se fundamentan y motivan en los diversos documentos y medios probatorios expuestos en el desarrollo del juicio.

Aún con plazos concretos dentro de los códigos procedimentales, los juicios tienen una duración mayor a la que supuestamente debería de tener conforme a lo establecido por las leyes.

Ahora, ¿sin una legislación que expresamente lo establezca?

Lo interesante de todo lo anterior, es que nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no prohíbe la estipulación de plazos, ya que como se plasmó al inicio de esta iniciativa, la Constitución federal se limita a mencionar que las leyes secundarias en las materias correspondientes se encargarán de establecer los mismos.

Por ende, y en concordancia con los diversos argumentos que se han mencionado a lo largo de la presente iniciativa, las y los legisladores que conforman esta Legislatura tienen la posibilidad de dar un paso legislativo considerable en pro del combate a la corrupción y de la transparencia y rendición de cuentas como en ningún otro estado lo haya dado.

Lo recomendable, de acuerdo a la doctrina, es que el legislador acote lo más posible la discrecionalidad con la que actúan las autoridades, y más en un tema tan delicado para la sociedad mexicana y sinaloense como lo es el combate a la corrupción.

En la práctica política, hemos sido testigos de frases como “la autoridad competente resolverá lo conducente” o “se aplicará lo establecido en la ley en la materia”. Sin embargo, cuando la ley no establece con claridad lo procedimientos y el poder judicial de la federación puede hacer poco respecto a ordenar a una autoridad investigadora a investigar una denuncia (ya que es relativamente sencillo probar en juicio que se han realizado acciones para la investigación), nos encontramos con un talón de Aquiles en el Sistema Anticorrupción.

Ya que ni sumando todas las acciones de las demás autoridades que conforman el Comité Coordinador, ni alentando a la sociedad a presentar las denuncias correspondientes cuando tengan conocimiento de algún acto contrario a la legislación, podremos comenzar a inhibir la corrupción si no reforzamos mediante la legislación las facultades, competencias y obligaciones de las instituciones públicas encargadas de la investigación, como lo son las fiscalías generales y las contralorías sociales/secretarías de transparencia y rendición de cuentas/de la función pública, cual sea su denominación.

Precisamente en este sentido, y que sirven como fundamentos los dos criterios emitidos por nuestros tribunales colegiados mencionados anteriormente, es que ponemos a consideración de esta soberanía dos cuestiones fundamentales dirigidas hacia el respeto a los derechos humanos del denunciante y de generar mejores condiciones encaminadas a que exista una mayor transparencia por parte de las autoridades investigadoras de faltas administrativas. Para que el denunciante no tenga que caer en cuestiones meramente judiciales, destinando tiempo, dinero y esfuerzo propio, cuando perfectamente las autoridades gubernamentales investigadoras pudieran cumplir lo establecido desde nuestra Carta Magna, hasta los principios que se deben de observar en el desarrollo de toda investigación.

De esta manera, pues, pretendo demostrar los dos lados de la moneda. Tradicionalmente se ha venido interpretando el principio de respeto a los derechos humanos como un principio que le corresponde o se aplica principalmente a favor de la persona denunciada.

Sin embargo, como lo he demostrado con argumentos lógicos-jurídicos dicho principio también se puede interpretar a favor del denunciante, respetando su derecho al acceso a la justicia pronta y expedita por parte de las autoridades competentes.

Para dar mayor claridad a nuestra propuesta presentamos el siguiente cuadro:

Por lo expuesto y fundado presento a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona un párrafo tercero al artículo 91 y se adiciona un párrafo segundo al artículo 93, ambos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas

Artículo Único. Se adiciona un párrafo tercero al artículo 91 y se adiciona un párrafo segundo al artículo 93, ambos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas para quedar como sigue:

Artículo 91. ...

...

Una vez que inicie formalmente la investigación, es decir, que se le haya notificado al denunciante, al área interna o a la autoridad gubernamental o externo que practicó la auditoría el inicio de la investigación, la autoridad investigadora tendrá como plazo máximo trescientos sesenta y cinco días naturales para finalizar la investigación correspondiente. Pudiendo informar al denunciante o al superior jerárquico, con quince días hábiles previos al cumplimiento del plazo señalado anteriormente, la necesidad de realizar una investigación complementaria, que tendrá una duración máxima de ciento ochenta y tres días naturales más, a partir del cumplimiento del primer plazo.

Artículo 93. ...

Una vez admitida la denuncia por la autoridad investigadora, ésta última tendrá la obligación de informar cada noventa días naturales al denunciante el avance que guarda la investigación, informándole el carácter de confidencial y respetando los datos personales de las partes en dicho informe.

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente decreto.

Notas

1 ONU. Veinte años de la Convención de la ONU contra la Corrupción: uniendo al mundo contra la corrupción. 2022. Disponible en línea en: www.un.org/es/observances/anti-corruption-day#:~:text=Para%20crear%20co nciencia%20contra%20esta,Día%20Internacional%20contra%20la%20Corrupción .

2 Mortati, Constantino. “Appunti per uno studio sui rimedi giurisdizionali contro comportamenti omissivi del legislatore”, p. 992.

3 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Consultada el 11 de abril de 2024. Disponible en línea en: www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

4 Organización civil, secular, autónoma e independiente fundada en 1989.

5 Subrayado añadido.

6 Negritas añadidas y el subrayado es propio.

7 Transparency International. 2023. Disponible en línea en: https://www.transparency.org/en/cpi/2023

8 Comité Estatal de Participación Ciudadana de Tamaulipas. Disponible en línea en: http://www.cepctamaulipas.org.mx/quienes-somos/

Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, a 6 de junio de 2024.

Diputado Rodolfo Cardona Pérez (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción. Junio 6 de 2024.)

Que reforma diversas disposiciones a la Ley General de Cultura Física y Deporte, recibida del diputado Alan Castellanos Ramírez, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente llevada a cabo el jueves 6 de junio de 2024

Quien suscribe, Alan Castellanos Ramírez, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en las fracciones II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones a la Ley General de Cultura Física y Deporte, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La cultura física y el deporte contribuye a la formación de la sociedad. Además, es un apoyo para que la salud de las personas no deteriore, e incluso mejore. Por ello, mirar las condiciones en que está siendo implementada y apoyada por el Estado se perfila como una necesidad para apoyo de la sociedad mexicana.

Lo provisto por el artículo 5o. de la Ley General de Cultura Física y Deporte define a la cultura física como: “Conjunto de bienes, conocimientos, ideas, valores y elementos materiales que el hombre ha producido con relación al movimiento y uso de su cuerpo”.1 Esto quiere decir que la cultura física es un medio por el que las personas adquieren consciencia de su cuerpo.

De igual manera, el mismo artículo califica al deporte como la “actividad física, organizada y reglamentada, que tiene por finalidad preservar y mejorar la salud física y mental, el desarrollo social, ético e intelectual, con el logro de resultados en competiciones”.2 Con este concepto, se liga al deporte en una dualidad entre el cuerpo y la mente, en donde su realización preserva la salud de forma sincrónica, entendiendo que cuidando una, se cuida a la otra.

Ambos conceptos giran en torno a la preservación del cuerpo. Ahora, el cuerpo será entendido como:

“una construcción social transformada desde la educación cuando se integra la corporeidad y se vuelve a integrar la relación cuerpo-sujeto y cultura, lo cual permite integrar conceptos como motricidad para interpretar las acciones de los sujetos y su objetivo final. González y González interpretan este concepto como la expresión de lo que somos (nuestra corporeidad) y es la energía que nos impulsa a vivir y tomar conciencia de quiénes somos, dónde estamos y hacia dónde vamos”.3

El cuerpo, que se entiende como su expresión material, su corporeidad, relacionada con el individuo poseedor del cuerpo físico, es decir, el sujeto. Ambos, cuerpo y sujeto coexisten como una autopercepción que a su vez se ve mediada por la cultura, de esta mediación es que surge la persona. Entender al cuerpo como la conglomeración de lo que la persona significa, es decir, que en un cuerpo existe una persona, no encamina a contemplar que su bienestar radica de forma exclusiva en su integridad física, sino también en la de su salud mental.

Así, exponiendo la importancia que significa el cuerpo y su preservación y cómo es que tanto la cultura física, y cómo el deporte retribuye a conservar su integridad, es que se aboga por engrosar las medidas que giran en torno a estos dos puntos.

En México, un país que vive en una constante desigualdad, al deporte, subsumido por las condiciones materiales que lo rodean, ve deteriorada las medidas para su correcta implementación, como es comentado por Dosal y Capdevilla (2016):

“México es un país con rezagos enormes en materia de protección social que crean segregación de distinto tipo en amplios segmentos de la población. El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) mide tales problemas con criterios que identifican seis carencias principales: atraso educativo, falta de acceso a los servicios de salud y a la seguridad social, insuficiencia alimentaria, hacinamiento y mala calidad de los servicios básicos de la vivienda, incluida la pobreza en que se encuentran

55.3 millones de mexicanos, 4.8 por ciento más que en 2010. [...] Sería extraño que la segregación social no se reprodujese en el ámbito de las actividades deportivas”.4

La desigualdad social se ve reflejada en distintos niveles de la sociedad, y el deporte no es ninguna excepción. Así, el deporte se vuelve un privilegio que se aleja gradualmente de la base de la población.

Tal y como comentan Pöllmann y Sánchez:

“Aún, concibiéndolo como derecho humano, la práctica del deporte resulta extremadamente reducida y excluyente entre la población mexicana. El Módulo de Práctica Deportiva y Ejercicio Físico (Mopradef) del Inegi recoge información de la población de 18 años y más en 32 ciudades de más de 100 mil habitantes. Las cifras resultantes revelan hechos alarmantes. A fines de 2015, 56 por ciento de esa población resultó deportivamente inactiva con una ligerísima tendencia al alza desde 2013. Por supuesto, los porcentajes son aún más desfavorables en el caso de las mujeres. Los datos de la Encuesta Nacional de Cultura, Lectura y Deporte (Universitaria) confirman esos hechos. En 2008, 68.7 por ciento de los encuestados contestó no realizar ninguna actividad física y 73.2 por ciento que no practica deporte alguno (Pöllmann y Sánchez Graillet, 2015)”.5

Estas cifras, que ya son antiguas, pues van de 2008 a 2013, no por ello dejan de reflejar una realidad que aqueja a la mayoría de la población mexicana. Mas las últimas cifras del Mopradef del Inegi, nos demuestran que la situación desde esos años no ha cambiado y sigue siendo una deficiencia que el Estado mexicano continúa arrastrando desde el 2013.

De acuerdo con las cifras otorgadas por el Inegi, 39.8 por ciento de personas mayores a los 18 años, en 2023, realiza actividad física-deportiva en sus tiempos libres lo que representa el tercer porcentaje más bajo desde 2013 hasta la fecha. De este porcentaje, 23.6. por ciento realiza actividad física con suficiencia y 15.3 por ciento sin suficiencia. Para efectos de este censo, el Inegi entiende que la actividad física con suficiencia corresponde a personas que “Realizaron práctica físico-deportiva en su tiempo libre de la semana pasada, al menos tres días por semana y acumulando un tiempo mínimo de 75 minutos con una intensidad vigorosa o 150 minutos con intensidad moderada”6 y la actividad física con insuficiencia se comprende como personas que “Realizaron práctica físico-deportiva en su tiempo libre de la semana pasada, menos de tres días por semana o no acumulando el tiempo mínimo de 75 minutos con una intensidad vigorosa o 150 con una intensidad moderada.”7 Lo que deja ver de manera esclarecedora que la cantidad proporcional de personas mayores de edad en México que realiza actividad física de cualquiera de estas dos índoles, es una minoría en el país, por lo que la cultura física a nivel nacional es muy pobre, reflejándose en las cifras presentadas.

Contemplando el porcentaje anterior, 46.5 por ciento de personas activas físicamente son hombres y 34 por ciento corresponde a mujeres. Y entre hombres 55.7 por ciento tiene actividad física con suficiencia y de 42 por ciento su actividad física es insuficiente. Del grupo de mujeres que realiza actividad física, 63.6 por ciento lo realiza con suficiencia y 34 por ciento con insuficiencia.8 Además, del total de personas que realiza actividad pública 60.9 por ciento lo realizan en lugares públicos como parques, calle, campo y plazas. Adjuntado a lo anterior, 70.3 por ciento de personas activas físicamente que reportó realizar actividad física la semana pasada, lo hizo por existencia de instalaciones para realizar actividad física en su colonia.9

Estas cifras dejan ver, desde una perspectiva general, que con relación a 2013 la cantidad de personas que realizan deporte ha disminuido de 43.8 por ciento (2013) a 39.8 por ciento (2023). El deterioro de la actividad deportiva es un fenómeno que tendría que encender una señal de alarma y poner un foco de atención en medidas que ayuden a combatir el deterioro de la misma actividad físico-deportiva.

La imperante necesidad de construir medidas que garanticen el fomento de la actividad físico-deportiva (actividad que como ya ha sido expuesta colabora en un sano desarrollo físico tanto mental), cobra mayor fuerza cuando se remite a lo dispuesto en acuerdos internacionales, así como en las mismas leyes del propio Estado mexicano.

De acuerdo con el primer artículo de la Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte “La práctica de la educación física y el deporte es un derecho fundamental para todos”.10 Con este artículo, se universaliza la contemplación de la actividad física y el deporte como un derecho esencial para todo ser humano.

En el mismo tenor, ya la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dentro del artículo 4° establece que “Toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte. Corresponde al Estado su promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes en la materia.”11 Reconociendo, al igual que el primer artículo de la Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte, que es un derecho fundamental la cultura física y el deporte, derecho en el que se ve contemplada toda persona. Mas el 4° artículo de la carta magna va más allá de dictaminar un imperativo universal, pues también establece que es responsabilidad del Estado tanto la promoción, fomento y estímulo de la cultura física y el deporte.

Correlativamente y teniendo en cuenta las definiciones que al principio de la iniciativa se recogieron del deporte como de la cultura física (definiciones que se encontraban en la Ley General de Cultura Física y Deporte), se puede argumentar que el deporte se vuelve una necesidad para la población, al igual que la salud y la seguridad, el deporte y la actividad física constituyen un derecho básico para toda la población.

Sin embargo, sustentando con mayor contundencia lo anterior, se recoge de la tesis doctoral de Carlos Albeiro Herrera Nivia, hablando sobre la relación que tiene

“Asimismo, en otro estudio con 65 sujetos, 35 hombres y 30 mujeres de edades comprendidas entre 16 a 45 años, se mostró que el EF (Ejercicio físico) de intensidad moderada con una serie de ejercicios programados 2 veces por semana con una duración de 45 min cada sesión, mejoraba los estados psicológicos negativos, la motivación y tenía factores protectores para la salud mejorando el estado muscular y cardiorrespiratorio; la salud ósea y funcional para las poblaciones clínicas asociados con la actividad o la inactividad física (...) Con lo cual se ha sugerido que las personas activas parecen poseer una mayor regulación emocional, mejores habilidades intrapersonales y mejores mecanismos de afrontamiento a los obstáculos para continuar la práctica AF (Actividad física). Es por ello que la AF en los jóvenes representa un aspecto necesario, imprescindible, a través de la cual se pueden encarrilar hábitos saludables que garanticen un estilo de vida óptimo”.12

La tesis presenta diversas estadísticas, más la recopilada para esta iniciativa se presenta como suficiente para dar muestra de cómo es que la actividad física trae consigo beneficios para quien realiza tal actividad. Así, una actividad moderada contribuye a un mejoramiento en los estados psicológicos, además de la obvia mejoría física. La conclusión presentada en el estudio tan sólo refuerza lo que a lo largo del presente texto se viene defendiendo como la necesidad de implementar medidas para reforzar las medidas del Estado mexicano para garantizar su responsabilidad en la promoción, fomento y estímulo en la materia.

Si bien es cierto que ya la ley contempla las medidas para la promoción, fomento y estímulo de la cultura física y el derecho al deporte. Ya lo mencionan Cortés y Baca:

“En la agenda internacional, nacional y municipal existen líneas de acción para promover e incentivar el deporte entre la población, de ahí la necesidad de fortalecer los espacios y las políticas para que sea eficiente la cultura física y el deporte, como herramienta para atender las demandas e inquietudes de los jóvenes”.13

Se busca, de esta manera, reforzar las medidas existentes en la materia de la cultura física y el deporte, sustentando con la Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte, así como en la misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ya que “Su papel [el del deporte] puede ser importante, cierto, su impacto efectivo en gran medida y su alcance simbólico. Puede ser, incluso, un área fundamental en un marco sostenido de políticas sociales.”14 Cimentándose de esta forma, como algo indispensable el reforzamiento de las medidas, es que la presente iniciativa encuentra su objetivo.

Por lo anterior, el que suscribe con el interés superior de la población a lo largo del país, propongo la siguiente reforma, ilustrada con el cuadro comparativo que se describe:

Por lo expuesto y fundado se somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman las fracciones IV del artículo 9 y III del artículo 19 de la Ley General de Cultura Física y Deporte

Artículo Único. Se reforman las fracciones IV del artículo 9 y III del artículo 19 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, para quedar como sigue:

Artículo 9. ...

...

I. a III.

IV. El plan de inversiones con los presupuestos de los principales programas y proyectos de inversión pública de los distintos entes deportivos y la especificación de los recursos financieros requeridos para su ejecución; así como, su rendición de cuentas. Contemplando mínimo un 5 por ciento del presupuesto asignado exclusivamente para el correcto desempeño de los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México en materia de fomento, promoción y estímulo al deporte y la cultura física

...

...

...

...

...

...

...

...

...

Artículo 19. ...

I. a II.

III. Aprobar los programas y presupuesto de la Conade, contemplando el mínimo del 5 por ciento del presupuesto asignado en materia de fomento, promoción y estímulo al deporte y la cultura física para municipios y demarcaciones territoriales. Así como sus modificaciones, en los términos de las disposiciones aplicables

IV. a XXXIV. ...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La o las comisiones del honorable Congreso de la Unión que lleven a cabo la dictaminación, en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 18 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, deberán acompañar al dictamen correspondiente, la valoración del impacto presupuestal respectivo, para su análisis y posible adición en el Presupuesto de Egresos de la Federación subsecuente.

Tercero. Las erogaciones que las dependencias y entidades de la administración pública federal deban realizar para dar cumplimiento a lo establecido en el presente decreto, se sujetarán a la disponibilidad presupuestaria aprobada para tal fin en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente.

Notas

1 Ley General de Cultura física y Deporte (DOF 18-10-2023) Artículo 5. Obtenido de: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGCFD.pdf

2 Ibídem.

3 Camargo, D.A., et al. (2013). La cultura física y el deporte: fenómenos sociales. En Revista Facultad Nacional de Salud Pública,

31, página 121. Obtenido de: http://www.scielo.org.co/scielo.php?scrip t=sci_arttext&pid=S0120-386X2013000400014

4 Dosal, R.U. & Capdevila, L.O. (2016) Exclusión social y deporte. En Investigación económica, LXXV (297), página 156. Obtenido de:https://www.scielo.org.mx/pdf/ineco/v75n297/0185-1667-ineco-75-297-0 0155.pdf

5 Ibid., página 158.

6 Inegi (2023) Módulo de práctica deportiva y ejercicio físico Mopradef, página 5. Obtenido de:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/mopradef/d oc/resultados_mopradef_nov_2023.pdf

7 Ibídem.

8 Íbid, página 12.

9 Íbid, página 20.

10 UNESCO (1978) Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte. Artículo 1o. Obtenido de:

https://www.gob.mx/conade/documentos/carta-internacional -de-la-educacion-fisica-y-el-deporte?idiom=es

11 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (DOF 22-03-2024) Artículo 4. Obtenido de:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

12 Herrera, C. N. (2020) Efectos de un programa de ejercicio físico sobre parámetros de salud física, salud mental y variabilidad de la frecuencia cardiaca en estudiantes de primer año de universidad. Barcelona, España: Universidad Autónoma de Barcelona, páginas 39-40. Obtenido de:

https://www.tdx.cat/bitstream/handle/10803/671377/cahn1d e1.pdf?sequence=1&isAllowed=y

13 Cortés, E. R. & Baca, G. Z. (2019) Deporte y juventud. El cuidado y preservación de la mente y cuerpo juvenil a través de actividades deportivas. Volumen 8, número 16, página 60. Obtenido de:

https://biblat.unam.mx/hevila/COFACTOR/2019/vol8/no16/3. pdf

14 Buarque, B. & Trejo, F. (2015) El estudio del deporte y las políticas públicas. Gestión y política pública. página 10. Obtenido de:

https://www.gestionypoliticapublica.cide.edu/ojscide/ind ex.php/gypp/article/view/117/41

Dado en la sesión de la Comisión Permanente, el 6 de junio de 2024.

Diputado Alan Castellanos Ramírez (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Deporte. Junio 6 de 2024.)



Actas

De la Comisión de Igualdad de Género, atinente a la vigésima novena reunión plenaria, efectuada el martes 30 de abril de 2024

A las 10:12 horas del martes 30 de abril de 2024 se tuvo por instalada la vigésima novena reunión plenaria de la Comisión de Igualdad de Género, con la asistencia de 17 integrantes.

La presidenta, Julieta Kristal Vences Valencia, asistida por la secretaria, María Magdalena Olivia Esquivel, inició la reunión.

La secretaria leyó el orden del día:

1. Registro de asistencia y declaratoria de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la sexta reunión extraordinaria.

4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 36 y 59 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, promovida por la diputada Rocío Natalí Barrera Puc, del Grupo Parlamentario de Morena, expediente número 9850.

5. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, promovida por la diputada Joanna Alejandra Felipe Torres del Grupo Parlamentario del PAN, expediente número 9104.

6. Asuntos generales.

7. Clausura y cita para la próxima reunión.

La secretaria puso a discusión el orden del día. Como no hubo quien hiciera uso de la palabra, se pidió en votación económica que quienes estuvieran por la afirmativa o negativa lo manifestaron.

Como no hubo ningún voto por la negativa, se aprobó por unanimidad el orden del día.

La presidenta mencionó el siguiente punto del orden del día, lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la sexta reunión extraordinaria.

Como se distribuyó previamente, solicitó a la secretaria que consultarla en votación económica si se dispensaba la lectura.

La secretaria solicitó que quienes estuvieran por la afirmativa o negativa lo manifestaran. Se aprobó por unanimidad.

Por instrucciones de la presidenta, la secretaria pasó a la discusión del acta correspondiente a la sexta reunión extraordinaria.

Como no hubo quien hiciera uso de la palabra, se abrió hasta por tres minutos el sistema electrónico (APRAV) para poner a votación el acta.

Las diputadas Ana María Balderas Trejo, del Grupo Parlamentario del PAN, así como Martha Nabetse Arrellano Reyes y Beatriz Rojas Martínez, de Morena, emitieron de viva voz su voto a favor.

La presidenta solicitó a la secretaria que diese cuenta de la votación del acta. Se tuvieron 19 votos a favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones.

Con mayoría por la afirmativa, se aprobó por unanimidad.

La presidenta señaló el siguiente punto del orden del día, lectura, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 36 y 59 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, promovida por la diputada Rocío Natalí Barrera Puc, del Grupo Parlamentario de Morena, expediente número 9850.

La presidenta comentó que el dictamen tiene como propósito poder integrar como parte del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres al Instituto Nacional para el Desarrollo de los Pueblos indígenas, pues las indígenas son de las que más enfrentan desafíos significativos en el acceso a la educación, la salud y la seguridad.

Ello las coloca en condiciones de vulnerabilidad y, por supuesto, de desventaja frente al resto de la población, pues padecen doble discriminación: no sólo el hecho de ser mujeres sino, también, de ser indígenas y hasta una tercera, poder estar en una situación económica deficiente, en estado de pobreza.

En virtud de que fue distribuida previamente, la presidenta solicitó a la secretaria que consultara en votación económica si se dispensaba su lectura.

La secretaria solicitó que las legisladoras y los legisladores que estuviese por la afirmativa o negativa lo manifestaran.

Con unanimidad por la afirmativa, se dispensó la lectura.

Por instrucciones de la presidenta, la secretaria puso a discusión el dictamen. Como no hubo quien hiciera uso de la palabra, se abrió hasta por tres minutos el sistema electrónico (APRAV) para poner a votación el dictamen.

Las diputadas; Ana María Balderas Trejo, del Grupo Parlamentario del PAN; Martha Nabetse Arrellano Reyes, de Morena; y Wendy González Urrutia, del PAN, emitieron de viva voz su voto a favor.

La presidenta solicitó a la secretaria que diese cuenta de la votación: 19 votos a favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones.

Con mayoría por la afirmativa, se aprobó por unanimidad.

La presidenta señaló el siguiente punto del orden del día, lectura, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, promovida por la diputada Joanna Alejandra Felipe Torres del Grupo Parlamentario del PAN, expediente número 9104.

La presidenta comentó que el dictamen tenía como propósito el efecto de la violencia en el ámbito laboral de las víctimas, centrándose en cómo puede afectar su situación laboral y económica.

Mencionó que otro factor importante abordado es la importancia de tener en cuenta que, a escala global, 736 millones de mujeres han experimentado alguna vez violencia física o sexual ya sea por su pareja íntima o han sufrido violencia sexual por alguna otra que no lo era.

Una de las menos visibles, pero que igualmente perjudicial para todas las mujeres, es la violencia económica. No sólo afecta la estabilidad financiera de las mujeres sino que las mantiene atrapadas en un círculo de violencia.

Lo hemos dicho una y otra vez: una mujer empoderada, que tiene recursos propios, independencia al momento de sufrir violencia, rompe con ella y se va, pero muchas de las que viven hoy violencia no se van porque no tienen recurso económico, pues no tienen empleo estable ni donde de ir a vivir ellas junto con sus hijos o hijas y se mantienen en ese círculo de violencia.

La violencia económica no sólo es que la mujer no tenga un solo recurso estable por algún tipo de trabajo o actividad que desempeñe: también hay violencia cuando las que trabajan y reciben un salario, las parejas esposos o con que tienen una relación sentimental deciden qué se hace y qué no con su recurso económico o en muchos de los casos esta persona les retiene, les quita el salario y los utiliza para los fines que él quiere y no para los que la dueña, la mujer, quien lo trabaja la deja decidir libremente cómo ejercerlo.

En virtud de que fue distribuida previamente, la presidenta solicitó a la secretaria consultarla en votación económica si se dispensaba su lectura, la secretaria mencionó, las legisladoras y legisladores que estén por la afirmativa o negativa lo manifestaran, aprobándose por unanimidad por la afirmativa, dispensándose su lectura, acto seguido, la secretaria por instrucciones de la presidenta pone a discusión el dictamen.

Como no hubo quien haga uso de la palabra se procedió a abrir el sistema electrónico (APRAV) hasta por 3 minutos, para poner a votación el Dictamen, las diputadas; Ana María Balderas Trejo del Grupo Parlamentario del PAN; Martha Nabetse Arrellano Torres del Grupo Parlamentario de Morena; emitieron de viva voz su voto a favor, la presidenta solicito a la secretaria dar cuenta de la votación del dictamen, teniéndose 24 votos a favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones, mayoría por la afirmativa, se aprueba por unanimidad.

El siguiente punto del orden del día es asuntos generales.

La diputada Beatriz Rojas Martínez: En esta última reunión de la Comisión de Igualdad de Género en el último periodo de sesiones legislativo resulta de suma importancia mencionar el trabajo que se ha desarrollado en la Comisión de Igualdad de Género, encabezada por la diputada Julieta Kristal Vences Valencia.

Ha sido un trabajo muy importante en esta legislatura y en la LXIV Legislatura sin duda dos legislaturas de la paridad de género en donde hubo un importante avance legislativo en los derechos humanos de las mujeres quiero mencionar y reconocer el trabajo que hemos desarrollado en ambas legislaturas lo que habla de que las mujeres legisladoras de los diferentes grupos parlamentarios tuvieron un gran compromiso y demostraron cuán necesario e importante es que las mujeres lleguen al ámbito legislativo porque, efectivamente, se hacen leyes con perspectiva de género se hacen leyes pensando en toda una población ya no son esas leyes de hombres para hombres.

Se tiene una visión más amplia cuando una mujer legisla. Se legisla con perspectiva de género para buscar una sociedad más democrática, igualitaria, pero sobre todo una vida libre de violencia el desarrollo de estas dos legislaturas en las que fuimos integrantes en su momento también la diputada Julieta Vences que estuvo también en la LXIV Legislatura y que hoy presidió ésta con en la LXV tenemos muy claro los avances que tuvimos como nunca fue el parteaguas para efectivamente cambiar la vida política social y en todos los ámbitos de las mujeres y es necesario mencionarlo.

En la LXIV Legislatura, la paridad de género es importantísima para el empoderamiento y el desarrollo de las mujeres para la toma de decisión de las mujeres en el ámbito político las tres de tres qué quiero comentar con esto que al igual que muchas mujeres en la historia que abrieron el camino para ir garantizando nuestros derechos para ir exigiendo nuestros derechos y buscando esa igualdad de condiciones nosotras en esta legislatura fuimos parte de esa lucha y hoy van a venir seguramente en la siguiente legislatura muchas mujeres que van a dar continuidad a estos derechos por los que tenemos que seguir trabajando.

La diputada Olivia Esquivel Nava: Querida presidenta Julieta Vences, mi reconocimiento a tu esfuerzo y dedicación y disposición que tuviste para con todos nosotros y este y todas las inquietudes fueron respondidas yo creo que para todas la mayoría sin importar de qué filiación veníamos te agradezco también la atención a recibirnos siempre con todas nuestras inquietudes no nunca estuviste este cerrad las tus puertas de la comisión para todo tu equipo.

Le agradezco todas sus atenciones, todas las informaciones fueron llegadas puntualmente se los agradezco de corazón a ellos y ellas a los asesores a los al administradores al personal de confianza al de base a los integrantes de esta comisión de igualdad mi reconocimiento por esta gran labor.

Ha sido un placer trabajar a tu lado te deseo todo el éxito y todas igual a todas mis compañeras y compañeros que tuvimos el honor de pertenecer a esta legislatura LXV la legislatura de la paridad la inclusión y la diversidad nos queda un compromiso muy fuerte desde la trinchera donde estemos tenemos que seguir la lucha de las mujeres sigamos trabajando sigamos teniendo presente este compromiso porque la lucha sigue y sin mujeres no hay transformación.

La diputada Ana María Baldras Trejo agradece a todos los trabajos que se hicieron en esta comisión creo que fueron grandes avances felicitar a la diputada Joana Felipe Torres por esta última iniciativa de esta legislatura y también coincido en que quedan pendientes ojalá la siguiente legislatura pueda coincidir en los temas que pusimos en la mesa los fidecomiso para los refugios para las mujeres víctimas de violencia para las guarderías de las madres trabajadoras el apoyo a las mujeres buscadoras y muchas cosas quedaron pendientes más yo estoy segura que pues con todo el ánimo y el conocimiento que tenemos nosotros nosotras en esta comisión estoy segura que se van a sacar en la próxima legislatura y podamos coincidir en ello.

La diputada Julieta Kristal Vences Valencia: Agradezco a todas y cada una de ustedes, a mis compañeras diputadas secretarias integrantes de la comisión por su trabajo por su esfuerzo por su compromiso por nunca dejarme sola en todos los trabajos que hicimos en los foros parlamentos abiertos reuniones con sociedad civil con academia con feministas activistas les agradezco mucho su apoyo porque sin ustedes los resultados de la comisión no se habrían logrado.

Sin ustedes, este trabajo en conjunto en equipo no se habría podido conseguir y sobre todo sin haber puesto en el centro la prioridad que era una agenda legislativa a favor de las mujeres donde pusiéramos a las mujeres al frente y nuestros derechos al centro dejamos afuera como ya se ha mencionado aquí el color del partido político al que representábamos dejamos fuera a los grupos parlamentarios lo que nos interesó a todas fue dar un marco normativo que protegiese a las adolescentes porque muchas de nosotras decidimos ser madres muchas somos madres muchas otras somos hermanas somos hijas y somos mujeres que queremos un mejor mundo, un mejor país para nuestras niñas y adolescentes.

Queremos que ninguna mujer más sufra de ningún tipo de violencia y ese fue nuestro único interés nuestro único objetivo trabajar con el gran compromiso que nos da ser la legislatura de la paridad la inclusión y la diversidad dicen que cuando una mujer llega a la política cambia la mujer pero que cuando muchas mujeres llegamos a la política cambia la política y eso ha sido una realidad como lo mencionó mi compañera diputada Beatriz rojas desde la legislatura pasada, la LXIV, donde vimos mayoría mujeres vimos las cosas con perspectiva de género con esas esas gafas violetas que nos enseñan que la realidad el día a día que viven nuestras mujeres allá afuera nuestras mujeres que son trabajadoras que trabajan desde el hogar que trabajan en una empresa que trabajan en gobierno vivimos un día distinto al de los caballeros.

Siempre hicimos hincapié en que esto no era una lucha de géneros no luchamos por querer ser más que los hombres luchamos porque las brechas de desigualdad que vivimos todos los días terminen peleamos porque los derechos que aún están plasmados en la ley pero que no podemos ejercerlos por fin lleguen a su término luchamos porque las mujeres podamos desempeñar las mismas actividades en igualdad de circunstancia que los hombres.

Las mujeres hemos demostrado siempre históricamente siempre hemos estado ahí dando la batalla dando resultados demostrando que podemos ser diputadas que podemos gobernar que podemos estar en cualquier espacio de decisión o de poder y podemos incidir en cambiar la realidad de las personas.

La diputada Judith Celina Tanora Córdova felicita a la diputada presidenta por el trabajo que has dirigido en esta comisión y por supuesto felicitarnos a todas por este trabajo que has descrito que ha sintetizado porque ya hay mucho que queda todavía por explicar un gran trabajo de la comisión de igualdad de género y decirles solamente compañeras que desde la trinchera en que nos encontremos debemos empujar por ese programa tan importante para un Sistema Nacional de Cuidados sabemos que se ha puesto ya en la mesa de discusión en el país obviamente es gracias al mayor trabajo y mayor participación de las mujeres en la vida política.

Evidentemente, nosotras sentimos y conocemos bien esta situación y yo creo que pronto vamos a llegar a un buen Sistema Nacional de Cuidados a un buen programa para todas digo para todo nuestro país en beneficio de nuestro país pero sobre todo que nos descarguen de esa de ese trabajo de esa doble jornada y a veces triple jornada y va a ser en beneficio de todas y todos yo les nada más invitaría a que siempre sigamos luchando por ello entre otras muchas cosas que quedan por ahí pendientes.

Como no hubo quien más hiciera uso de la voz, la presidenta cerró la reunión a las 11:27 horas del día de su celebración. La vigésima novena reunión plenaria concluyó con la asistencia final señalada por el sistema electrónico (APRAV) o por viva voz anexa a la presente acta.

Suscrita en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de mayo de 2024.

Votación del acta

A favor: Alejandra Gutiérrez Zapien, Ana Laura Valenzuela Sánchez, Ana María Balderas Trejo, Beatriz Rojas Martínez, Claudia Alejandra Hernández Sáenz, Elba Iliana del Rocío Tun Campos, Érika de los Ángeles Díaz Villalón, Iliana Guadalupe Rodríguez Osuna, Irma Giordana Garay Loredo, Itzel Josefina Balderas Hernández, Juan Carlos Natale López, Judith Celina Tanori Córdova, Julieta Kristal Vences Valencia, María Cristina Vargas Osnaya, María Clemente García Moreno, María de Jesús Rosete Sánchez, María del Carmen Pinete Vargas, María Magdalena Olivia Esquivel Nava, Martha Nabetse Arellano Reyes, Montserrat Alicia Arcos Velázquez, Noemí Salazar López, Rocío Natalí Barrera Puc, Sofía Gómez Cambrón, Taygete Irisay Rodríguez González, Wendy González Urrutia.

De la Comisión de Zonas Metropolitanas, correspondiente a la decimoctava reunión ordinaria, efectuada el martes 30 de abril de 2024

A las 10:05 horas del martes 30 de abril de 2024, en el salón E del edificio G, primer piso, se reunieron las diputadas y los diputados integrantes de la Comisión de Zonas Metropolitanas, de conformidad con la convocatoria de fecha 24 de abril del presente año, para el deshago del siguiente orden del día:

1. Registro de asistencia y declaratoria de quórum

Se registró la asistencia de los siguientes diputados:

Presidenta: María Elena Limón García (Movimiento Ciudadano);

Secretarios: Raquel Bonilla Herrera (Morena), José Fredy Rodríguez Guzmán (Morena), María Leticia Chávez Pérez (Movimiento Ciudadano), Fernando Marín Díaz (Morena), Juan Manuel Colín García (Morena); Luis Enrique Martínez Ventura (PT), Oscar Ernesto Salazar Lucas (PRI), Lilia Villafuerte Zavala (PVEM);

Integrantes: Jorge Alberto Barrera Toledo (Morena), Carlos Fernando García Astorga (PAN).

En virtud de que se contó con el quórum reglamentario, la presidenta de la comisión, diputada María Elena Limón García, inició la reunión ordinaria.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día

Acto seguido, la presidenta de la comisión, María Elena Limón García, solicitó al secretario técnico Pedro Núñez Mendoza leer y consultar a las y los diputados integrantes de la comisión la aprobación del orden del día de la reunión ordinaria.

1. Registro de asistencia y declaratoria de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la decimoséptima reunión ordinaria.

4. Asuntos generales.

5. Clausura y cita.

El secretario técnico, Pedro Núñez Mendoza, informó que por unanimidad se aprobó el orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la decimoséptima reunión ordinaria

La presidenta María Elena Limón García solicitó a la secretaría leer el siguiente punto del orden del día. El secretario técnico, Pedro Núñez Mendoza, leyó el punto correspondiente a la lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la decimoséptima reunión ordinaria. El acta se sometió a discusión de las y los diputados de la comisión, no habiendo quien hiciera uso de la palabra, se sometió a votación a través del sistema APRAV o de viva voz.

El secretario técnico Pedro Núñez Mendoza informó que se aprobó el acta de la decimoséptima reunión ordinaria con once votos a favor, cero en contra y cero abstenciones de las y los siguientes diputados: Carlos Fernando García Astorga, PAN; Fernando Marín Díaz, Morena; Jorge Alberto Barrera Toledo, Morena; José Fredy Rodríguez Guzmán, Morena; Juan Manuel Colín García, Morena; Lilia Villafuerte Zavala, PVEM; Luis Enrique Martínez Ventura, PT; María Elena Limón García, Movimiento Ciudadano; María Leticia Chávez Pérez, Movimiento Ciudadano; Óscar Ernesto Salazar Lucas, PRI; Raquel Bonilla Herrera, Morena.

Acto seguido, la presidencia solicitó a la secretaría leer el siguiente punto del orden del día.

4. Asuntos generales

La presidente hizo uso de la palabra para realizar un breve recuento de lo que han sido los trabajos de la comisión a lo largo de casi tres años de la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados. Añadió que la Comisión de Zonas Metropolitanas fue creada al inicio de la legislatura, en octubre de 2021, con la finalidad de dar mayor atención, relevancia y reconocimiento a los asuntos de una sociedad cada vez más urbana. A lo largo de estos casi 36 meses aprobamos las opiniones de tres Presupuestos de Egresos de la Federación para la Sedatu; participaron en las comparecencias del secretario de la Sedatu; se reunieron con múltiples especialistas para analizar, conocer y visibilizar las problemáticas y posibles soluciones de temas tan importantes para la metrópoli, como son el agua, la alimentación, la organización y la planeación.

Agregó que se organizaron ocho foros denominados Diálogos metropolitanos: Buenas prácticas y gobernanza, como un ejercicio periódico e itinerante que permitió el debate de lo metropolitano fuera de los muros de San Lázaro para dialogar con autoridades de los órdenes de gobierno, académicos, sociedad civil y especialistas, en distintas entidades federativas sobre los grandes retos que enfrentan nuestras zonas metropolitanas de cara a los desafíos de la actualidad.

Añadió que se siente muy orgullosa y honrada de presidir la comisión y de estar acompañada por las y los diputados de las diferentes fuerzas políticas que integran la Cámara de Diputados. Su labor no termina aun hoy, aunque concluya el periodo ordinario de sesiones de esta legislatura, seguiremos trabajando para nuestras niñas y niños, de los adultos mayores, para mujeres, para hombres y para alcanzar en todos los rincones de México una mejor sociedad, incluyente, desarrollada, integral y con mejores indicadores de vida para todas y todos los mexicanos.

Agradeció al equipo que conformó la Comisión de Zonas Metropolitanas, el apoyo incondicional, siempre dispuestos y sobre todo a cada uno de las y los diputados que siempre mostraron respeto ya que trabajan para México, no para nosotros, se buscó siempre el bien común y se alcanzó la meta.

Finalizó diciendo que seguirá trabajando, ya que se termina la actividad hasta el 30 de agosto; por lo que, se continuará trabajando en la comisión.

El diputado Fernando Marín Díaz dijo que agradece a todos, que fue un honor trabajar con todos los integrantes de la comisión, conocer de la problemática de las zonas metropolitanas de todo el país. Reconoció a la presidenta porque supo ser incluyente, plural y escuchando la voz de todos.

La presidenta María Elena Limón García agradeció las palabras y de que haya pertenecido a la Comisión, agregó que es un hombre con una visión increíble, una persona que siempre incluyente y respetuoso que siempre ha querido lo mejor para México.

La diputada Lilia Villafuerte Zavala agradeció la oportunidad a la presidenta, además se presentó y se alegró de que no sea la última reunión de la Comisión, pero sí dentro del periodo ordinario y espera que sigan las reuniones en el periodo de receso. Agregó que hay mucho trabajo por hacer y está dispuesta a poner su granito de arena en esta área de oportunidad.

La presidenta María Elena Limón García dio la bienvenida a la diputada Lilia Villafuerte y señaló que ciertamente se termina el periodo, pero las comisiones siguen trabajando ya que aún quedan cuatro meses en los cuales se planea seguir haciendo los foros a lo largo de la República Mexicana.

El diputado Carlos Fernando García Astorga dijo que antes de concluir los trabajos correspondientes al segundo periodo de sesiones ordinarias, reconoció cada uno de sus compañeras y compañeros diputados quienes conforman la Comisión de Zonas Metropolitanas por la participación activa de cada uno; asimismo, de cada uno de los trabajos y foros que ha convocado la comisión.

También le expresó a la presidenta su reconocimiento por la conducción de los trabajos de la dictaminadora, así como el impulso a los trabajos metropolitanos que son parte de la realidad en el país.

Añadió que como habitante y representante del Distrito 1 de Santa Catarina y San Pedro, que forman parte de la zona metropolitana de Monterrey, está convencido de que es necesario continuar legislando en esta materia y más cuando se trata de problemas asociados por la escasez del agua, la sequía, la inseguridad, la movilidad, el desempleo que a diario fragmentan el tejido social que frena nuestro desarrollo; por ello, resulta indispensable poner al centro la agenda legislativa a las metrópolis porque en ellas habitan 65 por ciento de la población y el crecimiento acelerado ha demandado no sólo servicios sino también recursos que en la LXV Legislatura resultaron insuficientes pero atender las necesidades de las 92 metrópolis de México; sin embargo, en este marco, no se debe perder de vista que las metrópolis son el principal activo del desarrollo nacional, pero también es un gran reto.

Agregó que, en materia de arrendamiento territorial, de planeación, de desarrollo urbano, de coordinación metropolitana en el contexto del cambio climático que nos demanda con suma urgencia implementar acciones de política pública encaminadas a fortalecer una política de Estado metropolitana acorde con la realidad de México urbano; por ello, reconoció y felicitó a todos y cada uno de los compañeros diputados y en especial a la presidencia por el esfuerzo que durante tres años llevaron a cabo con la finalidad de visibilizar los retos de las zonas metropolitanas como son el ejercicio de planeación y orientación a un desarrollo económico resiliente en el que garantice el cuidado y la protección del medio ambiente como responsabilidad de todas y todos, principalmente a los ciudadanos habitantes a cada uno de todas sus necesidades.

Felicitó a la presidenta y dijo que en México se necesita este tipo de acciones, que la tarea legislativa que concluye sirva de ejemplo, de acción y desarrollo para que siga manteniéndose las necesidades de todas las metrópolis.

La diputada Leticia Chávez Pérez quiso hacer uso de la voz, pero fue inaudible su participación.

La presidenta María Elena Limón García agradeció a todas y todos los diputados su participación, dijo que en la comisión siempre imperó el respeto, la participación de cada uno de los integrantes, se visitaron ocho ciudades a lo largo de este periodo. Agregó que se siente muy orgullosa de cada una y uno de los diputados integrantes porque están representando a México, están luchando por los millones de personas que viven en las zonas metropolitanas, cien millones de personas. Por último, manifestó su respeto y cariño, además auguró éxito para todo lo que venga para cada uno de ellos.

Añadió que estuvo encantada de haber trabajo con todas y todos de la mano, sacando trabajos que muy pronto se les hará llegar a sus correos, ya que se hará una compilación de todo el trabajo realizado con académicos, ciudadanos, jóvenes que participaron en los ocho foros, será un compendio importantísimo que se dejará en Cámara para que sea el histórico de los trabajos que realizó la comisión de primera creación en el año 2021 y dejar un precedente para que las y los diputados que lleguen continúen trabajando por México.

5. Clausura y cita

Se clausuró la reunión a las 10:40 horas, del martes 30 de abril de 2024, manifestando que la cita para la próxima reunión ordinaria se comunicará oportunamente.

Votación del acta

A favor: Andrés Mauricio Cantú Ramírez, Carlos Fernando García Astorga, Fernando Marín Díaz, Javier Huerta Jurado, Jorge Alberto Barrera Toledo, Juan Manuel Colín García, Lilia Villafuerte Zavala, María Elena Limón García, María Guadalupe Román Ávila, María Leticia Chávez Pérez, Raquel Bonilla Herrera, Vicente Alberto Onofre Vázquez. Xavier González Zirión.

Ausentes: Alan Castellanos Ramírez, José Fredy Rodríguez Guzmán, Luis Enrique Martínez Ventura, Mariano González Aguirre.



Convocatorias

Del Consejo Directivo del Servicio de Carrera, al concurso externo para ingresar al servicio de carrera para ocupar la Jefatura de Departamento de Formación, Especialización y Atención, adscrita a la Unidad para la Igualdad de Género

Con fundamento en lo establecido por los artículos 77, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 3, 48, numerales 1 y 4, incisos c) y d), 55, numeral 1 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 283, numerales 1 y 2, y 284 del Reglamento de la Cámara de Diputados; artículos 2, incisos c), k) y l), 6, fracciones I y V, 8, inciso f) y h), 70, 71 inciso a), 72, 73, 76, 77, 88, 89, 90, 92, 93, 141, 142, 144, incisos a), b), e), o), p) y r), 146, incisos d) y g), 151, incisos b), c), d), e), g), n) y r), del Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados; y

Considerando

a) Que el proceso de transformación y modernización de la Cámara de Diputados conlleva un fortalecimiento de sus capacidades institucionales para cumplir eficazmente con sus funciones y atribuciones constitucionales en materia legislativa, de fiscalización y control parlamentario.

b) Que, para contribuir a lo anterior, es necesario que la Cámara de Diputados cuente con personas servidoras públicas profesionales dotadas de los conocimientos, habilidades, actitudes, aptitudes y valores, que le permitan realizar las labores que tienen encomendadas con eficacia, eficiencia, profesionalismo y absoluto rigor técnico.

c) Que, en este sentido, y gracias al impulso de las fuerzas políticas representadas en la Cámara de Diputados, se ha venido avanzando gradualmente en la implementación del servicio de carrera, como un medio para la profesionalización de las personas funcionarias que se desempeñan en este órgano legislativo.

d) Que los servicios de carrera constituyen un elemento fundamental de los gobiernos democráticos, ya que propician que quienes ingresan y permanecen en el servicio público cuenten con los conocimientos, habilidades, aptitudes y valores necesarios para un actuar profesional, honesto y efectivo, con lo cual se mejoran el quehacer gubernamental, así como los servicios y acciones que el Estado brinda en beneficio de la ciudadanía.

e) Que la Cámara de Diputados cuenta en su estructura, organización y dentro del ámbito de la Secretaría General, con la Unidad para la Igualdad de Género (UPIG), la cual tiene por objeto, entre otros, promover la institucionalización de la perspectiva de género en la cultura organizacional de la Cámara de Diputados. Lo anterior, en observancia a la obligación que tienen los poderes públicos de promover y asegurar los principios constitucionales, convencionales y legales en la materia.

f) Que en este contexto la Unidad de Capacitación y Formación Permanente ha venido promoviendo de manera progresiva acciones afirmativas que impulsan el acceso de las mujeres a puestos públicos, a través de su ingreso en plazas del servicio de carrera de esta Cámara de Diputados, lo cual permita contribuir a la participación efectiva de las mujeres en el servicio público en condiciones de igualdad y no discriminación.

Por todo lo anterior, la Cámara de Diputados por conducto de la Secretaría General y del Consejo Directivo del Servicio de Carrera, convoca a las mujeres que reúnan los requisitos señalados en la presente Convocatoria, a participar en el

Concurso externo para ingresar al servicio de carrera de la Cámara de Diputados para ocupar la Jefatura de Departamento de Formación, Especialización y Atención, adscrita a la Unidad para la Igualdad de Género

Las personas interesadas podrán concursar por la Jefatura del Departamento de Formación, Especialización y Atención, adscrita a la Unidad para la Igualdad de Género, clave SCTE03 del Catálogo de Rangos, Puestos y Remuneraciones del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados, publicado en la Gaceta Parlamentaria el 23 de septiembre de 2019, que corresponde a una remuneración mensual neta de $31,766.69 pesos.

I. Requisitos

Para participar en la presente convocatoria las personas interesadas deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) Contar con nacionalidad mexicana y estar en pleno goce de sus derechos.

b) Acreditar como mínimo el grado de licenciatura en administración pública, políticas públicas, ciencias políticas, relaciones internacionales, derecho, sociología, filosofía, psicología, antropología social, trabajo social, ciencias de la educación, o afines.

c) Contar con experiencia profesional en acciones de sensibilización y capacitación en igualdad de género, así como en prevención de casos de violencia de género.

d) Aprobar el curso propedéutico señalado en esta convocatoria.

e) No haber sido, durante los últimos cinco años, miembro de la dirigencia nacional, estatal o municipal de un partido político, de una instancia equivalente o candidata a un puesto de elección popular.

f) No estar inhabilitada legalmente para ocupar cargos en el servicio público.

g) No haber sido condenada por delito intencional que haya ameritado pena privativa de la libertad.

h) Tener comprensión lectora del idioma inglés.

II. Disposiciones generales

1. En caso de encontrarse en proceso varias convocatorias para el ingreso al servicio de carrera de la Cámara de Diputados, una misma persona podrá participar únicamente en una de ellas.

2. Para asegurar la objetividad e imparcialidad en las distintas etapas, a cada participante se le asignará un folio único con el que se identificará durante el proceso.

3. Durante la convocatoria se garantizará el derecho de las participantes a proteger sus datos personales, según las disposiciones legales aplicables.

4. El Consejo Directivo del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados (Consejo), así como la Secretaría General de la Cámara de Diputados (Secretaría General), en el ámbito de sus respectivas competencias, resolverán lo no previsto en la presente convocatoria y serán las instancias responsables de interpretar las disposiciones en ella contenidas.

5. La ejecución de cada una de las etapas de la presente convocatoria estará a cargo de la Secretaría General, por conducto de la Unidad de Capacitación y Formación Permanente (Unidad), la cual contará con la participación de personas expertas para el apoyo técnico necesario en las etapas que así lo requieran.

6. En cualquier etapa del proceso, la Secretaría General o la Unidad podrán solicitar información adicional, así como verificar la autenticidad y veracidad de la información y documentación proporcionada por las participantes.

7. Será causa de descalificación automática del proceso proporcionar información o documentación falsa o alterada, así como incurrir en cualquier acto que implique deshonestidad académica o que busque vulnerar la legalidad del proceso.

8. Los resultados de las etapas previstas en esta convocatoria serán inapelables.

9. En apego a lo establecido en el artículo 1° de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, y a los Lineamientos del Comité para la Institucionalización de la Política de Igualdad y no discriminación, y del procedimiento para prevenir y atender actos de violencia, acoso y hostigamiento sexual y laboral en la Cámara de Diputados; se hace la declaratoria explícita de la prohibición de solicitudes de certificados médicos de no embarazo y virus de inmunodeficiencia humana, como requisitos para participar en las convocatorias para el ingreso al servicio de carrera de la Cámara de Diputados.

10. La Cámara de Diputados, en cualquier etapa del proceso, podrá suspender, sin ninguna responsabilidad, el concurso de manera temporal o definitiva, cuando se presente alguna causa de fuerza mayor o caso fortuito que impida la continuidad del concurso, previamente determinada y resuelta por el Consejo Directivo.

11. Toda la información sobre la convocatoria se podrá consultar y descargar en la página de internet del servicio de carrera de la Cámara de Diputados, en http://serviciodecarrera.diputados.gob.mx/

III. Etapas de la convocatoria

Primera etapa: Registro de aspirantes y curso propedéutico

1. Cada persona interesada, una vez habiendo revisado la totalidad de la convocatoria, deberá crear una cuenta de usuaria en la página de internet del sistema de registro, utilizando un correo electrónico y generando una contraseña. Las comunicaciones de las participantes con la Unidad se realizarán por ese medio.

2. El proceso de inscripción se realizará a través del sistema de registro en línea, del 15 al 26 de mayo de 2024.

3. Como parte del proceso de registro, las participantes deberán realizar en su totalidad el curso propedéutico en línea, que describe el perfil general de las tareas y funciones del área y del tipo de puesto que se concursa. Dicho curso se encontrará disponible del 15 al 26 de mayo de 2024.

4. Es responsabilidad de las participantes capturar correctamente la información en el sistema de registro. Para ello, deben contar con la documentación que compruebe cumplir los requisitos del apartado I de esta convocatoria.

5. Al momento del registro, las personas participantes deberán adjuntar de manera digital en formato PDF, los siguientes documentos:

• Acta de nacimiento o carta de naturalización.

• CURP.

• Título o cédula profesional de los grados de estudios con que cuente.

• Credencial para votar con fotografía o pasaporte.

• Los documentos que comprueben la información proporcionada en el sistema de registro, con referencia a la trayectoria académica, experiencia profesional, idiomas, experiencia docente, y otros.

• Carta de declaración bajo protesta de decir verdad sobre el cumplimiento de los requisitos e), f) y g) del apartado I, en el formato disponible en la página de internet del servicio de carrera. Deberá ser llenada, firmada y adjuntada en formato digital.

• Comprobante de acreditación del curso propedéutico.

6. Una vez que las participantes concluyan su registro, no podrá modificar sus datos.

7. El sistema de registro generará un comprobante con un folio único personalizado, el cual es intransferible.

8. El folio único personalizado se utilizará para identificarse en las etapas subsiguientes de esta convocatoria.

Segunda etapa: Revisión de requisitos

1. La Unidad llevará a cabo la revisión de los requisitos a), b), d), e), f) y g) de cada participante que haya concluido su registro en tiempo y forma. Asimismo, generará el listado con los folios de las personas que cumplieron con estos requisitos y que, por tanto, podrán continuar en la siguiente etapa. La información será publicada en la página https://serviciodecarrera.diputados.gob.mx/ a partir del 30 de mayo de 2024.

2. La persona que no acredite los requisitos establecidos en el apartado I de la presente convocatoria no podrá continuar con las siguientes etapas.

3. La revisión del cumplimiento de los requisitos señalados en los incisos c) e h) del apartado I, será realizada y verificada en las etapas de evaluación correspondiente.

Tercera etapa: Examen de conocimientos fundamentales

1. La aplicación del examen de conocimientos fundamentales se llevará a cabo en línea (modalidad a distancia) el 22 o 23 de junio de 2024, según la programación que sea comunicada a las participantes.

2. Quienes accedan a esta etapa recibirán por correo electrónico un nombre de usuaria y contraseña, así como horario que les corresponde, las instrucciones y reglas para realizar el examen.

3. El examen tendrá una duración máxima de dos horas. La “Guía de estudio para el examen de conocimientos fundamentales” se encontrará disponible en la página web del servicio de carrera a partir de la publicación de la presente convocatoria. Es indispensable que las personas registradas comiencen a preparar el examen de conocimientos fundamentales desde esa fecha. El examen estará integrado por 70 reactivos.

4. En ningún caso se programarán exámenes fuera de la fecha establecida en esta convocatoria, por lo que no se aceptará justificante alguno por la inasistencia al mismo.

5. Si durante el día de la aplicación del examen se presenta algún imprevisto que no permita el desarrollo o la conclusión de éste, la Secretaría General, por conducto de la Unidad, podrá determinar las medidas necesarias para el restablecimiento de la aplicación, tan pronto sea posible, de acuerdo con las condiciones existentes.

6. Pasarán a la siguiente etapa las 20 participantes con los más altos puntajes.

7. El 26 de junio de 2024, la Secretaría General publicará en la página del servicio de carrera el listado con los folios correspondientes a las personas señaladas en el numeral anterior.

Cuarta etapa: Resolución de casos

1. Las participantes que accedan a esta etapa procederán a la resolución de casos sobre estrategias de sensibilización y capacitación en igualdad de género, así como en prevención de casos de violencia de género, contando para ello con un tiempo máximo de 4 horas.

2. La resolución de casos se realizará en línea (modalidad a distancia) el 29 de junio de 2024. Las participantes recibirán por correo electrónico el horario que les corresponde, así como las instrucciones y reglas para su aplicación.

3. La calificación de la resolución de casos será realizada por la o las personas expertas previamente seleccionadas por la Secretaría General.

Quinta etapa: Prueba de comprensión de lectura en inglés

1. Quienes accedan a esta etapa realizarán una prueba de comprensión de textos en idioma inglés, contando para ello con un tiempo máximo de una hora y treinta minutos.

2. Esta prueba se aplicará en línea (modalidad a distancia) el 30 de junio de 2024. Las participantes recibirán por correo electrónico el horario que les corresponde, así como las instrucciones y reglas para realizarlo.

3. Pasarán a la siguiente etapa las 8 participantes que lleven hasta ese momento los más altos puntajes (suma de puntajes de la etapa 3 a la etapa 5).

4. El 8 de julio de 2024, la Secretaría General publicará en la página del servicio de carrera el listado con los folios correspondientes a las personas señaladas en el numeral anterior.

Sexta etapa: Entrevista

1. Las participantes serán entrevistadas por la o las personas expertas previamente seleccionadas por la Secretaría General.

2. Las entrevistas se llevarán a cabo de manera presencial en las instalaciones de la Cámara de Diputados para quienes residan en la Zona Metropolitana del Valle de México, o por videoconferencia para las demás personas. Las participantes recibirán por correo electrónico la fecha y el horario que les correspondan.

3. Las entrevistas que no se realicen por causas imputables a la persona participante, no se podrán efectuar en fecha distinta a la programada, quedando descalificada del proceso.

4. Las calificaciones correspondientes a las entrevistas serán determinadas por la o las personas expertas que las conduzcan.

Séptima etapa: Puntaje final

1. El puntaje final obtenido por cada participante corresponderá a la suma de los puntos del examen de conocimientos fundamentales, de la resolución de casos, de la prueba de comprensión de textos en idioma inglés y de las entrevistas, de conformidad con la siguiente tabla:

2. En caso de ser necesario, se aplicarán los siguientes criterios de desempate, en el siguiente orden de prelación:

a) Cuando se trate de empate entre personas que laboran en la Cámara de Diputados a la fecha de emisión de la presente convocatoria y personas que no laboran en ella, se dará preferencia a las primeras.

b) Cuando se trate de empate entre personas que no laboran en la Cámara de Diputados, se dará preferencia a quienes cuenten con:

• Mayor calificación en de la resolución de casos.

• Mayor calificación en la entrevista.

• Mayor calificación en el examen de conocimientos fundamentales.

3. El puntaje final se expresará con dos números enteros y una posición decimal, en una escala de 0 a 100.

4. La persona que obtengan el puntaje más alto será considerada como aspirante al servicio de carrera de la Cámara de Diputados, siempre y cuando haya obtenido al menos 70/100 en el puntaje final.

5. A la persona mencionada en el anterior numeral, les será comunicada la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse a efecto de mostrar los documentos originales que hayan proporcionado en la etapa de registro, para su cotejo y validación. Si no cumple con esta disposición no podrá ingresar al servicio de carrera de la Cámara de Diputados.

6. En caso de que la persona que haya cumplido con el puntaje más alto no cumpla con el cotejo documental, o declinara continuar en el proceso, se recurrirá en orden de prelación descendente, a la siguiente participante que haya obtenido el mayor puntaje.

Octava etapa: Ingreso al servicio de carrera

1. Con base en los resultados finales, el Consejo Directivo aprobará los nombramientos correspondientes.

2. El folio de la persona nombrada por el Consejo Directivo como integrante del servicio de carrera, como resultado de la presente convocatoria, se dará a conocer a más tardar en agosto de 2024, mediante publicación en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados.

Atentamente

Doctor León Aceves Díaz de León

Director General de la Unidad de Capacitación y Formación Permanente

Del Consejo Directivo del Servicio de Carrera, al concurso externo para ingresar al Servicio de Carrera en el Cuerpo de Investigadores Parlamentarios de la Cámara de Diputados

Con fundamento en lo establecido por los artículos 77, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 3, 47 numeral 2, 48, numerales 1 y 4, incisos c) y d), 49, numeral 3, 55, numeral 1, y 57, numeral 1, incisos a) y b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 283, numerales 1 y 2, y 284 del Reglamento de la Cámara de Diputados; artículo 1, inciso b), 2, incisos c), k) y l), 6, fracciones I, II y V, 8, inciso f) y h), 34, 35, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 88, 89, 90, 92, 93, 141, 144, incisos a), b), e), o), p) y r), 146, incisos d) y g), 151, incisos b), d), e), g), n) y r), del Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados; y

Considerando

a) Que el proceso de transformación y modernización de la Cámara de Diputados conlleva un fortalecimiento de su autonomía, así como de sus capacidades institucionales para cumplir con eficacia, eficiencia y absoluto rigor técnico, con sus funciones y atribuciones constitucionales en materia legislativa, de fiscalización y control parlamentario.

b) Que, para contribuir a lo anterior, es necesario que la Cámara de Diputados cuente con personas servidoras públicas profesionales dotadas de los conocimientos, habilidades, actitudes, aptitudes y valores, para realizar estudios, investigaciones o diversos materiales de consulta, necesarios para dar solidez técnica y metodológica al trabajo legislativo.

c) Que la Cámara de Diputados cuenta en su estructura, organización y dentro del ámbito de la Secretaría General, adscritos a la Secretaría de Servicios Parlamentarios, con Centros de Estudios que tienen por objeto prestar servicios de apoyo técnico e información analítica requerida para el cumplimiento de las funciones de la Cámara, instancias que, de acuerdo al Estatuto del órgano legislativo, deben estar conformadas por funcionarios del servicio de carrera, especialistas en investigación de problemas públicos y otros de interés para las funciones parlamentarias.

d) Que los servicios de carrera constituyen un elemento fundamental de los gobiernos democráticos, en tanto propician que quienes ingresan y permanecen en el servicio público cuenten con los conocimientos, habilidades, aptitudes y valores necesarios para un actuar profesional, honesto y efectivo, con lo cual se contribuye a la mejora del quehacer institucional, así como a la mejora de los servicios y acciones que el Estado brinda en beneficio de la ciudadanía.

e) Que los servicios de carrera se traducen en un crecimiento y desarrollo profesional de las personas servidoras públicas, ya que, por una parte, fortalecen sus competencias profesionales mediante programas de formación que les permiten mantener actualizados sus conocimientos teóricos y prácticos, para poder llevar a cabo de mejor manera su trabajo, y cumplir eficazmente con la responsabilidad que les ha sido encomendada. Además, buscan generar un desarrollo de carrera, teniendo los servidores públicos la seguridad y garantía de que podrán ascender a puestos vacantes o acceder a incentivos, de acuerdo con su compromiso institucional, sus capacidades y resultados, mediante concursos y evaluaciones transparentes e imparciales. En suma, se establece un vínculo y compromiso ético entre la persona servidora pública y la Institución.

f) Que la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Reglamento de la Cámara de Diputados y el Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados, contemplan un servicio de carrera para la profesionalización del personal de la Institución, observándose lo previsto por el artículo 81 del propio Estatuto.

g) Que de acuerdo con los artículos 72 inciso b) y 90 del referido Estatuto, para proveer de los servicios que se prestan en la Cámara de Diputados de personal calificado, se podrá optar por un concurso mediante convocatoria pública.

Por todo lo anterior, la Cámara de Diputados, por conducto de la Secretaría General y del Consejo Directivo del Servicio de Carrera, convoca a las personas que reúnan los requisitos señalados en la presente convocatoria a participar en el:

Concurso externo para ingresar al Servicio de Carrera en el Cuerpo de Investigadores Parlamentarios de la Cámara de Diputados

Las personas interesadas podrán concursar por alguna de las siguientes plazas correspondientes al Catálogo de Rangos, Puestos y Remuneraciones del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados, publicado en la Gaceta Parlamentaria el 23 de septiembre de 2019, de conformidad con la siguiente tabla:

La experiencia profesional puede ser en el sector público o privado, en instituciones de educación superior públicas o privadas, en centros de investigación, organismos internacionales u organizaciones de la sociedad civil.

I. Requisitos

Para participar en la presente convocatoria las personas interesadas deberán contar con los siguientes requisitos:

a) Contar con nacionalidad mexicana y estar en pleno goce de sus derechos.

b) Acreditar como mínimo el grado académico requerido para la plaza por la que se concursa.

c) Aprobar el curso propedéutico señalado en esta convocatoria.

d) Contar con conocimientos y experiencia profesional relacionados con la plaza por la que se concursa.

e) Comprensión lectora de textos en idioma inglés, de acuerdo con lo especificado en esta convocatoria.

f) No haber sido, durante los últimos cinco años, miembro de la dirigencia nacional, estatal o municipal de un partido político, de una instancia equivalente o candidato a un puesto de elección popular.

g) No estar inhabilitado legalmente para ocupar cargos en el servicio público.

h) No haber sido condenado por delito intencional que haya ameritado pena privativa de la libertad.

II. Disposiciones generales

1. En caso de encontrarse en proceso varias convocatorias para el ingreso al servicio de carrera de la Cámara de Diputados, una misma persona podrá participar únicamente en una de ellas.

2. En esta convocatoria, una misma persona podrá concursar sólo por una plaza.

3. Para asegurar la objetividad e imparcialidad en las distintas etapas, a cada persona participante se le asignará un folio único con el que se le identificará durante el proceso.

4. Se garantizará el derecho de las personas participantes a proteger sus datos personales, según las disposiciones legales aplicables.

5. El Consejo Directivo del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados (Consejo Directivo), así como la Secretaría General de la Cámara de Diputados (Secretaría General), en el ámbito de sus respectivas competencias, resolverán lo no previsto en la presente convocatoria y serán las instancias responsables de interpretar las disposiciones en ella contenidas.

6. La ejecución de cada una de las etapas de la presente convocatoria estará a cargo de la Secretaría General, por conducto de la Unidad de Capacitación y Formación Permanente (Unidad), la cual contará con la participación de personas expertas para el apoyo técnico necesario en las etapas que así lo requieran.

7. En cualquier etapa del proceso, la Secretaría General o la Unidad podrán solicitar información adicional, así como verificar la autenticidad y veracidad de la información y documentación proporcionada por las personas participantes.

8. Será causa de descalificación automática del proceso proporcionar información o documentación falsa o alterada, así como incurrir en cualquier acto que implique deshonestidad académica o que busque vulnerar la legalidad del proceso.

9. Los resultados de las distintas etapas previstas en esta convocatoria serán inapelables.

10. En apego a lo establecido en el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los Lineamientos del Comité para la Institucionalización de la Política de Igualdad y No Discriminación, y del procedimiento para prevenir y atender actos de violencia, acoso y hostigamiento sexual y laboral en la Cámara de Diputados; se hace la declaratoria explícita de la prohibición de solicitudes de certificados médicos de no embarazo y virus de inmunodeficiencia humana, como requisitos para participar en las convocatorias para el ingreso al servicio de carrera de la Cámara de Diputados.

11. La Secretaría General, a través de la Secretaría de Servicios Parlamentarios, podrá modificar la adscripción de las plazas objeto de este concurso a algún otro de los centros de estudios de la Cámara, en caso de que las necesidades institucionales lo ameriten.

12. La Cámara de Diputados, en cualquier etapa del proceso, podrá suspender el concurso de manera temporal o definitiva, sin ninguna responsabilidad, cuando se presente alguna causa de fuerza mayor o caso fortuito que impida la continuidad del concurso, previamente determinada y resuelta por el Consejo Directivo.

13. Toda la información sobre la convocatoria se podrá consultar y descargar en la página de internet del servicio de carrera de la Cámara de Diputados, en: https://serviciodecarrera.diputados.gob.mx/

III. Etapas de la convocatoria

Primera etapa: Registro de aspirantes y curso propedéutico

1. Cada persona interesada, una vez habiendo revisado la totalidad de la convocatoria, deberá crear una cuenta de usuario en la página de internet del sistema de registro, utilizando un correo electrónico y generando una contraseña. Las comunicaciones de las personas participantes con la Unidad se realizarán por ese medio.

2. El proceso de inscripción se realizará a través del sistema de registro en línea, del 15 al 26 de mayo de 2024.

3. Como parte de la etapa de registro, la persona participante deberá realizar en su totalidad el curso propedéutico en línea, que describe las características del servicio de carrera y el perfil general del Cuerpo de Investigadores Parlamentarios. Dicho curso se encontrará disponible del 15 al 26 de mayo de 2024.

4. Es responsabilidad de la persona participante capturar correctamente la información en el sistema de registro. Para ello, debe contar con la documentación que compruebe cumplir los requisitos del apartado I de esta convocatoria.

5. Al momento del registro, la persona participante deberá adjuntar de manera digital en formato PDF, los siguientes documentos:

• Acta de nacimiento o carta de naturalización.

• CURP.

• Título o cédula profesional de los grados de estudios con que cuente.

• Credencial para votar con fotografía o pasaporte.

• Los documentos que comprueben la información proporcionada en el sistema de registro relativos a la trayectoria académica, experiencia profesional, idiomas, experiencia docente y otros.

• Carta de declaración bajo protesta de decir verdad sobre el cumplimiento de los requisitos f), g) y h) del apartado I, en el formato disponible en la página de internet del servicio de carrera. La carta deberá ser llenada, firmada y adjuntada en formato digital.

• Comprobante de acreditación del curso propedéutico.

6. En esta etapa, el participante deberá seleccionar la plaza por la que desea concursar.

7. Una vez que la persona participante concluya su registro no podrá modificar sus datos.

8. El sistema de registro generará un comprobante con un folio único personalizado, el cual no es transferible.

9. El folio único personalizado se utilizará para identificarse en las etapas subsiguientes.

Segunda etapa: Revisión de requisitos

1. La Unidad llevará a cabo la revisión de los requisitos a), b), c), f), g) y h) de cada persona participante que haya concluido su registro en tiempo y forma. Asimismo, generará el listado con los folios de las personas que cumplieron con los mismos y que, por tanto, podrán continuar en la siguiente etapa. La información será publicada en la página https://serviciodecarrera.diputados.gob.mx/ a partir del 30 de mayo de 2024.

2. La persona que no acredite los requisitos mencionados en el numeral anterior, no podrá continuar en las siguientes etapas.

3. La verificación del cumplimiento de los requisitos señalados en los incisos d) y e) del apartado I, será realizada en las etapas de evaluación correspondientes.

Tercera etapa: Examen de conocimientos fundamentales

1. La aplicación del examen de conocimientos fundamentales se llevará a cabo en línea (modalidad a distancia) el 22 o 23 de junio de 2024, según la programación que sea comunicada a las personas participantes.

2. Quienes accedan a esta etapa recibirán por correo electrónico un nombre de usuario y contraseña, el día y el horario que les corresponde, así como las instrucciones y reglas para realizar el examen.

3. El examen tendrá una duración máxima de dos horas. La “Guía de estudio para el examen de conocimientos fundamentales” correspondiente a las distintas plazas a concurso, se encontrará disponible en la página web del servicio de carrera a partir de la publicación de la presente convocatoria. Es indispensable que las personas registradas comiencen a preparar el examen de conocimientos fundamentales desde esa fecha. El examen estará integrado por 70 reactivos.

4. En ningún caso se programarán exámenes fuera de la fecha establecida en esta convocatoria, por lo que no se aceptará justificante alguno por la inasistencia al mismo.

5. Si el día de la aplicación del examen se presenta algún imprevisto que no permita el desarrollo o la conclusión de éste, la Secretaría General, por conducto de la Unidad, podrá determinar las medidas necesarias para el restablecimiento de la aplicación, tan pronto sea posible, de acuerdo con las condiciones existentes.

6. Pasarán a las siguientes etapas las 10 personas (5 mujeres y 5 hombres) que hayan obtenido los puntajes más altos en el examen de conocimientos fundamentales en cada una de las plazas a concurso, siempre y cuando hayan obtenido al menos 70 puntos en el examen.

7. El 26 de junio de 2024, la Secretaría General publicará en la página del servicio de carrera el listado con los folios correspondientes a las personas señaladas en el numeral anterior.

Cuarta etapa: Resolución de casos

1. La resolución de casos es un ejercicio analítico con enfoque aplicado, que versa sobre situaciones reales o hipotéticas relacionadas con la especialización correspondiente a la plaza por la que se concursa.

2. La resolución de casos se realizará en línea (modalidad a distancia) el 29 de junio de 2024, con una duración máxima de cinco horas.

3. Las personas participantes recibirán por correo electrónico el horario que les corresponde, así como las instrucciones y reglas para su aplicación.

4. La calificación de la resolución de los casos será realizada por la o las personas expertas previamente seleccionadas por la Secretaría General.

Quinta etapa: Prueba de comprensión de lectura en idioma inglés

1. Quienes accedan a esta etapa realizarán una prueba de comprensión de textos en idioma inglés, que se aplicará en línea (modalidad a distancia) el 30 de junio de 2024, contando con un tiempo máximo de una hora y treinta minutos.

2. Las personas participantes recibirán por correo electrónico el horario que les corresponde, así como las instrucciones y reglas para su aplicación.

3. Pasarán a la siguiente etapa las 6 personas (3 mujeres y 3 hombres) que lleven hasta ese momento los más altos puntajes (suma de los puntajes de la etapa 3 a la etapa 5), por cada una de las plazas concursadas.

4. El 8 de julio de 2024, la Secretaría General publicará en la página del servicio de carrera el listado con los folios correspondientes a las personas señaladas en el numeral anterior.

Sexta etapa: Entrevista

1. Las personas participantes serán entrevistadas por personas expertas en las temáticas de las distintas plazas.

2. Las entrevistas se llevarán a cabo de manera presencial en las instalaciones de la Cámara de Diputados para quienes residan en la Zona Metropolitana del Valle de México, o por videoconferencia para las demás personas. Las personas participantes recibirán por correo electrónico la fecha y el horario correspondientes.

3. Las entrevistas que no se realicen por causas imputables a la persona participante, no se podrán efectuar en fecha distinta a la programada, quedando descalificada del proceso.

4. Las calificaciones correspondientes a las entrevistas serán determinadas por la o las personas expertas que las conduzcan.

Séptima etapa: Puntaje final

1. El puntaje final obtenido corresponderá a la suma de los puntos del examen de conocimientos fundamentales, de la resolución de casos, de la prueba de comprensión de textos en idioma inglés y de la entrevista, de conformidad con la siguiente tabla:

2. En caso de ser necesario se aplicarán criterios de desempate, en el siguiente orden de prelación:

a) Cuando se trate de empate entre personas que laboran en la Cámara de Diputados a la fecha de emisión de la presente convocatoria, y personas que no laboran en ella, se dará preferencia a las primeras.

b) Cuando se trate de empate entre personas que laboran en la Cámara de Diputados, o de empate entre personas que no laboran en la misma, se dará preferencia a quienes cuenten con:

• Mayor calificación en de la resolución de casos.

• Mayor calificación en la entrevista.

• Mayor calificación en el examen de conocimientos fundamentales.

3. El puntaje final se expresará con dos números enteros y una posición decimal, en una escala de 0 a 100.

4. Las personas que obtengan los puntajes más altos en cada una de las plazas serán consideradas como aspirantes al servicio de carrera de la Cámara de Diputados, siempre y cuando hayan obtenido al menos 70/100 en el puntaje final.

5. A las personas mencionadas en el anterior numeral, les será comunicada la fecha, hora y lugar en que deberán presentarse a efecto de mostrar los documentos originales que hayan proporcionado en la etapa de registro, para su cotejo y validación.

6. En caso de que alguno de los aspirantes no cumpla con el cotejo documental, o declinara continuar en el proceso, se recurrirá en orden de prelación descendente, a la siguiente persona que haya obtenido el mayor puntaje.

Octava etapa: Ingreso al servicio de carrera

1. Con base en los resultados finales y en el cotejo documental, el Consejo Directivo aprobará los nombramientos correspondientes.

2. Los folios de las personas nombradas por el Consejo Directivo como integrantes del servicio de carrera, como resultado de la presente convocatoria, se darán a conocer a más tardar en agosto de 2024, mediante publicación en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados.

Atentamente

Doctor León Aceves Díaz de León

Director General de la Unidad de Capacitación y Formación Permanente

De la Comisión de Derechos Humanos

A la vigésima novena reunión de junta directiva, que se realizará el lunes 10 de junio, a las 10:00 horas, mediante la plataforma digital.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del segundo informe de actividades del tercer año legislativo (marzo- mayo de 2024).

4. Informe de las acciones realizadas junto con la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables respecto a la candidatura por discapacidad del ciudadano Baltazar Gilberto Martínez, del Partido Movimiento Ciudadano.

5. Informe de las acciones derivadas de una denuncia ciudadana por actos de acoso escolar y discriminación en contra de alumnas de la escuela primaria Leona Vicario, situada en Santa María del Llano, municipio de Ixtlahuaca, estado de México.

6. Asuntos generales.

7. Clausura.

Atentamente

Diputada Marisol García Segura

Presidenta

De la Comisión de Ganadería

A la vigésima octava reunión de junta directiva, que se llevará a cabo el lunes 10 de junio, a las 10:30 horas, en las oficinas de la convocante, situadas en el edificio F, cuarto piso, en modalidad semipresencial.

Orden del Día

I. Registro de asistencia y declaración del quórum.

II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

III. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la vigésima sexta reunión ordinaria.

IV. Lectura, discusión y en su caso aprobación del sexto informe semestral de actividades de la Comisión de Ganadería.

V. Asuntos generales.

VI. Clausura y cita para la próxima reunión.

Atentamente

Diputada María del Refugio Camarena Jáuregui

Presidenta

De la Comisión de Derechos Humanos

A la vigésima novena reunión plenaria, que se realizará el lunes 10 de junio, a las 10:30 horas, mediante la plataforma digital.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del segundo informe de actividades del tercer año legislativo (marzo- mayo de 2024).

4. Informe de las acciones realizadas junto con la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables respecto a la candidatura por discapacidad del ciudadano Baltazar Gilberto Martínez, del Partido Movimiento Ciudadano.

5. Informe de las acciones derivadas de una denuncia ciudadana por actos de acoso escolar y discriminación en contra de alumnas de la escuela primaria Leona Vicario, situada en Santa María del Llano, municipio de Ixtlahuaca, estado de México.

6. Asuntos generales.

7. Clausura.

Atentamente

Diputada Marisol García Segura

Presidenta

De la Comisión de Ganadería

A la vigésima séptima reunión ordinaria, que se llevará a cabo el lunes 10 de junio, a las 11:00 horas, en las oficinas de la convocante, situadas en el edificio F, cuarto piso, en modalidad semipresencial.

Orden del Día

I. Registro de asistencia y declaración del quórum.

II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

III. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la vigésima sexta reunión ordinaria.

IV. Lectura, discusión y en su caso aprobación del sexto informe semestral de actividades de la Comisión de Ganadería.

V. Asuntos generales.

VI. Clausura y cita para la próxima reunión.

Atentamente

Diputada María del Refugio Camarena Jáuregui

Presidenta

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público

A la séptima reunión de junta directiva del tercer año de ejercicio legislativo, que tendrá verificativo el lunes 10 de junio, a las 12:00 horas, en la zona C del edificio G.

Orden del Día

I. Registro de asistencia y declaración de quórum.

II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

III. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día correspondiente a la sexta reunión ordinaria de Comisión de Hacienda y Crédito Público del tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura, bajo la modalidad semipresencial, misma que tendrá verificativo el lunes 10 de abril de 2024, a partir de las 12:15 horas, tiempo de la Ciudad de México, en la zona C del edificio G.

IV. Asuntos Generales.

V. Clausura.

Atentamente

Diputado Luis Armando Melgar Bravo

Presidente

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público

A la sexta reunión ordinaria del tercer año legislativo, que tendrá verificativo el lunes 10 de junio, a las 12:15 horas, en la zona C del edificio G, en modalidad semipresencial.

Orden del Día

I. Registro de asistencia y declaración de quórum.

II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

III. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la reunión anterior:

• Acta correspondiente a la quinta reunión ordinaria de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, del tercer año de la LXV Legislatura, efectuada el 29 de abril de 2024.

IV. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del informe de recursos económicos y materiales de la Comisión de Hacienda y Crédito Público al Comité de Administración, correspondiente al tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura.

V. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del segundo informe de actividades del tercer año de la LXV Legislatura, de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, correspondiente al periodo de marzo-mayo de 2024.

VI. Asuntos Generales.

VII. Clausura.

Atentamente

Diputado Luis Armando Melgar Bravo

Presidente

De la Comisión de Bienestar

A la vigésima cuarta reunión ordinaria, que tendrá verificativo el martes 11 de junio, a las 10:00 horas, en el salón B del edificio G, en modalidad semipresencial.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaratoria de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de orden del día para la reunión ordinaria.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.

4. Discusión y aprobación del Manual de procedimientos de la Comisión de Bienestar.

5. Discusión y aprobación del segundo informe semestral del tercer año legislativo.

6. Discusión y aprobación del informe final de actividades de la Comisión de Bienestar, LXV legislatura.

7. Asuntos generales.

8. Clausura.

Atentamente

Diputada Ana Karina Rojo Pimentel

Presidenta

De la Comisión de Movilidad

A la vigésima tercera sesión ordinaria, que se realizará el martes 11 de junio, a las 11:30 horas, en el salón de protocolo del edificio A, de manera semipresencial.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día para la vigésima tercera sesión ordinaria de la Comisión de Movilidad.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.

4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de los dictámenes en sentido positivo, con modificaciones, de las iniciativas con proyecto de decreto que se enlistan a continuación:

4.1. Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, suscrita por el diputado José Antonio Zapata Meraz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

4.2. Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 17, 71 y 72 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, suscrita por el diputado Omar Enrique Castañeda González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

5. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del informe de actividades de la Comisión de Movilidad del periodo marzo-agosto de 2023.

6. Comunicación de la aprobación del acuerdo de la junta directiva de la Comisión de Movilidad por el que se autoriza a la presidencia de este órgano legislativo para solicitar prórrogas en los plazos para dictaminación y opinión, según corresponda, respecto de las iniciativas que le han sido turnadas por la Mesa Directiva.

7. Comunicación de la aprobación del acuerdo de la junta directiva de la Comisión de Movilidad por el que se aprueba la creación y se establece el procedimiento para la realización del foro La electromovilidad en México, retos y avances”.

8. Asuntos generales.

9. Clausura y cita a la siguiente reunión.

Atentamente

Diputado Omar Enrique Castañeda González

Presidente

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social (se pospone hasta nuevo aviso)

A la vigésima novena reunión de junta directiva, que se llevará a cabo el martes 11 de junio, a las 16:00 horas, en salón B del edificio G, en modalidad semipresencial.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la vigésima octava reunión de junta directiva, celebrada el 12 de marzo de 2024.

4. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación del segundo informe del tercer año de la LXV Legislatura.

5. Aprobación del orden del día de la vigésima novena reunión ordinaria de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

6. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la vigésima novena reunión de junta directiva, celebrada el 11 de junio de 2024.

7. Asuntos generales.

8. Clausura.

Atentamente

Diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo

Presidente

De la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos

A la vigésima sexta reunión ordinaria, que se realizará el martes 11 de junio, a las 17:00 horas, en los salones C y D del edificio G, de manera semipresencial.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y verificación de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de las siguientes actas anteriores:

3.1. Acta de la vigésima quinta reunión ordinaria de la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, realizada el 20 de marzo de 2024.

3.2. Acta de la segunda reunión extraordinaria de la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, realizada el 2 de abril de 2024.

4. Lectura, discusión y en su caso, aprobación de los siguientes informes:

4.1. Informe semestral de actividades del primer periodo del tercer año legislativo de la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos correspondiente al lapso del 1 de septiembre 2023 al 29 febrero 2024.

4.2. Informe semestral de actividades del segundo periodo del tercer año legislativo de la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, correspondiente al periodo del 1 de marzo al 30 de abril de 2024.

4.3. Informe final de actividades de la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos correspondiente a la LXV Legislatura, del 13 de octubre de 2021 al 15 de mayo de 2024.

5. Lectura, discusión y en su caso, aprobación del siguiente acuerdo:

5.1. Acuerdo por el que la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos se pronuncia a favor de que el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) pase a formar parte del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), dentro de la iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de distintos ordenamientos, en materia de simplificación orgánica, presentada por el licenciado Andrés Manuel López Obrador, presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

6. Asuntos turnados.

7. Aprobación del acta de esta vigésima sexta reunión ordinaria.

8. Asuntos generales.

9. Clausura de la reunión.

Atentamente

Diputada Irma Juan Carlos

Presidenta

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social (se pospone hasta nuevo aviso)

A la vigésima novena reunión ordinaria, que se llevará a cabo el martes 11 de junio, a las 17:00 horas, en salón B del edificio G, en modalidad semipresencial.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la vigésima octava reunión ordinaria, celebrada el 12 de marzo de 2024.

4. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación del segundo informe del tercer año de la LXV Legislatura.

5. Aprobación del acta de la vigésima novena reunión ordinaria, celebrada el 11 de junio de 2024.

6. Asuntos generales.

7. Clausura.

Atentamente

Diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo

Presidente

De la Comisión de Pesca

A la decimoctava reunión de junta directiva, que se llevará a cabo el miércoles 12 de junio, a las 10:30 horas, en los salones C y D del edificio G, en modalidad semipresencial.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la decimoséptima reunión de junta directiva.

4. Aprobación del acta de la decimoctava reunión de junta directiva.

5. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del segundo informe semestral de actividades del tercer año de ejercicio de la Comisión de Pesca, correspondiente al periodo marzo-mayo de 2024.

6. Asuntos generales.

7. Clausura.

Atentamente

Diputada María del Carmen Bautista Peláez

Presidenta

De la Comisión de Pesca

A la decimoctava reunión de ordinaria, que se llevará a cabo el miércoles 12 de junio, a las 11:00 horas, en los salones C y D del edificio G, en modalidad semipresencial.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la decimoséptima reunión ordinaria.

4. Aprobación del acta de la decimoctava reunión ordinaria.

5. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del segundo informe semestral de actividades del tercer año de ejercicio de la Comisión de Pesca, correspondiente al periodo marzo-mayo de 2024.

6. Palabras de despedida, a cargo de la presidenta de la comisión.

7. Palabras de despedida, a cargo de las diputadas y los diputados integrantes de la comisión.

8. Asuntos generales.

9. Clausura.

Atentamente

Diputada María del Carmen Bautista Peláez

Presidenta

De la Comisión de Transparencia y Anticorrupción

A la vigésima tercera reunión ordinaria, que se llevará a cabo el miércoles 12 de junio, a las 11:00 horas, en el mezzanine norte del edificio A, de manera semipresencial.

Orden del Día

l. Lista de asistencia y declaratoria de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la vigésima segunda reunión ordinaria.

4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del sexto informe semestral de actividades de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, correspondiente al segundo periodo del tercer año de ejercicio legislativo de la LXV Legislatura.

5. Asuntos generales.

6. Clausura.

Atentamente

Diputado Juan Carlos Romero Hicks

Presidente

De la Comisión de Seguridad Social

A la trigésima tercera reunión ordinaria, que tendrá lugar el jueves 13 de junio, a las 11:00 horas, en el mezzanine sur del edificio A, en modalidad semipresencial.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la trigésima segunda reunión de la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura, celebrada el 23 de mayo de 2024.

4. Proyectos de dictamen para discusión y, en su caso, aprobación.

4.1 Proyecto de dictamen en sentido positivo, con modificaciones, con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 175 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de facultades del vocal Ejecutivo del Fovissste para proponer el nombramiento y remoción, de los coordinadores de vivienda en las entidades federativas. Presentada por la diputada Susana Cano González, del Grupo Parlamentario de Morena. Expediente 11596.

4.2 Proyecto de dictamen en sentido positivo, con modificaciones, con proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de pensión por viudez. Presentada por las diputadas María Teresa Madrigal Alaniz, del Grupo Parlamentario del PRD, y Susana Cano González, del Grupo Parlamentario de Morena. Expedientes 11505 y 11604, respectivamente.

5. Presentación del sexto informe de actividades de la Comisión de Seguridad Social de la LXV Legislatura, correspondiente al periodo del 1 de marzo al 31 de mayo de 2024.

6. Reporte de asuntos turnados por la Mesa Directiva.

7. Asuntos generales.

8. Clausura y convocatoria a la siguiente reunión.

Atentamente

Diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján

Presidenta

De la Comisión del Protección Civil y Prevención de Desastres

A la trigésima primera reunión ordinaria, que se realizará el viernes 14 de junio, a las 11:00 horas, de manera telemática.

Orden del Día

I. Lista de asistencia y declaratoria de quórum.

II. Lectura y aprobación del orden del día.

III. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la reunión anterior.

IV. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del informe de actividades correspondiente al segundo semestre del tercer año de ejercicio de la LXV Legislatura.

V. Asuntos generales.

VI. Clausura y convocatoria a la siguiente reunión.

Atentamente

Diputada Ana María Balderas Trejo

Presidenta



Invitaciones

Del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública

Al curso Introducción a RStudio; fundamentos para análisis de datos, el cual se llevará a cabo el miércoles 12 y el viernes 14 de junio, de las 9:00 a las 11:00 horas, mediante la plataforma Zoom.

Enlace al formulario de registro:

https://goo.su/7noAdgB

Atentamente

Maestra Ana Gabriela Núñez Pérez

Directora de Estudios de Desarrollo Regional y

Encargada del Despacho de la Dirección General del CESOP

Del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública

Al curso México en transición: retos sociales y el envejecimiento poblacional, que se llevará a cabo el martes 18 y el jueves 20 de junio, de las 9:00 a las 11:00 horas, vía zoom.

Registro: https://goo.su/UnkWMv

Atentamente

Maestra Ana Gabriela Núñez Pérez

Directora de Estudios de Desarrollo Regional y

Encargada del Despacho de la Dirección General del CESOP

De la diputada Karla Ayala Villalobos

Al primer encuentro de Space Generation Advisory Council en México, que se realizará el viernes 21 de junio, de las 10:00 a las 12:00 horas, en el salón Legisladores de la República (salón Verde), situado en el edificio A.

Programa

10:00-10 15. Recepción

10:15-10:30. Bienvenida

Ponente: Diputada Karla Ayala.

10:30-11:00. INAOE

Ponente: INAOE

11:00-11:30. SGAC

Ponentes:

• Itzel Rocillo

• Cristina Pérez Ramos

• Equipo organizador

11:30-11:45. Agradecimiento y despedida

Ponente: Diputada Karla Ayala

11:45-12:00. Fotografias oficiales

Atentamente

Diputada Karla Ayala Villalobos

Del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública

Al curso Perspectivas históricas sobre la pobreza y el desarrollo social en México, que se celebrará el lunes 24 y el martes 25 de junio, de las 9:00 a las 11:00 horas, vía zoom.

Registro: https://goo.su/YUXd

Atentamente

Maestra Ana Gabriela Núñez Pérez

Directora de Estudios de Desarrollo Regional y

Encargada del Despacho de la Dirección General del CESOP

Del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias

La Secretaría General y la Secretaría de Servicios Parlamentarios

Al curso Los derechos LGBTIQ+ en México, que tendrá verificativo el miércoles 26 y el jueves 27 de junio, de las 11:00 a las 13:00 y de las 11:00 a las 13:30 horas, respectivamente; a través de la plataforma Zoom.

Enlace al formulario de registro:

https://forms.gle/qeUZDKp2B5E2bQkDA

Atentamente

Maestra Hasuba Villa Bedolla

Directora General

Del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública

Al curso Abordando las vulnerabilidades familiares de México: un enfoque integral, que tendrá lugar el jueves 27 y el viernes 28 de junio, de las 9:00 a las 11:00 horas, mediante la plataforma Zoom.

Enlace al formulario de registro:

https://goo.su/aNeezL

Atentamente

Maestra Ana Gabriela Núñez Pérez

Directora de Estudios de Desarrollo Regional y

Encargada del Despacho de la Dirección General del CESOP

Del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública

A la presentación del curso Diálogo de alto nivel: The Migration Conference 2024, que se llevará a cabo el lunes 8 de julio, de las 11:00 a las 14:00 horas, en la zona C del edifico G.

Atentamente

Maestra Ana Gabriela Núñez Pérez

Directora de Estudios de Desarrollo Regional y

Encargada del Despacho de la Dirección General del CESOP

Del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas y la Cámara de Diputados, a través de la Secretaría General y la Secretaría de Servicios Parlamentarios

A los interesados en contribuir al conocimiento de las finanzas públicas y la economía en México, se les invita a participar en la decimoséptima edición del Premio Nacional de las Finanzas Públicas.

La convocatoria estará abierta hasta el 31 de julio de 2024.

Las bases se pueden consultar en

www.diputados.gob.mx y en www.cefp.gob.mx

Atentamente

Maestro Ildefonso Morales Velázquez

Director General

Del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias

La Secretaría General y la Secretaría de Servicios Parlamentarios a la primera edición del Premio Nacional de Investigación Jurídica y Legislativa, cuya recepción de trabajos permanecerá abierta hasta el 15 de septiembre de 2024.

La convocatoria está dirigida a todas las personas interesadas en contribuir a la investigación legislativa y al orden jurídico nacional del país.

Las bases se pueden consultar en

https://bit.ly/3IHTz0r

Atentamente

Maestra Hasuba Villa Bedolla

Directora General

Del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública

La Secretaría General y la Secretaría de Servicios Parlamentarios, a la decimocuarta edición del Premio Nacional de Investigación Social y de Opinión Pública, cuya fecha límite para envío de trabajos es el 30 de septiembre.

Dirigido a todos los interesados en contribuir al conocimiento para el desarrollo social, regional y sustentable del país o a la construcción de políticas públicas de alcance nacional.

Las bases se pueden consultar en:

http://is.gd/WkPqa2

Más informes: premio.cesop@diputados.gob.mx

Teléfono: 5536 0000, extensión 55237

Atentamente

Maestra Ana Gabriela Núñez Pérez

Directora de Estudios de Desarrollo Regional y

Encargada del Despacho de la Dirección General del CESOP